LA CERTIFICACION Y LOS PROCEDIMIENTOS PARA EL ORIGEN EN LOS TRATADOS COMERCIALES NOVIEMBRE 2014

LA CERTIFICACION Y LOS PROCEDIMIENTOS PARA EL ORIGEN EN LOS TRATADOS COMERCIALES NOVIEMBRE 2014 I.- CERTIFICACION DE ORIGEN Objetivo de la prueba de

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LA CERTIFICACION Y LOS PROCEDIMIENTOS PARA EL ORIGEN EN LOS TRATADOS COMERCIALES NOVIEMBRE 2014

I.- CERTIFICACION DE ORIGEN Objetivo de la prueba de origen: Constituye la prueba de que las mercancías cumplen las normas de origen, y también es la prueba de la nacionalidad económica de un producto.

Es requisito para solicitar tratamiento arancelario preferencial negociado en el TLC.

TIPOS DE CERTIFICACION

a) Auto certificación:  Centroamérica  México  CAFTA  Canadá  Colombia  Chile  RD  panamá

b) Autoridad certificadora  Unión Europea  Taiwán

PRUEBA DE ORIGEN DECLARACION

CERTIFICADO /

 Certificado

de circulación de mercancías EUR.1 (constituye la prueba de que las mercancías cumplen las normas de origen, y también es la prueba de la nacionalidad económica de un producto (apéndice 3 del anexo II)

 "declaración

en factura“ (envíos no comerciales, facturas de bajo valor, exportador autorizado) (apéndice 4 del anexo II)

CERTIFICACIÓN EUR.1

EMISIÓN

Solicitud

ante Autoridad Certificadora (DGIEPC de la SDE)

Próximamente en SPS Autoridad Certificadora verifica en la emisión.

Autoridad

Certificadora responsable de la certificación.

CERTIFICACION EXPORTADOR AUTORIZADO (Acuerdo-Ministerial-051-2014)

Quien puede autorizado?:

Empresas

frecuentes.

ser

Exportador

realizan

operaciones

No

importa número de ellas ni valor de las mismas.

Autoridad

Certificadora verifica autorizar y otorga el número.

Empresas factura.

agregan

leyenda

al en

EXPORTADOR AUTORIZADO: Requisitos  Efectuar exportaciones frecuentes (que se realicen con regularidad) a la Comunidad Europea.  Que los productos objeto de exportación cumplan las normas de origen y demás requisitos establecidos en el Acuerdo de Asociación. (Anexo II)  Las autoridades competentes subordinarán la concesión a las condiciones que consideren apropiadas.  Dispuesto a presentar en todo momento, a petición de las autoridades del país de exportación todos los documentos que demuestren el carácter originario de los productos y que se cumplen las demás condiciones previstas en el acuerdo (hasta 3 años)

EXPORTADOR AUTORIZADO: contenido de la solicitud  Sumario indicando el fin de acogerse al procedimiento simplificado de exportador autorizado;  El nombre del solicitante, sus datos de identidad y dirección domiciliaria;

 Identificación de la empresa, nombre, número de RTN, domicilio, número de teléfono, personas de contacto y firma de la persona responsable

EXPORTADOR AUTORIZADO: contenido de la solicitud

 Persona responsable ante la autoridad pública competente con sus datos generales;  Los hechos en que se funde la petición;  Lugar, fecha de presentación y firma del solicitante.

EXPORTADOR AUTORIZADO: Documentos que acompañan solicitud

 Escritura de Constitución de la sociedad mercantil o declaración de comerciante individual, o su copia debidamente autenticada;  Registro Tributario Nacional (RTN) o copia debidamente autenticada;  El listado de productos a exportar;

EXPORTADOR AUTORIZADO: Documentos que acompañan solicitud

 Descripción de los productos fabricados objeto de exportación y partida arancelaria de los mismos a nivel de seis dígitos; y  Declaración jurada que los productos a exportar cumplen con el régimen de origen establecido en el Anexo II del Acuerdo de Asociación.

EXPORTADOR AUTORIZADO

OTROS

Se otorgará número de

autorización que figurará en la declaración en factura vigencia de dos años solicitud de revalidación un mes antes de su vencimiento Revocación en cualquier momento, cuando el exportador no cumpla con las obligaciones establecidas en el Acuerdo o las circunstancias cambien.

DECLARACION EN FACTURA (Apéndice 4)

Versión española “El exportador de los productos

incluidos en el presente documento (autorización aduanera o de la autoridad pública competente nº ... (1)) declara que, salvo indicación en sentido contrario, estos productos gozan de un origen preferencial ... (2).”

II.- PROCEDIMIENTOS ADUANEROS PARA EL ORIGEN VERIFICACION DE ORIGEN

Son actuaciones de las Autoridades verificadoras que tienen por fin:

Investigar y comprobar autenticidad

de documentos que certifican origen.

Verificar el carácter originario de los bienes.

Observancia de los requisitos establecidos en cada acuerdo comercial.

Se deberá guardar documentación

por el tiempo estipulado en el tratado

VERIFICACION DE ORIGEN ENTIDAD HABILITADA:

Verificación opera a través de las

autoridades gubernamentales de Control del país importación-país de exportación. Requerimiento a la autoridad aduanera de la Parte Exportadora; Cuestionarios escritos y solicitudes de información dirigidos a exportadores o productores de la Parte Exportadora. Visitas de verificación a las instalaciones del exportador o productor; Otros procedimientos que las Partes

EXPEDICION DIRECTA

 Mercancías deben ser transportadas directamente entre el país exportador y el país importador.

 Si son transportadas por un tercer país: • Justificado por razones geográficas, de coste o de transporte y no estar destinadas al uso o comercio. • Con transbordo o deposito temporal, estar bajo la vigilancia de aduana del tercer país.

III.- Problemas en la emisión de certificados a) Casos denunciados en TLC CA-MX:  Errores en el llenado del RTN: - falta un cero al inicio - correcto en CO / no correcto en la factura - alfa numérico/ numérico (vigente o no vigente).

 Errores en la casilla 2 (periodo que cubre)

-

llenar - no llenar

- De /A - Desde/Hasta - una importación de una o varias mercancías / varias importaciones de mercancías idénticas.

III.- Problemas en la emisión de certificados

Casos denunciados en TLC CA-MX, continuación:  Validez: un año a partir de la fecha de su firma.  De 11/03/14 A 11/03/15 (año natural, fecha a fecha, cuando se presentó?).  Descripción de mercancías que no se están importando.  Certificados de origen para importaciones sucesivas de mercancías idénticas, pero que no se importan en su totalidad cada vez que se realiza la importación.  Sobrante de mercancías

III.- Problemas en la emisión de certificados b) Casos denunciados en el CAFTA-DR:  Formulario (obligatorio / sugerido).  Requisitos: nombre de la persona certificadora, clasificación Arancelaria, información origen, fecha, período cuando es aplicable.  Quien certifica? (exportador / importador / productor).  Corrección / devolución.  “Plazo razonable para presentar una prueba de origen corregida” (cuantas veces?).

III.- Problemas en la emisión de certificados c) Casos denunciados en el ADA-UE-CA:  EUR.1 posición arancelaria: 4 dígitos /6 dígitos (instructivo de llenado?).  Diferencias de textura, color, fondo labrado.  Validación exportadores autorizados (declaración en factura).  ¿Quien firma los EUR.1?.

III.- Problemas en la emisión de certificados d) Obligaciones  Leer y entender los capítulos de reglas de origen y procedimientos aduaneros de los tratados vigentes, incluyendo los anexos e instructivos de llenado.  En cumplimiento del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio se debería indicar o notificar por escrito las razones por las cuales se rechaza o no se acepta el certificado de origen presentado.  Cuando existe duda sobre el origen de una mercancía, se permitirá el levante de la mercancía y someter la misma a un proceso de verificación de origen a posteriori.  Consultas a priori

GRACIAS POR SU ATENCIÓN

Noviembre 2014 Elmer Cerrato Negociador de Normas de Origen y Procedimientos Aduaneros Teléfono: (504) 2235-8383 [email protected] www.prohonduras.hn

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