INFORME INVESTIGACIÓN ESPECIAL

DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD INFORME INVESTIGACIÓN ESPECIAL Hospital Padre Alberto Hurtado Número de Informe: 693/2015 19 de oct

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DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD

INFORME INVESTIGACIÓN ESPECIAL

Hospital Padre Alberto Hurtado

Número de Informe: 693/2015 19 de octubre de 2015

■ www.contraloria.c1

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA GABINETE DEL CONTRALOR GENERAL

DM N° 2.846/2015 UCE N° 2 REFS.: NOS W001432/2015 W001745/2015 202.057/2015 225.962/2015

REMITE INFORME FINAL DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL QUE INDICA.

SANTIAGO, 1 9.0CH 5*0 8 2 8 O 1

Adjunto remito a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, Informe Final de Investigación Especial N° 693, de 2015, debidamente aprobado, sobre eventuales irregularidades por pago de horas extraordinarias y percepción indebida de fondos, en el Hospital Padre Alberto Hurtado.

Saluda atentamente a Ud.,

OSVALDO VARGAS DICE Contralor General Subrogante

A LA SEÑORA CARMEN CASTILLO TAUCHER MINISTRA DE SALUD PRESENTE RTE ANTECED

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD

DE INFORME FINAL REMITE INVESTIGACIÓN ESPECIAL QUE INDICA.

DAA N° 2.847/2015 UCE N° 2 REFS.: Nc's W001432/2015 W001745/2015 202.057/2015 225.962/2015

SANTIAGO,

1 9. OCT 1 5 *0 8 28 0

Adjunto remito a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, Informe Final de Investigación Especial N° 693, de 2015, debidamente aprobado, sobre eventuales irregularidades por pago de horas extraordinarias y percepción indebida de fondos, en el Hospital Padre Alberto Hurtado.

Saluda atentamente a Ud.,

POR ORDEN DEI CONTRhr[C;, PRISCILA JARA FUENTES ABOGADO Jefe DIvisión de Auditoría Administrativa:

AL SEÑOR AUDITOR MINISTERIAL MINISTERIO DE SALUD PRESENTE RTE ANTECED

I

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD

DAA N° 2.849/2015 UCE N° 2 REFS.: Nos W001432/2015 W001745/2015 202.057/2015 225.962/2015

DE FINAL INFORME REMITE INVESTIGACIÓN ESPECIAL QUE INDICA.

SANTIAGO,

19.0CT 15*082803

Adjunto remito a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, Informe Final de Investigación Especial N° 693, de 2015, debidamente aprobado, sobre eventuales irregularidades por pago de horas extraordinarias y percepción indebida de fondos, en el Hospital Padre Alberto Hurtado.

Saluda atentamente a Ud.,

POR ORDEN DEL COWRALOR GEN17.7f

PRISCILA JARA FUENTES ABOGADO Jefe División de Auditoría Administratin

A LA SEÑORA SUBSECRETARIA DE REDES ASISTENCIALES PRESENTE RTE ANTECED

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD

DAA N° 2.845/2015 UCE N° 2 REFS.: Nos W001432/2015 W001745/2015 202.057/2015 225.962/2015

FINAL DE REMITE INFORME INVESTIGACIÓN ESPECIAL QUE INDICA.

SANTIAGO,

19.0CT15*082801

Adjunto remito a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, Informe Final de Investigación Especial N° 693, de 2015, debidamente aprobado, sobre eventuales irregularidades por pago de horas extraordinarias y percepción indebida de fondos, en el Hospital Padre Alberto Hurtado.

Sobre el particular, corresponde que esa autoridad adopte las medidas pertinentes, e implemente las acciones que en cada caso se señalan, tendientes a subsanar las situaciones observadas, aspectos que se verificarán en futuras visitas que practique en esa entidad este Organismo de Control.

Saluda atentamente a Ud.,

s!.. PRISCILA JARA FUENTES ABOGADO Jefe División de Auditoria Administrativa

A LA SEÑORA DIRECTORA (S) HOSPITAL PADRE ALBERTO HURTADO PRESENTE RTE ANTECED

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD

DM N° 2.850/2015 UCE N° 2 REFS.: Nos W001432/2015 W001745/2015 202.057/2015 225.962/2015

FINAL DE REMITE INFORME INVESTIGACIÓN ESPECIAL QUE INDICA.

SANTIAGO,

1 9. OCT15*0828ü5

Adjunto remito a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, Informe Final de Investigación Especial N° 693, de 2015, debidamente aprobado, sobre eventuales irregularidades por pago de horas extraordinarias y percepción indebida de fondos, en el Hospital Padre Alberto Hurtado.

Saluda atenta

ei a Ud.,

POR ORDEN DE` LA JARA FUENTE-1 ABOGADO Jefe División de Auditoría Administrativr

AL SEÑOR AUDITOR INTERNO DEL HOSPITAL PADRE ALBERTO HURTADO PRESENTE RTE ANTECED

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD

FINAL DE INFORME REMITE INVESTIGACIÓN ESPECIAL QUE INDICA.

DAA N° 2.860/2015 UCE N° 2 REFS.: N" W001432/2015 W001745/2015 202.057/2015 225.962/2015

-RESERVA

DE ID TIDAD

SANTIAGO,

1 9. OCI 1 s*082806

Adjunto remito a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, Informe Final de Investigación Especial N° 693, de 2015, debidamente aprobado, sobre eventuales irregularidades por pago de horas extraordinarias y percepción indebida de fondos, en el Hospital Padre Alberto Hurtado.

Saluda atentamen a Ud.,

DEL CONTRALOR GENERA'

PRISCILA JARA FUENTES ABOGADO Jefe División de Auditoria Administatiw

PABLO

7AL.E2: MUÑOZ Adminisjt'l NitifiC,0 • sibiefe Oficina (.-enéral de Partes y Archivo Generai CONTRALORIA GENERAL DE LA REI":;;;L:c..1

A LOS SEÑORES (AS) DENUNCIANTES PRESENTE

RTE ANTECED

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DAA N° 2.851/2015 UCE N° 2 REFS.: N" W001432/2015 W001745/2015 202.057/2015 225.962/2015

REMITE INFORME FINAL DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL QUE INDICA.

SANTIAGO,

1 9. OCT 1 5 *082807

Adjunto remito a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, Informe Final de Investigación Especial N° 693, de 2015, debidamente aprobado, sobre eventuales irregularidades por pago de horas extraordinarias y percepción indebida de fondos, en el Hospital Padre Alberto Hurtado.

Saluda atentamente a Ud.,

POR ORDEN DEI CONTRALOR GENERAL PRISCILA JARA FUENTES ABOGADO Jefe División de Auditoría Administrativa

-y?

A LA SEÑORA JEFA DE LA UNIDAD DE SEGUIMIENTO FISCALÍA PRESENTE RTE ANTECED

RECIE!DO EN UNIDAD DE SEGUIMIENTO

21 OC 12015 FISCALÍA CONTRALORÍA GRAL. DE LA REPUBLICA

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD

DAA N° 2.852/2015 UCE N° 2 REFS.: N" W001432/2015 W001745/2015 202.057/2015 225.962/2015

REMITE INFORME FINAL DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL QUE INDICA.

SANTIAGO,

I 9.DCT 15*082808

Adjunto remito a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, Informe Final de Investigación Especial N° 693, de 2015, debidamente aprobado, sobre eventuales irregularidades por pago de horas extraordinarias y percepción indebida de fondos, en el Hospital Padre Alberto Hurtado.

Saluda atentamente a Ud.,

POR ORDEN DEL

PRISCILA JARA FUENTES 4,111 Cr BARB ,RA NIFURE ABARCA

ABOGADO Jefe División de Auditoría Administrativa

Jeta Unidad de Seguimiento (S) División de Auditoria Administrativa

A LA SEÑORA JEFA DE LA UNIDAD DE SEGUIMIENTO DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA PRESENTE

?

RTE ANTECED

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD

DAA N° 2.853/2015 UCE N° 2 REFS.: N" W001432/2015 W001745/2015 202.057/2015 225.962/2015

REMITE INFORME FINAL DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL QUE INDICA.

SANTIAGO,

1 9. OCT 15 *O 8 2 8 O 9

Adjunto remito a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, Informe Final de Investigación Especial N° 693, de 2015, debidamente aprobado, sobre eventuales irregularidades por pago de horas extraordinarias y percepción indebida de fondos, en el Hospital Padre Alberto Hurtado.

Saluda atentamente

SERGIO JIM NEZ MERINO Jefe Unidad Técnica de Control Externo División de Auditoría Administrativa

POR ORO GENERA SCILA JARA FUENTES ABOGADO Jefe División de Auditoría Administrativr

AL SEÑOR JEFE DE LA UNIDAD TECNICA DE CONTROL EXTERNO DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA PRESENTE RTE ANTECED

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD

UCE N° 2 MPC/FSR

INFORME FINAL DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL N° 693, DE 2015, SOBRE SUPUESTAS IRREGULARIDADES POR PAGO DE HORAS EXTRAORDINARIAS Y PERCEPCIÓN INDEBIDA DE FONDOS EN EL HOSPITAL PADRE ALBERTO HURTADO.

SANTIAGO, 1 9 OCT 2015

Se han dirigido a esta Contraloría General dos personas que solicitaron reserva de su identidad, denunciando eventuales irregularidades derivadas de un convenio suscrito entre el Hospital Padre Alberto Hurtado, en adelante HPH, y la Municipalidad de La Pintana, para la realización de exámenes de laboratorio para pacientes de los Centros de Salud Familiar, CESFAM, de la aludida comuna, así como por no efectuar la rendición de los recursos que se habrían ingresado en la cuenta corriente personal del Jefe de Laboratorio del referido establecimiento de salud, pagados por alumnos de la Universidad de Tarapacá; lo cual dio origen a una investigación especial, cuyos resultados constan en el presente informe. El equipo que ejecutó la fiscalización fue integrado por los señores Marcos Peña Calderón y Fernando Suazo Rojas, auditor y supervisor, respectivamente. ANTECEDENTES DE LA DENUNCIA El trabajo efectuado tuvo como finalidad investigar las denuncias aludidas, las que manifestaron que en la ejecución del convenio suscrito entre el HPH y la Municipalidad de La Pintana se efectuaban abonos por horas extraordinarias en las liquidaciones de sueldo del personal del Laboratorio Clínico y Unidad de Medicina Transfusional, por tramos diferenciados conforme al estamento al que pertenecían, esto es, por $ 200.000 a profesionales, $ 70.000 a paramédicos, y de $ 50.000 y $ 35.000 al personal administrativo y auxiliar, respectivamente, lo que en la práctica, no correspondería a labores efectivas, dado que las tareas en consultorios eran cubiertas dentro de la jornada de trabajo normal, modalidad que fue cambiada a partir de octubre de 2014 por la contratación a honorarios mensuales, distribuidos de lunes a viernes. Agregan que, no obstante realiw,dichas tareas, en algunas oportunidades, al existir un permiso administrativo o licAllnédica se efectuaban descuentos al personal y que, producto del paro de la N Z 5b1 este ha visto mermados sus ingresos, por cuanto de los $ 200.000 inicialmente oetopuestos para el caso de profesionales, se ha disminuido a $ 100.000. \59o Zeloo* AL SEÑOR OSVALDO VARGAS ZINCKE CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA (S) PRESENTE

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD Finalmente, reclaman un total desconocimiento del manejo de ingresos y gastos con motivo del convenio suscrito con la anotada municipalidad, y que análoga situación se presentaría respecto de recursos provenientes de pagos efectuados por distintas universidades por concepto de alumnos pasantes en el referido laboratorio, los que, según señalan, serían manejados en la cuenta corriente personal del jefe de esa dependencia, señor Patricio Gavilán Bustamante. Además, uno de los recurrentes solicita que se mantenga la reserva de su identidad, haciendo presente que el señor Gavilán Bustamante habría sido suspendido de sus funciones, en el marco de un sumario administrativo por maltrato laboral. Sobre este último punto, cabe manifestar que se verificó que con fecha 7 de noviembre de 2014, el Director del HPH ordenó instruir un proceso disciplinario en contra del citado profesional, por denuncias realizadas por funcionarios del hospital por supuesto maltrato laboral, el cual fue concluido con la aplicación de una medida de suspensión del cargo por 30 días, con goce de un sesenta por ciento de sus remuneraciones, a través de la resolución N° 1.059, de 5 de agosto de 2015, la cual, a septiembre de esta anualidad, se encuentra en estudio por parte de este Organismo de Control, para su trámite de toma de razón. METODOLOGÍA El trabajo se realizó de acuerdo con las disposiciones contenidas en la resolución N° 20, de 2015, de este origen, que Fija Normas que Regulan las Auditorías efectuadas por la Contraloría General de la República, y con los procedimientos sancionados por la resolución exenta N° 1.485, de 1996, de la Contraloría General, que Aprueba Normas de Control Interno, incluyendo la solicitud de datos, análisis de documentos y otros antecedentes que se estimaron necesarios en las circunstancias. Además, se practicó un examen de cuentas en el aludido centro asistencial, entidad responsable de efectuar el pago de horas extraordinarias al personal adscrito al laboratorio clínico, el que también comprendió el manejo de los ingresos provenientes de los convenios docente asistenciales suscritos con diferentes casas de estudios superiores. Cabe precisar que las observaciones que la Contraloría General formula con ocasión de las fiscalizaciones que realiza se clasifican en diversas categorías, de acuerdo con su grado de complejidad. En efecto, se entiende por Altamente complejas/Complejas, aquellas observaciones que, de acuerdo a su magnitud, reiteración, detrimento patrimonial, eventuales responsabilidades funcionarias, son consideradas de especial relevancia por la Contraloría General; en tanto, se clasifican como Medianamente complejas/Levemente complejas, aquellas que tienen menor impacto en esos criterios.

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CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD UNIVERSO Y MUESTRA De acuerdo con lo informado por el HPH, durante el período que va de enero de 2014 a mayo de 2015, el referido centro de salud percibió ingresos por parte de la Municipalidad de La Pintana por la realización de exámenes de laboratorio, del orden de $ 714.547.362, de los cuales se examinó el 100%. A su vez, por convenios docentes asistenciales, suscritos con diversas casas de estudios, el hospital percibió 23 ingresos por un total de $ 158.007.530. Además, la revisión consideró un pago proveniente del año 2010, por $ 68.009.338, relativo a reembolsos por gastos en la planta física por parte de la Universidad del Desarrollo, atendida su cuantía, con lo cual el total de recursos examinados ascendió a $ 226.016.868, respecto de tales convenios. La información correspondiente a dichos pagos fue puesta a disposición de esta Contraloría General a partir del 11 de junio de 2015. Cabe precisar que, con carácter confidencial, mediante el oficio N° 67.572, de 24 de agosto de 2015, se remitió al Hospital Padre Alberto Hurtado el preinforme de investigación especial N° 693, del mismo año, para que formulara los alcances y precisiones que, a su juicio procedieran, lo que se concretó a través del oficio N° 506, de 10 de septiembre de dicha anualidad, cuyos antecedentes y argumentos han sido considerados para elaborar el presente informe. De conformidad con la investigación efectuada, se determinaron los hechos que se exponen a continuación:

I. ASPECTOS DE CONTROL INTERNO Se advirtió que la Unidad de Auditoría Interna del HPH no ha efectuado controles deliberados, a lo menos respecto del período 2013 al 2015, en materias relacionadas con las horas extraordinarias y contratación a honorarios para el personal adscrito al laboratorio de ese hospital, como tampoco, acerca de la generación de ingresos con motivo de convenios suscritos por ese establecimiento de salud, situación que se aparta del principio de control contenido en el artículo 3° de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y el numeral 57 de la resolución exenta N° 1.485, de 1996, ya citada, que dispone que debe existir una supervisión competente de todas las funciones para el logro de los objetivos del control interno. En su respuesta, la autoridad, en síntesis, alude que, en cuanto a la falta de revisión en materias de horas extraordinarias, dicho tópico será incorporado en el plan anual de auditorías del HPH para el ejercicio 2016. Asimismo, indica que respecto de la revisión de ingresos, con motivo de convenios suscritos por ese establecimiento, durante el año 2013 se efectuó una auditoría sobre ingresos de operación, instancia en la cual se revisaron los cobros a la Universidad del ,, r Desarrollo, de la cual adjunta una copia.

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CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD Sin perjuicio de lo anterior, agrega, que también se priorizará esta materia en el citado plan anual de auditoría del año 2016. En virtud de los nuevos antecedentes aportados por el hospital se levanta la observación referida a la falta de auditorías en materia de ingresos por convenios. No obstante lo anterior, se mantiene en cuanto a los controles deliberados sobre la autorización y ejecución de horas extraordinarias, por cuanto no consta su incorporación al aludido plan anual de auditoría.

II. EXAMEN DE LA MATERIA INVESTIGADA 1.

Convenios por exámenes de laboratorio.

De conformidad con las resoluciones exentas N°5 1.221 y 1.191, de 2014 y 2015, respectivamente, el HPH aprobó 2 convenios suscritos con la Municipalidad de La Pintana, ambos con vigencia de un año a partir del 1 de enero de cada anualidad, para la realización de exámenes de laboratorio requeridos por los CESFAM dependientes de los 6 consultorios de esa comuna, comprometiéndose el hospital a proveer el material específico de toma de muestra e insumos necesarios, además de un sistema informático en línea para el registro y proceso de los procedimientos médicos, incluido un software utilizado por el aludido laboratorio clínico del establecimiento, activos que fueron entregados en comodato a la referida municipalidad y destinados a los respectivos policlínicos, conforme a lo consignado en la cláusula quinta de los convenios antedichos. Las cláusulas tercera y cuarta de los citados convenios señalan el valor a pagar por parte de la municipalidad por los distintos procedimientos; asimismo, se fijan aspectos adicionales tales como, a) el valor para los exámenes básicos de consultorio ajustados al Libro de Arancel, modalidad libre elección de FONASA, Nivel 1 con un descuento de un 20%; b) procedimientos complementarios con valor FONASA nivel 1; c) otros exámenes disponibles con valor FONASA modalidad libre elección nivel 2; d) tipo de contenedor para toma de muestra; y, e) tiempo de respuesta del laboratorio para los procedimientos. 1.1 Falta de aprobación previa de horas extraordinarias. En lo relativo a la autorización, reconocimiento, acreditación y pago de horas extraordinarias destinadas al personal del ya mencionado laboratorio clínico, a quienes les correspondió realizar los exámenes de pacientes de los CESFAM de la Municipalidad de La Pintana, se constató que por tales labores, iniciadas y pagadas a partir de enero de 2013 hasta agosto de 2014, el hospital no dictó una resolución previa a su ejecución y pago, verificándose, además, que dicho acto administrativo se emitía en forma posterior, sustentado en un memorándum del Jefe de Laboratorio del HPH dirigido al Departamento de Recursos Humanos del mismo centro de salud, indicando el monto y los funcionarios beneficiados.

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CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD

La situación expuesta vulnera los artículos 66 al 69, y 98, letra c), de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, y también se aparta de lo manifestado en los dictámenes Nos 6.720, de 2005 y 51.747, de 2008, entre otros, de esta Entidad Superior de Control, relativos a que procede el pago por este concepto cuando concurren tres requisitos copulativos esenciales, como son que hayan de cumplirse tareas impostergables, que exista orden del jefe superior del servicio y que los trabajos correspondientes se realicen a continuación de la jornada ordinaria, de noche o en días sábados, domingos o festivos. Asimismo, contraviene lo preceptuado en el artículo 7° de la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, en relación con el principio de celeridad, como lo consignado en el artículo 52 de la misma ley, referido al principio de irretroactividad de los actos emanados de los Órganos de la Administración del Estado, en conformidad con el cual los actos administrativos no tienen efecto retroactivo. La circunstancia antes descrita, además, no se ajusta a lo manifestado en la jurisprudencia de este origen, contenida entre otros, en el dictamen N° 5.544, de 2012, que concluye que la jornada extraordinaria debe ser autorizada mediante una resolución dictada en forma previa a su realización. Al respecto, en su respuesta el HPH señala que, previo a materializarse dichos desembolsos, en cada caso fue elaborada una resolución formal de parte del hospital, las cuales fueron proporcionadas a esta Contraloría General durante la investigación. En relación con los argumentos expuestos por la autoridad del centro asistencial, debe precisarse que la condición establecida en la jurisprudencia de este Organismo de Control a que se ha hecho referencia dice relación con que el acto administrativo correspondiente, que autorice la ejecución de trabajos extraordinarios, debe emitirse con antelación a la ejecución de los mismos, a lo que no se ha dado cumplimiento en ese establecimiento. En efecto, a modo de ejemplo, las horas extraordinarias de enero de 2013 fueron autorizadas por la resolución exenta N° 542, de 5 de febrero de ese año; las de febrero de 2013, mediante resolución exenta N° 826, de 21 de marzo de esa misma anualidad, y las de agosto de 2014, a través de la resolución exenta N° 1.900, de 12 de septiembre de ese último año, por lo que la observación debe mantenerse. 1.2 Incompatibilidad de asignación de horas extraordinarias. Se advirtió que los funcionarios detallados a continuación fueron beneficiados con el pago de horas extras, no obstante que se encontraban sujetos al sistema de turnos establecido por el artículo 94 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979 y de las leyes N' 18.933 y 18.469.

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CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD TABLA N° 1: PERSONAL CON CONTRATACIÓN DE 4° TURNO NOMBRE

RUT

Agurto Rivas Jorge Enrique Amaya Galdames Gladys del Rosario Arias Villagrán Gustavo Adrián Caro Urrutia Camila Alexandra Cofré Reyes Arturo Eugenio Ponce Díaz Ana Karinna Sandoval Castillo Marta Andrea Vidal Carrasco Juan Fernando Zamorano Lara Susi Del Carmen Fuente: Contratación proporcionada por el Departamento de Remuneraciones del HPH ,

La situación expuesta vulnera lo prescrito en el artículo 95 del citado cuerpo legal, en cuanto a que el personal que labora en el sistema de turno a que alude su Título V, no puede desarrollar tareas extraordinarias de ningún tipo, salvo que se trate de trabajos de carácter imprevisto, motivados por emergencias sanitarias o necesidades impostergables de atención a pacientes, los que deberán ser calificados por el director del establecimiento, mediante resolución fundada. Al respecto, la jurisprudencia emanada de este Organismo de Control ha señalado que, en aquellos casos en que los empleados deban extender su jornada por razones de entrega de turno, ese tiempo no puede ser retribuido como tareas extraordinarias, ya que no se satisfacen los requisitos de excepcionalidad aludidos en la normativa que los regula (aplica dictamen N° 15.914, de 2014). En su respuesta, la autoridad expresa, en lo que interesa, que si bien las normas antedichas aplican a los servicios de salud, el citado establecimiento también podrá, excepcionalmente, contar con el derecho a la compensación económica de los trabajos extraordinarios que se ejecuten, conforme los artículos 3.1 y 4.4, de la resolución N° 20, de 2004, de Salud, Hacienda y Economía, que Fija Sistema de Remuneraciones de los Trabajadores del establecimiento de Salud de Carácter Experimental, Hospital Padre Alberto Hurtado.

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CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD Al respecto, cabe precisar que los aludidos numerales 3.1 y 4.4 de la precitada resolución N° 20, de 2004, corroboran el hecho observado, toda vez que allí se consigna una incompatibilidad de tales jornadas extraordinarias de trabajo con la asignación de turno, cuando las primeras no procedan de imprevistos debidamente calificados por el director del establecimiento y mediante una resolución fundada, condición que en estos casos no se cumple, por ende, se mantiene la observación. 2.

Convenios docente asistenciales.

Al 11 de junio de 2015, el HPH mantenía 11 convenios vigentes con diferentes centros educativos, a saber, Universidad del Desarrollo (UDD); Universidad Autónoma; Universidad Mayor; Universidad Internacional SEK; Instituto Profesional Providencia; Centro de Formación Técnica Santo Tomás; Universidad Católica del Maule; Universidad de Tarapacá; Universidad de Santiago de Chile; Colegio Polivalente Almendral; y, Colegio Christian Garden School. Sobre el particular, sin perjuicio que en el Anexo N° 1 se presenta un resumen de la totalidad de los convenios vigentes a la referida data, de los cuales cinco no generan recursos, a continuación se detallan los ingresos pactados a percibir por el anotado hospital con motivo de los acuerdos firmados con los otros seis establecimientos educacionales. TABLA N° 2: COMPENSACIÓN ECONÓMICA

CENTROS FORMADORES

VIGENCIA DEL CONVENIO FECHA DE FECHA DE TÉRMINO INICIO 13-04-2006

Indefinido

CARRERAS

RETRIBUCIÓN

Psicología.

1 U.F. mensual por alumno.

No Aplica

No Aplica

No Aplica

U.F. 3.250 para reembolsos por gastos en la planta física y $ 47.110.864, para el equipamiento a 4 unidades dentales, según resolución exenta N° 3066, de 2009.

No Aplica

No Aplica

No Aplica

Facturación semestral sobre la base de consumos efectivos.

Universidad Autónoma

01-08-2013

2018

Obstetricia y Nutrición

4,5 U.F. mensual por alumno.

Universidad Mayor

01-04-2013

31-12-2018

Obstetricia

2,5 U.F. mensual por alumno.

Universidad Internacional SEK

01-08-2013

2018

Enfermería

2,5 U.F. mensual por alumno.

Universidad del Desarrollo

Instituto Profesional Providencia

17-03-2008

Renovable de forma automática cada 3 años

Nutrición y Técnico en Prevención de Riesgo Diplomado en Arsenalería Quirúrgica

7

1 U.F. mensual por alumno.

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD

CENTROS FORMADORES

VIGENCIA DEL CONVENIO FECHA DE FECHA DE TÉRMINO INICIO

CARRERAS

RETRIBUCIÓN

Técnico Paramédico de 1 año 1 U.F en práctica curricular y 0,5 U.F. renovable de Especialidad 01-07-2002 en la práctica profesional. Laboratorio y forma Banco de automática Sangre Fuente: Detalle de convenios proporcionado por el ospi a a re Alberto Hurtado. Centro de Formación Técnica Santo Tomás

III. EXAMEN DE CUENTAS 1.

Convenios por la realización de exámenes de laboratorio. En relación con los convenios suscritos por el

HPH con la Municipalidad de La Pintana, la revisión practicada comprendió un examen de los ingresos generados por el establecimiento entre enero de 2014 y mayo de 2015, recursos que ascendieron a $ 714.547.362, monto que fue corroborado según información proporcionada por esa municipalidad, conforme se pormenoriza en la siguiente tabla, verificándose que la totalidad de dichos recursos ingresaron al presupuesto del centro asistencial, siendo debidamente registrados en el Sistema de Información para la Gestión Financiera del Estado, SIGFE, y administrados por el mismo hospital, sin la intervención del Jefe de Laboratorio, no existiendo objeciones que formular al respecto. TABLA N° 3 PAGOS EFECTUADOS POR EL MUNICIPIO Y PERCIBIDOS POR EL HOSPITAL NÚMERO DE COMPROBANTE DE INGRESO DEL HPH 53975

FACTURA

FECHA DE DEVENGO

MONTO ($)

FECHA PAGO FACTURA

3746

17-01-2014

21 885.254

31-01-2014

3747

17-01-2014

32.615.288

31-01-2014

53975

3851

31-03-2014

36.773.500

28-04-2014

55032

3852

31-03-2014

34.524.444

28-04-2014

55032

3892

28-04-2014

44.709.990

31-05-2014

55588

3920

31-05-2014

43.002.846

30-06-2014

56041

3957

25-06-2014

39.551.620

31-07-2014

56556

3985

31-07-2014

42.294.634

31-08-2014

57152

4019

31-08-2014

43.323.540

30-09-2014

57669

4073

30-09-2014

43.134.584

30-11-2014

58675

4091

20-10-2014

35.771.130

30-11-2014

58681

8

2014

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD

NÚMERO DE COMPROBANTE DE INGRESO DEL HPH 59260

FACTURA

FECHA DE DEVENGO

MONTO ($)

FECHA PAGO FACTURA

4119

20-11-2014

41.075.526

04-12-2014

4148

31-12-2014

45.158.888

28-01-2015

60216

4195

22-01-2015

35.262.036

27-03-2015

61003

4221

28-02-2015

42.992.770

30-04-2015

61463

4246

27-03-2015

40.679.654

30-04-2015

61463

4278

30-04-2015

51.337.550

09-06-2015

62789

4310

31-05-2015

40.454.108

12-06-2015

62789

TOTAL

2015

714.547.362

Fuente: Detalle de pagos efectuados al HPH, proporcionado por la Municipalidad de La Pintana.

2.

Falta de respaldo de la ejecución de horas extraordinarias.

En relación con los pagos realizados a los funcionarios que se desempeñan en la Unidad de Laboratorio Clínico y Unidad de Medicina Transfusional, bajo la modalidad de horas extras, y que se habrían efectuado por tramos diferenciados conforme al estamento al que pertenecían, según señalan los denunciantes, se constató que en los registros de asistencia puestos a disposición de esta Contraloría General por el HPH, se evidencia que el personal del laboratorio no realizó jornadas extraordinarias de trabajo entre enero de 2013 y agosto de 2014. No obstante, se advirtió la existencia de un memorándum del jefe del laboratorio remitido mensualmente a la Gerente de Recursos Humanos, documento que registra el visto bueno del director del hospital de la época, autorizando que se efectúen pagos por tal concepto, desembolsos que en total ascienden a $ 58.449.265, según se detalla en el Anexo N° 2. En relación con lo anterior, cabe hacer presente que, una vez obtenido el visto bueno del director, la Gerente de Recursos Humanos derivaba el aludido memorándum al Departamento de Remuneraciones y este, a su vez, a las Jefaturas de Finanzas y de Personal, para efectos de materializar el pago. Los hechos mencionados pugnan con lo consignado en el artículo 72 de la citada ley N° 18.834, que dispone que por el tiempo durante el cual no se hubiere efectivamente trabajado no podrán percibirse remuneraciones, como también se apartan de lo establecido en los artículos 3°, 5° y 11 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, en cuanto a los principios de responsabilidad, eficiencia, eficacia y control. Por consiguiente, se observa el monto de $ 58.449.265, conforme los artículos 95 y siguientes de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, por tratarse de gastos improcedentes.

9

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD

En su respuesta, la autoridad del HPH señala que arbitrará las medidas administrativas necesarias para que los desembolsos por jornadas extraordinarias sean restituidos por los funcionarios, en cada caso. En lo pertinente, agrega, que de los antecedentes recabados se puede advertir que, de buena fe, se trató de asegurar el cumplimiento de convenios que incrementaron la actividad del laboratorio, según consta en informes de producción y facturación, lo cual influyó en una mayor actividad para los funcionarios implicados en el proceso. No obstante lo señalado por el centro asistencial, se mantiene la observación formulada toda vez que a septiembre de 2015, no se ha materializado la restitución de los fondos pagados indebidamente por el HPH. 3.

Convenios docente asistenciales.

En esta materia se efectuó una revisión al respaldo proveniente de las seis casas de estudios de las cuales el Hospital debía percibir ingresos, ya mencionadas en la tabla N° 2, cuyo análisis, mediante circularizaciones, permitió comprobar que estos se ajustaron a lo consignado en los convenios y facturas correspondientes. El monto percibido por el HPH ascendió a $ 226.016.868, todo lo cual se detalla en el Anexo N° 3. A mayor abundamiento, la revisión practicada permitió constatar que tales recursos fueron registrados en el SIGFE mediante comprobantes de ingreso, en la cuenta contable "Ingresos de Operación". Sin perjuicio de lo anterior, esta Contraloría General tomó conocimiento de otros pagos efectuados al margen de lo consignado en los aludidos convenios, suscritos con las dos casas de estudios superiores que se indican a continuación, los cuales no ingresaron al erario del establecimiento de salud. 3.1 Facultad de Medicina de la Universidad del Desarrollo. Según lo manifestado por la Directora de Administración y Finanzas de la Facultad de Medicina de esa casa de estudios, durante el período 2013 al 2015 esta remitió 5 cheques a nombre del jefe del laboratorio del HPH, tecnólogo médico , por un total de $ 1.530.000, por concepto de "coordinador de rotaciones de los estudiantes e internos", quien habría sido designado en tal calidad por el mismo hospital, sin que existiera un contrato suscrito entre las partes.

17

Al respecto, a través de una declaración, el expresó que dicha universidad lo ha identificado para efectos de proveer de un estímulo económico al laboratorio, extendiendo cheques a su nombre, reconociendo la existencia de 3 documentos por un total de $ 1.080.000, que habría depositado en su cuenta corriente, informando de ello a sus subalternos, así como que tales recursos provenían de pasantías de alumnos de la UDD en el 10

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD laboratorio, y que se ocuparían en el mejoramiento del lugar de trabajo y actividades de camaradería. Agrega, que efectuó desembolsos con cargo a esos ingresos por un total de $ 943.147, según la documentación sustentante puesta a disposición de este Organismo de Control por el citado profesional, la cual da cuenta, entre otros, de la adquisición de un horno microondas, un televisor y ventiladores, los cuales se constató durante la visita, que estaban en funcionamiento dentro de las dependencias del HPH. Las situaciones expuestas vulneran lo consignado en el artículo 4° del decreto ley N° 1.263, de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado, el cual señala que todos los ingresos que perciba el Estado deberán reflejarse en un presupuesto que se denominará del Sector Público. Asimismo, dicha norma legal establece que todos los gastos deberán estar contemplados en el referido presupuesto. Además, ello infringiría lo prescrito en los artículos 52, 53 y 62 de la mencionada ley N° 18.575, relativos al principio de probidad administrativa, que impone a los funcionarios públicos una conducta funcionaria intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular. En cuanto a las situaciones expuestas por esta Contraloría General relativas a la UDD, la autoridad argumenta que se incoará un procedimiento disciplinario al interior de esa institución, toda vez que tales hechos no eran de su conocimiento, por cuanto formaban parte de las relaciones entre el jefe del laboratorio don y el centro formador a que se alude. Atendido que, si bien el hospital se compromete a investigar la situación observada por este Órgano de Control, ello no consta, por lo cual se mantiene la observación formulada. 3.2 Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad de Tarapacá. Se advirtió que durante el año 2015, la citada universidad pagó directamente al señor e, por la pasantía de 2 alumnos de la carrera de Tecnología Médica realizada en el HPH durante el ejercicio 2014. Lo anterior, debido a que, según lo declarado por la coordinadora de campos clínicos de esa institución de estudios superiores, dicho profesional solicitó a la jefa de carrera de esa Facultad que le fueran pagados sus servicios personales como coordinador del internado CL650 2014, por lo que la universidad suscribió un contrato con el referido jefe de laboratorio el 11 de noviembre de 2014, el cual fue aprobado por dicha casa de estudios mediante la resolución exenta N° 658, de 23 de diciembre de igual anualidad. En el citado acuerdo, en síntesis, el prestador de servicios se comprometió a realizar dicha labor en dependencias del HPH, a partir del 11 de noviembre de 2014 y hasta el 19 de diciembre del mismo año -según se detalla en el cuadro a continuación- en favor de la universidad y de la Facultad de 11

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD

Ciencias de la Salud del Departamento de Tecnología Médica, en la ciudad de Santiago, reconociendo dependencia jerárquica del Director del Departamento de Tecnología Médica de esa casa de estudios quien, además, supervisaría el cumplimiento de las labores convenidas y autorizaría el pago de sus honorarios.

DÍAS Lunes Martes Jueves Viernes

Tabla N° 4 HORARIO CONVENIDO HORAS HORARIO 3 8:00 a 11:00 2,25 10:00 a 12:15 3 14:30 a 17.30 2,25 10:00 a 12:15

Fuente: Contrato entre la U. de Tarapacá y Patricio Gavilán Bustamante

Por su parte, la referida universidad reconoce el pago de los servicios prestados por el , por un total de $ 1.291.038. De lo anterior, se puede advertir que tales actividades se realizaron dentro de la jornada habitual de trabajo del referido profesional, contratado para cumplir un total de 44 horas semanales, según la resolución N° 652 de 2005, de ese centro de salud, toda vez que, según el registro de asistencia del personal correspondiente a los meses de noviembre y diciembre de 2014, su jornada comprendía desde las 8:30 a las 17:30 horas, de lunes a viernes, cuyo cumplimiento consta en el citado reporte. Cabe precisar que, según lo señalado por el aludido Hospital durante el transcurso de la visita, el actual Director del Establecimiento Asistencial desconocía la existencia de dicho acuerdo. Lo informado precedentemente, vulnera tanto el artículo 72 de la ley N° 18.834, como lo prescrito en los artículos 52, 53 y 62 de la ley N° 18.575, relativos al principio de probidad, todos ya mencionados. Consultado el ya aludido jefe del laboratorio reconoció haber recibido a través de una transferencia electrónica de la casa de estudios superiores un monto cercano al $ 1.200.000, los cuales, según expresó, estarían empozados, a la espera de su inversión en beneficio del laboratorio del HPH. En su respuesta, la jefatura superior del centro asistencial, al igual que en el numeral 3.1 anterior, informa que procederá a instruir un procedimiento disciplinario. En consecuencia, se mantiene la observación oda vez que el inicio de tal procedimiento no ha sido acreditado.

12

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD

CONCLUSIONES Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, el Hospital Padre Alberto Hurtado ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar parte de las observaciones planteadas en el Preinforme de Investigación Especial N° 693, de 2015. En efecto, la observación contenida en el capítulo I, Aspectos de Control Interno, en cuanto a la falta de controles deliberados sobre ingresos percibidos de convenios suscritos por el centro de salud con casas de estudios, se levanta atendidos los nuevos antecedentes aportados y las validaciones efectuadas sobre la materia. Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, se deberán adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes: 1 En lo que concierne al numeral 2 del capítulo III, Examen de Cuentas, falta de respaldo de la ejecución de horas extraordinarias, el HPH deberá obtener el reintegro de las sumas pagadas indebidamente, sin perjuicio de comunicar al personal afectado la posibilidad que le asiste de acogerse a lo dispuesto en el artículo 67 de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, en orden a solicitar la liberación total o parcial de la restitución. Ello deberá ser informado documentadamente a este Organismo de Control en el término de 60 días hábiles contados desde la recepción del presente reporte, vencido el cual sin que ello se haya materializado satisfactoriamente, se formulará el respectivo reparo (AC)1. En relación con los numerales 3.1 y 3.2 del mismo capítulo, Facultad de Medicina de la Universidad del Desarrollo y Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad de Tarapacá, respectivamente, relativos a pagos efectuados por tales casas de estudio al jefe del laboratorio del HPH, al margen de lo consignado en los convenios suscritos por el centro de salud con dichas entidades (AC)2, la autoridad del aludido hospital deberá remitir a este Órgano de Control, en el plazo de 15 días hábiles, contados desde la recepción del presente informe, copia del acto administrativo mediante el cual se ordene el procedimiento disciplinario comprometido por la autoridad en su oficio de respuesta, y se designe al Fiscal, además de enviar, posteriormente, la resolución que afine dicho proceso sumarial, a fin de someterla al respectivo control previo de legalidad, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 7.2.3, del artículo 7° de la resolución N° 1.600, de 2008, de este origen, que Fija Normas de Exención del Trámite de Toma de Razón.

' AC: Gastos improcedentes. AC: Ausencia de supervisión.

2

13

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD

2. En lo atingente al acápite I, Aspectos de Control Interno, sobre falta de revisiones por parte de la Unidad de Auditoría Interna, en materias de horas extraordinarias (AC)3, el HPH deberá remitir en el mismo plazo de 60 días hábiles, copia del plan de auditoría del año 2016, donde se establezca tal prioridad de revisión, conforme a lo comprometido en su respuesta. 3. Respecto de lo consignado en el capítulo II, Examen de la Materia Investigada, numeral 1, punto 1.1, falta de aprobación de horas extraordinarias (AC)4, la autoridad del HPH deberá dictar los actos administrativos de aprobación de dichos trabajos, en forma previa a su ejecución por parte de los funcionarios del centro de salud, lo que será verificado en una futura auditoría sobre la materia. En cuanto al numeral 1.2, del mismo capítulo, incompatibilidad de asignación de horas extraordinarias, asignadas al personal sujeto al sistema de turnos, sin contar con una resolución fundada (AC)5 que determine el carácter imprevisto de tales jornadas de trabajo, el HPH deberá dictar tales actos administrativos oportunamente, calificando tal situación de excepción, de conformidad con lo señalado en la normativa vigente, lo cual será verificado en futuras auditorías que se realicen a esa entidad. 4. En lo que toca al numeral 2 del capítulo III, Examen de Cuentas, falta de respaldo de la ejecución de horas extraordinarias, el hospital deberá abstenerse de realizar compensaciones económicas a su personal mediante el pago de horas extraordinarias que no hayan sido aprobadas con la debida antelación y efectivamente realizadas por los funcionarios, materia que será verificada en una próxima auditoría sobre la materia. Finalmente para aquellas observaciones que se mantienen, se deberá remitir el "Informe de Estado de Observaciones" de acuerdo al formato adjunto en Anexo N° 4, en un plazo máximo de 60 días hábiles, o el que se haya especificado al efecto, a partir de la recepción del presente reporte, informando las medidas adoptadas y acompañando los antecedentes de respaldo respectivos. Transcríbase a la señora Ministra de Salud, al Auditor Ministerial de esa cartera de Estado, a la Subsecretaría de Redes Asistenciales, a la Directora (S) y al Auditor Interno del Hospital Padre Alberto Hurtado; a los recurrentes; y, a las Unidades de Seguimiento de Fiscalía y de Seguimiento y Técnica de Control Externo, ambas de la División de Auditoría Administrativa, todas de esta Contraloría General. Salu

entame

• III:

1 .0 be e ~norte Administrativa AC: Falta de revisión de operacio-41 AC: No cumplimiento de la normativa estableiid@cp as. 1041eneeal IderlosRoritiii rdinarias. 5 AC: No cumplimiento de la normativa establee ida para disponer horas e

3 4

14

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD ANEXO N° 1 CONVENIOS DOCENTES VIGENTES CON LAS CASAS DE ESTUDIOS

VIGENCIA

INICIO

TÉRMINO

CARRERAS PREGRADO

Medicina

PROGRAMAS POSTGRADO

31-12-2028

Enfermería, Nutrición, Kinesiología, Fonoaudiología y Tecnología médica

No Aplica

No Aplica

7

ORIGEN DEL PROCESO DE SUSCRIPCIÓN

SI / NO

2. Ejecutar actividades conjuntas que contribuyan al desarrollo de ambas instituciones 3. Áreas de Colaboración y actividades conjuntas: a) Actividades de educación y actualización de los profesionales b)Campo clínico para docencia de pre grado y post g rado c)Actividades de Investigación d) Actividades de asistencia a pacientes e) Actividades de administración hospitalaria

15

DETALLE

DOCUMENTO APROBATORIO Resolución exenta N° 2490 de 2001 Addéndum N° 1 según resolución exenta N° 1.003 de 2003.

Becas de _ 1. Concretar una mutua especialización colaboración para aportar en forma relevante al desarrollo de las ciencias de la salud. No Aplica

No Aplica

20-09-2001

RETRIBUCIÓN

NOMBRE DE LAS CARRERAS

No

DETALLE DEL CONVENIO Suscripción convenio

de

Se modifica plazo vigencia y composición de la comisión

Addendum N° 2 Resolución exenta N° 2069 de 2006

Incorpora acuerdos de implementación del convenio

Anexo del Addendum N° 2 según resolución exenta N° 2222 de 2008

Regulación general sobre uso de campo clínico

Addendum N° 3 según resolución exenta N° 2526 de 2010

Velar por proteger la seguridad y los derechos de los pacientes

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD

VIGENCIA INICIO

TÉRMINO

NOMBRE DE LAS CARRERAS CARRERAS PREGRADO Enfermería, Nutrición, Kinesiologia, Fonoaudiología y Tecnología médica

Psicología

20-09-2013

PROGRAMAS POSTGRADO

ORIGEN DEL PROCESO DE SUSCRIPCIÓN

SI / NO

DETALLE

No Aplica

No Aplica

31-12-2028

Odontología

RETRIBUCIÓN

No Aplica

Fortalecer una alianza entre ambas entidades dentro de un contexto formativo, docentes y alumnos de la facultad puedan asistir a los pacientes del hospital. Implementar un proyecto de enseñanza y asistencia en el ámbito de la odontología consistente en: 1) Instalar e implementar cuatro clínicas odontológicas y equipos radiológicos junto con una sala de seminarios. 2) Dar atención odontológica de diagnóstico y orientación a pacientes del hospital. 3) Utilizar el servicio odontológico como campo clínico de pre grado y post grado. 4) Atender a los funcionarios del hospital y sus cargas.

16





1 U.F mensual por alumno

DOCUMENTO APROBATORIO

DETALLE DEL CONVENIO

Addendum N°4 Resolución exenta N° 563 de 2013

Renovación convenio hasta el 31-12-2028

Resolución exenta N° 562 de 2006

Convenio con la Facultad de Psicología.

Resolución exenta N° 2529 de 2010

Velar por proteger la seguridad y los de los pacientes.

U.F. 3.250 para reembolsos por gastos de la planta física, más $ 47.110.864 para el Resolución equipamiento de exenta N° 3066 4 unidades de 2009 dentales, instrumental e insumos incluida la mantención y renovación de equipos.

Convenio Proyecto Odontológico

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD

VIGENCIA

INICIO

20-09-2001

TÉRMINO

31-12-2028

NOMBRE DE LAS CARRERAS CARRERAS PREGRADO

Odontología

PROGRAMAS POSTGRADO

No Aplica

RETRIBUCIÓN ORIGEN DEL PROCESO DE SUSCRIPCIÓN

Convenio complementario en materia de consumo de telefonía, electricidad y agua potable.

SI/NO

DETALLE



DOCUMENTO APROBATORIO

DETALLE DEL CONVENIO

Resolución exenta N° 2272 de 2012

Facturación semestral sobre la base de consumos efectivos.

2. Universidad Autónoma de Chile VIGENCIA Inicio

01-08-2013

TÉRMINO

2018

NOMBRE DE LAS CARRERAS CARRERAS PREGRADO

Obstetricia y nutrición

PROGRAMAS POSTGRADO

RETRIBUCIÓN ORIGEN DEL PROCESO DE SUSCRIPCIÓN

Fomento de la investigación científica y el desarrollo del conocimiento de la medicina, tanto la Obstetricia, Puericultura y la Nutrición.

17

SI / NO

, Si

OBSERVACIÓN

DOCUMENTO APROBATORIO

4,5 UF mensual por alumno

Resolución exenta N° 1809 de 2013 Resolución exenta N° 372 de 2015

DETALLE DEL CONVENIO Suscripción de convenio Renovación del convenio

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD

TÉRMINO

Inicio

01-04-2013

31-12-2018

01-08-2013

CARRERAS PREGRADO

PROGRAMAS POSTGRADO

ORIGEN DEL PROCESO DE SUSCRIPCIÓN Fomento de la investigación científica y el desarrollo del conocimiento de la medicina en sus diversas áreas.

Obstetricia

SI / NO

.

Si

Término

2018

Carreras pregrado

Enfermería

Programas postgrado

DOCUMENTO APROBATORIO

DETALLE DEL CONVENIO

Resolución exenta N° 2291 de 2013

Suscripción de convenio

Observación

Documento aprobatorio

Detalle del convenio

2,5 UF mensual por alumno

Resolución exenta N° 1727 de 2013 Resolución exenta N° 371 de 2015

OBSERVACIÓN

2,5 UF mensual por alumno

Retribución

Nombre de las carreras

Vigencia Inicio

RETRIBUCIÓN

NOMBRE DE LAS CARRERAS

VIGENCIA

Origen del proceso de suscripción

Fomento de la investigación científica y el desarrollo del conocimiento de la medicina en sus diversas áreas

r>

18

SI / NO

Si

Suscripción de convenio Renovación del convenio

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD

Vigencia Término

Inicio

17-03-2008

Renovable de manera automática cada 3 años

Carreras pregrado

Programas postgrado

Incluye Nutrición y Técnico en Prevención de o Riesgo

Inicio

01-07-2002

Término

Origen del proceso de suscripción

SI / NO



Técnico de Enfermería de 1 año Nivel Superior y, renovable de Técnico Ayudante manera de Obstetricia y automática Arsenalería Quirúrgica

1 UF mensual por alumno

Programas postgrado

Documento aprobatorio

Detalle del convenio

Resolución exenta N° 1587 de 2008

Suscripción de convenio

Addendum N° 1 según resolución exenta N° 2399 de 2010

Velar por la seguridad y derechos de los pacientes

Addendum N° 2 Resolución exenta N° 1721 de 2013

Formalizar las condiciones para las prácticas clínicas en el hospital

Suscripción de convenio

Retribución

Nombre de las carreras Carreras pregrado

Observación

Realización de prácticas clínicas

Diplomado en Arsenalería Quirúrgica

Vigencia

Retribución

Nombre de las carreras

Origen del proceso de suscripción

Fortalecer la calidad de la formación de los recursos humanos en salud.

19

SI / NO



Observación

Documento aprobatorio

Resolución 1 UF por alumno exenta N° 3713 de 1999 en práctica curricular y 0,5 UF por alumno Resolución Práctica exenta N° 2400 Profesional de 2010

Detalle del convenio

Suscripción de convenio

Velar por la seguridad y derechos de los pacientes

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD

Vigencia Inicio

Término

Nombre de las carreras Carreras pregrado

Programas postgrado

Retribución Origen del proceso de suscripción

SI / NO

Observación

Documento aprobatorio Resolución exenta N° 785 de 2002 Addendum según resolución exenta N° 2437 de 2010

Técnico Paramédico de Especialidad Laboratorio, Radiología y Banco de Sangre

Detalle del convenio Suscripción de convenio Velar por la seguridad y derechos de los pacientes

7. Universidad Católica del Maule Vigencia Inicio

28-11-2006

Término

Indefinido

Retribución

Nombre de las carreras Carreras pregrado

Kinesiología

Programas postgrado

Origen del proceso de suscripción

Colaborar en el ámbito de la docencia en el campo de la carrera de kinesiología, en términos que los alumnos efectúen sus prácticas profesionales en dependencias del hospital.

1 5

20

SI / NO

No

Observación

Documento aprobatorio

Detalle del convenio

Resolución exenta N° 1879 de 2006

Suscripción de convenio

Addendum según seg resolución exenta N ° 2528 de 2010

Para proteger la seguridad y derechos de los pacientes

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD 8. Universidad de Tara acá Vigencia Inicio

Término

24-06-2004

1 año renovable de forma automática

Nombre de las carreras Carreras pregrado

Programas postgrado

Tecnología médica y se incluye obstetricia, enfermería y kinesiología.

Retribución Origen del proceso de suscripción

Para prácticas de internado

SI / NO

Observación

No

Documento aprobatorio

Detalle del convenio

Decreto exento N° 977 de 2004

Suscripción de convenio

Addendum N°1 según resolución exenta N° 214 de 2011

Velar por la seguridad y derechos de los pacientes

9. Universidad de Santiago de Chile Vigencia Inicio

06-12-2010

Término

5 años renovables de manera automática

Nombre de las carreras Carreras pregrado

Obstetricia

Programas postgrado

Retribución Origen del proceso de suscripción Extender las actividades académicas de investigación, de extensión, capacitación y asistencia técnica

21

SI / NO

No

Observación

Documento aprobatorio

Detalle del convenio

Resolución exenta N° 215 de 2011

Suscripción de convenio

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD 10. Colegio Polivalente Almendral

Inicio

Término

19-11-2008

Retribución

Nombre de las carreras

Vigencia

1 año renovable de manera automática

Carreras pregrado

Programas postgrado

Técnico Nivel Medio en Enfermería

Origen del proceso de suscripción

Desarrollo de las competencias en período de práctica clínica

SI / NO

Observación

No

Documento aprobatorio

Detalle del convenio

Resolución exenta N° 2725 de 2008

Suscripción de convenio

Addendum Resolución exenta N°2530 de 2010

Velar por proteger la seguridad y derechos de los pacientes

11. Colegio Christian Garden School Vigencia Inicio

30-05-2014 '7

Retribución

Nombre de las carreras

Término

2018

Carreras pregrado

Técnico Nivel Medio en Enfermería

Programas postgrado

Origen del proceso de suscripción

Fomento y desarrollo del conocimiento de la medicina vinculada con la Gestión Clínica

22

SI / NO

Observación

Documento aprobatorio Resolución exenta N° 1210 de 2014

Detalle del convenio Suscripción de convenio

No Resolución exenta N° 370 de 2015

Renovación del convenio

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD ANEXO N° 2 DESEMBOLSOS POR HORAS EXTRAS AÑO 2013 NOMBRE

RUT

DV

MARZO

ABRIL

MAYO

JUNIO

JULIO

AGOSTO

SEPTIEMBRE

OCTUBRE NOVIEMBRE

DICIEMBRE

TOTAL 2013

AGUILAR LABRA MONICA PATRICIA

2

55.000

27.500

55.000

55.000

55.000

55.000

55.000

52.381

51.944

55.000

516.825

AGURTO RIVAS JORGE ENRIQUE

2

190.909

120.000

180.000

181.818

180.952

200.000

109.091

200.000

200.000

136.364

1.699.134

AMAYA GALDAMES GLADYS DEL ROSARIO

5

0

42.000

63.000

44.545

63.333

70.000

44.545

70.000

70.000

70.000

537.423

ARIAS VILLAGRÁN GUSTAVO ADRIÁN

0

109.091

200.000

200.000

181.818

171.429

190.000

109.091

180.952

200.000

200.000

1.742.381

CABEZAS DOMÍNGUEZ GIOVANNA ESTRELLA

4

CARO URRUTIA CAMILA ALEXANDRA

1

CARTES DÍAZ BERNARDITA HORTENCIA

4

CASTILLO SALVO PAULINA CONSUELO

0

CERDA SILVA ANN JEZABEL

2

COFRE REYES ARTURO EUGENIO

K

CUBILLOS ALLENDES MÓNICA LORETO

9

ESCUDERO IBACETA MARITZA DEL CARMEN

5

ESPEJO GÓMEZ LUISA ALEJANDRA

0

FUENTEALBA DÍAZ CARLA TERESA

3

GALLARDO GALLARDO CATHERINE CAROLINA

9

GREZ AHUMADA FABIOLA PAULINA

3

HERMOSILLA MAUREIRA ISABEL DEL TRÁNSITO

K

LANGE SANTOS ANGIE KATHERINE

8

LIZANA HENRÍQUEZ CRISTIAN FABIAN

8

190.909

110.000

200.000

200.000

200.000

200.000

190.909

190.476

122.222

200.000

1.804.516

MANRÍQUEZ CORTEZ ALEJANDRA ANDREA

2

200.000

200.000

200.000

200.000

114.286

170.000

163.836

180.952

200.000

190.909

1.819.783

MARÍN CORREA MACARENA PATRICIA

1

47.500

38.500

41.250

42.500

52.381

46.750

30.000

55.000

39.722

55.000

448.603

0 57.273

49.000

66.500

70.000

66.667

70.000

66.818

36.667

70.000

66.818

619.743

55.000

44.000

38.500

52.500

41.905

46.750

47.500

47.143

55.000

52.500

480,798 0

109.091

200.000

200.000

190.909

180.952

200.000

172.727

200.000

200.000

200.000

1.853,679

55.000

27.500

52.250

55.000

52.381

55.000

50.000

49.762

55.000

22.500

474.393

200.000

50.000

200.000

190.909

190.476

200.000

163.636

0

0

181.818

1.376.839

12.727

70.000

70.000

54.091

63.333

52.500

47.727

33.333

38.889

41.364

483.964

200.000

100.000

200.000

200.000

170.000

0

38.095

200.000

200.000

1.508.095

55.000

55.000

52.250

52.500

49.762

44.000

45.000

52.381

24.444

47.500

477.837

70.000

28.000

70.000

70.000

63.333

70.000

54.091

50.000

58.333

63.636

597.393

66.500

66.818

66.667

66.500

50.909

66.667

70.000

66.818

520.879

200.000

25.000

0

27.500

52.500 200.000

200.000

23

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD

NOMBRE

RUT

DV

MARZO

ABRIL

MAYO

JUNIO

JULIO

AGOSTO

SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE

DICIEMBRE

TOTAL 2013

240.000

180.000

192.000

229.091

217.143

180.000

240.000

194.286

240.000

218,182

2.130.702

70.000

31.500

70.000

66.818

63.333

66.500

54.091

70.000

66.111

60.455

618.808

MEZA PINTO XIMENA ELIANA

8

MORALES NÚÑEZ MARTA GABRIELA

K

MUÑOZ VARGAS DANIELA NICOLE

8

OLIVARES ESPINOSA ÁNGEL NICOLAS

7

55.000

55.000

49.500

55.000

52.381

55.000

30.000

52.381

48.889

55.000

508.151

PLATTNER MORA LORENA PATRICIA

3

45.000

16.500

49.500

42.500

44.524

55.000

32.500

44.524

48.889

55.000

433.937

PONCE DÍAZ ANA KARINNA

1

163.636

200.000

200.000

200.000

200.000

200.000

190.909

200.000

200.000

163.636

1.918.181

RIVAS PÉREZ CAROL ANDREA

8

35.000

66.500

70.000

66.818

60.000

70,000

15.909

SANDOVAL CASTILLO MARTA ANDREA

0

70.000

70.000

56.000

70.000

56.667

56.000

57.273

66.667

70.000

54.091

626.698

SEPÚLVEDA GONZÁLEZ EMMA RUTH

1

200.000

200.000

50.000

181.818

190.476

190.000

190.909

200.000

200.000

200.000

1.803.203

TRAIPE SALDIA FABIÁN HERNÁN

5

55.000

55.000

55.000

40.000

55.000

55.000

55.000

370.000

UBILLA DIAZ ALICIA JACQUELINE

K

VALLADARES GONZÁLEZ EUGENIA PAULINA

9

VERDUGO MUÑOZ BEATRIZ DEL CARMEN

1

VIDAL CARRASCO JUAN FERNANDO

4

ZAMORANO LARA SUSI DEL CARMEN

3

71)

TOTAL

0

384.227

0 70.000

38.500

49.000

70.000

70.000

66.500

50.909

70.000

66.111

70.000

621.020

66.818

21.000

59.500

70.000

70.000

70.000

60.455

70.000

66.111

63.636

617.520

200.000

100.000

200.000

200.000

190.476

180.000

200.000

200.000

155.556

172.727

1.798.759

38.182

70.000

70.000

63.636

60.000

70.000

60.455

70.000

54.444

70.000

628.717

2.886.136 2.510.500

2.998.250

3,279.089 3.142.857

3.220.500

2.624.090

2.996.667

2.926.665

3.087.954

29.672.708

uente: Registros de asistencia proporcionados por el Hospital Padre Alberto Hurtado

24

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD AÑO 2014 NOMBRE

RUT

DV

ENERO

FEBRERO

MARZO

ABRIL

MAYO

JUNIO

JULIO

AGOSTO

SEPTIEMBRE

OCTUBRE

TOTAL GENERAL

Total 2014

AGUILAR LABRA MÓNICA PATRICIA

2

44.000

52.250

40.000

0

55.000

49.762

55.000

52.381

50.000

46.750

445.143

961.968

AGURTO RIVAS JORGE ENRIQUE

2

180.000

180.000

90.909

180.000

180.952

200.000

150.000

180.952

181.818

180.000

1.704.631

3.403.765

AMAYA GALDAMES GLADYS DEL ROSARIO

5

70.000

70.000

38.182

70.000

63.333

70.000

45.500

70.000

70.000

52.500

619.515

1.156.938

ARIAS VILLAGRAN GUSTAVO ADRIÁN

0

200.000

180.000

90.909

200.000

200.000

200.000

180.000

190.476

145.455

180.000

1.746.840

3.489.221

CABEZAS DOMÍNGUEZ GIOVANNA ESTRELLA

4

140.000

70.000

60.000

70.000

66.667

70.000

70.000

546.667

546.667

CARO URRUTIA CAMILA ALEXANDRA

1

70.000

86.500

35.000

66.667

70.000

70.000

70.000

70.000

658.167

1.277.910

55.000

52.250

17.500

CARTES DÍAZ BERNARDITA HORTENCIA

4

CASTILLO SALVO PAULINA CONSUELO

0

CERDA SILVA ANN JEZABEL

2

200.000

180.000

COFRE REYES ARTURO EUGENIO

K

46.750

CUBILLOS ALLENDES MÓNICA LORETO

9

ESCUDERO IBACETA MARITZA DEL CARMEN

70.000

70.000

52.250

66.667

70.000

66.500

66.667

66.818

70.000

583.652

1.084.450

140.000

200.000

200.000

200.000

200.000

190.909

200.000

1.330.909

1.330.909

63.636

200.000

200.000

200.000

200.000

200.000

200.000

200.000

1.843.636

3.697.315

44.000

52.500

30.250

49.762

49.500

28.810

55.000

49.500

406.072

880.465

190.000

170.000

154.545

100.000

200.000

200.000

190.000

200.000

200.000

200.000

1.804.545

3.181.384

5

14.000

66.500

66.818

14.000

26.667

70.000

17.500

20.000

15.909

0

311.394

795.358

ESPEJO GÓMEZ LUISA ALEJANDRA

0

200.000

200.000

400.000

1.908.095

FUENTEALBA DÍAZ CARLA TERESA

3

49.500

13.750

467.167

945.004

GALLARDO GALLARDO CATHERINE CAROLINA

9

49.000

17.500

66.500

663.893

GREZ AHUMADA FABIOLA PAULINA HERMOSILLA MAUREIRA ISABEL DEL TRANSITO

3

52.500

63.000

627.166

1.148.045

K

0

52.500

LANGE SANTOS ANGIE KATHERINE

8

LIZANA HENRIQUEZ CRISTIAN FABIAN

8

200.000

190.000

MANRÍQUEZ CORTEZ ALEJANDRA ANDREA

2

90.000

190.000

MARÍN CORREA MACARENA PATRICIA

1

35.750

35.750

0

49.500

52.381

13.095

49.500

39.286

25.000

MEZA PINTO XIMENA ELIANA

8

192.000

240.000

240.000

240.000

240.000

240.000

240.000

160.000

MORALES NÚÑEZ MARTA GABRIELA

K

66.500

59.500

54.091

0

66.667

66.667

68.500

A

VARGAS DANIELA NICOLE

52.500

55.000

49.762

49.762

70.000

35.000

63.333

70.000

52.250

70.000

47.143

63.333

42.500

55.000

70.000

70.000

200.000

200.000

200.000

200.000

190.000

200.000

90.909

180.000

1.460.909

1.660.909

200.000

100.000

200.000

152.381

190.000

152.381

200.000

150.000

1.734.762

3.539.278

280.000

2.099.783

8.250

308.512

757.115

240.000

240.000

2.272.000

4.402.702

66.667

35.000

70.000

551.592

1.170.400

70.000

70.000

35.000

175.000

175.000

8

25

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD

NOMBRE

RUT

DV

ENERO

FEBRERO

MARZO

ABRIL

MAYO

JULIO

JUNIO

AGOSTO

SEPTIEMBRE

OCTUBRE

TOTAL GENERAL

Total 2014

OLIVARES ESPINOSA ÁNGEL NICOLAS

7

49.500

44.000

47.500

27.500

55.000

55.000

41.250

55.000

55.000

52.250

482.000

PLATTNER MORA LORENA PATRICIA

3

41.250

30.250

55.000

13.750

52.381

55.000

49.500

55.000

55.000

24.750

431.881

865.818

1.397.143

3.315.324

0

384.227

140.000

200.000

200.000

200.000

200.000

PONCE DIAZ ANA KARINNA

1

RIVAS PÉREZ CAROL ANDREA

8

SANDOVAL CASTILLO MARTA ANDREA

0

70.000

70.000

SEPÚLVEDA GONZÁLEZ EMMA RUTH

1

170.000

140.000

63.636

50.000

152.381

TRAIPE SALDIA FABIÁN HERNÁN

5

55.000

55.000

55.000

UBILLA DIAZ ALICIA JACQUELINE

K

VALLADARES GONZÁLEZ EUGENIA PAULINA

9

45.500

63.000

VERDUGO MUÑOZ BEATRIZ DEL CARMEN

1

66.500

VIDAL CARRASCO JUAN FERNANDO

4

180.000

ZAMORANO LARA SUSI DEL CARMEN

4.

ente:

3

59.500

0

0

57.143

200.000

200.000

990.151

0

60.000

57.273

49.000

306 273

932.971

190.476

200.000

200.000

200.000

200.000

1.566.493

3.369.696

28.810

55.000

55.000

55.000

55.000

55.000

468.810

838.810

45.500

70.000

70.000

185.500

185.500

70.000

31.500

70.000

70.000

56.000

70.000

60.455

70.000

606.455

1.227.475

52.500

70.000

52.500

70.000

70.000

70.000

66.667

70.000

66.500

654.667

1.272.187

170.000

200.000

200.000

190.476

104.762

180.000

200.000

154.545

180.000

1.759.783

3.558.542

66.818

35.000

70.000

63.333

70.000

56.667

25.455

66.500

572.773

1.199.490

2.446.750 3.093.810

2.961.667

2.874.000

3.020.240

3.022.046

3.071.000

28.776.557

58.449.265

59.500

2.827.250 3.095.250 2.364.544 Registros de asistencia proporcionados por el Hospital Padre Alberto Hurtado

26

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD ANEXO N° 3 INGRESOS PROVENIENTES DE LAS CASAS DE ESTUDIOS 1. UNIVERSIDAD DEL DESARROLLO PAGO FACTURA

COMPROBANTE DE INGRESO DEL HPH

FECHA

68.009 338

06-01-2010

33286

12-01-2010

Puntos de voz y datos julio a diciembre 2013

1.834.908

31-03-2014

54534

20-03-2014

17-01-2014

Agua, electricidad y telefonía

4.303.200

31-03-2014

54534

20-03-2014

3834

20-11-2014

50 tarjetas de estacionamiento

500.000

27-05-2014

55435

23-05-2014

3869

31-03-2014

27 Tarjetas de estacionamiento

405.000

3974

31-07-2014

Puntos de voz y datos diciembre 2013 a abril 2014

FACTURA

DEVENGO

CONCEPTO

2338

06-01-2010

Reembolso por remodelación y habilitación servicio odontológico.

3756

17-01-2014

3759

MONT O ($)

27-05-2014

2.151.854

31-08-2014

27

55435

57153

23-05-2014

01-09-2014

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD

DEVENGO

CONCEPTO

4036

30-09-2014

Puntos de voz y datos mayo y junio 2014

4038

30-09-2014

Campo clínico Escuela de Psicología, primer semestre 2014, UF 22

4154

31-12-2014

Puntos de voz y datos i i jun o a dic embre 2014

FACTURA

TOTAL

MONTO ($)

PAGO FACTURA

COMPROBANTE DE INGRESO DEL HPH

FECHA

30-04-2015

61451

21-04-2015

30-11-2014

58566

24-11-2014

30-04-2015

61451

21-04-2015

PAGO FACTURA

COMPROBANTE DE INGRESO DEL HPH

FECHA

17-02-2014

54603

25-03-2014

17-02-2014

54603

25-03-2014

878.187

530.583

3.149.356

81.762.426

Fuente: Dirección de Finanzas dei Hospital Padre Alberto Hurtado

2. INSTITUTO PROFESIONAL PROVIDENCIA FACTURA

3813

3820

DEVENGO

CONCEPTO

28-01-2014

Pago campo clínico segundo semestre 2013, UF 100,25

29-01-2014

Pago campo clínico segundo semestre 2013, Arsenaleria, UF 100,25

MONTO ($) 2.345.822

1.217.960

7

28

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD

FACTURA

DEVENGO

CONCEPTO

4114

20-11-2014

Pago campo clínico primer semestre 2014, UF 223

4214 NOTA DE CRÉDITO N° 414

05-02-2015

Pago campo clínico segundo semestre 2014, UF 243

MONTO ($)

PAGO FACTURA

COMPROBANTE DE INGRESO DEL HPH

FECHA

5.434.675

18-12-2014

59586

08-01-2015

4.201.288

06-07-2015

63256

27-07-2015

PAGO FACTURA

COMPROBANTE DE INGRESO DEL HPH

FECHA

TOTAL 13.199.745 Fuente: Dirección de Finanzas del Hospital Padre Alberto Hurtado

3. INSTITUTO DE FORMACIÓN TÉCNICA SANTO TOMÁS FACTURA

MONTO ($)

DEVENGO

CONCEPTO

3755

17-01-2014

Pago campo clínico mayo a diciembre 2013, UF 131,45

3.066.805

21-04-2014

54965

17-04-2014

4115

20-11-2014

Pago campo clínico primer semestre 2014, UF 81.25

1.980.985

27-04-2015

61579

05-05-2015

4216

28-02-2015

Pago campo clínico segundo semestre 2014, UF 285

6.990.648

30-04-2015

61579

05-05-2015

TOTAL

12.038.438

Fuente: Dirección de Finanzas del Hospital Padre Alberto Hurtado

29

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD CHÍIE

4.

UNIVERSIDAD MAYOR

FACTURA

PAGO FACTURA

COMPROBANTE DE INGRESO DEL HPH

FECHA

7.143.805

29-04-2014

55052

28-04-2014

Pago campo clínico Primer semestre 2014. UF 280

6.823.807

27-03-2015

60987

20-03-2015

Pago campo clínico Segundo semestre 2014. UF 197

4.844.397

30-04-2015

61591

05-05-2015

PAGO FACTURA

COMPROBANTE DE INGRESO DEL HPH

FECHA

DEVENGO

CONCEPTO

3281

29-01-2014

Pago campo clínico Primerysegundo semestre 2013. UF 305

4113

20-11-2014

4215

28-02-2015

TOTAL

MONTO ($)

18.812.009

Fuente: Dirección de Finanzas del Hospital Padre Alberto Hurtado

5.

UNIVERSIDAD INTERNACIONAL SEK

FACTURA

MONTO ($)

DEVENGO

CONCEPTO

3819

29-01-2014

Pago campo clínico Segundo semestre 2013. UF 280

6.558.247

31-03-2014

54712

03-04-2014

4111

20-11-2014

Pago campo clínico Primer semestre 2014. UF 380

9.260.881

31-12-2014

59272

06-01-2015

7

30

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD

FACTURA

4217

DEVENGO

CONCEPTO

28-02-2015

Pago campo clínico Segundo semestre 2014. UF 556

MONTO ($)

PAGO FACTURA

COMPROBANTE DE INGRESO DEL HPH

FECHA

20-05-2015

61861

12-05-2015

FECHA PAGO FACTURA

COMPROBANTE DE INGRESO DEL HPH

FECHA

13.661.689

TOTAL 29.480.817 . .... .. . uen e. treccion de Finanzas del Hospitala re Alberto Hurtado

6. UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHILE FACTURA

/_

FECHA DEVENGO

CONCEPTO

3793

28-01-2014

Pago campo clínico segundo semestre 2013. UF 2344,5

54.797.154

28-02-2014

54103

14-02-2014

4112

20-11-2014

Pago campo clínico primer semestre 2014. UF 653,5

15.926.279

30-04-2015

61579

05-05-2015

MONTO ($)

TOTAL 70.723.433 _. .. . . uen e: treccion de Finanzas del Hospital Padre Alberto Hurtado

31

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD

ANEXO N° 4 INFORME DE ESTADO DE OBSERVACIONES DEL INFORME FINAL DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL N° 693, DE 2015

NÚMERO DE LA OBSERVACIÓN

Capítulo I, Aspectos de Control Interno,

Capítulo III, Examen de Cuentas, Numeral 2.

79

MATERIA DE LA OBSERVACIÓN

NIVEL DE COMPLEJIDAD

REQUERIMIENTO PARA SUBSANAR LA OBSERVACIÓN SOLICITADA POR CONTRALORÍA GENERAL EN INFORME FINAL

Falta de revisiones por parte de la Unidad de en Interna, Auditoría de horas AC: Falta de revisión de operaciones, materias y de procesos y actividades. extraordinarias, ingresos provenientes de convenios suscritos por el HPH.

El Hospital deberá remitir en el plazo de 60 días hábiles, contados desde la recepción del presente informe, copia del plan de auditoría del año 2016, donde se establezcan tales prioridades de revisión.

Falta de respaldo de la horas AC: Gastos improcedentes. de ejecución extraordinarias.

El HPH deberá obtener el reintegro de las sumas pagadas indebidamente, sin perjuicio de comunicar al personal afectado la posibilidad que le asiste de acogerse a lo dispuesto en el artículo 67 de la ley N° 10.336. Ello deberá ser informado documentadamente a esta Contraloría General en el término de 60 días hábiles contados desde la recepción del presente reporte, vencido el cual sin que ello se haya materializado satisfactoriamente, se formulará el respectivo reparo.

32

MEDIDA IMPLEMENTADA Y SU DOCUMENTACIÓN DE RESPALDO

FOLIO O NUMERACIÓN DOCUMENTO DE RESPALDO

OBSERVACIONES Y/0 COMENTARIOS DE LA ENTIDAD

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA ÁREA SALUD

NÚMERO DE LA OBSERVACIÓN

MATERIA DE LA OBSERVACIÓN

NIVEL DE COMPLEJIDAD

-Facultad de Medicina de del Universidad la Desarrollo. Numerales 3.1 y -Facultad de Ciencias de 3.2, del Capítulo la Salud de la Universidad AC: Ausencia de supervisión. III, Examen de de Tarapacá. Cuentas. (Pagos efectuados al jefe del laboratorio del HPH, al margen de lo consignado en los convenios suscritos con el HPH).

REQUERIMIENTO PARA SUBSANAR LA OBSERVACIÓN SOLICITADA POR CONTRALORÍA GENERAL EN INFORME FINAL

La autoridad del HPH deberá remitir a este Órgano de Control, en el plazo de 15 días hábiles, contados desde la recepción del presente informe, copia del acto administrativo que ordena instruir sumario administrativo, y designa al Fiscal.

-b3r

33

MEDIDA IMPLEMENTADA Y SU DOCUMENTACIÓN DE RESPALDO

FOLIO O NUMERACIÓN DOCUMENTO DE RESPALDO

OBSERVACIONES Y/0 COMENTARIOS DE LA ENTIDAD

www.contraloria.c1

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