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Cl IVENIO DE ENTRE ELEL FONDO -SPim"OL DE DE -CONVENIO DE (--~LABORACIÓN COLABORACIÓN ENTRE FONDO ESPAÑOL GARANTÍA DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, G A ~ A N T ~ A AAGRARIA, G ~ R I A , DEL MINISTERIO DE AGRI~uLTURA, -ALIMENTACIÓN YY MEDIO MEDIO AMBIENTE; AMBIENTE; Y EL ELINSTITUTO INSTITUTOGEOGRÁFICO GEOGRÁFICO ALIMENTACIÓN FOMENTO, PARA EL INTERCAMBIO INTERCAMBIO DE NACIONAL DEL MINISTERIO DE FOMENTO, INFORMACION GEOGRÁFICA. INFORMACIÓN

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REUNIDOS REUNIDOS

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* una parte, parte, D. D.Fernando FernandoMiranda Miranda Sotillos, Sotillos, Presidente Presidente del Fondo Español de e`d De una 12712006 del 3 1' Garantía Agraria, en adelante, FEGA, en virtud del Real Decreto 127/2006 febrero (BOE (BOE de 4 de de febrero) febrero) por por el el que que se sedispone dispone su sunombramiento nombramiento y de febrero previstoen en el el artículo articulo 4.2 4.2 f) actuando en representación del del FEGA FEGA conforme conformeaa lo previsto Estatuto del FEGA, FEGA, aprobado aprobado por Real Decreto Decreto 1441/2001, 144112001, de-21 del Estatuto por el Real de 21 de diciembre, y modificado el Real Decreto401/2012, 17 modificado por Real Decreto40112012, de 17 de febrero. m 1 -

- - - - I- - --L I ot;a parte, el Sr. D. Mario Mario Garcés Garcés San Sanagustin, Ministerio -a-giu— strn, Subsecretario del Ministerio De otra Fomento, en virtud de su su nombramiento nombramiento por el Real Real Decreto Decreto 1976/2011, 197612011, de de Fomento, 30 de diciembre acuerdo con lo dispuesto en la Orden Orden diciembre (BOE núm. 315), y de acuerdo FOM1164412012, de 23 de julio (B.O.E. del 25.07.2012), por la que se delegan FOM/1644/2012, determinadas competencias Subsecretario de nombre y determinadas competenciasen en el el Subsecretario de Fomento, Fomento, en en nombre representación del Ministerio Ministerio de Fomento. Fomento. representación e I

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Intervienen en función de sus sus respectivos cargos que han han quedado expresados Intervienen y en el el ejercicio ejercicio de sus sus mutuas mutuas facultades que a cada uno uno le le están están conferidas, conferidas, formalizar este convenio, y por ello, con plena capacidad para formalizar

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EXPONEN EXPONEN PRIMERO.- Que QueelelFEGA FEGAesesununorganismo organismoautónomo autónomo adscrito adscrito a la la Secretaria Secretaria PRIMERO.Generalde deAgricultura Agricultura yy Alimentación Alimentacióndel del Ministerio Ministerio de de Agricultura, Alimentación General Alimentación y Ambiente, que se regula regula por por su su Estatuto, Estatuto, aprobado aprobado por Real Decreto Decreto Medio Ambiente, por el Real 144112001de de 21 21de dediciembre, diciembre, modificado modificado por 1441/2001 porel el Real Real Decreto Decreto 151612006, 1516/2006, de 7 diciembre. Tiene Tiene como como finalidad finalidad principal principal hacer la Política Política de diciembre. hacer que que las ayudas de la Agrícola Común (PAC) de la la Unión UniónEuropea, Europea,se seapliquen apliquende deconformidad conformidad con la la Agrícola (PAC) de normativa comunitaria eficaz aa los losbeneficiarios beneficiarios que que normativa comunitariayy que que lleguen lleguen de de manera eficaz requisitos establecidos cumplan con los requisitos establecidos para para su concesión. concesión. Es un Organismo de para la la coordinación coordinación técnica de coordinación que ejerce, entre otras, actuaciones para la aplicación del Sistema lntegrado la Integrado de Gestión yy Control Control (SIGC) (SIGC) de las ayudas.

Reglamento (CE) 1782/2003 178212003del del Consejo Consejo de 29 29 de de septiembre septiembre de 2003, por por El Reglamento el que aplicables aa los regímenes que se seestablecen establecendisposiciones disposiciones comunes comunes aplicables regímenes de ayudas directas marco de de lalapolítica política agrícola agrícola común común y se seinstauran instauran ayudas directas en en el marco determinados regímenes regímenes de de ayudas, estableció, estableció, antes antes de ser derogado por el reglamento 7312009, los requisitos requisitos relativos sistema de reglamento 73/2009, los relativosaa la la creación creación de de un sistema identificación de identificación de parcelas parcelas agrícolas agrícolas dentro dentro del del Sistema Sistema lntegrado Integrado de Gestión y Control. Que lalaley ley14/2010 1412010de de5 5dedejulio juliosobre sobrelas lasinfraestructuras infraestructuras y los los SEGUNDO. Que por objeto objeto complementar servicios de de información geográfica geográfica de de España, tiene por organización de los servicios servicios de de información información geográfica fijar, de de la organización de los geográficayy fijar, conformidad con las las competencias estatales, las las normas normas generales generales para para el conformidad con competencias estatales, establecimiento de infraestructuras de información geográfica España establecimiento de infraestructuras de información geográfica en en España orientadas orientadas a facilitar facilitar la aplicación aplicación de políticas políticas basadas basadas en en lalainformación información utilización de este Administraciones Públicas geográfica por las Administraciones Públicasyy el el acceso y utilización información, tipo de información, Para Para la laorganización organización de de los losservicios servicios de deinformación información geográfica geográfica yy cartografía cartografía contempla la en su su artículo artículo 17, 17, se secuenta cuentacon conlalaparticipación participación del del que contempla la Ley, en Sistema Cartográfico Cartográfico Nacional. Nacional. Sistema

TERCERO. Que Queel elReal RealDecreto Decreto 1545/2007, 154512007,de de23 23de denoviembre, noviembre, por por el que se TERCERO. Sistema Cartográfico Cartográfico Nacional, en su artículo establece regula el Sistema artículo 2, 2, apartado 1, establece que persigue el el ejercicio eficaz de de las que el el Sistema Sistema Cartográfico Cartográfico Nacional Nacional persigue ejercicio eficaz las funciones públicas materia de de información información geográfica geográfica mediante mediante la la funciones públicas en en materia coordinación de actuación de de los losdiferentes diferentesoperadores operadores públicos públicos cuyas cuyas coordinación de la actuación competenciasconcurren concurren en en este esteámbito, ámbito,con conlos losobjetivos objetivos siguientes: siguientes: competencias

Garantizarla lahomogeneidad homogeneidadde delalainformación informaciónproducida producida por por los los organismos organismos a) Garantizar públicos que que de demanera maneraconcurrente concurrente desarrollan desarrollan públicos que formen formen parte parte de él yy que actividades cartográficas territorio nacional, la actividades cartográficasen en el el territorio nacional,para para asegurar asegurar así así la coherencia, continuidad continuidad e interoperabilidad interoperabilidad de la la información información geográfica geográfica coherencia, sobre el el territorio territorio español. español. sobre b) Favorecer la eficiencia en el Favorecer la eficiencia en el gasto gasto público público destinado destinado a cartografía cartografía y información geográfica, evitando la dispersión dispersión y duplicidad de sistemas de información

los recursos recursos públicos públicos utilizados utilizados yy promoviendo promoviendo lalacooperación cooperación los interinstitucional. interinstitucional. la disponibilidad disponibilidad pública los datos datos geográficos geográficos c) Asegurar la pública y actualización de los de de referencia. referencia. calidad de de lalaproducción producción cartográfica cartográfica oficial oficial y su su utilidad utilidad como d) Optimizar la calidad servicio al público, facilitando información geográfica geográfica y servicio al público, facilitandoel el acceso acceso a lalainformación la competitividad competitividad del del sector sector cartográfico cartográfico privado. privado. favoreciendo la CUARTO. Que, en la la ley ley 711986, 7/1986, de 24 de enero, Que, conforme conforme a lo dispuesto dispuesto en enero, de Ordenación de de marzo, marzo, Ordenación de la la Cartografía Cartografíayy en en el el Real Decreto Decreto 45212012, 452/2012, de 5 de por el el que que se sedesarrolla desarrollalalaestructura estructura orgánica orgánica básica básica del del Ministerio Ministerio de de por Fomento, es competencia competencia de la la Administración Administración General Fomento, General del Estado, a través de Dirección General General del delInstituto Instituto Geográfico Geográfico Nacional, Nacional, dependiente dependiente del del la Dirección Fomento, entre entre otras: Ministerio de Fomento, •

La dirección dirección y el eldesarrollo desarrollo de de planes planes nacionales nacionales de de observación observación del del cartográfica, así el territorio con aplicación geográfica territorio con aplicación geográficay y cartográfica, así como como el la aprovechamiento de fotogrametría yy teledetección, teledetección, yy la aprovechamiento de sistemas sistemasde de fotogrametría producción, actualización producción, actualización yy explotacion explotación de de modelos digitales digitales del del terreno a imágenes aeroespaciales. aeroespaciales. partir de imágenes

• La programación programación del Plan Cartográfico Cartográfico Nacional Nacional yy lalaproducción, producción, del Plan actualización yy explotación explotación de Bases Topográficas Topográficas y Cartográficas Cartográficas de de actualización de Bases ámbito nacional para para su su integración integración en en sistemas sistemas de de información información geográfica, geográfica, para lalaformación formación del del Mapa MapaTopográfico Topográfico Nacional Nacional yy demás demáscartografía cartografía y para básica y derivada. QUINTO.QUINTO.- Que QueelelIGN IGNyyelelCNIG CNlG(Centro (CentroNacional Nacionalde deInformación InformaciónGeográfica, Geográfica, la Dirección Dirección Organismo autónomo adscrito al Ministerio de de Fomento a través de la General General del IGN), IGN),están estánacometiendo, acometiendo, integrados integrados en su su Plan PlanEstratégico Estratégico producción, conservación y conjunto, proyectos nacionales consistentes en la producción, explotacion de Infraestructura de explotación de la la Infraestructura deDatos Datos Espaciales Espacialesde de España España (IDEE) (IDEE) y de Bases Cartográficas Cartográficas y Topográficas de ámbito nacional, y la ejecución del Plan Plan Bases Nacional de Observación por la Nacional de Observación del del Territorio, Territorio, promovido promovido por la Comisión Comisión de Observación Observación del del Territorio Territorio del del Consejo Consejo Superior Superior Geográfico. Geográfico. Especializada de Plan Nacional Nacionalde deObservación Observación del delTerritorio Territorio es esun unproyecto proyectocooperativo, cooperativo, El Plan coordinado y cofinanciado cofinanciado entre distintas distintas Administraciones Administraciones públicas coordinado públicas que que se estructura en tres programas: programas: el Plan Nacional Nacional de deOrtofotografía Ortofotografía Aérea Aérea estructura en tres el Plan (PNOA), el el Plan PlanNacional Nacionalde de Teledetección Teledetección (PNT) (PNT) yy el elSistema Sistemade deInformación Información (PNOA), sobre del Suelo tras la sobre Ocupación Ocupación del Suelo en España España (SIOSE). (SIOSE).Adicionalmente, Adicionalmente, tras la delalaLey Leysobre sobrelas lasInfraestructuras lnfraestructurasyy los los Servicios Servicios aprobación en julio julio de de 2010 2010 de Información Geográfica se requirió requirió la la creación creación del del de Información Geográficaen en España España (LISIGE), (LISIGE), se la Infraestructura Infraestructura de Información Información Geográfica España Consejo Directivo de la Geográfica de España (CODIIGE),alalque quese seleleconfirió confiriólalaresponsabilidad responsabilidad de de implantar implantar las normas de (CODIIGE), ejecución derivadas Directiva INSPIRE España. El El CODIIGE, CODIIGE, ejecución derivadasde dela la Directiva INSPIRE en en España. constituido en 1, definió los Grupos constituido en abril abril de de 201 2011, Grupos Técnicos Técnicos de de Trabajo Trabajo (GTT) (GTT) con cometido de analizar analizar la la implementación implementación de las normas normas de de ejecución ejecución de el cometido de las INSPIREpor porparte partede delas lasAdministraciones Administraciones Públicas españolas y ayudar a los los INSPIRE

órganos y organismos de éstas a conseguir su cumplimiento. cumplimiento. Entre Entre éstos éstos está Ocupación de Suelo, Suelo, coordinado coordinado por la Unidad Unidad de de Observación Observación del el GTT de Ocupación la adaptación adaptación y aplicación aplicación en España España de Territorio del IGN, que se encarga de la Normas de ejecución ejecución de INSPIRE INSPIRE en materia materia de Coberturas Coberturas y Usos Usos del las Normas Suelo.

Reglamento 73/2009, 7312009, del Consejo, Consejo, por el que que se se establecen establecen SEXTO.- Que el Reglamento disposiciones comunes regímenes de ayudas directas los disposiciones comunes aplicables aplicablesaa los los regímenes de ayudas directas a los indica en su artículo 17 17 agricultores en el marco de la política agrícola agrícola común, común, indica identificación de parcelas parcelas agrícolas se establecerá a partir de que el sistema de identificación mapas o documentos documentos catastrales catastrales uu otras otras referencias referenciascartográficas. cartográficas. Asimismo, Asimismo, hará uso uso de las las técnicas técnicas empleadas empleadas en los los sistemas informáticos informáticos añade, que se hará información geográfica, incluidas incluidas preferentemente, las las ortoimágenes aéreas de información con arreglo arreglo a una una norma norma homogénea homogénea que garantice una precisión precisión o espaciales, con equivalente, como mínimo, a la de la 1:10.000 (Según las la cartografía cartografía a escala escala 1:10.000 95% de especificaciones de especificaciones de cartografía cartografíadel del IGN: IGN: RMSESlm RMSE51m yy EMAS2m EMA52m al al 95% aplicación en la Unión Unión Europea, a partir del 1 1 de probabilidad). El sistema es de aplicación 2005. En En los losborradores borradores de de los losReglamentos Reglamentos contemplados contemplados en el enero de 2005. PAC para para los los años años 2014-2020, se mismo marco de regímenes de ayuda de la PAC siguen manteniendo manteniendo las exigencias técnicas técnicas de de referencia referencia indicadas, indicadas, siguen las exigencias 1:5.000. aumentando aumentando la la precisión precisión mínima minima a la equivalente equivalente a una una escala 1:5.000. SEPTIMO.- Que el el Sistema Sistema de de Información InformaciónGeográfica Geográfica de de Parcelas Parcelas Agrícolas Agrícolas SÉPTIMO.adelante SIGPAC, es un un registro público público dependiente del FEGA, de España, en adelante de las lasComunidades Comunidades Autónomas, Autónomas, según dispuesto en el Real Real Decreto Decreto y de según lo dispuesto octubre y fue creado creado de de acuerdo acuerdo con con las las consideraciones consideraciones 2128/2004, de 29 de octubre que figuran figuran en en el el punto puntoanterior, anterior, debiendo debiendo ser ser objeto objeto de de mantenimiento mantenimiento y presentada sea más actualización, con información en actualización, con vistas vistas aa que que la información en él presentada sea lo más fidedigna para los agricultores agricultores que que declaran declaran cultivos cultivos yy solicitan solicitan ayudas ayudas fidedigna para los correspondientes a los los distintos distintos regímenes regímenes vigentes en la Unión Unión Europea. Europea. correspondientes

Que para para actualizar actualizar el SIGPAC se deben deben tener tener en cuenta cuenta las las OCTAVO.- Que el SIGPAC recomendaciones recomendaciones de la la Comisión Comisión Europea Europea al respecto, resultando resultando necesario: Renovar la capa de de fotografías fotografías aéreas aéreas que forma parte parte del mismo mismo de a) Renovar la capa que forma manera que la la antigüedad antigüedad de las las ortofotografías ortofotografías aéreas que se encuentren encuentren en él e1 en un un determinado momento no sea superior a 4 años. en b) Establecer un periodo limitado de tiempo entre la realización del vuelo y la publicación en SIGPAC de las las ortofotografías ortofotografías una vez vez efectuada efectuada la la publicación en el SIGPAC revisión y actualización actualización de la información información contenida contenida en los los recintos revisión recintas SIGPAC afectados por una nueva ortofotografía y la revisión de zonas con cambios significativos. AA este respecto, las ortofotos revisadas revisadas de los vuelos vuelos significativos. este respecto, las ortofotos de los fotogramétricos realizados un año año genérico genérico N, N, deben deben publicarse publicarse en el fotogramétricos realizados en un año N+1 N+l y, y, siempre siempre que que sea sea posible, posible, antes antes del del comienzo comienzo del período periodo de solicitudes de ayudas ayudas directas directas de la Política Política Agrícola Común de cada año. solicitudes

lo anterior, anterior, el el Reglamento Reglamento 1122/2009 112212009 de la Comisión, por el que se Además de lo desarrollo del Reglamento Reglamento 7312009 Consejo en lo establecen normas de desarrollo 73/2009 del del Consejo la condicionalidad, condicionalidad, la modulación y el sistema integrado de gestión y referido a la

control en los los regímenes regímenes de ayuda ayuda directa directa aa los los agricultores agricultores establecidos establecidos por Reglamento, ofrece Estados miembros, miembros, en la ese Reglamento, ofrece aa los Estados en su su artículo artículo 31 31 bis, la controles sobre el terreno siempre y cuando posibilidad de disminuir la tasa de controles cumplan ciertas condiciones. Ello redundaría en un considerable considerable ahorro en se cumplan medios, tanto humanos humanos como materiales, materiales, encomendados encomendados aa la realización realización de dichos controles, con el consecuente aumento aumento en la efectividad y eficacia del sistema integrado. que respecta respecta a la la renovación renovación de de ortofotos, ortofotos, las las sistema integrado.En En lo lo que condiciones a cumplir cumplir son las las siguientes: condiciones a) Actualización de todas las parcelas agrícolas registradas en el SIGPAC, en un plazo plazo máximo máximo de tres tres años, años, en en base baseaacontroles controlesrealizados realizados sobre sobre utilizadas para para la la actualización actualización de dicho sistema. ortoimágenes utilizadas

En el el momento momento de la la actualización, actualización, las ortofotos no deberán tener más de b) En 15 15 meses. NOVENO.- Que con el el objeto objeto de deplanificar planificarlalaproducción producciónde deortofotografías ortofotografías NOVENO.destinadas a la actualización actualización del SIGPAC, se va a dividir el territorio del Estado Estado destinadas bloques, actuando cada año sobre cada uno de ellos. en tres bloques, DÉCIMO.DECIMO.- Que Que es del del interés interés de de las las partes partes alcanzar alcanzar un un acuerdo acuerdo para para la la realización de los los trabajos necesarios para llevar a cabo coberturas coberturas con vuelos realización fotogramétricos y obtención de ortofotografías ortofotografías de todo el territorio nacional, que fotogramétricos coadyuven a completar completar las programaciones programaciones del que satisfagan satisfagan los los coadyuven del PNOA PNOA y que requerimientos requerimientos del SIGPAC. UNDÉCIMO.UNDECIMO.- Que el Real Real Decreto Decreto 2/2013, 212013, de 11 11 de de enero, enero, que que modifica modifica el Real Decreto Decreto 202/2012, 20212012, de 23 de enero, sobre la aplicación aplicación a partir de 2012 de Real la agricultura agricultura y aa la la ganadería ganadería introduce introduce la la necesidad necesidad de los pagos directos a la uncoeficiente coeficientede de admisibilidad admisibilidad a las las superficies superficies de pastos pastos (en (en aplicación de de un presenten características características que impidan un un aprovechamiento adelante CAP) que presenten de las las mismas mismas por por la lapresencia presencia de deelementos elementos improductivos improductivos tales como como total de roquedales, lagunas otras zonas zonas sin sin vegetación, vegetación, así así como como pendientes pendientes roquedales, lagunas yy otras elevadas uu otras otras características características que determine la autoridad competente. elevadas

Para el el cálculo cálculo del del CAP CAP se dispone dispone de un un fichero GRID GRID (capa ráster) ráster) cuya rejilla Para de píxeles píxeles contiene los los valores del factor de actividad vegetativa, y del factor de pendiente. la renovación renovación de de dicho dicho fichero fichero GRID, GRID, se se precisarán precisarán nuevas nuevas imágenes imágenes Para la multiespectrales, por de interés interés del delMinisterio Ministerio de deAgricultura, Agricultura, multiespectrales, porlolo que que es de Alimentación yy Medio FEGA, participar participar en Plan Alimentación Medio Ambiente, Ambiente, aa través través del del FEGA, en el Plan Nacional de Teledetección. Igualmente, es de interés la utilización utilización de modelos Nacional digitales del terreno lo más más actualizados y precisos precisos posible. digitales DUODÉCIMO.- Que en el el ejercicio ejercicio de de sus sus funciones, funciones, ambas ambas partes partes generan generan DUODÉCIMO.información geográfica uu otro tipo información geográfica tipo de de datos datos georreferenciados georreferenciados yy desarrollan desarrollan capacidades técnicas la explotación explotación de de dicha dicha información información que que capacidades técnicas aa través través de la podrían ser de interés interés común. podrían

ambas partes partes desean, desean, mediante mediante este este Convenio, Convenio, DECIMOTERCERO.- Que ambas establecer una una línea de colaboración entre entre el FEGA FEGA yy el IGN IGN para: establecer a) La obtención obtención de de material material ortofotogramétrico ortofotogramétrico destinado al cumplimiento cumplimiento de objetivos de de las laspartes. partes. Asimismo, Asimismo, declaran declaran su su compromiso compromiso de los fines yy objetivos poner los los vuelos fotogramétricos fotogramétricos y las las ortofotografías ortofotografías obtenidas en el marco poner presente Convenio Convenio a disposición disposición de de lalaAdministración Administración General General del del del presente Estado. b) La puesta puesta a disposición disposición del FEGA por parte del IGN IGN de de los los productos productos del Plan Nacional Nacional de de Teledetección, Teledetección, contemplando contemplando la participación participación del del Plan Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente en dicho Plan, a Ministerio de Agricultura, través de aquél organismo. Organismo.

intercambio de de otro otro tipo tipode deinformación informacióngeográfica geográfica entre entre ambos ambos c) El intercambio Organismos, así colaboración técnica proyectos de interés interés Organismos, así como como la colaboración técnica en proyectos de que que ambas ambas partes partes cumplan cumplan con con sus sus funciones funciones con la común, con el fin de máxima eficacia eficacia y eficiencia eficiencia posible. máxima la convergencia convergencia de los los objetivos objetivos yy lalacomplementariedad complementariedad Teniendo en cuenta la las acciones acciones programadas programadas tanto partes de las tanto por por el FEGA como por el IGN, las partes suscriben el presente presente Convenio, conforme a las siguientes: suscriben CLÁUSULAS

OBJETO PRIMERA: OBJETO

El presente presente Convenio Convenio de de Colaboración Colaboración tiene por objeto objeto principal principal la la 1)) El tiene por realización realización de vuelos vuelos fotogramétricos fotogramétricos y la la producción producción de de ortofotografías ortofotografías destinadas, en FEGA, a la la actualización actualización del SIGPAC SIGPAC y, destinadas, en el caso del FEGA, y, en el caso del del IGN, IGN, destinados destinados a lalaobtención obtención de de productos productos básicos básicos con con caso precisiones del Plan Plan Nacional Nacional de Ortofotografía Ortofotografía Aérea (PNOA), mediante un precisiones proyecto conjunto territorio nacional nacional en tres proyecto conjunto que que contempla contempla la la división división del del territorio establecimiento de un calendario calendario de coordinación de las fases bloques, y el establecimiento integran estos procesos. que integran También tiene por objeto objeto el el establecer establecer el el intercambio intercambio de de otra otra información información También el IGN, IGN, necesaria necesaria para para cubrir cubrir las las necesidades necesidades geográfica entre el FEGA y el de aquel, así como como establecer establecer el el marco marco de decolaboración colaboración entre entre ambas ambas aquel, así Normas de instituciones, para la adaptación y aplicación en España de las Normas INSPIRE en materia materia de Coberturas Coberturas y Usos Usos del Suelo, Suelo, según según ejecución de INSPIRE CODllGE en materia materia de indicaciones del Grupo Grupo Técnico Técnico de Trabajo Trabajo CODIIGE las indicaciones Ocupación del como se se recoge recoge en en las las cláusulas cláusulas undécima undécima y Ocupación del Suelo, Suelo, tal tal y como duodécima. Losbloques bloquesaalos losque quese serefiere refiereelelapartado apartadoanterior anterior están están constituidos constituidos por 2) Los territorio de las las siguientes siguientes Comunidades Comunidades Autónomas: el territorio

a) Bloque Castilla y León, Bloque A: A: Galicia, Galicia, Asturias, Asturias, Cantabria, Cantabria, Castilla León, País País Vasco, Vasco, Rioja y Madrid. Navarra, La Rioja b) Bloque Bloque B: B: Aragón, Aragón, Cataluña, Cataluña, Comunidad Comunidad Valenciana, Valenciana, Castilla Castilla La La Mancha, Illes llles Balears Balears e Islas Islas Canarias. Bloque C: Murcia, Murcia, Andalucía, y Extremadura. c) Bloque

Elterritorio territoriode delas lasCiudades Ciudades Autónomas Autónomas de de Ceuta Ceuta yy Melilla Melilla será cubierto en 3) El marco del Plan Plan Nacional Nacional de Ortofotografía Ortofotografía Aérea o del Plan Nacional Nacional de el marco Teledetección. DESARROLLAR SEGUNDA: ACTUACIONES A DESARROLLAR 1) De Deacuerdo acuerdo con con el elobjetivo objetivo del delpresente presente Convenio, Convenio, las las actividades actividades que se 1) ejecutarán serán: ejecutarán Realización de los diferentes diferentes trabajos trabajos encaminados encaminados aa obtener obtener las las a) Realización de los ortofotografías coberturas con vuelos fotogramétricos, y la obtención de ortofotografías los bloques bloques territoriales territoriales señalados señalados en en la cláusula Primera. Primera. básicas de los realización de los los trabajos trabajos encaminados encaminados a obtener obtener b) Coordinación de de la realización coberturas con vuelos vuelos fotogramétricos fotogramétricos y las las ortofotografías ortofotografías básicas básicas las coberturas los bloques bloques señalados señalados en la la cláusula cláusula Primera Primera de de forma forma totalmente totalmente de los sincronizada, garantizada las sincronizada, garantizadapor porambas ambaspartes, partes,de de manera manera que que las actividades de ambos procesos puedan realizarse en paralelo, desde el momento momento en que haya disponible disponible un un primer primer bloque bloque de vuelo, mediante mediante la elaboración conjuntade de los detallados de de todos elaboración conjunta los calendarios calendarios detallados todos los los procesos. Para lograr esta coordinación, coordinación, se mantendrá un Sistema de procesos. Proyecto, que partes Información y Gestión del Proyecto, que será será único único y al que las partes tendrán acceso común. c) Acreditación de la calidad de los los referidos referidos procesos procesos y productos. productos.

Deforma formajustificada, justificada, podrá podráexcluirse excluirse la la producción producción de de determinadas determinadas zonas 2) De los bloques bloques territoriales territoriales señalados, e incluso de algún territorio completo. de los Las Las excepciones serán acordadas por las las partes. OBLIGACIONES COMUNES COMUNES DE DE LAS PARTES TERCERA: OBLIGACIONES 1. 1. Tanto Tanto el IGN IGN como como elelFEGA FEGAseseresponsabilizan responsabilizan de de garantizar garantizar la la coordinación coordinación a la que se refiere refiere la cláusula Segunda.

IGN yy el el FEGA FEGA elaborarán elaborarán conjuntamente conjuntamente los calendarios calendarios de 2. Asimismo, el IGN procesos a realizar realizar para para el el mejor mejor cumplimiento cumplimiento de lo lo establecido establecido todos los procesos en en la la cláusula cláusula Segunda Segunda11b). Ambas partes partes mantendrán mantendrán conjuntamente conjuntamente el Sistema de Información Información y 3. Ambas el Sistema Gestión del del Proyecto Proyecto al que se refiere refiere la cláusula Segunda 1b). 1b). Gestión

IGN CUARTA: OBLIGACIONES OBLIGACIONES DEL IGN

efectos del cumplimiento cumplimiento del A efectos del presente Convenio Convenio de de Colaboración, Colaboración, el el IGN se encargará de: Gestionar lalarealización realizaciónde delos losdiferentes diferentes trabajos trabajos encaminados encaminados a obtener obtener 1. Gestionar conformidad con los coberturas con con vuelos vuelos fotogramétricos, fotogramétricos, de las coberturas de conformidad con los cuyo desglose siguientes bloques territoriales territoriales que que se se señalan señalan para cada año cuyo del presente presente Convenio: Convenio: se incluye en el Anexo II del el año año 2014 2014se serealizarán realizaránlos losvuelos vuelos de deAsturias, Asturias, Castilla Castilla y León, León, a) En el País Vasco y La Rioja.. Galicia, Madrid, Cantabria, Navarra, País b) En En el el año año 2015 2015se serealizarán realizaránlos losvuelos vuelos de de Aragón, Aragón, Baleares, Baleares, Canarias, Canarias, Cataluña, Comunidad Comunidad Valenciana y Castilla La Mancha. Cataluña, c) En el el año año 2016 2016se serealizarán realizaránlos losvuelos vuelos de deAndalucía, Andalucía, Extremadura Extremadura y Murcia.

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Establecer las lascondiciones condiciones yy especificaciones especificaciones técnicas las 2. Establecer técnicas del del vuelo, vuelo, de de las ortofotografias yy del control de los requerimientos requerimientos del ortofotografías de calidad, con arreglo a los SIGPACyy las lasEspecificaciones EspecificacionesTécnicas oficiales del PNOA. SIGPAC 3. Realizar Realizarelelcontrol controlde decalidad calidadde delos losvuelos vuelos yyde delas lasortofotografías. ortofotografias. 4. Hacer Hacercumplir, cumplir,cuando cuandocorresponda, corresponda,los loscriterios criteriostécnicos técnicos yy especificaciones especificaciones de calidad marcadas marcadaspara paralos losvuelos vuelos fotogramétricos. fotogramétricos. de

Cumplirlos losplazos plazosmarcados marcados por por el FEGA. FEGA. 5. Cumplir OBLIGACIONES DEL DEL FEGA QUINTA: OBLIGACIONES

efectos del del cumplimiento cumplimiento del objeto del presente presente Convenio Convenio de de Colaboración, Colaboración, A efectos FEGA se se encargará encargará de: el FEGA Producir yy aportar aportar al alIGN IGNlas lasortofotos ortofotoscorrespondientes correspondientes a los los vuelos vuelos 1. Producir realizado el el Instituto Instituto Geográfico Nacional. Nacional. fotogramétricos que haya realizado El FEGA, con el IGN, FEGA, al al inicio inicio de de cada cada año añoyyprevia previacomunicación comunicación con IGN, podrá podrá Centro Nacional Nacional de de Información Información Geográfica (CNIG, (CNIG, Organismo Organismo encargar al Centro Autónomo dependiente del Instituto Instituto Geográfico Autónomo Geográfico Nacional) la realización de una parte parte de las las ortofotos ortofotos aa realizar realizar ese caso, el FEGA FEGA una ese año. año. En este caso, abonará al CNIG CNlG el elcoste coste real realde delos lostrabajos trabajos encargados, encargados, que que no no podrá podrá abonará superar las cuantías previstas anexo II del del presente presente Convenio Convenio de superar las cuantías previstasen en el el anexo Colaboración. Colaboración.

comisión de seguimiento seguimiento podrá FEGA podrá podrá La comisión podrá definir definirlas las zonas zonas que que el FEGA CNlGpara paralalarealización realizaciónde delas lasortofotos. ortofotos. encargar al CNIG

Facilitar al IGN IGN las lasortofotografías ortofotografías básicas básicas resultantes, resultantes, en los plazos plazos 2. Facilitar en los acordados. Respetar y hacer hacer cumplir, cumplir, cuando cuando corresponda, corresponda, los criterios criterios técnicos técnicos y 3. Respetar especificaciones especificaciones de calidad marcadas marcadas por el IGN. RESOLUCIÓN DE LOS LOS PRODUCTOS PRODUCTOS SEXTA: RESOLUCIÓN 1. Se realizarán realizarán vuelos vuelos fotogramétricos GSD medio medio en en Galicia, Galicia, 1. fotogramétricos aa 22 22 cm de GSD Asturias, Cantabria, Islas Baleares Baleares e Islas IslasCanarias, Canarias, Asturias, Cantabria, País País Vasco, Vasco, Islas obteniéndose una una ortofotografía ortofotografía básica básicade de 25 25 cm cm de tamaño tamaño de píxel con edición de deortofotografía ortofotografia (mosaicos) (mosaicos) con con precisiones PNOA precisiones PNOA yy edición requerimientos SIGPAC. requerimientos

En el el resto resto de las las zonas zonas los los vuelos vuelos se se realizarán realizarán aa 45 cm, obteniéndose una una 2. En ortofotografía básica tamaño píxel, píxel, con con precisiones precisiones PNOA y ortofotografía básica de de 50 cm de tamaño edición de ortofotografía ortofotografia (mosaicos) (mosaicos) con con requerimientos requerimientos SIGPAC. edición No obstante, obstante, el IGN IGN podrá podrá decidir, decidir, de de acuerdo acuerdo con con otras otras administraciones administraciones interesadas, que alguna de estas zonas zonas se se realicen realicen vuelos vuelos interesadas, queen en alguna de estas fotogramétricos aa 22 cm. de de GSD GSDmedio mediopara paraobtener obtenerortofotografías ortofotografías fotogramétricos 22 cm. de pixel píxel con con precisiones precisiones PNOA PNOA y edición de básicas de 25 cm. de tamaño de ortofotografía (mosaicos)con con requerimientos requerimientosSIGPAC. SIGPAC.En Ental tal caso, caso, el ortofotografia (mosaicos) gestionado por el IGN, IGN, siguiendo siguiendo la la tramitación tramitación incremento de coste será gestionado que corresponda en caso de que se superara el gasto máximo aprobado. aprobado.

CONTROLES DE DE CALIDAD SÉPTIMA: CONTROLES

Los controles controles de calidad calidad garantizarán garantizarán que los vuelos se ajustan a los requisitos requisitos Los para realizar realizar el proceso proceso de de ortorrectificación ortorrectificación yy que que los los productos productos finales finales para cumplen con los requerimientos requerimientos de actualización del las cumplen con los de actualización del SIGPAC SIGPACyy con con las Especificaciones Técnicas Técnicas oficiales oficiales relativas relativasaa la la precisión precisión del del PNOA PNOA que se (en lo lo que respecta respecta al vuelo) y III III (en lo que respecta respecta a incluyen como Anexos IIII (en incluyen las las ortofotos) ortofotos) al presente presente Convenio de Colaboración. la serán independientes independientes de la realización del vuelo Los controles de calidad serán vuelo y la producción de la la ortofoto ortofoto y vinculantes para para el productor. producción No obstante, de sus trabajos obstante, el FEGA FEGA podrá, podrá, cuando cuando la planificación planificación de trabajos así lo lo utilizar cualquier cualquier producto producto intermedio o provisional, en cualquier fase aconseje, utilizar del proceso de producción.

OCTAVA: FINANCIACIÓN FINANCIAC~ÓN DE LA REALIZACIÓN REALIZACIÓN DE DE VUELOS VUELOS OCTAVA: DE LA FOTOGRAMÉTRICOS FOTOGRAMÉTRICOS Y LA LA PRODUCCIÓN DE DE ORTOFOTOGRAFÍAS ORTOFOTOGRAF~AS

1. El Elpresente presenteConvenio Convenio de decolaboración colaboraciónno noimplica implicaintercambio intercambio económico económico 1. entre ambas partes. alguno entre

Los gastos gastos que que comporta comporta la la ejecución ejecución del del presente presente Convenio Convenio de de 2. Los colaboración serán partes desde desde sus sus colaboración seránatendidos atendidospor porcada cadauna una de de las partes respectivas dotaciones presupuestarias presupuestariasconforme conformeaa los respectivas dotaciones los siguientes siguientes apartados, que recogen las cuantías máximas de referencia referencia para los los años apartados, 2014, 20155 y 201 2016. 2014,201 6. El FEGA FEGAasumirá asumirá elelcoste costecorrespondiente correspondiente aa la la realización realización de las 3. El de las ortofotografías básicas con su ortofotografías básicasanteriormente anteriormenteespecificadas especificadas concargo cargoaa su presupuesto aportará el resultado presupuesto yy aportará resultado de dicha realización realización al Convenio. Convenio. La cuantfa máxima que podrá podrá dedicar dedicar el FEGA FEGAalalcumplimiento cumplimiento del del presente presente cuantía asciende aa 4.272.894 E, Convenio en Convenio en los los ejercicios ejercicios2014, 2014,2015 2015yy 2016 2016 asciende 4.272.894 €, la siguiente siguiente distribución distribución anual: conforme aa la a) 2014 = 1.661.526 € b) 2015 = 1.557,280 € c) 2016 = 1.054.088 €

ElIGN IGNasumirá asumiráelelcoste costecorrespondiente correspondiente a la la realización realización de de los los vuelos vuelos 4. El fotogramétricos anteriormente especificados especificadoscon con cargo cargo aa su presupuesto y fotogramétricos anteriormente resultado de dicha realización realización al Convenio. La cuantía máxima máxima aportará el resultado podrá dedicar dedicar el IGN IGNalalcumplimiento cumplimiento del presente presente Convenio Convenio en los los que podrá ejercicios 2014, asciende aa 3.414.409 conforme aa la la ejercicios 2014,2015 2015 yy 2016 2016 asciende 3.414.409 E, €, yy conforme siguiente distribución anual: a) 2014 = 1.362.008 € b) 2015 = 1.307.512 € c) 2016 = 744.889 €

IGNasumirá asumiráelelcoste costedel delcontrol controlde decalidad calidadde delos losvuelos vuelosfotogramétricos fotogramétricos 5. ElElIGN de las lasortofotos ortofotos que alcanzará alcanzará como y de como máximo máximo un un valor valorde de 804.493 804.493 €, conforme aa la la siguiente siguiente distribución distribución anual:

e,

a) 2014 = 307.425 € b) 2015 = 303.116 € c) 2016 = 193.952 €

la valoración valoración de los los citados citados trabajos trabajos de de control control Dicho coste corresponde a la calidad que que serán serán realizados realizados mediante mediante lalautilización utilización de de medios medios propios propios de calidad IGN, no no siendo siendo necesaria necesaria su su externalización. externalización. disponibles en el IGN, 6. En asumidosdurante durante2014, 2014,201 2015 Enconsecuencia, consecuencia, los los costes costes totales totales asumidos 5 yy 2016 cada parte parte para paralalafinanciación financiación del del convenio convenio son son los los siguientes: siguientes: por cada

4.272.894. E FEGA ........... 4.272.894. IGN .............. 4.218.902 4.218.902 E IGN

..

Total ...8.491.796 .8.491.796 € f Total

PROPIEDAD DE DE LA LA INFORMACIÓN INFORMACIÓN NOVENA: PROPIEDAD

Los productos productos resultantes resultantes de este convenio serán propiedad propiedad conjunta del IGN y Los del FEGA DECIMA: DIFUSIÓN DE DE LOS LOS PRODUCTOS PRODUCTOS Y POLÍTICA POL~TICADE DATOS DATOS DÉCIMA:

Los fotogramas fotogramas digitales, Modelos Digitales Digitales de Elevaciones yy las las Los digitales, los los Modelos de Elevaciones resto de de productos productos intermedios intermedios obtenidos obtenidos ortofotografias básicas, así como el resto ortofotografías en el el marco marco de de este este convenio, convenio, se se pondrán pondrán aa disposición disposición de de la la Administración Administración General del Estado, Estado, especialmente del Ministerio de Agricultura, Alimentación y General Medio Ambiente y del del Ministerio Ministerio de Fomento, Fomento, así como de las las Administraciones Medio Sistema Cartográfico Cartográfico Nacional. Nacional. En relación con las públicas integradas en el Sistema Administraciones nointegradas integradasy,y,en en su su caso, caso, con con el sector Administraciones no sector privado, privado, se se FOM/956/2008, de 31 de marzo, por la la lo establecido establecido por la la Orden Orden FOM/956/2008, atenderá a lo se aprueba aprueba la la política política de de difusión difusión pública pública de delalainformación informacióngeográfica geográfica que se por la la Dirección Dirección General General del Instituto Instituto Geográfico Nacional. generada por distribución se realizará realizará siempre a través del IGN IGN o del CNIG, para asegurar La distribución que todos todos los losproductos productosdifundidos difundidos hayan hayansuperado superado los loscorrespondientes correspondientes la difusión difusión de de productos productos provisionales, provisionales, y garantizar controles de calidad, evitar la Política de Datos. cumplimiento de los los derechos derechos de Propiedad Propiedad y de la Política el cumplimiento Como excepción del punto punto anterior, la distribución podrá hacerse a través del FEGA en los los siguientes siguientes casos: FEGA a) Distribución Distribución de las las ortofotografías ortofotografias básicas básicas y otros otros productos productos derivados derivados como intermedios intermedios o provisionales) provisionales) a las las Consejerías Consejerias con (tanto finales como las Comunidades Comunidades Autónomas, competencias en materia de agricultura de las a efectos de aplicación aplicación de la Política Agrícola Común. b) Previo informe al IGN, IGN, distribución distribución de las las ortofotografías ortofotografias básicas a otras organismos del Ministerio Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio unidades y organismos para la realización de trabajos directamente directamente relacionados relacionados con con la Ambiente, para política agrícola y forestal (ESYRCE, MFE, MCA, etc.). c) Previa autorización del IGN, IGN, distribución de las las ortofotografías ortofotografias básicas a organismos del Ministerio Ministerio de Agricultura, Alimentación y otras unidades y organismos Medio Ambiente, Ambiente, para realización de trabajos no nodirectamente directamente Medio para la la realización de trabajos relacionados con con la política agrícola y forestal. relacionados d) Previo informe al IGN, IGN, se autorizará autorizará a otras otras unidades unidades yy organismos organismos del Agricultura, Alimentación Ministerio de Agricultura, Alimentación yy Medio Medio Ambiente, Ambiente, el el acceso acceso a la SIGPAC que reside reside en los los servidores servidores del mismo, mismo, copia de ortofotos del SIGPAC utilización en servicios de visualización visualización del Departamento Departamento (visores, para su utilización geoportal, servicios servicios web, etc.). etc.).

UNDÉCIMA: PARTICIPACIÓNDEL DEL FEGA FEGA EN EN EL PLAN UNDÉCIMA: PARTICIPAC~ÓN PLAN NACIONAL NACIONAL DE DE TELEDETECCI~N. TELEDETECCIÓN.

El Plan Plan Nacional Nacional de Teledetección Teledetección coordina las coberturas coberturas del territorio español El con datos obtenidos con imágenes de satélite de alta, media y baja resolución. resolución. Durante la vigencia de este convenio, convenio, dentro dentro del del Plan Plan Nacional Nacional de de Durante la vigencia de este Teledetección, está coberturas de totalidad del del Teledetección, está prevista previstalala captura captura de de coberturas de la totalidad territorio nacional. El IGN IGN yy el el FEGA FEGA participarán participarán en en la la adquisición adquisición y procesado procesado de las las imágenes imágenes El de satélite satélite en el marco marco del Plan Plan Nacional Nacional de Teledetección, durante el plazo de duración de este Convenio. La Comisión de seguimiento de este Convenio se encargará de establecer establecer el plan de trabajo anual en esta esta materia materia conforme conforme a encargará las necesidades necesidades y aportaciones aportaciones de las las dos partes. las DUODECIMA: INTERCAMBIO INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN YY COLABORACIÓN COLABORACIÓN DUODÉCIMA: DE INFORMACIÓN TECNICA. TÉCNICA. puntos anteriores, la colaboración IGN Además de lo recogido en puntos colaboración entre FEGA e IGN para los fines y objetivos objetivos comunes se podrá podrá hacer hacer extensiva al intercambio intercambio de información geográfica cualquier otra otra información geográfica que que este este en en posesión posesión de de uno de estos Organismos y que pueda ser relevante para la consecución de los objetivos del Los intercambios intercambios de información información serán de común común acuerdo acuerdo y aprobados aprobados otro. Los por la Comisión de Seguimiento. En particular, se contempla la colaboración entre FEGA FEGAee IGN particular, se contempla la colaboración entre IGN para para la la adaptación y aplicación aplicación en España de las Normas Normas de ejecución de INSPIRE INSPIRE en adaptación la creación creación de de un un Núcleo Núcleo Español Español materia de Coberturas yy Usos del del Suelo, Suelo, en en la información de Ocupación del Suelo (NEOS). El NEOS NEOS tiene como objetivo de información consensuar las directrices directrices básicas básicasobligatorias, obligatorias,en encuanto cuantoaa la la forma consensuar las forma de de comunicar e intercambiar la información información de ocupación del suelo, del modelo de comunicar datos común común para todos los los productores productores de información de ocupación del suelo datos que el el GTT-OS GTT-OS decida decida como como implementación implementación en España de las que en España de las especificaciones de datos referidas a la ocupación del suelo (DS Land Cover y DS Land Land Use). Use). DS

Igualmente, se contempla contempla que ambos ambos organismos organismos puedan puedan ser partícipes partícipes en Igualmente, forma que sumen sumen sinergias sinergias y puedan puedan ser ser proyectos de interés común, de de forma iriterés común, proyectos de beneficiarios de los los productos productos resultantes resultantes de los mismos. beneficiarios recogido en esta esta cláusula, cláusula, respecto respecto al intercambio intercambio de información yy a la la Lo recogido de información colaboración técnica implicará intercambio intercambio económico económico alguno las colaboración técnica no no implicará alguno entre entre las partes firmantes del Convenio. Convenio. partes DECIMOTERCERA: DECIMOTERCERA: COMISIÓN DE DE SEGUIMIENTO SEGUIMIENTO

el plazo plazo máximo máximo de de un un mes mes desde desde lalafirma firma del delpresente presente Convenio, Convenio, se se En el constituirá una Comisión de Seguimiento, Seguimiento, de carácter carácter paritario, paritario, formada formada al constituirá una Comisión

menos por dos dos representantes representantes del IGN yy dos dosrepresentantes representantes del del FEGA FEGA menos del IGN designados por partes del del Convenio. Convenio. Esta Esta Comisión Comisión será será presidida presidida designados por las partes representante del alternativamente yy por alternativamente por periodos periodos anuales anuales por por un representante del IGN IGN yy un Comisión representante del FEGA. Actuará como Secretario el miembro de la Comisión que ésta designe. Será responsabilidad responsabilidad de la Comisión Comisión de Seguimiento: Será por la la aplicación aplicación del del presente presente Convenio, Convenio, fundamentalmente fundamentalmente en lo a) Velar por su referente al establecimiento de referente al establecimiento de los los calendarios calendariosde de trabajo trabajo yy su cumplimiento. b) Dirimir las controversias jurídicas jurídicas que se susciten entre las partes, que puedan surgir en la ejecución, aplicación aplicación o interpretación interpretación del convenio. puedan c) Informar Informar al Director Director General General del IGN IGN y al Presidente Presidente del FEGA del estado de los los trabajos; trabajos; en enparticular, particular, del delcumplimiento cumplimiento del delcalendario calendario de las medidas medidas que establecido, y proponerles, en su caso, la adopción de las resulten pertinentes pertinentes para el buen buen fin del presente presente Convenio. resulten d) Acordar los cambios que una una mejor mejor ejecución ejecución del objeto convenio exijan planificación o en las las especificaciones especificaciones técnicas de los trabajos que en la planificación inicialmente se previsto, siempre supere el el importe importe inicialmente se han han previsto, siempre que que no no se supere máximo del convenio yy se se dé décumplimiento cumplimiento aalas lasdisposiciones disposiciones máximo del convenio presupuestarias presupuestarias La Comisión se reunirá, Comisión de Seguimiento Seguimiento se reunirá, al menos, menos, cada seis seis meses. meses. Del Del reunión el Secretario Secretario redactará un acta en la que que se se recogerá, recogerá, resultado de la reunión particular, el estado de desarrollo desarrollo de trabajos en en relación relación con con el en particular, el estado de los trabajos calendario establecido. calendario

Comisión ajustará ajustará su actuación actuación a las las disposiciones disposiciones contenidas contenidas en Esta Comisión en el la LRJ-PAC. Capítulo IIII del Título IIII de la DECIMOCUARTA: DURACIÓN DURACIÓN DEL CONVENIO CONVENIO DECIMOCUARTA:

El presente presente Convenio surtirá efectos desde El desde el el día de su firma firma y hasta el 31 de diciembre de 2016, pudiendo pudiendo prorrogarse prorrogarse mediante acuerdo expreso de ambas diciembre un período periodo no superior superior a la la duración duración inicial inicial del del convenio convenio y siempre siempre partes por un que su de su plazo su prórroga prórroga se adopte adopte con anterioridad anterioridad aa la finalización finalización de plazo de duración. DECIMOQUINTA: MODIFICACIÓN MODIFICACION Y RESOLUCIÓN RESOLUCION DEL DEL CONVENIO CONVENIO DECIMOQUINTA: El El presente presente Convenio Convenio de Colaboración Colaboración podrá podrá ser modificado modificado de mutuo acuerdo las partes partes cuando cuando resulte resulte necesario necesario para el mejor mejor cumplimiento cumplimiento de su entre las objeto.

incumplimientos derivados entrega de los los productos productos Los incumplimientos derivadostanto tanto de de la la falta falta de entrega como del retraso en los plazos establecidos, podrán ser causa de revocación retraso los plazos establecidos, podrán causa revocación presente Convenio, Convenio, con con las las consecuencias consecuencias que que legalmente legalmente correspondan, correspondan, del presente bien de mutuo mutuo acuerdo acuerdo de las las partes, partes, como del acuerdo acuerdo motivado de una de incumplimiento de la otra de alguna alguna de de sus sus cláusulas, cláusulas, debiendo ellas debido al incumplimiento ser comunicado este incumplimiento incumplimiento mediante preaviso, al menos, con treinta antelación a la la fecha propuesta de resolución. días de antelación La resolución resolución del Convenio no afectará a la la finalización de las las actividades que los derechos derechos y obligaciones obligaciones pendientes pendientes entre las estuvieran en ejecución, ni a los partes. NATURALEZAYY RÉGIMEN REGIMENJURÍDICO JUR~DICOAPLICABLE APLICABLE DECIMOSEXTA: NATURALEZA

El presente presente Convenio de Colaboración tiene la naturaleza naturaleza de los previstos en el El artículo 4.1c del Texto Refundido artículo 4.lc Refundido de la Ley Ley de de Contratos Contratos del del Sector Sector Público, Público, Decreto Legislativo 31201 1, de aprobado por Real Decreto 3/2011, de 14 de noviembre, siéndole de aplicación los principios de dicho dicho texto texto legal, aplicación los principios de legal, para para resolver resolver las dudas dudas que que pudieran presentarse. pudieran Las cuestiones cuestiones litigiosas las que que pueda pueda dar dar lugar lugarlalainterpretación, interpretación, Las litigiosasaa las modificación, efectos oo resolución modificación, efectos resolución del contenido contenido del presente presente Convenio Convenio de Colaboración que hayan sido sido solucionadas solucionadas de mutuo acuerdo la Colaboración que no no hayan de mutuo acuerdo en en la Comisión de Seguimiento Comisión de Seguimiento prevista prevista en lalacláusula cláusulaDecimotercera, Decimotercera, serán serán resueltas de acuerdo con con elelprocedimiento procedimiento establecido establecido en la la disposición disposición resueltas de acuerdo adicional única Única de la Ley 11/2011 1112011 de 20 de mayo de reforma reforma de la ley 60/2003 6012003 de diciembre diciembre de de Arbitraje Arbitraje yy de de regulación regulación del del arbitraje arbitraje institucional institucional en la de 23 de Administración General del caso, por por lalajurisdicción jurisdicción Administración General delEstado Estadoo,o,en en su su caso, contencioso-administrativa. contencioso-administrativa. en prueba prueba de de conformidad, conformidad, suscriben suscriben el presente presente Convenio Convenio de Y en Colaboración, por por duplicado. Por el FEGA Por EL EL PRESIDENTE PRESIDENTE

Fernando Miranda Miranda Sotillos Fdo. Fernando

Por el Ministerio Ministerio de Fomento Fomento Por EL EL SUBSECRETARIO SUBSECRETARIO DEL MINISTERIO DE FOMENTO MINISTERIO

.'6do. Mario Mario Garcés Sanagustín

ANEXO I: A REALIZAR EN EN EL PERIODO PERIODO 2014 A 2016 1: TRABAJOS A IMPORTES 2014-2016 IMPORTES PRESUPUESTO PRESUPUESTO 2014-2016

A Ñ 0 2014 AÑO Vuelo Comunidad Autónoma

Superficie CCAA(Km2.)

Ortofoto Costes Totales

Costes Totales Pixel (cm)

Producción

Control Calidad

Producción

ControlCalidad

Asturias

10.603

13.603

22

148.442

14.844

156.606

14.314

Cantabria

5.321

5.321

22

74.494

7.449

78.591

7.183

21315

45

112.970

11297

159.863

1310

NW

23.484

45

124.465

12.447

176.130

19.961

SW

24.958

45

132277

13228

787.185

21.214 20.797

Zona y Superficie (Km2)

SE 94.224 Castilla y León Galicia

29.575

NE

24.467

45

49.675

2.968

183.503

Este

16214

22

226.996

22.700

239.481

21889

Oeste

13.361

22

137.054

13.705

197.342

18.037

Navarra

13.391

13.391

45

55.072

5.507

77.933

8.832

La Rioja

5.045

5.045

45

26.739

2.674

37.838

4288

Pais Vasco

7.234

7234

22

101276

10.128

136.846

9.766

Madrid

8.028

8.028

45

42.548

4255

60.210

6.824

1.362.008

136.201

1.661.526

171.224

170.421

2014 IGN COSTE 2014

1.669.434

FECA COSTE 2014 FEGA

1.661.526 1.661.526

AÑO 2015 Vuelo Comunidad Autónoma

Superficie CCAA(Km2.) Pixel (cm)

Producción

Zona y Superficie (Km2)

Ortofoto Costes Totales

Costes Totales Control Calidad

Producción

ControlCalidad

A rago n

47.720

47 720

45

252.98

25292

357.900

Baleares

4,992

4.992

22

99.840

9,984

73.732

6.739

Canarias

7.747

7,747

22

240.07

24.016

114.423

10.458

Cataluna

Costa

16.058

45

85.107

8.511

20.435

13.649

Interior

16.055

45

85.092

8.509

20.413

13.647

Castellon

6.644

45

35213

3.521

49.830

5.647

Alicante

5.848

45

30.994

3.099

17.763

45

32.113

Comunidad Valenciana

23255

Castilla La M ancha

79.462

40.562

Valencia

45

79.462 195.289

VUELO 2015

971 4 43.860

57.044

5.704

80.723

9.149

421.149

42.115

595.965

67.543

1.30 7.5 12

130.751

1.557.280

172.365

1.610.628

COSTE 2015 IGN

2015 FEGA FECA COSTE 2015

1l

1.557.280 1557.280

AÑO 2016 Comunidad Autónoma

A ndalucia

Extremadura

Murcia

Vuelo

Superficie CCAA(Km2.)

87.595

41.635

Ortofoto

Costes Totales

Pixel (cm)

Producción

Costes Totales

Control Calidad

Producción

ControlCalidad

Zona y Superficie (Km 2) NW 21067

45

111655

11166

NE

2.636

45

98.771

9.877

,

139.770

15.841

SE

22.024

45

10.727

11673

'

165.180

18.720

08.003

17.907

SW

25.869

45

137.26

2.711

194.00

21989

Noreste

13.337

45

54.786

5.479

77.528

8.786

Noroeste

9.531

45

50514

5.051

71.483

8.21

Sureste

13.815

45

57,320

5.732

81113

9.193

Suroeste

13.952

45

58.046

5.805

82.140

9.309

11.314

45

59964

5.996

84.855

9.617

744.8 8 9

74.489

1.054.088

119.463

11.314

14 0.54 5

COSTE 2016 IGN

COSTE C O S l E 2016 2016 FEGA FEGA

COSTE TOTAL CONVENIO COSTETOTAL CONVE1YH) KIN IGN

938.840

,1.0_54.088 1.054.088

4.218.902 4.2 18.902 l',.

...9..."*"....-

\\

15

II: ESPECIFICACIONES ESPECIFICACIONESTÉCNICAS TÉCNICAS DE DE LOS LOS VUELOS ANEXO II: ANEXOII.1 A N E X O 11.1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ESPECIFICACIONES TECNICAS DE DE LOS LOS VUELOS VUELOS FOTOGRAMÉTRICOS FOTOGRAMÉTRICOS 1PNOABÁSICO BÁSICO 0,25m 1wI-1' PNOA 0,25m --

diB

1miNiSTERi0

DE FOMENTO

._

--

1).[C,101.1.1.1,1. Ira iNbIllUIU ,,PGRISICO

*" .... .?

— .-1

-

- -- ...,..,.._ - ..... _

Especificaciones Especificaciones Técnicas TBcnicas para para FOTOGRAM~TWCODIGITAL DlGríAL VUELO FOTOGRAMÉTRICO

-i

e

.--1

me

ii

1

i

--

-

Versión 130405 Jvwm irolor

FT-m

.-

1 . I N

Plan Nacional de Ortofotografia Aérea

--

111L—M— -

L... _u__. L L

Organismos participantes: Ministerio de Fomento Ministerio de Economia y Hacienda Ministeuei de Medio Ambiente y Medro Rural y Marino Ministerio de Ciencia e Innovación Minesteno de Defensa Ministerio de Interior Minsiterio de Vivienda Comunidades Autónomas

Tamaño de pixel:

0,25 m

Descripción Descripcibnde de este sale documento: documento:

Titulo

Especificaciones Técnicas para el Plan Nacional de Ortolotogralla Aérea (PNOA)

Identificador

110131 Especificaciones PNOAVUELO COMBINADO xls

Autor

Equipo Técnico Nacional Equipos Técnicos Autonómicos

Fecha

2011-01.31 Técnicas para el Plan Nadonal de Ortofolografla Aérea

Terna

ESpoWlfiCaC1011.

Estado

Definitivo

Objetivo

Arrnonizadón de los procesos, datos y documentos realizados en el marco del PNO0. entre distintos organismos y empresas

Descripción

Listado resumido de especificaciones de obligado cumplimiento por los organismos participantes y las empresa contratistas en la realización de los trabajes del Plan Nacional de Ortofotografla Aérea

Instituciones colaboradoras

Instituto Geográfico Nacional (1014) / Centro Nacional de Información Geográfica (CNIG) (M• Fomento) Equipos Técnicos de las Comunidades Autónomas Dirección General de Catastro (M° Economia y Hacienda) Tragsatec Fondo Espanol de Garantla Agraria (PEGA) Dirección General de la Ehodiversdad (1.4° Medio Ambiente y Medio Rural y Marino) Dirección Generar del Agua IM'i Medio Ambiente y Medio Rural y Manos)

Difusión

Equipos Técnicos de las Comunidades Autónomas Equipos Técnicos de los organismos de la AGE participantes Empresas contratistas

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Nomenclatura de carpetas y ficheros Informas descriptivos de les distintas fases de producción

Periodo de validez

2011 y posterior, hasta su sustitución por una nueva versión

"111-111:121 .

22111

difi

~ MI

Fase r Parámetro

Aparrado itera

1.

SISTEMA GEODÉSICO DE REFERENCIA

rish~§~1~1~111111"11"1~~1~

Detalles

a Sistema Geodésico de Referencia en la Península. Baleares. Ceuta y ETRS89 Melilla

Todo el trabajo se realzará en ETRS89, besándose exclusivamente en vértices REGENTE de la Red Geodésica Nacional

b Sistema Geodésico de Referencia en Cananas

Todo el trabajo se realzará en el sistema REGCAN95, basándose en vértices REGCAN95

c Altitudes elipsoidales d Transformaciones de altitudes elipsoldales a ortoinétricas

REGCAN95

Se utilizarán únicamente alturas elipsoldales referidas a GRSBO en todos los procesos de cálculo de la fase de vuelo Se realizarán utilizando el modelo de geoda que suministrará el Instituto Geográfico Nacional (EGM2008-REDNAP)

e Proyección cartografica

UTM

I Huso UTM a emplear

Cada hoja se realizará en su Huso Las hojas que cargan entre dos Husos, se entregarán en ambos

g Distribución de halas

La distnbución 1 5 000 empleada sera la división en 8 x 8 de las hojas MTN50 oficiales

Referido al Huso correspondiente a cada zona

El corte de hojas se obtendrá aplicando con un rebase de 50 metros con respecto a las cuatro esquinas teóricas, redondeado a múltiplos de 10 m Las coordenadas de las esquinas de hoja serán las oficiales aprobadas por el Consejo Superior Geográfico (Comisión de Normas Cartográficas) La Dirección Técnica facilitará los listados de coordenadas correspondientes a - Esquinas de hojas - Cortes de hojas (con el rebase minimo)

ti Modelo de geoda

2. 2t

Para realizar la transformación de cotas ~Males a ortométncas, se utilizará el modelo de La Dirección Técnica entregará las herramientas de transformación y los ficheros geoda EGM2008-REDNAP (Adaptación del geoda mundial EGM08 a España) del modelo de geoxle

VUELO FOTOGRAMETRICO FOTOGW Cámara fotograinetrica y equipos auxiliares a Camara

Fologramétrica digital.

b Formato de los fologranus

La imagen pancromática deberá tener unas dimensiones de al menos 12.000 filas, y la imagen aproximadamente multiespectral una resolución al menos 5 veces Inferior

c Campo de visión transversal

Mayor de ST y menor de 80° sexagesimales

d Calibración de la cainara

anagUedad 5 24 mases

e Control automático de la exposición

obligatorio

I Resolución espectral del sensor

- 1 banda situada en el pancromático • 4 bandas situadas en el azul, verde, rojo e Infrarrojo cercano

En las ofertas, se especificarán detalladamente las cámaras (marca y modelo) y accesorios (sensores conos, plataformas ele 1 que so utilizaran en los trabajos

aproximadamente Realzada por el fabricante de la cámara ó centro autorizado por el mismo Las empresas licitantes entregarán copla de los certificados de calibración con las ofertas

En caso de utilización de sensor lineal, las tomas de las 4 bandas deben ser nadirales. Además, se entregarán las tornas delantera (lorward) y trasera (backward) pancromáticas g Resolución iachometrica

De al menos 12 bits por banda

17

En las cámaras de formato matricial. será obligatorio Se admitirá la compensación del avance del avión por medio de TDI (Time Delay Integration) u otros métodos previa consulta y aceptación por parte de la dirección técnica

11 Sistema FMC

1 Plataforma giroeslabilizada automática Ventana tulogiamétrica

k Sistema de navegación basado en GPS

I Sistema inercia' (IMU/INS)

v w b yfotográfica c o Vuelo y Cobertura

2.2

P(eniBcsd6náelweb aa Planificación del vuelo

~

FMC Forward Molan Compensaban

Uso obligatorio

según instrucciones del fabricante de la cámara

- Costales que cumplan con las recumendadiones del labncante de la cámara (espesor, acabad y material) - Con sistema amortiguador que atenue las vibraciones del avión. - No obstruya el campo de visión para el FOV definido y la montura empleada.

según instrucaones del fabricante de la cámara

Uso obligatorio - Equipo de GPS doble frecuencia de al menos 1 :S 2 Hz - Sincronizado con la cámara mediante el registro de eventos

Debe permitir • planificar el vuelo, determinando los centros de lotos - navegación en lempo real control automático de disparo • registro de eventos - registro de datos de captura de cada imagen En las cámaras ~nidales en caso de la solución GPS no sea absoluta. será necesaria la realización de pasadas transversales de modo que queden garantizadas las precisiones de aeromangulación del punto 3.2 del apartado de Aerolnangulacron de las especificaciones técnicas para 'Postpmceso de vuelo fologrametnco digital combinado con vuelo LOAR"

Uso obligatorio Frecuencia de registro de datos • Deriva y 0,1" i hora

Debido a le obligatoriedad del uso de sistemas IMU / 'NI no será necesario realizar pasadas transversales. En las cámaras matnciales en caso de fallo del sist. Inercial durante el vuelo. será necesaria la realización de pasadas transversales de modo que queden garantizadas las precisiones de aerotnanguNcyán del punto 3.2 del apartado de Aerotnangulacion de las especificaciones técnicas para "Postproceso de vuelo fologramétoco dedal combinado con vuelo LIDAR'

200 Hz

~ ~ ~ ~ . 4 1 w l i lei planillbadón p l l l dii 0 vuelo & & * de ~ realizedo ~ ~ 1 ~ d eleempiesa ad catarla entinad( entes .&dkmtud6n de los Maguesde devuela w e bles losdefinirá deñLlaiaempresa, empma.debiendo dsMwidopresentar pnsemsr 4álnástribuclón de los bloques #bl[pMMmenle un hrome 14mlco de an@mcJh de bloquet. pan tu spobeden palale gleatortamente un informe técnico de configuración de bloques, para su aprobación por K k d 4 nTécnica Thlca rillección

b _a ~ Dirección Técnica podrá hacer observaciones a dicha planificación. &~InQ*.rIgeSlachesde~OPSaiUtrirBwM.dvwlo Se deberán Indicar les elitaciones de neferencla GPS a ulibutr durante el vuelo

b Fechas

En Peninsula, Baleares, Ceuta y Melilla del 1 de mayo al 30 de septiembre En Cananas, las que garanticen que la altura del Sol sea > 40°

iLa dirección técnica determinará el rango de lechas óptimas y el de lechas aceptables para cada zona de vuelo en función de las condiciones agrochrnállcas y lenologicas de dicha zona

c Horario

Tal que la altura del Sol sobre el horizonte sea 540 grados sexagesimales

Se evitarán las horas que propicien reflexiones especulares y 'hot spot" en la m útil ~ de ~cada~fotograrna. d e Junio Jumomcmwn ~ con ~ la pian l dicación, ~ se~entregará m ~un estudio de zona las franjas horarias óptimas de welo.

-,- rianpocluo.sb bi,nbbm. bnmis. niom. mna hud Condiciones meteorologicas

lo16nl naylon ciaro, sin nubes, niebla. Mana, nieve, Zonas Inundadas y en general cualquier condición id=advera Evitar vuelos al mediodia en luto y agosto en dias de "calima'

e

Tamaño de pixel y altura de vuelo

1 Dirección de las pasadas

,Se realizará cada pasada a una altura de vuelo tal que se cumplan simultáneamente estas dos Enzonas montañosas con fuertes pendientes, estos porcentajes se podrán variar, previa aprobación de la planificación de vuelo por la Dirección Técnica y condiciones 10 % siempre que el tamaño medio del pixel para toda la pasada, sea 3* entre pasadas consecutivas

Se podrán proponer otras configuraciones de vuelo diferentes a la Direccion Técnica. la cual decidirá si son viables las propuestas realizadas g Recubomiento longitudinal

60%

Vanaclones admitidas 41-3% - En ningún caso quedarán zonas sin recubrir estereoecdplearnente

En zonas de montaña y de costa, y en función del análisis de la Planificación del vuelo, se podrá tomar la decisión de incrementar el recubrimiento longitudinal para evitar zonas sin estereoscopia

18

h Recubrimiento transversal

I Número de pasadas por hoja MTN25

25% medio En zonas montañosas, se aumentará el número de pasadas o se realizarán pasadas intercaladas de forma que en ningún punto del fotograma el recubrimiento sea inferior al 20% - Uniformemente distribuidas por Hoja MTN25 en toda la zona a volar - El recubrimiento transversal resultante no debe ser inferior al 25 %

Margen de recubrimiento mínimo del 15% en el extremo Norte y Sur de la zona de trabajo.

En zonas de montara, y en función del anfibias de la Planificación del vuelo, se añadirán pasadas Intercaladas, y/o se aumentarán el número de pasadas por hoja MTN25 a 5 6 6

j Longitud máxima de una pasada longitudinal

3 hojas MTN50

k Pasadas interrumpidas

En cámaras de formato matricial, deberán conectarse al menos con 4 fotogramas comunes. Para garantizar al menos 2 pares estereoscóplcos comunes. Ambas tomas se En cámaras de barrido lineal, deberán conectarse al menos con una longitud equivalente a 1 deberán realizar con la misma cámara. traza en todos los ángulos de toma (escenas frontal (forward), trasera (backward) y ancho de nadiral (nadir))

I Superficie de agua en cada fotograma

20%

No se realizarán pasadas más largas para evitar variaciones cromáticas excesivas en los mosaicos y disminuir los efectos de la proyección UTM en el ajuste del bloque.

Cuando sea necesario se incrementará el recubrimiento longitudinal de algunas fotos 6 el transversal de alguna pasada. Adicionalmente, en zona costera con pendiente acusada, se planificará una pasada tal que el eje de vuelo sea extenor a la linea de costa. Esta limitación no se aplicará a fotografías del extremo de la pesada sobrantes que no intervengan en la AT y que puedan estar orientadas con garantías empleando GPS/INS

m Desviaciones de la trayectoria del avión

< SO m de la planificada

En el caso de realizar vuelo simultáneo con LIDAR, las devtadones deberán ser 015 m

n Desviaciones de la vertical de la cámara

e 4•

grados sexagesimales

o Diferencias de verticalidad entre fotogramas consecutivos

< 4•

grados sexagesimales

p Derive no compensada q

Cambios de rumbo entre fotogramas consecutivos

r Zona a recubrir

grados sexagesimales

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