Sociedades en Derecho Mercantil. Lectura No. 6 Sociedades Mercantiles. Reglas General

Sociedades en Derecho Mercantil Lectura No. 6 Sociedades Mercantiles. Reglas General Contextualización Las sociedades mercantiles están reguladas c

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Sociedades en Derecho Mercantil Lectura No. 6 Sociedades Mercantiles. Reglas General

Contextualización

Las sociedades mercantiles están reguladas como personas morales dentro del acto de comercio y como comerciantes de facto, con todas las responsabilidades y derechos de una persona física; dentro de las atribuciones que tienen las sociedades mercantiles que son similares a las personas hemos visto que cuentan con patrimonio propio y con un instrumento legal de “nacimiento” que es el acta constitutiva.

Introducción No obstante, veremos que los integrantes de la sociedad conservan sus derechos como personas físicas y como socios mercantiles, los cuales no son óbice a sus obligaciones en tanto personas civiles. También es preciso mencionar que las sociedades irregulares están tratadas bajo normas estrictas para controlar los negocios. El estudiante comprenderá la importancia de los diferentes tipos de sociedades mercantiles con todas sus características para diferenciar cada una de ellas.

Introducción

¿Es el nombre un elemento esencial de una sociedad mercantil? De conformidad con el artículo 6 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, el nombre de las empresas es expresado mediante la razón o denominación social. Es importante revisar la diferencia entre la razón social y la denominación social. La razón social se forma con los nombres completos o con los apellidos de uno o varios socios y, cuando en ella no figuren los de todos, se añaden las palabras y compañía u otras equivalentes para dar certeza de quiénes son las personas que aportan capital social a la nueva sociedad mercantil y, en su caso, se tengan por cumplidos los requisitos de inscripción ante el Registro Público.

Nombre, denominación y razón social

De conformidad con el artículo 6 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, el nombre de las empresas es expresado mediante la razón o denominación social. Es importante revisar la diferencia entre la razón social y la denominación social. La razón social se forma con los nombres completos o con los apellidos de uno o varios socios y, cuando en ella no figuren los de todos, se añaden las palabras y compañía u otras equivalentes para dar certeza de quiénes son las personas que aportan capital social a la nueva sociedad mercantil y, en su caso, se tengan por cumplidos los requisitos de inscripción ante el Registro Público.

Nombre, denominación y razón social .

Por otro lado, la denominación social se conforma de las palabras que denotan objeto social o de uso comercial, el uso de la denominación social es únicamente obligatorio para la sociedad anónima y optativo para la Sociedad de Responsabilidad Limitada y la Sociedad en Comandita Simple. La razón social y la denominación social son un dato necesario de identificación de las sociedades mercantiles, ya que es una atribución tal como lo es el nombre para las personas físicas y la única forma de identificación fiscal, hacendaria y corporativa.

Estado de Socio, derechos y obligaciones de los mismos ¿Existe diferencia entre socio, participante social y accionista? El accionista es la persona física que invierte capital social y que está representada en acciones de la sociedad mercantil de mérito, por ese sólo hecho tiene una serie de derechos y obligaciones en relación con la sociedad que es miembro. Se trata de derechos y obligaciones que son ejercidos frente a la corporación de la que se es miembro y no son resultado de vinculaciones aisladas, sino consecuencias comunes de la calidad de socio.

Sociedades Irregulares ¿Es válida la actuación de una sociedad irregular? Debemos estar precisos en que la regularidad de una sociedad se alcanza mediante la inscripción en el registro público vía una escritura pública, teniendo en cuenta un contrato de sociedad que estipule estatutos y se aporte un capital social. En las anotadas circunstancias puede suceder que el contrato de sociedad se estipule sin observar dichos requisitos. Cuando esto ocurre y la relación de sociedad se manifiesta externamente y de forma inéquivoca porque se realiza una actividad mercantil o industrial en su nombre, estamos ante una sociedad irregular

Conclusión

Es preciso señalar que las sociedades irregulares infieren directamente en las relaciones frente a los terceros, no importa su denominación o la situación en la que se encuentre, puesto que los administradores, representantes y, en general quienes se presenten ante terceros actuando en nombre de la sociedad irregular, son personal, solidaria e ilimitadamente responsables por los contratos y por todos los actos jurídicos realizados desde que se formaliza el contrato social o la designación del objeto.

Para aprender más Sobre el nombre, denominación y razón social

Para aprender.más

Es el lugar que los socios eligen para que la sociedad ejercite sus derechos y cumpla sus obligaciones. Es considerado un atributo relacionado a la razón social, toda vez que será el lugar físico donde se repute el domicilio de la razón social. No deben confundirse los conceptos de domicilio fiscal y social con oficinas sociales. El primero se refiere al domicilio corporativo donde legalmente tendrá su residencia y se considerará como el lugar idóneo para oír y recibir todo tipo de notificaciones; el segundo, al local o locales en que se encuentran las instalaciones de ella. A falta de determinación del domicilio social, la ley reputa como domicilio de las personas morales, el lugar donde se halle establecida su administración.

Referencias Bibliografía 

Araujo, V. (1989). Teoría general de las obligaciones. México: Porrúa



Borja, M. (2010). Teoría general de las obligaciones. México: Porrúa



Villoro Toranzo, M. (2009). Introducción al estudio del Derecho. México: Porrúa

Cibergrafía 

Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Código Civil para el Distrito Federal. Consultado el 4 de septiembre de 2012: http://mucd.org.mx/assets/files/pdf/leyes-codigos/codigos/codigocivildf.pdf

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