Story Transcript
1
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO
El Etiquetado de los productos ecológicos en el nuevo marco reglamentario Beatriz Suárez Colomo S.G. de Calidad Diferenciada y Agricultura Ecológica D.G. Industria y Mercados Alimentarios
Curso “Marketing Verde”. Logroño, 11 de marzo de 2010
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO
2
Nuevo Reglamento productos ecológicos (1-1-2009)
R (CE) Nº834/2007 del Consejo de 28 de junio, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el R (CEE)2092/91 Disposiciones de aplicación: R (CE) Nº889/2008 de la Comisión: Producción ecológica, etiquetado y control R (CE) Nº 1235/2008 de la Comisión: Importaciones de países terceros. R(CE) Nº 710/2009 Acuicultura ecológica
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO
R (CE) Nº834/2007 del Consejo Títulos: I. Objeto, ámbito de aplicación y definiciones II. Objetivos y principios de la producción ecológica III.Normas de producción IV.ETIQUETADO V. Controles VI. Intercambios con países terceros VII.Disposiciones finales y transitorias
3
4
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO
R (CE) Nº 834/2007.-Título
IV: ETIQUETADO
Términos reservados a la producción ecológica: Ecológico, Biológico, Orgánico, “Bio”, “Eco” No es necesario hacer referencia al método de producción , ej.“agricultura ecológica”, producción ecológica”, “cultivo ecológico” (R(CEE) Nº2092/91) Se añaden directamente a la denominación del producto: Ej. Tomates ecológicos
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO
5
R (CE) Nº834/2007 y R (CE) Nº889/2008.-ETIQUETADO
Requisitos específicos de etiquetado para: A) Alimentos ecológicos B) Piensos ecológicos (no para animales de compañía y obtención pieles ) C) Productos de origen vegetal en conversión D) Material de reproducción vegetativa y semillas A) En R (CE) Nº834/2007: Título IV B y C) en R (CE) Nº 889/2008 : Título III D) Pendiente de desarrollo
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO
6
A.Categorías de etiquetado de Alimentos:1 R(CE) Nº 834/2007
1.Producto agrario vivo o no transformado cumple todas las
normas de producción de la normativa:”PRODUCTO ECOLÓGICO”:logo UE + código AC/OC + origen mp 2.Alimentos transformados cumplen las normas de producción establecidas en cada uno de los casos: a) Más del 95 % ingredientes agrarios son ecológicos: “PRODUCTOS ECOLÓGICOS”:
logo UE + código AC/OC + origen mp b) Ingrediente principal de la caza o pesca y la totalidad del resto ingredientes agrarios son ecológicos: Código AC/OC c) Ingredientes agrarios ecológicos y no ecológicos:Código AC/OC
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO
7
A: Categorías de etiquetado de Alimentos: (2)
1 y 2 a) Más del 95 % ingredientes agrarios son ecológicos:
“Ecológico” junto a la denominación de venta Código organismo o autoridad de control Logotipo de la UE (*), (logos nacionales/privados) Lugar de obtención materias primas agrarias (*): Agricultura UE, Agricultura no UE, Agric. UE/no UE, Agricultura País concreto (*) Aplicables a partir del 1 de julio de 2010 y optativas de forma conjunta, para los productos importados de PT
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO
8
ETIQUETADO : Indicación Origen Materias Primas Agricultura UE: las materias primas agrícolas se han obtenido en la UE Agricultura no UE: las materias primas agrícolas se han obtenido en terceros países Agricultura UE/no UE: una parte obtenida en la UE y otra en un tercer país. Agricultura UE/ España ó Agricultura España: todas las materias primas agrícolas se han obtenido en el país en cuestión.
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO
Etiquetado Espárragos Ecológicos
* Logo UE (obligatorio a partir del 1-07-2010) * Código Numérico de la Autoridad u Organismo de Control (Logotipo específico, en su caso) * Agricultura UE/España (Obligatorio 1-07-2010)
9
10
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO
2.a) PRODUCTOS EN LOS QUE AL MENOS INGREDIENTES AGRARIOS SON ECOLÓGICOS:
E
e u ti q
o d ta
Mermelada de frutas ecológica • LOGO EUROPEO
• Código AC u OC • Agricultura UE/ESPAÑA
Si en la composición hay aditivos y/o coadyuvantes éstos han de estar incluidos en el Anexo VIII del R(CE) Nº 889/2008. Si llevan * se consideran de origen agrario y computan en el cálculo del 95%.
EL
95%
DE
LOS
LISTA DE INGREDIENTES
- Manzana * - Pera* - Azúcar de remolacha* - E-330** (*) Ecológicos
(**) Anexo VIII A R(CE)889/2008
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO
11
A: Categorías
de etiquetado de Alimentos: (3) b) Ingrediente principal de la caza o pesca y la totalidad del resto ingredientes agrarios son ecológicos: “Ecológico” junto a la denominación venta y en lista de ingredientes, sólo en relación con los ingredientes ecológicos Lista de ingredientes con % total ingredientes eco /total ingredientes agrarios Código organismo o autoridad de control Logos nac./priv., no logo UE ni origen materias primas
12
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO
PRODUCTOS CON INGREDIENTE PRINCIPAL DE LA CAZA O PESCA + OTROS INGREDIENTES DE ORIGEN AGRARIO QUE SEAN ECOLÓGICOS EN SU TOTALIDAD SARDINAS EN ACEITE DE OLIVA o VIRGEN ECOLÓGICO
iq t E
ad t ue
• Código de la AC OC (Logo AC u OC)
INGREDIENTES - Sardinas - Aceite de oliva virgen ecológico (15 %) - Sal
Si en la composición hay aditivos y/o coadyuvantes han de estar incluidos en el Anexo VIII del R(CE) Nº 889/2008. Si llevan * se consideran de origen agrario y deben ser ecológicos.
-
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO
13
A: Categorías de etiquetado de Alimentos: (4)
c) Ingredientes agrarios ecológicos y no ecológicos Indicaciones en el mismo campo visual: “Ecológico” únicamente en lista de ingredientes y en relación con los ingredientes ecológicos Lista de ingredientes con % total ingredientes eco /total ingredientes agrarios Código organismo o autoridad de control No logo UE ni origen materias primas
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO
14
C: Etiquetado productos vegetales en conversión R (CE) Nº889/2008 Indicación “Producto en conversión a la agricultura ecológica” Condiciones: Pasado un periodo de conversión =/> 12 meses antes de la cosecha Sólo un ingrediente de origen vegetal Código de la autoridad u organismo de control (logo) No logo UE ni origen materias primas
15
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO
E
e u ti q
o d ta
ESPÁRRAGOS Producto en conversión a la agricultura ecológica * Código de la Autoridad u Organismo de Control (Logo entidad control)
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO
16
ETIQUETADO :Hasta 30/06/2010 antes entrada aplicación nuevas normas etiquetado. Logotipo comunitario Opcional en productos ecológicos, en las mismas condiciones del R (CEE) Nº2092/91 Indicación del código y/o nombre del organismo o autoridad de control Obligatorio en productos ecológicos en las mismas condiciones del R (CEE)Nº 2092/91
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO
17
ETIQUETADO : Hasta 30/06/2010 antes entrada aplicación nuevas normas etiquetado. Logotipo comunitario: Anexo XI
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO
18
ETIQUETADO : Normas en aplicación desde el 107-2010 a falta publicación DOUE.(enmienda R(CE) Nº 889/2008). Proceso selección Nuevo Logotipo: Concurso estudiantes, 1º selección 10,2ª selección 3, votación on- line (7 dic-31enero) Nuevo Logotipo aprobado por mayoría cualificada: CPAE Bruselas 1 marzo 2010. Falta publicación DOUE. Sustituirá al actual en el Anexo XI: A y B. Entrada en vigor Tratado de Lisboa: Logotipo comunitario de producción ecológica: Logotipo de producción ecológica de la UE:
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO
19
ETIQUETADO : Normas en aplicación desde el 107-2010 a falta publicación DOUE.(enmienda R(CE) Nº 889/2008). Anexo XI.A.Nuevo logotipo ecológico de la UE Requisitos: color, tamaño, junto con otros logos, registrado.
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO
20
ETIQUETADO : Normas en aplicación desde el 1-07-2010 a falta publicación DOUE.(enmienda R(CE) Nº 889/2008).
Anexo XIB. Código numérico para las autoridades y organismos de control: AB-CDE-999-CA. AB: código ISO país efectúan controles: ES CDE: Término aprobado referente AE: ECO 999: Nºmáx 3 dígitos exclusivo AC/OC. CA: Facultativamente España acrónimo CA en la que la AC/OC autorizado. Declaración Presidente Comisión Europea votación logo.. Ej. ES-ECO-0O1-AN: Pendientes de asignación. Cambio
Códigos productos importados los asigna la Comisión.
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO
21
ETIQUETADO : Restricciones de Uso del Nuevo Logotipo Comunitario: R (CE) Nº 834/2007: Sólo utilizable en productos que cumplan el Reglamento y Que contengan al menos un 95 % en peso, de ingredientes agrarios ecológicos: ALIMENTOS Y PIENSOS No utilizable en vinos de uvas de AE, ni en productos derivados de especies animales no reguladas actualmente por los R (CE) Nº834/2007 y 889/2008.
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO
22
ETIQUETADO : Nuevas normas en aplicación desde el 1-07-2010 a falta de publicación DOUE .Enmienda R (CE) Nº889/2008) Lugar de colocación de las indicaciones obligatorias en alimentos envasados: 1º: Logotipo ecológico de la UE 2º: Código AC/OC: en el mismo campo visual que el logotipo ecológico UE 3º: Debajo del código AC/OC, se indicará el lugar de origen de las materias primas
23
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO
ETIQUETADO : Nuevas normas en aplicación desde el 1-07-2010 a falta publicación DOUE. Enmienda (R (CE) Nº889/2008) Ejemplo etiquetado: Colocación términos obligatorios.
ES-ECO-0O1-AN AGRICULTURA UE
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO
Logos Autoridades de Control públicas: Necesidad de adaptación
24
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO
Logos Organismos de control privados
25
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO
26
ETIQUETADO : Nuevas normas aplicables desde 1 de julio 2010 a falta publicación DOUE. -La modificación del R(CE) Nº 889/2008 con respecto al nuevo logo y los nuevos requisitos de etiquetado ha sido aprobada en el CPAE Bruselas 1 marzo 2010. -Todavía no están en vigor estas normas pues no se han publicado en el DOUE, próximamente se publicarán. -El 1 de julio de 2010 entrarán en aplicación dichas normas.
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO
27
ETIQUETADO: Periodo transitorio previsto para las nuevas normas en aplicación desde el 1 de julio 2010. -Las
existencias de productos producidos, envasados y etiquetados antes del 1 de julio de 2010 según el R(CEE) Nº2092/91 ó R(CE) Nº 834/2007 podrán seguir comercializándose con menciones referentes a la producción ecológica hasta que se agoten existencias.
-El material envasado según el R(CEE) Nº 2092/91 ó el R(CE) Nº 834/2007 podrá seguir utilizándose para los productos comercializados con menciones referentes a la producción ecológica hasta el 1 de julio de 2012, siempre que el producto cumpla por otro lado los requisitos del R(CE) Nº 834/2007.
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO
28
Información sobre la Agricultura Ecológica en España: http://www.marm.es/alimentacion/pags/ ecologica/introduccion.htm
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO
Gracias por su atención
29