Procedimiento. Accidentes de Alumnos UNAB. Departamento de Prevención de Riesgos

Documento Fecha Emisión Dirección de Prevención y Seguridad Privada Departamento de Prevención de Riesgos Accidente de Alumnos UNAB 06 de Agosto de 2
Author:  Javier Cuenca Vega

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ANEXO Nº 4.- PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES
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Procedimiento Accidentes de Alumnos UNAB Dirección de Prevención y Seguridad Privada Departamento de Prevención de Riesgos

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1. OBJETIVO

Tiene como propósito entregar una guía para la atención de primeros auxilios y/o traslado a centros de atención médica, en caso de accidente de alumnos dentro de los

Campus

de

la

Universidad

Andrés

Bello

o

realizando

actividades

extracurriculares organizadas por la Universidad.

2. ALCANCE

El presente procedimiento es aplicable a todos los alumnos matriculados de la Universidad Andrés Bello, en todos sus Campus. 3. RESPONSABILIDADES

a. Dirección de Financiamiento Estudiantil 

Implementar el presente procedimiento



Verificar su cumplimiento.



Actualizar mensualmente las nominas de alumnos asegurados.

b. Departamento de Prevención de Riesgos 

Mantener actualizado el procedimiento



Controlar su aplicación.

c. Unidades de Primeros Auxilios (UPAS) 

Prestar el servicio técnico de primeros auxilios.



Informar a la Carrera del alumno accidentado, DAE y al Departamento de Prevención de Riesgos los accidentes ocurridos con carácter de mediana a gran gravedad.



Llevar el registro de los accidentes de alumnos.

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d. Personal de Portería 

Apoyar y auxiliar a las Unidades de Primeros Auxilios en el cumplimiento del presente procedimiento.

4. REFERENCIAS

a) Decreto Supremo Nº 313, incluye a escolares en seguro de accidentes de acuerdo con la Ley Nº 16.744 b) Póliza de Seguro Voluntario de Accidentes Personales (CHUBB Seguros)

5. DEFINICIONES

Técnico en Enfermería de Nivel Superior: trabajador sanitario diferente al médico y personal de enfermería, con formación especial para la realización de técnicas de asistencia sanitaria de apoyo.

Primeros auxilios: Primera ayuda o atención que se da al accidentado en el lugar del accidente y antes de que llegue el personal especializado.

Seguro estatal: Este seguro protege a los estudiantes frente a los accidentes que puedan sufrir dentro del establecimiento educacional, lugar de práctica profesional, así también trayecto directo entre su domicilio y el establecimiento educacional y viceversa. La atención se efectúa en la Posta Central u Hospital Público más cercano a la ocurrencia del accidente.

Seguro Voluntario de Accidentes Personales: Seguro complementario de accidentes que es adquirido por los estudiantes, el cual los cubre frente a cualquier accidente las 24 horas del día y los 365 días del año. La atención médica se puede efectuar en la Mutual de Seguridad o libre elección, de acuerdo a las cláusulas especificas del seguro.

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6. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

a) Accidente al Interior Campus 

Ocurrido el accidente, quien sea testigo del hecho, debe avisar vía telefónica, o por la vía más rápida, al personal de seguridad o directamente al paramédico del Campus, para que concurra al lugar a realizar la atención respectiva del accidentado.

Sede

Dirección

Anexo

Horarios

República

República 206

8181

08:00 - 22:00

Bellavista

Bellavista 0121

3469

08:00 – 22:15

Fernández Concha 700

8593

08:30 - 18:30

Miraflores

Los Fresnos 91

5203

08:15 - 18:15

Chorrillos

Avenida Valparaíso 1530

5338

08:15 - 18:15

7 Norte 1348

5044

Casona

Los Castaños Reñaca Concepción 

Los Castaños 404

2684589

08:00 - 23:15

Halimeda Esquina Talasia

5259

08:15 - 18:15

Autopista Concepción Talcahuano 7100

2314

08:00 – 22:45

El paramédico al llegar al lugar, entrevistará al accidentado para saber su condición actual o deberá entrevistar a los presentes para saber de lo ocurrido.



Si la gravedad del accidente lo permite, el paramédico con la colaboración de personal de seguridad, trasladarán al accidentado hasta la Unidad de Primeros Auxilios, para realizar una atención más adecuada.



Si el accidentado (a) requiere atención especializada, se verificará si posee o no el Seguro Voluntario de Accidentes Personales, junto con esto se informará a los padres o apoderados.

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Atención con seguro voluntario:  El accidentado (a) será trasladado al Centro de atención de la Mutual de Seguridad más cercano al lugar del accidente. En el caso de accidentes traumáticos (fracturas, golpes en la cabeza, o articulaciones que expongan a riesgo vital) se deberá llamar al servicio de ambulancia al número 6005001400 o al (56-2) 3407961.  En caso de que el alumno, sus padres y/o apoderados dispongan su traslado a otro centro de atención, será él quien asumirá los gastos en que se incurran, tales como ambulancia, ingreso al centro médico y otros, y solicitará el reembolso presentando a la Compañía de seguros el formulario Anexo N° 2.  En el caso que el accidente ocurra en actividades académicas y/o deportivas organizadas por la Universidad, el profesional a cargo de la actividad deberá gestionar el traslado.



Atención sin seguro voluntario  El Accidentado será trasladado al Hospital Público más cercano al lugar del accidente.  El Paramédico deberá completar la Declaración Individual de Accidentes Escolares (DIAE) (anexo 1), el que deberá estar firmado por el Encargado a nivel nacional de la Dirección de Financiamiento Estudiantil, el Sr. Iván Cárcamo Moreno, número de teléfono de contacto: 6615623; celular: 77682879.  Para el traslado del accidentado a un centro de atención, si las condiciones lo permiten, el paramédico llamará a un radio taxi.  El Servicio de radio taxi debe ser facturado y enviado con el VºBº (visto bueno) a la Dirección de Administración del Campus que corresponda

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Accidentes fuera de los recintos de la Universidad 

Cuando se desarrollen actividades fuera de los recintos de la Universidad, tales como salidas a terreno, actividades deportivas, etc., la autoridad responsable de la actividad deberá informar a lo menos 24 hrs. antes de la realización de la misma, a la Unidad de Primeros Auxilios, para solicitar instrucciones en caso de accidentes, verificar quienes tienen seguro voluntario, y solicitar formularios DIAE (Anexo 1), los que deben ser devueltos a más tardar 24 hrs. después de finalizada la actividad.



En casos de accidentes en actividades o clases fuera de la universidad, la persona a cargo de la actividad será la responsable de trasladar y asegurarse que el alumno sea atendido en el centro de atención médica que le corresponda.



La persona responsable de los campus clínicos, deberá al inicio de cada semestre académico, solicitar a través de las correspondientes facultades, una relación de los alumnos con indicación si tienen o no Seguro Voluntario de Accidentes. Además deberán solicitar y mantener bajo custodia los formularios DIAE, para eventuales accidentes de los alumnos.

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ANEXO N° 1 Declaración Individual de Accidente Escolar (DIAE)

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ANEXO N° 2

Formularios de reembolso compañía de seguros DESCRIBA LAS CIRCUNSTANCIAS DEL ACCIDENTE EN FORMA DETALLADA

Fecha del accidente

Hora del accidente

Lugar del accidente Razón por la cual el paciente se encontraba en el lugar del accidente

SEGUROS EN OTRAS COMPAÑIAS Coberturas contratadas

Sumas aseguradas en UF

Nombre de la compañía de seguros

GASTOS RECLAMADOS N° de doctos. presentados (inc. este form.) Institución

Detalle reembolsos Reembolsado Nombre de la institución

Total gastos

$

FONASA

$

Gastos reembolsados

$

ISAPRE

$

Gastos reclamados

$

OTRA

$

SOAP

$

DECLARACION MEDICA OBLIGATORIA (Solo en la primera solicitud de reembolso) Nombre del médico tratante RUT del médico tratante

RCM

Teléfono

Nombre del paciente Diagnóstico Tratamiento indicado

Firma y timbre del médico tratante Espacio para información adicional

DECLARACION: Declaro bajo juramento que la información, documentos y antecedentes proporcionados corresponden a la realidad y son auténticos. Autorizo por este medio a todos los médicos, centros de salud, hospitales, clínicas y toda otra persona que me haya examinado y/o atendido, para que proporcione información y antecedentes médicos y clínicos, incluyendo copias de archivos y registros, en relación con este reclamo, a CHUBB DE CHILE Compañía de Seguros Generales S.A. Médicos, centros de salud, hospitales, clínicas y toda otra persona que me haya examinado y/o atendido, son:

AUTORIZACIÓN: Por medio del presente, autorizo a cualquier hospital, clínica, médico o empleador a que suministre a CHUBB DE CHILE Compañía de Seguros Generales S.A., todo o parte de la información relacionada con algún accidente o atención médica, historia médica, consultas, examen o tratamiento y/o copias de todos los registros hospitalarios y médicos del paciente asegurado. El presente siniestro será liquidado directamente por CHUBB DE CHILE Compañía de Seguros Generales S.A. El asegurado o beneficiario podrá solicitar liquidación externa en conformidad a lo dispuesto por el Decreto Ley N° 863 Los antecedentes solicitados en este formulario son los mínimos necesarios para proceder a la liquidación, sin perjuicio de las gestiones y antecedentes que las circunstancias posteriormente exijan. En el caso de designación de un liquidador externo, le será comunicado por carta. CHUBB DE CHILE Compañía de Seguros Generales S.A. se reserva el derecho de no procesar este reclamo en el caso de no recibir la totalidad de los antecedentes e información que se necesite para la liquidación.

Firma y RUT del asegurado

Timbre y fecha de recepción CHUBB DE CHILE Compañía de Seguros Generales S.A.

Fecha de la declaración

DOCUMENTOS QUE SE DEBEN ADJUNTAR A ESTE FORMULARIO 1) 2) 3) 4) 5) 6)

Fotocopia por ambos lados de la cédula de identidad Comprobantes originales de pago de gastos médicos, copagos, boletas, facturas, bonos En caso de compra de medicamentos, adjuntar boleta original de farmacia con detalle y receta médica Si es accidente de tránsito, copias de parte policial, certificado de alcoholemia (en caso de ir conduciendo un vehículo) y denuncio SOAP Si es accidente de trabajo, adjuntar informe de la Mutualidad que corresponda Informe radiológico, si corresponde

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