REGIMEN CAMBIARIO. Monica Lucia Bernal Valencia

REGIMEN CAMBIARIO Monica Lucia Bernal Valencia CONTENIDO  MERCADO LIBRE Y SERVICIOS  REGIMEN CAMBIARIO  MERCADO CAMBIARIO  REINTEGRO - RE

15 downloads 118 Views 3MB Size

Recommend Stories


BRITISH SCHOOL OF VALENCIA - REGIMEN Diciembre
BRITISH SCHOOL OF VALENCIA - REGIMEN Diciembre - 2016 671 Kcal. P.: 15 HC.: 57 L.: 25 G.: 4 744 Kcal. P.: 27 HC.: 36 L.: 34 G.: 8 5 6 FESTIVO M

ST. MONICA Catholic Church
February 23, 2014 ST. MONICA Catholic Church Seventh Sunday in Ordinary Time One Parish, One Journey Una Parroquia, Un Viaje 6131 N. Michigan Rd.

CONVENIO CAMBIARIO N 35
CONVENIO CAMBIARIO N° 35 El Ejecutivo Nacional, representado por los ciudadanos Rodolfo Medina Del Río, en su carácter de Ministro del Poder Popular p

Régimen sancionatorio cambiario aplicado
11/09/2015 Régimen sancionatorio  cambiario aplicado por la DIAN Principios y generalidades Régimen sancionatorio  cambiario aplicado por la DIAN Mo

Story Transcript

REGIMEN CAMBIARIO Monica Lucia Bernal Valencia

CONTENIDO 

MERCADO LIBRE Y SERVICIOS



REGIMEN CAMBIARIO



MERCADO CAMBIARIO



REINTEGRO - REEMBOLSO



DECLARACION DE CAMBIO



CUENTAS DE COMPENSACION



ALGUNAS FORMAS DE PAGO (Cartas de crédito)

MERCADO LIBRE vs. SERVICIOS

QUE SON LOS SERVICIOS Los servicios son prestaciones que a diferencia de los bienes no se pueden ver, tocar, ni almacenar. Los servicios acompañan casi todas las actividades que se adelantan en una economía, independientemente de que se trate de industrias que provean exclusivamente servicios, o se trate de industrias de servicios que apoyen la producción y comercialización de los bienes o de industrias autónoma para la producción de servicios.

COMERCIO DE SERVICIOS En el ámbito internacional son servicios un postgrado que se toma en el exterior, la asistencia técnica que presta un operario de una empresa que compra una tecnología en un país diferente al suyo; una obra de ingeniaría realizada por contratistas de otro país, entre otros.

¿Por qué exportar servicios? Exportar servicios es participar en una de las industrias con mayor potencialidad y crecimiento en el mercado internacional. En general cuando se trabaja en industrias de servicios se habla de empresas que no contaminan el medio ambiente y por lo tanto se trata de industrias limpias.

CLASES DE SERVICIOS El GATS (Acuerdo General Sobre Comercio de Servicios) considera que los servicios, se pueden agrupar como: • • • • • •

Servicios comerciales Servicios de comunicación Servicios de construcción y servicios de ingeniería Servicios de distribución Servicios de educación Servicios ambientales

CLASES DE SERVICIOS • • • • •

Servicios financieros Servicios relacionados con la salud y servicios sociales Servicios relacionados con el turismo y los viajes Servicios recreativos, culturales y deportivos Servicios de transporte que comprende el de personas y mercancías cosas • Otros servicios no incluidos en otras categorías

CLASIFICACION CPC (CENTRAL PRODUCT CLASSIFICATION) • • • • • • •

54 Servicios de Construcción 63 Servicios de Hospedaje, Alimentos y Bebidas. 64 Servicios de Transporte Terrestre 65 Servicios de Transporte Marítimo 66 Servicios de Transporte Aéreo 67 Servicios Auxiliares para transporte 68 Servicios Postales y de Courrier.

CLASIFICACION CPC (CENTRAL PRODUCT CLASSIFICATION) • 69 Servicios de Distribución de Electricidad, Gas y Agua • 71 Servicios de Intermediación Financiera, Seguros y Auxiliares • 72 Servicios Inmobiliarios y de Finca Raíz • 73 Servicios de arrendamiento con o sin opción de compra, sin operarios

CLASIFICACION CPC (CENTRAL PRODUCT CLASSIFICATION) • 81 Servicios de Investigación y Desarrollo. • 82 Servicios Profesionales, Científicos y Técnicos (Servicios Legales, de Contabilidad y asesorías en impuestos). • 83 Otros Servicios Profesionales (servicios de arquitectura, ingeniería y otros servicios técnicos). • 84 Telecomunicaciones.

CLASIFICACION CPC (CENTRAL PRODUCT CLASSIFICATION) • 85 Otros Servicios de Soporte (Agencias de Empleo, Servicios de Seguridad, Servicios de Empaque() • 86 Servicios de Producción con base en honorarios o contratos • 87 Servicios de Reparación y Mantenimiento. • 91 Administración Pública y otros Servicios a la Comunidad

CLASIFICACION CPC (CENTRAL PRODUCT CLASSIFICATION)

• 92 Servicios de Educación. • 93 Servicios de Salud. de Disposición • 94 Servicios Sanitarios, Residuos y de protección al Medio Ambiente. • 95 Servicios Suministrado por Organizaciones

de

CLASIFICACION CPC (CENTRAL PRODUCT CLASSIFICATION) Servicios de Esparcimiento Cultural, • 96 Recreacional y Deportivo. • 97 Otros servicios • 98 Servicios domésticos • 99 Servicios prestados por organizaciones y entidades extranjeras

MODALIDADES Las modalidades de prestación de servicios muestran las características que diferencian los bienes de los servicios y como se comercializan los mismos a nivel internacional. A diferencia de las transacciones internacionales de bienes, que requieren inevitablemente el tránsito físico de la mercancía a través de las fronteras, los servicios se proporcionan en el ámbito internacional según una o varias de las cuatro modalidades de prestación, a saber:

MODALIDADES 1. Movimiento transfronterizo de los servicios Software que se envía a través de Internet, estudio de mercado elaborado en Colombia para ser enviado al exterior; transferencia bancaria de dinero. 2. Traslado de consumidores al país de importación Turistas extranjeros o colombianos no residentes que consumen servicios de hospedaje, alimentación y recreación en Colombia

MODALIDADES 3. Establecimiento de una presencia comercial en el país en que ha de prestarse el servicio Firma de ingenieros colombiana que se establece en otro país para prestar sus servicios en el exterior 4. Traslado temporal de personas físicas a otro país para prestar en él los servicios Docente colombiano que se desplaza al exterior para realizar una capacitación por un periodo limitado de tiempo

PROCEDIMIENTO PARA EXPORTAR SERVICIOS 1. Registro como exportador de servicios ante la DIAN: Diligenciar el RUT en los campos 53, 54,55, 56, 57 y 58 2. Registro del contrato de exportación Todo exportador debe inscribirse en la Ventanilla única de Comercio Exterior VUCE – DIAN 3. Canalizar las divisas por intermediario cambiario autorizado I.M.C, con el soporte del contrato y/o factura de la prestación del servicio y el soporte de registro VUCE.

BENEFICIOS Partiendo del estatuto tributario en su artículo 481 tenemos lo siguiente: • Gravados: Tienen tarifa • Exentos: Tienen tarifa y es 0 • Excluidos: No tienen tarifa (Salud y Educación) • El beneficio tributario es la exención del IVA para los servicios prestados en Colombia y que se utilicen exclusivamente en el exterior por empresas sin negocios o actividades en Colombia; y para paquetes turísticos vendidos en el exterior por un agente autorizado por el Fondo de Promoción Turística de Colombia. • También la Retefuente

REINTEGROS Aunque los exportadores de servicios no están obligados a canalizar sus ingresos a través del mercado cambiario colombiano, quienes deseen acceder a los beneficios mencionados anteriormente, deben canalizarlos utilizando los intermediarios financieros autorizados por la Superintendencia Bancaria, diligenciando el formulario No. 5 Normalmente los exportadores que canalizan sus ingresos a través del mercado cambiario colombiano, prestan sus servicios bajo las modalidades 1, 2 y 4.

¿Porque es beneficioso? • Porque experimentan un crecimiento continúo y estable. • Porque La industria de servicios es por lo general altamente empleadora • Porque contribuye al crecimiento de la economía mediante transferencia de tecnología y mejoramiento de los canales de información. • Porque Los servicios apoyan el comercio de bienes y otros servicios, además el desempeño de esta industria es importante para los consumidores



REGIMEN CAMBIARIO EN COLOMBIA

CONTENIDO 

REGIMEN CAMBIARIO: Generalidades



MERCADO CAMBIARIO: Operaciones



MERCADO LIBRE: Operaciones



DECLARACION DE CAMBIO

Definición Formularios Diligenciamiento y presentación Modificación Aclaraciones Numerales Cambiarios

CONTENIDO 

EXPORTACIONES



IMPORTACIONES

1. Reintegro • Giro Anticipado • Giro Financiado

1. Reembolso • Giro Anticipado • Giro Financiado

CONTENIDO 

CUENTAS DE COMPENSACION



ALGUNAS FORMAS DE PAGO (Cartas de crédito)



REGIMEN SANCIONATORIO

REGIMEN CAMBIARIO GENERALIDADES Ley 9 Enero 17/91

Propósitos del régimen cambiario

Regulación cambios internacionales

REGIMEN CAMBIARIO Propósitos la economía  Internacionalizar competitividad en mercados externos

para

lograr

 Promover, fomentar y estimular el comercio exterior  Estimular inversión de capitales del exterior en el pais.  Aplicar controles a los movimientos de capital

REGIMEN CAMBIARIO  Propender por un nivel de reservas internacionales  Coordinar políticas y regulaciones cambiarias – políticas macroeconómicas  Facilitar el desarrollo de las transacciones establecer mecanismos de control y supervisión adecuados

y

MERCADO CAMBIARIO Regulación cambios internacionales 

Resolución Externa 8 de Mayo 5 de 2000



Circular Reglamentaria Externa actualizada en febrero 24 de 2011

DCIN-83

MERCADO CAMBIARIO OPERACIONES       

Importaciones y exportaciones de bienes Operaciones de endeudamiento externo y costos financieros Inversiones de capital del exterior en el país y rendimientos Inversiones de capital colombiano en el exterior rendimientos Inversiones financieras en títulos emitidos y activos radicados en el exterior Avales y garantías en moneda extranjera Operaciones de derivados

y

MERCADO LIBRE OPERACIONES 

Fletes y gastos no declarados en una factura de exportación o de importación

     

Donaciones y transferencias Turismo Servicios técnicos Servicios bancarios Servicios de salud Cualquier otra prestación considerada servicios

PANTALLAZOS QUE TE GUIAN

CONTENIDO 

EXPORTACION DE SERVICIOS



REGIMEN CAMBIARIO



MERCADO CAMBIARIO



REINTEGROS - REEMBOLSOS



DECLARACION DE CAMBIO



CUENTAS DE COMPENSACION



ALGUNAS FORMAS DE PAGO (Cartas de crétido)

REINTEGRO Y REEMBOLSO • REINTEGRO DE DIVISAS: Entrada de divisas por concepto de exportaciones

• REEMBOLSO DE DIVISAS: Salida de divisas por concepto de importaciones

REINTEGROS Los residentes (EXPORTADORES) deberán canalizar a través del mercado cambiario, las divisas provenientes de sus exportaciones, incluidas las que reciba en efectivo directamente del comprador del exterior, dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha de su recibo, correspondientes tanto a exportaciones ya realizadas como a las recibidas en calidad de pago anticipado por futuras exportaciones de bienes. Para estos efectos deberán presentar la declaración de cambio por exportaciones de bienes (Formulario No. 2) utilizando, en cada caso, el numeral cambiario que corresponda.

REEMBOLSOS Los residentes (IMPORTADORES) deberán canalizar a través del mercado cambiario los pagos para cancelar el valor de sus importaciones. Para estos efectos deberán presentar la declaración de cambio por importaciones de bienes (Formulario No. 1) utilizando, en cada caso, el numeral cambiario que corresponda.

REINTEGRO DE DIVISAS MEDIOS DE PAGO •Carta de crédito •Giro directo •Cheque

INTERMEDIARIO MERCADO CAMBIARIO

DOCUMENTOS SOPORTE PARA EL I.M.C: DEX CUANDO SEAN (Operaciones desde el territorio aduanero nacional) Y FORM. DE MOVIMIENTO INTERNACIONAL DE MERCANCIAS O FACTURA CUANDO SEAN (Operaciones desde zona franca)

DECLARACION DE CAMBIO NO. 2

REEMBOLSO DE DIVISAS MEDIOS DE PAGO •Carta de crédito •Giro directo •Cheque

INTERMEDIARIO MERCADO CAMBIARIO

DOCUMENTOS SOPORTE PARA EL I.M.C: DEC. DE IMPORTACION CUANDO SEAN (Operaciones desde el territorio aduanero nacional) Y FORM. DE MOVIMIENTO INTERNACIONAL DE MERCANCIAS O FACTURA CUANDO SEAN (Operaciones desde zona franca)

DECLARACION DE CAMBIO NO. 1

DIVISAS CANALIZADAS A TRAVÉS DEL MERCADO CAMBIARIO Ingresos Se entiende por ingresos toda compra de divisas efectuada por los Intermediarios del Mercado Cambiario (en adelante IMC), así como las consignaciones que los residentes en Colombia efectúen en las cuentas de compensación en moneda extranjera que poseen en entidades financieras del exterior. Egresos Se entiende por egresos toda venta de divisas efectuada por los IMC, así como los retiros que los residentes en Colombia efectúen de las cuentas de compensación en moneda extranjera que poseen en entidades financieras del exterior

DEFINICIÓN

DECLARACIONES DE CAMBIO

Formatos diseñados por el Banco de la República para declarar las divisas de operaciones que realicen en Colombia los residentes en el país y en el exterior

Declaración de cambio Diligenciamiento y presentación

Se presenta ante el intermediario del mercado cambiario si hay compra o venta de divisas . Se presenta ante el Banco de la República si la operación se efectúa a través de cuenta de compensación. Será presentada y suscrita por quien realiza la operación, su representante, apoderado o mandatario en original y copia.

Formulario No. 1 Importación de Bienes

DECLARACIONES DE CAMBIO Y FORMULARIOS CAMBIARIOSFORMULARIOS CAMBIARIOSFORMULARIOS CAMBIARIOS Formulario No. 2 Exportación de bienes Formulario No. 3 Endeudamiento Externo

DECLARACIONES DE CAMBIO Y FORMULARIOS CAMBIARIOS CAMBIARIOS Formulario No. 3A Informe de Desembolsos y pagos de Endeudamiento Externo Formulario No. 4 Inversiones Internacionales

Formulario No. 5 Servicios Transferencias y Otros Conceptos

DECLARACIONES DE CAMBIO Y FORMULARIOS CAMBIARIOS Formulario No. 6 Información de Endeudamiento Externo otorgado a Residentes

Formulario No. 7 Información de Endeudamiento Externo otorgado a No Residentes

Formulario No. 8 Informe de Avales y Garantías En ME (moneda extranjera)

EVENTOS DE UNA DECLARACIÓN DE CAMBIO

Inicial: Tipo de Operación 1

Devolución: Tipo de operación 2

Cambio: Tipo de operación 3 Modificación : Tipo de operación 4

NUMERALES CAMBIARIOS Y DEFINICIONES Por numeral cambiario se entiende el código asignado por el Banco de la República para identificar las operaciones de cambio que se canalicen a través del mercado cambiario y son utilizados para fines estadísticos. Las declaraciones de cambio que exigen numerales por operaciones canalizadas a través del mercado cambiario y del mercado libre son (Formularios Nos. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 10).

EJEMPLO DE NUMERALES CAMBIARIOS INGRESOS POR EXPORTACIONES D.C 2

1000 1010 1020 1030 1040

1045

Reintegro por exportaciones de café. Reintegro por exportaciones de carbón incluidos los anticipos. Reintegro por exportaciones de ferroníquel incluidos los anticipos. Reintegro por exportaciones de petróleo y sus derivados, incluidos los anticipos Reintegro por exportaciones de bienes diferentes de café, carbón, ferroníquel, petróleo y sus derivados y por exportaciones de bienes pagados con tarjeta de crédito internacional. Anticipos por exportaciones de café.

EJEMPLO DE NUMERALES CAMBIARIOS INGRESOS POR EXPORTACIONES D.C 2

1050 1060* 1061* 1043 1510

Anticipos por exportaciones de bienes diferentes de café, carbón, ferroníquel, petróleo y sus derivados. Pago de exportaciones de bienes en moneda legal colombiana. Pago de exportaciones de bienes en moneda legal colombiana con tarjeta de crédito internacional. Reintegro por exportaciones de bienes en un plazo superior a los doce (12) meses, financiados por el exportador. Gastos de exportación de bienes incluidos en la declaración de exportación definitiva.

EJEMPLO DE NUMERALES CAMBIARIOS INGRESOS POR EXPORTACIONES D.C 2

1040 - Reintegro por exportaciones de bienes diferentes de café, carbón, ferroníquel, petróleo y sus derivados y exportaciones de bienes pagados con tarjeta de crédito internacional. Ingreso de divisas por el pago de las exportaciones definitivas de bienes diferentes de café, carbón, ferroníquel, petróleo y sus derivados, incluidas las realizadas desde zona franca al resto del mundo, después de efectuado el embarque o del “formulario de movimiento de mercancías en zona franca – egreso”,

por

EJEMPLO DE NUMERALES CAMBIARIOS INGRESOS POR EXPORTACIONES D.C 2

. 1043 Reintegro por exportaciones de bienes en un plazo superior a los doce (12) meses, financiados por el exportador Ingreso de divisas por el pago de las exportaciones definitivas de bienes, incluidas las realizadas desde zona franca al resto del mundo, cuando su pago se efectúe en un plazo superior a los doce (12) meses.

EJEMPLO DE NUMERALES CAMBIARIOS INGRESOS POR EXPORTACIONES D.C 2

1050 - Anticipo por exportaciones de bienes diferentes de café, carbón, ferroníquel, petróleo y sus derivados. Ingreso de divisas por el pago anticipado de exportaciones de bienes diferentes de café, carbón, ferroníquel, petróleo y sus derivados incluidas las realizadas desde zona franca al resto del mundo, antes de efectuar el embarque o del “formulario de movimiento de mercancías en zona franca – egreso”, respectivamente. No incluye ingresos por prefinanciaciones de exportaciones.

EJEMPLO DE NUMERALES CAMBIARIOS INGRESOS POR EXPORTACIONES D.C 2

1510 - Gastos de exportación de bienes incluidos en la declaración de exportación definitiva.

Ingreso de divisas para atender los pagos adicionales al valor de los bienes exportados, incluidos los exportados desde zona franca al resto del mundo, como: fletes, seguros, comisiones y otros gastos, cuando estos valores estén incluidos en la declaración de exportación definitiva.

DECLARACION DE CAMBIO MODIFICACION Formulario Nos. 1 y 2

DEC. X-M

En cualquier momento

Declaración de cambio

Se puede modificar en cualquier momento

No se puede modificar NIT del IMC o código de cuenta de compensación, fecha, numero y valor. La declaración de cambio de modificación debe presentarse ante la misma entidad donde se presentó la declaración de cambio inicial. El IMC, tendrá dos días hábiles para transmitir la información a Banco Repulica.

DECLARACION DE CAMBIO

Aclaración FormularioNo. 1-2

DEC.

En cualquier momento

Declaración de cambio

X-M Las modificaciones de los datos de los documentos aduaneros de importación o exportación, deberán informarse mediante comunicación escrita al IMC a través del cual se efectuó la operación, sin que se requiera la transmisión al DCIN. Esta aclaración se hace enviando carta al intermediario del mercado cambiario sin que se informe al Banco de la República.

Anticipos

EXPORTACIONES

Formulario No. 2 Declaración de cambio

DEX COMPROMISOS

• Puedo Canalizar divisas dentro de los 6 meses siguientes a su recepción • Presentar el formulario No. 2 • Utilizar numeral cambiario 1050

• Informar al banco una vez se tenga el DEX con los datos definitivos de la exportación • Guardar documentos soporte de la operación

Pago financiado

EXPORTACIONES Formulario No. 2

DEX

COMPROMISOS

• Canalizar divisas dentro de los 6 meses siguientes a su recepción • Reintegro dentro de los 12 meses a la fecha del cierre del DEX o después de los 12 meses • Utilizar el numeral cambiario 1040 o 1043 según plazo dado al cliente y 1510 para gastos

Declaración de cambio

• Presentar el formulario No. 2 con los datos completos de la declaración de exportaciones • Guardar documentos soporte de la operación

EXPORTACIONES Pago financiado en COP Formulario No. 2

Declaración de cambio

DEX COMPROMISOS

• Canalizar dentro de los 5 días

siguientes a su recepción

• Presentar al banco el formulario No. 2 con los

• Utilizar el numeral cambiario 1060

datos completos de la declaración de exportaciones y copia de la consignación en COP (pesos colombianos)

• Guardar documentos soporte de la operación

EXPORTACIONES Pago financiado en T.C. Formulario No. 2

DEX

COMPROMISOS

Declaración de cambio

• Presentar al banco el formulario No. 2 con • Canalizar divisas dentro de los 5 días siguientes a su recepción

los datos completos de la declaración de exportaciones y copia del pago

• Guardar documentos soporte de la • Utilizar el numeral cambiario 1061

operación

EXPORTACIONES DE BIENES MANEJO DE EXPORTACIONES – ZONA FRANCA EXTERIOR

COLOMBIA ZONA FRANCA

RESTO TERRITORIO NAL.

EXPORTACION

EXPORTACION

IMPORTACIONES

Giro y me embarcan según acuerdo

ANTICIPO

Formulario 1

Cuando nacionalice informo en cualquier momento

COMPROMISOS

• Canalizar divisas por I.M.C

•Una vez nacionalice y obtengo levante

• Utilizar el numeral cambiario Rec. Pro. 2017

informo al banco • Guardar documentos soporte de la operación

• Presentar el formulario No. 1

Pago financiado

IMPORTACIONES Formulario No. 1

Declaración de cambio

DEC. DE M. COMPROMISOS

Reembolso divisas en el termino acordado con el proveedor . • Utilizar el numeral cambiario 2014, 2015 , 2022, • Presentar el formulario No. 1 con los datos 2023, 2024 , 2025 o 2060 según plazo y si es con completos de la declaración de importación Recursos de terceros (EF) y adiciono el numeral 2016 para gastos de fletes y otros relacionados • Guardar documentos soporte de la operación en la declaración de importación

IMPORTACIONES DE BIENES PAGO DE IMPORTACIONES – MONEDA LEGAL o o o

o

A través de un IMC Abono en cuentas en ML de los proveedores Giro de cheque en ML a nombre del proveedor, DC 1 – numeral 2060 Indicar en observaciones nombre y dirección del proveedor del exterior

IMPORTACIONES DE BIENES PAGO DE IMPORTACIONES CON TARJETA DE CREDITO Pago de importaciones con Tarjeta e Crédito Int.

Emitida en Colombia Cobrada en Moneda Legal

Si el Vr. de la Dec. Impo es =< a USD 10.000 o su equivalente en otras monedas

No se presenta Formulario 1 El comprobante de pago de la T de C hace las veces de declaración de cambio

Si el Vr. de la Dec. Impo es > a USD 10.000 o su equivalente en otras monedas

Emitida en Colombia o el exterior cobrada en divisas

Independiente del Vr. de la Declaración de importación, se presentará F1 cada vez que se realice el pago de una cuota de la T de C, por el valor de la cuota correspondiente al pago de la Importación

Se Presenta F1 Numeral 2014 Código moneda COP En el momento que se realice el pago de la primer cuota de la T de C Por el Vr. Total de la importación pagado con la T de C

IMPORTACIONES DE BIENES

NUMERALES CAMBIARIOS - PAGO TARJETAS DE CREDITO

Plazo Sin importar plazo Menor a 1 mes

Tarjeta de Crédito Emitida en Colombia cobrada en moneda legal colombiana Emitida en el Exterior o en Colombia cobrada en divisas Emitida en el Exterior cobrada en divisas

NC 2014 2015

Superior a 1 mes , menor o igual 12 meses Superior a 1 mes , Emitida en Colombia cobrada en divisas menor o igual 12 meses Superior a 12 meses Emitida en el Exterior cobrada en divisas

2022

Superior a 12 meses

2025

Emitida en Colombia cobrada en divisas

2023 2024

IMPORTACIONES DE BIENES MANEJO IMPORTACIONES DESDE ZONA FRANCA 1. Compra de Mercancía al resto del mundo que ingresa a través de ZF EXTERIOR

COLOMBIA TERRITORIO ADUANERO NACIONAL

ZONA FRANCA

2. Importación del resto del mundo directamente al Territorio Aduanero Nacional

En estos dos eventos el Documento de Transporte Internacional es el documento a partir del cual se establece el plazo de financiación del valor de la mercancía embarcada

IMPORTACIONES DE BIENES DOCUMENTOS ADUANEROS – DECLARACIÓN DE CAMBIO POR IMPORTACIONES DE BIENES – F1 EVENTO

CASILLAS 19 Y 20

PLAZO PARA DETERMINAR EL NUMERAL CAMBIARIO

A partir del Dcto. de Imp. de mercancía desde el resto Número de aceptación del mundo al territorio aduanero y valor de la D.I pagado transporte internacional nacional con esta operación Introducción de mercancía del resto del mundo a la zona franca

No se diligencian

A partir del Dcto. de transporte internacional

IMPORTACIONES DE BIENES DOCUMENTOS ADUANEROS – DECLARACIÓN DE CAMBIO POR IMPORTACIONES DE BIENES – F1 EVENTO

Imp. al territorio aduanero nacional de bienes que se encuentran en zona franca de propiedad de no residentes

CASILLAS 19 Y 20

PLAZO PARA DETERMINAR EL NUMERAL CAMBIARIO

No se diligencian

A partir del Formulario movimiento de mercancía zona franca – salida.

Compra de mercancía almacenada No se diligencian en zona franca por parte de Residentes usuarios o no usuarios de zona franca a no residentes

A partir de la factura de compraventa, siempre que la mercancía no salga de la zona franca

IMPORTACIONES DE BIENES QUÉ DEBE LEGALIZARSE Y QUÉ NO

Importador desea legalizar la información aduanera de un F1 presentado a partir del 9 de agosto de 2011

IMPORTACIONES DE BIENES QUÉ DEBE LEGALIZARSE Y QUÉ NO Si el residente en el país adquirió mercancías en el exterior y las introduce a Zona Franca, no está obligado a legalizar

Si ese mismo residente u otra persona adquirió la mercancía en Zona Franca importa toda o una parte de la mercancía al Territorio Aduanero Nacional (T.A.N.), no se genera la obligación de legalizar Si el residente en el país adquiere mercancías que ingresó del resto del mundo directamente a territorio aduanero nacional, o sea no ingresó a la zona franca, se deberá legalizar informando el número de aceptación de la declaración de importación

IMPORTACIONES DE BIENES QUÉ DEBE LEGALIZARSE Y QUÉ NO

NO

NO

SI

IMPORTACIONES DE BIENES QUÉ DEBE LEGALIZARSE Y QUÉ NO Compra a un No Residente de mercancía que se encuentra en Zona Franca, la cual no sale de la zona franca. Se legalizará indicando el número de la factura Compra a un No Residente de mercancía que se encuentra en Zona Franca, la cual se importa al Territorio Aduanero Nacional por el residente Colombiano. Se legalizará Indicando el número de formulario de movimiento de mercancías en zona franca – Salida

IMPORTACIONES DE BIENES QUÉ DEBE LEGALIZARSE Y QUÉ NO Compra de mercancía al resto del mundo, la cual ingresará a la zona franca Se legalizará indicando el número del formulario de movimiento de mercancías en zona franca – ingreso

Compra de mercancía que ingresará del resto del mundo al Territorio Aduanero Nacional

Se legalizará indicando el número de aceptación de la declaración de importación

IMPORTACIONES DE BIENES MERCANCÍA ENVIADA A TRAVÉS DE MENSAJERÍA URGENTE Cuando una importación o exportación se realice bajo la modalidad de trafico postal y envío urgente, el importador o exportador del bien, no diligencia las casillas inherentes a documentos aduaneros y hará la aclaración en el campo observaciones de la Declaración de Cambio por Importaciones de Bienes o por Exportaciones de Bienes, indicando que la modalidad de importación o exportación es tráfico postal y envío Urgente , indicando el número de la guía.

ENDEUDAMIENTO EXTERNO CRÉDITO ACTIVO Otorgados por Residentes a No Residentes

Los residentes y los IMC podrán conceder créditos en Moneda extranjera a no residentes

CRÉDITO PASIVO Otorgados por No Residentes

Los residentes y los IMC podrán obtener créditos en Moneda extranjera de No residentes, de los IMC o con cargo a recursos de las entidades públicas de redescuento

ENDEUDAMIENTO EXTERNO QUÉ SE INFORMA

QUÉ NO SE INFORMA

Créditos en moneda extranjera Importaciones amparadas en otorgados por Residentes a No documentos de transporte Residentes posteriores a Septiembre 1 de 2010 Créditos en moneda extranjera otorgados por IMC y No Exportaciones amparadas en residentes a Residentes DEX posteriores a Marzo 1 de 2010 Importaciones con D.I igual o superior a USD 10.000 y documento de transporte anterior a Septiembre 1 de 2010. Exportaciones amparadas en DEX anteriores a Marzo 1 de 2010

ENDEUDAMIENTO EXTERNO DOCUMENTOS SOPORTE PARA INFORME DE DEUDA EXTERNA PASIVA Copia del documento donde conste el contrato del préstamo

Contrato arrendamiento financiero

Documento con las condiciones de contratación del préstamo otorgado por el no residente Pagaré en créditos otorgados por IMC o EFE

ENDEUDAMIENTO EXTERNO DOCUMENTOS SOPORTE PARA INFORME DE DEUDA EXTERNA ACTIVA Copia del documento donde conste el contrato del préstamo

Contrato

Correspondencia entre las partes

CONTENIDO 

EXPORTACION DE SERVICIOS



REGIMEN CAMBIARIO



MERCADO CAMBIARIO



DECLARACION DE CAMBIO



EXPORTACIONES - IMPORTACIONES



CUENTAS DE COMPENSACION



ALGUNAS FORMAS DE PAGO (Cartas de crétido)

CUENTAS DE COMPENSACION A que se refieren? Quienes pueden acceder a una cuenta de compensación Requisitos de apertura Procedimiento y oportunidad de registro Compromisos Ingresos y Egresos

CUENTAS DE COMPENSACION A que se refieren Manejo de ingresos y/o egresos provenientes de operaciones sujetas a canalización a través del mercado cambiario

Quienes pueden tener cuentas de compensación Todos los residentes en Colombia que en desarrollo de su actividad manejen las operaciones de ingresos y/o egresos

CUENTAS DE COMPENSACION Requisitos de apertura

1

2

No haber sido sancionado por infracciones aduaneras, cambiarias o violación a disposiciones de control de lavado de activos, o se le hubiere suspendido por reconocimiento de CERT

• Tener cuenta corriente en el exterior

CUENTAS DE COMPENSACION Procedimiento y oportunidad del registro 1. Diligenciamiento y presentación del formulario 9 ante Banco República

2. Suscripción de convenio con Banco República para transmisión de datos vía electrónica

3.. El registro de las cuentas de compensación deberá efectuarse a mas tardar dentro del mes siguiente a la fecha de apertura de la misma o de la realización de una operación que deba canalizarse a través del mercado cambiario

CUENTAS DE COMPENSACION Compromisos 1. Digitación del formulario 10 y transmisión virtual a Banco República mensualmente 2. Elaborar formularios soporte de cada ingreso o egreso 3. Transmisión junto con el formulario 10, los formularios 3 (deuda externa) y 4 (inversiones internacionales). Que amparen numerales específicos. 4. Remitir a la DIAN cada tres meses el informe de movimiento de a cuerdo con lo establecido en las Res. 4083/99 y 7029/00 y sus modificaciones 5. Atender los requerimientos de Banrepública y la DIAN

CUENTAS DE COMPENSACION Operaciones de derivados del mercado cambiario y no cambiario. INGRESOS

Compra de divisas a los IMC, a los residentes y a otros titulares de cuentas de compensación

Operaciones de derivados del mercado cambiario y no cambiario. Venta de divisas a los IMC, a los residentes y a otros titulares de cuentas de compensación

EGRESOS

CONTENIDO  EXPORTACION DE SERVICIOS   

REGIMEN CAMBIARIO MERCADO CAMBIARIO DECLARACION DE CAMBIO

 

EXPORTACIONES - IMPORTACIONES CUENTAS DE COMPENSACION

 ALGUNAS FORMAS DE PAGO (Cartas de crédito)

ALGUNAS FORMAS DE PAGO GIRO DIRECTO: Es un Medio de Pago Internacional, en el cual se realiza una negociación entre el importador y el exportador y estos se comprometen y asumen la total responsabilidad con los pagos.

CARTA DE CRÉDITO: Es un medio de pago internacional por medio del cual un Banco Emisor, obrando por solicitud de un Ordenante y con la colaboración de un Banco Corresponsal, realiza el pago de mercancías a un Beneficiario siempre y cuando este haga entrega de los documentos exigidos y que éstos cumplan los términos y condiciones establecidos en el texto del crédito. PARTES DE UNA CARTA DE CRÉDITO: •Ordenante ó Importador •Banco Emisor . Banco corresponsal . Beneficiario o Exportador

COMPRADOR

VENDEDOR

1 CONTRATO 1

2 APERTURA L/C

10 DOCUMENTOS

4 CONFIRMACIÓN L/C

5 ENVIO MERCANCIA

8 DOCUMENTOS 3 CARTA DE CRÉDITO 9 REEMBOLSO BANCO CORRESPONSAL

BANCO EMISOR

MUCHAS GRACIAS

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.