MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE CONTROL VEHICULAR

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Con fundamento a lo dispuesto por el Artículo 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 14 y 17, fracción III del Reglamento Interior de este Organo Administrativo Desconcentrado, he tenido a bien expedir el:

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE CONTROL VEHICULAR

ING. ARMANDO RANGEL HERNÁNDEZ DIRECTOR EN JEFE

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INDICE

Pág. I.

CODIGO DE CONDUCTA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL SECTOR AGRARIO, MISION, VISION Y POLITICA

4

II.

PRESENTACION

6

III.

INTRODUCCION

8

IV.

OBJETIVO GENERAL DEL MANUAL

10

V.

OBJETIVO DE CONTROL VEHICULAR

12

VI.

MARCO LEGAL

14

VII.

NORMAS INTERNAS

25

VIII.

POLITICAS INTERNAS

28

IX.

PROCEDIMIENTOS

32

a. RESGUARDO TEMPORAL

33

b. RESGUARDO DEFINITIVO

39

c. MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO

46

X.

FORMATOS E INSTRUCTIVOS

55

XI.

GLOSARIO DE TERMINOS

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I. CODIGO DE CONDUCTA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL SECTOR AGRARIO, MISION, VISION Y POLITICA

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Código de Conducta de los Servidores Públicos del Sector Agrario. Los Servidores Públicos del Registro Agrario Nacional, han asumido una posición Etica, para abatir, prevenir y erradicar los niveles de corrupción, ante el entorno que los rodea, reafirmando la convicción de servicio a la comunidad agraria, logrando con esto presentar una nueva imagen de lo que es la Administración Pública Federal, para recuperar la confianza y credibilidad del ciudadano, inspirados en la Misión, Visión y Política de éste Órgano Desconcentrado:

Misión Llevar el control de la tenencia de la tierra y de los derechos constituidos respecto a la propiedad rústica y de las figuras asociativas, a través de la función registral y de su publicidad; resguardo documental, asistencia técnica y catastral, para garantizar la seguridad jurídica y el carácter público de la información, en beneficio de los sujetos de derecho agrario y demás solicitantes de los servicios

Visión Ser una institución altamente confiable y eficiente en el otorgamiento de la certeza jurídica a los sujetos de derecho agrario, que apoye los procesos económicos y organizativos en el medio rural.

Política Los servicios regístrales de asistencia técnica, catastrales, resguardo documental y de publicidad, a cargo del Registro Agrario Nacional, se proporcionan de conformidad a la normatividad aplicable, de manera eficaz, oportuna, expedita, transparente y por personal competente y comprometido.

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II. PRESENTACION

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PRESENTACION

Uno de los principales instrumentos para lograr el proceso de modernización en el ámbito de la administración publica, es el programa de simplificación administrativa, cuyo objetivo es el de agilizar los procedimientos de trabajo, elevar la calidad de las tareas sustantivas y consecuentemente los servicios que se brindan a la ciudadanía, transparentar el manejo de los recursos públicos y combatir la corrupción. Con esta filosofía, el Registro Agrario Nacional se ha abocado a la elaboración del presente Manual, donde se establecen los mecanismos de control en la operación de los vehículos, permitiendo con el cumplimiento de los programas de trabajo, en las diferentes áreas del Registro Agrario Nacional. Para tal efecto, se pretende que las políticas y las normas de carácter técnico descritos (en forma sencilla) sean observadas por las unidades administrativas, los resguardantes y los operadores de los vehículos, de tal forma que se eviten deficiencias y desviaciones que se puedan presentar en el desarrollo de las operaciones.

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III. INTRODUCCION

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INTRODUCCION

El manual de procedimientos para el uso y control del parque vehicular del Registro Agrario Nacional, se emite como una expresión concreta de las acciones que en materia administrativa deben desarrollar las entidades de la Administración Publica Federal. En este sentido, se constituye como un instrumento fundamental que ordena el control y la operación, de parte de la estructura orgánica y funcional; en suma es un documento para consultar y poder atender los requerimientos operativos en el Registro Agrario Nacional.

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IV. OBJETIVO GENERAL

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OBJETIVO GENERAL

Establecer los procedimientos internos para el uso y control del parque vehicular, para que sirvan como norma, orientación y apoyo a todo el personal que utilice los vehículos oficiales. La Dirección de Recursos Humanos y Materiales en Oficinas Centrales, y las Subdelegaciones Administrativas de las Delegaciones Estatales, son responsables, con respecto a la administración, contratación y verificación de los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo, que se proporcione al parque vehicular y de establecer los mecanismos de operación en el Registro Agrario Nacional, en materia de equipo de transporte propiedad de la Institución.

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V. OBJETIVO DE CONTROL VEHICULAR

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OBJETIVO DE CONTROL VEHICULAR

Otorgar servicio de transporte de vehículos a las diferentes áreas del Registro Agrario Nacional, para la realización de las actividades sustantivas y de apoyo, manteniendo en estado óptimo y oportuno el equipo de transporte terrestre del Registro Agrario Nacional.

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VI. MARCO LEGAL

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MARCO LEGAL

CONSTITUCION Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. D.O.F. 5-II-1917 Reforma D.O.F. 13-XI-2007 ARTICULO 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Reforma D.O.F. 2-III-1995

TRATADOS INTERNACIONALES Tratado de Libre Comercio de América del Norte. D.O.F. 20-XII-1993 Ultima Modificación D.O.F. 17-VII-2006 Tratado de Libre Comercio entre México, Colombia y Venezuela. D.O.F. 09-I-1995 Ultima Modificación D.O.F. 25-IX-2004 NOTA (QUEDA SIN EFECTOS ENTRE MEXICO Y LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA A PARTIR DEL 19-XI-2006) Tratado de Libre Comercio celebrado entre México, y Costa Rica. D.O.F. 10-I-1995 Aclaración D.O.F. 2-XII-1999 Tratado de Libre Comercio entre México y Bolivia. D.O.F. 11-I-1995 Ultima Modificación D.O.F. 2-III-1998

LEYES Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. D.O.F. 27-VIII-1932 Ultima Reforma D.O.F. 18-VII-2006 Ley Federal de Instituciones de Fianzas. D.O.F. 29-XII-1950

Ultima Reforma D.O.F. 28-06-2007

Ley de Amparo Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. D.O.F. 10-I-1936 Ultima Reforma D.O.F. 24-IV-2006 Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado “B” del Artículo 123 Constitucional. D.O.F. 28-XII-1963 Ultima Reforma D.O.F. 03-V-2006 Ley Federal del Trabajo. D.O.F. 1-IV-1970

Fe de Erratas 30-VI-1970 Ultima Reforma D.O.F. 17-I-2006

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Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles. D.O.F. 31-XII-1975 Ultima Reforma D.O.F. 30-VI-2006 Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. D.O.F. 29-XII-1976 Ultima Reforma D.O.F. 02-VI-2006 Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad hacendaría D.O.F. 30-III-2006 Ley Federal de Derechos. D.O.F. 31-XII-1981

Ley General de Bienes Nacionales. D.O.F. 20-V-2004

Ultima Reforma D.O.F. 21-XII-2005 Modificada D.O.F. 27-XII-2006

Ultima Reforma D.O.F. 31-VIII-2007

Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. D.O.F. 31-XII-1982 Ultima Reforma D.O.F. 13-VI-2003 Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. D.O.F. 13-III-2002 Ultima Reforma D.O.F. 21-VIII-2006 Ley de Planeación. D.O.F. 5-I-1983

Ultima Reforma D.O.F. 13-VI-2003

Ley del Servicio de Tesorería de la Federación. D.O.F. 31-XII-1985 Ultima Reforma D.O.F. 31-XII-2000 Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales. D.O.F. 24-XII-1986 Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente. D.O.F. 28-I-1988 Modificada: D.O.F. 12-II-2007 Ultima Reforma 05-VII-2007 Ley Agraria. D.O.F. 26-II-1992

Ultima Reforma D.O.F. 9-VII-1993

Ley Federal de Procedimiento Administrativo. D.O.F. 4-VIII-1994

Ultima Reforma D.O.F. 30-V-2000

Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro D.O.F. 23-V-1996

Ultima Reforma D.O.F. 28-VI-2007

Ley de Ingresos de la Federación correspondiente a cada Ejercicio Fiscal. D.O.F. 27-XII-2006 Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público. D.O.F. 4-I-2000 Ultima Reforma D.O.F. 05-IX-2007

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Ley de Fiscalización Superior de la Federación. D.O.F. 29-XII-2000 Ultima Reforma D.O.F. 30-VIII-2007 Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. D.O.F. 30-XII-1980 Ultima Reforma D.O.F. 27-XII-2006 Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. D.O.F. 10-IV-2003 Ultima Reforma D.O.F. 09-01-2006 Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. D.O.F. 11-VI-2002 Ultima Reforma D.O.F. 06-VI-2006

CODIGOS Código Civil Federal. D.O.F. 26-V-1928

Ultima Reforma D.O.F 13-IV-2007

Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. D.O.F. 26-V-1928 Gaceta Oficial D.F. 02-II-2007 Código Federal de Procedimientos Penales. D.O.F. 30-VIII-1934

Ultima Reforma D.O.F. 28-VI-2007

Código Federal de Procedimientos Civiles. D.O.F. 24-II-1943

Ultima Reforma D.O.F. 13-VI-2003

Código Fiscal de la Federación. D.O.F. 31-XII-1981

Ultima Reforma D.O.F. 30-I-2007

REGLAMENTOS Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de la Secretaría de la Reforma Agraria. 9-IX-1980 (fecha de expedición) Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales y se reforma el Reglamento Interior de la Secretaria de la Función Publica. D.O.F. 2-IX-2004 Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría D.O.F. 28-VI-2006 Ultima Reforma D.O.F. 05-IX-2007 Reglamento del Código Fiscal de la Federación. D.O.F. 29-II-1984 Ultima Reforma D.O.F. 21-V-2002 Reglamento del Registro Público de la Propiedad del Distrito Federal. D.O.F. 5-VIII-1988

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Reglamento del artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, para el cobro de fianzas otorgadas a favor de la Federación, del Distrito Federal, de los Estados y de los municipios, distantes de las garantizan obligaciones fiscales federales a cargo de terceros. D.O.F. 15-I-1991 Reglamento de las Comisiones de Seguridad, Higiene y medio ambiente en el Trabajo, del régimen del ISSSTE. D.O.F. 22-V-1998 Reglamento Interior de la Secretaría de la Reforma Agraria. D.O.F. 11-VII-1995 Ultima Reforma D.O.F. 30-III-1998 Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. D.O.F. 30-IV-2004 Ultima Reforma D.O.F. 2-V-2005 Ley de Protección Civil para el Distrito Federal. D.O.F 23-VII-2002 Ultima Reforma D.O.F. 10-I-2005 Reglamento Interior del Registro Agrario Nacional. D.O.F. 9-IV-1997 Reglamento Tipo que deberán adoptar los administradores de los inmuebles propiedad Federal ocupados por distintas oficinas gubernamentales, para la administración, rehabilitación, mejoramiento, conservación y mantenimiento constantes. D.O.F. 14-V-1997 Reglamento de la Ley del Servicio de la Tesorería de la Federación. D.O.F. 15-III-1999 Ultima Reforma 07-V-2004 Reglamento del Registro Público de la Propiedad Federal. D.O.F. 4-X-1999 Reglamento de La Ley de Obras Públicas y Servicios, Relacionados con los mismos. D.O.F. 20-VIII-2001 Ultima Reforma D.O.F. 29-XI-2006 Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicio del Sector Público. D.O.F. 20-VIII-2001 Ultima Reforma D.O.F. 30-XI-2006 Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales y se reforma el Reglamento Interior de la Secretaria de la Función Publica. D.O.F. 2-IX-2004 Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera de la Administración Publica Federal. D.O.F. 2-IV-2004 Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. D.O.F. 11-VI-2003

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DECRETOS Decreto por el que se crea la Medalla Benemérito de la Reforma Agraria. D.O.F. 8-IV-1972 Decreto para realizar la entrega-recepción del informe de los asuntos a cargo de los servidores públicos y de los recursos que tengan asignados al momento de separarse de su empleo, cargo o comisión. D.O.F. 14-IX-2005 Decreto por el que se establece el Calendario Oficial. D.O.F. 6-X-1993 Última Reforma 27-I-2006 Decreto para la coordinación de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. D.O.F. 22-VI-1994 Ultima Reforma D.O.F. 28-I-2004 Decreto que establece las bases para el pago de aguinaldo o gratificación de fin de año, correspondiente a 2006 (así como los correspondientes a cada ejercicio fiscal). D.O.F. 17-XI-2006 Decreto de promulgación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte D.O.F. 20-XII-1993 Ultima Modificación D.O.F. 17-VII-2006 Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2007(así como los correspondientes a cada ejercicio fiscal). D.O.F. 28-XII-2006

ACUERDOS Acuerdo por los que se establecen los lineamientos para el arrendamiento de inmuebles por parte de las dependencias de la Administración Pública Federal, en su carácter de arrendatarias. D.O.F. 3-II-1997 Acuerdo por el que las Entidades de la Administración Pública Paraestatal se agruparán por sectores a efecto de que sus relaciones con el Ejecutivo Federal, se relacionen a través de las Secretarias de Estado o Departamentos Administrativos. D.O.F 3-IX-1982 Acuerdo por el que las Entidades de la Administración Pública Federal, se agruparán por Sectores a efecto de que sus relaciones con el Ejecutivo Federal, se realicen a través de las Secretarías de Estado o Departamentos Administrativos. D.O.F. 3-IX-1982 Ultima Reforma D.O.F. 14-IV-2003 Acuerdo por el que se fijan los criterios para la aplicación de la Ley Federal de Responsabilidades, en lo referente a familiares de los Servidores Públicos. D.O.F. 11-II-1983

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Acuerdo por el que los titulares de las dependencias, coordinadoras del Sector y de las propias entidades de la Administración Pública Federal, se abstendrán de proponer empleo, cargo o comisión en el Servicio Público o designar en su caso, a Representantes de elección popular. D.O.F. 31-X-1983 Acuerdo que establece la información relativa a los procedimientos de licitación pública que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán remitir a la Secretaría de la Función Pública por transmisión electrónica o en medio magnético, así como la documentación que las mismas podrán requerir a los proveedores para que éstos acrediten su personalidad en los procedimientos de licitación pública. D.O.F. 11-IV-1997 Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos a que se sujetará la guarda, custodia y plazo de conservación del Archivo Contable Gubernamental. D.O.F. 25-VIII-1998 Acuerdo por el que se establecen los lineamientos para la enajenación onerosa de inmuebles de propiedad federal que no sean útiles para la presentación de servicios públicos. D.O.F. 30-XlI-1998 Ultima Reforma D.O.F. 16-VIII-2000 Acuerdo que establece los lineamientos generales para la aplicación del Programa de Ahorro de Energía en Inmuebles de la Administración Pública Federal. D.O.F. 16-III-1999 Ultima Reforma D.O.F. 27-VI-2003 Acuerdo que establece los lineamientos y estrategias generales para fomentar el manejo ambiental de los recursos en las oficinas administrativas de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. D.O.F. 13-lII-2004 Acuerdo por el que se expide el Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal. D.O.F. 3-IX-2002 Ultima Reforma D.O.F. 22-II-2005 Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Publico. D.O.F. 20-VIII-2001 Acuerdo por el que se establecen las reglas para la aplicación de las reservas contenidas en los capítulos de compras del sector público de los Tratados de Libre Comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos. D.O.F. 28-II-2003 Ultima Reforma D.O.F. 15-VII-2003 Acuerdo Mediante el cual se dan a conocer las reglas en materia de compras del Sector Público para la participación de las empresas micro, pequeñas y medianas; para las reservas del Tratado de Libre Comercio de América del Norte y para la determinación del grado de Integración Nacional. D.O.F. 24-XI-1994 Reforma D.O.F. 28-II-2003

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Acuerdo que establece lineamientos para la contratación de los servicios de telefonía de larga distancia por parte de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal. D.O.F. 07-V-1997. Acuerdo por el que se establecen las reglas para la determinación y acreditación del grado de contenido Nacional, tratándose de procedimientos de contratación de carácter Nacional. D.O.F. 03-III-2000 Ultima Reforma D.O.F. 12-VII-2004 Acuerdo por el que se establecen las disposiciones para el uso de medios remotos de comunicación electrónica, en el envío de propuestas dentro de las licitaciones públicas que celebren las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, así como en la presentación de las inconformidades por la misma vía. D.O.F. 09-VIII-2000 Acuerdo por el que se establecen las reglas para la aplicación del margen de preferencia en el precio de los bienes de origen nacional, respecto del precio de los bienes de importación, en los procedimientos de contratación de carácter internacional que realizan las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. D.O.F. 12-VII-2004 Acuerdo por el que se establecen los lineamientos generales para la orientación, planeación, autorización, coordinación, supervisión y evaluación de las estrategias, los programas y las campañas de comunicación social de las dependencias y entidades de la Administración Publica Federal. D.O.F. 26-XII-2003 Acuerdo que establece disposiciones de ahorro en la Administración Publica Federal para el Ejercicio Fiscal 2002. D.O.F. 28-II-2002 Acuerdo que establecen las reglas para la aplicación de las Reservas contenidas en los capítulos de compras del sector público de los tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos. D.O.F. 28-II-2003 Acuerdo por el que se establecen las Reglas para la aplicación del requisito de contenido nacional en los procedimientos de contratación de obras públicas que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. D.O.F. 15-VII-2003

CIRCULARES Y OFICIOS Normas para la Administración y baja de bienes muebles de las dependencias de la Administración Publica Federal. D.O.F. 3-IX-2001

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Oficio-Circular a los Titulares de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal en el que se establece la política en materia de arrendamiento inmobiliario. D.O.F. 19-IV-1990 Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Publico. D.O.F. 20-VIII-2001 Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Publico. D.O.F. 20-VIII-2001 Oficio-Circular mediante el cual se dan a conocer los Lineamientos para la Contratación de Seguros sobre Bienes Patrimoniales, a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. D.O.F. 2-V-1994 Ultima Reforma D.O.F. 24-X-2003 Oficio-Circular mediante el cual se dan a conocer los Lineamientos para la contratación de seguros sobre bienes patrimoniales, a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. (Dirigidos a los Oficiales Mayores de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal). D.O.F. 19-VIII-1994 Ultima Reforma D.O.F. 24-X-2003 Oficio-Circular NUMERO 001 de la Oficialía Mayor de la Secretaría de la Reforma Agraria, mediante la cual da a conocer los lineamientos y normas que regulan el ejercicio de las asignaciones autorizadas. 11-VI-1995 (fecha de expedición) Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Publico. D.O.F. 20-VIII-2001 Oficio-Circular por el que se dan a conocer los lineamientos por los que se establece un mecanismo de información con base en indicadores de gestión conforme a los cuales las representaciones, Delegaciones, y oficinas con que cuentan las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como la Procuraduría General de la República en el exterior, deberán reportar sus erogaciones, actividades y el cumplimiento de los programas a su cargo. D.O.F. 4-II-1998 Acuerdo por el que se expide el Manual de las Normas Presupuestales para la Administración Pública Federal. D.O.F. 31-XII-2004 Oficio-circular mediante el cual se informa del procedimiento que deberá observarse en la contratación de adquisiciones, arrendamientos, obra pública y servicios, en lo relativo a la acreditación de los proveedores y contratistas de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. D.O.F 20-X-1999 Oficio-circular número SNCGP/236/2000, dirigido a los Contralores Internos de las dependencias de la Administración Pública Federal. 17-III-2000

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Oficio-Circular número SNCGP/353/2001, dirigido a los Oficiales Mayores de las dependencias de la Administración Pública Federal. 04-V-2001 Oficio No. SNCGP/300 del 506 al 526/2001, dirigido a los Oficiales Mayores de las dependencias de la Administración Pública Federal. 15-VI-2001 Oficio No. 200/223/2001, mediante el cual se informa de la participación de la Unidad en los Comités, referente al Órgano Interno de Control. 17-IX-2001 Oficio No. UNAOPSPF/309/AD/0377 al 397/2002 dirigido a los Oficiales Mayores de las Dependencias de la Administración Pública Federal el cual informa los resultados de las evaluaciones que practica esta Dependencia en relación con los contratos de adquisiciones, obras públicas y servicios, y que fueron suscritos al amparo de la abrogada Ley de Adquisiciones y Obras Públicas, se ha podido advertir que diversas dependencias y entidades, al pactar con los respectivos proveedores y contratistas, previeron la aplicación de penas convencionales, estableciendo que dicha penalización se calculará tomando como referencia el monto total del contrato. 10-IV-2002 Oficio por el que se establecen modificaciones y derogaciones al acuerdo por el que expide el clasificador por objeto del gasto para la Administración Pública Federal. D.O.F. 25/III/2004 ULTIMA REFORMA 11-I-2007

DOCUMENTOS NORMATIVOS ADMINISTRATIVOS Instructivo que establece reglas para la compatibilidad de empleos. D.O.F. 23-VII-1990 Norma Oficial Mexicana NOM-003-SEGOB/2002. Señales y Avisos para Protección Civil, Colores, Formas y Símbolos a utilizar D.O.F. 17-IX-2003 Normas para la Administración y baja de bienes muebles de las dependencias de la Administración Publica Federal. D.O.F. 3-IX-2001 Lineamientos relativos a la integración del reglamento tipo que deberán adoptar los administradores de los inmuebles ocupados por distintas oficinas gubernamentales, para su administración, rehabilitación, mejoramiento, conservación y mantenimiento constantes. D.O.F. 14-V-1997 Reglamento de la Ley Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios. D.O.F. 20-VIII-2001

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Manual de Organización General de la Secretaría de la Reforma Agraria. D.O.F. 24-lI-1999 Norma que regula las jornadas y horarios de labores en la Administración Pública Federal Centralizada. D.O.F. 15-III-1999 Manual de Organización General del Registro Agrario Nacional. D.O.F. 25-II-2000 Normas para la administración y baja de bienes muebles de las dependencias de la Administración Pública Federal. D.O.F. 3-IX-2001

OTRAS DISPOSICIONES Aviso mediante el cual se da a conocer a los interesados que la documentación original para el control de la tenencia de la tierra ejidal y comunal que obraba en la Secretaría de la Reforma Agraria podrá ser consultada en el Registro Agrario Nacional. D.O.F. 20-X-1998 Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de la Reforma Agraria. 19-XI-2000 (fecha de expedición) Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012. D.O.F. 31-V-2007

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VII. NORMAS INTERNAS

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NORMAS INTERNAS •

Los vehículos oficiales son bienes muebles propiedad del Registro Agrario Nacional que se ponen a disposición de las Direcciones Generales y Delegaciones Estatales bajo la responsabilidad de un servidor público a través de la firma del documento oficial denominado “Resguardo Definitivo” o “Resguardo Temporal”. La asignación de los vehículos será facultad del Director de Recursos Humanos y Materiales o del Subdirector de Recursos Materiales en Oficinas Centrales y del Subdelegado Administrativo en Delegaciones Estatales.



El Subdirector de Recursos Materiales por medio del Departamento de Servicios Generales en Oficinas Centrales y el Subdelegado Administrativo por medio del personal de enlace en las Delegaciones Estatales, serán los encargados de que todos los vehículos de las unidades administrativas cumplan con las verificaciones y obligaciones fiscales que deban efectuarse por cada uno de los vehículos.



Los solicitantes de los vehículos, deberán proporcionar los datos que se les soliciten, y llenar el formato correspondiente.



El servicio de mantenimiento preventivo o correctivo que requieran los vehículos oficiales, deberá ser autorizado por el Registro Agrario Nacional y realizado en los talleres que éste designe, considerando la mejor cotización de entre 3 talleres.



Para los vehículos que cuenten con garantía vigente expedida por agencia, el Registro Agrario Nacional extenderá orden de servicio para que sean atendidos directamente por la agencia distribuidora autorizada.



Los vehículos oficiales recibirán servicio de mantenimiento en los períodos que conforme a su uso y funcionamiento requieran, mediante orden de servicio expedida por el Registro Agrario Nacional, siendo responsabilidad del Area de Servicios Generales en Oficinas Centrales y del personal de enlace de la Subdelegación Administrativa en las Delegaciones Estatales, estar al corriente del mantenimiento de cada vehículo,



Todo servicio de mantenimiento proporcionado por los talleres autorizados, deberá tener una garantía mínima de treinta días, a excepción del eléctrico. No se autorizarán reparaciones de los vehículos que se encuentren dentro del periodo de garantía, salvo que exista justificación, o bien se trate de un concepto diferente.



Las llantas y acumuladores sólo serán suministrados cuando se cubra el periodo de vida o por causas circunstanciales debidamente comprobadas. En el caso de las llantas, se autorizarán las recomendadas por las compañías automotrices, de acuerdo al tipo de vehículo y con la inspección y autorización previa de la Subdirección de Recursos Materiales, en Oficinas Centrales y por la Subdelegación Administrativa en las Delegaciones Estatales.

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En caso de siniestro ya sea por accidente o robo total o parcial del vehículo, el resguardante será el responsable de acudir en forma personal ante las autoridades competentes a realizar la denuncia de hechos correspondiente, dar aviso a la compañía aseguradora y notificar a la Subdirección de Recursos Materiales en Oficinas Centrales o a la Subdelegación Administrativa, en el caso de Delegaciones Estatales.



Los documentos que expida el ajustador deberán ser entregados por el resguardante al área de Servicios Generales.



Se contará con carpeta la cual contendrá las copias de las licencias vigentes del personal de estructura del Registro Agrario Nacional.

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VIII. POLITICAS INTERNAS

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POLITICAS INTERNAS

1. El área de servicios generales deberá contar con la información descriptiva de cada vehículo propiedad del Registro Agrario Nacional misma que se señalara en el formato 5 “Historial del Vehiculo”. 2. Para el adecuado control sobre su asignación y uso, los vehículos se clasificarán de la siguiente manera: La asignación de Vehículos mediante resguardo definitivo se ajustará a lo establecido en e Manual de Percepciones de los Servidores Públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. •

Vehículos asignados mediante resguardo definitivo, para coadyuvar al mejor desempeño de las funciones de los Servidores Públicos y por la naturaleza de sus responsabilidades.



Vehículos asignados mediante resguardo temporal para la prestación de servicios administrativos y de apoyo. Estarán bajo la responsabilidad del Departamento de Servicios Generales, dependiente de la Subdirección de Recursos Materiales, en el caso de Oficinas Centrales y de las Subdelegación Administrativa en las Delegaciones Estatales, debiendo pernoctar las unidades en los estacionamientos del Registro Agrario Nacional, excepto cuando esté justificado mediante oficio de comisión, o sea autorizado por el Delegado Estatal y en Oficinas Centrales por el Director en Jefe o el Director General de Finanzas y Administración.

3. Los resguardos tanto el temporal como el definitivo, deberán ser elaborados por al Area de Control Vehicular, suscritos por los resguardantes y deberán contener la firma de asignación del Director de Recursos Humanos y Materiales o del Subdirector de Recursos Materiales, en el caso de Oficinas Centrales, o bien del Subdelegado Administrativo en el caso de las Delegaciones Estatales. 4. En el caso de vehículos con resguardo temporal, el pago de la reparación será autorizada siempre y cuando los accidentes no se den en las condiciones, que se mencionan a continuación, en cuyo caso serán con cargo al resguardante: Cuando sea manejado por un tercero que no sea el responsable autorizado por el Registro de Agrario Nacional. Cuando estos no ocurran en el desarrollo de actividades oficiales. Cuando no hayan sido reportados en tiempo, salvo por causas justificadas. Cuando se maneje en estado de ebriedad o bajo el influjo de alguna droga. Por infringir el reglamento de tránsito o cualquier otra ley o reglamento. Por participación en carreras o arrancones. 5. El resguardante no podrá realizar ningún tipo de adaptación al vehículo asignado.

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6. Con el propósito de mantener en las mejores condiciones de operación y funcionamiento los vehículos, el Departamento de Servicios Generales conjuntamente con el Area de Control Vehicular en Oficinas Centrales; o el Subdelegado Administrativo conjuntamente con el personal de enlace en las Delegaciones Estatales, deberán elaborar el Programa Anual de Mantenimiento Preventivo para el Parque Vehicular, determinando para ello las especificaciones técnicas y los alcances del servicio, para su contratación a partir del mes de enero de cada año. El mantenimiento correctivo se realizará cuando las unidades lo requieran. 7. Los servicios de mantenimiento Preventivo y Correctivo contratados por el Registro Agrario Nacional deberán ser supervisado por la Dirección de Recursos Humanos y Materiales a través del Area de Servicios Generales en Oficinas Centrales o por la Subdelegación Administrativa a través del personal de enlace en las Delegaciones Estatales. 8. El “Historial del vehículo” (formato 5) se mantendrá actualizado mensualmente. 9. De manera indicativa y no de limitativa, los expedientes que se integren para cada vehículo deberán contar con los siguientes documentos originales y/o copias de: Factura, Tarjeta de circulación, Póliza de Seguro, Resguardo en caso de ser definitivo, órdenes de trabajo, facturas de las reparaciones para los casos con que se cuente con contrato de servicio, Historial de Vehiculo, Tenencias. 10. Cuando por razones de necesidad urgente por descompostura del vehículo, se requiera la contratación de un servicio correctivo, la Subdirección de Recursos Materiales en Oficinas Centrales o el Subdelegado Administrativo en Delegaciones Estatales, queda facultado para autorizar y realizar la contratación correspondiente en estricto apego a la normatividad. 11. El solicitante de un vehículo oficial deberá tener su licencia vigente y deberá enviar copia fotostática de la misma al área de control vehicular. Si el solicitante no tiene la licencia vigente no podrá utilizar el vehículo; en caso de que el servidor público haga caso omiso de esta ultima disposición, será responsable de los daños que le cause al vehículo, independientemente de la sanción que se le imponga administrativamente. 12. El Area de Servicios Generales en Oficinas Centrales y el personal de enlace de la Subdelegación Administrativa en las Delegaciones Estatales, son los responsables de contar y conservar dentro del vehículo, todos los documentos inherentes a éste, como son copia de tarjeta de circulación, calcomanías vigentes adheridas, copia póliza de seguro, etc; en el supuesto de extravío o robo de documentos, deber notificar de inmediato y por escrito a la Subdirección de Recursos Humanos y Materiales para tramitar la reposición. 13. En el caso de las Delegaciones Estatales el Subdelegado Administrativo se encargará de comprar y distribuir los vales de gasolina mensualmente y para los vehículos con Resguardo Definitivo se les asignará mensualmente los vales de gasolina correspondientes en Oficinas Centrales. 14. En las Delegaciones Estatales el Subdelegado Administrativo o el personal de enlace se encargará de enviar trimestralmente un informe al Area de Control Vehicular en Oficinas Centrales, del parque vehicular con el que se cuenta, el cual estará en el formato “Historial del Vehiculo” (formato 5). Así como reportar los consumos de gasolina por vehiculo y las reparaciones de mantenimiento preventivo y correctivo.

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15. El Departamento de Servicios Generales deberá de dar seguimiento a la bitácora de Gasolina (formato 4) de los vehículos con Resguardo Temporal que para tal fin ha sido creado.

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IX. PROCEDIMIENTOS

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RESGUARDO TEMPORAL

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DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO PROCEDIMIENTO RESGUARDO TEMPORAL

AREA Y/ O PUESTO

ACTIV. NUM.

DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD

Area Solicitante

1

Gira formato de solicitud de Vehiculo con 24 hrs. de anticipación, a la Dirección de Recursos Humanos y Materiales en Oficinas Centrales o al Subdelegado Administrativo en las Delegaciones Estatales, para firma del Director o del Subdelegado, anexa acuse de recibido.

Dirección de Recursos Humanos y Materiales o Subdelegado Administrativo

2

Recibe y sella formato de Solicitud de Vehículo, para firma del Director de Recursos Humanos y Materiales o Subdelegado Administrativo (cuando el Director ha firmado se entrega el original al área de control vehicular o el personal de enlace)

Area Solicitante

3

Turna copia de acuse de formato de solicitud de vehículo al área de Control Vehicular o personal de enlace.

Area de Control Vehicular o el personal de enlace

4

Recibe y sella copia del formato de Solicitud de Vehículo.

5

Llena el resguardo correspondiente, el personal del Area.

Area Solicitante

6

El área solicitante se comunica con el Area de Control Vehicular o el personal de enlace para informarse si ya cuenta con el vehiculo solicitado.

Area de Control Vehicular o el personal de enlace

7

Entrega resguardo para firma del resguardante del área solicitante del vehiculo, donde se informa las condiciones del vehiculo.

8

Firman de entregado y recibido ambas partes, entrega el vehiculo al resguardante.

Area Solicitante

9

Entrega Vehiculo en el Area de Control Vehicular si se encuentra en las horas laborales, si no, lo entrega en Vigilancia, concluida la comisión.

Area de Control Vehicular o el personal de enlace o Vigilancia

10

Recibe y llena los datos restantes del Resguardo Temporal, si Vigilancia no cuenta con el Resguardo Temporal, el Area de Control Vehicular o el personal de enlace se encargará al día siguiente de llenar los datos restantes de dicho resguardo y recabar la firma respectiva de la persona que entregó el vehiculo.

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DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO PROCEDIMIENTO RESGUARDO TEMPORAL

AREA Y/ O PUESTO

Area de Control Vehicular o el personal de enlace o Vigilancia

ACTIV. NUM.

11

DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD

Archiva el Resguardo Temporal en la carpeta de Solicitud de Vehiculo mensual, anexando el formato de solicitud de vehiculo original ya firmado por el Director de Recursos Humanos y Materiales o del Subdelegado Administrativo, y la copia de recibido por el área.

TERMINA PROCEDIMIENTO

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DIAGRAMA DE FLUJO RESGUARDO TEMPORAL DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES O SUBDELEGACION ADMINISTRATIVA

AREA SOLICITANTE

AREA DE CONTROL VEHICULAR OEL PERSONAL DE ENLACE

INICIO

2

1 GIRA FORMATO DE SOLICITUD DE VEHICULO CON 24 HRS. DE ANTICIPACION, A LA DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES EN OFICINAS CENTRALES O AL SUBDELEGADO ADMINISTRATIVO EN LAS DELEGACIONES ESTATALES, PARA FIRMA DEL DIRECTOR O DEL SUBDELEGADO, ANEXA ACUSE DE RECIBIDO.

RECIBE Y SELLA FORMATO DE SOLICITUD DE VEHICULO, PARA FIRMA DEL DIRECTOR O SUBDELEGADO (CUANDO EL DIRECTOR O EL SUBDELEGADO ADMINISTRATIVO HA FIRMADO SE ENTREGA EL ORIGINAL AL AREA DE CONTROL VEHICULAR O EL PERSONAL DE ENLACE)

OFICIO Y COPIA

4

3 TURNA COPIA DE ACUSE FORMATO DE SOLICITUD DE VEHICULO AL AREA DE CONTROL VEHICULAR O EL PERSONAL DE ENLACE.

RECIBE Y COPIA FORMATO SOLICITUD VEHICULO.

SELLA DE DE DE

COPIA COPIA

A

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DIAGRAMA DE FLUJO RESGUARDO TEMPORAL AREA DE CONTROL VEHICULAR O EL PERSONAL DE ENLACE

AREA SOLICITANTE

A

6

5 LLENA EL RESGUARDO CORRESPONDIENTE EL PERSONAL DEL AREA.

EL AREA SOLICITANTE SE COMUNICA CON EL AREA DE CONTROL VEHICULAR O EL PERSONAL DE ENLACE PARA INFORMARSE SI YA CUENTA CON EL VEHICULO SOLICITADO.

RESGUARDO

7 ENTREGA RESGUARDO PARA FIRMA DEL RESGUARDANTE DEL AREA SOLICITANTE DONDE SE INFORMA LAS CONDICIONES DEL VEHICULO.

RESGUARDO

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DIAGRAMA DE FLUJO RESGUARDO TEMPORAL AREA DE CONTROL VEHICULAR O EL PERSONAL DE ENLACE

AREA DE CONTROL VEHICULAR O PERSONAL DE ENLACE O VIGILANCIA

AREA SOLICITANTE

B

9

8 FIRMAN DE ENTREGADO Y RECIBIDO AMBAS PARTES, ENTREGA EL VEHICULO AL RESGUARDANTE.

ENTREGA EL VEHICULO EN EL AREA DE CONTROL VEHICULAR O EL PERSONAL DE ENLACE

SI SE ENCUENTRA EN LAS HORAS LABORALES, SI NO, LO ENTREGA EN VIGILANCIA, CONCLUIDA LA COMISION

RECIBE Y LLENA LOS DATOS RESTANTES DEL RESGUARDO TEMPORAL, SI VIGILANCIA NO CUENTA CON EL RESGUARDO TEMPORAL, EL AREA DE CONTROL VEHICULAR O EL PERSONAL DE ENLACE SE ENCARGARA AL DIA SIGUIENTE DE LLENAR LOS DATOS RESTANTES DE DICHO RESGUARDO Y RECABAR LA FIRMA RESPECTIVA DE LA PERSONA QUE ENTREGO EL VEHICULO.

ARCHIVA EL RESGUARDO TEMPORAL EN LA CARPETA DE SOLICITUD DE VEHICULO MENSUAL, ANEXANDO EL ORIGINAL YA FIRMADO POR EL DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS Y MATERIALESO DEL SUBDELEGADO ADMINISTRATIVO, Y LA COPIA DE RECIBIDO POR EL AREA. ARCHIVA, SOLICITUD Y COPIA

FIN

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RESGUARDO DEFINITIVO

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DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO PROCEDIMIENTO RESGUARDO DEFINITIVO

AREA Y/ O PUESTO

ACTIV. NUM.

DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD

Area de Control Vehicular

1

Recibe los vehículos nuevos, verificando que estos estén en optimas condiciones y toman las calcas del No. de Serie y del No. de Motor. Informa a la Dirección General de Finanzas y Administración la recepción de estos.

Dirección General de Finanzas y Administración

2

Recibe y turna oficio al Area de Control Vehicular donde informa la asignación y reasignación de los vehículos nuevos y de los existentes.

Area de Control Vehicular

3

Recibe oficio ¿El vehiculo es para Oficinas Centrales o Delegaciones Estatales?

4

Si procede abrir expediente y llenar el respectivo formato del resguardo definitivo.

5

Se comunica a la Dirección General donde fue asignado el vehiculo para que el Director General firme el resguardo correspondiente y proporcione copia fotostática de Licencia de Manejo vigente de la persona que conducirá el vehiculo.

Dirección General

6

El Director General verifica las condiciones del vehiculo; procediendo a leer el formato del resguardo definitivo y proporciona copia fotostática de su Licencia de Manejo vigente de la persona que conducirá el vehiculo, archivando en carpeta de licencias vigentes.

Area de Control Vehicular

7

Se procede a firmar el resguardo definitivo por las partes involucradas; entrega el vehiculo y copia del resguardo definitivo firmado.

8

Se archiva expediente el cual contendrá los originales y copias del resguardo definitivo pegando las calcas de No. de Serie y No. de Motor, póliza del seguro, factura, póliza de garantía, copia de llaves del vehiculo, copia de los servicios de mantenimiento preventivo o correctivo, historial de vehiculo.

TERMINA PROCEDIMIENTO

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DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO PROCEDIMIENTO RESGUARDO DEFINITIVO

AREA Y/ O PUESTO

Area de Control Vehicular

ACTIV. NUM.

DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD

9

No procede abrir expediente y llenar el respectivo formato del resguardo definitivo.

10

Se notifica telefónicamente y oficialmente (donde se le solicita documentación y la fecha de la entrega de estos) la asignación de vehículos en esa delegación estatal.

Delegación Estatal

11

Reciben oficio y se presentan en Oficinas Centrales para la asignación del vehiculo en el Area de Control Vehicular.

Area de Control Vehicular

12

Proporciona la documentación al Subdelegado Administrativo para que verifique las condiciones del vehiculo y proceda a leer el formato del resguardo definitivo. En este caso el Subdelegado Administrativo de cada Delegación Estatal será el responsable de los vehículos asignados en esa entidad.

13

Se procede a firmar el resguardo definitivo por las partes involucradas; entrega el vehiculo y las copias necesarias como del resguardo definitivo firmado, copia de la póliza de seguro, copia de la factura, copia de la póliza de garantía. En las Delegaciones Estatales procederán abrir del expediente de cada vehiculo.

14

Se archiva expediente el cual contendrá los originales y/o copias del resguardo definitivo pegando las calcas de No. de Serie y No. de Motor, póliza del seguro, factura, póliza de garantía, copia de llaves del vehiculo, copia de los servicios de mantenimiento preventivo o correctivo, informe trimestral “historial de vehiculo”

TERMINA PROCEDIMIENTO

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DIAGRAMA DE FLUJO RESGUARDO DEFINITIVO AREA DE CONTROL VEHICULAR

DIRECCION GENERAL DE FINANZAS Y ADMINISTRACION

INICIO

1 RECIBE LOS VEHÍCULOS NUEVOS, VERIFICANDO QUE ESTOS ESTÉN EN OPTIMAS CONDICIONES Y TOMAN LAS CALCAS DEL NO. DE SERIE Y DEL NO. DE MOTOR. INFORMA A LA DIRECCION GENERAL DE FINANZAS Y ADMINISTRACION LA RECEPCIÓN DE ESTOS.

3 RECIBE OFICIO

OFICIO

A

2 RECIBE Y TURNA OFICIO AL AREA DE CONTROL VEHICULAR DONDE INFORMA LA ASIGNACIÓN Y REASIGNACIÓN DE LOS VEHÍCULOS NUEVOS Y DE LOS EXISTENTES.

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DIAGRAMA DE FLUJO RESGUARDO DEFINITIVO AREA DE CONTROL VEHICULAR

A

SI OFICINAS CENTRALES

¿EL VEHICULO ES PARA OFICINAS CENTRALES O DELEGACIONES ESTATALES?

NO DELEGACIONES ESTATALES

4 PROCEDE ABRIR EXPEDIENTE Y LLENAR EL RESPECTIVO FORMATO DEL RESGUARDO DEFINITIVO.

9 PROCEDE ABRIR EXPEDIENTE Y LLENAR EL RESPECTIVO FORMATO DEL RESGUARDO DEFINITIVO.

5 SE COMUNICA A LA DIRECCIÓN GENERAL DONDE FUE ASIGNADO EL VEHICULO PARA QUE EL DIRECTOR GENERAL FIRME EL RESGUARDO CORRESPONDIENTE Y PROPORCIONE COPIA FOTOSTÁTICA DE LICENCIA DE MANEJO VIGENTE DE LA PERSONA QUE CONDUCIRÁ EL VEHICULO.

B

10 SE NOTIFICA TELEFÓNICAMENTE Y OFICIALMENTE (DONDE SE LE SOLICITA DOCUMENTACIÓN Y LA FECHA DE LA ENTREGA DE ESTOS) LA ASIGNACIÓN DE VEHÍCULOS EN ESA DELEGACIÓN ESTATAL.

C

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DIAGRAMA DE FLUJO RESGUARDO DEFINITIVO

DIRECCIÓN GENERAL

AREA DE CONTROL VEHICULAR

B

7

6 EL DIRECTOR GENERAL VERIFICA LAS CONDICIONES DEL VEHICULO; PROCEDIENDO A LEER EL FORMATO DEL RESGUARDO DEFINITIVO Y PROPORCIONA COPIA FOTOSTÁTICA DE SU LICENCIA DE MANEJO VIGENTE DE LA PERSONA QUE CONDUCIRÁ EL VEHICULO, ARCHIVANDO EN CARPETA DE LICENCIAS VIGENTES.

SE PROCEDE A FIRMAR EL RESGUARDO DEFINITIVO POR LAS PARTES INVOLUCRADAS; ENTREGA EL VEHICULO Y COPIA DEL RESGUARDO DEFINITIVO FIRMADO.

COPIA

8 SE ARCHIVA EXPEDIENTE EL CUAL CONTENDRÁ LOS ORIGINALES Y COPIAS DEL RESGUARDO DEFINITIVO PEGANDO LAS CALCAS DE NO. DE SERIE Y NO. DE MOTOR, PÓLIZA DEL SEGURO, FACTURA, PÓLIZA DE GARANTÍA, COPIA DE LLAVES DEL VEHICULO, COPIA DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO O CORRECTIVO, HISTORIAL DE VEHICULO. ARCHIA, DOCUMENTACION

FIN

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DIAGRAMA DE FLUJO RESGUARDO DEFINITIVO DELEGACION ESTATAL

AREA DE CONTROL VEHICULAR

C

12

11 RECIBEN OFICIO Y SE PRESENTAN EN OFICINAS CENTRALES PARA LA ASIGNACIÓN DEL VEHICULO EN EL AREA DE CONTROL VEHICULAR.

OFICIO

PROPORCIONA LA DOCUMENTACIÓN AL SUBDELEGADO ADMINISTRATIVO PARA QUE VERIFIQUE LAS CONDICIONES DEL VEHICULO Y PROCEDA A LEER EL FORMATO DE REGUARDO DEFINITIVO. EN ESTE CASO EL SUBDELEGADO ADMINISTRATIVO DE CADA DELEGACION ESTATAL SERA EL RESPONSABLE DE LOS VEHÍCULOS ASIGNADOS EN ESA ENTIDAD.

13 SE PROCEDE A FIRMAR EL RESGUARDO DEFINITIVO POR LAS PARTES INVOLUCRADAS; ENTREGA EL VEHICULO Y LAS COPIAS NECESARIAS COMO DEL RESGUARDO DEFINITIVO FIRMADO, COPIA DE LA PÓLIZA DE SEGURO, COPIA DE LA FACTURA, COPIA DE LA PÓLIZA DE GRANTITIA. EN LAS DELEGACIONES ESTATALES PROCEDERAN ABRI EL EXPEDIENTE DE CADA VEHICULO

14 SE ARCHIVA EXPEDIENTE EL CUAL CONTENDRÁ LOS ORIGINALES Y/O COPIAS DEL RESGUARDO DEFINITIVO PEGANDO LAS CALCAS DE NO. DE SERIE Y NO. DE MOTOR, PÓLIZA DEL SEGURO, FACTURA, PÓLIZA DE GARANTÍA, COPIA DE LLAVES DEL VEHICULO, COPIA DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO O CORRECTIVO, INFORME TRIMESTRAL “HISTORIAL DE VEHICULO” ARCHIA, DOCUMENTACION

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MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO

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FECHA DE ACTUALIZACION 1

XI

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DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO PROCEDIMIENTO MANTIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO

AREA Y/ O PUESTO

Area de Control Vehicular o P.E.S.E. de Recursos Humanos y Materiales

ACTIV. NUM.

DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD

1

Revisa en el Historial de cada Vehiculo para determinar si ya es tiempo de realizar el mantenimiento preventivo (cada 6 meses o cada 5000 kilómetros o lo que ocurra primero y para vehículos nuevos de acuerdo al Manual de Operación de Cada Vehiculo); y cuando el vehiculo lo requiera por alguna circunstancia se realiza el mantenimiento correctivo.

2

Notifica en forma económica a la Dirección de Recursos Humanos y Materiales o Dirección General de Finanzas y Administración la reparación o servicio del vehículo que lo requiera, en las Delegaciones Estatales al Subdelegado Administrativo ¿Se cuenta con contrato con Taller Mecánico?

3

Si envía al taller designado para que realice dicho mantenimiento ya sea preventivo o correctivo, en el caso de que el vehículo sea nuevo tendrá que enviarse a la agencia correspondiente mientras dure la garantía.

Taller Mecánico

4

Entrega el vehículo con factura al Área de Control Vehicular en Oficinas Centrales o el personal de enlace en Delegaciones Estatales

Area de Control Vehicular o personal de enlace

5

Revisa que el vehiculo este en buenas condiciones; se encarga de recabar las firmas correspondientes que contendrá la factura del servicio (Jefe del Departamento de Servicios Generales, el Subdirector de Recursos Humanos y Materiales y el Director de Recursos Humanos y Materiales en Oficinas Centrales y las firmas del Delegado Estatal, Subdelegado Administrativo y del personal de enlace en las Delegaciones Estatales), quedándose con una copia ya firmada.

6

Turna al área correspondiente factura firmada para el pago de este servicio; archiva en el expediente del vehículo la copia de la factura y llena en el Historial del Vehículo el servicio realizado. TERMINA PROCEDIMIENTO

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DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO PROCEDIMIENTO MANTIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO

AREA Y/ O PUESTO

Area de Control Vehicular o el personal de enlace

ACTIV. NUM. 7

DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD No (Aplica el procedimiento de cotización a tres talleres) espera la autorización de la Dirección General o de la Dirección de Area en Oficinas Centrales y la del Delegado o la del Subdelegado Administrativo en las Delegaciones Estatales; en caso de que no fuera autorizado el servicio, se espera la autorización para realizar el servicio.

8

Hace la invitación a cuando menos tres talleres para que realicen una cotización del servicio.

9

Escogerá la que tenga el costo más bajo al tener en su poder las cotizaciones y se tenga conocimiento de que da un buen servicio.

10

Realiza Orden de Servicio y Requisición anexando la cotización, para proceder a recabar las firmas y autorización respectiva del Jefe de Departamento de Servicios Generales, del Subdirector de Recursos Humanos y Materiales, del Director de Recursos Humanos y Materiales y del Director General de Finanzas y Administración en Oficinas Centrales y del Delegado o del Subdelegado Administrativo en las Delegaciones Estatales, quedándose con copia de dichos tramites

11

Entrega el vehículo al Taller para que realicen el servicio respectivo.

Taller Mecánico

12

Entrega el vehículo con factura al área de control vehicular en Oficinas Centrales y Subdelegación Administrativa en las Delegaciones Estatales.

Area de Control Vehicular o el personal de enlace

13

Revisa que el vehículo esté en buenas condiciones, esta se encarga de recabar las firmas correspondientes que contendrá la factura del servicio (Jefe del Departamento de Servicios Generales, el Subdirector de Recursos Humanos y Materiales y el Director de Recursos Humanos y Materiales en Oficinas Centrales y las firmas del Delegado Estatal, Subdelegado Administrativo y del personal de enlace en las Delegaciones Estatales), que dándose con una copia ya firmada.

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DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO PROCEDIMIENTO MANTIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO

AREA Y/ O PUESTO Area de Control Vehicular o el personal de enlace

ACTIV. NUM. 14

DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD Turna al área correspondiente la factura ya firmada para el pago del servicio; archiva en el Expediente del Vehiculo copia de Requisición, Orden de Servicio y Factura; y llena en el Historial del Vehiculo del servicio realizado.

TERMINA PROCEDIMIENTO

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DIAGRAMA DE FLUJO MANTIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO AREA DE CONTROL VEHICULAR O EL PERSONAL DE ENLACE

INICIO

1 REVISA EN EL HISTORIAL DE CADA VEHICULO PARA DETERMINAR SI YA ES TIEMPO DE REALIZAR EL MANTENIMIENTO PREVENTIVO (CADA 6 MESES O CADA 5000 KILÓMETROS O LO QUE OCURRA PRIMERO Y PARA VEHÍCULOS NUEVOS DE ACUERDO AL MANUAL DE OPERACIÓN DE CADA VEHICULO); Y CUANDO EL VEHICULO LO REQUIERA POR ALGUNA CIRCUNSTANCIA SE REALIZA EL MANTENIMIENTO CORRECTIVO.

2 NOTIFICA EN FORMA ECONÓMICA A LA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES O DIRECCIÓN GENERAL DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN LA REPARACIÓN O SERVICIO DEL VEHÍCULO QUE LO REQUIERA, EN LAS DELEGACIONES ESTATALES AL SUBDELEGADO ADMINISTRATIVO

SI

A

¿SE CUENTA CONCONTRATO CON TALLER MECANICO?

NO (APLICA EL PROCEDIMIENTO DE COTIZACION A TRES TALLERES)

B

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DIAGRAMA DE FLUJO MANTIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO AREA DE CONTROL VEHICULAR O EL PERSONAL DE ENLACE

TALLER MECANICO

A

3 ENVIA AL TALLER DESIGNADO PARA QUE REALICE DICHO MANTENIMIENTO YA SEA PREVENTIVO O CORRECTIVO, EN EL CASO DE QUE EL VEHICULO SEA NUEVO TENDRA QUE ENVIARSE A LA AGENCIA CORRESPONDIENTE MIENTRAS DURE LA GARANTIA.

ENTREGA EL VEHICULO CON FACTURA AL AREA DE CONTROL VEHICULAR EN OFICINAS CENTRALES O AL PERSONAL DE ENLACE EN DELEGACIONES ESTATALES.

FACTURA

5 REVISA QUE EL VEHICULO ESTE EN BUENAS CONDICIONES; SE ENCARGA DE RECABAR LAS FIRMAS CORRESPONDIENTES QUE CONTENDRÁ LA FACTURA DEL SERVICIO (JEFE DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES, EL SUBDIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES Y EL DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES EN OFICINAS CENTRALES Y LAS FIRMAS DEL DELEGADO ESTATAL, SUBDELEGADO ADMINISTRATIVO Y DEL PERSONAL DE ENLACE EN LAS DELEGACIONES ESTATALES), QUEDÁNDOSE CON UNA COPIA YA FIRMADA.

FACTURA

6 TURNA AL ÁREA CORRESPONDIENTE FACTURA FIRMADA PARA EL PAGO DE ESTE SERVICIO; ARCHIVA EN EL EXPEDIENTE DEL VEHÍCULO LA COPIA DE LA FACTURA Y LLENA EN EL HISTORIAL DEL VEHÍCULO EL SERVICIO REALIZADO.

ARCHIA,

FIN

4

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DIAGRAMA DE FLUJO MANTIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO AREA CONTROL VEHICULAR O EL PERSONAL DE ENLACE

B

7 ESPERA LA AUTORIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL O DE LA DIRECCIÓN DE AREA EN OFICINAS CENTRALES Y LA DEL DELEGADO O LA DEL SUBDELEGADO ADMINISTRATIVO EN LAS DELEGACIONES ESTATALES; EN CASO DE QUE NO FUERA AUTORIZADO EL SERVICIO, SE ESPERA LA AUTORIZACIÓN PARA REALIZAR EL SERVICIO.

8 HACE LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES TALLERES PARA QUE REALICEN UNA COTIZACIÓN DEL SERVICIO.

9 ESCOGERÁ LA QUE TENGA EL COSTO MÁS BAJO AL TENER EN SU PODER LAS COTIZACIONES Y SE TENGA CONOCIMIENTO DE QUE DA UN BUEN SERVICIO.

C

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DIAGRAMA DE FLUJO MANTIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO AREA CONTROL VEHICULAR O EL PERSONAL DE ENLACE

TALLER MECANICO

C

10 REALIZA ORDEN DE SERVICIO Y REQUISICIÓN ANEXANDO LA COTIZACIÓN, PARA PROCEDER A RECABAR LAS FIRMAS Y AUTORIZACIÓN RESPECTIVA DEL JEFE DE DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES, DEL SUBDIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES, DEL DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES Y DEL DIRECTOR GENERAL DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN EN OFICINAS CENTRALES Y DEL DELEGADO O DEL SUBDELEGADO ADMINISTRATIVO EN LAS DELEGACIONES ESTATALES, QUEDÁNDOSE CON COPIA DE DICHOS TRAMITES REQUISICION ORDEN DE SERVICIO

12

11 ENTREGA EL VEHÍCULO AL TALLER PARA QUE REALICEN EL SERVICIO RESPECTIVO.

ENTREGA EL VEHÍCULO CON FACTURA AL ÁREA DE CONTROL VEHICULAR EN OFICINAS CENTRALES Y SUBDELEGACIÓN ADMINISTRATIVA EN LAS DELEGACIONES ESTATALES. FACTURA

D

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DIAGRAMA DE FLUJO MANTIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO AREA DE CONTROL VEHICULAR O EL PERSONAL DE ENLACE

D

13 REVISA QUE EL VEHÍCULO ESTÉ EN BUENAS CONDICIONES, ESTA SE ENCARGA DE RECABAR LAS FIRMAS CORRESPONDIENTES QUE CONTENDRÁ LA FACTURA DEL SERVICIO (JEFE DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES, EL SUBDIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES Y EL DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES EN OFICINAS CENTRALES Y LAS FIRMAS DEL DELEGADO ESTATAL, SUBDELEGADO ADMINISTRATIVO Y DEL PERSONAL DE ENLACE EN LAS DELEGACIONES ESTATALES), QUE DÁNDOSE CON UNA COPIA YA FIRMADA.

FACTURA

14 TURNA AL ÁREA CORRESPONDIENTE LA FACTURA YA FIRMADA PARA EL PAGO DEL SERVICIO; ARCHIVA EN EL EXPEDIENTE DEL VEHICULO COPIA DE REQUISICIÓN, ORDEN DE SERVICIO Y FACTURA; Y LLENA EN EL HISTORIAL DEL VEHICULO DEL SERVICIO REALIZADO.

ARCHIVA, HISTORIAL VEHICULO

FIN

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X. FORMATOS E INSTRUCTIVOS

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FORMATO 1

INSTRUCTIVO DE SOLICITUD DE VEHICULO 1. Nombre del conductor (es): persona que conducirá y tendrá el respaldo del vehiculo mientras dure la comisión o el trabajo a desempeñar. 2. Lugar al que se traslada: nombre donde realizara la comisión. 3. Trabajo o comisión a desempeñar: actividad a realizar. 4. Personas que viajan en la unidad: número de personas comisionadas. 5. Fecha y hora que se requiere el vehiculo: día que solicita el vehiculo así como la hora en que lo necesita. 6. Fecha y hora en que se dejara de utilizar: el día en que termina la comisión o la actividad a desempeñar así como la hora en que entregará el vehículo. 7. Vehiculo: marca, placas y kilometraje este rubro es llenado por el área de control vehicular. 8. Solicita: personal responsable que solicita el vehiculo, tanto su nombre completo y firma. 9. Autoriza: nombre y firma del Director de Recursos Humanos y Materiales en Oficinas Centrales y el Subdelegado Administrativo en las Delegaciones Estatales. 10. Conductor: nombre y firma del personal que manejara el vehiculo esta puede ser la misma persona que lo solicita.

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FORMATO 2 RESGUARDO DE VEHICULO TEMPORAL 1. No. Expediente: número de expediente este se saca de las placas del vehiculo. 2. Marca: nombre del fabricante. 3. Submarca: nombre del modelo del vehiculo. 4. Color: el color del vehículo. 5. Placas: el número asignado que le dio el Departamento de Transito 6. Modelo: año de fabricación del vehículo. 7. No. de Serie: número que le asigna el fabricante. 8.

No. de motor: el número de serie.

9. Resguardo y Comisión: datos del resguardante y de donde se realizara dicha comisión. 10. Inventario Físico: indicativo de Si y No de las auto partes del vehículo. 11. Documentación del vehiculo: documentos que debe tener cada vehículo oficial ya sean originales o copia de estos. 12. Mecánico: observaciones de fallas del vehiculo que hace el resguardante después de utilizar el vehiculo 13. Recorrido, datos del kilometraje, salida y llegada del vehiculo, realizando una diferencia de estos datos para saber el recorrido total. La gasolina, salida y llegada realizando una diferencia de estos datos para saber el rendimiento total. 14. Daños o faltantes: diseño del auto visto en distintos ángulos, donde se señalará con una cruz cualquier daño sufrido. 15. Observaciones: comentarios que realiza el resguardante respecto al funcionamiento del vehículo. 16. Firmas: nombres completos, firmas y fechas de comisión de la entrega por el área de control vehicular y de la recepción de éste, así como la autorización, quien solicita y quien entrega y recibe vehículo.

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FORMATO 3 INSTRUCTIVO DE RESGUARDO DEFINITIVO 1. No. Expediente: número de expediente este se saca de las placas del vehículo. 2. Marca: nombre de la empresa que lo fabrica. 3. Submarca: nombre del modelo del vehiculo. 4. Color: el color del vehículo. 5. Placas: el número asignado que le dio el Departamento de Transito 6. Modelo: el año de fabricación del vehículo. 7. No. de Serie: número que le asigna el fabricante. 8. No. de motor: el número de serie. 9. Responsabilidades: datos del resguardante del vehículo como el número de licencia, su cargo y a que Dirección General pertenece, al igual que las responsabilidades que adquiere. 10. I Inventario Físico: indicativo de Si y No de las auto partes del vehículo. 11. Documentación que portara el vehículo obligatoriamente: documentos que debe tener cada vehículo oficial ya sean originales o copia de estos. 12. A la entrega del vehiculo: rubros de kilómetros recorridos del vehiculo a la entrega y cantidad de combustible con que se entrega el vehiculo. 13. Mecánico: observaciones que hace el resguardante al vehiculo al manejarlo. 14. Daños o faltantes: diseño del auto visto en distintos ángulos donde se señalará con una cruz cualquier daño sufrido. 15. Observaciones: comentarios que realiza el resguardante respecto al funcionamiento del vehículo. 16. Firmas, donde se compromete el resguardante a lo señalado en el resguardo definitivo teniendo que llevar los nombres completos y firmas del Resguardante, de Jefe de Control Vehicular y del Director de Recursos Humanos y Materiales. 17. Fecha de expedición de Resguardo Definitivo: se anota el día, mes y año en que se expide dicho resguardo.

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FORMATO 4 INSTRUCTIVO DE BITACORA DE GASOLINA MENSUAL 1. Hoja:_____de____: numero de hojas utilizadas en el mes para el formato de gasolina. 2. Mes: el mes en que se esta llenando el formato. 3. No. Inventario: número de expediente, éste se saca de las placas del vehículo. 4. Marca: nombre del fabricante del vehículo. 5. Submarca: nombre del modelo del vehiculo. 6. Modelo: el año de fabricación del vehículo. 7. Asignado: el área donde esta resguardado el vehiculo. 8. Transmisión: automático o estándar el vehículo. 9. Placas: el número asignado por el Departamento de Transito. 10. Día : fecha en que se carga el combustible. 11. Kilometraje: número de kilómetros recorridos en el momento de la carga de combustible. 12. Litros: cantidad cargada. 13. Importe: el costo de la carga de combustible en pesos. 14. Quien carga: nombre completo del personal de control vehicular que realiza la actividad. 15. Firma: del personal de control vehicular que realiza la actividad.

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FORMATO 5 INSTRUCTIVO DEL HISTORIAL DE VEHICULO 1. Marca: nombre del fabricante del vehiculo. 2. Submarca: nombre del modelo del vehiculo. 3. Modelo: el año de fabricación del vehículo. 4. No. Motor: el número de serie. 5. No. de Serie: número que le asigna el fabricante. 6. Placas: el número asignado que le dio el Departamento Transito. 7. No. Económico: número de expediente este se saca de las placas del vehículo. 8. Asignado: nombre de la Dirección General 9. Mes: fecha en que se empieza a llenar el formato 10. Aseguradora: nombre de la aseguradora que otorga el servicio. 11. No. de póliza e inciso: el número asignado por la aseguradora e inciso que le corresponde, dato que siempre debe estar llenado sin ninguna excepción. 12. Cobertura: que cubre el seguro. 13. Vigencia: duración del seguro. 14. Día: la fecha en que se esta llenando el formato. 15. Kilometraje: abarca tres rubros Km. inicial y el recorrido, el acumulado el recorrido es la anotación del último recorrido y el acumulado hasta la fecha del servicio hecho. 16. Combustible: contiene dos rubros litros e importe, donde se escribe la cantidad cargada y el costo de esta operación. 17. Lubricantes: contiene dos rubros litros e importe, donde se escribe la cantidad cargada y el costo de esta operación. 18. Descripción: en este rubro se describe que actividad se realizo. 19. No. de Orden de Servicio: número asignado al servicio a realizar. 20. Fecha de orden: día en que se realizo la orden de servicio. 21. No. de factura: número asignado en la parte superior de la factura, por el servicio realizado. 22. Importe: el costo del servicio realizado.

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FORMATO 5

23. Observaciones: comentarios que se realizan respecto al servicio prestado al vehículo. 24. Observaciones: comentarios realizados al final de estar llenado el formato. 25. Elaboró: nombre, cargo y firma del Jefe de Departamento de Servicios Generales en Oficinas Centrales y del personal de enlace en las Delegaciones Estatales. 26. Reviso: nombre, cargo y firma del Subdirector de Recursos Materiales en Oficinas Centrales y del Subdelegado Administrativo en Delegaciones Estatales.

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XI. GLOSARIO DE TERMINOS

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GLOSARIO DE TERMINOS

Area de Control Vehicular: Departamento encargado del resguardo y custodia del parque vehicular, así como la asignación de estos. Area Solicitante: departamento que solicita la asignación de un vehiculo por un tiempo determinado. Asignaciones: el servidor publico al que se asigna un vehículo propiedad del RAN. Bitácora de Gasolina: documento donde se registra mensualmente el gasto de gasolina de cada vehículo, registrándose el kilometraje, litros, el importe y persona que resguarda el vehículo. Comisión: lugar donde se realizara un trabajo ya sea dentro o fuera del área metropolitana, si es fuera del área metropolitana, deberá respaldarse con su respectivo oficio. Estacionamiento: espacios físicos de que dispone el Registro Agrario Nacional, destinados a la guarda y custodia de los vehículos, ya sea que estén dentro de los edificios, o de aquéllos con los que se tenga contrato expreso. Historial del vehiculo: expediente en el que se registran las incidencias relativas a la operación de los vehículos, en cuanto a las asignaciones, consumo de gasolina, kilometraje y las reparaciones derivadas del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo que se tenga contratado o por servicios de contratación directa. Resguardante: Al servidor publico de la Institución que tenga asignado bajo su resguardo algún vehículo terrestre, propiedad del Registro Agrario Nacional. Resguardo: Al documento formal por el cual se asigna un vehículo, en el que se hace constar los datos generales de éste y las condiciones físicas de funcionamiento al momento de su entrega, consignándose también, los accesorios y herramientas con las que cuenta para atender cualquier emergencia, además contiene el nombre y firma del resguardante y el Visto Bueno del Director de Recursos Humanos y Materiales o del Subdirector de Recursos Materiales en Oficinas Centrales o el Delegado Estatal para su asignación, el cual obrará en el expediente del vehículo correspondiente. Resguardo Temporal: Documento similar al anterior, mediante el cual se asigna un vehículo, al usuario, pero de carácter temporal, previa solicitud autorizada por el Director de Recursos Humanos y Materiales o el Subdelegado Administrativo, el cual obrará en un expediente por separado. Servicio de Contratación Directa: trabajos de conservación física y de funcionamiento que se proporcioné a los vehículos propiedad del RAN, que por razones de emergencia se realicen con prestadores de servicio diferentes a aquellos con los que se tenga contratado el Servicio de Mantenimiento Preventivo.

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Servicio de Mantenimiento Correctivo: trabajos de reparación que requieren los vehículos propiedad del Registro Agrario Nacional, y que por lo general este tipo de servicios exige la sustitución de partes y accesorios nuevos. Servicio de Mantenimiento Preventivo: Se refiere a los trabajos de conservación física y de funcionamiento que requieren los vehículos propiedad del Registro Agrario Nacional, incluyendo los servicios correspondientes a los 5,000, 10,000, y 20,000 Km., etc., que se prestan a los vehículos nuevos, así como los de verificación de los índices de contaminación ambiental o cada 6 meses. Siniestro: Al evento en el cual resulte dañado en forma parcial o total un vehículo, ya sea por accidente o robo, propiedad del Registro Agrario Nacional. Solicitud de vehículo: formato donde se solicita un vehículo para realizar algún trámite, comisión o actividad relacionada con su trabajo. Vehículos: A los vehículos terrestres, propiedad del Registro Agrario Nacional, adquiridos, transferidos y/o donados por otra Dependencia.

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