Story Transcript
MODIFICACIONES EN EL SISTEMA DE FACTURACION ELECTRONICA C.P. A. ALFREDO VILLANUEVA RAMIREZ M.F. y M.C.A. RESPONSABLE DEL DEPARTAMENTO FISCAL DE LA U.G.R.N.V.
TUXPAN, VER A 26 DE AGOSTO DE 2016
TEMARIO 1.- INSCRIPCION OBLIGACIONES
AL
SAT
O
MODIFICACION
2.- E.FIRMA (FIRMA ELECTRONICA)
3.- OBLIGACIONES FISCALES : A)- FACTURACION B)- CONTABILIDAD ELECTRONICA 4.- USO DEL C.F.D.I. EN LA MOVILIZACION
DE
INSCRIPCION AL S.A.T. O ACTUALIZACION DE OBLIGACIONES ???
INSCRIPCION: Quiénes lo presentan Personas morales de nueva creación O QUE NO SE ENCUENTRE DADAS DE ALTA, a través de sus representantes legales (PRESIDENTE EN TURNO). Como son entre otras: Asociaciones Civiles, Sociedades Civiles, Sociedades Anónimas, Sociedades de Responsabilidad Limitada, Sindicatos, Partidos Políticos, Asociaciones Religiosas, Sociedades Cooperativas, Sociedades de Producción Rural, y otras personas morales.
TRAMITE PRESENCIAL ANTE EL SAT. 1.- Realizar una cita. https://citas.sat.gob.mx/citasat/home.aspx 2.- Acude el día y hora (con la documentación del trámite a la oficina del SAT de tu preferencia). 3.- Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite. 4.- Recibe tu Solicitud y acuse de Inscripción al RFC, así como firma electrónica, SE SUGIERE solicitar la contraseña.
DOCUMENTACION A PRESENTAR: 1.- Acta Constitutiva y Estatutos con Resolución del RNA (Registro Nacional Agropecuario) 2.- Patente de Funcionamiento y comprobante de domicilio fiscal con antigüedad no mayor a dos meses (original). 3.- Acta de elección del Consejo Directivo actual con Resolución RNA. 4.- Identificación oficial del representante legal (original). 5.- El representante legal debe contar con E.Firma (activa) 6.- Correo Electrónico y posibles contraseñas (letra mayúsculas , letras minúsculas, números y algún signo especial) NOTA: DEBERAS LLEVAR UNA USB O UN CD PARA LA ENTREGA DE LOS ARCHIVOS
REPRESENTANTE LEGAL E.FIRMA : 1.- Identificación oficial (original). 2.- Acta de Nacimiento original 3.- Comprobante de domicilio fiscal con antigüedad no mayor a dos meses (original) y 4.- CURP Correo Electrónico y posibles contraseñas (letra mayúsculas , letras minúsculas, números y algún signo especial) *llevar USB o CD para entrega de archivos. Responder las preguntas que le realice la autoridad, relacionadas con la identidad, domicilio y en general sobre la situación fiscal de la persona física o moral a inscribir
ACTUALIZACION DE OBLIGACIONES Quién debe realizarlo?: Personas Morales que cuenten con su R.F.C. y que tengan otras obligaciones a las que DEBEN TENER. Quien lo realiza ? Representante Legal (PRESIDENTE EN TURNO). Requisitos: Solicitar cita : https://citas.sat.gob.mx/citasat/home.aspx Acudir en la fecha y hora. Presentarse 15 minutos antes. Original de Credencial de Elector Acta Constitutiva o última Acta de Asamblea donde aparezca el nuevo Consejo Directivo y Resolución del RNA.
QUE OBTENEMOS EN CASO DE ASOCIACION GANADERA ??
COMO ASOCIACION GANADERA, SIN OBLIGACION ADICIONAL
SI TIENES OBLIGACIONES DIFERENTES, SALARIOS, VENTAS CON IVA, RETENCIONES
QUE OBTENEMOS COMO PERSONA FISICA??
OBLIGACIONES COMO PERSONA FISICA ACTIVIDAD GANADERA PRIMERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2016 Y SUS ANEXOS 1-A, 23 Y 27 Presentación de la información de las operaciones efectuadas con clientes y proveedores 3.23.16. Para los efectos de los artículos 86, fracción VIII de la Ley del ISR, vigente hasta el 31 de diciembre de 2013 y Noveno, fracciones II y X de las Disposiciones Transitorias de la Ley del ISR publicada en el DOF el 11 de diciembre de 2013, los contribuyentes podrán optar por no presentar a información de las operaciones efectuadas con clientes y proveedores correspondiente al ejercicio fiscal 2015.
E.FIRMA (ANTES FIRMA ELECTRÓNICA) La E. Firma es un archivo digital que te identifica al realizar trámites por internet en el SAT e incluso en otras dependencias del Gobierno de la República. Tu E. Firma es única, es un archivo seguro y cifrado, que tiene la validez de una firma autógrafa. Por sus características, es segura y garantiza tu identidad. El SAT obligación de entregar al Representante Legal los archivos de tu E. Firma y tu solicitud sellada.
SUGERENCIAS Es importante resguardar los archivos en un medio digital seguro, ya sea en USB o CD para su exclusividad. No deben compartirse los archivos de la E. Firma ya que puede facilitarse que se haga mal huso de esta. LA E.FIRMA (ANTES FIRMA ELECTRONICA), TIENE UNA VIGENCIA DE 4 (CUATRO AÑOS), esta puede renovarse antes de la fecha de vencimiento en la pagina del SAT. Después de la fecha de vencimiento se tiene que hacer todo el proceso en forma personal en la oficinas del SAT.
COMO RENOVAR TU E.FIRMA SI LA E.FIRMA (FIRMA ELECTRÓNICA) ESTÁ VIGENTE SE PUEDE RENOVAR EN LÍNEA: 1.- Descarga el programa Certifica (antes Solcedi).
- Selecciona Requerimiento de Renovación de E.Firma. - Prepara los archivos de la E.Firma que quieres renovar (terminaciones cer y key). - Continúa con las indicaciones. - Imprime tu comprobante y guarda tu nuevo archivo con terminación cer. Si no concluiste tu renovación en el programa Certifica porque no contabas con internet, realiza los siguientes pasos:
- Ubica tus nuevos archivos ren y key que generaste en el programa Certifica. - Ingresa a CertiSAT Web, con tu E.Firma vigente o con contraseña. - Envía tu archivo ren, en la opción Renovación del Certificado. - Imprime tu comprobante. - Descarga tu nuevo certificado, en la opción Recuperación de Certificados.
EN FORMA PERSONAL EN CUALQUIER OFICINA DEL SAT CUANDO: 1.- E. Firma No Vigente; 2.- Fue Revocada, O 3.- Si Perdiste La Contraseña O La Llave Privada (Archivo Key).
Documentación Requerida: *Original de Identificación Oficial, *Ultima Acta de Asamblea donde conste el Actual Consejo Directivo (Con Resolución de R.N.A.) *Un Correo Electrónico, y un dispositivo de almacenamiento.
FACTURACION (SECTOR PRIMARIO): 1.- Facturación Electrónica a través del Portal De La C.N.O.G. A.- Se Necesita R.F.C. Y B.- Que El Vendedor Sea Exclusivamente Sector Primario Con Ingresos Exentos (1’050,000.00)
2.- Facturación Electrónica a través del Portal del SAT. A.- Se Necesita Firma Electrónica (E. Firma) B.- Puede Utilizarlo cualquier régimen y sin restricción. C.- Útil en Facturación mínima
3.- Facturación Electrónica por medios propios (Compra de Sistema de Facturación y PAC) A.- Se Necesita Firma Electrónica (E. Firma) B.- Para Utilización Propia . C.- Útil en mucha Facturación
C.F.D.I. (COMPROBANTE FISCAL DIGITAL POR INTERNET): Los CFDI´s, deben cumplir con los requisitos consagrados en los artículos 29 y 29-A del CFF. El artículo 29-A Fracción VII inciso C) del Código Fiscal de la Federación obliga a los contribuyentes que emiten CFDI a anotar en el cuerpo de la factura (XML) la forma en que sea realizo el pago, ya sea en efectivo, cheque, transferencia electrónica de fondos, tarjetas de debido o crédito u otra forma de pago.
****Dicho requisito no debe ser adicionado manualmente al XML*** IMPORTANTE! : SI EL XML se abre, SE CORROMPE y no es valido para EL SAT, DEBERA CANCELARSE y volver a solicitar o realizar el CFDI respectivo. En el mismo Artículo 29-A Fracción IX se establece que los comprobantes fiscales deberán reunir más requerimientos técnicos que dará a conocer el SAT por medio de reglas de carácter general. Estas reglas de carácter general las conocemos como Resolución Miscelánea
La reforma más importante : Ahora es obligatorio anotar LA CLAVE del método de pago, dejando de ser obligatorio la leyenda. La clave del método de pago será la contenida en el Anexo publicado. Clave Concepto ¿Cuáles son las claves que deben anotarse en el renglón de forma de pago? Las siguientes:
01
Efectivo
02
Cheque nominativo
03
Transferencia de fondos
Es importante que estés atento a cualquier cambio en el CFDI para evitar que los gastos que realices sean no deducible.
04
Tarjetas de crédito
05
Monederos electrónicos
06
Dinero electrónico
08
Vales despensa
28
Tarjeta de débito
29
Tarjeta de servicios
99
Otros
Con la entrada en vigor de la Reforma estamos ante las siguientes opciones: •En caso de ventas de contado debemos anotar el método de pago con el cual nos pagan en ese momento. •Si nos pagan con dos o mas métodos de pago debemos anotar en el cuerpo del CFDI todas las claves. Ejemplo: Método de pago 02,03, etc. De mayor a menor. • En el caso de ventas a crédito deberemos preguntar a nuestro cliente cual será el método de pago con el cual nos pagara para anotarlo en el XML. Si nos manifiesta un método de pago y posteriormente nos paga con otro diferente dicho CFDI podría ser considerado no deducible para nuestro cliente. • Si nos pagaran en parcialidades y cada una será con un método de pago diferente debemos anotar todas las claves que correspondan. •EL método de pago en el cuerpo del XML será solo clave.
LA CUENTA BANCARIA EN EL METODO DE PAGO Muchas personas piden aun que se anote los 4 dígitos o más de la cuenta bancaria en el XML. Hasta 2013 era obligatorio (29-A, fracc. VII, inciso C), CFF). Sin embargo, con la reforma de 2014 este requisito se derogó, en consecuencia ya no es obligatorio plasmarlo en los CFDI´s, solo es un dato opcional que las Leyes no obligan a anotarlo. Actualmente el anexo 20 de la RMISC lo menciona como un nodo opcional:
RECORDEMOS que el 14 de Julio de 2016 se publicó la 3ª.modificacion a la Resolución Miscelánea 2016 donde se publica una nueva regla 2.7.1.35 denominada “Expedición de CFDI por pagos realizados”. Esta regla se emite para obligar a los contribuyentes a emitir un CFDI por los cobros de facturas posteriores a su expedición. Dicha regla entrara en vigor a los 30 días de la publicación de su Anexo. LA NUEVA REGLA MANIFIESTA QUE SE DEBERÁ ELABORAR UN CFDI POR CADA COBRO RECIBIDO CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: •Si es un pago por varias facturas se emitirá un CFDI por cada factura. •Si es un abono a factura se emitirá un CFDI de parcialidad •En el método de pago dirá “pago” •Tendrá un complemento donde anotaremos el detalle del pago •El importe del CFDI será $ 0.00 •Si se paga al siguiente ejercicio fiscal NO se emitirá este CFDI de pagos •El CFDI que origino el “pago” no se deberá cancelar •El CFDI de pagos si se podrá cancelar
COMPLEMENTOS DE FACTURA ELECTRÓNICA (CFDI) Las etiquetas definidas como y permiten incluir información adicional de uso regulado por la autoridad para un sector o actividad específica, permitiendo que la información adicional sea protegida por el sello digital de la Factura Electrónica (CFDI). COMPLEMENTO Información adicional para las Facturas Electrónicas. COMPLEMENTOCONCEPTO - Información adicional para los Conceptos.
Complementos: •Estado de cuenta de combustibles de monederos electrónicos, •Donatarias, •Compra venta de divisas, •Otros derechos e impuestos, •Leyendas fiscales , •Persona física integrante de coordinado, •Turista pasajero, Extranjero, •Spei de tercero a tercero, •Sector de ventas al detalle (Detallista), •CFDI Registro fiscal, •Recibo de pago de nómina , •Pago en especie , •Vales de despensa, •Consumo de combustibles, •Aerolíneas, •Notarios Públicos, •Vehículo usado, •Servicios parciales de construcción , •Renovación y sustitución de vehículos, •Certificado de destrucción, •Obras de arte plásticas y antigüedades, •Comercio Exterior.
Observaciones del SAT. portal de FACTURACION ELECTRONICA de la C.N.O.G. modificación a partir del próximo lunes 15 de Agosto de 2016 al realizar la FACTURA : 1.- OBSERVACIONES QUE DEBERAN CUMPLIRSE: A.- Antes de expedir por primera vez una factura fiscal, deberá firmarse por única ocasión “el convenio”, solicitando copia legible de credencial de elector del vendedor (productor) y enviar dichos documentos en el transcurso del día en formato PDF a la UGRNV. Posteriormente se enviaran los documentos originales al Ing. Edgar Jonguitud. B.- Antes de realizar la cancelación de Factura, deberá firmarse “la solicitud de cancelación” e inmediatamente enviarse escaneada a la UGRNV, para que proceda a efectuar dicha cancelación. Es importante recordarles que los formatos físicos (originales) deben enviarse a la UGRNV a la atención del Ing. Edgar jonguitud. 2.- ACTUALIZACION DE USUARIOS Confirmar a la brevedad posible por cualquier vía (oficio, memorándum, correo electrónico o telefónico) con el Ing. Edgar Jonguitud, El nombre del usuario o usuarios que actualmente utilizan dicho portal. En caso de cambio o baja en los usuarios, comunicarse inmediatamente para que se genere un nuevo usuario y se cancele el que ya no se utilice.
3.- OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS. Recordar nuevamente a los usuarios la obligación de cumplir todos y cada uno de los puntos que señala la “carta responsiva” y no efectuar facturas si el vendedor (productor) no lo solicita directamente, resguardando confidencialmente los datos de cada uno de ellos. 4.- MODIFICACION AL SISTEMA DE FACTURACION A PARTIR DEL PROXIMO LUNES 15 DE AGOSTO DE 2016. Dicha modificación consiste en que se llenaran los datos para la factura como hasta hoy, pero no se podrá descargar de inmediato el XML y el PDF, sino que internamente al momento de GENERARLA, esta se enviara a la CNOG, para que haga el timbrado y sellado ante el SAT, una vez realizado este proceso dicha factura será regresada internamente a cada AGLs solicitante y entonces se podrá descargar el PDF y XML. Para estos efectos se habilita un nuevo botón que se llama “SOLICITUD DE FACTURA” (tiempo esperado de respuesta de 10 a 30 segundos en horario normal. Las facturas que se hagan fuera de horario se podrán descargar hasta al dia siguiente)
Es importante comunicarles que debido a este nuevo cambio solicitado por el SAT, se comenzaran a tener horarios para el recepción de la factura fiscal y su timbrado y sellado por los operadores de la CNOG. Se les confirmara posteriormente cual será el definitivo. (Momentáneamente será de lunes a Sábado de 9 am a las 6 pm. Y el domingo solo a las 10:00 horas y a las 12:00 horas) En el menú de Ayuda del sistema de Facturación, encontraran un TUTORIAL, referente a este punto.
OBLIGACIONES FISCALES PARA ÁSOCIACIONES GANADERAS
CONTABILIDAD Todas las personas morales incluidas las del TITULO III (Aquí están las ASOCIACIONES GANADERAS LOCALES), tienen la obligación de llevar los registros y asientos contables a través de medios electrónicos e ingresar de forma mensual su información contable a través de la página de Internet del SAT. La contabilidad del mes de enero de 2016, se enviara a más tardar el día 3 de Marzo de 2016, la de febrero de 2016 a mas tardar el 3 de Abril de 2016 y así sucesivamente.
PUNTOS A OBSERVAR 1.- Verificar que la contabilidad sea conforme a las Normas de Información Financiera (NIF), y ajustada a lo que dice el Código Fiscal de la Federación, así como todas las demás leyes y códigos que le aplican. 2.- Verificar si su catálogo de cuentas actual, permite utilizar el CODIGO AGRUPADOR DE CUENTAS DEL SAT, en su caso deberá de redefinirse. 3.- Tener mucho cuidado con los saldos iniciales porque aun cuando tributen como persona moral con fines no lucrativos, si no documentan bien algún préstamo, algún crédito, etc a nombre de un socio, la autoridad podrá generar DIVIDENDO FICTO (es decir tomarlo como si fuera reparto de Remanente) y cobrarnos impuestos y accesorios en su caso.
DISCREPANCIA FISCAL . QUÉ ES?? El procedimiento de discrepancia fiscal permite a la autoridad fiscal estimar y determinar el monto de los ingresos de un contribuyente (PERSONA FISICA), comparándolo con la cantidad de erogaciones realizadas, sin la necesidad de llevar a cabo una facultad de comprobación, como lo podría ser una visita domiciliaria o una revisión de gabinete. El SAT revisará los pagos que hagas en tus Tarjetas de Crédito, debito, departamentales.), para ver si estamos gastando más de lo que ganamos. Se consideran erogaciones las consistentes en:
•Gastos. Cuando pides facturas con tu RFC los CFDI aparecen dentro de las compras y gastos realizados, chécalo. •Adquisiciones de bienes. Los notarios reportan las operaciones con inmuebles y con acciones o partes sociales. •Depósitos en cuentas bancarias, en inversiones financieras o tarjetas de crédito. La información la obtienen del sistema financiero y de los intercambios internacionales de información, con casi todo el mundo.
LEY GANADERA DEL ESTADO DE VERACRUZ
CAPITULO QUINTO PROPIEDAD, MARCAS Y SEÑALES DEL GANADO Art 27 al 48 CAPITULO SEXTO GANADO MOSTRENCO. Art 49 al 60 CAPITULO SEPTIMO DEL SERVICIO DE LA INSPECCION Art 61 al 69 CAPITULO OCTAVO VIGILANCIA Y MOVILIZACION DEL GANADO Art 70 al 85 CAPITULO NOVENO ABASTO PUBLICO Y VENTA DE LOS PRODUCTOS ANIMALES Art 86 al 95
ACREDITACION DE LA PROPIEDAD Artículo 27. I. Con la patente actualizada que ampare el fierro criador, marca de herrar o tatuaje para el ganado mayor; II. Con el arete del Sistema Nacional de Identificación Ganadera; III. Con la escritura pública o privada; IV. Con la factura expedida por la Asociación Ganadera Local; V. Con la señal de sangre para el ganado menor; y VI. Con los demás medios de prueba establecidos por la Ley.
REGLAMENTO DE LA LEY DE ORGANIZACIONES GANADERAS CAPÍTULO II DE LA PROPIEDAD DEL GANADO Artículo 103.- La propiedad de los animales se acredita con alguno de los siguientes medios probatorios: I. La factura de la compraventa correspondiente; II. Los fierros, marcas o tatuajes debidamente registrados ante la Secretaría; III. La resolución judicial ejecutoriada que así lo determine, y IV. Los demás medios de prueba establecidos por el derecho común. Artículo 107.- Las facturas que acrediten la propiedad del ganado deberán presentarse en original, y observar las especificaciones que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
DE LA MOVILIZACION Artículo 70. Toda conducción de ganado deberá ampararse con un documento denominado Guía de Tránsito que serán expedidos por la Asociación Ganadera Local respectiva con autorización del Presidente Municipal, debiendo dicha Guía ir acompañada de los recibos de pago de impuestos cuando éstos deban causarse, de la Guía Sanitaria, así como de la factura que legitime la operación de compra-venta cuando de ello se trate.
REGLAMENTO DE LA LEY DE ORGANIZACIONES GANADERAS
Artículo 104.- Para la movilización de animales se requiere: I.
Acreditar debidamente la propiedad con la factura de compraventa correspondiente; II. II. Contar con la certificación de la asociación ganadera local que exista en el municipio, y III. III. Contar con el certificado zoosanitario, mediante el cual, se acredite el cumplimiento de los requisitos zoosanitarios.
PUNTOS IMPORTANTES DE LAS GUIAS DE TRANSITO 1. Vigencia: La vigencia de la Guía de Transito tiene vigencia de 5 días hábiles, las guías NO SE PODRÁN EXPEDIR LOS SÁBADOS Y DOMINGOS, la Asociación Ganadera debe tener homologados los horarios de atención al publico, a los horarios que labora el Ayuntamiento. Los Embarques de otros Estados, en transito pueden movilizarse sin problema por el Estado de Veracruz.
2. Credencial IFE: Se refiere al folio escrito en el reverso de la Credencial para Votar, el cual es único e intransferible.
3. Arete SINIIGA 12 Dígitos por Cuadro: 28 Espacios para describir los numero de Arete SINIIGA. 4. Antecedentes Presentados: En este espacio se deberán describir los antecedentes presentados para la Expedición de la Guía de Transito, en el que se incluyen las Facturas presentadas, las Guías presentadas en las que aparecen los fierros de los animales que sean documentados.
5. Datos de Transporte: Describir Tipo de Vehículo; Modelo, Color, Placas del Transporte, ruta y Nombre del Conductor. Datos necesarios para la trazabilidad de origen del ganado.
6. Nombre y Firma del Responsable de la Documentación: En su caso es la firma de la persona que recibe el embarque de parte del productor remitente.
IMPORTANTE! Los Movimientos de ganado que se realicen del mismo productor ganadero (cambio de pastos), deberá acreditar que cuenta con unidades de producción pecuaria en origen y destino. Las patentes deberán estar vigentes en origen y destino. Los Agentes municipales no están facultados para certificar o dar visto bueno (visado) de las facturas de compra venta y de las guías de transito para la movilización animal.
ANTECEDENTES PRESENTADOS
PRESENTA FACTURA FISCAL NUMERO XXXXXX DE FECHA XXXXXXX DEBIDAMENTE CERTIFICADA POR EL AYUNTAMIENTO Y AGL, PRESENTE ADEMAS GUIA DE TRANSITO NUMERO xxxxxx DE FECHA xxxx CIRCULARA DE DIA Y DE NOCHE, DEBIDO A LA DISTANCIA ENTRE ORIGEN Y DESTINO EL BECERRO CON ARETE SINIIGA XXXXXXXX, VA RECIEN HERRADO POR SER DE 2 MESES DE EDAD EL TORETE CON NUMERO DE SINIIGA XXXX, EL FIERRO VA LIGERAMENTE CORRIDO PERO SE DISTINGUE CLARAMENTE LAS INICIALES SVH AUTORIZA VIAJAR DE NOCHE INSPECTOR DE GANADERIA
PUNTOS IMPORTANTES • NO EXISTEN LEGALMENTE LAS FAMOSAS RESPONSIVAS, POR LO TANTO NO SE DEBEN ACEPTAR EN NINGUN TRAMITE DE MOVILIZACION.
• POR NINGUN MOTIVO DOCUMENTAR ANTECEDENTES CONFORME A LA LEY.
GANADO
SIN
• POR NINGUN MOTIVO SE DEBE DOCUMENTAR GANADO QUE SE ENCUENTRA HERRADO CON FIERRO MARCADOR QUE NO ESTE REGISTRADO EN EL AYUNTAMIENTO DE ESE MUNICIPIO. • EL H. AYUNTAMIENTO PUEDE IMPONER MULTA INFRACCIONES (art. 72 y 73 de la vigente Ley Ganadera)
POR
Gracias