Educando para Tributar

Educando para Tributar Profesor: Osvaldo Ramón Freschi. Localidad: Resistencia. Destinatarios: alumnos de 2° año del nivel secundario. Materia: Contab

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Educando para Tributar Profesor: Osvaldo Ramón Freschi. Localidad: Resistencia. Destinatarios: alumnos de 2° año del nivel secundario. Materia: Contabilidad.

- Incorporar en el alumno como aprendizajes significativos los temas planteados. Tiempo estimado Las clases a desarrollar serán de 7 (siete), distribuidas una por semana, con una duración de 35 minutos cada una.

Propuesta pedagógica. Fundamentacion. Para la orientación de esta propuesta de trabajo individual se tomo en cuenta los planes de estudio de la Institución, ligados con la formación de un alumno con características comerciales teniendo en cuenta en que el titulo obtenido en la misma es de Perito Mercantil. Esta propuesta será desarrollada durante los módulos de la materia Contabilidad, en donde los alumnos integrantes presentan conocimientos relacionados con los contenidos propuestos a tal efecto, los cuales se complementan perfectamente con sus saberes previos.

Materiales Se entregara a cada alumno una fotocopia del Marco teórico de los temas a desarrollar y las respectivas actividades.( anexo)

Contenidos y actividades a desarrollar por el alumno. Materiales Se entregara a cada alumno una fotocopia del Marco Teórico de los temas a desarrollar y las respectivas actividades. (Anexo)

Clase N°1 Para esta propuesta individual se tuvo en cuenta los siguientes objetivos:

Objetivos áulicos generales - Propiciar el proceso enseñanza-aprendizaje a través del curso Educación Tributaria y Formación Ciudadana. - Formar ciudadanos responsables y representativos del Sistema Tributario Argentino. - Fomentar la lecto-escritura.

Objetivos áulicos específicos - Conocer y comprender la importancia de la Educación Tributaria dentro del marco del Sistema Tributario Argentino para desenvolverse con conciencia tributaria responsable y honesta en toda la gestión organizacional y ciudadana. Profesor: Osvaldo Ramón Freschi.

Contenidos: valores. Conceptos. Características Desarrollo de actividades Se solicitará al alumno que desarrolle la actividad N°1 (cuadernillo del marco teórico y actividades con su respectivas consignas) la misma consiste en un cuestionario que podrá ser realizado previa lectura del marco teórico del tema y una breve explicación del profesor. Como complemento de esta actividad se entregará al alumno 2 facturas de impuestos (inmobiliario- tasas de servicios) confeccionadas para tal fin con sus respectivos nombres, apellidos y fecha de nacimiento. La consigna es que el alumno concurra en forma espontánea y simbólica a pagar ante el profesor las facturas correspondientes, en las fechas de vencimientos. El propósito de esta consigna es que el alumno tome como propio el valor de la responsabilidad ante un ente recaudador, en este caso municipal. 1

Los trabajos podrán desarrollarse en forma grupal (no más de 3 alumnos) o en forma individual. El mismo se entregará al final la clase.

El trabajo será desarrollado en forma individual y será entregado al finalizar la clase.

Clase Nº 5 Clase Nº 2 Contenidos: Ciudadanía. Concepto. Obligaciones y responsabilidades como ciudadanos. Desarrollo de actividades Se solicitará al alumno que desarrolle la actividad Nº 2 (Cuadernillo del marco teórico y actividades con sus respectivas consignas), la misma consiste en efectuar un listado de derechos y obligaciones que tiene como ciudadano de la ciudad de Resistencia, previa ilustración del tema por parte del profesor y lectura por parte del alumno del marco teórico preparado a tal efecto. Los trabajos podrán desarrollarse en forma grupal (no más de 3 alumnos) o en forma individual. El mismo se entregará al finalizar la clase.

Clase Nº 3 Contenidos: impuestos. Conceptos. Clasificación. Desarrollo de actividades Se solicitará al alumno que desarrolle la actividad Nº 3 (cuadernillo del marco teórico y actividades con sus respectivas consignas), la misma consiste en subrayar en un texto que se le suministrara los tipos de impuestos y ejemplos de los mismos que aparecen en el relato, previa ilustración del tema por parte del profesor y lectura por parte del alumno del marco teórico preparado a tal efecto. El trabajo será desarrollado en forma individual y será entregado al finalizar la clase.

Contenidos: El contribuyente. Concepto. Obligaciones del contribuyente. Desarrollo de actividades Se solicitara al alumno que desarrolle la actividad N°5 (cuadernillo del marco teórico y actividades con sus respectivas consignas), la misma consiste en efectuar un comentario escrito que le sugiere la caricatura que aparece en dicha actividad referida al tema. El trabajo será desarrollado en forma individual y será presentado al finalizar la clase.

Clase Nº 6 Contenidos: Distintas clases de impuestos. El impuesto al valor agregado (IVA) Desarrollo de actividades Se solicitara al alumno que desarrolle la actividad N°6 (cuadernillo del marco teórico y actividades con sus respectivas consignas), la misma consiste en contestar en forma escrita una serie de preguntas. El trabajo será desarrollado en forma individual y será presentado al finalizar la clase.

Clase N°7 En esta clase se hará una puesta en común de todos los temas desarrollados durante este periodo, en donde cada uno de los alumnos podrán expresar sus conclusiones a cerca de la importancia de los temas que hemos tratado.

Clase N°4 Contenidos: El sistema tributario Argentino. Los impuestos en Argentina.

Instrumento de evaluación. Se tendrá en cuenta las actividades individuales o en grupo y la participación en clase.

Desarrollo de actividades Se solicitara al alumno que desarrolle la actividad Nº 4 (cuadernillo del marco teórico y actividades con sus respectivas consignas), la misma consiste en completar los recuadros en blanco en una viñeta propuesta para este tema. 2

Profesor: Osvaldo Ramón Freschi.

Planificación áulica.

Criterios de evaluación. 1.Se evaluaran tres áreas específicas.

Objetivos áulicos generales: - Contribuir a la retención escolar. - Restringir el riesgo de repitencia y el abandono de las aulas.

Objetivos áulicos específicos: - Conocer y comprender la importancia de la Educación Tributaria dentro del marco del Sistema Tributario Argentino para desenvolverse con conciencia tributaria responsable y honesta en toda gestión organizacional y ciudadana.

A) Conceptual (Propio de los contenidos científicos del espacio) con valoración de 1 a 10. B) Procedimental (propio de las habilidades adquiridas del eje) C) Actitudinal (propio de las actitudes positivas o negativas puestas de manifiesto. 2 -Todas las consignas solicitadas deben ser respondidas aun cuando se produjeran inasistencias justificadas.

Sistema Tributario Argentino. Contenido conceptual. 1. Valores. Conceptos. características. 2. Ciudadanía. Concepto. 3. Obligaciones y responsabilidades como ciudadanos. 4. Impuestos. Conceptos. Clasificación 5. El sistema Tributario Argentino. El impuesto en Argentina. 6. El contribuyente. Concepto. 7. Obligaciones del Contribuyente. 8. Distintas clases de impuestos. El impuesto al valor agregado. IVA Contenidos procedimentales 1. Análisis y comparación de los distintos conceptos. 2. Interpretación del Sistema Tributario Argentino. 3. Identificación de los distintos impuestos. 4. Identificación de los derechos y obligaciones del contribuyente. Contenidos Actitudinal 1. Orden y disciplina 2. Puntualidad en la presentación de las actividades. 3. Asistencia a clase.

3 -El incumplimiento dará lugar a la calificación más baja en las tres áreas de evaluación.

Anexo Marco teórico La Educación Tributaria esta íntimamente relacionada con el valor de lo público. Se considera el espacio público como el ámbito de encuentro comunitario y de construcción de identidad ciudadana y aquellos espacios a los que todos los ciudadanos podemos acceder, por ejemplo, la plaza, la escuela, el hospital, la universidad. Todos somos responsables del cuidado, mantenimiento y fortalecimientote dichos espacios, ya que son estos ámbitos, los que nos permiten instrumentar una transformación hacia una sociedad más igualitaria y más justa.

Valores. Conceptos Actividades 1- Leer los textos propuestos en clases. 2- Resolver las actividades propuestas en la guía suministrada. 3- Analizar las viñetas propuestas en clase. Profesor: Osvaldo Ramón Freschi.

Se entiende por valor moral todo aquello que lleve al hombre a defender y crecer en su dignidad de persona. El valor moral conduce al bien moral. Recordemos que bien es aquello que mejora, perfecciona, completa. 3

El valor y sus características. Cuando hablamos de valor, generalmente nos referimos a las cosas materiales, espirituales, instituciones, profesiones, derechos civiles. etc. Que permiten al hombre realizarse de alguna manera. El valor es, entonces una propiedad de las cosas o de las personas. Todo lo que es, por el simple hecho de existir, vale. Un mismo objeto puede poseer varios tipos de valores, por ejemplo un coche puede ser útil además de bello. El valor es pues captado como un bien, ya que se le identifica con lo bueno, con lo perfecto o con lo valioso. Necesidades primarias: son las necesidades fisiológicas que todo ser humano tiene que satisfacer, por ejemplo, el alimento, el vestido, la vivienda. Necesidades de seguridad: se refiere al temor a ser relegados por los demás. Necesidades sociales: es cuando un núcleo familiar ya no es suficiente para el desarrollo de la persona por lo que tendemos a formar nuevos grupos de pertenencia. Se busca ser digno. Necesidades de autorrealización: se refieren a encontrar un sentido a la vida, trascender en una obra creativa, luchar por un ideal, como la verdad, la belleza o la bondad. Estas necesidades se satisfacen por medio del cultivo de la ciencia, el arte, la moral y la religión. Las características de los valores son: • Independientes e inmutables: son lo que son y no cambian, por ejemplo, la justicia, la belleza, el amor. • Absolutos: son los que no están considerados o atados a ningún hecho social, histórico, biológico, o individual. Un ejemplo puede ser los valores como la verdad o la bondad. • Inagotables: no hay ni ha habido persona alguna que agote la nobleza, la sinceridad la bondad. • Objetivos y verdaderos: los valores se dan en las personas o en las cosas independientemente que se les conozca o no. Un valor objetivo siempre será obligatorio por ser universal ( para todo ser humano) y necesario para todo el hombre, por ejemplo, la sobrevivencia de la propia vida. Los valores tienen que ser descubiertos por el hombre y solo así es 4

como puede hacerlos parte de su personalidad. • Subjetivos: los valores tienen importancia al ser apreciados por la persona, su importancia es solo para ella, no para los demás. Cada cual los busca de acuerdo con sus intereses. • Objetivos: los valores son también objetivos porque se dan independientemente del conocimiento que se tenga de ellos. Sin embargo, la valoración es subjetiva, es decir, depende de las personas que lo juzgan. Por esta razón, muchas veces creemos que los valores cambian, cuando en realidad lo que sucede es que las personas somos quienes damos mayor o menor importancia a un determinado valor.

Ciudadanía. Concepto Ciudadanía es la conciencia de los derechos democráticos, es la práctica de quien esta ayudando a construir los valores y las practicas democráticas. El ciudadano es el individuo que tiene conciencia de sus derechos y deberes, y participa activamente de todas las discusiones de la sociedad. Un ciudadano con sentido ético fuerte y conciencia de ciudadanía, no hace mal uso de ese poder de participación

Características de la ciudadanía. Llamamos ciudadanos a las personas libres e iguales que cooperan socialmente. La libertad y la voluntad de cooperar son los dos rasgos que deben definir a la ciudadanía. Dos rasgos que van mas allá de la definición ya canónica de “ciudadanía” que debemos al sociólogo Alfred Marzar, para quien el ciudadano era básicamente el sujeto de los derechos civiles, políticos y sociales. La definición de Marshall significo un avance en su momento en especial por la alusión a los derechos sociales, recientemente reconocidos y poco aceptados de hecho por los estados de derecho. Es una caracterización del ciudadano, sin embargo, que hoy se nos queda corta e insuficiente. El ciudadano no es solo sujeto de derechos, sino también de obligaciones. No solo hay que garantizarle la libertad, con todos los conocimientos que el derecho a la libertad supone, sino que el individuo, en la medida en que se considera ciudadano de una democracia, tiene la obligación de cooperar con la sociedad. De lo contrario es difícil Profesor: Osvaldo Ramón Freschi.

que la democracia funcione y prospere. Especialmente obligado ha de sentirse el ciudadano que vive en un estado de bienestar, esto es, en un estado de derecho que ha positivizado los derechos sociales.

Clasificación de impuestos

Valores claves de ciudadanía

• Impuestos indirectos: Cuando existen circunstancias o situaciones objetivas que hacen solamente presumir un determinado nivel de riqueza pero con un nivel de aproximación inferior al anterior son impuestos indirectos, gravan actos o situaciones accidentales o como los consumos.

PARTICIPACIÓN DEMOCRATICA • Comisiones • Asamblea • Peticionar ante las autoridades • Mandato por delegación • Elección por voto. RESPONSABILIDAD - Ejercicio del poder. • Asumir cargos delegados • Rendir cuenta de los actos realizados por el poder delegado. - Control ciudadano. • Auditar las acciones ejercidas y rendiciones realizadas por los representantes.

• Impuestos directos: Cuando existen circunstancias o situaciones objetivas que revelan en forma bastante aproximada un determinado nivel de riqueza son impuestos directos, gravan periódicamente situaciones con cierta permanencia. No son trasladable.

• Impuestos ordinarios: Son los que se recaudan siempre. Tienen vigencia permanente. • Impuestos extraordinarios: Son aquellos impuestos transitorios de emergencia, que tienen un lapso determinado de tiempo. • Impuestos internos: Son los impuestos al consumo, se perciben dentro de los límites del país. • Impuestos externos: Son los aduaneros, se cobran con motivo de entradas o salidas del país.

Cumplimiento de las normas consensuadas Compromiso con la esfera publica

• Impuestos ad valorem: Aquellos cuya base esta integrada por magnitudes monetarias.

SOLIDARIDAD • Acciones con la comunidad educativa • Proyectos en común

EL Sistema Tributario Argentino Los impuestos en Argentina.

Impuestos, concepto Según el Código Fiscal de la Federación, impuestos son las contribuciones establecidas en la ley que deben pagar las personas físicas y morales que se encuentren en la situación jurídica o de hecho prevista por la misma. Tributo, carga fiscal o prestaciones en dinero y/o especie que fija la ley con carácter general y obligatorio a cargo de personas físicas y morales para cubrir los gastos públicos. Es una contribución o prestación pecuniaria de los particulares, que el Estado establece coactivamente con carácter definitivo y sin contrapartida alguna.

Profesor: Osvaldo Ramón Freschi.

Introducción. Argentina es un país Federal dividido en provincias, es decir, estados independientes con sujeción a un gobierno central. De esta forma, existe potestad tributaria nacional y provincial, a lo que se añaden los municipios, con ciertas limitaciones, pero que terminan siendo verdaderos tributos aunque revistan las características de tasas retributivas. Impuestos Nacionales. El organismo de control y recaudación es la Administración Federal de Ingresos Públicos – AFIP5

No dividiremos como tradicionalmente se hace, los impuestos sino que simplemente nos ocuparemos de enunciarlos y resumir sus principales características.

Impuesto a las Ganancias. Grava las ganancias obtenidas por las personas de existencia visible o ideal, mientras que los residentes tributan por sus ganancias obtenidas en el país y en el extranjero, los no residentes tributan exclusivamente sobre las ganancias de fuente argentina. La ley enumera algunas presunciones acerca del origen de la fuente, presunciones, que en algunos casos no admiten prueba en contrario.

La mecánica para la determinación del gravamen varía según se trate de una persona física o de una jurídica. La diferencia fundamental entre las categorías, es que mientras que la primera, segunda y cuarta tributan por lo que se denomina teoría de la fuente, es decir, incluye todos aquellos enriquecimientos de una periocidad que implique la permanencia de la fuente que los produce y su habilitación. Por su parte, la tercera categoría tributa por la teoría del balance, es decir por todas las ganancias obtenidas que cumplan o no las otras condiciones. Existen exenciones objetivas y subjetivas.

Las rentas se dividen en cuatro categorías, las cuales tienen deducciones específicas y formas distintivas del cálculo del tributo. • PRIMERA- Rentas del suelo-: Se trata de rentas obtenidas por la locación de inmuebles urbanos y rurales. Tributan por el sistema de lo devengado. • SEGUNDA- Renta de capitales-: Se trata de rentas originadas por la imposición de capitales, tales como acciones, intereses, transferencia de llaves de negocio y otros intangibles, dividendos y utilidades, etcétera. Tributan por el sistema de lo percibido. • TERCERA- Renta de las empresas y ciertos auxiliares del comercio-: Se trata de rentas obtenidas por las empresas, comisionistas, rematadores, consignatarios y otros auxiliares del comercio, ciertos fideicomisos y otras rentas que no puedan encuadrarse en las restantes. Tributan por el sistema de lo devengado. • CUARTA: -Renta de trabajo personal-: Se trata de rentas obtenidas por el desempeño de cargos públicos, el trabajo en relación de dependencia, seguro de retiro privado y jubilaciones, servicios personales de los socios de cooperativas, el ejercicio de profesiones liberales, dirección y sindicatura de empresas y las actividades de viajante de comercio y despachante de aduanas, tributan por el sistema de lo percibido. Se trata de un impuesto complejo, por lo que se debe tener presente que existen muchas particularidades que aquí no vamos a analizar. 6

En algunos casos, las exenciones no operan de pleno derecho, sino que deben ser solicitadas. La alícuota del tributo es gradual para las personas físicas y del 35% para las personas jurídicas. La liquidación del tributo es anual, aunque se pagan anticipos mensuales. En los casos de beneficiarios del exterior, el tributo se paga vía retención en la fuente, con una retención de carácter de pago único y definitivo del 35%

Impuesto a las Ganancias Mínima Presunta En algunos casos, este tributo actúa como complementario del impuesto a las ganancias y en otros como un verdadero tributo patrimonial. Se determina sobre la base de los activos, valuados conforme a las normas de la ley. Si bien es un impuesto de emergencia y con una vigencia teórica de diez años, la experiencia es que se va a prolongar su vigencia. Como se observa se gravan los activos sin considerar los pasivos generando situaciones injustas. Para entender un poco la mecánica que analizaremos Profesor: Osvaldo Ramón Freschi.

más adelante, la presunción es que todos los activos deben generar una renta, castigando la improductividad de la misma. Los sujetos pasivos del impuesto, simplificando en demasía la cuestión son los sujetos comprendidos en la tercera categoría del impuesto a las ganancias. Se gravan los activos en la Argentina y en el exterior, en líneas generales, cuando el sujeto pasivo sea un no residente, debe existir un responsable sustituto en el país que actúe como sujeto pasivo.

esta ley, una vez detraído de éste el que sea atribuible a los inmuebles no afectados a la actividad. En forma simple, determinado el impuesto a las ganancias, si este fuera inferior al determinado para el impuesto a la ganancia mínima presunta se le detraerá de este el primero y se ingresarán ambos impuestos. La parte abonada de este último impuesto, podrá computarse como pago a cuenta del impuesto a las ganancias, con ciertos topes, en los próximos diez ejercicios.

Existen exenciones y bienes no computables.

Por su lado, el impuesto determinado por los inmuebles ya mencionados, actúan como un impuesto definitivo, no susceptible de compensación.

Dentro de las primeras merece destacarse que se encuentran exentos los activos que en su conjunto no superan los $ 200.000 – incrementados en la proporción que sobre el total de los mismos se tengan en el exterior.

Sólo, si transcurridos esos diez años, no se pudiera compensar con el impuesto a las ganancias, adquirirá las veces de un tributo.

Si superan dicha cifra se tributará sobre el total de los archivos. Por su lado, destacamos en los segundos, el valor correspondiente a los bienes muebles amortizables, de primer uso, excepto automotores, en el ejercicio de adquisición o de inversión y en el siguiente y el valor de las inversiones en la construcción de nuevos edificios o mejoras en el ejercicio en que se efectúen las inversiones totales o, en su caso, parciales, y en el siguiente, excepto que se trate de inmuebles no afectados a la actividad. La determinación es anual, pero mensualmente es posible que se determinen anticipos.

Impuesto Al Valor Agregado. Es una suerte de impuesto al consumo, donde quien soporta el tributo, al final de la cadena es el consumidor final o, de existir una excepción posterior, el último sujeto gravado. Grava la venta de bienes muebles, situadas y colocadas en el país, las obras y locaciones de servicios prestados en el país, con algunas exclusiones, las importaciones definitivas de cosas muebles y las importaciones de servicios. Existen, dos cuestiones fundamentales para quedar sujeto al gravado, el territorial y el de habitualidad. Las exenciones, en su gran mayoría son objetivas.

La alícuota es del 1% El funcionamiento del impuesto es complejo, aunque trataremos de simplificar la explicación. La liquidación del impuesto es simultánea con el impuesto a las ganancias. El impuesto a las ganancias determinado para el ejercicio fiscal por el cual se liquida el gravamen, podrá computarse como pago a cuenta del impuesto de Profesor: Osvaldo Ramón Freschi.

Simplificando la cuestión, el sujeto que adquiere bienes y servicios, facturará los mismos adicionando el tributo computando por éstas un crédito fiscal. Por su lado, al vender bienes o prestar servicios, facturará los mismos adicionando el tributo correspondiente, es decir el débito fiscal. La diferencia entre debito fiscal y crédito fiscal, será lo que se ingrese mensualmente al fisco. 7

Como se observa, la carga tributaria recaerá sobre el ultimo eslabón de la cadena, generalmente el consumidor final, mientras que los sujetos intermedios ingresarán las diferencias entre el impuesto sobre sus ventas y el impuesto sobre sus compras , siendo el ingreso, en síntesis, el valor que ha agregado a su producto o servicio. Si bien, dijimos que están gravadas sólo las ventas de cosas muebles, también lo están las empresas constructoras, lo que en definitiva quiere decir que se gravan la primera venta de los inmuebles. (Parte construida) La alícuota general es del 21%, existiendo una alícuota reducida de 10,50% para ciertos bienes de capital y de primera necesidad y una incrementada del 27% para ciertos servicios públicos. La liquidación es mensual, salvo para algunas situaciones especiales. Existen exenciones establecidas expresamente en la ley, destacándose las exportaciones. Los exportadores pueden recuperar el impuesto que se les hubiera facturado por bienes, locaciones y prestaciones de servicios destinados a la exportación.

Existe un mecanismo especial para las sociedades comerciales, que actúan como responsable sustituto de sus socios, por el impuesto que recae sobre su participación en la sociedad, aplicando una alícuota del 0,50% sin considerar mínimo exento. La liquidación es anual, con pagos de anticipos bimestrales, de corresponder.

Monotributo. Algunos sujetos, denominados pequeños contribuyentes, podrán pagar un tributo integrado que comprende al impuesto a las ganancias y el valor agregado, abonando un canon fijo según ciertos parámetros. De esta forma quedan exceptuados de tributar los impuestos mencionados y quedan exentos del impuesto a la ganancia mínima presunta. A su vez, deben ingresar importes destinados a la seguridad social, sustituyendo, en ciertos casos, el importe autónomo.

Otros Tributos Impuesto a los bienes personales. Recae sobre los bienes personales existentes al 31 de diciembre de cada año, siendo sujetos pasivos del tributo, las personas físicas y las sucesiones indivisas. Los sujetos radicados en el país, tributarán sobre los bienes situados en el mismo y en el exterior. Los bienes deben valuarse conforme a la normativa, existiendo un rubro residual que se trata de una presunción relativa a bienes personales y del hogar, que es el 5% de la totalidad de los bienes, con algunas exclusiones. A esa cifra se le descontará el mínimo exento de $102.300, -- y sobre el excedente se tributará 0,50% si dicho excedente no supera los $200.000,-- o el 0,75% si lo supera. 8

Fondo para educación y promoción cooperativa: Se determina sobre el capital cooperativo que surge de restar el activo al pasivo del mismo, valuados conforme a la ley, aplicando la alícuota al 2%. Impuesto sobre los débitos y créditos en las transacciones financieras: Impuesto a la transferencia de inmuebles: Impuestos internos: Impuesto sobre los combustibles líquidos: Otros: Existen otros tributos de aplicación muy específica que solo nos limitaremos a enumerar: • Impuestos a los premios de sorteos y concursos deportivos. • Cine, video, radio, y TV • Tasa por actuaciones ante el tribunal Fiscal de la Nación

Profesor: Osvaldo Ramón Freschi.

IMPUESTOS PROVINCIALES. Son de jurisdicción provincial y cada provincia los define, habiendo cierta semejanza en los mismos. En general, los organismos de fiscalización y recaudación son las direcciones de rentas de cada provincia. En líneas generales, los tributos son: • Sellos: que gravan los contratos. • Patentes: que gravan a los automotores. • Inmobiliarios: que gravan a los inmuebles. • Impuesto a los ingresos brutos que grava los ingresos. En relación a este último, se da una situación particular, cuando los ingresos deben repartirse entre varias jurisdicciones, para lo cual existe un acuerdo entre las provincias, regida por la Comisión Arbitral, reglamentando un régimen denominado Convenio Multireal.

Clasificación de los tributos Impuestos: Son el medio de financiación de los servicios públicos indivisibles, son de demanda coactiva y su destino es la financiación de las necesidades públicas primarias y secundarias, por ejemplo la defensa nacional, la salud pública, etc. Tasas: son el medio de financiación de los servicios públicos divisibles, son de demanda presunta o coactiva, son exigidas como contraprestación por un servicio público otorgado individualmente a todos los usuarios efectivos y/o potenciales. El importe debe ser proporcional al beneficio recibido y al costo del servicio y se debe tener en cuenta la capacidad contributiva del individuo. Ejemplos: tasa de migraciones, tasa de escribanía de gobierno, tasa por servicios sanitarios, etc. Contribuciones especiales: es una prestación obligatoria debida en razón de beneficios individuales o colectivos derivados de obras públicas o actividades especiales del estado. Ejemplos: Peajes, Mejoras, Contribuciones Parafiscales.

Contribuyente El contribuyente es aquella persona física o jurídica con derechos y obligaciones, frente a un ente públiProfesor: Osvaldo Ramón Freschi.

co, derivados de los tributos. Es quien está obligado a soportar patrimonialmente el pago de los tributos (impuestos, tasa, o contribuciones especiales) con el fin de financiar al Estado. Es una figura propia de las relaciones tributarias o de impuestos. Se determina y define en concreto de acuerdo con la ley de cada país. El contribuyente es, en sentido general, el sujeto pasivo en derecho tributario, siendo el sujeto activo el estado, a través de la administración.

Obligaciones del contribuyente El contribuyente tiene al frente del estado dos tipos de obligaciones, que se concretan en cada una de las leyes aplicables a los tributos: • Materiales: Entendiendo por tales el pago de las obligaciones pecuniarias derivadas de la imposición de tributos por ley. • Formales: Que pueden abarcar desde llevar a una contabilidad para el negocio hasta presentar en tiempo y forma la declaración correspondiente a un impuesto. Las obligaciones formales son independientes de las materiales, hasta el punto de que un contribuyente puede ser sancionado por no haber cumplido sus obligaciones formales a pesar de haber cumplido sin excepción las materiales ( por ejemplo, un contribuyente que no presentó la declaración en fecha, a pesar de que no tenía que pagar nada)

Desarrollo de la actividad Actividad Nº 1 Responder el siguiente cuestionario y luego haga un listado de 10 acciones de la vida real que indican valores, previa lectura del marco teórico y las apreciaciones del profesor. Los trabajos podrán desarrollarse en forma grupal (no más de 3 alumnos) o en forma individual. El mismo se entregará al finalizar la clase.

1. ¿Qué entiende por valor moral? 2. La responsabilidad ¿es un valor? Que opina Uds., manifiéstelo en un ejemplo. 3. El pagar los impuestos ¿dentro de qué valores us- 9

ted lo encuadraría? 4. Si no puedo pagar los impuestos porque carezco de recursos suficientes estaría violando algún tipo de valor ¿Qué opina usted? 5. Dejaría usted de lado comprar artículos que no son indispensables para la subsistencia diaria ( por ejemplo, cigarrillo, gaseosa, bebidas alcohólicas) y así poder pagar sus impuestos. 6. Le doy un ejemplo real, el impuesto de tasas de servicios de la zona del Barrio Parque Independencia en la ciudad de Resistencia es de $ 13.06 bimestralmente, es decir cada dos meses. El valor del cigarrillo en promedio de $ 3.50 cada paquete (20 cigarrillos), si sos fumador ¿Dejarías de fumar cuatro paquetes en dos meses y con ese dinero poder pagar tu impuesto? 7. Me podrías dar otros ejemplos como el anterior. (Llevar algunas facturas del impuesto inmobiliario)

Desarrollo de la actividad Actividad Nº 2 Efectué un listado de derechos y obligaciones que tiene como ciudadano democrático de la ciudad de Resistencia, previa lectura del marco teórico y las apreciaciones del profesor. Los trabajos podrán desarrollarse en forma grupal (no más de 3 alumnos) o en forma individual. El mismo se entregará al finalizar la clase. Derechos: -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Obligaciones: ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Desarrollo de la actividad Actividad Nº 3 Leer detenidamente el texto y subrayar los tipos de impuestos que mencionan y los impuestos de cada uno de ellos que aparecen en el relato, previa lectura 10

del marco teórico y las apreciaciones del profesor. El trabajo será desarrollado en forma individual y será entregado al finalizar la clase. Pagan más los que menos tienen. José Castillo. La Arena. El anuncio sobre el aumento de ABL en la Ciudad de Buenos Aires abrió un debate que importa a todo el país La estructura tributaria argentina es una de las mas regresivas del mundo. Esto se verifica en los niveles nacionales, provinciales y municipales. Los medios nacionales le dedicaron profusa cobertura al aumento del “impuesto inmobiliario” en la ciudad de Buenos Aires (en realidad la tasa de alumbrado, barrido y limpieza, ya que la capital no cuenta de hecho con un impuesto inmobiliario). Un habitante de cualquier otra región de país descubrió, azorado, que en la ciudad del boom inmobiliario, de las propiedades más caras de la Argentina, se pagan cantidades irrisorias. Veremos más abajo, que la famosa propuesta de aumento planteada por las autoridades porteñas no tiene nada de progresiva. Pero el debate excede la discusión porteña, porque pone al desnudo algo que ningún gobierno se ha de cedido a atacar desde hace décadas: lo increíblemente injusto del pago de impuestos en nuestro país.

La terrible regresividad de los impuestos nacionales. Comencemos por una simple pregunta: ¿en nuestro país se pagan pocos o muchos impuestos? La primera respuesta, visceral, que daría cualquiera es: ¡ mucho! Nosotros, con los números en la mano, podríamos demostrar que somos uno de los países con presiones tributarias (relación de la masa de impuestos pagadas dividido el PBI) más bajos del mundo. ¿Cómo se resuelve esta contradicción? Lo que sucede es que pagamos una enormidad de impuestos indirectos. Estamos hablando de aquellos que gravan directamente el consumo, siendo el más conocido el IVA (También podemos incluir aquí otros impuestos internos, como los cigarrillos, bebidas alcohólicas, a los combustibles, al servicio telefónico). O un impuesto fuertemente distorsivo como el de los “debitos bancarios” (conocido como impuesto al cheque). Para ser claros es una barbaridad que la tasa del IVA sea tan alta que distorsione el precio final del producto. Los impuestos indirectos son terriblemenProfesor: Osvaldo Ramón Freschi.

te regresivos, ya que “pega” de igual manera sobre todos, no importando lo que signifique en su monto total de ingresos. Así si alguien tiene un ingreso de 20.000 pesos paga el mismo porcentaje de IVA por un producto que un jubilado que percibe la mínima. Es obvio que para el segundo, el impuesto pagado pesa infinitamente más sobre su bolsillo. Vayamos a los números concretos. Los impuestos indirectos generan en nuestro país una presión del 8% del PBI. Comparemos: En Estados Unidos, Japón y Australia se paga de impuestos similares una proporción del 2% del PBI, en Alemania el 3%, en Canadá y Suecia el 4% y en Reino Unido el 5%. Hasta aquí, entonces corroboraríamos la sensación de nuestro lector: estaríamos abrumados de impuestos. Pero todavía no relatemos lo peor. Hablemos ahora de los “otros impuestos”, los llamados impuestos directos. Todos los especialistas coinciden que en ellos reside la esencia de la justicia impositiva: que pague más el que más gana, o el que tiene una mayor riqueza. En nuestro país se trata centralmente del impuesto a las ganancias, pero también de otros como “ganancia mínima presunta” o bienes personales. Y en este ítem tenemos que sumar los impuestos al comercio exterior. Apenas miramos los números entendemos la previsión de todo el sistema: es vergonzoso lo poco que se paga en la Argentina por impuestos directos. Hagamos ahora el ejercicio comparativo: los países capitalistas “modelo” son los que tienen sistemas tributarios más fuertes con respecto a las ganancias y el capital. Veamos ahora la presión tributaria del impuesto a las ganancias: mientras que en nuestro país es del 4% del PBI, en Estados Unidos y Japón es del 9%, en Alemania del 11%, Australia y el reino Unido del 14% del PBI, en Canadá del 18% y en Suecia del 21%. Y si buscamos dar una respuesta general, y preguntamos sobre la presión tributaria global, o sea sumando todos los impuestos, vemos que en Argentina es del 22% del PBI, cuando en Australia y Estados Unidos es del 29%, en Alemania, Canadá y el Reino Unido del 37% y en Suecia del 52%.

Leer detenidamente el texto del marco teórico correspondiente a Sistema Tributario Argentino y utilizando tus conocimientos previos, completar los recuadros en blanco colocando en ellos las palabras que te sugiere la imagen de cada uno de ellos teniendo en cuenta las palabras que le anteceden o preceden. El trabajo será desarrollado en forma individual y será entregado al finalizar la clase. ( Ver Anexo 1 )

Actividad Nº 5: Luego de realizar una lectura del marco teórico del contribuyente y sus obligaciones y escuchar las apreciaciones del profesor acerca de los buenos y malos contribuyentes, debe desarrollar un breve párrafo a cerca de lo que le sugiere la imagen de la caricatura. El trabajo será desarrollado en forma individual y será presentado al finalizar la clase. (Ver Anexo 2 )

Actividad Nº 6: Responder el siguiente cuestionario, previa lectura del marco teórico y de las apreciaciones del profesor a cerca del tema Impuesto al Valor Agregado Desarrollar la consigna en forma individual y entregarla al finalizar la clase. 1. ¿Principalmente sobre quien recae el impuesto al valor agregado (IVA)? 2. ¿Cómo se determina el importe que se ingresará al Fisco en concepto de IVA? 3. ¿Sobre que bienes se grava este impuesto? 4. ¿Qué porcentaje corresponde a la alícuota general del IVA? 5. ¿Consideras que es importante solicitar una factura o ticket cada vez que se realiza una compra? 6. ¿Usted cuando realiza una compra solicita su comprobante? Si no lo hace cuente brevemente por que.

Desarrollo de la actividad Actividad Nº 4 Profesor: Osvaldo Ramón Freschi.

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Anexo 1

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Profesor: Osvaldo Ramón Freschi.

Anexo 2

Profesor: Osvaldo Ramón Freschi.

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