MANUAL MANUAL DE FICHAS TECNICAS DE MATERIAS PRIMAS O PRODUCTOS PROGRAMA DE ALIMENTACION ESCOLAR JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS

MANUAL Código: M-DAE-CPAE002 Revisión: 06 del 11/02/2013 MANUAL DE FICHAS TECNICAS DE MATERIAS PRIMAS O PRODUCTOS Página: 1 de 193 MANUAL DE FICHAS

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MANUAL DE FICHAS TECNICAS DE MATERIAS PRIMAS O PRODUCTOS PROGRAMA DE ALIMENTACION ESCOLAR JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS

Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

Revisado por: JEFE DAE

Aprobado por: Secretario General JUNAEB

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ÍNDICE Capitulo 1. 2. 3. 4. 4.1 4.2 4.3 4.4 4.5 4.6 4.7 4.8 4.9 4.10 4.11 4.12 4.13 4.14 4.15 4.16 4.17 4.18 4.19 4.20 4.21 4.22 4.23 4.24 4.25 4.26 4.27 4.28 4.29 4.30 4.31 4.32 4.33 4.34 4.35 4.36 4.37 4.38 4.39 4.40 4.41 4.42 4.43 4.44 4.45 4.46

Pág. OBJETIVO ALCANCE RESPONSABILIDADES DESCRIPCIÓN DE FICHAS TECNICAS DE MATERIAS PRIMAS O PRODUCTOS CARNE DE VACUNO MOLIDA CONGELADA CARNE DE VACUNO EN CUBOS CONGELADA CARNE DE CERDO MOLIDA CONGELADA CARNE DE CERDO EN CUBOS CONGELADA CARNE DE POLLO MOLIDA CONGELADA CARNE DE POLLO EN CUBOS CONGELADA CARNE DE PAVO MOLIDA CONGELADA CARNE DE PAVO EN CUBOS CONGELADA CARNE DE VACUNO MOLIDA ENVASADA EN BOLSA POUCH CARNE DE VACUNO EN CUBOS ENVASADA EN BOLSA POUCH CARNE DE VACUNO MOLIDA CON CEBOLLA EN BOLSAS POUCH CARNE DE VACUNO EN CUBOS CON CEBOLLA EN POUCH CHURRASCO DE CARNE DE VACUNO CONGELADO CARNE DE POLLO EN CUBOS ENVASADA EN BOLSA POUCH CARNE DE POLLO DESMECHADA ENVASADA EN BOLSA POUCH CARNE DE CERDO EN CUBOS ENVASADA EN BOLSA POUCH ALBONDIGAS CON SALSA DE TOMATE ENVASADA EN BOLSAS POUCH SALSA BOLOGNESA ENVASADA EN BOLSA POUCH ATUN ENVASADO EN BOLSA POUCH SALCHICHA DE JUREL SALCHICHA DE SALMON HAMBURGUESA DE JUREL HAMBURGUESA DE MERLUZA Y SALMON HAMBURGUESA DE SALMON PULPA DE MERLUZA EN CUBOS CONGELADO JUREL EN CONSERVA MANZANA PERA NARANJA JALEA APIO FRESCO PREELABORADO REPOLLO FRESCO PREELABORADO ZANAHORIA FRESCA PREELABORADA LECHUGA FRESCA PREELABORADA ACELGA FRESCA PREELABORADA BETARRAGA FRESCA PRELABORADA CEBOLLA FRESCA PREELABORADA PAPA FRESCA PREELABORADA ZAPALLO FRESCO PREELABORADO CEREAL PARA EL DESAYUNO GALLETON FORTIFICADO CON OMEGA 3 GALLETON CON SABOR NECTAR DE FRUTAS CONCENTRADO PATE BEBIDA LACTEA ACIDIFICADA CON SABOR LECHE EN POLVO 18% MATERIA GRASA

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4 4 4 6 6 8 10 12 14 16 18 20 22 24 26 28 30 32 34 36 38 40 42 44 46 48 50 52 54 56 57 59 61 63 65 67 69 71 73 75 77 79 81 83 85 87 89 91 92 94

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Capitulo 4.47 4.48 4.49 4.50 4.51 4.52 4.53 4.54 4.55 4.56 4.57 4.58 4.59 4.60 4.61 4.62 4.63 4.64 4.65 4.66 4.67 4.68 4.69 4.70 4.71 4.72 4.73 4.74 4.75 4.76 4.77 4.78 4.79 4.80 4.81 4.82 4.83 4.84 4.85 4.86 4.87 4.88 4.89 4.90 4.91 4.92 4.93 4.94 4.95 4.96 5 6

Pág. FORMULA LACTEA SABORIZADA FÓRMULA LÁCTEA FORTIFICADA CON FLUOR Y SABORIZADA POSTRE DE LECHE YOGURT ARVEJAS GARBANZOS POROTOS LENTEJAS ARROZ ACEITE VEGETAL COMESTIBLE PURE DE PAPAS DESHIDRATADO FÓRMULA COMPLETA PULPA DE PALTA PREPARACIONES LISTAS PARA EL CONSUMO MERMELADAS DE FRUTA VERDURAS / HORTALIZADAS CONGELADAS MARGARINAS CHIPS DE MANZANAS QUEQUE INDIVIDUAL CEBADA PERLADA PAPAS EN ESCAMA HAMBURGUESA DE MERLUZA MANJAR DULCE DE MEMBRILLO QUESO LAMINADO ATÚN ENLATADO FRUTAS EN CONSERVA: DURAZNOS EN CONSERVA FRUTAS EN CONSERVA: MIX DE FRUTAS EN CONSERVA MANZANAS DESHIDRATADAS SUCEDÁNEO CAFÉ/SABORIZANTE INSTANTÁNEO CON BASE EN CEBADA LIBRE CAFEÍNA TÉ PAN BLANCO PAN INTEGRAL BASE PARA PREPARAR PAN BLANCO BASE PARA PREPARAR PAN INTEGRAL SABORIZANTE EN POLVO SALSA DE TOMATES PASTAS SECAS SALSA PARA POSTRES HUEVOS BEBIDA LÁCTEA CON SABOR (TETRA) NÉCTAR INDIVIDUAL (LARGA VIDA) SUCEDÁNEO DE JUGO DE LIMÓN BARRA DE CEREALES PREPARACIONES COOK & CHILL LEGUMINOSAS EN POUCH / LENTEJAS COCIDAS ENVASADAS EN BOLSA POUCH LEGUMINOSAS EN POUCH / POROTOS ENVASADOS EN BOLSA POUCH TOMATES FRESCOS LECHUGA FRESCA REPOLLO FRESCO COLIFLOR FRESCA CONTROL DE CAMBIOS RESOLUCION QUE APRUEBA MANUAL

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96 98 100 103 105 107 109 111 113 115 117 119 121 122 124 126 128 130 132 134 136 138 140 142 144 146 148 150 152 154 156 158 160 162 164 166 168 170 172 174 176 178 180 183 184 186 188 189 190 191 192 193

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1.

OBJETIVO

El objetivo de este manual es establecer las especificaciones mínimas en el marco de la normativa vigente de productos o materias primas utilizadas en el Programa de Alimentación de JUNAEB, a través de fichas técnicas que permitan consultar sus características y controles para la estandarización de los productos y realizar el respectivo seguimiento por

la

institución, laboratorios de control, empresas prestadoras y empresas elaboradoras, fabricantes, importadoras y/o diseñadoras de nuevos productos, así como también los prestadores la utilicen como herramienta para la selección de los proveedores. 2.

ALCANCE

El presente manual aplica a partir de la fecha de publicación en el sitio www.junaeb.cl, para todas las licitaciones vigentes del Programa de Alimentación adjudicadas en todo el territorio nacional y su aplicación será por parte de JUNAEB, laboratorios de control, empresas prestadoras y empresas elaboradoras, importadoras y/o que desarrollan nuevos productos, para el diseño de minutas, adquisición de materias primas o productos alimenticios, control interno y externo del PAE y respectivo seguimiento de los servicios entregados por JUNAEB en todos sus programas durante todo el año de operación. El presente manual obsoleta las fichas técnicas desarrolladas para las bases técnicas de licitación precedentes y/o vigentes. A su vez, JUNAEB reserva el derecho de modificar, eliminar o incluir fichas técnicas de productos cuando determine necesario en el presente documento u otro de similar característica. La aplicación del presente manual es de carácter obligatorio por parte de las instituciones, laboratorios de control, Empresas Prestadoras y Empresas elaboradoras, fabricantes, importadoras y/o diseñadoras de nuevos productos. Cualquier incorporación o cambios de definiciones de productos alimenticios, deberá seguir el conducto regular establecido por la institución, para su análisis y posterior solicitud. JUNAEB además de lo establecido en el presente manual, podrán hacer el control de estos productos hacia las Empresas Prestadoras en base a lo establecido en el Reglamento Sanitario de los Alimentos (Decreto Supremo 977/1996, actualizado y vigente), Normas Chilenas, pronunciamientos del Ministerio de Salud y otras entidades gubernamentales. 3.

RESPONSABILIDADES

3.1

El/la Director(a) Nacional es responsable de entregar los recursos para la aplicación del presente manual. Asimismo es responsable de la aprobación.

3.2

El/la Jefe(a) del Departamento Alimentación Escolar (DAE) de la Dirección Nacional es responsable de solicitar la actualización y hacer cumplir este manual en la Dirección Nacional y en las Direcciones Regionales de JUNAEB, como también en laboratorios de control, Empresas Prestadoras y Empresas elaboradoras, fabricantes, importadoras y/o diseñadoras de nuevos productos. A su vez, es responsable del diseño y actualización del presente manual.

3.3

El/la Encargado(a) de la Unidad de Calidad del DAE D.N. es responsable de hacer cumplir este manual en la Unidad de Calidad del DAE D.N. en las Direcciones Regionales, como también en laboratorios de control, Empresas Prestadoras y Empresas elaboradoras, fabricantes, importadoras y/o diseñadoras de nuevos productos.

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3.4

El/la Director(a) Regional es responsable de hacer cumplir este manual en las Direcciones Regionales y/o Direcciones Provinciales (cuando corresponda), como también en laboratorios de control y Empresas Prestadoras.

3.5

El/la Director(a) Provincial (en las regiones en que existe este Funcionario(a)) es responsable de hacer cumplir este manual en la Dirección Provincial y en la Empresa prestadora.

3.6

El/la Jefe(a) o Coordinador(a) del DAE Regional es responsable de hacer cumplir este manual en la Dirección Regional y/o Direcciones Provinciales (cuando corresponda), como también en laboratorios de control y Empresas Prestadoras.

3.7

La Empresa prestadora es responsable de cumplir con las especificaciones técnicas de los productos alimenticios definidos en el presente manual para el diseño de minutas, adquisición de materias primas o productos alimenticios, control interno y externo del PAE y respectivo seguimiento de las raciones entregadas por ésta en el PAE.

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4.

DESCRIPCIÓN DE FICHAS TECNICAS DE MATERIAS PRIMAS O PRODUCTOS

4.1

CARNE DE VACUNO MOLIDA CONGELADA

Características generales de la materia prima Nombre genérico

Carne de vacuno cruda, molida y congelada

Descripción

CARNE de VACUNO: Deberá cumplir con todo lo que establece el Reglamento Sanitario de los Alimentos (RSA, D.S.977/1996, actualizado y vigente) y específicamente con el Título XI párrafo 1 Artículos 268 al 280.

Origen Especificaciones del corte de carne

Tipificación permitida

Materias primas prohibidas

Tipos de materias primas permitidas para la elaboración

Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Se podrán usar los siguientes cortes como 1° opción: posta de paleta, posta negra, choclillo, sobre costilla, posta rosada y asiento. Como 2° opción, si los anteriores no están disponibles: tapa pecho, punta de picana, abastero y carnicero. Cualquiera de los cortes usados debe ser libre de hematomas y además deberán cumplir con la Norma chilena NCh 1596 Of1999. Para la elaboración de este producto sólo se podrá usar las carnes tipificadas como: V y C, esto se fundamenta en que éstas son las carnes que permiten obtener un producto con una textura más blanda y mejor aceptabilidad. La materia prima deberá cumplir las siguientes Normas Chilenas: NCh1306.Of2002, NCh1424.Of2002, NCh1423.Of1994 Se prohíbe el uso de las partes descritas en el artículo 274 del RSA y además las siguientes partes: cabeza, cogote, pezuña, mano, patas, osobuco de pierna (garrón), osobuco de mano (brazuelo), cola, cuero, cuero y genitales. Tampoco se permite usar carne aglomerada y compactada, ni carne mecánicamente deshuesada (frescas o congeladas) Se prohíbe el uso de extensores proteicos, vegetales y/o animales. Se podrán usar los siguientes tipos de materias primas, cuidando que se cumpla con todos los requisitos de composición química descritos en la presente Ficha : a) Carne Fresca: La carne fresca que se seleccione, deberá cumplir con lo que establece el artículo 271 del RSA. b) Carne congelada. La carne congelada que se seleccione deberá cumplir con lo que establece el artículo 273 del RSA. Se podrá usar siempre que el proceso de elaboración de la carne molida se realice de principio a fin, sin interrupciones ni exceder 0°C, de modo de mantenerlo congelado. c) Carne marinada. La carne marinada que se seleccione, debe cumplir con lo descrito en el artículo 276 del RSA.

Producto Final/Terminado Operaciones Todas las carnes independientemente del tipo, deben ser deshuesadas, desgrasadas y sin tendones ni Preliminares cartílagos Operaciones definitivas: CARNE MOLIDA: Es el producto elaborado con la materia prima antes descrita, la que debe ser sometida a proceso de proceso de molienda en máquina moledora de carne usando el disco de 6 mm y deberá cumplir con lo molienda o corte, establecido en el artículo 275 del RSA según el caso La carne después de ser molida, debe ser sometida al proceso de envasado, el que puede ser realizado al vacío Proceso de o en atmósfera normal. El producto se deberá envasar en bolsas plásticas impermeables u otro material o envasado y tecnología que asegure la calidad e integridad y conservación del producto. Los envases utilizados deberán envase primario estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto La carne después de ser molida, envasada y rotulada, se debe someter al proceso de congelado y el producto terminado: congelado deberá cumplir con lo establecido en el artículo 273 del RSA. Conservación y vida útil Forma de CARNE MOLIDA CONGELADA: Debe ser mantenida a una temperatura tal que en el interior del producto nunca conservación/alm sea superior a -18°C. Este producto debe ser mantenido por un máximo de 30 días, como parte de la cadena acenamiento y productiva y cuidando que no exista pérdida de la cadena de frío (congelado). vida útil del Este producto nunca debe dejarse a temperatura ambiente producto terminado Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Calidad Sensorial Forma Física: Debe ser molida, mínimo 6 mm Aspecto: Debe ser el propio de la carne cruda, molida, libre de defectos y sin cúmulos de grasa visibles Color: Propio de la carne, debe ser libre de defectos y debe ser homogéneo. Es necesario considerar que el color puede variar dependiendo de la presencia de oxígeno y CO en el medio, los que modifican el estado de oxidación Características de la mioglobina. Así la carboximioglobina tiene un color rojo cereza, la deoximioglobina tiene un color rojo púrpura, organolépticas la oximioglobina tiene un color rojo brillante y la metamioglobina tiene un color café (marrón). Olor: Propio de la carne, debe ser libre de defectos como por ejemplo olor a podrido y olores extraños Sabor: No especificado. Textura. Blanda y no requiere corte con cuchillo Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descrito anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Sodio (mg) Hierro (mg)

100g Máx. 75 Máx. 1,2 Mín. 20 Máx. 5 Por diferencia máx. 1,0 Máx. 100 1,5 – 3,0

Requisitos Físico –Químicos pH Carne Magra (%) Defectos (hueso, grasa visible, tendones y cartílagos)

5,5 - 6,0 Mínimo 95,0 Ausencia

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 10 “Cárneos y productos cárneos”, punto 10.1 “Carne Cruda”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.2

CARNE DE VACUNO EN CUBOS CONGELADA

Características generales de la materia prima Nombre genérico Carne de vacuno cruda, trozada en cubos y congelada CARNE de VACUNO: Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA y específicamente con el Título XI Descripción párrafo 1 Artículos 268 al 280. Origen Especificaciones del corte de carne

Tipificación permitida

Materias primas prohibidas

Tipos de materias primas permitidas para la elaboración

Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Se podrán usar los siguientes cortes como 1° opción: posta de paleta, posta negra, choclillo, sobre costilla, posta rosada y asiento. Como 2° opción, si los anteriores no están disponibles: tapa pecho, punta de picana, abastero y carnicero. Cualquiera de los cortes usados debe ser libre de hematomas y además deberán cumplir con la Norma chilena NCh 1596 Of1999. Para la elaboración de este producto sólo se podrá usar las carnes tipificadas como: V y C, esto se fundamenta en que éstas son las carnes que permiten obtener un producto con una textura más blanda y mejor aceptabilidad. La materia prima deberá cumplir las siguientes Normas Chilenas: NCh1306.Of2002, NCh1424.Of2002, NCh1423.Of1994 Se prohíbe el uso de las partes descritas en el artículo 274 del RSA y además las siguientes partes: cabeza, cogote, pezuña, mano, patas, osobuco de pierna (garrón), osobuco de mano (brazuelo), cola, cuero, cuero y genitales. Tampoco se permite usar carne aglomerada y compactada, ni carne mecánicamente deshuesada (frescas o congeladas) Se prohíbe el uso de extensores proteicos, vegetales y/o animales. Se podrán usar los siguientes tipos de materias primas, cuidando que se cumpla con todos los requisitos de composición química descritos en la presente Ficha : a) Carne Fresca: La carne fresca que se seleccione, debe cumplir con lo que establece el artículo 271 del RSA. b) Carne congelada. La carne congelada que se seleccione deberá cumplir con lo que establece el artículo 273 del RSA. Se podrá usar siempre que el proceso de elaboración de la carne molida se realice de principio a fin, sin interrupciones ni exceder 0°C, de modo de mantenerlo congelado. c) Carne marinada. La carne marinada que seleccione, debe cumplir con lo descrito en el artículo 276 del RSA.

Producto Final/Terminado Operaciones Todas las carnes independientemente del tipo, deben ser deshuesadas, desgrasadas y sin tendones ni cartílagos Preliminares Operaciones CARNE TROZADA EN CUBOS: Es el producto elaborado con la materia prima antes descrita, la que debe ser definitivas: sometida a proceso de trozado en máquina cortadora de carne en cubos, y deberá tener un tamaño de 1 cm x 1 proceso de cm y como máximo 1,5 cm x 1,5 cm. Se permitirá que un mínimo de un 80% de los trozos estén dentro de los molienda o corte, límites permitidos y sólo un 20% podrán ser de menor o mayor tamaño que el indicado. según el caso La carne después de ser trozada, debe ser sometida al proceso de envasado, el que puede ser realizado al vacío Proceso de o en atmósfera normal. El producto se deberá envasar en bolsas plásticas impermeables u otro material o envasado y tecnología que asegure la calidad e integridad y conservación del producto. Los envases utilizados deberán estar envase primario de acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto La carne después de ser trozada en cubos, envasada y rotulada, cuyo proceso de congelado (previo o posterior terminado: al trozado) y el producto final congelado deberán cumplir con lo establecido en el artículo 273 del RSA. Conservación y vida útil Forma de CARNE CONGELADA Y TROZADA EN CUBOS: Debe ser mantenida a una temperatura tal que en el interior del conservación/alm producto nunca sea superior a -18°C. Este producto debe ser mantenido por un máximo de 30 días, como parte acenamiento y de la cadena productiva y cuidando que no exista pérdida de la cadena de frío (congelado). vida útil del Este producto nunca debe dejarse a temperatura ambiente. producto terminado Calidad Sensorial Forma Física: Debe ser trozada en cubos de mínimo 1 cm x 1cm y máximo de 1,5 cm x 1,5 cm Aspecto: Debe ser el propio de la carne cruda, en cubos, libre de defectos y sin cúmulos de grasa visibles Características Color: Propio de la carne, debe ser libre de defectos y debe ser homogéneo. Es necesario considerar que el color organolépticas puede variar dependiendo de la presencia de oxígeno y CO en el medio, los que modifican el estado de oxidación de la mioglobina. Así la carboximioglobina tiene un color rojo cereza, la deoximioglobina tiene un color rojo púrpura, Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Evaluación Sensorial

la oximioglobina tiene un color rojo brillante y la metamioglobina tiene un color café (marrón). Olor: Propio de la carne, debe ser libre de defectos como por ejemplo olor a podrido y olores extraños Sabor: No especificado. Textura. Blanda y no requiere corte con cuchillo Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Sodio (mg) Hierro (mg)

100g Máx. 75 Máx. 1,2 Mín. 20 Máx. 5 Por diferencia máx. 1,0 Máx. 100 1,5 – 3,0

Requisitos Físico –Químicos pH Carne Magra (%) Defectos (hueso, grasa visible, tendones y cartílagos)

5,5 - 6,0 Mínimo 95,0 Ausencia

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 10 “Cárneos y productos cárneos”, punto 10.1 “Carne Cruda”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.3

CARNE DE CERDO MOLIDA CONGELADA

Características generales de la materia prima Nombre genérico Descripción

Carne de cerdo cruda, molida y congelada CARNE de CERDO: Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA y específicamente con el Título XI párrafo 1 Artículos 268 AL 275 y artículos 277 al 280.

Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Especificaciones Se podrán usar los siguientes cortes como 1° opción: plateada, lomo vetado, lomo centro. Cualquiera de los del corte de carne cortes usados debe ser libre de hematomas y además deberán cumplir con la Norma Chilena NCh 1499Of.2000 Tipificación La materia prima deberá cumplir la siguiente Norma Chilena: NCh1142EOf1975 permitida Se prohíbe el uso de las partes descritas en el artículo 274 del RSA y además las siguientes partes: cabeza, Materias primas pezuña, mano, patas, cola, cuero y genitales. Tampoco se permite usar carne aglomerada y compactada, ni prohibidas carne mecánicamente deshuesada (frescas o congeladas) Se prohíbe el uso de extensores proteicos, vegetales y/o animales. Se podrán usar los siguientes tipos de materias primas, cuidando que se cumpla con todos los requisitos de composición química descritos en la presente Ficha : a) Carne de Cerdo Fresca: La carne fresca que se seleccione, deberá cumplir con lo que establece el artículo Tipos de materias 271 del RSA. primas permitidas b) Carne de Cerdo congelada. La carne congelada que se seleccione deberá cumplir con lo que establece el para la artículo 273 del RSA. Se podrá usar siempre que el proceso de elaboración de la carne molida se realice de elaboración principio a fin, sin interrupciones ni exceder 0°C, de modo de mantenerlo congelado. c) Carne de Cerdo marinada. La carne de cerdo marinada que seleccione, debe cumplir con lo descrito en el artículo 276 del RSA. Origen

Producto Final/Terminado Operaciones Todas las carnes de cerdo independientemente del tipo, deben ser deshuesadas, desgrasadas y sin piel, Preliminares tendones ni cartílagos Operaciones CARNE de CERDO MOLIDA: Es el producto elaborado con la materia prima antes descrita, la que debe ser definitivas: proceso sometida a proceso de molienda en máquina moledora de carne usando el disco de 6 mm y deberá cumplir de molienda o corte, con lo establecido en el artículo 275 del RSA según el caso La carne de cerdo después de ser molida, debe ser sometida al proceso de envasado, el que Puede ser realizado al vacío o en atmósfera normal. El producto se deberá envasar en bolsas plásticas Proceso de envasado impermeables u otro material o tecnología que asegure la calidad e integridad y conservación del producto. y envase primario Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece Rotulación el artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo La carne de cerdo después de ser molida, envasada y rotulada, se debe someter al proceso de congelado y Producto terminado: el producto congelado deberá cumplir con lo establecido en el artículo 273 del RSA. Conservación y vida útil Forma de CARNE de CERDO MOLIDA CONGELADA: Debe ser mantenida a una temperatura tal que en el interior del conservación/almace producto nunca sea superior a -18°C. Este producto debe ser mantenido por un máximo de 30 días, como namiento y vida útil parte de la cadena productiva y cuidando que no exista pérdida de la cadena de frío (congelado). del producto Este producto nunca debe dejarse a temperatura ambiente terminado Calidad Sensorial Forma Física: Debe corresponder a carne de cerdo cruda molida, mínimo 6 mm Aspecto: Debe ser el propio de la carne de cerdo cruda, molida, libre de defectos y sin cúmulos de grasa visibles Color: Propio de la carne de cerdo cruda, debe ser libre de defectos y debe ser homogéneo. Características Olor: Propio de la carne de cerdo cruda, debe ser libre de defectos como por ejemplo olor a podrido y olores organolépticas extraños Sabor: No especificado. Textura. Blanda y no requiere corte con cuchillo Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Sodio (mg) Hierro (mg)

100g Máx. 73 Máx. 1,5 Mín. 20 Máx. 6 Por diferencia máx. 1,0 Máx. 100 0,7 – 1,3

Requisitos Físico –Químicos pH Carne Magra (%) Defectos (hueso, grasa visible, tendones y cartílagos)

5,5 - 6,0 Mínimo 94,0 Ausencia

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 10 “Cárneos y productos cárneos”, punto 10.1 “Carne Cruda”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.4

CARNE DE CERDO EN CUBOS CONGELADA

Características generales de la materia prima Nombre genérico Descripción

Carne de cerdo cruda, trozada en cubos y congelada CARNE de CERDO: Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA y específicamente con el Título XI párrafo 1 Artículos 268 AL 275 y artículos 277 al 280.

Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Especificaciones Se podrán usar los siguientes cortes como 1° opción: plateada, lomo vetado, lomo centro. Cualquiera de los del corte de carne cortes usados debe ser libre de hematomas y además deberán cumplir con la Norma Chilena NCh 1499Of.2000 Tipificación La materia prima deberá cumplir la siguiente Norma Chilena: NCh1142EOf1975 permitida Se prohíbe el uso de las partes descritas en el artículo 274 del RSA y además las siguientes partes: cabeza, Materias primas pezuña, mano, patas, cola, cuero y genitales. Tampoco se permite usar carne aglomerada y compactada, ni prohibidas carne mecánicamente deshuesada (frescas o congeladas) Se prohíbe el uso de extensores proteicos, vegetales y/o animales. Se podrán usar los siguientes tipos de materias primas, cuidando que se cumpla con todos los requisitos de composición química descritos en la presente Ficha : a) Carne de Cerdo Fresca: La carne fresca que se seleccione, deberá cumplir con lo que establece el artículo Tipos de materias 271 del RSA. primas permitidas b) Carne de Cerdo congelada. La carne congelada que se seleccione deberá cumplir con lo que establece el para la artículo 273 del RSA. Se podrá usar siempre que el proceso de elaboración de la carne molida se realice de elaboración principio a fin, sin interrupciones ni exceder 0°C, de modo de mantenerlo congelado. c) Carne de Cerdo marinada. La carne de cerdo marinada que seleccione, debe cumplir con lo descrito en el artículo 276 del RSA. Origen

Producto Final/Terminado Operaciones Todas las carnes de cerdo independientemente del tipo, deben ser deshuesadas, desgrasadas y sin piel, Preliminares tendones ni cartílagos Operaciones CARNE DE CERDO TROZADA EN CUBOS: Es el producto elaborado con la materia prima antes descrita, la que definitivas: debe ser sometida a proceso de trozado en máquina cortadora de carne en cubos, la que deberá tener un proceso de tamaño de 1cm x 1 cm a 1,5 cm x 1,5 cm. Se permitirá que un mínimo de un 80% de los trozos estén dentro de molienda o corte, los límites permitidos y sólo un 20% podrán ser de menor o mayor tamaño que el indicado. según el caso La carne de cerdo después de ser trozada en cubos, debe ser sometida al proceso de envasado, el que Proceso de Puede ser realizado al vacío o en atmósfera normal. El producto se deberá envasar en bolsas plásticas envasado y impermeables u otro material o tecnología que asegure la calidad e integridad y conservación del producto. Los envase primario envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto La carne de cerdo después de ser trozada en cubos, envasada y rotulada, cuyo proceso de congelado (previo o terminado: posterior al trozado) y el producto final congelado deberán cumplir con lo establecido en el artículo 273 del RSA. Conservación y vida útil Forma de CARNE DE CERDO CONGELADA Y TROZADA EN CUBOS: Debe ser mantenida a una temperatura tal que conservación/ en el interior del producto nunca sea superior a -18°C. Este producto debe ser mantenido por un máximo de almacenamiento y 30 días, como parte de la cadena productiva y cuidando que no exista pérdida de la cadena de frío vida útil del producto (congelado). terminado Este producto nunca debe dejarse a temperatura ambiente Calidad Sensorial Forma Física: Debe corresponder a carne de cerdo cruda, cortada en cubos de 1 cm x 1 cm a 1,5 cm x 1,5 cm Aspecto: Debe ser el propio de la carne de cerdo cruda, libre de defectos y sin cúmulos de grasa visibles Color: Propio de la carne de cerdo cruda, debe ser libre de defectos y debe ser homogéneo. Características Olor: Propio de la carne de cerdo cruda, debe ser libre de defectos como por ejemplo olor a podrido y olores organolépticas extraños Sabor: No especificado. Textura. Blanda y no requiere corte con cuchillo Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Sodio (mg) Hierro (mg)

100g Máx. 73 Máx. 1,5 Mín. 20 Máx. 6 Por diferencia máx. 1,0 Máx. 100 0,7 – 1,3

Requisitos Físico –Químicos pH Carne Magra (%) Defectos (hueso, grasa visible, tendones y cartílagos)

5,5 - 6,0 Mínimo 94,0 Ausencia

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 10 “Cárneos y productos cárneos”, punto 10.1 “Carne Cruda”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.5

CARNE DE POLLO MOLIDA CONGELADA

Características generales de la materia prima Nombre genérico Carne de pollo cruda, molida y congelada CARNE de POLLO: Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA y específicamente con el Título XI párrafo Descripción 1 Artículos 281 al 283. Origen Especificaciones del corte de carne Tipificación permitida Materias primas prohibidas

Tipos de materias primas permitidas para la elaboración

Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Se podrá usar cualquier músculo del ave, y se sugieren los siguientes como 1° opción: trutro corto, y pechuga deshuesados. Cualquiera de los cortes usados debe ser libre de hematomas. Las carnes de pollo que se utilicen como materia prima deberán cumplir con el RSA y con las siguientes Normas Chilenas: NCh2773.Of2002, NCh2881.Of2004 Se prohíbe el uso de las partes descritas en el artículo 284 y 285 del RSA; y además las siguientes partes: cabeza, cogote, patas, cuero, genitales, plumas. Tampoco se permite usar carne de pollo aglomerada y compactada, ni carne de pollo mecánicamente deshuesada (frescas o congeladas) Se prohíbe el uso de extensores proteicos, vegetales y/o animales. Se podrán usar los siguientes tipos de materias primas, cuidando que se cumpla con todos los requisitos de composición química descritos en la presente Ficha : a) Carne de Pollo Fresca: La carne de ave fresca que se seleccione, deberá cumplir con lo que establece el artículo 287 y 289 del RSA b) Carne de Pollo congelada. La carne de ave congelada que se seleccione deberá cumplir con lo que establece el artículo 288 del RSA. Se podrá usar siempre que el proceso de elaboración de la carne molida se realice de principio a fin, sin interrupciones ni exceder 0°C, de modo de mantenerlo congelado. c) Carne de Pollo marinada. La carne de ave marinada que seleccione, debe cumplir con lo descrito en el artículo 292 del RSA.

Producto Final/Terminado Operaciones Todas las carnes de ave independientemente del tipo, deben ser deshuesadas, desgrasadas y sin piel, tendones Preliminares ni cartílagos Operaciones CARNE DE POLLO MOLIDA: Es el producto elaborado con la materia prima antes descrita, la que debe ser definitivas: sometida a proceso de molienda en máquina moledora de carne usando el disco de 6 mm. proceso de molienda o corte, según el caso La carne después de ser molida, debe ser sometida al proceso de envasado, el que puede ser realizado al vacío Proceso de o en atmósfera normal. envasado y El producto se deberá envasar en bolsas plásticas impermeables u otro material o tecnología que asegure la envase primario calidad e integridad y conservación del producto. Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129 Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto La carne de pollo después de ser molida, envasada y rotulada, se debe someter al proceso de congelado y el terminado: producto congelado deberá cumplir con lo establecido en el artículo 288 del RSA. Conservación y vida útil Forma de CARNE DE POLLO MOLIDA CONGELADA: Debe ser mantenida a una temperatura tal que en el interior del conservación/almace producto nunca sea superior a -18°C. Este producto debe ser mantenido por un máximo de 30 días, como namiento y vida útil parte de la cadena productiva y cuidando que no exista pérdida de la cadena de frío (congelado). del producto Este producto nunca debe dejarse a temperatura ambiente terminado Calidad Sensorial Forma Física: Debe corresponder a carne de pollo cruda molida, mínimo 6 mm Aspecto: Debe ser el propio de la carne de pollo cruda, molida, libre de defectos y sin cúmulos de grasa visibles Color: Propio de la carne de pollo cruda, debe ser libre de defectos y debe ser homogéneo. Características Olor: Propio de la carne de pollo cruda, debe ser libre de defectos como por ejemplo olor a podrido y olores organolépticas extraños Sabor: No especificado. Textura. Blanda y no requiere corte con cuchillo Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Sodio (mg) Hierro (mg)

100g Máx. 75 Máx. 1,2 Mín. 19 Máx. 5 Por diferencia máx. 1,0 Máx. 100 0,7 – 1,0

Requisitos Físico –Químicos pH Carne Magra (%) Defectos (hueso, grasa visible, tendones y cartílagos)

5,5 - 6,0 Mínimo 95,0 Ausencia

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 10 “Cárneos y productos cárneos”, punto 10.2 “Carne de ave cruda”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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4.6

CARNE DE POLLO EN CUBOS CONGELADA

Características generales de la materia prima Nombre genérico Carne de pollo cruda, trozada en cubos y congelada CARNE de POLLO: Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA y específicamente con el Título XI párrafo Descripción 1 Artículos 281 al 294. Origen Especificaciones del corte de carne Tipificación permitida Materias primas prohibidas

Tipos de materias primas permitidas para la elaboración

Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Se podrá usar cualquier músculo del ave, y se sugieren los siguientes como 1° opción: trutro corto, y pechuga deshuesados. Cualquiera de los cortes usados debe ser libre de hematomas. Las carnes de pollo que se utilicen como materia prima deberán cumplir con el RSA y con las siguientes Normas Chilenas: NCh2773.Of2002, NCh2881.Of2004 Se prohíbe el uso de las partes descritas en el artículo 284 y 285 del RSA; y además las siguientes partes: cabeza, cogote, patas, cuero, genitales, plumas. Tampoco se permite usar carne de pollo aglomerada y compactada, ni carne de pollo mecánicamente deshuesada (frescas o congeladas) Se prohíbe el uso de extensores proteicos, vegetales y/o animales. Se podrán usar los siguientes tipos de materias primas, cuidando que se cumpla con todos los requisitos de composición química descritos en la presente Ficha : a) Carne de Pollo Fresca: La carne de ave fresca que se seleccione, deberá cumplir con lo que establece el artículo 287 y 289 del RSA b) Carne de Pollo congelada. La carne de ave congelada que se seleccione deberá cumplir con lo que establece el artículo 288 del RSA. Se podrá usar siempre que el proceso de elaboración de la carne molida se realice de principio a fin, sin interrupciones ni exceder 0°C, de modo de mantenerlo congelado. c) Carne de Pollo marinada. La carne de ave marinada que seleccione, debe cumplir con lo descrito en el artículo 292 del RSA.

Producto Final/Terminado Operaciones Todas las carnes de ave independientemente del tipo, deben ser deshuesadas, desgrasadas y sin piel, tendones Preliminares ni cartílagos Operaciones CARNE DE POLLO TROZADA EN CUBOS: Es el producto elaborado con la materia prima antes descrita, la que definitivas: debe ser sometida a proceso de trozado en máquina cortadora de carne en cubos y deberá tener un tamaño de 1 proceso de cm x 1cm a 1,5 cm x 1,5 cm. Se permitirá que un mínimo de un 80% de los trozos estén dentro de los límites molienda o corte, permitidos y sólo un 20% podrán ser de menor o mayor tamaño que el indicado. según el caso La carne de pollo después de ser cortada en cubos, debe ser sometida al proceso de envasado, el que puede ser Proceso de realizado al vacío o en atmósfera normal. El producto se deberá envasar en bolsas plásticas impermeables u otro envasado y material o tecnología que asegure la calidad e integridad y conservación del producto. Los envases utilizados envase primario deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129 Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto La carne de pollo después de ser trozada en cubos, envasada y rotulada, cuyo proceso de congelado (previo o terminado: posterior al trozado) y el producto final congelado deberán cumplir con lo establecido en el artículo 273 del RSA. Conservación y vida útil Forma de CARNE DE POLLO TROZADA EN CUBOS CONGELADA: Debe ser mantenida a una temperatura tal que en conservación/almace el interior del producto nunca sea superior a -18°C. Este producto debe ser mantenido por un máximo de 30 namiento y vida útil días, como parte de la cadena productiva y cuidando que no exista pérdida de la cadena de frío (congelado). del producto Este producto nunca debe dejarse a temperatura ambiente terminado Calidad Sensorial Forma Física: Debe corresponder a carne de pollo cruda, cortada en cubos de 1 cm x 1 cm a 1,5 cm x 1,5 cm Aspecto: Debe ser el propio de la carne de pollo cruda, libre de defectos y sin cúmulos de grasa visibles Color: Propio de la carne de pollo cruda, debe ser libre de defectos y debe ser homogéneo. Características Olor: Propio de la carne de pollo cruda, debe ser libre de defectos como por ejemplo olor a podrido y olores organolépticas extraños Sabor: No especificado. Textura. Blanda y no requiere corte con cuchillo Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Sodio (mg) Hierro (mg)

100g Máx. 75 Máx. 1,2 Mín. 19 Máx. 5 Por diferencia máx. 1,0 Máx. 160 0,7 – 1,0

Requisitos Físico –Químicos pH Carne Magra (%) Defectos (hueso, grasa visible, tendones y cartílagos)

5,5 - 6,0 Mínimo 95,0 Ausencia

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 10 “Cárneos y productos cárneos”, punto 10.2 “Carne de ave cruda”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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4.7 CARNE DE PAVO MOLIDA CONGELADA Características generales de la materia prima Nombre genérico Carne de pavo cruda, molida y congelada CARNE de PAVO: Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA y específicamente con el Título XI párrafo 1 Descripción Artículos 281 al 294. Origen Especificaciones del corte de carne Tipificación permitida Materias primas prohibidas

Tipos de materias primas permitidas para la elaboración

Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Se podrá usar cualquier músculo del pavo, y se sugieren los siguientes como 1° opción: trutro corto, pechuga deshuesada. Cualquiera de los cortes usados debe ser libre de hematomas. La materia prima deberá cumplir con la NCh1580. Of1999. Las carnes de pavo que se utilicen como materia prima deberán cumplir con el RSA y con las siguientes Normas Chilenas: NCh2773.Of2002, NCh2881.Of2004 Se prohíbe el uso de las partes descritas en el artículo 284 y 285 del RSA; y además las siguientes partes: cogote, cuero, genitales, plumas. Tampoco se permite usar carne de pavo aglomerada y compactada, ni carne de pavo mecánicamente deshuesada (frescas o congeladas) Se prohíbe el uso de extensores proteicos, vegetales y/o animales. Se podrán usar los siguientes tipos de materias primas, cuidando que se cumpla con todos los requisitos de composición química descritos en la presente Ficha : - Carne de pavo fresca: La carne de ave fresca que se seleccione, deberá cumplir con lo que establece el artículo 287 y 289 del RSA. - Carne de pavo congelada. La carne de ave congelada que se seleccione deberá cumplir con lo que establece el artículo 288 del RSA. Se podrá usar siempre que el proceso de elaboración de la carne molida se realice de principio a fin, sin interrupciones ni exceder 0°C, de modo de mantenerlo congelado. - Carne de pavo marinada. La carne de ave marinada que seleccione, debe cumplir con lo descrito en el artículo 292 del RSA.

Producto Final/Terminado Operaciones Todas las carnes de pavo que sean seleccionadas independientemente del tipo, deben ser deshuesadas, Preliminares desgrasadas y sin piel, tendones ni cartílagos Operaciones CARNE DE PAVO MOLIDA: Es el producto elaborado con la materia prima antes descrita, la que debe ser definitivas: sometida a proceso de molienda en máquina moledora de carne usando el disco de 6 mm. proceso de molienda o corte, según el caso La carne de pavo después de ser molida, debe ser sometida al proceso de envasado, el que puede ser realizado Proceso de al vacío o en atmósfera normal. El producto se deberá envasar en bolsas plásticas impermeables u otro material envasado y o tecnología que asegure la calidad e integridad y conservación del producto. Los envases utilizados deberán envase primario estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129 Se deberá realizar según lo establecido en el RSA en los artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo Rotulación establece el artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto La carne de pavo después de ser molida, envasada y rotulada, se debe someter al proceso de congelado y el terminado: producto congelado deberá cumplir con lo establecido en el artículo 288 del RSA Conservación y vida útil Forma de CARNE DE PAVO MOLIDA CONGELADA: Debe ser mantenida a una temperatura tal que en el interior del conservación/almacena producto nunca sea superior a -18°C. Este producto debe ser mantenido por un máximo de 30 días, como miento y vida útil del parte de la cadena productiva y cuidando que no exista pérdida de la cadena de frío (congelado). producto terminado Este producto nunca debe dejarse a temperatura ambiente Calidad Sensorial Forma Física: Debe corresponder a carne de Pavo cruda molida, mínimo 6 mm Aspecto: Debe ser el propio de la carne de Pavo cruda, molida, libre de defectos y sin cúmulos de grasa visibles Color: Propio de la carne de Pavo cruda, debe ser libre de defectos y debe ser homogéneo. Características Olor: Propio de la carne de Pavo cruda, debe ser libre de defectos como por ejemplo olor a podrido y olores organolépticas extraños Sabor: No especificado. Textura. Blanda y no requiere corte con cuchillo Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Sodio (mg) Hierro (mg)

100g Máx. 75 Máx. 1,2 Mín. 21 Máx. 4 Por diferencia máx. 1,0 Máx. 160 0,8 – 2,0

Requisitos Físico –Químicos pH Carne Magra (%) Defectos (hueso, grasa visible, tendones y cartílagos)

5,5-6,0 Mínimo 96,0 Ausencia

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 10 “Cárneos y productos cárneos”, punto 10.2 “Carne de ave cruda”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.8

CARNE DE PAVO EN CUBOS CONGELADA

Características generales de la materia prima Nombre genérico Carne de pavo cruda, trozada en cubos y congelada CARNE de PAVO: Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA y específicamente con el Título XI párrafo 1 Descripción Artículos 281 al 294. Origen Especificaciones del corte de carne Tipificación permitida Materias primas prohibidas

Tipos de materias primas permitidas para la elaboración

Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Se podrá usar cualquier músculo del pavo, y se sugieren los siguientes como 1° opción: trutro corto, pechuga deshuesada. Cualquiera de los cortes usados debe ser libre de hematomas. La materia prima deberá cumplir con la NCh1580. Of1999. Las carnes de pavo que se utilicen como materia prima deberán cumplir con el RSA y con las siguientes Normas Chilenas: NCh2773.Of2002, NCh2881.Of2004 Se prohíbe el uso de las partes descritas en el artículo 284 y 285 del RSA; y además las siguientes partes: cogote, cuero, genitales, plumas. Tampoco se permite usar carne de pavo aglomerada y compactada, ni carne de pavo mecánicamente deshuesada (frescas o congeladas) Se prohíbe el uso de extensores proteicos, vegetales y/o animales. Se podrán usar los siguientes tipos de materias primas, cuidando que se cumpla con todos los requisitos de composición química descritos en la presente Ficha : - Carne de pavo fresca: La carne de ave fresca que se seleccione, deberá cumplir con lo que establece el artículo 287 y 289 del RSA. - Carne de pavo congelada. La carne de ave congelada que se seleccione deberá cumplir con lo que establece el artículo 288 del RSA. Se podrá usar siempre que el proceso de elaboración de la carne molida se realice de principio a fin, sin interrupciones ni exceder 0°C, de modo de mantenerlo congelado. - Carne de pavo marinada. La carne de ave marinada que se seleccione, debe cumplir con lo descrito en el artículo 292 del RSA.

Producto Final/Terminado Operaciones Todas las carnes de pavo que sean seleccionadas independientemente del tipo, deben ser deshuesadas, Preliminares desgrasadas y sin piel, tendones ni cartílagos CARNE DE PAVO TROZADA EN CUBOS: Es el producto elaborado con la materia prima antes descrita, la que Operaciones debe ser sometida a proceso de trozado en máquina cortadora de carne en cubos y deberá tener un tamaño de 1 definitivas: cm x 1cm a 1,5 cm x 1,5 cm. Se permitirá que un mínimo de un 80% de los trozos estén dentro de los límites permitidos y sólo un 20% podrán ser de menor o mayor tamaño que el indicado. La carne de pavo después de ser cortada en cubos, debe ser sometida al proceso de envasado, el que puede Proceso de ser realizado al vacío o en atmósfera normal. El producto se deberá envasar en bolsas plásticas impermeables u envasado y otro material o tecnología que asegure la calidad e integridad y conservación del producto. Los envases envase primario utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129 Se deberá realizar según lo establecido en el RSA en los artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo Rotulación establece el artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto La carne de pavo después de ser trozada en cubos, envasada y rotulada, cuyo proceso de congelado (previo o terminado posterior al trozado) y el producto final congelado deberán cumplir con lo establecido en el artículo 273 del RSA. Conservación y vida útil Forma de CARNE DE PAVO TROZADA EN CUBOS CONGELADA: Debe ser mantenida a una temperatura tal que en conservación/almace el interior del producto nunca sea superior a -18°C. Este producto debe ser mantenido por un máximo de 30 namiento y vida útil días, como parte de la cadena productiva y cuidando que no exista pérdida de la cadena de frío (congelado). del producto Este producto nunca debe dejarse a temperatura ambiente terminado Calidad Sensorial Forma Física: Debe corresponder a carne de Pavo cruda, trozada en cubos de 1x 1 cm a 1,5 x 1,5 cm Aspecto: Debe ser el propio de la carne de Pavo cruda, libre de defectos y sin cúmulos de grasa visibles Color: Propio de la carne de Pavo cruda, debe ser libre de defectos y debe ser homogéneo. Características Olor: Propio de la carne de Pavo cruda, debe ser libre de defectos como por ejemplo olor a podrido y olores organolépticas extraños Sabor: No especificado. Textura. Blanda y no requiere corte con cuchillo Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Sodio (mg) Hierro (mg)

100g Máx. 75 Máx. 1,2 Mín. 21 Máx. 4 Por diferencia máx. 1,0 Máx. 160 0,8 – 2,0

Requisitos Físico –Químicos pH Carne Magra (%) Defectos (hueso, grasa visible, tendones y cartílagos)

5,5-6,0 Mínimo 96,0 Ausencia

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 10 “Cárneos y productos cárneos”, punto 10.2 “Carne de ave cruda”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.9

CARNE DE VACUNO MOLIDA ENVASADA EN BOLSA POUCH

Características generales de la materia prima Nombre genérico

Carne de vacuno molida, precocido envasada en bolsa pouch y sometido a tratamiento térmico de esterilidad comercial

Descripción

CARNE de VACUNO: Deberá cumplir con todo lo que establece el Reglamento Sanitario de los Alimentos (RSA, D.S.977/1996, actualizado y vigente) y específicamente con el Título XI párrafo 1 Artículos 268 al 280.

Origen Especificaciones del corte de carne Tipificación permitida

Materias primas prohibidas

Tipos de materias primas permitidas para la elaboración

Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Se podrán usar los siguientes cortes como 1° opción: posta de paleta, posta negra, choclillo, sobre costilla, posta rosada y asiento. Como 2° opción, si los anteriores no están disponibles: tapa pecho, punta de picana, abastero y carnicero. Cualquiera de los cortes usados debe ser libre de hematomas y además deberán cumplir con la Norma chilena NCh 1596 Of1999. Para la elaboración de este producto sólo se podrá usar las carnes tipificadas como: V y C, esto se fundamenta en que éstas son las carnes que permiten obtener un producto con una textura más blanda y mejor aceptabilidad. La materia prima deberá cumplir las siguientes Normas Chilenas: NCh1306.Of2002, NCh1424.Of2002, NCh1423.Of1994 Se prohíbe el uso de las partes descritas en el artículo 274 del RSA y además las siguientes partes: cabeza, cogote, pezuña, mano, patas, osobuco de pierna (garrón), osobuco de mano (brazuelo), cola, cuero, cuero y genitales. Tampoco se permite usar carne aglomerada y compactada, ni carne mecánicamente deshuesada (frescas o congeladas). Se prohíbe el uso de extensores proteicos, vegetales y/o animales. Se podrán usar los siguientes tipos de materias primas, cuidando que se cumpla con todos los requisitos de composición química descritos en la presente Ficha : a) Carne Fresca: La carne fresca que se seleccione, deberá cumplir con lo que establece el artículo 271 del RSA. Si se utiliza carne molida fresca, se deberá cumplir con lo establecido en el artículo 275 del RSA. b) Carne congelada. La carne congelada que se seleccione deberá cumplir con lo que establece el artículo 273 del RSA. Se podrá usar siempre que el proceso de elaboración de la carne molida se realice de principio a fin, sin interrupciones ni exceder 0°C, de modo de mantenerlo congelado. Si se utiliza carne molida fresca, se deberá cumplir con lo establecido en el artículo 275 del RSA.

Producto Final/Terminado Todas las carnes independientemente del tipo, deben ser deshuesadas, desgrasadas y sin tendones ni Operaciones cartílagos. Si la materia prima es una carne congelada, previo al proceso de corte y pre-cocción debe ser Preliminares descongelada en refrigeración. CARNE MOLIDA ENVASADA EN POUCH: Es el producto elaborado con la materia prima antes descrita, la que debe ser sometida a proceso de molienda en máquina moledora de carne usando el disco de 6 mm. Operaciones Posteriormente debe ser pre-cocida durante 7 a 10 minutos, y luego se deberá envasar en bolsas Pouch (bolsas definitivas: retortables termotratables) aptas para carnes, las que son cerradas y herméticamente selladas, utilizando la tecnología y el proceso adecuado para obtener esterilización comercial. Proceso de El producto se deberá envasar en bolsas pouch (retortables termotratables). Los envases utilizados deberán envasado y estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al envase primario 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo La carne después de ser molida debe ser pre-cocida, es decir, debe ser sometida a cocción durante 7 a 10 Producto minutos, se deberá envasar en bolsas Pouch (bolsas retortables termotratables) aptas para carnes, las que son terminado: cerradas y herméticamente selladas, utilizando la tecnología y el proceso adecuado para obtener esterilización comercial. Conservación y vida útil Forma de CARNE MOLIDA ENVASADA EN BOLSAS POUCH: Debe ser mantenido a temperatura ambiente conservación/almacenamiento y (máximo 18°C) en lugar fresco y seco, protegido del sol. La vida útil del producto sellado es de 12 vida útil del producto terminado meses. Calidad Sensorial Forma Física: Debe corresponder a carne de vacuno cocida y molida, mínimo 6 mm Aspecto: Debe ser el propio de la carne de vacuno cocida, molida, libre de defectos y sin cúmulos de grasa Características visibles organolépticas Color: Propio de la carne de vacuno cocida, debe ser libre de defectos, debe ser homogéneo, sin cúmulos de grasa y considerar que el color característica de la carne cocida es color café (marrón) Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Evaluación Sensorial

Olor: Propio de la carne de vacuno cocida, debe ser libre de defectos, libre de olor a podrido y de olores extraños. Sabor: Propio de la carne de vacuno cocida, debe ser libre de defectos y libre de sabores extraños. Textura: Propio de la carne de vacuno cocida, debe ser libre de defectos y no requiere cuchillo para el corte. Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descrito anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Sodio (mg) Hierro (mg)

100g Máx. 75 Máx. 1,2 Mín. 20 Máx. 5,5 Por diferencia máx. 1,0 Máx. 180 1,5 – 3,0

Requisitos Físico –Químicos Carne Magra (%) Defectos (hueso, grasa visible, tendones y cartílagos)

Mínimo 94,5 Ausencia

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 18 “Conservas”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.10

CARNE DE VACUNO EN CUBOS ENVASADA EN BOLSA POUCH

Características generales de la materia prima Nombre genérico

Carne de vacuno trozada en cubos, precocido envasada en bolsa pouch y sometido a tratamiento térmico de esterilidad comercial

Descripción

CARNE de VACUNO: Deberá cumplir con todo lo que establece el Reglamento Sanitario de los Alimentos (RSA, D.S.977/1996, actualizado y vigente) y específicamente con el Título XI párrafo 1 Artículos 268 al 280.

Origen Especificaciones del corte de carne

Tipificación permitida

Materias primas prohibidas

Tipos de materias primas permitidas para la elaboración

Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Se podrán usar los siguientes cortes como 1° opción: posta de paleta, posta negra, choclillo, sobre costilla, posta rosada y asiento. Como 2° opción, si los anteriores no están disponibles: tapa pecho, punta de picana, abastero y carnicero. Cualquiera de los cortes usados debe ser libre de hematomas y además deberán cumplir con la Norma chilena NCh 1596 Of1999. Para la elaboración de este producto sólo se podrá usar las carnes tipificadas como: V y C, esto se fundamenta en que éstas son las carnes que permiten obtener un producto con una textura más blanda y mejor aceptabilidad. La materia prima deberá cumplir las siguientes Normas Chilenas: NCh1306.Of2002, NCh1424.Of2002, NCh1423.Of1994 Se prohíbe el uso de las partes descritas en el artículo 274 del RSA y además las siguientes partes: cabeza, cogote, pezuña, mano, patas, osobuco de pierna (garrón), osobuco de mano (brazuelo), cola, cuero, cuero y genitales. Tampoco se permite usar carne aglomerada y compactada, ni carne mecánicamente deshuesada (frescas o congeladas) Se prohíbe el uso de extensores proteicos, vegetales y/o animales. Se podrán usar los siguientes tipos de materias primas, cuidando que se cumpla con todos los requisitos de composición química descritos en la presente Ficha : a) Carne Fresca: La carne fresca que se seleccione, deberá cumplir con lo que establece el artículo 271 del RSA. b) Carne congelada. La carne congelada que se seleccione deberá cumplir con lo que establece el artículo 273 del RSA. Se podrá usar siempre que el proceso de elaboración de la carne molida se realice de principio a fin, sin interrupciones ni exceder 0°C, de modo de mantenerlo congelado.

Producto Final/Terminado Todas las carnes independientemente del tipo, deben ser deshuesadas, desgrasadas y sin tendones ni Operaciones cartílagos. Si la materia prima es una carne congelada, previo al proceso de corte y pre-cocción debe ser Preliminares descongelada en refrigeración. CARNE EN CUBOS ENVASADA EN POUCH: Es el producto elaborado con la materia prima antes descrita la que debe ser sometida a proceso de trozado en máquina cortadora de carne en cubos apropiada para entregar un tamaño de 1 cm x 1cm a 1,5 cm x 1,5 cm. Se permitirá que un mínimo de un 80% de los trozos estén dentro Operaciones de los límites permitidos y sólo un 20% podrán ser de menor o mayor tamaño que el indicado. Posteriormente definitivas: debe ser pre-cocida durante 7 a 10 minutos, y luego se deberá envasar en bolsas Pouch (bolsas retortables termotratables) aptas para carnes, las que son cerradas y herméticamente selladas, utilizando la tecnología y el proceso adecuado para obtener esterilización comercial. Proceso de El producto se deberá envasar en bolsas pouch (retortables termotratables). Los envases utilizados deberán envasado y estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al envase primario 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo La carne después de ser trozada debe ser pre-cocida, es decir, debe ser sometida a cocción durante 7 a 10 Producto minutos, se deberá envasar en bolsas Pouch (bolsas retortables termotratables) aptas para carnes, las que son terminado: cerradas y herméticamente selladas, utilizando la tecnología y el proceso adecuado para obtener esterilización comercial. Conservación y vida útil Forma de CARNE EN CUBOS ENVASADA EN BOLSAS POUCH: Debe ser mantenido a temperatura conservación/almacenamiento y ambiente (máximo 18°C) en lugar fresco y seco, protegido del sol. La vida útil del producto sellado vida útil del producto terminado es de 12 meses. Calidad Sensorial Forma Física: Debe corresponder a carne de vacuno cocida, trozada en cubos de 1x 1 cm a 1,5 x 1,5 cm. Características Aspecto: Debe ser el propio de la carne de vacuno cocida, en cubos de 1x 1 cm a 1,5 x 1,5 cm., libre de defectos y organolépticas sin cúmulos de grasa visibles Color: Propio de la carne de vacuno cocida, debe ser libre de defectos, debe ser homogéneo, sin cúmulos de Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Evaluación Sensorial

grasa y considerar que el color característica de la carne cocida es color café (marrón) Olor: Propio de la carne de vacuno cocida, debe ser libre de defectos, libre de olor a podrido y de olores extraños. Sabor: Propio de la carne de vacuno cocida, debe ser libre de defectos y libre de sabores extraños. Textura: Propio de la carne de vacuno cocida, debe ser libre de defectos y no requiere cuchillo para el corte. Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descrito anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Sodio (mg) Hierro (mg)

100g Máx. 75 Máx. 1,2 Mín. 20 Máx. 5,5 Por diferencia máx. 1,0 Máx. 180 1,5 – 3,0

Requisitos Físico –Químicos Carne Magra (%) Defectos (hueso, grasa visible, tendones y cartílagos)

Mínimo 94,5 Ausencia

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 18 “Conservas”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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4.11

CARNE DE VACUNO MOLIDA CON CEBOLLA EN BOLSAS POUCH

Características generales de la materia prima Nombre genérico

Carne de vacuno molido mezclada con cebolla picada, precocido, envasada en bolsa pouch y sometido a tratamiento térmico de esterilidad comercial

Descripción

CARNE de VACUNO: Deberá cumplir con todo lo que establece el Reglamento Sanitario de los Alimentos (RSA, D.S.977/1996, actualizado y vigente) y específicamente con el Título XI párrafo 1 Artículos 268 al 280.

Origen Especificaciones del corte de carne Especificaciones de la cebolla Tipificación permitida

Materias primas prohibidas

Tipos de materias primas permitidas para la elaboración

Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Se podrán usar los siguientes cortes como 1° opción: posta de paleta, posta negra, choclillo, sobre costilla, posta rosada y asiento. Como 2° opción, si los anteriores no están disponibles: tapa pecho, punta de picana, abastero y carnicero. Cualquiera de los cortes usados debe ser libre de hematomas y además deberán cumplir con la Norma chilena NCh 1596 Of1999. Se deberá usar cebolla (Allium cepa), de preferencia la variedad Valenciana Grano de Oro, alternativamente si no está disponible ésta, se podrán utilizar otras variedades. Para elaboración de este producto sólo se podrá usar las cebollas que cumplan con la Norma Chilena NCh1569. Of2000 de acuerdo a la variedad que se utilice. Para la elaboración de este producto sólo se podrá usar las carnes tipificadas como: V y C, esto se fundamenta en que éstas son las carnes que permiten obtener un producto con una textura más blanda y mejor aceptabilidad. La materia prima deberá cumplir las siguientes Normas Chilenas: NCh1306.Of2002, NCh1424.Of2002, NCh1423.Of1994 Se prohíbe el uso de las partes descritas en el artículo 274 del RSA y además las siguientes partes: cabeza, cogote, pezuña, mano, patas, osobuco de pierna (garrón), osobuco de mano (brazuelo), cola, cuero, cuero y genitales. Tampoco se permite usar carne aglomerada y compactada, ni carne mecánicamente deshuesada (frescas o congeladas). Se prohíbe el uso de extensores proteicos, vegetales y/o animales. Se podrán usar los siguientes tipos de materias primas, cuidando que se cumpla con todos los requisitos de composición química descritos en la presente Ficha : a) Carne Fresca: La carne fresca que se seleccione, debe cumplir con lo que establece el artículo 271 del RSA. b) Carne congelada. La carne congelada que se seleccione deberá cumplir con lo que establece el artículo 273 del RSA. Se podrá usar siempre que el proceso de elaboración de la carne molida se realice de principio a fin, sin interrupciones ni exceder 0°C, de modo de mantenerlo congelado.

Producto Final/Terminado Todas las carnes independientemente del tipo, deben ser deshuesadas, desgrasadas y sin tendones ni cartílagos. Si la materia prima es una carne congelada, previo al proceso de corte y pre-cocción debe ser Operaciones descongelada en refrigeración. Preliminares Las cebollas utilizadas en este producto, una vez seleccionadas deben ser sometidas a los procesos de limpieza y pelado. CARNE MOLIDA: Es el producto elaborado con la materia prima antes descrita, la que debe ser sometida a proceso de molienda en máquina moledora de carne usando el disco de 6 mm. CEBOLLA PICADA FINA (CUBITOS): Corresponde a la materia prima antes descrita la que debe ser sometida a Operaciones proceso de trozado en máquina cortadora y deberá tener un tamaño de 0,5 cm x 0,5 cm a 0,3 cm x 0,3 cm. definitivas: Posteriormente debe ser pre-cocida durante 7 a 10 minutos, y luego se deberá envasar en bolsas Pouch (bolsas retortables termotratables) aptas para carnes, las que son cerradas y herméticamente selladas, utilizando la tecnología y el proceso adecuado para obtener esterilización comercial. La carne después molida mezclada con la cebolla picada, debe ser sometida al proceso de envasado. Proceso de El producto se deberá envasar en bolsas pouch (retortables termotratables). Los envases utilizados deberán envasado y estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al envase primario 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. El producto final está conformado por una mezcla de 60% de la Carne de Vacuno molida y 40% de Cebolla. A la mezcla se le agregan los condimentos permitidos por JUNAEB. Posteriormente debe ser pre-cocido, es decir, Producto debe ser sometido a cocción, durante 7 a 10 minutos, se deberá envasar en Bolsas Pouch (bolsas terminado: termotratables) aptas para esta mezcla, las que son cerradas y herméticamente selladas, utilizando la tecnología y aplicando el proceso adecuado para obtener esterilización comercial. Conservación y vida útil Forma de CARNE MOLIDA CON CEBOLLA PICADA ENVASADA EN BOLSA POUCH: Debe ser mantenido conservación/almacenamiento y a temperatura ambiente (máximo 18°C) en lugar fresco y seco, protegido del sol. La vida útil del vida útil del producto terminado producto sellado es de 12 meses. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Calidad Sensorial Forma Física: Debe corresponder a carne de vacuno cocida molida, mínimo 6 mm, con cebolla picada en cubitos cocida, libre de defectos. Aspecto: Debe ser el propio de la carne de vacuno cocida molida con cebolla picada en cubos, libre de defectos y sin cúmulos de grasa visibles. Color: Propio de la carne de vacuno cocida con cebolla picada en cubos, debe ser libre de defectos, debe ser Características homogéneo, sin cúmulos de grasa y considerar que el color característica de la carne cocida es color café (marrón) organolépticas Olor: Propio de la carne de vacuno cocida con cebolla picada en cubos, debe ser libre de defectos, libre de olor a podrido y de olores extraños. Sabor: Propio de la carne de vacuno cocida con cebolla picada en cubos, debe ser libre de defectos y libre de sabores extraños. Textura: Propio de la carne de vacuno cocida con cebolla picada en cubos, debe ser libre de defectos y no requiere cuchillo para el corte. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descrito anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Azucares totales (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg) Hierro (mg)

100g Máx. 75 Máx. 2,3 Mín. 14 Máx. 6,0 Por diferencia máx. 4,5 1,0-3,0 0,5-1,5 Máx. 240 0,9 – 1,8

Requisitos Físico –Químicos Carne Magra (%) Defectos (hueso, grasa visible, tendones y cartílagos)

Mínimo 94 Ausencia

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 18 “Conservas”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

Revisado por: JEFE DAE

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4.12 CARNE DE VACUNO EN CUBOS CON CEBOLLA EN POUCH Características generales de la materia prima Nombre genérico

Carne de vacuno trozada en cubos mezclada con cebolla picada, precocido, envasada en bolsa pouch y sometido a tratamiento térmico de esterilidad comercial

Descripción

CARNE de VACUNO: Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA y específicamente con el Título XI párrafo 1 Artículos 268 al 280.

Origen Especificaciones del corte de carne Especificaciones de la cebolla Tipificación permitida

Materias primas prohibidas

Tipos de materias primas permitidas para la elaboración

Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Se podrán usar los siguientes cortes como 1° opción: posta de paleta, posta negra, choclillo, sobre costilla, posta rosada y asiento. Como 2° opción, si los anteriores no están disponibles: tapa pecho, punta de picana, abastero y carnicero. Cualquiera de los cortes usados debe ser libre de hematomas y además deberán cumplir con la Norma chilena NCh 1596 Of1999. Se deberá usar cebolla (Allium cepa), de preferencia la variedad Valenciana Grano de Oro, alternativamente si no está disponible ésta, se podrán utilizar otras variedades. Para elaboración de este producto sólo se podrá usar las cebollas que cumplan con la Norma Chilena NCh1569. Of2000 de acuerdo a la variedad que se utilice. Para la elaboración de este producto sólo se podrá usar las carnes tipificadas como: V y C, esto se fundamenta en que éstas son las carnes que permiten obtener un producto con una textura más blanda y mejor aceptabilidad. La materia prima deberá cumplir las siguientes Normas Chilenas: NCh1306.Of2002, NCh1424.Of2002, NCh1423.Of1994 Se prohíbe el uso de las partes descritas en el artículo 274 del RSA y además las siguientes partes: cabeza, cogote, pezuña, mano, patas, osobuco de pierna (garrón), osobuco de mano (brazuelo), cola, cuero, cuero y genitales. Tampoco se permite usar carne aglomerada y compactada, ni carne mecánicamente deshuesada (frescas o congeladas). Se prohíbe el uso de extensores proteicos, vegetales y/o animales. Se podrán usar los siguientes tipos de materias primas, cuidando que se cumpla con todos los requisitos de composición química descritos en la presente Ficha : a) Carne Fresca: La carne fresca que se seleccione, debe cumplir con lo que establece el artículo 271 del RSA. b) Carne congelada. La carne congelada que se seleccione deberá cumplir con lo que establece el artículo 273 del RSA. Se podrá usar siempre que el proceso de elaboración de la carne molida se realice de principio a fin, sin interrupciones ni exceder 0°C, de modo de mantenerlo congelado.

Producto Final/Terminado Todas las carnes independientemente del tipo, deben ser deshuesadas, desgrasadas y sin tendones ni Operaciones cartílagos. Si la materia prima es una carne congelada, previo al proceso de corte y pre-cocción debe ser Preliminares descongelada en refrigeración. Las cebollas utilizadas en este producto, una vez seleccionadas deben ser sometidas a los procesos de limpieza y pelado. CARNE TROZADA EN CUBOS: Es el producto elaborado con la materia prima antes descrita la que debe ser sometida a proceso de trozado en máquina cortadora de carne en cubos apropiada para entregar un tamaño de 0.7 cm x 0.7cm a 1 cm x 1 cm. Se permitirá que un mínimo de un 80% de los trozos estén dentro de los límites permitidos y sólo un 20% podrán ser de menor o mayor tamaño. Operaciones CEBOLLA PICADA FINA (EN CUBITOS): Corresponde a la materia prima antes descrita la que debe ser definitivas: sometida a proceso de trozado en máquina cortadora y deberá tener un tamaño de 0,3 cm x 0,3 cm a 0,5 cm x 0,5 cm. Posteriormente debe ser pre-cocida durante 7 a 10 minutos, y luego envasar en bolsas Pouch (bolsas retortables termotratables) aptas para carnes, siendo cerradas y herméticamente selladas, utilizando la tecnología y el proceso adecuado para obtener esterilización comercial. La carne después molida mezclada con la cebolla picada, debe ser sometida al proceso de envasado. Proceso de El producto se deberá envasar en bolsas pouch (retortables termotratables). Los envases utilizados deberán envasado y estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al envase primario 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo El producto final está conformado por una mezcla de 60% de la Carne de Vacuno trozada en cubos y 40% de Cebolla. A la mezcla se le agregan los condimentos permitidos por JUNAEB. Posteriormente debe ser preProducto cocido, es decir, debe ser sometido a cocción, durante 7 a 10 minutos, y envasar en Bolsas Pouch (bolsas terminado: termotratables) aptas para esta mezcla, las que son cerradas y herméticamente selladas, utilizando la tecnología y aplicando el proceso adecuado para obtener esterilización comercial. Conservación y vida útil Forma de conservación/ CARNE EN CUBO CON CEBOLLA PICADA ENVASADA EN BOLSA POUCH: Debe ser mantenido a almacenamiento y vida útil temperatura ambiente (máximo 18°C) en lugar fresco y seco, protegido del sol. La vida útil del del producto terminado producto sellado es de 12 meses. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Calidad Sensorial Forma Física: Debe corresponder a carne de vacuno cocida trozada en cubos de 1x 1 cm a 1,5 x 1,5 cm, con cebolla picada en cubitos cocida, libre de defectos. Aspecto: Debe ser el propio de la carne de vacuno cocida en cubos con cebolla picada en cubos, libre de defectos y sin cúmulos de grasa visibles. Color: Propio de la carne de vacuno cocida con cebolla picada en cubos, debe ser libre de defectos, debe ser Características homogéneo, sin cúmulos de grasa y considerar que el color característica de la carne cocida es color café (marrón) organolépticas Olor: Propio de la carne de vacuno cocida con cebolla picada en cubos, debe ser libre de defectos, libre de olor a podrido y de olores extraños. Sabor: Propio de la carne de vacuno cocida con cebolla picada en cubos, debe ser libre de defectos y libre de sabores extraños. Textura: Propio de la carne de vacuno cocida con cebolla picada en cubos, debe ser libre de defectos y no requiere cuchillo para el corte. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descrito anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Azucares totales (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg) Hierro (mg)

100g Máx. 75 Máx. 1,0 Mín. 14 Máx. 6,0 Por diferencia máx. 4,5 1,0-3,0 0,5-1,5 Máx. 240 0,9 – 1,8

Requisitos Físico –Químicos Carne Magra (%) Defectos (hueso, grasa visible, tendones y cartílagos)

Mínimo 94 Ausencia

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 18 “Conservas”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.13

CHURRASCO DE CARNE DE VACUNO CONGELADO

Características generales de la materia prima Nombre genérico Churrasco de carne de vacuno cruda y congelada CARNE de VACUNO: Deberá cumplir con todo lo que establece el Reglamento Sanitario de los Alimentos (RSA, Descripción D.S.977/1996, actualizado y vigente) y específicamente con el Título XI párrafo 1 Artículos 268 al 280. Origen Especificaciones del corte de carne

Tipificación permitida

Materias primas prohibidas

Tipos de materias primas permitidas para la elaboración

Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Se podrán usar los siguientes cortes como 1° opción: posta de paleta, posta negra, choclillo, sobre costilla, posta rosada y asiento. Como 2° opción, si los anteriores no están disponibles: tapa pecho, punta de picana, abastero y carnicero. Cualquiera de los cortes usados debe ser libre de hematomas y además deberán cumplir con la Norma chilena NCh 1596 Of1999. Para la elaboración de este producto sólo se podrá usar las carnes tipificadas como: V y C, esto se fundamenta en que éstas son las carnes que permiten obtener un producto con una textura más blanda y mejor aceptabilidad. La materia prima deberá cumplir las siguientes Normas Chilenas: NCh1306.Of2002, NCh1424.Of2002, NCh1423.Of1994 Se prohíbe el uso de las partes descritas en el artículo 274 del RSA y además las siguientes partes: cabeza, cogote, pezuña, mano, patas, osobuco de pierna (garrón), osobuco de mano (brazuelo), cola, cuero, cuero y genitales. Tampoco se permite usar carne aglomerada y compactada, ni carne mecánicamente deshuesada (frescas o congeladas). Se prohíbe el uso de extensores proteicos, vegetales y/o animales. Se podrán usar los siguientes tipos de materias primas, cuidando que se cumpla con todos los requisitos de composición química descritos en la presente Ficha : a) Carne Fresca: La carne fresca que se seleccione, debe cumplir con lo que establece el artículo 271 del RSA. b) Carne congelada. La carne congelada que se seleccione deberá cumplir con lo que establece el artículo 273 del RSA. Se podrá usar siempre que el proceso de elaboración de la carne molida se realice de principio a fin, sin interrupciones ni exceder 0°C, de modo de mantenerlo congelado. c) Carne marinada. La carne marinada que se seleccione, debe cumplir con lo descrito en el art. 276 del RSA.

Producto Final/Terminado Operaciones Todas las carnes independientemente del tipo, deben ser deshuesadas, desgrasadas y sin tendones ni cartílagos Preliminares CHURRASCO DE CARNE DE VACUNO CONGELADO: Es el producto elaborado con la materia prima antes Operaciones descrita, la que debe ser sometida a proceso de laminado en máquina cortadora de carne, y deberá tener un definitivas: tamaño de 12 cm de diámetro como mínimo, con una porción de gramaje individual de 70 g sin considerar marinado. La carne después de ser laminada o porcionada, debe ser sometida al proceso de envasado, el que puede ser Proceso de realizado al vacío o en atmósfera normal. El producto se deberá envasar en bolsas plásticas impermeables u otro envasado y material o tecnología que asegure la calidad e integridad y conservación del producto. Los envases utilizados envase primario deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto La carne debe ser laminada o porcionada, envasada y rotulada, cuyo proceso de congelado (previo o posterior al terminado trozado) y el producto final congelado deberán cumplir con lo establecido en el artículo 273 del RSA. Conservación y vida útil Forma de CHURRASCO DE CARNE DE VACUNO CONGELADO: Debe ser mantenida a una temperatura conservación/almacenamiento y tal que en el interior del producto nunca sea superior a -18°C. Este producto debe ser mantenido vida útil del producto terminado por un máximo de 30 días, como parte de la cadena productiva y cuidando que no exista pérdida de la cadena de frío (congelado). Este producto nunca debe dejarse a temperatura ambiente. Calidad Sensorial Forma Física: Debe ser lámina individual o disco plano, con un tamaño de 12 cm de diámetro como mínimo, con una porción de gramaje individual de 70 g sin considerar marinado. Aspecto: Debe ser el propio de la carne cruda, en lamina, libre de defectos y sin cúmulos de grasa visibles Color: Propio de la carne, debe ser libre de defectos y debe ser homogéneo. Es necesario considerar que el color Características puede variar dependiendo de la presencia de oxígeno y CO en el medio, los que modifican el estado de oxidación organolépticas de la mioglobina. Así la carboximioglobina tiene un color rojo cereza, la deoximioglobina tiene un color rojo púrpura, la oximioglobina tiene un color rojo brillante y la metamioglobina tiene un color café (marrón). Olor: Propio de la carne, debe ser libre de defectos como por ejemplo olor a podrido y olores extraños Sabor: No especificado. Textura. Blanda y no requiere corte con cuchillo Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Evaluación Sensorial

Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Sodio (mg) Hierro (mg)

100g Máx. 75 Máx. 1,2 Mín. 20 Máx. 5 Por diferencia máx. 1,0 Máx. 100 1,5 – 3,0

Requisitos Físico –Químicos pH Carne Magra (%) Defectos (hueso, grasa visible, tendones y cartílagos)

5,5 - 6,0 Mínimo 95,0 Ausencia

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 10 “Cárneos y productos cárneos”, punto 10.1 “Carne Cruda”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.14

CARNE DE POLLO EN CUBOS ENVASADA EN BOLSA POUCH

Características generales de la materia prima Nombre genérico

Carne de pollo trozada en cubos, precocido envasada en bolsa pouch y sometido a tratamiento térmico de esterilidad comercial

Descripción

CARNE de POLLO: Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA y específicamente con el Título XI párrafo 1 Artículos 281 al 294.

Origen

Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile).

Especificaciones Se debe utilizar los músculos del ave de trutro corto y/o pechuga deshuesados, libres de hematomas. del corte de carne Tipificación Las carnes de pollo que se utilicen como materia prima deberán cumplir con el RSA y con las siguientes Normas permitida Chilenas: NCh2773.Of2002, NCh2881.Of2004 Se prohíbe el uso de las partes descritas en el artículo 284 y 285 del RSA; y además las siguientes partes: Materias primas cabeza, cogote, patas, cuero, genitales, plumas. Tampoco se permite usar carne de pollo aglomerada y prohibidas compactada, ni carne de pollo mecánicamente deshuesada (frescas o congeladas) Se prohíbe el uso de extensores proteicos, vegetales y/o animales. Se podrán usar los siguientes tipos de materias primas, cuidando que se cumpla con todos los requisitos de composición química descritos en la presente Ficha : Tipos de materias a) Carne de Pollo Fresca: La carne de ave fresca que se seleccione, deberá cumplir con lo que establece el primas permitidas artículo 287 y 289 del RSA para la b) Carne de Pollo congelada. La carne de ave congelada que se seleccione deberá cumplir con lo que establece elaboración el artículo 288 del RSA. Se podrá usar siempre que el proceso de elaboración de la carne molida se realice de principio a fin, sin interrupciones ni exceder 0°C, de modo de mantenerlo congelado. Producto Final/Terminado Todas las carnes independientemente del tipo, deben ser deshuesadas, desgrasadas y sin tendones ni Operaciones cartílagos. Si la materia prima es una carne congelada, previo al proceso de corte y pre-cocción debe ser Preliminares descongelada en refrigeración. CARNE DE POLLO EN CUBOS ENVASADA EN POUCH: Es el producto elaborado con la materia prima antes descrita la que debe ser sometida a proceso de trozado en máquina cortadora de carne en cubos apropiada Operaciones para entregar un tamaño de 1 cm x 1cm a 1,5 cm x 1,5 cm. Se permitirá que un mínimo de un 80% de los trozos definitivas: estén dentro de los límites permitidos y sólo un 20% podrán ser de menor o mayor tamaño que el indicado. proceso Posteriormente debe ser pre-cocida durante 7 a 10 minutos, y luego se deberá envasar en bolsas Pouch (bolsas retortables termotratables) aptas para carnes, las que son cerradas y herméticamente selladas, utilizando la tecnología y el proceso adecuado para obtener esterilización comercial. Proceso de El producto se deberá envasar en bolsas pouch (retortables termotratables). Los envases utilizados deberán envasado y estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al envase primario 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo La carne después de ser trozada debe ser pre-cocida, es decir, debe ser sometida a cocción durante 7 a 10 Producto minutos, se deberá envasar en bolsas Pouch (bolsas retortables termotratables) aptas para carnes, las que son terminado: cerradas y herméticamente selladas, utilizando la tecnología y el proceso adecuado para obtener esterilización comercial. Conservación y vida útil Forma de conservación/ CARNE DE POLLO EN CUBOS ENVASADA EN BOLSAS POUCH: Debe ser mantenido a temperatura almacenamiento y vida útil ambiente (máximo 18°C) en lugar fresco y seco, protegido del sol. La vida útil del producto sellado es de del producto terminado 12 meses. Calidad Sensorial Forma Física: Debe corresponder a carne de pollo cocida, trozada en cubos de 1x 1 cm a 1,5 x 1,5 cm. Aspecto: Debe ser el propio de la carne de pollo cocida, en cubos de 1x 1 cm a 1,5 x 1,5 cm., libre de defectos y sin cúmulos de grasa visibles Características Color: Propio de la carne de pollo cocida, debe ser libre de defectos, debe ser homogéneo, sin cúmulos de grasa organolépticas y considerar que el color característica de la carne cocida es color café (marrón) Olor: Propio de la carne de pollo cocida, debe ser libre de defectos, libre de olor a podrido y de olores extraños. Sabor: Propio de la carne de pollo cocida, debe ser libre de defectos y libre de sabores extraños. Textura: Propio de la carne de pollo cocida, debe ser libre de defectos y no requiere cuchillo para el corte. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descrito anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Sodio (mg) Hierro (mg)

100g Máx. 72 Máx. 1,2 Mín. 23 Máx. 3,0 Por diferencia máx. 1,0 Máx. 250 0,7 – 1,0

Requisitos Físico –Químicos Carne Magra (%) Defectos (hueso, grasa visible, tendones y cartílagos)

Mínimo 97 Ausencia

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 18 “Conservas”.

Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.15

CARNE DE POLLO DESMECHADA ENVASADA EN BOLSA POUCH

Características generales de la materia prima Nombre genérico

Carne de pollo desmenuzada, precocido envasada en bolsa pouch y sometido a tratamiento térmico de esterilidad comercial

Descripción

CARNE de POLLO: Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA y específicamente con el Título XI párrafo 1 Artículos 281 al 294.

Origen

Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile).

Especificaciones Se debe utilizar los músculos del ave de trutro corto y/o pechuga deshuesados, libres de hematomas. del corte de carne Tipificación Las carnes de pollo que se utilicen como materia prima deberán cumplir con el RSA y con las siguientes Normas permitida Chilenas: NCh2773.Of2002, NCh2881.Of2004 Se prohíbe el uso de las partes descritas en el artículo 284 y 285 del RSA; y además las siguientes partes: Materias primas cabeza, cogote, patas, cuero, genitales, plumas. Tampoco se permite usar carne de pollo aglomerada y prohibidas compactada, ni carne de pollo mecánicamente deshuesada (frescas o congeladas) Se prohíbe el uso de extensores proteicos, vegetales y/o animales. Se podrán usar los siguientes tipos de materias primas, cuidando que se cumpla con todos los requisitos de composición química descritos en la presente Ficha : Tipos de materias a) Carne de Pollo Fresca: La carne de ave fresca que se seleccione, deberá cumplir con lo que establece el primas permitidas artículo 287 y 289 del RSA para la b) Carne de Pollo congelada. La carne de ave congelada que se seleccione deberá cumplir con lo que establece elaboración el artículo 288 del RSA. Se podrá usar siempre que el proceso de elaboración de la carne molida se realice de principio a fin, sin interrupciones ni exceder 0°C, de modo de mantenerlo congelado. Producto Final/Terminado Todas las carnes independientemente del tipo, deben ser deshuesadas, desgrasadas y sin tendones ni Operaciones cartílagos. Si la materia prima es una carne congelada, previo al proceso de corte y pre-cocción debe ser Preliminares descongelada en refrigeración. CARNE DE POLLO DESMENUZADA ENVASADA EN POUCH: Es el producto elaborado con la materia prima antes descrita la que debe ser sometida a proceso de trozado en máquina cortadora de carne en tiritas apropiada para entregar tiritas de un largo de 1 cm a 1,5 cm aprox. Se permitirá que un mínimo de un 80% de las Operaciones tiritas estén dentro de los límites permitidos y sólo un 20% podrán ser de menor o mayor tamaño que el indicado. definitivas: Posteriormente debe ser pre-cocida durante 7 a 10 minutos, y luego se deberá envasar en bolsas Pouch (bolsas retortables termotratables) aptas para carnes, las que son cerradas y herméticamente selladas, utilizando la tecnología y el proceso adecuado para obtener esterilización comercial. Proceso de El producto se deberá envasar en bolsas pouch (retortables termotratables). Los envases utilizados deberán envasado y estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al envase primario 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo La carne después de ser trozada o desmechada debe ser pre-cocida, es decir, debe ser sometida a cocción Producto durante 7 a 10 minutos, se deberá envasar en bolsas Pouch (bolsas retortables termotratables) aptas para terminado: carnes, las que son cerradas y herméticamente selladas, utilizando la tecnología y el proceso adecuado para obtener esterilización comercial. Conservación y vida útil Forma de conservación/ CARNE DE POLLO DESMENUZADA ENVASADA EN POUCH: Debe ser mantenido a temperatura almacenamiento y vida útil ambiente (máximo 18°C) en lugar fresco y seco, protegido del sol. La vida útil del producto sellado es de del producto terminado 12 meses. Calidad Sensorial Forma Física: Debe corresponder a carne de pollo cocida, trozada o desmechada en tiritas de 1 cm a 1,5 cm aprox. Aspecto: Debe ser el propio de la carne de pollo cocida, en tiritas de 1 cm a 1,5 cm aprox., libre de defectos y sin Características cúmulos de grasa visibles organolépticas Color: Propio de la carne de pollo cocida, debe ser libre de defectos, debe ser homogéneo, sin cúmulos de grasa Olor: Propio de la carne de pollo cocida, debe ser libre de defectos, libre de olor a podrido y de olores extraños. Sabor: Propio de la carne de pollo cocida, debe ser libre de defectos y libre de sabores extraños. Textura: Propio de la carne de pollo cocida, debe ser libre de defectos y no requiere cuchillo para el corte. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descrito anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Sodio (mg) Hierro (mg)

100g Máx. 72 Máx. 1,2 Mín. 23 Máx. 3,0 Por diferencia máx. 1,0 Máx. 250 0,7 – 1,0

Requisitos Físico –Químicos Carne Magra (%) Defectos (hueso, grasa visible, tendones y cartílagos)

Mínimo 97 Ausencia

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 18 “Conservas”.

Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

Revisado por: JEFE DAE

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4.16 CARNE DE CERDO EN CUBOS ENVASADA EN BOLSA POUCH Características generales de la materia prima Nombre genérico

Carne de cerdo trozada en cubos, precocido envasada en bolsa pouch y sometido a tratamiento térmico de esterilidad comercial

Descripción

CARNE de CERDO: Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA y específicamente con el Título XI párrafo 1 Artículos 268 AL 275 y artículos 277 al 280.

Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Especificaciones Se podrán usar los siguientes cortes como 1° opción: plateada, lomo vetado, lomo centro. Cualquiera de los del corte de carne cortes usados debe ser libre de hematomas y además deberán cumplir con la Norma Chilena NCh 1499Of.2000 Tipificación La materia prima deberá cumplir la siguiente Norma Chilena: NCh1142EOf1975 permitida Se prohíbe el uso de las partes descritas en el artículo 274 del RSA y además las siguientes partes: cabeza, Materias primas pezuña, mano, patas, cola, cuero y genitales. Tampoco se permite usar carne aglomerada y compactada, ni prohibidas carne mecánicamente deshuesada (frescas o congeladas) Se prohíbe el uso de extensores proteicos, vegetales y/o animales. Se podrán usar los siguientes tipos de materias primas, cuidando que se cumpla con todos los requisitos de composición química descritos en la presente Ficha : Tipos de materias a) Carne de Cerdo Fresca: La carne fresca que se seleccione, deberá cumplir con lo que establece el artículo primas permitidas 271 del RSA. para la b) Carne de Cerdo congelada. La carne congelada que se seleccione deberá cumplir con lo que establece el elaboración artículo 273 del RSA. Se podrá usar siempre que el proceso de elaboración de la carne molida se realice de principio a fin, sin interrupciones ni exceder 0°C, de modo de mantenerlo congelado. Origen

Producto Final/Terminado Todas las carnes independientemente del tipo, deben ser deshuesadas, desgrasadas y sin tendones ni Operaciones cartílagos. Si la materia prima es una carne congelada, previo al proceso de corte y pre-cocción debe ser Preliminares descongelada en refrigeración. CARNE DE CERDO EN CUBOS ENVASADA EN POUCH: Es el producto elaborado con la materia prima antes descrita la que debe ser sometida a proceso de trozado en máquina cortadora de carne en cubos apropiada para entregar un tamaño de 1 cm x 1cm a 1,5 cm x 1,5 cm. Se permitirá que un mínimo de un 80% de los trozos Operaciones estén dentro de los límites permitidos y sólo un 20% podrán ser de menor o mayor tamaño que el indicado. definitivas: Posteriormente debe ser pre-cocida durante 7 a 10 minutos, y luego se deberá envasar en bolsas Pouch (bolsas retortables termotratables) aptas para carnes, las que son cerradas y herméticamente selladas, utilizando la tecnología y el proceso adecuado para obtener esterilización comercial. Proceso de El producto se deberá envasar en bolsas pouch (retortables termotratables). Los envases utilizados deberán envasado y estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al envase primario 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo La carne después de ser trozada debe ser pre-cocida, es decir, ser sometida a cocción durante 7 a 10 minutos, Producto se deberá envasar en bolsas Pouch (bolsas retortables termotratables) aptas para carnes, las que son cerradas y terminado: herméticamente selladas, utilizando la tecnología y el proceso adecuado para obtener esterilización comercial. Conservación y vida útil Forma de conservación/ CARNE DE CERDO EN CUBOS ENVASADA EN BOLSAS POUCH: Debe ser mantenido a temperatura almacenamiento y vida útil ambiente (máximo 18°C) en lugar fresco y seco, protegido del sol. La vida útil del producto sellado es de del producto terminado 12 meses. Calidad Sensorial Forma Física: Debe corresponder a carne de cerdo cocida, trozada en cubos de 1x 1 cm a 1,5 x 1,5 cm. Aspecto: Debe ser el propio de la carne de cerdo cocida, en cubos de 1x 1 cm a 1,5 x 1,5 cm., libre de defectos y sin cúmulos de grasa visibles Características Color: Propio de la carne de cerdo cocida, debe ser libre de defectos, debe ser homogéneo, sin cúmulos de grasa organolépticas y considerar que el color característica de la carne cocida es color café (marrón) Olor: Propio de la carne de cerdo cocida, debe ser libre de defectos, libre de olor a podrido y de olores extraños. Sabor: Propio de la carne de cerdo cocida, debe ser libre de defectos y libre de sabores extraños. Textura: Propio de la carne de cerdo cocida, debe ser libre de defectos y no requiere cuchillo para el corte. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descrito anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Sodio (mg) Hierro (mg)

100g Máx. 72 Máx. 1,5 Mín. 24 Máx. 10,0 Por diferencia máx. 1,0 Máx. 260 0,8 – 1,3

Requisitos Físico –Químicos Carne Magra (%) Defectos (hueso, grasa visible, tendones y cartílagos)

Mínimo 90 Ausencia

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 18 “Conservas”.

Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.17 ALBONDIGAS CON SALSA DE TOMATE ENVASADA EN BOLSAS POUCH Características generales de la materia prima Albóndigas de carne de vacuno con salsa de tomate, precocido, envasada en bolsa pouch y sometido a tratamiento térmico de esterilidad comercial CARNE de VACUNO: Deberá cumplir con todo lo que establece el Reglamento Sanitario de los Alimentos (RSA, D.S.977/1996, actualizado y vigente) y específicamente con el Título XI párrafo 1 Artículos 268 al 280. SALSA de TOMATE: Deberá cumplir con todo lo que establece el R.S.A. y específicamente con el Artículos 448 Descripción de las La proporción de la carne de vacuno y la salsa de totales debe ser: 60% carne de vacuno y 40% salsa de materias primas tomates Otros ingredientes de la mezcla: huevos, cebolla, pan rallado, almidones, ajo, perejil y otros condimentos y/o especias permitidas por JUNAEB, los cuales deben cumplir con todo lo que establece el R.S.A. Origen de las Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Uso materias primas y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Especificaciones Se podrán usar los siguientes cortes como 1° opción: posta de paleta, posta negra, choclillo, sobre costilla, posta del tipo de corte rosada y asiento. Como 2° opción, si los anteriores no están disponibles: tapa pecho, punta de picana, abastero de carne que se y carnicero. Cualquiera de los cortes usados debe ser libre de hematomas y además deberán cumplir con la podrá usar como Norma chilena NCh 1596 Of1999. materia prima CARNE de VACUNO: Para la elaboración de este producto sólo se podrá usar las carnes tipificadas como: V y C, esto se fundamenta en que éstas son las carnes que permiten obtener un producto con una textura más Tipificación blanda y mejor aceptabilidad. La materia prima deberá cumplir las siguientes Normas Chilenas: permitida de las NCh1306.Of2002, NCh1424.Of2002, NCh1423.Of1994 materias primas SALA de TOMATE: Para elaboración de este producto sólo se podrá usar salsa de tomate obtenida de permitidas Lycopersium esculentum HUEVOS: Para elaboración de este producto sólo se podrá usar los que cumplan con la Norma Chilena NCh 1376.Of 1978 y NCh3122.Of2008 Se prohíbe el uso de las partes descritas en el artículo 274 del RSA y además las siguientes partes: cabeza, cogote, pezuña, mano, patas, osobuco de pierna (garrón), osobuco de mano (brazuelo), cola, cuero, cuero y Materias primas genitales. Tampoco se permite usar carne aglomerada y compactada, ni carne mecánicamente deshuesada prohibidas (frescas o congeladas) Se prohíbe el uso de extensores proteicos, vegetales y/o animales. Se podrán usar los siguientes tipos de materias primas, cuidando que se cumpla con todos los requisitos de Tipos de materias composición química descritos en la presente Ficha : primas de carne a) Carne Fresca: La carne fresca que se seleccione, deberá cumplir con lo que establece el artículo 271 del de vacuno RSA. permitidas para la b) Carne congelada. La carne congelada que se seleccione deberá cumplir con lo que establece el artículo 273 elaboración del RSA. Se podrá usar siempre que el proceso de elaboración de la carne molida se realice de principio a fin, sin interrupciones ni exceder 0°C, de modo de mantenerlo congelado. Nombre genérico

Producto Final/Terminado Todas las carnes independientemente del tipo, deben ser deshuesadas, desgrasadas y sin tendones ni cartílagos. Si la materia prima es una carne congelada, previo al proceso de molienda y pre-cocción debe ser Operaciones descongelada en refrigerador Preliminares Si se usan huevos frescos éstos primero deben ser lavados, antes de usar. El perejil utilizado en este producto, una vez seleccionados deben ser sometidas a los procesos de limpieza y picado. ALBÓNDIGAS DE CARNE DE VACUNO CON SALSA DE TOMATE Y ENVASADA EN BOLSAS POUCH: Es el producto elaborado con la materia prima antes descrita la que debe ser sometida a proceso de molienda en Operaciones máquina moledora de carne con un tamaño de disco de 6 mm. Una vez que la carne está molida, se mezcla definitivas: con los demás ingredientes: huevos, el pan rallado el perejil, sal y/o especias en las proporciones indicadas en la presente Ficha, luego con esta mezcla se forman las Albóndigas (bolitas con un tamaño aprox. de 3 cm de diámetro) y se les agrega la salsa de tomate. Proceso de El producto se deberá envasar en bolsas pouch (retortables termotratables). Los envases utilizados deberán envasado y estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al envase primario 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo El producto final está conformado por las albóndigas con salsa de tomate. Este producto debe ser sometido a Producto cocción, se deberá envasar en Bolsas Pouch (bolsas termotratables y diseñadas para cocción) aptas para esta terminado: mezcla las que son cerradas y herméticamente selladas, utilizando la tecnología y aplicando el proceso adecuado para obtener esterilización comercial Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Conservación y vida útil Forma de conservación/ ALBÓNDIGAS CON SALSA DE TOMATE, COCIDA ENVASADA EN BOLSAS POUCH: Debe ser almacenamiento y vida mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) en lugar fresco y seco, protegido del sol. La vida útil útil del producto del producto sellado es de 12 meses a 24 meses y ésta información deberá estar declarada en el rótulo. terminado Calidad Sensorial Forma Física: Debe ser bolitas carne molida (albóndigas) con salsa de tomate, cocida, libre de defectos Aspecto: Debe ser el propio de las albóndigas de carne vacuno con salsa de tomate, cocida y libre de defectos Color: Propio de la carne cocida con salsa de tomate, debe ser libre de defectos, sin cúmulos de grasa Olor: Propio de la carne cocida con salsa de tomate, debe ser libre de defectos, libre de olor a podrido y de olores Características extraños. organolépticas Sabor: Propio de la carne cocida con salsa de tomate, debe ser libre de defectos y libre de sabores extraños. Textura: Propia de las albóndigas de carne vacuno con salsa de tomate, debe ser libre de defectos, debe ser blanda y las bolitas de carne deben presentar una suave resistencia al corte e incluso puede ser suficiente el tenedor para realizar el corte. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descrito anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Sodio (mg) Hierro (mg)

100g Máx. 78 Máx. 2,0 Mín. 10 Máx. 6 Por diferencia máx. 12,5 Máx. 300 0,8 – 2,0

Requisitos Físico –Químicos Carne Magra (%) Defectos (hueso, grasa visible, tendones y cartílagos)

Mínimo 94 Ausencia

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 18 “Conservas”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.18

SALSA BOLOGNESA ENVASADA EN BOLSA POUCH

Características generales de la materia prima Carne de vacuno molida mezclada con salsa de tomate, precocido, envasada en bolsa pouch y sometido a tratamiento térmico de esterilidad comercial CARNE de VACUNO: Deberá cumplir con todo lo que establece el Reglamento Sanitario de los Alimentos (RSA, D.S.977/1996, actualizado y vigente) y específicamente con el Título XI párrafo 1 Artículos 268 al 280. Descripción de SALSA DE TOMATES: Para elaboración de este producto sólo se podrá usar salsa de tomate obtenida de las materias Lycopersium esculentum. primas La proporción de la carne de vacuno y la salsa de totales debe ser: 60% carne de vacuno y 40% salsa de tomates. Otros ingredientes: cebolla, sal, almidones, ajo, condimentos y otras especias. Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Uso Origen y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Se podrán usar los siguientes cortes como 1° opción: posta de paleta, posta negra, choclillo, sobre costilla, posta Especificaciones rosada y asiento. Como 2° opción, si los anteriores no están disponibles: tapa pecho, punta de picana, abastero del corte de carne y carnicero. Cualquiera de los cortes usados debe ser libre de hematomas y además deberán cumplir con la Norma chilena NCh 1596 Of1999. Especificaciones Para elaboración de este producto sólo se podrá usar salsa de tomate obtenida de Lycopersium esculentum. de la salsa de Deberá cumplir con todo lo que establece el R.S.A., específicamente con el Artículos 448. tomates Para la elaboración de este producto sólo se podrá usar las carnes tipificadas como: V y C, esto se fundamenta Tipificación en que éstas son las carnes que permiten obtener un producto con una textura más blanda y mejor permitida aceptabilidad. La materia prima deberá cumplir las siguientes Normas Chilenas: NCh1306.Of2002, NCh1424.Of2002, NCh1423.Of1994 Se prohíbe el uso de las partes descritas en el artículo 274 del RSA y además las siguientes partes: cabeza, cogote, pezuña, mano, patas, osobuco de pierna (garrón), osobuco de mano (brazuelo), cola, cuero, cuero y Materias primas genitales. Tampoco se permite usar carne aglomerada y compactada, ni carne mecánicamente deshuesada prohibidas (frescas o congeladas). Se prohíbe el uso de extensores proteicos, vegetales y/o animales. Se podrán usar los siguientes tipos de materias primas, cuidando que se cumpla con todos los requisitos de composición química descritos en la presente Ficha: Tipos de materias a) Carne Fresca: La carne fresca que se seleccione, deberá cumplir con lo que establece el artículo 271 del primas permitidas RSA. para la b) Carne congelada. La carne congelada que se seleccione deberá cumplir con lo que establece el artículo 273 elaboración del RSA. Se podrá usar siempre que el proceso de elaboración de la carne molida se realice de principio a fin, sin interrupciones ni exceder 0°C, de modo de mantenerlo congelado. Nombre genérico

Producto Final/Terminado Todas las carnes independientemente del tipo, deben ser deshuesadas, desgrasadas y sin tendones ni Operaciones cartílagos. Si la materia prima es una carne congelada, previo al proceso de molienda y pre-cocción debe ser Preliminares descongelada en refrigerador. SALSA BOLOGNESA ENVASADA EN BOLSA POUCH: Es el producto elaborado con la materia prima antes Operaciones descrita la que debe ser sometida a proceso de molienda en máquina moledora de carne con un tamaño de definitivas disco de 6 mm mezclada con salsa de tomates, cebolla, sal, almidones, ajo, condimentos y otras especias. Proceso de El producto se deberá envasar en bolsas pouch (retortables termotratables). Los envases utilizados deberán envasado y estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al envase primario 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. El producto final está conformado por carne de vacuno molida con salsa de tomates. Este producto debe ser Producto sometido a cocción, se deberá envasar en Bolsas Pouch (bolsas termotratables y diseñadas para cocción) aptas terminado: para esta mezcla las que son cerradas y herméticamente selladas, utilizando la tecnología y aplicando el proceso adecuado para obtener esterilización comercial. Conservación y vida útil Forma de conservación/ SALSA BOLOGNESA ENVASADA EN BOLSA POUCH. Debe ser mantenido a temperatura ambiente almacenamiento y vida (máximo 18°C) en lugar fresco y seco, protegido del sol. La vida útil del producto sellado es de 12 meses útil del producto a 24 meses y ésta información deberá estar declarada en el rótulo. terminado Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Calidad Sensorial Forma Física: Debe corresponder a carne de vacuno cocida molida, mínimo 6 mm, con salsa de tomates, libre de defectos. Aspecto: Debe ser el propio de la carne de vacuno cocida molida con salsa de tomates, libre de defectos y sin cúmulos de grasa visibles. Color: Propio de la carne de vacuno cocida con salsa de tomates, debe ser libre de defectos, debe ser homogéneo, Características sin cúmulos de grasa. organolépticas Olor: Propio de la carne de vacuno cocida con salsa de tomates, debe ser libre de defectos, libre de olor a podrido y de olores extraños. Sabor: Propio de la carne de vacuno cocida con salsa de tomates, debe ser libre de defectos y libre de sabores extraños. Textura: Propio de la carne de vacuno cocida molida con salsa de tomates, debe ser libre de defectos y no requiere cuchillo para el corte. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descrito anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Sodio (mg) Hierro (mg)

100g Máx. 80 Máx. 2,0 Mín. 10 Máx. 6,0 Por diferencia máx. 4 Máx. 300 0,8 – 2,0

Requisitos Físico –Químicos Defectos (hueso, grasa visible, tendones y cartílagos)

Ausencia

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 18 “Conservas”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.19 ATUN ENVASADO EN BOLSA POUCH Características generales de la materia prima Lomos(itos) de Atún trozados en agua, cocido, envasada en bolsa pouch y sometido a tratamiento térmico de esterilidad comercial Descripción de ATÚN: Deberá cumplir con todo lo que establece el R.S.A. en los Artículos 313 al 324 y con la Norma Chilena las materias NCh 726.Of2005. primas Otros ingredientes: agua, sal, caldo vegetal, deberán cumplir con lo que establece el RSA Origen de las Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Uso materias primas y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Tipificación de la materia prima Las carnes de atún que se utilicen como materia prima deberán cumplir con el RSA artículos 314 al 324. permitida Materias primas Desmenuzado de atún. prohibidas Se podrán usar los siguientes tipos de materias primas, cuidando que se cumpla con todos los requisitos de Tipos de materias composición química descritos en la presente Ficha : primas permitidas Carne de atún fresca: La carne de atún fresco que se seleccione, debe cumplir con lo que establece el RSA. para la Carne de atún congelado. La carne de atún congelado que se seleccione debe cumplir con lo que establece el elaboración RSA. Nombre genérico

Producto Final/Terminado Operaciones Todos los lomitos de atún deben ser adecuadamente tratados y mantenidos en la cadena de frío Preliminares Operaciones ATUN ENVASADO EN BOLSA POUCH: Es el producto elaborado con la materia prima antes descrita la que definitivas: debe ser sometida a proceso de trozado, resguardando que el producto no quede desmenuzado. proceso Proceso de El producto se deberá envasar en bolsas pouch (retortables termotratables). Los envases utilizados deberán envasado y estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al envase primario 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo El producto final está conformado por carne de Lomos(itos) de Atún trozados en agua, cocido, envasada en bolsa Producto pouch (bolsas termotratables y diseñadas para cocción) aptas para esta mezcla las que son cerradas y terminado: herméticamente selladas, utilizando la tecnología y aplicando el proceso adecuado para obtener esterilización comercial. Conservación y vida útil Forma de conservación/ ATUN ENVASADO EN BOLSA POUCH: Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) almacenamiento y vida útil en lugar fresco y seco, protegido del sol. La vida útil del producto sellado es de 12 meses a 24 meses y del producto terminado ésta información deberá estar declarada en el rótulo. Calidad Sensorial Forma Física: Debe corresponder a lomos o lomitos de atún en trozos cocido. Aspecto: Debe ser el propio de lomos o lomitos de atún en trozos cocido, libre de defectos Color: Propio de la carne de atún cocido, debe ser libre de defectos Características Olor: Propio de la carne atún cocido, debe ser libre de defectos, libre de olor a podrido y de olores extraños. organolépticas Sabor: Propio de la carne atún cocido en agua, debe ser libre de defectos y libre de sabores extraños. Textura: Propio de la carne de atún cocido en agua, debe ser libre de defectos, blando y los trozos no requiere cuchillo para el corte. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descrito anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Sodio (mg) Hierro (mg) Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

100g Máx. 72 Máx. 1,5 Mín. 22,5 Máx. 5,0 Por diferencia máx. 1 Máx. 300 0,7 – 1,3 Revisado por: JEFE DAE

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Requisitos Físico –Químicos Nitrógeno básico volátil total (NBVT) (mg) Nitrógeno de trimelamina (NTMA) (mg)

Máx. 30 Máx. 15

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 18 “Conservas”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.20

SALCHICHA DE JUREL

Características generales de la materia prima Nombre genérico

Descripción de las materias primas

Origen de las materias primas Tipificación de la materia prima permitida Tipos de materias primas permitidas para la elaboración

Salchicha de Jurel, cocida y congelada SALCHICHA DE JUREL COCIDA Y CONGELADA. El producto deberá cumplir con todo el RSA y específicamente con lo que se establece en los Artículos 306 al 311 del RSA. JUREL: Deberá cumplir con todo lo que establece el R.S.A. en los Artículos 313 al 324 y con la Norma Chilena NCh 726.Of2005. CARMIN DE COCHINILLA (N° S.I.N. 120): Deberá cumplir con lo que establece el RSA en el artículo 145. HUMO LÍQUIDO: deberá ser libre de hidrocarburos aromáticos poli-cíclicos. ESPECIAS: deberán cumplir con todo lo que establece el RSA específicamente con los Artículos 430 al 433. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile) Las carnes de jurel que se utilicen como materia prima deberán cumplir con el RSA artículos 314 al 324, se podrá usar la pulpa de jurel y su grasa, cuidando que no se sobrepase el nivel de lípidos totales, establecido en la presente Ficha Se podrán usar los siguientes tipos de materias primas, cuidando que se cumpla con todos los requisitos de composición química descritos en la presente Ficha : Carne de jurel fresco: La carne de jurel fresco que se seleccione, deberá cumplir con lo que establece el RSA. Carne de jurel congelado. La carne de jurel congelado que se seleccione deberá cumplir con lo que establece el RSA.

Producto Final/Terminado Operaciones La pulpa de jurel deben ser adecuadamente tratados y mantenidos en la cadena de frío Preliminares Operaciones SALCHICHA DE JUREL: Es el producto elaborado con la materia prima antes descrita la que debe ser sometida definitivas: a proceso de mezclado, embutido, cocido y congelado. proceso Cada salchicha debe ser porcionada en unidades de 50, 60 y/0 70 g. La salchicha de jurel embutida, cocida y congelada debe ser sometida al proceso de envasado, el que puede ser Proceso de realizado al vacío o en atmósfera normal. El producto se deberá envasar en bolsas plásticas impermeables u otro envasado y material o tecnología que asegure la calidad e integridad y conservación del producto. Los envases utilizados envase primario deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129 Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto El producto final estará conformado por salchicha de jurel embutida, cocida, congelado y envasada. terminado: Conservación y vida útil Forma de conservación/ SALCHICHA DE JUREL: Debe ser mantenida a una temperatura tal que en el interior del producto nunca almacenamiento y vida sea superior a -18°C. Este producto debe ser mantenido por un máximo de 30 días, como parte de la útil del producto cadena productiva y cuidando que no exista pérdida de la cadena de frío (congelado). terminado Este producto nunca debe dejarse a temperatura ambiente Calidad Sensorial Forma Física: Debe corresponder a salchicha embutida, cocida y congelada. Aspecto: Debe ser el propio de una salchicha embutida, cocida y congelada, libre de defectos Color: Propio de una salchicha de jurel embutida y cocida, propio de la especie marina, debe ser libre de defectos. Características Olor: Propio de una salchicha embutida y cocida, debe ser libre de defectos, libre de olor a podrido y de olores organolépticas extraños. No debe resaltarse los olores de las especies marinas. Sabor: Propio de una salchicha de jurel embutida y cocida, debe ser libre de defectos y libre de sabores extraños. Textura: Propio de una salchicha de jurel embutida y cocida, firme, suave, elástica, debe ser libre de defectos, blando y los trozos no requiere cuchillo para el corte. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descrito anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general.

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Omega 3 (g) Sodio (mg) Hierro (mg)

100g Máx. 70 Máx. 1,5 Mín. 19 Máx. 8 Por diferencia máx. 2 Mín. 1,8 Máx. 550 1,3 – 2,3

Requisitos Físico –Químicos pH Nitrógeno básico volátil total (NBVT) (mg) Nitrógeno de trimelamina (NTMA) (mg) Índice de peróxido (meq. Oxigeno / Kg grasa) Histamina (mg)

6,0 - 6,5 Máx. 30 Máx. 15 Máx. 7 Máx.20

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 11 “Pescado y productos de la pesca”, punto 11.3 “Pescados y mariscos precocidos o cocidos congelados”. Adicionalmente, JUNAEB podrá controlar el cumplimiento del art. 174 del RSA Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.21

SALCHICHA DE SALMON

Características generales de la materia prima Nombre genérico

Salchicha de Salmón, escaldada y congelada

SALCHICHA DE SALMÓN, ESCALDADA Y CONGELADA. El producto deberá cumplir con todo el RSA y Descripción de específicamente con lo que se establece en el Artículo 306 del RSA las materias SALMÓN: Deberá cumplir con todo lo que establece el R.S.A. en los Artículos 313 al 324 y con la Norma Chilena primas NCh 726.Of2005. El producto deberá ser elaborado con un contenido mínimo de carne de salmón de 80%. Origen de las Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de materias primas Chile). Tipificación de la Las carnes de salmón que se utilicen como materia prima deberán cumplir con el RSA artículos 314 al 324, se materia prima podrá usar la pulpa de jurel y su grasa, cuidando que no se sobrepase el nivel de lípidos totales, establecido en permitida la presente Ficha. Se podrán usar los siguientes tipos de materias primas, cuidando que se cumpla con todos los requisitos de Tipos de materias composición química descritos en la presente Ficha : primas permitidas Carne de salmón fresco: La carne de salmón fresco que se seleccione, deberá cumplir con lo que establece el para la RSA. elaboración Carne de salmón congelado. La carne de salmón congelado que se seleccione deberá cumplir con lo que establece el RSA. Producto Final/Terminado Operaciones La pulpa de salmón debe ser adecuadamente tratados y mantenidos en la cadena de frío. Preliminares Operaciones SALCHICHA DE SALMÖN: Es el producto elaborado con la materia prima antes descrita la que debe ser definitivas: sometida a proceso de mezclado, embutido, escaldado y congelado. proceso Cada salchicha debe ser porcionada en unidades de 50, 60 y/0 70 g. La salchicha de salmón embutida, cocida y congelada debe ser sometida al proceso de envasado, el que puede Proceso de ser realizado al vacío o en atmósfera normal. El producto se deberá envasar en bolsas plásticas impermeables u envasado y otro material o tecnología que asegure la calidad e integridad y conservación del producto. Los envases envase primario utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129 Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto El producto final estará conformado por salchicha de salmón embutida, escaldada, congelado y envasada. terminado: Conservación y vida útil Forma de conservación/ SALCHICHA DE SALMON: Debe ser mantenida a una temperatura tal que en el interior del producto almacenamiento y vida nunca sea superior a -18°C. Este producto debe ser mantenido por un máximo de 30 días, como parte de útil del producto la cadena productiva y cuidando que no exista pérdida de la cadena de frío (congelado). terminado Este producto nunca debe dejarse a temperatura ambiente Calidad Sensorial Forma Física: Debe corresponder a salchicha embutida, cocida y congelada. Aspecto: Debe ser el propio de una salchicha embutida, cocida y congelada, libre de defectos Color: Propio de una salchicha de salmón embutida y cocida, propio de la especie marina, debe ser libre de defectos. Características Olor: Propio de una salchicha embutida y cocida, debe ser libre de defectos, libre de olor a podrido y de olores organolépticas extraños. No debe resaltarse los olores de las especies marinas. Sabor: Propio de una salchicha de salmón embutida y cocida, debe ser libre de defectos y libre de sabores extraños. Textura: Propio de una salchicha de salmón embutida y cocida, firme, suave, elástica, debe ser libre de defectos, blando y los trozos no requiere cuchillo para el corte. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descrito anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general.

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Omega 3 (g) Sodio (mg) Hierro (mg)

100g Máx. 65 Máx. 1,5 Mín. 13 Máx. 14 Por diferencia máx. 1 Mín. 5,0 Máx. 735 1,3 – 2,3

Requisitos Físico –Químicos pH Nitrógeno básico volátil total (NBVT) (mg) Nitrógeno de trimelamina (NTMA) (mg) Índice de peróxido (meq. Oxigeno / Kg grasa) Histamina (mg)

6,0 - 6,5 Máx. 30 Máx. 15 Máx. 7 Máx.20

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 11 “Pescado y productos de la pesca”, punto 11.3 “Pescados y mariscos precocidos o cocidos congelados”. Adicionalmente, JUNAEB podrá controlar el cumplimiento del art. 174 del RSA Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.22

HAMBURGUESA DE JUREL

Características generales de la materia prima Nombre genérico

Descripción de las materias primas

Origen de las materias primas Tipificación de la materia prima permitida Tipos de materias primas permitidas para la elaboración

Hamburguesa de Jurel, cruda y congelada HAMBURGUESA DE JUREL CRUDA Y CONGELADA. El producto deberá cumplir con todo el RSA y específicamente con lo que se establece en el Artículo 300 del RSA. JUREL: Deberá cumplir con todo lo que establece el R.S.A. en los Artículos 313 al 324 y con la Norma Chilena NCh 726.Of2005. CARMIN DE COCHINILLA (N° S.I.N. 120): Deberá cumplir con lo que establece el RSA en el artículo 145. HUMO LÍQUIDO: deberá ser libre de hidrocarburos aromáticos poli-cíclicos. ESPECIAS: deberán cumplir con todo lo que establece el RSA específicamente con los Artículos 430 al 433. OTROS ADITIVOS. Se podrá usar otros aditivos apropiados para este producto, según lo permitido en el RSA. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Las carnes de jurel que se utilicen como materia prima deberán cumplir con el RSA artículos 314 al 324, se podrá usar la pulpa de jurel y su grasa, cuidando que no se sobrepase el nivel de lípidos totales, establecido en la presente Ficha. Se podrán usar los siguientes tipos de materias primas, cuidando que se cumpla con todos los requisitos de composición química descritos en la presente Ficha : Carne de jurel fresco: La carne de jurel fresco que se seleccione, deberá cumplir con lo que establece el RSA. Carne de jurel congelado. La carne de jurel congelado que se seleccione deberá cumplir con lo que establece el RSA.

Producto Final/Terminado Operaciones La pulpa de jurel debe ser adecuadamente tratada y mantenida en la cadena de frío. Preliminares Operaciones HAMBURGUESA DE JUREL: Es el producto elaborado con la materia prima antes descrita la que debe ser definitivas: sometida a proceso de mezclado, embutido, cocido y congelado. proceso Cada hamburguesa debe ser porcionada en unidades individuales que el fabricante defina. La hamburguesa de jurel embutida, preformada y congelada debe ser sometida al proceso de envasado, el que Proceso de puede ser realizado al vacío o en atmósfera normal. El producto se deberá envasar en bolsas plásticas envasado y impermeables u otro material o tecnología que asegure la calidad e integridad y conservación del producto. Los envase primario envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto El producto final estará conformado por hamburguesa de jurel embutida, preformada, congelado y envasada. terminado: Conservación y vida útil Forma de conservación/ HAMBURGUESA DE JUREL: Debe ser mantenida a una temperatura tal que en el interior del producto almacenamiento y vida nunca sea superior a -18°C. Este producto debe ser mantenido por un máximo de 180 días, como parte útil del producto de la cadena productiva y cuidando que no exista pérdida de la cadena de frío (congelado). terminado Este producto nunca debe dejarse a temperatura ambiente Calidad Sensorial Forma Física: Debe corresponder a hamburguesa embutida, preformada y congelada. Aspecto: Debe ser el propio de una hamburguesa embutida, preformada y congelada, libre de defectos Color: Propio de una hamburguesa de jurel embutida y cruda, propio de la especie marina, debe ser libre de defectos. Características Olor: Propio de una hamburguesa embutida y cruda, debe ser libre de defectos, libre de olor a podrido y de olores organolépticas extraños. No debe resaltarse los olores de las especies marinas. Sabor: No especificado. Textura: Propio de una hamburguesa de jurel embutida, cruda, preformada y congelada, debe ser libre de defectos, blando y los trozos no requiere cuchillo para el corte. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descrito anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general.

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Omega 3 (g) Sodio (mg) Hierro (mg)

100g Máx. 70 Máx. 1,5 Mín. 19 Máx. 12 Por diferencia máx. 3 Mín. 3,0 Máx. 450 0,9 – 2,3

Requisitos Físico –Químicos pH Nitrógeno básico volátil total (NBVT) (mg) Nitrógeno de trimelamina (NTMA) (mg) Índice de peróxido (meq. Oxigeno / Kg grasa) Histamina (mg)

6,0 - 6,5 Máx. 30 Máx. 15 Máx. 7 Máx.20

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 11 “Pescado y productos de la pesca”, punto 11.2 “Pescados y mariscos congelados. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.23 HAMBURGUESA DE MERLUZA Y SALMON Características generales de la materia prima Nombre genérico

Descripción de las materias primas

Origen de las materias primas Tipificación de la materia prima permitida Tipos de materias primas permitidas para la elaboración

Hamburguesa de merluza y salmón, cruda y congelada HAMBURGUESA DE MERLUZA Y SALMÓN, CRUDA Y CONGELADA. El producto deberá cumplir con todo el RSA y específicamente con lo que se establece en el Artículo 300 del RSA MERLUZA: Deberá cumplir con todo lo que establece el R.S.A. en los Artículos 313 al 324 y con la Norma Chilena NCh 726.Of2005. SALMÓN: Deberá cumplir con todo lo que establece el R.S.A. en los Artículos 313 al 324 y con la Norma Chilena NCh 726.Of2005. ALMIDÓN DE PAPA: Deberá cumplir con lo que establece el RSA en el artículo 371. SAL: Deberá cumplir con lo que establece el RSA 435 a 439. Se deberá cuidar en forma especial que la cantidad total de sodio no sobrepase el límite establecido en la presente Ficha Técnica. OTROS ADITIVOS. Se podrá usar otros aditivos apropiados para este producto, según lo permitido en el RSA. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Las carnes de merluza y salmón que se utilicen como materia prima deberán cumplir con el RSA artículos 314 al 324, se podrá usar la pulpa merluza y salmón y su grasa, cuidando que no se sobrepase el nivel de lípidos totales, establecido en la presente Ficha Se podrán usar los siguientes tipos de materias primas, cuidando que se cumpla con todos los requisitos de composición química descritos en la presente Ficha : Carne de merluza y salmón: La carne de merluza y salmón fresco que se seleccione, deberá cumplir con lo que establece el RSA. Carne de merluza y salmón. La carne de merluza y salmón congelado que se seleccione deberá cumplir con lo que establece el RSA.

Producto Final/Terminado Operaciones La pulpa de merluza y salmón deben ser adecuadamente tratados y mantenidos en la cadena de frío Preliminares Operaciones HAMBURGUESA DE MERLUZA Y SALMÓN, CRUDA Y CONGELADA: Es el producto elaborado con la materia definitivas: prima antes descrita la que debe ser sometida a proceso de mezclado, embutido, cocido y congelado. proceso Cada hamburguesa debe ser porcionada en unidades individuales que el fabricante defina. La hamburguesa de merluza y salmón embutida, preformada y congelada debe ser sometida al proceso de Proceso de envasado, el que puede ser realizado al vacío o en atmósfera normal. El producto se deberá envasar en bolsas envasado y plásticas impermeables u otro material o tecnología que asegure la calidad e integridad y conservación del envase primario producto. Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129 Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto El producto final estará conformado por hamburguesa de merluza y salmón embutida, preformada, congelado y terminado: envasada. Conservación y vida útil Forma de HAMBURGUESA DE MERLUZA Y SALMÓN, CRUDA Y CONGELADA: Debe ser mantenida a una conservación/ temperatura tal que en el interior del producto nunca sea superior a -18°C. Este producto debe ser mantenido almacenamiento y por un máximo de 180 días, como parte de la cadena productiva y cuidando que no exista pérdida de la vida útil del producto cadena de frío (congelado). terminado Este producto nunca debe dejarse a temperatura ambiente

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Calidad Sensorial Forma Física: Debe corresponder a hamburguesa embutida, preformada y congelada. Aspecto: Debe ser el propio de una hamburguesa embutida, preformada y congelada, libre de defectos Color: Propio de una hamburguesa de merluza y salmón embutida y cruda, propio de la especie marina, debe ser libre de defectos. Características Olor: Propio de una hamburguesa embutida y cruda, debe ser libre de defectos, libre de olor a podrido y de olores organolépticas extraños. No debe resaltarse los olores de las especies marinas. Sabor: No especificado. Textura: Propio de una hamburguesa de merluza y salmón embutida, cruda, preformada y congelada, debe ser libre de defectos, blando y los trozos no requiere cuchillo para el corte. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descrito anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Omega 3 (g) Sodio (mg) Hierro (mg)

100g Máx. 70 Máx. 1,5 Mín. 14 Máx. 5 Por diferencia máx. 4 Mín. 1,8 Máx. 450 0,9 – 2,3

Requisitos Físico –Químicos pH Nitrógeno básico volátil total (NBVT) (mg) Nitrógeno de trimelamina (NTMA) (mg) Índice de peróxido (meq. Oxigeno / Kg grasa) Histamina (mg)

6,0 - 6,5 Máx. 30 Máx. 15 Máx. 7 Máx.20

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 11 “Pescado y productos de la pesca”, punto 11.2 “Pescados y mariscos congelados. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.24 HAMBURGUESA DE SALMON Características generales de la materia prima Nombre genérico Descripción de las materias primas Origen de las materias primas Tipificación de la materia prima permitida Tipos de materias primas permitidas para la elaboración

Hamburguesa de salmón, cruda y congelada HAMBURGUESA DE SALMÓN, CRUDA Y CONGELADA. El producto deberá cumplir con todo el RSA y específicamente con lo que se establece en el Artículo 300 del RSA SALMÓN (Salmo salar L): Deberá cumplir con todo lo que establece el R.S.A. en los Artículos 313 al 324 y con la Norma Chilena NCh 726.Of2005. El producto deberá ser elaborado con un contenido mínimo de carne de salmón de 80% OTROS ADITIVOS. Se podrá usar otros aditivos apropiados para este producto, según lo permitido en el RSA. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Las carnes de salmón que se utilicen como materia prima deberán cumplir con el RSA artículos 314 al 324, se podrá usar la pulpa de salmón y su grasa, cuidando que no se sobrepase el nivel de lípidos totales, establecido en la presente Ficha. Se podrán usar los siguientes tipos de materias primas, cuidando que se cumpla con todos los requisitos de composición química descritos en la presente Ficha : Carne de salmón fresco: La carne de salmón fresco que se seleccione, deberá cumplir con lo que establece el RSA. Carne de salmón congelado. La carne de salmón congelado que se seleccione deberá cumplir con lo que establece el RSA.

Producto Final/Terminado Operaciones La pulpa de salmón deben ser adecuadamente tratados y mantenidos en la cadena de frío Preliminares Operaciones HAMBURGUESA DE SALMÓN, CRUDA Y CONGELADA. Es el producto elaborado con la materia prima antes definitivas: descrita la que debe ser sometida a proceso de mezclado, embutido, cocido y congelado. proceso Cada hamburguesa debe ser porcionada en unidades individuales que el fabricante defina. La hamburguesa de salmón embutida, preformada y congelada debe ser sometida al proceso de envasado, el Proceso de que puede ser realizado al vacío o en atmósfera normal. El producto se deberá envasar en bolsas plásticas envasado y impermeables u otro material o tecnología que asegure la calidad e integridad y conservación del producto. Los envase primario envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129 Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto El producto final estará conformado por hamburguesa de salmón embutida, preformada, congelado y envasada. terminado: Conservación y vida útil Forma de conservación/ HAMBURGUESA DE SALMÓN, CRUDA Y CONGELADA.: Debe ser mantenida a una temperatura tal que almacenamiento y vida en el interior del producto nunca sea superior a -18°C. Este producto debe ser mantenido por un máximo útil del producto de 180 días, como parte de la cadena productiva y cuidando que no exista pérdida de la cadena de frío terminado (congelado). Este producto nunca debe dejarse a temperatura ambiente Calidad Sensorial Forma Física: Debe corresponder a hamburguesa embutida, preformada y congelada. Aspecto: Debe ser el propio de una hamburguesa embutida, preformada y congelada, libre de defectos Color: Propio de una hamburguesa de salmón embutida y cruda, propio de la especie marina, debe ser libre de defectos. Características Olor: Propio de una hamburguesa embutida y cruda, debe ser libre de defectos, libre de olor a podrido y de olores organolépticas extraños. No debe resaltarse los olores de las especies marinas. Sabor: No especificado. Textura: Propio de una hamburguesa de salmón embutida, cruda, preformada y congelada, debe ser libre de defectos, blando y los trozos no requiere cuchillo para el corte. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descrito anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general.

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Omega 3 (g) Sodio (mg) Hierro (mg)

100g Máx. 77 Máx. 1,5 Mín. 14 Máx. 17 Por diferencia máx. 6 Mín. 1,8 Máx. 470 0,9 – 2,3

Requisitos Físico –Químicos pH Nitrógeno básico volátil total (NBVT) (mg) Nitrógeno de trimelamina (NTMA) (mg) Índice de peróxido (meq. Oxigeno / Kg grasa) Histamina (mg)

6,0 - 6,5 Máx. 30 Máx. 15 Máx. 7 Máx.20

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 11 “Pescado y productos de la pesca”, punto 11.2 “Pescados y mariscos congelados. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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4.25 PULPA DE MERLUZA EN CUBOS CONGELADO Características generales de la materia prima Nombre genérico

Pulpa de merluza cruda, en cubos y congelada

Descripción de las materias primas Origen de las materias primas Tipificación de la materia prima permitida Tipos de materias primas permitidas para la elaboración

PULPA DE MERLUZA CRUDA, EN CUBOS Y CONGELADA. El producto deberá cumplir con todo el RSA MERLUZA: Deberá cumplir con todo lo que establece el R.S.A. en los Artículos 313 al 324 y con la Norma Chilena NCh 726.Of2005 Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile) Las carnes de merluza que se utilicen como materia prima deberán cumplir con el RSA artículos 314 al 324, se podrá usar la pulpa de merluza y su grasa, cuidando que no se sobrepase el nivel de lípidos totales, establecido en la presente Ficha. Se podrán usar los siguientes tipos de materias primas, cuidando que se cumpla con todos los requisitos de composición química descritos en la presente Ficha : Carne de merluza: La carne de merluza fresco que se seleccione, deberá cumplir con lo que establece el RSA. Carne de merluza: La carne de merluza que se seleccione deberá cumplir con lo que establece el RSA.

Producto Final/Terminado Operaciones La pulpa de merluza deben ser adecuadamente tratados y mantenidos en la cadena de frío Preliminares PULPA DE MERLUZA CRUDA, EN CUBOS Y CONGELADA: Es el producto elaborado con la materia prima Operaciones antes descrita, la que debe ser sometida a proceso de trozado en máquina cortadora de carne en cubos, y definitivas: deberá tener un tamaño de 2 cm x 2 cm. Se permitirá que un mínimo de un 80% de los trozos estén dentro de los proceso límites permitidos y sólo un 20% podrán ser de menor o mayor tamaño que el indicado. La Pulpa de merluza después de ser trozada, debe ser sometida al proceso de envasado, el que puede ser Proceso de realizado al vacío o en atmósfera normal. El producto se deberá envasar en bolsas plásticas impermeables u otro envasado y material o tecnología que asegure la calidad e integridad y conservación del producto. Los envases utilizados envase primario deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo La pulpa de merluza después de ser trozada en cubos, envasada y rotulada, cuyo proceso de congelado (previo Producto o posterior al trozado) y el producto final congelado deberán cumplir con lo establecido en el artículo 273 del terminado: RSA. Conservación y vida útil Forma de conservación/ PULPA DE MERLUZA CRUDA, EN CUBOS Y CONGELADA: Debe ser mantenida a una temperatura tal almacenamiento y vida que en el interior del producto nunca sea superior a -18°C. Este producto debe ser mantenido por un útil del producto máximo de 180 días, como parte de la cadena productiva y cuidando que no exista pérdida de la cadena terminado de frío (congelado). Este producto nunca debe dejarse a temperatura ambiente Calidad Sensorial Forma Física: Debe ser trozada en cubos de mínimo 2 cm x 2 cm Aspecto: Debe ser el propio de la carne o pulpa de merluza, cruda, en cubos, libre de defectos Color: Propio de la carne o pulpa de merluza, debe ser libre de defectos y debe ser homogéneo. Características Olor: Propio de la carne o pulpa de merluza, debe ser libre de defectos como por ejemplo olor a podrido y olores organolépticas extraños Sabor: No especificado. Textura. Blanda Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descrito anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Sodio (mg) Hierro (mg) Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

100g Máx. 82 Máx. 1,5 Mín. 14 Máx. 2 Por diferencia máx. 1 Máx. 100 0,9 – 1,8 Revisado por: JEFE DAE

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Requisitos Físico –Químicos pH Nitrógeno básico volátil total (NBVT) (mg) Nitrógeno de trimelamina (NTMA) (mg) Histamina (mg)

6,0 - 6,5 Máx. 30 Máx. 15 Máx.20

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 11 “Pescado y productos de la pesca”, punto 11.2 “Pescados y mariscos congelados. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.26 JUREL EN CONSERVA Características generales de la materia prima Nombre genérico Jurel al natural en conserva JUREL AL NATURAL EN CONSERVA. El producto deberá cumplir con todo el RSA y específicamente con los artículos referidos a conservas (artículos 408 a 423). Descripción de la JUREL: Deberá cumplir con todo lo que establece el R.S.A. en los Artículos 313 al 324 y con la Norma Chilena materia prima NCh 726.Of2005. LÍQUIDO DE COBERTURA: Agua y sal al 3,5%. Ambos ingredientes deben cumplir con lo que establece el RSA. Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Uso Origen y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Tipificación de las Las carnes de jurel que se utilicen como materia prima deberán cumplir con el RSA artículos 314 al 324, se materias primas podrá usar la pulpa de jurel y su grasa, cuidando que no se sobrepase el nivel de lípidos totales, establecido en permitidas la presente Ficha. Producto Final/Terminado Operaciones El jurel debe ser adecuadamente tratados y mantenidos en la cadena de frío Preliminares JUREL AL NATURAL EN CONSERVA: Es el producto elaborado con la materia prima antes descrita la que Operaciones debe ser sometida a proceso de envasado, herméticamente selladas, utilizando la tecnología y el proceso definitivas: adecuado para obtener esterilización comercial. Proceso de El producto se deberá envasar en envase de hojalata. Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la envasado y envase definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. primario Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto terminado: Jurel al natural en conserva. Conservación y vida útil Forma de conservación/ JUREL AL NATURAL EN CONSERVA: Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) almacenamiento y vida útil en lugar fresco y seco, protegido del sol. La vida útil del producto sellado es de 48 meses. del producto terminado Calidad Sensorial Forma Física: Debe corresponder a carne de jurel cocido libre de defectos, materias extrañas, sin escamas o restos de vísceras. Aspecto: Debe ser el propio de la carne de jurel cocido, en mitades, libre de defectos y sin cúmulos de grasa Características visibles organolépticas Color: Propio de la carne de jurel cocido, debe ser libre de defectos, debe ser homogéneo, sin cúmulos de grasa Olor: Propio de la carne de jurel cocido, debe ser libre de defectos, libre de olor a podrido y de olores extraños. Sabor: Propio de la carne de jurel cocido, debe ser libre de defectos y libre de sabores extraños. Textura: Propio de la carne de jurel cocido, debe ser libre de defectos Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descrito anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Sodio (mg) Hierro (mg)

100g Máx. 73 Máx. 1,7 Mín. 24 Máx. 7,0 Por diferencia máx. 1,0 Máx. 310 1,5 – 2,5

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 18 “Conservas”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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4.27 MANZANA Características generales de la materia prima Nombre genérico Manzana natural, fresca Las materias primas deberán cumplir con los requisitos que establece el RSA. Manzanas (fruto de la especie Malus domestica): Corresponde a las Manzanas naturales y sanas, las que deberán cumplir con todo lo que establece el RSA. Las variedades de manzanas que sólo se permitirá pueden entregar para el PAE, son las manzanas de categoría I o grado 2 o de una mejor calidad, de acuerdo a lo establecido en la NCh1926Of1999, de las siguientes variedades y calibres: Descripción de las Red delicious: Seleccionar calibre 100 a 163 y peso 190 a 120 g materias primas Royal gala: Seleccionar calibre 125 a 163 y peso 154 a 120 g Granny Smith: Seleccionar calibre 100 a 163 y peso 190 a 120 g Fuji: Seleccionar calibre 70 a 163 y peso 271 a 120 g Las materias primas que se seleccionen deberán cumplir con todo lo establecido en la NCh1926Of1999 y en forma específica las características de calidad establecidas para las Manzanas de cada una de estas variedades, según corresponda, por lo tanto, deberá cumplir con todos los requisitos de calidad establecidos en dicha Norma, según el caso. Origen de la Nacional o Importada (siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud materia prima de Chile) Producto Final/Terminado Todas las manzanas seleccionadas como materias primas deben ser aptas para el consumo y deberán cumplir con todo lo que se establece en el RSA. Deberán ser seleccionadas de modo que cumplan con los requisitos Operaciones mínimos exigidos en la NCh1926Of1999 para: Preliminares - daños y defectos tolerados según la variedad, para la Categoría I o grado 2 o de una mejor calidad - desórdenes fisiológicos tolerados según la variedad, para la categoría I o grado 2 o de una mejor calidad - grado de madurez tolerado , según la variedad, para la Categoría I o grado 2 o de una mejor calidad MANZANAS: Corresponde al producto natural en estado fresco, conformado exclusivamente con las materias primas ya descritas en la presente Ficha las que deberán ser mantenidas en óptimas condiciones de almacenamiento hasta su consumo. Operaciones La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos definitivas: 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna. Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. El producto se deberá Proceso de envasar en un material apto para éste y con la tecnología apropiada. envasado y Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra H) y envase primario deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación Artículo 107 letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto El producto terminado MANZANAS, está conformado exclusivamente con base al ingrediente indicado en la terminado: presente Ficha Técnica Conservación y vida útil Forma de conservación/ MANZANAS. Deben ser mantenidas en refrigeración. La vida útil del producto es variable, ya que almacenamiento y vida útil depende de la variedad de manzana y de su forma de conservación, puede ser desde 1 a 2 semanas del producto terminado hasta meses. La vida útil deberá ser indicada en el envase. Calidad Sensorial Forma Física. Debe ser propia de las Manzanas frescas según su variedad, forma ovoide, a veces alargada o redonda, que contienen semillas de color pardo; su piel es brillante y lisa; debe cumplir con todos los requisitos de calidad según la variedad y de acuerdo a la NCh1926Of1999 Aspecto: Debe ser el propio de las Manzanas naturales, libre de defectos, piel brillante y lisa, y debe cumplir con los requisitos de calidad para las Manzanas según NCh1926Of1999 Características Color. Propio de las Manzanas según su variedad y libre de defectos y debe cumplir con los requisitos de calidad organolépticas para dicha variedad según la NCh1926Of1999 Olor. Propio de las Manzanas naturales, debe ser libre de defectos y libre de olores extraños, Sabor. Propio del producto según su variedad y libre de defectos Textura/consistencia. Propia de las Manzanas según su variedad, debe ser libre de defectos como harinosidad y otros, libre de partículas o cuerpos extraños Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteína (g) Carbohidratos disponibles (g) Fibra dietética total (g) Requisitos Físico-químicos madurez Parámetro Red Delicious Presión (lb/pulg2) 8-11 Test almidón (1-6) Min. 2 Sólidos solubles (%) Min. 11

100g (manzana natural con cascara) Máx. 88 Máx. 0,2 Máx. 0,2 Por diferencia Máx. 9,5 Min. 1,7

Royal Gala 8-12 Min. 2 Min. 11

Requisitos Físico organolépticos Madurez desuniforme, inmaduros, sobremaduros; deformes Grado 2 Heridas, Machucones o Golpes Grado Pudrición

Granny Min. 7 Min. 3 Min. 11

Smith Fuji Min. 6 Min. 2 Min. 11 100g Máx. 10% Máx. 10% Ausencia

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, punto 14.1 Frutas y verduras frescas. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.28 PERA Características generales de la materia prima Nombre genérico Pera natural, fresca Peras (fruto de la especie Pirus communis): Corresponde a las Peras naturales las que deberán cumplir con todo lo que establece el RSA. Para el PAE sólo se permitirá entregar las Peras que cumplan los requisitos de calidad de Categoría I o grado 2 o de una mejor calidad, de acuerdo a lo establecido en la NCh1817Of2001, y exclusivamente de las siguientes Descripción de las variedades y calibres: materias primas Packam’s triunph: con calibre 100 a 163 y peso 190 a 117 g Winter nelis Nelly: con calibre 100 a 163 y peso 190 a 117 g Las materias primas que se seleccionen deberán cumplir con todo lo establecido en la presente Ficha y en forma específica las características de calidad establecidas para las Peras de cada una de estas variedades, según corresponda, por lo tanto, deberá cumplir con todos los requisitos establecidos en esta Ficha. Origen de la Nacional o Importada (siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud materia prima de Chile) Producto Final/Terminado Todas las Peras seleccionadas como materias primas deben ser aptas para el consumo y deberán cumplir con todo lo que se establece en el RSA. Deberán ser seleccionadas de modo que cumplan con los requisitos Operaciones mínimos exigidos de calidad considerando la NCh1817Of2001 para: Preliminares - daños y defectos tolerados - desórdenes fisiológicos - grado de madurez tolerado indicado más adelante en esta misma Ficha PERAS: Corresponde al producto natural en estado fresco, conformado exclusivamente con las materias primas ya descritas en la presente Ficha las que deberán ser mantenidas en óptimas condiciones de almacenamiento hasta su consumo. Operaciones La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos definitivas: 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna. Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. El producto se deberá Proceso de envasar en un material apto para éste y con la tecnología apropiada. envasado y Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra H) y envase primario deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación Artículo 107 letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto El producto terminado PERAS, está conformado exclusivamente con base al ingrediente indicado en la presente terminado: Ficha Técnica Conservación y vida útil Forma de conservación/ PERAS. Deben ser mantenidas en refrigeración. La vida útil del producto es variable, ya que depende almacenamiento y vida útil de la variedad de manzana y de su forma de conservación, puede ser desde 1 a 2 semanas hasta del producto terminado meses. La vida útil deberá ser indicada en el envase. Calidad Sensorial Forma Física. Debe ser propia de las Peras naturales, frescas, según su variedad y debe cumplir con los requisitos de calidad según la variedad Aspecto: Debe ser el propio de las Peras naturales, frescas, libre de defectos y debe cumplir con los requisitos de calidad para las Peras según los requisitos indicados en la presente Ficha Características Color. Opaco, propio de las Peras naturales, frescas, según su variedad, debe ser libre de defectos y debe cumplir organolépticas con los requisitos de calidad para la variedad declarada en el envase Olor. Propio de las Peras naturales, frescas, debe ser libre de defectos y libre de olores extraños Sabor. Propio de las peras naturales, frescas, según su variedad y libre de defectos. Textura/consistencia. Propia de las Peras naturales, frescas, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general.

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteína (g) Carbohidratos disponibles (g) Fibra dietética total (g) Requisitos Físico-químicos madurez Parámetro Presión (lb/pulg2) Test almidón (1-6) Sólidos solubles (%)

100g (manzana natural con cascara) Máx. 84,5 Máx. 0,4 Máx. 0,3 Por diferencia Máx. 12,4 Min. 3,1

Packam’s triumph Mín. 6 – Máx.10 Mínimo 2,0 Mínimo 11

Requisitos Físico organolépticos Madurez desuniforme, inmaduros, sobremaduros; deformes Grado 2 Heridas, Machucones o Golpes Grado Pudrición

Winter nelis Mín. 6 – Máx.10 Mínimo 2,0 Mínimo 11 100g Máx. 10% Máx. 10% Ausencia

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, punto 14.1 Frutas y verduras frescas. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.29 NARANJA Características generales de la materia prima Nombre genérico Naranja natural, fresca Las materias primas deberán cumplir con los requisitos que establece el RSA Naranjas (fruto de la especie Citrus sinensis): Corresponde a las Naranjas naturales las que deberán cumplir con todo lo que establece el RSA y la Norma Codex STAN 245/2004, Emd.1-2005, para la Categoría I o grado 2 o una mejor calidad. Para el PAE sólo se permitirán las Naranjas con calibre mínimo de 60 mm de diámetro ecuatorial y un peso desde 150 g y exclusivamente naranjas de las siguientes variedades: Descripción de las Navel u Ombligo. materias primas Washington navel. Navelina Navelate Valenciana Las materias primas que se seleccionen deberán cumplir con todo lo establecido en la Norma Codex recién indicada y en forma específica las características de calidad establecidas para las naranjas de cada una de estas variedades, según corresponda. Origen de la Nacional o Importada (siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud materia prima de Chile) Producto Final/Terminado Todas las Naranjas seleccionadas como materias primas deben ser aptas para el consumo y deberán cumplir con todo lo que se establece en el RSA. Deberán ser seleccionadas de modo que cumplan con los requisitos mínimos Operaciones exigidos de calidad que se a continuación describen: Preliminares - daños y defectos tolerados indicados en la presente Ficha - desórdenes fisiológicos tolerados indicados en la presente Ficha - grado de madurez tolerado indicado más adelante en la presente Ficha NARANJAS. Corresponde al producto natural en estado fresco, conformado exclusivamente con las materias primas ya descritas en la presente Ficha, las que deberán ser mantenidas en óptimas condiciones de almacenamiento hasta su consumo. Operaciones La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos 66, definitivas: 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. El producto se deberá Proceso de envasar en un material apto para éste y con la tecnología apropiada. envasado y Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra H) y deberán envase primario cumplir con los Artículos 122 al 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación Artículo 107 letra i) Producto El producto terminado NARANJAS, está conformado exclusivamente con base al ingrediente indicado en la terminado: presente Ficha Técnica Conservación y vida útil Forma de conservación/ NARANJAS. Se deben mantener en refrigeración. La vida útil del producto es variable, ya que depende almacenamiento y vida útil de la variedad de las naranjas y de su forma de conservación, la que va desde 1 a 2 semanas y más. La del producto terminado vida útil deberá ser indicada en el envase. Calidad Sensorial Forma Física. Debe ser propia de las Naranjas naturales, frescas, según su variedad, debe cumplir con los requisitos de calidad y de acuerdo a la Norma Codex 245-2004 Emd.1-2005 Aspecto. Debe ser el propio de las Naranjas naturales, frescas, libre de defectos y debe cumplir con los requisitos de calidad para las Naranjas según la Norma Codex y lo indicado en esta Ficha. Características Color. Propio de las Naranjas naturales, frescas y según su variedad, debe ser libre de defectos y debe cumplir con organolépticas los requisitos de calidad para la variedad declarada en el envase Olor. Propio de las Naranjas naturales, cuya intensidad cambia según la variedad, debe ser libre de defectos, libre de olores extraños Sabor. Propio de las Naranjas naturales según su variedad y libre de defectos Textura/consistencia. Propia de la Naranja natural fresca, jugosa, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general.

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteína (g) Carbohidratos disponibles (g) Fibra dietética total (g)

100g (manzana natural con cascara) Máx. 89,5 Máx. 0,4 Máx. 0,7 Por diferencia Máx. 8 Min. 2,1

Requisitos Físico, químicos, organolépticos Sólidos solubles (%) Acidez (%) Relación sólidos solubles/acidez

100g Máx. 8% Mín. 1,3 - Máx. 0,7 Mín. 6

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, punto 14.1 Frutas y verduras frescas. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.30 JALEA Características generales de la materia prima Alimento en polvo para preparar postre de gelatina con sabor. Nombre genérico El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 402. Las materias primas deberán cumplir con los requisitos que establece el RSA y se podrán usar: GELATINA: Se podrá usar gelatina de origen vegetal o gelatina de origen animal, la que deberá cumplir de acuerdo al artículo 403 del RSA. AZÚCARES: Se podrá utilizar sacarosa y otros azúcares simples, los que deberán cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 377 a 383, según corresponda. ADITIVOS PERMITIDOS PARA ESTE TIPO DE ALIMENTOS. Deberán cumplir con todo lo que establece el Descripción de las RSA, se podrán utilizar: materias primas GELIFICANTES/ESPESANTES. Se podrán incluir de acuerdo con el Artículo 150 del RSA. ACIDULANTES O REGULADORES DE ACIDEZ. Se podrán incluir de acuerdo con el Art. 140 del RSA. SABORIZANTES/AROMATIZANTES NATURALES. Deberán cumplir específicamente con el Artículo 155 del RSA. COLORANTES. Se podrán incluir de acuerdo con el Artículo 145 del RSA; excepto tartrazina (S.I.N. 102) y amarillo crepúsculo (S.I.N. 110) que están prohibidos en los alimentos del PAE. En este producto no se podrá adicionar edulcorantes no nutritivos. Origen de la Nacional o Importada (siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud materia prima de Chile) Producto Final/Terminado Todos los ingredientes usados como materias primas deben ser aptos para el consumo y deberán cumplir con Operaciones todo lo que se establece en el RSA. Deberán ser sometidos al procesamiento adecuado cumpliendo las BPF y Preliminares Control de Calidad durante todo el proceso de elaboración JALEA CON SABOR: Es el producto elaborado exclusivamente con las materias primas ya descritas, las que deberán ser sometidas a los procesos necesarios hasta la obtención del producto terminado. Operaciones La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos definitivas: 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. El producto se deberá envasar en un material apto para éste y con la tecnología apropiada. Proceso de Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra H) y envasado y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. envase primario Las características del envase primario utilizado deben garantizar la vida útil del producto definida, respaldada con los respectivos estudios de vida útil y análisis de envases, considerando como mínimo resistencia de sello, permeabilidad al oxigeno, permeabilidad al vapor de agua, migración global según corresponda. Debe cumplir con lo establecido en el RSA en los Artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación Artículo 107 letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. Además cuando se use gelatina de origen vegetal se deberá declarar su presencia de acuerdo a lo establecido en el artículo 402 del RSA El producto terminado JALEA CON SABOR, está conformado exclusivamente con base en los ingredientes Producto indicados en la presente Ficha. terminado: El producto terminado deberá ser un polvo de bajo poder higroscópico, de preparación instantánea, es decir de fácil disolución o reconstitución Conservación y vida útil Forma de JALEA CON SABOR: Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) en lugar fresco y seco, conservación/almacena protegido del sol. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado debe ser mínimo de 12 meses. miento y vida útil del Una vez abierto el envase, se debe mantener cerrada la bolsa y consumir antes de 30 días. producto terminado El producto una vez preparado debe ser refrigerado y consumido dentro de 24 hrs Calidad Sensorial Forma Física. Debe ser un polvo propio de este tipo de producto. Una vez reconstituido con agua y una vez que esté listo para el consumo, adoptará la forma según la forma en que se sirva Apariencia /Aspecto: El producto en polvo y una vez reconstituido el aspecto debe ser propio de este tipo de Características producto, uniforme, de aspecto homogéneo, libre de defectos organolépticas Color. El producto en polvo y una vez reconstituido el color debe ser uniforme, característico del producto de acuerdo al tipo de sabor y libre de defectos Olor. El producto en polvo y una vez reconstituido el olor debe ser característico del producto, de acuerdo al sabor, debe ser libre de defectos y libre de olores extraños Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Evaluación Sensorial

Sabor. El producto en polvo y una vez reconstituido el sabor debe ser ligeramente dulce, levemente ácido, característico del producto según el sabor declarado, y libre de sabores extraños Textura/consistencia. Propia del producto, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. El producto preparado deberá presentar una consistencia firme, de fácil porcionamiento con cuchara. Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Carbohidratos disponibles (g) Azucares totales (g) Sodio (mg)

100g (producto en polvo) Máx. 5 Máx. 1,5 Por diferencia Máx. 98 Máx. 98 Máx. 150

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, 4.3 Mezclas en seco de uso instantáneo. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.31 APIO FRESCO PREELABORADO Características generales de la materia prima Nombre genérico Apio fresco, crudo, picado, listo para el consumo APIO (Apium graveolens): Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos Descripción 15 al 21. Además para el control de calidad en la selección de la materia prima, deberá cumplir con la Norma de muestreo NCh1426OF1980 Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Origen Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). APIO FRESCO PICADO LISTO PARA EL CONSUMO: Es el producto elaborado con las materias primas Especificaciones del descritas el que después de ser sometido al proceso de limpieza, debe ser sometido al proceso de de corte corte de apio aplicando las BPF. El corte debe ser con forma de media luna con un tamaño de 0,5 cm de espesor este proceso se debe realizar usando la tecnología apropiada para obtener un producto homogéneo. Todas las materias primas que contengan unidades de apio con daños y defectos (unidades con manchas indeseables, unidades dañadas por insectos, aves u otros animales, unidades con alteraciones producidas por enfermedades, plagas u otros factores, unidades deshidratadas, unidades partidas, etc.). Materias primas Presencia de materias vegetales propias que son parte de las verduras u hortalizas pero que disminuyen su prohibidas calidad, también, presencia de materias vegetales extrañas, que corresponde a materias vegetal que no es parte de las plantas mismas. Presencia de materias extrañas como la presencia de otros elementos ajenos a la naturaleza del producto como trozos de madera, papel, vidrio, fragmentos de insectos, pelos, etc. Tipos de materias primas permitidas para la elaboración

Las materias primas que se utilicen para el Apio fresco pre-elaborado debe cumplir con la calidad específica que se estipulan a los requisitos establecidos para Frutas y Hortalizas Nch 1549Of80 y que aseguren su calidad comestible y comercial.

Producto Final/Terminado Todas las materias primas deben ser aptas para el consumo y deberán cumplir con todo lo que establece en el Operaciones RSA. Se deberá ser sometida al proceso de eliminación de todas las partes no comestibles y limpieza, Preliminares cumpliendo durante todo el proceso las BPF, luego las materias primas deben ser sometidas al proceso de corte. APIO FRESCO PICADO LISTO PARA EL CONSUMO: Es el producto elaborado con las materias primas Operaciones descritas el que después de ser sometido al proceso de limpieza, debe ser sometido al proceso de de corte definitivas: aplicando las BPF. El corte debe ser con forma de media luna con un tamaño de 0,5 cm de espesor. Este proceso proceso se debe realizar usando la tecnología apropiada para obtener un producto homogéneo. Una vez que se tiene el producto cortado y que cumple todos los requisitos exigidos en la presente Ficha, el producto es sometido al proceso de envasado en atmósfera modificada (95% nitrógeno/5% oxígeno) o envasado Proceso de al vacío. El producto se deberá envasar en bolsas de polietileno transparente, utilizando los materiales y envasado y tecnología apropiada, de modo que asegure la calidad e integridad del producto durante su vida útil. envase primario Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto El producto terminado Apio picado listo para el consumo, está conformado exclusivamente con base en apio, terminado: ingrediente indicado en el punto de materias primas permitidas. Conservación y vida útil Forma de conservación/ APIO FRESCO PICADO LISTO PARA EL CONSUMO: Debe ser mantenido en refrigeración a almacenamiento y vida útil temperatura de 1 a 4°C. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado es de 10 días. Se del producto terminado debe cuidar de mantener siempre la cadena de frío. Calidad Sensorial Forma Física: Debe ser propio del producto, apio picado con forma de media luna de 0,5 cm de espesor. Aspecto: Debe ser el propio del apio picado listo para el consumo, libre de defectos. Color. Verde claro a oscuro, propio del apio picado listo para el consumo y libre de defectos. Características Olor. Propio del apio fresco y debe ser libre de defectos, libre de olores extraños. organolépticas Sabor. Propio del apio fresco. Textura/consistencia. Propio del apio fresco, crujiente, turgente y firme, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descrito anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general.

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg)

100g Máx. 95 Máx. 1,2 Mín. 0,7 Máx. 0,4 Por diferencia máx. 3,0 0,7 Máx. 80

Requisitos Físico –Químicos Pudrición y/o fermentación Materias extrañas (% peso neto) vegetales y no vegetales. Manchas (%). Requisitos Biológicos Presencia de larvas, parásitos u otros

Ausencia Ausencia Máximo 6%

Ausencia

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 14 “Frutas y verduras”, 14.2 Frutas y otros vegetales comestibles preelaborados, listos para el consumo. Otros requisitos Para estos productos vegetales. JUNAEB si lo estima conveniente, podrá en cualquier momento controlar presencia de residuos de pesticidas bajo una metodología y con niveles de aceptación validadas y/o autorizadas por el SAG La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.32 REPOLLO FRESCO PREELABORADO Características generales de la materia prima Nombre genérico

Repollo fresco, crudo, picado, listo para el consumo

Brassica oleracea L. var. capitata L. “Repollo Blanco”:Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 15 al 21. Además para el control de calidad en la selección de la materia prima, deberá cumplir con la Norma de muestreo NCh1426OF1980 Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Origen Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Repollo fresco picado listo para el consumo: Es el producto elaborado con las materias primas descritas el que Especificaciones del después de ser sometido al proceso de limpieza, debe ser sometido al proceso de corte aplicando las BPF. El corte de repollo corte se debe realizar usando la tecnología apropiada para obtener un producto homogéneo con el más alto grado de finura (3 mm). También se podrá cortar en trozos. Todas las materias primas que contengan unidades de repollo con daños y defectos (unidades con manchas indeseables, unidades dañadas por insectos, aves u otros animales, unidades con alteraciones producidas por enfermedades, plagas u otros factores, unidades deshidratadas, unidades partidas, etc.). Materias primas Presencia de materias vegetales propias que son parte de las verduras u hortalizas pero que disminuyen su prohibidas calidad, también, presencia de materias vegetales extrañas, que corresponde a materias vegetal que no es parte de las plantas mismas. Presencia de materias extrañas como la presencia de otros elementos ajenos a la naturaleza del producto como trozos de madera, papel, vidrio, fragmentos de insectos, pelos, etc. Descripción

Tipos de materias primas permitidas para la elaboración

Las materias primas que se utilicen para el Apio fresco pre-elaborado debe cumplir con la calidad específica que se estipulan a los requisitos establecidos para Frutas y Hortalizas Nch 1549Of80 y que aseguren su calidad comestible y comercial.

Producto Final/Terminado Todas las materias primas deben ser aptas para el consumo y deberán cumplir con todo lo que establece en el Operaciones RSA. Se deberá ser sometida al proceso de eliminación de todas las partes no comestibles y limpieza, Preliminares cumpliendo durante todo el proceso las BPF, luego las materias primas deben ser sometidas al proceso de corte. Operaciones Una vez que se tiene el producto cortado y que cumple todos los requisitos exigidos en la presente Ficha, el definitivas: producto es sometido al proceso de envasado en atmósfera modificada (95% nitrógeno/5% oxígeno), o envasado proceso al vacío. El producto se deberá envasar en bolsas de polietileno transparente, utilizando los materiales y tecnología Proceso de apropiada, de modo que asegure la calidad e integridad del producto durante su vida útil. envasado y Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra H) y envase primario deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto El producto terminado Repollo picado listo para el consumo, está conformado exclusivamente con base en terminado: repollo, ingrediente indicado en el punto de materias primas permitidas. Conservación y vida útil Forma de conservación/ Repollo fresco picado listo para el consumo: Debe ser mantenido en refrigeración a temperatura de 1 almacenamiento y vida útil del a 4°C. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado es de 10 días. Se debe cuidar de producto terminado mantener siempre la cadena de frío. Calidad Sensorial Forma Física: Debe ser propio del producto, repollo picado en forma longitudinal y fino. También se podrá presentar en trozos para diversas preparaciones. Aspecto: Debe ser el propio del repollo picado listo para el consumo, libre de defectos. Características Color. Verde claro, propio del repollo picado listo para el consumo y libre de defectos. organolépticas Olor. Propio del repollo fresco y debe ser libre de defectos, libre de olores extraños. Sabor. Propio del repollo fresco. Textura/consistencia. Propio del repollo fresco, crujiente, turgente y firme, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descrito anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general.

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg)

100g Máx. 95 Máx. 0,7 Mín. 1,5 Máx. 0,4 Por diferencia máx. 3,0 2,0 Máx. 18

Requisitos Físico –Químicos Pudrición y/o fermentación Materias extrañas (% peso neto) vegetales y no vegetales. Manchas (%). Requisitos Biológicos Presencia de larvas, parásitos u otros

Ausencia Ausencia Máximo 6%

Ausencia

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 14 “Frutas y verduras”, 14.2 Frutas y otros vegetales comestibles preelaborados, listos para el consumo. Otros requisitos Para estos productos vegetales. JUNAEB si lo estima conveniente, podrá en cualquier momento controlar presencia de residuos de pesticidas bajo una metodología y con niveles de aceptación validadas y/o autorizadas por el SAG La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.33 ZANAHORIA FRESCA PREELABORADA Características generales de la materia prima Nombre genérico Zanahoria fresca, cruda, picada o trozada listo para el consumo Daucus carota L. var. Sativus “Zanahoria”:Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 15 al 21. Además para el control de calidad en la selección de la materia prima, deberá cumplir con la Norma de muestreo NCh1426OF1980 Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Origen Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Zanahoria fresca picada/trozada listo para el consumo: Es el producto elaborado con las materias primas Especificaciones del descritas el que después de ser sometido al proceso de limpieza, debe ser sometido al proceso de corte corte de zanahoria aplicando las BPF. El corte o trozado se debe realizar usando la tecnología apropiada para obtener un producto homogéneo. Todas las materias primas que contengan unidades de zanahoria con daños y defectos (unidades con manchas indeseables, unidades dañadas por insectos, aves u otros animales, unidades con alteraciones producidas por enfermedades, plagas u otros factores, unidades deshidratadas, unidades partidas, etc.). Presencia de materias vegetales propias que son parte de las verduras u hortalizas pero que disminuyen su Materias primas calidad, también, presencia de materias vegetales extrañas, que corresponde a materias vegetal que no es prohibidas parte de las plantas mismas. Para Zanahorias, se consideran como defectos aquellas unidades con presencia de pudrición, corazón leñoso, daño mecánico y deshidratadas. Presencia de materias extrañas como la presencia de otros elementos ajenos a la naturaleza del producto como trozos de madera, papel, vidrio, fragmentos de insectos, pelos, etc. Descripción

Tipos de materias primas permitidas para la elaboración

Las materias primas que se utilicen para la zanahoria fresca pre-elaborada debe cumplir con la calidad específica que se estipulan a los requisitos establecidos para Frutas y Hortalizas Nch 1549Of80 y que aseguren su calidad comestible y comercial.

Producto Final/Terminado Todas las materias primas deben ser aptas para el consumo y deberán cumplir con todo lo que establece en el Operaciones RSA. Se deberá ser sometida al proceso de eliminación de todas las partes no comestibles y limpieza, Preliminares cumpliendo durante todo el proceso las BPF, luego las materias primas deben ser sometidas al proceso de corte. Operaciones Una vez que se tiene el producto cortado y que cumple todos los requisitos exigidos en la presente Ficha, el definitivas: producto es sometido al proceso de envasado en atmósfera modificada (95% nitrógeno/5% oxígeno), o proceso envasado al vacío. El producto se deberá envasar en bolsas de polietileno transparente, utilizando los materiales y tecnología Proceso de apropiada, de modo que asegure la calidad e integridad del producto durante su vida útil. envasado y Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra H) y envase primario deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto El producto terminado Zanahoria lista para el consumo, está conformado exclusivamente con base en zanahoria, terminado: ingrediente indicado en el punto de materias primas permitidas. Conservación y vida útil Forma de conservación/ Zanahoria fresca picada o trozada listo para el consumo: Debe ser mantenido en refrigeración a almacenamiento y vida útil temperatura de 1 a 4°C. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado es de 10 días. Se del producto terminado debe cuidar de mantener siempre la cadena de frío. Calidad Sensorial Forma Física: Debe ser propio del producto, zanahoria picada o trozada. Aspecto: Debe ser el propio de la zanahoria picada o trozada lista para el consumo, libre de defectos. Color. Naranja claro, propio de la zanahoria picada o trozada lista para el consumo y libre de defectos. Características Olor. Propio de la zanahoria fresca y debe ser libre de defectos, libre de olores extraños. organolépticas Sabor. Propio de la zanahoria fresca. Textura/consistencia. Propio de la zanahoria fresca, crujiente, turgente y firme, libre de defectos (corazón leñoso y deshidratadas), libre de partículas o cuerpos extraños. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descrito anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general.

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg)

100g Máx. 90 Máx. 1,0 Mín. 1,0 Máx. 0,6 Por diferencia máx. 3,0 2,5 Máx. 69

Requisitos Físico –Químicos Pudrición y/o fermentación Materias extrañas (% peso neto) vegetales y no vegetales. Corazón Leñoso (%) Daño Mecánico(%) Deshidratadas (%)

Ausencia Ausencia Ausencia Máx. 5 Máx. 2

Requisitos Biológicos Presencia de larvas, parásitos u otros

Ausencia

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 14 “Frutas y verduras”, 14.2 Frutas y otros vegetales comestibles preelaborados, listos para el consumo. Otros requisitos Para estos productos vegetales. JUNAEB si lo estima conveniente, podrá en cualquier momento controlar presencia de residuos de pesticidas bajo una metodología y con niveles de aceptación validadas y/o autorizadas por el SAG La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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4.34 LECHUGA FRESCA PREELABORADA Características generales de la materia prima Nombre genérico

Lechuga fresca, cruda, en hoja o cortada o trozada listo para el consumo

Lactuca sativa L. var. crispa L. “Lechuga Escarola”:Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 15 al 21. Además para el control de calidad en la selección de la materia prima, deberá cumplir con la Norma de muestreo NCh1426OF1980 Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Origen Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Lechuga fresca en hoja o cortada o trozada listo para el consumo: Es el producto elaborado con las materias Especificaciones del primas descritas el que después de ser sometido al proceso de limpieza, debe ser sometido al proceso de corte de lechuga deshojado y/o corte aplicando las BPF. El corte o trozado se debe realizar usando la tecnología apropiada para obtener un producto homogéneo. Todas las materias primas que contengan unidades de lechuga con daños y defectos (unidades con manchas indeseables, unidades dañadas por insectos, aves u otros animales, unidades con alteraciones producidas por enfermedades, plagas u otros factores, unidades deshidratadas, etc.). Presencia de materias vegetales propias que son parte de las verduras u hortalizas pero que disminuyen su Materias primas calidad, también, presencia de materias vegetales extrañas, que corresponde a materias vegetal que no es prohibidas parte de las plantas mismas. Para Lechuga, se consideran como defectos aquellas unidades con presencia de pudrición, presencia de contaminantes biológicos y otros. Presencia de materias extrañas como la presencia de otros elementos ajenos a la naturaleza del producto como trozos de madera, papel, vidrio, fragmentos de insectos, pelos, etc. Descripción

Tipos de materias primas permitidas para la elaboración

Las materias primas que se utilicen para la lechuga fresca pre-elaborada debe cumplir con la calidad específica que se estipulan a los requisitos establecidos para Frutas y Hortalizas Nch 1549Of80 y que aseguren su calidad comestible y comercial.

Producto Final/Terminado Todas las materias primas deben ser aptas para el consumo y deberán cumplir con todo lo que establece en el Operaciones RSA. Se deberá ser sometida al proceso de eliminación de todas las partes no comestibles y limpieza, Preliminares cumpliendo durante todo el proceso las BPF, luego las materias primas deben ser sometidas al proceso de corte. Una vez que se tiene el producto cortado y que cumple todos los requisitos exigidos en la presente Ficha, el Operaciones producto es sometido al proceso de envasado en atmósfera modificada (95% nitrógeno/5% oxígeno), o envasado definitivas: al vacío. El producto se deberá envasar en bolsas de polietileno transparente, utilizando los materiales y tecnología Proceso de apropiada, de modo que asegure la calidad e integridad del producto durante su vida útil. envasado y Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra H) y envase primario deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto El producto terminado Lechuga lista para el consumo, está conformado exclusivamente con base en lechuga, terminado: ingrediente indicado en el punto de materias primas permitidas. Conservación y vida útil Forma de conservación/ Lechuga fresca deshojada o cortada o trozada lista para el consumo: Debe ser mantenido en almacenamiento y vida útil refrigeración a temperatura de 1 a 4°C. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado es de del producto terminado 10 días. Se debe cuidar de mantener siempre la cadena de frío. Calidad Sensorial Forma Física: Debe ser propio del producto, lechuga deshojada o cortada o trozada. Aspecto: Debe ser el propio de la lechuga en hoja o cortada o trozada lista para el consumo, libre de defectos. Color. Propio de especie utilizada (verde claro a obscuro) deshojada o cortada o trozada lista para el consumo y Características libre de defectos. organolépticas Olor. Propio de la lechuga fresca y debe ser libre de defectos, libre de olores extraños. Sabor. Propio de la lechuga fresca, libre de otros sabores a residuos de tratamientos químicos previos. Textura/consistencia. Propio de la lechuga fresca, turgente y firme, libre de defectos (pudriciones y deshidratadas), libre de partículas o cuerpos extraños. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descrito anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg)

100g Máx. 97 Máx. 0.4 Mín. 1,2 Máx. 0,2 Por diferencia máx. 2,5 Mín. 0,8 Máx. 15

Requisitos Físico –Químicos Pudrición y/o fermentación Materias extrañas (% peso neto) vegetales y no vegetales. Deshidratadas (%) Requisitos Biológicos Presencia de larvas, parásitos u otros

Ausencia Ausencia Ausencia

Ausencia

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 14 “Frutas y verduras”, 14.2 Frutas y otros vegetales comestibles preelaborados, listos para el consumo. Otros requisitos Para estos productos vegetales. JUNAEB si lo estima conveniente, podrá en cualquier momento controlar presencia de residuos de pesticidas bajo una metodología y con niveles de aceptación validadas y/o autorizadas por el SAG La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.35 ACELGA FRESCA PREELABORADA Características generales de la materia prima Nombre genérico

Acelga fresca, cruda, cortada o trozada listo para su utilización

Beta vulgaris var. cicla “Acelga”: Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 15 al 21. Además para el control de calidad en la selección de la materia prima, deberá cumplir con la Norma de muestreo NCh1426OF1980 Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Origen Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Acelga cortada o trozada listo para ser utilizada: Es el producto elaborado con las materias primas descritas el Especificaciones del que después de ser sometido al proceso de limpieza, debe ser sometido al proceso de deshojado y/o corte corte de acelga aplicando las BPF. El corte o trozado se debe realizar usando la tecnología apropiada para obtener un producto homogéneo. Todas las materias primas que contengan unidades de acelga con daños y defectos (unidades con manchas indeseables, unidades dañadas por insectos, aves u otros animales, unidades con alteraciones producidas por enfermedades, plagas u otros factores, unidades deshidratadas, etc.). Presencia de materias vegetales propias que son parte de las verduras u hortalizas pero que disminuyen su Materias primas calidad, también, presencia de materias vegetales extrañas, que corresponde a materias vegetal que no es prohibidas parte de las plantas mismas. Para Acelga, se consideran como defectos aquellas unidades con presencia de pudrición, deshidratadas, con presencia de contaminantes biológicos y otros. Presencia de materias extrañas como la presencia de otros elementos ajenos a la naturaleza del producto como trozos de madera, papel, vidrio, fragmentos de insectos, pelos, etc. Descripción

Tipos de materias Las materias primas que se utilicen para la lechuga fresca pre-elaborada debe cumplir con la calidad específica primas permitidas que se estipulan a los requisitos establecidos para Frutas y Hortalizas Nch 1549Of80 y que aseguren su para la elaboración calidad comestible y comercial.

Producto Final/Terminado Todas las materias primas deben ser aptas para el consumo y deberán cumplir con todo lo que establece en el Operaciones RSA. Se deberá ser sometida al proceso de eliminación de todas las partes no comestibles y limpieza, Preliminares cumpliendo durante todo el proceso las BPF. Operaciones Una vez que se tiene el producto preparado y que cumple todos los requisitos exigidos en la presente Ficha, el definitivas: producto es sometido al proceso de envasado en atmósfera modificada (95% nitrógeno/5% oxígeno), o envasado proceso al vacío El producto se deberá envasar en bolsas de polietileno transparente, utilizando los materiales y tecnología Proceso de apropiada, de modo que asegure la calidad e integridad del producto durante su vida útil. envasado y Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra H) y envase primario deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto El producto terminado Acelga lista para el consumo, está conformado exclusivamente con base en acelga, terminado: ingrediente indicado en el punto de materias primas permitidas. Conservación y vida útil Forma de conservación/ Acelga fresca cortada o trozada lista para su utilización: Debe ser mantenido en refrigeración a almacenamiento y vida útil temperatura de 1 a 4°C. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado es de 10 días. Se del producto terminado debe cuidar de mantener siempre la cadena de frío. Calidad Sensorial Forma Física: Debe ser propio del producto, acelga fresca cortada o trozada. Aspecto: Debe ser el propio de la acelga en hoja, cortada o trozada lista para su utilización, libre de defectos. Color. Verde, propio de especie utilizada, cortada o trozada lista para su utilización y libre de defectos. Características Olor. Propio de la acelga fresca y debe ser libre de defectos, libre de olores extraños. organolépticas Sabor. Propio de la acelga fresca, libre de otros sabores a residuos de tratamientos químicos. Textura/consistencia. Propio de la acelga fresca, turgente y firme, libre de defectos (pudriciones y deshidratadas), libre de partículas o cuerpos extraños. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descrito anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg)

100g Máx. 93,5 Máx. 1,5 Mín. 2,5 Máx. 0,1 Por diferencia máx. 5 Mín. 1,6 Máx. 213

Requisitos Físico –Químicos Pudrición y/o fermentación Materias extrañas (% peso neto) vegetales y no vegetales. Deshidratadas (%)

Ausencia Ausencia Ausencia

Requisitos Biológicos Presencia de larvas, parásitos u otros

Ausencia

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 14 “Frutas y verduras”, 14.2 Frutas y otros vegetales comestibles preelaborados, listos para el consumo. Otros requisitos Para estos productos vegetales. JUNAEB si lo estima conveniente, podrá en cualquier momento controlar presencia de residuos de pesticidas bajo una metodología y con niveles de aceptación validadas y/o autorizadas por el SAG La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.36 BETARRAGA FRESCA PRELABORADA Características generales de la materia prima Nombre genérico Betarraga fresca, cruda, enteras o trozadas listas para su utilización Beta vulgaris var. conditiva“ Betarraga”: Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 15 al 21. Además para el control de calidad en la selección de la materia prima, deberá cumplir con la Norma de muestreo NCh1426OF1980 Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Origen Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Betarraga enteras o trozadas listas para ser utilizada: Es el producto elaborado con las materias primas Especificaciones del descritas el que después de ser sometido al proceso de limpieza, debe ser sometido al procesos aplicando las corte de betarraga BPF. Todas las materias primas que contengan unidades de betarragas con daños y defectos (unidades con manchas indeseables, unidades dañadas por insectos, aves u otros animales, unidades con alteraciones producidas por enfermedades, plagas u otros factores, unidades deshidratadas, etc.). Presencia de materias vegetales propias que son parte de las verduras u hortalizas pero que disminuyen su calidad, también, presencia de materias vegetales extrañas, que corresponde a materias vegetal que no es Materias primas parte de las plantas mismas. prohibidas Para Betarragas, se consideran como defectos aquellas unidades con daño mecánico, deshidratadas, avejentadas (después de cocción muestren alto porcentaje de fibra), presencia de contaminantes biológicos y otros. Presencia de materias extrañas como la presencia de otros elementos ajenos a la naturaleza del producto como trozos de madera, papel, vidrio, fragmentos de insectos, pelos, etc. Descripción

Tipos de materias primas permitidas para la elaboración

Las materias primas que se utilicen para la betarraga fresca pre-elaborada debe cumplir con la calidad específica que se estipulan a los requisitos establecidos para Frutas y Hortalizas Nch 1549Of80 y que aseguren su calidad comestible y comercial.

Producto Final/Terminado Todas las materias primas deben ser aptas para el consumo y deberán cumplir con todo lo que establece en el Operaciones RSA. Se deberá ser sometida al proceso de eliminación de todas las partes no comestibles y limpieza, Preliminares cumpliendo durante todo el proceso las BPF, luego las materias primas deben ser sometidas al proceso de corte. Operaciones Una vez que se tiene el producto preparado y que cumple todos los requisitos exigidos en la presente Ficha, el definitivas: producto es sometido al proceso de envasado en atmósfera modificada (95% nitrógeno/5% oxígeno), o envasado proceso al vacío El producto se deberá envasar en bolsas de polietileno transparente, utilizando los materiales y tecnología Proceso de apropiada, de modo que asegure la calidad e integridad del producto durante su vida útil. envasado y Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra H) y envase primario deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto El producto terminado Betarraga lista para el consumo, está conformado exclusivamente con base en betarraga, terminado: ingrediente indicado en el punto de materias primas permitidas. Conservación y vida útil Forma de conservación/ Betarraga fresca cortada o trozada lista para su utilización: Debe ser mantenido en refrigeración a almacenamiento y vida útil temperatura de 1 a 4°C. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado es de 10 días. Se del producto terminado debe cuidar de mantener siempre la cadena de frío. Calidad Sensorial Forma Física: Debe ser propio del producto, betarragas, enteras o trozada. Aspecto: Debe ser el propio de la betarraga no avejentada, entera o trozada lista para su utilización, libre de defectos. Características Color. Rojo, propio de especie utilizada, entera o trozada lista para su utilización y libre de defectos. organolépticas Olor. Propio de la betarraga fresca y debe ser libre de defectos, libre de olores extraños. Sabor. Propio de la betarraga fresca y no avejentada. Textura/consistencia. Propio de la betarraga fresca, firme, libre de defectos (pudriciones y deshidratadas), libre de partículas o cuerpos extraños. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descrito anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg)

100g Máx. 89 Máx. 1,2 Mín. 1,7 Máx. 0,4 Por diferencia Máx.8,0 Mín. 2,8 Máx. 80

Requisitos Físico –Químicos Pudrición y/o fermentación Materias extrañas (% peso neto) vegetales y no vegetales. Deshidratadas (%) Daño Mecánico (%) Requisitos Biológicos Presencia de larvas, parásitos u otros

Ausencia Ausencia Máx 2 Máx 6

Ausencia

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 14 “Frutas y verduras”, 14.2 Frutas y otros vegetales comestibles preelaborados, listos para el consumo. Otros requisitos Para estos productos vegetales. JUNAEB si lo estima conveniente, podrá en cualquier momento controlar presencia de residuos de pesticidas bajo una metodología y con niveles de aceptación validadas y/o autorizadas por el SAG La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.37 CEBOLLA FRESCA PREELABORADA Características generales de la materia prima Nombre genérico

Cebolla fresca, cruda, peladas, enteras o trozadas listas para su utilización

Allium cepa L Cebolla”: Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 15 al 21. Además para el control de calidad en la selección de la materia prima, deberá cumplir con la Norma de muestreo NCh1426OF1980 Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Origen Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Cebollas peladas, enteras o trozadas listas para ser utilizada: Es el producto elaborado con las materias Especificaciones del primas descritas el que después de ser sometido al proceso de limpieza, pelado, debe ser sometido al proceso corte de cebolla de corte si aplica, aplicando las BPF. Todas las materias primas que contengan unidades de cebollas con daños y defectos (unidades con manchas negras u otras indeseables, unidades dañadas por insectos, aves u otros animales, unidades con alteraciones producidas por enfermedades, plagas u otros contaminantes biológicos, unidades brotadas, con pudrición, unidades con mohos, unidades con daño mecánico, unidades con falta de turgencia y flacidez, etc.). Materias primas Presencia de materias vegetales propias que son parte de las verduras u hortalizas pero que disminuyen su prohibidas calidad, también, presencia de materias vegetales extrañas, que corresponde a materias vegetal que no es parte de las plantas mismas. Presencia de materias extrañas como la presencia de otros elementos ajenos a la naturaleza del producto como trozos de madera, papel, vidrio, fragmentos de insectos, pelos, etc. Descripción

Tipos de materias primas permitidas para la elaboración

Las materias primas que se utilicen para la cebolla fresca pre-elaborada debe cumplir con la calidad específica que se estipulan a los requisitos establecidos para Cebolla de Guarda Nch 1569Of2000 y que aseguren su calidad comestible y comercial.

Producto Final/Terminado Todas las materias primas deben ser aptas para el consumo y deberán cumplir con todo lo que establece en el Operaciones RSA. Se deberá ser sometida al proceso de eliminación de todas las partes no comestibles y limpieza, Preliminares cumpliendo durante todo el proceso las BPF. Operaciones Una vez que se tiene el producto preparado y que cumple todos los requisitos exigidos en la presente Ficha, el definitivas: producto es sometido al proceso de envasado en atmósfera modificada (95% nitrógeno/5% oxígeno), o envasado proceso al vacío El producto se deberá envasar en bolsas de polietileno transparente, utilizando los materiales y tecnología Proceso de apropiada, de modo que asegure la calidad e integridad del producto durante su vida útil. envasado y Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra H) y envase primario deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto El producto terminado Cebolla lista para el consumo, está conformado exclusivamente con base en cebolla, terminado: ingrediente indicado en el punto de materias primas permitidas. Conservación y vida útil Forma de conservación/ Cebolla pelada, entera o trozada lista para su utilización: Debe ser mantenido en refrigeración a almacenamiento y vida útil temperatura de 1 a 4°C. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado es de 10 días. Se del producto terminado debe cuidar de mantener siempre la cadena de frío. Calidad Sensorial Forma Física: Debe ser propio del producto, cebollas, enteras o trozada. Aspecto: Debe ser el propio de la cebolla no brotada, entera o trozada lista para su utilización, libre de defectos. Color. Propio de especie utilizada, entera o trozada lista para su utilización y libre de manchas indeseables, Características manchas negras y otras. organolépticas Olor. Propio de la cebolla fresca y debe ser libre de defectos, libre de olores extraños. Sabor. Propio de la cebolla fresca. Textura/consistencia. Propio de la cebolla fresca, firme, libre de defectos (pudriciones y brotes, libre de partículas o cuerpos extraños. Deben tener una textura turgente, sin flacidez. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descrito anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general.

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg)

100g Máx. 92 Máx. 0,4 Mín. 1,6 Máx. 0,2 Por diferencia Máx.8,0 Mín. 1,7 Máx. 6

Requisitos Físico –Químicos Pudrición y/o fermentación Materias extrañas (% peso neto) vegetales y no vegetales. Brotadas (%)

Máx 0,5 Ausencia Máx 15

Requisitos Biológicos Presencia de larvas, parásitos u otros

Ausencia

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 14 “Frutas y verduras”, 14.2 Frutas y otros vegetales comestibles preelaborados, listos para el consumo. Otros requisitos Para estos productos vegetales. JUNAEB si lo estima conveniente, podrá en cualquier momento controlar presencia de residuos de pesticidas bajo una metodología y con niveles de aceptación validadas y/o autorizadas por el SAG La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Revisión: 06 del 11/02/2013 MANUAL DE FICHAS TECNICAS DE MATERIAS PRIMAS O PRODUCTOS Página: 79 de 193

4.38 PAPA FRESCA PREELABORADA Características generales de la materia prima Nombre genérico

Papas fresca, cruda, peladas, enteras o trozadas listas para su utilización

Solanum tuberosum subsp. Tuberosum Papá”: Tubérculo comestible, con alto contenido de almidón, producido por plantas de la especie Solanum tubeorum L. Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 15 al 21. Además para el control de calidad en la selección de la materia prima, deberá cumplir con la Norma de muestreo NCh1426OF1980 Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Origen Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Papas peladas, enteras o trozadas listas para ser utilizada: Es el producto elaborado con las materias primas Especificaciones del descritas el que después de ser sometido al proceso de limpieza, y pelado, debe ser sometido a los corte de papas posteriores procesos de trozados, aplicando las BPF. Todas las materias primas que contengan unidades de papas con daños y defectos (unidades deformadas, unidades con enfermedades de hongos, unidades con corazón negro, unidades con pudrición, unidades con verdeado, unidades brotadas, unidades con manchas indeseables, unidades dañadas por insectos, aves u otros animales, unidades con alteraciones producidas por enfermedades, plagas u otros contaminantes Materias primas biológicos, unidades con daño mecánico, unidades con corazón hueco, etc.). prohibidas Presencia de materias vegetales propias que son parte de las verduras u hortalizas pero que disminuyen su calidad, también, presencia de materias vegetales extrañas, que corresponde a materias vegetal que no es parte de las plantas mismas. Presencia de materias extrañas como la presencia de otros elementos ajenos a la naturaleza del producto como trozos de madera, papel, vidrio, fragmentos de insectos, pelos, etc. Las materias primas que se utilicen para la papa fresca pre-elaborada debe cumplir con la calidad específica Tipos de materias que se estipulan a los requisitos establecidos para Papas y sus especificaciones en la Norma Chilena Oficial primas permitidas para la elaboración Nch 1717 Of2001 y que aseguren su calidad comestible y comercial. Descripción

Producto Final/Terminado Todas las materias primas deben ser aptas para el consumo y deberán cumplir con todo lo que establece en el Operaciones RSA. Se deberá ser sometida al proceso de eliminación de todas las partes no comestibles y limpieza, Preliminares cumpliendo durante todo el proceso las BPF. Operaciones Una vez que se tiene el producto preparado y que cumple todos los requisitos exigidos en la presente Ficha, el definitivas: producto es sometido al proceso de envasado en atmósfera modificada (95% nitrógeno/5% oxígeno), o envasado proceso al vacío. El producto se deberá envasar en bolsas de polietileno transparente, utilizando los materiales y tecnología Proceso de apropiada, de modo que asegure la calidad e integridad del producto durante su vida útil. envasado y Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra H) y envase primario deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto El producto terminado Papas frescas, crudas, peladas, enteras o trozadas listas para el consumo, está terminado: conformado exclusivamente con base en papas, ingrediente indicado en el punto de materias primas permitidas. Conservación y vida útil Forma de conservación/ Papa pelada, entera o trozada lista para su utilización: Debe ser mantenido en refrigeración a almacenamiento y vida útil temperatura de 1 a 4°C. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado es de 10 días. Se del producto terminado debe cuidar de mantener siempre la cadena de frío. Calidad Sensorial Forma Física: Debe ser propio del producto, papas enteras o trozadas. Aspecto: Debe ser el propio de las papas, enteras o trozada lista para su utilización. Sin pudrición, sin corazón hueco, sin corazón negro u otros defectos. Color. Propio de especie utilizada, entera o trozada lista para su utilización y libre de defectos que alteren su color. Características manchas indeseables, brotes visibles, etc. organolépticas Olor. Propio de la papa fresca y libre de olores extraños, olores a fermentación u otros. Sabor. Propio de la papa fresca, sin sabores relacionados con pudrición o fermentación. Textura/consistencia. Propio de la papa fresca, sin deformaciones relevantes, con firmeza, sin heridas por daños mecánicos, libre de defectos (pudriciones y brotes, libre de partículas o cuerpos extraños. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descrito anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Revisión: 06 del 11/02/2013 MANUAL DE FICHAS TECNICAS DE MATERIAS PRIMAS O PRODUCTOS Página: 80 de 193

Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg)

100g Máx. 87 Máx. 1,2 Mín. 2,7 Máx. 0,3 Por diferencia Max.16,5 Mín. 1,8 Máx. 20

Requisitos Físico –Químicos Pudrición y/o fermentación Materias extrañas (% peso neto) vegetales y no vegetales. Brotadas (%) Daño Mecánico(%) Tizón (Corazón Hueco, Corazón Negro)

Máx 3,0 Ausencia Máx 15 Máx 6 Ausencia

Requisitos Biológicos Presencia de larvas, parásitos u otros

Ausencia

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 14 “Frutas y verduras”, 14.2 Frutas y otros vegetales comestibles preelaborados, listos para el consumo. Otros requisitos Para estos productos vegetales. JUNAEB si lo estima conveniente, podrá en cualquier momento controlar presencia de residuos de pesticidas bajo una metodología y con niveles de aceptación validadas y/o autorizadas por el SAG La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Aprobado por: Secretario General JUNAEB

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Revisión: 06 del 11/02/2013 MANUAL DE FICHAS TECNICAS DE MATERIAS PRIMAS O PRODUCTOS Página: 81 de 193

4.39 ZAPALLO FRESCO PREELABORADO Características generales de la materia prima Nombre genérico Zapallo fresco, crudo, pelado, entero o trozado listo para su utilización Calabaceracucurbita pepo l.”Zapallo” Zapallo”: Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA, Descripción específicamente con los Artículos 15 al 21. Además para el control de calidad en la selección de la materia prima, deberá cumplir con la Norma de muestreo NCh1426OF1980 Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Origen Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Zapallo pelado, entero o trozado listo para ser utilizada: Es el producto elaborado con las materias primas Especificaciones del descritas el que después de ser sometido al proceso de limpieza, y pelado, debe ser sometido a los corte de zapallo posteriores procesos de trozados, aplicando las BPF. Todas las materias primas que contengan unidades de zapallos con daños y defectos (unidades con enfermedades de hongos, unidades con pudrición, unidades con manchas indeseables, unidades dañadas por insectos, aves u otros animales, unidades con alteraciones producidas por enfermedades, plagas u otros contaminantes biológicos, unidades con daño mecánico, etc.). Materias primas Presencia de materias vegetales propias que son parte de las verduras u hortalizas pero que disminuyen su prohibidas calidad, también, presencia de materias vegetales extrañas, que corresponde a materias vegetal que no es parte de las plantas mismas. Presencia de materias extrañas como la presencia de otros elementos ajenos a la naturaleza del producto como trozos de madera, papel, vidrio, fragmentos de insectos, pelos, etc. Tipos de materias Las materias primas que se utilicen para zapallo fresco pre-elaborado debe cumplir con la calidad específica primas permitidas que se estipulan a los requisitos establecidos para Frutas y Hortalizas Nch 1549Of80 y que aseguren su para la elaboración calidad comestible y comercial. Producto Final/Terminado Todas las materias primas deben ser aptas para el consumo y deberán cumplir con todo lo que establece en el Operaciones RSA. Se deberá ser sometida al proceso de eliminación de todas las partes no comestibles y limpieza, Preliminares cumpliendo durante todo el proceso las BPF. Operaciones Una vez que se tiene el producto preparado y que cumple todos los requisitos exigidos en la presente Ficha, el definitivas: producto es sometido al proceso de envasado en atmósfera modificada (95% nitrógeno/5% oxígeno), o envasado proceso al vacío El producto se deberá envasar en bolsas de polietileno transparente, utilizando los materiales y tecnología Proceso de apropiada, de modo que asegure la calidad e integridad del producto durante su vida útil. envasado y Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra H) y envase primario deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto El producto terminado Zapallo fresco, crudo, pelado, entero o trozado lista para el consumo, está conformado terminado: exclusivamente con base en papas, ingrediente indicado en el punto de materias primas permitidas. Conservación y vida útil Forma de conservación/ Zapallo pelado, entero o trozado lista para su utilización: Debe ser mantenido en refrigeración a almacenamiento y vida útil temperatura de 1 a 4°C. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado es de 10 días. Se del producto terminado debe cuidar de mantener siempre la cadena de frío. Calidad Sensorial Forma Física: Debe ser propio del producto, zapallo entero o trozado. Aspecto: Debe ser el propio del zapallo, entero o trozado listo para su utilización. Sin pudrición, sin u otros defectos. Color. Propio de especie utilizada, entera o trozada lista para su utilización y libre de defectos que alteren su color Características manchas obscuras indeseables, etc. organolépticas Olor. Propio del zapallo fresco y libre de olores extraños, olores a pudrición u otros. Sabor. Propio del zapallo fresco, sin sabores relacionados con pudrición o fermentación. Textura/consistencia. Propio del zapallo fresco, con firmeza, sin heridas por daños mecánicos, libre de defectos (pudriciones y libre de partículas o cuerpos extraños. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descrito anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general.

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg)

100g Máx. 92 Máx. 1,0 Mín. 1,3 Máx. 0,4 Por diferencia Máx.6 Mín. 0,5 Máx. 3,0

Requisitos Físico –Químicos Pudrición y/o fermentación Materias extrañas (% peso neto) vegetales y no vegetales.

Ausencia Ausencia

Requisitos Biológicos Presencia de larvas, parásitos u otros

Ausencia

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 14 “Frutas y verduras”, 14.2 Frutas y otros vegetales comestibles preelaborados, listos para el consumo. Otros requisitos Para estos productos vegetales. JUNAEB si lo estima conveniente, podrá en cualquier momento controlar presencia de residuos de pesticidas bajo una metodología y con niveles de aceptación validadas y/o autorizadas por el SAG La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.40 CEREAL PARA EL DESAYUNO Características generales de la materia prima Nombre genérico Cereal para el desayuno con base en harina de cereales: maíz, trigo, avena, arroz con o sin sabores El producto terminado deberá cumplir con los requisitos que establece el RSA en el artículo 369 y 370 HARINA DE MAÍZ (Zea mays): Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 348, Éstas podrán ser refinadas y en lo posible mezcladas con sus harinas integrales HARINA DE TRIGO (Triticum aestivum): Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 347, 349, 350, 351, 352, 353, 355. Éstas podrán ser refinadas y en lo posible mezcladas con sus harinas integrales. HARINA DE AVENA (Avena sativa): Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 348, 355. Éstas podrán ser refinadas y en lo posible mezcladas con sus harinas integrales. Descripción de las HARINA DE ARROZ (Oryza sativa): Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los materias primas Artículos 348, 355. Éstas podrán ser refinadas y en lo posible mezcladas con sus harinas integrales. SACAROSA: Deberá cumplir con todo lo establecido en el RSA, y específicamente con el Artículo 379. Se deberá incorporar lo menos posible de modo que quede con un sabor ligeramente dulce. SAL y OTROS INGREDIENTES ALIMENTICIOS. De acuerdo al RSA, artículo 369. ADITIVOS PERMITIDOS APROPIADOS PARA ESTE TIPO DE ALIMENTOS: Deberán cumplir con todo lo que establece el RSA. SABORIZANTES/AROMATIZANTES NATURALES: Deberán cumplir con todo lo que establece el RSA específicamente con el Artículo ART 155. En caso del Cereal chocolate, se deberá agregar Cacao y si es necesario el saborizante respectivo. Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Uso Origen y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Producto Final/Terminado Todos los cereales seleccionados como materias primas, deben ser aptos para el consumo y deberán cumplir Operaciones con todo lo que se establece en el RSA. Deberán ser sometidos al procesamiento adecuado cumpliendo las BPF Preliminares durante todo el proceso. CEREAL PARA EL DESAYUNO: Es el producto elaborado con las materias primas descritas el que después de Operaciones ser sometido al proceso necesario hasta la obtención del producto terminado; hojuelas planas, cóncavas, definitivas: estrellas, bolitas de 1,5 cm a 2 cm. Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. El producto se deberá Proceso de envasar en material bilaminado, utilizando los materiales y tecnología apropiada, de modo que asegure la calidad envasado y e integridad del producto, especialmente protección frente al aplastamiento durante toda su vida útil. envase primario Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA (actualizado y vigente) artículos 106 al 121. Se enfatiza que Rotulación tal como lo establece el artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. Producto El producto terminado Cereal para el Desayuno, está conformado exclusivamente con base en los ingredientes terminado: indicados en la presente Ficha. Conservación y vida útil Forma de conservación/ CEREAL PARA EL DESAYUNO: Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) en lugar almacenamiento y vida útil fresco y seco, protegido del sol. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado debe ser de del producto terminado 12 meses con una rotación del producto de hasta 6 meses. Calidad Sensorial Forma Física: Debe ser propio del producto, cereal para el desayuno, el podrá presentarse en diferentes formas y tamaños, como por ejemplo planas, cóncavas, estrellas, bolitas de 1,5 cm a 2 cm. Aspecto: Debe ser el propio del cereal para el desayuno, libre de defectos. Características Color: Opaco, propio del cereal para el desayuno, según el tipo de cereal que tenga y libre de defectos. organolépticas Olor: Propio del cereal para el desayuno y debe ser libre de defectos, libre de olores extraños. Sabor: Propio del cereal para el desayuno, según el tipo de cereal y sabor declarado, ligeramente dulce. Textura/consistencia: Propia del cereal para el desayuno, crujiente, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general.

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Azucares totales (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg) Hierro (mg)

100g Máx. 5 Máx. 2 Mín. 6 Máx. 10 Máx. 3 Por diferencia mín. 70 máx. 80 Mín. 10 máx. 15 Mín. 5 máx. 15 Máx. 120 1,5 – 3,0

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 5 “Productos elaborados a partir de cereales”, 5.4 Cereales para el desayuno. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.41 GALLETON FORTIFICADO CON OMEGA 31 Características generales de la materia prima Galletón con base en avena machacada, harina de otros cereales, fruta deshidratada, fortificado con DHA y EPA. Nombre Sabor Chocolate, frutas, miel genérico En el nombre del producto se debe identificar la totalidad de cereales incluidos en la formula y el sabor que corresponda. Las materias primas deberán cumplir con los requisitos que establece el RSA y se podrán usar las siguientes: HARINA DE AVENA (Avena sativa): Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 348, 355. Éstas podrán ser refinadas y en lo posible mezcladas con sus harinas integrales. Proporción mínima obligatoria 10% m/m HARINA DE MAÍZ (Zea mays): Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 348 y 355, Éstas podrán ser refinadas y en lo posible mezcladas con sus harinas integrales HARINA DE TRIGO (Triticum aestivum): Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 347, 349, 350, 351, 352, 353 y 355. Éstas podrán ser refinadas y en lo posible mezcladas con sus harinas integrales HARINA DE ARROZ (Oryza sativa): Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 348 y 355. Éstas podrán ser refinadas y en lo posible mezcladas con sus harinas integrales SACAROSA (azúcar): Deberá cumplir con todo lo establecido en el RSA y específicamente con el Artículo 379. También se podrán agregar otros azúcares de acuerdo al Artículo 383 al 391 y la miel (Artículo 393 y 394). Se deberá incorporar lo menos posible de modo que el Galletón quede con un sabor ligeramente dulce. Incluyendo la cantidad de modo de no sobrepasar el límite de azúcares totales establecido en los requisitos nutricionales de la presente Ficha. ACEITES y GRASAS. Deberán cumplir con todo lo que establece el RSA y especialmente con los Art. 247 a 264. ACEITES MARINOS (FUENTE DE DHA Y EPA): Podrá ser aceite de pescado o aceites de algas marinas, el que Descripción deberá cumplir con todo lo que establece el RSA, deberá ser desodorizado y además deberá tener un tratamiento de las adecuado para garantizar la estabilidad de los ácidos grasos poliinsaturados y la aceptabilidad del producto materias terminado. primas ADITIVOS PERMITIDOS APROPIADOS PARA ESTE TIPO DE ALIMENTOS. Deberán cumplir con todo lo que establece el RSA, entre otros se podrán utilizar: SABORIZANTES/AROMATIZANTES NATURALES: Deberán cumplir específicamente con el Artículo ART 155. En caso del Galletón sabor chocolate, se deberá agregar Cacao y si es necesario se podrá agregar el saborizante respectivo. Otros ingredientes que se podrán usar opcionalmente son: CONCENTRADO DE PROTEÍNA DE SUERO DE LECHE (WPC). Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA. SUERO DE LECHE EN POLVO. Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA. LECHE DESCREMADA. Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA y específicamente deberá cumplir con los Artículos 216 a 218. PROTEÍNA DE SOYA. Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA específicamente con los Artículos 354 y 355 FUENTES DE FIBRA DIETÉTICA. Se podrán usar por ejemplo salvado de trigo, salvado de avena, fibra dietética de leguminosas, fibra dietética de naranja, inulina, etc. FRUTAS DESHIDRATADAS. Deberán cumplir con todo lo que establece el RSA. HUEVO ENTERO, CLARAS Y/O YEMAS. Deberán cumplir con todo lo que establece el RSA, y específicamente con los Artículos 336 a 345. SAL. Deberán cumplir con todo lo que establece el RSA, y específicamente con los Artículos 435 a 439. Se deberá incorporar lo menos posible de modo de no sobrepasar los límites de sodio establecidos en la presente Ficha. Origen de la Nacional o Importada (siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de materia prima Chile). Producto Final/Terminado Todos los ingredientes seleccionados como materias primas, deben ser aptos para el consumo y deberán cumplir Operaciones con todo lo que se establece en el RSA. Deberán ser sometidos al procesamiento adecuado cumpliendo las BPF Preliminares durante todo el proceso. GALLETÓN FORTIFICADO CON OMEGA 3 CON SABOR: Es el producto elaborado con las materias primas ya descritas, las que deberán ser sometidas a los procesos necesarios hasta la obtención del producto terminado con un tamaña de porción individual desde 30 hasta 60 g., según el grupo etario al que va dirigido el producto. Operaciones La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos 66, definitivas: 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna 1

GALLETON SALUDABLE

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Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. El producto se deberá envasar en material bilaminado, utilizando los materiales y tecnología apropiada, de modo que asegure la calidad e integridad Proceso de del producto, especialmente protección frente al aplastamiento durante toda su vida útil. envasado y Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra H) y deberán envase cumplir con los Artículos 122 al 129. primario Las características del envase primario utilizado deben garantizar la vida útil del producto definida, respaldada con los respectivos estudios de vida útil y análisis de envases, considerando como mínimo resistencia de sello, permeabilidad al oxigeno, permeabilidad al vapor de agua, migración global según corresponda. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. Se deberá utilizar la rotulación específica por tamaño de porción. El producto terminado GALLETÓN FORTIFICADO CON OMEGA 3 SABOR CHOCOLATE o GALLETÓN FORTIFICADO CON OMEGA 3 SABOR BERRIES o GALLETÓN FORTIFICADO CON OMEGA 3 SABOR MIEL, Producto según sea el caso, está conformado exclusivamente con base en los ingredientes indicados en la presente Ficha. El terminado: Galletón fortificado con omega 3 debe estar porcionado y envasado en unidades, con un peso desde 30 g hasta 60 g, según el grupo etario al que va dirigido. Conservación y vida útil Forma de conservación/ GALLETÓN FORTIFICADO CON OMEGA 3 SABOR CHOCOLATE, BERRIES O MIEL: Debe ser almacenamiento y vida mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) en lugar fresco y seco, protegido del sol. La vida útil útil del producto del producto cerrado y herméticamente sellado debe ser de 6 meses. El producto una vez abierto terminado consumirlo de inmediato. Calidad Sensorial Forma Física: Debe ser propio del producto, galletón, con un peso unitario que el fabricante defina. Aspecto: Debe ser el propio del galletón, libre de defectos. Características Color: Opaco, propio del galletón, según el tipo de cereal que tenga y libre de defectos. organolépticas Olor: Propio del galletón y debe ser libre de defectos, libre de olores extraños como pescado y otro. Sabor: Propio del galletón, según el tipo de cereal y sabor declarado, ligeramente dulce. Textura/consistencia: Propia del galletón, crujiente, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos totales (g) Grasa Trans (g) Colesterol (g) DHA (g) + EPA (g) Carbohidratos disponibles (g) Azucares totales (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg)

100g Mín. 6 - Máx. 10,5 Máx. 2 Mín. 8 Máx. 11 Mín. 10,0 Máx. 16 Máx. 0,3 Máx. 15 Mín. 0,6 Máx. 0,72 Por diferencia Mín. 40 máx. 60 Mín. 15 máx. 25 Mín. 6,0 Máx. 120

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, punto 8.1. “Pan y masas horneadas sin relleno”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.42 GALLETON CON SABOR Características generales de la materia prima Galletón con base en avena machacada, harina de otros cereales, fruta deshidratada. Sabor Chocolate, frutas, miel Nombre En el nombre del producto se debe identificar la totalidad de cereales incluidos en la formula y el sabor que genérico corresponda. Las materias primas deberán cumplir con los requisitos que establece el RSA y se podrán usar las siguientes: HARINA DE AVENA (Avena sativa): Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 348, 355. Éstas podrán ser refinadas y en lo posible mezcladas con sus harinas integrales. Proporción mínima obligatoria 10% m/m HARINA DE MAÍZ (Zea mays): Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 348 y 355, Éstas podrán ser refinadas y en lo posible mezcladas con sus harinas integrales HARINA DE TRIGO (Triticum aestivum): Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 347, 349, 350, 351, 352, 353 y 355. Éstas podrán ser refinadas y en lo posible mezcladas con sus harinas integrales HARINA DE ARROZ (Oryza sativa): Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 348 y 355. Éstas podrán ser refinadas y en lo posible mezcladas con sus harinas integrales SACAROSA (azúcar): Deberá cumplir con todo lo establecido en el RSA y específicamente con el Artículo 379. También se podrán agregar otros azúcares de acuerdo al Artículo 383 al 391 y la miel (Artículo 393 y 394). Se deberá incorporar lo menos posible de modo que el Galletón quede con un sabor ligeramente dulce, Incluyendo la cantidad de modo de no sobrepasar el límite de azúcares totales establecido en los requisitos nutricionales de la presente Ficha. Descripción ACEITES y GRASAS. Deberán cumplir con todo lo que establece el RSA y especialmente con los Art. 247 a 264. de las ADITIVOS PERMITIDOS APROPIADOS PARA ESTE TIPO DE ALIMENTOS. Deberán cumplir con todo lo que materias establece el RSA, entre otros se podrán utilizar: primas SABORIZANTES/AROMATIZANTES NATURALES: Deberán cumplir específicamente con el Artículo ART 155. En caso del Galletón sabor chocolate, se deberá agregar Cacao y si es necesario se podrá agregar el saborizante respectivo. Otros ingredientes que se podrán usar opcionalmente son: CONCENTRADO DE PROTEÍNA DE SUERO DE LECHE (WPC). Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA. SUERO DE LECHE EN POLVO. Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA. LECHE DESCREMADA. Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA y específicamente deberá cumplir con los Artículos 216 a 218. PROTEÍNA DE SOYA. Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA específicamente con los Artículos 354 y 355 FUENTES DE FIBRA DIETÉTICA. Se podrán usar por ejemplo salvado de trigo, salvado de avena, fibra dietética de leguminosas, fibra dietética de naranja, inulina, etc. FRUTAS DESHIDRATADAS. Deberán cumplir con todo lo que establece el RSA. HUEVO ENTERO, CLARAS Y/O YEMAS. Deberán cumplir con todo lo que establece el RSA, y específicamente con los Artículos 336 a 345. SAL. Deberán cumplir con todo lo que establece el RSA, y específicamente con los Artículos 435 a 439. Se deberá incorporar lo menos posible de modo de no sobrepasar los límites de sodio establecidos en la presente Ficha. Origen de la Nacional o Importada (siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de materia prima Chile). Producto Final/Terminado Todos los ingredientes seleccionados como materias primas, deben ser aptos para el consumo y deberán cumplir Operaciones con todo lo que se establece en el RSA. Deberán ser sometidos al procesamiento adecuado cumpliendo las BPF Preliminares durante todo el proceso. GALLETÓN CON SABOR: Es el producto elaborado con las materias primas ya descritas, las que deberán ser sometidas a los procesos necesarios hasta la obtención del producto terminado con un tamaña de porción individual desde 30 hasta 60 g., según el grupo etario al que va dirigido el producto. Operaciones La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos 66, definitivas: 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. El producto se deberá envasar en material bilaminado, utilizando los materiales y tecnología apropiada, de modo que asegure la calidad e integridad Proceso de del producto, especialmente protección frente al aplastamiento durante toda su vida útil. envasado y Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra H) y deberán envase cumplir con los Artículos 122 al 129. primario Las características del envase primario utilizado deben garantizar la vida útil del producto definida, respaldada con los respectivos estudios de vida útil y análisis de envases, considerando como mínimo resistencia de sello, permeabilidad al oxigeno, permeabilidad al vapor de agua, migración global según corresponda. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Rotulación

Producto terminado:

Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. Se deberá utilizar la rotulación específica por tamaño de porción. El producto terminado GALLETÓN SABOR CHOCOLATE o GALLETÓN SABOR BERRIES o GALLETÓN SABOR MIEL, según sea el caso, está conformado exclusivamente con base en los ingredientes indicados en la presente Ficha. El Galletón debe estar porcionado y envasado en unidades, con un peso desde 30 g hasta 60 g, según el grupo etario al que va dirigido.

Conservación y vida útil Forma de conservación/ GALLETÓN SABOR CHOCOLATE, BERRIES O MIEL: Debe ser mantenido a temperatura ambiente almacenamiento y vida útil (máximo 18°C) en lugar fresco y seco, protegido del sol. La vida útil del producto cerrado y del producto terminado herméticamente sellado debe ser de 6 meses. El producto una vez abierto consumirlo de inmediato Calidad Sensorial Forma Física. Debe ser propio del producto, galletón, con un peso unitario de 30 a 60 gramos, según Aspecto: Debe ser el propio del galletón, libre de defectos Características Color. Opaco, propio del galletón, según el tipo de cereal que tenga y libre de defectos. organolépticas Olor. Propio del galletón y debe ser libre de defectos, libre de olores extraños Sabor. Propio del galletón, según el tipo de cereal y sabor declarado, ligeramente dulce Textura/consistencia. Propia del galletón, crujiente, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos totales (g) Grasa Trans (g) Colesterol (g) Carbohidratos disponibles (g) Azucares totales (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg)

100g Mín. 6 - Máx. 10,5 Máx. 2 Mín. 8 Máx. 11 Mín. 10,0 Máx. 16 Máx. 0,3 Máx. 15 Por diferencia mín. 40 máx. 60 Mín. 15 máx. 25 mín. 6,0 Máx. 120

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 8 “Productos de panadería y pastelería”, punto 8.1. “Pan y masas horneadas sin relleno”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.43 NECTAR DE FRUTAS CONCENTRADO Características generales de la materia prima Néctar de fruta Concentrado corresponde a un néctar de fruta preparado con jugo de fruta, al que se ha Nombre genérico eliminado físicamente el agua en cantidad suficiente para elevar el nivel de sólidos solubles al menos en un 50% con respecto al valor establecido para el jugo reconstituido de la misma fruta. JUGO CONCENTRADO DE FRUTAS: según el art 484 del RSA, esta materia prima correspondería al producto sin fermentar pero fermentable una vez reconstituido, conservado exclusivamente por medios físicos y obtenido mediante un proceso de concentración de jugo puro de fruta u hortaliza. Agua Potable: La calidad del agua potable debe cumplir con lo especificado en NCh 409/1. Sacarosa: el producto puede ser endulzado con este azúcar, el que debe cumplir con lo estipulado por el art 379 del RSA actualizado y vigente. Podrán adicionarse uno o más azúcares sólidos definidos en el RSA. La cantidad total de azúcares o miel adicionada no podrá exceder de 200g/kg calculados como extracto seco en el producto final Edulcorantes: se permitirá el uso de edulcorantes autorizados por el RSA actualizado y vigente, de acuerdo a lo Descripción de las dispuesto en el Artículo 146. El porcentaje a utilizar será en reemplazo de una parte de la sacarosa requerida. No materias primas se permite el uso de Aspartame y de preferencia a utilizar son los edulcorantes de tipo natural. Colorantes: Se permite utilizar aquellos permitidos por el RSA actualizado y vigente, excepto la Tartrazina y el Amarillo Crepúsculo. De preferencia se priorizará la utilización de colorantes naturales en el néctar concentrado. Saborizantes/Aromatizantes: se permite utilizar aquellos permitidos por el RSA actualizado y vigente en los límites máximos autorizados. De preferencia se priorizará la utilización de saborizantes/ aromatizantes naturales en el néctar concentrado, como los aromatizantes condensados. A los néctares se les puede añadir jugo de limón, jugo de lima o ambos, hasta 5g/l de ácido cítrico anhidro con fines de acidificación. Otros Aditivos: se permite la utilización de otros aditivos alimentarios autorizados por el RSA actualizado y vigente en los límites máximos permitidos. Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Uso Origen y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Especificaciones El Néctar de Fruta Concentrado deberá ser de un sólo sabor como; manzana, durazno, damasco, etc., cuyas del tipo de características organolépticas son propias de la fruta que lo identifica. mezclas a utilizar No se permite ningún Néctar Concentrado mixto. Tipificación de las De acuerdo con la denominación genérica del Néctar Concentrado de fruta, el producto tendrá la denominación materias primas de la especie característica de la fruta, otorgada por la mayor concentración en peso del concentrado de fruta permitidas para la que se utilice. elaboración Presencia de materias extrañas como presencia de partículas ajenas al jugo concentrado de fruta y que no Materias primas forman parte del producto mismo ni de su naturaleza y otros que no son permitidos por el RSA. Se prohíben prohibidas para la todas las materias primas que provengan de establecimientos no autorizados; art 96 del RSA vigente y elaboración. actualizado. Entre los aditivos prohibidos se encuentran los colorantes amarillo crepúsculo y tartrazina. Producto Final/Terminado Todas las operaciones preliminares para la elaboración de néctar de fruta concentrado deben cumplir con los Operaciones requisitos de higiene para las materias primas y aditivos alimentarios, como también todos los requisitos Preliminares producción /recolección establecidos en el RSA. El producto debe ser elaborado en condiciones sanitarias apropiadas y que cumplan con lo establecido Operaciones Todas las operaciones definitivas en la elaboración de los néctar de fruta concentrado deben cumplir con Buenas definitivas: Prácticas de Fabricación del RSA. Proceso de Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envases del RSA (artículo 14 letra h) y envasado y deberán cumplir con los artículos 122 al 129 envase primario Cuando el néctar de fruta se prepare eliminando físicamente el agua de del jugo de fruta en cantidad suficiente para elevar el nivel de grados Brix hasta un nivel superior, al menos un 50% del valor establecido para el néctar Rotulación reconstituido de la misma fruta, se debe rotular como néctar concentrado. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. El producto néctar de fruta concentrado deberá contener a lo menos un 60% de sólidos solubles expresados Producto como provenientes del jugo concentrado de fruta para asegurar el mayor porcentaje de fruta disponible para la terminado: reconstitución.

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Conservación y vida útil Forma de NECTAR DE FRUTAS CONCENTRADO: El producto terminado en su rotulación debe indicar la forma de conservación/almacenam conservación y/o almacenamiento y vida útil del producto terminado dando cumplimiento a los art. 106 al iento y vida útil del 121 del RSA actualizado y vigente. producto terminado Calidad Sensorial Forma Física: el producto se debe presentar como una mezcla homogénea en el que no se advierta diferenciación de los componentes que la integran. Aspecto: Debe ser el propio de un néctar de fruta concentrado a los niveles exigidos de humedad. Color: El color del producto debe corresponder al de la especie(s) caracterizante(s) del néctar de la fruta concentrado. Debe presentar un color uniforme típico. No se deben presentar áreas en que se diferencie o se acentué el color del producto. Características Olor. El producto debe presentar el olor característico de la(s) especie(s) caracterizante (s) del néctar de fruta organolépticas concentrado. El producto no debe presentar olores anormales de ningún origen. Sabor. El producto debe presentar el sabor característico de la(s) especie(s) caracterizante (s). El producto no debe presentar sabores anormales de ningún origen. El producto debe presentar una relación de equilibrada de acidez-dulzor que resulte en un sabor agradable, de acuerdo a las especie(s) caracterizante (s). Consistencia: El producto debe presentar una consistencia proporcional a los grados de sólidos solubles que tiene el producto final en su concentración. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Sodio (mg)

100g Máx. 45 Máx. 0,7 Máx. 1,0 Máx. 25

Requisitos Físico –Químicos Parámetro Sólidos Solubles (%) Néctar Concentrado de Fruta Sólidos Solubles (%) Néctar Diluido de Fruta: Acidez Titulable (%):

Min 60 Min 10 0.8-1.4

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 14 “Frutas y verduras”, punto 14,6. “Zumos, néctares, bebidas a base de frutas y verduras no pasterurizados”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.44 PATE Características generales de la materia prima Nombre genérico Pate de ternera, Pate pollo, Pate de pavo Descripción de las Ingredientes permitidos según Norma chilena NCH2579.OF 2000 materias primas Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Materias primas Las materias primas deberán cumplir con lo definido en la Norma Chilena NCh2579.Of2000, según corresponda permitidas a los ingredientes incluidos en el producto y con lo definido en el RSA Tipos de materias Se podrán usar las materias primas permitidas según la NCh2579.Of2000, cuidando que se cumpla con todos primas permitidas los requisitos de composición química descritos en la presente Ficha Origen

Producto Final/Terminado Operaciones Todas las materias primas e ingredientes deben ser adecuadamente tratados y mantenidos en la cadena de frío Preliminares respectiva. Operaciones PATE: Es el producto elaborado con la materia prima antes requerida, la que debe ser sometida a proceso de definitivas: mezclado, embutido, cocción y envasado. El PATE debe ser sometido al proceso de envasado, el que puede ser realizado al vacío o en atmósfera normal. Proceso de El producto se deberá envasar en bolsas plásticas impermeables u otro material o tecnología que asegure la envasado y calidad e integridad y conservación del producto. Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición envase primario de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129 Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo El producto final corresponde a Pate de ternera, Pate de pollo y/o Pate de pavo, en cumplimiento a lo definido en la NCh2579.Of2000, según corresponda su clasificación, donde debe responder como mínimo a una cecina Producto cocida, curada o no, de pasta homogénea, de diversa granulometría, preparada con carnes de cerdo y/o vacuno terminado: u otras especies, hígado de cerdo y /o de vacuno u otras especies, con o sin cuero de cerdo y /o piel de ave, adicionada con grasas o aceites, agua, sal, aditivos, especias y otros ingredientes permitidos Conservación y vida útil Forma de PATE: Debe ser mantenida a una temperatura tal que en el interior del producto nunca sea superior a conservación/almacenam 5°C. Este producto debe ser mantenido por un máximo de 15 días, como parte de la cadena productiva y iento y vida útil del cuidando que no exista pérdida de la cadena de frío (refrigerado). producto terminado Este producto nunca debe dejarse a temperatura ambiente Calidad Sensorial Forma Física. Debe corresponder a un embutido en tripa uniforme Aspecto. Debe ser una pasta uniforme, de diversa granulometría según el producto y libre de defectos. La superficie no debe estar limosa ni enmohecida Características Color. Propio del producto, uniforme , debe ser libre de defectos y debe ser homogéneo organolépticas Olor. Propio del producto, debe ser libre de defectos como por ejemplo olor a podrido y olores extraños Sabor. Propio del producto, debe ser libre de defectos y libre de sabores extraños. Textura. Suave, uniforme, untable o cortable, libre de defectos. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descrito anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Sodio (mg)

100g Máx. 60 Máx. 3,0 Mín. 10 Máx. 33 Por diferencia Máx. 1,5 Máx. 670

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 10 “Carnes y productos cárneos”, punto 10.3. “Cecinas cocidas”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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4.45 BEBIDA LACTEA ACIDIFICADA CON SABOR Características generales de la materia prima Nombre Bebida láctea elaborada con base en leche fermentada con lactobacilos y con sabor. genérico LECHE FLUIDA Y/O EN POLVO: Deberá cumplir con todo lo que establece el R.S.A. y específicamente con el Título VIII Artículos 197 al 212 y artículos 216 al 218. Además deberán cumplir con las Normas Chilenas: NCh1013.Of2008; NCh1677.Of2008 y NCh3052.Of2007 CEPAS DE YOGHURT (NO VIABLES). SACAROSA: Deberá cumplir con todo lo establecido en el RSA, y específicamente con el Artículo 379. Su Descripción de incorporación deberá ser lo mínimo posible de modo de obtener un producto ligeramente dulce. materias primas SABORIZANTE/ AROMATIZANTE: Seleccionar de preferencia aquellos naturales, los que deberán cumplir con todo lo que establece el RSA y deberán ser naturales. COLORANTES : Seleccionar aquellos naturales y permitidos por el RSA ESTABILIZANTES (PECTINAS) Otros Aditivos: se permite la utilización de otros aditivos alimentarios autorizados por el RSA actualizado y vigente en los límites máximos permitidos. Materias primas Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). permitidas Producto Final/Terminado Todas las leches independientemente del tipo, deben ser aptas para el consumo y deberán cumplir con todo lo que Operaciones establece en el RSA. Se deberá estandarizar su contenido de grasa y proteínas de modo que cumpla los requisitos Preliminares exigidos en la presente Ficha, si es necesario, realizar la mezcla apropiada y usar la tecnología apropiada para obtener un producto de disolución instantánea. Operaciones BEBIDA LACTEA ACIDIFICADA CON SABOR: Es el producto elaborado con las materias primas descritas definitivas: precedentemente de la presente Ficha. Proceso de Una vez que se tiene el producto mezclado y que cumple todos los requisitos exigidos en la presente Ficha, el envasado y producto es sometido al proceso de envasado, cuyos envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición envase primario de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA (actualizado y vigente) artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal Rotulación como lo establece el artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. Producto El producto terminado BEBIDA LACTEA ACIDIFICADA CON SABOR, está conformado exclusivamente por los terminado: ingredientes señalados en la presente ficha técnica, los cuales deben cumplir con lo establecido en el RSA. Conservación y vida útil Forma de conservación/ BEBIDA LACTEA ACIDIFICADA CON SABOR: Debe ser mantenido a temperatura ambiente almacenamiento y vida útil del (máximo 18°C) en lugar fresco y seco, protegido del sol. La vida útil del producto cerrado y producto terminado herméticamente sellado es de 12 meses. Calidad Sensorial Forma Física: líquido y libre de defectos, se debe presentar envasado individual y su envase no puede estar hinchado. Aspecto: Debe ser el propio de la bebida láctea acidificada con sabor, homogéneo y libre de defectos. Color. Propio de la bebida láctea acidificada con sabor y libre de defectos. Su color deberá ser opaco y de acuerdo al saborizante agregado tal como se muestra a continuación: Vainilla: Color amarillo pálido Características Frutilla y frambuesa: Color rosado claro organolépticas Plátano, chirimoya y piña: Color amarillo suave/ marrón muy suave Olor: Propio de la bebida láctea acidificada con sabor y debe ser libre de defectos, libre de olor a rancio, libre de olores extraños. Deberá tener el olor característico según el saborizante/ aromatizante usado. Sabor: Ligeramente dulce, propio de la bebida láctea acidificada con sabor, además debe tener el sabor propio según el saborizante/ aromatizante agregado. Textura/consistencia: Propia del de la bebida láctea acidificada con sabor, líquido, suave y cremoso, sin grumos ni arenosidad, ni harinosidad, debe ser homogéneo, libre de defectos, partículas quemadas o cuerpos extraños. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general.

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g)

100g Máx. 83 Max. 1,0 Mín. 2,0 Máx. 1,0 Por diferencia Mín. 14

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 1 “Leche y productos lácteos”, punto 10.7. “Yogurt y productos lácteos”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.46. LECHE EN POLVO 18% MATERIA GRASA Características generales de la materia prima Nombre genérico Leche en polvo instantánea semidescremada 18% Materia Grasa. LECHE FLUIDA Y/O EN POLVO: Deberá cumplir con todo lo que establece el R.S.A. y específicamente con el Título VIII Artículos 197 al 212 y artículos 216 al 218. Descripción de las Además deberán cumplir con las Normas Chilenas: NCh1013.Of2008; NCh1677.Of2008 y NCh3052.Of2007. materias primas Otros Aditivos: se permite la utilización de otros aditivos alimentarios autorizados por el RSA actualizado y vigente en los límites máximos permitidos. Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Uso Origen y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Se podrán usar los siguientes tipos de materias primas, cuidando que se cumpla con todos los requisitos de composición química descritos en la presente Ficha : Tipos de materias Leche fluida: La leche que se seleccione deberá cumplir con el artículo 203, y deberá ser sometida a tratamiento primas permitidas adecuado para que la grasa final llegue a un 18% y la humedad a un máximo de 3,5% y que sea de disolución para la instantánea. Leche en polvo entera/leche en polvo descremada (proporción aprox. 70/30). Las leches que se elaboración seleccionen deberán cumplir con lo que establece el artículo 205 del RSA. Leche en polvo semidescremada 18% materia grasa. Las leches que se seleccionen deberán cumplir con lo que establece el artículo 205 del RSA. Producto Final/Terminado Todas las leches independientemente del tipo, deben ser aptas para el consumo y deberán cumplir con todo lo Operaciones que establece en el RSA. Se deberá estandarizar su contenido de grasa y proteínas de modo que cumpla los Preliminares requisitos exigidos en la presente Ficha, si es necesario, realizar la mezcla apropiada y usar la tecnología apropiada para obtener un producto de disolución instantánea. Operaciones LECHE EN POLVO 18% MG: Es el producto elaborado con la(s) materia(s) prima(s) antes descritas deben ser definitivas: sometidas a proceso de envasado. Una vez que se tiene el producto: Leche 18%MG que cumple todos los requisitos exigidos en la presente Ficha, el producto es sometido al proceso de envasado al vacío o en atmósfera modificada o en atmósfera normal. El Proceso de producto se deberá envasar en bolsas de envases tri-laminados. Los envases utilizados deberán estar de envasado y acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. envase primario Las características del envase primario utilizado deben garantizar la vida útil del producto definida, respaldada con los respectivos estudios de vida útil y análisis de envases, considerando como mínimo resistencia de sello, permeabilidad al oxigeno, permeabilidad al vapor de agua, migración global según corresponda. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA (actualizado y vigente) artículos 106 al 121. Se enfatiza que Rotulación tal como lo establece el artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto El producto final está conformado por exclusivamente leche en polvo semidescremada 18% materia grasa láctea terminado Conservación y vida útil Forma de conservación/ LECHE EN POLVO 18% MATERIA GRASA: Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo almacenamiento y vida útil 18°C) en lugar fresco y seco, protegido del sol. La vida útil del producto cerrado y herméticamente del producto terminado sellado es de 12 meses. Calidad Sensorial Forma Física: polvo fino, propio de la leche en polvo, libre de defectos Aspecto: Debe ser el propio de la leche en polvo y libre de defectos. Color. Propio de la leche en polvo, blanco amarillento, debe ser libre de defectos, sin puntos negros ni azúcar Características caramelizada. organolépticas Olor. Propio de leche en polvo, debe ser libre de defectos, libre de olor a rancio y de olores extraños. Sabor. Propio de la leche en polvo, debe ser libre de defectos y libre de sabores extraños Textura. Propia de la leche en polvo, debe ser libre de defectos Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Caseína (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Colesterol (mg) Sodio (mg) Calcio (mg) Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

100g Máx. 3,5 Mín. 6,0 Mín. 27 Mín. 21 Máx. 19 Por diferencia Máx. 44 Máx. 75,0 Máx. 420 Mín. 980 Revisado por: JEFE DAE

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Requisitos Físico –Químicos Parámetro Origen de Materia Grasa Acidez (ml, NaOH 0,1N) Partículas quemadas en disco B (mg)

100 g Grasa de origen lácteo Max. 18 Máx. 15

Requisitos Microbiológicos El producto lácteo debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo1 “Leche y Productos lácteos”, punto 1.3 “Leches y Cremas en polvo”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.47. FORMULA LACTEA SABORIZADA Características generales de la materia prima Leche en polvo saborizada Este producto se presentará en 5 variedades de sabor, donde todos los ingredientes serán idénticos y sólo podrá cambiar el saborizante/aromatizante. Los productos son los siguientes: Fórmula láctea con sabor Vainilla Nombre genérico Fórmula láctea con sabor chocolate Fórmula láctea con sabor frutilla Fórmula láctea con sabor café Fórmula láctea con sabor té Alimento en polvo para preparar Fórmula láctea de preparación instantánea con sabor LECHE FLUIDA Y/O EN POLVO: Deberá cumplir con todo lo que establece el R.S.A. y específicamente con el Título VIII Artículos 197 al 212 y artículos 216 al 218. Además deberán cumplir con las Normas Chilenas: NCh1013.Of2008; NCh1677.Of2008 y NCh3052.Of2007 SACAROSA: Deberá cumplir con todo lo establecido en el RSA, y específicamente con el Artículo 379. SABORIZANTE/ AROMATIZANTE: Se seleccionarán de preferencia aquellos naturales, los que deberán cumplir con todo lo que establece el RSA y serán provenientes de: Vainilla olanifolia en sabor vainilla Teobroma cacao en sabor chocolate Fragaria vesca en sabor frutilla Coffea en sabor café Descripción de Thea sinnesis en Sabor té materias primas COLORANTES : Se deberán seleccionar de preferencia aquellos naturales y permitidos por el RSA La proporción de ingredientes expresada en contenido neto (g/100 g) que deberá tener este producto, es la siguiente : Leche 18% MG = min. 71,43% Sacarosa = 27,27% a 28,37% Saborizantes = 0,20 – 0,50% Colorantes = 0,63% Otros Aditivos: se permite la utilización de otros aditivos alimentarios autorizados por el RSA actualizado y vigente en los límites máximos permitidos. Se prohíbe el uso de concentrados proteicos de origen vegetal y animal. Materias primas Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Uso permitidas, según y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). su origen Producto Final/Terminado Todas las leches independientemente del tipo, deben ser aptas para el consumo y deberán cumplir con todo lo Operaciones que establece en el RSA. Se deberá estandarizar su contenido de grasa y proteínas de modo que cumpla los Preliminares requisitos exigidos en la presente Ficha, si es necesario, realizar la mezcla apropiada y usar la tecnología apropiada para obtener un producto de disolución instantánea. FÓRMULA LÁCTEA CON SABOR: Es el producto elaborado con las materias primas descritas en los puntos 2 y 4 de la presente Ficha. Dichos ingredientes son sometidos al proceso de mezclado, donde se debe cuidar Operaciones especialmente de alcanzar el tiempo óptimo de mezclado y aplicar el procedimiento de incorporación de definitivas ingredientes de acuerdo a las BPF, de modo que el producto final tenga una composición química homogénea y según se describe en la presente Ficha. Una vez que se tiene el producto mezclado y que cumple todos los requisitos exigidos en la presente Ficha. El producto se deberá envasar en bolsas de envases tri-laminados. Proceso de Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y envasado y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. envase primario Las características del envase primario utilizado deben garantizar la vida útil del producto definida, respaldada con los respectivos estudios de vida útil y análisis de envases, considerando como mínimo resistencia de sello, permeabilidad al oxigeno, permeabilidad al vapor de agua, migración global según corresponda. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA (actualizado y vigente) artículos 106 al 121. Se enfatiza que Rotulación tal como lo establece el artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto El producto terminado Fórmula Láctea con sabor, está por leche en polvo, sacarosa, saborizantes/aromatizantes, terminado: colorantes, u otros aditivos permitidos en el RSA Conservación y vida útil Forma de conservación/ FÓRMULA LÁCTEA CON SABOR: Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) en almacenamiento y vida útil lugar fresco y seco, protegido del sol. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado es de del producto terminado 12 meses. Deberá cumplir con el artículo 67 del RSA. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Calidad Sensorial Forma Física. polvo fino, propio de la mezcla de leche en polvo con azúcar, saborizantes/ aromatizantes y colorantes, libre de defectos Aspecto Debe ser el propio de la mezcla de leche en polvo con azúcar, saborizantes/ aromatizantes y colorantes, libre de defectos Color. Propio de la mezcla de leche en polvo con azúcar, saborizantes/aromatizantes, colorantes y debe ser libre de defectos. Su color deberá ser de acuerdo al saborizante agregado tal como se muestra a continuación: Vainilla: Color amarillo pálido Chocolate : Color marrón Frutilla: Color rosado claro Café: Color café oscuro Té: Color café claro (beige) Olor. Propio de leche en polvo con azúcar, saborizantes/aromatizantes, colorantes y debe ser libre de defectos, libre de olor a rancio, libre de olores extraños. Deberá tener el olor característico según el saborizante/ Características aromatizante usado, tal como se muestra a continuación: En sabor vainilla olor/aroma: vainilla (Vainilla olanifolia) organolépticas En sabor chocolate  olor/aroma: cacao (Teobroma cacao) En sabor frutilla olor/aroma: frutilla (Fragaria vesca) En sabor café  olor/aroma: café (Coffea) En Sabor té olor/aroma: Té (Thea) Sabor. Propio de la leche en polvo, azúcar, colorantes y saborizantes/aromatizantes, debe ser libre de defectos, libre de sabores extraños. Debe tener el sabor propio según el saborizante/aromatizante agregado obtenido de: Vainilla olanifolia en sabor vainilla Teobroma cacao en sabor chocolate Fragaria vesca en sabor frutilla Coffea en sabor café Thea sinnesis en Sabor té Textura. Propia de la leche en polvo, azúcar, colorantes y saborizantes/aromatizantes, debe ser homogéneo, libre de defectos, partículas quemadas o cuerpos extraños Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Caseína (g) Lípidos (g) Grasa saturada (g) Grasa monoinsaturada (g) Grasa poliinsaturada (g) Grasa trans (g) Carbohidratos disponibles (g) Sacarosa (g) Colesterol (mg) Sodio (mg) Calcio (mg)

100g Máx. 3,5 Máx. 5,0 Mín. 19 Mín. 15 Máx. 14 Máx. 8,8 Mín. 3,3 Mín. 0,3 Máx. 0,8 Por diferencia Máx. 62 Máx. 29 Máx. 55,0 Máx. 350 Mín. 625

Requisitos Físico –Químicos Parámetro Origen de Materia Grasa Acidez (ml, NaOH 0,1N)

100 g Grasa de origen lácteo Max. 18

Requisitos Microbiológicos El producto lácteo debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo1 “Leche y Productos lácteos”, punto 1.3 “Leches y Cremas en polvo”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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4.48. FÓRMULA LÁCTEA FORTIFICADA CON FLUOR Y SABORIZADA Características generales de la materia prima Leche en polvo fortificada con flúor saborizada Este producto se presentará en 5 variedades de sabor, donde todos los ingredientes serán idénticos y sólo podrá cambiar el saborizante/aromatizante. Los productos son los siguientes: Fórmula Láctea fortificada con flúor con Sabor Vainilla Nombre genérico Fórmula Láctea fortificada con flúor con Sabor chocolate Fórmula Láctea fortificada con flúor con Sabor frutilla Fórmula Láctea fortificada con flúor con Sabor café Fórmula Láctea fortificada con flúor con Sabor té Alimento en polvo para preparar una Fórmula láctea de preparación instantánea fortificada con flúor, con sabor LECHE FLUIDA Y/O EN POLVO: Deberá cumplir con todo lo que establece el R.S.A. y específicamente con el Título VIII Artículos 197 al 212 y artículos 216 al 218. Además deberán cumplir con las Normas Chilenas: NCh1013.Of2008; NCh1677.Of2008 y NCh3052.Of2007 SACAROSA: Deberá cumplir con todo lo establecido en el RSA, y específicamente con el Artículo 379. FLUOR: 0,023 g/100 g de monoflúor fosfato de sodio SABORIZANTE/ AROMATIZANTE: Se deberán seleccionar de preferencia aquellos naturales, los que deberán cumplir con todo lo que establece el RSA y deberán ser naturales y provenientes de:

Descripción de materias primas

-

Vainilla olanifolia en sabor vainilla Teobroma cacao en sabor chocolate Fragaria vesca en sabor frutilla Coffea en sabor café Thea sinnesis en Sabor té

COLORANTES : Se deberán seleccionar aquellos naturales y permitidos por el RSA La proporción de ingredientes expresada en contenido neto (g/100 g) que deberá tener es la siguiente : Leche 18% MG = min. 71,43% Sacarosa = 27,27% a 28,37% Saborizantes = 0,20 – 0,50% Colorantes = 0,63% Monoflúorfosfato de sodio= 0,023% Otros Aditivos: se permite la utilización de otros aditivos alimentarios autorizados por el RSA actualizado y vigente en los límites permitidos. Se prohíbe el uso de concentrados proteicos de origen vegetal y animal Materias primas Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de permitidas para la Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile) elaboración Producto Final/Terminado Todas las leches independientemente del tipo, deben ser aptas para el consumo y deberán cumplir con todo lo que Operaciones establece en el RSA. Se deberá estandarizar su contenido de grasa y proteínas de modo que cumpla los requisitos Preliminares exigidos en la presente Ficha, si es necesario, realizar la mezcla apropiada y usar la tecnología apropiada para obtener un producto de disolución instantánea. FÓRMULA LÁCTEA FORTIFICADA CON FLÚOR CON SABOR: Es el producto elaborado con las materias primas descritas en los puntos 2 y 4 de la presente Ficha. Dichos ingredientes son sometidos al proceso de mezclado, donde Operaciones se debe cuidar especialmente de alcanzar el tiempo óptimo de mezclado y aplicar el procedimiento de incorporación definitivas: de ingredientes de acuerdo a las BPF, de modo que el producto final tenga la composición química homogénea y según se describe en la presente Ficha. Una vez que se tiene el producto mezclado y que cumple todos los requisitos exigidos en la presente Ficha, el producto es sometido al proceso de envasado al vacío o en atmósfera modificada. El producto se deberá envasar en bolsas de Proceso de envases tri-laminados. Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo envasado y 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Además en el envase se deberá aplicar el diseño que envase entrega JUNAEB y aplicar los siguientes colores: pantone 130C, el cual contiene 15 pts de pantone yellow 93,8 y 1 pt primario de pantone rub. Red 6,2. Las características del envase primario utilizado deben garantizar la vida útil del producto definida, respaldada con los respectivos estudios de vida útil y análisis de envases, considerando como mínimo resistencia de sello, permeabilidad al oxigeno, permeabilidad al vapor de agua, migración global según corresponda. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA (actualizado y vigente) artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal Rotulación como lo establece el artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto El producto terminado Fórmula Láctea fortificada con flúor con sabor, está conformado por leche en polvo, sacarosa, terminado: mono-flúor fosfato de sodio, saborizantes/ aromatizantes, colorantes, u otros aditivos permitidos en el RSA Conservación y vida útil Forma de conservación/ FÓRMULA LÁCTEA CON SABOR: Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) en almacenamiento y vida útil lugar fresco y seco, protegido del sol. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado es de del producto terminado 12 meses. Deberá cumplir con el artículo 67 del RSA. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Calidad Sensorial Forma Física. polvo fino, propio de la mezcla de leche en polvo con azúcar, saborizantes/ aromatizantes y colorantes, libre de defectos Aspecto Debe ser el propio de la mezcla de leche en polvo con azúcar, saborizantes/ aromatizantes y colorantes, libre de defectos Color. Propio de la mezcla de leche en polvo con azúcar, saborizantes/aromatizantes, colorantes y debe ser libre de defectos. Su color deberá ser de acuerdo al saborizante agregado tal como se muestra a continuación: Vainilla: Color amarillo pálido Chocolate : Color marrón Frutilla: Color rosado claro Café: Color café oscuro Té: Color café claro (beige) Olor. Propio de leche en polvo con azúcar, saborizantes/aromatizantes, colorantes y debe ser libre de defectos, libre de olor a rancio, libre de olores extraños. Deberá tener el olor característico según el saborizante/ Características aromatizante usado, tal como se muestra a continuación: En sabor vainilla olor/aroma: vainilla (Vainilla olanifolia) organolépticas En sabor chocolate  olor/aroma: cacao (Teobroma cacao) En sabor frutilla olor/aroma: frutilla (Fragaria vesca) En sabor café  olor/aroma: café (Coffea) En Sabor té olor/aroma: Té (Thea) Sabor. Propio de la leche en polvo, azúcar, colorantes y saborizantes/aromatizantes, debe ser libre de defectos, libre de sabores extraños. Debe tener el sabor propio según el saborizante/aromatizante agregado obtenido de: Vainilla olanifolia en sabor vainilla Teobroma cacao en sabor chocolate Fragaria vesca en sabor frutilla Coffea en sabor café Thea sinnesis en Sabor té Textura. Propia de la leche en polvo, azúcar, colorantes y saborizantes/aromatizantes, debe ser homogéneo, libre de defectos, partículas quemadas o cuerpos extraños Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Caseína (g) Lípidos (g) Grasa saturada (g) Grasa monoinsaturada (g) Grasa poliinsaturada (g) Grasa trans (g) Carbohidratos disponibles (g) Sacarosa (g) Colesterol (mg) Sodio (mg) Calcio (mg) Flúor (mg)

100g Máx. 3,5 Máx. 5,0 Mín. 19 Mín. 15 Máx. 14 Máx. 8,8 Mín. 3,3 Mín. 0,3 Máx. 0,8 Por diferencia Máx. 62 Máx. 29 Máx. 55,0 Máx. 350 Mín. 625 2,4-3,8

Requisitos Físico –Químicos Parámetro Origen de Materia Grasa Acidez (ml, NaOH 0,1N)

100 g Grasa de origen lácteo Max. 18

Requisitos Microbiológicos El producto lácteo debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo1 “Leche y Productos lácteos”, punto 1.3 “Leches y Cremas en polvo”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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4.49 POSTRE DE LECHE Características generales Nombre genérico Postre de leche en polvo según variedad Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Uso Materias primas y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile) permitidas Aditivos: se permite la utilización de otros aditivos alimentarios autorizados por el RSA actualizado y vigente en los límites máximos permitidos. Producto Final/Terminado Todas los ingredientes independientemente del tipo, deben ser aptas para el consumo y deberán cumplir con Operaciones todo lo que establece en el RSA. Se deberá estandarizar su contenido de grasa y proteínas de modo que cumpla Preliminares los requisitos exigidos en la presente Ficha, si es necesario, realizar la mezcla apropiada y usar la tecnología apropiada para obtener un producto de disolución instantánea. POSTRE DE LECHE: Es el producto elaborado con las materias primas son sometidos al proceso de mezclado, donde se debe cuidar especialmente de alcanzar el tiempo óptimo de mezclado y aplicar el procedimiento de Operaciones incorporación de ingredientes de acuerdo a las BPF, de modo que el producto final tenga la composición química definitivas: homogénea y según se describe en la presente Ficha. proceso de Mezcla en polvo para preparar postre de leche que contenga al menos un 50% de leche al 18% de materia molienda o corte, grasa, y otros componentes según la variedad de postre que sea utilizado. según el caso Se prohíbe el uso de concentrados proteicos de origen vegetal y animal (excepto suero lácteo derivado del proceso del queso), edulcorantes no nutritivos o cualquier sustancia no autorizado por JUNAEB. Una vez que se tiene el producto mezclado y que cumple todos los requisitos exigidos en la presente Ficha, el producto es sometido al proceso de envasado al vacío o en atmósfera modificada. El producto se deberá envasar en bolsas de envases tri-laminados. Proceso de Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y envasado y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. envase primario Las características del envase primario utilizado deben garantizar la vida útil del producto definida, respaldada con los respectivos estudios de vida útil y análisis de envases, considerando como mínimo resistencia de sello, permeabilidad al oxigeno, permeabilidad al vapor de agua, migración global según corresponda. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA (actualizado y vigente) artículos 106 al 121. Se enfatiza que Rotulación tal como lo establece el artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto El producto terminado Postre de leche, está conformado según la variedad. terminado: Variedad Postres de leche

Tipos Composición base Arroz con leche y Leche 18% de MG (50%), sacarosa, sémola (>20%) o arroz (>20%), almidón Postres de leche con cereal sémola con leche de maíz, saborizantes y colorantes permitidos. Postres de leche con adición Budín, mousse y Leche 18% de MG (50%), sacarosa, sustancias espesantes o estabilizadores de harina de cereal bavarois permitidos, suero de leche, saborizantes y colorantes permitidos. Leche 18% de MG (50%), sacarosa, sustancias espesantes o estabilizadores Postres de leche sin cereal Flan, leche asada, permitidas, suero de leche, huevo deshidratado, saborizantes y colorantes con huevo leche nevada permitidos. Nota: El uso de Maltodextrina, podrá ser incorporado en las formulaciones de postres de leche siempre y cuando no se vean afectadas las características de composición nutricional.

Requisitos organolépticos postres de leche con cereal Parámetro Arroz con leche Color (materia prima y reconstituido-listo para servir) Sabor (reconstituido-listo para servir) Olor y aroma (producto materia prima y reconstituido y listo para servir) Consistencia producto reconstituido-listo para servir)

Apariencia/ Granulosidad de la materia prima

Otros de la materia prima

Sémola con leche

Debe corresponder al perfil básico de color de una Debe corresponder al perfil básico de color de una mezcla leche y arroz. mezcla leche y sémola, Debe corresponder al perfil básico de sabor de una Debe corresponder al perfil básico de sabor de una mezcla leche y arroz. Podrá incluir esencias de canela, mezcla leche y sémola. Podrá incluir esencias de vainilla, limón o naranja. canela, vainilla, limón o naranja. Debe corresponder al perfil básico de olor y aroma de Debe corresponder al perfil básico de olor y aroma una mezcla leche y arroz. Podrá incluir esencias de de una mezcla leche y sémola. Podrá incluir canela, vainilla, limón o naranja. esencias de canela, vainilla, limón o naranja. Espeso con presencia de granos enteros o semi Espeso con la presencia de los gránulos de sémola partidos de arroz cocidos (no puntilla de arroz) cocida (no semolina). Homogénea de fácil dilución con presencia de granos Homogénea de fácil dilución con presencia de enteros o semi partidos de arroz, debe estar libre de gránulos de sémola, debe estar libre de grumos, grumos, excepto aquellos que se desintegren con una excepto aquellos que se desintegren con una ligera ligera presión, con una espátula o elemento similar. presión, con una espátula o elemento similar. Estar libre de partículas visible de color oscuro o Estar libre de partículas visible de color oscuro o negras, o de otros cuerpos extraños. negras, o de otros cuerpos extraños. Debe estar libre de sabor u olor indicativo de descomposición o neutralización y no presentar rancidez u

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Revisión: 06 del 11/02/2013 MANUAL DE FICHAS TECNICAS DE MATERIAS PRIMAS O PRODUCTOS Página: 101 de 193 otros sabores y/u olores objetables, tales como, sebo, pescado, jabón, tiza, oxido, amargo, quemado, parafina, entre otros

Requisitos organolépticos postres de leche con adición de harina de cereal Parámetro Budín Mousse Bavarois Color Debe corresponder al perfil Debe corresponder al perfil Debe corresponder al perfil básico (producto materia prima y básico de color característico básico de color característico de de color característico de un reconstituido - listo para de un budín sabor chocolate o un mousse sabor chocolate, bavarois sabor frambuesa, naranja servir) chirimoya lúcuma o manjar o piña Sabor Debe corresponder al perfil Debe corresponder al perfil Debe corresponder al perfil básico (producto reconstituido y básico de un budín sabor básico de un mousse sabor de un bavarois sabor frambuesa, listo para servir) chocolate o chirimoya chocolate lúcuma o manjar naranja o piña Olor y aroma Debe corresponder al perfil Debe corresponder al perfil Debe corresponder al perfil básico (producto materia prima y básico de olor y aroma básico de olor y aroma de olor y aroma característico de un reconstituido - listo para característico de un budín característico de un mousse bavarois sabor frambuesa, naranja servir) sabor chocolate o chirimoya sabor chocolate, lúcuma o manjar o piña Consistencia del (producto Espeso, cuajado, Espeso, suave, cremoso Suave, aireado, espumoso, reconstituido - listo para servir) Homogénea de fácil dilución, debe estar libre de grumos, excepto aquellos que se desintegren con una Apariencia/ Granulosidad de ligera presión, con una espátula o elemento similar. la materia prima Estar libre de partículas visible de color oscuro o negras, o de otros cuerpos extraños. Requisitos organolépticos postres de leche sin cereal con huevo Parámetro Flan Leche asada Leche nevada Color Debe corresponder al perfil Debe corresponder al perfil Debe corresponder al perfil básico (producto materia prima y básico de color característico básico de color característico de de color característico de una leche reconstituido - listo para de un flan sabor vainilla, una leche asada nevada servir) caramelo o chocolate Sabor Debe corresponder al perfil Debe corresponder al perfil Debe corresponder al perfil básico (producto reconstituido y básico de un flan sabor vainilla, básico de una leche asada. de una leche nevada. Podrá incluir listo para servir) caramelo o chocolate. Podrá Podrá incluir esencias de canela esencias de canela, limón o incluir esencias de canela, o caramelo naranja. vainilla y/o caramelo. Olor y aroma Debe corresponder al perfil Debe corresponder al perfil Debe corresponder al perfil básico (producto materia prima y básico de olor y aroma básico de olor y aroma de olor y aroma característico de de reconstituido - listo para característico de un flan sabor característico de una leche una leche nevada. servir) vainilla, caramelo o chocolate asada. Consistencia del (producto Semisólido, cuajado, textura Semisólido, cuajado, textura Semilíquida reconstituido - listo para lisa irregular servir) Homogénea de fácil dilución, debe estar libre de grumos, excepto aquellos que se desintegren con una Apariencia/ Granulosidad de ligera presión, con una espátula o elemento similar. la materia prima Estar libre de partículas visible de color oscuro o negras, o de otros cuerpos extraños. Nota: para todas las variedades de postres de leches, el producto debe estar libre de sabor u olor indicativo de descomposición o neutralización y no presentar rancidez u otros sabores y/u olores objetables, tales como, sebo, pescado, jabón, tiza, oxido, amargo, quemado, parafina, entre otros. Adicionalmente, debe estar libre de cualquier tipo de contaminación, sustancias o partículas extrañas según lo indicado en el Art. 14 del RSA.

Requisitos nutricionales Parámetro Humedad (g) Proteínas (g) Caseína(3) (g) Carbohidratos (g) Sacarosa Lípidos (g) Ác. grasos Saturados (g) Ác. grasos Monoinsaturados(g) Ácidos Grasos Poliinsaturados (g) Cenizas (g) Colesterol(mg) Calcio(mg) Sodio (mg) Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

Postres de leche con cereal 100g Máx. 6 Mín. 14 Mín. 11 Máx. 70 Mín 25 - Máx. 30 Máx. 9,5 Máx. 6,2 Mín.2,6 Mín. 0,4 Máx.5 Máx. 40 Mín. 460 Máx. 265

Postres de leche con adición Postres de leche sin cereal de harina de cereal con huevo 100g 100g Máx. 6 Máx. 4 Mín. 14 Mín. 15 Mín. 11 Mín. 11 Máx. 70 Máx. 70 Mín 25 - Máx. 30 Mín 25 - Máx. 30 Máx. 9,5 Máx. 10,5 Máx. 6,2 Máx. 6,7 Mín.2,6 Mín.2,9 Mín. 0,4 Mín. 0,5 Máx. 5 Máx. 5 Máx. 40 Máx. 75 Mín. 460 Mín. 460 Máx. 265 Máx. 230

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Requisitos Físico–Químicos Origen de Materia Grasa Acidez (ml, NaOH 0,1N) Humedad (g)

Postres de leche con cereal Grasa de origen lácteo Max. 18 Máx. 6

Postres de leche con adición Postres de leche sin cereal de harina de cereal con huevo Grasa de origen lácteo Grasa de origen lácteo Max. 18 Max. 18 Máx. 6 Máx. 4

Requisitos Microbiológicos Los postres de leche deben cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Postres de leche Grupo 4 “Caldos, sopas, cremas y mezclas deshidratadas”, punto 4.4 “Mezclas en seco que requieren cocción” y con cereal además lo establecido en el Grupo 5 “productos elaborados a partir de cereales”, punto 5.1 “Harinas y Almidones”. Los postres de leche deben cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Postres de leche Grupo 4 “Caldos, sopas, cremas y mezclas deshidratadas”, punto 4.4 “Mezclas en seco que requieren cocción” y con adición de además lo establecido en el Grupo 5 “productos elaborados a partir de cereales”, punto 5.1 “Harinas y harina de cereal Almidones”. Los postres de leche deben cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Postres de leche Grupo 4 “Caldos, sopas, cremas y mezclas deshidratadas”, punto 4.4 “Mezclas en seco que requieren cocción” y sin cereal con además lo establecido en el Grupo 5 “productos elaborados a partir de cereales”, punto 5.1 “Harinas y huevo Almidones”.

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4.50

YOGURT

Características generales de la materia prima Yogurt Batido, de preferencia semidescremado, con sabor, donde todos los ingredientes serán idénticos y sólo Nombre genérico podrá cambiar el saborizante/aromatizante. El yogurt según la NCh 2560.Of2000 y de acuerdo a la definición que aparece en el Artículo 220 del RSA, se podrá elaborar con los siguientes ingredientes: LECHE FLUIDA Y/O EN POLVO: Deberá cumplir con todo lo que establece el R.S.A. y específicamente con el Título VIII Artículos 197 al 212 y artículos 216 al 218. Además deberán cumplir con las Normas Chilenas: NCh1013.Of2008; NCh1677.Of2008 y NCh3052.Of2007 SACAROSA: Deberá cumplir con todo lo establecido en el RSA, y específicamente con el Artículo 379. CULTIVOS LÁCTICOS: Deberán cumplir con todo lo que establece el RSA y se podrán usar Lactobacillus bulgaricus y Streptococcus thermophillus (Artículo 220 RSA) GELATINA: Deberá cumplir con lo que establece el RSA en al Artículo 403 Descripción de SORBATO DE POTASIO: Deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 220 y debe tener como materias primas máximo y expresado como ácido sórbico de 0,5g/kg de producto terminado listo para el consumo SABORIZANTE/ AROMATIZANTE: Seleccionar de preferencia aquellos naturales, los que deberán cumplir con todo lo que establece el RSA COLORANTES: Seleccionar de preferencia aquellos naturales y permitidos por el RSA. Se deberán usar los siguientes según el sabor del producto: Cúrcuma (N° S.I.N. 100)  para sabores: plátano, chirimoya, piña y vainilla Carmín de cochinilla (N° S.I.N. 120) para sabores: frambuesa y frutilla Annato (N° S.I.N. 160b) para sabor: vainilla Otros Aditivos: se permite la utilización de otros aditivos alimentarios autorizados por el RSA actualizado y vigente en los límites permitidos. Materias primas Se prohíbe el uso de yogurt en polvo y de sucedáneos de yogurt en cualquiera de sus formas, éstas(os) no podrán estar presentes, accidentalmente ni formar parte de ellas. prohibidas. Origen de la Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Uso materia prima y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Se podrán usar los siguientes tipos de materias primas, cuidando que se cumpla con todos los requisitos de Tipos de Leches composición química descritos en la presente Ficha: permitidas como Leche fluida: La leche que se seleccione deberá cumplir con el artículo 203, y deberá ser sometida a materias primas tratamiento adecuado para que la grasa final no sobrepase los límites definidos en la presente Ficha. para la Leche en polvo entera/leche en polvo semidescremada o descremada. Las leches que se seleccionen elaboración deberán cumplir con lo que establece los artículos 205 y 216 al 218 del RSA. Producto Final/Terminado Todas las leches independientemente del tipo, deben ser aptas para el consumo y deberán cumplir con todo lo Operaciones que se establece en el RSA. Se deberá estandarizar su contenido de grasa y proteínas de modo que cumpla los Preliminares requisitos exigidos en la presente Ficha. YOGHURT. Es el producto elaborado con las materias primas descritas en los puntos 2 y 4 de la presente Ficha. Operaciones Dichos ingredientes son sometidos al proceso de mezclado, donde se debe cuidar especialmente de aplicar el definitivas: procedimiento de incorporación de ingredientes de acuerdo a las BPF, de modo que el producto final tenga una composición química homogénea y dar cumplimiento a la presente Ficha. Una vez que se tiene el producto mezclado y que cumple todos los requisitos exigidos en la presente Ficha, el Proceso de producto es sometido al proceso de envasado. El producto se deberá envasar utilizando los materiales y envasado y tecnología apropiada y que asegure la calidad e integridad del producto durante su vida útil. envase primario Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA (actualizado y vigente) artículos 106 al 121. Se enfatiza que Rotulación tal como lo establece el artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. Producto El producto terminado Yogurt batido semidescremado con sabor, está conformado exclusivamente con base en terminado: leche y los ingredientes indicados en la presente Ficha. Conservación y vida útil Forma de conservación/ YOGHURT BATIDO CON SABOR: Debe ser mantenido en refrigeración a temperatura de 1 a 4°C. almacenamiento y vida útil del La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado es de 30 días. Se debe cuidar de producto terminado mantener siempre la cadena de frío.

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Calidad Sensorial Forma Física: Propio del yogurt batido, semilíquido y libre de defectos, se debe presentar envasado y su envase no puede estar hinchado (NCh 2560. Of 2000). Aspecto: Debe ser el propio del yogurt batido con sabor, homogéneo y libre de defectos. Color: Propio del yogurt batido con sabor y libre de defectos. Su color deberá ser opaco y de acuerdo al saborizante agregado tal como se muestra a continuación: Vainilla: Color amarillo pálido Características Frutilla y frambuesa: Color rosado claro organolépticas Plátano, chirimoya y piña: Color amarillo suave/ marrón muy suave Olor: Propio del yogurt batido y debe ser libre de defectos, libre de olor a rancio, libre de olores extraños. Deberá tener el olor característico según el saborizante/ aromatizante usado. Sabor: Ligeramente dulce, propio del yogurt batido con azúcar, además debe tener el sabor propio según el saborizante/ aromatizante agregado. Textura/consistencia: Propia del batido con sabor, semi-líquido, suave y cremoso, sin grumos ni arenosidad, ni harinosidad, debe ser homogéneo, libre de defectos, partículas quemadas o cuerpos extraños. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Sodio (mg)

100g Máx. 80 Máx. 1,0 Mín. 3,0 Máx. 2,5 Por diferencia Máx. 15,5 Máx. 70

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 1 “Leche y productos lácteos”, punto 10.7. “Yogurt y productos lácteos”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.51 ARVEJAS Características generales de la materia prima Nombre genérico Arvejas secas partidas crudas Las materias primas deberán cumplir con los requisitos que establece el RSA Arvejas (Pisum arvense L y Pisum sativum L): Corresponde a las arvejas grado 2 o grado 1 de la cosecha del Descripción de las año las que deberán cumplir con todo lo que establece el RSA. materias primas Las materias primas que se seleccionen deberán cumplir con todo lo establecido en la NCh1605Of2001 y en forma específica las características de calidad establecidas para las arvejas de Grado 2 o grado 1, por lo tanto, deberá cumplir con todos los requisitos establecidos en la tabla 2 de la NCh1605Of2001, según el caso. Origen de la Nacional o Importada (siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de materia prima Chile) Producto Final/Terminado Todas las leguminosas seleccionadas como materias primas deben ser aptas para el consumo y deberán cumplir Operaciones con todo lo que se establece en el RSA. Deberán ser sometidos al procesamiento adecuado cumpliendo las BPF Preliminares durante todo el proceso ARVEJAS: Es el producto elaborado exclusivamente con las materias primas ya descritas, las que deberán ser sometidas a los procesos necesarios hasta la obtención del producto terminado. Operaciones La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos definitivas: 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. El producto se deberá Proceso de envasar en material apropiado, utilizando los materiales y tecnología apropiada, de modo que asegure la calidad envasado y e integridad del producto durante toda su vida útil. envase primario Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación Artículo 107 letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto El producto terminado ARVEJAS, está conformado exclusivamente con base al ingrediente indicado en la terminado: presente Ficha Técnica Conservación y vida útil Forma de conservación/ ARVEJAS: Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) en lugar fresco y seco, almacenamiento y vida útil protegido del sol. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado debe ser de un mínimo de del producto terminado 12 meses. Previamente se deben lavar y remojar un mínimo de 12 hrs. Cocción 60 min. aprox. Calidad Sensorial Forma Física. Debe ser propia de las arvejas secas, partidas y crudas según su grado y debe cumplir con los requisitos de calidad según la Norma chilena Aspecto: Debe ser el propio de las arvejas crudas, libre de defectos y debe cumplir con los requisitos de calidad para las arvejas grado 2 de la NCh1605Of2001 Características Color. Opaco, propio de las arvejas y libre de defectos, debe ser según el grado que declara en su envase y debe organolépticas cumplir con los requisitos de calidad para dicha variedad según la Norma chilena Olor. Propio de los arvejas crudos y debe ser libre de defectos, libre de olores extraños Sabor. Sólo se evalúa en el producto cocido y debe ser propio del producto cocido, libre de defectos Textura/consistencia. Propia de los arvejas, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. El producto cocido deberá ser blando. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteína Lípidos Totales (g) H de C disponibles (g) Sodio (mg)

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100g Máx. 14 Máx. 3,0 Mín. 21 Máx. 3,0 Por diferencia Mín.46,5 Máx. 10,5

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Requisito físico organoléptico Daños por insectos (%) Materias extrañas (%)

Grado 2 Máx. 4 Máx. 3,5

Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 173, punto 14.3 “Frutas y otros vegetales comestibles preelaborados, que requieren cocción” Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.52 GARBANZOS Características generales de la materia prima Nombre genérico Garbanzos crudos Las materias primas deberán cumplir con los requisitos que establece el RSA Garbanzos (Cicer arietinum L): Corresponde a los garbanzos grado 2 de la cosecha del año las que deberán Descripción de las cumplir con todo lo que establece el RSA. materias primas Las materias primas que se seleccionen deberán cumplir con todo lo establecido en la NCh539Of1979 y en forma específica las características de calidad establecidas para los garbanzos de Grado 2, por lo tanto, deberá cumplir con todos los requisitos establecidos en la tabla 2 de la NCh539Of1979. Origen de la Nacional o Importada (siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud materia prima de Chile) Producto Final/Terminado Todas las leguminosas seleccionadas como materias primas deben ser aptas para el consumo y deberán cumplir Operaciones con todo lo que se establece en el RSA. Deberán ser sometidos al procesamiento adecuado cumpliendo las BPF Preliminares durante todo el proceso GARBANZOS: Es el producto elaborado exclusivamente con las materias primas ya descritas, las que deberán ser sometidas a los procesos necesarios hasta la obtención del producto terminado Operaciones La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos definitivas: 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. El producto se deberá Proceso de envasar en material apropiado, utilizando los materiales y tecnología apropiada, de modo que asegure la calidad envasado y e integridad del producto durante toda su vida útil. envase primario Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación Artículo 107 letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto El producto terminado GARBANZOS, está conformado exclusivamente con base al ingrediente indicado en la terminado: presente Ficha Técnica Conservación y vida útil Forma de conservación/ GARBANZOS: Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) en lugar fresco y seco, almacenamiento y vida útil protegido del sol. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado debe ser de un mínimo de del producto terminado 12 meses. Previamente se deben lavar y remojar un mínimo de 12 hrs. Cocción 60 min. aprox. Calidad Sensorial Forma Física. Debe ser propia de los garbanzos según su grado y debe cumplir con los requisitos de calidad según la NCh539Of1979 Aspecto: Debe ser el propio de los garbanzos crudos, libre de defectos y debe cumplir con los requisitos de calidad para los garbanzos grado 2 tabla 2 de la NCh539Of1979 Características Color. Opaco, propio de los garbanzos y libre de defectos, debe ser según el grado que declara en su envase y organolépticas debe cumplir con los requisitos de calidad para dicha variedad según la NCh539Of1979 Olor. Propio de los garbanzos crudos y debe ser libre de defectos, libre de olores extraños Sabor. Sólo se evalúa en el producto cocido y debe ser propio del producto cocido, libre de defectos Textura/consistencia. Propia de los garbanzos, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. El producto una vez cocido debe ser blando. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteína Lípidos Totales (g) H de C disponibles (g) Sodio (mg) Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

100g Máx. 14 Máx. 3,0 Mín. 18 Mín. 6,5 Por diferencia Mín.45,5 Máx. 15 Revisado por: JEFE DAE

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Requisito físico organoléptico Daños por insectos (%) Materias extrañas (%)

Grado 2 Máx. 4 Máx. 3,5

Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 173, punto 14.3 “Frutas y otros vegetales comestibles preelaborados, que requieren cocción” Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.53 POROTOS Características generales de la materia prima Nombre genérico Porotos crudos Las materias primas deberán cumplir con los requisitos que establece el RSA Porotos (Phaseolus vulgaris): Corresponde a los porotos Categoría 1 o Grado 2 u otra de mejor calidad, de la cosecha del año las que deberán cumplir con todo lo que establece el RSA. Se podrán utilizar las siguientes Descripción de las variedades: Hallado, Coscorrón o Tórtola materias primas Las materias primas que se seleccionen deberán cumplir con todo lo establecido en la NCh538Of2001 y en forma específica las características de calidad establecidas para los porotos de Categoría 1 o Grado 2 o mejor, por lo tanto, deberá cumplir con todos los requisitos establecidos en la tabla 1, 2 y 3 de la NCh538Of2001. Origen de la Nacional o Importada (siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud materia prima de Chile) Producto Final/Terminado Todas las leguminosas seleccionadas como materias primas deben ser aptas para el consumo y deberán cumplir Operaciones con todo lo que se establece en el RSA. Deberán ser sometidos al procesamiento adecuado cumpliendo las BPF Preliminares durante todo el proceso POROTOS: Es el producto elaborado exclusivamente con las materias primas ya descritas, las que deberán ser sometidas a los procesos necesarios hasta la obtención del producto terminado Operaciones La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos definitivas: 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. El producto se deberá Proceso de envasar en material apropiado, utilizando los materiales y tecnología apropiada, de modo que asegure la calidad envasado y e integridad del producto durante toda su vida útil. envase primario Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación Artículo 107 letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto El producto terminado POROTOS, está conformado exclusivamente con base al ingrediente indicado en la terminado: presente Ficha Técnica Conservación y vida útil Forma de conservación/ POROTOS: Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) en lugar fresco y seco, almacenamiento y vida útil protegido del sol. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado debe ser de un mínimo de del producto terminado 12 meses. Previamente se deben lavar y remojar un mínimo de 12 hrs. Cocción 60 min. aprox. Calidad Sensorial Forma Física. Debe ser propia de los porotos según su tipo o variedad que declara en su envase y debe cumplir con los requisitos de calidad para dicha variedad según la NCh 538Of2001 Aspecto: Debe ser el propio de los porotos crudos, libre de defectos y debe cumplir con los requisitos de calidad para los porotos Categoría 1 o Grado 2 según la NCh538Of2001 Características Color. Propio de los porotos y libre de defectos, debe ser según su tipo o variedad que declara en su envase y organolépticas debe cumplir con los requisitos de calidad para dicha variedad según la NCh538Of2001 Olor. Propio de los porotos crudos y debe ser libre de defectos, libre de olores extraños Sabor. Propio del producto cocido y libre de defectos Textura/consistencia. Propia de los porotos, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. El producto una vez cocido debe ser de textura blanda. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteína Lípidos Totales (g) H de C disponibles (g) Sodio (mg) Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

100g Máx. 14,5 Máx. 4,0 Mín. 18,5 Máx. 2,8 Por diferencia Mín.46 Máx. 15 Revisado por: JEFE DAE

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Requisito físico organoléptico Daños por insectos (%) Materias extrañas (%) Brucos

Grado 2 Máx. 4 Máx. 3,5 Ausencia

Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 173, punto 14.3 “Frutas y otros vegetales comestibles p reelaborados, que requieren cocción” Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.54 LENTEJAS Características generales de la materia prima Lentejas crudas de 5mm Grado 2 Nombre genérico En caso que las lentejas fueran Grado 1, entonces en el nombre, se deberá colocar 1 en vez de 2 y si fueran de mayor tamaño, éste deberá quedar indicado. Las materias primas deberán cumplir con los requisitos que establece el RSA LENTEJAS (Lens esculenta M o Lens culinaris M): Corresponde a las lentejas Grado 2 o mejor calidad, de la cosecha del año, las que deberán cumplir con todo lo que establece el RSA. Descripción de las Además, las materias primas que se seleccionen deberán cumplir con todo lo establecido en la NCh521Of1990 y materias primas en forma específica las características de calidad establecidas para el Lentejas de calibre mínimo de 5 mm y que sea de Grado 2 o mejor calidad, por lo tanto, deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en las tablas 1 a 3 de la NCh521Of1990. Origen de la Nacional o Importada (siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud materia prima de Chile) Producto Final/Terminado Todas las leguminosas seleccionadas como materias primas deben ser aptas para el consumo y deberán cumplir Operaciones con todo lo que se establece en el RSA. Deberán ser sometidos al procesamiento adecuado cumpliendo las BPF Preliminares durante todo el proceso LENTEJAS: Es el producto elaborado exclusivamente con las materias primas ya descritas, las que deberán ser sometidas a los procesos necesarios hasta la obtención del producto terminado Operaciones La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos definitivas: 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. El producto se deberá Proceso de envasar en material apropiado, utilizando los materiales y tecnología apropiada, de modo que asegure la calidad envasado y e integridad del producto durante toda su vida útil. envase primario Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación Artículo 107 letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto El producto terminado LENTEJAS, está conformado exclusivamente con base al ingrediente indicado en la terminado: presente Ficha Técnica Conservación y vida útil Forma de conservación/ LENTEJAS: Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) en lugar fresco y seco, almacenamiento y vida útil protegido del sol. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado debe ser de un mínimo del producto terminado de 12 meses. Previamente se deben lavar y remojar un mínimo de 12 hrs. Cocción 20 min. Calidad Sensorial Forma Física. Debe ser propia de las lentejas y debe cumplir con los requisitos de calidad para lentejas Grado 2, calibre mínimo 5 mm. Aspecto: Debe ser el propio de las lentejas, libre de defectos , es decir debe cumplir con la NCh521Of1990 y debe cumplir con los requisitos de calidad para lentejas Grado 2 calibre 5 mm Características Color. Propio de las lentejas, opaco y libre de defectos organolépticas Olor. Propio de las lentejas y debe ser libre de defectos, libre de olores extraños Sabor. Sólo se debe evaluar en el producto cocido y debe ser un sabor propio del producto cocido, libre de defectos Textura/consistencia. Propia de las lentejas, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. Una vez cocidas debe ser de textura blanda Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteína Lípidos Totales (g) H de C disponibles (g) Sodio (mg)

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100g Máx. 14 Máx. 2,5 Mín. 23 Máx. 2,3 Por diferencia Mín.44 Máx. 6,0

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Requisito físico organoléptico Daños por insectos (%) Materias extrañas (%)

Grado 2 Máx. 4 Máx. 3,5

Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 173, punto 14.3 “Frutas y otros vegetales comestibles preelaborados, que requieren cocción” Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.55 ARROZ Características generales de la materia prima Nombre genérico Arroz pulido crudo tipo largo-ancho, Grado 2 .En caso que el arroz fuera Grado 1, se deberá indicar Grado 1 Las materias primas deberán cumplir con los requisitos que establece el RSA ARROZ (Oryza sativa L.): Corresponde al arroz pulido el que deberá cumplir con todo lo que establece el RSA. Las materias primas que se seleccionen deberán cumplir con todo lo establecido en la NCh1359Of2003 y en Descripción de las forma específica con las características de calidad establecidas para el Arroz Pulido Tipo Largo-Ancho como materias primas mínimo para el Grado 2, por lo tanto, deberá cumplir con todos los requisitos establecidos en la tabla 1 de la NCh1359Of2003. El producto terminado una vez envasado deberá tener un mínimo de 80% de granos enteros de al menos arroz grado 2 según la NCh1359Of2003 y no se permite nada de arroz tipo “sopa”. Origen de la Nacional o Importada (siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud materia prima de Chile) Producto Final/Terminado Todo el arroz que haya sido seleccionado como materia prima, debe ser apto para el consumo y deberá cumplir Operaciones con todo lo que se establece en el RSA y con todos los requisitos de calidad establecidos en la NCh1359Of2003 Preliminares al menos para el arroz largo-ancho grado 2. Las materia primas deberán ser sometidas al procesamiento adecuado cumpliendo las BPF durante todo el proceso ARROZ: Es el producto elaborado exclusivamente con las materias primas ya descritas, las que deberán ser sometidas a los procesos necesarios hasta la obtención del producto terminado La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de Operaciones manera actualizada y oportuna definitivas: Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. El producto se deberá envasar en material apropiado, utilizando los materiales y tecnología apropiada, de modo que asegure la calidad e integridad del producto durante toda su vida útil Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129 Proceso de Se deberá realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el envasado y Artículo 107 letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo envase primario Se deberá realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación Artículo 107 letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto El producto terminado ARROZ, está conformado exclusivamente con base al ingrediente indicado en la presente terminado: Ficha Técnica Conservación y vida útil Forma de ARROZ: Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) en lugar fresco y seco, protegido del conservación/ sol. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado debe ser de un mínimo de 24 meses. Cocción. almacenamiento y Para arroz un proceso de cocción adecuado se recomienda 20 minutos después de agregar el agua vida útil del producto hirviendo, y usando la siguiente proporción de arroz con respecto al agua: 1 taza de arroz y 2 tazas de agua terminado Calidad Sensorial Forma Física. Debe ser propio del producto arroz pulido crudo Aspecto: Debe ser el propio del arroz pulido crudo superficie brillante y de acuerdo a la NCh1359Of2003, libre de defectos y debe tener como mínimo un 80% de arroz grado 2 o arroz de mejor calidad Características Color. Blanco propio del arroz pulido crudo y libre de defectos organolépticas Olor. Propio del arroz crudo y debe ser libre de defectos, libre de olores extraños Sabor. Este indicador se debe evaluar en el producto cocido. Debe tener el sabor característico del producto cocido y libre de defectos Textura/consistencia. Propia del arroz, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general.

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteína Lípidos Totales (g) H de C disponibles (g) Sodio (mg)

100g Máx. 15 Máx. 0,5 Mín. 6,4 Máx. 1,5 Por diferencia Mín.75,0 Máx. 5,0

Requisito físico organoléptico Impurezas y materias extrañas (%) Yesados (%)

Grado 2 Máx. 2,0 Máx. 3,0

Requisitos Microbiológicos No aplica Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.56 ACEITE VEGETAL Características generales de la materia prima Aceite de vegetal. Deberá cumplir con lo que establece el RSA en el artículo 250. Así por ejemplo, si es una mezcla de soya y maravilla el nombre genérico será: Aceite vegetal mezcla de aceites de soya y maravilla; es decir se deberá Nombre genérico colocar la especie vegetal utilizada en su elaboración. El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en los Artículos 247 a 250 y además en forma específica deberá cumplir con los Artículos 251, 252 y 254. También deberá cumplir con las Normas NCh108Of1956 y NCh2581Of2001 Las materias primas deberán cumplir con los requisitos que establece el RSA ACEITES VEGETALES: Se podrán usar aquellos permitidos en el Artículo 251 del RSA. Se podrá utilizar por ejemplo una mezcla de aceites: 90% soya y 10% maravilla, u otra que cumpla con los requisitos de composición Descripción de las nutricional descrita en la presente Ficha Técnica. materias primas ADITIVOS PERMITIDOS APROPIADOS PARA ESTE TIPO DE ALIMENTOS. Deberán cumplir con todo lo que establece el RSA, entre otros se podrán utilizar: ANTIOXIDANTES. Se podrán incluir de acuerdo con el Artículo 143 LETRA a) del RSA. Origen de la Nacional o Importada (siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud materia prima de Chile) Producto Final/Terminado Todos los ingredientes usados como materias primas deben ser aptos para el consumo y deberán cumplir con Operaciones todo lo que se establece en el RSA. Deberán ser sometidos al procesamiento adecuado cumpliendo las BPF y Preliminares Control de Calidad durante todo el proceso de elaboración ACEITE VEGETAL: Es el producto elaborado exclusivamente con las materias primas ya descritas, las que deberán ser sometidas a los procesos necesarios hasta la obtención del producto terminado Operaciones La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos definitivas: 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. El que se deberá envasar en un material apto para éste, utilizando los materiales y tecnología apropiada, de modo que asegure la calidad e integridad del producto, especialmente protección frente a la humedad durante toda su vida útil Proceso de Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra H) y envasado y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. envase primario Las características del envase primario utilizado deben garantizar la vida útil del producto definida, respaldada con los respectivos estudios de vida útil y análisis de envases, considerando como mínimo resistencia de sello, permeabilidad al oxigeno, permeabilidad al vapor de agua, migración global según corresponda. Debe cumplir con lo establecido en el RSA en los Artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación Artículo 107 letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. Producto El producto terminado ACEITE VEGETAL, está conformado exclusivamente con base en los ingredientes terminado: indicados en la presente Ficha Técnica y que cumpla todos los requisitos descritos en la presente Ficha Conservación y vida útil Forma de conservación/ ACEITE VEGETAL: Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) en lugar fresco y almacenamiento y vida útil del seco, protegido del sol y de la luz. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado debe producto terminado ser de mínimo 12 meses a partir de la fecha de elaboración registrada en el envase. El producto una vez abierto el envase se debe mantener cerrado y consumir antes de 30 días. Calidad Sensorial Forma Física. Líquido a temperatura ambiente Aspecto: Debe ser propio de este tipo de producto, uniforme, de aspecto homogéneo, transparente, cristalino y libre de defectos Color. Propio del producto, de acuerdo al tipo de aceites vegetales que se declare en el rótulo, y libre de defectos Características Olor. Característico del producto, de acuerdo al tipo de aceites vegetales que se declare en la etiqueta y debe ser organolépticas libre de defectos, de olor rancio y libre de olores extraños Sabor. Propio del producto, según el tipo de aceites que se declare y libre de defectos Textura/consistencia. Propia del producto, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños, viscosidad característica según la mezcla de aceites vegetales declarada en el rótulo Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general.

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Proteína Lípidos Totales (g) Grasa Saturada (g) Grasa Monoinsaturada (g) Grasa Poliinsaturada (g) Sodio (mg)

100g Máx. 0,2 Máx. 0,1 Mín. 97 Máx. 16 Mín. 21 Mín. 57 Máx. 0,6

Requisitos Microbiológicos No aplica Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.57

PURE DE PAPAS DESHIDRATADO FÓRMULA COMPLETA

Características generales de la materia prima Nombre genérico Puré de papas deshidratado en hojuelas, con leche y margarina Las materias primas deberán cumplir con los requisitos que establece el RSA. Aquellas mínimas obligatorios son: papas, leche, materia grasas y aditivos permitidos adecuados para este producto PAPAS (Solanum tuberosum): Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 15 al 21. LECHE: Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 216 a 218. Se podrá usar leche entera, semi-descremada o descremada, cuidando de no sobrepasar el límite de lípidos totales, ácidos grasos saturados y colesterol descrito más adelante en la presente Ficha. MATERIAS GRASAS. Se podrán incluir una o más de las siguientes materias grasas: margarina, mantequilla, aceites o mantecas vegetales hidrogenadas. El o los aceites y las materias grasas usados en la elaboración, deberán cumplir con todo lo que establece el RSA. SAL. Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA, y específicamente con los Artículos 435 a 439. Se Descripción de las deberá incorporar lo menos posible de modo que cumpla con los límites de sodio establecidos en la presente materias primas Ficha. ADITIVOS PERMITIDOS APROPIADOS PARA ESTE TIPO DE PRODUCTO. Deberán cumplir con todo lo que establece el RSA, entre éstos se podrán utilizar: emulsionantes, reguladores de acidez, estabilizantes y antioxidantes. Los ingredientes que se muestran a continuación, son ingredientes opcionales y se podrán incluir para mejorar la calidad nutricional, la aceptabilidad y calidad tecnológica del producto: SUERO DE LECHE EN POLVO: Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA. CONCENTRADO DE PROTEÍNA DE SUERO DE LECHE EN POLVO (WPC): Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA. CONDIMENTOS o ESPECIAS APROPIADOS: para el tipo de producto y para el grupo etareo al que va dirigido el producto. Origen de la Nacional o Importada (siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud materia prima de Chile) Producto Final/Terminado Todos los ingredientes usados como materias primas deben ser aptos para el consumo y deberán cumplir con Operaciones todo lo que se establece en el RSA. Deberán ser sometidos al procesamiento adecuado cumpliendo las BPF y Preliminares Control de Calidad durante todo el proceso de elaboración PURÉ DE PAPAS DESHIDRATADO CON LECHE Y MARGARINA: Es el producto elaborado exclusivamente con las materias primas ya descritas, las que deberán ser sometidas a los procesos necesarios hasta la obtención del producto terminado, el que se presenta deshidratado en forma de “hojuelas” o “escamas” y que incluye todos los Operaciones ingredientes ya descritos. definitivas: La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. El producto se deberá envasar en material bilaminado, utilizando los materiales y tecnología apropiada, de modo que asegure la calidad e integridad del producto, especialmente protección frente al aplastamiento durante toda su vida útil Proceso de Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra H) y envasado y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Las características del envase primario utilizado deben garantizar la envase primario vida útil del producto definida, respaldada con los respectivos estudios de vida útil y análisis de envases, considerando como mínimo resistencia de sello, permeabilidad al oxigeno, permeabilidad al vapor de agua, migración global según corresponda. Debe cumplir con lo establecido en el RSA en los Artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación Artículo 107 letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. Producto El producto terminado PURÉ DE PAPAS CON LECHE y MARGARINA, está conformado exclusivamente con terminado: base en los ingredientes indicados en la presente Ficha Técnica. Conservación y vida útil Forma de PURÉ DE PAPAS DESHIDRATADO, CON LECHE Y MARGARINA: Debe ser mantenido a temperatura ambiente conservación/alm (máximo 18°C) en lugar fresco y seco, protegido del sol. La vida útil del producto cerrado y herméticamente acenamiento y sellado debe ser de un mínimo de 10 meses. El envase una vez abierto se debe consumir antes de 30 días y se vida útil del debe mantener la bolsa bien cerrada producto Para preparar se recomienda considerar la siguiente proporción ½ taza de puré de papas deshidratado fórmula terminado completa Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Calidad Sensorial Forma Física. Del producto deshidratado: Debe ser propio del producto puré de papas deshidratado con forma de hojuelas o escamas y con leche. El producto una vez preparado listo para el consumo debe ser firme y apropiada para este tipo de producto. Aspecto: Del producto deshidratado: Debe ser el propio del puré de papas deshidratado y con leche, libre de defectos. El producto una vez preparado listo para el consumo debe presentar las características propias del producto reconstituido y libre de defectos Color. Del producto deshidratado: Opaco, propio del puré de papas deshidratado y con leche, y libre de defectos. El producto una vez preparado listo para el consumo debe presentar el color propio de este producto reconstruido y Características libre de defectos. organolépticas Olor. Del producto deshidratado: Propio del puré de papas deshidratado y con leche, y debe ser libre de defectos, libre de olores extraños como pescado y otros. El producto una vez preparado listo para el consumo debe poseer el olor característico de este tipo de producto y libre de defectos Sabor. Del producto deshidratado: Propio del puré de papas deshidratado y con leche. El producto una vez preparado listo para el consumo debe tener un sabor característico y libre de defectos Textura/consistencia. Del producto deshidratado: Propia del puré de papas deshidratado y con leche, hojuelas pequeñas suaves y quebradizas, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. El producto una vez preparado listo para el consumo debe tener una consistencia firme apropiada para este producto y su textura debe ser suave y sin grumos Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteína Lípidos Totales (g) Grasa Saturada (g) Grasa Monoinsaturada (g) Grasa Poliinsaturada (g) Grasa Trans (g) Colesterol (mg) H de C disponibles (g) Sodio (mg)

100g Máx. 6,0 Máx. 5,0 Mín. 7,0 Mín. 15 Máx. 6,0 Mín. 2,7 Mín. 3,5 Máx. 0,3 Máx. 3,5 Por diferencia Min. 60,0 Máx. 725

Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 173, punto 4.1 “Caldos, sopas, salsa y puré de papas deshidratadas”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la J UNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.58 PULPA DE PALTA Características generales de la materia prima Nombre genérico Pulpa de palta molida y congelada, sin adición de saborizantes ni colorantes El producto sólo podrá tener los siguientes ingredientes: PALTAS: variedad Hass (fruto de la especie Persea americana): frutos sanos, frescos, es decir naturales, los que deben cumplir con todo lo que establece el RSA y con la NCh1816Of2001.  Requisitos de calidad de la materia prima seleccionada, debe cumplir con los daños y defectos permitidos para la Categoría II o de una mejor calidad que éste, según la NCh1816Of2001.  Las materias primas seleccionadas deben estar en su óptimo grado de madurez, de acuerdo a la NCh1816Of2001, la madurez mínima debe ser cuando el fruto tiene un 9% de lípidos, lo que equivale a un 20,73% de peso seco.  Sólo se permite sea Pulpa de Paltas Hass que se presente molida o en trocitos de pequeños cubos de un tamaño máximo de 1x1 cm. El producto terminado deberá tener un mínimo de PALTA HASS de 98% m/m. Opcionalmente en la elaboración de este producto sólo se podrá usar los siguientes ingredientes: Descripción SAL: Debe cumplir con todo lo que establece el RSA y específicamente con los Artículos 435 a 439. Se debe incorporar lo menos posible de modo de no sobrepasar los límites de sodio establecidos en la presente Ficha. ACIDO ASCÓRBICO (S.I.N. 300): Aditivo permitido apropiado para este tipo de alimento, se podrá usar según lo establece el RSA en el artículo 140. ACIDO CÍTRICO (S.I.N. 330). Aditivo permitido apropiado para este tipo de alimento, se podrá usar según lo establece el RSA en el artículo 140. METABISULFITO DE SODIO (S.I.N. 223). Aditivo permitido apropiado para este tipo de alimento, se podrá usar según lo establece el RSA en el artículo 154. SORBATO DE POTASIO (S.I.N. 202). Aditivo permitido apropiado para este tipo de alimento, se podrá usar según lo establece el RSA en el artículo 154. ADITIVOS PERMITIDOS APROPIADOS PARA ESTE TIPO DE PRODUCTO. Debe cumplir con todo lo que establece el RSA. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Origen Chile. Producto Final/Terminado Las Paltas seleccionadas como materias primas deben ser aptas para el consumo y deben cumplir con lo que se establece en el RSA. Deben ser seleccionadas de modo que cumplan con los requisitos mínimos exigidos de Operaciones calidad de modo que el producto terminado cumpla con todos los requisitos establecidos en la presente Ficha. Preliminares La materia prima es inspeccionada, lavada, pelada, cortada, se extrae la semilla y la pulpa es molida, los trocitos deben ser inferiores a 1x1 cm, cumpliendo las BPF y Control de Calidad durante el proceso de elaboración. PULPA DE PALTA HASS MOLIDA: Es el producto conformado exclusivamente con las materias primas ya descritas las que deberán ser mezcladas y mantenidas en óptimas condiciones durante el procesamiento hasta su envasado y posterior congelado Operaciones La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos definitivas 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna. Una vez que se tiene el producto seleccionado se debe someter al proceso de envasado. El envasado debe ser en un material apropiado, utilizando la tecnología apropiada, de modo que asegure la calidad e integridad del producto durante toda su vida útil, Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado, utilizando los materiales y tecnología apropiada, de modo que asegure la calidad e integridad del producto, durante toda su vida útil, que debe estar respaldado por estudios de vida útil y análisis de migración y Proceso de permeabilidad. envasado y El producto deberá ser envasado en tamaños de porciones de 10 g; 15 g y 20 g, según el estrato del Programa al envase primario cual va dirigido el producto. Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Las características del envase primario utilizado deben garantizar la vida útil del producto definida, respaldada con los respectivos estudios de vida útil y análisis de envases, considerando como mínimo resistencia de sello, permeabilidad al oxigeno, permeabilidad al vapor de agua, migración global según corresponda. Se debe realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Tal como lo establece el Artículo 107 letra Rotulación i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. El producto terminado PULPA DE PALTA HASS MOLIDA Y CONGELADA, está conformado exclusivamente en Producto base a los ingredientes indicados en la presente Ficha Técnica. El producto una vez que está envasado debe ser terminado sometido al proceso de congelado rápido a -35ºC, para luego ser mantenido a una temperatura tal que su temperatura interna sea como máximo de -18ºC.

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Conservación y vida útil Forma de PULPA DE PALTA HASS MOLIDA Y CONGELADA. El producto sellado se debe mantener congelado de conservación/almac modo que la temperatura interna sea de -18ºC, en estas condiciones su vida útil debe ser de 12 meses. enamiento y vida útil El producto sellado y refrigerado (1°- 4°C) deberá tener una vida útil de 15 días. del producto Si al producto se le rompe el sello o se abre el envase, su vida útil es de sólo 24 horas, mantenido el producto terminado refrigerado. Considerando que en este producto el proceso de descongelado tiene una influencia directa en la calidad del producto, el elaborador deberá indicar en la rotulación, el proceso que se debe aplicar para su descongelación de modo de mantener la óptima calidad de sus características organolépticas. Calidad Sensorial

Características organolépticas

Evaluación Sensorial

Forma Física: Debe ser propia de la Pulpa de paltas Hass frescas molidas, debe cumplir con los requisitos de calidad según la variedad. Aspecto: Debe ser el propio de las Pulpa de paltas Hass frescas, molidas, libre de defectos y debe cumplir con los requisitos de calidad según la variedad. Color: Verde característico, propio de las Pulpa de paltas Hass frescas molidas, debe ser libre de defectos y debe cumplir con los requisitos de calidad para la según la variedad. Olor: Propio de las Pulpa de paltas Hass frescas, molidas, debe ser libre de defectos, libre de olores extraños. Sabor: Propio Pulpa de paltas Hass frescas molidas y libre de defectos. Textura/consistencia: Propia de las Pulpa de paltas Hass frescas molidas, pulpa viscosa, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Grasa saturada (g) Grasa monoinsaturada (g) Grasa poliinsaturada (g) Carbohidratos disponibles (g) Sodio (mg)

100g Máx. 75 Máx. 2,4 Mín. 1,3 Mín. 14 Máx. 3,7 Min. 5,9 Min. 1,0 Por diferencia Máx. 3,0 Máx. 320

Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 174 y Artículo 173, punto 14.2 “Frutas y otros vegetales preelaborados listos para el consumo”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.59

PREPARACIONES LISTAS PARA EL CONSUMO

Características generales de la materia prima PREPARACIONES LISTAS PARA EL CONSUMO. Cualquier elaboración culinaria resultado de la preparación de un producto crudo, cocinado o precocinado. Estas preparaciones pueden estar constituidas por uno o varios productos alimenticios de origen animal o vegetal, con o sin adición de otros ingredientes (especias, condimentos, Nombre genérico etc.) y aditivos autorizados. Podrán presentarse envasadas en atmósfera controlada o sellados al vacío. Se consideraran como ingredientes mínimos los definidos en la estructura alimentaria para preparaciones preelaboradas, que corresponden a los cuadros de las estructuras alimentarias de las bases de licitación del PAE vigentes y en operación, para cada programa. Descripción de Todos los ingredientes utilizados en las preparaciones prepreparadas deben cumplir con las exigencias definidas las materias en el RSA, actualizado y vigente. primas Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Origen Chile. Producto Final/Terminado Todos los ingredientes seleccionados como materias primas deben ser aptos para el consumo y deberán cumplir con todo lo que se establece en el RSA. Deberán ser seleccionadas de modo que cumplan con los requisitos Operaciones mínimos de calidad exigidos. La materia prima luego de ser inspeccionada, debe ser lavada, pelada, cortada, si Preliminares tiene semilla se le extrae la semilla o cuesco, de tal forma que quede el producto listo para el consumo, según corresponda. Según el tipo de producto podrá ser necesario un proceso de pre-cocción o cocción y luego envasado. La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos Operaciones 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa y/o definitivas: distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna, cuando corresponda. Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. Se deberán usar envases transparentes de polietileno de alta densidad u otro material apropiado, con atmósfera controlada o al vacío o utilizando la tecnología apropiada, de modo que asegure la calidad e integridad del producto durante toda su vida Proceso de útil. El producto deberá ser presentado en envases individuales. envasado y Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y envase primario deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Las características del envase primario utilizado deben garantizar la vida útil del producto definida, respaldada con los respectivos estudios de vida útil y análisis de envases, considerando como mínimo resistencia de sello, permeabilidad al oxigeno, permeabilidad al vapor de agua, migración global según corresponda. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación Artículo 107 letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto Conforme a lo descrito en las estructuras alimentarias definidas en las Bases de Licitación del PAE vigentes y terminado: operativas. Conservación y vida útil Forma de El producto sellado se debe mantener refrigerado entre 1° a 4°C. No interrumpir la cadena de frío. conservación/almacena En estas condiciones su vida útil debe ser de un mínimo de 5 días y consumir inmediatamente una vez miento y vida útil del abierto. producto terminado El elaborador deberá indicar en el rótulo la vida útil real de su producto según la tecnología que utilice. Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 174 y Artículo 173, punto 14.2 “Frutas y otros vegetales preelaborados listos para el consumo”, en el caso que se consuman sin cocinar. Si previo al consumo se cocinan entonces se aplica el punto 15.1. “Comidas y platos cocidos que se sirven en caliente, listos para el consumo”.

Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.60 MERMELADA DE FRUTA Características generales de la materia prima Mermeladas con trozos de Frutas. Variedades: damasco, durazno, cereza, guinda, ciruela, naranja, alcayota, frambuesa, frutilla, mora, papaya El producto deberá cumplir con la NCh456Of2004, con todos los requisitos generales y los requisitos específicos de la mermelada con trozos de fruta, establecidos para la Categoría I o Grado 2. Las materias primas deberán cumplir con los requisitos que establece el RSA y se podrán usar en cada caso una ó más de las siguientes frutas según corresponda: DAMASCO (Prunus armeniaca L): Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA y además específicamente con el Artículos 406. La materia prima en su elaboración debe tratarse de modo eliminar el carozo y el pedúnculo. De acuerdo a la NCh456Of2004, la proporción mínima de trozos de fruta debe ser de un mínimo de un 35% m/m del producto final envasado. DURAZNO (fruto del Prunus persica): Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA y además específicamente con el Artículos 406. La materia prima en su elaboración debe tratarse de modo eliminar la piel, el carozo y el pedúnculo. De acuerdo a la NCh456Of2004, la proporción mínima de trozos de fruta debe ser de un mínimo de un 35% m/m del producto final envasado. CEREZA (Prunus cerasus L.). Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA y además específicamente con el Artículos 406. La materia prima en su elaboración debe tratarse de modo eliminar el carozo y el pedúnculo. De acuerdo a la NCh456Of2004, la proporción mínima de trozos de fruta debe ser de un mínimo de un 35% m/m del producto final envasado. GUINDA (Prunus avium L.) Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA y además específicamente con el Artículos 406. La materia prima en su elaboración debe tratarse de modo eliminar el carozo y el pedúnculo. De acuerdo a la NCh456Of2004, la proporción mínima de trozos de fruta debe ser de un mínimo de un 35% m/m del producto final envasado. CIRUELA (Prunus domestica L. Subesp. domestic). Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA y además específicamente con el Artículos 406. La materia prima en su elaboración debe tratarse de modo eliminar el carozo y el pedúnculo. De acuerdo a la NCh456Of2004, la proporción mínima de trozos de fruta debe ser de un mínimo de un 35% m/m del producto final envasado. NARANJA (Citrus sinensis L. y/o Citrus aureantium). Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA y además específicamente con el Artículos 406. La materia prima en su elaboración debe tratarse de modo eliminar el albedo y las semillas, es decir se debe elaborar con cáscara, jugo y/o porción fibrosa. De acuerdo a la Descripción de las NCh456Of2004, la proporción mínima de trozos de fruta debe ser de un mínimo de un 35% m/m del producto materias primas final envasado. ALCAYOTA (Cucurbita ficifolia Bouche). Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA y además específicamente con el Artículos 406. La materia prima en su elaboración se debe tratar de modo eliminar cáscara y después de cocida se eliminan las semillas. De acuerdo a la NCh456Of2004, la proporción mínima de trozos de fruta debe ser de un mínimo de un 35% m/m del producto final envasado. FRAMBUESA (Rubus Idaeus L.). Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA y además específicamente con el Artículos 406. La materia prima en su elaboración debe tratarse de modo eliminar el pedúnculo y el cáliz floral. De acuerdo a la NCh456Of2004, la proporción mínima de trozos de fruta debe ser de un mínimo de un 30% m/m del producto final envasado. FRUTILLA (Fragaria x anannassa Rozier). Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA y además específicamente con el Artículos 406. La materia prima en su elaboración debe tratarse de modo eliminar el pedúnculo y el cáliz floral. De acuerdo a la NCh456Of2004, la proporción mínima de trozos de fruta debe ser de un mínimo de un 30% m/m del producto final envasado. MORA silvestre del género Rubus spp. Especie Rubus Ulmifolium Schott, Moras cultivas o hibridaciones con Rubus idaeus. Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA y además específicamente con el Artículos 406. La materia prima en su elaboración debe tratarse de modo eliminar el pedúnculo y el cáliz o receptáculo. De acuerdo a la NCh456Of2004, la proporción mínima de trozos de fruta debe ser de un mínimo de un 30% m/m del producto final envasado. PAPAYA (Carica pubescens Lenné & Koch). Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA y además específicamente con el Artículos 406. La materia prima en su elaboración debe tratarse de modo eliminar piel, pedúnculo y semillas. De acuerdo a la NCh456Of2004, la proporción mínima de trozos de fruta debe ser de un mínimo de un 30% m/m del producto final envasado. SACAROSA (azúcar): Deberá cumplir con todo lo establecido en el RSA y específicamente con el Artículo 379. También se podrán agregar otros azúcares de acuerdo al Artículo 406. Se deberá incorporar considerando el límite de azúcares totales establecido en los requisitos nutricionales de la presente Ficha. ADITIVOS APROPIADOS PARA ESTE TIPO DE ALIMENTOS. Deben cumplir con todo lo que establece el RSA. Se podrán usar los ingredientes de acuerdo a la NCh456Of2004 Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Origen Chile Nombre genérico

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Producto Final/Terminado Toda la fruta y los demás ingredientes seleccionados como materias primas deben ser aptos para el consumo y Operaciones deberán cumplir con todo lo que se establece en el RSA. Deberán ser sometidos al procesamiento adecuado Preliminares cumpliendo las BPF durante todo el proceso MERMELADA CON TROZOS DE FRUTA: Es el producto elaborado exclusivamente con las materias primas ya descritas en la presente Ficha, las que deberán ser sometidas a los procesos necesarios hasta la obtención del Operaciones producto terminado. La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en definitivas: especial a los Artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna Proceso de Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. El producto se deberá envasado y envasar utilizando los materiales y tecnología apropiada, de modo que asegure la calidad e integridad del producto, envase durante toda su vida útil Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA primario (Artículo 14 letra h) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129 Se deberá realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación Artículo 107 letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo Producto El producto terminado MERMELADA CON TROZOS DE FRUTA, está conformado exclusivamente con base en los terminado: ingredientes indicados en la presente Ficha. Conservación y vida útil Forma de conservación/ MERMELADA DE FRUTA CON TROZOS DE FRUTA. Debe ser mantenido a temperatura ambiente almacenamiento y vida útil (máximo 18°C) en lugar fresco y seco. La vida útil del producto cerrado y sellado debe ser de 12 meses del producto terminado Calidad Sensorial Forma Física. Debe ser propio del producto Mermelada c/trozos de fruta y según a la fruta declarada en el envase Aspecto: Debe ser el propio de la Mermelada con trozos de fruta y de acuerdo a la fruta declarada en el envase, libre de defectos Color. Opaco leve, libre de áreas oxidadas y con leve presencia de áreas descoloridas, además debe tener el color propio de la Mermelada c/trozos de fruta y debe ser según a la fruta declarada en el envase y libre de defectos Características Olor. Propio de la Mermelada c/trozos de fruta, debe ser según a la fruta declarada en el envase, libre de defectos, organolépticas libre de olores extraños Sabor. Propio de la Mermelada c/trozos de fruta y según a la fruta declarada en el envase, sabor dulce y libre de defectos Textura/consistencia. Debe tener una buena integración de las fases sólida y líquida; se permite una leve exudación de líquido; no se permite cristalización de azúcares. Debe presentar una consistencia/textura característica de la Mermelada c/trozos de fruta, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteína Lípidos Totales (g) H de C disponibles (g) Azúcares totales (g) Sodio (mg)

100g Máx. 55 Máx. 0,4 Mín. 0,3 Máx. 0,3 Por diferencia Máx. 64,0 Máx. 64,0 Máx. 20

Requisitos Físico –Químicos Parámetro Sólidos Solubles (%) pH

Min 60. 3,4-3,8

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 14 “Frutas y verduras”, punto 14,9. “Mermeladas, jales cremas de castañas, fruta confitada, preparados de frutas y verduras (incluida la pulpa)”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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4.61 VERDURAS / HORTALIZADAS CONGELADAS Características generales de la materia prima Verduras u hortalizas congeladas, (choclo, arvejas, porotos verdes y otras factibles de congelar, incluye mezclas de éstas) Las materias primas deberán cumplir con todos los requisitos que establece el RSA. Las verduras/hortalizas que se podrán usar son: Choclo, arvejas, porotos verdes y otras factibles de congelar, incluyendo mezclas de éstas. CHOCLO (Zea mays L.). Corresponde a los granos enteros de maíz tierno, sanos y frescos, es decir es el producto natural, el que debe cumplir con lo que establece el RSA, la NCh2571Of2001 y la Norma CODEX STAN 132-1981. Descripción Requisitos de calidad de la materia prima seleccionada: debe cumplir con los Daños y defectos permitidos para la de las Categoría I o Grado 2 o de una mejor calidad que éste, según la NCh2571Of2001. materias Las materias primas seleccionadas deberán estar en su óptimo grado de madurez, de acuerdo a la NCh2571Of2001. primas ARVEJAS (Pisum sativum).Corresponde a los granos tiernos, sanos y frescos, es decir es el producto natural, el que deberá cumplir con todo lo que establece el RSA, con la NCh2608OF2001 POROTOS VERDES (Phaseolus vulgaris var vulgaris). Corresponde al fruto que es una vaina compuesta de pericarpio y semilla, es el fruto tierno, sano y fresco, es decir, es el producto natural, el que deberá cumplir con todo lo que establece el RSA Origen de la Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de materia prima Chile. Nombre genérico

Producto Final/Terminado Todas las verduras/hortalizas seleccionadas como materia prima deben ser aptas para el consumo y deberán cumplir con todo lo que se establece en el RSA. Deberán ser seleccionadas de modo que cumplan con los requisitos Operaciones mínimos de calidad exigidos, de modo que el producto terminado cumpla con todos los requisitos establecidos en la Preliminares presente Ficha. La materia prima luego de ser inspeccionada, debe ser sometida a los procesos de lavado, blanqueado, enfriado, congelado rápido IQF (Individually Quick Frozen). Verdura/hortaliza cruda y congelada: Corresponde al producto conformado exclusivamente con las materias primas ya descritas en el punto de la presente Ficha, las que deberán ser mantenidas en óptimas condiciones durante el Operaciones procesamiento hasta el congelado y su posterior envasado definitivas: La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa y/o distribuye el producto. Dicha información debe estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna. Una vez que se tiene el producto congelado con el método IQF, se debe someter al proceso de envasado. El que Proceso de será envasado en un material apropiado, utilizando la tecnología apropiada, de modo que asegure la calidad e envasado y integridad del producto durante toda su vida útil. envase Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y deberán primario cumplir con los Artículos 122 al 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación Artículo 107 letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. El producto terminado: verdura/hortaliza cruda y congelada, está conformado exclusivamente con base a los Producto ingredientes indicados en la presente Ficha Técnica. El producto una vez que está envasado debe ser mantenido en terminado: congelación a una temperatura tal que su temperatura interna sea como máximo de -18ºC. Conservación y vida útil Forma de conservación/almacenam iento y vida útil del producto terminado

Verdura/hortaliza cruda y congelada. El producto sellado se debe mantener congelado a -20°C o una temperatura inferior de modo que la temperatura interna de alimento sea de -18°C, en estas condiciones su vida útil debe ser de 12 meses. Si el producto sellado, se deja refrigerado (1-4ºC), no volver a congelar y su vida útil es de 1 día (24 hrs). Si el producto se le rompe el sello o se abre el envase, cocinar y consumir de inmediato.

Calidad Sensorial Forma Física. Debe ser propia de la verdura/hortaliza cruda congelada, debe cumplir con los requisitos de calidad según la Norma chilena correspondiente Aspecto: Debe ser el propio de la verdura/hortaliza cruda congelada, libre de defectos y debe cumplir con los requisitos de calidad según Norma chilena Color. Propio de la verdura/hortaliza cruda congelada, debe ser libre de defectos y debe cumplir con los requisitos Características de calidad según Norma chilena organolépticas Olor. Propio de la verdura/hortaliza cruda congelada, debe ser libre de defectos, libre de olores extraños Sabor. La verdura/hortaliza cruda congelada, debe ser previamente cocida para realizar la evaluación del sabor, el que debe corresponder a la verdura/hortaliza rotulada en el envase y debe ser libre de defectos Textura/consistencia. Propia de la verdura/hortaliza cruda congelada, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Evaluación Sensorial

Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

Requisitos Físico –Químicos Pudrición y/o fermentación Materias extrañas (% peso neto) vegetales y no vegetales. Manchas (%). Requisitos Biológicos Presencia de larvas, parásitos u otros

Ausencia Ausencia Máximo 6%

Ausencia

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 14 “Frutas y verduras”, punto 14,4. “Frutas y otros vegetales comestibles congelados, que requieren cocción”. Otros requisitos Para estos productos vegetales. JUNAEB si lo estima conveniente, podrá en cualquier momento controlar presencia de residuos de pesticidas bajo una metodología y con niveles de aceptación validadas y/o autorizadas por el SAG La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.62 MARGARINA Características generales de la materia prima Margarina de mesa vegetal (reducida en calorías). El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en los Artículos 262 a 264. También deberá cumplir con las Normas NCh115Of80, cuando corresponda. El producto deberá cumplir específicamente con las características descritas en el Art. 262 letra a) para las margarinas de mesa reducidas en calorías, por lo tanto deberá tener: Nombre genérico  Punto de fusión máximo de 37ºC  Su contenido de agua: máximo 60% y Mín. 35%  Su contenido de materia grasa: Mín.38% y Máx. 60%  Estas margarinas deberán indicar el contenido de agua en el listado de ingrediente tal como lo establece el Artículo 262 a) del RSA y deberá cumplir con toda la composición química descrita en la presente Ficha. Las materias primas deberán cumplir con los requisitos que establece el RSA y sólo se podrán usar las siguientes: ACEITES y GRASAS VEGETALES: Sólo se podrán usar aquellos permitidos y que cumplan los requisitos establecidos en los Artículos 247 al 254 del RSA. ADITIVOS PERMITIDOS APROPIADOS PARA ESTE TIPO DE ALIMENTOS DE ACUERDO A LA BPF. Deberán cumplir con todo lo que establece el RSA y la NCh115Of1980. VITAMINA A (RETINOL) deberá tener y declarar en el rótulo un mínimo de 30.000 UI/kilo = 900 ug EAR/100 g y como máximo podrá tener 1260 ug/100 g durante su vida útil Descripción de VITAMINA D3 (COLECALCIFEROL) se podrá agregar, y en caso que se incorporé deberá tener y declarar en el las materias rótulo como mínimo de 3.000 UI/kilo = 7,5 ug/100 g y como máximo podrá tener 10,5 ug durante su vida útil. primas Opcionalmente se podrá incluir uno o más de los siguientes ingredientes: LECHE: Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA. Se podrá usar leche entera, semi-descremada o descremada, cuidando de no sobrepasar el límite de lípidos totales, ácidos grasos saturados y colesterol descrito más adelante en la presente Ficha. ACEITES MARINOS (FUENTE DE DHA Y EPA): Podrá ser aceite de pescado o aceites de algas marinas, el que deberá cumplir con todo lo que establece el RSA, deberá ser desodorizado y además deberá tener un tratamiento adecuado para garantizar la estabilidad de los ácidos grasos poliinsaturados y la aceptabilidad del producto terminado. Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Uso Origen y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile) Producto Final/Terminado Todos los ingredientes usados como materias primas deben ser aptos para el consumo y deberán cumplir con Operaciones todo lo que se establece en el RSA. Deberán ser sometidos al procesamiento adecuado cumpliendo las BPF y Preliminares Control de Calidad durante todo el proceso de elaboración MARGARINA VEGETAL REDUCIDA EN CALORÍAS: Es el producto elaborado exclusivamente con las materias primas descritas, las que deben ser sometidas a procesos necesarios hasta la obtención del producto terminado. Operaciones La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos definitivas: 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna. Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. El que se deberá envasar Proceso de en un material apto para éste, utilizando los materiales y tecnología apropiada, de modo que asegure la calidad e envasado y integridad del producto, especialmente protección frente a la oxidación durante toda su vida útil envase primario Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129 Se deberá realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación Artículo 107 letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. El producto terminado MARGARINA DE MESA VEGETAL REDUCIDA EN CALORÍAS, está conformado Producto exclusivamente con base en los ingredientes indicados en la presente Ficha. terminado: La margarina de mesa vegetal reducida en calorías deberá ser distribuida y comercializada en sus envases originales prohibiéndose su fraccionamiento. Conservación y vida útil Forma de conservación/almacenamiento y vida útil del producto terminado Advertencia

MARGARINA DE MESA VEGETAL REDUCIDA EN CALORÍAS: las margarinas deberán almacenarse refrigeradas, es decir entre 1ºC a 4ºC. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado debe ser de un mínimo de 6 Meses. Una vez abierto el envase consumir antes de 15 días manteniéndolo siempre refrigerado. No debe usarse para freír.

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Calidad Sensorial Forma Física. Producto sólido, blando, untable, propio de este tipo de producto. Aspecto: Debe ser propio de este tipo de producto, uniforme, de aspecto homogéneo, libre de defectos. Color. Propio del producto, uniforme y de acuerdo al tipo de aceites vegetales que se declare, y libre de defectos. Características Olor: Propio del producto, de acuerdo al tipo de aceites vegetales que se declare en la etiqueta y debe ser libre de organolépticas defectos como rancio, oxidado u otros) y debe ser libre de olores extraños. Sabor: Propio del producto, según el tipo de aceites que se declare, libre de defectos como rancidez u otros y libre de sabores extraños. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteína (g) Lípidos totales (g) Grasa Saturada (g) Grasa Monoinsaturada (g) Grasa Poliinsaturada (g) Acido Linoleíco (g): Grasa Trans (g) Colesterol (mg) H de C disponibles (g) Sodio (mg)

100g Mín. 37 – Máx. 42 Máx. 2,2 Máx. 0,5 Mín. 52 – Máx. 60 Máx. 20 Mín. 15 Mín. 14 Mín. 7 Máx. 0,7 Máx. 0,5 Máx. 1,0 Máx. 600

Requisitos Físico –Químicos Acidez libre (expresada como acido oleico) (%): Punto de Fusión (ºC): Materias grasas volátiles (%) Índice de peróxido (meq. Oxígeno/kg de producto)

Máx. 0,25 Máx. 37 Máx. 0,2 Máx. 10

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con las especificaciones microbiológicas definidas en el R.S.A., Artículo 173, Grupo 14 “Frutas y verduras”, punto 3.1. “Mantequillas y margarinas”. Otros requisitos Para estos productos vegetales. JUNAEB si lo estima conveniente, podrá en cualquier momento controlar presencia de residuos de pesticidas bajo una metodología y con niveles de aceptación validadas y/o autorizadas por el SAG La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, el fabricante deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.63 CHIPS DE MANZANAS Características generales de la materia prima Nombre genérico Manzanas deshidratadas tipo snack Manzanas (fruto de la especie Malus domestica): Deberá cumplir con todo lo que establece el Reglamento Descripción Sanitario de los Alimentos (RSA, D.S.977/1996, actualizado y vigente) y NCh1926Of1999. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile. Especificaciones del Hojuelas, descorazonadas y cortadas en slices, de forma plana o cóncava, borde con piel característica de la corte de chips u variedad, diámetro variable entre 2 y 8 cm, de un grosor de 2 a 3 mm de modo que quede un producto apto hojuelas para ser consumido como snack. Materias primas Este producto NO podrá tener adición de sacarosa ni de ningún tipo de azúcares simples. prohibidas Las variedades de manzanas que se permite usar, son las manzanas de categoría 1 o grado 2 o de una mejor Tipos de materias calidad, de acuerdo a lo establecido en la NCh1926Of1999, de las siguientes variedades: primas permitidas Granny Smith para la elaboración Fuji Origen

Producto Final/Terminado Todas las frutas seleccionadas debe ser apta para el consumo y para ser sometida al proceso de limpieza, Operaciones pelado extracción de semillas y todo lo necesario de modo de cumplir con todo lo que se establece en el RSA y Preliminares con las Normas chilenas indicadas anteriormente. La materia prima, deberá ser sometida al procesamiento adecuado cumpliendo las BPF durante todo el proceso. Producto elaborado exclusivamente con las materias primas ya descritas en la presente Ficha, las que deberán ser sometidas a los procesos necesarios de corte que podrá ser, en hojuelas. Posteriormente las materias primas son sometidas a un tratamiento térmico apropiado para un producto deshidratado de este tipo, hasta la obtención Operaciones del producto terminado. definitivas Este proceso se debe realizar dando cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado, utilizando los materiales y tecnología apropiada, de modo que asegure la calidad e integridad del producto, durante toda su vida útil, que Proceso de debe estar respaldado por estudios de vida útil y análisis de migración y permeabilidad. envasado y Los envases utilizados deben estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y deben envase primario cumplir con los Artículos 122 al 129. En envases individuales con un contenido neto máximo de 25 g. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Tal como lo establece el Artículo 107 Rotulación letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. Producto El producto terminado MANZANAS DESHIDRATADAS, está conformado exclusivamente con base en los terminado ingredientes indicados en la presente Ficha y deberá cumplir con los requisitos establecidos en el RSA. Conservación y vida útil Forma de MANZANAS DESHIDRATADAS tipo snack. Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo conservación/almacenamiento y 18°C) en lugar fresco y seco. vida útil del producto terminado La vida útil del producto cerrado y sellado, debe ser de 6 meses. Calidad Sensorial

Características organolépticas

Evaluación Sensorial

Forma Física: Debe ser propio de las Manzanas Deshidratadas tipo Snack y debe tener la forma de hojuelas, y deberá estar de acuerdo a los tamaños permitidos para este producto indicados en la presente Ficha. Aspecto: Debe ser el propio de las Manzanas Deshidratadas tipo Snack y libre de defectos. Color: Uniforme y característico de las Manzanas Deshidratadas tipo Snack, debe ser libre defectos. Olor: Propio de las Manzanas Deshidratadas tipo Snack, debe ser libre de defectos y libre de olores extraños. Sabor: Propio de las Manzanas Deshidratadas tipo Snack y libre de defectos. Textura/consistencia: Debe ser suave y crujiente; y propio de las Manzanas Deshidratadas tipo Snack, no se permite que el producto sea duro ni textura latiguda. Debe presentar una textura /consistencia libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg) Requisitos Físico –Químicos pH Defectos Restos de carozo Hojuelas quemadas Materias extrañas Trozos menores a 2 cm de diámetro

100g Máx. 6,0 Máx. 1,6 Mín. 1,2 Máx. 0,6 Por diferencia Máx. 80,4 Mín. 10,0 Máx. 30

2,0 a 2,5 Tolerancia Ausencia Ausencia Ausencia 20%

Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 174 y 173 punto 14.7 Frutas y verduras desecadas o deshidratadas. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.64 QUEQUE INDIVIDUAL Características generales de la materia prima Queque individual con sabor. Este producto se presentará en dos (2) variedades de sabor, donde todos los Nombre ingredientes serán idénticos y sólo podrá cambiar el saborizante/aromatizante. Los productos son los siguientes: genérico Queque individual con sabor Vainilla Queque individual con sabor Chocolate HARINA DE TRIGO: Debe cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los artículos 347, 349, 350, 351, 352, 353, 355. SACAROSA (azúcar): Debe cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con el Artículo 379. Incluyendo la cantidad de modo de no sobrepasar el límite de azúcar totales. Descripción ACEITE VEGETAL o MARGARINA: Debe cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con el Art. 251. HUEVO: Debe cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 336 al 345. AGUA: Debe cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con el Artículo 469. ADITIVOS PERMITIDOS PARA ESTE TIPO DE ALIMENTOS. Deber cumplir con todo lo que establece el RSA, en los artículos 130 al 157. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Origen Chile. Producto Final/Terminado Todos los cereales y los demás ingredientes seleccionados como materias primas deben ser aptos para el Operaciones consumo y deben cumplir con todo lo que se establece en el RSA y las Normas Chilenas, para ser sometidos al Preliminares procesamiento adecuado cumpliendo con las BPF durante todo el proceso. Producto elaborado exclusivamente con las materias primas descritas en la presente Ficha, las que deben ser sometidas al proceso necesario para la obtención del producto terminado, de porciones individuales de hasta 50 g. Operaciones Este proceso se debe realizar dando cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos 66, definitivas 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado, utilizando los materiales y tecnología apropiada, de modo que asegure la calidad e integridad del producto, durante toda su vida útil, que Proceso de debe estar respaldado por estudios de vida útil y análisis de migración y permeabilidad. envasado y Los envases utilizados deben estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y deben envase primario cumplir con los Artículos 122 al 129. En envases individuales con un contenido neto máximo de 50 g. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Tal como lo establece el Artículo 107 letra Rotulación i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. Producto El producto terminado QUEQUE INDIVIDUAL, está conformado exclusivamente con base en los ingredientes terminado indicados en la presente Ficha y deberá cumplir con los requisitos establecidos en el RSA. Conservación y vida útil Forma de conservación/ QUEQUE INDIVIDUAL CON SABOR TIPO. Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo almacenamiento y vida útil 18°C) en lugar fresco y seco. del producto terminado La vida útil del producto cerrado y sellado, debe ser máximo 45 días Calidad Sensorial

Características organolépticas

Evaluación Sensorial

Forma Física: Debe ser propio de un queque individual y debe tener la de acuerdo a los tamaños permitidos para este producto indicados en la presente Ficha. Aspecto: Debe ser el propio del queque y libre de defectos. Color: Uniforme y propio del producto, ser libre defectos. Olor: Propio del queque según su característica de sabor, debe ser libre de defectos y libre de olores extraños. Sabor: Propio del producto y libre de defectos. Textura/consistencia: Propio del queque, blando y firme, no se permite que el producto sea duro. Debe presentar una textura /consistencia libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Sodio (mg)

100g Máx. 22 Máx. 2,0 Mín. 6,0 Máx. 23,0 Por diferencia Máx. 40 Máx. 120

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 173 punto 8.1 Pan y masas horneadas sin relleno. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.65 CEBADA PERLADA Características generales de la materia prima Nombre genérico Descripción Origen Materias primas permitidas

Cebada perlada Cebada perlada o Hordeum vulgare: grano de cebada descascarado y pulido, 100% natural, entero o fraccionado. Debe cumplir con todo lo que establece el Reglamento Sanitario de los Alimentos (RSA, D.S.977/1996, actualizado y vigente) y la Norma NCh753.EOf1970. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile. Cebada: Debe cumplir con todo lo que establece el Reglamento Sanitario de los Alimentos (RSA, D.S.977/1996, actualizado y vigente)

Producto Final/Terminado Toda la materia prima seleccionada debe ser apta para el consumo y para ser sometida al proceso de limpieza Operaciones y todo lo necesario de modo de cumplir con todo lo que se establece en el RSA y con las Normas chilenas Preliminares indicadas anteriormente. La materia prima, deberá ser sometida al procesamiento adecuado, cumpliendo las BPF durante todo el proceso. Producto elaborado exclusivamente con las materias primas ya descritas en la presente Ficha, la que debe ser Operaciones sometida a los procesos de descascarado, pulido y/o fraccionado necesarios según el tipo, entera o definitivas: proceso fraccionada. Posteriormente las materias primas son sometidas a un tratamiento térmico apropiado para un de molienda o producto deshidratado de este tipo, hasta la obtención del producto terminado. corte, según el Este proceso se debe realizar dando cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos caso 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado, utilizando los materiales Proceso de y tecnología apropiada, de modo que asegure la calidad e integridad del producto durante toda su vida útil, que envasado y debe estar respaldada por estudios de vida útil y análisis de migración y permeabilidad. envase primario Los envases utilizados deben estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y deben cumplir con los Artículos 122 al 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Tal como lo establece el Artículo 107 Rotulación letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. Producto El producto terminado CEBADA PERLADA, está conformado exclusivamente con base en los ingredientes terminado indicados en la presente Ficha Técnica, cebada 100% natural. Conservación y vida útil Forma de conservación/ Cebada perlada: Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) en lugar fresco y seco. almacenamiento y vida útil La vida útil del producto cerrado y sellado, debe ser mínimo de 12 meses. del producto terminado Debe cumplir con el artículo 67 del RSA. Calidad Sensorial Forma Física: Debe ser propio de la cebada perlada y debe tener forma redondeada, y debe estar de acuerdo a la característica de “cebada perlada entera” o “cebada perlada fraccionada” permitidos para este producto indicados en la presente Ficha. Características Aspecto: Debe ser el propio de la cebada perlada y libre de defectos. organolépticas Color: Blanco crema, uniforme y característico de la cebada perlada, debe ser libre defectos. Olor: Propio de la cebada perlada, debe ser libre de defectos y libre de olores extraños. Sabor: Agradable, propio de cebada perlada y libre de defectos. Textura/consistencia: Debe presentar una textura /consistencia libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Sensorial Test de aceptabilidad general. Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Cenizas (g) Sodio (mg) Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

100g Máx. 13,0 Mín. 7,0 Máx. 2,0 Por diferencia Máx. 80,4 Máx. 1,5 Máx. 12 Revisado por: JEFE DAE

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Grado-Calidad. Tolerancia de daños Defectos Cebada entera Restos de cascara Materias extrañas Grano fraccionado (partido) Defectos Cebada fraccionada o partida Restos de cascara Materias extrañas Grano molido (harina)

Tolerancia Ausencia Ausencia 20 % Tolerancia Ausencia Ausencia 2%

Requisitos Microbiológicos No aplica. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.66 PAPAS EN ESCAMA Características generales de la materia prima Nombre genérico Papas deshidratadas en escamas u hojuelas, sin leche ni margarina, para elaborar Puré PAPAS (Solanum tuberosum): Debe cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 15 al 21. Descripción ADITIVOS PERMITIDOS APROPIADOS PARA ESTE TIPO DE PRODUCTO. Debe cumplir con todo lo que establece el RSA, entre éstos se podrán utilizar: emulsionantes, reguladores de acidez, preservantes y antioxidantes. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud Origen de Chile. Producto Final/Terminado Todos los ingredientes seleccionados como materias primas deben ser aptos para el consumo y deberán cumplir Operaciones con todo lo que se establece en el RSA. Deben ser sometidos al procesamiento adecuado , cumpliendo las BPF Preliminares y HACCP durante todo el proceso de elaboración. Producto elaborado exclusivamente con las materias primas ya descritas, las que deberán ser sometidas a los procesos necesarios hasta la obtención del producto terminado, el que se presenta deshidratado en forma de “hojuelas” o “escamas” y que incluye los ingredientes ya descritos. Operaciones La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos definitivas 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna. Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. El producto se podrá envasar en material bilaminado u otro, utilizando los materiales y tecnología apropiada, de modo que asegure la calidad e integridad del producto, especialmente protección frente al aplastamiento durante toda su vida útil, Una Proceso de vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado, utilizando los materiales y envasado y tecnología apropiada, de modo que asegure la calidad e integridad del producto, durante toda su vida útil, que envase primario debe estar respaldado por estudios de vida útil y análisis de migración y permeabilidad. Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Tal como lo establece el Artículo 107 Rotulación letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. Producto El producto terminado PURÉ DE PAPAS DESHIDRATADA EN ESCAMAS, está conformado exclusivamente con terminado base en los ingredientes indicados en la presente Ficha Técnica. Conservación y vida útil Forma de PAPAS DESHIDRATADO EN ESCAMAS. Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) en lugar conservación/alma fresco y seco, protegido del sol. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado debe ser de un cenamiento y vida mínimo de 10 meses. útil del producto Debe cumplir con el artículo 67 del RSA. terminado El envase una vez abierto se debe consumir antes de 30 días y se debe mantener la bolsa bien cerrada. Calidad Sensorial

Características organolépticas

Evaluación Sensorial

Forma Física: Debe ser en escama u hojuela propio de este tipo de producto. Una vez que esté listo para el consumo, se debe disolver completamente sin dejar grumos. Apariencia/Aspecto: El producto en escama u hojuela y una vez reconstituido el aspecto debe ser propio de este tipo de producto, debe ser uniforme, de aspecto homogéneo y libre de defectos Color: El producto en escama u hojuela y una vez reconstituido el color debe ser uniforme, característico del producto de acuerdo al tipo de sabor declarado en el envase y libre de defectos. Olor: El producto en escama u hojuela y una vez reconstituido el olor debe ser característico del producto, de acuerdo al sabor declarado en el envase, debe ser libre de defectos y libre de olores extraños. Sabor: El producto en escama u hojuela y una vez reconstituido el sabor debe ser ligeramente dulce, característico del producto según el sabor declarado en el envase y debe ser libre de sabores extraños. Textura/consistencia: Propia del producto en escama u hojuela, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. El producto preparado debe estar completamente sin dejar grumos. Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg)

100g Máx. 7,5 Máx. 3,0 Mín. 6,0 Máx. 1,9 Por diferencia Máx. 80,1 Mín.7,0 Máx. 131,0

Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 174 y Artículo 173, punto 4.1 Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.67 HAMBURGUESA DE MERLUZA Características generales de la materia prima Nombre genérico Hamburguesa de merluza cruda y congelada HAMBURGUESA DE MERLUZA CRUDA Y CONGELADA. El producto debe cumplir con todo el RSA y específicamente con lo que se establece en el Artículo 300 del RSA MERLUZA: Se podrán usar entre otras las siguientes especies: Merluccius gayi gayi, Merliuccius australis, Macruronus magellanicus, las que deben cumplir con todo lo que establece el R.S.A. en los Artículos 313 al 324 y con la Norma Chilena NCh 726.Of2005. El producto final debe tener como mínimo un 89% de pulpa de merluza sin piel ni espinas. HARINA DE TRIGO (Triticum aestivum): Debe cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 347, 349, 350, 351, 352, 353 y 355. Éstas podrán ser refinadas y en lo posible mezcladas con sus harinas integrales. Descripción ALMIDÓN DE PAPA: Debe cumplir con lo que establece el RSA en el artículo 371. SAL: Debe cumplir con lo que establece el RSA 435 a 439. Se debe cuidar en forma especial que la cantidad total de sodio no sobrepase el límite establecido en la presente Ficha Técnica. CEBOLLA (Allium cepa L.): Debe cumplir con todo lo que establece el R.S.A. y específicamente con el Título I párrafo 3 Artículos 15 al 21 PEREJIL (Petroselinum crispum (Mill.) Fuss), SAL Y ESPECIAS: Según las BPF y apropiados según la edad del grupo objetivo al que van dirigidos. Estos ingredientes, deberán cumplir con todo el RSA y específicamente con los Artículos 430 al 439. ACEITE VEGETAL. Debe cumplir con todo lo que establece el RSA y especialmente con los Art. 247 a 264. OTROS ADITIVOS. Se podrá usar otros aditivos apropiados para este producto, según lo permitido en el RSA. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud Origen de Chile. Tipificación de las Los filetes de merluza (Merluccius gayi gayi u otra) que se seleccionen debe estar sin piel ni espinas que se materias primas utilicen como materia prima deberán cumplir con el RSA artículos 314 al 324, se podrá usar la pulpa de merluza permitidas y su grasa, cuidando que no se sobrepase el nivel de lípidos totales, establecido en la presente Ficha Tipos de merluza Se podrán usar los filetes de merluza provenientes de Merluza cuidando que se cumpla con todos los requisitos permitidas para la de composición química descritos en la presente Ficha. Estos podrán ser: elaboración Filetes de merluza frescos: debe cumplir con lo que establece el RSA. Filetes de merluza congelados: debe cumplir con lo que establece el RSA. Producto Final/Terminado Todos los filetes de merluza que se seleccionen deben ser adecuadamente tratados y mantenidos en cadena de frío. Operaciones Todos los ingredientes usados como materias primas deben ser aptos para el consumo y deben cumplir con Preliminares todo lo que se establece en el RSA. Deben ser sometidos al procesamiento adecuado cumpliendo las BPF y Control de Calidad durante todo el proceso de elaboración. HAMBURGUESA DE MERLUZA, CRUDA Y CONGELADA: Es el producto elaborado con las materias primas antes descritas las que deben ser sometidas al proceso de mezclado, moldeado con forma de hamburguesas y posterior congelado, cuidando que el producto no quede íntegro. Operaciones Cada hamburguesa debe ser porcionada en unidades individuales que el fabricante defina. definitivas La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna. Una vez terminado el producto: HAMBURGUESA DE MERLUZA, preformada y congelada será sometida al procedo de envasado, el que puede ser realizado al vacío o en atmosfera normal. El producto se debe envasar en bolsas de polietileno (envase primario) y cajas de cartón como envase secundario. Tanto el envase primario Proceso de como el secundario podrán ser de otro material apto para éste, utilizando los materiales y tecnología apropiada envasado y de modo que asegure la calidad, integridad y conservación del producto durante toda su vida útil, que debe envase primario estar respaldada por estudios de vida útil y análisis de migración y permeabilidad. Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deben cumplir con los Artículos 122 al 129. Se debe realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Tal como lo establece el Artículo 107 Rotulación letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. El producto final estará conformado por hamburguesa de merluza preformada y congelado y envasada en Producto bolsas aptas para este producto, las que son cerradas y herméticamente selladas, utilizando la tecnología y el terminado proceso adecuado.

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Conservación y vida útil Forma de HAMBURGUESA DE MERLUZA, CRUDA Y CONGELADA: Debe ser mantenida a temperatura a -18°C en el conservación/alma centro del producto. cenamiento y vida No debe existir pérdida de la cadena de frío (congelado). Nunca debe dejarse a temperatura ambiente. Ésta útil del producto información debe estar declarada en el rótulo. terminado La vida útil del producto sellado y congelado deberá ser de mínimo de 12 meses Este producto una vez abierto, se debe cocinar y consumir de inmediato Calidad Sensorial

Características organolépticas

Evaluación Sensorial

Forma Física: Debe corresponder a hamburguesa de merluza, preformada y congelada Porción redonda 50 g, 60 g o 70 g. Aspecto: Debe ser el propio de una hamburguesa de merluza, preformada congelada y libre de defectos. Color: Propio de una hamburguesa de merluza cruda, además debe estar de acuerdo con el color de la especie marina utilizada y debe ser libre de defectos. Olor: Propio de hamburguesa de merluza cruda, preformada y congelada, debe tener un suave olor a pescado, debe ser libre de defectos, libre de olor a podrido y de olores extraños. Sabor: En crudo no se evalúa el sabor. Sólo se determina en el producto cocido, siguiendo las instrucciones de cocción del envase y debe ser propio de hamburguesa de merluza, libre de defectos y libre de sabores extraños. Textura: Propia de hamburguesa de merluza cruda, preformada y congelada, debe ser libre de defectos, debe ser firme, blanda y los trozos no requieren corte con chuchillo. Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Sodio (mg)

100g Máx. 73,0 Máx. 2,5 Mín. 16,0 Máx. 3,0 Por diferencia Máx. 8,7 Máx. 240,0

Requisitos fisicoquímicos Nitrógeno básico volátil total (NBVT) mg/100 g Nitrógeno de trimetilamina (NTMA) mg/100 g pH Índice de peróxido (meq. oxígeno /kg de grasa) Histamina (mg)

Máx. 30 Máx. 15 6,0 a 6,5 Max. 7 Máx. 20,0

Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece RSA en el Artículo 174 y Artículo 173 punto 11.2 “pescados y mariscos crudos congelados” Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.68 MANJAR Características generales de la materia prima Nombre genérico Dulce de leche El producto debe cumplir con el Artículo 219 y con la NCh2082Of1999, en lo referente a todos los requisitos generales del manjar o dulce de leche y en lo que se refiere a la composición química y de nutrientes debe cumplir con los requisitos establecidos en la presente ficha técnica. Las materias primas deben cumplir con los requisitos que establece el RSA y se deben usar las siguientes: LECHE FLUIDA DESCREMADA O LECHE RECONSTITUIDA DESCREMADA: Debe cumplir con todo lo que establece el RSA y específicamente deberá cumplir con los Artículos 203 a 205. Este ingrediente será obligatorio y deberá ser seleccionado de modo que cumpla con los requisitos del producto final. Descripción SACAROSA (azúcar): Deberá cumplir con todo lo establecido en el RSA y específicamente con el Artículo 379. También se podrán agregar otros azúcares de acuerdo al Artículo 406 y según la NCh2082Of1999, no podrá contener más de 30 kg de sacarosa por cada 100 litros de leche. Se deberá incorporar considerando el límite de azúcares totales establecido en los requisitos nutricionales de la presente Ficha. Otros ingredientes y aditivos permitidos para este tipo de alimento deben ser incorporados de acuerdo a la NCh2082Of1999 y el RSA; teniendo presente que para este producto no se permite la adición de sustancias amiláceas. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud Origen de Chile. Producto Final/Terminado Todas las materias primas seleccionadas deben ser aptas para el consumo y deben cumplir con todo lo que se Operaciones establece en el RSA. Deben ser sometidas al procesamiento adecuado cumpliendo las BPF durante todo el Preliminares proceso. MANJAR. Es el producto elaborado exclusivamente con las materias primas ya descritas, las que deberán ser sometidas a los procesos necesarios hasta la obtención del producto terminado. Operaciones La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos definitivas 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna. Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. El producto se deberá envasar utilizando los materiales y tecnología apropiada, de modo que asegure la calidad e integridad del Proceso de producto, durante toda su vida útil, que debe estar respaldado por estudios de vida útil y análisis de migración y envasado y permeabilidad. envase primario Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se debe realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Tal como lo establece el Artículo 107 letra Rotulación i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. Producto El producto terminado MANJAR, está conformado exclusivamente con base en los ingredientes indicados en de terminado la presente Ficha. Conservación y vida útil Forma de conservación/ MANJAR: Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) en lugar fresco y seco. La vida almacenamiento y vida útil útil del producto cerrado y sellado debe ser de 6 meses. Una vez abierto conservar refrigerado (1 a del producto terminado 4°C). Deberá cumplir con el artículo 67 del RSA. Calidad Sensorial

Características organolépticas

Evaluación Sensorial

El producto final debe cumplir con todas las características organolépticas de acuerdo a la NCh2082Of1999: Forma Física: Debe ser propio del producto manjar. Aspecto: Debe ser el propio del manjar, libre de defectos. Color: Propio del manjar y libre de defectos. Olor: Propio del manjar, debe ser libre de defectos, libre de olores extraños y otros. Sabor: Propio del manjar, sabor dulce y libre de defectos. Textura/consistencia: Propia del manjar libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Azucares totales (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg)

100g Máx. 35,0 Máx. 2,0 Mín. 5,0 Máx. 9,0 Por diferencia Máx. 60,0 Máx. 60,0 Mín. 0,0 Máx. 180,0

Requisitos fisicoquímicos Sólidos totales de leche (%) Sólidos solubles (%)

Mín. 25,5 Mín. 45,5

Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 174 y 173 punto 1.6 “Leches condensadas azucaradas y manjar (dulce de leche)”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.69 DULCE DE MEMBRILLO Características generales de la materia prima Nombre genérico Dulce de membrillo El producto debe cumplir con todo lo que establece el RSA, y con todos los requisitos del dulce de membrillo establecidos para el Grado 2 o escogido de la NCh1357Of1978 y en lo que se refiere a la composición química y de nutrientes cumpliendo con los requisitos establecidos en la presente ficha técnica. Las materias primas deben cumplir con los requisitos que establece el RSA y se podrán usar las siguientes: MEMBRILLO (fruto de la especie Cydonia oblonga): Debe cumplir con todo lo que establece el RSA. Este ingrediente es obligatorio y seleccionado de modo que cumpla con los requisitos del producto final. Debe tener como mínimo 45% de pulpa de membrillo. Descripción SACAROSA (azúcar): Debe cumplir con todo lo establecido en el RSA y específicamente con el Artículo 379. También se puede agregar otros azúcares de acuerdo al Artículo 406. Incorporándolos obligatoriamente considerando el límite de azúcares totales establecido en los requisitos nutricionales de la presente Ficha. PECTINA (S.I.N. 440): De acuerdo a lo establecido en el Artículo 150 del RSA. Opcionalmente se podrán incorporar otros gelificantes y otros aditivos permitidos por el RSA para este tipo de alimentos y de acuerdo a lo indicado en la NCh1357Of1978, que establece que no se permite el uso de colorantes. OTROS ADITIVOS. Se podrá usar otros aditivos apropiados para este producto, según lo permitido en el RSA. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud Origen de Chile. Producto Final/Terminado Todas las materias primas seleccionadas deben ser aptas para el consumo y deben cumplir con todo lo que se Operaciones establece en el RSA. Deben ser sometidas al procesamiento adecuado cumpliendo las BPF durante todo el Preliminares proceso. DULCE DE MEMBRILLO: Es el producto elaborado exclusivamente con las materias primas ya descritas, las que deberán ser sometidas a los procesos necesarios hasta la obtención del producto terminado. Operaciones La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos definitivas 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna. Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. El producto se deberá envasar utilizando los materiales y tecnología apropiada, de modo que asegure la calidad e integridad del Proceso de producto, durante toda su vida útil, que debe estar respaldado por estudios de vida útil y análisis de migración y envasado y permeabilidad. envase primario Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se debe realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Tal como lo establece el Artículo 107 letra Rotulación i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. Producto El producto terminado DULCE DE MEMBRILLO, está conformado exclusivamente con base en los ingredientes terminado indicados en la presente Ficha. Conservación y vida útil Forma de conservación/ DULCE DE MEMBRILLO: Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) en lugar almacenamiento y vida útil del fresco y seco. La vida útil del producto cerrado y sellado debe ser de 8 meses. Una vez abierto producto terminado conservar a temperatura de refrigeración. Deberá cumplir con el artículo 67 del RSA. Calidad Sensorial

Características organolépticas

Evaluación Sensorial

El producto final debe cumplir con todas las características organolépticas de acuerdo a la NCh1357Of1978: Forma Física: Debe ser propio del producto Dulce de membrillo Aspecto: Debe ser el propio del Dulce de membrillo, libre de defectos Color: Propio del Dulce de membrillo, debe ser uniforme y libre de defectos Olor: Propio del Dulce de membrillo, debe ser libre de defectos, libre de olores extraños y otros. Sabor: Propio del Dulce de membrillo, sabor dulce y libre de defectos Textura/consistencia: Propia del Dulce de membrillo, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños, libre de sinéresis y de cristalización. La textura se evaluará según la NCh1357Of1978. Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Azucares totales (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg)

100g Máx. 31,0 Máx. 0,3 Mín. 0,1 Máx. 1,2 Por diferencia Máx. 53,0 Máx. 53,0 Mín. 23,0 Máx. 20,0

Requisitos fisicoquímicos Sólidos solubles (%) pH Acidez titulable (como ácido cítrico anhidro % m/m)

Mín. 66,0 Mín. 3,0 y Máx. 3,8 Mín. 0,5 a Máx. 0,9

Daños y defectos Deberá cumplir con los límites de tolerancia establecidos para el producto terminado de Grado 2 de la NCh1357Of1978 Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 174 y 173 punto 14.9. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.70 QUESO LAMINADO Características generales de la materia prima Nombre genérico Queso Laminado El producto terminado debe cumplir con todo lo que establece el RSA y específicamente con los Artículos 234 al 236 y artículos 238, 240 y 242. Además si es queso Gouda deberá cumplir con la Norma Chilena: NCh2478Of1999 y si es queso Chanco deberá cumplir con la NCh2090Of1999. El producto terminado podrá ser elaborado exclusivamente con los ingredientes descritos en la presente Ficha Técnica. Los ingredientes mínimos obligatorios son leche semidescremada, cultivos lácticos, cuajo y sal. LECHE: Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA y específicamente con el Título VIII Artículos 197 al 212 y artículos 216 al 218. Además deberán cumplir con las Normas Chilenas: NCh1013Of2008; NCh1677Of2008 y NCh3052Of2007 CULTIVOS LÁCTICOS: Deben cumplir con todo lo que establece el RSA. Se podrán usar cultivos de bacterias Descripción inocuas productoras de ácido láctico, adecuadas para el queso laminado. CUAJO: Debe cumplir con todo lo que establece el RSA. SAL (cloruro de sodio): Debe cumplir con todo lo que establece el RSA, y específicamente con los Artículos 435 a 439. Se deberá incorporar lo menos posible de modo de no sobrepasar los límites de sodio establecidos en la presente Ficha. Ingredientes opcionales: ADITIVOS: Deben cumplir con todo lo que establece el RSA y sólo se podrán usar los siguientes de acuerdo al artículo 236 del RSA: cloruro de calcio (S.I.N. 509), nitrato de sodio (S.I.N. 251), nitrato de potasio (S.I.N.252) (máx. 50 mg de nitratos /kg de producto terminado), ácido cítrico (S.I.N. 330) y/o ácido láctico (S.I.N. 270). Sólo se podrán usar los siguientes colorantes: Caroteno (160 a), Rocú o Annato (S.I.N. 160 b) y Riboflavina (S.I.N.101), solos o mezclados. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Origen Chile. Producto Final/Terminado Todas las materias primas, deben ser aptas para el consumo y deberán cumplir con todo lo que establece en el Operaciones RSA. En el caso las leches pasteurizadas, semidescremadas que se seleccionen, se deberá cuidar que sean Preliminares adecuadas de modo que el producto terminado cumpla con el contenido de grasa y otros nutrientes exigido en la presente Ficha. QUESO LAMINADO: Es el producto elaborado con las materias primas descritas en los puntos 2 de la presente Ficha. La leche pasteurizada semidescremada, usada como materia prima, es sometida al tratamiento con los cultivos lácticos, cloruro de calcio y cuajo, luego vienen los procesos de coagulación, corte de la cuajada, cocción, separación del suero, moldeado, prensado, salado (inmersión en salmuera), maduración y envasado. Todos Operaciones estos procedimientos deben ser realizados de acuerdo a las BPF, de modo que el producto final tenga una definitivas composición química homogénea y según se describe en la presente Ficha. La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna. Una vez que se tiene el producto terminado y que cumple todos los requisitos exigidos en la presente Ficha, el producto es sometido al proceso de corte en láminas de un peso definido por el elaborador, luego de ser Proceso de envasado al vacío o en atmósfera modificada. El producto se deberá envasar en envases adecuados y con la envasado y tecnología adecuada que asegure la calidad e integridad del producto, durante toda su vida útil, que debe estar envase primario respaldado por estudios de vida útil y análisis de migración y permeabilidad. Los envases utilizados deben estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deben cumplir con los Artículos 122 al 129. Se debe realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Tal como lo establece el Artículo 107 letra Rotulación i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. Producto QUESO LAMINADO. Producto listo para el consumo obtenido con los ingredientes descritos y que cumple con terminado todos los requisitos descritos en la presente Ficha. Conservación y vida útil Forma de conservación/almacenamiento y vida útil del producto terminado

QUESO LAMINADO. Debe ser mantenido siempre en refrigeración a entre 1º a 4°C. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado es de 4 meses y una vez abierto mantener cerrado refrigerado (1°C a 4°C) y consumir antes de 5 días. Deberá cumplir con el artículo 67 del RSA.

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Calidad Sensorial Forma Física: Propio del Queso laminado, libre de defectos. Deberá ser laminado, con láminas rectangulares de un grosor homogéneo que corresponda a láminas, cada una deberá tener un peso neto definido por el elaborador. Aspecto: Debe ser el propio del Queso laminado libre de defectos. Características Color: Propio del Queso laminado, su masa interna de color amarillo pálido y debe ser libre de defectos. organolépticas Olor: Propio del Queso y libre de defectos. Sabor: Propio del Queso debe ser libre de defectos, libre de sabores extraños. Consistencia/Textura: Propia del Queso laminado, debe ser firme y elástica, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. La textura debe ser una masa cerrada o con escasos ojos redondos (producidos por los cultivos lácticos). Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test Sensorial de aceptabilidad general. Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Grasa saturada (g) Grasa monoinsaturada (g) Grasa poliinsaturada (g) Grasa trans (g) Sodio (mg) Calcio (mg)

100g Mín. 43,0 a Máx. 50,0 Máx. 4,7 Mín. 22,0 Máx. 28,0 Máx. 18,4 Mín.7,9 Mín.0,7 Máx. 1,0 Máx. 400,0 Mín. 800,0

Requisitos fisicoquímicos Nitratos mg/kg pH

Máx. 50 5,1 a 5,3

Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece RSA en el artículo 174 y artículo 173 punto 1.10, Quesos madurados Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.71 ATÚN ENLATADO Características generales de la materia prima Nombre genérico Conserva de Atún en Agua El producto terminado Atún al agua en conserva debe cumplir con la NCh726Of2005 y con lo referente a conservas establecido en los Artículos 408 al 420 del RSA. ATÚN: Las materias primas que se seleccionen, deben cumplir con todo lo que establece el R.S.A. en los Artículos 313 al 324, y el producto terminado además deberá cumplir con la Norma Codex STAN 119/1981. Se podrán usar las diferentes especies del género Thunnus por ejemplo el atún de aleta azul (Thunnus Descripción Thynnus), atún de aleta amarilla (Thunnus albacares), atún de aleta larga (thunnus alalunga) u otras especies de este género. AGUA: Debe cumplir con todo lo que establece el RSA y específicamente con el Artículo 469. SAL: Debe cumplir con lo que establece el RSA 435 a 439. Se debe cuidar en forma especial que la cantidad total de sodio no sobrepase el límite establecido en la presente Ficha Técnica. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud Origen de Chile. Materias primas Los filetes de atún que se utilicen como materia prima deberán cumplir con el RSA artículos 314 al 324. permitidas Tipos de materias primas permitidas para la elaboración

Se podrán usar los siguientes tipos de materias primas, cuidando que se cumpla con todos los requisitos de composición química descritos en la presente Ficha: Carne de atún fresca: Los lomitos de atún fresco que se seleccionen, deben cumplir con lo que establece el RSA. Carne de atún congelado. Los lomitos de atún congelado que se seleccionen deben cumplir con lo que establece el RSA.

Producto Final/Terminado Operaciones Todos los lomitos de atún deben ser adecuadamente tratados y mantenidos en la cadena de frío hasta el Preliminares envasado. ATÚN AL AGUA EN CONSERVA: Es el producto elaborado con las materias primas antes descritas las que deben ser sometidas al proceso adecuado cuidando que el producto no quede desmenuzado. Operaciones La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los definitivas Artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna. El producto se deberá envasar en tarros de hojalata barnizado en su interior u otra tecnología que asegure la Proceso de calidad, integridad del producto y la esterilización comercial, durante toda su vida útil, que debe estar envasado y envase respaldado por estudios de vida útil y análisis de migración y permeabilidad. primario Los envases utilizados deben estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129, Se debe realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Tal como lo establece el Artículo 107 Rotulación letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. La carne de atún después de ser mezclada con los demás ingredientes descritos en la presente Ficha, se Producto terminado deberá envasar en tarros de hojalata aptos para este producto, los que son cerrados y herméticamente sellados, utilizando la tecnología y el proceso adecuado para obtener esterilización comercial. Conservación y vida útil Forma de ATÚN AL AGUA EN CONSERVA. Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) en lugar fresco conservación/alma y seco, protegido del sol. La vida útil del producto sellado es de 4 años. Ésta información deberá estar cenamiento y vida declarada en el rótulo, indicando las fechas de elaboración y de vencimiento. Deberá cumplir con el artículo 67 útil del producto del RSA. Cuando corresponda, el producto se debe re-termalizar aplicando una temperatura tal que en el terminado centro del alimento alcance como mínimo 70°C por el tiempo adecuado según la BPF. Una vez abierto el envase consumir de inmediato. Calidad Sensorial Forma Física: Deben ser trozos de lomitos de atún cocidos en agua Aspecto: Debe ser el propio de los lomitos de atún cocido en agua, trozos compactados y libre de defectos Color: Propio de la carne de atún, según su variedad, y debe ser libre de defectos Características Olor: Propio de los lomitos de atún en agua, debe ser libre de defectos, libre de olores extraños. organolépticas Sabor: Propio de los lomitos de atún cocido en agua, debe ser libre de defectos y libre de sabores extraños. Textura: Propia de los lomitos de atún cocido en agua, debe ser relativamente firme es decir no debe estar desmenuzada, debe ser libre de defectos, los lomitos son blandos al corte y los trozos no requieren corte con chuchillo. cerrada o con escasos ojos redondos (producidos por los cultivos lácticos). Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Evaluación Sensorial

Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Sodio (mg)

100g Máx. 73,0 Máx. 1,5 Mín. 22,5 Máx. 2,0 Por diferencia Máx. 0,7 Máx. 350,0

Requisitos fisicoquímicos 100g Nitrógeno básico volátil total (NBVT) (mg) Máx. 30 Nitrógeno de trimelamina (NTMA) (mg) Máx. 15 Histamina (mg) Máx. 10 Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece RSA en el Artículo 174 y el Artículo 173 punto 18. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.72 FRUTAS EN CONSERVA: DURAZNOS EN CONSERVA Características generales de la materia prima Nombre genérico Duraznos en conserva cortados en cubitos. Categoría I o Grado 2 El producto debe cumplir con la NCh716Of1978 con todos los requisitos generales y además debe cumplir con los requisitos específicos de Duraznos en conserva establecidos en la NCh874Of2001 para la Categoría I o Grado 2 o una categoría mejor que ésta. También deberá cumplir con los artículos referentes a requisitos de alimentos en conserva artículos 408 a420. Las materias primas deberán cumplir con los requisitos que establece el RSA y se deberán usar en su elaboración duraznos, agua potable según la NCh409/1Of1984, azúcar NCh1242Of1997. DURAZNO (fruto del Prunus persica): Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA y además específicamente con el Artículos 406. La materia prima deberá cumplir con NCh1139Of 97, luego en su elaboración se debe eliminar el carozo y el pedúnculo, y el producto terminado deberá cumplir con la Descripción NCh716Of1978. La proporción de fruta debe ser de un mínimo de un 65% m/m del producto final envasado y la proporción máxima de jugo azucarado debe ser de 35% m/m. SACAROSA (azúcar): Deberá cumplir con todo lo establecido en el RSA y específicamente con el Artículo 379. También se podrán agregar otros azúcares de acuerdo al Artículo 406. En reemplazo de parte del azúcar se permitirá el uso de edulcorantes autorizados por el RSA actualizado y vigente, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 146. El porcentaje a utilizar será en reemplazo de una parte de la sacarosa requerida. No se permite el uso de Aspartame y de preferencia a utilizar son los edulcorantes de tipo natural. Opcionalmente podrá incorporar aditivos permitidos apropiados para este tipo de productos, de acuerdo al RSA y a la NCh716Of1978. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud Origen de Chile. Producto Final/Terminado Toda la fruta seleccionada como materia prima debe ser apta para el consumo y para conserva de durazno, Operaciones debe cumplir con todo lo que se establece en el RSA y las Normas chilenas indicadas en la presente ficha. Preliminares Debe ser sometida al procesamiento adecuado cumpliendo las BPF durante todo el proceso. DURAZNOS EN CONSERVA: Es el producto elaborado exclusivamente con las materias primas ya descritas en la presente Ficha, las que deben ser sometidas a los procesos necesarios; corte, envasado y tratamiento térmico apropiado para una conserva hasta la obtención del producto terminado. El producto podrá presentarse con uno de los siguientes tipos de corte: a) corte en cubos con un tamaño desde 14 mm a 16 mm Operaciones por lado, con aristas redondeadas; b) Corte en bastones con un tamaño de: Ancho de 14 a 16 mm, largo de 20 definitivas a 25 mm y alto de 5 a 10 mm. La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna. Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado y tratamiento térmico para obtener una conserva. El producto se debe envasar utilizando los materiales y tecnología apropiada, de Proceso de modo que asegure la calidad e integridad del producto, y que mantenga el vacío adecuado durante toda su envasado y envase vida útil, que debe estar respaldado por estudios de vida útil y análisis de migración y permeabilidad. Los primario envases utilizados deben estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se podrán usar dos tipos de envases: latas o envases tetrapack aptos para conservas. Se debe realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Tal como lo establece el Artículo 107 Rotulación letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. El producto terminado DURAZNOS EN CONSERVA, está conformado exclusivamente con base en los Producto terminado ingredientes indicados en la presente Ficha y debe cumplir con los requisitos establecidos para las conservas de acuerdo al RSA en los artículos 408 al 420. Conservación y vida útil Forma de conservación/almacenamiento y vida útil del producto terminado

DURAZNOS EN CONSERVA. Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) en lugar fresco y seco. La vida útil del producto cerrado y sellado, si está enlatado, debe ser de 4 años. La vida útil del producto cerrado y sellado, si está en envase tetrapack, debe ser de 12 meses. El producto una vez abierto se debe vaciar a otro recipiente apto para el producto, refrigerar (1°C a 4°C) y consumir antes de 72 horas. Debe cumplir con el artículo 67 del RSA.

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Calidad Sensorial

Características organolépticas

Evaluación Sensorial

El producto final debe cumplir con todas las características organolépticas de acuerdo a la NCh716Of1978: Forma Física: Debe ser propio de los Duraznos en conserva y deberá tener la forma de cubos o bastones, según sea declarado en el envase y deberá estar de acuerdo a los tamaños permitidos para este producto indicados en el punto 5 de la presente Ficha. Aspecto: Debe ser el propio de los Duraznos en conserva y libre de defectos Color: Uniforme y característico de los Duraznos maduros en conserva, además debe ser libre defectos Olor: Propio de los Duraznos en conserva, debe ser libre de defectos, libre de olores extraños Sabor: Propio de los Duraznos en conserva, sabor ligeramente dulce y libre de defectos Textura/consistencia: Debe tener una buena integración de las fases sólida y líquida; no se permite cristalización de azúcares. Debe presentar una textura /consistencia característica de la Duraznos en conserva, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. Se debe mantener la proporción fruta/jugo azucarado de 65%/35% respectivamente. Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Azucares totales (g) Sodio (mg)

100g Máx. 80,0 Máx. 0,2 Mín. 0,5 Máx. 0,5 Por dif. Máx. 14,7 Máx. 14,7 Máx.18,0

Requisitos fisicoquímicos Proporción m/m % de fruta/ jugo azucarado (%) Mín. 65% fruta y Máx. 35% jugo pH 3,8 a 4,20 Sólidos solubles % Mín. 14 Vacío: En el interior del envase el vacío referido a 760 mmHg y a 20°C debe ser igual o mayor a 175 mmHg para el promedio de los envases de la muestra, y 125 mmHg para un envase individual. El vacío se determina según NCh881Of1976. Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 174 y 173 punto 14.7 Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.73 FRUTAS EN CONSERVA: MIX DE FRUTAS EN CONSERVA Características generales de la materia prima Nombre genérico Mezcla de peras y duraznos en conserva cortados en cubitos y uvas enteras El producto debe cumplir con la NCh716Of1978 con todos los requisitos generales y además debe cumplir con los requisitos específicos de Duraznos en conserva establecidos en la NCh874OF2001 para la Categoría I o Grado 2 o una categoría mejor que ésta. Además las peras deben cumplir con la NCh876Of1978. También el producto terminado deberá cumplir con los artículos referentes a requisitos de alimentos en conserva Artículos 408 a 420. Las materias primas deben cumplir con los requisitos que establece el RSA y se debe usar en su elaboración duraznos, agua potable según la NCh409/1Of1984, azúcar NCh1242Of1997. El producto final debe presentar la siguiente proporción mínima de la mezcla de frutas de 55% m/m, constituido por la siguiente proporción m/m de cada una de las frutas:  Pera: Mín. 38,0% y Máx. 38,5% m/m de peso drenado  Durazno: Mín. 12,1% y Máx. 12,7% m/m de peso drenado  Uva: Mín. 3,9% a Máx. 4,5% m/m de peso drenado y  Jugo azucarado: Máximo 45%. PERA (fruto del Pyrus Communis): Debe cumplir con todo lo que establece el RSA y además específicamente con el Artículos 406. La materia prima debe cumplir con NCh876Of1978, luego en su elaboración se debe tratar de modo de eliminar las semillas y el pedúnculo. El producto terminado debe cumplir con la proporción de pera que debe ser de un mínimo de un 38% m/m del producto final y máximo podrá ser de 38,5% m/m de peso Descripción drenado. DURAZNO (fruto del Prunus pérsica: Debe cumplir con todo lo que establece el RSA y además específicamente con el Artículos 406. La materia prima debe cumplir con NCh1139Of 97, luego en su elaboración se deben tratar de modo de eliminar el carozo y el pedúnculo, el producto terminado debe cumplir con la NCh874Of2001 y debe tener una proporción de duraznos que debe ser de un mínimo de un 12,1% m/m del producto final a un máximo de 12,7% m/m de peso drenado. UVA (fruto de la Vitis vinifera): Debe cumplir con todo lo que establece el RSA y además específicamente con el Artículos 406. La materia prima debe ser tratada de modo de eliminar las semillas y el pedúnculo, el producto terminado debe cumplir con la proporción de fruta que debe ser de un mínimo de un 12,1% m/m del producto final a un máximo de 12,7% m/m de peso drenado. SACAROSA (azúcar): Debe cumplir con todo lo establecido en el RSA y específicamente con el Artículo 379. También se podrán agregar otros azúcares de acuerdo al Artículo 406. En reemplazo de parte del azúcar se permitirá el uso de edulcorantes autorizados por el RSA actualizado y vigente, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 146. El porcentaje a utilizar será en reemplazo de una parte de la sacarosa requerida. No se permite el uso de Aspartame y de preferencia a utilizar son los edulcorantes de tipo natural.

Origen

ADITIVOS PERMITIDOS. Se pueden incluir aquellos permitidos y apropiados para este tipo de productos de acuerdo al RSA. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile.

Producto Final/Terminado Toda la fruta seleccionada como materia prima debe ser apta para el consumo y para conserva de durazno, debe Operaciones cumplir con todo lo que se establece en el RSA y las Normas chilenas indicadas en la presente ficha. Debe ser Preliminares sometida al procesamiento adecuado cumpliendo las BPF durante todo el proceso. MIX DE FRUTAS EN CONSERVA: Es el producto elaborado exclusivamente con las materias primas ya descritas en la presente Ficha, las que deben ser sometidas a los procesos necesarios; corte, envasado y tratamiento térmico apropiado para una conserva hasta la obtención del producto terminado. El producto puede presentarse con uno de los siguientes tipos de corte para duraznos y peras según: a) corte en cubos con un tamaño desde 14 mm a 16 mm por lado, con aristas redondeadas; b) Corte en bastones con un tamaño de: Ancho de 14 a 16 mm, Operaciones largo de 20 a 25 mm y alto de 5 a 10 mm. Las uvas se mantienen enteras. definitivas La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada debe estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna. Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado y tratamiento térmico para Proceso de obtener una conserva. El producto se deberá envasar utilizando los materiales y tecnología apropiada, de modo envasado y que asegure la calidad e integridad del producto, y el vacío adecuado durante toda su vida útil, que debe estar envase primario respaldado por estudios de vida útil y análisis de migración y permeabilidad. Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Rotulación Producto terminado

Se podrán usar dos tipos de envases: latas o envases tetrapack aptos para conservas. Se debe realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Tal como lo establece el Artículo 107 letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. El producto terminado MIX DE FRUTAS EN CONSERVA, está conformado exclusivamente con base en los ingredientes indicados en la presente Ficha y debe cumplir con los requisitos establecidos para las conservas de acuerdo al RSA en los artículos 408 al 420.

Conservación y vida útil Forma de MIX DE FRUTAS EN CONSERVA. Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) en lugar conservación/almac fresco y seco. enamiento y vida útil La vida útil del producto cerrado y sellado, si está enlatado, debe ser de 4 años. del producto La vida útil del producto cerrado y sellado, si está en envase tetrapack, debe ser de 12 meses. terminado El producto una vez abierto se debe vaciar a otro recipiente apto para el producto, refrigerar (1°C a 4°C) y consumir antes de 72 horas. Deberá cumplir con el artículo 67 del RSA. Calidad Sensorial

Características organolépticas

Evaluación Sensorial

Forma Física: Debe ser propio del Mix de pera, duraznos y uva en conserva, el que deberá tener para las peras y duraznos la forma de cubos o bastones, según sea declarado en el envase y debe estar de acuerdo a los tamaños permitidos para este producto indicados en la presente Ficha. Las uvas se deben presentar enteras redondas y podrá tener hasta un máximo de 10% de uvas enteras y aplastadas Aspecto: Debe ser el propio del Mix de pera, duraznos y uva en conserva y libre de defectos Color: Uniforme y característico del Mix de pera, duraznos y uva, maduras en conserva, además debe ser libre defectos Olor: Propio del Mix de pera, duraznos y uva en conserva, debe ser libre de defectos, libre de olores extraños Sabor: Propio del Mix de pera, duraznos y uva en conserva, sabor ligeramente dulce y libre de defectos Textura/consistencia: Debe tener una buena integración de las fases sólida y líquida; no se permite cristalización de azúcares. Debe presentar una textura /consistencia característica del Mix de pera, duraznos y uva en conserva, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. Se debe mantener la proporción fruta/jugo de 55%/45% Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Azucares totales (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg)

100g Máx. 80,5 Máx. 0,3 Mín. 0,3 Máx. 0,2 Por dif. Máx. 14,7 Máx. 14,7 Mín. 0,0 Máx.18,0

Requisitos fisicoquímicos Proporción m/m % de fruta/ jugo azucarado (%) Mín. 55% mezcla de fruta y Máx. 45% jugo pH 3,8 a 4,20 Sólidos solubles % Mín. 14 Vacío: En el interior del envase el vacío referido a 760 mmHg y a 20°C debe ser igual o mayor a 175 mmHg para el promedio de los envases de la muestra, y 125 mmHg para un envase individual. El vacío se determina según NCh881Of1976. Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 174 y 173 punto 14.7 Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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4.74 MANZANAS DESHIDRATADAS Características generales de la materia prima Nombre genérico Manzanas deshidratadas en cubitos Las materias primas deberán cumplir con todos los requisitos que establece el RSA y se deberán usar en su elaboración: Manzanas (fruto de la especie Malus domestica): Corresponde a las Manzanas naturales y sanas, las que deberán cumplir con todo lo que establece el RSA. Las variedades de manzanas que se permitirá usar, son las manzanas de categoría I o grado 2 o de una mejor calidad, de acuerdo a lo establecido en la NCh1926Of1999, de las siguientes variedades: Granny Smith Fuji Descripción Las materias primas que se seleccionen deberán cumplir con todo lo establecido en la NCh1926Of1999 y en forma específica las características de calidad establecidas para las Manzanas de cada una de estas variedades, según corresponda, por lo tanto, deberá cumplir con todos los requisitos de calidad establecidos en dicha Norma, según el caso. Estos productos No podrán tener adición sacarosa ni de ningún tipo de azúcares simples. Opcionalmente en caso de ser necesario se podrán incluir Aditivos permitidos y sólo aquellos aptos para este tipo de producto de modo de evitar el pardeamiento y contribuir a la conservación. ADITIVOS PERMITIDOS. Se pueden incluir aquellos permitidos y apropiados para este tipo de productos de acuerdo al RSA. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Origen Chile. Producto Final/Terminado Toda la fruta seleccionada como materia prima debe ser apta para el consumo y para ser sometida al proceso de Operaciones limpieza, pelado extracción de semillas, y todo lo necesario de modo de cumplir con todo lo que se establece en Preliminares el RSA y con las Normas chilenas indicadas anteriormente. La materia prima, deberá ser sometida al procesamiento adecuado cumpliendo las BPF durante todo el proceso. MANZANAS DESHIDRATADAS: Es el producto elaborado exclusivamente con las materias primas ya descritas en la presente Ficha, las que deberán ser sometidas a los procesos necesarios de corte que podrá ser: corte cubitos de 10 mm por lado o menos, apto para ser agregado a postres o ser consumido como tal. Posteriormente las materias primas serán sometidas a un tratamiento térmico apropiado para un producto deshidratado de este Operaciones tipo, hasta la obtención del producto terminado. definitivas La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna. Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. El producto se deberá Proceso de envasar utilizando los materiales y tecnología apropiada, de modo que asegure la calidad e integridad del envasado y producto, durante toda su vida útil. envase primario Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación Artículo 107 letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. El producto terminado MANZANAS DESHIDRATADAS, está conformado exclusivamente con base en los Producto ingredientes indicados en la presente Ficha y deberá cumplir con los requisitos establecidos para las conservas terminado de acuerdo al RSA en los artículos 408 al 420. Conservación y vida útil Forma de MANZANAS DESHIDRATADAS. Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) en lugar fresco y conservación/ seco. almacenamiento y La vida útil del producto cerrado y sellado, debe ser mínimo de 12 meses. vida útil del Deberá cumplir con el artículo 67 del RSA. producto terminado Calidad Sensorial Características El producto final debe cumplir con todas las características organolépticas de acuerdo a lo declarado corte en organolépticas hojuelas o cubitos. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Evaluación Sensorial

Forma Física: Debe ser propio de las Manzanas Deshidratadas y deberá tener la forma de hojuelas o cubitos, según sea declarado en el envase y deberá estar de acuerdo a los tamaños permitidos para este producto indicados en el punto 5 de la presente Ficha. Deberá tener al menos un 80% del total con unidades que se distinga perfectamente su forma de hojuelas enteras no partidas y si tiene forma de cubitos deberá tener al menos un 80% del total donde se distinga perfectamente su forma de cubitos enteros, no partidos ni molidos. Aspecto: Debe ser el propio de las Manzanas Deshidratadas y libre de defectos Color: Uniforme y característico de las Manzanas Deshidratadas, debe ser libre defectos Olor: Propio de las Manzanas Deshidratadas, debe ser libre de defectos y libre de olores extraños Sabor: Propio de las Manzanas Deshidratadas y libre de defectos Textura/consistencia: Debe ser suave y crujiente; y propio de las Manzanas Deshidratadas, no se permite que el producto sea duro ni textura latiguda. Debe presentar una textura /consistencia libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Azucares totales (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg)

100g Máx. 6,0 Máx. 1,6 Mín. 1,2 Máx. 0,6 Por dif. Máx. 80,4 Máx. 80,4 Min. 10,0 Máx.164,0

Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 174 y 173 punto 14.7 Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.75 SUCEDÁNEO DEL CAFÉ/SABORIZANTE INSTANTÁNEO CON BASE EN CEBADA LIBRE DE CAFEÍNA Características generales de la materia prima Nombre Alimento instantáneo en polvo con base en cebada libre de cafeína. genérico En el nombre se debe indicar el sabor correspondiente al producto envasado. El producto terminado en cualquiera de sus sabores, debe cumplir con todo el RSA y en especial con lo que establece el RSA en el Artículo 457 a 458. Las materias primas deben cumplir con los requisitos que establece el RSA y se podrán usar: CEBADA TOSTADA (Hordeum vulgare L.). Debe cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con el Artículo 346. ADITIVOS PERMITIDOS PARA ESTE TIPO DE ALIMENTOS. Deben cumplir con todo lo que establece el RSA, se podrán utilizar entre otros: Descripción SABORIZANTES/AROMATIZANTES NATURALES. Deben cumplir específicamente con el Artículo 155 del RSA. COLORANTES. Se podrán incluir de acuerdo con el Artículo 145 del RSA; excepto tartrazina (S.I.N. 102) y amarillo crepúsculo (S.I.N. 110) que están prohibidos en los alimentos del PAE. Se podrán agregar: Cacao en polvo en caso del sabor chocolate. Cereales como harinas de trigo y avena tostada. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Origen Chile. Producto Final/Terminado Todos los ingredientes usados como materias primas deben ser aptos para el consumo y deben cumplir con todo lo Operaciones que se establece en el RSA. Deben ser sometidos al procesamiento adecuado cumpliendo las BPF y Control de Preliminares Calidad durante todo el proceso de elaboración. SABORIZANTE INSTANTÁNEO CON BASE EN CEBADA: Es el producto elaborado exclusivamente con las materias primas ya descritas en la presente Ficha, las que deben ser sometidas a los procesos necesarios hasta la obtención del producto terminado. Operaciones La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos 66, definitivas 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada debe estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna. Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. El que se debe envasar en un Proceso de material apto para éste, utilizando los materiales y tecnología apropiada, de modo que asegure la calidad e envasado y integridad del producto, especialmente protección frente a la humedad durante toda su vida útil, que debe estar envase respaldado por estudios de vida útil y análisis de migración y permeabilidad. primario Los envases utilizados deben estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y debe cumplir con los Artículos 122 al 129. Se debe realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Tal como lo establece el Artículo 107 letra i), Rotulación se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. El producto terminado SABORIZANTE INSTANTÁNEO CON BASE EN CEBADA, está conformado exclusivamente Producto con base en los ingredientes indicados en la presente Ficha. terminado El producto terminado debe ser un polvo de bajo poder higroscópico, de preparación instantánea, es decir de fácil disolución o reconstitución en leche. Conservación y vida útil Forma de SABORIZANTE INSTANTÁNEO CON BASE EN CEBADA: Debe ser mantenido a temperatura ambiente conservación/almac (máximo 18°C) en lugar fresco y seco, protegido del sol. La vida útil del producto cerrado y herméticamente enamiento y vida útil sellado debe ser mínimo de 24 meses. Debe cumplir con el artículo 67 del RSA. del producto Una vez abierto el envase, se debe mantener cerrada la tapa y consumir antes de 30 días. terminado Calidad Sensorial

Características organolépticas

Forma Física: Debe ser un polvo propio de este tipo de producto. Una vez reconstituido con leche y una vez que esté listo para el consumo, se deberá disolver completamente sin dejar grumos. Apariencia /Aspecto: El producto en polvo y una vez reconstituido el aspecto debe ser propio de este tipo de producto, debe ser uniforme, de aspecto homogéneo y libre de defectos Color: El producto en polvo y una vez reconstituido el color debe ser uniforme, característico del producto de acuerdo al tipo de sabor declarado en el envase y libre de defectos Olor: El producto en polvo y una vez reconstituido el olor debe ser característico del producto, de acuerdo al sabor declarado en el envase, debe ser libre de defectos y libre de olores extraños Sabor: El producto en polvo y una vez reconstituido el sabor debe ser ligeramente dulce, característico del

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Evaluación Sensorial

producto según el sabor declarado en el envase y debe ser libre de sabores extraños Textura/consistencia: Propia del producto, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. El producto preparado debe disolverse completamente sin dejar grumos Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos *(g) Carbohidratos disponibles (g) Azucares totales (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg)

100g Máx. 3,0 Máx. 2,0 Mín. 3,5 Máx. 1,0 Por dif. Máx. 90,0 Máx. 1,5 Mín. 4,0 Máx. 150,0

*Excepto en el caso del sabor chocolate que tiene cacao que el máx. podrá ser de 4,0 g/100g Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 174 y Artículo 173, punto 17.1“Café y sucedáneos del café” Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.76 TÉ Características generales de la materia prima Nombre genérico Té negro en hojitas Las materias primas deben cumplir con los requisitos que establece el RSA. Aquellas mínimas obligatorios son: Té negro Grado 2 o de una calidad mejor, de acuerdo a la definición y requisitos establecidos en la Descripción NCh1244Of1977. Té (Tea sinennensis): Debe cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 452 al 453 y con la NCh1244Of1977. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud Origen de Chile. Producto Final/Terminado Todos los ingredientes seleccionados como materias primas deben ser aptos para el consumo y deben cumplir Operaciones con todo lo que se establece en el RSA y los requisitos del el grado 2 o mejor, según la NCh1244Of1977. Deben Preliminares ser sometidos al procesamiento adecuado cumpliendo las BPF y HACCP durante todo el proceso de elaboración. TÉ NEGRO EN HOJITAS: Es el producto elaborado exclusivamente con las materias primas ya descritas, las que deben ser sometidas a los procesos necesarios hasta la obtención del producto terminado, el que se presenta en forma de “hojitas”. Operaciones La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos definitivas 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada debe estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna. Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. El que se debe envasar en un material apto para éste, utilizando los materiales y tecnología apropiada, de modo que asegure la calidad Proceso de e integridad del producto, especialmente protección frente a la humedad durante toda su vida útil, que debe estar envasado y respaldado por estudios de vida útil y análisis de migración y permeabilidad. envase primario Los envases utilizados deben estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y debe cumplir con los Artículos 122 al 129. Se debe realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Tal como lo establece el Artículo 107 letra Rotulación i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. Producto El producto terminado TÉ NEGRO EN HOJITAS, está conformado exclusivamente con base en los ingredientes terminado indicados en la presente Ficha Técnica. Conservación y vida útil Forma de TÉ NEGRO EN HOJITAS. Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) en lugar fresco y seco, conservación/almac protegido del sol. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado debe ser de un mínimo de 24 enamiento y vida útil meses. Deberá cumplir con el artículo 67 del RSA. del producto El envase una vez abierto se debe consumir antes de 30 días y se debe mantener la bolsa bien cerrada. terminado Calidad Sensorial

Características organolépticas

Evaluación Sensorial

Forma Física: Del producto en hojitas: Debe ser propio del Té negro con forma de hojas pequeñas. El té una vez preparado y listo para el consumo: debe ser apropiado para este tipo de producto Aspecto: Del producto en hojitas: Debe ser el propio del Té negro y libre de defectos El Té una vez preparado listo para el consumo: debe presentar las características propias del producto esto es una infusión homogénea y libre de defectos Color: Característico del Té negro en hojitas: Opaco y libre de defectos El Té una vez preparado listo para el consumo: debe presentar el color propio de la infusión de Té y libre de defectos. Olor: Propio del Té negro en hojas y debe ser libre de defectos, libre de olores extraños El Té una vez preparado y listo para el consumo: debe poseer el olor característico de este tipo de Té negro puro y libre de defectos Sabor: Sólo se evalúa el producto preparado. La infusión de Té negro lista para el consumo: debe tener el sabor característico a Té negro puro y libre de defectos Textura/consistencia: Debe ser sólido característico del Té negro en hojas pequeñas suaves y quebradizas, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños El Té una vez preparado listo para el consumo: debe tener una consistencia líquida apropiada para el Té negro puro y su textura debe ser agradable y ligeramente áspera. Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Sodio (mg)

100g Máx. 99 Máx. 2,0 Mín. 0,1 Máx. 0,1 Por dif. Máx. 0,1 Máx. 35

Requisitos fisicoquímicos Para grado 2 o mejor son los requisitos de acuerdo a los límites establecidos en la NCh1244Of1977. Contenido de Cafeína, debe cumplir con el Artículo 453 del RSA.

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 174 y Artículo 173, punto 17.2 Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.76 PAN BLANCO Características generales de la materia prima Nombre genérico Pan elaborado con harina trigo refinada, según corresponda a la forma de presentación (Hallullas ó Marraquetas) El producto terminado debe corresponder a lo que establece el RSA en los artículos 356 a 360. Las materias primas utilizadas deben cumplir con todos los requisitos que establece el RSA y sólo se podrán usar las siguientes: HARINA DE TRIGO (Triticum aestivum): Debe cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 347, 349, 350, 351, 352, 353 y 355. Éstas podrán ser refinadas y en lo posible mezcladas con sus harinas integrales, las harinas deberán cumplir con la NCh668.EOf1969 y con la NCh88Of1977. ACEITES y GRASAS: Deben cumplir con todo lo que establece el RSA y especialmente con los Art. 247 a 264. SAL (cloruro de sodio): Deben cumplir con todo lo que establece el RSA, y específicamente con los Art. 435 a 439. Se deberá incorporar lo menos posible de modo de no sobrepasar los límites de sodio establecidos en la Descripción presente Ficha. SACAROSA (azúcar): Debe cumplir con todo lo establecido en el RSA y específicamente con el Artículo 379. Se deberá incorporar lo menos posible de modo de no sobrepasar el límite de azúcares totales establecido en los requisitos nutricionales de la presente Ficha. LEVADURA DE PANIFICACIÓN: Debe cumplir con los artículos 372 al 376 de acuerdo al RSA. AGUA: Debe cumplir con todo lo que establece el RSA y específicamente con el Artículo 469. ADITIVOS PERMITIDOS APROPIADOS PARA ESTE TIPO DE ALIMENTOS. Deben cumplir con todo lo que establece el RSA, en los artículos 130 al 157. Opcionalmente se podrá incorporar sólo el siguiente ingrediente: LECHE EN POLVO. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud Origen de Chile. Producto Final/Terminado Todos los cereales y los demás ingredientes seleccionados como materias primas deben ser aptos para el Operaciones consumo y deberán cumplir con todo lo que se establece en el RSA. Deberán ser sometidos al procesamiento Preliminares adecuado cumpliendo las BPF durante todo el proceso. PAN BLANCO. Es el producto elaborado exclusivamente con las materias primas ya descritas, las que deben ser sometidas al proceso de mezclado por el tiempo óptimo necesario de modo de cumplir con los requisitos descritos en la presente ficha, luego deben ser sometido al proceso de amasado, fermentado, dividiendo en unidades con un peso aproximado que se ajuste a lo definido en las estructuras alimentarias de las Bases de Operaciones licitación vigente y operativas, luego es horneado, enfriado y envasado en bolsas con el número de unidades definitivas que JUNAEB solicite. La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información debe estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna. Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. El producto se deberá envasar en material adecuado, utilizando los materiales y tecnología apropiada, de modo que asegure la calidad Proceso de e integridad del producto, especialmente protección frente al aplastamiento durante toda su vida útil, que debe envasado y estar respaldado por estudios de vida útil y análisis de migración y permeabilidad. envase primario Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129 Se debe realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Tal como lo establece el Artículo 107 letra Rotulación i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. Producto El producto terminado PAN BLANCO está conformado exclusivamente con base en los ingredientes indicados terminado en la presente Ficha. Conservación y vida útil Forma de conservación/ almacenamiento y vida útil del producto terminado

PAN BLANCO: Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) en lugar fresco y seco, protegido del sol. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado de un mínimo de 3 días. Deberá cumplir con el artículo 67 del RSA. El producto una vez abierto mantener la bolsa bien cerrada y consumir antes de 48 horas.

Calidad Sensorial Características organolépticas

Forma Física: Debe ser propio del producto Pan Blanco, según lo que declara en su rótulo Aspecto: Debe ser el propio de la Pan Blanco, libre de defectos Color: Propio del Pan Blanco y libre de defectos Olor: Propio del Pan Blanco, debe ser libre de defectos, libre de olores extraños

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Evaluación Sensorial

Sabor: Debe ser característico del Pan Blanco y libre de defectos Textura/consistencia: Propia del Pan Blanco fresco, sebe ser crujiente, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Grasa saturada (g) Grasa monoinsaturada (g) Grasa poliinsaturada (g) Grasa trans (g) Carbohidratos disponibles (g) Azucares totales (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg)

100g Máx. 36,0 Máx. 2,5 Mín. 8,0 Máx. 7,3 Máx. 2,0 Min. 1,0 Min. 0,8 Máx. 0,09 Por dif. Máx. 57,8 Máx. 4,0 Mín. 2,7 Máx. 580,0

Requisitos fisicoquímicos Acidez % en ácido sulfúrico calculada sobre la base de 30% de humedad (RSA, Art. 357)

Máx. 0,25

Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 173, punto 8.1 “Pan y masas horneadas sin relleno” Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.78 PAN INTEGRAL Características generales de la materia prima Nombre genérico Pan elaborado con harina trigo integral, según corresponda a la forma de presentación. (Hallullas o Marraquetas) El producto terminado debe corresponder a lo que establece el RSA en los artículos 356 a 360. Las materias primas utilizadas deben cumplir con todos los requisitos que establece el RSA y sólo e podrán usar las siguientes: HARINA DE TRIGO (Triticum aestivum): Debe cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 347, 349, 350, 351, 352, 353 y 355. Éstas podrán ser refinadas y deberán ser mezcladas con sus harinas integrales, las harinas deberán cumplir con la NCh668.EOf1969 y con la NCh88Of1977. ACEITES y GRASAS: Deben cumplir con todo lo que establece el RSA y especialmente con los Art. 247 a 264. SAL (cloruro de sodio): Deber cumplir con todo lo que establece el RSA, y específicamente con los Art. 435 a 439. Se deberá incorporar lo menos posible de modo de no sobrepasar los límites de sodio establecidos en la Descripción presente Ficha. SACAROSA (azúcar): Debe cumplir con todo lo establecido en el RSA y específicamente con el Artículo 379. Se deberá incorporar lo menos posible de modo de no sobrepasar el límite de azúcares totales establecido en los requisitos nutricionales de la presente Ficha. LEVADURA DE PANIFICACIÓN: Debe cumplir con los artículos 372 al 376 de acuerdo al RSA. AGUA: Debe cumplir con todo lo que establece el RSA y específicamente con el Artículo 469. ADITIVOS PERMITIDOS APROPIADOS PARA ESTE TIPO DE ALIMENTOS. Debe El producto terminado deberá corresponder a lo que establece el RSA en los artículos 356 a 360. Opcionalmente se podrá incorporar sólo el siguiente ingrediente: LECHE EN POLVO. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud Origen de Chile. Producto Final/Terminado Todos los cereales y los demás ingredientes seleccionados como materias primas deben ser aptos para el Operaciones consumo y deberán cumplir con todo lo que se establece en el RSA. Deben ser sometidos al procesamiento Preliminares adecuado cumpliendo las BPF durante todo el proceso. PAN INTEGRAL: Es el producto elaborado exclusivamente con las materias primas ya descritas, las que deberán ser sometidas al proceso de mezclado por el tiempo óptimo necesario de modo de cumplir con los requisitos descritos en la presente ficha, luego deben ser sometido al proceso de amasado, fermentado, se divide en unidades con un peso aproximado que se ajuste a lo definido en las estructuras alimentarias de las Operaciones Bases de licitación vigente y operativas, luego es horneado, enfriado y envasado en bolsas con el número de definitivas unidades que JUNAEB solicite. La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna. Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. El producto se deberá envasar en material adecuado, utilizando los materiales y tecnología apropiada, de modo que asegure la calidad Proceso de e integridad del producto, especialmente protección frente al aplastamiento durante toda su vida útil, que debe envasado y estar respaldado por estudios de vida útil y análisis de migración y permeabilidad. envase primario Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129 Se debe realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Tal como lo establece el Artículo 107 letra Rotulación i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. Producto El producto terminado PAN INTEGRAL está conformado exclusivamente con base en los ingredientes indicados terminado en la presente Ficha. Conservación y vida útil Forma de conservación/ almacenamiento y vida útil del producto terminado

PAN INTEGRAL: Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) en lugar fresco y seco, protegido del sol. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado de un mínimo de 3 días. Deberá cumplir con el artículo 67 del RSA. El producto una vez abierto mantener la bolsa bien cerrada y consumir antes de 48 horas.

Calidad Sensorial Forma Física: Debe ser propio del producto Pan Integral. Aspecto: Debe ser el propio de la Pan Integral, libre de defectos. Características Color: Propio del Pan Integral y libre de defectos. organolépticas Olor: Propio del Pan Integral, debe ser libre de defectos, libre de olores extraños. Sabor: Debe ser característico del Pan Integral y libre de defectos. Textura/consistencia: Propia del Pan Integral fresco, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Sensorial

Test de aceptabilidad general.

Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Grasa saturada (g) Grasa monoinsaturada (g) Grasa poliinsaturada (g) Grasa trans (g) Carbohidratos disponibles (g) Azucares totales (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg)

100g Máx. 36,0 Máx. 2,5 Mín. 8,0 Máx. 7,0 Máx. 2,0 Min. 1,1 Min. 1,0 Máx. 0,1 Por dif. Máx. 56,5 Máx. 4,0 Mín. 5,5 Máx. 500,0

Requisitos fisicoquímicos Acidez % en ácido sulfúrico calculada sobre la base de 30% de humedad (RSA, Art. 357)

Máx. 0,25

Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 173, punto 8.1 “Pan y masas horneadas sin relleno” Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.79 BASE PARA PREPARAR PAN BLANCO Características generales de la materia prima Nombre genérico Mezcla para elaborar pan blanco con base en harina de trigo y aceite/grasa. Mezcla para elaborar pan blanco con base en harina de trigo y aceite/grasa, deberá ser elaborada de tal manera que con sólo agregar el agua de acuerdo a las instrucciones del envase, permita obtener un producto de acuerdo a lo que establece el RSA en los artículos 356 a 360. Las materias primas utilizadas deben cumplir con todos los requisitos que establece el RSA y sólo se podrán usar las siguientes: HARINA DE TRIGO (Triticum aestivum): Debe cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 347, 349, 350, 351, 352, 353 y 355. Éstas podrán ser refinadas y en lo posible mezcladas con sus Descripción harinas integrales. Las harinas deberán cumplir con la NCh668.EOf1969 y con la NCh88Of1977. ACEITES y GRASAS: Deben cumplir con todo lo que establece el RSA y especialmente con los Artículos 247 a 264. SAL (cloruro de sodio): Debe cumplir con todo lo que establece el RSA, y específicamente con los Artículos 435 a 439. Se deberá incorporar lo menos posible de modo de no sobrepasar los límites de sodio establecidos en la presente Ficha. ADITIVOS PERMITIDOS APROPIADOS PARA ESTE TIPO DE ALIMENTOS: Deben cumplir con todo lo que establece el RSA, en los artículos 130 al 157. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud Origen de Chile. Producto Final/Terminado Todos los cereales y los demás ingredientes seleccionados como materias primas deben ser aptos para el Operaciones consumo y deben cumplir con todo lo que se establece en el RSA. Deben ser sometidos al procesamiento Preliminares adecuado cumpliendo las BPF durante todo el proceso. BASE PARA PREPARAR PAN BLANCO: Es el producto elaborado exclusivamente con las materias primas ya descritas, las que deberán ser sometidas al proceso de mezclado por el tiempo óptimo necesario de modo de cumplir con los requisitos hasta la obtención del producto terminado. Operaciones La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos definitivas 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna. Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. El producto se deberá envasar en material adecuado, utilizando los materiales y tecnología apropiada, de modo que asegure la calidad Proceso de e integridad del producto, especialmente protección frente al aplastamiento durante toda su vida útil, la cual debe envasado y estar respaldado por estudios de vida útil y análisis de migración y permeabilidad. Los envases utilizados envase primario deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se debe realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Tal como lo establece el Artículo 107 letra Rotulación i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. Producto El producto terminado BASE PARA PREPARAR PAN BLANCO está conformado exclusivamente con base en terminado los ingredientes indicados en la presente Ficha. Conservación y vida útil Forma de BASE PARA PREPARAR PAN BLANCO: Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) en conservación/almac lugar fresco y seco, protegido del sol. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado debe ser enamiento y vida útil mínimo de 6 meses. del producto Debe cumplir con el artículo 67 del RSA. terminado El producto una vez abierto mantener la bolsa bien cerrada en lugar fresco y seco (máx. 18°C) y consumir antes de 30 días. Calidad Sensorial

Características organolépticas

Forma Física: Debe ser propio del producto Base para preparar pan blanco, según lo que declara en su rótulo. Aspecto: Debe ser el propio de la Base para preparar pan blanco, libre de defectos Color: Propio de la Base para preparar pan blanco y libre de defectos. Olor: Propio de la Base para preparar pan blanco, debe ser libre de defectos, libre de olores extraños. Sabor: Sólo se debe evaluar en el producto una vez preparado según las instrucciones del envase y debe ser característico de la Base para preparar pan blanco y libre de defectos. Textura/consistencia: Propia de la Base para preparar pan blanco, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños.

Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Revisión: 06 del 11/02/2013 MANUAL DE FICHAS TECNICAS DE MATERIAS PRIMAS O PRODUCTOS Página: 161 de 193

Evaluación Sensorial

Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Grasa saturada (g) Grasa monoinsaturada (g) Grasa poliinsaturada (g) Grasa trans (g) Carbohidratos disponibles (g) Azucares totales (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg)

Base para preparar pan blanco 100g Máx. 15,0 Máx. 2,5 Mín. 8,0 Máx. 6,0 Máx. 1,6 Min. 1,0 Min. 2,5 Máx. 0,12 Por dif. Máx. 72,3 Máx. 0,3 Mín. 2,7 Máx. 530,0

Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 173, punto 5.1 “Harinas y almidones”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.80 BASE PARA PREPARAR PAN INTEGRAL Características generales de la materia prima Nombre genérico Mezcla para elaborar pan integral con base en harina de trigo integral y aceites/grasas. Mezcla para elaborar pan integral con base en harina de trigo integral y aceites/grasas, debe ser elaborada de tal manera que con sólo agregar el agua de acuerdo a las instrucciones del envase, permita obtener un producto de acuerdo a lo que establece el RSA en los artículos 356 a 360. Las materias primas utilizadas deben cumplir con todos los requisitos que establece el RSA y sólo se pueden usar las siguientes: HARINA DE TRIGO (Triticum aestivum): Debe cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 347, 349, 350, 351, 352, 353 y 355. Éstas pueden ser refinadas y deberán ser mezcladas Descripción con harinas integrales. Las harinas deben cumplir con la NCh668.EOf1969 y con la NCh88Of1977. ACEITES y GRASAS: Deben cumplir con todo lo que establece el RSA y especialmente con los Artículos 247 a 264. SAL (cloruro de sodio): Debe cumplir con todo lo que establece el RSA, y específicamente con los Artículos 435 a 439. Se deberá incorporar lo menos posible de modo de no sobrepasar los límites de sodio establecidos en la presente Ficha. ADITIVOS PERMITIDOS APROPIADOS PARA ESTE TIPO DE ALIMENTOS. Deben cumplir con todo lo que establece el RSA, en los artículos 130 al 157. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Origen Salud de Chile. Producto Final/Terminado Todos los cereales y los demás ingredientes seleccionados como materias primas deben ser aptos para el Operaciones consumo y deben cumplir con todo lo que se establece en el RSA. Deben ser sometidos al procesamiento Preliminares adecuado cumpliendo las BPF durante todo el proceso. BASE PARA PREPARAR PAN INTEGRAL: Es el producto elaborado exclusivamente con las materias primas ya descritas, las que deberán ser sometidas al proceso de mezclado por el tiempo óptimo necesario de modo de cumplir con los requisitos hasta la obtención del producto terminado. Operaciones La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los definitivas Artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna. Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. El producto se deberá envasar en material adecuado, utilizando los materiales y tecnología apropiada, de modo que asegure la Proceso de calidad e integridad del producto, especialmente protección frente al aplastamiento durante toda su vida útil, envasado y envase la cual debe estar respaldada por estudios de vida útil y análisis de migración y permeabilidad. primario Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se debe realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Tal como lo establece el Artículo 107 Rotulación letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. El producto terminado BASE PARA PREPARAR PAN INTEGRAL está conformado exclusivamente con base Producto terminado en los ingredientes indicados en la presente Ficha. Conservación y vida útil Forma de BASE PARA PREPARAR PAN INTEGRAL: Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) en conservación/almacen lugar fresco y seco, protegido del sol. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado debe ser amiento y vida útil del mínimo de 6 meses. producto terminado Deberá cumplir con el artículo 67 del RSA. El producto una vez abierto mantener la bolsa bien cerrada en lugar fresco y seco (máx. 18°C) y consumir antes de 30 días. Calidad Sensorial

Características organolépticas

Forma Física: Debe ser propio del producto Base para preparar Pan integral, según lo que declara en su rótulo Aspecto: Debe ser el propio de la Base para preparar Pan integral, libre de defectos Color: Propio de la Base para preparar Pan integral y libre de defectos Olor: Propio de la Base para preparar Pan integral, debe ser libre de defectos, libre de olores extraños. Sabor: Sólo se debe evaluar en el producto una vez preparado según las instrucciones del envase y debe ser característico de la Base para preparar Pan integral y libre de defectos Textura/consistencia: Propia de la Base para preparar Pan integral, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños

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Revisión: 06 del 11/02/2013 MANUAL DE FICHAS TECNICAS DE MATERIAS PRIMAS O PRODUCTOS Página: 163 de 193

Evaluación Sensorial

Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Grasa saturada (g) Grasa monoinsaturada (g) Grasa poliinsaturada (g) Grasa trans (g) Carbohidratos disponibles (g) Azucares totales (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg)

Base para preparar pan blanco 100g Máx. 15,0 Máx. 3,0 Mín. 9,0 Máx. 6,5 Máx. 1,5 Min. 0,7 Min. 2,6 Máx. 0,13 Por dif. Máx. 69,0 Máx. 0,4 Mín. 7,0 Máx. 500,0

Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 173, punto 5.1 “Harinas y almidones”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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4.81 SABORIZANTE EN POLVO Características generales de la materia prima Nombre genérico Alimento instantáneo en Polvo con “Sabor” destinado a saborizar la leche. Libre de los colorantes Tartrazina y Amarillo Crepúsculo. En la línea de puntos se debe colocar el sabor que corresponde al producto envasado. Los únicos sabores permitidos para el PAE son: Vainilla Frutilla Chocolate El producto terminado de cualquiera de los tres sabores, debe cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 395, además en el caso del sabor chocolate, debe cumplir con el Artículo 400 del RSA. Las materias primas deberán cumplir con los requisitos que establece el RSA y se podrán usar: AZÚCARES: Se puede utilizar sacarosa y otros azúcares simples, excepto fructosa, los que deben cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 377 a 383, según corresponda. La incorporación de azúcares se debe realizar cuidando de no sobrepasar los límites establecidos más adelante en la presente Ficha. ADITIVOS PERMITIDOS PARA ESTE TIPO DE ALIMENTOS. Deben cumplir con todo lo que establece el RSA, se pudiendo utilizar entre otros: Descripción SABORIZANTES/AROMATIZANTES NATURALES: Deben cumplir específicamente con el Artículo 155 del RSA. COLORANTES: Se pueden incluir de acuerdo con el Artículo 145 del RSA; excepto tartrazina (S.I.N. 102) y amarillo crepúsculo (S.I.N. 110) que están prohibidos en los alimentos del PAE. Opcionalmente se podrán incorporar: Maltodextrinas Cacao en polvo en caso del sabor chocolate Vitaminas y minerales adecuadas para este producto, en cantidades por porción de consumo, que van desde el 5% DDR hasta el 9% de la DDR. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Origen Salud de Chile. Producto Final/Terminado Toda la fruta seleccionada como materia prima debe ser apta para el consumo y para conserva de durazno, Operaciones debe cumplir con todo lo que se establece en el RSA y las Normas chilenas indicadas en la presente ficha. Preliminares Debe ser sometida al procesamiento adecuado cumpliendo las BPF durante todo el proceso. SABORIZANTE: Es el producto elaborado exclusivamente con las materias primas ya descritas en la presente Ficha, las que deben ser sometidas a los procesos necesarios hasta la obtención del producto terminado. Operaciones La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los definitivas Artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada debe estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna. Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. El que se deberá envasar en un material apto para éste, utilizando los materiales y tecnología apropiada, de modo que asegure Proceso de la calidad e integridad del producto, especialmente protección frente a la humedad durante toda su vida útil, envasado y envase que debe estar respaldado por estudios de vida útil y análisis de migración y permeabilidad. primario Los envases utilizados deben estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Debe cumplir con lo establecido en el RSA en los Artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece Rotulación el Artículo 107 letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. Además cuando se use gelatina de origen vegetal se debe declarar su presencia de acuerdo a lo establecido en el art. 402 del RSA. El producto terminado SABORIZANTE, está conformado exclusivamente con base en los ingredientes indicados en la presente Ficha. Producto terminado El producto terminado debe ser un polvo de bajo poder higroscópico, de preparación instantánea, es decir de fácil disolución o reconstitución. Conservación y vida útil Forma de SABORIZANTE: Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) en lugar fresco y seco, conservación/almac protegido del sol. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado debe ser mínimo de 12 meses. enamiento y vida útil Debe cumplir con el artículo 67 del RSA. del producto Una vez abierto el envase, se debe mantener cerrada la bolsa y consumir antes de 30 días. terminado Agregar 2 cucharadas del producto en polvo a 1 taza de leche, revolver hasta disolver completamente. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Calidad Sensorial

Características organolépticas

Evaluación Sensorial

Forma Física. Debe ser un polvo propio de este tipo de producto. Una vez reconstituido con leche y una vez que esté listo para el consumo, se debe disolver completamente sin dejar grumos. Apariencia /Aspecto: El producto en polvo y una vez reconstituido el aspecto debe ser propio de este tipo de producto, debe ser uniforme, de aspecto homogéneo y libre de defectos Color: El producto en polvo y una vez reconstituido el color debe ser uniforme, característico del producto de acuerdo al tipo de sabor declarado en el envase y libre de defectos Olor: El producto en polvo y una vez reconstituido el olor debe ser característico del producto, de acuerdo al sabor declarado en el envase, debe ser libre de defectos y libre de olores extraños Sabor: El producto en polvo y una vez reconstituido el sabor debe ser ligeramente dulce, característico del producto según el sabor declarado en el envase y debe ser libre de sabores extraños Textura/consistencia: Propia del producto, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. El producto preparado deberá disolverse completamente sin dejar grumos. Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Azucares totales (g) Sodio (mg)

100g Máx. 5,0 Máx. 2,0 Máx. 5,0 Por dif. Máx. 99,0 Máx. 99,0 Máx.180,0

Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 174 y Artículo 173, punto 4.3 “Mezclas en seco de uso instantáneo”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.82 SALSA DE TOMATES Características generales de la materia prima Nombre genérico Salsa de tomates pre-cocida sometida a esterilización comercial. Las materias primas deben cumplir con los requisitos que establece el RSA. El producto sólo podrá tener los siguientes ingredientes: TOMATES Y/O PULPA DE TOMATES: Las materias primas que se seleccionen debe cumplir con todo lo que establece el R.S.A., específicamente con los Artículos 445 y 448, por lo tanto, para la elaboración de este producto sólo se puede usar la pulpa del fruto Lycopersicum esculentum P. Mill. Se puede usar entre otras materias primas, aquellos productos que cumplan las siguientes Normas: NCh 1792Of2001 (tomates frescos), la Norma Codex STAN 13/1981 (tomates en conserva) y la Norma Codex STAN 293/2008 (variedades comerciales de tomate). CEBOLLA (Allium cepa L.): Debe cumplir con todo lo que establece el R.S.A. y específicamente con el Título I párrafo 3 Artículos 15 al 21. Para elaboración de este producto sólo se puede usar las cebollas que cumplan con la Norma Chilena NCh1569Of2000 de acuerdo a la variedad que se utilice. ZANAHORIA (Daucus Carota): Debe cumplir con todo lo que establece el RSA y específicamente con el Título I párrafo 3 Artículos 15 al 21. SAL (cloruro de sodio): Debe cumplir con todo lo que establece el RSA, y específicamente con los Artículos 435 Descripción a 439. Se deberá incorporar cuidando de no sobrepasar los límites de sodio establecidos en la presente Ficha. ACEITES VEGETALES: Se pueden usar aquellos permitidos en el Artículo 251 del RSA, teniendo cuidado de seleccionar aquellos que cumplan con los requisitos del perfil de lípidos descrito en la presente Ficha Técnica. Opcionalmente el producto sólo puede contener los siguientes ingredientes: AJO (bulbo del Allium sativum): Se puede usar sólo según las BPF y de acuerdo a la edad del grupo objetivo al que va dirigido el producto final. Este ingrediente, deberá cumplir con el RSA. ESPECIAS/CONDIMENTOS: Se pueden utilizar aquellos que cumplan con todo lo que establece el RSA específicamente con los Artículos 430 al 433. Se puede usar sólo según las BPF y de acuerdo a la edad del grupo objetivo al que va dirigido el producto final. PEREJIL (hojas de Petroselinum crispum (Mill.): Se puede usar sólo según las BPF y de acuerdo a la edad del grupo objetivo al que va dirigido el producto final. Este ingrediente, debe cumplir con el RSA. ADITIVOS PERMITIDOS APROPIADOS PARA ESTE TIPO DE PRODUCTO: Deben cumplir con todo lo que establece el RSA, entre éstos sólo se pueden utilizar: emulsionantes, reguladores de acidez, estabilizantes de pH y antioxidantes. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud Origen de Chile. Producto Final/Terminado Todos los ingredientes seleccionados como materias primas deben ser aptos para el consumo y deben cumplir Operaciones con todo lo que se establece en el RSA. Deben ser seleccionados de modo que cumplan con los requisitos Preliminares mínimos exigidos de calidad de modo que el producto terminado cumpla con todos los requisitos establecidos en la presente Ficha. Dichos ingredientes deben ser sometidos a los procesos adecuados para este producto. SALSA DE TOMATES. Es el producto elaborado exclusivamente con las materias primas descritas en la presente Ficha. Una vez que todos los ingredientes del producto se encuentran en las condiciones apropiadas para ser mezcladas, pasan al proceso de mezclado. Operaciones La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos definitivas 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna. El producto terminado SALSA DE TOMATES, se debe envasar utilizando bolsas pouch (envases retortables termotratables), envases trilaminados, tarros de hojalata u otra tecnología apropiada, de modo que asegure la Proceso de calidad, integridad del producto y la esterilización comercial durante toda su vida útil, que debe estar respaldado envasado y por estudios de vida útil y análisis de migración y permeabilidad. envase primario Los envases utilizados deben estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se debe realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Tal como lo establece el Artículo 107 Rotulación letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. El producto final SALSA DE TOMATES, está conformado exclusivamente con base a los ingredientes indicados en la presente Ficha Técnica. El producto terminado debe cumplir con los requisitos establecidos en el RSA en los Artículos 408 a 420. Producto El producto es sometido al proceso adecuado según el tipo de envase, así por ejemplo, en el caso que como terminado envase se usan Bolsas Pouch, este producto debe ser sometido a cocción, una vez envasado en dichas bolsas (bolsas termotratables, diseñadas para cocción y aptas para esta mezcla de alimentos), las que son cerradas y herméticamente selladas, utilizando la tecnología apropiada y aplicando el proceso adecuado para obtener esterilización comercial. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Conservación y vida útil Forma de SALSA DE TOMATES: Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) en lugar fresco y seco, conservación/alma protegido del sol. cenamiento y vida La vida útil del producto sellado debe ser de 12 meses a 24 meses, lo que dependerá del tipo de envase y útil del producto tecnología usada. El elaborador del producto debe indicar la vida útil real del producto cerrado y del producto terminado una vez abierto. Debe cumplir con el artículo 67 del RSA. Forma El producto si está envasado en bolsas pouch, se debe re-termalizar aplicando una temperatura tal que en el recomendable de centro del alimento alcance como mínimo 70ºC por un tiempo adecuado según la BPF, posteriormente abrir el uso envase y usar. En aquellos productos envasados en envases trilaminados o en tarros de hojalata deberán ser extraídos de su envase y luego calentados de modo de alcanzar una temperatura de 70°C. Calidad Sensorial

Características organolépticas

Evaluación Sensorial

Forma Física: Debe ser propia de la Salsa de Tomates, y dependiente del tipo de ingredientes usados en su preparación. Aspecto: Debe ser el propio de la Salsa de Tomates, libre de defectos y debe cumplir con los requisitos de calidad propios de este producto y de acuerdo a sus ingredientes Color: Rojo característico, propio de la Salsa de Tomates, debe ser libre de defectos y debe cumplir con los requisitos de acuerdo a sus ingredientes. Olor: Propio de la Salsa de Tomates, debe ser libre de defectos y libre de olores extraños. Sabor: Propio de la Salsa de Tomates, debe ser de acuerdo a los ingredientes que declara en el envase y libre de defectos. Textura/consistencia: Propia de la Salsa de Tomates, semilíquido, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Azucares totales (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg)

100g Máx. 87,0 Máx. 3,0 Mín. 1,0 Máx. 5,0 Por dif. Máx. 13,0 Máx. 2,6 Mín. 0,5 Máx. 390,0

Requisitos fisicoquímicos Sólidos solubles % Acidez total % (como ácido cítrico anhidro)

Mín. 14 Máx. 2,5

Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 174 y 173 punto 14.7 Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.83 PASTAS SECAS Características generales de la materia prima Nombre genérico Tallarines, Fideos espirales, Fideos corbatitas, Cabellos de ángel, Quifaros (nombre según forma de la pasta) El producto terminado debe cumplir con los requisitos establecidos en el RSA en los Artículos 361, 362 y 367; además si rotulan “enriquecidos” deben cumplir con el artículo 363 y si rotulan “al huevo” deben cumplir con el artículo 364. Las materias primas deben cumplir con todos los requisitos que establece el RSA y sólo e podrán usar las siguientes: Descripción HARINA DE TRIGO (Triticum aestivum). Debe cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 347, 349, 350, 351, 352, 353 y 355. Éstas podrán ser refinadas y en lo posible mezcladas con sus harinas integrales. Otros ingredientes que se pueden usar opcionalmente: HUEVO ENTERO frescos o deshidratados. Deben cumplir con todo lo que establece el RSA, y específicamente con los Artículos 336 a 345. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud Origen de Chile. Producto Final/Terminado Todos los ingredientes seleccionados como materias primas deben ser aptos para el consumo y deben Operaciones cumplir con todo lo que se establece en el RSA. Deben ser sometidos al procesamiento adecuado Preliminares cumpliendo las BPF durante todo el proceso. Tallarines, Fideos espirales, Fideos corbatitas, Cabellos de ángel, Quifaros. Es el producto elaborado exclusivamente con las materias primas ya descritas, las que deben ser sometidas a los procesos necesarios hasta la obtención del producto terminado. Operaciones La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los definitivas Artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deben estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna. El producto terminado se debe someter al proceso de envasado. El producto se debe envasar en material apropiado, utilizando los materiales y tecnología adecuada, de modo que asegure la calidad e integridad del Proceso de producto, durante toda su vida útil, que debe estar respaldado por estudios de vida útil y análisis de migración envasado y envase y permeabilidad, especialmente protección frente al aplastamiento. primario Los envases utilizados deben estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y deben cumplir con los Artículos 122 al 129. Se debe realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Tal como lo establece el Artículo 107 Rotulación letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. El producto terminado está conformado exclusivamente con base en los ingredientes indicados en la presente Producto terminado Ficha. Se podrá presentar en formatos de 1 kg o 400 g u otro apropiado para el PAE. Conservación y vida útil Forma de Tallarines, Fideos espirales, Fideos corbatita, Cabellos de ángel, Quifaros. conservación/almacena Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) en lugar fresco y seco, protegido del sol. La miento y vida útil del vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado debe ser mínimo de 48 meses. producto terminado Debe cumplir con el artículo 67 del RSA. Forma recomendable de El producto antes de consumir se debe cocinar en agua hirviendo con un mínimo de sal durante un tiempo uso máximo de 8 a 10 minutos depende del tipo de pasta y se recomienda cocción “al dente”, es decir punto óptimo de cocción para las pastas, de modo de mantener las propiedades saludables propias del almidón. Calidad Sensorial

Características organolépticas

Evaluación Sensorial

Forma Física: Debe ser propio del producto de acuerdo a lo que declara en su rótulo Aspecto: Debe ser el propio del producto de acuerdo a lo que declara en su rótulo y libre de defectos Color: Propio del producto de acuerdo a lo que declara en su rótulo y libre de defectos Olor: Propio del producto de acuerdo a lo que declara en su rótulo, debe ser libre de defectos y libre de olores extraños. Sabor: Sólo se evalúa en el producto cocido y debe ser característica del producto de acuerdo a lo que declara en su rótulo y libre de defectos Textura/consistencia: Propia del producto de acuerdo a lo que declara en su rótulo, libre de defectos y de partículas o cuerpos extraños. Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Grasa saturada (g) Grasa monoinsaturada (g) Grasa poliinsaturada (g) Carbohidratos disponibles (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg)

100g Máx. 11,6 Máx. 1,5 Mín. 10 Máx. 2,0 Máx. 0,5 Min. 0,5 Min. 1,5 Por dif. Máx. 70,0 Mín. 3,5 Máx. 10,0

Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 173, punto 5.3 “Fideos y pastas rellenas desecadas”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.84 SALSA PARA POSTRES Características generales de la materia prima Nombre genérico Salsa para postres lista para el consumo. Los únicos sabores permitidos para el PAE son: Frambuesa / Berries Caramelo Chocolate Libre de los colorantes Tartrazina y Amarillo Crepúsculo 36% de reducción de azúcares respecto a la salsa tradicional En la línea de puntos se debe colocar el sabor que corresponde al producto envasado. El producto terminado de cualquiera de los tres sabores, deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 395, además en el caso del sabor chocolate, deberá cumplir con el Artículo 400 del RSA. Las materias primas deben cumplir con los requisitos que establece el RSA y se pueden usar: AZÚCARES: Se puede utilizar sacarosa y otros azúcares simples, excepto fructosa, los que deben cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 377 a 383, según corresponda. La incorporación de azúcares se debe realizar cuidando de no sobrepasar los límites establecidos más adelante en la presente Ficha. ADITIVOS PERMITIDOS PARA ESTE TIPO DE ALIMENTOS. Deben cumplir con todo lo que establece el RSA, se pueden utilizar entre otros: Descripción SABORIZANTES/AROMATIZANTES NATURALES: Deben cumplir específicamente con el Art. 155 del RSA. COLORANTES: Se pueden incluir de acuerdo con el Artículo 145 del RSA; excepto tartrazina (S.I.N. 102) y amarillo crepúsculo (S.I.N. 110) que están prohibidos en los alimentos del PAE. Opcionalmente se puede agregar: Maltodextrinas Pulpas de frutas Nacional o Importada (siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud Origen de Chile). Producto Final/Terminado Todos los ingredientes usados como materias primas deben ser aptos para el consumo y deberán cumplir con Operaciones todo lo que se establece en el RSA. Deberán ser sometidos al procesamiento adecuado cumpliendo las BPF y Preliminares Control de Calidad durante todo el proceso de elaboración. SALSA PARA POSTRES LISTA PARA EL CONSUMO: Es el producto líquido elaborado exclusivamente con las materias primas ya descritas en la presente Ficha, las que deberán ser sometidas a los procesos necesarios hasta la obtención del producto terminado. Operaciones La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos definitivas 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna. Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. El que se deberá envasar en un material apto para éste, utilizando los materiales y tecnología apropiada, de modo que asegure la calidad Proceso de e integridad del producto, especialmente protección frente a la humedad durante toda su vida útil, que debe estar envasado y respaldado por estudios de vida útil y análisis de migración y permeabilidad. envase primario Los envases utilizados deben estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y deben cumplir con los Artículos 122 al 129. Debe cumplir con lo establecido en el RSA en los Artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación Artículo 107 letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. Además cuando se use gelatina de origen vegetal se deberá declarar su presencia de acuerdo a lo establecido en el art. 402 del RSA. El producto terminado: SALSA PARA POSTRES LISTA PARA EL CONSUMO, es un líquido que está Producto conformado exclusivamente con base en los ingredientes indicados en la presente Ficha. terminado El producto terminado deberá ser un polvo de bajo poder higroscópico, de preparación instantánea, es decir de fácil disolución o reconstitución. Conservación y vida útil Forma de SALSA PARA POSTRES LISTA PARA EL CONSUMO: Debe ser mantenido a temperatura ambiente conservación/almacen (máximo 18°C) en lugar fresco y seco, protegido del sol. La vida útil del producto cerrado y herméticamente amiento y vida útil del sellado debe ser mínimo de 6 meses. Una vez abierto el envase, se debe mantener el envase cerrado y producto terminado refrigerado a entre 1 a 4°C y consumir antes de 30 días. Deberá cumplir con el artículo 67 del RSA.

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Calidad Sensorial

Características organolépticas

Evaluación Sensorial

Forma Física: Producto líquido listo para el consumo, no debe presentar grumos ni partículas sólidas. Apariencia /Aspecto: El producto líquido debe tener el aspecto propio de acuerdo al sabor declarado en el envase, debe ser uniforme, de aspecto homogéneo y libre de defectos. Color: El color debe ser de acuerdo al sabor declarado en el envase, debe ser uniforme y libre de defectos. Olor: El olor debe ser característico del producto y de acuerdo al sabor declarado en el envase, debe ser libre de defectos y libre de olores extraños. Sabor: El sabor debe ser ligeramente dulce, característico del producto según el sabor declarado en el envase y debe ser libre de sabores extraños. Textura/consistencia: Propia del producto, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. El producto líquido no debe presentar grumos. Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Azucares totales (g) Sodio (mg)

100g Máx. 55,0 Máx. 3,5 Máx. 0,1 Por dif. Máx. 56,5 Máx. 56,6 Máx. 50,0

Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 174 y Artículo 173, punto 6.1 Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.85 HUEVOS Características generales de la materia prima Nombre Huevos, enteros y crudos. Pudiendo ser “frescos” o “conservados en lugar fresco” o “refrigerados”. Según genérico corresponda o establece el RSA en los Artículos 337 a 339. Las materias primas deben cumplir con los requisitos que establece el RSA, con la NCh 1504OF1979 y aquellos que cumplan con un peso mayor de 47 g a 54 g según la NCh1376Of1978, es decir aquellos clasificados en la Categoría “Mediano” o “Segunda”. Además se pueden seleccionar los que cumplan los siguientes requisitos: HUEVOS DE GALLINA: Los que deben cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos Descripción 336 a 341. Se podrán usar los siguientes tipos de huevos según su conservación y siempre que cumplan con los requisitos exigidos en cada categoría:  Huevos frescos: que cumplan con el artículo 337 según el RSA. Estos se deberán rotular como “Huevos frescos.  Huevos conservados: que cumplan con el artículo 338 según el RSA.  Huevos refrigerados: que cumplan con el artículo 339 según el RSA. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Origen Chile. Producto Final/Terminado Todos los huevos de gallina seleccionados como materias primas deben ser aptos para el consumo y deben cumplir Operaciones con todo lo que se establece en el RSA. Deben ser sometidos al procesamiento adecuado cumpliendo las BPF y Preliminares Control de Calidad durante todo el proceso de elaboración. HUEVOS ENTEROS Y CRUDOS. Corresponde al producto final que cumpla con los requisitos de peso indicados en la presente Ficha, y podrá contener sólo uno de los tres tipos de huevos permitidos según la forma de conservación Operaciones ya descritas en la presente Ficha. definitivas El producto final debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada debe estar a disposición del PAE /JUNAEB de manera actualizada y oportuna. Una vez seleccionados los huevos según peso y forma de conservación, se deben someter al proceso de envasado. Proceso de El que se debe envasar en un material apto para éste, utilizando los materiales y tecnología apropiada, de modo que envasado y asegure la calidad e integridad del producto especialmente protección frente a la humedad, golpes durante toda su envase vida útil, la cual debe estar respaldado por estudios de vida útil y análisis de migración y permeabilidad. Los envases primario utilizados deben estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129 y el Artículo 340 del RSA. Debe cumplir con lo establecido en el RSA en los Artículos 106 al 121 y con los Artículos 338 y 339. Se enfatiza que Rotulación tal como lo establece el Artículo 107 letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo que debe ser bien cocido. Producto El producto terminado: HUEVOS ENTEROS Y CRUDOS, es un producto que está conformado exclusivamente con terminado base en los ingredientes indicados en la presente Ficha. Conservación y vida útil Forma de HUEVOS ENTEROS Y CRUDOS. En el envase el elaborador deberá colocar uno de los 3 tipos de huevos, conservación/ que difieren en su forma de conservación y vida útil, tal como se indica a continuación: almacenamiento y Huevos frescos: Deben ser mantenidos a temperatura ambiente (máximo 18°C) en lugar fresco y seco, vida útil del protegido del sol. La vida útil del producto envasado es de 8 días. producto terminado Huevos conservados en lugar fresco: Deben ser mantenidos a temperatura ambiente (máximo 18°C) en lugar fresco y seco, protegido del sol. La vida útil del producto envasado es de máx. 30 días. Huevos refrigerados: Deben ser mantenidos a temperatura ambiente (máximo 18°C) en lugar fresco y seco, protegido del sol. La vida útil del producto envasado puede ser más de 30 días y debe ser rotulada en el envase por el elaborador. Calidad Sensorial Forma Física: Debe presentar la forma propia del huevo entero, no debe presentar manchas ni trizaduras la cáscara debe estar íntegra. Apariencia /Aspecto: El producto debe tener el aspecto propio del huevo entero crudo y libre de defectos Color: El color debe ser del huevo entero crudo, debe ser uniforme y libre de defectos, en una submuestra se Características debe partir el huevo y evaluar las características de la clara y de la yema organolépticas Olor: El olor debe ser característico del huevo entero crudo y debe ser libre de defectos y libre de olores extraños Sabor: El sabor debe ser ligeramente dulce, característico del producto según el sabor declarado en el envase y debe ser libre de sabores extraños Textura/consistencia: Propia del producto, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. El producto líquido no debe presentar grumos. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Evaluación Sensorial

Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Grasa saturada (g) Grasa mono--insaturada (g) Grasa poli-insaturada (g) Grasa trans (g) Carbohidratos disponibles (g) Sodio (mg)

100g Máx. 72,0 Máx. 1,1 Mín. 11,5 Máx. 11,0 Máx. 3,8 Min. 5,2 Min. 2,0 Máx. 0,0 Por dif. Máx. 2,5 Máx. 140,0

Requisitos fisicoquímicos Los huevos deben cumplir con los siguientes requisitos según el tipo a) de producto: b) c)

Huevos frescos. Cámara de aire: Máx. 8 mm. Huevos conservados en lugar fresco. Cámara de aire máx. 10 mm. Huevos refrigerados. Cámara de aire: máx. 10 mm y el pH de clara máx. 8,8 y el pH de yema máx. 6,9.

Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 174 y Artículo 173, punto 12.2 Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.86 BEBIDA LÁCTEA CON SABOR (TETRA) Características generales de la materia prima Nombre genérico Leche semi-descremada con sabor. Este producto se puede presentar en 3 variedades de sabor, donde todos los ingredientes serán idénticos y sólo podrá cambiar el saborizante/aromatizante. El producto terminado debe cumplir con todo lo que establece el RSA y en especial con los requisitos que establece con el Artículo 213, y sólo puede tener las siguientes materias primas o ingredientes: LECHE FLUIDA y/o EN POLVO: Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA y específicamente con el Título VIII Artículos 197 al 212 y artículos 216 al 218. Las leches usadas como materias primas deberán cumplir con NCh3052Of2007, NCh1677Of2008, y con la NCh1013Of2008. SABORIZANTE/ AROMATIZANTE: Se seleccionarán de preferencia aquellos naturales, los que deberán cumplir con todo lo que establece el RSA y serán provenientes de: Vainilla olanifolia en sabor vainilla Teobroma cacao en sabor chocolate Descripción Fragaria vesca en sabor frutilla El producto podrá tener opcionalmente sólo los siguientes: SACAROSA: Deberá cumplir con todo lo establecido en el RSA, y específicamente con el Artículo 379. Su cantidad deberá ser incorporada de modo de no sobrepasar los límites de azúcares totales establecidos en la presente ficha. Se permitirá el uso de edulcorantes autorizados por el RSA actualizado y vigente, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 146. El porcentaje a utilizar será en reemplazo de una parte de la sacarosa requerida. No se permite el uso de Aspartame y de preferencia a utilizar son los edulcorantes de tipo natural. ADITIVOS ESTABILIZANTES: Sólo se puede incorporar aquellos permitidos por el RSA. Se prohíbe el uso de otros aditivos como colorantes, etc. Nacional o Importada (siempre que provenga de las Plantas que el SAG autoriza y que tenga Resolución de Origen Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile). Tipos de Leches Se pueden usar los siguientes tipos de materias primas, cuidando que se cumpla con todos los requisitos de permitidas como composición química descritos en la presente Ficha : materias primas para - Leche fluida: La leche que se seleccione debe cumplir con el artículo 203, y debe ser sometida a la elaboración tratamiento adecuado para que la grasa final del producto quede dentro de los límites establecidos en la presente Ficha. - Leche en polvo: Las leches que se seleccionen deben cumplir con lo que establece el art. 205 del RSA. Producto Final/Terminado Todas las leches e ingredientes seleccionados para la elaboración, deben ser aptos para el consumo y Operaciones deberán cumplir con todo lo que establece en el RSA. Se deberá estandarizar el contenido de grasa y Preliminares proteínas de modo que cumpla los requisitos exigidos en la presente Ficha, si es necesario, realizar la mezcla apropiada y usar la tecnología apropiada para obtener un producto de óptima aceptabilidad. BEBIDA LÁCTEA CON SABOR: Es el producto elaborado con las materias primas descritas en la presente Ficha. Dichos ingredientes son sometidos al proceso de mezclado, donde se debe cuidar especialmente de Operaciones alcanzar el tiempo óptimo de mezclado y aplicar el procedimiento de incorporación de ingredientes de definitivas acuerdo a las BPF, de modo que el producto final tenga una composición química homogénea y según se describe en la presente Ficha. Una vez que se tiene el producto mezclado y que cumple todos los requisitos exigidos en la presente Ficha, Proceso de el producto es sometido al proceso de UHT y luego debe ser envasado en envases tetrapack con capacidad envasado y envase para una porción de 200 ml. primario Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (artículo 14 letra H) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA (actualizado y vigente) artículos 106 al 121. Se enfatiza Rotulación que tal como lo establece el artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. El producto terminado BEBIDA LÁCTEA CON SABOR, está conformado exclusivamente con los ingredientes Producto terminado indicados en la presente Ficha.

Conservación y vida útil Forma de BEBIDA LÁCTEA CON SABOR: Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) en conservación/almacenamiento y lugar fresco y seco, protegido del sol. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado vida útil del producto terminado es de un mínimo de 6 meses. Debe cumplir con el artículo 67 del RSA. Forma recomendable de uso El producto una vez abierto se debe mantener refrigerado y consumir antes de 4 días. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Calidad Sensorial Características Forma Física: Líquido con características propias de la leche con saborizantes/ aromatizantes y libre de defectos. organolépticas Aspecto: Debe ser el propio de la leche con saborizantes/ aromatizantes de acuerdo al sabor declarado y libre de defectos. Color: Propio de la leche con saborizantes /aromatizantes, de acuerdo al sabor declarado en el envase y debe ser libre de defectos. Su color deberá ser de acuerdo al saborizante agregado tal como se muestra a continuación: Color del producto para cada sabor: Vainilla Chocolate Frutilla Color amarillo pálido Color marrón Color rosado claro

Evaluación Sensorial

Olor: Propio de leche con saborizantes/aromatizantes, debe ser libre de defectos, libre de olor a rancio y libre de olores extraños. Deberá tener el olor característico según el saborizante/ aromatizante usado, tal como se muestra a continuación: En sabor vainilla olor/aroma: vainilla (Vainilla olanifolia) En sabor chocolate  olor/aroma: cacao (Teobroma cacao) En sabor frutilla olor/aroma: frutilla (Fragaria vesca) Sabor: Propio de la leche en polvo, azúcar, colorantes y saborizantes/aromatizantes, debe ser libre de defectos, libre de sabores extraños. Debe tener el sabor propio según el saborizante/aromatizante agregado obtenido de: Vainilla olanifolia en sabor vainilla Teobroma cacao en sabor chocolate Fragaria vesca en sabor frutilla Textura: Propia de la leche con saborizantes/aromatizantes, debe ser homogéneo, libre de defectos y partículas o cuerpos extraños. Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

Calidad Nutricional Requisitos nutricionales 100g Humedad (g) Máx. 87,0 Cenizas (g) Máx. 0,9 Proteínas (g) Mín. 2,7 Lípidos (g) Máx. 1,7 Grasa saturada* (g) Máx. 1,0 Grasa monoinsaturada (g) Mín. 0,4 Grasa poliinsaturada (g) Mín. 0,04 Grasas trans (g) Máx. 0,03 Carbohidratos disponibles (g) Por dif. Máx. 10,5 Azucares totales (g) Máx. 10,5 Sodio (mg) Máx. 60,0 *Excepto en el caso del sabor chocolate que incorporen cacao podrá presentar en lípidos hasta un máximo de 2 g/100 ml y en grasa saturada hasta un máximo de 1,2 g/100 ml. Requisitos fisicoquímicos Acidez (NaOH 0,1 N) Artículo 216 del RSA

Máx. 18

Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece RSA en el artículo 173 punto 1.4 Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.87 NÉCTAR INDIVIDUAL (LARGA VIDA) Características generales de la materia prima Nombre genérico Néctar de “el nombre de la fruta que corresponda” El producto terminado debe cumplir con los requisitos que establece el RSA en el artículo 485, 486, 487, además debe cumplir con todo lo establecido en la NCh2790Of2003, excepto en su composición química y de nutrientes que debe cumplir con lo establecido en la presente Ficha. Dicho producto sólo puede ser elaborado con los siguientes ingredientes: NARANJA (Citrus sinennsis): Debe cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 15 al 21. Además para el control de calidad en la selección de la materia prima, deberá cumplir con la Norma de muestreo NCh1426Of1980. DURAZNO (Prunus persica): Debe cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 15 al 21. DAMASCO (Prunus armeniaca): Debe cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 15 al 21. PIÑA (Ananas comosus): Debe cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 15 al 21. SACAROSA: Debe cumplir con todo lo establecido en el RSA, y específicamente con el Artículo 379. Cuando sea necesario, incorporar lo menos posible de modo que quede con un sabor ligeramente dulce. La cantidad máxima a adicionar debe ser de acuerdo a los límites indicados en la presente Ficha. Se permitirá el uso de Descripción edulcorantes autorizados por el RSA actualizado y vigente, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 146. El porcentaje a utilizar será en reemplazo de una parte de la sacarosa requerida. No se permite el uso de Aspartame y de preferencia a utilizar son los edulcorantes de tipo natural.

Origen

Opcionalmente si es necesario sólo se podrán usar los siguientes aditivos: ÁCIDO CÍTRICO (S.I.N 330): debe cumplir con todo lo que establece el RSA específicamente con el Artículo 140. ÁCIDO ASCÓRBICO (S.I.N. 300): debe cumplir con todo lo que establece el RSA específicamente con el Artículo 140. CARBOXIMETIL CELULOSA (S.I.N 468): debe cumplir con todo lo que establece el RSA específicamente con el Artículo 150. BENZOATO DE SODIO (S.I.N 211): debe cumplir con todo lo que establece el RSA específicamente con el Artículo 154. SORBATO DE POTASIO (S.I.N 202): debe cumplir con todo lo que establece el RSA específicamente con el Artículo 154. SABORIZANTES/AROMATIZANTES NATURALES O IDÉNTICO A NATURAL: debe cumplir con todo lo que establece el RSA específicamente con el Artículo 155. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile.

Producto Final/Terminado Todos los ingredientes seleccionados como materias primas, deben ser aptas para el consumo y deberán cumplir Operaciones con todo lo que se establece en el RSA. Deberán ser sometidas al proceso de eliminación de todas las partes no Preliminares comestibles y luego al proceso de limpieza, cumpliendo las BPF durante todo el proceso. NÉCTAR: Es el producto obtenido aplicando las BPF y elaborado con las materias primas descritas, las que después son sometidas al proceso de limpieza, corte, prensado, mezcla con otros ingredientes y todo el procesamiento necesario y adecuado hasta la obtención de un néctar listo para el consumo. Operaciones La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos definitivas 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna. Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. El producto se debe Proceso de envasar usando como envase primario un envase individual de tipo tetrapack u otro similar con una capacidad de envasado y 200 ml, utilizando los materiales y tecnología apropiada, de modo que asegure la calidad e integridad del producto envase primario durante toda su vida útil, la cual debe estar respaldado por estudios de vida útil y análisis de migración y permeabilidad. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación artículo 107 letra l) se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. Producto El producto terminado NÉCTAR, está conformado exclusivamente con base en los ingredientes indicados en la terminado presente Ficha. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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Conservación y vida útil Forma de conservación/almacenamiento y vida útil del producto terminado

NÉCTAR: Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) en lugar fresco y seco, protegido del sol. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado debe ser declarado en el envase, la que debe ser como mínimo de 8 meses y el producto una vez abierto debe mantenerse refrigerado a 1°C a 4°C y consumir antes de 72 horas. Debe cumplir con el artículo 67 del RSA. Producto listo para el consumo. Envase individual = 1 porción =200 ml =1 vaso

Calidad Sensorial

Características organolépticas

Evaluación Sensorial

Forma Física: Líquido listo para el consumo propio del néctar Aspecto: Debe ser el propio del néctar, libre de defectos Color: Opaco, propio del néctar y libre de defectos. Olor: Propio del néctar y debe ser libre de defectos, libre de olores extraños. Sabor: Propio del néctar ligeramente dulce, con un equilibrio entre dulzor y acidez propio para este producto. Textura/consistencia: Propio del néctar, suave libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Azucares totales (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg)

100g Máx. 97,0 Máx. 0,2 Mín. 0,0 Máx. 0,2 Por dif. Máx. 22,0 Máx. 22,0 Mín. 0,0 Máx. 35,0

Requisitos fisicoquímicos pH

3,6 a 3,8

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con lo que establece RSA en el Artículo 174 y Artículo 173 punto 14.6. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.88 SUCEDÁNEO DE JUGO DE LIMÓN Características generales de la materia prima Nombre genérico Alimento con base en agua, acidulantes y sabor a limón listo para el consumo. El producto terminado debe cumplir con todo lo que establece el RSA. Las materias primas utilizadas debe cumplir con los requisitos que establece el RSA y se podrá usar: AGUA. El agua utilizada en la elaboración del producto, debe cumplir con el Artículo 469. ADITIVOS PERMITIDOS PARA ESTE TIPO DE ALIMENTOS. Deben cumplir con todo lo que establece el RSA, entre otros se pueden usar: Descripción ACIDO CÍTRICO CITRATO DE SODIO SABORIZANTES/AROMATIZANTES NATURALES. Deberán cumplir específicamente con el Artículo 155 del RSA. COLORANTES. Se podrán incluir de acuerdo con el Artículo 145 del RSA; excepto tartrazina (S.I.N. 102) y amarillo crepúsculo (S.I.N. 110) que están prohibidos en los alimentos del PAE. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Origen Salud de Chile. Producto Final/Terminado Todos los ingredientes usados como materias primas deben ser aptos para el consumo y deberán cumplir Operaciones con todo lo que se establece en el RSA. Deberán ser sometidos al procesamiento adecuado cumpliendo las Preliminares BPF y Control de Calidad durante todo el proceso de elaboración. SUCEDÁNEO DE JUGO DE LIMÓN: Es el producto elaborado exclusivamente con las materias primas ya descritas en la presente Ficha, las que deben ser sometidas a los procesos necesarios hasta la obtención del producto terminado. Operaciones La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los definitivas Artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna. Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. El que se debe envasar en un material apto para éste, utilizando los materiales y tecnología apropiada, de modo que asegure Proceso de la calidad e integridad del producto, especialmente protección frente a la humedad durante toda su vida útil, la envasado y envase cual debe estar respaldada por estudios de vida útil y análisis de migración y permeabilidad. primario Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Debe cumplir con lo establecido en el RSA en los Artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece Rotulación el Artículo 107 letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. El producto terminado SUCEDÁNEO DE JUGO DE LIMÓN, está conformado exclusivamente con base en los Producto terminado ingredientes indicados en la presente Ficha. Conservación y vida útil Forma de SUCEDÁNEO DE JUGO DE LIMÓN: Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) conservación/almacenamiento y en lugar fresco y seco, protegido del sol. La vida útil del producto cerrado y herméticamente vida útil del producto terminado sellado debe ser mínimo de 12 meses. Debe cumplir con el artículo 67 del RSA. Forma recomendable de uso Una vez abierto el envase, se debe mantener refrigerado (1° a 4°C) con la tapa bien cerrada y consumir antes de 30 días. Calidad Sensorial

Características organolépticas

Evaluación Sensorial

Forma Física. Líquido listo para el consumo, sin separación de fases y libre de defectos. Apariencia /Aspecto: El producto líquido debe tener las características propias de este tipo de producto, debe ser uniforme, de aspecto homogéneo y libre de defectos. Color. El color debe ser uniforme, característico del producto de acuerdo a su naturaleza y libre de defectos. Olor. El olor debe ser característico del producto, debe ser libre de defectos y libre de olores extraños. Sabor. El sabor debe ser ligeramente ácido y semejante al jugo de limón y debe ser libre de defectos y sabores extraños. Textura/consistencia. Propia del producto, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Sodio (mg)

100g Máx. 23 Máx. 2,0 Mín. 0,0 Máx. 0,5 Por dif. Máx. 0,5 Máx. 230,0

Requisitos fisicoquímicos pH Acidez % (expresada como ácido cítrico)

2,0 a 2,5 3,5 a 4,5

Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 174 y Artículo 173, punto 13.2

Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.89 BARRA DE CEREALES Características generales de la materia prima Nombre genérico Alimento con base en cereales con forma de Barra Sabor Chocolate Alimento con base en cereales con forma de Barra Sabor Berries Alimento con base en cereales con forma de Barra Sabor Miel También podrá presentarse en otros sabores y pueden tener agregado de pulpa de frutas, yogurt y otros que estime conveniente el PAE. Las materias primas deben cumplir con todos los requisitos que establece el RSA y sólo se pueden usar las siguientes: Proporción mínima obligatoria de la sumatoria de cereales debe ser de un 40% m/m, de modo que cumpla con el perfil de composición de nutrientes indicada en la presente ficha. Se puede incluir una o más de las siguientes harinas de cereales: HARINA DE AVENA (Avena sativa). Debe cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 348 y 355. Éstas podrán ser refinadas y en lo posible mezcladas con sus harinas integrales. HARINA DE MAÍZ (Zea mays). Debe cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 348 y 355. Éstas podrán ser refinadas y en lo posible mezcladas con sus harinas integrales. HARINA DE TRIGO (Triticum aestivum). Debe cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 347, 349, 350, 351, 352, 353 y 355. Éstas podrán ser refinadas y en lo posible mezcladas con sus harinas integrales. HARINA DE ARROZ (Oryza sativa). Debe cumplir con todo lo que establece el RSA, específicamente con los Artículos 348 y 355. Éstas podrán ser refinadas y en lo posible mezcladas con sus harinas integrales. SACAROSA (azúcar). Debe cumplir con todo lo establecido en el RSA y específicamente con el Artículo 379. También se podrán agregar otros azúcares de acuerdo al Artículo 383 al 391 y la miel (Artículo 393 y 394). Se deberá incorporar lo menos posible de modo que la Barra de Cereales quede con un sabor ligeramente dulce, cuidando de no sobrepasar el límite de azúcares totales establecido en los requisitos nutricionales de la presente Ficha. ACEITES y GRASAS. Deben cumplir con todo lo que establece el RSA y especialmente con los Artículos 247 a 264. ADITIVOS PERMITIDOS APROPIADOS PARA ESTE TIPO DE ALIMENTOS. Deberán cumplir con todo lo que establece el RSA, entre otros se podrán utilizar: SABORIZANTES/AROMATIZANTES NATURALES: Deberán cumplir con el Artículo Art. 155. En caso de la Barra de Cereales Sabor chocolate, se deberá agregar Cacao y además si es necesario se podrá agregar el Descripción saborizante respectivo e incluir chips sabor chocolate. COLORANTES. Se podrán incluir de acuerdo con el Artículo 145 del RSA; excepto tartrazina (S.I.N. 102) y amarillo crepúsculo (S.I.N. 110) que están prohibidos en los alimentos del PAE. Otros ingredientes que se podrán usar opcionalmente son: MALTODEXTRINAS. Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA. EXTRACTO DE MALTA. Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA. YOGHURT. Deberá cumplir con todo lo que establece el Art. 220 del RSA. ALMIDÓN DE MAIZ Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA. CONCENTRADO DE PROTEÍNA DE SUERO DE LECHE (WPC). Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA. SUERO DE LECHE EN POLVO. Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA. LECHE DESCREMADA. Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA y específicamente deberá cumplir con los Artículos 216 a 218. PROTEÍNA DE SOYA. Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA específicamente con los Artículos 354 y 355 FUENTES DE FIBRA DIETÉTICA. Se podrán usar por ejemplo salvado de trigo, salvado de avena, fibra dietética de leguminosas, fibra dietética de naranja, inulina, de soya, etc. PULPA DE FRUTAS. Deberán cumplir con todo lo que establece el RSA. FRUTOS SECOS. Se podrán incorporar por ejemplo nueces, almendras, pasas, los que deberán cumplir con todo lo que establece el RSA. GELATINA. Deberá cumplir con todo lo que establece el RSA específicamente con los Artículos 402 y 403. HUEVO ENTERO, CLARAS Y/O YEMAS. Deberán cumplir con todo lo que establece el RSA, y específicamente con los Artículos 336 a 345. SAL. Deberán cumplir con todo lo que establece el RSA, y específicamente con los Artículos 435 a 439. Se deberá incorporar lo menos posible de modo de no sobrepasar los límites de sodio establecidos en la presente Ficha. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud Origen de Chile.

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Producto Final/Terminado Todos los cereales y los demás ingredientes seleccionados como materias primas deben ser aptos para el Operaciones consumo y deberán cumplir con todo lo que se establece en el RSA. Deberán ser sometidos al Preliminares procesamiento adecuado cumpliendo las BPF durante todo el proceso. BARRA DE CEREALES: Es el producto elaborado exclusivamente con las materias primas ya descritas, las que deberán ser sometidas a los procesos necesarios hasta la obtención del producto terminado, con un tamaño de porción individual definida por el elaborador. Operaciones La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los definitivas Artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada deberá estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna. Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. El producto se deberá envasar en material bilaminado, utilizando los materiales y tecnología apropiada, de modo que asegure la Proceso de calidad e integridad del producto, especialmente protección frente al aplastamiento durante toda su vida útil, envasado y envase la cual debe estar respaldada por estudios de vida útil y análisis de migración y permeabilidad. primario Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se debe realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece Rotulación el Artículo 107 letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. El producto terminado BARRA DE CEREALES está conformado exclusivamente con base en los ingredientes Producto terminado indicados en la presente Ficha. La Barra de Cereales debe estar porcionada y envasada en unidades, con un peso de 20 g a 21 g. Conservación y vida útil Forma de conservación/ BARRA DE CEREALES: Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) en lugar almacenamiento y vida útil del fresco y seco, protegido del sol. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado debe producto terminado ser mínimo de 12 meses. Debe cumplir con el artículo 67 del RSA. Forma recomendable de uso El producto una vez abierto consumirlo de inmediato. Calidad Sensorial

Características organolépticas

Evaluación Sensorial

Forma Física. Debe ser propio del producto Barra de cereales, con un peso unitario desde 20 g a 21g, según lo que declara en su rótulo. Aspecto: Debe ser el propio de la Barra de cereales, libre de defectos. Color. Propio de la Barra de Cereales según el tipo de cereal que tenga declarado en el rótulo y libre de defectos. Olor. Propio de la Barra de Cereales y de acuerdo al sabor declarado, debe ser libre de defectos, libre de olores extraños. Sabor. Propio del la Barra de Cereales según el tipo de cereal y de acuerdo al sabor declarado en el rótulo, ligeramente dulce y libre de defectos. Textura/consistencia. Propia de la Barra de Cereales, crujiente, no debe ser dura, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Grasa saturada (g) Grasa monoinsaturada (g) Grasa poliinsaturada (g) Grasa trans (g) Carbohidratos disponibles (g) Azucares totales (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg)

100g Máx. 11,5 Máx. 1,6 Mín. 4,5 Máx. 16,0 Máx. 6,0 Min. 2,5 Min. 0,9 Máx. 0,3 Por dif. Máx. 71,5 Máx. 25,0 Mín. 4,9 Máx. 120,0

Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 173, punto 5.4 “Cereales para el desayuno” Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.90 PREPARACIONES COOK & CHILL Características generales de la materia prima Descripción Proceso aplicado en la elaboración de comidas preparadas en cocinas centralizadas las que son sometidas a general del procesos de cocción óptimos y luego las preparaciones se someten a un proceso de enfriamiento rápido en un proceso Cook & tiempo menor a 90 minutos hasta lograr temperaturas entre +5°C y +3°C, en el centro térmico del producto, y Chill luego se mantiene refrigerado no superior a +5°C. Se debe mantener la cadena de frío durante su almacenamiento y distribución, hasta llegar a la cocina del establecimiento educacional donde el producto debe ser retermalizado a un mínimo 70°C en el centro térmico antes del consumo y de esta manera el producto mantiene óptimas características y cualidades organolépticas. Descripción Cualquier preparación que sea sometida a cocción, la que puede estar constituida por uno o varios alimentos de general del tipo origen animal o vegetal, con o sin adición de otros ingredientes (especias, condimentos, etc.) y aditivos de autorizados. Es decir, se puede incluir cualquier preparación cocida que forme parte de la estructura alimentaria preparaciones del PAE. Pueden presentarse envasadas en atmósfera controlada o selladas al vacío. Requisitos de Deben cumplir con todos los requisitos establecidos en el RSA que correspondan según el tipo de alimento o las materias preparación y con las respectivas Normas Chilenas en caso que estén definidas para las materias primas. primas Producto Final/Terminado Todos los ingredientes seleccionados como materias primas deben ser aptos para el consumo y deberán cumplir con todo lo que se establece en el RSA. Deberán ser seleccionadas de modo que cumplan con los requisitos Operaciones mínimos de calidad exigidos. La materia prima luego de ser inspeccionada, debe ser sometida a los procesos de Preliminares operaciones preliminares que sean necesarios según el tipo de alimento, como por ejemplo lavado, pelado, cortado, si tiene semilla se le extrae la semilla o cuesco, de tal forma que quede el producto listo para la preparación y cocción. Comprende el proceso de mezclado cuando corresponda y el proceso de cocción, donde debe alcanzar la temperatura óptima de cocción según el tipo de alimento o preparación, posteriormente el producto es envasado. Operaciones Todo el proceso de elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial definitivas a los Artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada debe estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna, cuando corresponda. Una vez que se tiene el producto terminado se debe someter al proceso de envasado. Se deberán usar envases que tengan óptima resistencia mecánica, barrera a humedad y oxígeno, en lo posible transparentes que permitan Proceso de un óptimo sellado y tratamiento con atmósfera controlada o al vacío o utilizando la tecnología apropiada, de modo envasado y que asegure la calidad e integridad del producto durante toda su vida útil. envase primario Los envases utilizados deberán estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se debe realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación Artículo 107 letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. Conservación y vida útil Forma de conservación/ almacenamiento y vida útil del producto terminado

El producto sellado y refrigerado se debe mantener a temperaturas de refrigeración no superando los 4ºC. No interrumpir la cadena de frío. El elaborador debe indicar en el rótulo la vida útil real de su producto según la tecnología que utilice. Debe cumplir con el artículo 67 del RSA.

Requisitos Microbiológicos El producto debe cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 174 y Artículo 173, punto 15.1. “Comidas y platos cocidos que se sirven en caliente, listos para el consumo”. Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.91 LEGUMINOSAS EN POUCH / LENTEJAS COCIDAS ENVASADAS EN BOLSA POUCH Características generales de la materia prima Nombre Lentejas de 5mm Grado 2, cocidas en agua y envasadas en bolsas pouch genérico En caso que las lentejas fueran Grado 1, entonces en el nombre, se deberá colocar 1 en vez de 2 y si son de mayor tamaño, éste deberá quedar indicado en el nombre. El producto terminado debe cumplir con los requisitos generales establecidos en el RSA para los productos en conserva (Artículos 408 a 412, 417 a 418). Las materias primas usadas en su elaboración deben cumplir con los requisitos que establece el RSA y se podrán utilizar las siguientes: LENTEJAS (Lens esculenta M o Lens culinaris M): Corresponde a las lentejas Grado 2 o de mejor calidad, de la cosecha del año, las que deben cumplir con todo lo que establece el RSA. Además, las materias primas que se seleccionen deben cumplir con todo lo establecido en la NCh521Of1990 y en Descripción forma específica las características de calidad establecidas para Lentejas de calibre mínimo de 5 mm y que sea de Grado 2 o mejor calidad, por lo tanto, deben cumplir con todos los requisitos establecidos en las tablas 1 a 3 de la NCh521Of1990. AGUA. El agua utilizada en la elaboración del producto, deberá cumplir con el Artículo 469. SAL (cloruro de sodio). Deben cumplir con todo lo que establece el RSA, y específicamente con los Artículos 435 a 439. Se deberá incorporar lo menos posible de modo de no sobrepasar los límites de sodio establecidos en la presente Ficha. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Origen Chile. Producto Final/Terminado Todas las leguminosas seleccionadas como materias primas deben ser aptas para el consumo y deberán cumplir Operaciones con todo lo que se establece en el RSA. Deberán ser sometidas al procesamiento adecuado cumpliendo las BPF Preliminares durante todo el proceso, se deben someter a remojo en agua por el tiempo apropiado que garantice óptimas condiciones para el producto final. LENTEJAS ENVASADAS EN BOLSA POUCH: Es el producto elaborado exclusivamente con las materias primas ya descritas, las que deberán ser sometidas a los procesos necesarios hasta la obtención del producto terminado. Operaciones La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Art. 66, 69 y definitivas 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información debe estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna. El producto final LENTEJAS ENVASADAS EN BOLSA POUCH, está conformado exclusivamente con base a los ingredientes indicados en la presente Ficha Técnica. Proceso de Este producto debe ser sometido a cocción, una vez que ha sido envasado en Bolsas Pouch (bolsas termotratables, envasado y diseñadas para cocción y aptas para esta mezcla de alimentos) las que son cerradas y herméticamente selladas, envase utilizando la tecnología apropiada y aplicando el proceso adecuado para obtener esterilización comercial. primario Los envases utilizados deben estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129. Se deberá realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación Artículo 107 letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. Producto El producto terminado LENTEJAS ENVASADAS EN BOLSA POUCH, está conformado exclusivamente con base a terminado los ingredientes indicados en la presente Ficha Técnica. Conservación y vida útil Forma de LENTEJAS ENVASADAS EN BOLSA POUCH: Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo conservación/ 18°C) en lugar fresco y seco, protegido del sol. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado almacenamiento y vida debe ser de un mínimo de 24 meses. El producto una vez abierto se debe mantener refrigerado y consumir útil del producto antes de 24 hrs. Deberá cumplir con el artículo 67 del RSA. El producto se debe retermalizar antes del terminado consumo. Calidad Sensorial

Características organolépticas

Evaluación Sensorial

Forma Física: Debe ser propia de las lentejas cocidas y debe cumplir con los requisitos de calidad para lentejas Grado 2, calibre mínimo 5 mm. Aspecto: Debe ser el propio de las lentejas cocidas, libre de defectos , es decir debe cumplir con la NCh521Of1990 y debe cumplir con los requisitos de calidad para lentejas Grado 2 calibre 5 mm Color: Propio de las lentejas cocidas y libre de defectos Olor: Propio de las lentejas cocidas en agua con sal y debe ser libre de defectos, libre de olores extraños Sabor: Debe ser propio de las lentejas cocidas en agua con sal y debe ser libre de defectos Textura/consistencia: Propia de las lentejas cocidas, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. Debe ser de textura blanda y hollejo suave. Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg)

100g Máx. 78,0 Máx. 1,0 Mín. 5,9 Máx. 1,0 Por dif. Máx. 17,0 Mín. 3,6 Máx. 120,0

Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 173, punto 18, Conservas Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.92 LEGUMINOSAS EN POUCH / POROTOS ENVASADOS EN BOLSA POUCH Características generales de la materia prima Nombre Porotos de Categoría I o Grado 2, cocidos en agua y envasados en bolsa pouch. genérico En caso que los Porotos fueran Grado 1, entonces en el nombre, se deberá colocar 1 en vez de 2. El producto terminado deberá cumplir con los requisitos generales establecidos en el RSA para los productos en conserva (Artículos 408 a 412, 417 a 418). Las materias primas usadas en su elaboración deberán cumplir con los requisitos que establece el RSA y se podrán utilizar las siguientes: POROTOS (Faseolus vulgaris): Corresponde a las Porotos Grado 2 o mejor calidad, de la cosecha del año, las que deben cumplir con todo lo que establece el RSA. Además, las materias primas que se seleccionen deberán cumplir con todo lo establecido en la NCh538Of2001 y en Descripción forma específica las características de calidad establecidas para los Porotos de Grado 2 o mejor calidad, por lo tanto, deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en las tablas de la NCh538Of2001, pertinentes al grado 2 o mejor calidad según corresponda. AGUA: El agua utilizada en la elaboración del producto, debe cumplir con el Artículo 469. SAL (cloruro de sodio): Deben cumplir con todo lo que establece el RSA, y específicamente con los Art. 435 a 439. Se debe incorporar lo menos posible de modo de no sobrepasar los límites de sodio establecidos en la presente Ficha. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Origen Chile. Producto Final/Terminado Todas las leguminosas seleccionadas como materias primas deben ser aptas para el consumo y deben cumplir con Operaciones todo lo que se establece en el RSA. Deben ser sometidos al procesamiento adecuado cumpliendo las BPF durante Preliminares todo el proceso, se deben someter a remojo en agua por el tiempo apropiado que garantice óptimas condiciones para el producto final. POROTOS ENVASADOS EN BOLSA POUCH: Es el producto elaborado exclusivamente con las materias primas ya descritas, las que deben ser sometidas a los procesos necesarios hasta la obtención del producto terminado Operaciones La elaboración del producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos 66, definitivas 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa, envasa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada debe estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna El producto final POROTOS ENVASADOS EN BOLSA POUCH, está conformado exclusivamente con base a los ingredientes indicados en la presente Ficha Técnica. Proceso de Este producto debe ser sometido a cocción, una vez que ha sido envasado en Bolsa Pouch (bolsas termotratables, envasado y diseñadas para cocción y aptas para esta mezcla de alimentos) las que son cerradas y herméticamente selladas, envase utilizando la tecnología apropiada y aplicando el proceso adecuado para obtener esterilización comercial. primario Los envases utilizados deben estar de acuerdo a la definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y deben cumplir con los Artículos 122 al 129. Se debe realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Rotulación Artículo 107 letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. Producto El producto terminado POROTOS ENVASADOS EN BOLSA POUCH, está conformado exclusivamente con base a terminado los ingredientes indicados en la presente Ficha Técnica. Conservación y vida útil Forma de POROTOS ENVASADOS EN BOLSA POUCH: Debe ser mantenido a temperatura ambiente (máximo 18°C) conservación/almac en lugar fresco y seco, protegido del sol. La vida útil del producto cerrado y herméticamente sellado debe ser enamiento y vida útil de un mínimo de 24 meses. El producto una vez abierto se debe mantener refrigerado y consumir antes de 24 del producto hrs. Deberá cumplir con el artículo 67 del RSA. El producto se debe retermalizar antes del consumo. terminado Calidad Sensorial

Características organolépticas

Evaluación Sensorial

Forma Física: Debe ser propia de los Porotos cocidos y debe cumplir con los requisitos de calidad para Porotos Grado 2 o mejor. Aspecto: Debe ser el propio de los Porotos cocidos, libre de defectos, es decir debe cumplir con la NCh538Of2001 y debe cumplir con los requisitos de calidad para Porotos Grado 2. Color: Propio de los Porotos cocidos y libre de defectos Olor: Propio de los Porotos cocidos en agua con sal y debe ser libre de defectos, libre de olores extraños Sabor: Debe ser propio de los Porotos cocidos en agua con sal y debe ser libre de defectos Textura/consistencia: Propia de los Porotos cocidos, libre de defectos, partículas o cuerpos extraños. Debe ser de textura blanda y hollejo suave. Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

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Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg)

100g Máx. 73,5 Máx. 1,3 Mín. 6,0 Máx. 1,0 Por dif. Máx. 18,1 Mín. 4,6 Máx. 120,0

Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 173, punto 18, Conservas Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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4.93 TOMATES FRESCOS Características generales de la materia prima Nombre genérico

Tomates frescos

Descripción

Origen

Las materias primas deben cumplir con los requisitos que establece el RSA. Tomates (fruto de la especie Lycopersicum esculentum M): Corresponde al Tomate natural y sanos, los que deben cumplir con todo lo que establece el RSA. Las variedades de Tomates que sólo se permitirá entregar para el PAE, son las Tomates de categoría I o grado 2 o de una mejor calidad, de acuerdo a lo establecido en la NCh1792Of2001, sus calibres deben ser como mínimo de 67 mm de diámetro ecuatorial. El grado de madurez debe ser: rojo pálido o rojo, que corresponden a los dos grados de mayor madurez. Las materias primas que se seleccionen deben cumplir con todo lo establecido en la NCh1549Of1980, categoría I de calidad o mejor que ésta. Además las materias primas deben cumplir con todo lo referente a trazabilidad de acuerdo con la NCh3024Of2006 y la NCh3024n2012. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile.

Producto Final/Terminado Todas los Tomates seleccionadas como materias primas deben ser aptos para el consumo y deben cumplir con todo lo que Operaciones se establece en el RSA. Deben ser seleccionadas de modo que cumplan con los requisitos mínimos de calidad exigidos en la Preliminares NCh1792Of2001 para Daños y defectos tolerados para la Categoría I o grado 2 o de una mejor calidad o Desórdenes fisiológicos tolerados para la categoría I o grado 2 o de una mejor calidad TOMATES: Corresponde al producto natural en estado fresco, conformado exclusivamente con las materias primas ya descritas en la presente Ficha, las que deben ser mantenidas en óptimas condiciones de almacenamiento hasta su consumo. Operaciones El producto terminado debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Art. 66, 69 y 70 del RSA, definitivas cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa y/o distribuye el producto. Dicha información debe estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna. Proceso de Una vez que se tiene el producto seleccionado y que cumple todos los requisitos de calidad, se debe someter al proceso de envasado y envasado. El producto se debe envasar en material apropiado, utilizando los materiales y tecnología adecuada, de modo que envase asegure la calidad e integridad del producto durante toda su vida útil. Los envases utilizados deben estar de acuerdo a la primario definición de envase del RSA (Artículo 14 letra h) y deben cumplir con los Artículos 122 al 129. Rotulación Se deberá realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Producto TOMATE. Está conformado exclusivamente con base al ingrediente indicado en la presente Ficha Técnica. terminado Conservación y vida útil Forma de conservación/ TOMATES. Deben ser mantenidos a temperatura de refrigeración. La vida útil del producto es variable, ya almacenamiento y vida útil que depende de la variedad de tomates, grado de madurez y de su forma de conservación, puede ser desde del producto terminado 7 a 15 días. La vida útil deberá ser indicada en el envase. Deberá cumplir con el art. 67 del RSA.

Calidad Sensorial Forma Física: Debe ser propia del Tomate fresco según su variedad, forma ovoide, a veces alargada o redonda, con sus semillas características; piel brillante y lisa; debe cumplir con los requisitos de calidad según la variedad (NCh1792Of2001). Aspecto: Debe ser el propio de los Tomates naturales, libre de defectos, y debe cumplir con los requisitos de calidad para los Tomates según NCh1792Of2001. Características Color: Propio de los Tomates según su variedad y libre de defectos y debe cumplir con los requisitos de calidad para dicha organolépticas variedad según la NCh1792Of2001. Olor: Propio del Tomate natural, de acuerdo a la NCh1792Of2001, debe ser libre de defectos y libre de olores extraños. Sabor: Propio del producto según su variedad y libre de defectos. Textura/consistencia: Propia de los Tomates según su variedad, de acuerdo a la NCh1792Of2001, debe ser libre de defectos como harinosidad y otros, libre de partículas o cuerpos extraños. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de Sensorial aceptabilidad general.

Calidad Nutricional Requisitos nutricionales Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg)

100g Máx. 95,0 Máx. 0,5 Mín. 0,8 Máx. 0,4 Por dif. Máx. 2,6 Mín. 1,2 Máx. 5,0

Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 174 y Artículo 173 punto 14.1 Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

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4.94 LECHUGA FRESCA Características generales de la materia prima Nombre Lechuga natural genérico Descripción

Origen

Las materias primas deben cumplir con los requisitos que establece el RSA. LECHUGAS (hojas de la especie Lactuca sativa L). Corresponde a las Lechugas naturales, sanas y limpias, las que deberán cumplir con todo lo que establece el RSA. Las variedades de Lechugas que sólo se permitirá entregar para el PAE, son las siguientes: Escarola, Costina, Milanesa Las materias primas que se seleccionen deben cumplir con todo lo establecido en la NCh1549Of1980 y además deben cumplir con todo lo referente a trazabilidad de acuerdo con la NCh3024Of2006 y la NCh3024n2012. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile.

Producto Final/Terminado Operaciones Preliminares

Todas las Lechugas seleccionadas como materias primas deben ser aptas para el consumo y deben cumplir con todo lo que se establece en el RSA. Deben ser seleccionadas de modo que no tengan daños ni defectos. LECHUGAS. Corresponde al producto natural en estado fresco, conformado exclusivamente con las materias primas ya descritas en la presente Ficha, las que deberán ser mantenidas en óptimas condiciones de almacenamiento hasta su Operaciones consumo. El producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos 66, 69 y 70 del definitivas RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada debe estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna. Una vez que se tiene el producto seleccionado y que cumple todos los requisitos de calidad, se debe someter al proceso de Proceso de envasado. El producto se deberá envasar en material apropiado, utilizando los materiales y tecnología adecuada, de modo envasado y que asegure la calidad e integridad del producto durante toda su vida útil, la cual debe estar respaldada por estudios de envase vida útil y análisis de migración y permeabilidad. Los envases utilizados deben estar de acuerdo a la definición de envase primario del RSA (Artículo 14 letra h) y deberán cumplir con los Artículos 122 al 129 Se deberá realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Artículo Rotulación 107 letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. Producto LECHUGAS. Está conformado exclusivamente con base al ingrediente indicado en la presente Ficha Técnica. terminado

Conservación y vida útil Forma de conservación/ LECHUGAS. Deben ser mantenidas a temperatura de refrigeración. La vida útil del producto es variable, ya almacenamiento y vida útil que depende de la variedad de Lechugas y de su forma de conservación, puede ser desde 7 a 10 días. La vida del producto terminado útil deberá ser indicada en el envase. Deberá cumplir con el artículo 67 del RSA.

Calidad Sensorial

Características organolépticas

Evaluación Sensorial

Forma Física: Debe ser propia de las Lechugas frescas según su variedad y debe cumplir con todos los requisitos de calidad según la variedad Aspecto: Debe ser el propio de las Lechugas naturales, libre de defectos y debe cumplir con los requisitos de calidad para las Lechugas según su variedad Color: Propio de las Lechugas según su variedad y libre de defectos y debe cumplir con los requisitos de calidad según su variedad Olor: Propio de las Lechugas naturales, debe ser libre de defectos y libre de olores extraños Sabor: Propio de las lechugas según su variedad y libre de defectos Textura/consistencia: Propia de las Lechugas naturales según su variedad, debe ser libre de defectos y libre de partículas o cuerpos extraños Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

Calidad Nutricional Requisitos nutricionales

100g

Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg)

Máx. 96,0 Máx. 0,7 Mín. 0,9 Máx. 0,4 Por dif. Máx. 3,5 Mín. 1,2 Máx. 5,0

Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 174 y Artículo 173 punto 14.1

Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

Revisado por: JEFE DAE

Aprobado por: Secretario General JUNAEB

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4.95 REPOLLO FRESCO Características generales de la materia prima Repollo natural Las materias primas deben cumplir con los requisitos que establece el RSA. REPOLLO (especie Brassica oleracea): Corresponde a las hojas de Repollos naturales, sanos y limpios, las que deberán cumplir con todo lo que establece el RSA. La variedad de Repollo que sólo se permitirá entregar para el PAE, es la variedad Capitata. Las materias primas que se seleccionen deben cumplir con todo lo establecido en la NCh1549Of1980 y además deben cumplir con todo lo referente a trazabilidad de acuerdo con la NCh3024Of2006 y la NCh3024n2012. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile.

Nombre genérico

Descripción

Origen

Producto Final/Terminado Operaciones Todos los Repollos seleccionados como materias primas deben ser aptos para el consumo y deben cumplir con todo lo que Preliminares se establece en el RSA. Deben ser seleccionadas de modo que no tengan daños ni defectos. REPOLLO. Corresponde al producto natural en estado fresco, conformado exclusivamente con las materias primas ya descritas en la presente Ficha, las que deben ser mantenidas en óptimas condiciones de almacenamiento hasta su consumo. Operaciones El producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya definitivas responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada debe estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna. Una vez que se tiene el producto seleccionado y que cumple todos los requisitos de calidad, se debe someter al proceso de Proceso de envasado. El producto se debe envasar en material apropiado, utilizando los materiales y tecnología adecuada, de modo que envasado y asegure la calidad e integridad del producto durante toda su vida útil, la cual debe estar respaldada por estudios de vida útil y envase análisis de migración y permeabilidad. Los envases utilizados deben estar de acuerdo a la definición de envase del RSA primario (Artículo 14 letra h) y deben cumplir con los Artículos 122 al 129. Se debe realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Artículo 107 Rotulación letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. REPOLLO. Está conformado exclusivamente con base al ingrediente indicado en la presente Ficha Técnica. Producto terminado

Conservación y vida útil REPOLLO. Debe ser mantenido a temperatura de refrigeración. La vida útil del producto es variable, ya Forma de conservación/ almacenamiento y vida útil del que depende de la variedad de Repollo y de su forma de conservación, puede ser desde 7 a 10 días. La producto terminado vida útil debe ser indicada en el envase. Debe cumplir con el artículo 67 del RSA.

Calidad Sensorial

Características organolépticas

Evaluación Sensorial

Forma Física: Debe ser propia del Repollo fresco según su variedad, forma ovoide o redonda, las hojas sanas y limpias, debe cumplir con todos los requisitos de calidad según la variedad. Aspecto: Debe ser el propio del Repollo natural, libre de defectos y debe cumplir con los requisitos de calidad para el Repollo según su variedad. Color: Propio del Repollo según su variedad y libre de defectos y debe cumplir con los requisitos de calidad según su variedad. Olor: Propio del Repollo natural, debe ser libre de defectos y libre de olores extraños Sabor. Propio del Repollo según su variedad y libre de defectos. Textura/consistencia: Propia del Repollo según su variedad, debe ser libre de defectos y libre de partículas o cuerpos extraños. Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de aceptabilidad general.

Calidad Nutricional Requisitos nutricionales

100g

Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg)

Máx. 93,0 Máx. 0,7 Mín. 1,2 Máx. 0,3 Por dif. Máx. 3,2 Mín. 2,5 Máx. 18,0

Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 174 y Artículo 173 punto 14.1

Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda. Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

Revisado por: JEFE DAE

Aprobado por: Secretario General JUNAEB

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MANUAL

Código: M-DAE-CPAE002

Revisión: 06 del 11/02/2013 MANUAL DE FICHAS TECNICAS DE MATERIAS PRIMAS O PRODUCTOS Página: 191 de 193

4.96 COLIFLOR FRESCA Características generales de la materia prima Nombre genérico

Descripción

Origen

Coliflor natural Las materias primas deben cumplir con los requisitos que establece el RSA. COLIFLOR (especie Brassica oleracea). Corresponde a las flores de la especie, naturales, sanas y limpias, las que deben cumplir con todo lo que establece el RSA. La variedad de Coliflor que sólo se permitirá entregar para el PAE, es la Botrytis. Las materias primas que se seleccionen deben cumplir con todo lo establecido en la NCh1549Of1980 y además deben cumplir con todo lo referente a trazabilidad de acuerdo con la NCh3024Of2006 y la NCh3024n2012. Nacional o Importada siempre que tenga Resolución de Uso y Disposición, otorgada por el SEREMI de Salud de Chile.

Producto Final/Terminado Operaciones Preliminares

Todas las Coliflores seleccionadas como materias primas deben ser aptas para el consumo y deben cumplir con todo lo que se establece en el RSA. Deben ser seleccionadas de modo que no tengan daños ni defectos. COLIFLOR. Corresponde al producto natural en estado fresco, conformado exclusivamente con las materias primas ya descritas en la presente Ficha, las que deben ser mantenidas en óptimas condiciones de almacenamiento hasta su Operaciones consumo. El producto debe dar cumplimiento a todo lo que establece el RSA y en especial a los Artículos 66, 69 y 70 del definitivas RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa que elabora, procesa y/o distribuye el producto. Dicha información asociada debe estar a disposición del PAE y JUNAEB de manera actualizada y oportuna. Una vez que se tiene el producto seleccionado y que cumple todos los requisitos de calidad, se debe someter al proceso de Proceso de envasado. El producto se debe envasar en material apropiado, utilizando los materiales y tecnología adecuada, de modo envasado y que asegure la calidad e integridad del producto durante toda su vida útil, la cual debe estar respaldada por estudios de envase vida útil y análisis de migración y permeabilidad. Los envases utilizados deben estar de acuerdo a la definición de envase primario del RSA (Artículo 14 letra h) y deben cumplir con los Artículos 122 al 129. Se debe realizar según lo establecido en el RSA, Artículos 106 al 121. Se enfatiza que tal como lo establece el Artículo 107 Rotulación letra i), se deben incluir las instrucciones de uso y forma de consumo. COLIFLOR. Está conformado exclusivamente con base al ingrediente indicado en la presente Ficha Técnica. Producto terminado

Conservación y vida útil Forma de conservación/ COLIFLOR. Debe ser mantenida temperatura de refrigeración. La vida útil del producto es variable, ya que almacenamiento y vida útil depende de la variedad de Coliflor y de su forma de conservación, puede ser desde 7 a 10 días. La vida útil del producto terminado debe ser indicada en el envase. Debe cumplir con el artículo 67 del RSA.

Calidad Sensorial Forma Física: Debe ser propia de la Coliflor fresca según su variedad, forma ovoide o redonda, debe estar sana y limpia, debe cumplir con todos los requisitos de calidad según la variedad. Aspecto: Debe ser el propio de la Coliflor natural, libre de defectos y debe cumplir con los requisitos de calidad para la Coliflor según su variedad. Características Color: Propio de la Coliflor según su variedad y libre de defectos y debe cumplir con los requisitos de calidad según su organolépticas variedad. Olor: Propio de la Coliflor natural, debe ser libre de defectos y libre de olores extraños Sabor: Propio de la Coliflor según su variedad y libre de defectos. Textura/consistencia: Propia de la Coliflor según su variedad, debe ser libre de defectos y libre de partículas o cuerpos extraños. Evaluación Se realizará por medio de: a) Test de escala hedónica para evaluar cada atributo descritos anteriormente, y b) Test de Sensorial aceptabilidad general.

Calidad Nutricional Requisitos nutricionales

100g

Humedad (g) Cenizas (g) Proteínas (g) Lípidos (g) Carbohidratos disponibles (g) Fibra dietética total (g) Sodio (mg)

Máx. 92,5 Máx. 0,9 Mín. 1,9 Máx. 0,6 Por dif. Máx. 2,0 Mín. 2,0 Máx. 30,0

Requisitos Microbiológicos El producto deberá cumplir con lo que establece el RSA en el Artículo 174 y Artículo 173 punto 14.1

Otros requisitos La elaboración del producto debe dar cumplimiento a los artículos 66, 69 y 70 del RSA, cuya responsabilidad de implementación es de la empresa fabricante, dicha información asociada deberá estar a disposición de los proveedores del PAE y de la JUNAEB, de manera actualizada y oportuna. Adicionalmente, se deberá cumplir con el control de contenido neto determinado según las Normas Chilenas 1650/1.Of1984 y 1650/2.Of2009, cuyos registros deberán estar a disposición de los prestadores del PAE y JUNAEB, cuando corresponda.

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5.

CONTROL DE CAMBIOS.

Nº Revisión

Cambio

Fecha

Aprobado por:

01

Modificación aclaraciones

07/08/2008

Jefe DAE D.N.

02

Cambio codificación Actualización e incorporación de Fichas Técnicas

28/10/2010

Jefe DAE D.N.

03

Actualización, de acuerdo a la revisión de las fichas con el 07/01/2011 MINSAL

Jefe DAE D.N.

04

Aprobación por Resolución Exenta Nº 2686

08/04/2011

Secretaria General (S) JUNAEB

05

Actualización, de acuerdo a la revisión de las fichas priorizadas por el INTA y otros antecedentes técnicos 12/07/2011 Aprobación por Resolución Exenta Nº 3632

Secretaria General (S) JUNAEB

06

Actualización, de acuerdo a la revisión de las fichas priorizadas por el INTA y otros antecedentes técnicos 11/02/2013 Aprobación por Resolución Exenta Nº 374

Secretario General JUNAEB

Fichas

Elaborado por: Equipo Profesional USCAC

Técnicas

de

acuerdo

a

Revisado por: JEFE DAE

las

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