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VICEPRESIDENCIA DE LA REPUBLICA OFICINA DE PLANIFICACIÓN -ODEPLAN-
PROYECTO ELABORACIÓN DE PLANES DE DESARROLLO PROVINCIAL
Enero del 2001
INDICE
RESUMEN I.
E J E C U T I V O .......................................................................................... i
ANTECEDENTES .............................................................................................................1 1. MARCO JURIDICO........................................................................................................1 1.1 Disposiciones Legales .............................................................................................1 1.2 Descentralización de la planificación .......................................................................1 2. PLAN DE GOBIERNO 2000-2003 Por un Nuevo País ................................................2 3.
II.
PROGRAMA ANUAL DE INVERSIONES.....................................................................3 ELABORACIÓN DE LOS PLANES DE DESARROLLO PROVINCIAL........................3
4. JUSTIFICACION ............................................................................................................3 5.
EL PLAN DE DESARROLLO PROVINCIAL ................................................................4
6.
OBJETIVOS DE LOS PLANES PROVINCIALES.........................................................5 6.1 General ...................................................................................................................5 6.2 Específicos:.............................................................................................................5
7. MARCO REFERENCIAL PARA LA ELABORACIÓN DE LOS PLANES.....................6 8. CONTENIDO DE LOS PLANES PROVINCIALES.........................................................8 8.1 Diagnóstico ............................................................................................................8 8.2 Cartografía digital...................................................................................................8 8.3 Identificación y priorización de programas y proyectos .........................................9 8.4 Elaboración de tres estudios de macro proyectos provinciales ...........................10 8.5 Propuestas de desarrollo Institucional .................................................................10 8.6 Propuestas de prevención de riesgos y seguridad ciudadana.............................11 8.7 Instructivo para el seguimiento y evaluación del plan de desarrollo provincial...11 III.
METODOLOGÍA Y RESPONSABILIDADES ..............................................................11 9. METODOLOGÍA PARTICIPATIVA Y DESCENTRALIZADA......................................11
10. PARTICIPACIÓN Y RESPONSABILIDADES EN LA GESTION DE LOS PLANES PROVINCIALES ..........................................................................................................13 10.1 Participación de las instituciones ........................................................................13 10.2 Responsabilidades de las instituciones ..............................................................13 10.3 Responsabilidad de la Planificación Provincial (Anexo 4) .................................14 11. DIRECCIÓN Y COORDINACIÓN GENERAL..............................................................15
12. RESPONSABILIDADES DE LAS EMPRESAS CONSULTORAS ..............................15 13.
AVANCES DE ODEPLAN EN EL PROCESO ..........................................................16
14. OTROS ESFUERZOS DE PLANIFICACIÓN...............................................................17 IV.
PRESUPUESTO ..........................................................................................................17
V.
TIEMPO DE EJECUCIÓN DE LOS PLANES..............................................................18
VI.
PRODUCTOS ESPERADOS .......................................................................................18
ANEXOS 1. DOCUMENTACIÓN LEGAL QUE DEBE SER CONSIDERADA COMO SUSTENTO EN EL PROCESO DE ELABORACIÓN DE LOS PLANES PROVINCIALES ...............20 2. EQUIPO TÉCNICO MULTIDISCIPLINARIO DE LAS EMPRESAS CONSULTORAS..21 3. PRESUPUESTO Y TERMINOS DE REFERENCIA PARA LA CONTRATACION DE PERSONAL...................................................................................................................23 4. DECRETO EJECUTIVO 1133 DE 17 DE ENERO DEL 2001, QUE ESTABLECE EL SISTEMA NACIONAL DE PLANIFICACIÓN ...............................................................29
RESUMEN
EJECUTIVO
1. En el marco de disposiciones legales vigentes y de las políticas del Plan de Gobierno 20002003, se ha preparado el proyecto que servirá de guía para la elaboración de los planes de desarrollo de cada una de las provincias del país. 2. Se pretende que los planes provinciales, instrumentando las estrategias operativas del Plan de Gobierno y recogiendo las necesidades y expectativas de las comunidades provinciales, contribuyan, desde sus jurisdicciones, a superar la crisis económica y social, reactivar la producción y disminuir la inequidad en el ingreso de las personas y de los hogares. 3. Para la elaboración de los planes de desarrollo provincial se utilizará el procedimiento de la planificación estratégica que constituye “una poderosa herramienta de diagnóstico, análisis, reflexión y toma de decisiones colectivas, acerca de qué hacer y el camino que deben recorrer en el futuro las comunidades, organizaciones e instituciones”, proponiendo que la misma tenga un carácter participativo, descentralizado y desconcentrado. 4. Entre los objetivos de los planes se plantea la descentralización del proceso de la planificación entregando responsabilidades a los gobiernos seccionales y a la sociedad civil, la aplicación de procedimientos científicos y técnicos para el conocimiento real de los recursos provinciales, el impulso que deben ejercer los niveles subprovinciales para la distribución más equitativa de los recursos del Estado, la diversificación de líneas de producción identificando proyectos con alto contenido de valor agregado, el apoyo desde todos los frentes de trabajo que se abran para lograr la estabilidad económica y social de las provincias y consolidar el nuevo esquema monetario. 5. Los planes provinciales deben tener el siguiente contenido: i) Diagnóstico; ii) Cartografía digital iii) Identificación y priorización de programas y proyectos; iv) Elaboración de tres estudios de macroproyectos provinciales; v) Propuestas de desarrollo institucional; vi) Propuestas de prevención de riesgos y seguridad ciudadana; y, vii) Instructivo metodológico para el seguimiento y evaluación de los planes. 6. En los planes provinciales deberán tener importancia fundamental los proyectos que se identifiquen en forma consensuada entre los principales agentes del desarrollo provincial y la sociedad civil, mismos que estarán dirigidos a solucionar necesidades cantonales y parroquiales y tres de ellos deberán estar enfocados a la ejecución de actividades de mediano y largo plazo de interés provincial cuyos estudios tendrán nivel de prefactibilidad. 7. La planificación provincial estará bajo la responsabilidad de los Prefecturas Provinciales que contarán con el apoyo de la Oficina de Planificación de la Presidencia de la República –ODEPLAN-, las instituciones provinciales del Gobierno Central, los Municipios, las Juntas i
Parroquiales Rurales, las Entidades de Desarrollo Regional y las organizaciones sociales, culturales y productivas con sede en las provincias y cantones. 8. El trabajo de elaboración de los planes provinciales se efectuará mediante contratación con empresas consultoras que serán monitoreadas por personal técnico de ODEPLAN y de los Consejos Provinciales para asegurar eficiencia y calidad en los estudios. 9. El costo del proyecto asciende a US$ 5’528.000 para obtener 22 planes provinciales, cuya consolidación y validación permitirá la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo 20012010. Se propone un financiamiento externo de US$ 4’187.000 equivalente al 75.7% del costo total. La diferencia de US$ 1’341.000, que significa el 24.3% es financiada con fuentes locales provenientes de Consejos Provinciales, ECORAE, INGALA y ODEPLAN. 10. Se estima que la ejecución de los planes provinciales tendrá una duración de seis meses, a cuyo término se obtendrá: veintidós planes provinciales; sesenta y seis proyectos prioritarios con estudios concluidos a nivel de prefactibilidad; veintidós propuestas de fortalecimiento institucional de las instancias ejecutivas de los planes; veintidós propuestas provinciales de prevención y mitigación de desastres, riesgos y seguridad ciudadana; instructivos para el seguimiento y evaluación de los planes; y, el funcionamiento del Sistema Nacional de Planificación integrado y en red.
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PROYECTO ELABORACIÓN DE PLANES DE DESARROLLO PROVINCIAL I.
ANTECEDENTES
1.
MARCO JURIDICO
1.1
Disposiciones Legales El mandato constitucional, en los artículos 254 y 255, dispone que le corresponde al Sistema Nacional de Planificación, SNP, establecer los objetivos nacionales permanentes en materia económica y social, fijar metas de desarrollo a corto, mediano y largo plazo, en forma descentralizada y participativa, teniendo en cuenta las diversidades etáreas, étnico-culturales, locales, regionales y de género. Esta disposición constitucional marca un nuevo enfoque de la planificación, al establecer un sistema con capacidad de participación activa de los gobiernos seccionales y de las organizaciones sociales de la población, en la identificación de planes, programas y proyectos que respondan a la realidad provincial y nacional y que sean concertados por todos los beneficiarios para su ejecución. La Constitución Política determina también, en los artículos 233 y 234, las atribuciones que les corresponden a los Consejos Provinciales y Municipios, y lo que determina la Ley Orgánica de las Juntas Parroquiales Rurales.
1.2
Descentralización de la planificación El artículo 225 de la Constitución Política establece que “El Estado impulsará mediante la descentralización y la desconcentración, el desarrollo armónico del país, el fortalecimiento de la participación ciudadana y de las entidades seccionales, la distribución de los ingresos públicos y de la riqueza”. Además, en el segundo párrafo del mencionado artículo, se dispone que “El Gobierno Central transferirá progresivamente funciones, atribuciones, competencias, responsabilidades y recursos a las entidades seccionales autónomas o a otras de carácter regional”, señalando que “desconcentrará su gestión delegando atribuciones a los funcionarios del régimen seccional dependiente”. Como se puede deducir, la materialización de las metas de desarrollo del país deben alcanzarse en forma descentralizada y esto sólo se puede lograr impulsando el proceso de descentralización al entregar las responsabilidades de formulación de planes e identificación y priorización de programas y proyectos de interés provincial, local y regional, a las instancias correspondientes. 1
ELABORACION DE PLANES DE DESARROLLO PROVINCIAL
Por otra parte, la Ley Especial de Descentralización del Estado y de Participación Social, promulgada el 25 de septiembre de 1997, que tiene por objeto impulsar la ejecución de la descentralización y desconcentración administrativa y financiera del Estado y la participación social en la gestión pública, señala en el Capítulo II, las funciones, atribuciones, responsabilidades y recursos que deben ser transferidos a los Municipios y a los Consejos Provinciales en las diversas áreas o sectores económicos y el procedimiento para la transferencia mediante la suscripción de convenios. Así mismo, la Ley Orgánica de las Juntas Parroquiales Rurales, promulgada el 23 de octubre del 2000, en el capitulo II, señala las atribuciones, competencias, rendición de cuentas y control social en materia de planificación, ejecución y evaluación de políticas, programas y proyectos de desarrollo parroquial De conformidad con estos mandatos, la Oficina de Planificación de la Presidencia de la República, ODEPLAN, es responsable de que el Sistema Nacional de Planificación se articule en este contexto.
2.
PLAN DE GOBIERNO 2000-2003 Por un Nuevo País El Plan de Gobierno elaborado por la ODEPLAN bajo la conducción del Vicepresidente Constitucional de la República en calidad de Director General de Planificación fue presentado, en el mes de julio del 2000, a las autoridades del país: Ministros de Estado, Directivos del COSENA, del CONAM, Gobernadores de las Provincias, Prefectos Provinciales, de quienes se recibieron opiniones y sugerencias que sirvieron para enriquecer el contenido del documento. El 10 de agosto del 2000, fue presentada la versión definitiva del Plan al Presidente Constitucional de la República. El Plan se propone “contribuir al desarrollo pleno, sostenible y equitativo del Ecuador para lo cual será imprescindible atender y consolidar el desarrollo del ser humano en el sentido amplio de la combinación del capital social proveniente de la organización, del capital humano fruto de una adecuada educación capacitación y acceso a servicios de salud, y del capital natural basado en el empleo sustentable de la potencialidad productiva de los recursos naturales del país.1 Hasta el año 2003, dice el Plan de Gobierno, los esfuerzos gubernamentales se concentrarán en la generación de empleo y la reactivación de los sectores productivos para revertir la tendencia de crecimiento de la pobreza mediante el crecimiento sostenido de la producción de la inequidad en la distribución del ingreso En correspondencia con estos compromisos las metas generales del Plan son: 1. Bajar el índice de pobreza de 69% a 58% hasta el año 2003.
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Plan de Gobierno, pág. 37 2
ELABORACION DE PLANES DE DESARROLLO PROVINCIAL
2. Crecimiento real del PIB: de –7.3% en 1999, a 1% en el 2000, 3.5% en el 2001, 2.5% en el 2002 y 2.8% en el 2003. 3. Reducir hasta el 2003, de 180 a 130 veces los ingresos y transferencias netas recibidas por el 1% de la población de mayores ingresos, respecto al 1% de la de menores ingresos. 4. Reducir en un 50% la diferencia entre los ingresos promedio de los hogares urbanos y rurales, hasta el año 2003. Para el cumplimiento de las metas, el Plan establece políticas y acciones estratégicas de corto, mediano y largo plazo que deberán ser desarrolladas por las instituciones del gobierno central y regional, los organismos del gobierno seccional y por la sociedad civil. Como se señala en el Capítulo III, el Plan “responde a la necesidad de contar con un acuerdo programático que incorpore los compromisos del Gobierno y la sociedad para lograr los objetivos de crecimiento, equidad, superar los efectos de la crisis, atenuar en el corto plazo la agudización de la pobreza y consolidar la democracia, impulsando la modernización, la descentralización y la participación ciudadana”.2 El Plan considera que el ejercicio pleno de la planificación nacional, provincial y local permitirá la viabilidad de sus acciones estratégicas. La formulación de los Planes de Desarrollo Provincial, permitirá fortalecer y consolidar los procesos de descentralización y participación ciudadana, en procura de alcanzar en el mediano y largo plazo el desarrollo sostenible de cada una de las provincias.
3.
PROGRAMA ANUAL DE INVERSIONES
Con el propósito de orientar la inversión para cumplir las políticas, objetivos y metas del Plan de Gobierno, la ODEPLAN elaboró el Programa Anual de Inversiones -PAI-, en el que constan los proyectos que serán ejecutados especialmente por las Entidades del Gobierno Central. El PAI es por tanto el instrumento técnico que debe tomarse en cuenta obligatoriamente en la elaboración de los Planes de Desarrollo Provincial. La Oficina de Planificación, ODEPLAN, para el año 2001 considera 346 proyectos, identificados por organismos ejecutores, sectores económicos y provincias.
II. 4.
ELABORACIÓN DE LOS PLANES DE DESARROLLO PROVINCIAL JUSTIFICACION El carácter normativo centralista que tradicionalmente ha tenido la planificación en el Ecuador, si bien ha apoyado el crecimiento del país, no ha impulsado un cambio profundo en la realidad
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Plan de Gobierno, pág. 95 3
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económica y social de la población al no tomar en cuenta la coexistencia de los actores sociales que mantienen estrategias de desarrollo diversas. La estructura del Estado por el excesivo centralismo, concentración de funciones y responsabilidades no ha permitido la descongestión de las funciones propias de los organismos seccionales para que ellos sean los gestores de la planificación; por esta consideración, los Planes de Desarrollo Provincial fortalecen la gestión de los gobiernos locales, creando un ámbito institucional, técnico, social y político sostenible en el tiempo que atenúan los desequilibrios regionales, urbanos y rurales y las diferencias étnicas, etáreas y de género. La experiencia de la Oficina de Planificación, ODEPLAN, señala la necesidad de poner especial énfasis en los procesos de planificación participativa y descentralizada, que permitan en las instancias sectoriales, seccionales y regionales el consenso para la solución de los problemas, en articulación y relación con las políticas nacionales establecidas por el Gobierno. Las necesidades y expectativas de la sociedad en la provincia deben ser recogidas en el proceso de planificación participativa, lo que significa que todos los organismos y sectores públicos y privados expresen sus criterios o pedidos en los foros de opinión y resuelvan por consenso la priorización de acciones para satisfacer las necesidades. Los Planes Provinciales facilitan una adecuada gestión de los recursos en términos de alcanzar el desarrollo sustentable de cada jurisdicción. Incorporan acciones concretas para superar la profunda crisis en el corto, mediano y largo plazo. La elaboración de los Planes de Desarrollo de cada una de las provincias permiten considerar las políticas y acciones estratégicas del Plan de Gobierno 2000-2003 y determinar programas y proyectos en materia económica, productiva, social y ambiental prioritarios para cada provincia. La formulación de los Planes Provinciales constituye la expresión de las necesidades y expectativas de la sociedad provincial recogida en el proceso de la planificación participativa. La participación de los organismos públicos y privados, de índole social, productiva, comercial, cultural, permitirá recoger sus criterios o pedidos expresos y resolver por consenso, la priorización de las necesidades y su inclusión en los Planes Provinciales.
5.
EL PLAN DE DESARROLLO PROVINCIAL El Plan de Desarrollo Provincial comprende un conjunto de acciones entre los diferentes actores institucionales y la sociedad civil para establecer objetivos, políticas, estrategias, programas y proyectos, considerando los problemas y las potencialidades existentes. Es la referencia de trabajo para quienes conducen el desarrollo provincial, facilitando la armonización de los objetivos y políticas respecto de las prioridades establecidas por consenso y determinando compromisos y alianzas para la ejecución de los proyectos y la solución de los problemas. El Plan Provincial conduce a una adecuada gestión de los recursos económicos, humanos, sociales y naturales para obtener resultados sustentables que garanticen el bienestar de la sociedad. Permite, además, realizar el control social y la rendición de cuentas en el proceso de ejecución del Plan. 4
ELABORACION DE PLANES DE DESARROLLO PROVINCIAL
6.
OBJETIVOS DE LOS PLANES PROVINCIALES
6.1
General Impulsar y apoyar la formulación de los Planes de Desarrollo Provincial, en forma participativa y descentralizada, a través de la concertación de objetivos, estrategias y metas entre los principales actores sociales, económicos y políticos, con la finalidad de generar programas y proyectos que incidan en el desarrollo sustentable de cada una de las provincias del país, tomando en consideración los lineamientos generales del Plan de Gobierno. La elaboración de los Planes se realizará simultáneamente en las veinte y dos provincias del país.
6.2
Específicos: Elaborar los Planes de Desarrollo Provincial con amplia participación de los beneficiarios y actores sociales, económicos, políticos y culturales, identificando y formulando en forma participativa: tres macro proyectos provinciales y proyectos locales viables de alta prioridad, orientados especialmente a fortalecer la infraestructura y las capacidades existentes y potenciales de la producción, diversificando la misma para la exportación, agroindustria y consumo local, el turismo y la protección del ambiente. Fortalecer a través de los planes provinciales un ordenado proceso de descentralización dando forma a una nueva concepción de sociedad provincial articulada y comprometida con el interés de su jurisdicción. Promover y establecer los mecanismos para la participación interactiva de todas las instituciones públicas, privadas y demás actores sociales, fortaleciendo la coordinación interinstitucional entre las instancias del gobierno central, gobiernos seccionales y organizaciones sociales de las provincias. Perfeccionar las ventajas comparativas y competitivas existentes y reducir las limitaciones para estimular las inversiones, incrementar la productividad y consolidar las capacidades, optimizando el aprovechamiento de las potencialidades de sus recursos humanos, productivos y económicos. Impulsar la participación ciudadana como elemento clave para la rendición de cuentas y control social en la ejecución de los Planes de Desarrollo Provinciales. Apoyar desde todos los frentes de trabajo la estabilidad económica y social de las provincias para sostener y consolidar el nuevo esquema monetario. Fortalecer las capacidades técnicas locales que aseguren la viabilidad en la formulación, ejecución y seguimiento de los Planes, potenciando el rol de ODEPLAN como organismo coordinador en el proceso de la planificación provincial. Implementar el sistema de información geográfica, GIS, como herramienta útil para la zonificación económica y ecológica a fin de promover alternativas de uso sustentable 5
ELABORACION DE PLANES DE DESARROLLO PROVINCIAL
basados en el conocimiento de las limitaciones y potencialidades de los recursos naturales, tomando en cuenta la estructura socio económica y cultural existente en cada provincia. Promover la formulación de políticas provinciales y locales de prevención y mitigación de riesgos de potenciales fenómenos naturales y desarrollar la organización institucional. En términos de la seguridad ciudadana los planes estructurarán un sistema descentralizado de seguridad ciudadana que permita garantizar el ejercicio de las libertades y de los derechos individuales y colectivos. Para la Defensa Nacional los planes de las provincias fronterizas buscarán lograr el fortalecimiento de las relaciones con los países vecinos y fuerzas sociales, políticas, preservando la inalienabilidad del territorio nacional, garantizando la estabilidad interna y manteniendo la legitimidad democrática. Facilitar la identificación de similitudes entre las provincias que permitan una efectiva agrupación regional.
7.
MARCO REFERENCIAL PARA LA ELABORACIÓN DE LOS PLANES La planificación estratégica participativa será la norma que oriente y defina la elaboración de los Planes Provinciales, los mismos que deberán enmarcarse en los principios y disposiciones constitucionales y en la voluntad política de la expresión ciudadana, iniciando el proceso desde el nivel individual, dotándole del mecanismo que permita definir su propio sistema, identificando sus problemas prioritarios y enunciando las reales aspiraciones para buscar las soluciones. Los Planes Provinciales deben contribuir, desde sus jurisdicciones, al logro de los objetivos nacionales expresados en el Plan de Gobierno. Por ello, dichos planes tienen que estar enfocados al cumplimiento de las siguientes políticas 3:
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Reactivar los mercados de crédito para la producción y el consumo, poniendo en operación a las instituciones financieras del sector público a fin de que provean recursos a sectores con elevado impacto sobre el nivel de empleo, tales como el sector agropecuario, la pequeña industria y la microempresa.
Mantener una política fiscal sana impulsando la descentralización fiscal que garantice una redistribución más equitativa de los recursos del Estado para financiar los servicios descentralizados.
Utilizar el endeudamiento público como un instrumento para el desarrollo, responsabilizando a las entidades encargadas de la ejecución de los proyectos para el éxito de los mismos.
Plan de Gobierno, págs. 42 a 72 6
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Adecuar la institucionalidad pública a los nuevos retos del desarrollo nacional, viabilizando el proceso de descentralización, con el fin de garantizar la distribución justa y equitativa de los recursos en función de la eficiencia y de la satisfacción de las necesidades de la población.
Impulsar el desarrollo de la competitividad de los productos ecuatorianos para lo cual se deberá revisar los programas de estudio en función de las reales necesidades de los sectores productivos, trabajar en el mejoramiento de la calidad y productividad de los productos de consumo interno y de exportación, apoyar procesos de reconversión tecnológica y uso racional de los recursos naturales y culturales que aseguren su sostenibilidad.
Incrementar el monto de transferencias desde el Gobierno hacia los hogares pobres para inversión en educación, salud, agua potable y saneamiento ambiental y proyectos sociales específicos, reorientando inclusive los recursos humanos y materiales disponibles hacia acciones de los servicios sociales mencionados.
Mejorar la equidad en la distribución del gasto público de acuerdo a las necesidades locales y a las zonas y grupos de menor desarrollo, fortaleciendo la participación en la definición de prioridades, en la evaluación y control de las acciones públicas.
Mejorar la calidad del gasto público a través de mecanismos eficientes de programación y ejecución presupuestaria, con especial referencia a la participación de los beneficiarios en la identificación de necesidades y prioridades, modernizando la institucionalidad del Estado, incorporando mecanismos de rendición de cuentas y presupuestación por resultados o usuarios.
Crear las condiciones para el acceso de los pobres a los activos productivos como recursos económicos, tecnología y mercados, dando especial atención a las organizaciones de pequeños productores y microempresarios.
Fortalecer al sector productivo por su papel de absorción de mano de obra para bajar los niveles de desocupación y subocupación, garantizar niveles de empleo existentes y potenciar la eficiencia competitiva de los sectores que tienen amplia capacidad de expandir la oferta laboral, como áreas del sector primario, manufactura, construcción, turismo y obra pública.
Organizar y fortalecer cadenas de organizaciones productoras de bienes de consumo interno y de exportación para aprovechar las ventajas competitivas.
Apoyar la industria de la maquila y las posibilidades que puede ofrecer el país considerando la oferta de mano de obra disponible y las destrezas de los trabajadores ecuatorianos.
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ELABORACION DE PLANES DE DESARROLLO PROVINCIAL
8. CONTENIDO DE LOS PLANES PROVINCIALES
El contenido de los Planes de Desarrollo Provincial tendrá los siguientes capítulos: i) Diagnóstico; ii) Cartografía digital; iii) Identificación y priorización de programas y proyectos; iv) Elaboración de tres estudios de macroproyectos provinciales; v) Propuestas de desarrollo institucional; vi) Propuestas de prevención de riesgos y seguridad ciudadana; y vii) Instructivo para el seguimiento y evaluación del plan de desarrollo provincial. 8.1
Diagnóstico
Para la elaboración de los Planes de Desarrollo Provincial se utilizará la técnica de la planificación estratégica que constituye “una poderosa herramienta de diagnostico, análisis, reflexión y toma de decisiones colectivas, acerca del qué hacer y el camino que deben recorrer en el futuro las comunidades, organizaciones e instituciones. No solo para responder a los cambios y a las demandas que les impone el entorno y lograr así el máximo de eficiencia y calidad de sus intervenciones, sino también para proponer y concretar las transformaciones que requiere el entorno”4. El diagnóstico implica describir la situación actual (dónde estamos y hacia dónde vamos) y analizar la estructura, funcionamiento y tendencias de la provincia; interpretar procesos históricos; reconocer las políticas y normativas del gobierno; describir y explicar el comportamiento del desarrollo; identificar problemas y potencialidades; desarrollar el marco institucional; elaborar una prognosis del comportamiento y de los cambios de política que se requerirán en el futuro; y, describir los aspectos estratégicos del desarrollo. Además, se debe realizar la sistematización de los demás contenidos del Plan, que comprenden: una Visión de futuro; la Misión; objetivos estratégicos, líneas de acción y metas generales, a corto, mediano y largo plazos. 8.2
Cartografía digital
Se pretende generar cartografía digital referente a temas físicos, bióticos, socioeconómicos y de peligros naturales, que con modelamientos posibiliten realizar la zonificación ecológica y socioeconómica de cada una de las provincias. La misma se constituiría en un instrumento técnico de planificación y gestión para la toma de decisiones por parte de los entes de desarrollo provincial, en la perspectiva de alcanzar el uso sustentable de los recursos naturales, la ocupación integral y equilibrada del territorio y en general lograr una adecuada gestión del desarrollo. Se elaborará cartografía digital de las provincias a una escala 1:50.000, empleando el Sistema Internacional de Referencia WGS84 para lo cual se compilará, procesará, sistematizará y homogenizará la información cartográfica existente y la levantada en la fase de validación y actualización. Esta cartografía servirá para la elaboración del diagnóstico y del plan de 4 Planificación Estratégica y Operativa, Burgwal G. y Cuellar J.C., Servicio Holandés de Cooperación para el Desarrollo. Quito, 1999. Págs. 25 y 26
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ELABORACION DE PLANES DE DESARROLLO PROVINCIAL
desarrollo provincial5 y deberá contener como mínimo la siguiente información a nivel provincial: Componente físico: clima, suelo, topografía, geomorfología, hidrología (recursos hídricos, cuencas y subcuencas hidrográficas), geología e infraestructura. Componente biológico: flora, fauna terrestre y fauna acuática. Componente antrópico6: aspectos sociales y demográficos, aspectos económicos, aspectos antropológicos, tenencia de la tierra, y aspectos legales e institucionales. Determinación de las zonas de influencia institucional y de riesgo. Los Sistemas de Información Geográfica (GIS), permitirán definir los escenarios posibles, así como los temas sectoriales de intervención prioritaria. Servirán como marco de referencia para que los actores analicen y propongan soluciones a sus problemas locales, en el contexto de la planificación provincial y nacional. Los mapas integrados deberán sistematizar y georeferenciar la información a nivel provincial, cantonal y parroquial. Desde el punto de vista de la dimensión (desarrollo) territorial, la cartografía deberá reflejar la estructuración de la red de centros poblados, estableciéndose las articulaciones correspondientes entre los núcleos urbanos y su entorno agrícola-rural.
8.3
Identificación y priorización de programas y proyectos
Sobre la base del diagnóstico y aplicando técnicas de planificación participativa, se realizará la identificación de programas, proyectos y actividades, que deben estar referidos a los ámbitos, materias y jurisdicciones que establece la Constitución Política de la República, la Ley Especial de Descentralización del Estado y de Participación Social y la Ley Orgánica de las Juntas Parroquiales Rurales. Los proyectos prioritarios del nivel provincial, cantonal y parroquial para ser ejecutados en el corto y mediano plazo, deben promover la producción agrícola, ganadera y pesquera originada en microempresarios y pequeños productores individuales o asociados, la producción artesanal y de la pequeña industria, la producción de servicios dirigidos especialmente al turismo ecológico, la construcción de obras que fortalezcan el desarrollo comunitario y faciliten la transportación y la comercialización, la capacitación vinculada al crédito y al mejoramiento tecnológico y, en general, proyectos de rápida ejecución, que absorban mano de obra local y que su producción se pueda orientar en parte a los mercados del exterior. Será necesario identificar igualmente el estado de avance de los proyectos en ejecución en las provincias, tanto nacionales como provinciales y que se hallan considerados en el Programa
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Cada provincia o cantón, disgregará o descompondrá la información de los atributos asignados a cada una de estas variables, de acuerdo al inventario existente, necesidades y objetivos planteados. 6 Además de todos los indicadores actualizados contenidos en el INFOPLAN. 9
ELABORACION DE PLANES DE DESARROLLO PROVINCIAL
Anual de Inversiones del 2001 y Presupuestos de las Entidades Seccionales, para establecer la conveniencia de continuarlos, sustituirlos o complementarlos. 8.4
Elaboración de tres estudios de macro proyectos provinciales
De los proyectos de interés provincial, identificados y priorizados en el proceso de planificación participativa, tres serán desarrollados sus estudios a nivel de prefactibilidad, de tal manera que su ejecución responda al análisis y viabilidad técnico, económico, financiero, social, ambiental e institucional. Estos proyectos tendrán como objetivo fundamental la construcción de obras de infraestructura de incidencia provincial para habilitar áreas de producción, para la prestación de servicios, agroindustria, comercialización de bienes exportables, turismo y protección del ambiente, de tal manera que su ejecución contribuya a la reactivación productiva, a la generación de empleos y por consiguiente a la superación de la pobreza. Los resultados obtenidos en los estudios deberán constituir la base para que las decisiones a tomar representen las mejores alternativas de inversión y cambios en la provincia, con el propósito de mejorar la calidad de vida de sus habitantes. Los proyectos a promoverse para ser ejecutados en el mediano y largo plazo, pueden ser cofinanciados por entidades municipales, provinciales o regionales conjuntamente con organismos financieros públicos o privados, nacionales o internacionales.
8.5
Propuestas de desarrollo Institucional
Con la finalidad de fortalecer los planes en su etapa de ejecución, seguimiento, evaluación, así como la capacidad de gestión, será necesario elaborar propuestas para fortalecimiento institucional de los gobiernos seccionales. Concomitantemente será necesario elaborar propuestas de desarrollo institucional para las dependencias regionales y las delegaciones del Gobierno Central. El fortalecimiento institucional deberá desarrollarse, según corresponda, desde dos enfoques: la una dirigida a viabilizar procesos de descentralización y la otra, a facilitar procesos de desconcentración. Deberán contener sugerencias de reformas legales, reglamentarias y operacionales, que faciliten el desarrollo de las instituciones, en consenso con las respectivas autoridades y de acuerdo con el modelo de gestión de descentralización del CONAM. El desarrollo institucional contribuirá, entre otros objetivos, a la consolidación del Sistema Nacional de Planificación Participativo y Descentralizado, permitiendo la interacción flexible y sostenida entre las instancias encargadas de la planificación en el ámbito nacional, provincial, sectorial y regional.
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ELABORACION DE PLANES DE DESARROLLO PROVINCIAL
Para cada Institución se preparará un cronograma que determine las acciones, los plazos y los responsables para la puesta en vigencia de las propuestas. El financiamiento para el efecto será con recursos generados por las propias Entidades. 8.6
Propuestas de prevención de riesgos y seguridad ciudadana
Se elaborará el diagnóstico y se planteará las estrategias y planes maestros de actuación para las principales amenazas existentes al interior y exterior de las provincias. Se identificarán las prioridades y los proyectos a promoverse en materia de prevención y mitigación de riesgos y se precisarán las áreas de actuación institucionales y de vulnerabilidades físicas para prevenir y mitigar los riesgos. La información generada en el nivel provincial servirá para alimentar el plan maestro nacional que identificará fuentes de recursos nacionales y los compromisos del Gobierno con la promoción y gestión de cooperaciones y donaciones internacionales y gestión de asistencia técnica internacional. En cuanto a la seguridad ciudadana, que constituye un objetivo nacional permanente, se deberá analizar con las correspondientes instituciones provinciales dependientes del Ministerio de Gobierno y Policía y Ministerio de Defensa Nacional, así como con las organizaciones de la sociedad civil para la organización, estructura y equipamiento, a fin de preparar programas de seguridad ciudadana, estableciendo plazos, responsables y financiamiento, en el cual deben figurar las aportaciones comunitarias locales.
8.7
Instructivo para el seguimiento y evaluación del plan de desarrollo provincial
Para que las Instituciones comprometidas con la ejecución de los Planes Provinciales puedan realizar monitoreos elaborará un instructivo que contenga el procedimiento para el control y evaluación, a fin de facilitar el seguimiento de los planes y proyectos, y para que la ciudadanía pueda ejercer su derecho a solicitar rendición de cuentas de los mismos con el propósito de rectificar o ratificar el cumplimiento de los objetivos, políticas, estrategias, metas propuestas y acciones en el corto y mediano plazo. El instructivo se basará en una matriz de indicadores de evaluación de eficiencia y calidad para el análisis de control y cumplimiento del Plan. Se establecerá la periodicidad, las unidades administrativas responsables, el procedimiento para aplicar la rendición de cuentas y los destinatarios de los informes.
III.
METODOLOGÍA Y RESPONSABILIDADES
9.
METODOLOGÍA PARTICIPATIVA Y DESCENTRALIZADA
La metodología de trabajo para la elaboración de los planes de desarrollo provincial tiene que ser participativa y descentralizada. Participativa, por la concurrencia de las entidades seccionales, instituciones provinciales dependientes del gobierno central, entidades 11
ELABORACION DE PLANES DE DESARROLLO PROVINCIAL
autónomas, organizaciones gremiales y en general, por la participación ciudadana representada por organizaciones jurídicas de orden social, político, cultural y económico. Descentralizada, por la participación activa de los gobiernos seccionales autónomos.
Para formular los Planes Provinciales se organizarán asambleas provinciales, con la participación de representantes de los gobiernos seccionales y del gobierno central y las organizaciones jurídicamente reconocidas y se crearán Comités Permanentes de Desarrollo Provincial ( Ley Nº 27, Art.21)
Un primer compromiso de la asamblea será la elaboración del diagnóstico provincial para lo cual se contará, como insumo, con la información estadística actualizada, los estudios e informes globales y específicos relativos a la provincia. La asamblea definirá la Visión y Misión provinciales. Entendiéndose por Visión, la expresión del futuro deseado, con relación a lo que debe ser la provincia después de cinco o diez años; es la que aspira una sociedad para que le garanticen condiciones dignas de vida, igualdad de oportunidades y acceso al conocimiento, como resultado del desarrollo económico y social sustentable, la equitativa redistribución del ingreso, la apropiada satisfacción de las necesidades de la población y la democracia amplia, participativa y ética; y por Misión, la razón de ser de la provincia, incorporando los enfoques de género, pluriculturalidad, ambiente y generacional, para orientar el desarrollo sustentable; se señalan los propósitos, los sectores, grupos o familias a quiénes se dirigen los esfuerzos de la provincia; los bienes o servicios que se prestan a esos sectores; los métodos y técnicas de trabajo. Para el efecto se constituirán mesas de diálogo en las que se discutirán los problemas, las potencialidades, los objetivos estratégicos del desarrollo provincial. Las mesas pueden ser temáticas y/ o sectoriales. Las mesas también definirán las líneas de acción y/ o estrategias y metas generales del desarrollo provincial. Para reforzar el proceso de planificación participativa y descentralizada se requiere constituir asambleas cantonales con representación de las parroquias rurales que participen en la elaboración del diagnóstico local. La información de nivel cantonal será la base para elaborar el diagnóstico de nivel provincial y recoger los planteamientos concretos que deben incluirse en el Plan de Desarrollo de la Provincia. Sobre la base de todo lo anterior, las asambleas provinciales darán prioridad a los programas, proyectos y actividades, identificando fuentes de financiamiento locales, provinciales, regionales, nacionales, externas y de cooperación internacional. La planificación debe incluir las instituciones responsables, calendario de ejecución y compromisos institucionales. ODEPLAN realizará convenios de ejecución, seminarios, talleres y capacitación, para viabilizar la ejecución de los Planes Provinciales. Es de resaltar que una de las acciones fundamentales de ODEPLAN será llevar a cabo un proceso de concertación interna entre las principales instituciones involucradas en el quehacer económico, social y político de cada provincia. 12
ELABORACION DE PLANES DE DESARROLLO PROVINCIAL
10.
PARTICIPACIÓN Y RESPONSABILIDADES EN LA GESTION DE LOS PLANES PROVINCIALES
10.1
Participación de las instituciones
Teniendo en cuenta la estructura funcional del Estado, se requiere la integración de las entidades públicas y privadas, cuya participación activa es irrenunciable en la elaboración de los Planes de Desarrollo Provincial, proporcionando información y designando representantes para que se integren a los equipos de trabajo y participen en los foros o talleres provinciales y cantonales. Es muy importante la participación de la ciudadanía de la provincia, representada por las organizaciones y gremios de la producción, del comercio, de la cultura con sede en las capitales provinciales y en las cabeceras cantonales. La participación integral y democrática de los beneficiarios de los planes provinciales, cumple con el mandato constitucional de que la planificación sea participativa.
10.2
Responsabilidades de las instituciones
Las responsabilidades o funciones que corresponden a cada Institución son las siguientes: La Oficina de Planificación -ODEPLAN-: ejecutará las acciones técnicas y de coordinación interinstitucional, conforme a las políticas generales y particulares que guían la acción del Gobierno Nacional, necesarias para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en los artículos 254 y 255 de la Constitución Política de la República. Las Unidades de Planificación de los Ministerios e Instituciones de la Función Ejecutiva: Elaborarán los Planes Institucionales Sectoriales y Provinciales en los ámbitos de su competencia, inscritos en los objetivos y políticas de los planes nacionales de desarrollo y en las políticas gubernamentales. Para el efecto, mantendrán permanente coordinación con la Oficina de Planificación de la Presidencia de la República. Las Gobernaciones Provinciales: Además de las atribuciones determinadas en el artículo 227 de la Constitución Política de la República, los Gobernadores participarán en todas las actividades de la planificación provincial conjuntamente con los funcionarios y representantes provinciales de las instituciones de la Función Ejecutiva. Los Gobiernos Seccionales Autónomos: De conformidad con las disposiciones vigentes en materia de planificación, ejecución de obras y prestación de servicios a las comunidades, están obligados a participar en la elaboración de los planes provinciales, organizando y 13
ELABORACION DE PLANES DE DESARROLLO PROVINCIAL
asumiendo la dirección de la planificación a nivel provincial. Los Consejos Provinciales dirigirán y coordinarán las actividades que conduzcan a la elaboración de los Planes de Desarrollo Provinciales, para lo cual contarán con la participación de sus unidades de planificación, de los Municipios, de las Juntas Parroquiales y el apoyo técnico de la ODEPLAN. Los planes deberán estar articulados con el Plan Nacional de Gobierno. Las Entidades de Desarrollo Regional: Participarán en la elaboración de los planes provinciales, de acuerdo al ámbito de su jurisdicción, proporcionando información técnica, legal y económica referida a los planes y proyectos a su cargo. Las Circunscripciones Territoriales Indígenas y Afroecuatorianas: Participarán en la planificación, coordinación, ejecución y evaluación de las actividades que corresponden a sus competencias, integrándose activamente al proceso de la planificación. La Sociedad Civil: Representada por las Organizaciones Sociales y Productivas jurídicamente reconocidas participará en la planificación, coordinación, ejecución y evaluación de las actividades inherentes a sus competencias, integrándose activamente al proceso de la planificación.
10.3
Responsabilidad de la Planificación Provincial (Anexo 4)
De conformidad a lo que establece el Decreto Ejecutivo No. 1133 de 17 de enero del 2001, la Planificación Provincial estará bajo la responsabilidad de: -
El Prefecto Provincial quien dirigirá y coordinará la Planificación Provincial; El Gobernador de la Provincia quien coordinará la participación de los representantes institucionales del Gobierno Central; Los Alcaldes de los Cantones que componen la Provincia; Los Presidentes de las Juntas Parroquiales Rurales; Los representantes de las Entidades de Desarrollo Regional. Los representantes de las Circunscripciones Territoriales Indígenas y Afroecuatorianas; y, Los representantes de las organizaciones sociales y productivas jurídicamente reconocidas, con sede provincia y cantonal.
En cada Consejo Provincial se establecerá una Secretaría de Planificación Provincial que se encargará de estructurar, mantener y actualizar la información provincial de carácter económico, social y productivo, considerando los instrumentos técnicos establecidos por ODEPLAN, con el fin de que se constituya en fuente de información permanente para todos los sectores de la provincia y se integre a la red nacional de información para la planificación. Asimismo, será la encargada de organizar y supervisar la ejecución de los respectivos planes, programas y proyectos. La sociedad civil tendrá una participación activa en la supervisión y control de la gestión.
14
ELABORACION DE PLANES DE DESARROLLO PROVINCIAL
11.
DIRECCIÓN Y COORDINACIÓN GENERAL
La Oficina de Planificación, ODEPLAN, tendrá a su cargo la dirección y coordinación general del trabajo de elaboración de los planes provinciales para lo cual realizará lo siguiente: Apoyará, fortalecerá y brindará asistencia técnica para la formulación de los Planes de Desarrollo Provincial. Descentralizará la información técnica, científica y estadística que se utilizará en el proceso de la planificación para cada provincia. Ejecutará acciones de coordinación institucional con los Consejos Provinciales, Municipios, ECORAE, INGALA, COSENA, CONAM, entidades regionales, Universidades, ONG’s, entre otras, que permitan fortalecer y desarrollar las capacidades técnicas, operativas y de gestión. Capacitará, a los funcionarios de las Unidades de Planificación del Gobierno Central y Seccional y otros, en temas de planificación. Apoyará la coordinación para el cumplimiento de las responsabilidades de las instituciones públicas y de las organizaciones privadas que participarán en la elaboración de los planes provinciales. Apoyará la formulación de los términos de referencia para la contratación de empresas consultoras o consultores privados especializados. Apoyará en la definición del perfil profesional tanto del equipo multidisciplinario como del personal técnico y profesional con el que deben contar las empresas consultoras privadas. Designará coordinadores de ODEPLAN para que participen en la gestión de la elaboración de los planes. Validará los planes provinciales. Sistematizará y homogenizará la información provincial para obtener el documento único y uniforme de planificación nacional. Elaborará los documentos técnicos y legales que sirvan de sustento para la planificación provincial, los mismos que formarán parte integrante del presente proyecto.
12.
RESPONSABILIDADES DE LAS EMPRESAS CONSULTORAS
Las consultoras que se contraten para la elaboración de los planes provinciales se sujetarán estrictamente a los términos de referencia técnicos y económicos contenidos en los contratos, así como al control técnico o monitoreo que efectuará ODEPLAN en los lugares de trabajo para verificar el grado de avance de las actividades. 15
ELABORACION DE PLANES DE DESARROLLO PROVINCIAL
El control de avance de los trabajos se efectuará con personal especializado de la planta de ODEPLAN, el cual consignará por escrito, si fuere necesario, los pedidos concretos referidos a la calidad de los trabajos realizados. Los Prefectos Provinciales, que ejercerán la dirección y coordinación del proceso de elaboración de los planes, estarán obligados a monitorear el trabajo de las empresas consultoras, con sujeción a los términos contractuales, a proporcionar personal técnico de contraparte de las empresas contratadas para garantizar la supervisión de los planes en la etapa de ejecución y a prestar facilidades de oficinas y otros medios que permitan el cumplimiento de los cronogramas establecidos en los contratos.
13.
AVANCES DE ODEPLAN EN EL PROCESO
Para institucionalizar el Sistema Nacional de Planificación Descentralizado y Participativo, se contó con la asistencia financiera del Banco Interamericano de Desarrollo, que permitió el desarrollo de metodologías, enfoques e instrumentos como bases para la consolidación del mencionado sistema. Con la asistencia financiera del Banco Mundial y el Programa de Modernización del Estado, la entidad cuenta con el Sistema de Información para la Planificación “Atlas para el Desarrollo Local”, en el que se presentan indicadores como: índice de desarrollo educativo, índice de salud, índice de vivienda, índice de infraestructura básica, incidencia de la pobreza e índice de gestión municipal. Con recursos del Banco Interamericano de Desarrollo, se está ejecutando el proyecto “Formulación Participativa y Descentralizada del Plan de Desarrollo Provincial de Chimborazo”. Para el proceso de formulación del proyecto se conformó la Junta de Desarrollo Provincial de Chimborazo, que cuenta con la participación de diferentes actores sociales de la provincia. El monto de la asistencia financiera para este propósito se estima en USD 250.000. La ODEPLAN como entidad técnica encargada de estructurar el Sistema Nacional de Planificación Descentralizado y Participativo, desarrolló catorce eventos de capacitación para tratar los enfoques, las metodologías y los instrumentos de planificación participativa. Dichos eventos fueron dirigidos a funcionarios de las unidades de planificación de Municipios, Consejos Provinciales, Ministerios, Gabinetes Provinciales, delegaciones ministeriales en regiones y provincias, Universidades, ONG’s y otras instituciones de la sociedad civil. Como complemento a las acciones realizadas, ODEPLAN participa en el Programa diseñado por la CAF para Prevención y Mitigación de desastres, así como en el fortalecimiento Institucional para eliminar o reducir las vulnerabilidades y los riesgos en general y del fenómeno del Niño en particular, delineando políticas y estrategias indispensables para enfrentar esta problemática. 16
ELABORACION DE PLANES DE DESARROLLO PROVINCIAL
14.
OTROS ESFUERZOS DE PLANIFICACIÓN
Dentro de las dinámicas descentralizadoras y de búsqueda de nuevos paradigmas de desarrollo regional y seccional han surgido iniciativas interesantes en el ámbito de la planificación en varias provincias y cantones del país, así por ejemplo: En la provincia de Esmeraldas el CLIRSEN concluyó el estudio de la zonificación económica ecológica (ZEE) a través del uso de los Sistemas de Información Geográfica, lo cual permitirá contar con los elementos para la toma de decisiones a fin de alcanzar el desarrollo sustentable de la región. EL Instituto Nacional Galápagos esta impulsando la realización del “Plan Regional de Galápagos”. En el mismo están participando varias entidades públicas y privadas y otras organizaciones vinculadas al tema conservacionistas y ambiental. ODEPLAN esta apoyando y dando asistencia técnica a la elaboración del plan. Para el efecto suscribió un convenio de Cooperación Técnica con el INGALA. El Instituto de Desarrollo para la Región Amazónica (ECORAE), ha realizado un importante avance en la realización de los Planes de Desarrollo Sustentable de varias provincias de la Amazonía. Dichos planes se encuentran en un proceso de ajuste de acuerdo a las propuestas de ODEPLAN para la planificación provincial, los mismos, se sustentan en un Convenio de Cooperación Institucional que suscribió ODEPLAN con el ECORAE. Los procesos de planificación participativa y descentralizada que se han puesto en práctica en los Municipios de Guamote, Cotacachi, Saquisilí y Tena, son experiencias importantes que deben ser perfeccionadas para consolidar acciones en ámbitos más amplios. IV.
PRESUPUESTO
Para la elaboración de los veinte y dos planes de desarrollo provincial, el requerimiento financiero asciende a US$ 5’528.000, de los cuales, US$ 770.000 se estiman con recursos del Gobierno Central, US$ 571.000 con aportaciones de los gobiernos seccionales y los restantes US$ 4’187.000 con financiamiento externo. El plan financiero contempla aportaciones de las siguientes instituciones: Miles de dólares •
Gobierno Central: ODEPLAN, Ministerios de Estado, COSENA • Gobiernos Seccionales: Consejos Provinciales y Municipios • Instituciones de Desarrollo: INGALA, ECORAE • Entidades Financieras Internacionales TOTAL
770.0 63.0 508.0 4.187.0 5.528.0 17
ELABORACION DE PLANES DE DESARROLLO PROVINCIAL
V.
TIEMPO DE EJECUCIÓN DE LOS PLANES
Se estima un tiempo de seis meses para la ejecución de los Planes de Desarrollo Provincial, según el siguiente cronograma.
CRONOGRAMA
CONCEPTO
Mes 1
Mes 2
Mes 3
Mes 4
Mes 5
Mes 6
1. Diagnóstico 1.1 Actualización información estadística 1.2 Diagnóstico provincial 1.3 Diagnóstico cantonal 2. Cartografía digital
3. Identificación y priorización de programas y proyectos 4. Elaboración de tres estudios macroproyectos nivel prefactibilidad 5. Propuestas desarrollo institucional 6. Propuestas prevención riesgos y seguridad ciudadana 7. Instructivo para seguimiento y evaluación de los planes 8. Publicación planes 9. S.N.P. integrado y en red
VI.
PRODUCTOS ESPERADOS
Al final de los seis meses se plantea cubrir las siguientes metas: ß
Veinte y dos Planes de Desarrollo Provincial elaborados y armonizados.
ß
Tres proyectos de prefactibilidad por cada provincia identificados como prioritarios y con estudios concluidos.
18
ELABORACION DE PLANES DE DESARROLLO PROVINCIAL
ß
Veinte y dos propuestas de fortalecimiento institucional de las instancias ejecutoras de los Planes de Desarrollo Provincial, a nivel seccional y gubernamental.
ß
Veinte y dos propuestas provinciales de prevención y mitigación de desastres, vulnerabilidades y riesgos, e impactos ambientales, incorporados en los Planes de Desarrollo Provincial.
ß
Sistema Nacional de Planificación integrado y en red.
ß
Sistema de Información Nacional y desglosado para cada provincia, actualizado.
ß
Sistema de Programación y Seguimiento de la Inversión Pública incorporando los ámbitos provincial, regional y nacional.
19
ELABORACION DE PLANES DE DESARROLLO PROVINCIAL
ANEXO No. 1 DOCUMENTACIÓN LEGAL QUE DEBE SER CONSIDERADA COMO SUSTENTO EN EL PROCESO DE ELABORACIÓN DE LOS PLANES PROVINCIALES
Las autoridades y las empresas consultoras que participan en la elaboración de los planes deberán tener en cuenta las disposiciones que al respecto constan en las siguientes normas: Constitución Política de la República del Ecuador (10 Agosto, 1998). Ley Orgánica de las Juntas Parroquiales Rurales (23 Octubre, 2000). Ley Especial de Descentralización del Estado y de Participación Social (25 Septiembre, 1997). Ley Especial de Distribución del 15% del Presupuesto del Gobierno Central para los Gobiernos Seccionales (R.O. No.27 de 20 de Marzo, 1997). Ley del Fondo para el Ecodesarrollo Regional Amazónico y de Fortalecimiento de sus Organismos Seccionales (R.O. No. 30 de 21 de Septiembre, 1992. Ley de Creación de la Corporación Ejecutiva para la Reconstrucción de las Zonas Afectadas por el Fenómeno de El Niño –CORPECUADOR- (R.O. No. 378 de 7 de Agosto, 1998). Ley de Régimen Especial para la Conservación y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Galápagos (R.O. No. 278 de 18 de Marzo, 1998). Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios por parte de la Iniciativa Privada (R.O. No. 349 de 31 de Diciembre, 1993). Ley de Creación del Fondo de Solidaridad (R.O. No. 661 de 24 de Marzo, 1995). Ley Forestal y de Conservación de Areas Naturales y Vida Silvestre (R.O. No 64 de 24 de agosto, 1981). Políticas Básicas Ambientales del Ecuador (Decreto Ejecutivo 1802, R.O. No. 456 de 7 de Junio, 1994). Disposiciones Relativas a la Protección, Conservación y Control de los Bosques Naturales y Manglares (Decreto Ejecutivo 1907, R.O. No. 482 de 13 de Julio, 1994). Ley de la Cartografía Nacional (R.O. No. 643 de 17 de Julio, 1978). Ley de Aguas (Decreto Supremo No. 369, R.O. No. 069 de 30 de Mayo, 1972)
20
ELABORACION DE PLANES DE DESARROLLO PROVINCIAL
ANEXO No. 2
EQUIPO TÉCNICO MULTIDISCIPLINARIO DE LAS EMPRESAS CONSULTORAS La Consultora deberá tener por lo menos 5 años de experiencia en el apoyo a procesos de planificación participativa y Sistemas de Información Geográfica (GIS) a nivel local, su equipo mínimo de trabajo tendrá los siguientes perfiles:
PERSONAL CLAVE No. DIRECTOR DEL 1 PROYECTO
COORDINADOR PROYECTO
DEL
PERFILES Especialista en planificación y / o gestión de Proyectos con título terminal en (Economista, Sociólogo, Ing. Agrónomo, Ing. Geógrafo, Arquitecto) con experiencia específica de por lo menos 5 años, con conocimientos en zonificación económica y ecológica y sistemas de información geográfica, manejo dirección de equipos de trabajo, y con experiencia general de mínimo 10 años. Profesional en planificación y / o gestión de Proyectos con título terminal en (Economista, Sociólogo, Ing. Agrónomo, Ing. Geógrafo, Arquitecto) con experiencia específica de por lo menos 5 años, con conocimientos en zonificación económica y ecológica y sistemas de información geográfica, manejo dirección de equipos de trabajo, quien además ejercerá las funciones de Coordinador.
Personal Técnico para la Implementación del SIG en la ZEE CARTOGRAFIA BÁSICA
1
1 CARTOGRAFIA DIGITAL 1
1
1
1
Ingeniero Geógrafo, experto en manejo de recursos naturales, con experiencia específica en interpretación de censores remotos, manejo de cartografía, GIS y manejo de software, Arcinfo, Arcview, Microstation y experiencia general mínimo de 5 años. Ing. Forestal ó Agrónomo con experiencia específica en manejo de recursos naturales, gestión ambiental, interpretación de censores remotos, manejo de cartografía y GIS; experiencia 5 años. Lcdo. ó Dr. en Biología, con experiencia de por lo menos 3 años, en manejo de recursos naturales, gestión ambiental, interpretación de censores remotos, manejo de cartografía y GIS. Ingeniero con especialidad en hidrología, con experiencia específica de por lo menos 5 años, en manejo de recursos naturales, interpretación de censores remotos, manejo de cartografía y GIS. Experto Geólogo, con título terminal en ingeniería, con experiencia específica de por lo menos 5 años, en manejo de recursos naturales, interpretación de censores remotos, manejo de cartografía y GIS. Sociólogo con título terminal en Sociología, con experiencia de por lo menos 3 años en estudios de actividades productivas, manejo de recursos naturales, cartografía y GIS, además experiencia general de 5 años. Sigue.......
21
ELABORACION DE PLANES DE DESARROLLO PROVINCIAL
PERSONAL CLAVE
No.
PERFILES
Personal Técnico para la elaboración del Plan de Desarrollo Experto en Planificación Participativa
1
Experto formulación de proyectos
1
Experto en gestión ambiental
1
Experto en enfoques de Pluriculturalidad
1
Experto en Desarrollo Territorial
1
Investigador Principal (Jefe de equipo)
1
Profesional en Ciencias Sociales, económicas ó afines especializado en planificación participativa y desarrollo institucional, con experiencia específica y general de por lo menos 5 años. Especialista en identificación, preparación y evaluación de proyectos de inversión y sociales, con experiencia específica y general de por lo menos 5 años . Especialista en temas ambientales con título terminal en ingeniería ó biología, con experiencia en planificación, ejecución y evaluación de programas de asistencia técnica a nivel local, regional y nacional y con experiencia general de por lo menos 5 años. Antropólogo o Sociólogo con experiencia en el manejo de enfoques de género, generacional y pluriculturalidad, en proyectos de desarrollo con organizaciones y comunidades, a ser seleccionado de una terna enviada por los movimientos sociales de la provincia, con experiencia específica y general de por lo menos 3 años. Profesional especializado en ordenamiento (desarrollo) territorial, tenencia de la tierra con título terminal en ingeniería, con experiencia específica y general de por lo menos 3 años. Economista ó Sociólogo, con experiencia específica y general de 5 años en trabajos de investigación socio económica, con conocimientos en estadística y econometría.
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ELABORACION DE PLANES DE DESARROLLO PROVINCIAL
ANEXO No. 3 PRESUPUESTO Y TERMINOS DE REFERENCIA PARA LA CONTRATACION DE PERSONAL
1. FINANCIAMIENTO Y PERSONAL A CONTRATARSE ODEPLAN contratará servicios profesionales para el personal que asesorará, coordinará y ejecutará actividades técnicas especializadas antes, durante y después del proyecto que abarca la realización de los planes provinciales, los mismos que se ejecutarán con firmas consultoras y con personal técnico de los Consejos Provinciales y otras instituciones de contraparte local. En términos generales, el personal a contratarse se encargará, en cada especialidad, de recabar información disponible, establecer la metodología puntual de trabajo a la que deberán sujetarse las firmas consultoras, los resultados esperados que en cada especialidad deberán aparecer en los planes provinciales, monitorear el trabajo de las firmas consultoras, revisar el contenido de los objetivos, actividades, programas y proyectos definidos en la metodología participativa, resolver o responder a las firmas consultoras sobre temas específicos de la especialidad, aprobar en forma previa el trabajo de las firmas consultoras y asumir y responsabilizarse de cualquier otra u otras actividades que se le asigne por parte de ODEPLAN. El personal a contratarse es el siguiente:
ASESORES
Coordinador General Coordinadores Provinciales Experto en Planificación Estratégica Expertos en Sistemas Expertos en enfoque de género y diversidad etárea Expertos en enfoque de ambiental Experto en prevención y mitigación de riesgos Experto en desarrollo institucional
TOTAL
No. EXPERTOS
TIEMPO (Meses)
1
12
1.000
12.000
12 1 2 3
12 12 6 6
600 600 600 600
86.400
3 1
6 12
600 600
5.400 7.200
1
12
600
7.200
24
MENSUAL US$
TOTAL
7.200 5.400
138.000
23
ELABORACION DE PLANES DE DESARROLLO PROVINCIAL
2. UBICACIÓN O AREA DE TRABAJO La ubicación del personal de consultores de ODEPLAN será la siguiente: ASESORES
SEDE O AREA DE TRABAJO
1 Coordinador General
Quito, asesoría a nivel nacional
12 Coordinadores Provinciales:
1 Esmeraldas – Pichincha 1 Carchi – Imbabura 1 Cotopaxi – Tungurahua 1 Chimborazo – Bolívar 1 Cañar – Azuay 1 Loja 1 Guayas 1 El Oro – Los Ríos 1 Manabí 3 Región Amazónica (1) Galápagos (2) Quito, asesoría a nivel nacional
1 Planificador Estratégico 2 Ingenieros Sistemas:
o
Técnicos
en 1 Guayaquil 1 Quito, Regiones Sierra y Amazonía
3 Expertas/os en enfoque de género 1 Región Amazónica 1 Región Sierra y generacional: 1 Región Litoral 3 Expertos en ambiente:
1 Región Amazónica 1 Región Sierra 1 Región Litoral
1Experto en prevención y mitigación de riesgos
Riobamba, asesoría a nivel nacional
1 Experto en desarrollo institucional
Guayaquil, asesoría a nivel nacional
(1) En acuerdo con el ECORAE con los 3 Consultores que se contratarían se atenderá toda la Región Amazónica. (2) Para esta provincia la coordinación se cubre con personal de ODEPLAN.
3. TÉRMINOS CONTRACTUALES PARA EL PERSONAL DE ODEPLAN
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ELABORACION DE PLANES DE DESARROLLO PROVINCIAL
3.1 La contratación del personal se sujetará a las normas del párrafo 8º., del título XXV, del libro cuarto del Código Civil y a la excepción contenida en el literal d) del Art. 11 de las Normas de Restricción del Gasto Público expedidas en el Suplemento al Registro Oficial No. 59 de 1 de Noviembre de 1996. Como normas supletorias se tendrán las leyes y reglamentos que conforman el Estatuto Público. 3.2 En los contratos se observará el trámite que debe cumplir ODEPLAN, ante la Presidencia de la República y Ministerio de Economía y Finanzas. 3.3 El personal contratado se obligará a prestar los servicios profesionales en la sede y área jurisdiccional que se asigne, será dependiente de la Oficina de Planificación de la Presidencia de la República, desarrollará su trabajo técnico con sujeción a los respectivos términos de referencia que, para cada caso, se puntualiza en el siguiente numeral. 3.4 El valor total de cada contrato se pagará en mensualidades, de acuerdo a la certificación del Director Financiero de la Presidencia de la República, valor al cual se le agregará el 12% del Impuesto al Valor Agregado. La Dirección Financiera realizará las retenciones del caso de conformidad con las normas tributarias vigentes. 3.5 Los gastos por concepto de viáticos y pasajes que ocurran por las funciones que deba realizar el personal contratado, cuando tenga que cumplir actividades técnicas encomendadas fuera de la ciudad sede y área jurisdiccional asignada, correrán de cuenta de la Presidencia de la República. 3.6 El personal contratado presentará informes mensuales sobre avance de los trabajos a la Directora Ejecutiva de la Oficina de Planificación de la Presidencia de la República, los mismos que deberán tener el visto bueno de la indicada funcionaria para efectuar los pagos parciales o mensuales. 3.7 El personal contratado deberá presentar garantía por el fiel cumplimiento del contrato, por el equivalente al 5% del monto total del mismo, garantía que deberá estar vigente hasta la finalización del contrato. 3.8 En caso de controversia o juicio derivado de los contratos, las partes señalan domicilio en la ciudad de Quito y se someterán a los jueces competentes de la provincia de Pichincha. 4. TÉRMINOS DE REFERENCIA Y PERFILES TÉCNICOS Además de los términos de referencia generales que debe cumplir el personal contratado, de acuerdo a lo que se describe en el numeral 2, los términos de referencia específicos y los perfiles técnicos, constan a continuación: 4.1 Coordinador General: responsable del control técnico y de avance general del proyecto; seguimiento del cumplimiento del trabajo por parte de las firmas consultoras; revisión y pedido 25
ELABORACION DE PLANES DE DESARROLLO PROVINCIAL
de ajustes, ampliaciones o aclaraciones técnicas, si fuere el caso, sobre los informes de avance presentados por las firmas consultoras; tramitación ante la Subdirección Ejecutiva de ODEPLAN de los informes de avance de las firmas consultoras; coordinar las actividades técnicas de todos los profesionales y expertos contratados para lograr la más ágil y eficiente asesoría por parte de dichos profesionales. Profesional con amplia experiencia en planificación y ejecución de proyectos y coordinación y conducción de grupos técnicos de trabajo en el campo de la planificación. 4.2 Coordinadores Provinciales: responsables del control técnico de la ejecución del proyecto y del cumplimiento de la coordinación de actividades entre la firma consultora y las autoridades provinciales, cantonales y parroquiales y delegados de las otras instituciones y organizaciones públicas y privadas convocadas para participar en la elaboración de los planes provinciales; participar activamente en las reuniones o talleres técnicos requeridos por la planificación estratégica para conocer las necesidades que plantean y acuerdan las organizaciones convocadas; conocer el contenido de los informes de avance que presenten las firmas consultoras y elevarlos a conocimiento del Coordinador General. Profesionales de ciencias sociales, económicas, de ingeniería agronómica, arquitectura, con experiencia en planificación y/o elaboración de programas y proyectos. Deseable con experiencia de campo en planificación estratégica. 4.3 Experto en Planificación Estratégica: responsable de elaborar el instructivo técnico sobre planificación estratégica al que deberán sujetarse las firmas consultoras en el proceso de la planificación provincial, proceso que a su vez deberá estar enmarcado en las disposiciones de los Arts. 254 y 255 de la Constitución Política de la República; programar y ejecutar seminarios sobre planificación estratégica con especial referencia a las técnicas o módulos de participación y a los resultados esperados en el ámbito provincial; elaborar documentos técnicos que se utilizarán en los seminarios; responder consultas o requerimientos técnicos que planteen las empresas consultoras respecto de la aplicación de la planificación estratégica; participar en la elaboración del Modelo de Gestión o Administración de los Planes Provinciales, que incluya reglamentación y/o normas operativas para lograr fluidez en la ejecución, seguimiento, control y evaluación de la planificación provincial y en la consolidación de los planes a nivel nacional para obtener resúmenes sectoriales por programas y proyectos. Profesional en ciencias sociales con amplia experiencia en planificación estratégica, realización de trabajos de planificación participativa y en capacitación de técnicas de planificación. 4.4 Ingenieros o Técnicos en Sistemas: responsables de la producción y manejo técnico de mapas geomatizados basados en información física, étnica y socio-económica (con respaldo en información satelital y estadística); de la capacitación a técnicos y profesionales en la utilización de la geomática aplicada a la planificación; de la asistencia técnica y puesta en marcha de técnicas geomatizadas en los Consejos Provinciales con fines de actualización y seguimiento de planes, programas y proyectos.
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ELABORACION DE PLANES DE DESARROLLO PROVINCIAL
Profesionales o Técnicos con experiencia en Ingeniería de Sistemas o cursos de especialización en aplicación de la informática a la producción de mapas y estadísticas para planificación. 4.5 Expertos en enfoque de género y diversidad generacional: responsables de elaborar los instructivos técnicos, sobre el componente género y diversidad etárea que servirá de base a las firmas consultoras para incluir estos enfoques en la planificación provincial; en base a la equidad de género lograr que en los programas y proyectos identificados participativamente, se prioricen estrategias que conduzcan a incrementar la productividad de las mujeres en función de mejorar el ingreso familiar y aprovechar el incremento o mejoramiento de renglones productivos originados en el trabajo de las mujeres o en trabajos mixtos; monitorear a nivel regional el trabajo de esta especialidad; prestar asistencia técnica y capacitación en la especialidad a las instituciones y organizaciones inmersas en el proceso de la planificación provincial; participar en la elaboración del Modelo de Gestión o Administración de los Planes Provinciales y en la consolidación de éstos a nivel nacional, conforme se especifica en el numeral 4.3. Profesionales en sociología o ramas afines con experiencia en trabajos prácticos de campo en la especialidad y en la elaboración de proyectos con componentes específicos de género. 4.6 Expertos en enfoque ambiental: responsables de elaborar los instructivos técnicos sobre el componente ambiental que servirá de base a las firmas consultoras para el desarrollo de esta especialidad en los planes provinciales; cruzar el tema ambiental en el contenido de los planes provinciales para lograr sostenibilidad en los programas y proyectos; elaborar un glosario de términos técnicos y científicos sobre la especialidad; monitorear a nivel regional el trabajo de esta especialidad; prestar asistencia técnica y capacitación en enfoque ambiental a las instituciones y organizaciones comprometidas en la planificación provincial; participar en la elaboración del Modelo de Gestión o Administración de los Planes Provinciales y en la consolidación de éstos a nivel nacional conforme se indica en el numeral 4.3. Profesionales en Biología, Ingeniería Agronómica o ramas afines con experiencia en trabajos prácticos de campo y en la elaboración de proyectos con integración de componentes ambientales. 4.7 Experto en prevención y mitigación de riesgos: responsable de coordinar a nivel nacional y provincial el componente de esta especialidad que debe constar en los planes provinciales: identificación de peligros y / o riesgos que podrían ocurrir en las provincias, como sismos, erupciones volcánicas, inundaciones, deslaves y otros; medidas de prevención que se deben tomar por parte de las instituciones y sociedad en general; medidas de mitigación contra efectos que podrían ocurrir ante hechos evidentes y obras, trabajos y / o acciones que deben ejecutarse, responsables y costos y posible financiamiento. Toda esta especialidad debe elaborarse en coordinación con las Juntas Provinciales de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil y en armonía con la Ley y Reglamento General de Seguridad Nacional. Monitorear el trabajo de esta especialidad con las firmas consultoras responsables de la elaboración de los planes provinciales; asistir a las firmas consultoras y organismos provinciales en la resolución de consultas técnicas sobre la especialidad; elaborar un resumen ejecutivo a nivel nacional de propuestas de la especialidad incluidas o descritas en los planes provinciales. 27
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Profesional Ingeniero Geólogo o de rama a fin con amplia experiencia en trabajos y asistencia técnica sobre seguridad ciudadana y defensa civil. 4.8 Experto en Desarrollo Institucional: responsable de coordinar a nivel nacional el trabajo de las consultoras en el tema de la especialidad para que en los planes provinciales se resalten las medidas administrativas, reformas legales, proyectos y en general acciones que deben adoptarse, en términos consensuados, para mejorar la calidad de los servicios por parte de las instituciones públicas y del gobierno seccional; elaborar términos referenciales sobre leyes, decretos y reglamentaciones en materia de organización institucional pública y privada que sirva de base para el trabajo de las firmas consultoras; prestar asistencia técnica a las firmas consultoras y en especial a los organismos seccionales y direcciones provinciales del gobierno central para apoyar procesos de descentralización y desconcentración; participar en la elaboración del Modelo de Gestión o Administración de los Planes Provinciales y en la consolidación de éstos a nivel nacional en los términos que aparecen en el numeral 4.3. Profesional en Jurisprudencia o Administración con experiencia en trabajos de asesoría y / o dirección en desarrollo institucional. 5. TERMINOS UTILIZADOS Proyecto: se refiere a la formulación o elaboración de planes de desarrollo para cada provincia como compromiso del Gobierno que consta en el Plan 2000-2003. Contratos de servicios profesionales: es el acto de contratar expertos o asesores para prestación de servicios en temas específicos; profesionales que se integrarán al equipo interdisciplinario designado por ODEPLAN para la ejecución del proyecto. Sede o área de trabajo: es el nombre de la ciudad sede o de la jurisdicción provincial, regional o nacional en donde deben desarrollar los trabajos de asesoría los profesionales contratados. Costo mensual: es la remuneración mensual asignada a los profesionales contratados, valor que incluye la movilización, viáticos y/o subsistencias por desplazamientos dentro de la provincia o provincias que constituyen el área de trabajo. El personal contratado que tiene ámbito nacional de asesoramiento, cuando deba salir en comisión de servicio fuera de la ciudad sede, tendrá derecho a pago de pasajes y viáticos. Firmas consultoras: empresas o grupos de técnicos que serán contratados para la elaboración del proyecto, firmas a las cuales deben monitorear y asistir los profesionales o asesores contratados para verificar su eficiente trabajo.
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ANEXO No. 4 No. 1133 GUSTAVO NOBOA BEJARANO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el Art. 254 de la Constitución Política de la República referente a la planificación económica y social, señala que el sistema nacional de planificación establecerá los objetivos nacionales permanentes en materia económica y social, fijará metas de desarrollo a corto, mediano y largo plazo, que deberán alcanzarse en forma descentralizada, y orientará la inversión con carácter obligatorio para el sector público y referencial para el sector privado; Que el Art. 255 de la Carta Fundamental dispone que el sistema nacional de planificación debe estar a cargo de un organismo técnico dependiente de la Presidencia de la República y tendrá la participación de los gobiernos seccionales autónomos y de las organizaciones sociales que determine la ley; Que aún no se ha expedido la ley como lo señala la norma constitucional indicada; Que para dar cumplimiento a las obligaciones que le corresponde al Estado dentro del sistema de economía social de mercado, previsto en el artículo 244 de la Constitución Política, se creó mediante Decreto Ejecutivo No. 120 publicado en el Registro Oficial No. 27 de septiembre 16 de 1998, la Oficina de Planificación de la Presidencia de la República; Que a la Oficina de Planificación de la Presidencia de la República le corresponde ejercer las atribuciones que constan en el Decreto de creación y en el Decreto Ejecutivo No. 432 del 18 de diciembre de 1998, publicado en el Registro Oficial No. 96 de diciembre 28 de 1998; Que es necesario que la Oficina de Planificación de la Presidencia de la República lleve adelante el sistema nacional de planificación y coordine su ejecución con los organismos del régimen seccional autónomo y más organizaciones sociales; Que mediante Decreto Ejecutivo No. 103, publicado en el Registro Oficial No. 23 de febrero 23 de 2000, se asigna al Vicepresidente de la República la dirección general de la planificación del país y la dirección general de la Oficina de Planificación de la Presidencia de la República; y, En ejercicio de las atribuciones que le confieren, el Art. 171 numerales 3 y 9, Art. 255, y la Disposición Transitoria Trigésimo Novena de la Constitución Política de la República, y Art. 11 literales a), e), g) y h) del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva. D E C R E T A: Art. 1. Se establece el Sistema Nacional de Planificación, SNP, en las materias económica y social, con carácter obligatorio para el sector público, integrado por las instituciones señaladas en el artículo 118 de la Constitución Política de la República. 29
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Art. 2. El Sistema Nacional de Planificación guardará armonía con las políticas y procesos de descentralización y desconcentración establecidos en el artículo 225 de la Constitución Política de la República. Art. 3. La Oficina de Planificación de la Presidencia de la República, ODEPLAN, ejecutará las acciones técnicas y de coordinación interinstitucional necesarias para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en los artículos 254 y 255 de la Constitución Política de la República. Art. 4. La Oficina de Planificación, para el cumplimiento de sus competencias, actuará con sujeción a los principios descritos en la Constitución Política de la República y las políticas generales y particulares dispuestas por el Presidente de la República. Art. 5. ODEPLAN dirigirá y será responsable del Sistema Nacional de Planificación y estará integrado por un órgano de Dirección de Responsabilidad y dos Subsistemas de Planificación Nacional y Provincial. Art. 6. El Subsistema de Planificación Nacional estará conformado por la Oficina de Planificación de la Presidencia de la República como organismo de dirección y coordinación a nivel nacional, la Secretaría General del Consejo de Seguridad Nacional y las Unidades de Planificación de las instituciones de la Función Ejecutiva. Son funciones del Subsistema de Planificación Nacional: •
Elaborar el Plan Nacional de Desarrollo, integrando las políticas gubernamentales en materia económica y social, seguridad nacional y gestión administrativa; y,
•
Asesorar, coordinar e integrar la planificación provincial, a nivel nacional, en los casos que amerite.
Art. 7. El Subsistema de Planificación estará bajo la responsabilidad de: 1. El Prefecto Provincial, quien dirigirá y coordinará la planificación provincial; 2. El Gobernador de la provincia, quien coordinará la participación de los representantes institucionales de la Función Ejecutiva; 3. Los Alcaldes de los cantones que componen la provincia; 4. Los Presidentes de las Juntas Parroquiales; 5. El o los representantes de las entidades de desarrollo regional; 6. El o los representantes de las circunscripciones territoriales indígenas y afroecuatorianas; y, 7. Los representantes de las organizaciones sociales y productivas, jurídicamente reconocidas, con sede provincial y cantonal. Son funciones del Subsistema de Planificación Provincial: •
Elaborar el Plan Provincial de Desarrollo, tomando como referencia los objetivos y políticas gubernamentales; y,
•
Asesorar, coordinar e integrar el plan provincial con los programas y proyectos formulados a nivel cantonal y parroquial con la participación de la sociedad civil representada por las organizaciones sociales y productivas, jurídicamente reconocidas.
El Subsistema de Planificación Provincial contará con una Secretaría Técnica de Planificación Provincial con sede en los respectivos Consejos Provinciales, cuya función será la de mantener y actualizar la información provincial de carácter económico, social, productivo y de los enfoques locales y regionales de género, edad y 30
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pluriculturalidad, con el material técnico investigativo de su propia fuente y la que origine otros organismos radicados en la jurisdicción de la provincia. Art. 8. Los planes de desarrollo de las provincias servirán para identificar los proyectos, programas y acciones administrativas que deben ejecutarse en el ámbito provincial, así como para determinar los recursos económicos necesarios para ejecutar los planes y las fuentes de financiamiento. Los planes constituirán importantes directrices para orientar las decisiones del sector privado en la materia de inversión. Bajo estas consideraciones, el alcance de los planes en el tiempo será de corto, mediano y largo plazos y deberán ser evaluados y actualizados anualmente. Art. 9. Los planes provinciales serán presentados a la Oficina de Planificación, ODEPLAN, a través de los Prefectos Provinciales, en el transcurso del segundo trimestre de cada año, con la finalidad de considerarlos en lo que corresponda, en la proforma presupuestaria que elabora el Ministerio de Economía y Finanzas y la ODEPLAN para su posterior tramitación ante el Congreso Nacional. Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a los 17 días del mes de enero de 2001. f) GUSTAVO NOBOA BEJARANO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA.Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO f) MARCELO SANTOS VERA Secretario General de la Administración Pública.-
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