República de Colombia DIARIO OFICIAL. Fundado el 30 de abril de 1864 PODER PÚBLICO - RAMA LEGISLATIVA. (junio 10)

NORMATIVIDAD Y CULTURA IMPRENTA NACIONAL D E C O L O M B I A www.imprenta.gov.co Año CXLVII No. 48.096 República de Colombia DIARIO OFICIAL Fun

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NORMATIVIDAD Y CULTURA

IMPRENTA

NACIONAL D E

C O L O M B I A

www.imprenta.gov.co

Año CXLVII No. 48.096

República de Colombia

DIARIO OFICIAL Fundado el 30 de abril de 1864

Edición de 60 páginas s

Bogotá, D. C., viernes, 10 de junio de 2011 s

INCLUYE DIARIO ÚNICO

DE

CONTRATACIÓN PÚBLICA

NÚMERO

I S S N 0122-2112 1.324

PODER PÚBLICO - RAMA LEGISLATIVA

#$% & '$ ( (junio 10)         

            armado interno y se dictan otras disposiciones. El Congreso de la República DECRETA: TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I          ARTÍCULO 1°. OBJETO. La presente ley tiene por objeto establecer un conjunto de medidas judiciales, administrativas, sociales y                             un marco de justicia transicional, que posibiliten hacer efectivo el goce

                                

               ! ARTÍCULO 2°. ÁMBITO DE LA LEY. La presente ley regula lo concerniente a ayuda humanitaria, atención, asistencia y reparación

               "  herramientas para que estas reivindiquen su dignidad y asuman su plena   ! Las medidas de atención, asistencia y reparación para los pueblos      "   #                   #                 

    "          $%&     ! ARTÍCULO 3°. VÍCTIMAS. '         "tos de esta ley, aquellas personas que individual o colectivamente hayan

"   (        )    )*+& como consecuencia de infracciones al Derecho Internacional Humanitario                 . /       0   ! 1       (   (   parejas del mismo sexo y familiar en primer grado de consanguinidad,                       ! 2 "      #               ! .    "             

"   (                 !

3               vidualice, aprehenda, procese o condene al autor de la conducta punible      "     4        !   ! 5       6 78                  #                      ! .    "  #

      "         (      !    Los miembros de los grupos armados organizados al       #            los que los niños, niñas o adolescentes hubieren sido desvinculados del                  ! Para los efectos de la presente ley, el o la cónyuge, compañero o compañera permanente, o los parientes de los miembros de grupos arma           #      

   ( "                    ( "        !    7   "           #           "  

(           8!   ! 3                )9    )*+&      

                la presente ley, como parte del conglomerado social y sin necesidad de        !   "! 3           8    #           #       ;             (         la presente ley, en el marco del Derecho Internacional Humanitario y de los Derechos Humanos, de manera particular de lo establecido por L I C I T A C I O N E S

El DIARIO OFICIAL                         ! Vea Índice de Licitaciones en la última página

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DIARIO OFICIAL

D I A R I O OFICIAL

Fundado el 30 de abril de 1864 Por el Presidente Manuel Murillo Toro Tarifa postal reducida No. 56

DIRECTORA: MARÍA ISABEL RESTREPO CORREA MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA

IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA MARÍA ISABEL RESTREPO CORREA Gerente General Carrera 66 No 24-09 (Av. Esperanza-Av. 68) Bogotá, D. C. Colombia Conmutador: PBX 4578000. e-mail: [email protected]

   KM 8  5  Q  )*B*! @ ejercicio de las competencias y funciones que le corresponden en virtud

  5         6 2          " #     

        ! CAPÍTULO II   ) * +* ,-/045#  '6786',' El fundamento axiológico de los derechos a la verdad, la justicia y la reparación, es el respeto a la integridad y      ! 3  #             #       "       #  "      (      # la tutela efectiva de sus derechos en virtud del mandato constitucional,

        ! El Estado se compromete a adelantar prioritariamente acciones enca  "            medidas de atención, asistencia y reparación establecidas en la presente ley, contribuyan a recuperarlas como ciudadanos en ejercicio pleno de

    ! ,-/045# " -68466 '$ 95$8, :$! @ @    #   "           ! 3   #     ( "          ! @     #           ( sufrido ante la autoridad administrativa, para que esta proceda a relevarla

       ! En los procesos en los que se resuelvan medidas de reparación admi      #       "         ( "    #      " "     ! En los procesos judiciales de restitución de tierras, la carga de la    #         W+     3! ,-/045# ; 675,#',' Las medidas contempladas en la    #            libertad u orientación sexual, raza, la condición social, la profesión, el origen nacional o familiar, la lengua, el credo religioso, la opinión po    ! ,-/045#

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