RESPUESTAS A OBSERVACIONES DEL PLIEGO DEFINITIVO DE LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA DG DE 2016

RESPUESTAS A OBSERVACIONES DEL PLIEGO DEFINITIVO DE LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA DG - 0003 DE 2016 EMPRESA Julio

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RESPUESTAS A OBSERVACIONES DEL PLIEGO DEFINITIVO DE LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA DG - 0003 DE 2016

EMPRESA

Julio Sanchez

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Julio Sanchez

FECHA



PREGUNTA

1

En numeral 6.4.1. Evaluación técnica, Nota 1: “Con el fin de incentivar la participación de las empresas que ejecuten Acciones de Formación y/o tengan domicilio en los Departamentos de Amazonas, Caquetá, Chocó, Córdoba, Guainía, Guaviare, Nariño, Sucre, Vaupés, Vichada, Arauca, Casanare, Cesar, La Guajira, Meta, Putumayo y San Andrés, el SENA bonificará a dichos proyectos con cinco (5) puntos adicionales al puntaje final obtenido luego de aplicar la matriz de evaluación, sin que en ningún caso se superen los 100 puntos establecidos como calificación máxima para la evaluación”.

RESPUESTA

En atención a su observación y con base en lo establecido en el Pliego de la Convocatoria de Formación Continua Especializada DG-0003 de 2016, en el Numeral 6.4.1 Nota 1, la cual establece "Con el fin de incentivar la participación de las empresas que ejecuten Acciones de Formación y/o tengan domicilio en los Departamentos de Amazonas, Caquetá, Chocó,Córdoba, Guainía, Guaviare, Nariño, Sucre, Vaupés, Vichada, Arauca, Casanare, Cesar,La Guajira, Meta, Putumayo y San Andrés, el SENA bonificará a dichos proyectos con cinco (5) puntos adicionales al puntaje final obtenido luego de aplicar la matriz de evaluación, sin que en ningún caso se superen los 100 puntos establecidos como calificación máxima para la evaluación" (subrayado y negrilla Observación 1: No se da claridad si para el caso de los proponentes que se presenten en la Modalidad Gremios, será válido como factor fuera de texto). de puntaje que el Gremio cuente con representatividad a través de capítulos o seccionales regionales con domicilio en algunos de los Es necesario señalar que el domicilio a tenerse en cuenta será el del proponente o promotor que es el titular departamentos mencionados. para ejecutar el proyecto.

2

En atención a su observación y con base en lo establecido en el Pliego de la Convocatoria de Formación Continua Especializada DG-0003 de 2016, en el Numeral 6.4.1 Nota 1, la cual establece "Con el fin de incentivar la participación de las empresas que ejecuten Acciones de Formación y/o tengan domicilio en los Departamentos de Amazonas, Caquetá, Chocó,Córdoba, Guainía, Guaviare, Nariño, Sucre, Vaupés, Vichada, Observación 2: No se da claridad si para el caso de los proponentes que se presenten en la Modalidad Gremios, será válido como factor Arauca, Casanare, Cesar,La Guajira, Meta, Putumayo y San Andrés, el SENA bonificará a dichos proyectos con de puntaje que sean las empresas afiliadas al mismo, quienes cuenten con domicilio en algunos de los departamentos mencionados. cinco (5) puntos adicionales al puntaje final obtenido luego de aplicar la matriz de evaluación, sin que en ningún caso se superen los 100 puntos establecidos como calificación máxima para la evaluación" (subrayado fuera de texto). Es necesario señalar que el domicilio a tenerse en cuenta será el del proponente o promotor que es el titular para ejecutar el proyecto.

3

En atención a su observación y con base en lo establecido en el Pliego de la Convocatoria de Formación Continua Especializada DG-0003 de 2016, en el Numeral 6.4.1 Nota 1, la cual establece "Con el fin de incentivar la participación de las empresas que ejecuten Acciones de Formación y/o tengan domicilio en los Departamentos de Amazonas, Caquetá, Chocó,Córdoba, Guainía, Guaviare, Nariño, Sucre, Vaupés, Vichada, Arauca, Casanare, Cesar,La Guajira, Meta, Putumayo y San Andrés, el SENA bonificará a dichos proyectos con cinco (5) puntos adicionales al puntaje final obtenido luego de aplicar la matriz de evaluación, sin que en ningún caso se superen los 100 puntos establecidos como calificación máxima para la evaluación" (subrayado fuera de texto). Es necesario señalar que el domicilio a tenerse en cuenta será el del proponente o promotor que es el titular para ejecutar el proyecto.

10/03/2016 0:00 Observación 3: No se da claridad si para el caso de los proponentes que se presenten en la Modalidad Empresas Agrupadas, será válido como factor de puntaje que sean las empresas agrupadas y no precisamente la proponente, quienes cuenten con domicilio en algunos de los departamentos mencionados.

Presento el siguiente ejemplo para las observaciones 4 y 5: Se presenta un proyecto con 3 acciones de formación, la primera de ellas beneficia a 30 personas, la segunda de ellas beneficia a 100 personas y la tercera de ellas beneficia a 500 personas.

4

5

Observación 4: En numeral 7.6.13.1 Alternativas de transferencia de conocimiento y tecnología al SENA, literal a), se menciona: “aplica En atención a su observación y para efectos de transferencia de conocimiento y tecnología al SENA, se reitera para beneficiarios del proyecto iguales o superiores a 150 personas por Acción de Formación”. ¿Esto quiere decir que esta alternativa se debe dar cumplimiento a lo establecido en el Pliego de la Convocatoria, Numeral 7.6.13.1 "Alternativas de aplicaría únicamente para proyectos en los cuales todas las acciones de formación tengan 150 beneficiarios o más? En caso de ser transferencia de conocimiento y tecnología al SENA". afirmativa la respuesta, ¿Esta alternativa aplicaría para las 3 acciones de formación mencionadas en el ejemplo?

Observación 5: En numeral 7.6.13.1 Alternativas de transferencia de conocimiento y tecnología al SENA, literal b), se menciona: “aplica En atención a su observación y para efectos de transferencia de conocimiento y tecnología al SENA, se reitera para beneficiarios del proyecto inferiores a 150 personas por Acción de Formación”. ¿Esto quiere decir que esta alternativa aplicaría se debe dar cumplimiento a lo establecido en el Pliego de la Convocatoria, Numeral 7.6.13.1 "Alternativas de únicamente para proyectos en los cuales todas las acciones de formación tengan menos de 150 beneficiarios? En caso de ser afirmativa transferencia de conocimiento y tecnología al SENA". la respuesta, ¿Esta alternativa aplicaría para las 3 acciones de formación mencionadas en el ejemplo?

RESPUESTAS A OBSERVACIONES DEL PLIEGO DEFINITIVO DE LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA DG - 0003 DE 2016

EMPRESA

Julio Sanchez

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Julio Sanchez

FECHA

10/03/2016 0:00



PREGUNTA

RESPUESTA

6

Requerimos aclaración con respecto a los rubros financiables en la formación especializada presencial. Las tarifas de honorarios de capacitadores internacionales incluye nacionalidad colombiana con perfil internacional, es decir con experiencia internacional en mas de 2 países ?

En atención a su observación y con base a lo establecido en la Resolución de Tarifas No. 0350 de 2016, Artículo Segundo (Rubros Financiables en la Formación Presencial), Parágrafo Tercero "Los capacitaores internacionales, deberán certificar la experiencia laboral de por lo menos dos (2) países diferentes a su país de nacimiento". De acuerdo a lo anterior, el perfil del capacitador internacional incluye Nacionalidad Colombiana

7

¿Cómo realiza una Cámara de Comercio el recaudo del dinero correspondiente a la contrapartida de las empresas?

En atención a su observación y de acuerdo con el Literal (e) del Numeral 2.4 del Pliego de Condiciones, la empresa proponente o promotora deberá presentar certificación expedida por el revisor fiscal cuando esté obligada a tenerlo, o en su defecto representante legal o contador del Proponente, en el cual conste la existencia del aporte de la contrapartida expresada en el proyecto.

8

¿Si un gremio con representación nacional presenta a una empresa cono (SIC) beneficiaria, la Cámara de comercio de la región puede volver a presentar a esta empresa?

En atención a su observación y de acuerdo con lo establecido en el Inciso cuarto del Numeral 4.2 "Cofinanciación SENA por Modalidad" del Pliego de Condiciones, una empresa puede presentar un solo proyecto y al mismo tiempo ser beneficiaria de los proyectos en las modalidades de empresas agrupadas y gremios, sin que la suma de los aportes parafiscales de los proyectos en que participe pueda superar el 50% del valor de sus aportes.

En cuanto al aporte en especie, son recursos propiedad del gremio, pero también pueden ser recursos de las empresas participantes? Quienes son los "terceros" que se mencionan en los pliegos?

En atención a su observación, se entiende por terceros las personas naturales o jurídicas que pongan a disposición del proyecto los bienes y servicios para ejecutar las acciones de formación. Es importante tener en cuenta que para certificar el aporte de contrapartida en especie, el conviniente durante la ejecución deberá adjuntar la certificación correspondiente expedida por el revisor fiscal cuando la empresa proponente o promotora esté obligado a tenerlo, o en su defecto el representante legal o contador del proponente, de conformidad con lo establecido en el Inciso quinto del Numeral 8.7.1 "Soportes de la ejecución académica y financiera".

9

En el numeral 4.4 se menciona que es posible adquirir bienes y servicios necesarios para la ejecución del proyecto y poder financiar los En atención a su observación, se aclara que los bienes y servicios que se pueden adquirir son aquellos que sean 10 Impuestos, tasas, contribuciones y gravámenes que se causen en esta adquisición, y gravámenes a los movimientos financieros. inherentes a la ejecución del proyecto de acuerdo a los rubros establecidos en la Resolución de Tarifas No. 0350 ¿cuales son esos bienes y servicios que se pueden adquirir. de 2016.

11 Con el fin de estructurar mejor el proyecto de formación, ¿Es posible ampliar el plazo de cierre de la convocatoria?

GERMÁN EDUARDO GIRALDO

GERMÁN EDUARDO GIRALDO

11/03/2016

En atención a su observación, se reitera lo establecido en el Numeral 5.1 del Pliego de la Convocatoria "Cronograma de la Convocatoria", cierre día 8 de abril de 2016 a las 14:00:00 horas.

12

En cuanto al Director del proyecto, ¿a que hace referencia que este sea profesional en el área del objeto del proyecto? Si el objeto del proyecto es múltiple, como en el caso de una Cámara de Comercio, que profesión debería tener?

En atención a su observación se recomienda remitirse al Numeral 6.4.1.1 "Director del Proyecto" del Pliego de Condiciones de la Convocatoria DG-0003 de 2016.

13

En el numeral 6.4.1 se menciona que la entrega de soportes del director y equipo del proyecto se realizará dentro de la ejecución del convenio, ¿para la radiación (SIC) de la propuesta debe adjuntarse la hoja de vida y soportes del director del proyecto y su equipo?

En atención a su observación se recomienda remitirse al Numeral 6.4.1.1 "Director del Proyecto" del Pliego de Condiciones de la Convocatoria DG-0003 de 2016.

14

Por favor aclarar ¿De qué manera el proyecto se restringe o condiciona por la participación en mesas sectoriales? Y que quiere decir y cómo afecta al proyecto de formación el facilitar expertos técnicos para elaborar o actualizar productos de normalización?

En atención a su observación, y de acuerdo a lo establecido en el anexo No. 6 "Matriz de Evaluación", se plantea que son puntos que tendrá el proponente si hace parte de las Mesas sectoriales o ha aportado expertos técnicos. Por lo tanto no es ninguna restricción.

15

¿Qué información se espera recibir acerca de la situación actual de la empresa, grupo de empresas o gremio, el sector al cual pertenece(n), y al cuidado del medio ambiente?

En atención a su observación, se aclara que la información solicitada hace parte del diagnóstico, el cual permitirá identificar el problema, necesidad u oportunidad y definir la pertinencia de la propuesta presentada.

En el numeral 7.5, indicador 5, ¿es posible que se incluyan como trabajadores beneficiarios, aquellos pertenecientes a la cadena 16 productiva? O son los directamente empleados por la empresa proponente? De igual forma, el indicador No 6 incluye a los empleados directos de la empresa proponente?

En atención a su observación se recomienda remitirse al Numeral 7.5 "Indicadores de Ejecución del Convenio" del Pliego de Condiciones de la Convocatoria DG-0003 de 2016.

GERMÁN EDUARDO GIRALDO

EMPRESA

GERMÁN EDUARDORESPUESTAS 11/03/2016A GIRALDO ENVIADO POR

FECHA

OBSERVACIONES DEL PLIEGO DEFINITIVO DE LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA DG - 0003 DE 2016



PREGUNTA

17

En el numeral 7.6, pág. 46, se menciona que "las Acciones de Formación de sectores de servicios que por Ley requieren formación a través de instituciones específicamente acreditadas, no se consideran como formación básica". Pregunta ¿las acciones de formación básica se encuentran excluidas en esta convocatoria? aclarar ¿que es una acción de formación básica o dónde pueden ser consultadas?

En atención a su observación se reitera lo consigando en el Numeral 7.6 "Acciones de Formación" y adicionalmente las definiciones contempladas en el Glosario del Pliego de Condiciones de la Convocatoria DG0003 de 2016.

18

En el numeral 7.6.6 a) se menciona de un mínimo de 5 personas por grupo de formación, sin embargo, anteriormente, en el numeral 7.6 se menciona un mínimo de 15 participantes, Por favor aclarar.

En atención a su observación es necesario señalar que el número mínimo de beneficiarios por grupo es de 15 y en casos excepcionales se permitirán grupos de mínimo 5 beneficiarios según lo contemplado en la nota del Numeral 7.6 que reza: "Nota: En casos excepcionales y previa justificación por parte del proponente, se permitirán grupos de mínimo cinco (5) beneficiarios, siempre y cuando la formación tenga un alto nivel de complejidad que requiera conocimientos en maquinaria, equipo y/o vehículos especializados".

19 7.6.6 b) primer párrafo. Aclarar en que casos las videoconferencias no constituyen formación virtual.

Julio Sanchez

Julio Sanchez

10/03/2016 0:00

SEIX

11/03/2016

En atención a su observación se reitera lo consignado en el literal b) " Formación virtual" del Numeral 7.6.6 del Pliego de Condiciones de la Convocatoria DG-0003 de 2016 que cita lo siguiente " (...) En ningún caso las videoconferencias constituyen formación virtual".

En atención a su observación y con base a lo establecido en la Resolución de Tarifas No. 0350 de 2016, Artículo Segundo (Rubros Financiables en la Formación Presencial), Parágrafo Tercero "Los capacitaores internacionales, deberán certificar la experiencia laboral de por lo menos dos (2) países diferentes a su país de nacimiento". De acuerdo a lo anterior, el perfil del capacitador internacional incluye Nacionalidad Colombiana

20

En cuanto al numeral 7.6.8, la experiencia certificada en 2 países diferentes al país de nacimiento para capacitadores internacionales, corresponde a experiencia laboral o experiencia en las acciones de formación propuestas?

21

En atención a su observación y de acuerdo a lo establecido en el Numeral 7.6.13.1 literal c), las visitas guiadas En cuanto al numeral 7.6.13.1 literal c) ¿las visitas guiadas aplican a gremios? Y se pueden realizar en cualquier empresa perteneciente hacen referencia al desarrollo de experiencias teórico–prácticas a través de una visita para el conocimiento de al gremio? procesos productivos e industriales al interior de la empresa.

En cuanto al numeral 7.6.13.1, donde se menciona "Los participantes del SENA en las Acciones de Formación en el marco de la transferencia de conocimiento y tecnología no hacen parte del total de beneficiarios por Acción de Formación incluidos en el proyecto, ni del cálculo del costo/hora/beneficiario del mismo, por ser un ejercicio de extensión de la actividad de formación", y en el mismo numeral, 22 literal b) se menciona también que "Para esta opción de transferencia se puede incluir el rubro de material de formación con cargo a la contrapartida del proponente, de conformidad con la Resolución de Tarifas de 2016", por favor aclarar si al incluir los costos de los materiales correspondientes a personal designado por el SENA, se afecta el calculo del costo/hora/beneficiario.

En atención a su observación y como se menciona en el Numeral 7.6.13.1, los participantes del SENA en las acciones de formación en el marco de la Transferencia de Conocimiento y Tecnología no hacen parte del total de beneficiarios por acción de formación. En cuanto a los rubros de honorarios de capacitador y material de formación para la transferencia estarán cargados a la contrapartida del conviniente y los valores de estos rubros no serán tenidos en cuenta para calcular el costo hora/beneficiario.

En cuanto al numeral 8.3.2. literal a) que menciona que "a. Un primer desembolso equivalente al TREINTA POR CIENTO (30%) del aporte SENA, una vez cumpla los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del convenio, y cuando el avance del cronograma sea igual o superior al cinco por ciento (5%), previo aval de la interventoría.", una vez se obtenga el aval del interventor, cuanto tiempo calendario pasará hasta el depósito del dinero en la cuenta del proponente?

En atención a su observación nos permitimos señalar que no es procedente la inquietud formulada ya que esta no tiene relación con el Pliego de la Convocatoria de Formación Continua Especializada; sin embargo la gestión por usted cuestionada corresponde a los tiempos y trámites internos de la Entidad.

23

PAOLA RODRÍGUEZ

RESPUESTA

En cuanto al numeral 8.5.3 ¿Por cuánto tiempo el SENA dará uso de "los conocimientos, productos, resultados y/o tecnologías generadas en desarrollo del convenio, contenidos en programas de formación, medios didácticos, modelos y metodología, desarrollos 24 de software, independientemente de la manera en que se expresen y de su soporte"? y por favor aclarar a que se refiere con "podrá utilizarlos en actividades de formación profesional".

En atención a su observación, nos permitimos señalar que se debe tener en cuenta lo contemplado en la CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA "MANEJO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL" , anexo No 18 "Modelo Minuta Convenio Especial de Cooperación " y lo establecido en el pliego de condiciones de la Convocatoria del Programa de Formación Continua Especializada DG-0003 de 2016 Numeral 8.5.3 donde se incluye el artículo 10 de la Ley 1753 de 2015.

Si la empresa se hace cargo de imprimir el Material de formación y de promoción y divulgación con recursos propios pueden estos 25 rubros ser incluidos como especie?

En atención a su observación, el anexo No. 5 "Resolución de Tarifas 0350 de 2016" artículo 2 "RUBROS FINANCIABLES DE LA FORMACIÓN ESPECIALIZADA PRESENCIAL: Rubros "Material de Formación" (R03.1.2) y "Promoción y Divulgación de las Acciones de Formación" (R03.1.4) , señalan que el material puede ser impreso. De igual forma, la Resolución de Tarifas manifiesta que el Material de Formación y la Promoción y Divulgación pueden ser financiados como especie de la Contrapartida.

RESPUESTAS A OBSERVACIONES DEL PLIEGO DEFINITIVO DE LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA DG - 0003 DE 2016

EMPRESA

CÁMARA COLOMBIANA DE LA INFRAESTRUCTURA

CÁMARA COMERCIO DE MANIZALEZ

UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA

ENVIADO POR

VIVIANA RUIZ

JUAN MANUEL GIRALDO RAMÍREZ

LIZA JULIANA CORTÉS MORALES

FECHA

11/03/2016

11/03/2016



La Cámara Colombiana de la Infraestructura interesada en participar en la convocatoria DG 003 de 2016 Formación Continua Especializada, les solicita muy cordialmente aclaración sobre el numeral 7.6.5 Unidades Temáticas, más especicificamente el párrafo donde dice: "Cada Acción de Formación debe contener una unidad temática alineada al post-conflicto, inclusión social o medio 26 ambiente, de mínimo una (1) hora académica". Es necesario incluir los tres temas de post-conflicto, inclusión social y ambiental; o solo basta con uno? Es posible incluir el mismo tema, por ejemplo el ambiental, en cada Acción de formación? Ya que los programas de formación que la Cámara pretende presentar incluyen el componente medio ambiental, se cumpliría esí el numeral 7.6.5?. Adicionalmente, solicitamos ejemplos de las temáticas solicitadas en el numeral antes descrito?.

27

CÁMARA COMERCIO DE CÚCUTA

Julio Sanchez

JOHANA PATRICIA CADENA ARDILA

ACIEM CAPÍTULO DE SANTANDER

En atención a su observación, y como se menciona en el inciso diez del Numeral 7.6.5 del Pliego de la Convocatoria DG-0003 de 2016, cada Acción de Formación debe contener una unidad temática alineada al postconflicto, inclusión social o medio ambiente, de mínimo una (1) hora académica. Por ende, es el proponente quien define la temática a desarrollar en cada una de las Acciones de Formación planteadas en el proyecto, ya sea o post-conflicto o inclusión social o medio ambiente.

En atención a su observación, las condiciones para participar en la convocatoria DG 0003 de 2016 están definidas debidamente en el pliego y son los proponentes los que deben determinar la modalidad en la cual van a participar, para dicho efecto deberán tener en cuenta lo establecido en el numeral 2.6 “Modalidades de La inquietud radica en si es permitido incluir a la Alcadía, en el proceso, incluyendo los aportes parafiscales de esta entidad, adicional a Participación” y el numeral 2.6.3 Modalidad Gremios. los de las empresas beneficiarias.

En atención a su observación, el literal e) del numeral 3.1 del Pliego de la Convocatoria DG-0003 de 2016, establece: 3. CAUSALES DE RECHAZO DE LA PROPUESTA. 3.1 Causales jurídicas: “…Cuando como proponente presente más de una propuesta. En este caso se rechazarán todas las propuestas presentadas”

11/03/2016 2. En que consiste el porcentaje de Beneficiarios de transferencia de conocimiento y tecnología. No entiendo de que se trata ni cómo funciona este punto.

10/03/2016 0:00

En atención a su observación se recomienda remitirse al anexo No. 14 "Empresas-beneficiarias y/o afiliadas" del Pliego de Condiciones de la Covocatoria del Programa de Formación Continua Especializda DG-0003 de 2016.

31 como se verifica en el proceso de la interventoría que el empleado es formal?

No es procedente su observación.

32 el máximo de beneficiarios por formación cuál es?

En atención a su observación, el pliego no contempla un máximo de beneficiarios por acción de formación, sin embargo es necesario señalar que una misma Acción de Formación puede estar dirigida a uno o varios grupos tal como lo establece el Numeral 7.6 "Acciones de Formación" del Pliego de Condiciones de la Convocatoria DG0003 de 2016 .

33 En que ítem de la plataforma se refleja los beneficiarios SENA?

En atención a su observación la plataforma donde se refleja los beneficiarios SENA, la encontrará una vez desgargue el formulario en la pestaña "Acciones de Formación" - "Descrpciones" - Item No. 12 "Transferencia de Conocimiento y Tecnología al SENA", tal cual lo determina el anexo No. 13 "Instructivo Diligenciamiento o Formulario Digital".

34 Cuando en una formación son varios grupos se coloca el máximo de personas o se describe los grupos?

En atención a su observación lo primero que se determina es el número máximo de beneficiarios y posteriormente se determina el número de grupos por Acción de Formación, lo anterior conforme a lo establecido en el anexo No. 13 "Instructivo Diligenciamiento o Formulario Digital".

11/03/2016

11/03/2016

En atención a su observación y para efectos de transferencia de conocimiento y tecnología al SENA, se reitera se debe dar cumplimiento a lo establecido en el Pliego de la Convocatoria, Numeral 7.6.13.1 "Alternativas de transferencia de conocimiento y tecnología al SENA".

30 Se solicita el listado de afiliados, es necesario anexar el número de empleados por empresa?

En atención a su observación se reitera lo establecido en el Pliego de la Convocatoria de Formación Continua Especializada DG-0003 de 2016, en el Numeral 5.2.4 "Criterios de desempate de las propuestas", el cual establece: "En caso de empate, el SENA escogerá el proyecto presentado por el proponente domiciliado y debidamente probado, según certificado de existencia y representación legal o su equivalente, en alguno de los ACIEM no presenta domicilio en los departamentos de Amazonas, Caquetá, Chocó, Córdoba, Guainía, Guaviare, Nariño, Sucre, 35 siguientes Departamentos: Amazonas, Caquetá, Chocó, Córdoba, Guainía, Guaviare, Nariño, Sucre, Vaupés, Vaupés, Vichada, Arauca, Casanare, Cesar, La Guajira, Meta, Putumayo y San Andrés, sin embargo dentro de sus empresas y afiliados Vichada, Arauca, Casanare, Cesar, La Guajira, Meta, Putumayo, y de éstas, la que tenga el mayor número de (Los cuales constituyen el gremio) si se encuentran muchas de ellos domiciliados en dichos departamentos que el SENA sugiere como beneficiarios. (Negrilla y subrayado fuera de texto). criterio de desempate en la calificación del proyecto, en dicho caso ACIEM cumple con este requisito?. Lo anterior con fundamento en el “Índice Departamental de Competitividad 2015”, del Consejo Privado de Competitividad. ACIEM capítulo Santander presenta las siguientes inquietudes respecto al pliego de la convocatoria de formación especializada DG 0003 de 2016

ACIEM CAPÍTULO DE SANTANDER

RESPUESTA

La Cámara de Comercio de Manizales por Caldas va a participar en la convocatoria Formación Continua Especializada Pliego Convocatoria DG - 0003 De 2016, para fortalecer empresas del sector metalmecánico de la ciudad. En ese orden de ideas, la Cámara se va a presentar en la Modalidad de Gremios junto con la Alcaldía de Manizales, ya que se busca un fortalecimiento a nivel macro de ciudad.

1. Si nos presentamos como agrupación con otras dos organizaciones como instituciones de carácter nacional (en el caso de la 28 Universidad Cooperativa con un solo NIT a nivel nacional en las 18 sedes que tenemos en Colombia) podría también presentarse una Sede del país de la Universidad como empresa individual o se inhabilitaría?.

29

Julio Sanchez

PREGUNTA

RESPUESTAS A OBSERVACIONES DEL PLIEGO DEFINITIVO DE LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA DG - 0003 DE 2016

EMPRESA

ENVIADO POR

FECHA



PREGUNTA

RESPUESTA

De acuerdo al interés que tiene la Universidad EAN de participar con varios de sus clientes y aliados en la Convocatoria de Formación continua especializada, enviamos a continuación nuestra observaciones al respecto del Pliego de Condiciones: 1. En la intensidad de los tipos de formación se menciona: 36

UNIVERSIDAD EAN

JUAN GONZALO LAVERDE URIBE

Diplomado: Evento de capacitación que estructura unidades de enseñanza-aprendizaje sobre determinado tema y que tiene suficiente extensión y formalidad para garantizar la adquisición y desarrollo de un conocimiento teórico y/o práctico válido. Podrá tener una duración de 80 horas mínimo y 120 horas máximo.

No es procedente su observación, y se aclara al observante que el pliego de la Convocatoria DG-0003 de 2016 se determina en el numeral 7.6 Acciones de formación “…Diplomado: Evento de capacitación que estructura unidades de enseñanza-aprendizaje sobre determinado tema y que tiene suficiente extensión y formalidad para garantizar la adquisición y desarrollo de un conocimiento teórico y/o práctico válido. Podrá tener una duración de 80 horas mínimo y 120 horas máximo”. Lo anterior, teniendo en cuenta el tiempo de ejecución disponible para llevar a cabo el proyecto de formación en la vigencia 2016.

Solicitamos evaluar la posibilidad de que se amplíe el rango a 160 horas, valor que normalmente se maneja como máximo para éste tipo de Formación (Diplomados).

11/03/2016

37

De acuerdo al cronograma de la Convocatoria, publicado en el Pliego de Condiciones, solicitamos la posibilidad de que se evalúe el ampliar el plazo para presentar propuesta, teniendo en cuenta que se viene el periodo de Semana Santa y un día festivo posterior a la misma, lo que redice el tiempo hábil para lograr tener todos los documentos y formulación adecuada de los proyectos.

En atención a su observación, se reitera lo establecido en el Numeral 5.1 del Pliego de la Convocatoria "Cronograma de la Convocatoria", cierre día 8 de abril de 2016 a las 14:00:00 horas.

En razón de lo anterior, solicitamos evaluar la posibilidad de ampliar el plazo de entrega de propuestas hasta el día 15 de abril de 2016.

ANDIARIOS

NORA SANÍN

11/03/2016

Julio Sanchez

Julio Sanchez

10/03/2016 0:00

En relación con el pliego de la convocatoria No 003 de 2016,de manera atenta nos permitimos solicitar al SENA ampliar el plazo del cierre de la convocatoria contemplado en el cronograma debido a que el plazo previsto para la presentación de la propuesta es inferior a un mes y dentro de dicho plazo se encuentran incluidos los días de Semana Santa y el lunes de esa misma semana lo que reduce a casi 3 semanas el plazo para preparar y presentar las propuestas. En atención a su observación, se reitera lo establecido en el Numeral 5.1 del Pliego de la Convocatoria 38 "Cronograma de la Convocatoria", cierre día 8 de abril de 2016 a las 14:00:00 horas. Dicho plazo es muy corto especialmente para los gremios pues antes de presentar la propuesta debemos hacer consultas a todos los afiliados y reunir toda la documentación requerida en relación con ellos, para poder dar cumplimiento a lo establecido por el SENA.

¿En el caso de los gremios, todas las empresas afiliadas al mismo, deben cumplir con el requisito de: Ser aportante al SENA y cumplir, En atención a su observación se manifiesta que efectivamente se le debe dar cumplimiento a la normatividad por 39 en los términos del Artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y lo señalado en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007 con los aportes parafiscales usted citada según lo establecido en el Literal a) del Numeral 2.4 "Requisitos jurídicos, técnicos y financieros de y pagos al sistema de seguridad social?. 2.4 Requisitos jurídicos, técnicos y financieros de participación Pagina 9. participación" del Pliego de Condiciones de la Convocatoria DG - 0003 de 2016.

CIBLEU

RAFAEL LOZANO

11/03/2016

Una empresa individual, agrupadas o gremios, puede dentro del proyecto tener una acción de formación de un congreso, la convocatoria es clara que en este tipo de formación debe ser dirigida hasta 500 personas y que los recursos del proyecto de aportes Sena y contrapartida corresponden a los costos del proyecto para este número de personas. La pregunta es: ¿En el caso que el congreso este 40 dirigido para un mayor número de personas, por ejemplo 700, estas personas adicionales que evidentemente no serían beneficiarios del proyecto Sena , pueden pagar la matrícula de congreso o bien ser patrocinadas por alguna empresa de forma tal que se cubran los costos de congreso proporcionales para estas personas adicionales? Es posible también para foros el mismo caso teniendo en cuenta que el límite de personas es de 200?

En atención a su observación y de acuerdo con los numerales 2.6.1, 2.6.2 y 2.6.3 del pliego de condiciones de la convocatoria DG 0003 de 2016 "Modalidades de participación". Por ningún motivo se aceptará cobro alguno a los beneficiarios de la formación, ya que todos los procesos de formación del SENA son GRATUITOS e INCLUYENTES. Para los eventos de formación denominados congreso, no habrá máximo de beneficiarios por grupo. Según lo establecido en el numeral 7.6 (Acciones de formación) Inciso 16. Para el caso de foros, los grupos serán máximo de doscientos (200) beneficiarios. Según lo establecido en el numeral 7.6 (Acciones de formación) Inciso 15.

41 ¿Las acciones de formación pueden ser 100% en modalidad virtual?

En atención a su observación se aclara al observante, que el Pliego de la Convocatoria Dg-0003 de 2016 en el literal b) del numeral 7.6.6 denominado “Tipo de formación y metodología” establece la formación Virtual sin restricción alguna en porcentajes de formación.

RESPUESTAS A OBSERVACIONES DEL PLIEGO DEFINITIVO DE LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA DG - 0003 DE 2016

EMPRESA

ENVIADO POR

CIBLEU

RAFAEL LOZANO

FECHA

11/03/2016



PREGUNTA

¿El valor de aportes parafiscales y pagos de seguridad social de personas de nómina del proponente o promotor que participan en la 42 coordinación del proyecto, pueden ser incluidos dentro del valor de la contrapartida?

43

Dentro de Alquiler equipos especializados - pueden tenerse en cuenta las aulas de cómputo (equipo para cada estudiante), que se utilicen en una acción de formación?- Resolución de tarifas

RESPUESTA

En atención a su observación nos permitimos remitirlo al anexo No 5 Resolución de Tarifas “Artículo 5°. RUBROS FINANCIADOS UNICAMENTE COMO CONTRAPARTIDA: Rubro: R06.1.3 Aportes al sistema de seguridad social y parafiscales derivados del proyecto: El pago de estos aportes se reconocerá únicamente a las personas que tengan relación laboral con el conviniente y estén vinculadas de manera directa en la ejecución del proyecto. El valor a reconocer será proporcional al tiempo de dedicación al mismo y no contarán en este rubro los beneficiarios de las acciones de formación.”

En atención a su observación se aclara que el computador para cada estudiante está relacionado dentro del alquiler de ayudas más no dentro del aquiler de equipos especializados según lo establecido en la Resolución de tarifas No. 0350 de 2016.

En atención a su observación y con base en lo establecido en el Pliego de la Convocatoria de Formación Continua Especializada DG-0003 de 2016, en el Numeral 6.4.1 Nota 1, la cual establece "Con el fin de Con respecto a la bonificación en la matriz de evaluación, teniendo en cuanta que esta es una convocatoria INCLUYENTE y no incentivar la participación de las empresas que ejecuten Acciones de Formación y/o tengan domicilio en los excluyente porque no se da este beneficio también a que las personas a capacitar o beneficiarios sean provenientes o tenga residencia Departamentos de Amazonas, Caquetá, Chocó,Córdoba, Guainía, Guaviare, Nariño, Sucre, Vaupés, Vichada, en los departamentos de departamentos de Amazonas, Caquetá, Chocó, Córdoba, Guainía, Guaviare, Nariño, Sucre, Vaupés, Vichada, Arauca, Casanare, Cesar,La Guajira, Meta, Putumayo y San Andrés, el SENA bonificará a dichos proyectos con 44 Arauca, Casanare, Cesar, La Guajira, Meta, Putumayo y San Andrés, independientemente del domicilio de la empresa o promotor, e cinco (5) puntos adicionales al puntaje final obtenido luego de aplicar la matriz de evaluación, sin que en ningún independientemente que la capacitación sea en esos departamentos de preferencia del Sena, todo esto teniendo en cuenta que para caso se superen los 100 puntos establecidos como calificación máxima para la evaluación" (subrayado y negrilla proyectos en región se establecen ciudades como centro de formación a donde acuden los beneficiarios de municipios aledaños. fuera de texto). Es necesario señalar que el domicilio a tenerse en cuenta será el del proponente o promotor que es el titular para ejecutar el proyecto. Julio Sanchez

Julio Sanchez

10/03/2016 0:00 45

COMFACESAR

COMFACESAR

11/03/2016

El director del proyecto y equipo del proyecto pueden ser subcontratados a un tercero?, empresa conusultora, operador logístico o ente de capacitación?

La observación va dirigida al Item de Competencias Laborales, COMFACESAR va a realizar un Diplomado en Cooperación para el Desarrollo Sostenible de la Paz, revisamos el Documento Anexo # 8 Catalogo normas de competencia, NO aparece ninguna 46 competencia relacionado con el Diplomado. La respuesta de la obersvación del 08 – Marzo – 2016 no es clara

Còmo se puede cuantificar el porcentaje de la contrapartida DINERO - ESPECIE. Existe un parámetro para cada uno de ellos que los 47 cuantifique ( Numeral 4.3)

ALVARO SALAZAR ESQUIVEL

ALVARO SALAZAR ESQUIVEL

11/03/2016

En atención a su observación, se informa que el Director del Proyecto y el equipo requerido pueden ser contratados o empleados del proponente; no obstante en el caso de ser empleados del proponente, el reconocimiento de salarios no será imputable a la cofinanciación SENA.

En atención a su observación en el anexo numero 8 encontrará las normas de Competencia Laboral dispuestas para las acciones de formación que se pretendan adelantar por cada uno de los proponentes. Es pertinente resaltar que el nombre o la denominación de la acción de formación no deber coincidir exactamente con las normas de competencia laboral dispuestas en el anexo, basta que la Norma Sectorial de Competencia laboral esté relacionada con la temática a impartir o con las actividades y funciones productivas que desarrollan los beneficiarios de la acción de formación según lo establecido en el inciso tercero del Numeral 7.6 del Pliego de Condiciones de la Convocatoria de Formación Continua Especilaizada DG-0003 de 2016. Para el caso objeto de consulta “Diplomado en Cooperación para el Desarrollo Sostenible de la Paz” debe tener en cuenta todas las normas de Competencia Laboral relacionadas con el tema “paz”. Como la identificada bajo el código 240403032 , titulada Orientar acciones de paz de acuerdo con metodologías y normativa

En atención a su observación en el anexo No. 4 "Acuerdo 0005 de 2014" Art. 20 y en complemento con el anexo No. 2 "Carta de Presentación de la propuesta", establece la manera como debe estar cuantificada la contrapartida. En el mismo sentido se debe tener en cuenta el Numeral 4.3 "Distribución de la contrapartida del coviniente" contenido en el Pliego de Condiciones de la Convocatoria del Programa de Formación Continua Especializada DG-0003 de 2016.

RESPUESTAS A OBSERVACIONES DEL PLIEGO DEFINITIVO DE LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA DG - 0003 DE 2016

EMPRESA

ALVARO SALAZAR ESQUIVEL

Julio Sanchez

MARGARITA ROSA HORTÚA GIRALDO

ENVIADO POR

ALVARO SALAZAR ESQUIVEL

Julio Sanchez

MARGARITA ROSA HORTÚA GIRALDO

FECHA



PREGUNTA

48 Se puede estructurar un programa de formación continuada con Normas de competencia laboral Internacional ?

En atención a su observación. No es posible estructurar un programa de formación continua con normas de competencia laboral internacional, toda vez que tal y como se indica en el inciso 3 del numeral 7.6 de la convocatoria del grupo de Formación Continua Especializada DG –0003 de 2016 “(...) cada Acción de Formación se debe seleccionar una Norma Sectorial de Competencia Laboral del SENA relacionada con la temática a impartir o con las actividades y funciones productivas que desarrollan los beneficiarios de la Acción de Formación según su nivel ocupacional (alta dirección, nivel medio o nivel operativo), para que en caso de considerarlo y si el proyecto es aprobado, tener la posibilidad de acceder al servicio de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales del SENA y con el propósito de determinar el nivel de competencia para desempeñar una función productiva y reconocer el aprendizaje y la experticia adquirida a lo largo de la vida laboral de cada uno de los beneficiarios del proyecto de formación”.

49 Se debe especificar en el programa el Nivel Jeràquico de los usuarios o beneficiarios de la formaciòn ?

En atención a su observación y conforme a lo estipulado en el numeral 7.6.3 – BENEFICIARIOS DE LAS ACCIONES DE FORMACIÓN – de los Pliegos de Condiciones de la Convocatoria de Formación Continua Especializada DG-0003 de 2016. En cada Acción de Formación se debe indicar el número de beneficiarios, área funcional a la cual pertenecen, su nivel ocupacional (alta dirección, nivel medio o nivel operativo).

50 Una institución Educativa puede conformar un proyecto de formación con NCL especìficas de la Mesa Sectorial Sector Educativo. ?

En atención a su observación, el inciso tres del Numeral 7.6 del Pliego de la Convocatoria de Formación Continua Especializada DG-0003 de 2016, establece: “ ... para cada Acción de Formación se debe seleccionar una Norma Sectorial de Competencia Laboral del SENA relacionada con la temática a impartir o con las actividades y funciones productivas que desarrollan los beneficiarios de la Acción de Formación según su nivel ocupacional (alta dirección, nivel medio o nivel operativo)”.

51 Se puede estructurar el Programa de formación por Crèditos Acadèmicos ( 48 Horas )

En atención a su observación se recomienda remitirse al numeral 7.6 del pliego de condiciones de la Convocatoria de Formación Continua Especializada DG 0003 de 2016 “Acciones de Formación”, donde se manifiesta que cada Acción de Formación está conformada por una o varias unidades temáticas, y puede ejecutarse a través de diferentes eventos de formación Foro, taller, seminario, congreso, curso, diplomado, cada uno con una duración mínima y máxima de horas.

Porque si en la formación virtual no es válido para el SENA las videoconferencias sincrónicas o asincrónicas se establece en la 52 resolución de tarifas que el dentro del valor virtual se pagan consultores nacionales o internacionales. Cuál sería el concepto bajo el cual se paguen honorarios en este caso?

En atención a su observación se reitera que el capítulo II del anexo No. 5 "Resolución de Tarifas No.0350 de 2016" el cual establece que la formación virtual se presupuesta de manera global por persona, es decir, el costo incluye todas las actividades e insumos requeridos para la misma, como son: Costos de plataforma, honorarios de capacitadores nacionales e internacionales, material de formación, ayudas y equipos propios de esta modalidad.

11/03/2016

10/03/2016 0:00

RESPUESTA

11/03/2016

53

¿Porque en caso de empate seleccionan proyectos de empresas/gremios/agrupadas de los departamentos de Amazonas, Caquetá, Chocó, Córdoba, Guainía, Guaviare, Nariño, Sucre, Vaupés, Vichada, Arauca, Casanare, Cesar, La Guajira, Meta, Putumayo, excluido al resto del País, esto es excluyente. Porque no se maneja sobre proponentes que realizan acciones de formación en estos departamentos o bien beneficiarios originarios o residentes de estos departamentos que asisten a las acciones de formación?

En atención a su observación se reitera lo establecido en el Pliego de la Convocatoria de Formación Continua Especializada DG-0003 de 2016, en el Numeral 5.2.4 "Criterios de desempate de las propuestas", el cual establece: "En caso de empate, el SENA escogerá el proyecto presentado por el proponente domiciliado y debidamente probado, según certificado de existencia y representación legal o su equivalente, en alguno de los siguientes Departamentos: Amazonas, Caquetá, Chocó, Córdoba, Guainía, Guaviare, Nariño, Sucre, Vaupés, Vichada, Arauca, Casanare, Cesar, La Guajira, Meta, Putumayo, y de éstas, la que tenga el mayor número de beneficiarios. (Negrilla y subrayado fuera de texto). Lo anterior con fundamento en el “Índice Departamental de Competitividad 2015”, del Consejo Privado de Competitividad.

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