SECRETARIA DE FINANZAS

4 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 2 de Diciembre de 2014 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL SECRETARIA DE FINANZAS ACUERDO MODIFICATO

2 downloads 179 Views 257KB Size

Recommend Stories


SECRETARIA DE FINANZAS
IV. DIRECTORIO OFICIAL SECRETARIA DE FINANZAS NOMBRE TELEFONO EXT. Columna1 (834) 318 8000 40211 PALACIO DE GOBIERNO , PRIMER PISO ZONA CENTRO,

REPUBLICA DE HONDURAS SECRETARIA DE FINANZAS
REPUBLICA DE HONDURAS SECRETARIA DE FINANZAS PROYECTO DE MODERNIZACION DEL SECTOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (PROMOSAS) CONSORCIO LATIN CONSULT ENGENHARIA

REPUBLICA DE HONDURAS SECRETARIA DE FINANZAS
REPUBLICA DE HONDURAS SECRETARIA DE FINANZAS PROYECTO DE MODERNIZACION DEL SECTOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (PROMOSAS) CONSORCIO LATIN CONSULT ENGENHARIA

GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR SECRETARIA DE FINANZAS
Pag. 22-OCT-13 07:12 AM 1 10 GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR SECRETARIA DE FINANZAS RELACION ANALITICA DE BALANCE AL 31 DE ENERO DEL 20

GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR SECRETARIA DE FINANZAS
Pag. 12-MAR-14 11:22 AM 1 17 GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR SECRETARIA DE FINANZAS RELACION ANALITICA DE BALANCE AL 31 DE OCTUBRE DEL

GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR SECRETARIA DE FINANZAS
Pag. 22-OCT-13 11:05 AM 1 15 GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR SECRETARIA DE FINANZAS RELACION ANALITICA DE BALANCE AL 31 DE JULIO DEL 20

GOBIERNO DEL ESTADO DE OAXACA SECRETARIA DE FINANZAS
GOBIERNO DEL ESTADO DE OAXACA SECRETARIA DE FINANZAS CATALOGO DE PARTIDAS PRESUPUESTARIAS CLAVE CAP SCAP CONCP DESCRIPCION PARTIDA 1 CAP SCAP CO

Story Transcript

4

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

2 de Diciembre de 2014

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

SECRETARIA DE FINANZAS ACUERDO MODIFICATORIO AL DIVERSO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS REGLAS DE CARÁCTER GENERAL PARA EL PAGO DEL INCENTIVO A LA PRODUCTIVIDAD (ANTES DESTAJO) DE LOS TRABAJADORES DE LA SUBTESORERÍA DE CATASTRO Y PADRÓN TERRITORIAL DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS DEL DISTRITO FEDERAL, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 2 DE OCTUBRE DE 2014. EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA, Secretario de Finanzas del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 44 y 122 Base Segunda de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 87, 94 párrafo primero y 95 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 15 fracción VIII, 16 fracción IV, 17 y 30 fracciones IV, V y IX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 7° fracción VIII, inciso B, numeral 4, 35 fracción XXV y 86 fracciones IV, V, VI y XVIII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y C O N S I D E R A N D O: Que con fecha dos de octubre de dos mil catorce, se publicó en el Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal, el Acuerdo Administrativo por el que se Establecen las Reglas de Carácter General para el Pago del Incentivo a la Productividad (antes destajo) de los Trabajadores de la Subtesorería de Catastro y Padrón Territorial de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO MODIFICATORIO AL DIVERSO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS REGLAS DE CARÁCTER GENERAL PARA EL PAGO DEL INCENTIVO A LA PRODUCTIVIDAD (ANTES DESTAJO) DE LOS TRABAJADORES DE LA SUBTESORERÍA DE CATASTRO Y PADRÓN TERRITORIAL DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS DEL DISTRITO FEDERAL, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 2 DE OCTUBRE DE 2014. ÚNICO.- Se modifica en la denominación, así como las disposiciones SEGUNDA, fracciones II y IV, TERCERA, fracciones II y IV, CUARTA, fracciones II y IV, QUINTA, fracción IV y SEXTA, numerales 1, 2, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 17, en sus partes conducentes para sustituir el concepto de productividad por el de destajo, del Acuerdo Administrativo por el que se Establecen las Reglas de Carácter General para el Pago del Incentivo a la Productividad (antes destajo) de los Trabajadores de la Subtesorería de Catastro y Padrón Territorial de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal, publicado el 2 de octubre de 2014 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, para quedar como sigue: En su denominación: ACUERDO ADMINISTRATIVO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS REGLAS DE CARÁCTER GENERAL PARA EL PAGO DEL DESTAJO A LOS TRABAJADORES DE LA SUBTESORERÍA DE CATASTRO Y PADRÓN TERRITORIAL DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS DEL DISTRITO FEDERAL. SEGUNDA.- EN MATERIA DE CONTROL Y REGISTRO CARTOGRÁFICO … II.-Asignación del trabajo … La primera asignación de trabajo se denominará de sueldo base, que se refiere a los trabajos que debe desarrollar el empleado a cambio de su sueldo del tabulador autorizado bruto mensual, el cual no se incluirá en el pago por destajo y se determinará en cantidad de acuerdo a las siguientes unidades de obra para cada nivel salarial. … IV. Bases para la cuantificación de actividades de Control y Registro Cartográfico por Unidad de Obra

2 de Diciembre de 2014

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

5

… … … El pago bruto mensual del salario tabular más el destajo, para el personal que realice las funciones contenidas en los incisos a), b), c), d), e), f), i), j); no podrá ser mayor al salario bruto mensual de Subdirector de Área (actualmente nivel 29.5). El pago bruto mensual del salario tabular más el destajo, para el personal que realice las funciones contenidas en los incisos g) y h), no podrá ser mayor al salario bruto mensual de Jefe de Unidad Departamental (actualmente nivel 25.5). TERCERA.- EN MATERIA DE CARTOGRAFÍA AUTOMATIZADA II. Asignación del trabajo … La primera asignación de trabajo se denominará de sueldo base, que se refiere a los trabajos que debe desarrollar el empleado a cambio de su sueldo del tabulador autorizado bruto mensual, el cual no se incluirá en el pago por destajo y se determinará en cantidad de acuerdo a las siguientes unidades de obra para cada nivel salarial. … IV. Bases para el cálculo y pago Podrán participar en el pago por destajo de la Subtesorería de Catastro y Padrón Territorial, los empleados que desarrollen las siguientes actividades o funciones. … … … … El pago bruto mensual del salario tabular más el destajo, para el personal que realice las funciones contenidas en los incisos a), b), c), d),e), h), i); no podrá ser mayor al salario bruto mensual de Subdirector del Área (actualmente 29.5). El pago bruto mensual del salario tabular más el destajo, para el personal que realice las funciones contenidas en los incisos f) y g), no podrá ser mayor al salario bruto mensual de Jefe de Unidad Departamental (actualmente nivel 25.5). CUARTA.-EN MATERIA DE LEVANTAMIENTOS FÍSICOS DEPARTAMENTAL DE PROGRAMACIÓN DE CAMPO II.… … …

Asignación de los trabajos

POR

LA

JEFATURA

DE

UNIDAD

6

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

2 de Diciembre de 2014

El prorrateo del presupuesto mensual para el destajo convertido a unidades de obra de programación de campo (levantamientos), según la tarifa vigente, entre el número de brigadas, mediante un análisis de productividad y rendimiento de las brigadas tomando en consideración el rezago en las etapas de campo: 1) trabajo programado; 2) trabajo por entregar; 3) trabajo en campo; 4) trabajo en supervisión (incluyendo corrección); 5) trabajo de precalificación; 6) trabajo a pagar y, 7) trabajo remanente. … IV. Determinación de cálculo y pago … … El pago bruto mensual del salario tabular más el destajo, para el personal que realice las funciones contenidas en los incisos a) y d), no podrá ser mayor al salario bruto mensual de Subdirector de Área (actualmente nivel 29.5). El pago bruto mensual del salario tabular más el destajo, para el personal que realice las funciones contenidas en los incisos b) y c), no podrá ser mayor al salario bruto mensual de Jefe de Unidad Departamental (actualmente nivel 25.5). … Los trabajos para ser considerados en el pago por destajo, conforme a la categoría anterior están definidos en las siguientes actividades. … … … … ACTIVIDADES

(Unidades de Obra) LEVANTAMIENTOS PARA CUBRIR BASE

PORCENTAJE PARA PAGO DE DESTAJO

TOPOGRAFO

40

40.00%

CADENERO

30

30.00%

CONTROL Y SEGUIMIENTO A REQUERIMIENTOS DE AUTORIDADES JUDICIALES, ADMINISTRATIVAS y DEMÁS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA DEPENDENCIA

VER DE ACUERDO AL NIVEL

3.80%

2 de Diciembre de 2014

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

7

CONTROL Y SEGUIMIENTO DE ASIGNACIÓN Y DE FLUJO OPERATIVO

VER DE ACUERDO AL NIVEL

1.90%

SUPERVISORES

200

11.70%

El porcentaje del pago por destajo para el topógrafo y cadenero será considerado a partir del trabajo realizado por la brigada correspondiente. Para las actividades de supervisión, control y seguimiento a requerimientos de autoridades judiciales, administrativas y demás unidades administrativas de la Dependencia, así como las de control y seguimiento de asignación y de flujo operativo, obtendrán el pago por destajo a partir de los porcentajes presentados en la tabla anterior considerando las Unidades Obra de Programación de Campo (levantamientos) involucrados directamente en los trabajos de campo de los expedientes supervisados y/o controlados de manera directa. … QUINTA.- EN MATERIA DE SISTEMATIZACIÓN Y OPERACIÓN. IV. Bases para el cálculo y pago Podrán participar en el pago por destajo de la Subtesorería de Catastro y Padrón Territorial, los empleados Técnico Operativo que desarrollen las siguientes actividades o funciones en materia de Sistematización y de Operación, de manera enunciativa más no limitativa: a) a k) … … … El pago bruto mensual del salario tabular más el destajo, para el personal que realice las funciones contenidas en los incisos a), b), d), e), f), g), j) y k), no podrá ser mayor al salario bruto mensual de Subdirector de Área, (actualmente nivel 29.5). El pago bruto mensual del salario tabular más el destajo, para el personal que realice las funciones contenidas en los incisos c), h) e i), no podrá ser mayor al salario bruto mensual de Jefe de Unidad Departamental (actualmente nivel 25.5). La primera asignación de trabajo considerará el pago por sueldo base el cual no se incluirá en el pago por destajo. … SEXTA. Consideraciones Generales. 1. Se realizará el pago por destajo en estricto apego a la asignación presupuestal que haya sido notificada previamente a la Subtesorería de Catastro y Padrón Territorial. 2. La asignación de trabajo por Destajo de la Subtesorería de Catastro y Padrón Territorial, se llevará acabo de acuerdo a la disponibilidad de trabajos para asignar y siempre que se hayan cumplido con el trabajo correspondiente a su sueldo base tabular (primera asignación mensual). 3. a 9. … 10. El pago bruto mensual del salario tabular más el destajo para el personal que participe en el esquema de destajo a que se refiere el presente Acuerdo, no podrá ser mayor al salario bruto mensual, que percibe un Jefe de Unidad Departamental

8

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

2 de Diciembre de 2014

(actualmente nivel 25.5) o un Subdirector de Área (actualmente nivel 25.5) según corresponda, conforme a lo señalado para cada una de las funciones. 11. Ningún trabajador de estructura podrá recibir pago alguno por concepto de destajo a que se refiere el presente Acuerdo. 12. Aquellos trabajadores que perciban pago por concepto de destajo estarán impedidos de recibir pagos por tiempo extraordinario o tiempo excedente. 13. Todos los trabajadores que perciban pago por destajo podrán recibir una compensación adicional formada por una bolsa de recursos presupuestales del 10% (diez porciento) del presupuesto total mensual, destinado al destajo el cual será repartido entre todos los trabajadores que hayan percibido pago por destajo en el mes inmediato anterior de manera proporcional al ingreso derivado del mismo destajo, siempre y cuando se hubiera cumplido con la meta de generación de respuestas a trámites ingresados por los contribuyentes a la Subtesorería de Catastro y Padrón Territorial en el mes inmediato anterior al que se efectúe el pago. Dicha meta se determinará mensualmente y será dada a conocer a los trabajadores al momento de la primera asignación del trabajo. 14. Todo el personal que participe para el pago por destajo a que se refiere el presente Acuerdo deberá registrar su asistencia a la entrada y a la salida en el biométrico instalado para el mismo efecto, y únicamente los topógrafos y cadeneros podrán solicitar la exención del registro de asistencia a la entrada y la salida, por ser personal de campo. 15. En caso de que algún empleado solicite el disfrute de vacaciones, éstas deberán ser programadas de manera escalonada con las de sus compañeros a efecto de garantizar la continuidad en la operación de las áreas y de acuerdo a la Normatividad aplicable y vigente. Por cada periodo de cinco días autorizado por el citado concepto, se deberán disminuir en un 25% (veinticinco por ciento) las unidades de obra que se considerarán como asignación por sueldo base y del trabajo adicional sujeto a destajo. El empleado durante el disfrute del periodo vacacional autorizado no deberá realizar las funciones a que se refiere el presente Acuerdo. 16. El pago por destajo a que se refiere el presente Acuerdo, se realizará dentro del mes siguiente a aquel en que se hayan recibido satisfactoriamente los trabajos realizados. 17. Con la finalidad de actualizar los conceptos y parámetros denominados actividades catastrales, así como para lograr mejores resultados en beneficio de la ciudadanía y mantener actualizado el padrón catastral del Distrito Federal, el presente Acuerdo se revisará y de ser necesario se actualizará por lo menos cada dos años, escuchando a la representación sindical, por lo que respecta al personal sindicalizado. TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación. SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal para su debida observancia y aplicación. En la Ciudad de México Distrito Federal, a los veintisiete días del mes de octubre del año dos mil catorce. EL SECRETARIO DE FINANZAS (Firma) EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2025 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.