Miércoles 25 de abril de 2007
DIARIO OFICIAL
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SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal EDICTO “EQUIS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE Y LINDAVISTA DE VERACRUZ, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE. En los autos del juicio de amparo número 845/2006-V, promovido por Alberto Abud Harari, por su propio derecho, contra actos del Juez Quincuagésimo Quinto de lo Civil del Distrito Federal, Secretario de Seguridad Pública del Distrito Federal y Director del Centro de Sanciones Administrativas y de Integración Social del Distrito Federal; al ser señaladas como terceras perjudicadas y desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción II, del artículo 30 la Ley de Amparo, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito por edictos, los que se publicarán por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en esta capital, se hace de su conocimiento que en la Secretaría de Acuerdos de este tribunal, queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo, y que cuentan con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de tales edictos, para que ocurran al Juzgado a hacer valer sus derechos. Atentamente México, D.F., a 22 de marzo de 2007. El Secretario del Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal Lic. Ernesto Martínez Delgado Rúbrica. (R.- 245966) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco Guadalajara, Jalisco EDICTO PARA EMPLAZAR A: JUAN JOSE ESPARRAGOZA MORENO POR SI Y COMO APODERADO LEGAL DE LOS MENORES JUAN IGNACIO, BRENDA GUADALUPE, NADIA PATRICIA Y CHRISTIAN IVAN, TODOS DE APELLIDOS ESPARRAGOZA GASTELUM. En el juicio de amparo número 61/2007-V, promovido por Jorge Alberto Najera González, por su propio derecho y con el carácter que dice tener de representante legal de Linda Patricia Najera González, Ana Octavia Najera González, Héctor Eduardo Najera González, María Alejandra Fernández Vázquez, Alejandra Mora Espinoza, Oscar Iñiguez Labrador y de María Hermelinda González Campa, en lo personal y en su carácter de albacea de la sucesión a bienes de Jesús Héctor Najera Marroquín, contra actos que reclaman del Juez y Secretario Ejecutor adscritos al Juzgado Décimo Primero de lo Civil de esta ciudad, ordenándose emplazarlo por medio de edictos para que comparezca si a su interés conviene, en treinta días contados a partir de la última publicación; para la celebración de la audiencia constitucional se fijaron las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL VEINTISIETE DE ABRIL DE DOS MIL SIETE. Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y el periódico de mayor circulación en la República. Guadalajara, Jal., a 27 de marzo de 2007. El Secretario Lic. Carlos Enrique Ramírez Iñiguez Rúbrica. (R.- 246252)
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Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco Guadalajara, Jalisco EDICTO PARA EMPLAZAR A: CARLOS ALBERTO ARCE TOPETE. En el juicio de amparo indirecto 1135/2006-II, del índice de este Juzgado Federal, promovido por José Dagoverto Michel González, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas de la sociedad “SOLIDA ADMINISTRADORA DE PORTAFOLIOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, en contra de los actos que reclama del Juez Noveno de lo Mercantil del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco; se ordenó emplazar al tercero perjudicado CARLOS ALBERTO ARCE TOPETE, se hace saber que se reclama la interlocutoria de veintiocho de septiembre de dos mil seis, dentro del juicio mercantil ordinario 2964/97, seguido ante el Juzgado Noveno de lo Mercantil del Primer Partido Judicial en el Estado de Jalisco; quien deberá comparecer a este Juzgado, dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación, apercibido que de no hacerlo, ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal, se le harán mediante lista. Para su publicación en días hábiles, por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y el periódico diario (que elija la parte quejosa) de mayor circulación en la República. Guadalajara, Jal., a 29 de marzo de 2007. La Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco Lic. Alicia Estrada Torres Rúbrica. (R.- 246524) Estados Unidos Mexicanos Supremo Tribunal de Justicia del Estado Jalisco Tercera Sala EDICTO Por este conducto emplácese a MARIA LUISA ROMERO YERENA, a efecto de hacerle saber de la demanda de amparo promovida por JOSE MANUEL GUERRERO MORENO, acto reclamado la sentencia definitiva de fecha 07 siete de febrero del año 2007 dos mil siete, dictada dentro de los autos del toca de apelación 1385/2005 relativo al juicio CIVIL ORDINARIO expediente número 627/2000 promovido por JOSE MANUEL GUERRERO MORENO Y OTRA en contra de MARIA LUISA ROMERO YERENA Y OTROS, para que comparezca ante al H. Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito en turno, dentro del término de 30 días contados del siguiente al de la última publicación, artículo 167 de la Ley de Amparo. Copias de demanda de garantías queda a su disposición en la Secretaría de la Sala. Para publicarse por tres veces de siete en siete días en el periódico “EL EXCELSIOR” y “EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION”. Artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles. Sufragio Efectivo. No Reelección. Guadalajara, Jal., a 17 de abril de 2007. El Secretario de Acuerdos de la Tercera Sala del Supremo Tribunal de Justicia Lic. María Guadalupe Peña Ortega Rúbrica. (R.- 246911) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal EDICTO México, Distrito Federal, a diez de abril de dos mil siete. Por auto de nueve de abril de dos mil siete, se ordena emplazar a JAIME GARCIA CHAVEZ, mediante edictos, publicados por tres veces, de siete en siete días, para que comparezca a este Juzgado dentro del término de treinta días a partir del siguiente al de la última publicación, quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia de la demanda de amparo relativa al juicio de garantías 184/2007, promovido por el SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA METALURGICA, ARTEFACTOS ELECTRICOS, MECANICA DE PRECISION, SIMILARES Y CONEXOS DE LA REPUBLICA MEXICANA, contra actos de la Junta Especial Número Diez de la Federal de Conciliación y Arbitraje. México, D.F., a 10 de abril de 2007. La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal Lic. Gladys Eliza González León Rúbrica. (R.- 246792)
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Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Quinto de Distrito Los Mochis, Sinaloa Los Mochis, Sinaloa, a 06 de marzo de 2007. Por este publicaráse una sola vez Diario Oficial de la Federación y diario mayor circulación nacional, presente EDICTO, notificando a A QUIEN ACREDITE TENER DERECHOS SOBRE EL VEHICULO marca Chrysler, tipo shadow, modelo 1990, motor LS015593, serie LT015593, sin placas de circulación, asegurado en el proceso penal 26/2000, que deberá presentarse ante este Juzgado Quinto de Distrito, ubicado en calles Miguel Hidalgo esquina con Vicente Guerrero, planta baja, colonia Centro, en esta ciudad, dentro de los tres meses siguientes a la publicación de este edicto, a acreditar la legal propiedad sobre el bien antes descrito; apercibido que de no hacerlo, se declarará abandonado a favor del Gobierno Federal. Cúmplase. Lo proveyó y firmó el licenciado Roberto Hoyos Aponte, Juez Quinto de Distrito en el Estado de Sinaloa, ante la licenciada Carmen Alicia Salazar Rodríguez, Secretaria con quien actúa y da fe. DOY FE. Dos firmas ilegibles. EDICTO A PUBLICARSE EN DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN UN DIARIO DE CIRCULACION NACIONAL. El Juez Quinto de Distrito en el Estado de Sinaloa Lic. Roberto Hoyos Aponte Rúbrica. (R.- 246979) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Chiapas Juzgado Quinto de Distrito en el Estado Tuxtla Gutiérrez, Chiapas Causa Penal 84/2004 III-2 EDICTO A quien acredite ser propietario del bien mueble siguiente: Se hace de su conocimiento que en la causa penal 84/2004, de este juzgado, se levantó el aseguramiento del bien mueble, consistente en un vehículo marca General Motors, tipo Coutlas, modelo mil novecientos noventa y uno, serie número 3G5AJ54T8MSI32961, con placas de circulación USF9225 del Estado de Quintana Roo, color azul marino, y se ordenó la devolución a quien acredite ser su propietario. Se hace de su conocimiento que cuenta con el plazo de tres meses, a partir de la publicación del presente edicto, para que comparezca ante este órgano jurisdiccional a solicitar su devolución, con el apercibimiento que de no hacerlo, causará abandono a favor del Gobierno Federal. Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 23 de marzo de 2007. La Secretaria de Juzgado Lic. Laura Elena Romero Luna Rúbrica. (R.- 246981) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal EDICTO A DIECINUEVE DE FEBRERO DE DOS MIL SIETE. TERCERO PERJUDICADO: DAVID ROTHMAN GUTVER. EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO 993/2006-I, PROMOVIDO POR MANUEL HERNANDEZ BAUTISTA POR SU PROPIO DERECHO, CONTRA DE ACTOS DEL JUEZ CUADRAGESIMO DEL ARRENDAMIENTO INMOBILIARIO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL Y ACTUARIO ADSCRITO A DICHO JUZGADO, SE RECLAMA: LA ORDEN DE LANZAMIENTO, ASI COMO EL ROMPIMIENTO DE CERRADURAS CON EL AUXILIO DE LA FUERZA PUBLICA RESPECTO DEL
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INMUEBLE UBICADO EN EL NUMERO 165 DE LA CALLE DE BOSQUES DE ZOPOTES, COLONIA BOSQUES DE LAS LOMAS, DELEGACION MIGUEL HIDALGO, CODIGO POSTAL 11700, EN ESTA CIUDAD DE MEXICO, DISTRITO FEDERAL, DICTADA POR EL JUEZ CUADRAGESIMO DEL ARRENDAMIENTO INMOBILIARIO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, DENTRO DE LOS AUTOS DEL JUICIO CONTROVERSIA DEL ARRENDAMIENTO INMOBILIARIO EXPEDIENTE 722/2002-B, ASI COMO SU EJECUCION; CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 30, FRACCION II, DE LA LEY DE AMPARO Y 315 DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DE APLICACIÓN SUPLETORIA DE LA LEY DE AMPARO, SE ORDENA NOTIFICAR AL TERCERO PERJUDICADO DAVID ROTHMAN GUTVER, A FIN DE QUE COMPAREZCAN A DEDUCIR SUS DERECHOS EN EL TERMINO DE TREINTA DIAS CONTADOS A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE EN QUE SE EFECTUE LA ULTIMA PUBLICACION, QUEDANDO A SU DISPOSICION EN LA SECRETARIA DE ESTE JUZGADO COPIA SIMPLE DEL ESCRITO INICIAL DE DEMANDA, ASI COMO DEL AUTO DE TRES DE ENERO DE DOS MIL SIETE, MISMO QUE SERA PUBLICADO POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN UNO DE LOS PERIODICOS DE MAYOR CIRCULACION DE LA REPUBLICA, APERCIBIDO DE QUE EN CASO DE NO APERSONARSE A ESTE JUICIO DE AMPARO, LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES SE LE HARAN POR MEDIO DE LISTA, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 30, FRACCION II DE LA LEY DE AMPARO. El Secretario Judicial del Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal Lic. Salvador Damián González Rúbrica. (R.- 246546) Estados Unidos Mexicanos Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal México Novena Sala Civil EDICTO EMPLAZAMIENTO A: MARTHA YOLANDA GONZALEZ POOL. EN LOS AUTOS DEL CUADERNO DE AMPARO, RELATIVO AL TOCA NUMERO 718/2006, deducido del juicio EJECUTIVO MERCANTIL SEGUIDO POR BANCO SANTANDER MEXICANO S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE GRUPO FINANCIERO SANTANDER SERFIN en contra de MARTHA YOLANDA GONZALEZ POOL Y OTRO, LA NOVENA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, ORDENO EMPLAZAR POR EDICTOS AL TERCERO PERJUDICADO MARTHA YOLANDA GONZALEZ POOL, HACIENDOLE SABER QUE CUENTA CON UN TERMINO DE TREINTA DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ULTIMA PUBLICACION DE ESTE EDICTO, PARA COMPARECER ANTE LA AUTORIDAD FEDERAL A DEFENDER SUS DERECHOS, QUEDANDO A SU DISPOSICION LAS COPIAS SIMPLES DE TRASLADO EN LA SECRETARIA DE ACUERDOS EN LA H. NOVENA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, SITO EN EL CUARTO PISO DE LA CALLE RIO DE LA PLATA, NUMERO CUARENTA Y OCHO, COLONIA CUAUHTEMOC, DELEGACION CUAUHTEMOC, CODIGO POSTAL 06500, EN MEXICO DISTRITO FEDERAL. PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION. México, D.F., a 29 de marzo de 2007. La C. Secretaria de Acuerdos de la Novena Sala Lic. María de la Luz Alonso Tolamatl Rúbrica. (R.- 246457)
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Estados Unidos Mexicanos Juzgado de lo Civil del Estado de Puebla Actuaciones Distrito Judicial Huejotzingo, Pue. EDICTO Disposición Juez Civil Huejotzingo, Puebla, Expediente 1111/05, Juicio Ejecutivo Mercantil promueve ALEJANDRA ELIAS DE LA CRUZ, en ejecución de sentencia ordenada remate primer y pública almoneda, sobre fracción restante del predio rustico denominado "EL SOLAR O CAMINO A CALPAN", con vista a la Calle Gloria y construcciones sobre dicho bien aún sin número oficial hoy avenida Hidalgo, inscrito bajo la partida 865, a fojas 236, libro seis, tomo 32 de fecha veinte de agosto de mil novecientos sesenta y cinco, medidas y colindancias: NORTE, cuarenta metros, con la fracción norte del que formaba parte y/o con la subfracción norte dada en permuta con la señora GUADALUPE MORALES, y/o GUADALUPE MORALES DE LA ROSA; SUR; en tres líneas, la primera de veinte metros sube hacia el mismo sur para dar con un frente oriente que mide un metro, linda con casa de EDUARDO MORALES MENDEZ, vuelta al poniente para dar un frente sur que mide veinte metros y linda con casa de EDUARDO MORALES MENDEZ y ALTAGRACIA MENDEZ, ORIENTE, nueve metros cinco centímetros, casa de NORBERTO MORALES y Calle la Gloria, en medio hoy Avenida Miguel Hidalgo; PONIENTE, en diez metros, con terreno de CRECENCIANO MENDEZ OLIVER, será postura legal las dos terceras partes del avalúo, es la cantidad de UN MILLON NOVECIENTOS OCHO MIL PESOS, CERO CENTAVOS, MONEDA NACIONAL, por lo que sirve de postura legal la cantidad de UN MILLON DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MIL PESOS, CERO CENTAVOS, MONEDA NACIONAL, presentar posturas y pujas en los términos establecidos por la Ley, venciendo el término a las doce horas del vigésimo día última publicación. Huejotzingo, Pue., a 6 de marzo de 2007. Diligenciaría Non Lic. Laura A. Clemente Lozano Rúbrica. (R.- 246558) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Tercero de Distrito en el Estado San Andrés Cholula, Puebla Sección Civil Exp. 10/2006 EDICTO ACTOR: JOSE MARTINEZ ESCOBAR Y ANDRES GUTIERREZ DÍAZ, ENDOSATARIOS EN PROCURACION DE MARIA ASCENSION SANCHEZ Y ANDRADE. DEMANDADO: INMOBILIARIA GRUPO VENTAS, INGENIERIA, CONSTRUCCION Y SERVICIO, S.A. DE C.V. Y JOSE ENRIQUE CARRILLO BERNAL. En auto de veintiséis de marzo actual, la parte actora solicitó se saquen a remate los inmuebles secuestrados en los presentes autos, en consecuencia, de conformidad con los artículos 1410 y 1411 del Código de Comercio, como la parte demandada no hizo alguna manifestación respecto al dictamen emitido por el perito nombrado por la parte actora, como lo hizo constar la secretaría, se le tiene por conforme con el citado dictamen, decretándose el remate de los siguientes inmuebles: Primero: “...inscritos bajo los números de predio mayor 118454 inscripción 142100 del 11 de octubre de 2005, siendo este el inmueble marcado con el número 821 int. 1 y 2 de la calle Copenhague (sic), colonia San Bartolo Coatepec Totimehuacán, Puebla, inscrito en el Registro Público de la Propiedad de Tecali de Herrera, Puebla, siendo postura legal, la que cubre las dos terceras partes del avalúo, que es de $37,500.00 (treinta y siete mil quinientos pesos, moneda nacional), o sea la cantidad de $25,000.00. Segundo.- Bajo el número de predio mayor 118028 de fecha nueve de agosto de 2005, identificado como fracción de terreno que se segrega de la quinta fracción de las que se dividió un lote de terreno rústico denominado “La Concepción”, ubicado en la ex hacienda de San Bartolo Coatepec, Puebla, inscrito en el Registro Público de la Propiedad de Tecali de Herrera, Puebla, siendo postura legal, la que cubren las dos terceras partes del avalúo, que es de (2,341,680.00 (dos millones trescientos cuarenta y un mil seiscientos ochenta pesos, moneda nacional), o sea la cantidad de $1,561,120.00 (un millón quinientos sesenta y un mil ciento veinte pesos). San Andrés, Cholula, Pue., a 9 de abril de 2007. El Actuario Judicial adscrito al Juzgado Tercero de Distrito en el Estado Lic. Pedro Rafael Arias Zebadúa Rúbrica. (R.- 246887)
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Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal EDICTO C.C. GUILLERMO MENDEZ VERDE. En los autos del juicio de amparo número 74/2007, promovido por PROMOTORA DE MERCADOS DEL NORTE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, contra actos de la Junta Especial Número Dieciséis de la Federal de Conciliación y Arbitraje, Presidente y Actuario adscritos a la misma, radicado en el Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal, se le ha señalado como tercero perjudicado y como se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado por auto de tres de abril del año dos mil siete, emplazarlo por edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico Excélsior, que resultan ser de los diarios de mayor circulación en la República Mexicana, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 30, fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles. Por lo anterior, se encuentran a su disposición en la Actuaría de este Juzgado, copia simple de la demanda de garantías, haciéndole saber que cuenta con un plazo de treinta días, contado a partir de la última publicación de tales edictos, para apersonarse en el juicio de referencia, y hagan valer sus derechos; así también, se le informa que deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad, apercibido que de no hacerlo, las subsecuentes, aun las de carácter personal, se le harán por medio de lista en la que se publican los acuerdos emitidos en los juicios de amparo del índice de este órgano jurisdiccional, según lo dispone el artículo 30 de la Ley de Amparo. Atentamente México, D.F., a 13 de abril de 2007. La Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal Lic. Alma Estela Flores Martínez Rúbrica. (R.- 246941) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Sonora Hermosillo, Sonora EDICTO EDUARDO LARA CARDENAS (TERCERO PERJUDICADO) RAMON JIMENEZ L. (TERCERO PERJUDICADO) En juicio de amparo número 576/2006, promovido por BENJAMIN LEONARDO LAGARDA BURTON, en contra de actos de la SECRETARIA DE LA REFORMA AGRARIA, residente en México, Distrito Federal y otras autoridades, se ordena emplazar a los citados terceros perjudicados por edictos que se publicaran por tres veces de siete en siete días, en Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República, e igualmente en estrados de este juzgado, y requerirlos para que dentro del plazo de treinta días a partir de la última publicación señalen domicilio en esta ciudad donde oír notificaciones, apercibidos que de no hacerlo en término concedido, se formulará por medio lista fijada en estrados este juzgado, conforme artículo 30 fracción II de Ley de Amparo, haciéndoles de su conocimiento que la copia de la demanda amparo, queda su disposición en este juzgado. A).- QUEJOSO.- BENJAMIN LEONARDO LAGARDA BURTON. B).- TERCERO PERJUDICADO.- EDUARDO LARA CARDENAS Y OTROS. C).- AUTORIDAD RESPONSABLE.- SECRETARIA DE LA REFORMA AGRARIA Y OTRAS. D).- ACTO RECLAMADO.- LA INMINENTE REGULARIZACION A TERCEROS DEL PREDIO DESCRITO EN LA DEMANDA DE AMPARO, Y LA INMINENTE MANIPULACION DE LA BASE DE DATOS CATASTRALES A FAVOR DE OTRAS PERSONAS DISTINTAS AL QUEJOSO EN RELACION A DICHO PREDIO. Asimismo, se informa que se fijaron las NUEVE HORAS CON TREINTA Y CINCO MINUTOS DEL VEINTICINCO DE ABRIL DEL DOS MIL SIETE, para celebración audiencia constitucional. Hermosillo, Son., a 20 de marzo de 2007. El Secretario del Juzgado Primero de Distrito Lic. Alejandro Ernesto Vega Becerra Rúbrica. (R.- 246957)
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Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Chihuahua Sección Penal EDICTO DE NOTIFICACION “En cumplimiento a lo ordenado por este Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Chihuahua, con residencia en Ciudad Juárez, mediante proveído de veintitrés de febrero de dos mil uno, dentro de los autos de la causa penal 154/1999-II, instruida en contra de Eduardo Caro Garrea o Eduardo Caro Gardea y Alejandro Ramírez Olivas, por considerarlos penalmente responsables de la comisión del delito contra la salud, en la modalidad de atenuada de marihuana, previsto por el artículo 195 bis, del Código Penal Federal y sancionado conforme a la tabla I, tercera línea horizontal, del Apéndice I, del ordenamiento legal invocado; se hace del conocimiento de la persona o personas que resulten ser los legítimos propietarios del vehículo marca G.M.C., tipo pick-up, modelo 1988, color guinda, con franjas grises en los costados, serie 1GTDK14KIKZ520218; que disponen del término de tres meses contados a partir del siguiente al que se publique el presente edicto, para que se presenten ante el Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Chihuahua, ubicado en el Palacio de Justicia Federal cito en la avenida Tecnológico número 1670, segundo nivel del fraccionamiento Fuentes del Valle, en Ciudad Juárez, Chihuahua, a solicitar la devolución de dicho vehículo, trayendo consigo para tal efecto la documentación correspondiente que acredite su legítima propiedad sobre dicho mueble, apercibiéndolos que de no hacerlo dentro del término que se le concede, dicho automotor causaría abandono a favor del Gobierno Federal, lo anterior con fundamento en los preceptos 182 N, fracción II, y 182 Ñ, del Código Federal de Procedimientos Penales”. Ciudad Juárez, Chih., a 28 de marzo de 2007. La Juez Quinto de Distrito en el Estado de Chihuahua Lic. Marta Elena Barrios Solís Rúbrica. (R.- 246971) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Chihuahua Sección Penal EDICTO DE NOTIFICACION “En cumplimiento a lo ordenado por este Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Chihuahua, con residencia en Ciudad Juárez, mediante proveídos de dieciséis de mayo y veinticinco de octubre ambos del dos mi, dentro de los autos de la causa penal 119/96-III-5, instruida en contra de José Morales Noriega, por considerarlo penalmente responsable de la comisión del delito previsto y sancionado por el artículo 250, fracción IV, del Código Penal Federal; se hace del conocimiento de la persona o personas que resulten ser los legítimos propietarios del vehículo marca Mercury, modelo mil novecientos ochenta y tres, placas del Estado de Arizona, con número BSZ372, con número de serie 1MEBP86X5DK601226, que disponen del término de tres meses contados a partir del siguiente al que se publique el presente edicto, para que se presenten ante el Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Chihuahua, ubicado en el Palacio de Justicia Federal cito en la avenida Tecnológico número 1670, segundo nivel del fraccionamiento Fuentes del Valle, en Ciudad Juárez, Chihuahua, a solicitar la devolución de dicho vehículo, trayendo consigo para tal efecto la documentación correspondiente que acredite su legítima propiedad sobre dicho mueble, apercibiéndolos que de no hacerlo dentro del término que se le concede, dicho automotor causaría abandono a favor del Gobierno Federal, lo anterior con fundamento en los preceptos 182 N, fracción II, y 182 Ñ, del Código Federal de Procedimientos Penales”. Ciudad Juárez, Chih., a 7 de marzo de 2007. La Juez Quinto de Distrito en el Estado de Chihuahua Lic. Marta Elena Barrios Solís Rúbrica. (R.- 246986)
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Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Chihuahua Sección Penal EDICTO DE NOTIFICACION “En cumplimiento a lo ordenado por este Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Chihuahua, con residencia en Ciudad Juárez, mediante proveído de veinticuatro de agosto de dos mil, dentro de los autos de la causa penal 192/1997, instruida contra José Luis Mosqueda Martínez, por considerarlo penalmente responsable de la comisión del delito previsto y sancionado por el artículo 194, fracción I, del Código Penal Federal; se hace del conocimiento de la persona o personas que resulten ser los legítimos propietarios del tractocamión marca White Freightliner, modelo mil novecientos setenta y tres, placas del Servicio Público Federal, con número 484BG9, con número de serie CA213HP03G291, que disponen del término de tres meses contados a partir del siguiente al que se publique el presente edicto, para que se presenten ante el Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Chihuahua, ubicado en el Palacio de Justicia Federal cito en la avenida Tecnológico número 1670, segundo nivel del fraccionamiento Fuentes del Valle, en Ciudad Juárez, Chihuahua, a solicitar la devolución de dicho vehículo, trayendo consigo para tal efecto la documentación correspondiente que acredite su legítima propiedad sobre dicho mueble, apercibiéndolos que de no hacerlo dentro del término que se le concede, dicho automotor causaría abandono a favor del Gobierno Federal, lo anterior con fundamento en los preceptos 182 N, fracción II, y 182 Ñ, del Código Federal de Procedimientos Penales”. Ciudad Juárez, Chih., a 8 de marzo de 2007. La Juez Quinto de Distrito en el Estado de Chihuahua Lic. Marta Elena Barrios Solís Rúbrica. (R.- 246991) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Chihuahua Sección Penal EDICTO DE NOTIFICACION “En cumplimiento a lo ordenado por este Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Chihuahua, con residencia en Ciudad Juárez, mediante proveído de doce de mayo de dos mil, en los autos de la causa penal 286/1997-I, instruida en contra de Fortunato Parra Aguilar, por considerarlo probable responsable en la comisión del delito contra la salud, en su modalidad de transportación de marihuana, previsto y sancionado por el artículo 194, fracción I, del Código Penal Federal; se hace del conocimiento de la persona o personas que resulten ser los legítimos propietarios del vehículo marca Ford, modelo 1976, color azul, con placas de circulación DF28645, del Estado de Chihuahua, que disponen del plazo de tres meses contados a partir del siguiente al que se publique el presente edicto, para que se presenten ante el Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Chihuahua, ubicado en el Palacio de Justicia Federal, sito en avenida Tecnológico 1670, segundo nivel, del fraccionamiento Fuentes del Valle, en Ciudad Juárez, Chihuahua, a solicitar la devolución de dicho automotor, trayendo consigo para tal efecto la documentación correspondiente que acredite la legítima propiedad sobre dicho mueble, apercibiéndolos que de no hacerlo dentro del término que se le concede, dicho automóvil causará abandono a favor del Gobierno Federal, lo anterior con fundamento en los preceptos 182, N, fracción II, y 182 Ñ, del Código Federal de Procedimientos Penales”. Ciudad Juárez, Chih., a 15 de marzo de 2007. El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Chihuahua, Encargado del Despacho por Licencia Concedida a la Titular Lic. Luis Eduardo Hernández Arellano Rúbrica. (R.- 246995)
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Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en el D.F. EDICTO CODEMANDADO. ISMAEL HERRERA SOSA. En el proveído de treinta de agosto de dos mil seis, en relación con el proveído de nueve de agosto del año en curso dictados en los autos del juicio ordinario civil federal 163/2006-III, promovido por la Federación en representación del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en contra de usted y otros, se ordenó emplazarlo por medio de edictos; y al efecto, se le hace saber que la parte actora, demanda de Usted las siguientes prestaciones: “I.- De los señores JUAN JOSE CAMPOS ZAVALA y RAFAEL CAMPOS ZAVALA, se reclaman: A).- La declaratoria judicial en el sentido de que mi representada, la Federación, es la legítima y exclusiva propietaria del inmueble ubicado en Calle República de Costa Rica No. 82, Colonia Morelos, Delegación Cuauhtémoc, en la Ciudad de México, Distrito Federal. B).- Como consecuencia inherente de lo anterior, la inmediata desocupación y entrega total del inmueble antes precisado, a favor de mi representada, la Federación, ésta por conducto del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, de acuerdo a lo establecido en los artículos 3, 6, fracción VI, y 13 de la Ley General de Bienes Nacionales, con todos los accesorios y frutos que de hecho o por derecho le pertenezcan. C).- El pago de todos los gastos y costas que se originen con la tramitación del presente juicio, en cada una de sus faces e instancias. II.- De los señores ISMAEL HERRERA SOSA y JUAN JOSE CAMPOS ZAVALA se reclama: La declaratoria judicial en el sentido de que es nulo de pleno derecho el contrato de compraventa de fecha 13 de julio de 1981 que, con el carácter de vendedor y comprador, respectivamente, celebraron sobre el inmueble objeto del presente juicio. III.- Del Lic. VICTOR MANUEL LECHUGA GIL, en su calidad de Notario Público No. 5, en el Estado de México, actualmente Notario Público No. 15, en la Ciudad de Toluca, Estado de México, se reclama: a) La declaratoria judicial en el sentido de que es nula de pleno derecho la escrituración del aludido contrato de compraventa, según testimonio notarial número 23,132, de fecha 6 de diciembre de 1995, y que obra en acta del protocolo número 422 de la Notaría a su cargo, para el efecto de que se cancele la misma. b) La elevación a escritura pública de al sentencia que en su oportunidad se emita en este proceso y por cuya virtud se declare que la Federación es la exclusiva propietaria del inmueble objeto del mismo. IV.- Del C. Director del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito Federal, se reclama: A) La cancelación de la inscripción del contrato de compraventa de fecha 13 de julio de 1981, lo cual se hizo bajo el folio real número 09486066. B) La inscripción de la sentencia definitiva que en su oportunidad, se emita en el presente juicio y por cuya virtud se declare que mi representada, la Federación, es la legítima propietaria del inmueble en cuestión.” Asimismo, hágase saber al codemandado Ismael Herrera Sosa, que debe presentarse al juicio para dar contestación a la demanda y manifestar lo que a su interés legal convenga respectivamente, dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto, bajo apercibimiento que de no comparecer en dicho término, se tendrá por contestada la demanda en sentido negativo y se seguirá el juicio en su rebeldía, realizándose las ulteriores notificaciones que deban ser personales por rotulón que se fijará en la puerta del juzgado. México, D.F., a 14 de diciembre de 2006. El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal Lic. Erick Fernando Cano Figueroa Rúbrica. (R.- 246553)
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(Primera Sección)
DIARIO OFICIAL
Miércoles 25 de abril de 2007
Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Morelos EDICTO C. RICHARD URBINA VEGA, en el lugar donde se encuentre: En los autos del juicio de amparo 317/2007-MG, promovido por MARIA GABRIELA PINEDA VALDES, contra actos del Juez Cuarto Civil de Primera Instancia del Primer Distrito Judicial en el Estado de Morelos y Actuario adscrito a la Primera Secretaría de dicho Juzgado, ambos con residencia en esta ciudad de Cuernavaca, Morelos, reclamando la falta de emplazamiento o llamamiento al incidente de tercería excluyente de dominio, tramitado dentro del juicio ejecutivo mercantil con número de expediente 512/02-I, seguido por Elías Yussif Roife en contra de la aquí quejosa; juicio de garantías que se radicó en este Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Morelos, sito en calle Leyva número 3, colonia Centro de esta ciudad de Cuernavaca, Morelos, y en el cual se le ha señalado con el carácter de tercero perjudicado y como se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado emplazarlo por edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los diarios de mayor circulación en la República Mexicana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de la Materia, haciéndole saber que debe presentarse dentro de TREINTA DIAS, contados a partir del siguiente al de la última publicación, por sí o por apoderado; apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones les surtirá efectos por lista que se publique en los estrados de este Juzgado Federal. Queda a su disposición en este Organo Judicial copia de la demanda de garantías de que se trata; asimismo se hace de su conocimiento que la audiencia constitucional se encuentra prevista para las DIEZ HORAS DEL CINCO DE JULIO DE DOS MIL SIETE. Fíjese en la puerta de este Tribunal Federal un ejemplar. Atentamente Cuernavaca, Mor., a 3 de abril de 2007. El Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Morelos Roberto Ramírez Moreno Rúbrica. (R.- 246950)
AVISOS GENERALES
Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte Subdirección General de Administración Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 131 y 132 de la Ley General de Bienes Nacionales, así como a las Bases Generales para el Registro, Afectación, Disposición Final y Baja de Bienes Muebles de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte se convoca a los interesados en participar en la licitación pública número LP-VBM-001-07, para la venta de un lote de vehículos. Costo de
Fecha límite para
Verificación
Junta de
Acto de presentación y
Acto de
las bases
adquirir bases
de los bienes
aclaraciones
apertura de ofertas
fallo
$500.00
8/05/2007
25/04/2007 al 10/05/2007
4/05/2007 10:00 Hrs.
11/05/2007 10:00 Hrs.
11/05/2007 17:00 Hrs.
Miércoles 25 de abril de 2007 Descripción general 1 lote de vehículos
DIARIO OFICIAL Valor de venta de los bienes $733,421.30
Garantía de seriedad de ofertas $73,342.13
(Primera Sección) Unidad de medida Vehículo
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Cantidad de bienes 29
Venta de bases: estarán disponibles para consulta y venta en Camino a Santa Teresa número 482, colonia Peña Pobre, código postal 14060, Delegación Tlalpan, México, D.F., y en la página electrónica: www.conade.gob.mx a partir de la publicación y hasta el día 8 de mayo de 2007, en un horario de 9:00 a 14:00 horas, en días hábiles. La forma de pago: el pago se deberá efectuar en la caja general de la CONADE, de 9:00 a 14:00 horas, mediante cheque certificado o de caja a favor de la Tesorería de la Federación. Verificación de los bienes: del 25 de abril al 10 de mayo de 2007, en un horario de 9:00 a 15:00 horas, en días hábiles, en las instalaciones del almacén, ubicadas en calle de Añil sin número, puerta 8, acceso nueve, colonia Magdalena Mixhuca, Delegación Iztapalapa, México, D.F. Forma y porcentaje de la garantía de sostenimiento de las ofertas: mediante cheque certificado o de caja expedido por una institución bancaria a favor de la Tesorería de la Federación, por un importe del diez por ciento (10%) del valor de venta de los bienes, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA. Lugar de celebración de los actos: las etapas del proceso se llevarán a cabo en el auditorio B de la Dirección de Servicios en la CONADE, ubicado en Camino a Santa Teresa número 482, colonia Peña Pobre, código postal 14060, teléfono 59-27-52-00, extensión 3810. Plazo máximo en que deberán retirarse los bienes: el retiro de los bienes se deberá realizar en un horario de 10:00 a 15:00 horas, dentro de los 10 días hábiles, siguientes a la fecha de suscripción del contrato respectivo, en la calle de Añil sin número, puerta 8, acceso nueve, colonia Magdalena Mixhuca, Delegación Iztapalapa, México, D.F. Subasta de los bienes: se procederá a la subasta de los bienes que no se logre su venta, siendo postura legal en primera almoneda las dos terceras partes del valor para venta considerado para la licitación, y un 10% menos en segunda almoneda. México, D.F., a 25 de abril de 2007. El Director de Servicios Ing. Julio César Valdivieso Cabrera Rúbrica. (R.- 246980) Estados Unidos Mexicanos Secretaría de Hacienda y Crédito Público Comisión Nacional Bancaria y de Valores Vicepresidencia de Normatividad Dirección General de Autorizaciones 312-1/851412/2007 Expediente CNBV.312.211.25 (654.U-763) Asunto: Se modifican los términos de la autorización para operar otorgada a esa sociedad. UNION DE CREDITO DE SERVICIOS FINANCIEROS DE OCCIDENTE, S.A. DE C.V. Av. Unión No. 163, despacho 1001, piso 10 Col. Americana 44140, Guadalajara, Jal. Con fundamento en los artículos 5o. y 8o., fracción Xl de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y con motivo de la reforma a la cláusula octava de los estatutos de esa sociedad, acordada en la asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada el 26 de mayo de 2006, esta Comisión tiene a bien modificar el punto Segundo, fracción II de la autorización para operar que le fue otorgada mediante oficio 601-ll-DA-b-13279 de fecha 22 de marzo de 1994, para quedar como sigue: "SEGUNDO.- ................................................................................................................................................. I.- .................................................................................................................................................................... II.- El capital social autorizado es de $14’200,000.00 (catorce millones doscientos mil de pesos 00/100 M.N.), representado por 127,800 acciones Serie “A” correspondientes al capital fijo sin derecho a retiro y 14,200 acciones Serie “B” correspondientes al capital variable, con valor nominal de $100.00 (cien pesos 00/100 M.N.) cada una. III.- .................................................................................................................................................................” Atentamente México, D.F., a 7 de marzo de 2007. El Director General Lic. José Antonio Bahena Morales Rúbrica. (R.- 246860)
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Estados Unidos Mexicanos Secretaría de la Función Pública Organo Interno de Control en Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos Area de Responsabilidades Expediente 0104/2006 Oficio No. 09/120/G.I.N./T.A.R.Q.-1189/2007 Asunto: Notificación por edictos CONSTRUCCIONES Y ACABADOS OLINALA, S.A. DE C.V. Presente Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 46, primer párrafo, 77 y 78, fracción IV de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y 217 de su Reglamento; 2, 35, fracción III, 70, fracciones II y VI, 72, 73 y 76 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3 letra D y 67 fracción I, punto 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; se le notifica a la empresa Construcciones y Acabados Olinala, S.A. de C.V., el inicio del procedimiento para determinar posibles infracciones a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, e imponerle en su caso, las sanciones administrativas que regulan los artículos 77 y 78 fracción IV de dicho ordenamiento, en virtud de que existen elementos para establecer que esa empresa presuntamente declaró con falsedad encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, mediante escrito de fecha dieciséis de junio de dos mil cuatro, en el procedimiento de Licitación Pública Nacional No. 09120029-007-04, inherente a la construcción del Centro Nacional de Control de CAPUFE, llevada a cabo en Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, ya que se tiene conocimiento de que a ese día tenía firmes a su cargo los créditos fiscales números Z-9825, Z-9826, L-186898, R-257469, R-257470, R-257471, R-257472, R-257473 y R-257474, lo que la ubicaría en el supuesto del artículo 78, fracción IV de la citada Ley. Por tal motivo se le otorgan quince días hábiles contados a partir del día siguiente al que surta efectos la notificación del presente oficio, para exponer dentro de dicho plazo lo que a su derecho convenga, y en su caso, aporte las pruebas que estime pertinentes en las instalaciones que ocupa esta Area de Responsabilidades a mi cargo, localizadas en carretera Cuernavaca-Tepoztlán número 201, colonia Chamilpa, código postal 62120, en esta ciudad de Cuernavaca, Morelos, en un horario de 9:00 a 15:00 horas, en días hábiles, debiendo acompañar poder notarial con el que certifique su representación y acredite la capacidad financiera de la empresa; en donde además y de acuerdo con lo establecido por el artículo 33 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, podrá consultar el presente expediente, apercibiéndole que si en dicho plazo no concurre ante esta H. Autoridad a realizar manifestación alguna, se tendrá por precluido su derecho en términos del artículo 288 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, y esta Unidad Administrativa procederá a dictar la resolución correspondiente. Asimismo, se le requiere para el efecto de que señale domicilio en la ciudad de Cuernavaca, Morelos, apercibiéndole de que en caso de no hacerlo, las siguientes notificaciones se le harán por rotulón lo anterior con fundamento en los artículos 2 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, 305, 306 y 316 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, en caso de no contar con domicilio en la ciudad, con fundamento en lo previsto por el artículo 35, fracción II de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, podrá manifestar en su escrito de contestación, su autorización para que las subsecuentes notificaciones se realicen vía telefax y los nombres de las personas autorizadas para tales efectos. Por último se le informa que en términos del artículo 56 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, una vez desahogados todos los elementos de prueba con que cuente esta Autoridad Administrativa y hasta antes de dictar la resolución que en derecho proceda, se pondrán las actuaciones a disposición de los interesados, para que en su caso formulen alegatos dentro del término fijado por el mismo ordenamiento jurídico. Atentamente Cuernavaca, Mor., a 11 de abril de 2007. El Titular del Area de Responsabilidades Lic. Gerardo Humberto Franco Baeza Rúbrica. (R.- 246900)
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CLUB ALEMAN DE MEXICO, S.A. DE C.V. ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS CONVOCATORIA SEGUNDA En cumplimiento a lo ordenado por los artículos 180, 181, 183, 186 y 187 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, 47 de los estatutos sociales, y al acuerdo del Consejo de Administración de veintiuno de febrero de dos mil siete, se cita en segunda convocatoria a los accionistas del Club Alemán de México, S.A. de C.V., a la Asamblea General Ordinaria Anual, que se llevará a cabo en el domicilio social ubicado en Aldama 153, colonia Tepepan, Xochimilco, México, D.F., 16020, a las dieciocho horas, del veintitrés de mayo de dos mil siete, la cual se desarrollará de acuerdo con el siguiente: ORDEN DEL DIA I. Apertura e instalación de la Asamblea. II. Designación de escrutadores y verificación del quórum legal. III. Informe del Consejo de Administración sobre la situación financiera de la sociedad, correspondiente al ejercicio social de 2006. IV. Informe de los comisarios de la sociedad. V. Aprobación y aplicación de los resultados financieros del ejercicio social de 2006. VI. Presentación del informe ejecutivo del Consejo de Administración. VII. Aprobación y ratificación de los actos y acuerdos del Consejo de Administración. VIII. Ratificación de la renuncia a percibir emolumentos correspondientes a los administradores y comisarios. IX. Designación de delegados para protocolizar ante notario público, la presente acta de Asamblea. X. Clausura formal. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 57 de los estatutos sociales, para tener derecho a asistir a la Asamblea, los accionistas deberán depositar sus acciones en la secretaría de la sociedad o en alguna institución de crédito del país o del extranjero que elija el accionista, a más tardar la víspera del día en que la Asamblea deba reunirse. La constancia de depósito servirá como tarjeta de admisión a la Asamblea. México, D.F., a 19 de abril de 2007. Presidente del Consejo de Administración Lic. Víctor Manuel Alonso Guzmán Rúbrica. (R.- 247009) OPERADORA DE TIENDAS DEPARTAMENTALES S.A. DE C.V. (EN LIQUIDACION) BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 28 DE FEBRERO DE 2007 (cifras expresadas en pesos) En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se informa que por acuerdo tomado por la totalidad de los socios el 1 de marzo de 2006, se resolvió la disolución de la sociedad. Disuelta la sociedad se ha puesto en liquidación, habiéndose procedido a practicar el balance final de liquidación con cifras al 28 de febrero de 2007, el cual se publica por tres veces, de diez en diez días. El balance, papeles y libros de la sociedad quedan a disposición de los accionistas a efectos de lo previsto en el segundo párrafo del inciso II del artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Activo Activo circulante Activo $0 Total del activo circulante $0 Total de activo $0 Pasivo y capital Pasivo $0 Total de pasivo $0 Capital Capital social $ 50,000 Déficit acumulado $ -50,000 Total de capital contable $0 Total pasivo y capital $0 El Haber Social será repartido entre los socios de manera proporcional a su participación accionaria. México, D.F., a 2 de marzo de 2007. Liquidador José C. Vieyra Rodríguez Rúbrica. (R.- 245806)
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Banco de Desarrollo de América del Norte Gobierno del Estado de Chihuahua Junta Central de Agua y Saneamiento del Estado de Chihuahua Junta Municipal de Aguas y Saneamiento de Juárez LICITACION PUBLICA CONVOCATORIA: JMAS-JUAREZ-BDAN-02-2007 La Junta Municipal de Aguas y Saneamiento de Juárez (JMAS), en Juárez, Municipio del mismo nombre, en el Estado de Chihuahua, México, pretende utilizar recursos propios, un crédito del Banco Desarrollo de América del Norte (BDAN), así como recursos no reembolsables de su Programa Fondo de Infraestructura Ambiental Fronteriza, que opera con aportaciones de la Agencia de Protección Ambiental Fronteriza de los Estados Unidos (EPA), para financiar la construcción de planta de tratamiento de aguas residuales con capacidad instalada de 62 l.p.s. incluye pretratamiento, bombeo, línea de conducción presurizada, tratamiento de lodos y sistema de reúso en la colonia Anapra en la Ciudad de Juárez, Chihuahua. Se invita por este medio a las empresas interesadas elegibles a presentar en idioma español en un sobre cerrado, ofertas técnicas y económicas, para llevar a cabo mediante un contrato a base de precios unitarios y tiempo determinado, la siguiente obra: Descripción general de las obras: Construcción de Planta de Tratamiento de Aguas Residuales con capacidad instalada de 62 l.p.s. incluye tratamiento de lodos, en colonia Anapra de Ciudad Juárez, Municipio del mismo nombre, en el Estado de Chihuahua, México. Licitación número JMAS-JUAREZ-BDAN-02-2007 Costo de las bases: $3,000.00 M.N. (tres mil pesos 00/100 moneda nacional) o su equivalente en dólares americanos. Capital contable mínimo requerido: $7’000,000.00 M.N. (siete millones de pesos 00/100 moneda nacional) o su equivalente en dólares americanos. Fecha límite para adquirir bases: 1 de junio del año 2007. Visita al lugar de la obra o los trabajos: 1 de junio del año 2007 a las 10:00 horas, hora local. Junta de aclaraciones: 1 de junio del año 2007 a las 12:30 horas, hora local. Presentación y apertura de proposiciones: 8 de junio del año 2007 a las 11:00 horas, hora local. El acto del fallo será el 25 de junio del año 2007 a las 14:00 horas, hora local. Fecha estimada de inicio de los trabajos: 16 de julio del año 2007. Fecha estimada de terminación de los trabajos: 15 de junio del año 2008. Las obras se localizan en Juárez, Municipio del mismo nombre, en el Estado de Chihuahua, México y tendrán una duración de 365 (trescientos sesenta y cinco) días naturales, para su ejecución. Excepto la compra de las bases de licitación, todos los actos se llevarán a cabo en el domicilio de la Junta Municipal de Aguas y Saneamiento de Juárez (JMAS) en Juárez, Municipio del mismo nombre, en el Estado de Chihuahua, ubicada en calle Pedro N. García número 2231, colonia Partido Romero, código postal 32030, Ciudad Juárez, Municipio del mismo nombre, en el Estado de Chihuahua, México, teléfonos (656) 686 0000, 686 0014 y fax (656) 616 8457, en las fechas y horarios señalados anteriormente. La participación en contratos financiados por el BDAN está abierta a empresas de cualquier país. Estas licitaciones se llevarán a cabo en consistencia con las Políticas y Procedimientos de Contratación y Adquisición del BDAN. No se aceptarán empresas que hayan sido previamente sancionadas por el BDAN y/o rescindidas contractualmente por la contratante y/o la Junta Central de Agua y Saneamiento del Estado de Chihuahua (JCAS). Una vez adjudicado el contrato, la relación jurídica entre la contratante y el contratista, así como la interpretación y resolución de las controversias que se susciten y que no estén relacionadas con el proceso de licitación, se sujetarán a lo previsto por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento. No se recibirán propuestas a través de medios remotos de comunicación electrónica, ni se podrán consultar o adquirir las bases de licitación por medios de difusión electrónica. La documentación de la licitación se publicará únicamente en español y las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta desde la publicación de la convocatoria hasta los días señalados con anterioridad, en las oficinas de la contratante y las oficinas de la JCAS y en la Junta Municipal de Aguas y Saneamiento de Juárez (JMAS), de lunes a viernes, de 9:00 a 15:00 horas. Para su venta están disponibles únicamente en las oficinas del Departamento de Costos y Licitaciones de la (JCAS), ubicadas en la avenida Teófilo Borunda número 500, código postal 3100 en la ciudad de Chihuahua, Chih., México, teléfonos (614) 439 3510 y (614) 439 3500, extensiones 22099 y 22074 mediante solicitud por escrito a la contratante y/o a la JCAS y el pago de un derecho no reembolsable en efectivo o mediante cheque certificado o de caja de $3,000.00 (tres mil pesos 00/100 moneda nacional) a nombre de la Junta Central de Agua y Saneamiento del Estado de Chihuahua en las cajas recaudadoras de dicho organismo. Para los licitantes extranjeros, el pago de las bases deberán realizarlo de igual forma. La venta de bases y planos se hará a todos los licitantes que presenten el punto 1, sin embargo, los requisitos generales que deberán ser cubiertos en la licitación son: 1.- Solicitud por escrito a la contratante o la JCAS para su inscripción a la licitación. 2.- Copia del acta constitutiva de la empresa y sus modificaciones, si las hubiere, inscritas en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, o sus equivalentes para licitantes extranjeros para el caso de persona física deberá presentar acta de nacimiento e identificación con fotografía (original y copia), en caso de mandar un representante éste debe presentar un poder simple. 3.- Documentación que compruebe el capital contable mínimo requerido, mismo que deberá acreditarse con los estados financieros dictaminados del año fiscal 2006 actualizados al 31 de diciembre de 2006
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(balances generales y estados de resultados) elaborados por un perito externo autorizado por la SHCP o su equivalente para empresas extranjeras a fin de comprobar su capital contable 4.- Relación de contratos en vigor que tengan celebrados tanto con la Administración Pública, como con particulares, señalando el importe total contratado y el importe por ejercer desglosado por anualidades, con fecha de corte al mes de marzo de 2007. 5.- Una breve descripción de la empresa, su organización y servicios. 6.- Para acreditar la experiencia técnica que se requiere para esta licitación, el licitante deberá exhibir: documentación de carácter legal (carátulas y/o contratos) que acredite su capacidad técnica demostrando mediante contratos individuales y satisfactoriamente terminados en tiempo y costo en los últimos cinco años, obras de naturaleza y características equivalentes cuyos montos y volúmenes sean iguales o mayores a la presente licitación, anexando copias de las actas de recepción, para el caso de asociaciones, cuando menos uno de los socios deberá cumplir con este punto. Se deberá presentar relación de equipo propio disponible y suficiente para esta obra; que no esté comprometido en otro contrato vigente. Información relativa a trabajos ejecutados en los últimos cinco años, con una breve descripción de las actividades realizadas incluyendo el nombre y número telefónico de referencias de por lo menos tres de estos trabajos. 7.- Curriculum vitae (CV) firmados por los interesados y el representante legal del licitante, del personal que esté disponible para trabajar en esta obra, sólo se considerarán los CVS debidamente firmados por el interesado y de aquellos que hayan participado directamente en contratos terminados de obras hidráulicas de saneamiento equivalentes y que tengan la capacidad de comunicarse en el idioma español. 8.- Declaración escrita y bajo protesta decir verdad, que el licitante no se encuentra en los supuestos descritos en el artículo 33 fracción XXIII, 51 y 78 penúltimo párrafo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas de México, asimismo, deberá presentar carta de no soborno del BDAN. No podrán participar los licitantes que se encuentren en los supuestos descritos en dicho artículo. 9.- Para personas físicas o morales en asociación, éstas deberán de presentar el original del contrato en asociación debidamente firmado por cada uno de los representantes legales y la descripción de responsabilidades y compromisos, debiendo de manifestar quién será el licitante responsable, así como quién será el representante legal de la asociación, que cumpla con lo solicitado en el artículo 28 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Para fines de contratación, será requisito indispensable que dicho contrato sea notariado. El cumplimiento de los requisitos arriba mencionados deberá de ser cubierto por cada uno de los integrantes de la asociación, con excepción del punto número 3, el cual podrá ser acreditado por la asociación en su conjunto. 10.- Se podrán subcontratar partes de la obra para lo cual deberá de presentar en su propuesta el nombre del subcontratista(s) y la parte de la obra que subcontratará, mismos que serán evaluados en la revisión detallada de la propuesta por parte de la contratante o la JCAS. La propuesta podrá ser presentada tanto en dólares americanos o pesos mexicanos. Las estimaciones mensuales serán pagadas conforme a la moneda de su propuesta. Para efectos de evaluación, únicamente se tomará el tipo de cambio aplicable para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana, que se publique en el Diario Oficial de la Federación el día de la apertura de las propuestas. Se otorgará un anticipo de 30% (treinta por ciento) del importe total de la asignación aprobada. Las propuestas deberán incluir una garantía de seriedad por el 5% (cinco por ciento) del valor de su propuesta sin incluir el Impuesto al Valor Agregado en la moneda cotizada, mediante cheque no negociable del licitante o con póliza de fianza a favor de “Junta Municipal de Aguas y Saneamiento de Juárez y/o Junta Central de Agua y Saneamiento del Estado de Chihuahua”, otorgada por institución autorizada para operar en el país. Los licitantes elegibles que estén interesados podrán obtener información adicional en las oficinas del Departamento de Costos y Licitaciones de la JCAS, ubicada en la avenida Teófilo Borunda número 500, colonia Centro, Chihuahua, Chih., México, teléfonos 01 (614) 439-3510 y 439-3500, extensiones 22024, 22099 y 22068, fax 01 (614) 439-3529, correo electrónico:
[email protected] y
[email protected] de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas, atención ingeniero María de Jesús Rivera Rivera, a partir de la publicación de la convocatoria. Las propuestas deberán entregarse en las oficinas de la Junta Municipal de Agua y Saneamiento de Juárez (JMAS), en el domicilio, fecha y hora indicadas para el acto de presentación y apertura de las proposiciones, hora en que se abrirán ante la presencia de aquellos representantes de los licitantes que opten por asistir. La convocante con base en el análisis comparativo de las propuestas admitidas, formulará un dictamen que servirá como fundamento para el fallo mediante el cual, en su caso, adjudicará el contrato al licitante que, de entre los proponentes, reúna las condiciones necesarias, garantice satisfactoriamente el cumplimiento del contrato, la ejecución de los trabajos, y haya presentado la oferta evaluada como la solvente más baja en los términos definidos en las bases de la licitación. Ninguna de las condiciones contenidas en las bases de licitación, así como en las proporciones presentadas por los licitantes podrá ser negociada. Cualquier condición propuesta por los licitantes que varíe en cualquier forma las condiciones impuestas o requeridas en la convocatoria, podrá ser motivo para desechar la propuesta. 24 de abril de 2007. El Presidente de la Junta Municipal de Agua y Saneamiento de Juárez Juárez, Chih., México Ing. Ernesto Mendoza Viveros Rúbrica. (R.- 246930)
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Miércoles 25 de abril de 2007
GRUPO IUSACELL, S.A. DE C.V. (FUSIONANTE) UNEFON HOLDINGS, S.A. DE C.V. (FUSIONADA) AVISO DE FUSION En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se informa que Grupo Iusacell, S.A. de C.V. y Unefon Holdings, S.A. de C.V., en asambleas generales extraordinarias de accionistas celebradas el 16 de abril de 2007, resolvieron fusionarse subsistiendo Grupo Iusacell, S.A. de C.V., en su carácter de sociedad fusionante, y extinguiéndose Unefon Holdings, S.A. de C.V. como sociedad fusionada, conforme al convenio de fusión que suscribieron en esa misma fecha, bajo las siguientes bases: 1. Grupo Iusacell, S.A. de C.V. y Unefon Holdings, S.A. de C.V. se fusionan, subsistiendo Grupo Iusacell, S.A. de C.V., como fusionante y extinguiéndose Unefon Holdings, S.A. de C.V. como fusionada. 2. La fusión se lleva a cabo con base en las cifras que aparecen en los respectivos balances generales de la fusionante y la fusionada al 31 de diciembre de 2006. 3. Entre la fusionante y la fusionada, la fusión surte efectos en la fecha en que (a) se hayan cumplido en su totalidad las siguientes condiciones: (i) Unefon, S.A. de C.V. y Operadora Unefon, S.A. de C.V. haya llevado a cabo una reducción a su capital social según se acordó por las respectivas asambleas de accionistas de dichas sociedades celebradas el 12 de abril de 2007; (ii) se hayan cumplido todas y cada una de las condiciones establecidas en el convenio concursal que fue aprobado por el Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil del Primer Circuito; o bien (b) tres meses después de que se haya llevado a cabo la inscripción del acuerdo de fusión en el Registro Público de Comercio del Distrito Federal, sin que se haya formulado oposición alguna, lo que ocurra primero. Frente a terceros, la fusión surtirá plenos efectos tres meses después de que se haya llevado a cabo la inscripción del acuerdo de fusión en el Registro Público de Comercio del Distrito Federal, sin que se haya formulado oposición alguna. 4. Al consumarse la fusión, Grupo Iusacell, S.A. de C.V. asumirá incondicionalmente todos los activos, pasivos, obligaciones y derechos sin reserva ni limitación alguna, de Unefon Holdings, S.A. de C.V. y adquirirá a título universal todo el patrimonio y los derechos de Unefon Holdings, S.A. de C.V., quedando a su cargo, como si hubiesen sido contratados por Grupo Iusacell, S.A. de C.V., todos lo adeudos y responsabilidades de Unefon Holdings, S.A. de C.V., subrogándose Grupo Iusacell, S.A. de C.V. en todos los derechos y obligaciones de Unefon Holdings, S.A. de C.V., de índole mercantil, civil, fiscal y de cualquier otra naturaleza, sin excepción. México, D.F., a 18 de abril de 2007. Delegado Especial Lic. Fernando José Cabrera García Rúbrica. UNEFON HOLDINGS, S.A. DE C.V. BALANCES GENERALES INDIVIDUALES miles de pesos de poder adquisitivo del 31 de diciembre de 2006 31 de diciembre de 2005 2006
ACTIVO Activo circulante Efectivo y equivalentes de efectivo Otras cuentas por cobrar Suma el activo circulante Inversión en Unefon, S.A. de C.V. Inversión en Cosmofrecuencias, S.A. de C.V. Otros activos Crédito mercantil Total activo PASIVO E INVERSION DE LOS ACCIONISTAS Pasivo circulante Porción circulante préstamos bancarios Cuentas por pagar y gastos acumulados Partes relacionadas Suma el pasivo circulante Préstamo de Banco Inbursa, S.A. Suma el pasivo total Inversión de los accionistas Capital social
$2,076,004 107,418 _____ $2,183,422
$45,670 17,800 63,470 4,764,379 42,567 1,516,011 $6,386,427
38
$162,790 31,129 257,917 451,836 2,658,912 3,110,748
76,904
76,904
$38 38
Miércoles 25 de abril de 2007
DIARIO OFICIAL
Prima en emisión de acciones Insuficiencia en la actualización del capital (Pérdidas) utilidades acumuladas Suma la inversión de los accionistas Total pasivo e inversión de los accionistas
(Primera Sección) 2,734,099 (303,028) (324,592) 2,183,383 $2,183,422
85
2,734,099 (296,370) 761,046 3,275,679 $6,386,427
Unefon Holdings, S.A. de C.V. Contralor Felipe Fernández Barrera Rúbrica. GRUPO IUSACELL, S.A. DE C.V. (SUBSIDIARIA DE MOVIL ACCESS, S.A. DE C.V.) BALANCES GENERALES -NO CONSOLIDADOSexpresados en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2006 31 de diciembre de Activo 2006 2005 ACTIVO CIRCULANTE Efectivo Ps. 259 Ps. 240 Impuesto al Valor Agregado por recuperar y otras cuentas por cobrar 12,424 9,541 Cuentas por cobrar a partes relacionadas 1,034,326 586,390 Total de activo circulante 1,047,009 596,171 Inversiones en acciones 2,786,577 3,230,401 Otros activos 29,450 Crédito mercantil-Neto de amortización acumulada de Ps. 57,602 en 2006 y en 2005 197,213 197,213 Total de activo Ps. 4,060,249 Ps. 4,023,785 Pasivo y Capital Contable (Déficit) PASIVO A CORTO PLAZO Deuda contratada a largo plazo, con vencimiento a corto plazo Ps. Ps. 3,864,020 Intereses por pagar 200,540 1,840,157 Proveedores 5,872 2,835 Impuestos y otras cuentas por pagar 138,418 200,344 Partes relacionadas 28,629 203,585 Total de pasivo a corto plazo 373,459 6,110,941 PASIVO A LARGO PLAZO 1,888,250 Deuda contratada a largo plazo Total de pasivo 2,261,709 6,110,941 CAPITAL CONTABLE (DEFICIT) Capital contribuido Capital social 8,402,631 8,402,631 Prima en emisión de acciones 1,652,231 1,652,231 Exceso del valor de reembolso sobre el costo de las acciones de subsidiarias (192,745) (192,745) 9,862,117 9,862,117 Capital ganado (déficit) (Pérdidas) utilidades acumuladas Reserva legal 23,597 23,597 De años anteriores (12,217,637) (11,483,526) Del año 3,885,696 (734,111) (8,308,344) (12,194,040) Otros elementos del capital ganado 244,767 244,767 Total de capital contable (déficit) 1,798,540 (2,087,156) Total de pasivo y capital contable (déficit) Ps. 4,060,249 Ps. 4,023,785 Grupo Iusacell, S.A. de C.V. Contralor Gildardo Lara Bayón Rúbrica. (R.- 246970)
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(Primera Sección)
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Miércoles 25 de abril de 2007
Petróleos Mexicanos Comité de Normalización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LAS NORMAS DE REFERENCIA NORMA DE REFERENCIA NOMBRE NRF-001-PEMEX-2007 TUBERIA DE ACERO PARA RECOLECCION Y TRANSPORTE DE HIDROCARBUROS. NRF-008-PEMEX-2007 CALZADO INDUSTRIAL DE PIEL PARA PROTECCION DE LOS TRABAJADORES. NRF-151-PEMEX-2007 DIETANOLAMINA. NRF-154-PEMEX-2007 INHIBIDOR DE INCRUSTACION Y DISPERSANTE A PARTIR DE TERPOLIMERO DE ACIDO ACRILICO CON GRUPOS FUNCIONALES SULFONADOS, CARBOXILADOS Y NO IONICOS UTILIZADOS EN SISTEMAS DE AGUA DE ENFRIAMIENTO. NRF-155-PEMEX-2007 “BIOCIDA NO OXIDANTE A BASE DE GLUTARALDEHIDO PARA AGUA DE ENFRIAMIENTO”. NRF-123-PEMEX-2006 RESPIRADORES PURIFICADORES DE AIRE DE PRESION NEGATIVA CONTRA GASES, VAPORES Y PARTICULAS. NRF-176-PEMEX-2006 DISEÑO DE DUCTOS ASCENDENTES PREINSTALADOS Y SUS ABRAZADERAS. NRF-177-PEMEX-2006 SISTEMAS DE PROTECCION DEL DUCTO ASCENDENTE EN LA ZONA DE MAREAS Y OLEAJE. NRF-178-PEMEX-2006 TRAMPAS DE DIABLOS EN PLATAFORMAS MARINAS. NRF-091-PEMEX-2007 SISTEMAS ELECTRICOS DE EMERGENCIA. NRF-116-PEMEX-2006 MATERIAS PRIMAS CONTRA INCENDIO: POLVOS QUIMICOS Y LIQUIDOS ESPUMANTES. Petróleos Mexicanos con fundamento en lo dispuesto por los artículos 51-A y 67 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 44 y 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, publica la Declaratoria de Vigencia de las normas de referencia que se listan a continuación, mismas que han sido elaboradas por los Subcomités Técnicos de Normalización correspondientes y aprobadas por el Comité de Normalización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. De conformidad con el artículo 51-A de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, estos proyectos de normas de referencia se publicaron para consulta pública en el Diario Oficial de la Federación, a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales, después de su publicación, los interesados presentaran sus comentarios ante el seno del Comité; habiéndose atendido los comentarios recibidos, se declara la Vigencia de las Normas de Referencia listadas, a los 60 días naturales, contados a partir de la publicación en el DOF de la presente Declaratoria. El texto completo de los documentos puede ser consultado en la Biblioteca Central de Petróleos Mexicanos, ubicada en avenida Marina Nacional 329, primer piso del edificio “A”, colonia Huasteca, México, D.F., código postal 11311 y en las direcciones de Internet: http://www.economia.gob.mx/dgn1.html y www.pemex.com. CLAVE O CODIGO NRF-001-PEMEX-2006
TITULO DEL PROYECTO DE NORMA TUBERIA DE ACERO PARA RECOLECCION Y TRANSPORTE DE HIDROCARBUROS Objetivo Establecer los requisitos de calidad que debe cumplir el proveedor en la fabricación, inspección y pruebas de tubería de acero microaleado para la recolección y transporte de hidrocarburos. Alcance Esta Norma establece requisitos para la fabricación de acero al carbono microaleado, tubería de línea con y sin costura, pruebas, documentación y registros del fabricante de tubería para los sistemas de ductos de recolección y transporte de hidrocarburos amargos y no amargos. Esta edición cancela y sustituye a la NRF-001-PEMEX-2000, editada el 8 de agosto de 2000 y a la NRF-002-PEMEX-2001 editada el 25 de febrero de 2002. Concordancia con normas mexicanas o internacionales Esta Norma concuerda parcialmente con ISO 3183-2:1996 e ISO 3183-3:1999.
Miércoles 25 de abril de 2007 NRF-008-PEMEX-2007
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(Primera Sección)
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CALZADO INDUSTRIAL DE PIEL PARA PROTECCION DE LOS TRABAJADORES Objetivo
Establecer las especificaciones y métodos de prueba que debe cumplir el calzado de piel que Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios adquieran como parte del equipo de protección personal de sus trabajadores. Alcance Este documento contiene los requisitos mínimos que debe cumplir el calzado de protección para los trabajadores de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Establece además los métodos de prueba para verificar la conformidad con los requisitos especificados. Incluye el calzado para personal marino a bordo de embarcaciones o plataformas marinas, dieléctrico y con plantilla metálica no contenidos en la NOM-113-STPS-1994. Esta Norma de Referencia no es aplicable para la adquisición de calzado de protección impermeable de piel. Concordancia con normas mexicanas o internacionales Esta Norma de Referencia no guarda concordancia específica con otra Norma Nacional o Internacional. NRF-151-PEMEX-2007 DIETANOLAMINA Objetivo Establecer las especificaciones técnicas y documentales para la adquisición de la dietanolamina. Alcance Esta Norma de Referencia establece las especificaciones fisicoquímicas de calidad de la dietanolamina 2 2 empleada principalmente como absorbente de gases ácidos (H S y CO ) en los sistemas de endulzamiento de gas y condensados amargos de Pemex. Concordancia con normas mexicanas o internacionales Esta Norma de Referencia, no tiene relación con alguna Norma Mexicana o Internacional. NRF-154-PEMEX-2007 INHIBIDOR DE INCRUSTACION Y DISPERSANTE A PARTIR DE TERPOLIMERO DE ACIDO ACRILICO CON GRUPOS FUNCIONALES SULFONADOS, CARBOXILADOS Y NO IONICOS UTILIZADOS EN SISTEMAS DE AGUA DE ENFRIAMIENTO Objetivo Establecer los requisitos técnicos y documentales para la adquisición de inhibidor de incrustación y dispersante a partir de terpolímero de ácido acrílico con grupos funcionales carboxilados, sulfonados y no iónicos, para los sistemas de agua de enfriamiento de Petróleos Mexicanos. Alcance Establecer las especificaciones técnicas del inhibidor de incrustación y dispersante a partir de terpolímero de ácido acrílico con grupos funcionales carboxilados, sulfonados y no iónicos, para la conservación de la integridad mecánica de los sistemas de agua de enfriamiento de Petróleos Mexicanos. Concordancia con normas mexicanas o internacionales Esta Norma de Referencia, no tiene relación con alguna Norma Internacional. NRF-155-PEMEX-2007 “BIOCIDA NO OXIDANTE A BASE DE GLUTARALDEHIDO PARA AGUA DE ENFRIAMIENTO” Objetivo Establecer los requisitos técnicos para la adquisición del biocida no oxidante a base de glutaraldehído al 45% peso mínimo de concentración, para los sistemas de agua de enfriamiento de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Alcance En esta Norma se establecen las características técnicas del biocida no oxidante de amplio espectro a base de glutaraldehído al 45% peso mínimo de concentración que se adquiere en Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, para el control microbiológico en los sistemas de agua de enfriamiento. Concordancia con normas mexicanas o internacionales Esta Norma de Referencia, no tiene concordancia con alguna Norma Internacional.
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(Primera Sección)
NRF-176-PEMEX-2006
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Miércoles 25 de abril de 2007
DISEÑO DE DUCTOS ASCENDENTES PREINSTALADOS Y SUS ABRAZADERAS Objetivo
Establecer los requisitos técnicos que debe cumplir el contratista en el diseño de ductos ascendentes preinstalados y sus abrazaderas. Alcance Esta Norma de Referencia cubre los requerimientos para el diseño de la sección preinstalada del ducto ascendente y sus abrazaderas en la subestructura, instaladas mediante el método de lanzamiento, para tirantes mayores de 30 m (98,4 pies) pero menores de 80 m (262,5 pies), también incluye los ductos preinstalados en subestructuras que serán izadas para su instalación. Concordancia con normas mexicanas o internacionales Esta Norma de Referencia no tiene concordancia con ninguna Norma Mexicana o Internacional. NRF-177-PEMEX-2006 SISTEMAS DE PROTECCION DEL DUCTO ASCENDENTE EN LA ZONA DE MAREAS Y OLEAJE Objetivo Establecer los requisitos técnicos y documentales para la adquisición del diseño, materiales, fabricación, soldadura, inspección y pruebas que debe cumplir el contratista, para los sistemas de protección de la zona de mareas y oleaje de un ducto ascendente. Alcance Esta Norma de Referencia cubre los requerimientos para el diseño, materiales, fabricación, inspección, pruebas y documentación de los sistemas de protección metálicos y no metálicos utilizados en la zona de mareas y oleaje del ducto ascendente en plataformas marinas. Este documento no cubre los criterios ni los requerimientos para la evaluación y reparación de daños en la zona de mareas y oleaje del ducto ascendente, los cuales están contemplados en la NRF-014-PEMEX-2006. Esto no excluye la consideración de estos sistemas para mantenimiento en la zona de mareas y oleaje del ducto ascendente. Concordancia con normas mexicanas o internacionales Esta Norma de Referencia no tiene concordancia con ninguna Norma Mexicana o Internacional. NRF-178-PEMEX-2006 TRAMPAS DE DIABLOS EN PLATAFORMAS MARINAS Objetivo Establecer los requerimientos técnicos y criterios que debe cumplir el contratista en el diseño, materiales, fabricación, inspección y pruebas de trampas de diablos para plataformas marinas. Alcance Esta Norma establece los requisitos técnicos de diseño, materiales, construcción, pruebas e instalación para trampas de diablos instrumentados (lanzador, receptor y lanzador-receptor dual) completamente armadas como una unidad completa, incluye: tuberías, válvulas, accesorios, dispositivos e instrumentación, montados en patín estructural para la adecuada operación y mantenimiento de ductos submarinos de transporte de hidrocarburos. Además deben tener las dimensiones necesarias para operar y correr el diablo instrumentado de menor longitud disponible en el mercado, de acuerdo con el diámetro de la línea submarina conectada a la trampa de diablos. Las dimensiones establecidas en esta Norma de Referencia para las trampas de envío y recibo de diablos, aplican para ductos a ser instalados en plataformas nuevas y en plataformas existentes. Cuando no sea factible cumplir con estas dimensiones en plataformas existentes, queda a criterio del diseñador elaborar la propuesta para la aprobación del área usuaria. Concordancia con normas mexicanas o internacionales Esta Norma de Referencia no tiene concordancia con ninguna Norma Mexicana o Internacional. NRF-123-PEMEX-2006 RESPIRADORES PURIFICADORES DE AIRE DE PRESION NEGATIVA CONTRA GASES, VAPORES Y PARTICULAS Objetivo Establecer las especificaciones que deben cumplir los respiradores purificadores de aire de presión negativa contra gases, vapores y partículas.
Miércoles 25 de abril de 2007
DIARIO OFICIAL
(Primera Sección)
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Alcance El alcance de esta Norma abarca únicamente respiradores purificadores de aire de presión negativa, de aplicación exclusiva en atmósferas con un contenido mínimo de oxígeno de 19.5% en volumen. Los respiradores suministradores de aire y los cánister no están considerados en esta Norma de Referencia. Concordancia con normas internacionales Esta Norma concuerda parcialmente con la NMX-054-SCFI-2002 NRF-116-PEMEX-2006
MATERIAS PRIMAS CONTRA INCENDIO: POLVOS QUIMICOS Y LIQUIDOS ESPUMANTES Objetivo
Establecer las especificaciones que deben cumplir los polvos químicos y líquidos espumantes que se adquieran para el servicio contra incendio. Alcance Esta Norma de Referencia contempla las características fisicoquímicas mínimas y los métodos de prueba que deben cumplir las materias primas contra incendio y el bióxido de carbono, para la preservación de vidas humanas, medio ambiente e instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Los líquidos espumantes deben ser biodegradables y no deben contener los compuestos: sulfonato de perfluorooctanilo (PFOS) y el Dipropil Glicol Metil Eter (DPM), así como otras sustancias que puedan ser dañinas al ser humano o al ambiente y que aparezcan listadas en NIOSH, OSHA o EPA. Esta Norma de Referencia no contempla los polvos químicos secos fosfato monoamónico y bicarbonato de sodio, los cuales están contemplados en las normas NOM-104-STPS-2001 y NOM-106-STPS-1994, así como los agentes extinguidores utilizados en los sistemas de inundación total para la protección de salas de máquinas, equipo de cómputo y cuartos de control entre otros, como son los halocarburos y gases inertes (NRF-019-PEMEX-2001). Para los polvos químicos secos fosfato monoamónico y bicarbonato de sodio en lo que respecta al empaque, etiquetado y criterios de aceptación considerar lo indicado en esta Norma. La aplicación de estas materias primas contra incendio no se contempla en esta Norma. Concordancia con normas internacionales Tiene concordancia total con las siguientes normas: NOM-104-STPS-2001, Seguridad extintores contra incendio de polvo químico seco tipo ABC, a base de fosfato mono amónico y NOM-106-STPS-1994, Seguridad agentes extinguidores-polvo químico seco tipo BC, a base de bicarbonato de sodio. NRF-091-PEMEX-2006 SISTEMAS ELECTRICOS DE EMERGENCIA Objetivo Establecer las especificaciones que deben cumplir los sistemas eléctricos de emergencia en las instalaciones industriales. Alcance Esta Norma de Referencia establece las especificaciones que deben de cumplir los sistemas eléctricos de emergencia (Grupo generador y sistemas de fuerza ininterrumpible-SFI), constituidos por circuitos y equipos destinados a generar, alimentar, distribuir y controlar la energía eléctrica para mantener la continuidad del servicio eléctrico para las cargas críticas y cargas que defina Pemex en caso de falla de suministro normal. Esta Norma de Referencia aplica para todas las instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios incluyendo las instalaciones costa fuera y hospitales. Concordancia con normas internacionales Esta Norma de Referencia coincide parcialmente con la NRF-048-PEMEX-2006, Diseño de instalaciones eléctricas y la ISO-8528/3. México, D.F., a 29 de marzo de 2007. El Presidente Suplente del CNPMOS Ing. Víctor Ragasol Barbey Rúbrica. (R.- 246920)
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(Primera Sección)
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Miércoles 25 de abril de 2007
Petróleos Mexicanos Comité de Normalización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios AVISOS DE CONSULTA PUBLICA DE LOS PROYECTOS DE NORMAS DE REFERENCIA NORMA DE REFERENCIA NOMBRE PROY-NRF-200-PEMEX-2007 POLIMEROS FLOCULANTE A BASE DE ACRILAMIDA Y COAGULANTE A BASE DE HIDROXICLORURO DE ALUMINIO Y POLIAMINAMELAMINA PARA EL ACONDICIONAMIENTO DE AGUA CRUDA. PROY-NRF-201-PEMEX-2007 INHIBIDOR DE CORROSION Y DISPERSANTE A BASE DE MEZCLA DE FOSFATOS ORGANICOS E INORGANICOS, CLORURO DE ZINC Y TERPOLIMERO DE ACIDO ACRILICO O MALEICO, PARA AGUA DE ENFRIAMIENTO. PROY-NRF-181-PEMEX-2007 SISTEMAS ELECTRICOS EN PLATAFORMAS MARINAS. PROY-NRF-183-PEMEX-2007 EQUIPO DE MANIOBRA PARA INSTALACIONES: GRUAS VIAJERAS, MALACATES Y POLIPASTOS. PROY-NRF-130-PEMEX-2007 SISTEMAS DE CONTROL SUPERVISORIO Y ADQUISICION DE DATOS PARA DUCTOS. PROY-NRF-124-PEMEX-2007 MATERIALES REFRACTARIOS PARA CALENTADORES A FUEGO DIRECTO. Petróleos Mexicanos con fundamento en lo dispuesto por los artículos 51-A y 67 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 44 y 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, publica los avisos de consulta pública de los proyectos de normas de referencia que se listan a continuación, mismos que han sido elaborados por los Subcomités Técnicos de Normalización correspondientes y aprobados por el Comité de Normalización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. De conformidad con el artículo 51-A de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, estos proyectos de normas de referencia se publican para consulta pública a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, los interesados presenten sus comentarios ante el seno del Comité que lo propuso, ubicado en avenida Marina Nacional 329, piso 35 de la Torre Ejecutiva de Pemex, colonia Huasteca, México, D.F., código postal 11311, teléfonos 19 44 95 81 y 19 44 25 00, extensiones 54777 y 54778, fax 19 44 93 08, E-mail:
[email protected]. Durante este lapso, el texto completo del documento puede ser consultado en la Biblioteca Central de Petróleos Mexicanos, ubicada en avenida Marina Nacional 329, primer piso del edificio “A”, colonia Huasteca, México, D.F., código postal 11311 y en las direcciones de Internet: http://www.economia.gob.mx/dgn1.html y www.pemex.com. Clave o código PROY-NRF-200-PEMEX-2007
Título del Proyecto de Norma POLIMEROS FLOCULANTE A BASE DE ACRILAMIDA Y COAGULANTE A BASE DE HIDROXICLORURO DE ALUMINIO Y POLIAMINAMELAMINA PARA EL ACONDICIONAMIENTO DE AGUA CRUDA Objetivo
Establecer los requisitos técnicos y documentales para la adquisición del polímero floculante a base de acrilamida y coagulante a base de hidroxicloruro de aluminio y poliamina-melamina, para clarificar y pretratar el agua cruda que se emplea en los diferentes procesos productivos en las instalaciones de Petróleos Mexicanos. Alcance Establecer las especificaciones técnicas del polímetro floculante a base de acrilamida y coagulante a base de hidroxicloruro de aluminio y poliamina-melamina, para clarificar y pretratar el agua cruda que se emplea en las instalaciones de Petróleos Mexicanos. Concordancia con normas mexicanas o internacionales Esta Norma de Referencia, no tiene relación con alguna Norma Internacional
Miércoles 25 de abril de 2007 PROY-NRF-201-PEMEX-2007
DIARIO OFICIAL
(Primera Sección)
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INHIBIDOR DE CORROSION Y DISPERSANTE A BASE DE MEZCLA DE FOSFATOS ORGANICOS E INORGANICOS, CLORURO DE ZINC Y TERPOLIMERO DE ACIDO ACRILICO O MALEICO, PARA AGUA DE ENFRIAMIENTO Objetivo
Establecer los requisitos técnicos y documentales para la adquisición de inhibidor de corrosión y dispersante a base de mezcla de fosfatos orgánicos e inorgánicos, cloruro de zinc y terpolímero del ácido acrílico o maleico, para los sistemas de agua de enfriamiento de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios. Alcance En esta Norma se establecen las características técnicas del inhibidor de corrosión y dispersante a base de mezcla de fosfatos orgánicos e inorgánicos, cloruro de zinc y terpolímero del ácido acrílico o maleico que se adquiere en Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para emplearlo en sistemas de agua de enfriamiento. Concordancia con normas mexicanas o internacionales Esta Norma de Referencia, no tiene concordancia con alguna Norma Internacional PROY-NRF-181-PEMEX-2006 SISTEMAS ELECTRICOS EN PLATAFORMAS MARINAS Objetivo Establecer los requisitos técnicos y documentales para el diseño, instalación y pruebas de sistemas eléctricos en plataformas marinas. Alcance Establecer los lineamientos, criterios y requisitos para el diseño, instalación y pruebas de sistemas eléctricos en plataformas marinas nuevas, ampliaciones y remodelaciones de las existentes de PEP. Con la declaratoria de vigencia de esta Norma de Referencia se deja sin efecto y cancela a la Especificación Técnica No. P.2.0227.04, edición de octubre de 2006. Concordancia con normas mexicanas o internacionales “No tiene concordancia”. PROY-NRF-183-PEMEX-2007
EQUIPO DE MANIOBRA PARA INSTALACIONES: GRUAS VIAJERAS, MALACATES Y POLIPASTOS Objetivo
Establecer los requisitos técnicos y documentales que deben cumplir los proveedores para los servicios de diseño, fabricación, materiales, inspección y pruebas para grúas viajeras, polipastos y malacates en las instalaciones de Pemex. Alcance Esta Norma de Referencia establece los requisitos y criterios para diseño, fabricación, materiales, inspección y pruebas de grúas viajeras, polipastos y malacates con accionamiento manual, eléctrico o neumático utilizados tanto en áreas clasificadas y no clasificadas como peligrosas; para el mantenimiento de equipos y manejo de materiales requeridos en las instalaciones de Pemex. Para áreas no clasificadas como peligrosas, los materiales para el equipo de maniobra pueden no ser antichispa. Esta Norma de Referencia no contempla: la instalación, las pruebas de campo y la puesta en operación de estos equipos ni los utilizados para izaje o transporte de personal. Concordancia con normas mexicanas o internacionales. “No tiene Concordancia”. PROY-NRF-130-PEMEX-2007
SISTEMAS DE CONTROL SUPERVISORIO Y ADQUISICION DE DATOS PARA DUCTOS Objetivo
Establecer los requerimientos técnicos y documentales para la adquisición y contratación de servicios que deben cumplir los Sistemas de Control Supervisorio y Adquisición de Datos para Ductos de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.
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(Primera Sección)
DIARIO OFICIAL
Miércoles 25 de abril de 2007
Alcance Esta Norma establece los requerimientos técnicos y documentales para la adquisición de bienes tales como Hardware, Software, sistemas de comunicación, instrumentación y contratación de servicios relacionados con el suministro, instalación, configuración, pruebas, puesta en operación, documentación y soporte técnico para los Sistemas de Control Supervisorio y Adquisición de Datos para Ductos en los sistemas de transporte de hidrocarburos líquidos y gaseosos, que son aplicados para el monitoreo y supervisión la operación automática y remota de los sistemas de transporte de hidrocarburos por ductos. Concordancia con normas mexicanas o internacionales Esta Norma de Referencia no concuerda con ninguna Norma Mexicana o Internacional. PROY-NRF-124-PEMEX-2007 MATERIALES REFRACTARIOS PARA CALENTADORES A FUEGO DIRECTO Objetivo Establecer los requisitos técnicos y documentales para la adquisición de materiales refractarios para calentadores a fuego directo en instalaciones industriales y sus pruebas. Alcance Esta Norma de Referencia establece los requerimientos que debe cumplir el contratista o proveedor para el suministro de materiales refractarios en calentadores a fuego directo para Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Esta Norma contempla los siguientes materiales: ladrillo refractario denso y aislante, mortero refractario base húmeda y seca y concreto refractario denso y aislante. No contempla la adquisición de piezas refractarias especiales. Concordancia con normas internacionales Esta Norma concuerda parcialmente con los métodos de prueba establecidos en las Normas Mexicanas NMX-O-1-1988, NMX-O-007-1988, NMX-O-017-1990 y NMX-O-065-1984. México, D.F., a 29 de marzo de 2007. El Presidente Suplente del CNPMOS Ing. Víctor Ragasol Barbey Rúbrica. (R.- 246919) AVISO AL PUBLICO REQUISITOS NECESARIOS PARA LA INSERCION DE DOCUMENTOS A PUBLICAR: • Escrito dirigido al Director General Adjunto del Diario Oficial de la Federación, solicitando la publicación de su documento, con dos copias legibles. • Original del documento a publicar en papel membretado, con sello, firma autógrafa y fecha de expedición del mismo, sin alteraciones y acompañado de dos copias legibles. • En caso de documentos a publicar de empresas privadas, deberá anexar copia de la cédula del R.F.C. • En caso de licitación pública o estado financiero, necesariamente deberá acompañar su documentación con un disquete en cualquier procesador WORD. • A partir del 1 de enero de 2007, el pago por derechos de publicación deberá efectuarse mediante el esquema para pago de derechos e5cinco del SAT en ventanilla bancaria o a través de Internet, con la clave de referencia 014001743 y la cadena de la dependencia 22010010000000. El comprobante de pago deberá presentarse (el original que devuelve la institución bancaria o la impresión original del pago realizado en Internet), acompañado de una copia simple. El original del pago será resguardado por esta Dirección. LAS PUBLICACIONES SE PROGRAMARAN DE LA SIGUIENTE FORMA: • Las convocatorias para concursos de adquisiciones, arrendamientos, obras y servicios del sector público recibidas los días miércoles, jueves y viernes, se publicarán el siguiente martes, y las recibidas en lunes y martes, se publicarán el siguiente jueves. • Avisos, edictos, balances finales de liquidación, convocatorias de enajenación de bienes y convocatorias de asambleas se publicarán cinco días hábiles después de la fecha de recibido y pagado, y tres días después si se acompañan con disquete, mientras que los estados financieros, de acuerdo al espacio disponible para publicación. • El disquete deberá contener un solo archivo con toda la información. • Por ningún motivo se recibirá documentación que no cubra los requisitos antes señalados. • Horario de recepción de 9:00 a 13:00 horas, de lunes a viernes. • Teléfonos: 50 93 32 00 y 51 28 00 00, extensiones 35078, 35079, 35080 y 35081. Fax extensión 35076. Nota: Si envía la documentación por correspondencia o mensajería, favor de anexar guía prepagada de la mensajería de su preferencia, correctamente llenada, para poder devolverle la forma fiscal que le corresponde. Atentamente Diario Oficial de la Federación
Se invita a las personas morales de nacionalidad mexicana que tengan interés en participar en la Subasta Pública Nacional No. SP-02/2007 para el arrendamiento de locales comerciales ubicados en la Nueva Terminal 2 de Aeropuerto Internacional Benito Juárez Ciudad de México, para operar bajo el giro de venta alimentos de conformidad con lo siguiente: SUBASTA PUBLICA No. SP-02/2007 SUPERFICIE EN M2 APROXIMADA GIRO SUBGIRO UBICACION 330.50 Venta de alimentos Restaurante bar Ambulatorio Salidas 100.00 Venta de alimentos Snack bar SUES Nacional Salidas 87.25 Venta de alimentos Snack bar SUES Nacional Salidas 184.74 Venta de alimentos Snack bar Mezzanine 217.31 Venta de alimentos Restaurante bar Mezzanine 383.91 Venta de alimentos Restaurante bar Mezzanine 222.87 Venta de alimentos Restaurante bar Mezzanine Costo de las bases
Visita a instalaciones 2/05/07 10:00 horas
Junta de aclaraciones 2/04/07 13:00 horas
Presentación de proposiciones y apertura técnica y económica 10/05/07 10:00 horas
Emisión de fallo 18/05/07 11:00 horas
Descripción Arrendamiento de locales comerciales ubicados en la Nueva Terminal 2 de Aeropuerto Internacional Benito Juárez Ciudad de México, para operar bajo el giro de venta alimentos
(R.- 246894)
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México, D.F., a 25 de abril de 2007. Directora General Adjunta Comercial y de Servicios Yolanda E. Olivo Arroyo Rúbrica.
(Primera Sección)
• Las bases de la subasta se encuentran disponibles en la Subdirección de Servicios Comerciales ubicada en el segundo nivel del edificio “B”, del área internacional de Aeropuerto Internacional Benito Juárez Ciudad de México (AICM), sito en avenida Capitán Carlos León sin número, colonia Peñón de los Baños, código postal 15620, Delegación Venustiano Carranza, México, Distrito Federal, los días de lunes a viernes, dentro del horario de 9:00 a 18:00 horas. La forma de pago es, en la caja general de AICM ubicada en la oficina número 49 del mezzanine de AICM, mediante efectivo o bien a través de cheque certificado o de caja, expedido de la cuenta del participante a favor de Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, S.A. de C.V. • La junta de aclaraciones, apertura de las propuestas técnicas, económicas y fallo se llevarán en el salón de usos múltiples, ubicado en el primer piso del área internacional del AEROPUERTO, sito en la avenida Capitán Carlos León sin número, colonia Peñón de los Baños, código postal 15620, Delegación Venustiano Carranza, México, D.F. La visita a instalaciones y la junta de aclaraciones son de carácter obligatorio, por lo que se solicita asistir puntualmente. • El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: español. La moneda en que deberán presentarse las proposiciones será: peso mexicano. • La vigencia del contrato de arrendamiento será de cuatro años. • El lugar y plazo del arrendamiento será conforme a las especificaciones técnicas descritas en las bases en el capítulo III, información específica sobre el contrato de arrendamiento. • Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de subasta, así como las proposiciones presentadas por los participantes, podrán ser negociadas.
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$4,000.00 (incluye IVA)
Fecha límite para adquirir bases 2/05/2007 hasta las 9:30 horas
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AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MEXICO, S.A. DE C.V. DIRECCION GENERAL ADJUNTA COMERCIAL Y DE SERVICIOS INVITACION
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Miércoles 25 de abril de 2007