REGLAMENTO ASIGNACIÓN DE EXCELENCIA ACADEMICA DE EDUCACIÓN PARA HIJOS DE TRABAJADORES DE EMPRESAS CONTRATISTAS Y SUB CONTRATISTAS DE LOS PELAMBRES

REGLAMENTO ASIGNACIÓN DE EXCELENCIA ACADEMICA DE EDUCACIÓN PARA HIJOS DE TRABAJADORES DE EMPRESAS CONTRATISTAS Y SUB CONTRATISTAS DE LOS PELAMBRES Año

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REGLAMENTO ASIGNACIÓN DE EXCELENCIA ACADEMICA DE EDUCACIÓN PARA HIJOS DE TRABAJADORES DE EMPRESAS CONTRATISTAS Y SUB CONTRATISTAS DE LOS PELAMBRES Año 2016

ADMINISTRACIÓN POR CRECER CONSULTORES LTDA.

INDICE

Artículo 1°

Antecedentes

2

Artículo 2°

Objetivos

2

Artículo 3°

Definiciones

2

Artículo 4°

Requisitos de postulación

3

Artículo 5°

Documentación requerida

5

Artículo 6°

Pago del beneficio

6

Artículo 7°

Supervisión y Control

7

Artículo 8°

Criterios de evaluación de los Postulantes

7

Artículo 9°

Compatibilidad de las Asignaciones de Excelencia Académica

10

Artículo 10°

Responsabilidad de la oportunidad y veracidad de la información

10

Artículo 11°

Sanciones

11

Artículo 12°

Apelaciones

11

Artículo 13°

Facultad de Vigilancia

11

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

12

Artículo 1° Transitorio

Período de postulación y calendario del Proceso año 2016

12

Artículo 2° Transitorio

Pago del beneficio año 2016

12

1

Artículo 1º

Antecedentes.

Los Pelambres, empresa del grupo Antofagasta Minerals, les informa que los trabajadores de las Empresas Contratistas y sus Sub Contratos que prestan servicios a la empresa, podrán postular a una Asignación de Excelencia Académica que apunta a apoyar en el financiamiento de gastos derivados de estudios de Educación Básica, Media y Superior (Universidades, Institutos Profesionales, Centros de Formación Técnica y Establecimientos de Educación Superior de las Fuerzas Armadas y de Orden), cursados por sus hijos estudiantes destacados. Las Instituciones Educacionales, deberán estar reconocidas y acreditadas por el Estado de Chile y procede exclusivamente por estudios realizados en el País. Lo anterior se materializará a través de un proceso de postulación, que una vez finalizado, implicará el otorgamiento de un número específico de asignaciones las cuales pagará la empresa contratista empleadora del trabajador. El proceso de postulación a estas Asignaciones de Excelencia Académicas será facilitado por Crecer Consultores Ltda., que ejecutará las actividades pertinentes para recepción de postulaciones, su posterior proceso y publicación de resultados. Artículo 2°

Objetivos.

El presente Reglamento establece las normas por las que regirá la postulación de los estudiantes, su selección y el procedimiento de entrega de las Asignaciones de Excelencia Académica, referidas en el artículo anterior. Artículo 3°

Definiciones.

Para efectos de este Reglamento, se deben considerar las siguientes definiciones:

1.

2.

3.

Estudios Enseñanza Básica : Correspondiente a estudios de 1° a 8°

básico, otorgados en Establecimientos de Educación General Básica, cursos desarrollados en el país y reconocidos por el Ministerio de Educación. Se excluye Educación Parvularia o Pre Escolar (Sala Cuna, Medio o Transición) Estudios Enseñanza Media: Correspondiente a estudios de 1° a 4° Enseñanza Media Científico-Humanista, Técnico-Profesional, y Artística, otorgados en Liceos, Liceos Técnicos – Comerciales - Industriales – Técnicos y Polivalentes. Cursos desarrollados en el país y reconocidos por el Ministerio de Educación. Universitarios: Aquellos de pre-grado, conducentes a obtener un título profesional, que se cursen en Universidades, sean estatales o privadas, dentro de Chile, cuyas carreras, planes de estudios y programas estén reconocidos y acreditados por el o los organismos pertinentes. Excluye Diplomados y Post Títulos, Tesis de Grado y Prácticas Profesionales. 2

4.

Estudios Técnico-Profesionales: aquellos que se cursen en Institutos

5.

Estudios Superiores Fuerzas Armadas y de Orden: aquellos que se

Profesionales y/o Centros de Formación Técnica, dentro de Chile, cuyas carreras, planes de estudios y programas estén reconocidos y acreditados por el o los organismos pertinentes. cursen en La Escuela Militar, Naval y de Aviación, y en las Escuelas de Carabineros, de Policía de Investigaciones y de Gendarmería de Chile.

6.

Beneficiarios: trabajadores de Empresas Contratistas y Sub Contratistas

que prestan servicios en Faenas definidas en la letra i) del Artículo 4° de este Reglamento, pertenecientes a Empresa Contratista o Sub Contratista, que cumplan con los requisitos establecidos en el Artículo 4° letra a) y letra b), del Reglamento. 7.

Becarios: los hijos e hijastros hasta 18 años y los mayores de esa edad,

hasta los 24 años, solteros, que sigan cursos regulares en la enseñanza, básica, media, normal, técnica, especializada o superior, en instituciones del Estado o reconocidas por éste. Los nietos, huérfanos de padre y madre o abandonados por ambos. Los menores que hubiesen sido confiados al cuidado de personas naturales en virtud de una medida de protección dispuesta por sentencia judicial. Todos los anteriores indicados en esta letra, deben ser causantes de Asignación Familiar del Trabajador beneficiario de la Asignación de Excelencia Académica. Lo anterior, se debe acreditar con Certificado de Asignación Familiar emitido por la respectiva CCAF. Los hijos de él o la conviviente, siempre que este o ésta hubiera sido declarada como beneficiaria del seguro de vida o salud, lo que deberá ser acreditado, con una copia de ésta declaración y los respectivos certificados de nacimiento, sólo en este caso y no siendo causante de asignación familiar del beneficiario, no se requiere acreditación de carga familiar. 8.

Faena: Todo recinto operado por Los Pelambres donde se trabaje bajo

el sistema de turno: Pelambres, Chacay, Mauro, Relaveducto y Puerto. Artículo 4° Requisitos de postulación.

Podrán ser Postulantes los trabajadores de Empresas Contratistas y sus Sub Contratos que prestan servicios a La Empresa, siempre que éstos cumplan, con la totalidad de los siguientes requisitos: 3

a)

De la Empresa Contratista: 1. Que a la fecha de postulación, la Empresa Contratista mantenga un contrato civil o comercial con La Empresa, cuya naturaleza sea la Contratos de Servicios Permanente (CS), Contrato de Construcción (CC) u Orden de Servicio Transitorio (OST), con un plazo de ejecución mínimo de tres meses (independientemente de la fecha en que termine el contrato). 2. Que a la fecha de postulación el CS, CC u OST este formalmente gestionado y validado como tal por la Gerencia de Servicios y que la Empresa Contratista o Sub Contratista esté debidamente registrada en el manual de proveedores de Los Pelambres.

b)

Del Trabajador Contratista: 1. Que el Trabajador, al momento de la postulación, tenga un contrato de trabajo vigente - sea este indefinido, a plazo fijo o por obra o faena con una Empresa Colaboradora, que cumpla con lo señalado en los puntos precedentes, que hubiere trabajado a lo menos seis meses, durante los últimos 12 meses (a la fecha de postulación). 2. Que el Trabajador de la Empresa Colaboradora, preste sus servicios de manera permanente, continua y exclusiva dentro de los recintos de Los Pelambres, denominados como “Faena”, conforme lo define número 8) del Artículo 3°. 3. Que el trabajador se encuentre; vigente y laborando en faena MLP al momento del cobro del beneficio. 4. No existen excepciones de postulaciones, al no cumplirse uno o más requisitos para optar al presente beneficio. Nota 1: No tendrán la calidad de beneficiarios: a) Dueños y/o socios de empresas Contratistas y Sub Contratistas que presten servicios a La Empresa. b) Directores, Ejecutivos Superiores y todo aquel que se desempeñe como Asimismo tampoco tendrán la calidad de beneficiarios los trabajadores de Empresas Contratistas y Sub Contratistas, que presten servicios a filiales de La Empresa, en atención a que sus políticas de contratación están definidas por el Socio Controlador.

c)

Del Becario: 1.

Los hijos e hijastros hasta 18 años y los mayores de esa edad, hasta los 24 años, solteros, que sigan cursos regulares en la enseñanza 4

media, normal, técnica, especializada o superior, en instituciones del Estado o reconocidas por éste. Los nietos, huérfanos de padre y madre o abandonados por ambos. Los menores que hubiesen sido confiados al cuidado de personas naturales en virtud de una medida de protección dispuesta por sentencia judicial. Todos los anteriores, causantes de Asignación Familiar del Trabajador beneficiario de la Asignación de Excelencia Académica. Debe acreditar con Certificado de Asignación Familiar emitido por la respectiva CCAF. 2. Que el Becario, tenga una edad menor o igual a 24 años, al 31 de diciembre del año en que postula. d)

De la entrega de toda la documentación y antecedentes, señalados en el artículo siguiente.

Al momento de postular deberá cumplirse, a cabalidad, lo señalado en el Artículo 5°. Artículo 5°

Documentación requerida.

Es requisito esencial para que el Postulante al beneficio pueda optar a la Asignación de Excelencia Académica a que se refiere el presente Reglamento, la presentación oportuna y completa, dentro de los plazos fijados en cada una de las etapas de los procesos de postulación, no habrán posibilidades de considerar postulaciones fuera de plazo, justificadas e injustificadas, de los documentos, formularios y/o certificados exigidos, en original o copia legalizada ante notario. En caso que la documentación solicitada no sea presentada en conformidad a lo exigido y en los plazos establecidos, Crecer Consultores Ltda., no recepcionará la postulación, hasta que esta sea presentada en su totalidad. Para efectuar la postulación, se deberá presentar los siguientes documentos en original o copia legalizada notarialmente: a) Formulario de Solicitud de Asignación de Excelencia Académica para Trabajadores de Empresas Contratistas y Sub Contratistas de La Empresa, firmado por el Trabajador Contratista Postulante y su empleador, que incluye: 1. Declaración Jurada del Trabajador Contratista. 2. Declaración Jurada de la Empresa Contratista. b) Certificado de alumno regular en establecimientos educacionales públicos o privados en Chile cuyos planes de estudios, programas o carreras estén 5

reconocidos por el Ministerio de Educación de Chile, conforme a definición indicada en letras a), b), c) d) y letra e) del Artículo 3° de este Reglamento. Certificado de concentración de notas del año anterior al de la postulación. El promedio anual de notas deberá ser superior a 4,5 en el caso de Técnico Profesionales, Estudios Superiores Fuerzas Armadas y de Orden, Universidades y 5,0 en el caso de enseñanza Básica o Media. c) Certificado de Nacimiento (para Asignación Familiar) del becario y de todos los hijos del Trabajador. d) Copia de Declaración Beneficiario de Salud en el caso que becario sea el hijo(a) de él o la conviviente y su respectivo certificado de nacimiento. e) Certificado de Residencia (Municipalidad o Junta de Vecinos) Crecer Consultores Ltda., proporcionará oportunamente el “Formulario de Solicitud de Asignación de Excelencia Académica para Trabajadores de Empresas Contratistas y Sub Contratistas de La Empresa, el que estará disponible en el sitio web www.crecerconsultores.cl, que deberá ser presentado con los antecedentes y documentos requeridos. Los antecedentes y documentos presentados por los Postulantes, una vez finalizado el proceso, quedarán en poder de Crecer Consultores Ltda. Sin perjuicio de lo anterior, La Empresa, podrá requerirlos en cualquier momento, para su análisis o revisión. Artículo 6°

Pago del beneficio.

El valor y la cantidad de Asignaciones de Excelencia Académica, para hijos de trabajadores de Empresas Contratistas y Sub Contratistas que prestan servicios a La Empresa, serán: N° Becas 83 Becas 83 Becas 83 Becas

Nivel Educacional Educación Básica Educación Media Educación Superior

Monto por Becario $400.000 $500.000 $600.000

Las Asignaciones de Excelencia Académica serán pagadas según el calendario definido en el Artículo 1° Transitorio y previa presentación de la documentación de respaldo que se defina. La postulación podrá ser efectuada en forma presencial en las Oficinas de Crecer Consultores Ltda. o vía portal WEB de ésta Institución, en este último caso, los 6

documentos subidos en formato electrónico podrán ser requeridos en forma física por Crecer Consultores Ltda. Artículo 7°

Supervisión y Control.

La supervisión del proceso de postulación estará a cargo de la Gerencia Relaciones Laborales de Los Pelambres. Las principales funciones serán las siguientes: a) Definir, anualmente, el número de las Asignaciones de Excelencia Académica a otorgar, en función de los fondos anuales disponibles. b) Definir anualmente el calendario de postulación y pago del beneficio. c) Definir las ponderaciones y criterios para asignar las Asignaciones de Excelencia Académica. d) Definir y aprobar las atribuciones, obligaciones y derechos de Crecer Consultores Ltda. e) Conocer y aprobar la nómina de Becarios propuesta por Crecer Consultores Ltda. f)

Conocer y aprobar la aplicación de sanciones para quienes corresponda de acuerdo a lo dispuesto en el presente Reglamento.

g) Controlar el correcto uso y funcionamiento del Fondo de Asignación de Excelencia Académica. Artículo 8°

Criterios de evaluación de los Postulantes.

Sin perjuicio de lo indicado en el artículo anterior, para la evaluación de cada Postulante y la asignación de puntajes se considerarán como parámetros el rendimiento académico del Becario, las características socioeconómicas de Postulante, y la procedencia del trabajador postulante, según las siguientes Tablas. Tabla General de Ponderaciones Criterios 1. Criterio Académico 1.1. Rendimiento Académico 2. Criterio Social 2.1 Remuneración Bruta Mensual del Beneficiario

Ponderaciones 60 % 100 % 30 % 70 % 7

2.2 Número de Hijos Estudiantes 3. Criterio Área de Influencia Directa 2.1 Procedencia del Trabajador Provincia del Choapa. Total

30 % 10 % 100 %

1. Criterio Rendimiento Académico del Becario. 1.1.

Rendimiento Académico

Notas Puntaje

Notas Puntaje

Notas Puntaje

4,5

37,5

5,6

65,0

6,7

92,5

4,6

40,0

5,7

67,5

6,8

95,0

4,7

42,5

5,8

70,0

6,9

97,5

4,8

45,0

5,9

72,5

7,0

100,0

4,9

47,5

6,0

75,0

5,0

50,0

6,1

77,5

5,1

52,5

6,2

80,0

5,2

55,0

6,3

82,5

5,3

57,5

6,4

85,0

5,4

60,0

6,5

87,5

5,5

62,5

6,6

90,0

Nota: Los certificados de notas, las calificaciones deberán ser presentadas en escala de 1 a 7, en aquellos casos que hubiere una escala distinta, el certificado deberá ser homologado por la respectiva Institución Educacional.

2. Criterio Social. Remuneración bruta mensual del beneficiario

Remuneración Bruta

Puntaje

Menor a $750.000

73

Igual a $377.000

100

Menor a $800.000

69

Menor a $850.000

65

Menor a $400.000

97

Menor a $900.000

60

Menor a $450.000

94

Menor a $950.000

55

Menor a $500.000

91

Menor a $1.000.000

50

Menor a $550.000

88

Menor a $1.050.000

45

Menor a $600.000

85

Menor a $1.100.000

40

Menor a $650.000

81

Menor a $1.150.000

35

Menor a $700.000

77

Mayor a $1.200.000

30

8

2.2.

Numero De Hijos Estudiantes

N° de Hijos 1 2 3 4 5 y más

3.

Puntaje 60 70 80 90 100

Criterio Área de Influencia Directa N° de Hijos

Los trabajadores con procedencia de la Provincia del Choapa.

Puntaje 100

Ante igualdad de puntaje obtenido, se resolverá a favor del postulante con mayor promedio de notas; ante igualdad en el requisito anterior, se considerará al postulante de menores ingresos; si en base a estos criterios aún no es posible determinar al Beneficiario, se preferirá al trabajador de la empresa contratista quien tenga el mayor número de cargas familiares autorizadas. Artículo 9° Compatibilidad de las Asignaciones de Excelencia Académica. Las Asignaciones de Excelencia Académica consideradas en este Reglamento, son compatibles con cualquier otro beneficio de similares características. Artículo 10° Responsabilidad de la oportunidad y veracidad de la información. Crecer Consultores Ltda., no será responsable por los errores que contenga la información entregada en virtud de lo dispuesto en el Artículo 4° de este Reglamento, o por antecedentes recibidos en forma extemporánea, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 5°. Artículo 11º Sanciones. En caso de que la información proporcionada por la Empresa Contratista y/o su trabajador carezca de veracidad, el responsable será sancionado con la exclusión permanente de este beneficio, sin perjuicio de otras medidas que decida adoptar Minera Los Pelambres y/o su Empleador.

9

Asimismo será causal de exclusión permanente de este beneficio, si el Beneficiario es sorprendido en actos contrarios a la ley y especialmente aquellos que atenten contra la integridad de las personas, la seguridad, el medio ambiente y los bienes de Los Pelambres, de sus Empresas Contratistas y/o Subcontratistas y/o, de terceros. En tal caso, se suspenderá de inmediato el pago de la Asignación de Excelencia Académica que estuviese. Artículo 12º Apelaciones. Toda dificultad que se presente con la aplicación e interpretación del presente Reglamento, incluyendo los asuntos no comprendidos en su texto, serán resueltos por la Gerencia Relaciones Laborales, conforme lo establecido en el Artículo 7º de este Reglamento. Artículo 13º Facultad de Vigilancia. Sin perjuicio de las facultades y atribuciones de la Gerencia Relaciones Laborales a que hace referencia el Artículo 7°, La Empresa, a través de sus áreas responsables podrá siempre y en cualquier momento verificar la gestión del proceso que gestiona Crecer Consultores Ltda., en sus aspectos administrativos o financieros, pudiendo auditar a través de sus propios medios o de terceros especialmente contratados al efecto, la gestión del proceso de Asignación de Excelencia Académica para hijos de trabajadores Contratistas y Subcontratistas de Los Pelambres. Por su parte, será obligación de Crecer Consultores Ltda., dar las facilidades a La Empresa para estos fines.

10

ARTÍCULOS TRANSITORIOS Artículo 1° Transitorio

Período de postulación proceso año 2016.

y

calendario

del

Para el año 2016, el período de postulación y calendario anual del proceso, se indica en la Tabla adjunta. Sin perjuicio de ello, la Gerencia Relaciones Laborales tendrá la facultad de modificarlo teniendo en consideración el buen funcionamiento del proceso. Actividades

Fecha de Inicio

Inicio actividades Difusión (Email general a EECC -entrega de folletería, etc.) Postulaciones y recepción de antecedentes. Oficina de MLP – La Serena Oficina de MLP – Los Vilos Oficina de MLP- Salamanca Oficina de MLP – Santiago Oficina de MLP- Faena

08-08-16

Publicación de resultados Pago asignación de Beca de Excelencia Académica Apelaciones Publicación de resultados apelaciones aceptadas Pago apelaciones aceptadas.

Fecha de Termino

08-08-16

05-09-16

16-08-16 16-08-16 16-08-16 16-08-16 16-08-16 22-08-16 23-09-16

02-09-16 19-08-16 19-08-16 19-08-16 19-08-16 02-09-16

2da Quincena de Octubre 23-09-16 07-10-16

30-09-16

En caso que alguna corresponda a un día sábado, domingo o festivo, esta será traspasada al día hábil inmediatamente posterior. Artículo 2° Transitorio

Pago del beneficio año 2016.

Para el año 2016, se entregarán un total de 249 Asignaciones de Excelencia Académica de un monto bruto anual según se especifica en el artículo 6, cada una, que serán pagadas según el calendario definido en el Artículo 1° Transitorio. El monto entregado al hijo del trabajador beneficiado, incluye todos los impuestos o gravámenes que la legislación chilena pudiera afectarles.

11

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