PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº TORRELODONES

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PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID

PROPIEDAD: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES

ARQUITECTO: FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO COLEGIADO Nº: 15.593 C.O.A.M.

AGOSTO 2015 1 MEMORIA. PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR. CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID ARQUITECTO. FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO

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desarrollos urbanísticos, s.l. ÍNDICE.

A. MEMORIA .........................................................................................................

4

1. MEMORIA DESCRIPTIVA ………………………………………………………….................

5

1.1 AGENTES …………………………………………………………………………………………………. 1.2 INFORMACION PREVIA ………………………………………………………………………………... 1.2.1 Antecedentes y condiciones de partida …………………………………………………… 1.2.2 Datos del emplazamiento ……………………………………………………………………... 1.2.3 Cumplimiento de la Normativa Urbanística ………………………………………………... 1.3 DESCRIPCION DEL PROYECTO ………………………………………………………....................... 1.3.1 Programa de necesidades …………………………………………………………………….. 1.3.2 Descripción general del proyecto y obras ……………………………………………........ 1.3.3 Uso característico ………………………………………………………………......................... 1.3.3 Descripción de la geometría del proyecto ……………………………………………….... 1.4 SUPERFICIES ………………………………………………………………………………………………

5 6 6 6 7 9 9 9 10 10 10

2. MEMORIA CONSTRUCTIVA ……………………………………………………...................

11

2.1 ACTUACIONES PREVIAS Y ACONDICIONAMIENTO DEL TERRENO …………………................ 2.2 SANEAMIENTO Y DRENAJE ......................................................................................................... 2.3 CIMENTACION …………………………………………………………………................................... 2.4 SOLERAS ……………………………………………………………………......................................... 2.5 CERRAMIENTOS ………………………………………………………………..................................... 2.6 PAVIMENTOS …………………………………………………………………...................................... 2.7 EQUIPAMIENTO ………………………………………………………………………………………….

11 11 11 11 12 13 14

3. CUMPLIMIENTO DEL CODIGO TECNICO DE LA EDIFICACION …………….................

15

3.1 SEGURIDAD ESTRUCTURAL ………………………………………………………………................... 3.2 SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO ………………………………………………….................... 3.3 SEGURIDAD DE UTILIZACION Y ACCESIBILIDAD ……………………………………….................. 3.4 SALUBRIDAD …………………………………………………………………………………................. 3.5 PROTECCION CONTRA EL RUIDO ……………………………………………………….................. 3.6 AHORRO DE ENERGIA ……………………………………………………………………...................

15 15 15 17 17 17

4. OBRAS PARA LA ADMINISTRACION ............................................................................. 4.1 PRESUPUESTO ............................................................................................................... 4.2 PLAZO DE EJECUCION ................................................................................................ 4.3 PREVISION DE FASES .................................................................................................... 4.4 MANIFESTACION DE OBRA COMPLETA ..................................................................... 4.5 PROPUESTA DE CLASIFICACION DEL CONTRATISTA Y CATEGORIA DEL CONTRATO .........

18 18 18 18 18 18 18 18 19 19 19 19 19 20 20 20 20 20

4.5.1 Clasificación del tipo de obra ……………………………………………………………….... 4.5.2 Clasificación del contratista ………………………………………………………………....... 4.5.3 Forma de adjudicación del contrato de obras .............................................................. 4.5.4 Plan de Obras, programa de trabajo, plazo de ejecución .......................................... 4.5.5 Plazo de Garantía ………………………………………………………………........................

4.6 REVISION DE PRECIOS ................................................................................................. 4.7 CONTROL DE CALIDAD ............................................................................................... 4.8 LEGALIZACIONES ......................................................................................................... 4.9 CUMPLIMIENTO DEL ARTICULO 123 DE LA LEY 3/2011 ............................................. 4.10 SEGURIDAD Y SALUD ................................................................................................. 4.11 CARTELES Y ANUNCIOS ............................................................................................. 4.12 TRATAMIENTO DE RESIDUOS .....................................................................................

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5. CONSIDERACIONES ADMINISTRATIVAS ...................................................................... 6. ACTA DE REPLANTEO .................................................................................................... 7. CERTIFICADO DE OBRA COMPLETA ............................................................................. 8. NORMATIVA TECNICA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO ………………………………...

22 23 24 25

B. PLIEGO DE CONDICIONES …………………………………………………………

41

0. CAPITULO PRELIMINAR: DISPOSICIONES GENERALES ................................................................ 1. PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS de los MATERIALES, de la EJECUCIÓN y de las VERIFICACIONES ………………………………….................................................................................

43 44

C. PRESUPUESTO ……………………………………………………………………......

70

1. CUADRO DE PRECIOS 1 ................................................................................................................ 2. CUADRO DE PRECIOS 2 ................................................................................................................ 3. CUADRO DE DESCOMPUESTOS ................................................................................................... 4. MEDICIONES Y PRESUPUESTO POR CAPITULOS …………………………………………................. 5. RESUMEN DE PRESUPUESTO …………………………………………………………………................

72 79 86 95 102

D. ANEXOS ............................................................................................................ 104 ANEXO I. CERTIFICADO DE VIABILIDAD GEOMETRICA ..................................................

106

ANEXO II. ESTUDIO DE GESTION DE RESIDUOS ................................................................

108

ANEXO III. PLAN DE CONTROL DE CALIDAD ...................................................................

117

ANEXO IV. DECLARACION DE CONFORMIDAD CON LA NORMATIVA URBANISTICA .

120

ANEXO V. ESTUDIO BASICO DE SEGURIDAD Y SALUD ....................................................

122

E. PLANOS: A01. PLANO DE SITUACION A02. PLANO DE EMPLAZAMIENTO. PLANTA GENERAL A03. PLANO DE EMPLAZAMIENTO. PISTA DE FUTBOL 3x3 A04. PLANTA PISTA DE FUTBOL 3x3 A05. ALZADOS PISTA DE FUTBOL 3X3 A06. SECCION CONSTRUCTIVA A07. CIMENTACION Y DETALLES

3 MEMORIA. PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR. CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID ARQUITECTO. FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO

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A. MEMORIA

PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID

PROPIEDAD: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES

ARQUITECTO: FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO COLEGIADO Nº: 15.593 C.O.A.M.

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1. MEMORIA DESCRIPTIVA 1.1 AGENTES El presente

PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION

Tiene por objeto la Construcción de:

PISTA DEPORTIVA URBANA

Situación

AREA HOMOGENEA SUR. CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2

Municipio

TORRELODONES

Distrito postal

28.250

Provincia

MADRID

Propietario:

AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES

Domicilio

PLAZA DE LA CONSTITUCION Nº 1

Municipio

TORRELODONES

Provincia

MADRID

Distrito postal

28.250

C.I.F.

P-2815200-G

Teléfono

91 856 21 00

Arquitecto

FRANCISCO JAVIER MEDINA DEL COJO

Colegiado

15.593 COAM

Domicilio

AVDA. DE LA INDUSTRIA, 16 – DESP. 410

Provincia

(TRES CANTOS) MADRID

Distrito postal

28760

N.I.F.

1925524-X

Teléfono

91 806 11 90

Fax

91 806 11 92

e-mail

[email protected]

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1.2 INFORMACION PREVIA 1.2.1 ANTECEDENTES Y CONDICIONES DE PARTIDA Título del trabajo Emplazamiento Referencia catastral Normativa Urbanística Fecha de aprobación Fecha de Publicación Descripción del Sector Tipo de Sector

PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID 1910408VK2911S NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO 27 de febrero de 1986 B.O.C.A.M. 15 de abril de 1986 Area Homogenea Sur PLAN PARCIAL

Se desarrolla el presente “PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR, CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID”, por encargo de EXCELENTISIMO AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES con CIF: P-2815200-G, propietario de la parcela sobre la que se pretende actuar a D Francisco Javier Medina del Cojo, col nº 15.593 COAM. El Proyecto se hace de acuerdo con el Propietario, dando éste su aprobación a la solución adoptada y a los materiales empleados. 1.2.2 DATOS DEL EMPLAZAMIENTO 1.2.2.1

Servidumbres aparentes

No existe ninguna servidumbre en el emplazamiento en lo que respecta a pasos, líneas aéreas eléctricas o subterráneas de otros servicios, al menos en la información que se ha recogido y en lo apreciado en las visitas realizadas. 1.2.2.2

Datos de la finca y entorno físico

ƒ

SITUACIÓN: La situación es la que se define en el Plano de Situación (A01), y en el Plano de Emplazamiento (A02). AREA HOMOGENEA SUR, CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2 DE TORRELODONES (MADRID).

ƒ

FORMA: La superficie delimitada y señalada como disponible es de 16.364 m2.

ƒ

ORIENTACIÓN: La orientación noreste-surOeste de la parcela corresponde aproximadamente con el eje longitudinal de la misma.

ƒ

ENTORNO FÍSICO: La parcela donde se ubica el presente proyecto se encuentra dentro de la trama urbana consolidada del municipio.

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1.2.3 CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA URBANISTICA Planeamiento municipal: NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO DE TORRELODONES con fecha de aprobación 27 de febrero de 1986 PLAN PARCIAL DEL AREA HOMOGENEA SUR con fecha de aprobación 20 de febrero de 2003 Clasificación: Sector: Calificación:

SAU - Suelo Apto para Urbanizar AHS - Área Homogénea Sur AHS-EL-PQ - AHS-Espacios Libres Públicos

PARÁMETROS URBANÍSTICOS

CARACTER Y TIPOLOGIA

SUBZONAS

CONDICIONES DE PARCELACION

EDIFICACIONES E INSTALACIONES PERMITIDAS

NORMATIVA

PROYECTO

Comprende a los espacios, de dominio y uso público destinados a espacios ajardinados, identificables con zonas verdes e integrantes del sistema local de espacios libres del núcleo urbano, necesarios para la adecuada salubridad y esparcimiento de la población, con uso predominante de la población del sector que este Plan Parcial desarrolla. — Parque urbano: EL-PQ. — Parque urbano: EL-PQ. — Áreas de Juego: EL-AJ. — Pasos peatonales: EL-P. No se establecen, considerándose indivisibles las previstas en los correspondientes planos de ordenación. Sólo se permiten en esta zona de ordenanza edificaciones provisionales o ligeras tales como kioscos de bebidas o de prensa, kioscos de música y similares, que tengan una sola planta con un total máximo de 3 metros de altura y 12 metros cuadrados de superficie cerrada, en proporción de una unidad cada 5.000 m2 o fracción. La parcela así denominada en los planos de ordenación forma parte integrante de la protección de las vaguadas existentes. Por ello, el Proyecto de urbanización propondrá medidas para la conservación natural de la parcela, con una intervención mínima en cuanto alteración de las rasantes actuales, conservando el arbolado existente. Se permitirán obras de fábrica, compatibles con la protección de la vaguada, destinadas exclusivamente al acondicionamiento de la parcela para su disfrute racional como parque urbano por el ciudadano: paseos, instalación de mobiliario urbano, pequeños muretes de contención, etcétera.

Se proyecta una pista deportiva urbana que no supone elevación de edificación. La superficie del parque es de 16.364 m2, por lo que según normativa se permite disponer de instalaciones deportivas con un máximo del 15% de ocupación sobre la superficie total, esto es 2.454,60 m2. Nuestra pista proyectadas ocupa 221,49 m2

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— Uso de zonas verdes: Categoría 1, 2, 3, 4.

CONDICIONES DE USO

— Uso garaje-aparcamiento: Categoría 2, Situación:4.a — Uso servicios urbanos: Categoría 2, Situación: 3.a Categoría 3, Situación: 3.a

La pista deportiva urbana entra dentro de la Categoría 2 del Uso de Zona Verde: — Categoría 2. Jardines y áreas de juego: áreas ajardinadas que se corresponde normalmente con zonas interiores o aisladas de las manzanas, de carácter público o privadocomunitario, destinadas al acondicionamiento vegetal y amueblamiento urbano, para el reposo y el recreo predominante de la población asentada en el sector. Ocasionalmente, pueden destinarse parcialmente para albergar servicios urbanos.

Legislación vigente Para la elaboración del presente documento se ha tenido en cuenta: Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

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1.3 DESCRIPCION DEL PROYECTO 1.3.1 PROGRAMA DE NECESIDADES El Proyecto titulado “PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR, CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID”, tiene por objeto la descripción y valoración de las obras a realizar para la construcción de una pista deportiva urbana para la práctica de fútbol 3x3 (de medidas interiores de juego de 20x10 metros) y la realización de una solera y acondicionamiento del terreno para la futura realización de una pista de baloncesto 3x3 (de medidas interiores de juego de 16x11 metros) 1.3.2 DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO Y OBRAS Dicho proyecto consta de las siguientes actuaciones: • Actuaciones Previas: Retirada de todos aquellos elementos necesarios para ejecutar las obras en perfectas condiciones. • Pista de fútbol 3x3: Pista para la práctica de fútbol tres, con rebote en paredes al aire libre, medidas interiores 20x10 metros. Realizada sobre solera de hormigón poroso con terminación de pavimento en césped artificial de 20 mm., dos porterías integradas en el cerramiento perimetral, este tiene una altura total de 3m, el primer metro con panel de vidrio templado de 10 mm y malla de nylon en el resto. Dichos vidrios quedan perfectamente fijados mediante tornillería especial a una estructura auxiliar de acero galvanizado cuyo diseño está previsto para ser ejecutado mediante un montaje rápido y sencillo, por un lado al zuncho perimetral que actúa como cimentación y seguidamente entre cada una de las piezas que componen el cerramiento. El pavimento elegido para la realización de la pista será mediante césped artificial de 20 mm ejecutado sobre hormigón poroso. Para la correcta ejecución de la pista se realizará un cajeado para poder ejecutar en su interior la sub-base de zahorras de 20cm de espesor medio, nivelada y compactada, que servirá además como formación de pendientes. La pista quedará delimitada perimetralmente por un bordillo de hormigón bicapa, de color gris, achaflanado, de 11 y 14 cm. de bases superior e inferior y 20 cm. de altura. Sobre la formación de pendientes se ejecutará el firme, el cual se compone por una solera armada de hormigón de 10 cm, una capa de nivelación y drenaje mediante gravas y una capa de hormigón poroso de 6cm de espesor, sobre el cual se extenderá el césped sintético. • Preparación para la ejecución de una futura Pista de Baloncesto 3x3: El proyecto consta también de la ejecución de una solera y acondicionamiento del terreno para la futura realización de una pista de baloncesto 3x3 (de medidas interiores de juego de 16x11 metros). La futura pista quedará delimitada perimetralmente por un bordillo de hormigón bicapa, de color gris, achaflanado, de 11 y 14 cm. de bases superior e inferior y 20 cm. de altura. A continuación se ejecutará un zuncho perimetral de hormigón armado que actúa como cimentación. Para la correcta ejecución de la futura pista se realizará un cajeado para poder ejecutar en su interior la sub-base de zahorras de 20cm de espesor medio, nivelada y compactada, que servirá además como formación de pendientes. Sobre la formación de pendientes se ejecutará el firme, el cual se compone por una solera armada de hormigón de 10 cm, una capa de nivelación y drenaje mediante gravas y una capa de hormigón poroso de 6cm de espesor, que será el acabado que presente hasta que se acometa la ejecución de la pista de baloncesto.

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1.3.3 USO CARACTERISTICO El uso característico es DEPORTIVO. 1.3.4 DESCRIPCION DE LA GEOMETRIA DEL PROYECTO Volumen: El volumen resultante de la intervención propuesta es el reflejado en la documentación gráfica, si bien, no existen espacios techados en el presente proyecto. Accesos: Actualmente la parcela cuenta con todos sus linderos en contacto la vía pública. Evacuación: El propio recinto se considera espacio exterior seguro. 1.4 SUPERFICIES

PISTA FUTBOL 3x3

MEDIDAS EXTERIORES

SUPERFICIE CONSTRUIDA

MEDIDAS INTERIORES

SUPERFICE UTIL

20,70 x 10,70 m.

221,49 m2

20,00 x 10,00 m.

200,00 m2

Conformes con el presente documento, PROPIEDAD: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES

ARQUITECTO:

FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO COLEGIADO Nº: 15.593 C.O.A.M.

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2. MEMORIA CONSTRUCTIVA 2.1 ACTUACIONES PREVIAS Y ACONDICIONAMIENTO DEL TERRENO Antes del inicio de las obras propiamente dichas, se efectuará un replanteo de las dimensiones de la pista para situarla de acuerdo a las mediciones deseadas. Deberán marcarse los vértices de las pistas así como sus ejes principales y todas aquellas referencias que puedan servir de apoyo en caso de que se perdieran las cotas puntuales. Todos los puntos que se definan durante el replanteo o en posteriores comprobaciones, se señalizarán mediante estacas de madera de sección cuadrada de 4x4cm, las cuales deberán quedar bien visibles y para ello se pintarán de un color que destaque. A continuación se procederá al desmonte por medios mecánicos del pequeño talud existente. Sobre la explanada resultante del acondicionamiento de la parcela, se ejecutará un cajeado de hasta 45 cm para sanear la sub-base de la pista. Una vez nivelado el fondo de la excavación, se compactará el terreno al 95%P.M. Sobre el terreno explanado se ejecutará una capa de zahorras artificiales de 20 cm para la formación de pendientes. El acabado de esta capa debe seguir las pendientes de la superficie final de la solera. La superficie terminada no rebasará de la teórica definida en planos, ni quedará por debajo más de 3 cm en ningún punto. Dicha superficie acabada no presentará irregularidades de más de 15 mm cuando se compruebe con una regla de 3 metros aplicada a cualquier zona. 2.2 SANEAMIENTO Y DRENAJE El acabado de la capa de zahorras debe contar con una pendiente suficiente para conseguir evacuar las aguas. Dicha pendiente será pues de al menos un 0,5% dispuesta a dos aguas hacia el centro en sentido transversal. En los extremos se colocarán tubos de PVC según quedan contemplados en los planos, atravesando el zuncho perimetral mediante un pasatubos previsto para salvar la disposición de las armaduras en dicho zuncho. Dicho tubo sacará las aguas a un pozo de grava para su filtrado al terreno 2.3 CIMENTACION El cerramiento perimetral de las pistas debe quedar fijado a un zuncho de hormigón armado el cual funciona como cimentación del mismo. Dicho zuncho se ejecutará con HA-25/B/20/IIa y armado mediante 4Ø12mm con estribos Ø6mm cada 25cm, según queda definido en el plano correspondiente, opcionalmente y de acuerdo con la D.F. se podrá ejecutar como continuación de la solera armado con mallazo 150x150x5 mm. En la futura pista de baloncesto se ejecutará una zapata de hormigón de 0,80 x 0,80 x 1,00 metro para la canasta. Como remate a las pistas se colocará un bordillo perimetral de hormigón bicapa, de color gris, achaflanado, de 11 y 14 cm. de bases superior e inferior y 20 cm. de altura. 2.4 SOLERAS En el interior de las pistas, y una vez ejecutado el zuncho perimetral, se ejecutará una solera de hormigón armado fratasado, la cual seguirá las pendientes definidas previamente. El hormigón empleado para la formación de solera de 10 cm. de espesor, será tipo HA-25/B/20/IIa y el armado se realizará con un mallazo electrosoldado ME 15x15cm. Ø5, según queda contemplado en los planos correspondientes. El drenaje de las pistas se resolverá dotando a la instalación deportiva de una pequeña capa de hormigón poroso encima de la solera de hormigón armado, la cual permitirá el paso de las aguas que se acumulen en su superficie por filtración y desaguando en la inferior.

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Para ejecutar dicha capa drenante se extenderá previamente una capa de gravillas de unos 2 cm de espesor máximo de granulometria de 6 a 12 mm, para dejar una superficie lo más regular posible y con acabado horizontal sobre la que ejecutar el pavimento continuo de hormigón poroso de 6 cm de espesor, acabado superficial maestreado y con ejecución de juntas de elastómero, con lo que resultará una superficie horizontal sobre la que se colocará el césped artificial. De este modo, queda resuelto el filtrado del agua de la pista. 2.5 CERRAMIENTOS El cerramiento perimetral de la pista de fútbol 3x3 se llevará a cabo mediante vidrios templados de 10 mm homologados. El recinto de juego estará formado por 27 piezas de 105,0 x 196,5cm, una pieza de 105,0 x 98,75cm y una pieza de 102,0 x 86,0cm, estas dos últimas piezas componen la puerta de acceso. Estos vidrios estarán unidos a los perfiles metálicos que configuran la estructura auxiliar siendo atornillados a las pequeñas placas de anclaje soldadas a dichos perfiles. Así mismo, se colocará una puerta de acceso a la pista, realizada con material análogo al empleado en la malla del cerramiento. Características de la estructura del cerramiento: - Perfil electro soldado galvanizado de 1910x40x20 mm. - Pilares electro soldados galvanizados con la base de anclaje de 3000 mm de altura y una base de 80x80mm. La tornillería para fijarlo al perfil: - Tornillos M8x30 Hexagonal - Tuercas M8 - Pasamanos de 80x40x1910 mm. - Cristal 1965x1050x10mm - Anclajes de soportes: anclaje MTH M12 x 180mm. - Perfil superior de 40x20x1910 mm. El recubrimiento de la estructura se realiza en resinas epoxi y poliéster, que ofrece una alta estabilidad el color a la luz U.V. Presenta un acabado brillante y satinado. Las características físico-químicas más relevantes son: - Peso especifico: 1.2-1.7 g/cm3 - Solubilidad en agua: insoluble - PH- solución acuosa: no varia el PH del agua - Punto de inflamación: ninguno Este tipo de recubrimiento se ha sometido a una serie de ensayos mecánicos de los cuales se extraen estos resultados: - Flexibilidad ≤ 3mm - Adherencia a 2 mm de separación: 0 - Embutición Erichsen ≥ 7mm - Dureza (2000 grs.): sin penetración en el sustrato. - Impacto: cumple 2,5 mm directo y reverso Otro tipo son los ensayos de resistencia química y durabilidad: - Niebla Salina (250 h), cumple. - Cámara de humedad (1000 h), cumple. Sin pérdida de brillo ni ampollamiento. - Inmersión en agua destilada (240h), cumple. Sin pérdida de brillo ni ampollamiento. - Estabilidad del color buena .Satisfactoria en exposición continuada hasta 125ºC. - Resistencia química: excelente a la mayoría de los ácidos, álcalis y aceites a temperatura ambiente. - Exposición al exterior: ligero caleo tras 6-12 meses de exposición continua a la intemperie. Las propiedades de protección se mantienen inalterables. En la parte superior, a partir del pasamanos se instalará una red para protección fija en malla de nylon con cuadrícula de 50x50 mm.

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2.6 PAVIMENTOS 2.6.1. PISTA DE FUTBOL 3x3: Sobre el pavimento continuo ejecutado de hormigón poroso, una vez nivelado y comprobada su correcta planimetría, se colocará el césped artificial de 20 mm. de última generación, fibra de polipropileno de 6.600 Dtex., con espesor de 65 micras. Base de polipropileno drenante estabilizado con látex imputrescible. Colocación flotante sobre cinta plástica con adhesivo de poliuretano bicomponente. Características técnicas: -

Características del Hilo:

Tipo de hilo: Hilo recto prefibrilado. Denier: 6.600 Dtex. Material hilo: Polietileno 110 micras. Peso del hilo: 725 grs/m2. (+/- 10%)

-

Características del Tufting:

Tufting: en línea. Galga: 3/16º Altura del hilo: 20 mm. (+/- 5%) Nº de puntadas/m2: 20.000. (+/- 10%) -

Características de la lámina base:

Tejido soporte principal: Polipropileno. Peso por unidad: 150 grs/m2 aprox. Peso del látex: 900 gr/m2 aprox. Peso total: 1.875 gr/m2. (+/- 10%) Color: verde. Características del lastrado: Tipo de arena: arena de sílice de canto redondo, lavada y seca de granulometría 0,2-0,6 mm. Cantidad 17 kg/m2. El marcaje se llevará a cabo replanteando las diferentes líneas reglamentarias de juego e insertando líneas del mismo material pero de distinto color. Tras el marcaje, se procederá al cepillado de las uniones entre rollos y líneas. 2.6.2. PISTA DE BALONCESTO 3x3: El acabado de la futura pista de baloncesto 3x3 en esta fase será el pavimento continuo ejecutado de hormigón poroso.

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2.7 EQUIPAMIENTO Se instalaran dos redes en cada uno de las dos porterías que componen la pista de fútbol 3x3 , y esta detallada en los planos adjuntos. Conformes con el presente documento, PROPIEDAD: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES

ARQUITECTO:

FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO COLEGIADO Nº: 15.593 C.O.A.M.

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3. CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO TÉCNICO 3.1 SEGURIDAD ESTRUCTURAL Dado que el presente proyecto contempla la intervención sobre un espacio público abierto sin que se prevean intervenciones en edificaciones existente, no es de aplicación el presente documento. 3.2 SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO 3.2.1. Tipo de proyecto y ámbito de aplicación del documento básico Dado que el presente proyecto desarrolla la ordenación de un espacio público abierto que constituye un “espacio exterior seguro” según la definición contenida en Anejo SI A, es de aplicación para este proyecto la Sección SI 5 - Intervención de los bomberos. 3.2.2. Sección SI 5: Intervención de los bomberos En el ámbito de la intervención se generan espacios de maniobra en los términos que establece el apartado “1.2 Entorno de los edificios”, aunque no existen edificaciones con altura de evacuación descendente mayor de 9 metros. Entorno de los edificios: Los espacios de maniobra a lo largo de las fachadas en las que están situados accesos principales a los edificios, cumplen las condiciones que establece el apartado 1.2 de esta Sección. El espacio de maniobra debe mantenerse libre de mobiliario urbano, arbolado, jardines, mojones u otros obstáculos. Accesibilidad por fachadas: No se interviene en las fachadas de los edificios existentes. 3.3 SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN Y ACCESIBILIDAD 3.3.1. Tipo de proyecto y ámbito de aplicación del documento básico Dado que el presente proyecto desarrolla la intervención sobre un espacio público abierto, son de aplicación exclusivamente las siguientes secciones del DB-SU: 3.3.2. Sección SU 1- Seguridad frente al riesgo de caídas:

SU1.1 Resbaladicidad de los suelos

1. Resbaladicidad de los suelos. 2. Discontinuidades en el pavimento 3. Desniveles (Clasificación del suelo en función de su grado de deslizamiento UNE ENV 12633:2003)

Clase NORMA

PROY

Zonas interiores secas con pendiente < 6%

1

-

Zonas interiores secas con pendiente ≥ 6% y escaleras Zonas interiores húmedas (entrada al edificio o terrazas cubiertas) con pendiente < 6% Zonas interiores húmedas (entrada al edificio o terrazas cubiertas) con pendiente ≥ 6% y escaleras Zonas exteriores, garajes y piscinas

2

-

2

-

3

-

3

3

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SU1.2 Discontinuidades en el pavimento

El suelo no presenta imperfecciones o irregularidades que supongan riesgo de caídas como consecuencia de traspiés o de tropiezos

NORMA

PROY

Diferencia de nivel < 6 mm

3 mm

Pendiente máxima para desniveles ≤ 50 mm Excepto para acceso desde espacio exterior Perforaciones o huecos en suelos de zonas de circulación

≤ 25 %

-

Ø ≤ 15 mm

-

Altura de barreras para la delimitación de zonas de circulación Nº de escalones mínimo en zonas de circulación

≥ 800 mm 3

-

≥ 1.200 mm. y ≥ anchura hoja

-

Excepto en los casos siguientes:

● ●

En zonas de uso restringido



En los accesos a los edificios, bien desde el exterior, bien desde porches, garajes, etc. (figura 2.1)



En salidas de uso previsto únicamente en caso de emergencia.



En el acceso a un estrado o escenario

En las zonas comunes de los edificios de uso Residencial Vivienda.

Distancia entre la puerta de acceso a un edificio y el escalón más próximo. (excepto en edificios de uso Residencial Vivienda) (figura 2.1)

Respecto al “SU 1.3: Desniveles” huelga decir que no existe ningún lugar en el que la diferencia de cota sea mayor que 55 cm. y por lo tanto no es necesaria la existencia de elementos separadores para evitar caídas.

Protección de los desniveles Barreras de protección en los desniveles, huecos y aberturas (tanto horizontales como verticales) balcones, ventanas, etc. con diferencia de cota (h).



Señalización visual y táctil en zonas de uso público

Para h ≥ 550 mm para h ≤ 550 mm Dif. táctil ≥ 250 mm del borde

SU 1.3. Desniveles

Características de las barreras de protección Altura de la barrera de protección: diferencias de cotas ≤ 6 m. resto de los casos huecos de escaleras de anchura menor que 400 mm.

NORMA ≥ 900 mm

PROYECTO No procede

≥ 1.100 mm ≥ 900 mm

No procede No procede

Resistencia y rigidez frente a fuerza horizontal de las barreras de protección (Ver tablas 3.1 y 3.2 del Documento Básico SE-AE Acciones en la edificación) NORMA PROYECTO Características constructivas de las barreras de protección: No serán escalables No procede 200≥Ha≤700 No existirán puntos de apoyo en la altura accesible (Ha). mm No procede Limitación de las aberturas al paso de una esfera Ø ≤ 100 mm Límite entre parte inferior de la barandilla y línea de inclinación

≤ 50 mm

No procede

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3.4 SALUBRIDAD Dado que el presente proyecto contempla la intervención sobre un espacio público abierto, sin que se prevean intervenciones en edificaciones existentes, y que este documento básico hace referencia al riesgo de los usuarios dentro de los edificios, al riesgo de deterioro de los propios edificios y al riesgo de que los edificios deterioren el medio ambiente en su entorno inmediato, pero siempre tomando medidas desde el propio edificio, no es de aplicación el DB HS Salubridad. 3.5 PROTECCIÓN CONTRA EL RUIDO Dado que el presente proyecto contempla la intervención sobre un espacio público abierto, sin que se prevean intervenciones en edificaciones existentes, no es de aplicación el presente punto 4.5, relativo a la protección contra el ruido. 3.6 AHORRO DE ENERGÍA Dado que el presente proyecto contempla la intervención sobre un espacio público abierto sin que se prevean intervenciones en edificaciones existentes, y que el ámbito de aplicación de cada una de las secciones de este Documento Básico HE se define para edificios de nueva planta, modificaciones, reformas o rehabilitaciones de edificios existentes, no es de aplicación el DB-HE Ahorro de energía. Conformes con el presente documento, PROPIEDAD: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES

ARQUITECTO:

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4. OBRAS PARA LA ADMINISTRACION 4.1 PRESUPUESTO Conforme a lo establecido en el artículo 76 de la vigente Ley de Contratos del Sector Público (LCSP), el Presupuesto de Licitación (P.L.) no debe incluir el I.V.A. PRESUPUESTO DE EJECUCION MATERIAL sin Seguridad y Salud SEGURIDAD Y SALUD PRESUPUESTO DE EJECUCION MATERIAL (PEM) GASTOS GENERALES (13% s/PEM) BENEFICIO INDUSTRIAL (6% s/PEM) PRESUPUESTO DE LICITACION (PL) IVA (21% s/PL) PRESUPUESTO PARA CONOCIMIENTO DE LA ADMINISTRACION

41.364,97 € 827,29 € 42.192,26 € 5.484,99 € 2.531,54 € 50.208,79 € 10.543,85 € 60.752,64 €

4.2 PLAZO DE EJECUCION De acuerdo con el volumen y características de las obras a ejecutar, se establece un plazo de ejecución de UN (1) MES, a contar a partir del día siguiente al de la firma del acta de replanteo. En cumplimiento del 123-1 párafo e) del Real Decreto 3/2.011 de la Ley de Contratos del Sector Público. 4.3 PREVISION DE FASES No se han previsto fases diferenciadas, por lo cual este proyecto se ejecutará de forma ininterrumpida. 4.4 MANIFESTACION DE OBRA COMPLETA En cumplimiento de los Artículos 125.1 y 127.2 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, se hace constar expresamente que el presente proyecto comprende una obra completa susceptible de ser entregada al uso general. 4.5 PROPUESTA DE CLASIFICACION DEL CONTRATISTA Y CATEGORIA DEL CONTRATO 4.5.1. Clasificación del tipo de obra: De acuerdo con el art. 122 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, las obras a realizar, la obra se Clasifica dentro del apartado a) Obras de primer establecimiento, reforma o gran reparación. 4.5.2. Clasificación del contratista: La clasificación del contratista, en base al art. 65 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y a la disposición transitoria cuarta texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y de acuerdo con lo especificado en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, artículos 25, 26 y 133, se propondrá en base al Plan de obra. Por tanto, y de acuerdo con lo especificado en la normativa vigente, no es exigible clasificación del contratista, por ser el importe menor de 350.000 €. No obstante, si el Órgano de Contratación estimara oportuno exigir clasificación, se propone la siguiente clasificación del contratista: Grupo G: Viales y pistas Subgrupo 6: Obras viales sin cualificación específica Categoría A

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4.5.3. Forma de adjudicación de contratos de obra: De acuerdo con lo preceptuado en el Reglamento General de Contrataciones del Estado, se propone como forma de adjudicación la de Negociado sin publicidad. 4.5.4. Plan de obra, programa de trabajo, plazo de ejecución: Según el art. 123 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público se aporta un programa de desarrollo de los trabajos o plan de obra de carácter indicativo. Se fija un plazo global para la ejecución de las obras a que se refiere el presente proyecto de UN (1) MES. MES1 01 02 03 04 05 06

ACONDICIONAMIENTO DEL TERRENO CIMENTACION Y SOLERA FIRMES Y PAVIMENTOS CERRAMIENTO SEGURIDAD Y SALUD GESTION DE RESIDUOS

De acuerdo con lo especificado en el Reglamento General de Contratos del Estado, y en los casos que sea de aplicación, el contratista está obligado a presentar un programa de trabajo en el plazo de un mes salvo causa justificada, desde la notificación de la autorización para empezar las obras. 4.5.5. Plazo de garantía: Se establece un plazo de garantía de UN (1) AÑO, según el Artículo 235 del Real Decreto 3/2.011 donde se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. 4.6 REVISION DE PRECIOS A estas obras no corresponde Revisión de Precios, por considerarse un plazo de ejecución inferior a un año, como se indica en el Artículo 69 del Real Decreto 3/2.011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. 4.7 CONTROL DE CALIDAD El control de calidad será contratado por el adjudicatario de las obras, que asumirá su coste, a una entidad independiente, con el visto bueno de la Dirección Facultativa. La ejecución del presente proyecto se llevará a cabo con materiales y técnicas constructivas de uso común, por lo que no se considera necesario la elaboración de un Programa de Control de Calidad específico, si bien deberán realizarse los controles de calidad definidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y restantes documentos del proyecto, y todos aquellos que la Dirección Facultativa considere durante el transcurso de la obra. Las características y requisitos que deberán cumplir los materiales y unidades de obra integrantes del proyecto, estarán de acuerdo con las determinaciones de la normativa específica de obligado cumplimiento y en vigor a la fecha de ejecutarse las obras. Los materiales prefabricados deberán aportar el correspondiente certificado de homologación. Los criterios para la recepción o rechazo de los materiales los decidirá la Dirección Facultativa, conforme al Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares siempre que sea posible.

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4.8 LEGALIZACIONES Es obligación del contratista da las obras la legalización y puesta en marcha de todas las instalaciones contempladas en el proyecto, para lo cual deberá obtener los oportunos permisos, autorizaciones y cualesquiera otros documentos necesarios que deban expedir los organismos competentes y correrá también a su cargo la redacción de los proyectos, expedición de boletines o de cualquier otro documento necesario para ello. Los gastos que ocasione la obtención de los mencionados permisos o la redacción de documentos se consideran incluidos en el porcentaje de gastos generales que figura en el resumen del presupuesto. 4.9 CUMPLIMIENTO DEL ARTICULO 123 DE LA LEY 3/2011 La naturaleza de la obra, hace incompatible la ejecución de un Estudio Geotécnico tal y como marca el Artículo 123 de la Ley 3/2011 del Real Decreto 3/2.011 de la Ley de Contratos del Sector Público. 4.10 SEGURIDAD Y SALUD En el presente Proyecto se siguen los postulados descritos en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de la construcción. Así mismo, y antes del comienzo de las obras, el contratista deberá redactar un Plan de Seguridad y Salud, firmado por técnico competente (Técnico en prevención de Riesgos), que adapte el estudio de proyecto (anexo V de la presente memoria) a sus métodos constructivos y organizativos. Dicho Plan deberá ser aprobado por la Dirección Facultativa antes del inicio de las obras. La empresa adjudicataria deberá disponer durante el tiempo que duren las obras los medios necesarios (pasos, plataformas, pasarelas, etc.) para facilitar el acceso de personas y mercancías a las viviendas y locales comerciales existentes en la zona sobre la que se actúa. Los gastos que de ello se deriven correrán a cargo del contratista, ya que su valoración se ha incluido en el porcentaje que, bajo el concepto de medios auxiliares, forma parte de las unidades de obra que intervienen en el Presupuesto del Proyecto. 4.11 CARTELES Y ANUNCIOS Podrán colocarse en las obras las inscripciones que acrediten su ejecución por el Contratista. A tales efectos, éste cumplirá las instrucciones que tenga establecidas la Administración y en su defecto las que dé la Dirección de Obras. Por otra parte, el Contratista colocará carteles informativos de la obra, en los lugares que indique la Dirección de Obra. El texto y diseño de los carteles será el que se defina de acuerdo a las instrucciones de la Dirección de Obra o Administración Contratante. El coste de los carteles y accesorios, así como la instalación de los mismos, será por cuenta del Contratista. 4.12 TRATAMIENTO DE RESIDUOS Conforme a lo establecido en el Real Decreto 105/2008 que regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, los residuos de construcción y demolición deberán separarse en las siguientes fracciones, cuando, de forma individualizada para cada una de dichas fracciones, la cantidad prevista de generación para el total de la obra supere determinadas cantidades. En las obras objeto del presente proyecto, no se prevé que se sobrepasen algunas de las siguientes cantidades: Descripción Hormigón Ladrillos, tejas, cerámicos Metal Madera Vidrio

Cantidad 80 t. 40 t. 2 t. 1 t. 1 t.

Plástico Papel y cartón

0,5 t. 0,5 t. 20

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Así pues podrán almacenarse juntos en un mismo contenedor todos los residuos generados y que se detallarán en el correspondiente Estudio de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición que se adjunta en el Proyecto. Por lo tanto, se procede a valorar detalladamente el Tratamiento de Residuos, en el Estudio de Gestión de Residuos que aparece en el Proyecto, en el anexo II.

Conformes con el presente documento, PROPIEDAD: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES

ARQUITECTO:

FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO COLEGIADO Nº: 15.593 C.O.A.M.

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5. CONSIDERACIONES ADMINISTRATIVAS 5.1 CUMPLIMIENTO DEL ARTICULO 125 y 127.2 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Contratación que se incorpora y desarrolla la Ley de Contratos de las administraciones Públicas, se hace constar que el presente Proyecto, comprende una obra completa susceptible de ser entregada a uso general en el sentido exigible en que se expresa el articulo 125 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. 5.2 CONCLUSIÓN Con lo expresado en la presente memoria y demás documentos que integran el Proyecto, se considera que quedan suficientemente definidas las obras a ejecutar estando, el Técnico autor de mismo, a disposición del organismo para aclarar las dudas que pudieran surgir, por lo que se eleva a técnico competente para su aprobación y posterior ejecución de las Obras.

Torrelodones, 10 de Agosto de 2015

ARQUITECTO:

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6. ACTA DE REPLANTEO Torrelodones, 10 de Agosto de 2015, reunidos los que se relacionan a pie de página, se procede a realizar las comprobaciones pertinentes con relación al proyecto “PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR, CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID” Del resultado de la comprobación, se deduce la viabilidad de la ejecución del proyecto indicado, en el lugar mencionado, habiéndose verificado su realidad geométrica, sin que exista ningún impedimento físico para la iniciación de las obras una vez que se haya procedido a la adjudicación de las mismas. Y para que conste, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 126 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se firma la presente acta por los asistentes al acto. Conformes con el presente documento, PROPIEDAD: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES

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FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO COLEGIADO Nº: 15.593 C.O.A.M.

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7. CERTIFICADO DE OBRA COMPLETA Francisco Javier Medina del Cojo, arquitecto colegiado nº 15.593 del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid CERTIFICA: Que el PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR, CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID, constituye una obra completa, dentro de sus características, susceptible de ser entregado al uso correspondiente, según determina el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas Así han sido comprobadas las dimensiones geométricas del emplazamiento, que permite la viabilidad del proyecto sin que existan obstáculos que impidan la iniciación de las obras. En la redacción del presente proyecto, han sido tenidas en cuenta y serán de obligado cumplimiento para la empresa que resulte adjudicataria de las obras, todas la Normativa Técnica de aplicación en este caso, así como, los Reglamentos y demás disposiciones legales en vigor. Torrelodones, 10 de Agosto de 2015

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8. NORMATIVA TÉCNICA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO De acuerdo con el artículo 1º A). Uno, del Decreto 462/1971, de 11 de marzo, en la ejecución de las obras deberán observarse las normas vigentes aplicables sobre construcción. A tal fin se incluye la siguiente relación no exhaustiva de la normativa técnica aplicable, que lo será en función de la naturaleza del objeto del proyecto: ÍNDICE 0)

Normas de carácter general 0.1 Normas de carácter general

1)

Estructuras 1.1 Acciones en la edificación 1.2 Acero 1.3 Fabrica de Ladrillo 1.4 Hormigón 1.5 Madera 1.6 Cimentación

2)

Instalaciones 2.1 Agua 2.2 Ascensores 2.3 Audiovisuales y Antenas 2.4 Calefacción, Climatización y Agua Caliente Sanitaria 2.5 Electricidad 2.6 Instalaciones de Protección contra Incendios

3)

Cubiertas 3.1 Cubiertas

4)

Protección 4.1 Aislamiento Acústico 4.2 Aislamiento Térmico 4.3 Protección Contra Incendios 4.4 Seguridad y Salud en las obras de Construcción 4.5 Seguridad de Utilización

5)

Barreras arquitectónicas 5.1 Barreras Arquitectónicas

6)

Varios 6.1 Instrucciones y Pliegos de Recepción 6.2 Medio Ambiente 6.3 Otros

ANEXO 1: COMUNIDAD DE MADRID

25 MEMORIA. PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR. CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID ARQUITECTO. FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO

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0) NORMAS DE CARÁCTER GENERAL 0.1) NORMAS DE CARÁCTER GENERAL Ordenación de la edificación LEY 38/1999, de 5 de noviembre, de la Jefatura del Estado B.O.E.: 6-NOV-1999 MODIFICADA POR: Artículo 82 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social LEY 24/2001, de 27 de diciembre, de Jefatura del Estado B.O.E.: 31-DIC-2001 Artículo 105 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social LEY 53/2002, de 30 de diciembre, de Jefatura del Estado B.O.E.: 31-DIC-2002 Artículo 15 de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio LEY 25/2009, de 22 de diciembre, de Jefatura del Estado B.O.E.: 23-DIC-2009 Disposición final tercera de la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas LEY 8/2013, de 26 de junio, de Jefatura del Estado B.O.E.: 27-JUN-2013 Disposición final tercera de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, de Telecomunicaciones LEY 9/2014, de 9 de mayo, de Jefatura del Estado B.O.E.: 10-MAY-2014 Corrección erratas: B.O.E. 17-MAY-2014 Código Técnico de la Edificación REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 28-MAR-2006 Corrección de errores y erratas: B.O.E. 25-ENE-2008 DEROGADO EL APARTADO 5 DEL ARTÍCULO 2 POR: Disposición derogatoria única de la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas LEY 8/2013, de 26 de junio, de Jefatura del Estado B.O.E.: 27-JUN-2013 MODIFICADO POR: Modificación del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación REAL DECRETO 1371/2007, de 19 de octubre, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 23-OCT-2007 Corrección de errores: B.O.E. 20-DIC-2007 MODIFICADO POR: Modificación del Real Decreto 1371/2007, de 19-OCT Real Decreto 1675/2008, de 17 de octubre, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 18-OCT-2008 Modificación de determinados documentos básicos del Código Técnico de la Edificación , aprobados por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, y el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre Orden 984/2009, de 15 de abril, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 23-ABR-2009 Corrección de errores y erratas: B.O.E. 23-SEP-2009 26 MEMORIA. PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR. CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID ARQUITECTO. FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO

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Modificación del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, en materia de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad REAL DECRETO 173/2010, de 19 de febrero, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 11-MAR-2010 Modificación del Código Técnico de la Edificación (CTE) aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo Disposición final segunda, del Real Decreto 410/2010, de 31 de marzo, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 22-ABR-2010 Sentencia por la que se declara la nulidad del artículo 2.7 del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación, así como la definición del párrafo segundo de uso administrativo y la definición completa de uso pública concurrencia, contenidas en el documento SI del mencionado Código Sentencia de 4 de mayo de 2010, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, B.O.E.: 30-JUL-2010 Disposición final undécima de la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas LEY 8/2013, de 26 de junio, de Jefatura del Estado B.O.E.: 27-JUN-2013 ACTUALIZADO POR: Actualización del Documento Básico DB-HE “Ahorro de Energía” ORDEN FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, del Ministerio de Fomento B.O.E.: 12-SEP-2013 Corrección de errores: B.O.E. 8-NOV-2013 Procedimiento básico para la certificación energética de los edificios REAL DECRETO 235/2013, de 5 de abril, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 13-ABR-2013 Corrección de errores: B.O.E. 25-MAY-2013 1) ESTRUCTURAS 1.1) ACCIONES EN LA EDIFICACIÓN DB SE-AE. Seguridad estructural - Acciones en la Edificación. Código Técnico de la Edificación. REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 28-MAR-2006 Para consultar todas las modificaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado “0.1 Normas de carácter general” Norma de Construcción Sismorresistente: parte general y edificación (NCSR-02) REAL DECRETO 997/2002, de 27 de septiembre, del Ministerio de Fomento B.O.E.: 11-OCT-2002 1.2) ACERO DB SE-A. Seguridad Estructural - Acero Código Técnico de la Edificación. REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 28-MAR-2006 Para consultar todas las modificaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado “0.1 Normas de carácter general” Instrucción de Acero Estructural (EAE) REAL DECRETO 751/2011, de 27 de mayo, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 23-JUN-2011 Corrección errores: 23-JUN-2012 1.3) FÁBRICA DB SE-F. Seguridad Estructural Fábrica Código Técnico de la Edificación. REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de Vivienda 27 MEMORIA. PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR. CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID ARQUITECTO. FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO

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B.O.E.: 28-MAR-2006 Para consultar todas las modificaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado “0.1 Normas de carácter general” 1.4) HORMIGÓN Instrucción de Hormigón Estructural "EHE” REAL DECRETO 1247/2008, de 18 de julio, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 22-AGO-2008 Corrección errores: 24-DIC-2008 MODIFICADO POR: Sentencia por la que se declaran nulos los párrafos séptimo y octavo del artículo 81 y el anejo 19 Sentencia de 27 de septiembre de 2012, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, B.O.E.: 1-NOV-2012 1.5) MADERA DB SE-M. Seguridad estructural - Estructuras de Madera Código Técnico de la Edificación. REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 28-MAR-2006 Para consultar todas las modificaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado “0.1 Normas de carácter general” 1.6) CIMENTACIÓN DB SE-C. Seguridad estructural - Cimientos Código Técnico de la Edificación. REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 28-MAR-2006 Para consultar todas las modificaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado “0.1 Normas de carácter general” 2) INSTALACIONES 2.1) AGUA Criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano REAL DECRETO 140/2003, de 7 de febrero, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 21-FEB-2003 MODIFICADO POR: Real Decreto 1120/2012, de 20 de julio, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 29-AGO-2012 Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, del Ministerio de Sanidad, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas B.O.E.: 11-OCT-2013 Corrección de errores B.O.E.: 12-NOV-2013 DESARROLLADO EN EL ÁMBITO DEL MINISTERIO DE DEFENSA POR: Orden DEF/2150/2013, de 11 de noviembre, del Ministerio de Defensa B.O.E.: 19-NOV-2013 DB HS. Salubridad (Capítulos HS-4, HS-5) Código Técnico de la Edificación. REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 28-MAR-2006 Para consultar todas las modificaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado “0.1 Normas de carácter general”

28 MEMORIA. PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR. CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID ARQUITECTO. FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO

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2.2) ASCENSORES Disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 95/16/CE, sobre ascensores REAL DECRETO 1314/1997 de 1 de agosto de 1997, del Ministerio de Industria y Energía B.O.E.: 30-SEP-1997 Corrección errores: 28-JUL-1998 MODIFICADO POR: Disposición final primera del Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas REAL DECRETO 1644/2008, de 10 de octubre, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 11-OCT-2009 DEROGADAS LAS DISPOSICIONES ADICIONALES PRIMERA Y SEGUNDA POR: Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 “Ascensores” del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, aprobado por Real Decreto 229/1985, de 8 de noviembre REAL DECRETO 88/2013, de 8 de febrero, del Ministerio de Industria, Energía y Turismo B.O.E.: 22-FEB-2013 Reglamento de aparatos de elevación y manutención de los mismos (sólo están vigentes los artículos 11 a 15, 19 y 23, el resto ha sido derogado por el Real Decreto 1314/1997, excepto el art.10, que ha sido derogado por el Real Decreto 88/20013, de 8 de febrero) REAL DECRETO 2291/1985, de 8 de noviembre, del Ministerio de Industria y Energía B.O.E.: 11-DIC-1985 MODIFICADO POR: Art 2º de la modificación de diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre REAL DECRETO 560/2010, de 7 de mayo, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio B.O.E.: 22-MAY-2010 Prescripciones para el incremento de la seguridad del parque de ascensores existentes REAL DECRETO 57/2005, de 21 de enero, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio B.O.E.: 04-FEB-2005 DEROGADO LOS ARTÍCULOS 2 Y 3 POR: Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 “Ascensores” del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, aprobado por Real Decreto 229/1985, de 8 de noviembre REAL DECRETO 88/2013, de 8 de febrero, del Ministerio de Industria, Energía y Turismo B.O.E.: 22-FEB-2013 Prescripciones técnicas no previstas en la ITC-MIE-AEM 1, del Reglamento de aparatos de elevación y manutención de los mismos RESOLUCIÓN de 27 de abril de 1992, de la Dirección General de Política Tecnológica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo B.O.E.: 15-MAY-1992 Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 “Ascensores” del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, aprobado por Real Decreto 229/1985, de 8 de noviembre REAL DECRETO 88/2013, de 8 de febrero, del Ministerio de Industria, Energía y Turismo B.O.E.: 22-FEB-2013 Corrección errores: 9-MAY-2013 2.3) AUDIOVISUALES Y ANTENAS Infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicaciones. REAL DECRETO LEY 1/1998, de 27 de febrero, de la Jefatura del Estado B.O.E.: 28-FEB-1998

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MODIFICADO POR: Modificación del artículo 2, apartado a), del Real Decreto-Ley 1/1998 Disposición Adicional Sexta, de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Jefatura del Estado, de Ordenación de la Edificación B.O.E.: 06-NOV-1999 Disposición final quinta de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, de Telecomunicaciones LEY 9/2014, de 9 de mayo, de Jefatura del Estado B.O.E.: 10-MAY-2014 Corrección erratas: B.O.E. 17-MAY-2014 Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de las edificaciones. REAL DECRETO 346/2011, de 11 de marzo, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio B.O.E.: 1-ABR-2011 Corrección errores: 18-OCT-2011 DESARROLLADO POR: Desarrollo del Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de las edificaciones, aprobado por el Real Decreto 346/2011, de 11 de marzo. ORDEN 1644/2011, de 10 de junio de 2011, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio B.O.E.: 16-JUN-2011 MODIFICADO POR: Sentencia por la que se anula el inciso “debe ser verificado por una entidad que disponga de la independencia necesaria respecto al proceso de construcción de la edificación y de los medios y la capacitación técnica para ello” in fine del párrafo quinto Sentencia de 9 de octubre de 2012, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, B.O.E.: 1-NOV-2012 Sentencia por la que se anula el inciso “en el artículo 3 del Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación”, incluido en los apartados 2.a) del artículo 8; párrafo quinto del apartado 1 del artículo 9; apartado 1 del artículo 10 y párrafo tercero del apartado 2 del artículo 10. Sentencia de 17 de octubre de 2012, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, B.O.E.: 7-NOV-2012 Sentencia por la que se anula el inciso “en el artículo 3 del Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación”, incluido en los apartados 2.a) del artículo 8; párrafo quinto del apartado 1 del artículo 9; apartado 1 del artículo 10 y párrafo tercero del apartado 2 del artículo 10; así como el inciso “a realizar por un Ingeniero de Telecomunicación o un Ingeniero Técnico de Telecomunicación” de la sección 3 del Anexo IV. Sentencia de 17 de octubre de 2012, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, B.O.E.: 7-NOV-2012 2.4) CALEFACCIÓN, CLIMATIZACIÓN Y AGUA CALIENTE SANITARIA Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) REAL DECRETO 1027/2007, de 20 de julio, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 29-AGO-2007 Corrección errores: 28-FEB-2008 MODIFICADO POR: Art. segundo del Real Decreto 249/2010, de 5 de marzo, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 18-MAR-2010 Corrección errores: 23-ABR-2010 Real Decreto 1826/2009, de 27 de noviembre, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 11-DIC-2009 Corrección errores: 12-FEB-2010 Corrección errores: 25-MAY-2010 30 MEMORIA. PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR. CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID ARQUITECTO. FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO

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Real Decreto 238/2013, de 5 de abril, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 13-ABR-2013 Corrección errores: 5-SEP-2013 Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11 REAL DECRETO 919/2006, de 28 de julio, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio B.O.E.: 4-SEPT-2006 MODIFICADO POR: Art 13º de la modificación de diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre REAL DECRETO 560/2010, de 7 de mayo, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio B.O.E.: 22-MAY-2010 Instrucción técnica complementaria MI-IP 03 “Instalaciones petrolíferas para uso propio” REAL DECRETO 1427/1997, de 15 de septiembre, del Ministerio de Industria y Energía B.O.E.: 23-OCT-1997 Corrección errores: 24-ENE-1998 MODIFICADA POR: Modificación del Reglamento de instalaciones petrolíferas, aprobado por R. D. 2085/1994, de 20-OCT, y las Instrucciones Técnicas complementarias MI-IP-03, aprobadas por el R.D. 1427/1997, de 15-SET, y MI-IP-04, aprobada por el R.D. 2201/1995, de 28-DIC. REAL DECRETO 1523/1999, de 1 de octubre, del Ministerio de Industria y Energía B.O.E.: 22-OCT-1999 Corrección errores: 3-MAR-2000 Art 6º de la modificación de diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial , para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre REAL DECRETO 560/2010, de 7 de mayo, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio B.O.E.: 22-MAY-2010 Criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis REAL DECRETO 865/2003, de 4 de julio, del Ministerio de Sanidad y Consumo B.O.E.: 18-JUL-2003 DB HE. Ahorro de Energía (Capítulo HE-4: Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria) Código Técnico de la Edificación. REAL DECRETO. 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 28-MAR-2006 ACTUALIZADO POR: Actualización del Documento Básico DB-HE “Ahorro de Energía” ORDEN FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, del Ministerio de Fomento B.O.E.: 12-SEP-2013 Corrección de errores: B.O.E. 8-NOV-2013 Para consultar todas las modificaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado “0.1 Normas de carácter general” 2.5) ELECTRICIDAD Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión e instrucciones Técnicas Complementarias (ITC) BT 01 a BT 51 REAL DECRETO 842/2002, de 2 de agosto, del Ministerio de Ciencia y Tecnología B.O.E.: suplemento al nº 224, 18-SEP-2002 Anulado el inciso 4.2.C.2 de la ITC-BT-03 por: SENTENCIA de 17 de febrero de 2004 de la Sala Tercera del Tribunal Supremo B.O.E.: 5-ABR-2004

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MODIFICADO POR: Art 7º de la modificación de diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre REAL DECRETO 560/2010, de 7 de mayo, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio B.O.E.: 22-MAY-2010 Nueva Instrucción Técnica Complementaria (ITC) BT 52 «Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos», del Reglamento electrotécnico para baja tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, y se modifican otras instrucciones técnicas complementarias del mismo. REAL DECRETO 1053/2014, de 12 de diciembre, del Ministerio de Industria, Energía y Turismo B.O.E.: 31-DIC-2014 Autorización para el empleo de sistemas de instalaciones con conductores aislados bajo canales protectores de material plástico RESOLUCIÓN de 18 de enero 1988, de la Dirección General de Innovación Industrial B.O.E.: 19-FEB-1988 Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones Técnicas Complementarias EA-01 a EA-07 REAL DECRETO 1890/2008, de 14 de noviembre, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio B.O.E.: 19-NOV-2008 2.6) INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Reglamento de instalaciones de protección contra incendios REAL DECRETO 1942/1993, de 5 de noviembre, del Ministerio de Industria y Energía B.O.E.: 14-DIC-1993 Corrección de errores: 7-MAY-1994 MODIFICADO POR: Art 3º de la modificación de diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre REAL DECRETO 560/2010, de 7 de mayo, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio B.O.E.: 22-MAY-2010 Normas de procedimiento y desarrollo del Real Decreto 1942/1993, de 5-NOV, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios y se revisa el anexo I y los apéndices del mismo ORDEN, de 16 de abril de 1998, del Ministerio de Industria y Energía B.O.E.: 28-ABR-1998 3) CUBIERTAS 3.1) CUBIERTAS DB HS-1. Salubridad Código Técnico de la Edificación. REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 28-MAR-2006 Para consultar todas las modificaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado “0.1 Normas de carácter general” 4) PROTECCIÓN 4.1) AISLAMIENTO ACÚSTICO DB HR. Protección frente al ruido REAL DECRETO 1371/2007, de 19 de octubre, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 23-OCT-2007 Corrección de errores: B.O.E. 20-DIC-2007 Para consultar todas las modificaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado “0.1 Normas de carácter general” 32 MEMORIA. PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR. CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID ARQUITECTO. FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO

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4.2) AISLAMIENTO TÉRMICO DB-HE-Ahorro de Energía Código Técnico de la Edificación. REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 28-MAR-2006 ACTUALIZADO POR: Actualización del Documento Básico DB-HE “Ahorro de Energía” ORDEN FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, del Ministerio de Fomento B.O.E.: 12-SEP-2013 Corrección de errores: B.O.E. 8-NOV-2013 Para consultar todas las modificaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado “0.1 Normas de carácter general” 4.3) PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS DB-SI-Seguridad en caso de Incendios Código Técnico de la Edificación. REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 28-MAR-2006 Para consultar todas las modificaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado “0.1 Normas de carácter general” Reglamento de Seguridad contra Incendios en los establecimientos industriales. REAL DECRETO 2267/2004, de 3 Diciembre, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio B.O.E.: 17-DIC-2004 Corrección errores: 05-MAR-2005 MODIFICADO POR: Art 10º de la modificación de diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre REAL DECRETO 560/2010, de 7 de mayo, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio B.O.E.: 22-MAY-2010 Clasificación de los productos de construcción y de los elementos constructivos en función de sus propiedades de reacción y de resistencia frente al fuego REAL DECRETO 842/2013, de 31 de octubre, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 23-NOV-2013 4.4) SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción REAL DECRETO 1627/1997, de 24 de octubre, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 25-OCT-1997 MODIFICADO POR: Modificación del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura. REAL DECRETO 2177/2004, de 12 de noviembre, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 13-NOV-2004 Modificación del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. REAL DECRETO 604/2006, de 19 de mayo, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales B.O.E.: 29-MAY-2006 Disposición final tercera del Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de Octubre, reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción REAL DECRETO 1109/2007, de 24 de agosto, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales B.O.E.: 25-AGO-2007 33 MEMORIA. PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR. CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID ARQUITECTO. FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO

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Artículo 7 de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio LEY 25/2009, de 22 de diciembre, de Jefatura del Estado B.O.E.: 23-DIC-2009 Modificación del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre. REAL DECRETO 337/2010, de 19 de marzo, del Ministerio de Trabajo e Inmigración B.O.E.: 23-MAR-2010 DEROGADO EL ART.18 POR: REAL DECRETO 337/2010, de 19 de marzo, del Ministerio de Trabajo e Inmigración B.O.E.: 23-MAR-2010 Prevención de Riesgos Laborales LEY 31/1995, de 8 de noviembre, de la Jefatura del Estado B.O.E.: 10-NOV-1995 DESARROLLADA POR: Desarrollo del artículo 24 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales REAL DECRETO 171/2004, de 30 de enero, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales B.O.E.: 31-ENE-2004 MODIFICADA POR: Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (Ley de Acompañamiento de los presupuestos de 1999) LEY 50/1998, de 30 de diciembre, de la Jefatura del Estado B.O.E.: 31-DIC-1998 Reforma del marco normativo de la Prevención de Riesgos Laborales LEY 54/2003, de 12 de diciembre, de la Jefatura del Estado B.O.E.: 13-DIC-2003 Artículo 8 y Disposición adicional tercera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio LEY 25/2009, de 22 de diciembre, de Jefatura del Estado B.O.E.: 23-DIC-2009 Reglamento de los Servicios de Prevención REAL DECRETO 39/1997, de 17 de enero, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales B.O.E.: 31-ENE-1997 MODIFICADO POR: Modificación del Reglamento de los Servicios de Prevención REAL DECRETO 780/1998, de 30 de abril, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales B.O.E.: 1-MAY-1998 Modificación del Reglamento de los Servicios de Prevención REAL DECRETO 604/2006, de 19 de mayo, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales B.O.E.: 29-MAY-2006 Modificación del Reglamento de los Servicios de Prevención REAL DECRETO 337/2010, de 19 de marzo, del Ministerio de Trabajo e Inmigración B.O.E.: 23-MAR-2010 DEROGADA LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA POR: REAL DECRETO 337/2010, de 19 de marzo, del Ministerio de Trabajo e Inmigración B.O.E.: 23-MAR-2010 DESARROLLADO POR: Desarrollo del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, en lo referido a la acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención, memoria de actividades preventivas y autorización para realizar la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas ORDEN 2504/2010, de 20 de septiembre, del Ministerio de Trabajo e Inmigración 34 MEMORIA. PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR. CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID ARQUITECTO. FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO

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B.O.E.: 28-SEP-2010 Corrección errores: 22-OCT-2010 Corrección errores: 18-NOV-2010 Señalización de seguridad en el trabajo REAL DECRETO 485/1997, de 14 de abril, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales B.O.E.: 23-ABR-1997 Seguridad y Salud en los lugares de trabajo REAL DECRETO 486/1997, de 14 de abril, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales B.O.E.: 23-ABR-1997 MODIFICADO POR: Modificación del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura. REAL DECRETO 2177/2004, de 12 de noviembre, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 13-NOV-2004 Manipulación de cargas REAL DECRETO 487/1997, de 14 de abril, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales B.O.E.: 23-ABR-1997 Utilización de equipos de protección individual REAL DECRETO 773/1997, de 30 de mayo, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales B.O.E.: 12-JUN-1997 Corrección errores: 18-JUL-1997 Utilización de equipos de trabajo REAL DECRETO 1215/1997, de 18 de julio, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales B.O.E.: 7-AGO-1997 MODIFICADO POR: Modificación del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura. REAL DECRETO 2177/2004, de 12 de noviembre, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 13-NOV-2004 Disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto REAL DECRETO 396/2006, de 31 de marzo, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 11-ABR-2006 Regulación de la subcontratación LEY 32/2006, de 18 de Octubre, de Jefatura del Estado B.O.E.: 19-OCT-2006 DESARROLLADA POR: Desarrollo de la Ley 32/2006, de 18 de Octubre, reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción REAL DECRETO 1109/2007, de 24 de agosto, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales B.O.E.: 25-AGO-2007 Corrección de errores: 12-SEP-2007 MODIFICADO POR: Modificación del Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto REAL DECRETO 327/2009, de 13 de marzo, del Ministerio de Trabajo e Inmigración B.O.E.: 14-MAR-2009 Modificación del Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto REAL DECRETO 337/2010, de 19 de marzo, del Ministerio de Trabajo e Inmigración B.O.E.: 23-MAR-2010 35 MEMORIA. PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR. CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID ARQUITECTO. FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO

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MODIFICADA POR: Artículo 16 de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio LEY 25/2009, de 22 de diciembre, de Jefatura del Estado B.O.E.: 23-DIC-2009 4.5) SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN DB-SUA-Seguridad de utilización y accesibilidad REAL DECRETO 173/2010, de 19 de febrero, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 11-MAR-2010 Para consultar todas las modificaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado “0.1 Normas de carácter general” 5) BARRERAS ARQUITECTÓNICAS 5.1) BARRERAS ARQUITECTÓNICAS Real Decreto por el que se aprueban las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones. REAL DECRETO 505/2007, de 20 de abril, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 11-MAY-2007 MODIFICADO POR: La Disposición final primera de la modificación del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, en materia de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad REAL DECRETO 173/2010, de 19 de febrero, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 11-MAR-2010 DESARROLLADO POR: Desarrollo del documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados Orden 561/2010, de 1 de febrero, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 11-MAR-2010 DB-SUA-Seguridad de utilización y accesibilidad REAL DECRETO 173/2010, de 19 de febrero, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 11-MAR-2010 Para consultar todas las modificaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado “0.1 Normas de carácter general” Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2013, de 29 de noviembre, del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad B.O.E.: 3-DIC-2013 6) VARIOS 6.1) INSTRUCCIONES Y PLIEGOS DE RECEPCIÓN Instrucción para la recepción de cementos "RC-08" REAL DECRETO 956/2008, de 6 de junio, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 19-JUN-2008 Corrección errores: 11-SEP-2008 Disposiciones para la libre circulación de productos de construcción en aplicación de la Directiva 89/106/CEE REAL DECRETO 1630/1992, de 29 de diciembre, del Ministerio de Relación con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno B.O.E.: 09-FEB-1993 36 MEMORIA. PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR. CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID ARQUITECTO. FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO

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MODIFICADO POR: Modificación del Real Decreto 1630/1992, de 29 de diciembre, en aplicación de la Directiva 93/68/CEE. REAL DECRETO 1328/1995, de 28 de julio, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 19-AGO-1995 Ampliación los anexos I, II y III de la Orden de 29 de noviembre de 2001, por la que se publican las referencias a las normas UNE que son transposición de normas armonizadas, así como el período de coexistencia y la entrada en vigor del marcado CE relativo a varias familias de productos de construcción Resolución de 2 de marzo de 2015, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa B.O.E.: 17-MAR-2015 6.2) MEDIO AMBIENTE Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas DECRETO 2414/1961, de 30 de noviembre, de Presidencia de Gobierno B.O.E.: 7-DIC-1961 Corrección errores: 7-MAR-1962 En la Comunidad de Madrid, queda sin aplicación desde la entrada en vigor de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental (B.O:E.: 24-JUL-2002) DEROGADOS el segundo párrafo del artículo 18 y el Anexo 2 por: Protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo REAL DECRETO 374/2001, de 6 de abril, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 1-MAY-2001 DEROGADO por: Calidad del aire y protección de la atmósfera LEY 34/2007, de 15 de noviembre, de Jefatura del Estado B.O.E.: 16-NOV-2007 No obstante, el reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas mantendrá su vigencia en aquellas comunidades y ciudades autónomas que no tengan normativa aprobada en la materia, en tanto no se dicte dicha normativa. MODIFICADA POR: Medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas autónomas contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa. (Art. 33) REAL DECRETO-LEY 8/2011, de 1 de julio, de Jefatura del Estado B.O.E.: 7-JUL-2011 Corrección errores: B.O.E.: 13-JUL-2011 Instrucciones complementarias para la aplicación del Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas ORDEN de 15 de marzo de 1963, del Ministerio de la Gobernación B.O.E.: 2-ABR-1963 Ruido LEY 37/2003, de 17 de noviembre, de Jefatura del Estado B.O.E.: 18-NOV-2003 DESARROLLADA POR: Desarrollo de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a la evaluación y gestión del ruido ambiental. REAL DECRETO 1513/2005, de 16 de diciembre, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 17-DIC-2005

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desarrollos urbanísticos, s.l. MODIFICADO POR: Modificación del Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido. Disposición final primera del REAL DECRETO 1367/2007, de 19 de octubre, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 23-OCT-2007

Desarrollo de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas. REAL DECRETO 1367/2007, de 19 de octubre, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 23-OCT-2007 MODIFICADO POR: Modificación del Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas . REAL DECRETO 1038/2012, de 6 de julio, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 26-JUL-2012 MODIFICADA POR: Medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas autónomas contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa. (Art.31) REAL DECRETO-LEY 8/2011, de 1 de julio, de Jefatura del Estado B.O.E.: 7-JUL-2011 Corrección errores: B.O.E.: 13-JUL-2011 Regulación de la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición REAL DECRETO 105/2008, de 1 de febrero, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 13-FEB-2008 6.3) OTROS Ley del Servicio Postal Universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal LEY 43/2010, de 30 de diciembre, de Jefatura del Estado B.O.E.: 31-DIC-2010 ANEXO 1: COMUNIDAD DE MADRID 0) NORMAS DE CARÁCTER GENERAL Medidas para la calidad de la edificación LEY 2/1999, de 17 de marzo, de la Presidencia de la Comunidad de Madrid B.O.C.M.: 29-MAR-1999 Regulación del Libro del Edificio DECRETO 349/1999, de 30 de diciembre, de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de la Comunidad de Madrid B.O.C.M.: 14-ENE-2000 1) INSTALACIONES Normas sobre documentación, tramitación y prescripciones técnicas de las instalaciones interiores de suministro de agua. ORDEN 2106/1994, de 11 de noviembre, de la Consejería de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid B.O.C.M.: 28-FEB-1995 38 MEMORIA. PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR. CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID ARQUITECTO. FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO

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MODIFICADA POR: Modificación de los puntos 2 y 3 del Anexo I de la Orden 2106/1994 de 11 NOV ORDEN 1307/2002, de 3 de abril, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica B.O.C.M.: 11-ABR-2002 Condiciones de las instalaciones de gas en locales destinados a usos domésticos, colectivos o comerciales y en particular, requisitos adicionales sobre la instalación de aparatos de calefacción, agua caliente sanitaria, o mixto, y conductos de evacuación de productos de la combustión. ORDEN 2910/1995, de 11 de diciembre, de la Consejería de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid B.O.C.M..: 21-DIC-1995 AMPLIADA POR: Ampliación del plazo de la disposición final 2ª de la orden de 11 de diciembre de 1995 sobre condiciones de las instalaciones en locales destinados a usos domésticos, colectivos o comerciales y, en particular, requisitos adicionales sobre la instalación de aparatos de calefacción, agua caliente sanitaria o mixto, y conductos de evacuación de productos de la combustión ORDEN 454/1996, de 23 de enero, de la Consejería de Economía y Empleo de la C. de Madrid. B.O.C.M..: 29-ENE-1996 2 ) BARRERAS ARQUITECTÓNICAS Promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas. LEY 8/1993, de 22 de junio, de la Presidencia de la Comunidad de Madrid B.O.E.: 25-AGO-1993 Corrección errores: 21-SEP-1993 MODIFICADA POR: Modificación de determinadas especificaciones técnicas de la Ley 8/1993, de 22 de junio, de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas DECRETO 138/1998, de 23 de julio, de la Consejería de Presidencia de la Comunidad de Madrid B.O.C.M.: 30-JUL-1998 Reglamento Técnico de Desarrollo en Materia de Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas Decreto 13/2007, de 15 de marzo, del Consejo de Gobierno B.O.C.M.: 24-ABR-2007 DEROGADAS LAS NORMAS TECNICAS CONTENIDAS EN LA NORMA 1, APARTADO 1.2.2.1 POR: Establecimiento de los parámetros exigibles a los ascensores en las edificaciones para que reúnan la condición de accesibles en el ámbito de la Comunidad de Madrid ORDEN de 7 de febrero de 2014, de la Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda de la Comunidad de Madrid B.O.C.M.: 13-FEB-2014 Reglamento de desarrollo del régimen sancionador en materia de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas. DECRETO 71/1999, de 20 de mayo, de la Consejería de Presidencia de la Comunidad de Madrid B.O.C.M.: 28-MAY-1999 3 ) MEDIO AMBIENTE Evaluación ambiental LEY 2/2002, de 19 de junio, de la Presidencia de la Comunidad de Madrid B.O.E.: 24-JUL-2002 B.O.C.M. 1-JUL-2002 Derogada a excepción del Título IV “Evaluación ambiental de actividades”, los artículos 49, 50 y 72, la disposición adicional séptima y el Anexo Quinto, por la Ley 4/2014, de 22 de diciembre de Medidas Fiscales y Administrativas. (BOCM nº 309 de 29 de diciembre de 2014)

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MODIFICADA POR: Art. 21 de la Ley 2/2004, de 31 de mayo, de Medidas Fiscales y administrativas B.O.C.M.: 1-JUN-2004 Art. 20 de la Ley 3/2008, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y administrativas B.O.C.M.: 30-DIC-2008 Regulación de la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid ORDEN 2726/2009, de 16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid B.O.C.M.: 7-AGO-2009 4 ) ANDAMIOS Requisitos mínimos exigibles para el montaje, uso, mantenimiento y conservación de los andamios tubulares utilizados en las obras de construcción ORDEN 2988/1988, de 30 de junio, de la Consejería de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid B.O.C.M.: 14-JUL-1998

Conformes con el presente documento, PROPIEDAD: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES

ARQUITECTO:

FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO COLEGIADO Nº: 15.593 C.O.A.M.

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B. PLIEGO DE CONDICIONES

PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID

PROPIEDAD: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES

ARQUITECTO: FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO COLEGIADO Nº: 15.593 C.O.A.M.

AGOSTO 2015 41 PLIEGO DE CONDICIONES PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR. CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID ARQUITECTO. FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO

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INDICE 0 CAPITULO PRELIMINAR: DISPOSICIONES GENERALES NATURALEZA Y OBJETO DEL PLIEGO DOCUMENTACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA 1. PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS de los MATERIALES, de la EJECUCIÓN y de las VERIFICACIONES.1.1. ACONDICIONAMIENTO del TERRENO 1.2. CIMENTACIÓN. SOLERAS 1.3. BASE DE ZAHORRA ARTIFICIAL 1.4. RIEGOS DE ADHERENCIA E IMPRIMACION 1.5. BORDILLO DE HORMIGON 1.6. REVESTIMIENTOS 1.6.1. SUELOS 1.7. REPOSICIONES 1.8. VARIOS 1.9. PRODUCTOS SOBRANTES DEL PICADO, EXCAVACIONES, DEMOLICIONES, DERRIBOS O ELIMINACION DE SERVICIOS EXISTENTES

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CAPITULO PRELIMINAR DISPOSICIONES GENERALES 0 CAPITULO PRELIMINAR: DISPOSICIONES GENERALES NATURALEZA Y OBJETO DEL PLIEGO GENERAL. Artículo 1. EI presente Pliego de Condiciones particulares del Proyecto tiene por finalidad regular la ejecución de las obras fijando los niveles técnicos y de calidad exigibles, precisando las intervenciones que corresponden, según el contrato y con arreglo a la legislación aplicable, al Promotor o dueño de la obra, al Constructor de la misma, sus técnicos y encargados, al Arquitecto / Ingeniero y al Aparejador o Arquitecto Técnico / Ingeniero tecnico, así como las relaciones entre todos ellos y sus correspondientes obligaciones en orden al cumplimiento del contrato de obra. Se cumplirán en todo caso las determinaciones del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y de la Ley, 38/1999 de 5 de Noviembre, de Ordenación de la Edificación (L.O.E.). DOCUMENTACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA. Artículo 2. Integran el contrato los siguientes documentos relacionados por orden de prelación en cuanto al valor de :sus especificaciones en caso de omisión o aparente contradicción: 1.º Las condiciones fijadas en el propio documento de contrato de empresa o arrendamiento de obra, si existiera. 2.º Memoria, planos, mediciones y presupuesto. 3.º El presente Pliego de Condiciones particulares. 4.º El Pliego de Condiciones de la Dirección general de Arquitectura. Las órdenes e instrucciones de Ia Dirección facultativa de las obras se incorporan al Proyecto como interpretación, complemento o precisión de sus determinaciones. En cada documento, Ias especificaciones literales prevalecen sobre las gráficas y en los planos, la cota prevalece sobre la medida a escala.

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PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS de los MATERIALES, de la EJECUCIÓN y de las VERIFICACIONES.-

Se describen en este apartado las CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES incluyendo los siguientes aspectos: PRESCRIPCIONES SOBRE LOS MATERIALES.- Características técnicas mínimas que deben reunir los productos, equipos y sistemas que se incorporen a la obra, así como sus condiciones de suministro, recepción y conservación, almacenamiento y manipulación, las garantías de calidad y el control de recepción que deba realizarse incluyendo el muestreo del producto, los ensayos a realizar, los criterios de aceptación y rechazo, y las acciones a adoptar y los criterios de uso, conservación y mantenimiento. PRESCRIPCIONES EN CUANTO A LA EJECUCIÓN POR UNIDADES DE OBRA.- Características técnicas de cada unidad de obra indicando su proceso de ejecución, normas de aplicación, condiciones previas que han de cumplirse antes de su realización, tolerancias admisibles, condiciones de terminación, conservación y mantenimiento, control de ejecución, ensayos y pruebas, garantías de calidad, criterios de aceptación y rechazo, criterios de medición y valoración de unidades, etc. - Las medidas para asegurar la compatibilidad entre los diferentes productos, elementos y sistemas constructivos. PRESCRIPCIONES SOBRE VERIFICACIONES EN LA OBRA TERMINADA.- Las verificaciones y pruebas de servicio que deben realizarse para comprobar las prestaciones finales del edificio. PROCEDENCIA DE LOS MATERIALES.Los materiales procederán, exclusivamente, de los lugares, fábricas o marcas propuestas por el Contratista y que hayan sido previamente aprobadas por el Director de Obra, según se define en este Pliego, y muy especialmente en relación con materiales que piense utilizar para la extracción y producción de áridos con destino a los hormigones. La Dirección de Obra dispone de un mes de plazo para aceptar o rehusar estos lugares de extracción. Este plazo se contará a partir del momento en que el Contratista haya realizado la recogida y posterior envío de muestras solicitadas por la Dirección para la comprobación de la calidad de los materiales propuestos. El Contratista vendrá obligado a eliminar a su costa los materiales que aparezcan durante los trabajos de explotación de las canteras, graveras o depósitos, previamente autorizados por el Director de Obra, cuya calidad sea inferior a lo exigido en cada caso. EXAMEN Y PRUEBA DE LOS MATERIALES.No se procederá a realizar el acopio ni empleo de ninguna clase de materiales, sin que previamente se haya presentado por parte del Contratista las muestras adecuadas para que puedan ser examinadas y aceptadas, en su caso, en los términos y formas prescritos en este Pliego, o que en su defecto, pueda decidir el Ingeniero Director de las Obras. Las pruebas y ensayos ordenados se llevarán a cabo bajo control del Facultativo Director de las obras o persona en quien éste delegue. 44 PLIEGO DE CONDICIONES PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR. CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID ARQUITECTO. FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO

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En los ensayos se utilizarán las Normas citadas en los distintos artículos de este capítulo o las Instrucciones, Pliegos de Condiciones y Normas reseñadas como Generales en este Pliego de Prescripciones, así como las normas de ensayo UNE, las del Laboratorio Central de Ensayos de Materiales de Construcción (NLC) y del Laboratorio de Transporte y Mecánica del Suelo (NLT) y en su defecto cualquier otra Norma que sea aprobada por el Director. El número de ensayos a realizar será fijado por el Ingeniero Director, siendo todos los gastos de cuenta del Contratista y considerándose incluidos en los Precios de las unidades de obra con límite de uno por ciento (1%) del importe del presupuesto de ejecución material, no entrando en dicho cómputo de gastos los ensayos previos a la determinación de la cantera que proponga el Contratista. Este suministrará por su cuenta a los laboratorios señalados por el Director de Obra, y de acuerdo a ellos, una cantidad suficiente de material a ensayar. 1.1. ACONDICIONAMIENTO del TERRENO.Engloba todas las operaciones necesarias para que el terreno adquiera las cotas y superficies definidas en el proyecto. Dichas actividades son excavación en vaciado, excavación de pozos y zanjas para albergar los elementos de cimentación e instalaciones, explanación y estabilización de taludes. EXCAVACIÓN en VACIADO.Descripción Excavación a cielo abierto o cubierto, realizada con medios manuales y/o mecánicos, para rebajar el nivel del terreno. Dentro de estas tareas se encuentran las destinadas a nivelar el terreno con el fin de obtener las pendientes, dimensiones y alineaciones definidas en proyecto. Puesta en obra El vaciado se hará por franjas horizontales de altura máxima 3 m. En los bordes con elementos estructurales de contención y/o medianerías, la máquina no trabajará en dirección perpendicular a ellos. Si se excava por bataches, éstos se harán de forma alterna. El contratista extremará las precauciones durante los trabajos de vaciado al objeto de que no disminuya la resistencia del terreno no excavado, se asegure la estabilidad de taludes y se eviten deslizamientos y desprendimientos, que pudieran provocar daños materiales o personales. Deberá evitar también erosiones locales y encharcamientos debido a un drenaje defectuoso. También se han de proteger los elementos de Servicio Público que pudieran ser afectados por la excavación. Cuando al excavar se encuentre cualquier anomalía no prevista (instalaciones, rocas...) o construcciones que traspasen los límites del vaciado se comunicará a la Dirección Facultativa antes de continuar con la excavación.. Los trabajos se realizarán con medios manuales y/o mecánicos apropiados para las características, volumen y plazo de ejecución de las obras, contando siempre con la aprobación de la dirección facultativa previa. Control y criterios de aceptación y rechazo Se comprobarán cotas de fondo y de replanteo, bordes de la excavación, zona de protección de elementos estructurales y pendiente de taludes rechazando las irregularidades que excedan de las tolerancias admitidas por la dirección facultativa que deberán ser corregidas por el contratista. Las tolerancias máximas admitidas serán: 45 PLIEGO DE CONDICIONES PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR. CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID ARQUITECTO. FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO

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- replanteo: 2,5 por mil y variaciones de +-10 cm. - ángulo de talud: +2% Criterios de medición y valoración En caso de que en el presupuesto del proyecto o el contrato de obra no se especifiquen otros criterios, se adoptarán las siguientes pautas de medición y valoración: La medición se calculará según levantamiento topográfico de los perfiles transversales de excavación necesarios ordenados por la Dirección Facultativa de las obras. RELLENOS.Descripción Consiste en la extensión y compactación de suelos procedentes de excavaciones o de cantera para relleno de zanjas, pozos, trasdós de obras de fábrica o zonas de relleno para recrecer su rasante y alcanzar la cota indicada en proyecto. Puesta en obra Si en el terreno en el que ha de asentarse el relleno existen corrientes de agua superficial o subterránea será necesario desviarlas lo suficientemente alejadas del área donde se vaya a realizar el relleno antes de comenzar la ejecución. Las aportaciones de material de relleno se realizarán en tongadas de 20 cm. máximo, con un espesor de las mismas lo más homogéneo posible y cuidando de evitar terrones mayores de 9 cm. El contenido en materia orgánica del material de relleno será inferior al 2%. La densidad de compactación será la dispuesta en los otros documentos del proyecto y en el caso de que esta no esté definida será de 100% de la obtenida en el ensayo Próctor Normal en las 2 últimas tongadas y del 95% en el resto. No se trabajará con temperaturas menores a 2º C ni con lluvia sin la aprobación de la dirección facultativa. Después de lluvias no se extenderá una nueva tongada hasta que la última se haya secado, o se escarificará añadiendo la siguiente más seca de forma que la humedad final sea la adecuada. En caso de tener que humedecer una tongada se hará de forma uniforme sin encharcamientos. Las tongadas se compactarán de manera uniforme, todas las tongadas recibirán el mismo número de pasadas, y se prohibirá o reducirá al máximo el paso de maquinaria sobre el terreno sin compactar. Para tierras de relleno arenosas, se utilizará la bandeja vibratoria como maquinaria de compactación. Control y criterios de aceptación y rechazo Se realizará una inspección cada 50 m3, y al menos una por zanja o pozo rechazando el relleno si su compactación no coincide con las calidades especificadas por la dirección facultativa o si presenta asientos superficiales. Criterios de medición y valoración En caso de que en el presupuesto del proyecto o el contrato de obra no se especifiquen otros criterios, se adoptarán las siguientes pautas de medición y valoración: La medición se calculará según levantamiento topográfico de los perfiles transversales de relleno necesarios ordenados por la Dirección Facultativa de las obras.

46 PLIEGO DE CONDICIONES PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR. CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID ARQUITECTO. FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO

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ZANJAS y POZOS.Descripción Quedan incluidas dentro de este apartado las tareas necesarias para ejecutar las zanjas y pozos destinados a la cimentación, drenaje, saneamiento, abastecimiento, etc. Realizados con medios manuales o mecánicos con anchos de excavación máximos de 2 m. y 7 m. de profundidad. Puesta en obra Previo a los trabajos de excavación, la dirección facultativa deberá tener aprobado el replanteo, para lo cual este ha de estar definido en obra mediante camillas y cordeles. El contratista deberá conocer la situación de las instalaciones existentes tanto en el subsuelo como aéreas con el fin de mantener la distancia de seguridad requerida para evitar accidentes. En esta misma línea se valorarán las cimentaciones próximas para evitar descalces o desprendimientos. Se protegerán los elementos de servicio público que pudieran ser afectados por la excavación. Cuando al excavar se encuentre cualquier anomalía no prevista (instalaciones, rocas...) o construcciones que traspasen los límites del vaciado se comunicará a la Dirección Facultativa antes de continuar con la excavación. En las excavaciones realizadas con el objeto de encontrar firme de cimentación, es el director de la obra el encargado de señalar la cota fondo de excavación, determinando dicha cota en obra en función del material aparecido. En este tipo de excavaciones destinados a cimentación, no se excavarán los últimos 40 cm. hasta el mismo momento del hormigonado para evitar la disgregación del fondo de excavación, limpiando la misma de material suelto mediante medios manuales. Se evitará el acceso de agua a zanjas excavadas, evacuando la misma inmediatamente en caso de no poder evitarse. Se harán las entibaciones necesarias para asegurar la estabilidad de los taludes. La entibación permitirá desentibar una franja dejando las restantes franjas entibadas. Se tomarán las medidas necesarias para que no caigan materiales de excavados u otros a la zanja o pozo. Generalmente, no se colocará más de cien metros de tubería sin proceder al relleno, al menos parcial, para protegerlos en lo posible de los golpes. Una vez colocada la tubería, el relleno de las zanjas se compactará por tongadas sucesivas. Las primeras tongadas hasta unos 30 centímetros por encima de la generatriz superior del tubo se harán evitando colocar piedras o gravas con diámetros superiores a dos centímetros y con un grado de compactación no menor del 95 % del próctor modificado. Las restantes podrán contener material más grueso, recomendándose, sin embargo, no emplear elementos de dimensiones superiores a los 20 cm y con un grado de compactación del 100 % del próctor modificado. Cuando los asientos previsibles de las tierras de relleno no tengan consecuencias de consideración, se podrá admitir el relleno total con una compactación al 95 % del próctor modificado. Si se utilizan para el relleno de la zanja materiales sin cohesión libremente drenantes, tales como arenas y gravas, deben compactarse hasta alcanzar una densidad relativa no 47 PLIEGO DE CONDICIONES PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR. CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID ARQUITECTO. FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO

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menor del 70 %, o del 75 % cuando la compactación exigida en el caso de relleno cohesivo sea del 95 % o del 100 % del próctor modificado, respectivamente. Se tendrá especial cuidado en el procedimiento empleado para terraplenar zanjas y consolidar rellenos, de forma que no produzcan movimientos de las tuberías. No se rellenarán las zanjas, normalmente, en tiempo de grandes heladas o con material helado. Cuando por circunstancias excepcionales en el montaje de la tubería tenga que colocarse apoyos aislados deberá justificarse y comprobarse el comportamiento mecánico, habida cuenta de la presencia de tensiones de tracción. Por otra parte, la forma de enlace entre tubería y apoyo se ejecutará de manera que se garantice el cumplimiento de las hipótesis del proyecto. Control y criterios de aceptación y rechazo Se inspeccionarán las zanjas cada 20 m. o fracción y los pozos cada unidad. Durante la excavación se controlarán los terrenos atravesados, compacidad, cota de fondo, excavación colindante a medianerías, nivel freático y entibación. Una vez terminada la excavación se comprobarán las formas, dimensiones, escuadrías, cotas y pendientes exigidas rechazando las irregularidades superiores a las tolerancias admitidas que se corregirán de acuerdo con las instrucciones de la dirección facultativa. Las tolerancias máximas admisibles serán: Replanteo: 2,5 % en errores y +-10 cm. en variaciones. Formas y dimensiones: +-10 cm. Refino de taludes: 15 cm. Criterios de medición y valoración En caso de que en el presupuesto del proyecto o el contrato de obra no se especifiquen otros criterios, se adoptarán las siguientes pautas de medición y valoración: La medición se calculará según los perfiles teóricos de excavación según el tipo de terreno excavado, considerando la profundidad necesaria de excavación realizada. TRANSPORTE de TIERRAS.Descripción Operaciones necesarias para trasladar a vertedero los materiales sobrantes procedentes de la excavación y los escombros. Puesta en obra Se establecerán recorridos de circulación en el interior de la obra para los camiones, realizando los vaciados, rampas o terraplenes necesarios y contando con la ayuda de un auxiliar que guíe al conductor en las maniobras. Las rampas para la maquinaria tendrán el talud natural que exija el terreno y si se transportan tierras situadas por debajo de la cota 0,00 su anchura mínima será de 4,5 m, ensanchándose en las curvas y con pendientes máximas del 12% en tramos rectos o del 8% en tramos curvos. El camión se cargará por los laterales o por la parte trasera no pasando en ningún caso por encima de la cabina. Control y criterios de aceptación y rechazo Tanto la disposición de las vías de circulación como las rampas y terraplenes realizados contarán con la supervisión y aprobación de la dirección facultativa. La carga de los camiones no excederá en ningún caso la máxima permitida para cada aparato y en cualquier caso el material no excederá la parte superior de la bañera, se 48 PLIEGO DE CONDICIONES PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR. CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID ARQUITECTO. FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO

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protegerá con lona y se limpiará el vehículo de barro antes de acceder a la calzada pública. Criterios de medición y valoración En caso de que en el presupuesto del proyecto o el contrato de obra no se especifiquen otros criterios, se adoptarán las siguientes pautas de medición y valoración: La medición se calculará aplicando el coeficiente de esponjamiento al material a transportar y considerando la distancia a vertedero. 1.2. CIMENTACIÓN. SOLERAS La cimentación está constituida por elementos de hormigón, cuya misión es transmitir las cargas del edificio al terreno y anclar el edificio contra empujes horizontales. Antes de proceder a la ejecución de los trabajos es necesario ubicar las acometidas de los distintos servicios, tanto los existentes como los previstos para el propio edificio. El contratista no rellenará ninguna estructura hasta que se lo indique la dirección facultativa. La construcción de cimentaciones está regulada por el Código Técnico de la Edificación en su Documento Básico de Seguridad Estructural-Cimientos. SOLERAS.Descripción Capa resistente de hormigón en masa o armado, situada sobre el terreno natural o encachado de material de relleno cuya superficie superior quedará vista o recibirá un revestimiento de acabado. Materiales El constructor dispondrá de un sistema de gestión de materiales, productos y elementos a poner en obra que garantice la trazabilidad de los mismos según 66.2 de la EHE-08. Hormigón armado, según lo dispuesto en el punto específico de este mismo Pliego. Sellante de juntas: De material elástico, fácilmente introducible en las juntas. Tendráconcedido el correspondiente DIT. Fibras de polipropileno (si sólo se quiere evitar la fisuración) o de acero (si además se quiere aumentar la resistencia del hormigón). Separador: De poliestireno expandido, de 2 cm de espesor. Puesta en obra Se verterá el hormigón del espesor indicado en proyecto sobre el terreno limpio y compactado, la capa de encachado o sobre la lámina impermeabilizante si existe. Se colocarán separadores alrededor de cualquier elemento que interrumpa la solera antes de verter el hormigón y tendrán una altura igual al espesor de la capa de hormigón. En el caso de que lleve mallazo, éste se colocará en el tercio superior de la capa de hormigón. Si se arma con fibras de acero se hará un vibrado correcto, de forma que las fibras no queden en superficie. Se dispondrán juntas de retracción de ancho comprendido entre 0,5 y 1 cm. a distancias máximas de 6 m y de profundidad de 1/3 del espesor de la capa de hormigón. El sellante se introducirá en un cajeado previsto en la capa de hormigón o realizado posteriormente a máquina, entre las 24 y 48 horas posteriores al hormigonado.

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En juntas de trabajo u otras discontinuidades se dispondrán elementos conectores, tales como barras de acero corrugado o un machihembrado (si las cargas que transmite no son elevadas) de forma que las dos partes de la solera sean solidarias. Se extremará el cuidado en el curado del hormigón según 71.6 EHE-08. Control, criterios de aceptación y rechazo y verificaciones en el edificio terminado Cada 100 m² o fracción se realizará un control de la compacidad del terreno, del espesor de la solera y planeidad medida por regla de 3 m. se hará una inspección general de la separación entre juntas y cada 10 m. de junta se comprobará su espesor y altura. Las tolerancias máximas admisibles serán las establecidas en el anejo 11 de la EHE-08. Criterios de medición y valoración En caso de que en el presupuesto del proyecto o el contrato de obra no se especifiquen otros criterios, se adoptarán las siguientes pautas de medición y valoración: La medición se realizará considerando la superficie teórica de proyecto. Condiciones de conservación y mantenimiento Se exponen a continuación las condiciones básicas y generales de conservación y mantenimiento. En el preceptivo "Libro del Edificio", a redactar tras la finalización de la obra, se incluirá mayor detalle de las mismas. No se alterará su configuración o solicitaciones sin valoración por técnico competente. Anualmente, tras la época de lluvias, se inspeccionarán las juntas y arquetas. Cada cinco años se incluirá la revisión de soleras por técnico competente. 1.3. BASE DE ZAHORRA ARTIFICIAL Descripción Se define como zahorra el material granular, de granulometría continua, utilizado como capa de firme. Se denomina zahorra artificial al constituido por partículas total o parcialmente trituradas, en la proporción mínima que se especifique en cada caso. Su ejecución incluye las siguientes operaciones: - Preparación y comprobación de la superficie de asiento. - Aportación del material. - Extensión, humectación si procede, y compactación de cada tongada. - Refino de la superficie. Materiales La zahorra artificial es una mezcla de áridos, total o parcialmente machacados, en la que la granulometría del conjunto de los elementos que la componen es de tipo continuo. Los materiales serán áridos procedentes de machaqueo y trituración de piedra de cantera o grava natural, escorias o suelos seleccionados, o materiales locales exentos de arcilla, margas u otras materias extrañas. El huso será el ZA-25 del articulo 510 del PG-3. HUSOS GRANULOMÉTRICOS DE LAS ZAHORRAS ARTIFICIALES. CERNIDO ACUMULADO (% en masa)

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(*) La designación del tipo de zahorra se hace en función del tamaño máximo nominal, que se define como la abertura del primer tamiz que retiene más de un diez por ciento en masa. En todo caso el cernido por el tamiz 0,63 mm de la UNE-EN 933-2 será menor que dos tercios (2/3) del cernido por el tamiz 0,250 mm. De la UNE-EN 933-2. El árido comprenderá elementos limpios, sólidos y resistentes, de uniformidad razonable, exentos de polvo, suciedad, arcillas u otros materiales extraños. El equivalente arena según la UNE-EN 933-8 deberá ser mayor de 40. El coeficiente de desgaste, medido por en Ensayo de Los Ángeles, según La UNE-EN 1097-2, será inferior a treinta y cinco ( 30 ). El material será no plástico para todos los tipos de tráfico según UNE 103104 y su índice de lajas de las distintas fracciones del árido grueso deberá ser inferior a 35 y El porcentaje mínimo de partículas trituradas, según la UNE-EN 933-5, será del setenta y cinco por ciento (75%) La compactación de las zahorras se efectuará a la humedad óptima definida en el ensayo Proctor modificado y se alcanzará el 100 % de la densidad establecida. Puesta en obra Preparación de la superficie de asiento. La zahorra artificial no se extenderá hasta que se haya comprobado que la superficie sobre la que haya de asentarse tenga las condiciones de calidad y forma previstas, con las tolerancias establecidas. Para ello, además de la eventual reiteración de los ensayos de aceptación de dicha superficie, la Dirección Técnica podrá ordenar el paso de un camión cargado, a fin de observar su efecto. Si en la citada superficie existieran defectos o irregularidades que excediesen de las tolerancias, se corregirán antes del inicio de la puesta en obra de la zahorra. Extensión de la tongada. Los materiales serán extendidos, una vez aceptada la superficie de asiento, tomando las precauciones necesarias para evitar segregaciones y contaminaciones, en dos tongadas de 20 cm. Antes de extender una tongada se procederá, si fuera necesario, a su homogeneización y humectación. Se podrán utilizar para ello la prehumidificación en central u otros procedimientos sancionados por la práctica que garanticen, a juicio de la Dirección Técnica, la correcta homogeneización y humectación del material. La humedad óptima de compactación, deducida del ensayo "Próctor Modificado" según la Norma NLT 108/98, podrá ser ajustada a la composición y forma de actuación de equipos de compactación, según los ensayos realizados en el tramo de prueba. Todas las operaciones de aportación de agua tendrán lugar antes de la compactación. 51 PLIEGO DE CONDICIONES PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR. CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID ARQUITECTO. FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO

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Después, la única humectación admisible será la destinada a lograr en superficie la humedad necesaria para la ejecución de la capa siguiente. Compactación de la tongada. Conseguida la humedad más conveniente, la cual no deberá rebasar a la óptima en más de un 1 por ciento (1%), se procederá a la compactación de la tongada, que se continuará hasta alcanzar la densidad especificada más adelante en este mismo Artículo. Las zonas que, por su reducida extensión, su pendiente o su proximidad a obras de paso o desagüe, muros o estructuras, no permitieran el empleo del equipo que normalmente se estuviera utilizando, se compactarán con medios adecuados a cada caso, de forma que las densidades que se alcancen cumplan las especificaciones exigidas a la zahorra en el resto de la tongada. El valor del módulo de compresibilidad en el segundo ciclo de carga del ensayo e carga con placa (Ev2 ) según NLT-357 será como mínimo 180 MPa. Además, el valor de la relación de módulos Ev2 / Ev1 será inferior a 2,2. Tramo de prueba Antes del empleo de un determinado tipo de material, será preceptiva la realización del correspondiente tramo de prueba, para fijar la composición y forma de actuación del equipo compactador, y para determinar la humedad de compactación más conforme a aquella. Densidad La compactación de la zahorra artificial se continuará hasta alcanzar una densidad no inferior a la que corresponda al cien por cien (100%) de la máxima obtenida en el ensayo "Próctor modificado", según la Norma NLT 108/98 , efectuando las pertinentes sustituciones de materiales gruesos. Tolerancias geométricas de la superficie acabada. Dispuestas estacas de refino, niveladas hasta milímetros (mm) con arreglo a los planos, se comprobará la superficie acabada con la teórica que pase por la cabeza de dichas estacas. La citada superficie no deberá diferir de la teórica en ningún punto en más de quince milímetros (15 mm). Se comprobará el espesor de la capa extendida, que en ningún caso deberá ser inferior al teórico deducido de la sección-tipo de los planos. Las irregularidades que excedan de las tolerancias especificadas se corregirán por el Contratista, a su cargo. Para ello se escarificará en una profundidad mínima de quince centímetros (15 cm), se añadirá o retirará el material necesario y de las mismas características, y se volverá a compactar y refinar. Limitaciones de la ejecución Las zahorras artificiales se podrán emplear siempre que las condiciones climatológicas no hayan producido alteraciones en la humedad del material tales que se supere en más de dos (2) puntos porcentuales la humedad óptima. Sobre las capas recién ejecutadas se prohibirá la acción de todo tipo de tráfico, mientras no se construya la capa siguiente, si esto no fuera posible, el tráfico que necesariamente tuviera que pasar sobre ellas se distribuirá de forma que no se concentren las rodadas en una sola zona. El contratista será responsable de los daños originados, debiendo proceder a su reparación con arreglo a las instrucciones de la Dirección Técnica.

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Control de Calidad Se someterá al material empleado al siguiente conjunto de ensayos para asegurar la calidad de ejecución de la unidad: • Equivalente de arena (según ensayo NLT 113): 1 por cada 1000 m³ • Próctor Modificado (según ensayo NLT 108): 1 por cada 1000 m³ • Granulométrico (según ensayo NLT 104): 1 por cada 1000 m³ • Límites de Atterberg (según ensayos NLT 105/98 y 106): 1 por cada 1000 m³ • Coeficiente de desgaste Los Ángeles(según NLT 149: 1 por cada 2000 m³ • Proporción de árido grueso que presenta dos o más caras de fractura por machaqueo (NLT 358): 1 por cada 2000 m³ La compactación de la capa de zahorra artificial será objeto de la siguiente comprobación: Densidad y humedad “in situ”: 5 puntos por cada 1000 m² en calzadas, 5 por cada 500 m² en aceras o aparcamientos. Ensayo con Placa de carga 1 cada 3500 m² en calzadas, o fracción diaria. Criterios de medición y valoración Se abonará por metros cúbicos (m³) realmente ejecutados, medidos con arreglo a las secciones tipo señaladas en los planos. El precio incluye la totalidad de los materiales y las operaciones necesarias para la ejecución completa de la unidad. 1.4. RIEGOS DE ADHERENCIA E IMPRIMACIÓN Descripción Estas unidad consisten en la aplicación de un ligante bituminoso sobre una capa bituminosa o no, previamente a la extensión sobre ésta de una capa bituminosa, cuando se trata de riegos de adherencia o imprimación respectivamente. Materiales El ligante a emplear en riegos de adherencia será una emulsión asfáltica del tipo ECR-1 con dotación de 0,50 Kg/m² (quinientos gramos/metro cuadrado). Para riegos de imprimación sobre capas granulares se utilizarán emulsiones especiales de imprimación ECI con una dotación aproximada de 1 Kg/m2. Además de lo anteriormente expuesto se tendrán en cuenta las especificaciones reflejadas en el Art. 213 y del Pliego General PG 3. Puesta en obra Su ejecución incluye las operaciones siguientes: - Preparación de la superficie existente. - Aplicación del ligante bituminosos. Para esta unidad regirá los artículos 530 y 531 del PG-3. Inmediatamente antes de proceder a la aplicación del ligante hidrocarbonado, la superficie a tratar se limpiará de polvo, suciedad, barro, y materiales suletos o perjudiciales. Para ello se utilizarán barredoras mecánicas o máquinas de presión; en los lugares inaccesibles a estos equipos se podrán emplear escobas de mano. Se cuidará especialmente la limpieza de los bordes de la zona a tratar. Para los riegos de imprimación se regará con agua la superficie a imprimar un par de horas antes de su aplicación, para favorecer la penetración por capilaridad. 53 PLIEGO DE CONDICIONES PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR. CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID ARQUITECTO. FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO

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Durante la ejecución, se tomarán las medidas necesarias para evitar al máximo que los riegos afecten a otras partes de obra que hayan de quedar vistas, en especial aquellos bordillos que limiten el vial sobre el que se aplican, mediante pantallas adecuadas o cualquier otro sistema. Será de aplicación a esta unidad de obra lo especificado en el artículo 530 y 531 del PG 3, y su posterior revisión en la O. FOM. 891/2004 riegos bituminosos. Limitaciones en ejecución La ejecución de las unidades correspondientes a este artículo se podrá realizar sólo cuando la temperatura ambiente sea superior a cinco grados Celsius (5ºC), y no exista temor de precipitaciones atmosféricas. Se prohibirá todo tipo de circulación sobre el riego hasta que haya terminado la rotura de la emulsión. Criterios de medición y valoración Estas unidades serán de abono por metro cuadrado realmente ejecutado, la medición y abono será independiente para el riego de imprimación y para el riego de adherencia. El precio de las unidades incluye la totalidad de las operaciones necesarias como son la fabricación, transporte, puesta en obra, barrido del terreno, preparación de la superficie y protección de los bordillos. 1.5. BORDILLO DE HORMIGÓN Descripción Se definen como bordillos aquellos elementos prefabricados de hormigón de doble capa, rectos, de forma prismática, macizos, y con una sección transversal condicionada por las superficies exteriores de distinta naturaleza, a las que delimita. Materiales El bordillo por un núcleo de hormigón y una capa de mortero de acabado en su cara vista (doble capa), estando esta completamente unida al hormigón del núcleo. Para los bordillos prefabricados de hormigón, en su fabricación se utilizarán hormigones con áridos procedentes de machaqueo, cuyo tamaño máximo será de veinte (20 ) milímetros, y con cemento CEM-I/32.5. y cumplirán las condiciones exigidas en la Norma UNE 1340 (2004). Los bordillos no presentarán coqueras, desportilladuras, exfoliaciones, grietas ni rebabas en la cara vista. La forma y dimensiones de los bordillos serán las señaladas en los Planos. Las dimensiones se ajustarán a las de la tabla:

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desarrollos urbanísticos, s.l. DIBUJO 1 Dimensiones y tolerancias. Bordillo y pieza complementaria rígola de hormigón (cm)

Serán de calidad: “Doble capa”, de los tipos definidos en los planos y presupuesto del proyecto. En cuanto a absorción de agua deberán cumplir: • El valor medio del coeficiente de absorción de agua de la muestra CA, no será mayor que el 9% en masa. • El valor individual del coeficiente de absorción de agua de cada probeta que compone la muestra Ca, no será mayor que el 11,0 % en masa. Los bordillos serán de clase 2 marcado T de resistencia característica a flexión 5 Mpa. Los bordillos tendrán una resistencia a flexión igual o superior a los valores indicados para cada clase según la tabla 4. Este requisito será satisfactorio cuando, ensayados los tres bordillos que componen la muestra, se cumplan los dos siguientes valores: -El valor medio de la resistencia a flexión de la muestra, T, será igual o superior a los indicado para su clase en la tabla 4. -Los valores individuales de la resistencia a flexión, Tn, serán iguales o superiores a lo indicado par su clase en la tabla 4. 55 PLIEGO DE CONDICIONES PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR. CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID ARQUITECTO. FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO

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Para las secciones normalizadas, estos requisitos se cumplirán si la carga de rotura (valor medio e individual), es igual o superior a los valores indicados en la tabla 5. Tabla 5-Carga de rotura (KN)

Estos valores se refieren a la longitud normalizada de 100 cm. Se comprobará el desgaste por abrasión según Norma UNE 1340 siendo el resultado satisfactorio cuando ninguno de los tres bordillos que compone una muestra dé un valor individual mayor de 23mm. La longitud mínima de las piezas será de un (1) metro. No se admitirá la utilización de piezas partidas, salvo por indicación expresa de la Dirección de Obra. Puesta en obra Los bordillos a utilizar entre aparcamiento calzada será del tipo A1 14x20, con cimiento de hormigón HM-20/P/30/IIb, y unidos por medio de junta de mortero de cemento M-7,5/CEM. Una vez determinadas y replanteadas las alineaciones y rasantes en que hayan de situarse, se procederá a su colocación sobre el cimiento de hormigón manteniendo un espacio entre piezas no superior a 1,5 cm. Su rejuntado se efectuará con anterioridad a la ejecución del pavimento que delimiten. Los cortes que se realicen en los bordillos lo serán por serrado. 56 PLIEGO DE CONDICIONES PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR. CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID ARQUITECTO. FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO

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Se extremará el cuidado, en todo caso, para asegurar la adecuada limpieza de las piezas colocadas. Control de Calidad Cuando los bordillos suministrados estén amparados por un sello o marca de calidad oficialmente reconocida por la administración, la Dirección de Obra podrá simplificar el proceso de control de recepción, hasta llegar a reducir el mismo a la observación de las características de aspecto, y a la comprobación de marcado. La comprobación de aspecto se realizará de la forma especificada en la Norma UNE 1340 (2004). Cuando las piezas suministradas no estén amparadas por sello o marca de calidad oficialmente homologada por la administración, serán obligatorias las pruebas de recepción indicadas a continuación, salvo instrucción expresa de la dirección de obra: − Comprobación del marcado − Comprobación de aspecto y acabado − Características geométricas − Absorción de agua − Resistencia a flexión − Resistencia a compresión del hormigón del cimiento: 1 por cada 500 m La comprobación de estas características debe cumplir con lo especificado en la Norma UNE 1340 (2004), así como sus condiciones de aceptación o rechazo. En caso de aceptación de un suministro, queda condicionada la aceptación de cada uno de los lotes que a continuación se vayan recibiendo en obra, al resultados de los ensayos de control. El plan de control se establecerá determinando tantas tomas de muestras como número de lotes se hayan obtenido. Los ensayos de control se realizarán con muestras al azar sobre los suministros y sus pruebas han de cumplir también con lo especificado en la Norma UNE 1340 (2004). Si los resultados obtenidos cumplen las prescripciones exigidas para cada una de las características, se aceptará el lote y de no ser así, el Director de Obra decidirá su rechazo o depreciación a la vista de los resultados de los ensayos realizados Criterios de medición y valoración Se abonarán los metros lineales realmente colocados y medidos en obra, incluyéndose en el precio contratado el replanteo, el hormigón de cimiento, el mortero de rejuntado y la limpieza. 1.6. REVESTIMIENTOS.1.6.1. SUELOS.Según lo dispuesto en el Código Técnico de la Edificación, los suelos en general deben cumplir las condiciones siguientes: a) no presentará imperfecciones o irregularidades que supongan una diferencia de nivel de más de 6 mm; b) los desniveles que no excedan de 50 mm se resolverán con una pendiente que no exceda el 25%; En zonas de circulación no se podrá disponer un escalón aislado, ni dos consecutivos.

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TERRAZOS.Descripción Acabado de paramentos horizontales interiores y exteriores, constituido por baldosas o continuo in situ. Está formado por una capa base y otra huella constituida por áridos conglomerados con cemento vibroprensado. Baldosas de terrazo: Formada por capa base de mortero de cemento y cara de huella formada por mortero de cemento con arenilla de mármol, china o lajas de piedra y colorantes. La cara de huella podrá estar pulida, sin pulir o lavada. Irán acompañados de la declaración de conformidad con el marcado CE según la norma armonizada UNE-EN 13.748, declarando expresamente la resistencia flexión, conductividad térmica, resistencia climática y comportamiento al deslizamiento. El espesor de la capa de huella será mayor de 4 mm. en piezas pulidas y > 8 mm. en piezas para pulir. Las tolerancias dimensionales se ajustarán a lo especificado en la norma armonizada señalada. El espesor un máximo de +- 1 mm. en piezas calibradas, +- 2 mm. en piezas < 40 mm. y +- 3 mm en piezas >= 40 mm. Cemento: Se usará cemento gris con arena para el dorso y a veces para la cara vista. También se usará cemento blanco mezclado con polvos de mármol, áridos, colorantes y agua, para la cara vista. Material de agarre: Puede aplicarse una capa gruesa de mortero tradicional, o una capa de regularización y sobre ella una capa fina de adhesivos cementosos o hidráulicos o adhesivos de resinas de reacción. Las características del mortero se diseñarán en función del tipo de soporte y el espesor de la capa según las recomendaciones publicadas por AFAM y del fabricante. Las mezclas preparadas, envasadas o a granel llevarán el nombre del fabricante, la cantidad de agua a añadir para obtener las resistencias deseadas y dispondrán de garantía documental del cumplimiento del marcado CE y deberán cumplir las condiciones indicadas en las normas armonizadas UNE-EN 998-2 para morteros de albañilería o la UNEEN 12004 para adhesivos. La determinación del tipo de adhesivo se realizará en función del tipo de soporte, su absorción y el ambiente expuesto según las recomendaciones publicadas por AFAM y del fabricante. Polvo de mármol o arenilla: Se obtiene de triturados de mármol. Triturados y áridos: Se obtienen de rocas naturales, deberán estar limpios. Se utilizan en la cara vista. Arenas: Pueden ser de cantera, de río...estarán limpias, sin arcilla ni material orgánico (contenido máximo del 3 %) y con el grado de humedad adecuado. Se usan en el dorso. Pigmentos y colorantes: Modifican el color de la cara vista.

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Aditivos: Hidrofugantes, aireantes, etc., no perjudicarán el resto de características del hormigón o mortero. Las mezclas preparadas, envasadas o a granel llevarán el nombre del fabricante, la cantidad de agua a añadir para obtener las resistencias deseadas y dispondrán de garantía documental del cumplimiento del marcado CE. Bandas para juntas: Serán de latón, de 1 mm. de espesor mínimo y de 2,5 cm de altura. Puesta en obra Durante la puesta en obra se evitarán corrientes de aire y soleamiento directo, y la temperatura estará comprendida entre 5 y 30 º C. Para la colocación de baldosas se humedecerán las piezas y el soporte. Sobre la superficie se extenderá una capa de arena o gravillín de 20 mm. de espesor, se verterá una capa de mortero de 20 mm. de espesor, que se espolvoreará con cemento antes de que fragüe y sobre ésta se colocarán las baldosas dejando juntas de anchura mínima 1 mm., que se rellenarán con lechada de cemento y arena que se limpiará una vez que haya fraguado. Finalmente se pulirá con máquina de disco horizontal. Para suelos continuos, se extenderá sobre la capa de arena, una de mortero de 1,5 cm de espesor, sobre ésta se colocará malla de acero, y se verterá otra capa de mortero de 1,5 cm de espesor. Se apisonará y nivelará esta superficie y se verterá otra capa de mortero de acabado de 1,5 cm de espesor que se volverá a apisonar y nivelar y se colocarán las bandas para juntas en cuadrículas de 1,25 m máximo de lado. El mortero de acabado se cubrirá durante una semana para que permanezca húmedo y se pulirá con máquina de disco horizontal. Se respetarán las juntas estructurales. Se harán juntas de dilatación, coincidiendo con las del edificio en el interior y cuadrículas de 5 x 5 m en el exterior, que tendrán una anchura de entre 10 y 20 mm. En el interior se dejarán juntas de retracción en cuadrículas de 5 x 5m., de anchura de entre 5 y 10 mm. y espesor 1/3 del pavimento. Se dejarán juntas constructivas en encuentros entre pavimentos o con elementos verticales. Las juntas se sellarán con masilla, perfil preformado o cubrejuntas. Control, criterios de aceptación y rechazo y verificaciones en el edificio terminado Por cada suministro de baldosas de terrazo se comprobará su tipo, dimensiones, acabado superficial y aspecto. Si la dirección facultativa lo dispone se harán ensayos según normas UNE y con la frecuencia indicada en la Documentación Técnica, de coeficiente de absorción de agua, resistencia al desgaste y heladicidad. De las mallas de acero, en cada suministro se comprobará el tipo y diámetro de redondos y la separación entre éstos. Si el cemento dispone de distintivo de calidad reconocido oficialmente se comprobará la identificación, clase, tipo, categoría y distintivos, de otro modo la dirección facultativa podrá requerir la realización de ensayos de resistencia a compresión, tiempos de fraguado, expansión, pérdida al fuego, residuo insoluble, trióxido de azufre, cloruros, sulfuros, óxido de aluminio y puzolanidad, según RC-08. En aguas no potables sin experiencias previas se realizarán ensayos de exponente de hidrógeno pH, sustancias disueltas, sulfatos, ión cloruro, hidratos de carbono y sustancias orgánicas solubles en éter indicadas en el artículo 27 de la EHE-08, Se comprobará la identificación, tipo, tamaño y distintivos de las arenas realizando ensayos si la dirección facultativa así lo considera de materia orgánica, granulometría y finos que pasan por el tamiz 0,08. 59 PLIEGO DE CONDICIONES PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR. CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID ARQUITECTO. FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO

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De los morteros preparados en obra se comprobará el tipo, dosificación y se realizarán ensayos de resistencia mecánica y consistencia con Cono de Abrams. Los morteros envasados o a granel se comprobará el marcado CE, el tipo y distintivos de calidad. Se comprobará la limpieza y humedad de la superficie a revestir, vertido, aplanado y dimensiones de las capas de arena y de mortero, colocación de la malla de acero, colocación de las bandas, formación, anchura, espesor y sellado de juntas, adherencia entre capas y al soporte, encuentro entre pavimentos y con elementos verticales, planeidad y horizontalidad del pavimento, etc. Tolerancias máximas admisibles: Absorción en baldosas: 15 % en baldosas tipo a y b y 20 % en tipo c. Resistencia al desgaste en baldosas: 2,5 mm. en a, y 4 mm. en b y c. Planeidad pavimento: 4 mm. por 2 m. Cejas pavimento baldosas: 1 mm. Horizontalidad pavimento: 0,5 % Distancia entre juntas pavimento continuo: 1.300 mm. Separación entre redondos en mallas: +-20 mm. Criterios de medición y valoración En caso de que en el presupuesto del proyecto o el contrato de obra no se especifiquen otros criterios, se adoptarán las siguientes pautas de medición y valoración: Se medirá la superficie ejecutada, deduciendo huecos mayores de 0,5 m2. Condiciones de conservación y mantenimiento Se exponen a continuación las condiciones básicas y generales de conservación y mantenimiento. Regularmente se realizará una limpieza con agua y detergente adecuado. Periódicamente se comprobará que no hay piezas fisuradas, rotas o desprendidas en cuyo caso es necesario avisar a un técnico cualificado. El material de rejuntado se revisará y renovará si fuera necesario cada 5 años. En este trabajo se empleará lechada de cemento blanco o material específico para el rejuntado. BALDOSA DE PVC.Descripción Revestimiento flexible para suelos formado principalmente con PVC, Materiales Adhesivos: A base de resinas sintéticas poliméricas, artificiales, bituminosas, de policloropreno, de caucho natural o sintético, cementos cola, etc. Pasta de alisado: Mezcla de arena de cuarzo, carbonatos o mezcla de ellos, aglutinante orgánico y cemento. Control, criterios de aceptación y rechazo y verificaciones en el edificio terminado Se identificarán los materiales en la recepción, comprobando marcado CE. Se realizarán ensayos si lo requiere la dirección facultativa. Los adhesivos tendrán el DIT o similar. La pasta de alisado se transportará en sacos en los que aparecerá la marca del fabricante, dosificación, rendimiento y tiempo de fraguado. 60 PLIEGO DE CONDICIONES PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR. CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID ARQUITECTO. FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO

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Se comprobará que el soporte esté limpio, seco y nivelado, la situación de los elementos, formas, dimensiones, espesores, planeidad, horizontalidad, unión entre capa de mortero y de acabado, adherencia al soporte de losetas y/o láminas, realización de juntas, solapes, aplicación del adhesivo, tiempo de secado, encuentros entre pavimentos o con paramentos, aspecto, etc. Tolerancias máximas admisibles: Humedad del soporte: +- 0,5 % Pendientes +- 0,5 %. Planeidad +- 3 mm. por 2 m. Criterios de medición y valoración En caso de que en el presupuesto del proyecto o el contrato de obra no se especifiquen otros criterios, se adoptarán las siguientes pautas de medición y valoración: Se medirá la superficie ejecutada, deduciendo huecos. Condiciones de conservación y mantenimiento Cada 2 años se comprobará el estado del pavimento. CESPED ARTIFICIAL.Descripción Revestimiento flexible para suelos formado por moqueta de césped sintético artificial, lastrado con arena de cuarzo, con mechones 3/16, de características adecuadas y específicas para la práctica deportiva, de uso intenso. La superficie de juego debe ser plana, horizontal y uniforme, de forma que permitan un bote regular de la pelota. El pavimento deportivo tendrá una planeidad tal que las diferencias de nivel sean inferiores a 3 mm medidos con regla de 3 m (1/1000). Las pendientes de evacuación máxima transversal serán del 1%. Materiales Césped artificial Cumplirá los requisitos establecidos en el Informe UNE 41958 IN “Pavimentos deportivos” Adhesivos: A base de resinas sintéticas poliméricas, artificiales, bituminosas, de policloropreno, de caucho natural o sintético, cementos cola, etc. Pasta de alisado: Mezcla de arena de cuarzo, carbonatos o mezcla de ellos, aglutinante orgánico y cemento. Control, criterios de aceptación y rechazo y verificaciones en el edificio terminado Se identificarán los materiales en la recepción, comprobando marcado CE. Se realizarán ensayos si lo requiere la dirección facultativa. Los adhesivos tendrán el DIT o similar. La pasta de alisado se transportará en sacos en los que aparecerá la marca del fabricante, dosificación, rendimiento y tiempo de fraguado. Se comprobará que el soporte esté limpio, seco y nivelado, la situación de los elementos, formas, dimensiones, espesores, planeidad, horizontalidad, unión entre capa de mortero y de acabado, adherencia al soporte, realización de juntas, solapes, aplicación del 61 PLIEGO DE CONDICIONES PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR. CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID ARQUITECTO. FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO

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adhesivo, tiempo de secado, encuentros entre pavimentos o con paramentos, aspecto, etc. Tolerancias máximas admisibles: Humedad del soporte: +- 0,5 % Pendientes +- 0,5 %. Planeidad +- 3 mm. por 2 m. Criterios de medición y valoración En caso de que en el presupuesto del proyecto o el contrato de obra no se especifiquen otros criterios, se adoptarán las siguientes pautas de medición y valoración: Se medirá la superficie ejecutada, deduciendo huecos. Condiciones de conservación y mantenimiento Cada 2 años se comprobará el estado del pavimento. HORMIGÓN.Los hormigones cumplirán las condiciones exigidas en la “Instrucción para el proyecto de obras de Hormigón” EHE-08. Siempre que en una misma obra se utilicen cementos de distintos tipos, será necesario tener presente cuanto se indica en las Instrucciones y Pliegos de Condiciones Vigente sobre la incompatibilidad de hormigones fabricados con distintos tipos de conglomerantes. La dosificación, resistencia, y empleo de los diversos tipos de hormigón, será la establecida en el cuadro adjunto. TIPO Resistencia característica en N/mm2 a 28 días. Lugares de empleo H.M.-10 5 Rellenos H.M.-15 15 Pequeñas cimentaciones de bordillos, aceras, postes, soleras. H.A.-25 25 Hormigón para armar La dosificación de los diferentes materiales destinados a la fabricación del hormigón se hará siempre en peso, con la única excepción del agua, cuya dosificación se dará en volumen. AGUA. En general, podrán ser utilizadas, tanto para el amasado como para el curado de morteros y hormigones, todas las aguas que la práctica haya sancionado como aceptables. En los casos dudosos o cuando no se posean antecedentes de su utilización, las aguas deberán ser analizadas. En ese caso, se rechazarán !as aguas que no cumplan alguno de los requisitos indicados en el artículo 27 de la vigente “Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)” o normativa que la sustituya, salvo justificación especial de que su empleo no altera de forma apreciable las propiedades exigibles a los morteros y hormigones con ellas fabricados. ARIDO GRUESO A EMPLEAR EN HORMIGONES. Se define como árido grueso a emplear en hormigones la fracción de árido mineral de tamaño superior a siete milímetros (7 mm.) que, aproximadamente, corresponde con la fracción que queda retenida en el Tamiz de ¼” ASTM (6,35 mm). El árido grueso a emplear 62 PLIEGO DE CONDICIONES PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR. CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID ARQUITECTO. FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO

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en hormigones será grava natural o procedente del machaqueo y trituración de piedra de cantera o grava natural u otros productos cuyo empleo haya sido sancionado por la práctica. En todo caso el árido se compondrá de elementos limpios, sólidos y resistentes, de uniformidad razonable, exentos de polvo, suciedad, arcilla y otras materias extrañas. Cumplirá con las condiciones exigidas en la “Instrucción para el proyecto de obras de Hormigón” EHE-98 y las que, en lo sucesivo sean aprobadas, con carácter oficial por el Ministerio de obras Públicas. ARIDO FINO A EMPLEAR EN MORTEROS Y HORMIGONES. Se define como árido fino a emplear en morteros y hormigones, la fracción de árido mineral de tamaño inferior a siete milímetros (7 mm.), que aproximadamente, corresponde con la fracción que pasa por el tamiz de ¼” ASTM (6,35 mm.). El árido fino a emplear en morteros y hormigones será arena natural, arena procedente de machaqueo, una mezcla de ambos materiales y otros productos cuyo empleo haya sido sancionado por la práctica. Las arenas naturales estarán constituidas por partículas estables y resistentes. Las arenas artificiales se obtendrán de piedras que deberán cumplir los requisitos exigidos para el árido grueso a emplear en hormigones. Cumplirá además, las condiciones exigidas en la “Instrucción para el Proyecto de Obras de Hormigón Extructural”, EHE-98 y en las que en lo sucesivo sean aprobadas, con carácter oficial, por el Ministerio de Obras Publicas. CEMENTO. En el marco de la presente Instrucción, podrán utilizarse aquellos cementos que cumplan la vigente Instrucción para la Recepción de Cementos, correspondan a la clase resistente 32,5 o superior y cumplan las limitaciones establecidas en la tabla 26.1. El cemento deberá ser capaz de proporcionar al hormigón las cualidades que al mismo se exigen en el Articulo 30.º EHE-98. Los cementos comunes y los cementos para usos especiales se encuentran normalizados en la UNE 80301:96 y la UNE 80307:96, respectivamente. En la tabla 26.1 de la EHE-98, la utilización permitida a los cementos comunes, para cada tipo de hormigón, se debe considerar extendida a los cementos blancos (UNE 80305:96) y a los cementos con características adicionales (de resistencia a sulfatos y/o al agua de mar, según la UNE 80303:96, y de bajo calor de hidratación, según la UNE 80306:96) correspondientes al mismo tipo y clase resistente que aquéllos. Cuando el cemento se utilice como producto de inyección se tendrá en cuenta lo prescrito en 36.2. de la EHE-98. El empleo del cemento de aluminato de calcio deberá ser objeto, en cada caso, de estudio especial, exponiendo las razones que aconsejan su uso y observándose las especificaciones contenidas en el Anejo n.º 4 de la EHE-98. Con respecto al contenido de ión cloruro, se tendrá en cuenta lo expuesto en 30.1. de la EHE-98. A los efectos de la presente Instrucción, se consideran cementos de endurecimiento lento los de clase resistente 32,5, de endurecimiento normal los de clases 32,5R y 42,5 y de endurecimiento rápido los de clases 42,5R, 52,5 y 52,5R.

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Suministro A la entrega del cemento, el suministrador acompañará un albarán con los datos exigidos por la vigente Instrucción para la Recepción de Cementos, que establece las condiciones de suministro e identificación que deben satisfacer los cementos para su recepción. Cuando el suministro se realice en sacos, el cemento se recibirá en los mismos envases cerrados en que fue expedido de fábrica, punto de expedición, centro de distribución o almacén de distribución. El cemento no llegará a la obra u otras instalaciones de uso excesivamente caliente. Se recomienda que, si su manipulación se va a realizar por medios mecánicos, su temperatura no exceda de 70ºC, y si se va a realizar a mano, no exceda de 40ºC. Cuando se prevea que puede presentarse el fenómeno del falso fraguado, deberá comprobarse, con anterioridad al empleo del cemento, que éste no presenta tendencia a experimentar dicho fenómeno, realizándose esta determinación según la UNE 80114:96. Almacenamiento Cuando el suministro se realice en sacos, éstos se almacenarán en sitio ventilado y defendido, tanto de la intemperie como de la humedad del suelo y de las paredes. Si el suministro se realiza a granel, el almacenamiento se llevará a cabo en silos o recipientes que lo aíslen de la humedad. Aún en el caso de que las condiciones de conservación sean buenas, el almacenamiento del cemento no debe ser muy prolongado, ya que puede meteorizarse. El almacenamiento máximo aconsejable es de tres meses, dos meses y un mes, respectivamente, para las clases resistentes 32,5, 42,5 y 52,5. Si el período de almacenamiento es superior, se comprobará que las características del cemento continúan siendo adecuadas. Para ello, dentro de los veinte días anteriores a su empleo, se realizarán los ensayos de determinación de principio y fin de fraguado y resistencia mecánica inicial a 7 días (si la clase es 32,5) ó 2 días (todas las demás clases) sobre una muestra representativa del cemento almacenado, sin excluir los terrones que hayan podido formarse. De cualquier modo, salvo en los casos en que el nuevo período de fraguado resulte incompatible con las condiciones particulares de la obra, la sanción definitiva acerca de la idoneidad del cemento en el momento de su utilización vendrá dada por los resultados que se obtengan al determinar, de acuerdo con lo prescrito en el Articulo 88.º de la EHE-98, la resistencia mecánica a 28 días del hormigón con él fabricado. Ensayos. Las características del cemento a emplear se comprobarán antes de su utilización mediante la ejecución de las series completas de ensayos que estime pertinente el Ingeniero Director de las obras. Serán exigibles, además, los certificados de ensayos enviados por el fabricante y correspondientes a la partida que se vaya a utilizar. Se harán pruebas de velocidad de fraguado, de estabilidad de volumen y de rotura de probetas a compresión y tracción a los tres (3), a los siete (7) y a los veintiocho (28) días, así como todas las indicadas en la RC-97. Sólo después de un resultado satisfactorio de estas pruebas se autorizará la utilización de la partida correspondiente de cemento.

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ADITIVOS PARA HORMIGONES. Aditivos y adiciones a emplear en morteros y hormigones. Aditivos son aquellas sustancias o productos que, incorporados al hormigón antes del amasado (o durante el mismo o en el transcurso de un amasado suplementario) en una proporción no superior al 5% del peso del cemento, producen la modificación deseada, en estado fresco o endurecido, de alguna de sus características, de sus propiedades habituales o de su comportamiento. En los hormigones armados o pretensados no podrán utilizarse como aditivos el cloruro cálcico ni en general productos en cuya composición intervengan cloruros, sulfuros, sulfitos u otros componentes químicos que puedan ocasionar o favorecer la corrosión de las armaduras. En los elementos pretensados mediante armaduras ancladas exclusivamente por adherencia, no podrán utilizarse aditivos que tengan carácter de aireantes. En los documentos de origen, figurará la designación del aditivo de acuerdo con lo indicado en la UNE EN 934-2:98, así como el certificado de garantía del fabricante de que las características y especialmente el comportamiento del aditivo, agregado en las proporciones y condiciones previstas, son tales que produce la función principal deseada sin perturbar excesivamente las restantes características del hormigón, ni representar peligro para las armaduras. Los aditivos se transportarán y almacenarán de manera que se evite su contaminación y que sus propiedades no se vean afectadas por factores físicos o químicos (heladas, altas temperaturas, etc.). El fabricante suministrará el aditivo correctamente etiquetado, según la UNE 83275:89 EX. Los aditivos que modifiquen el comportamiento reológico del hormigón deberán cumplir la UNE EN 934-2:98. Los aditivos que modifiquen el tiempo de fraguado deberán cumplir la UNE EN 934-2:98. Adiciones son aquellos materiales inorgánicos, puzolánicos o con hidraulicidad latente que, finamente divididos, pueden ser añadidos al hormigón con el fin de mejorar alguna de sus propiedades o conferirle características especiales. La presente Instrucción recoge únicamente la utilización de las cenizas volantes y el humo de sílice como adiciones al hormigón en el momento de su fabricación. Con la única excepción del humo de sílice, se prohíbe el uso de adiciones de cualquier tipo, y en particular, las cenizas volantes, como componentes del hormigón pretensado. Las cenizas volantes son los residuos sólidos que se recogen por precipitación electrostática o por captación mecánica de los polvos que acompañan a los gases de combustión de los quemadores de centrales termoeléctricas alimentadas por carbones pulverizados. El humo de sílice es un subproducto que se origina en la reducción de cuarzo de elevada pureza con carbón en hornos eléctricos de arco para la producción de silicio y ferrosilicio. Se podrán utilizar cenizas volantes o humo de sílice como adición en el momento de la fabricación del hormigón, únicamente cuando se utilice cemento tipo CEM I. En estructuras de edificación, la cantidad máxima de cenizas volantes adicionadas no excederá del 35% del peso de cemento, mientras que la cantidad máxima de humo de sílice adicionado no excederá del 10% del peso de cemento. La cantidad mínima de cemento se especifica en 37.3.2. de la EHE-98. Las cenizas volantes no podrán contener 65 PLIEGO DE CONDICIONES PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE PISTA DEPORTIVA URBANA EN EL AREA HOMOGENEA SUR. CALLE PRADO DE LA MARGARA Nº 2. 28250. TORRELODONES. MADRID ARQUITECTO. FCO. JAVIER MEDINA DEL COJO

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elementos perjudiciales en cantidades tales que puedan afectar a la durabilidad del hormigón o causar fenómenos de corrosión de las armaduras. Además deberán cumplir las siguientes especificaciones de acuerdo con la UNE EN 450:95: Anhídrido sulfúrico (S03), según la UNE EN 196-2:96 £3,0% Cloruros (Cl-), según la UNE 80217:91 £0,10% Oxido de calcio libre, según la UNE EN 451-1:95 £1% Pérdida al fuego, según la UNE EN 196-2:96 £5,0% Finura, según la UNE EN 451-2:95 Cantidad retenida por el tamiz 45 mm £40% Indice de actividad, según la UNE EN 196-1:96 a los 28 días >75% a los 90 días >85% Expansión por el método de las agujas, según la UNE EN 196-3:96

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