Manual de Procedimientos. Centros de Salud Rurales

Manual de Procedimientos Centros de Salud Rurales octubre 2013 Manual de Procedimientos Centros de Salud Rurales Elaboró Presentó Validó María

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Manual de Procedimientos

Centros de Salud Rurales

octubre 2013

Manual de Procedimientos Centros de Salud Rurales

Elaboró

Presentó

Validó María Guadalupe Ruiz Durazo

Titular de la Unidad Administrativa

Titular de la Dependencia o Entidad

Secretaria de la Contraloría General ”Validado de acuerdo a lo establecido en el artículo 26, Apartado B fracción XI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonoraa, según oficio S-2361-2013 de fecha 31/10/2013”.

Contenido I. Introducción II. Objetivo del Manual III. Red de Procesos IV. Lista Maestra V. Presentación de los procedimientos - Listado de Procedimientos

Introducción El presente Manual de Procedimientos tiene la función de servir de instrumento de apoyo para el funcionamiento de los Centros de Salud Rurales que dependen de las Jurisdicciones Sanitarias de los Servicios de Salud de Sonora. En el Primer apartado se expone el objetivo del manual, en el segundo la Red de procesos , el tercer apartado contiene la Lista Maestra y dentro del cuarto se contempla el principal procedimiento que se lleva a cabo para la operación de los Centros de Salud Rurales, en cuyo contenido se encontrará la elaboración de procedimientos, inventario de registro de procedimiento, diagrama de flujo y verificación de la ejecución del procedimiento. Finalmente, en el capítulo quinto, se presenta la bibliografía utilizada para la elaboración del presente Manual de Procedimientos. Este documento se revisara y en su caso, se actualizara anualmente, toda vez que se presente un cambio en la estructura orgánica, Marco Jurídico Administrativo, atribuciones, o bien; en el contexto de la competencia funcional de los Centros o en la Legislación aplicable a los procedimientos que se describen.

1

Objetivo del Manual Documentar los principales procedimientos de los Centros de Salud Rurales de acuerdo al nuevo enfoque de sistemas de la Secretaría de la Contraloría General, integrando en forma ordenada, secuencial y detallada, las operaciones que se efectúan, los órganos que intervienen y los formatos a utilizar en el desarrollo de cada proceso, así como precisar responsabilidades operativas para la ejecución, control y evaluación de las actividades de la unidad.

2

RED DE PROCESOS

Fecha de Elaboración

31/07/2013

Servicios de Salud de Sonora

Hojas

Hoja 1 de 2

Código de la Red

Centros de Salud Rurales Dir.

Facultad

2.1

B

No. Macro.

4

No.

Subproceso

1

Prestación de Servicios de Salud a la población sin seguridad social, así como a los afiliados al Seguro Popular en Salud

Tipo

Responsable

Operativo Director General de Servicios de Salud a la Persona

Producto

Información Preventiva para la Salud y atención Médica

Indicador

Usuarios recibidos/total de usuarios atendidos

No,

01

66-CSR-RP/Rev.00

Procedimiento

Otorgamiento de Consulta Externa

Productos

Consulta Médica

Indicadores

No. de Consultas relaizadas/No. de Consultas Programadas

Cliente

Población sin Seguridad Social y afiliados al Seguro Popular

SIP-F01/REV.01

3

Catálogo de Macroprocesos

Catálogo de Facultades

Elaboró

1

Coordinación

A

COORDINACIÓN EJECUTIVA

2

Planeación

B

COORDINACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD

3

Financiamiento y/o Gestión de Recursos

C

CAPACITACIÓN, ENSEÑANZA E INVESTIGACIÓN EN SALUD

4

Prestación de Servicios y Formación de Recursos Humanos para la Salud

D

SEGURO POPULAR

5

Supervisión, Evaluación y Control de Servicios

E

ATENCIÓN PREVENTIVA Y CURATIVA

F

APOYO JURÍDICO

6

Administración de la Gestión Interna

G

PLANEACIÓN, ADMÓN E INFRAESTRUCTURA FÍSICA Y TEC.

7

Apoyo Jurídico

8

Conservación y Mantenimiento de Infraestructura y Equipo

Dr. Francisco Reyes de Alba/ Director General de Servicios de Salud a la Persona

Revisó

Validó

Lic. Luis Norberto Fernandez Gallego/ Director General de Planeación y Desarrollo

Secretaria de la Contraloría General

SIP-F01/REV.01

4

ELABORACIÓN DE PROCEDIMIENTOS Servicios de Salud de Sonora Centros de Salud Rurales

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO:

Otorgamiento de Consulta Externa 66-CSR-P01/Rev.00

FECHA DE EMISIÓN:

09/08/2013

I.- OBJETIVO DEL PROCEDIMIENTO

Brindar atención médica oportuna a los usuarios que soliciten el servicio sin seguridad social, a los afiliados al seguro popular de salud, Programa Oportunidades e Instituciones con convenio II.- ALCANCE

A la población sin seguridad social, a derechohabientes de Instituciones con convenio.

los

afiliados

III.- DEFINICIONES

SP: Seguro Popular. CSR: Centro de Salud Rural INSTITUCIONES: IMSS, ISSSTE, ISSSTESON y SEDENA. CNS: Cartilla Nacional de Salud IV.- REFERENCIAS

5

al

seguro

popular,

Programa

Oportunidades

y

Norma Oficial Mexicana NOM-015-SSA2-1994, Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes. Manual de Vacunación 2008-2009. Norma Oficial Mexicana NOM-036-SSA2-2002, Prevención y control de enfermedades. Aplicación de vacunas , toxoides, sueros, antitoxinas e inmunoglobulinas en el humano. Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño. Norma Oficial Mexicana, NOM-017-SSA2-1994, Para la vigilancia epidemiológica. Norma Oficial Mexicana NOM-087-ECOL-SSA1-2003, Protección ambiental - Salud ambiental - Residuos Peligrosos Biológico Infecciosos - Clasificación y especificaciones de manejo. Norma Oficial Mexicana NOM-05-SSA3-2010, Que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de establecimientos para la atención médica de pacientes ambulatorios. Norma Oficial Mexicana NOM-007-SSA2-1993, Atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio y del recién nacido. Criterios y procedimientos para la prestación del servicio Norma Oficial Mexicana NOM-006-SSA2-1993 para la Prevención y Control de la Tuberculosis en la Atención Primaria a la Salud. Norma Oficial Mexicana NOM-04-SSA3-2012, Del Expediente Clínico. Guías para el Cuidado a la Salud. Norma Oficial Mexicana NOM-039-SSA2-2002, Para la prevención y control de las infecciones de transmisión sexual. Norma Oficial Mexicana, NOM-021-SSA2-1994, Para la vigilancia, prevención y control del complejo taeniosis/cisticercosis en el primer nivel de atención médica. Norma Oficial Mexicana NOM-190-SSA1-1999, Prestación de servicios de salud. Criterios para la atención médica de la violencia familiar. Norma Oficial Mexicana NOM-038-SSA2-2002, Para la prevención, tratamiento y control de las enfermedades por deficiencia de yodo. Norma Oficial Mexicana NOM-030-SSA2-1999, Para la prevención, tratamiento y control de la hipertensión arterial. Norma Oficial Mexicana NOM-037-SSA2-2002, Para la prevención, tratamiento y control de las dislipidemias. Norma Oficial Mexicana NOM-041-SSA2-2002, Para la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama. Norma Oficial Mexicana NOM-035-SSA2-2002, Prevención y control de enfermedades en la perimenopausia y postmenopausia de la mujer. Criterios para brindar la atención médica. Norma Oficial Mexicana NOM-033-SSA2-2002, Para la vigilancia, prevención y control de la intoxicación por picadura de alacrán. Norma Oficial Mexicana, NOM-011-SSA2-1993, "Para la Prevención y Control de la Rabia" "For the Prevention and Rabies Control". Norma Oficial Mexicana, NOM 005-SSA2-1993, De los Servicios de Planificación Familiar. NOM-014-SSA2-1994, Para la prevención, detección, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer cérvico uterino. Manual de procedimientos para la referencia y contrarreferencia de pacientes Estatal 2010. Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica , Art. 24. Ley General de Salud. Título IV. Recursos Humanos para los servicios de Salud. Capítulo I. Profesionales técnicos y auxiliares. Manual de Atención Integral a la Salud 2009. Lineamientos Operativos del Sistema de Monitoreo para la Gestión de Calidad de primer nivel. 2002. SSA. Monitoreo ciudadano como método de fomentar la participación social en la transparencia y mejora de la calidad del trato digno. Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, Art. 77 Bis 36 Cartera de Servicios de Salud del Sistema de Protección Social en Salud. 2012. Norma Oficial Mexicana NOM-034-SSA2-2002, Para la Prevención y Control de los Defectos del Nacimiento. Norma Oficial Mexicana NOM-028-SSA2-199, Para la Prevención Tratamiento y Control de las Adicciones . NOM-045 SSA2 2005, Para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de las infecciones nosocomiales. V.- POLITICAS

6

1. El horario de atención para la consulta externa de primera vez y subsecuente será de 8:00 a 15:00 Horas. 2. Diariamente se entregaran 20 fichas por consultorio, en caso de ser un CSR con más de tres módulos de atención se atenderá al usuario conforme va llegando. 3. Filtro entregará las fichas a las usuarias que acudan a la consulta externa de primera vez o subsecuente, en el horario de 8:00 a 13:00 Horas o hasta terminarse éstas. 4. El usuario deberá presentarse en cualquier tipo de consulta 15 minutos antes de la hora señalada con CNS, Folio de Oportunidades, Credencial de la Institución en convenio y Póliza vigente del Seguro Popular, para el registro de signos vitales, a través del servicio de Somatometría. 5. El usuario deberá colaborar con el equipo de salud, informando verazmente y con exactitud sobre sus antecedentes, necesidades y problemas de salud. 6. El médico de consulta externa deberá de integrar un expediente clínico individual del paciente y podrá integrar una carpeta familiar si así se considera necesario. 7. El médico recabara del paciente la información necesaria sobre su padecimiento e informara al usuario sobre los cuidados a seguir, y en su caso, sobre los signos de alarma, o bien, deberá concientizarlo sobre los riesgos y alternativas de los procedimientos terapéuticos y quirúrgicos que se le vayan a aplicar, producto del diagnóstico realizado; hacer conciencia en la corresponsabilidad, así mismo, en el caso de mujeres embarazadas, del método anticonceptivo a seguir, lo cual deberá registrar en el Consentimiento Informado. En caso de que se requiera atención en el segundo Nivel, se realizará su envío con su hoja de referencia y contrarreferencia. 8. El derecho a la cobertura de consulta externa se apegará a la normatividad establecida por cada programa que se lleve a cabo dentro de las Unidades operativas de los Servicios de Salud de Sonora. 9. Toda usuaria embarazada menor de 19 años de edad, deberá ser referida a Segundo Nivel de Atención , desde la primera consulta que se le brinde; aquellas que han llegado a la semana 26, de igual manera, deberán ser referidas, independientemente del Programa o Seguridad Social que tenga la usuaria. 10. Todo usuario recibirá información sobre los diferentes Programas que ofrecen Sonora.

los Servicios de Salud de

11. Todo usuario tendrá derecho a recibir atención con equidad de género, sin distinción de raza, religión, etnia y preferencias sexuales, orientando la atención hacia la prevención, educación para la salud y contar con información de los riesgos y beneficios a cerca de su tratamiento y evolución del mismo. 12. El usuario será referido al segundo nivel con su hoja de referencia y contrarreferencia cuando las condiciones de salud lo requiera. 13. Posterior a su atención en el Segundo nivel, todo usuario deberá de acudir al centro de salud de referencia con el formato de contrarreferencia para su seguimiento. VI.- FORMATOS E INSTRUCTIVOS

Clave de Formato/Instructivo

Nombre del Formato/Instructivo

N/A VII.- ANEXOS

Clave de Anexo 66-CSR-P01-A01/Rev.00

Nombre Diagrama de Flujo para el Otorgamiento de Consulta Externa

7

VIII.- DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN DEL PROCEDIMIENTO NO

RESPONSABLE

REGISTRO

Recepción del usuario de primera y segunda vez

1 1.1

DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES

Encargada de Filtro

Recibe a usuaria, informa y orienta. “Si el usuario es de Primera vez” Entrega ficha.

1.2

“Si no cuenta con Seguro Popular, Oportunidades y de otra institución convenida” Establece comunicación con el Director del Centro, para tomar decisión respecto al otorgamiento del servicio.

1.3

“Si cuenta con recursos económicos” Turna al usuario a Caja (2).

1.4

“Si el usuario es de consulta subsecuente” 1.5

Confirma el motivo de consulta, corrobora la agenda de citas y revisa que traiga la CNS y/o vigencia del programa que aplique.

1.6

Proporciona ficha para consulta y envía a sala de espera. Elaboración de Recibo Único Estatal o Comprobante de Exención de Pago

2 2.1

Cajera

Recibe a usuario y cobra arancel. Emite Recibo Único Estatal o elabora Comprobante de Exención de Pago.

2.2

Recibo Único Estatal Comprobante de Exención de Pago

Nota: Esta actividad aplica para CSR de más de tres módulos de atención. Integración o localización del Expediente

3

“Si es usuario de consulta de primera vez” 3.1

Encargado de Archivo

Recibe a usuario y entrevista.

3.2

Elabora expediente en caso de ser un mayor de edad (18 años o 25 años y está estudiando) aunque sea integrante de una familia

3.3

Identifica a la familia o al Programa al que pertenece el usuario. “Cuenta con expediente familiar o por Programa”

3.4

Elabora el expediente y lo integra a la familia o Programa al que corresponda

Expediente Clínico

“Si no cuenta con expediente familiar o por Programa” 3.5

Elabora expediente con Folio nuevo

Expediente Clínico

3.6

Integra tarjetero de control, según el programa que le corresponda.

Tarjetero de Control

“Si no tiene seguridad social” 3.7

Asigna folio de afiliación según el programa que aplique

3.8

Entrega CNS de acuerdo al grupo etario

3.9

Turna al usuario a consulta.

8

“Si es usuario de consulta subsecuente” Recibe al usuario y recoge CNS y ficha.

3.10

Control de consulta o toma de signos vitales

4 4.1

Enfermera

Llama al usuario por su nombre

4.2

Toma signos vitales y somatometría

4.3

Registra datos en expediente clínico.

4.4

Corrobora que el expediente clínico este completo con los formatos de línea de vida, historia clínica, de evolución, cuestionarios de detecciones por edad y sexo y en caso necesario los resultados de laboratorio y gabinete solicitados.

Expediente Clínico

“Una vez que el expediente está completo” 4.5

Turna el expediente al Médico de Consulta Externa

4.6

Turna al usuario a la sala de espera para ser llamado por el Médico. Otorgamiento de consulta

5 5.1

Médico

Recibe a usuario con expediente, lo interroga y explora.

5.2

Valora y norma conducta a seguir.

5.3

Realiza notas médicas en expediente clínico con apego a las Normas Oficiales y Guías de Practica Clínica.

Expediente Clínico

“Si requiere continuar atención en el 1er. nivel” 5.4

Instaura tratamiento y otorga receta, en su caso, entrega al usuario las solicitudes de exámenes de auxiliares de diagnóstico.

5.5

Brinda orientación e información sobre terapéutica, riesgos y tratamiento a seguir.

5.6

Indica al usuario la fecha de la próxima cita y/o anota en el CNS.

Receta Médica y Solicitudes de Auxiliares de Diagnostico

“Si requiere atención de 2do nivel” 5.7

Explica al usuario sobre su padecimiento y en su caso, realiza receta médica.

Receta Médica

5.8

Elabora referencia y entrega copia al usuario

Hoja de referencia

5.9

Refiere al usuario al segundo nivel de atención. Fin del Procedimiento. FIN DEL PROCEDIMIENTO

9

Elaboró:

Dr.y MAH Darío Franco Ballesteros/Coordinador Médico de Primer Nivel de Atenció

Revisó:

Aprobó:

QB y MSP Fernando Ortiz Contreras/Director de Vinculación Operativa

10

Dr. Francisco Reyes de Alba/Director General de Servicios de Salud a la Persona SIP-F02/REV.01

INVENTARIO DE REGISTROS DE PROCEDIMIENTO Servicios de Salud de Sonora Centros de Salud Rurales NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO:

Hoja 1 de 1

Otorgamiento de Consulta Externa CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO:

Fecha de elaboración:

09/08/2013 06:19:46p.m.

66-CSR-P01/Rev.00

No.

Registro

1

Recibo Único Estatal

2 3

Comprobante de Exención de Pago Expediente Clínico

4

Tarjetero de Control

5

Receta Medica

6

Solicitudes de Auxiliares de Diagnostico Hoja de referencia

7

Puesto Responsable*

Tipo

Responsable de Recursos Financieros Responsable de Recursos Financieros Responsable de Archivo Clínico Responsable de Archivo Clínico Responsable de Archivo Clínico Responsable de Archivo Clínico Trabajadora Social

Resguardo Tiempo

Disposición final

Ubicación

5 años

5 años

Oficina de Recursos Financieros Oficina de Recursos Financieros Archivo Clínico

Papel

5 años

Archivo Clínico

5 años

Papel

5 años

Archivo Clínico

5 años

Papel

5 años

Archivo Clínico

5 años

Papel

5 años

Archivo Clínico

5 años

Papel

5 años

Papel

5 años

Papel

* El responsable del resguardo será responsable de su protección.

11

5 asño 5 años

SIP-F03/REV.01

VERIFICACIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

Servicios de Salud de Sonora Centros de Salud Rurales

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: Otorgamiento de Consulta Externa

Hoja 1 de 1 Fecha de la verificación:

CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO: 66-CSR-P01/Rev.00

No.

DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES

SI

1

¿Proporcionó el responsable de Archivo Clínico el carnet de citas al usuario previo a su consulta?

2

¿ Se tomaron los signos vitales al usuario y se registraron en la hoja diaria de consulta externa?

3

¿El médico de consulta externa informó al usuario sobre su estado de salud y los cuidados a seguir?

4

¿Según diagnóstico realizado por el médico de consulta externa, si el usuario requirió de los servicios del segundo nivel, se realizó hoja de referencia para canalizarla?

5

¿El médico de consulta externa realizó la hoja diaria de consulta externa y el reporte mensual de consulta?

12

NO

NOTAS:

SIP-F04/REV.01

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