GARANTIZANDO EL DERECHO HUMANO AL AGUA LOS RETOS PARA UN CONTINENTE URBANIZADO Y CON POBREZA DE AGUA EN EL MUNDO RURAL
Buenos Aires, 20 de Septiembre, 2012
Dra. Judith Domínguez.
Uno de los retos para Latinoamérica es garantizar el acceso al agua para toda la población
De acuerdo a la definición de la GWP, la gobernanza del agua se refiere:
La Resolución de la ONU sobre el acceso al agua y saneamiento • En Noviembre de 2002, Observación General nº 15: “El derecho humano al agua es el derecho de todos a disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal y doméstico”. • ¿Se cumplirán los Objetivos del Milenio?
En abril de 2011, el Consejo de Derechos Humanos reconoce, mediante su Resolución 16/2, el acceso seguro al agua potable y al saneamiento como un derecho humano: un derecho a la vida y a la dignidad humana.
Hay diversas formas de dar cumplimiento a este derecho humano • Acciones tendientes a superar el déficit: buenas prácticas • Programas presupuestarios mejor focalizados • La incorporación del derecho en la legislación nacional
En México, como parte de un proceso de reformas se trabaja en diversas direcciones
REFORMAS LEGALES Y CONSTITUCIONALES
EL PODER LEGISLATIVO
Reformas Constitucionales Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible.
Artículo 1° “Derechos humanos”
Artículo 4°
El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.
PLANEACIÓN A MEDIANO PLAZO
EL PODER EJECUTIVO
AGENDA DEL AGUA 2030 Suburbios conectados a redes Localidades rurales con agua potable Organismos Operadores funcionando eficientemente
TUTELA EFECTIVA DE LOS DERECHOS HUMANOS
EL PODER JUDICIAL
La preocupación en el Poder Judicial sobre la justiciabilidad efectiva y expedita de los DH
El acto reclamado al Director General del Sistema de Agua Potable y Saneamiento de Xochitepec, Morelos •
•
“…vengo a solicitarle que en ejercicio de sus funciones se sirva realizar todas las gestiones necesarias para que el Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de Xochitepec (organismo operador municipal) lleve a cabo los contratos y las obras necesarias para que se instale la tubería de distribución de agua potable y la recolección de aguas negras y pluviales hasta la casa habitación que se ubica en el domicilio arriba señalado, toda vez que ni yo ni mi familia incluyendo desde luego mis hijos, contamos con los servicios públicos de agua potable y drenaje, a pesar de que los hemos solicitado en múltiples ocasiones, durante el tiempo que tenemos de vivir en el lugar siendo ello desde luego un requerimiento social que debe ser satisfecho por esa H. Autoridad observando al respecto las disposiciones relativas a las garantías individuales y derecho al mínimo vital previstas por la Carta Magna.”. Amparo en revisión 381/2011
LA SITUACIÓN DE ACCESO, LA EFICIENCIA DE LOS ORGANISMOS OPERADORES, LA GENERACIÓN DE INFORMACIÓN
LOS PROBLEMAS QUE HAY QUE RESOLVER
Cobertura: Agua potable: 89.8%, (de la cual 9.7% es informal) Drenaje: 89.6% (del cual descarga 2.2% a barranca, grieta, río, mar). FUENTE: INEGI, Censo de Población y Vivienda, 2010
ESTADOS CON ALTA COBERTURA DE DRENAJE (+ 90%)
FUENTE: INEGI, Censo de Población y Vivienda, 2010
ESTADOS CON MUY POCA COBERTURA DE DRENAJE (13‐70%)
FUENTE: INEGI, Censo de Población y Vivienda, 2010
Acceso mejorado vs. acceso adecuado Acceso mejorado: Umbral normativo
EGAAS, 2000 (OMS/ UNICEF) Estándares internacionales de acceso mejorado al agua y al saneamiento.
Condiciones de abasto
Red de distribución de agua opera al 50% de su capacidad (Operados manualmente o con energía eléctrica, 70% del tiempo)
Volumen
Al menos 20 ldpp, provenientes de una fuente segura a menos de 1 km de vivienda.
Calidad
Definidos contextualmente, en México se consideran los valores de la NOM 127‐SSA1‐1994 sobre salud ambiental, agua para uso y consumo humano o agua potable.
Saneamiento
Redes de colectores o fosas sépticas Letrinas o excusados c/ sistema de desalojo de excretas “Hoyos negros” y letrinas ventiladas
•
“[…] el acceso mejorado al agua no implica que el nivel de cobertura de servicios o la calidad del agua sean adecuados ni seguros.”
Problemas de eficiencia de los Organismos Operadores
El acceso al agua en zonas rurales
Mortalidad por enfermedades infecciosas Mortalidad por enfermedades infecciosas intestinales (tasa/100,000 habitantes) intestinales (tasa/100,000 habitantes)
¿Qué implica la reforma constitucional en el sector de agua potable y saneamiento? • Garantizar el acceso, disposición y saneamiento de agua para
consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible a toda persona.
• Nuevas definiciones que deben desarrollarse (algunas ya están a nivel estatal): disponibilidad, uso doméstico, saneamiento básico, acceso suficiente/salubre/aceptable/asequible. • ¿Es necesaria una Ley de Agua Potable y Saneamiento o basta con que la reforma constitucional se integre a las legislaciones estatales?
Diversidad Institucional 31 leyes estatales de agua que regulan los servicios públicos de agua potable, drenaje y alcantarillado
• ES URGENTE ESTABLECER LAS CONDICIONES EN QUE EL DERECHO HUMANO AL AGUA Y SANEAMIENTO SE EJERCITARÁ EN EL PAÍS
QUE BRINDE CERTEZA JURIDICA AL MUNICIPIO Y AL ORGANISMO OPERADOR SOBRE LOS ALCANCES DE SU OBLIGACIÓN y la participación de gobierno y sociedad
LEY DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO, REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 4° Constitucional: derecho humano
Propuesta de Ley de Agua Potable y Saneamiento Marco legal con criterios homogéneos nacionales de equidad en el acceso al agua y saneamiento, calidad del servicio, eficiencia y sostenibilidad financiera.
Pilares de la Ley: •Alcances, modalidades y procedimiento el derecho •Ente regulador del sector : Comisión Nacional Reguladora de Agua Potable y Saneamiento •Reforma tarifaria, que refleje los costos del servicio, con criterios de equidad y sostenibilidad. •Contraloría social (independiente) – Transparencia, rendición de cuentas, monitoreo social
•Profesionalización del sector
El OBJETIVO de esta ley: Regulación Nacional del subsector APyS que tienda a homogenizar la situación en el país (legal, institucional y de acceso al servicio) Desarrollo reglamentario del artículo 4° en materia de derecho humano al agua potable y saneamiento básico, que establezcas las modalidades y condiciones Certidumbre jurídica al Organismo Operador sobre sus obligaciones a partir del derecho humano reconocido
COMPETENCIAS COMPETENCIA FEDERAL
Esquema institucional dentro de la Administración Pública Federal
Administración, uso, aprovechamiento de las aguas nacionales
IMTA
Regulación del servicio público
Institucionalidad Regulatoria Comisión Nacional Reguladora de Agua Potable y Saneamiento
• • • • •
Función Normativa Función de regulación tarifaria Función de supervisión Función de Información Función de arbitraje
Primera Fase
Autosuficiencia Autosuficiencia financiera. financiera. Recuperación del Recuperación del costo. Eficiencia física costo. Eficiencia física y comercial. y comercial.
Segunda Fase
Tercera Fase
Condiciones de Condiciones de prestación del prestación del servicio. Lograr la servicio. Lograr la cobertura universal. cobertura universal. Eficiencia en lo Eficiencia en lo operativo y operativo y administrativo. administrativo.
Eficiencia en las Eficiencia en las inversiones. Se inversiones. Se logrará logrará cuando ya cuando ya no exista asimetría no exista asimetría en la información. en la información.
Sustentabilidad del servicio
FORMAS DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO
SISTEMA TARIFARIO
La tarifa debe ser simple y clara
SUBSIDIOS • Los subsidios deberán focalizar a las personas más vulnerables • La Comisión Reguladora establecerá la metodología • Comisiones Reguladoras Estatales de Agua definirán los criterios para el otorgamiento de subsidios, • Prestadores de los servicios o el Organismos Operadores: determinarán el rango y usuarios en que sean aplicables los subsidios • La Comisión Reguladora Estatal verificará que la determinación de la tarifa cumpla con los criterios
DE LA EVALUACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS 1. Sistema nacional de información de agua potable y saneamiento
2. Catálogo nacional de prestadores del servicio público de agua potable y saneamiento y de organismos operadores 3. Certificación y profesionalización 4. Monitoreo ciudadano 5. Incentivos
RECONOCIMIENTO DE LOS PROVEEDORES SOCIALES • Que abarque la infinidad de formas “alternas” en que se abastece de agua a la población(áreas rurales, periurbanas, por ej.) • Con obligaciones mínimas en la dotación de calidad del agua que suministran y reconocimiento por parte del municipio • Padrón de proveedores sociales • Capacitación y asesorías
“Porque el objetivo de la aplicación del Derecho no solo requiere de buenas Administraciones y de buenos ciudadanos, sino también e incluso fundamentalmente de buenas leyes”.
Judith Domínguez Serrano Profesora-Investigadora Centro de Estudios Demográficos, Urbanos y Ambientales El Colegio de México Carretera al ajusco 20 Pedregal de Santa Teresa, Delegación Tlalpan, C.P. 10740 Tel: 5449 300, Ext. 4080
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