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PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO
ELABORACIÓN DEL DIAGNÓSTICO DE LAS CONDICIONES TÉCNICAS MINERO AMBIENTALES
MEDIANTE LAS CUALES SE ADELANTA LA EXPLOTACIÓN DE MATERIALES PÉTREOS EN LECHO DE RÍO EN COLOMBIA Y LA FORMULACIÓN DE RECOMENDACIONES TÉCNICAS Y DE
NECESIDADES NORMATIVAS ASOCIADAS QUE PERMITAN ADELANTAR ESTA ACTIVIDAD DE MANERA AMBIENTALMENTE RESPONSABLE
INFORME FINAL EJECUTIVO
MAURICIO ALFONSO RUBIO 09/09/2013
ELABORACIÓN DEL DIAGNÓSTICO DE LAS CONDICIONES TÉCNICAS MINERO AMBIENTALES MEDIANTE LAS CUALES SE ADELANTA LA EXPLOTACIÓN DE MATERIALES PÉTREOS EN LECHO DE RÍO EN COLOMBIA Y LA FORMULACIÓN DE RECOMENDACIONES TÉCNICAS Y DE NECESIDADES NORMATIVAS ASOCIADAS QUE PERMITAN ADELANTAR ESTA ACTIVIDAD DE MANERA AMBIENTALMENTE RESPONSABLE
TABLA DE CONTENIDO
1. INTRODUCCIÓN
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2. DIAGNÓSTICO LEGAL Y NORMATIVO 2.1. Consideraciones sobre la Normatividad y Jurisprudencia
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3. IDENTIFICACION Y CARACTERIZACIÓN EN CONTEXTO INTERNACIONAL Y NACIONAL DE LOS PROCESOS DE REFERENCIA EN EL MANEJO TÉCNICO Y AMBIENTAL 11 3.1. Normatividad Minera 11 3.2. Manejo Técnico y Ambiental de las Explotaciones de Material de Arrastre 12 3.2.1. Contexto Internacional 12 3.2.2. Contexto Nacional 17 3.2.2.1. Caracterización de las explotaciones de material de arrastre en las Cuencas Pilotos 22 4. RECOMENDACIONES DE CARÁCTER TÉCNICO MINERO Y AMBIENTAL PARA LA ADECUADA EXPLOTACIÓN DE AGREGADOS PÉTREOS EN LECHO DE RÍO 25 4.1. JUSTIFICACION A LAS TEMÁTICAS SELECIONADAS 25 4.1. Recomendaciones Ajustes Normativos 28 4.1.1. Análisis sobre Renovabilidad 28 4.1.2. Definición de Material de Arrastre 29 4.1.3. Términos de Referencia 30 4.2. IDENTIFICACIÓN DE CONDICIONES MÍNIMAS PARA EXPLOTACIONES INDUSTRIALES Y ARTESANALES Y PARA PERMISOS TEMPORALES DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA ESTATAL 32 4.2.1. Autorizaciones Temporales 32 4.2.2. Minería Tradicional 33 4.3. DEFINICIÓN DE LAS ACTIVIDADES ESENCIALES DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES RELACIONADOS CON LA EROSIÓN DE RETROCESO, EL EQUILIBRIO DE RÉGIMEN HIDRÁULICO, LAS AFECTACIONES EN LA CUENCA ENTRE OTROS 35 4.3.1. Pautas para la Recuperación Ambiental 35 4.3.2. Elementos o Parámetros de Medición 37 4.4. IMPLEMENTACIÓN DE MÉTODOS ALTERNATIVOS DE EXPLOTACIÓN 37 4.5. PLANTEAMIENTOS SOBRE TASAS MÁXIMAS DE EXTRACCIÓN QUE NO EXCEDAN LA TASA DE RECARGA DE LA FUENTE 40 4.5.1. Volúmenes de Explotación 40 4.5.2. Recarga de material 41 5. BIBLIOGRAFIA
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INDICE DE FIGURAS Figura 1. Síntesis de la Normatividad Minero Ambiental para Materiales de Arrastre. Figura 2. Competencia y Trazabilidad Institucional sobre la Explotación de Material de Arrastre. Figura 3. Caracterización de los Títulos Mineros para la Explotación de Material de Arrastre. Figura 4. Síntesis de los Elementos Comunes y No Comunes de la normatividad e institucionalidad internacional con la normatividad e institucionalidad Colombiana. Figura 5. Estudios e investigaciones referentes al tema de explotación de materiales de arrastre dividido por regiones. Figura 6. Temáticas relevantes producto de los informes de diagnóstico para la estructuración de recomendaciones. Figura 7. Caracterización y comparación de los Títulos Mineros para la Explotación de Material de Arrastre. Fuente: Alfonso M., 2013. Figura 8. Obligaciones actuales y Recomendaciones para las Autorizaciones Temporales. Figura 9. Características de los Tipos de Minería de Material de Arrastre Figura 10. Requerimientos para ser incluidos en los instrumentos administrativos existentes.
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ÍNDICE DE TABLAS Tabla 1. Estudios consultados sobre Explotaciones de Materiales de Arrastre en Lecho de río a nivel Internacional. Tabla 2. Diferencias entre las explotaciones de agregados en países desarrollados y en desarrollo. Tabla 3. Estudios consultados sobre Explotaciones de Materiales de Arrastre en Colombia. Tabla 4. Impactos y características de la explotación de materiales de arrastre en el río Coello, río Sumapaz y río Guayuriba. Tabla 5. Elementos a involucrar en los Términos de Referencia para extracción de material de arrastre. Tabla 6. Causas, efectos, recomendaciones y responsabilidades de las autoridades ambientales y minera sobre las temáticas evaluadas en la extracción de material de arrastre.
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1. INTRODUCCIÓN En el marco de la Agenda Ambiental conjunta entre el Ministerio de Minas y Energía y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, se suscribe el contrato No. 000019204 entre el PNUD y Mauricio Alfonso Rubio, denominado “Elaboración del Diagnóstico de las Condiciones Técnicas Minero ambientales mediante las cuales se adelanta la explotación de materiales pétreos en lecho de río en Colombia, y la formulación de recomendaciones técnicas y necesidades normativas asociadas que permitan adelantar esta actividad de manera ambientalmente responsable”, cuyos resultados buscan retroalimentar a las autoridades mineras y ambientales en el proceso de identificación de las necesidades de ajuste normativo y requerimientos técnicos adecuados para una explotación ambientalmente responsable de agregados pétreos en lecho de río en Colombia. El presente trabajo buscó que las recomendaciones de la consultoría respondieran a la realidad del sector y que en el futuro puedan ser aplicables al sector minero – ambiental, y que los aportes puedan propiciar el mejoramiento de los procesos y técnicas utilizadas para la extracción de materiales de arrastre, y a su vez mitigar los impactos causados sobre a los recursos naturales. Para esto el desarrollo de consultoría siguió la ruta de acción trazada desde su inició, la cual se basó en las siguientes acciones y estrategias:
Se efectuaron reuniones y encuentros individuales con delegados de la UPME, ANM, Ministerio de Ambiente, Ministerio de Minas y Energía y ASOGRAVAS, buscando que la construcción de los documentos resultantes se realizará de manera colectiva. En estas reuniones se compartieron experiencias e información secundaria, se realizaron discusiones y procesos de retroalimentación y validación de los resultados arrojados en las diferentes etapas del contrato. Se realizó una reunión con delegados de las Corporaciones con jurisdicción de las tres cuencas pilotos seleccionadas para el proyecto, se identificaron los estudios, y avances específicos en el tema adelantados por cada una de ellas, y se concretó una agenda de acompañamiento y enlaces que permitieron contar con información primaria de las cuencas pilotos. Buscando resultados reales, veraces y aplicables a la realidad del territorio, se efectuaron visitas de campo a algunas de las explotaciones de materiales de arrastre ubicadas sobre las cuencas de los ríos Sumapaz, Guayuriba y Coello. A partir de los resultados obtenidos de las acciones anteriormente emprendidas y con la recopilación y análisis de los antecedentes en el contexto nacional e internacional de las extracciones de material de arrastre de lecho de río, se trató de obtener una imagen actualizada de dicha actividad en Colombia, y trazar una línea base desde las características jurídicas, ambientales, y técnicas de las explotaciones en el país. Teniendo finalmente una imagen actualizada de este tipo de explotaciones en el país, se identificaron las temáticas más importantes o puntos claves de la actividad extractiva de materiales aluviales, y sobre las cuales se centra el documento de recomendaciones, bajo el supuesto que si todos los
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actores involucrados en el sector trabajan de manera coordinada y mancomunada en estos elementos se podría acercar a la sostenibilidad técnica y ambiental de dicha actividad. Es importante transcribir lo anotado por el consultor referente a las conclusiones del documento de caracterización nacional, en donde se hace énfasis en el déficit de información cartográfica, climatológica e hidrológica (balance de oferta de sedimentos, estabilidad de los cauces, perfiles longitudinales y transversales, análisis morfodinámicos) al momento de otorgar títulos mineros y licencias ambientales, y la deficiencia en las acciones de vigilancia y control por parte de la autoridad ambiental correspondiente impiden la identificación de impactos ambientales no visibles. Cabe anotar que esta falta de información está soportada por la falencia de equipos y herramientas de medición de parámetros técnicos en las cuencas intervenidas por parte de las instituciones. Asimismo, expresa que la caracterización del manejo técnico y ambiental de las explotaciones de material de arrastre permite concluir que la actividad minera conjuga una multiplicidad de actores que intervienen en los procesos de extracción (mineros ilegales, legales, industrializados, comunidades indígenas, autoridades ambientales, mineras) por lo que el reto en la etapa posterior radica que las recomendaciones formuladas deben involucrar estas particularidades, los impactos ambientales relacionados de acuerdo a la información secundaria y primaria, el déficit de información técnica, los vacíos jurídicos que se complementan con desconocimiento o falta de claridad sobre datos relevantes como la relación tasa de recarga vs. volúmenes de explotación, la periodicidad de la recarga, la falta de estandarización de los requerimientos y exigencias de la autoridad minera y autoridades ambientales, la incidencia de los explotadores tradicionales, etc. Y por último anota que es importante resaltar que esta falta de información sobre el comportamiento y características de una cuenca y sus ecosistemas inherentes, los volúmenes reales de explotación que sobre ella se extraen por agentes legales y mineros tradicionales, la identificación y cuantificación de los impactos visibles e invisibles que esta explotación genera, etc.; hacen que el conocimiento que se tiene sobre la actividad, su espacio, entorno y sus efectos sea incipiente.
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2. DIAGNÓSTICO LEGAL Y NORMATIVO En la Figura 1, se presenta una síntesis de la normatividad evaluada, y su trazabilidad a través de los años, enfatizando en normas particulares que fueron relacionadas en este documento y que de ellas se dedujeron apreciaciones que vienen a lugar para el proyecto en cuestión.
2.1. Consideraciones sobre la Normatividad y Jurisprudencia A partir de la investigación y repaso de normas, se evidenció cuatro aspectos que tienen trascendencia en la trazabilidad de las reglamentaciones, y que demuestran la falta de claridad en los conceptos técnicos que sirvieron en su momento de soporte al legislador. MINERA
AMBIENTAL
ORDENAMIENTO
OTROS
Decreto 2811 de 1974 - Código Nacional de Recursos Naturales. El Artículo 1 def ine el ambiente como utilidad pública. Decreto 2655 de 1988 - El Artículo 7 define la minería como utilidad pública o interés social.
Decreto 2462 de 1989 - Artículo 3 exigibilidad título minero para explotaciones de material de arrastre.
OTROS
Decreto 1541 de 1978 Reglamenta las normas relacionadas con el recurso de aguas en todos sus estados.
Constitución Política de Colombia 1991. El Artículo 58 expresa de manera implícita que la minería se declara de utilidad pública e interés social.
Ley 99 de 1993 - Crea el Ministerio de Ambiente y se reordena el sector público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente. Ley 388 de 1997 Ley de Ordenamiento Territorial.
Ley 685 de 2001 Código de Minas - El Artículo 13 def ine la minería como utilidad pública.
Decreto 2201 de 2003 Reglamentación L388/97 Artículo 10. Determinantes de los POT.
Sentencia de 8 de Septiembre de 1995 – Competencia – CORPONOR.
Decreto 2191 de 2003 - Glosario Técnico Minero.
Decreto 1729 de 2002 .Principios y directrices de la ordenación de las cuencas y medidas de protección.
CC Sentencia C-221 de 1997 Recursos Naturales No Renovables.
Decreto 1640 de 2012 se reglamentan los instrumentos para la planificación, ordenación y manejo de las cuencas hidrográficas, entre otros.
Sentencia del 11 de junio de 1998 Competencia – CORTOLIMA.
Ley 1382 de 2010 Por el cual se modifica el Código de Minas. Decreto 4134 de 2011 – Crea la Agencia Nacional Minera, la cual debe administrar integralmente los recursos mineros.
Decreto 933 Formalización tradicional.
de
Acuerdo 029 de 2008 – Se dictan normas para la explotación de material de arrastre en la jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR.
2013 minería
Res. 1197 de 2004 – Se establecen zonas compatibles con la minería de mat. de construcción y de arcillas en la Sabana de Bogotá. Decreto 934 Reglamenta el 685/2001
de Art.
2013 37 Ley
CC Sentencia C-891/2002 – Derecho de consulta y participación de los pueblos indígenas. Sentencia C-366/2011 Inexequibilidad de la 1382/2010.
– Ley
Decreto 2820 de 2010 - Reglamenta el Título VIII Ley 99/1993 sobre licencias ambientales. Ley 1333 de 2009 - Se establece el Procedimiento Sancionatorio Ambiental.
Figura 1. Síntesis de la Normatividad Minero Ambiental para Materiales de Arrastre. Fuente: Alfonso M., 2013. 1. Renovabilidad: El Código de Recursos Naturales Renovables (Decreto 2811 de 1974) incluía implícitamente a los materiales de construcción (materiales de arrastre), otorgándoles el calificativo de recursos renovables. Lo anterior fue corregido y/o aclarado por la Corte Constitucional mediante la Sentencia MAURICIO ALFONSO RUBIO CONTRATO DE CONSULTORÍA NO. 000019204
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C-221 de 1997, en donde se les brinda el carácter de recurso natural no renovable; basado en su origen limitado, y a que estos materiales no hacen parte de un ciclo litológico en la escala de tiempo humana. El hecho de que la Corte Constitucional haya intervenido podría evidenciar desconocimiento por parte del legislador acerca del origen de estos materiales, o probablemente, que la ley al no especificar este tema, daba por hecho que es tácito el concepto sobre la naturaleza de estos materiales. Por ende, en la actualidad se evidencian problemas de competencia institucional, y de falta de claridad en la clasificación básica de los materiales de arrastre como un recurso no renovable. 2. Competencia: Es importante, anotar que el INDERENA antes del Decreto 2655/1988, ejercía como autoridad sobre el derecho a explotar los materiales de arrastre en el lecho de los ríos, facultad que fue permeada, asumida y/o tergiversada en su autoridad por algunas corporaciones; tanto que existen sentencias de los años 1995 y 1998; en donde algunas corporaciones, verbigracia CORPONOR y CORTOLIMA, otorgaron permisos para la explotación de este material, sin estar facultadas legalmente, o desconociendo la norma y la autoridad minera vigente en ese entonces.
COMPETENCIA Y TRAZABILIDAD INSTITUCIONAL SOBRE LA EXPLOTACIÓN DE MATERIAL DE ARRASTRE
Desde el Decreto 2655 de 1988, es la autoridad minera (Ministerio de Minas y Energía) quien se encarga de titular las licencias y concesiones del recurso minero, incluyendo los materiales de arrastre, y desde la Ley 99 de 1993, la autoridad ambiental (Ministerio de Ambiente y/o Corporaciones) de dar viabilidad a los proyectos mineros mediante la licencia ambiental, en donde también se incluyen los materiales de arrastre. (Ver Figura 2).
R ECURSOS N ATURALES R ENOVABLES
A UTORIDAD
R ECURSOS N ATURALES N O R ENOVABLES SENTENCIA C-221
MI NERA
DE
1997
MINISTERIO DE MINAS ENERGÍA
Y
(DECRETO 2655 DE 1988)
I NDERENA
(DECRETO 133 DE 1976)
Administración de Recursos Mineros Licencia de Explotación y Cont rato de Concesión. Licencia Especial de Explotaci ón (pequeña minería). Declaración de Impacto Ambiental y/o Estudio de Impacto Ambiental. Licencia Ambiental implícita dentro del título minero - Artículo 246.
M INISTERIO DE M INAS Y ENERGÍA (LEY 685
DE
2001)
AGENCIA NACIONAL DE M INERÍA (DECRETO 4134
DE
2011)
Administración de Recursos Mineros Contrato de Concesión Minera Autorización Temporal
M INAMBIENTE Y CORPORACIONES AUTÓNOMAS REGIONALES (LEY 99 DE 1993)
A UTORIDAD AMBIENTAL
INDERENA (DECRETO 2462 DE 1989)
Permiso u Otorgamient o de Concesiones para la Explotación
Evaluación, c ontrol y seguimiento ambiental de las actividades de exploración, explotación, beneficio, transporte, uso y depósito de los recursos naturales no renovables. Licencia Ambiental
Figura 2. Competencia y Trazabilidad Institucional sobre la Explotación de Material de Arrastre. Fuente: Alfonso M., 2013. MAURICIO ALFONSO RUBIO CONTRATO DE CONSULTORÍA NO. 000019204
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3. Definición: Es particular en el tema conceptual y como en varias normas la definición de material de arrastre varía, no teniendo en cuenta temáticas inherentes como la geomorfología y la hidrología, o siendo muy generales en abarcar zonas geomorfológicas, o en no particularizarlas. Específicamente, el término terrenos aluviales que se presenta en el artículo 11 de la Ley 685 de 2001, es muy amplio e involucra terrazas aluviales, llanuras, etc. Esta variedad de definiciones puede crear confusiones tanto para el titular o la institucionalidad, crea conflictos de intereses e interpretaciones particulares de parte del titular o tiene repercusiones en la discrecionalidad del funcionario. En este estudio, se propone modificar (en negrilla) la definición de materiales de construcción (materiales de arrastre) que se presenta en el Artículo 11 de la Ley 685 de 2001, así: Para todos los efectos legales se consideran materiales de construcción, los productos pétreos explotados en minas y canteras usados, generalmente, en la industria de la construcción como agregados en la fabricación de piezas de concreto, morteros, pavimentos, obras de tierra y otros productos similares. También, para los mismos efectos son, materiales de construcción, los materiales de arrastre, tales como arenas, gravas y los clastos yacentes en el cauce mayor de una corriente fluvial. Los materiales antes mencionados se denominan materiales de construcción, aunque, una vez explotados, no se destinen a esta industria. El cauce mayor puede identificarse geomorfológicamente como el cauce reciente que está inmerso dentro de los límites de divagación extremos definidos a partir de fotografías aéreas o sensores remotos para los últimos 50 años. La definición de clasto y cauce mayor se toma del Decreto 2191 de 2003 – Glosario Técnico Minero. 4. Contrato de Concesión - Autorizaciones Temporales – Programas de Legalización: Existen dos alternativas claras para acceder a la explotación de materiales de arrastre; la primera, el contrato de concesión, el cual debe cumplir las etapas de prospección y exploración, y cuyos resultados deben ser consignados en el Programa de Trabajos y Obras PTO, en donde el Artículo 84 de la Ley 685/2001, ordena que el PTO debe contener, entre otros; la ubicación, calculo y características de las reservas a explotar; un plan minero de explotación; un plan de obras de recuperación geomorfológica, paisajística y forestal, la escala y producción esperada de la explotación, y un plan de cierre de la explotación y abandono de los montajes y la infraestructura asociada. La segunda, es la autorización temporal, circunscrita a las entidades territoriales o a sus contratistas. Antes de que existiesen las autorizaciones temporales definidas en el Artículo 116 de la Ley 685 de 2001, la única norma que se refería explícitamente a la explotación de materiales para obras públicas era el Decreto 2811 de 1974, en su Artículo 99, inciso 2, se lee: Así mismo, necesita autorización la extracción de materiales de cauces, corrientes o depósitos de agua para obras públicas que ejecuten entidades oficiales. Para acceder a una autorización temporal, la entidad o contratista interesado debe presentar a la autoridad minera su solicitud, soportada por el contrato de obra o una certificación, en donde se especifique la duración MAURICIO ALFONSO RUBIO CONTRATO DE CONSULTORÍA NO. 000019204
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de la obra, y la cantidad de material a explotar, con un plano de localización del polígono en donde se van a efectuar las actividades. El denominador común tanto en el contrato de concesión como en la autorización temporal es el cumplimiento con los trámites ambientales y la expedición de una licencia ambiental, soportada por los requisitos y estudios pertinentes. En la Ley 1382 de 2012, el Artículo 10 sobre autorizaciones temporales, brinda un tiempo de tres años prorrogables, plazo que termina siendo una explotación a corto-mediano plazo, cuya afectación ambiental puede ser no mitigada, convirtiéndose este tipo de permisos en potenciales pasivos ambientales. Asimismo, este artículo potencializa conflictos entre titulares de contratos de concesión e interesados en la autorización temporal en caso de no llegar a acuerdos en la explotación del mineral, y en donde la intervención de un árbitro que otorgue zonas al interesado, puede traer consecuencias en la responsabilidad y cumplimiento de los trabajos mineros cuyos aspectos técnicos no son concretos en un PTO; y en el acatamiento de las normas ambientales vigentes. Otra figura que se incluyó en la Ley 1382, en el Artículo 12, invitaba a los mineros tradicionales, los cuales definía, y mediante la demostración de unos requerimientos de tipo técnico y legal podían acceder a legalizar sus explotaciones. Los programas de legalización, fueron una política institucional llevada a cabo en las últimas décadas, cuya filosofía se cubre en el llamamiento que hace la ley a explotadores sin título, para que se legalicen a partir del cumplimiento de unos requisitos previamente establecidos. En las últimas dos décadas han habido tres programas de legalización de la minería, bajo el sustento de las siguientes leyes; Ley 141 de 1994, Ley 685 de 2001 y Ley 1382 de 20101, mencionada en el párrafo anterior. Según Alfonso et al, 20112; “El Estado otorga un “salvoconducto o licencia minero ambiental temporal”, debido a que cuando el minero radicaba su solicitud de legalización ante la autoridad competente podía continuar su explotación sin ningún condicionamiento de tipo legal o prevención a que se le apliquen medidas o acciones penales… …hasta que la autoridad minera resolviera su solicitud, tiempo que podría estimarse desde 6 meses hasta 7 años, según respuestas de autoridades mineras a derechos de petición…. Por lo anteriormente anotado; en la actualidad un explotador de materiales de arrastre debe tener uno de los títulos anteriormente descritos (contrato de concesión o autorización temporal) o está amparado por un proceso de legalización. En la Figura 3, se presenta la comparación de los títulos mineros que han tenido vigencia desde las diferentes normas, para acceder a la explotación de materiales de construcción (material de arrastre).
Alfonso M. Programas de legalización, sus efectos y realidades en el territorio del Sur de Bolívar. Documento preliminar. Tesis Maestría Gerencia Ambiental. Universidad de los Andes. Bogotá. 2011. 2 Ibíd. 1
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VIGENCIA DEL TÍTULO MINERO
C ONTRATO DE C ONCESIÓN
C ONTRATO DE C ONCESIÓN
A UTORIZACIÓN TEMPORAL
A UTORIZACIÓN TEMPORAL
PROGRAMAS DE
(LEY 685 /2001)
(LEY 1382 /2010)
(LEY 685 /2001)
(LEY 1382 /2010)
(LEY 1382 /2010 – DECRETO 933 DEL 2003)
30 AÑOS/PRORROGA 30 AÑOS
30 AÑOS/PRORROGA 10 AÑOS
DURACIÓN DE LA OBRA
3 AÑOS PRORROGABLES
LEGALIZACIÓN
S EGÚN NORMA-DESPUÉS DE RADICADOS LOS DOCUMENTOS SE ACTIVA UN “SALVOCONDUCTO” PARA EXPLOTAR HASTA LA PRONUNCIACIÓN DE LA AUTORIDAD MINERA.
R EQUERIMIENTO PTO Debe contener, entre otros; la ubicación, calculo y características de las reser vas a explotar; un plan minero de explotación; un plan de obras de recuperación geomorfológica, paisajística y forestal, la escala y producción esperada de la explotación, y un plan de cierre de la explotación y abandono de los montajes y la infraestructura asociada.
SI
SI
NO
LICENCIA A MBIENTAL
SI
SI
SI
SI
SI
LIQUIDACIÓN Y PAGO DE R EGALÍAS
SI
SI
SI
SI
SI
F ISCALIZACIÓN LEY 685/2001 ARTÍCULO 318 LEY 1530/2012 ARTÍCULO 15
SI
SI
SI
SI
SI
NO
SI
Figura 3. Caracterización de los Títulos Mineros para la Explotación de Material de Arrastre. Fuente: Alfonso M., 2013.
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3. IDENTIFICACION Y CARACTERIZACIÓN EN CONTEXTO INTERNACIONAL Y NACIONAL DE LOS PROCESOS DE REFERENCIA EN EL MANEJO TÉCNICO Y AMBIENTAL 3.1. Normatividad Minera Colombia tiene una normatividad más completa e integral que los países de la región aunque persisten algunas particularidades que actúan como común denominador y otras que hacen la diferencia. En la Figura 4 se presenta la síntesis de las consideraciones comunes y no comunes encontradas en la normatividad e institucionalidad latinoamericana.
ELEMENTOS COMUNES
ELEMENTO NO COMUNES
DEBILIDAD Y DESARTICULACIÓN AMBIENTAL E INSTITUCIONAL
USO DEL SUELO
Ecuador: presupuestos limitados, alta rotación de personal, carencia de sistemas de control, subestimación de la contribución de la industria.
Chile: análisis costo beneficio de cualquiera actividad económica y su incidencia en los planes de urbanismos del país.
DEFINICIÓN NO CLARA Chile: ausencia de definición que establezca límites que abarque el termino árido.
EXISTENCIA DE NORMAS PARTICULARES Costa Rica: establece regulación especifica “Minería Aluvial en cauces de dominio público”.
NORMAS PARTICULARES NO CONSECUENTES Costa Rica: reglamentación particular con respecto a los límites requeridos para la extracción aluvial, debido a las diferentes condiciones ambientales a lo largo del río.
COMPETENCIA DE LOS MUNICIPIOS Ecuador : Gobierno Municipal asume la competencia para regular, autorizar y controlar la explotación de los materiales áridos y pétreos
FALTA DE NORMAS PARTICULARES Costa Rica: la legislación ambiental no se centra en la minería aluvial.
PEQUEÑA MINERÍA Ecuador: Capacidad de producción de hasta 800 m3/día Perú: Capacidad de producción hasta 500 m3/día
AUTORIZACIONES TEMPORALES. Ecuador: autorizaciones libres de aprovechamiento sujetas al cumplimiento de todas las disposiciones de la presente ley.
CONSULTA PREVIA Ecuador: planes, programas, proyectos relativos a la prospección, exploración y explotación de recursos no renovables o para la construcción de infraestructura.
AUMENTO DE LAS DISTANCIAS A LOS CENTROS DE CONSUMO Brasil: por falta de planificación se alejan los lugares de producción aumentado costos de transporte.
IMPACTOS A LAS COMUNIDADES Brasil: casi inexistencia de comunicación/interacción con las comunidades y órganos públicos locales.
Figura 4. Síntesis de los Elementos Comunes y No Comunes de la normatividad e institucionalidad internacional con la normatividad e institucionalidad Colombiana.
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3.2. Manejo Técnico y Ambiental de las Explotaciones de Material de Arrastre La minería de arrastre se desarrolla en muchas partes del mundo para la obtención de materiales de construcción y se ha convertido en algunos países en el motor importante de desarrollo económico de la región, no obstante por los impactos ocasionados en los procesos de extracción, gran parte de la población mundial está a favor de la prohibición de la minería en lecho de río, está tendencia ha generado que como medida preventiva algunos países desarrollados han optado la restricción total de la minería aluvial, pero en muchos de los países en desarrollo no es posible por razones económicas o la falta de fuentes de alternativas de agregados3. 3.2.1. Contexto Internacional En busca de dar una solución a la problemática ambiental de la minería aluvial, Colombia, ha dirigido sus esfuerzos para lograr a futuro una actividad minera, ambiental y socialmente responsable a lo largo de todo su territorio, para esto es necesario como primera instancia identificar las necesidades de ajuste normativo y los ajustes a los requerimientos técnicos que actualmente se exigen a los empresarios, apoyados inicialmente en las experiencias internacionales que se han efectuado y en los avances que han logrado en la mitigación de impactos ambientales causados por la extracción de materiales pétreos gracias a la implementación de eficientes técnicas de explotación alrededor del mundo. Cabe anotar que como lo anota Cárdenas M. et al., 2004., se parte de la premisa que esta industria satisface una necesidad ética de los países cual es la de garantizar la satisfacción de las necesidades (sic) básicas mediante la prestación de servicios públicos y una infraestructura de obras civiles que permitan la atención de la población. Sin embargo, como medida preventiva algunos países desarrollados han optado por la prohibición total de la minería aluvial, pero en varios países en desarrollo esto no ha sido posible por razones de índole económico o falta de opciones alternativas para el suministros de materiales de construcción. La identificación internacional se realizó a partir de la recopilación de la información de los estudios e investigaciones relacionados a las condiciones técnicas y ambientales con que se han llevado a cabo alrededor del mundo sobre las explotaciones de material de arrastre, dicha recopilación se efectuó a través de la consulta del material disponible en las bibliotecas de las siguientes universidades: Universidad de los Andes, Universidad del Rosario, Universidad Distrital “Francisco José de Caldas”, y Universidad Nacional de Colombia; y de artículos científicos en bases de datos como: Science Direct, Academic Seach Complete, Springer, Elsevier, Greenfile, Scopus y Suplemental Index con la ayuda de gestores de búsqueda como Proquest y Google academic. Está búsqueda arrojó alrededor de 20 artículos de diferentes países, que fueron agrupados por regiones para facilitar el análisis de la información tal como se muestra en la Figura 5.
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Villalón.2003.Alluvial mining of aggregates in Costa Rica. British Geological Survey. Pág. 1. MAURICIO ALFONSO RUBIO CONTRATO DE CONSULTORÍA NO. 000019204
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Figura 5. Estudios e investigaciones referentes al tema de explotación de materiales de arrastre dividido por regiones. En la Tabla 1 se presenta la relación de los estudios recopilados y que soportan la caracterización técnica y ambiental a nivel Internacional: Tabla 1. Estudios consultados sobre Explotaciones de Materiales de Arrastre en Lecho de río a nivel Internacional. Titulo Incidencia Ambiental de la Extracción de Arena del río Nibujón. A Geomorphologist’s Criticism of the Engineering Approach to Channelization of Gravel-Bed Rivers: Case Study of the Raba River, Polish Carpathians. Industria Minera de los Materiales de Construcción. Su sustentabilidad en América del Sur. Serie Recursos Naturales e Infraestructura. CEPAL. Sistematización de Antecedentes Técnicos y Ambientales. s. Corporación de Desarrollo Tecnológico. Impact Analysis of River Aggregate MAURICIO ALFONSO RUBIO CONTRATO DE CONSULTORÍA NO. 000019204
Tipo de Documento
Autor
Año
Artículo
Aguilera & Ulloa. Instituto Superior Minero Metalúrgico.
2003
Artículo
Bartłomiej Wyz˙ Ga.
2001
Artículo
Cárdenas & Chaparro.
Artículo
Comisión Nacional de Árido. Industria del Árido en Chile
2001
Artículo
Chul, Kim.
2005
2004
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Titulo Mining on River Environment. Gravel extraction and planform change in a wandering gravel-bed river: The River Wear, Northern England. Minería, Minerales y Desarrollo Sustentable en Perú. Capitulo 8. Instream Gravel Mining and Related Issues in Southern Missouri. Hungry Water: Effects of Dams and Gravel Mining of on River Channels. “An Assesment Of Environmental Impacts Of Sand And Gravel Mining In Nzhelele Valley, Limpopo Province, South Africa”. “Effects of Sand/Gravel Mining in Minna Emirate Area of Nigeria on Stakeholders”. Channel Response to Gravel Mining Activies in Mountain Rivers. Sand and Gravel Mining: Environmental Issues and Regulatory Process in the United States. Fisheries Habitat. Vol. 23. No. 11. 6:13 Sand mining effects, causes and concerns: A case study from Bestari Jaya, Selangor, Peninsular Malaysia. Impacts of reforestation and gravel mining on the Malnant River, HauteSavoie, French Alps. Environmental effects of instream sand excavation on the hydrochemistry of a Nigerian headwater stream, International Journal of Surface Mining, Reclamation and Environment, 11:2, 75-78. An Economic Impact Forecast of the Potential Closure of River Rock Mining on the South Coast of Oregon. British Geological Survey. Aggregate production and supply in developing countries with particular reference of MAURICIO ALFONSO RUBIO CONTRATO DE CONSULTORÍA NO. 000019204
Tipo de Documento
Autor
Año
Artículo
Duncan Wishart, Jeff Warburton, Louise Bracken.
2007
Artículo
Glave & Kuramoto. Grupo de Análisis para el Desarrollo.
2002
Artículo
Fermer.
2002
Artículo
Kondolf. University of California.
1997
Artículo
Kori Edmore, Mathada Humphrey.
2012
Artículo
Lawal P.O.
2011
Artículo
López. José L.
2004
Artículo
Michael R. Meador and April 0. Layher
1998
Artículo
Muhammad Aqeel Ashraf et al.
2011
Artículo
Richard A. Marston, JeanPaul Bravard, Tim Green.
2003
Artículo
Richard E King & Ihuorria B. Eketi.
2011
Artículo
Robert Whelan.
2007
Artículo
Scott & Eyre.
2003
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Titulo Jamaica. Environmental Impact Assessment of Sand Mining from the Small Catchment Rivers in the Southwestern Coast of India:A Case Study. Alluvial mining of aggregates in Costa Rica. British Geological Survey. U.S: Geological Survey.. A General Overview of the Tecnology of In – Stream Mining of Sand and Gravel Resources, Associated Potential Environmental Impact, and Methods to Control Potential Impacts.
Tipo de Documento
Autor
Año
Artículo
Sreedharan Sreebha • Damodaran Padmalal.
2011
Artículo
Villalón.
2003
Artículo
William H Langer. U.S. Departament of the Interior.
2001
En los anteriores estudios se esbozan métodos de explotación, características e impactos ambientales de las explotaciones, los cuales al revisarlos no hacen diferencia con lo que se tiene como experiencia a nivel nacional. Debido a que las arenas y gravas son agregados pétreos que se utilizan a nivel mundial como materiales en muchos proyectos como construcción de vías, puentes, edificios y viviendas la demanda de estos materiales creció conforme las ciudades empezaron a expandirse, a urbanizarse y a industrializarse; el fácil acceso y los bajos costos de explotar materiales de arrastre tanto en el cauce del río como en las llanuras de inundación, conllevó a un aumento de la presión sobre el recurso y a una progresiva desestimación del grave impacto que tenían las actividades de explotación sobre los ecosistemas acuáticos y terrestres. La minería de materiales de arrastre tuvo su auge en regiones desarrolladas como el continente europeo entre los años 1930 y 1960, del desarrollo de tales actividades se evidenciaron impactos negativos sobre el medio natural lo que condujo a una prohibición total de la minería dentro del cauce en países como Reino Unido, Alemania, Francia; en las regiones en vía de desarrollo como el Caribe y Sur América la demanda de material de arrastre ha aumentado geométricamente en las últimas décadas; sin embargo en ninguna de éstas se ha prohibido la minería de materiales de arrastre, debido a razones económicas y la falta de fuentes alternativas de oferta agregada. En América del sur, la minería informal en áreas denunciadas y la minería artesanal en áreas libres, tienen las características de usar tecnología muy rudimentaria y depende casi de la mano de obra humana. Dada casi la nula inversión en capital y al mínimo gasto en insumos industriales, este tipo de minería hace rentable operaciones que de otra manera no serían atractivas para un inversionista formal. La tecnología rudimentaria que utilizan los mineros artesanales y su condición informal determinan que su manejo sea sumamente ineficiente. Los principales impactos ambientales asociados con la minería de arrastre realizada a nivel global y general dentro del cauce de un río se manifiestan cuando la tasa de extracción de arenas, gravas y otros materiales MAURICIO ALFONSO RUBIO CONTRATO DE CONSULTORÍA NO. 000019204
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supera la tasa a la que de manera natural se generan estos materiales ocasionando la incisión del río aguas arriba y el deterioro del lecho del río como principales consecuencias. La minería en las llanuras de inundación tiene como principal impacto la remoción de la cobertura vegetal y la consecuente pérdida de los ecosistemas terrestres asociados. Los métodos de explotación más utilizados en el continente asiático y africano dentro del cauce es la excavación de pozos muy profundos en la parte activa del río, por debajo del nivel del agua; para realizar la explotación de arenas en las llanuras de inundación se prefiere la excavación de pozos secos ó húmedos. En cuanto al continente americano a lo largo de su territorio es comúnmente ver los dos métodos de explotación en minería en lecho de río y en la llanura de inundación. De la información recopilada de las diferentes regiones del mundo se estableció la existencia de grandes diferencias entre las explotaciones de agregados de los países desarrollados y los países en desarrollo, en la tabla se presentan los hallazgos encontrados sobre el tema. (Ver Tabla 2). Tabla 2. Diferencias entre las explotaciones de agregados en países desarrollados y en desarrollo. Ítems Escala de Producción
Países Desarrollados Dominado por un número reducido de grandes empresas y un pequeño número de productores independientes.
Organización
Asociaciones comerciales que se adhieren a los códigos formales o informales de la práctica, y están muy reguladas con respecto a la ubicación y el desarrollo de sitios de extracción, medio ambiente, seguridad y calidad de los productos.
Destino de los Productos
Una cantidad mayor de agregados de alta calidad se consume por los proyectos estatales.
Tendencia de la Demanda
Oferta de las Fuentes de Materiales
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Se basa en el desempeño económico general de una región o país y se ve afectado por clima económico mundial. Oferta abundante de diferentes rocas de cantera disponibles para trituración, junto con la arena y grava de alta calidad a partir de sistemas
Países en Desarrollo Pequeña escala conformados por pequeños empresarios y productores informales Pequeñas empresas y grupos informales de explotación, sin regulación clara en temas ambientales y de calidad de los productos. Los permisos de extracción son menos formales o incluso inexistentes (extracción ilegal). Los materiales extraídos de las canteras satisfacen la demanda de vivienda, mantenimiento, reparaciones y construcción de carreteras y otros desarrollos de infraestructura a pequeña escala. Dependencia de obras de infraestructura estatal. Se rige por la demanda local y regional de los materiales de construcción. Variedad de rocas y productos por su geología y por la meteorización tropical. La disponibilidad de agregados es
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Ítems
Países Desarrollados fluviales antiguos activos.
Tendencia de las Explotaciones
Aumento en área de los sitios de extracción y un menor número de sitios explotados. Utilización de materiales reciclados de productos de agregados como fuentes alternativas. En países como Reino Unido, Alemania, Francia, Países Bajos y Suiza se ha restringido la minería de río, y en países como Italia, Portugal y Nueva Zelandia se está reduciendo o prohibiendo en muchos ríos con impactos visibles.
Fuentes Alternativas
Restricciones
Países en Desarrollo relativa y su calidad es variable. Muchos sitios pequeños de extracción en una única zona operada por diferentes empresas o grupos informales. No se utilizan por lo general materiales alternativos.
Ninguno de los países en desarrollo en la actualidad tiene restringido el desarrollo de la actividad minera en río.
Fuente: Texto tomado y adaptado de Scott, 2003.
3.2.2. Contexto Nacional En Colombia la explotación de materiales de arrastre se lleva a cabo en la mayor parte del territorio con el fin de obtener agregados para la construcción de viviendas e infraestructura, convirtiéndose en un pilar del desarrollo y bienestar económico del país; la minería de material de arrastre tiene connotaciones ambientales de relevancia debido a la intervención y a la presión que se ejerce sobre los recursos naturales de acuerdo con el manejo técnico con el que se realiza4. Los estudios y documentos analizados para caracterizar la extracción de material de arrastre en Colombia, se presentan en la Tabla 3. Tabla 3. Estudios consultados sobre Explotaciones de Materiales de Arrastre en Colombia. Titulo Estrategias Ambientales para Optimizar la Explotación de Materiales de Arrastre en la Cuenca del Río San Pedro. Municipio de Colón. Departamento del Putumayo. Metodología para Estimar los Volúmenes Máximos de Explotación de Materiales de
Tipo de Documento
Autor
Tesis de grado
Omar Antonio Jojoa Chantre
Artículo Publicado en Ingeniería y Competitividad. Volumen 11 No. 2 P. 53 -
Ramírez & Bocanegra & Santacruz et al.
Año
2009
Ramírez Rojas María Isabel, 2008. Sostenibilidad de La Explotación de Materiales de Construcción en el Valle de Aburra. Universidad Nacional de Colombia, Sede Medellín. 4
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Titulo
Tipo de Documento
Arrastre en un Río. Estudio Integral de las Explotaciones de Material de Arrastre rio Bugalagrande, Municipio de Andalucía y Bugalagrande. Estudio para la Evaluación Integral, Legalización, Organización, Fortalecimiento Empresarial y Manejo Ambiental de Explotación de Material de Arrastre del Rio La Vieja en Los Municipios de Zarzal, Obando, Alcalá y Cartago. Evaluación Integral y Formulación de Propuesta para la Legalización, Organización, Fortalecimiento Empresarial y Manejo Ambiental de Explotaciones de Material de Arrastre del Río Guadalajara en el Municipio de Buga, Departamento del Valle del Cauca. Estudio de Exploración de los Sedimentos en el Río Risaralda con fines de Aprovechamiento Sostenible; Fase1. Recopilación y Análisis de Información. Resolución 1257 del 19 de noviembre de 2012 de la Dirección General de CORPOCESAR, por medio de la cual se modifica el plan de manejo ambiental para la actividad de explotación de material de arrastre (Rio Animito), adelantada en jurisdicción del municipio de Curumaní por A&G E.U. Resolución 02979 de 20 10. Por el cual se modifica la Resolución 0002046 del 15 de agosto de 2008, por el cual se otorgo la Licencia Ambiental para la Extracción de Material de Arrastre en el lecho de Rio Cotoprix, a la empresa GI
61.
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Autor
Año
Estudio de Consultoría
Guillermo Moreno B. Sergeo Ltda.
Estudio de Consultoría. Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca
Minería, Geología y Medio Ambiente MGM Ltda.
Estudio de Consultoría No. 0122. Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca
Quantum Ingeniería Ltda.
Informe Final. Universidad Nacional de Colombia Sede Manizales, Corporación Autónoma Regional del Caldas
Instituto de Estudios Ambientales IDEA
2008
Resolución
Corporación Autónoma Regional del Cesar CORPOCESAR
2012
Resolución
COPOGUAJIRA
2010
2003
2002
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Titulo GRODCO S. En C. Ingenieros Civiles. Sostenibilidad de la Explotación de Material de Construcción en el Valle de Aburrá. Lineamientos para Reglamentar el Manejo y Explotación de los Materiales de Arrastre, y para el Ordenamiento de esta Actividad en la Jurisdicción de la CAR. Diagnóstico de los Impactos Ambientales Generados por la Extracción de Material de Arrastre en el Río Frio, Sector “Aguablanca Alta – Confluencia con río de Oro” Diagnóstico de los Impactos Ambientales Generados por la Extracción de Material de Arrastre en el Sector, “Chocoa – Confluencia Río de Oro con el Suratá”. Diseño de un Modelo de Estudio Geológico y Gestión de un Titulo Minero para Materiales de Arrastre durante la Etapa de Exploración.
Tipo de Documento
Autor
Año
Tesis de Maestría. Universidad Nacional de Colombia - Sede Medellín
María Isabel Ramírez Rojas
2008
Estudio de Consultoría. Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR
Asesorías Técnicas Geológicas ATG Ltda.
2005
Tesis de Grado, Unidades Tecnológicas de Santander. Facultad de Ciencias Naturales e Ingenierías
Iván Leonardo Avendaño Aceros & Luisa Fernanda Vega Suarez
2010
Tesis de Grado, Unidades Tecnológicas de Santander. Facultad de Ciencias Naturales e Ingenierías
Joan Sebastián Cabeza Elvikas & Anyi Lorena Cala Amaya
2010
Tesis de Grado. Universidad Industrial de Santander. Facultad de Ingeniería Físico – Química
Leonardo Octavio Olarte Sánchez
2006
Para caracterizar los tipos de extracción en los departamentos del Quindío, Valle del Cauca y Risaralda, en el año 2003, la empresa Minería, Geología y Medio Ambiente MGM Ltda., definió tres maneras de realizar la explotación de material de arrastre: a- Manual: se realiza mediante el uso de fuerza humana, con la utilización de herramientas como la pala, azadón, manga, cachos y zarandas; como medio de ¨transporte interno¨ utilizan canoas, con capacidad para cargar un volumen máximo de material de 2 m3. Un ejemplo de esto, es la actividad de los conocidos “areneros”, utilizando como el método de explotación el arranque del material con el uso de los baldes y los matachos5. b- Semi-mecanizado: se da una conjunción de procedimientos y herramientas manuales y procedimientos mecanizados. Un ejemplo de este son las mini dragas debido a que combinan la fuerza humana con medios mecánicos de extracción6. c- Mecanizado: en el cual los procesos de extracción se realizan con maquinaria autopropulsada generalmente retroexcavadora, buldózer y/o cargadores. Minería, Geología y Medio Ambiente MGM Ltda. 2003. Estudio para la Evaluación Integral Legalización, Organización, Fortalecimiento Empresarial y Manejo Ambiental de Explotación de Material de Arrastre del Rio La Vieja en los Municipios de Zarzal, Obando, Alcalá y Cartago. 6 Ibíd. 5
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Como complemento a estos métodos caracterizados por MGM Ltda, Quatum Ltda, 2002 describió que los sistemas de extracción utilizados dependen o puedes llegar a describirse de acuerdo a las características propias del material, y de su uso, de la siguiente manera: a) Arena y Balastro: este proceso consiste en ubicarse en el lecho de la fuente de agua, mediante unos cachos y palas se remueve el material depositado en el fondo del cauce. Los mineros instalan trinchos o empalizadas para retener la arena. Posteriormente el material es cargado en cajones especiales adaptados al lomo de los equinos o en su defecto en baldes. El material es depositado en las orillas del río donde cada extractor tiene un sitio asignado, el cual es respetado por todos los mineros y donde se procede a comercializar el producto7. b) Gravas: su extracción es manual y consiste en seleccionar piedras de diámetros grandes, posteriormente el extractor (minero), procede a partirla hasta dejarla o reducirla en diámetros relativamente pequeños. Este proceso es el más difícil de acuerdo a información suministrada por los mineros, los cuales por lo general no acumulan este material, sino que lo producen de acuerdo a los pedidos del comercio de materiales de construcción local8. c) Piedra: la extracción es manual construyendo trinchos para retener el material, posteriormente este es removido con la ayuda de picas y seleccionado o clasificado de acuerdo con los requerimientos del comprador o consumidor final. Una vez este ha sido seleccionado es cargado directamente al vehículo en los sitios donde existe la posibilidad de que las volquetas penetren.9 Ramírez (2008), en su estudio sobre la sostenibilidad de la explotación de materiales de construcción en el Valle de Aburrá, definió las cuatro formas de explotación de los materiales de la construcción en esta región del país desde el punto de vista minero – ambiental10, y una directamente relacionada con los materiales de arrastre en lecho de río, la cual corresponden a las explotaciones aluviales hechas en materiales depositados por corrientes hídricas, tanto en depósitos de terrazas como en el lecho de los ríos ó quebradas. Son explotaciones de profundidad limitada (profundidad de la terraza, hasta 50 m) de depósitos sedimentarios horizontales en forma de capas, con pocos bancos, con una fácil y clara separación entre el útil y el estéril. En los ríos Mapa y Risaralda se observa explotaciones de material de arrastre de tipo industrial, realizada con maquinaria pesada y que involucra grandes excavaciones en el lecho por lo que “a priori” se puede decir que la explotación industrial es ambientalmente más destructiva y debe ser más controlada por las agencias ambientales para que no excedan sus permisos, ya que durante las tomas de muestra de sedimento en las barras del río se observó excavación profunda con maquinaria pesada por parte de la empresa “El Cairo”11. En cuanto a la explotación manual, que se efectúa por mineros desde sus lanchas, tradicionalmente se ha entendido que hacen uso de la carga sólida promedio, ya que no involucran grandes excavaciones y su impacto no ha sido cuantificado de forma que se dice que no tienen gran efecto sobre el cauce. Sin embargo, Ibíd. Ibíd. 9 Ibíd. 10 Ibíd. 11 Instituto de Estudios Ambientales IDEA. 2008. Estudio de Exploración de los Sedimentos en el Río Risaralda con Fines de Aprovechamiento Sostenible; Fase1. Recopilación y Análisis de Información. Informe Final. Universidad Nacional de Colombia Sede Manizales, Corporación Autónoma Regional del Caldas, CORPOCALDAS. 7 8
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se ha notado que en las zonas de explotación manual también se han detectado problemas de migración de cauce y deslizamiento de las márgenes asociado a esta actividad. En cuanto a la caracterización de impactos ambientales, el estudio realizado por MGM Ltda (2003) también evidenció los impactos ambientales que ocasiona la extracción de material de arrastre a los ecosistemas acuáticos, clasificando las corrientes de agua de acuerdo con la magnitud de los impactos ambientales que ocasiona este tipo de extracción sobre los ríos, de la siguiente manera12: a. Corrientes Altamente Degradadas: dentro de esta categoría se ubican los drenajes que presentan mayor presión sobre el recurso material de arrastre y mayor deterioro ambiental. Sobre estas corrientes se observa socavación en márgenes, sobre excavación generada por explotaciones puntuales, descenso del nivel base del lecho y cambios en el régimen de flujo. b. Corrientes Medianamente Degradadas: en esta categoría se enmarcan las fuentes que aunque exhiben buen potencial del recurso, requieren condicionamientos en cuanto a ritmos de extracción, sectorización para albergar explotadores manuales y mecanizados, que presentan condiciones particulares de recarga (aporte local de drenajes aferentes), agotamiento sectorizado de carga sólida, problemas de inestabilidad y cambios en la dinámica fluvial por características intrínsecas de la cuenca; por lo tanto, son corrientes susceptibles de explotación mediante la aplicación de directrices y lineamientos de manejo técnico y ambiental. Como forma de minimizar el impacto que ocasiona la extracción sobre los ecosistemas acuáticos, Ramírez. et al. (2009), proponen una metodología para estimar los volúmenes máximos de explotación anuales basados en el transporte anual de sedimentos en el río, esto es, en la capacidad de la corriente para reponer los materiales extraídos13. El estudio permite concluir que el volumen máximo de explotación de materiales de un río debe estimarse con base en las reservas dinámicas, es decir, en la capacidad de corriente para rellenar la excavación realizada; estas reservas dinámicas son función del transporte de sedimentos del río. De esta forma se pueden minimizar los efectos negativos sobre el río originado por la explotación intensiva y que con frecuencia se realiza – de manera equivocada – a partir del concepto tradicional de volumen de reserva, esto es, el volumen de sedimentos depositados en el cauce por encima de un determinado nivel14. Es así que la explotación de materiales de arrastre debe limitarse solamente a los sectores de agradación identificados, considerados potencialmente explotados, pero el volumen y frecuencia de extracción dependerá de las condiciones del cauce y del régimen hidrológico estimado para el siguiente periodo. Se debe adelantar un estricto monitoreo de los cambios de la morfología del cauce mediante el levantamiento topográfico y
Quantum Ingeniería Ltda. 2002. Evaluación Integral y Formulación de Propuesta Para la Legalización, Organización, Fortalecimiento Empresarial y Manejo Ambiental de Explotaciones de Material de Arrastre del Río Guadalajara en el Municipio de Buga, Departamento del Valle del Cauca. Contrato CVC 0122. Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca CVC. 13 Ramírez & Bocanegra & Santa cruz & Quintero & Sandoval. 2009. Metodología para estimar los volúmenes máximos de explotación de materiales de arrastre en un río. Ingeniería y Competitividad. Volumen 11 No. 2 P. 53 – 61. 14 Ibíd. 12
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batimétrico, al menos semestralmente, de secciones transversales del cauce de coordenadas fijas y niveles amarrados a la misma red geodésica15.
3.2.2.1. Caracterización de las explotaciones de material de arrastre en las Cuencas Pilotos Con base en las experiencias nacionales descritas, en las visitas a las Corporaciones de las cuencas piloto, y de las observaciones a varias de las extracciones mineras que sobre ellas intervienen, en las siguientes tablas se hizo una síntesis de las temáticas más importantes sobre las que se debe realizar una evaluación para estructurar unas recomendaciones a futuro; que se extractan de comentarios, sugerencias, y percepciones de funcionarios y del consultor.
Tabla 4. Impactos y características de la explotación de materiales de arrastre en el río Coello, río Sumapaz y río Guayuriba.
Existe alta demanda de solicitudes en proporción al aumento de obras de infraestructura.
Falta de interacción entre las oficinas regionales de la Autoridad Minera con las Corporaciones Ambientales.
Algunos funcionarios de las CARS visitadas esgrimen que para el caso de la actividad de material de arrastre se deben implementar por parte de las autoridades minera y ambiental, la elaboración de unos términos de referencia, que conlleven a la realización de un único estudio minero ambiental que debe ser presentado ante las dos entidades, y cada una aprobara lo referente a su temática.
La información contemplada en el PTO no es de total conocimiento de las Corporaciones. Por lo tanto se desconocen obligaciones, exigencias y compromisos con la Autoridad Minera.
Existe debilidad institucional por parte de las alcaldías, y autoridades competentes para realizar los procesos de suspensión, y de seguimiento y fiscalización.
15
Impactos y Características Jurídicas Los mineros artesanales o minería de subsistencia son una realidad desconocida, en cuanto a número de mineros, volúmenes de extracción, periodicidad, etc. No hay un inventario, identificación, ni control sobre ellos.
Impactos y Características Técnicas En los estudios técnicos no se incluyen análisis sedimentológicos, ciclos y datos históricos de carga y recarga, análisis geomorfológicos, hidrológicos, hidráulica, batimetrías y dinámica fluvial, etc. Estos estudios se deberían presentar anualmente o de manera periódica.
Se presenta extrapolación de información de otras cuencas, cuencas aledañas o sectores distantes de la misma cuenca para soportar estudios.
Falencia de número de equipos y estaciones de medición para obtener parámetros hidrometeorológicos y sedimentológicos (cargas y recargas) periódicos en las cuencas. Por ende, no hay datos históricos o trazabilidad de estos, ni parámetros técnicos que sirvan como herramienta de comparación o evaluación de los estudios, y para soportar su idoneidad.
Los requerimientos a los titulares mineros se deben soportar sobre las características particulares
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Impactos y Características Jurídicas de cada cuenca, las cuales deberían ser de conocimiento de las corporaciones.
No hay control sobre los volúmenes de explotación.
Por los cambios sucesivos en la cuenca, la carga de sedimentos se torna irregular en cantidad, forma y tamaño de los sedimentos y clastos.
Los sistemas de explotación no son consecuentes con el entorno regional del territorio, y con la particularidad que representa un río como un ecosistema único.
Se realizan obras (jarillones, diques, etc.) de manera autónoma por parte de los explotadores con el fin de hacer más óptimo su acceso y actividad minera, sin consentimiento de la Corporación, y sin soporte técnico.
El sistema de explotación debe ser homogéneo en toda la cuenca, o en ciertos sectores de acuerdo a las características y conocimiento técnico de la misma. En la actualidad cada minero es autónomo en adoptar su planeamiento y sistema de explotación.
Impactos y Características Ambientales No se tiene una referencia física para realizar el seguimiento a una profundidad de explotación aprobada en una licencia ambiental. Por ende, se presenta sobre-excavación sobre el lecho del río, y asimismo, la imposición de una regulación basada en un límite a la profundidad de explotación pierde sentido.
La maquinaría está en semipermanente contacto con la lámina o espejo de agua, causando contaminación.
Se presenta pérdida del curso natural o cauce original del rio, y/o degradación del cauce, y cambios en su sección transversal.
Se presentan de manera recurrente erosión y socavación lateral y de fondo, las cuales causan inestabilidad y pérdida de terrenos, de vías, de infraestructura, y/o de suelos de propietarios ribereños, y daños a terceros.
Para algunos funcionarios de las CARS visitadas los proyectos mineros sobre una cuenca o lecho de río deben ser consecuentes con las determinantes ambientales (restricciones de uso) que se fijen en los respectivos POMCAS, y en la protección de rondas.
El uso de maquinaria sin control por los mineros en proceso de legalización de minería de hecho en el tiempo de trámite de su solicitud causó varios impactos irreversibles hasta la promulgación de la Ley 1450 (art 106). Estos son pasivos ambientales de difícil medición y cuantificación.
Funcionarios CARS opinan que se deben definir en los ríos sectores de no intervención de acuerdo a su condición natural y vulnerabilidad de la cuenca.
Impactos y Características Socioeconómicas Es común el desconocimiento de los proyectos mineros por parte de las comunidades aledañas, o los proyectos inician operaciones con frágil aceptación social.
Son frecuentes las quejas de las comunidades por diversas afectaciones, y el impacto social sobre estas es de los más relevantes, y la principal problemática que tienen que afrontar las corporaciones.
Deficiencias o no existe amojonamiento de las áreas tituladas, lo cual conlleva a conflicto de
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Impactos y Características Jurídicas intereses con terceros.
Evasión de responsabilidades y compromisos con las autoridades mineras y ambientales por parte de los titulares.
En algunos casos, la operación minera es realizada por terceros, quienes desconocen los términos y compromisos adquiridos. Fuente: Consultor basado en los datos suministrados por las Corporaciones, mayo 2013.
Dentro de las características observadas en las explotaciones visitadas, podemos agrupar como común denominador las siguientes:
La extracción en las playas y barras, de las arenas y gravillas, depende de la demanda de material y la época en que se encuentre con respecto a los niveles del río. Aunque tiende a ser semipermanente. Cabe anotar que en temporada invernal, el nivel de los ríos no permite realizar operaciones extractivas en los lechos o en sus riberas. En general se desarrollan labores de extracción mecanizadas por parte de empresas medianas, contrastando con labores extractivas que se realizan de manera artesanal, por parte de explotadores tradicionales, con herramientas manuales, y donde predomina la fuerza humana. La extracción de la arena en el lecho del río, generalmente se realiza en épocas de caudales bajos, y se transporta por medios mecanizados para industrias de gran/mediana minería. Y en canoa y mulas en la minería tradicional hasta el lugar donde la recogen las volquetas. La granulometría del material cargado está dentro del rango de las gravas y arenas para las industrias de gran/mediana minería; y arenas para los mineros tradicionales. No existen datos concretos de volúmenes de explotación. No se evidenció una técnica que interrelacione aspectos intrínsecos como volumen de explotación de acuerdo a la recarga anual, planeamiento de los trabajos de extracción y prevención del impacto ambiental. Para industrias de gran/mediana minería se transporta el material extraído al sitio de acopio para acceder al beneficio. Los mineros tradicionales no hacen ningún tipo de beneficio ni transformación, y sus materiales son cargados y comercializados tal cual se encuentran y por lo mismo no se producen estériles.
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4. RECOMENDACIONES DE CARÁCTER TÉCNICO MINERO Y AMBIENTAL PARA LA ADECUADA EXPLOTACIÓN DE AGREGADOS PÉTREOS EN LECHO DE RÍO En general la industria minera, la cual incluye la extracción de material de arrastre en lecho de río ha sido una actividad que ha contribuido durante muchos años al crecimiento económico de diversos países del mundo, debido que ha sido un abastecedor permanente y natural de materia prima para el desarrollo de vivienda, infraestructura y servicios básicos que han facilitado el progreso de las naciones y por ende han mejorado la calidad de vida de la población; sin embargo, no hay que olvidar los fuertes impactos ambientales y sociales ocasionados por las inadecuadas prácticas con que se ha venido realizando en su mayoría de veces la minería tradicional (definida en la Resol. 933/2013), la cual labora sin involucrar parámetros técnicos, ni bajo seguimiento por parte de las autoridades respectivas; apoyados también por la minería ilegal que hace sus labores al destajo, muchas veces con maquinaria y sin compromiso alguno técnico ambiental; y asimismo la mediana y gran minería tiene sus aportes, ya que en pro de satisfacer la relación oferta-demanda del mercado de materiales y obras de construcción, aumentan sus capacidades de producción, sin medir consecuencias en ecosistemas naturales. Las temáticas sobre la actividad extractiva de materiales aluviales que trata el presente documento de recomendaciones, son: definición de material de arrastre, concepto de renovabilidad de los materiales aluviales, la figura de las autorizaciones temporales y sus desventajas en las explotaciones aluviales, recuperación y compensación ambiental para explotaciones de material de arrastre, comparación de requerimientos en los términos de referencia suministrados por las diferentes instituciones, relación tasas de recarga vs. volúmenes de extracción, conveniencia y coherencia técnica de los métodos de explotación utilizados, elementos exigidos por las autoridades ambientales, influencia del cambio climático; y recomendar las acciones de corto, mediano y largo plazo para lograr la sostenibilidad de la actividad (Ver Figura 6).
4.1. JUSTIFICACION A LAS TEMÁTICAS SELECIONADAS Algunas de las justificaciones para soportar la selección de las temáticas basadas en las conclusiones de los informes de diagnóstico legal, la caracterización internacional y nacional se relacionan a continuación:
Algunos ríos del país vienen siendo explotados intensivamente con tasas de extracción de materiales superiores a los aportes de sedimentos o material de arrastre. La intervención desmedida de las corrientes fluviales en desarrollo de actividades de extracción intensiva de material de arrastre, provoca efectos locales y regionales, a nivel de toda la cuenca; que pueden ser irreversibles a futuro para el ambiente y las comunidades que se benefician del río.
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Toda excavación o extracción de material del lecho de un cauce, genera una interrupción de la continuidad del transporte de sedimentos del río, ante lo cual se produce una respuesta del sistema fluvial hacia un nuevo estado de equilibrio que se manifiesta en el desencadenamiento de procesos erosivos aguas arriba y aguas abajo del sitio de extracción, los cuales a su vez generan entre otros los siguientes efectos: degradación generalizada del cauce y cambios en su morfología, inestabilidad de orillas, descenso en el nivel freático, afectación de la flora y la fauna acuática, riesgo e inestabilidad de obras y estructuras, afectación de asentamientos ribereños y cultivos. Los títulos mineros para la explotación de material de arrastre en corrientes fluviales emitidos por la Autoridad Minera, generalmente son otorgadas para periodos extensos de tiempo (10 o más años), en las cuales los volúmenes de explotación de material se estiman únicamente considerando los materiales que existen en el cauce por encima de un determinado nivel (Ramírez, et. Al., 2.009); tal situación permite inferir dos cosas: (i) Que en la generalidad de los casos no se llevan a cabo análisis para estimar volúmenes óptimos de explotación que no incidan drásticamente en la degradación del cauce; es decir, que no se estima la capacidad de la corriente para reponer los materiales extraídos sobre la base del transporte de sedimentos fundamentalmente como carga de fondo y (ii) Que no se hacen evaluaciones periódicas (anuales y/o mensuales) de los volúmenes potencialmente explotables tomando en consideración las variaciones observadas en la morfología fluvial, en el régimen de caudales y consecuentemente en el transporte de sedimentos. Los volúmenes de explotación de material de arrastre determinados con base en el volumen de sedimentos depositados en el cauce por encima de un determinado nivel en un instante dado, según Alvarado – Villalón et al., 2003 y Kondolf et al., 2002 citados por Ramírez, 2009, resultan ser muy altos y usualmente son explotados a tasas muy superiores a la tasa de transporte de sedimentos del río, y por ende, a la capacidad de la corrientes para rellenar la zanja excavada (reservas dinámicas).
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TEMATICA
TEMATICAS RELEVANTES PRODUCTO DE LOS INFORMES DE DIAGNÓSTICO
ANÁLISIS DE RENOVABILIDAD
SOPORTE
RECOMENDACIONES SOBRE
TEMÁTICA QUE DEBE INICIAR SU ANALISIS DESDE EL ÁREA JURÍDICA, EVALUANDO LA JURISPRUDENCIA SOBRE LA CLASIFICACIÓN DE LOS MATERIALES DE ARRASTRE COMO RECURSOS RENOVABLES O NO RENOVABLES BASADO EN DOCUMENTOS (RESOLUCIONES Y JURISPRUDENCIA) EN DONDE SE TIENEN EJEMPLOS SOBRE TASAS DE COMPENSACIÓN QUE ALGUNAS CORPORACIONES IMPONEN A LAS EXPLOTACIONES DE MATERIAL DE LECHO DE RÍO OTORGÁNDOLES EFECTOS DE RENOVABILIDAD.
DEFINICIONES
EVALUAR LA DEFINICIÓN ACTUAL QUE EXISTE SOBRE MATERIALES DE ARRASTRE EN LECHO DE RÍO EN LA NORMATIVIDAD COLOMBIANA, ACLARANDO LOS LÍMITES GEOMORFOLÓGICOS DE LAS EXPLOTACIONES, LAS ÁREAS QUE INVOLUCRAN Y EL TIPO DE MATERIAL. LA VARIEDAD DE DEFINICIONES PUEDE CREAR CONFUSIONES TANTO PARA EL TITULAR O LA INSTITUCIONALIDAD, CREA CONFLICTOS DE INTERES E INTERPRETACIONES PARTICULARES DE PARTE DEL TITULAR O TIENE REPERCUSIONES EN LA DISCRECIONALIDAD DEL FUNCIONARIO.
TERMINOS DE REFERENCIA
DE ACUERDO A LAS VISITAS Y RESPUESTAS DE LOS FUNCIONARIOS DE CORTOLIMA, CORMACARENA Y CAR, SE EVIDENCIA QUE ESTAS ENTIDADES ADOPTAN TERMINOS DE REFERENCIA PROPIOS O ACOJEN LOS DE MINAMBIENTE. SE DEBE REALIZAR UNA COMPARACIÓN SOBRE REQUERIMIENTOS Y EVALUAR LA NECESIDAD DE ESTRUCTURAR UNOS TR ESTANDAR A NIVEL DEL TERRITORIO NACIONAL.
METODOS DE EXPLOTACIÓN
LAS DIFERENTES EXPERIENCIAS INTERNACIONALES Y NACIONALES ANALIZADAS MUESTRAN UNA VARIEDAD DE SISTEMAS DE EXPLOTACIÓN, Y LOS RESPECTIVOS ESTUDIOS Y/O ARTÍCULOS LOS DESCRIBEN PERO ALGUNOS CON BASE EN LOS TERRENOS ALUVIALES EN DONDE SE REALIZA LA ACTIVIDAD (TERRAZA, BARRA, LECHO, ETC.) O EN LAS HERRAMIENTAS UTILIZADAS (MANUAL O MECÁNICA). LOS METODOS DE EXPLOTACIÓN EN CUANTO A FORMA Y PROFUNDIDAD DEBEN SER CONSECUENTES CON EL MODELO GEOLÓGICO, GEOMORFOLÓGICO PUNTUAL DEL SECTOR DE LA CUENCA.
AUTORIZACIONES TEMPORALES
EJEMPLOS EN LA PRÁCTICA DEMUESTRAN QUE LAS AUTORIZACIONES TEMPORALES PERMITEN A SUS TITULARES EXTRAER MATERIAL SIN LIMITACIONES DE TIEMPO Y VOLUMEN. NO EXISTE UNA BASE TÉCNICA QUE DEFINA PERIODOS Y VOLUMENES DE EXTRACCIÓN SOPORTADOS POR UN ANÁLISIS DE RECARGA, ETC. EL VOLUMEN SE SUSTENTA MÁS POR LA NECESIDAD DE MATERIA PRIMA DE LAS OBRAS DE INFRAESTRUCTURA, Y EL TIEMPO DE EXPLOTACIÓN SE AJUSTA A LA VIGENCIA CONTRACTUAL DE LA OBRA.
MINERIA TRADICIONAL
SOBRE LAS CUENCAS ESTUDIADAS EXISTE UN SINNÚMERO DE MINEROS TRADICIONALES, QUE EXPLOTAN MATERIAL DE ARRASTRE DE FORMA ARTESANAL, EN MULAS, CARRETILLAS, VALDES, CANOAS; DE LOS CUALES NO SE TIENEN DATOS CONCRETOS DEL NÚMERO DE ACTORES QUE EJERCEN LA ACTIVIDAD, EL VOLUMEN EXPLOTADO POR PERIODO, LA INFLUENCIA EN LOS IMPACTOS AGUAS ABAJO, ETC.
PAUTAS PARA LA RECUPERACION AMBIENTAL
LOS ESTUDIOS Y EXPERIENCIAS ANALIZADAS PRESENTAN UNA RELACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES QUE SON RECURRENTES Y SE CONVIERTEN EN ESTANDARES AL EVALUAR UNA Y OTRA EXPERIENCIA NACIONAL O INTERNACIONAL, PERO SE DESCONOCEN DETERMINANTES O EJERCICIOS DE RECUPERACION O COMPENSACIÓN AMBIENTAL.
ELEMENTOS O PARÁMETROS DE MEDICIÓN
IDENTIFICAR LOS ELEMENTOS O PARÁMETROS (VARIABLES DE MEDICIÓN) QUE DEBEN TENER EN CUENTA LAS AUTORIDADES AMBIENTALES PARA HACER SEGUIMIENTO EN LA ETAPA DE EXPLOTACIÓN, Y VERIFICAR LA PERTINENCIA DE LOS MISMOS; POR EJEMPLO, LOS REGIMENES DE LLUVIA, O LA TENENCIA DE UN REGISTRO HISTÓRICO DE DATOS HIDROMETEOROLÓGICOS, Y DE RECARGA DE UNA CUENCA, O DE LAS VARIACIONES EN LOS TAMAÑOS DE LOS SEDIMENTOS.
VOLUMENES DE EXPLOTACIÓN
DE ACUERDO A LAS VISITAS Y RESPUESTAS DE LOS FUNCIONARIOS DE CORTOLIMA, CORMACARENA Y CAR, SE EVIDENCIA QUE NO HAY CLARIDAD EN EL DATO DEL VOLUMEN DE EXPLOTACIÓN QUE SE EXTRAE EN CADA CUENCA Y/O EN CADA TITULO MINERO EN EXPLOTACIÓN. POR LO TANTO, SE DEBE ANALIZAR LA RELACIÓN RESERVAS VS. VOLUMEN EXPLOTADO, Y LA CONFIABILIDAD Y CERTEZA QUE TIENEN LAS AUTORIDADES AMBIENTALES SOBRE LOS VOLUMENES DE EXPLOTACIÓN AUTORIZADOS Y LOS VOLUMENES REALES EXPLOTADOS.
RECARGA DE MATERIAL
DE ACUERDO A LAS VISITAS DE CAMPO Y RESPUESTAS DE LOS FUNCIONARIOS DE CORTOLIMA, CORMACARENA Y CAR, SE EVIDENCIA QUE NO HAY EQUIPOS Y HERRAMIENTAS DE MEDICIÓN DE PARAMETROS HIDROLOGICOS E HIDRAULICOS P.E. RECARGA DE SEDIMENTOS EN LAS CUENCAS. SE DEBE ANALIZAR LA NECESIDAD DE REQUERIMIENTO PERIODICO DE LA MEDICIÓN DE TASAS DE RECARGA, Y POR ENDE SU APLICABILIDAD EN LOS PERIODOS Y VOLUMENES DE EXPLOTACIÓN.
AJUSTE NORMATIVO
IMPLEMENTACIÓN DE MÉTODOS ALTERNATIVOS DE EXPLOTACIÓN.
IDENTIFICACIÓN DE CONDICIONES MÍNIMAS PARA EXPLOTACIONES INDUSTRIALES Y ARTESANALES Y PARA PERMISOS TEMPORALES DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA ESTATAL.
DEFINICIÓN DE LAS ACTIVIDADES ESENCIALES DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES RELACIONADOS CON LA EROSIÓN DE RETROCESO, EL EQUILIBRIO DEL RÉGIMEN HIDRÁULICO, LAS AFECTACIONES EN LA CUENCA ENTRE OTROS.
PLANTEAMIENTOS SOBRE TASAS MÁXIMAS DE EXTRACCIÓN QUE NO EXCEDAN LA TASA DE RECARGA DE LA FUENTE.
Figura 6. Temáticas relevantes producto de los informes de diagnóstico para la estructuración de recomendaciones.
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4.1. Recomendaciones Ajustes Normativos 4.1.1. Análisis sobre Renovabilidad Para involucrarnos en el tema de renovabilidad hay que establecer lo descrito en el diagnóstico legal de esta investigación en donde se describía y explicaba que era o es el Código de Recursos Naturales Renovables (Decreto 2811 de 1974), la norma que incluía o incluye implícitamente a los materiales de construcción (materiales de arrastre), otorgándoles el calificativo de recursos renovables. Lo anterior fue corregido y/o aclarado por la Corte Constitucional mediante la Sentencia C-221 de 1997, en donde se les brinda el carácter de recurso natural no renovable; basado en su origen limitado, y a que estos materiales no hacen parte de un ciclo de renovación o sustitución natural litológica en la escala de tiempo humana. Esto podría evidenciar desconocimiento por parte del legislador acerca del origen de estos materiales, o probablemente, que la ley al no especificar este tema, daba por hecho que es tácito el concepto sobre la naturaleza de estos materiales. En la Sentencia C-221 de 1997 de la Corte Constitucional, aclara la definición y clasificación de los recursos naturales renovables y no renovables, citando: “El concepto de "recursos naturales no renovables" es de naturaleza técnica y proviene de la ecología y de la economía. Se pueden definir los recursos naturales como aquellos elementos de la naturaleza y del medio ambiente, esto es, no producidos directamente por los seres humanos, que son utilizados en distintos procesos productivos. A su vez, los recursos naturales se clasifican usualmente en renovables y no renovables. Los primeros, son aquellos que la propia naturaleza repone periódicamente mediante procesos biológicos o de otro tipo, esto es, que se renuevan por sí mismos. Por el contrario, los recursos no renovables se caracterizan por cuanto existen en cantidades limitadas y no están sujetos a una renovación periódica por procesos naturales”. En claro que los materiales de arrastre explotados en lecho de río son y deben considerarse como recursos naturales no renovables, y por ende su administración y manejo deberá responder a la naturaleza de los mismos. Es decir que tal como lo define la Ley 685 de 2001 en su artículo 317, la única autoridad encargada de administrar este tipo de recursos es el Ministerio de Minas y Energía, que además tiene a su cargo las funciones otro tipo de funciones como la administración del recaudo y distribución de las contraprestaciones económicas señaladas en este Código, con el fin de desarrollar las funciones de titulación, registro, asistencia técnica, fomento, fiscalización y vigilancia de las obligaciones emanadas de los títulos y solicitudes de áreas mineras16.
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Ley 685 de 2001 Código de Minas. MAURICIO ALFONSO RUBIO CONTRATO DE CONSULTORÍA NO. 000019204
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Bajo el anterior panorama y las confusiones que se puedan generar sobre la administración y manejo de este tipo de recursos, es imperativo que dentro del ajuste normativo minero, se incluya en la definición de material de construcción la clasificación del tipo de recursos (recurso natural no renovable), para dejar establecido de forma clara y explícita la entidad encargada de administrar los materiales de arrastre en lecho de río y por ende el manejo de las contraprestaciones económicas (regalías, no compensaciones) de dicha actividad. La recomendación que se presenta tiene ver, con que se defina y presente jurídicamente el concepto de no renovabilidad del material de arrastre en la reforma al Código de Minas soportado en jurisprudencia (Sentencia C-221/1997), y con base en este se fijen y delimiten competencias hacia la actividad de extracción de material de arrastre por parte de las corporaciones autónomas regionales. 4.1.2. Definición de Material de Arrastre La variedad de definiciones crea confusiones tanto para el titular o la institucionalidad, origina conflictos de intereses e interpretaciones particulares de parte del titular o tiene repercusiones en la discrecionalidad del funcionario. Como una recomendación sobre el tema de la definición se propone modificar y/o complementar (en negrilla) la definición de materiales de construcción (materiales de arrastre) que se presenta en el Artículo 11 de la Ley 685 de 2001, así: Para todos los efectos legales se consideran materiales de construcción, los productos pétreos explotados en minas y canteras usados, generalmente, en la industria de la construcción como agregados en la fabricación de piezas de concreto, morteros, pavimentos, obras de tierra y otros productos similares. También, para los mismos efectos son, materiales de construcción, los materiales de arrastre, tales como arenas, gravas y los clastos yacentes en el cauce mayor de una corriente fluvial. Los materiales antes mencionados se denominan materiales de construcción, aunque, una vez explotados, no se destinen a esta industria. El cauce mayor puede identificarse geomorfológicamente como el cauce reciente que está inmerso dentro de los límites de divagación extremos definidos a partir del análisis multitemporal de fotografías aéreas o sensores remotos para los últimos 50 años.
La definición de clasto y cauce mayor se toma del Decreto 2191 de 2003 – Glosario Técnico Minero. Las ventajas que tiene ajustar una definición clara y concreta técnicamente, se exponen a continuación:
Se define cartográficamente un área con características técnicas, hidrológicas, hidráulicas y de interconexión aguas superficiales-aguas subterráneas. Sobre la zona definida se debe limitar los volúmenes y periodos de explotación de acuerdo a los estudios y análisis de recarga del material. Sobre la zona definida se deben seleccionar por sectores los métodos de explotación.
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Se elimina de la definición actual del término “otros terrenos aluviales”, que involucra algunas terrazas cuyo comportamiento debe tratarse técnica y ambientalmente como un yacimiento tipo cantera de roca o similares. Los segmentos o sectores de explotación en sistemas de ríos trenzados deben caer preferiblemente dentro del área de la migración lateral del río (zona de divagación), ello mejora la viabilidad de reposición de los sedimentos.
4.1.3. Términos de Referencia Para el sector de la minería se cuenta con términos de referencia de estudios de impacto ambiental para las explotaciones de material de construcción, los cuales siguen la estructura general definidos por la Metodología General para la Presentación de Estudios Ambientales, expedidos por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, en el caso de la Corporación Autónoma Regional del Tolima Cortolima, estos son los Términos utilizados para los Estudios de Impacto Ambiental para materiales de arrastre en su jurisdicción. Uno de los falencias que se evidenciaron en la revisión de los Términos de Referencia que existen en la actualidad las explotaciones de material de arrastre, es que la mayoría presentan un carácter genérico y en consecuencia no tienen en cuenta magnitud y otras particularidades de la extracción de material en lecho de río, ni tampoco las características ambientales en donde se pretende desarrollar. Esto puede llegar a ocasionar que no se identifiquen de forma clara algunos de los impactos ambientales importantes que involucran este tipo de minería en particular. Tal como lo indica la CVC en su Guía Minero Ambiental para la Explotación de Agregados Pétreos en Depósitos de Canal Activo, Terrazas Aluviales y Llanuras de Inundación (2006), más allá de la importancia que tiene el aprovechamiento de los recursos mineros del país para su desarrollo socio económico, la extracción de los depósitos conformados por los ríos constituye una intervención negativa sobre un recurso estratégico para la supervivencia de la humanidad como lo es el agua. Bajo esta premisa es necesario que el instrumento mediante el cual se busca prevenir, mitigar, compensar, corregir o eliminar los impactos ambientales de un proyecto minero ha causado, el cual son los Estudios de Impacto Ambiental, sean lo más completos y acertados posibles, por lo que el mejoramiento de los Términos de Referencia que los rigen debe ser una prioridad para las autoridades ambientales. Por lo anterior se recomienda:
En los TR de proyectos de explotación de material de arrastre en ríos, se requiera y determine la carga de sedimentos de fondo que transporta el río en el sitio de la explotación a nivel mensual en un año promedio, para lo cual se podrán utilizar modelos numéricos y funciones de transporte de sedimentos como carga de fondo, cuya utilización deberá ser sustentada de conformidad con las características del material de arrastre, las condiciones hidráulicas y la morfología fluvial.
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En los TR de proyectos de explotación de material de arrastre en ríos, se deberá requerir y determinar los impactos que en materia de procesos erosivos potencialmente se desencadenarían aguas arriba y aguas abajo del sitio de explotación como producto de la extracción de material de arrastre. De igual manera en el PMA se deberán establecer las acciones que se llevarían a cabo para mitigar, minimizar o evitar las afectaciones potenciales que se puedan generar. Para proyectos de minería tradicional se deben seguir los Términos de Referencia adaptados a las condiciones socioeconómicas, técnicas y ambientales según Artículo 17, del Decreto 933 de 2013. Estructurar Términos de Referencia de Estudios de Impacto Ambiental para Explotaciones de Material de Arrastre específicos para el tipo de actividad e independientes del grupo de materiales de construcción, para lo cual es necesario que sean involucrados algunos de los aportes actuales que realizan los TR analizados. (Ver Tabla 5).
Tabla 5. Elementos a involucrar en los Términos de Referencia para extracción de material de arrastre. 1. De los Aspectos Generales del Proyecto 1.1. Objetivos 2. Descripción del Proyecto Minero 2.1 Caracterización del Sitio de explotación Geología de Yacimiento 2.3. Métodos y Sistemas de Explotación 2.4. Áreas de explotación 2.5 Diseño de la Explotación 2.6. Diseño de Obras Hidráulicas 2.7. Levantamiento topográfico y batimétrico sobre la llanura de inundación del río 3. Caracterización del área de Influencia del proyecto 3.2 Componente Físico 3.2.1. Geología 3.2.2. Geomorfología 3.2.3. Hidrología e Hidráulica 3.2.3.1. Estudio Hidráulica y sedimentológico 3.2.3. Cantidad de Agua 3.3.1. Ecosistemas fluviales 4. Identificación y evaluación de impactos ambientales 4.1. Indicadores ambientales 4.1.1. Escenario ambiental proyectado con la implementación del nuevo sistema de explotación. 5. Plan de Manejo Ambiental 5.1. Medio abiótico 5.2. Medio biótico 5.6. Sistemas Gerencial de Gestión Ambiental: 6. Del programa de Seguimiento y Monitoreo 6.1. Medio abiótico 7. Del Plan de Cierre Minero
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4.2. IDENTIFICACIÓN DE CONDICIONES MÍNIMAS PARA EXPLOTACIONES INDUSTRIALES Y ARTESANALES Y PARA PERMISOS TEMPORALES DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA ESTATAL 4.2.1. Autorizaciones Temporales Las autorizaciones temporales son una figura de títulos mineros vigente y regulada bajo el Artículo 116 de la Ley 685 de 2001; por la cual los entes administrativos pertenecientes al Estado solicitan el permiso o título minero parta extraer material de construcción para el mantenimiento, construcción, y/o reparación de vías públicas en los territorios de su jurisdicción. Comparando las autorizaciones temporales con otras figuras normativas (ver Figura 7), se evidencia una gran diferencia y es que sobre estas no recae el requerimiento de presentar el Programa de Trabajos y Obras PTO (artículo 84 Ley 685 de 2001).
VIGENCIA DEL TÍTULO MINERO
C ONTRATO DE C ONCESIÓN
C ONTRATO DE C ONCESIÓN
A UTORIZACIÓN TEMPORAL
A UTORIZACIÓN TEMPORAL
PROGRAMAS DE
(LEY 685 /2001)
(LEY 1382 /2010)
(LEY 685 /2001)
(LEY 1382 /2010)
(LEY 1382 /2010 – DECRETO 933 DEL 2003)
30 AÑOS/PRORROGA 30 AÑOS
30 AÑOS/PRORROGA 10 AÑOS
DURACIÓN DE LA OBRA
3 AÑOS PRORROGABLES
LEGALIZACIÓN
S EGÚN NORMA-DESPUÉS DE RADICADOS LOS DOCUMENTOS SE ACTIVA UN “SALVOCONDUCTO” PARA EXPLOTAR HASTA LA PRONUNCIACIÓN DE LA AUTORIDAD MINERA.
R EQUERIMIENTO PTO Debe contener, entre otros; la ubicación, calculo y características de las reser vas a explotar; un plan minero de explotación; un plan de obras de recuperación geomorfológica, paisajística y forestal, la escala y producción esperada de la explotación, y un plan de cierre de la explotación y abandono de los montajes y la infraestructura asociada.
SI
SI
NO
LICENCIA A MBIENTAL
SI
SI
SI
SI
SI
LIQUIDACIÓN Y PAGO DE R EGALÍAS
SI
SI
SI
SI
SI
F ISCALIZACIÓN LEY 685/2001 ARTÍCULO 318 LEY 1530/2012 ARTÍCULO 15
SI
SI
SI
SI
SI
NO
SI
Figura 7. Caracterización y comparación de los Títulos Mineros para la Explotación de Material de Arrastre. Fuente: Alfonso M., 2013. Por ende, esta figura normativa no está obligada a:
Lo ordenado por la Ley 685 de 2001, en su artículo 78, como es el presentar estudios sobre la existencia y ubicación del mineral, geometría de los depósitos, definición de la cantidad de material económicamente explotable, demostrar viabilidad técnica, y relacionar los impactos al ambiente y al entorno social que cause la actividad.
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Lo ordenado por la Ley 685 de 2001, en su artículo 80, como es el establecer y calcular técnicamente las reservas de material, la ubicación y características de los yacimientos, elaborar de manera detallada el plan minero por ejecutarse, establecer los medios y métodos de explotación, y la escala y duración factibles de la producción esperada.
Básicamente, la recomendación con respecto a las autorizaciones temporales que involucren material de arrastre tiene que ver con seguir lo ordenado en la norma (Ley 685 de 2001), respecto a los requerimientos inmersos en los artículos 78, 80 y 84, cuya síntesis se expone y relaciona en la Figura 8.
Figura 8. Obligaciones actuales y Recomendaciones para las Autorizaciones Temporales. Fuente: Alfonso M., 2013. 4.2.2. Minería Tradicional17 La minería tradicional se caracteriza por utilizar métodos manuales, a través de la excavación a pico y pala en pocetas naturales o artificiales en las corrientes con lecho de grava en las zonas de piedemonte 18, no obstante, desde un tiempo para acá muchos de los mineros tradicionales han llegado a mecanizar esta actividad, esto sumado a su clandestinidad y el escaso control de las autoridades han generado consecuencias negativas para los ecosistemas intervenidos, con un agravio especial para los recursos hídricos, más aún si se tiene en cuenta que en estudios19 efectuados en el país, se evidencio que la mayor Definida en el Artículo 1º Resol. 933 de 2013 del Ministerio de Minas y Energía. Convenio Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca CVC – Universidad de Caldas no. 061 2006. Guía Minero Ambiental para la Explotación de Agregados Pétreos en Depósitos del Canal Activo, Terrazas Aluviales y Llanuras de Inundación. Diciembre 2006. 19 La investigación sobre la minería de hecho en el país realizada por la Defensoría del Pueblo recogió información del 86% de los municipios del territorio nacional a través de los reportes de las autoridades ambientales y de las alcaldías municipales. Estos datos pertenecen a unidades de explotación minera de hecho que han operado en los últimos dos años. 17 18
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parte de las unidades de explotación minera tradicional extraen materiales de construcción. Se aclaró que la tendencia actual es la de aceptar como una realidad económica la existencia de estas formas de producción y que es necesario, para los países y la comunidad minera, detenerse y replantear el tratamiento que en la última década se ha dado a este renglón de la actividad. El apoyo y fortalecimiento institucional en la formación ciudadana de las personas que se relacionan con la minera puede transformarse en una herramienta sumamente eficaz. La formación ciudadana junto a otras como la distribución del ingreso, la inversión social y la disciplina fiscal pueden llegar a afianzar procesos de desarrollo y paz en las zonas en donde se desarrollan actividades extractivas que generalmente dañan el ambiente, reproducen el círculo de la pobreza, incuban peligros y generan violentos conflictos sociales alrededor de la tenencia, explotación y usufructo de las minas (CHAPARRO ÁVILA. Op. cit.). En la Figura 9 se presenta las características de los tipos de extracción de material de arrastre, de acuerdo a la información recolectada en las visitas a las explotaciones existentes a lo largo de los ríos Guayuriba, Coello y Sumapaz.
Figura 9. Características de los Tipos de Minería de Material de Arrastre MAURICIO ALFONSO RUBIO CONTRATO DE CONSULTORÍA NO. 000019204
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Recomendaciones para las condiciones mínimas para las explotaciones tradicionales: Por parte de las autoridades ambientales realizar un censo, inventario y diagnóstico técnico, jurídico, socioeconómico y ambiental de los mineros tradicionales en cada una de sus cuencas. Realizar estudios específicos de geomorfología, hidrología y recarga de sedimentos para acordar periodos y volúmenes de explotación anuales. Por parte de las autoridades mineras implementar una guía minero ambiental para la extracción de material de arrastre por parte de pequeños mineros no mecanizados. Delimitación y sectorización del tramo explotado por los mineros tradicionales, y servir de mediador con los titulares mineros, si es del caso; para trabajar mancomunadamente (Resol. 933 de 2013). Para los mineros tradicionales que se acogieron al artículo 12 del Decreto Ley 1382 de 2010, se deben seguir las directrices de la Resolución 933 de 2013 del Ministerio de Minas y Energía.
4.3. DEFINICIÓN DE LAS ACTIVIDADES ESENCIALES DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES RELACIONADOS CON LA EROSIÓN DE RETROCESO, EL EQUILIBRIO DE RÉGIMEN HIDRÁULICO, LAS AFECTACIONES EN LA CUENCA ENTRE OTROS 4.3.1. Pautas para la Recuperación Ambiental Los efectos que puede producir la extracción de material de una corriente son variados y dependen de la metodología empleada para tal fin. De manera general, estas prácticas producen una disminución en la velocidad de flujo de las corrientes y energías de flujo más bajas, lo que causa que los sedimentos, que se mueven corriente abajo, se depositen en el sitio minado. Como el flujo de la corriente se mueve más allá del sitio y el flujo de energía se incrementa en respuesta a la forma normal del canal corriente abajo, la cantidad de sedimento transportado es menor que la capacidad de transporte de la corriente.20 La institucionalidad ambiental entra a jugar una porción muy importante en el conocimiento real de los impactos ambientales que genera la explotación de material de arrastre, y por las falencias de información, equipos, e instrumentación para tener la trazabilidad o registro de datos históricos de la mayor parte de las cuencas en el territorio colombiano. Para asegurar una recuperación ambiental real de los ecosistemas afectados por las explotaciones de material de arrastre, se recomienda: La excavación para procesos de minería no debe realizarse en la corriente viva, es decir, en el canal húmedo donde el agua se mueve libremente. La explotación continúa de material de arrastre en un determinado segmento del río inducirá afectaciones localizadas que intensificarán la actividad erosiva dentro del cauce; ello generará efectos erosivos adversos no solamente en el área de explotación minera, sino que también aguas arriba y aguas abajo del sitio de explotación (erosión remontante y erosión progresiva); tales efectos negativos
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deben ser evaluados en los estudios técnicos para acceder a la licencia ambiental, y deben tener seguimiento periódicamente después de haber iniciado la explotación. Es fundamental que las autoridades ambientales tengan identificadas las corrientes fluviales y los sitios en los cuales potencialmente se pueden llevar a cabo actividades extractivas de material de arrastre como parte de los instrumentos de planificación y ordenamiento de cuencas. Se debe considerar que las autoridades ambientales dentro de los planes de ordenamiento y manejo de cuencas, deberán contar con estudios generales de las corrientes bajo su jurisdicción, a través de los cuales se tengan identificadas las zonas susceptibles a procesos de agradación y degradación de lechos. No obstante lo anterior, quienes estén interesados en desarrollar actividades de explotación de material de lecho, deberán llevar a cabo estudios específicos en los tramos de interés, aguas arriba y aguas abajo de dichos tramos, a una distancia tal sobre el eje del río que permita evaluar su morfometría y dinámica. Es imprescindible que las autoridades ambientales formulen e implementen acciones fundamentadas técnicamente, orientadas a planificar, racionalizar y/o restringir la extracción de materiales de arrastre en corrientes fluviales; de forma tal que se controlen, mitiguen y eviten los procesos de degradación de cauces y las consecuencias asociadas. En relación con los aspectos ambientales relativos a la extracción de materiales de arrastre de lecho de río se debe indicar claramente el tamaño (capacidad) y área de la mina, periodo de concesión o de explotación temporal, plan de la mina y el plan de cierre de mina, estrategias de rehabilitación y recuperación, la profundidad de explotación minera y el período de las operaciones mineras. La extracción de material de lecho del río debe tomar en cuenta la ubicación de las bancas de canales activos. La extracción de material deber efectuarse suficientemente lejos de las bancas, preferiblemente a más de 3 m de distancia (hacia dentro) desde las márgenes del río con el objeto de minimizar los efectos de erosión de bancas en el río y evitar la migración consiguiente del cauce. Las corporaciones deben involucrar dentro de sus términos de referencia la situación y/o estado del polígono a intervenir teniendo en cuenta la política de POMCAS, los determinantes del POMCA local, y a la política y/o guías sobre rondas del Ministerio de Ambiente. Se debe desarrollar por parte del IDEAM y las autoridades ambientales programas regulares de medición de carga de sedimentos en aquellos ríos considerados de interés por su potencialidad como fuentes de materiales y/o incluir en los programas de monitoreo y control de ríos la medición de la carga de sedimentos, en sus tipologías (fondo y suspensión). La extracción de material de lecho de río puede generar impactos negativos en la calidad de agua para riego y para abastecimiento a comunidades aguas abajo del sitio de extracción de material; estos atributos asociados fundamentalmente a los niveles de turbiedad y sólidos suspendidos deben ser claramente evaluados preliminarmente al inicio de las operaciones de explotación y a lo largo de la vida del proyecto; de igual manera se deben implementar las acciones que sean necesarias para lograr el mejoramiento de las condiciones de calidad que hayan sido afectadas. La regulación y el control efectivo de las tasas de extracción de material de arrastre en ríos, requiere del monitoreo sistemático de las tendencias en los niveles del lecho, depósito de materiales y tasas de extracción. Estos datos pueden ser utilizados para establecer y ajustar los niveles de extracción de acuerdo con la capacidad de reposición de sedimentos de fondo del río. MAURICIO ALFONSO RUBIO CONTRATO DE CONSULTORÍA NO. 000019204
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Se recomienda a las autoridades ambientales, autoridad minera y a quienes desarrollen actividades de explotación de material de arrastre en ríos, el uso de modelos numéricos de simulación tales como HEC-RAS, HEC 6, IBER, MIKE 11, FESWMS, BRI-STARTS, HSCTM2D, SED3D, AQUASEA, SMS 9, AQUADYN y RIVERMORPH entre otros, para identificar los lugares adecuados para la extracción de material de arrastre a lo largo de un río y detectar las zonas potenciales de depositación; así mismo, que estas acciones se complementen con el conocimiento local de la morfología del río para la obtención de mejores resultados en la identificación de estos sitios.
4.3.2. Elementos o Parámetros de Medición Una de las grandes falencias que se tienen a la hora de elaborar estudios técnicos enfocados a datos sobre recarga de sedimentos sobre una cuenca y otras variables es la inexistencia de equipos, y elementos conllevando a extrapolar datos lejanos, o la toma de modelos alternos que no esbozan la realidad puntual de sitios o problemas particulares. Para subsanar los vacios que se tiene en el tema de elementos o parámetros de medición, se recomienda el suministro, instalación, actualización y capacitación sobre el manejo y uso de equipos asociados a una red de estaciones hidrometeorológicas. La instrumentación moderna y los desarrollos que se han logrado en telecomunicaciones e informática permiten hoy el montaje de equipos, instrumentos y sistemas que suministran información permanente, confiable, sistemática, en tiempo real, teletransmitida desde puntos remotos (las cuencas). Tales equipos e instrumentos se agrupan en estaciones y éstas en una RED, las cuales son requeridas hoy por empresas relacionadas con el sector del agua potable y la generación de energía, así como corporaciones y otras instituciones relacionadas con el manejo de cuencas (en el marco de los planes de ordenamiento territorial y del manejo medioambiental) y con la prevención y atención de desastres, quienes necesitan monitorear el caudal, el nivel, la lluvia y otras variables hidroclimáticas en las corrientes y en las cuencas de su jurisdicción.21
4.4. IMPLEMENTACIÓN DE MÉTODOS ALTERNATIVOS DE EXPLOTACIÓN Para el caso de los depósitos de agregados pétreos asociados a sistemas fluviales, los métodos de explotación de material de arrastre se clasifican de acuerdo con la posición de los frentes extractivos con respecto al canal activo, y si ellos interfieren directamente con la lámina de agua. Una clasificación tal permite la visualización inmediata de los tipos de efectos ambientales que cada configuración extractiva provoca. Raspado de barras: El raspado de barras consiste en la extracción de los materiales de la parte superficial de las barras laterales. Se recomienda extraer los materiales de la porción superficial de las barras de acuerdo con los siguientes criterios técnicos:
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Debe dejarse sin perturbar la parte anterior de la barra a un tercio de su cabecera, a fin de mantener el control hidráulico aguas arriba proveído por los rápidos presentes en este sector de la barra. De esta
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forma se explotará únicamente desde aguas abajo hasta aproximadamente dos tercios de la longitud máxima de la barra. El material a extraer debe limitarse a aquel que se encuentra 0,60 metros por encima del nivel más bajo del espejo de agua en los períodos de verano. A partir de esta ¨curva de nivel¨ y hasta el espejo de agua se constituye una ¨zona amortiguadora de orillas¨ que no deberá explotarse para evitar el desconfinamiento del río¨. El límite inferior de explotación estará conformado por una línea imaginaria inclinada entre 2 a 3 por ciento de gradiente, desde la ¨curva de nivel¨ demarcada con el criterio anterior (0,60 metros sobre el nivel del espejo de agua), en dirección al límite exterior de la barra o borde del banco que limita la barra. Deberá dejarse sin extraer el material presente en una zona amortiguadora de márgenes, conformada por una línea imaginaria paralela al borde del banco situado a dos metros de su base. Se sugiere una pendiente del talud final en el límite exterior de la barra de 45o. La superficie de la barra deberá dejarse homogénea, libre de protuberancias, huecos poco profundos e irregularidades que puedan formar trampas para los peces en épocas de crecida.
Minería a tajo abierto en el sector seco del canal: Este tipo de explotación se presenta cuando desarrolla un tajo de explotación dentro del canal activo en lechos de corrientes efímeras o intermitentes mediante el uso de tractores de oruga con cuchilla frontal o escrepa, y cargadores convencionales. Una variante de este método se presenta cuando se trabaja en ríos con un régimen de flujo altamente variable, donde el minado se practica a través de todo lo ancho del canal activo en estaciones secas, aún dentro de la lámina de agua rebajando el nivel del lecho. Por sus fuertes impactos este método no es ambientalmente viable. Minería a tajo abierto dentro del espejo de agua: Consiste en la excavación de un tajo en el canal activo bajo la superficie del agua o bajo el nivel freático, mediante el empleo de una pala grúa (dragalina), o de una excavadora hidráulica (retroexcavadora) para extraer el material bajo el agua. Generalmente los tajos se practican a manera de trincheras o tiras lineales a lo ancho del canal (dársenas) y largo del canal. Para este tipo de operaciones se sugiere:
No extraer el material que se encuentra por debajo de una línea imaginaria ubicada un (1) metro por encima de la línea o nivel thalweg. Emplear equipos de largo alcance que no interfieran directamente con el flujo de la corriente y que no permanezcan dentro de ella como sucede, por ejemplo, con las retroexcavadoras. Seccionar el canal en una cuadrícula desde aguas arriba hacia aguas abajo y desarrollar la explotación escalonada de las cuadrículas hacia aguas abajo, lo cual permitirá la recarga paulatina de las cuadrículas explotadas aguas arriba. Calibrar el alcance del equipo de extracción de tal forma que pueda controlarse la profundidad máxima de excavación. El uso de retroexcavadoras en este tipo de operaciones no permite un control apropiado de la profundidad de excavación, dejando la sección del lecho completamente irregular.
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Excavación de barras: Consiste en excavar un tajo dentro de la barra en su extremo aguas abajo como fuente del material y como trampa a la vez. Como recomendaciones para este método se tiene: dejar los márgenes de la barra sin explotar (5 m como mínimo en todos los bordes), conectar el extremo aguas abajo del tajo con el canal para generar un hábitat específico, y excavar solamente por encima del nivel del espejo de agua definido para períodos secos o de estiaje (caudales mínimos). Trampas de grava dentro del canal: Son trampas de arena o de la carga de fondo que permiten capturar los materiales de arrastre sin generar un impacto hidráulico significativo en el canal, mediante el establecimiento Las bondades ambientales de este tipo de explotación son:
Los impactos del minado se concentran en un sólo sitio, donde la grava atrapada puede extraerse mediante equipo pesado sin generar impacto sobre la vegetación ribereña o sobre los rasgos naturales del canal. Durante los períodos de crecientes, la estructura restrictiva del flujo constituye su control hidráulico, por lo cual no se presentan impactos aguas arriba de la trampa. La concentración del flujo a la salida de la trampa labra una piscina corriente abajo inmediatamente contigua a la estructura de contención. Ella puede constituir un hábitat importante en corrientes donde la formación de piscinas naturales se ve limitada por el carácter agradacional del flujo.
Otros métodos de extracción: Un método comúnmente empleado en diferentes regiones en el país, consiste en la excavación de los materiales de la carga del fondo del canal mediante la técnica de dragado empleando dragas de succión. Básicamente consisten en barcazas (planchones mecánicos) que flotan sobre las aguas de la corriente, dotadas de una bomba de succión y de una tubería que desciende al fondo del cauce para succionar las arenas del lecho (algunas están provistas de una cabeza cortante). La tubería transporta las arenas en suspensión hasta un patio de acopio en la ribera del cauce donde eventualmente existe alguna infraestructura de beneficio rudimentaria (cribas fijas). Como variantes de esta técnica podrían ser consideradas la excavación bajo la lámina de agua empleando un malacate accionado desde un mástil fijo en una de las márgenes de la corriente, y aquella que emplea un malacate accionado desde un mástil montado en una barcaza. Los métodos manuales se practican en los ríos principales y sus tributarios, y van desde la excavación a pico y pala en pocetas naturales o artificiales en las corrientes con lecho de grava en las zonas de piedemonte, hasta el dragado manual practicado por un buzo que se sumerge provisto de un recipiente (balde metálico) y asciende hasta la superficie descargando en canoas las arenas recogidas durante su inmersión
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4.5. PLANTEAMIENTOS SOBRE TASAS MÁXIMAS DE EXTRACCIÓN QUE NO EXCEDAN LA TASA DE RECARGA DE LA FUENTE 4.5.1. Volúmenes de Explotación Si la tasa de extracción de materiales de arrastre en un corriente fluvial es superior a la tasa de reposición de la misma (es decir a los sedimentos transportados como carga de fondo) ocurrirán cambios importantes en la morfología del cauce, aguas arriba y aguas abajo del sitio de explotación, desencadenando a su vez otros problemas en todo el sistema fluvial (Alvarado – Villalón et al., 2003 citado por Ramírez, 2009). Cabe anotar, que se denomina carga de fondo a la cantidad (en peso, masa o volumen) de material de arrastre de fondo transportada a través de una sección transversal de un curso de agua por unidad de tiempo. La magnitud y la celeridad de las afectaciones dependerá de las características geológicas, hidrológicas, hidráulicas, sedimentológicas y del historial de intervenciones del cauce (represas, desvíos, captaciones, etc), pero sobre todo de la brecha existente entre la tasa de extracción de material y la capacidad de restitución de la corriente. Cualquier tasa de extracción de materiales por pequeña que esta sea interrumpirá la continuidad del transporte de sedimentos en el cauce, ocasionando el efecto de “agua hambrienta” y generará la erosión del cauce aguas abajo del sitio de extracción. En complementación a la metodología propuesta para determinar los volúmenes máximos de explotación de material de arrastre en ríos, a continuación se presentan algunas directrices de carácter técnico, consideradas fundamentales para llevar a cabo la extracción sistemática y sostenible de material de lecho de río:
Es recomendable que los volúmenes máximos de explotación autorizados por la autoridad ambiental, puedan estar sujetos a cambios o variaciones definidas a juicio de la misma autoridad, dentro de la misma vigencia (año) de autorización de la explotación; dependiendo de las condiciones de riesgo, de la magnitud de los efectos generados en el cauce, de las afectaciones potenciales o generadas y del régimen de caudales y de transporte de sedimentos observado. De esta manera, se recomienda que el volumen máximo de explotación autorizado en la licencia ambiental sea un referente inicial, por cuanto los volúmenes autorizados de explotación podrán ser dinámicos incluso a nivel mensual en función del comportamiento hidráulico, morfométrico y sedimentológico del río, así como de los resultados de los ejercicios de monitoreo y pronóstico. Para minimizar los efectos negativos que pueden originarse producto de la extracción de material de arrastre, el volumen máximo de explotación debe corresponder solamente a una fracción pequeña de la carga de sedimentos de fondo del río. Los volúmenes máximos de explotación se deben definir a nivel mensual (preferiblemente) para un periodo máximo de un año, teniendo en consideración la incertidumbre inherente a la estimación del transporte de sedimentos en un cauce así como la variabilidad de las condiciones meteorológicas en la cuenca y su incidencia en el régimen de caudales del río. Los volúmenes potencialmente explotables teniendo en cuenta las variaciones observadas en la morfología fluvial y el transporte de sedimentos se deberán determinan año a año. Estos deben ser MAURICIO ALFONSO RUBIO CONTRATO DE CONSULTORÍA NO. 000019204
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establecidos por la autoridad ambiental dentro de la vigencia de la licencia ambiental; es decir que los volúmenes máximos de explotación del año siguiente, deberán ser definidos por la autoridad el año anterior, incluso con la definición de volúmenes máximos de explotación a nivel mensual. Los volúmenes máximos de explotación se pueden estimar a partir de la construcción y análisis de la curva de duración de la carga de sedimentos de fondo anuales en el río o a partir de la construcción y análisis de la curva de gastos de sedimentos. Se hace necesario formular y establecer unos lineamientos metodológicos generales que permitan a las autoridades ambientales planificar la extracción de material de arrastre en los cuerpos fluviales bajo su jurisdicción y definir los volúmenes máximos de explotación permitidos. Las corrientes de agua no pueden ni deben ser desviada para formar canales inactivos. Adoptar mediante un instrumento normativo un procedimiento único, sistemático y estandarizado para estimar los volúmenes máximos de explotación de materiales de arrastre en cauces activos, así como el seguimiento y monitoreo de la actividad en cuanto al volumen de explotación. los volúmenes máximos de explotación de éstos materiales se recomienda sean establecidos por la autoridad ambiental año a año. 4.5.2. Recarga de material
Un supuesto común en la minería aluvial, es que el material de arrastre de un río puede ser explotado sin degradación del medio ambiente, siempre y cuando la tasa de extracción sea inferior o igual a la tasa de reposición (renovabilidad) de material de la corriente aguas abajo del sector intervenido. Sin tomar en consideración las dificultades de restauración de la geometría del cauce debido a la disminución de la estabilidad del canal y el incremento de los efectos erosivos producto de la minería de material de arrastre en la corriente, el concepto de la renovabilidad no puede estimar los impactos en los tramos del río localizados aguas abajo del sitio de explotación (Melton, 2009). En un mundo perfecto, el influjo de arena, grava y sedimentos finos desde aguas arriba reemplazaría el material removido en el sector de extracción; sin embargo, aguas abajo del mismo, dado el desbalance generado, el río experimentaría un déficit de arena, grava y sedimentos finos (agua hambrienta); el resultado, es un incremento de las circunstancias erosivas aguas abajo junto con todos los efectos negativos producto del aumento de la erosión (Kondolf, 2002). Este es un ejemplo de degradación regenerativa. Los fenómenos de degradación regenerativa se producen cuando un impacto en un área genera otro impacto en otra área. En este caso, el tramo del río aguas abajo se ve afectado debido a los impactos de la minería en la corriente aguas arriba a pesar de que los impactos aguas arriba están supuestamente mitigados por el transporte de sedimentos de fondo. De esta manera el concepto de reposición o recarga, en general, no es válido (Kondolf, 2002). En principio, la tasa de depositación anual de arena y grava en una sección o tramo el río representaría la tasa máxima de extracción anual posible en dicho tramo. No obstante, este enfoque ignora la continuidad del transporte de sedimentos a lo largo del sistema del río, que determina al tramo minado como la fuente aguas
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arriba de sedimentos para los tramos aguas abajo; de esta forma la extracción a la tasa de recarga produciría una escasez de sedimentos aguas abajo del sitio minado.22 Dada la variabilidad de la tasa de recarga de sedimentos año tras año, es preferible usar la nueva recarga cada año para propósitos de definición de la tasa anual de extracción en el tramo del título minero. Así el procedimiento consiste en: 1. Mediante muestreos en diferentes secciones del tramo a explotar realizados en diferentes épocas del año, estimar la capacidad de recarga del año en cuestión. 2. Comparar esta tasa de recarga anual con la tasa promedio anual de los últimos diez años y seleccionar la menor de entre las dos. 3. Realizar el planeamiento minero anual considerando como reservas extraíbles el 70% de la capacidad teórica de recarga.23 Para garantizar una recarga adecuada de material, se recomienda: Explotación de material de arrastre sobre grandes ríos cuya capacidad de reposición periódica de sedimentos es mayor, en relación con la explotación sobre los arroyos y pequeñas corrientes. Que el volumen de explotación anual sea un porcentaje estimado de acuerdo a estudios específicos del volumen de recarga de material sobre la cuenca. La minería en el lado cóncavo del canal de un río meándrico se debe evitar para prevenir erosión de las bancas. Del mismo modo los tramos serpenteantes de un río deben ser seleccionados para el desarrollo de la actividad minera, de tal manera que se evite la erosión de las bancas naturales y se promueva la minería en las zonas de agradación definidas dentro del proceso de conformación natural de los componentes del meandro; teniendo en cuenta que los sedimentos suelen depositarse en la parte convexa del meandro, mientras que en la cóncava, debido a la fuerza centrífuga, predomina la erosión y el retroceso de la orilla.
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Ídem. Ídem. MAURICIO ALFONSO RUBIO CONTRATO DE CONSULTORÍA NO. 000019204
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Finalmente en la Tabla 11 se relacionan las responsabilidades y recomendaciones sintetizadas para las temáticas tratadas en el presente documento, y en la Figura 25, se sintetizan los requerimientos mínimos que se deben tener en cuenta de acuerdo a los instrumentos administrativos existentes.
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Tabla 10. Causas, efectos, recomendaciones y responsabilidades de las autoridades ambientales y minera sobre las temáticas evaluadas en la extracción de material de arrastre. TEMATICA
CAUSA
EFECTO/SOPORTE
ANÁLISIS DE RENOVABILIDAD
FALTA DE CLARIDAD EN EL CONCEPTO SOBRE NO RENOVABILIDAD DE LOS MATERIALES DE ARRASTRE
CONFLICTO DE INTERESES Y DE COMPETENCIAS INSTITUCIONALES EN LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS
INCLUIR EL CONCEPTO DE NO RENOVABILIDAD DEL MATERIAL DE ARRASTRE EN LA REFORMA AL CÓDIGO DE MINAS SOPORTADO EN LA SENTENCIA C-221/1997, Y CON BASE EN ESTE SE FIJEN Y DELIMITEN COMPETENCIAS POR PARTE DE LAS CARS
DEFINICIONES
VARIEDAD DE DEFINICIONES EN DIFERENTES NORMAS
DISCRECIONALIDAD, CONFLICTOS DE INTERES E INTERPRETACIONES PARTICULARES DE LA NORMA POR PARTE DE INSTITUCIONES, FUNCIONARIOS, Y TITULARES MINEROS
DEBE CONTEMPLARSE UNA DEFINICIÓN DE MATERIAL DE ARRASTRE QUE TENGA SOPORTE GEOLÓGICO, GEOMORFOLÓGICO, ECOLOGICO E HIDROLÓGICO PARA PARTICULARIZAR EL CONCEPTO DESDE TEMÁTICAS INHERENTES
TERMINOS DE REFERENCIA
FALTA DE UNIFORMIDAD EN LOS REQUERIMIENTOS TECNICOS DE LOS TR DE LAS CARS A LOS TITULARES MINEROS QUE SOLICITAN LICENCIAS AMBIENTALES PARA EXTRACCIÓN DE MATERIAL DE ARRASTRE
ESTUDIOS SIN DATOS Y/O SOPORTE TECNICO
METODOS DE EXPLOTACIÓN
LOS METODOS EXTRACTIVOS SE EJECUTAN MÁS DE ACUERDO A LA MAQUINARIA DISPONIBLE SIN TENER EN CUENTA MODELOS GEOLÓGICOS Y GEOMORFOLÓGICOS
LOS MÉTODOS DE EXPLOTACIÓN SE DEBEN ESTANDARIZAR PARA TODA LA CUENCA O EN SECTORES DE UNA CUENCA
AUTORIDADES AMBIENTALES
EXPEDIR TERMINOS DE REFERENCIA ESPECIFICOS PARA LA ACTIVIDAD Y ESTANDARIZADOS DE ACUERDO A LAS EXPERIENCIAS DE VARIAS CORPORACIONESY BAJO LA GUÍA DEL MINAMBIENTE
LA EXPLOTACIÓN DE MATERIALES DE ARRASTRE DEBE LIMITARSE SOLAMENTE A LOS SECTORES DE AGRADACIÓN IDENTIFICADOS, ZONIFICADOS Y DELIMITADOS POR LOS POMCAS
AUTORIZACIONES TEMPORALES
NORMAS MINERAS NO INVOLUCRAN ESPECIFICACIONES NI REQUERIMIENTOS TÉCNICOS PARTICULARES SOBRE LA EXPLOTACIÓN DE MATERIALES DE ARRASTRE EN AUTORIZACIONES TEMPORALES
-EJEMPLOS EN LA PRÁCTICA DEMUESTRAN QUE LAS AUTORIZACIONES TEMPORALES PERMITEN A SUS TITULARES EXTRAER MATERIAL SIN LIMITACIONES DE TIEMPO Y VOLUMEN. -ESTA FIGURA NORMATIVA SE CONVIERTE EN UN INCENTIVO PERVERSO Y SU PROPOSITO SE DIRECCIONA HACIA LA COMERCIALIZACION DEL MATERIAL EXPLOTADO. -NO EXISTE UNA BASE TÉCNICA QUE DEFINA PERIODOS Y VOLUMENES DE EXTRACCIÓN SOPORTADOS POR UN ANÁLISIS DE RECARGA DE SEDIMENTOS, ETC. -EL VOLUMEN SE SUSTENTA MÁS POR LA NECESIDAD DE MATERIA PRIMA DE LAS OBRAS DE INFRAESTRUCTURA, Y EL TIEMPO DE EXPLOTACIÓN SE AJUSTA A LA VIGENCIA CONTRACTUAL DE LA OBRA.
MINERIA TRADICIONAL
EXISTENCIA DE MINEROS ARTESANALES QUE UTLIZAN METODOS DE EXTRACCIÓN MANUAL EN LOS RIOS
-IMPACTOS INVISIBLES -VOLUMENES DE EXPLOTACIÓN DESCONOCIDOS -CONFLICTOS CON TITULARES MINEROS POR INVASIÓN DE PREDIOS
CENSO, INVENTARIO Y DIAGNÓSTICO TÉCNICO, JURÍDICO, SOCIOECONÓMICO Y AMBIENTAL DE LOS MINEROS INFORMALES EN CADA UNA DE SUS CUENCAS
POR EL DESCONOCIMIENTO QUE SE TIENE DE LOS IMPACTOS QUE UNA ACTIVIDAD EXTRACTIVA PUNTUAL PUEDE GENERAR CUANTITATIVA Y CUALITATIVAMENTE EN TODA UNA CUENCA AGUAS ARRIBA Y AGUAS ABAJO SE DEBEN APLICAR ACCIONES RESTRICTIVAS SOPORTADAS EN ACUERDOS NORMATIVOS LOCALES Y/O REGIONALES, EN GUÍAS AMBIENTALES Y DE RONDAS, POLITICAS DEPOMCAS, ETC.
-POR MEDIO DE LOS POMCAS SE DEBE EVALUAR EL ÁREA SOLICITADA RESPECTO A DETERMINANTES AMBIENTALES Y RESTRICCIONES DE USO -MEDIANTE LA GUIA AMBIENTAL DE RONDAS HIDRICAS LAS CARS DEBEN DELIMITAR LAS ZONAS DE PROTECCION DE RIBERAS Y RONDAS DE SUS RÍOS, QUEBRADAS Y CAUCES DE SU JURISDICCIÓN -REALIZAR ANÁLISIS MORFODINÁMICOS REGIONALES DE LAS CUENCAS DE INTERES EN DONDE SE EXPLOTE MATERIAL DE ARRASTRE EVALUANDO LOS CAMBIOS EN TODA LA CUENCA EN EL TIEMPO Y LA INCIDENCIA Y/O AFECTACIÓN REAL POR LA ACTIVIDAD MINERA
EL METODO DE EXPLOTACION PRESENTADO EN EL PTO DEBE CORRESPONDER A UN MODELO GEOLOGICO Y GEOMORFOLÓGICO ESPECFICO DEL SITIO DE EXTRACCIÓN SOPORTADO POR ESTUDIOS BATIMETRICOS, Y DE CARGA DE SEDIMENTOS
-PARA AUTORIZACIONES TEMPORALES DE MATERIAL DE ARRASTRE SE DEBE ACATAR LO ORDENADO POR LA LEY 685 DE 2001, EN SUS ARTÍCULOS 78, 80 Y 84. -NO SOBRA ADVERTIR QUE SE DEBE PRESENTAR EL CÁLCULO DE VOLÚMENES Y TIEMPOS DE EXPLOTACIÓN ANUAL DE ACUERDO A LOS PERIODOS DE RECARGA DE SEDIMENTOS DE LA CUENCA O SITIOS DE EXPLOTACIÓN EN EL RESPECTIVO AÑO SOPORTADOS EN ESTUDIOS TÉCNICOS ACTUALIZADOS.
PAUTAS PARA LA RECUPERACION AMBIENTAL
LOS ESTUDIOS Y EXPERIENCIAS ANALIZADAS PRESENTAN UNA RELACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES QUE SON RECURRENTES Y SE CONVIERTEN EN ESTANDARES AL EVALUAR UNA Y OTRA EXPERIENCIA NACIONAL O INTERNACIONAL, PERO SE DESCONOCEN DETERMINANTES O EJERCICIOS DE RECUPERACION O COMPENSACIÓN AMBIENTAL
ELEMENTOS Y/O PARÁMETROS DE MEDICIÓN
EN GENERAL NO SE CUENTA CON INSTRUMENTACION O ESTACIONES QUE BRINDEN UN REGISTRO HISTÓRICO (P.E. CARGA DE SEDIMENTOS)
EXTRAPOLACION DE DATOS Y MODELOS DE OTRAS CUENCAS, O DE SECTORES DISTALES DE LA MISMA CUENCA
INSTRUMENTAR CUENCAS PARA OBTENER DATOS PARA SU CARACTERIZACIÓN. IMPLEMENTAR ESTACIONES, EQUIPOS Y HERRAMIENTAS DE MONITOREO HIDROMETEREOLÓGICO, Y DE TRANSPORTE DE SEDIMENTOS EN LAS CUENCAS SUSCEPTIBLES O EN EXPLOTACIÓN DE MATERIAL DE ARRASTRE
VOLUMENES DE EXPLOTACIÓN
NO EXISTEN DATOS CONFIABLES DE VOLÚMENES DE EXPLOTACIÓN, Y SU CONTROL POR LA NATURALEZA DE ACUMULACIÓN DE LOS MATERIALES, ES DE DIFÍCIL CUANTIFICACIÓN EN EL SEGUIMIENTO O FISCALIZACIÓN
-SOBRE EXPLOTACION Y PERDIDA DE EQUILIBRIO NATURAL DE LA CUENCA -EL VOLUMEN Y FRECUENCIA DE EXTRACCIÓN DEBE DEPENDER DE LAS CONDICIONES DEL CAUCE Y DEL RÉGIMEN HIDROLÓGICO ESTIMADO PARA EL SIGUIENTE PERIODO
DENTRODE LA LICENCIA AMBIENTAL SOLICITAR PERIODICAMENTE UNA EVALUACIÓN DEL VOLUMEN DE EXPLOTACIÓN PARA EL AÑO SIGUIENTE CON BASE EN ESTUDIOS HIDROLÓGICOS, SEDIMENTOLÓGICOS, Y BATIMETRICO, ETC.
RECARGA DE MATERIAL
EN GENERAL NO EXISTEN DATOS ESPECIFICOS DE LA RECARGA DE SEDIMENTOS SOBRE LAS CUENCAS ESTUDIADAS
-SE PRESENTA SOBREEXPLOTACIÓN DE LOS LECHOS Y BARRAS -PREVENIR LA DESESTABILIZACIÓN DEL CAUCE DEBIDO A LA ALTERACIÓN DEL BALANCE DE SEDIMENTOS DEL CAUCE
REALIZAR ESTUDIOS INTEGRALES DE PRODUCCIÓN, TRANSPORTE Y ACUMULACIÓN DE SEDIMENTOS SOBRE SUS CUENCAS PARA OBTENER DATOS DE RECARGA Y PODER EVALUAR DE MANERA RIGUROSA LOS TITULOS MINEROS LOCALIZADOS SOBRES ESTAS Y LOS RESPECTIVOS ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL
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AUTORIDAD MINERA
IMPLEMENTAR UNA GUÍA MINERO AMBIENTAL PARA LA EXTRACCIÓN DE MATERIAL DE ARRASTRE POR PARTE DE PEQUEÑOS MINEROS NO MECANIZADOS Y/O ARTESANALES
EN EL TITULO MINERO (FORMATO BÁSICO ANUAL) SOLICITAR PERIODICAMENTE UNA EVALUACIÓN DEL VOLUMEN DE EXPLOTACIÓN PARA EL AÑO SIGUIENTE CON BASE EN ESTUDIOS HIDROLÓGICOS, SEDIMENTOLÓGICOS Y BATIMÉTRICOS, ETC.
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ELABORACIÓN DEL DIAGNÓSTICO DE LAS CONDICIONES TÉCNICAS MINERO AMBIENTALES MEDIANTE LAS CUALES SE ADELANTA LA EXPLOTACIÓN DE MATERIALES PÉTREOS EN LECHO DE RÍO EN COLOMBIA Y LA FORMULACIÓN DE RECOMENDACIONES TÉCNICAS Y DE NECESIDADES NORMATIVAS ASOCIADAS QUE PERMITAN ADELANTAR ESTA ACTIVIDAD DE MANERA AMBIENTALMENTE RESPONSABLE
Figura 11. Requerimientos para ser incluidos en los instrumentos administrativos existentes.
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ELABORACIÓN DEL DIAGNÓSTICO DE LAS CONDICIONES TÉCNICAS MINERO AMBIENTALES MEDIANTE LAS CUALES SE ADELANTA LA EXPLOTACIÓN DE MATERIALES PÉTREOS EN LECHO DE RÍO EN COLOMBIA Y LA FORMULACIÓN DE RECOMENDACIONES TÉCNICAS Y DE NECESIDADES NORMATIVAS ASOCIADAS QUE PERMITAN ADELANTAR ESTA ACTIVIDAD DE MANERA AMBIENTALMENTE RESPONSABLE
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ELABORACIÓN DEL DIAGNÓSTICO DE LAS CONDICIONES TÉCNICAS MINERO AMBIENTALES MEDIANTE LAS CUALES SE ADELANTA LA EXPLOTACIÓN DE MATERIALES PÉTREOS EN LECHO DE RÍO EN COLOMBIA Y LA FORMULACIÓN DE RECOMENDACIONES TÉCNICAS Y DE NECESIDADES NORMATIVAS ASOCIADAS QUE PERMITAN ADELANTAR ESTA ACTIVIDAD DE MANERA AMBIENTALMENTE RESPONSABLE
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