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PLIEGOS SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA CÓDIGO DEL PROCESO: SIE030CCTR2013 Objeto de Contratación:
TRANSPORTE PARA EL PERSONAL DE EP PETROECUADOR QUE LABORA EN LA CIUDAD DE ESMERALDAS Quito DM, junio de 2013
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SECCIÓN I CONVOCATORIA De acuerdo con los Pliegos de Subasta Inversa Electrónica elaborados por la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR, aprobados por el Subgerente de Desarrollo Organizacional, Enc., se convoca a las personas naturales y jurídicas, nacionales, extranjeras o asociaciones de éstas, compromisos de asociación o consorcio, legalmente capaces para contratar, a que presenten sus ofertas para el servicio de “TRANSPORTE PARA EL PERSONAL DE EP PETROECUADOR QUE LABORA EN LA CIUDAD DE ESMERALDAS”. El Presupuesto Referencial es de US$ 163.683.14 (Ciento sesenta y tres mil seiscientos ochenta y tres con 14/100) dólares de Estados Unidos de América, sin incluir el IVA; y el plazo para la ejecución del Contrato será de dos (2) años, contado a partir de la fecha en que se suscriba el contrato. Las condiciones generales de esta convocatoria son las siguientes: 1.‐ Los pagos del contrato se realizarán con cargo a los fondos provenientes del Ítem 23 “Fletes y Transportes”, Subítem de gasto 100: Movilización de personal, con asignaciones de US$ 99.644,52 para el año 2013, y US$ 130.655 y 132.665 para los años 2014 y 2015, respectivamente, conforme consta en las Certificaciones conferidas por las áreas financieras. 2.‐ Los Pliegos están disponibles, sin ningún costo, en el Portal www.compraspublicas.gov.ec, de conformidad a lo previsto en el inciso 4 del artículo 31 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública “LOSNCP”. 3.‐ Los interesados podrán realizar preguntas y recibir respuestas y aclaraciones de la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR, respecto al contenido de los Pliegos, a través del Portal. 4.‐ La oferta técnica se presentará de forma física en la Secretaría de Coordinación General de Contratos de la Gerencia de Comercialización, ubicada en el Edificio El Rocío, sexto piso, calle Alpallana y Av. 6 de Diciembre, hasta las 10:00 del día establecido en el cronograma. 5. El calendario del procedimiento de Subasta Inversa se realizará de acuerdo a los siguientes plazos: FECHA LÍMITE HORA ETAPA Publicación en el Portal 11 de junio de 2012 10:00 Preguntas 14 de junio de 2012 10:00 Respuestas y aclaraciones 18 de junio de 2012 10:00 Recepción de la Oferta Técnica 20 de junio de 2012 10:00 Solicitar convalidación de errores 20 de junio de 2012 15:00 Recibir convalidaciones 24 de junio de 2012 15:00 Calificación técnica de participantes 24 de junio de 2012 17:00 Inicio de la Puja 25 de junio de 2012 11:00 Estimada de adjudicación 26 de junio de 2012 16:00 6.‐ Duración del Proceso de Puja: 30 minutos. 7.‐ Variación mínima de la Puja: 0.5% del presupuesto referencial. 8.‐ Los oferentes calificados para participar en la Puja, deberán subir al Portal la oferta económica inicial hasta antes del inicio de dicha Puja. 2
9.‐ Los requerimientos mínimos que deberá tener la documentación técnica de la oferta se señalan en los Pliegos, en la Sección IV CONDICIONES ESPECÍFICAS. 10.‐ El oferente adjudicado, previo a la suscripción del Contrato, deberá presentar la garantía de Fiel Cumplimiento del contrato por el cinco por ciento de su valor, en cualquiera de las formas establecidas en los numerales 1 y 2 del artículo 73 de la LOSNCP. 11.‐ El procedimiento se ceñirá a las disposiciones de la LOSNCP, su Reglamento General, Resoluciones expedidas por el INCOP y los Pliegos. Quito DM, junio de 2013 ING. RICARDO MERINO A. SUBGERENTE DE DESARROLLO ORGANIZACIONAL, ENC. GERENCIA DE COMERCIALIZACIÓN DE EP PETROECUADOR
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SECCIÓN II OBJETO DE LA CONTRATACIÓN Este procedimiento precontractual tiene como propósito principal seleccionar la oferta más conveniente para la prestación del servicio de “TRANSPORTE PARA EL PERSONAL DE EP PETROECUADOR QUE LABORA EN LA CIUDAD DE ESMERALDAS”. DESCRIPCIÓN: La prestación del servicio de Transporte comprende lo siguiente: • Personal del Centro de Acopio de GLP, Gerencia de Comercialización. • Personal Gestión Marítima de EP PETROECUADOR. • Personal Sucursal Esmeraldas, Gerencia de Comercialización. Que se encuentran situadas en la ciudadela La Propicia (junto a la Refinería) • Personal de la Estación de Servicios Esmeraldas, situada en el Puerto Marítimo El número de trabajadores y los turnos del servicio a utilizar serán los establecidos en las condiciones específicas de estos Pliegos.
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SECCIÓN III CONDICIONES GENERALES 3.1 Ámbito de aplicación: El procedimiento de Subasta Inversa Electrónica se utiliza cuando se trata de contratar un servicio normalizado, atendiendo a la definición establecida en el numeral 2 del artículo 6 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública LOSNCP, y en el artículo 42 de su Reglamento General, que no consten en el Catálogo Electrónico, cuya cuantía supere el monto equivalente al 0.000002 del Presupuesto Inicial del Estado. 3.2 Comisión Técnica: Todo proceso de Subasta Inversa Electrónica presupone la conformación obligatoria de una Comisión Técnica, cuando el presupuesto referencial sea superior al valor que resulte de multiplicar el coeficiente 0.000002 por el monto del presupuesto inicial del Estado, la misma que estará integrada de acuerdo al artículo 18 del Reglamento General de la LOSNCP. La Comisión Técnica podrá nombrar subcomisiones de apoyo, observando para el efecto lo previsto en el artículo 19 del Reglamento General de la LOSNCP. 3.3 Participantes: La convocatoria está abierta para las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, asociaciones de éstas o consorcios, que tengan interés en participar en este procedimiento y que se encuentren habilitadas en el Código 64312 del Clasificador de Productos del Registro Único de Proveedores, RUP. 3.4 Autoinvitación: El proveedor que a la fecha de la convocatoria no se encuentra habilitado en el Registro Único de Proveedores, RUP, en la categoría correspondiente al objeto del proceso de contratación, y tenga las condiciones técnicas y legales para participar en él, podrá recategorizarse en la actividad respectiva, para lo cual deberá acudir a las oficinas del RUP y presentar los documentos respectivos. La autoinvitación es una opción del Portal www.compraspublicas.gov.ec que aparecerá una vez realizada la recategorización, y que podrá utilizarse hasta la fecha límite de entrega de ofertas, según el cronograma del proceso. 3.5 Inhabilidades: No podrán participar en el presente procedimiento precontractual, por sí o por interpuesta persona, quienes incurran en las inhabilidades generales y especiales, de acuerdo a los artículos 62 y 63 de la LOSNCP, y 110 y 111 del Reglamento General de la LOSNCP. De manera obligatoria, los oferentes deberán llenar el formulario establecido en la Resolución INCOP No. 037‐09, de 27 de noviembre de 2009 (sustitutiva de la Resolución INCOP No. 028‐09). 3.6 Modelos obligatorios de Pliegos: El oferente, de forma obligatoria, presentará su oferta utilizando los modelos establecidos en los presentes Pliegos. 3.7 Obligaciones del Oferente: Los oferentes deberán revisar cuidadosamente los Pliegos y cumplir con todos los requisitos solicitados en ellos. La omisión o descuido del oferente al revisar los documentos no le relevará de sus obligaciones con relación a su oferta. 3.8 Preguntas, Respuestas y Aclaraciones: Si el interesado, luego del análisis de los Pliegos detecta un error u omisión o inconsistencia, o necesita una aclaración sobre una parte de los documentos, deberá solicitar a la Gerencia de Comercialización a través del Portal, dentro del término establecido en la convocatoria. 5
La Gerencia de Comercialización responderá las aclaraciones solicitadas a través del Portal, en el término establecido en la convocatoria. 3.9 Modificación de los Pliegos: La Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR podrá emitir aclaraciones o modificaciones de los Pliegos, por propia iniciativa o a pedido de los participantes, siempre que éstas no alteren el presupuesto referencial ni el objeto del contrato, modificaciones que deberán ser publicadas en el Portal www.compraspublicas.gov.ec, hasta el término máximo de responder preguntas o realizar aclaraciones. Igualmente, podrá cambiar el cronograma con la motivación respectiva; el cambio será publicado en el Portal www.compraspublicas.gov.ec y podrá realizarse hasta la fecha límite de la etapa de respuestas y aclaraciones; y, posteriormente, en la etapa de calificación de participantes. 3.10 Convalidación de errores de forma: Si se presentaren errores de forma, la oferta podrá ser convalidada por el oferente en un término de 2 días contado a partir de la fecha de notificación. Así mismo, dentro del período de convalidación, el oferente podrá integrar a su oferta documentos adicionales que no impliquen modificación del objeto de la misma, conforme al artículo 23 del Reglamento General de la LOSNCP. En este caso, la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR recibirá físicamente los documentos correspondientes. La convalidación de errores se desarrollará de conformidad a los parámetros establecidos por el INCOP mediante Resolución INCOP No. RE‐2013‐0000083 de 27 de marzo de 2013. 3.11 Causas de Rechazo: Luego de evaluados los documentos del Sobre Único, la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR, rechazará una oferta por las siguientes causas:
3.11.1 Si no cumpliera los requisitos exigidos en las condiciones generales, especificaciones técnicas y formularios de estos Pliegos. 3.11.2 Si se hubiera entregado la oferta en lugar distinto al fijado o después de la hora establecida para ello. 3.11.3 Cuando las ofertas contengan errores sustanciales, y/o evidentes, que no puedan ser convalidados por no ser errores de forma. Los errores de forma deberán ser obligatoriamente notificados al oferente respectivo, para que pueda convalidarlos.
3.11.4 Si el contenido de los formularios presentados difiere del solicitado en los Pliegos, condicionándolos o modificándolos, de tal forma que se alteren las condiciones previstas para la ejecución del contrato. 3.11.5 Si se presentaren documentos con tachaduras o enmiendas no salvadas cuando no puedan ser convalidadas de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 23 del Reglamento General de la LOSNCP. 3.11.6 En caso de que un accionista, partícipe o socio mayoritario de la oferente esté domiciliado en un paraíso fiscal. 3.11.7 En el caso de que los requerimientos de convalidación notificados no fueran presentados en el término fijado para el efecto, o presentados no resulten satisfactorios Una oferta será descalificada en cualquier momento del proceso, si se comprobare falsedad o adulteración de la información presentada. 6
La adjudicación se circunscribirá a las ofertas calificadas. No se aceptarán ofertas alternativas. Ningún oferente podrá intervenir con más de una oferta. 3.12 Adjudicación y Notificación: La Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR, en base a la evaluación técnica y los posteriores resultados de la Puja, adjudicará el contrato a la oferta más conveniente conforme a los términos establecidos en el numeral 17 del artículo 6 de la LOSNCP, mediante resolución motivada. La adjudicación será total. La notificación de la adjudicación se la realizará a través del Portal www.compraspublicas.gov.ec, con la respectiva resolución de adjudicación emitida por la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR. 3.13 Cancelación del Procedimiento: La Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP. 3.14 Declaratoria de Procedimiento Desierto: El procedimiento será declarado desierto antes de la adjudicación en los casos previstos en el artículo 33 de la LOSNCP. 3.15 Negociación: En los casos que constan en el artículo 47 del RGLOSNCP no se realizará la Puja y se realizará una única sesión de negociación, la que se llevará a cabo cumpliendo las condiciones de dicho artículo. 3.16 Adjudicatario Fallido: En caso de que el adjudicatario no celebrare el contrato dentro del término de 10 días, por causas que le sean imputables, la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR, le declarará adjudicatario fallido y una vez que notifique de esta condición al INCOP, procederá de conformidad con los artículos 35 y 98 de la LOSNCP. Así mismo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 114 del Reglamento General de la LOSNCP, la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR, llamará al oferente que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, quien deberá cumplir con los requisitos establecidos para el oferente adjudicatario, incluyendo la obligación de mantener su oferta hasta la suscripción del contrato. Si el oferente llamado como segunda opción no suscribe el contrato, la entidad declarará desierto el proceso, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable al segundo adjudicatario fallido. 3.17 Proyecto del Contrato: Notificada la adjudicación, dentro de un término de 15 días contado a partir de la misma, la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR formalizará el proyecto de contrato que es parte integrante de estos Pliegos, de acuerdo a lo establecido en los artículos 68 y 69 de la LOSNCP y 112 y 113 de su Reglamento General. 3.18 Moneda de Cotización y Pago: Las ofertas deberán presentarse en dólares de los Estados Unidos de América. Los pagos se realizarán en la misma moneda. La Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR y el o los oferentes deberán considerar la tarifa del Impuesto al Valor Agregado IVA, vigente de acuerdo con la Ley de Régimen Tributario Interno. 3.19 Reclamos: Para el evento de que los oferentes o adjudicatarios presenten reclamos relacionados con su oferta, se deberá considerar lo establecido en los artículos 102 y 103 de la LOSNCP, según el procedimiento que consta en los artículos 150 al 159 de su Reglamento General. 3.20 Administración del Contrato: La Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR designará de manera expresa un administrador del contrato, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar. 7
SECCIÓN IV
CONDICIONES ESPECÍFICAS 4.1 Presentación de la oferta: La oferta técnica, se presentará numerada y rubricada, en un Sobre Único en la Secretaría de Coordinación General de Contratos de la Gerencia de Comercialización, sexto piso del Edificio El Rocío, ubicado en la calle Alpallana y Av. 6 de Diciembre, hasta la fecha y hora indicadas en el cronograma. No se exigirá a los oferentes la entrega de documentos que previamente hayan sido entregados para efectos de habilitarse en el Registro Único de Proveedores. Tampoco se exigirá que la documentación presentada por los oferentes sea notariada; únicamente el oferente adjudicatario deberá cumplir con la entrega notariada de documentos para la suscripción del contrato, de ser el caso. 4.2 Vigencia de la oferta: Las ofertas se entenderán vigentes hasta la suscripción del contrato, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 de la LOSNCP. 4.3 Plazo de Ejecución: El plazo de prestación del servicio será de dos (2) años, contado a partir de la fecha de suscripción del Contrato. 4.4 Precio de la Oferta: El precio de la oferta deberá cubrir todas las actividades y costos necesarios para que el oferente preste los servicios objeto de la contratación en cumplimiento de las especificaciones correspondientes y a plena satisfacción de la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR. Los precios presentados por el oferente son de su exclusiva responsabilidad. Cualquier omisión se interpretará como voluntaria y tendiente a conseguir precios que le permitan presentar una oferta más ventajosa. 4.5 Forma de Pago: Los pagos se realizarán de la manera prevista en la Convocatoria y en el Proyecto de Contrato. Los pagos al Contratista se realizarán en forma mensual. Las facturas de los servicios efectivamente realizados por cada una de las rutas, serán el resultado de la oferta ganadora prorrateada para los 24 meses de duración del contrato y este valor será dividido para las rutas de acuerdo al número de kilómetros promedio de cada una. 4.6 Preferencia: A continuación se detalla la aplicación de los márgenes de preferencia para Producción Nacional y Mipymes: Como parte integrante de la oferta técnica, se incluirá el formulario denominado Participación Nacional, en el que se indicará el porcentaje de agregado nacional del servicio a ofertar, cuya información servirá para evaluar el origen del servicio objeto de la contratación, de acuerdo a los siguientes parámetros. Origen nacional de un servicio: Si el oferente es una persona natural o jurídica domiciliada en el país, y más del 60% de su oferta represente el costo de la mano de obra, materias primas e insumos nacionales. La información referente al tamaño de la empresa para la aplicación de los márgenes de preferencia, con relación a micro, pequeños y medianas empresas será tomada de la información que consta en el Registro Único de Proveedores RUP, de acuerdo a lo previsto en el artículo 16 del Reglamento General de la LOSNCP. 8
Para el caso de servicios: Se aplicarán los márgenes de preferencia referente al origen del servicio y el tamaño del proveedor, detallados en el siguiente cuadro: MÀRGENES DE PREFERENCIA ORIGEN DEL TIPO DE RESPECTO A OFERTA: SERVICIO PROVEEDOR EXTRANJERA NACIONAL EXTRANJERO ‐‐ ‐‐ NACIONAL GRANDE 10 % ‐‐ NACIONAL MEDIANO 15 % GRANDE 5% MEDIANO 5% NACIONAL MYPE 20 % GRANDE 10% Estos márgenes de preferencia, se aplicarán a cada una de las ofertas durante la Puja, para establecer los precios comparativos. 4.7 Procedimiento de evaluación y Puja: a. Calificación. Se analizará la oferta técnica mediante la aplicación de la metodología “cumple o no cumple” (o “check list”), posteriormente la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR calificará las ofertas que cumplan con todas las especificaciones y requerimientos técnicos, financieros y legales exigidos en estos Pliegos, para lo cual se utilizará el siguiente formato: PARÁMETRO SOLICITADO PARÁMETRO OFERTADO CUMPLE NO CUMPLE Formularios Permiso de Operación Copia matrículas Copia SOAT Fotografías vehículos Hoja de vida conductores Copia Licencia Tipo D Certificado técnico de los vehículos. b. Habilitación. Considerando la información presentada por el proveedor en el Formularios No. 4, el sistema informático del Sistema Nacional de Contratación Pública –SNCP‐ habilitará a los proveedores calificados. Una vez realizado este proceso, se subirá al Portal el cuadro de calificación de participantes, conforme indica el artículo 45 del Reglamento General de la LOSNCP. c. Oferta económica inicial. Los proveedores cuya oferta haya sido calificada y habilitada, deberán enviar la oferta económica inicial a través del Portal www.compraspublicas.gov.ec, a fin de participar en la Puja.
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Las ofertas económicas iníciales presentadas a través del Portal www.compraspublicas.gov.ec, obligan al oferente a cumplir las condiciones técnicas y económicas ofertadas en el caso de resultar adjudicado, aun cuando no participare en el acto de la Puja. d. Puja. En el día y hora señalados en la convocatoria, se realizará la Puja hacia la baja a través del Portal www.compraspublicas.gov.ec, en la que participarán únicamente los proveedores calificados, habilitados y que hayan enviado su oferta económica inicial, a cuyas ofertas se aplicarán los márgenes de preferencia detallados anteriormente, según corresponda. e. Negociación única. De existir una sola oferta calificada, o si una sola oferta resultare habilitada, o un solo oferente presentare su oferta económica inicial, se realizará una sesión de negociación de acuerdo a lo establecido en el artículo 47 (reformado) del RGLOSNCP. 4.8 Obligaciones de la Contratista: 1. Cumplir con todas las obligaciones establecidas en el contrato y en particular con las condiciones específicas establecidas en el numeral 4.11 de los Pliegos y con cualquier otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y sea exigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal específicamente aplicable. 2. Prestar el servicio de transporte objeto de este Contrato desde los domicilios de los trabajadores hasta: Centro de Acopio de GLP, Gestión Marítima y Sucursal Esmeraldas (ubicadas en la ciudadela La Propicia) y la Estación de Servicio Esmeraldas (ubicada en el Puerto Marítimo); y viceversa, en las rutas determinadas previamente por el Administrador del Contrato. 3. Prestar el servicio de transporte objeto de este contrato en forma puntual, conforme los horarios establecidos en las rutas determinadas en el numeral 4.11.1. de los Pliegos. 4. Los vehículos contarán con las herramientas necesarias para atender reparaciones emergentes propias del vehículo durante los recorridos, así como también de un botiquín de primeros auxilios equipados con suficientes medicinas. 5. Poseer un seguro privado para accidentes, que cubra a los pasajeros de los vehículos y terceras personas. 6. Dar mantenimiento preventivo y correctivo a los vehículos, que le permita cumplir puntualmente y en forma eficiente con los horarios establecidos durante el tiempo de vigencia del contrato. 7. Sustituir temporalmente los vehículos con otros equivalentes, previa autorización del Administrador del Contrato, cuando las circunstancias así lo exijan en casos de reparaciones, mantenimientos u otras labores que puedan interferir con los horarios de entrada y salida de personal. 8. Tener permanentemente en cuenta que los vehículos deben estar limpios exterior e interiormente, libre de grasas, polvo o combustible, de tal modo que se constituya en un servicio de primera categoría. 9. Los conductores deberá cumplir con las normas de urbanidad tanto en su presencia como en el trato a los usuarios. 10. Los conductores deberán estar en perfecto estado de salud y encontrarse bajo los efectos del alcohol o sustancias estupefacientes o psicotrópicas durante la prestación del servicio, será causa de la aplicación de las sanciones legales respectivas. 11. Presentar en Gestión Administrativa de la Gerencia de Comercialización, y portar los documentos de matriculación del vehículo al día, licencia profesional y demás 10
documentos de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial 12. Los vehículos una vez cumplidos sus recorridos quedarán libres y a disposición del Contratista. 4.9 Obligaciones de EP PETROECUADOR: 1. Verificar, aprobar y pagar las facturas presentadas por la Contratista, mismas que deberán estar respaldadas con la documentación respectiva (reporte diario de recorridos, certificado de haber recibido a entera satisfacción el servicio, planillas del IESS, roles de pago y transferencias bancarias si es caso). 2. Designar Administrador y Supervisor del Contrato, quienes realizarán controles periódicos, con el objeto de verificar el cumplimiento del contrato, establecer correctivos, aplicar multas y proceder con el pago de las planillas respectivas. 3. Verificar que el servicio de transporte de personal se lo realice única y exclusivamente a trabajadores de EP PETROECUADOR. 4.10 Forma de presentar la Oferta: El oferente incluirá en su oferta la información que se determina en los Formularios que constan en la Sección VI. Pueden utilizarse formatos elaborados en ordenador a condición que la información sea la que se solicita. 4.10.1 Requisitos de la Oferta Técnica: Formulario No.1: Carta de Presentación y Compromiso. Formulario No. 2: Identificación del oferente. Formulario No. 3: Identificación de accionistas de personas jurídicas. Formulario No. 4: Formulario de agregado nacional. Formulario No. 4A: Cálculo del porcentaje de valor agregado nacional respecto al costo. Formulario No. 5: Detalle de experiencia en servicios de transporte de personal (mínimo tres certificados de servicios similares prestados en los últimos 3 años) Adicionalmente el oferente para ser considerado deberá presentar: • Copia del permiso de operación de la persona jurídica oferente, cuyo objeto exclusivo es la realización de actividades de Transporte Escolar y de Personal, otorgado por la AGENCIA NACIONAL DE TRÁNSITO o de la entidad facultada para emitir dicho permiso en la Provincia de Esmeraldas. Si los vehículos presentados están en un alcance del permiso de operación, deberán presentar la impresión de la página Web, de la entidad que esté habilitada para otorgar dicho permiso. • Copia de la matrícula vigente de los vehículos que realizarán el transporte; en caso de que por los cronogramas de matriculación aún no hayan matriculado los mismos, se deberá adjuntar adicionalmente copia del pago de la matrícula 2013. • Copia del Seguro de Accidentes de Tránsito SOAT de cada vehículo. • Fotografías del exterior e interior de los vehículos. • Hoja de vida y experiencia de los conductores. • Copia a color de la licencia profesional del conductor de cada vehículo. 11
• Certificado técnico de perfecto funcionamiento de los vehículos a utilizarse, emitido por un concesionario autorizado por el fabricante o en caso de ser vehículos importados por el distribuidor autorizado del fabricante. La carátula de la oferta técnica será la siguiente: SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA SIE030CCTR2013 SOBRE ÚNICO Señores COORDINACIÓN GENERAL DE CONTRATOS GERENCIA DE COMERCIALIZACIÓN DE EP PETROECUADOR Presente PRESENTADA POR: No se tomarán en cuenta las ofertas entregadas en otro lugar o después del día y hora fijados para su entrega‐recepción. La Secretaría de Coordinación General de Contratos de la GERENCIA DE COMERCIALIZACIÓN de EP PETROECUADOR, recibirá y conferirá comprobantes de recepción por cada oferta entregada y anotará, tanto en los recibos como en el sobre de la oferta, la fecha y hora de recepción. 4.11 Anexos de las Condiciones Específicas: 4.11.1 Especificaciones Generales: 1. Descripción de rutas: El número de rutas, recorridos, frecuencias del servicio, distancias promedio y tipo de vehículos a utilizar se detallan en el siguiente Cuadro: La Gerencia de Comercialización cancelará a la contratista el servicio prestado, en base al cumplimiento de las rutas previamente establecidas. Las rutas podrían ser modificadas en base a las necesidades de la Gerencia de Comercialización, manteniendo el criterio de optimización de recursos. 12
2.
Características de los vehículos: • •
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Para cubrir el servicio de Transporte en las rutas establecidas, el oferente dispondrá de los vehículos de las características establecidas en el ANEXO 1. Las unidades que prestarán el servicio deberán pertenecer a la Compañía o Cooperativa oferente. No se permitirá la utilización de vehículos diferentes a los ofertados, salvo casos de mantenimiento o reparación, debidamente autorizados de manera previa por el Administrador del Contrato. El año de fabricación de los vehículos a ofertarse será del año 2010 en adelante. Los vehículos deberán ser conducidos por un conductor profesional responsable, poseedor de licencia profesional Tipo D.
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Durante la ejecución del contrato, la Contratista deberá mantener vigente una Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil y una de Accidentes que cubra a todos los vehículos por el monto determinado en el contrato, para responder por los daños materiales y personales que puedan sufrir los pasajeros y/o terceras personas. Estas pólizas son adicionales al Seguro de Obligatorio de Accidentes de Tránsito SOAT.
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La Contratista deberá dar el mantenimiento apropiado y las reparaciones necesarias a los vehículos, que le permita cumplir puntualmente con los horarios establecidos durante el tiempo de vigencia del contrato.
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Todos los vehículos deberán estar equipados con cinturones de seguridad y todo lo necesario para salvaguardar la vida y bienestar de los pasajeros.
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Frecuencia de viajes: •
4.
Por tratase de un horario operativo, el servicio se prestará de lunes a domingo, los 365 días del año. Otras obligaciones
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La Contratista, en su condición de empleador del personal de servicios complementarios, tiene la obligación de cumplir con todos los derechos de los trabajadores consagrados en la Constitución Política de la República, convenios internacionales ratificados por el Ecuador, Código del Trabajo, Ley de Seguridad Social y demás normas aplicables, así como las que entren en vigencia con posterioridad a la firma del contrato.
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De igual manera se compromete a cumplir con todas las obligaciones previstas en la Ley Reformatoria al Código del Trabajo No. 2006‐48 publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 298 de 23 de junio de 2006, incorporado al final del Título III, luego del Art. 346 del Código del Trabajo. No se permitirá al personal del Contratista realice su recorrido en estado de embriaguez o después de haber consumido sustancias estupefacientes o psicotrópicas. De detectarse que el chofer no está en condiciones apropiadas para conducir el vehículo deberá ser remplazado por el Contratista y se aplicarán las multas respectivas. Tampoco se permitirá que se fume o se ingiera bebidas alcohólicas dentro de las unidades. El personal de EP PETROECUADOR que se encuentre en estas condiciones no podrá utilizar el servicio. No se deberá llevar en los vehículos, pasajeros particulares ajenos a EP PETROECUADOR. El Conductor no podrá desviarse de las rutas establecidas, salvo la presentación de alguna emergencia.
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5.
Reglas generales de seguridad industrial • •
Los vehículos deberán estar limpios totalmente. La Contratista declara conocer y se compromete a difundir entre su personal, el Reglamento de Seguridad e Higiene Industrial de la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR.
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La Contratista suministrará a su personal todos los elementos de protección personal y ropa de trabajo necesaria para la ejecución del trabajo. En caso de accidentes ocurridos durante los servicios que preste la Contratista, aún siendo considerado el más leve, estos deberán ser comunicados inmediatamente al Administrador del Contrato y a Gestión Administrativa de la Gerencia de Comercialización, detallando las causas que provocaron tal acontecimiento. La Contratista deberá observar las regulaciones de tránsito en Unidades Administrativas y Operativas de EP PETROECUADOR, establecidas en la Norma PETROECUADOR SI‐007. En lo que no contemple a las presentes Reglas de Seguridad, regirán las Normas de Seguridad Industrial para el Sistema EP PETROECUADOR, en especial la Norma SI‐ 007 y las Disposiciones de Seguridad Industrial para Contratistas”, el Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo y su Reforma, el Reglamento de Seguridad e Higiene Industrial del IESS; el Sistema de Administración de la Seguridad y Salud en el Trabajo del I.E.S.S., Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, Constitución Política de la República del Ecuador, Reglamento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo, Código del Trabajo, y demás Leyes de la República del Ecuador, vigentes al respecto. Queda prohibido utilizar en el transporte de personal, vehículos que no están establecidos en las especificaciones técnicas. Tener actualizada su respectiva licencia de conductor Usar y obligar a los pasajeros a usar los cinturones de seguridad. No llevar en los vehículos pasajeros particulares por ningún concepto. Realizar el mantenimiento del vehículo en los kilometrajes recomendados y el tiempo oportuno. Los vehículos deben portar llanta de repuesto, gato hidráulico, llave de ruedas, botiquín de primeros auxilios, triángulo de seguridad, extintor de incendios, cargado con químico seco multipropósito con capacidad mínimo de 10 lbs. El conductor del vehículo deberá revisar diariamente los vehículos antes de ponerlos en movimiento. El nivel de agua, aceite, líquido de frenos. También deberá revisar luces y llantas deben estar en buen estado.
4. Presupuesto Referencial: El Presupuesto Referencial es de US$ 163.683.14 (Ciento sesenta y tres mil seiscientos ochenta y tres con 14/100) dólares de Estados Unidos de América, sin incluir el IVA, el mismo que deberá corresponder al total del objeto de la contratación. 15
SECCIÓN V
PROYECTO DE CONTRATO COMPARECIENTES La Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador, EP PETROECUADOR, a través de la Gerencia de Comercialización, por intermedio del Ing. Ricardo Merino A. Subgerente de Desarrollo Organizacional, Enc., debidamente autorizado en virtud de lo dispuesto en el Procedimiento de Desconcentración Empresarial para la Contratación de Obras, Bienes, Servicios y Consultoría, por una parte; y, por otra parte (nombre del Contratista) representada por, en su calidad de ‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐, según se desprende del nombramiento que se adjunta, debidamente inscrito en el Registro Mercantil, quienes en adelante y para efectos de este Contrato se denominarán “EP PETROECUADOR” y “LA CONTRATISTA”, respectivamente, convienen en celebrar el presente Contrato para el servicio de , de conformidad con las siguientes cláusulas: Cláusula Primera. ANTECEDENTES 1.1 De conformidad con los artículos 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública – LOSNCP‐, 25 y 26 de su Reglamento General, el Plan Anual de Contrataciones de la EP PETROECUADOR, contempla la ejecución del servicio de “Fletes y Transporte”. 1.2 Previo los informes y los estudios respectivos, el Subgerente de Desarrollo Organizacional, mediante Resolución –C‐ 2013xxx de XX de junio de 2013, resolvió aprobar los Pliegos de la Subasta Inversa Electrónica SIE‐030‐CCTR‐2013 para el servicio de “TRANSPORTE PARA EL PERSONAL DE EP PETROECUADOR QUE LABORA EN LA CIUDAD DE ESMERALDAS”. 1.3 Con fecha xx de xxxxxx de 2013, se realizó la publicación de los Pliegos y Convocatoria, a través del Portal de Compras Públicas www.compraspublicas.gov.ec. 1.4 Se cuenta con la existencia y suficiente disponibilidad de fondos con cargo a la partida proveniente del Ítem de Gasto 23 “FLETES Y TRANSPORTES”, de acuerdo con las certificaciones emitidas por el Coordinador Sénior de Gestión Financiera, contenida en Memorandos Nos. 1119, 1315, 01384, 1385, 1434 y14433‐CDEO‐FIN‐PRE‐2013 y 07007/DFIN/PRE/2013. 1.5 Luego del proceso correspondiente, el Subgerente de Desarrollo Organizacional de la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR, mediante Resolución ‐C‐ 2013 XXX de XX de junio de 2013, adjudicó el procedimiento de Subasta Inversa Electrónica SIE030CCTR 2013 para el servicio de “TRANSPORTE PARA EL PERSONAL DE EP PETROECUADOR QUE LABORA EN LA CIUDAD DE ESMERALDAS”, al oferente (nombre del adjudicatario y de ser el caso la representación legal y el nombre), por un valor de US$ ‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐ sin IVA, con un plazo de ejecución de dos (2) años. Cláusula Segunda. DOCUMENTOS DEL CONTRATO 2.1 Forman parte integrante del Contrato los siguientes documentos: a) Los documentos que acreditan la calidad de los comparecientes; b) Los Pliegos incluyendo las especificaciones técnicas del servicio a contratarse; 16
c) d) e) f)
La oferta presentada por la CONTRATISTA; Los demás documentos de la oferta del adjudicatario; La Resolución de Adjudicación; Las Certificaciones Presupuestarias, que acreditan la existencia de la partida presupuestaria y disponibilidad de recursos, para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato; y,
g) La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. Cláusula Tercera. INTERPRETACIÓN Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS 3.1 Los términos del Contrato deben interpretarse en su sentido literal, a fin de revelar claramente la intención de los contratantes. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas: 1. Cuando los términos estén definidos en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP, o en este contrato, se atenderá su tenor literal. 2. Si no están definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes. De existir contradicciones entre el contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del Contrato, 3. El contexto servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía. 4. En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la codificación del Código Civil, De la Interpretación de los Contratos. 3.2 Definiciones: En el presente contrato, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación: a) "Adjudicatario", es el oferente a quien la GERENCIA DE COMERCIALIZACIÓN de EP PETROECUADOR le adjudica el contrato; b) “INCOP”, Instituto Nacional de Contratación Pública; c) “LOSNCP”, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; d) "Oferente", es la persona natural o jurídica, asociación o consorcio que presenta una "oferta", en atención al llamado a Subasta Inversa Electrónica; e) "Oferta", es la propuesta para contratar, ceñida a los Pliegos, presentada por el oferente a través de la cual se obliga, en caso de ser adjudicada, a suscribir el contrato y a la ejecución del servicio de “TRANSPORTE PARA EL PERSONAL DE EP PETROECUADOR QUE LABORA EN LA CIUDAD DE ESMERALDAS”. 17
Cláusula Cuarta. OBJETO DEL CONTRATO 4.1 La CONTRATISTA se obliga con EP PETROECUADOR a prestar a entera satisfacción el servicio de “TRANSPORTE PARA EL PERSONAL DE EP PETROECUADOR QUE LABORA EN LA CIUDAD DE ESMERALDAS”, según las características y especificaciones técnicas constantes en la oferta, que se agrega y forma parte integrante de este contrato. Cláusula Quinta. PRECIO DEL CONTRATO 5.1 El precio del Contrato, que la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR, pagará a la CONTRATISTA es el de US$ (números y letras) dólares de los Estados Unidos de América, sin incluir el IVA, de conformidad con la oferta presentada 5.2 Los precios acordados en el contrato por los trabajos especificados, constituirán la única compensación a la CONTRATISTA por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que tuviese que pagar. Cláusula Sexta. FORMA DE PAGO 6.1 Los pagos a la Contratista se realizarán en forma mensual. Las facturas de los servicios efectivamente realizados por cada una de las rutas, deberán ser presentadas por el Contratista en las oficinas de la Gerencia de Comercialización de EP PETEROECUADOR, a más tardar dentro de los cinco (5) días calendario, siguientes al mes en que se efectuaron los servicios materia de este contrato. Estas facturas deberán estar debidamente respaldadas por los anexos respectivos aprobados por el Administrador del contrato, y se procederá al pago a los 30 días de la aprobación. 6.2 Requisito previo al pago de las planillas: Previamente al pago de las planillas el CONTRATISTA presentará el certificado de no adeudar al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social los aportes y fondos de reserva de los trabajadores que estuviese empleando en la ejecución del servicio y una copia de las planillas de pago al IESS, Sin este requisito la CONTRATANTE no realizará pago alguno, conforme a los Arts. 86 y 87 de la Ley de Seguridad Social, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 465, de 30 de noviembre de 2001, excepto en el caso de que sus trabajadores y empleados estén bajo otro régimen legal de contratación, situación que deberá ser justificada documentalmente. Cláusula Séptima. GARANTÍAS 7.1 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 de la LOSNCP, la Contratista está obligado a rendir la siguiente garantía: a) De fiel cumplimiento. El Contratista, antes de firmar el contrato, para seguridad del cumplimiento de éste y para responder de las obligaciones que contrajera frente a terceros, relacionadas con el contrato, rendirá a favor de EP PETROECUADOR una garantía de las señaladas en los numerales 1 y 2 del artículo 73 de la LOSNCP, por un monto equivalente al cinco por ciento del valor total del contrato. 7.2 Ejecución de la garantía: La garantía contractual podrá ser ejecutada por la CONTRATANTE en los siguientes casos: a) Cuando la CONTRATANTE declare anticipada y unilateralmente terminado el contrato por causas imputables a la CONTRATISTA; b) Si la CONTRATISTA no la renovare cinco días antes de su vencimiento. 18
Cláusula Octava. SEGUROS 8.01 El Contratista, por su propia cuenta y costo, contratará y mantendrá permanentemente actualizada la cobertura de las pólizas que estime conveniente, durante todo el tiempo de duración de este contrato, sin limitarse a por lo menos las siguientes póliza de seguros, en las cuales EP PETROECUADOR aparecerá como co‐beneficiario, debiendo ser previamente conocidas y aprobadas por EP PETROECUADOR, para lo que mantendrán coordinación con el administrador del contrato y custodios de las pólizas. 8.02 Póliza de Responsabilidad Civil ante terceros: Con las siguientes coberturas: Predios, labores y operaciones, con un monto asegurado mínimo de Veinte mil 00/100 dólares (US$ 20,000.00) para cada caso de lesiones o muertes de personas, para gastos médicos por accidentes, por un mínimo de Dos mil 00/100 dólares (US$ 2,000.00), en cada caso, y Veinte mil 00/100 dólares (US$ 20,000.00), para cada caso de daños o pérdida a la propiedad o bienes de terceros. Para efectos de esta cobertura se considerará como bienes de terceros, los directivos, empleados, así como las propiedades y bienes de EP PETROECUADOR, inclusive gastos de descontaminación en caso de existir. Y se contratará una Póliza de Daños al Medio Ambiente que cubrirá los posibles daños en caso de ocurrir un siniestro. 8.03 Póliza de Accidentes Personales: Que ampare al personal de la Contratista con un monto asegurado mínimo de Diez mil 00/100 dólares (US$ 10,000.00) para cada caso, que cubra muerte, incapacidad permanente, total o parcial, desmembraciones; y, gastos médicos, por accidente, hasta por un monto mínimo de Un mil 00/100 dólares (US$ 1,000.00), por cada uno. 8.04 La aprobación de estas pólizas por parte de EP PETROECUADOR, no significa que ésta asuma responsabilidad alguna por los términos que se estipulan en las mismas. 8.05 EP PETROECUADOR no pagará al Contratista ninguna factura, si no ha entregado previamente una copia de las pólizas requeridas, las que necesariamente contendrán la siguiente leyenda: “Esta póliza no podrá ser anticipadamente cancelada por ningún concepto, a no ser con la autorización escrita de EP PETROECUADOR”, adjuntando copia de la factura que demuestre el pago de prima correspondiente. Cláusula Novena PLAZO 9.1 El plazo para el cumplimiento del objeto contractual a entera satisfacción de la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR es de dos años, contado a partir de la suscripción del presente instrumento. Cláusula Décima. PRÓRROGAS DE PLAZO 10.1 La Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR prorrogará el plazo total o los plazos parciales, sólo en los siguientes casos, y siempre que la CONTRATISTA así lo solicite, por escrito, justificando los fundamentos de aquella, dentro de las cuarenta y ocho horas subsiguientes a la fecha de producido el hecho que motiva la solicitud. 19
a) Por causa de fuerza mayor o caso fortuito, aceptados como tales por Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR. La CONTRATISTA tiene la responsabilidad de actuar con toda la diligencia razonable para superar la imposibilidad producida por causa de fuerza mayor o caso fortuito. En estos casos, el plazo se prorrogará por un período igual al tiempo de duración de las causas indicadas; b) Por suspensiones ordenadas por la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR y que no se deban a causas imputables a la CONTRATISTA. 10.2 Cuando las prórrogas de plazo modifiquen el plazo total, se necesitará la autorización del Subgerente de Desarrollo Organizacional de la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR, previo informe favorable del Administrador del Contrato y cuando las prórrogas no modifiquen el plazo total del Contrato, se necesitará de la autorización del Administrador del Contrato. Cláusula Décimo Primera. REAJUSTE DE PRECIOS 11.1 En caso de producirse variaciones en los costos de los componentes de los precios unitarios estipulados en el contrato, estos se reajustarán, para efecto de pago de las facturas de ejecución de servicio, desde la fecha de variación, mediante la aplicación de la fórmula matemática establecida en la LOSNCP, que se elaborará en base al análisis de precios unitarios de la Oferta ganadora: Cláusula Décimo Segunda. MULTAS 12.1 En cada caso de incumplimiento tanto de las especificaciones generales o específicas detalladas en los Pliegos, así como de los demás documentos contractuales, en el lugar y/o plazos previstos, EP PETROECUADOR aplicará la multa diaria del 1 por mil (1 x 1000) del valor del Contrato, sin el IVA. Este valor será descontado de las cantidades pendientes de pago a favor del CONTRATISTA o de la garantía rendida, o será cancelada mediante cheque certificado a nombre de EP PETROECUADOR. 12.2 En caso de que el monto total de las multas supere el 5% del monto total del Contrato sin IVA, EP PETROECUADOR podrá dar por terminado unilateralmente el Contrato conforme a lo estipulado en el artículo 94, numeral 3, de la LOSNCP. 12.3 Estas multas no serán aplicables, si el incumplimiento sea consecuencia de circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito descrito en los términos del artículo 30 de la Codificación del Código Civil, debidamente justificado por el Contratista y aceptado por el Subgerente de Desarrollo Organizacional previo informe del Administrador del Contrato. 12.4 El cobro de las multas no excluye el derecho de EP PETROECUADOR para exigir el cumplimiento del Contrato o para resolver la terminación unilateral, según corresponda, y en cualquiera de los casos, requerir además el resarcimiento y pago de daños y perjuicios de conformidad con la Ley. 12.5 Las multas serán impuestas por el Administrador del Contrato. Cláusula Décimo Tercera. CESIÓN DE CONTRATOS Y SUBCONTRATACIÓN 13.1 La CONTRATISTA no podrá ceder, asignar o transferir en forma alguna ni todo ni parte de este Contrato. Sin embargo podrá subcontratar determinados servicios, previa autorización del Subgerente de Desarrollo Organizacional siempre que el monto no exceda del treinta por ciento (30%) del Contrato principal y el subcontratista esté habilitado en el RUP. 20
13.2 La CONTRATISTA será la única responsable ante la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR, por los actos u omisiones de sus subcontratistas y de las personas directa o indirectamente empleadas por ellos. Cláusula Décimo Cuarta. OTRAS OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA 14.1 A más de las obligaciones ya establecidas en el presente contrato y en las Condiciones Generales, la CONTRATISTA está obligada a cumplir con cualquiera otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y sea exigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal específicamente aplicable. 14.2 La CONTRATISTA se obliga al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Código del Trabajo y en la Ley del Seguro Social Obligatorio, adquiriendo, respecto de sus trabajadores, la calidad de patrono, sin que la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR tenga responsabilidad alguna por tales cargas, ni relación con el personal que labore en la ejecución de los trabajos, ni con el personal de la subcontratista. Cláusula Décimo Quinta. OBLIGACIONES DE EP PETROECUADOR 15.1 Son obligaciones de la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR las establecidas en el numeral 4.9 de las condiciones específicas de los Pliegos que son parte del presente contrato. Cláusula Décimo Sexta. CONTRATOS COMPLEMENTARIOS 16.1 Si por causas imprevistas o técnicas, debidamente justificadas fuere necesario ampliar, modificar o complementar el alcance de este Contrato, la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR podrá celebrar los Contratos Complementarios que se requieran, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 85, 86 y 87 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y 144 de su Reglamento General. Cláusula Décimo Séptima. RECEPCIÓN DEFINITIVA 17.1 La recepción del servicio de “TRANSPORTE PARA EL PERSONAL DE EP PETROECUADOR QUE LABORA EN LA CIUDAD DE ESMERALDAS”, se realizará a entera satisfacción de EP PETROECUADOR, y será necesaria la suscripción de la respectiva Acta suscrita por la CONTRATISTA y los integrantes de la comisión designada por la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR, en los términos del artículo 124 del Reglamento General de la LOSNCP. La liquidación final del Contrato se realizará en los términos previstos por el artículo 125 del reglamento mencionado, y formará parte del acta. Cláusula Décimo Octava. RESPONSABILIDAD DE LA CONTRATISTA 18.1 Son obligaciones de la CONTRATISTA las establecidas en el numeral 4.8 de las condiciones específicas de los Pliegos que son parte del presente contrato. Cláusula Décimo Novena. DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO 19.1 La Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR designará al Administrador del Contrato, quien deberá atenerse a las condiciones generales y específicas de los Pliegos que forman parte del presente contrato. 21
19.2 El Administrador del Contrato, queda autorizado para realizar las gestiones inherentes a su ejecución, incluyendo aquello que se relaciona con la aceptación o no de los pedidos de prórroga que puede hacer la CONTRATISTA, imposición de multas, así como velará por la vigencia de las garantías previstas en el presente instrumento. 19.3 El Administrador será el encargado de velar por el cumplimiento de las normas legales y compromisos contractuales por parte de la Consultora, y la administración de las garantías, durante todo el periodo de vigencia del contrato. 19.4 Respecto de su gestión reportará al Subgerente de Desarrollo Organizacional, debiendo comunicar todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato. Cláusula Vigésima. TERMINACIÓN DEL CONTRATO 20.1 El Contrato termina: 1) Por cabal cumplimiento de las obligaciones contractuales. 2) Por mutuo acuerdo de las partes, en los términos del artículo 93 de la LOSNCP, o por suscripción de un Contrato Corporativo a solicitud de la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR. 3) Por sentencia o laudo ejecutoriados que declaren la nulidad del contrato o la resolución del mismo a pedido de la CONTRATISTA. 4) Por declaración anticipada y unilateral de la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP. Además: 4.1 Si la CONTRATISTA no notificare a la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR, acerca de la transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación. 4.2 Si la Gerencia de Comercialización EP PETROECUADOR, en función de aplicar lo establecido en el artículo 78 de la LOSNCP, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social de la CONTRATISTA. 5) Por disolución de la persona jurídica Contratista, que no se origine en decisión interna voluntaria de los órganos competentes de tal persona jurídica. 6) Por causas imputables a la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR, de acuerdo a las causales constantes en el artículo 96 de la LOSNCP. El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la LOSNCP. Cláusula Vigésimo Primera. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 21.1 En caso de suscitarse divergencias o controversias en la interpretación o ejecución del presente contrato, las Partes tratarán de llegar a un acuerdo que solucione el problema, en el plazo de treinta (30) días. 22
21.2 Si se suscitaren divergencias o controversias en la interpretación o ejecución del presente contrato, cuando las partes no llegaren a un acuerdo amigable directo, podrán utilizar la mediación para la solución de controversias en el Centro de Mediación de la Procuraduría General del Estado. 21.3 De no mediar acuerdo alguno, las partes en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 105 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, aplicarán el procedimiento prescrito en la Ley de la Jurisdicción Contencioso administrativa; en este caso, será competente para conocer la controversia el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo No. 1 de la ciudad de Quito. 21.4 La legislación aplicable a este contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, la CONTRATISTA renuncia a utilizar la vía diplomática para todo reclamo relacionado con este contrato. Si la CONTRATISTA incumpliere este compromiso, EP PETROECUADOR Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR podrá dar por terminado unilateralmente el contrato. Cláusula Vigésimo Segunda. CONOCIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN 22.1 La CONTRATISTA declara conocer y expresa su sometimiento a la LOSNCP y su Reglamento General, y más disposiciones vigentes en el Ecuador. Cláusula Vigésimo Tercera. PAGOS INDEBIDOS 23.1 EP PETROECUADOR, se reserva el derecho de reclamar a la CONTRATISTA, en cualquier tiempo, antes o después de la ejecución del servicio, sobre cualquier pago indebido por error de cálculo o por cualquier otra razón, debidamente justificada, obligándose la CONTRATISTA a satisfacer las reclamaciones que por este motivo llegare a plantear la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR, reconociendo los intereses correspondientes, desde la fecha en que se efectuó el pago indebido. Caso contrario, la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR, puede realizar retenciones de valores que la CONTRATISTA tenga a su favor. 23.1 La falta de reclamación de la CONTRATISTA no se considerará como condonación del mismo. Se entenderá por pago indebido cualquier desembolso que se realice sin fundamento legal o contractual; o, cuando el beneficiario no hubiere prestado el servicio, o lo hubiere cumplido solo parcialmente, sin perjuicio de la responsabilidad penal a que hubiere lugar. Cláusula Vigésimo Tercera. TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS 23.1 La Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR, efectuará a la CONTRATISTA las retenciones que dispongan las leyes tributarias: actuará como agente de retención del Impuesto a la Renta, de acuerdo al Artículo 45 de la Ley de Régimen Tributario Interno; con relación al Impuesto al Valor Agregado, procederá conforme a la legislación tributaria vigente. 23.2 La Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR retendrá el valor de los descuentos que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social ordenase y que corresponda a mora patronal, por obligaciones con el Seguro Social provenientes de servicios personales para la ejecución del contrato de acuerdo a los artículos 86 y 87 de la Ley de Seguridad Social, publicada en el Registro Oficial, Suplemento No. 465, de 30 de noviembre de 2001. Cláusula Vigésimo Cuarta. DOMICILIO 23
24.1 Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio en la ciudad de Quito. 24.2 Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes: EP PETROECUADOR GERENCIA DE COMERCIALIZACIÓN Coordinación Sénior de Gestión Administrativa Av. 6 de Diciembre y Alpallana E8‐86, Edificio El Rocío Teléfonos: 2994‐250‐ 2994‐200 LA CONTRATISTA (Dirección y teléfonos) Cláusula Vigésimo Quinta. ACEPTACION DE LAS PARTES 25.1 Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones. Para constancia de las declaraciones precedentes y ratificándose en el total contenido de las cláusulas, las partes suscriben este Contrato en 4 ejemplares del mismo tenor y valor, en la ciudad de Quito DM CONTRATANTE CONTRATISTA
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SECCIÓN VI MODELOS DE FORMULARIOS Formulario No. 1 NOMBRE DEL OFERENTE: MODELO DE CARTA DE PRESENTACIÓN Y COMPROMISO Fecha: Ingeniero Ricardo Merino A. SUBGERENTE DE DESARROLLO ORGANIZACIONAL, ENC. GERENCIA DE COMERCIALIZACIÓN Presente De mi consideración: El que suscribe, en atención a la invitación efectuada por la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR, dentro del proceso de Subasta Inversa Electrónica SIE030CCTR2013, para la prestación del servicio de “TRANSPORTE PARA EL PERSONAL DE EP PETROECUADOR QUE LABORA EN LA CIUDAD DE ESMERALDAS ", luego de examinar los Pliegos, al presentar esta Oferta por (sus propios derechos, si es persona natural) / (representante legal de ..., sí es persona jurídica), o (procurador común de ……., sí se trata de asociación) declaro que: 1. Suministraré todos los servicios, de acuerdo con los Pliegos, especificaciones técnicas e instrucciones. 2. La única persona o personas interesadas en esta oferta está o están nombradas en ella, sin que incurra en actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no aparezcan sujetos inhabilitados para contratar con el Estado. 3. La oferta hice en forma independiente y sin conexión oculta con otra u otras personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento de Subasta Inversa Electrónica y que, en todo aspecto, la oferta es honrada y de buena fe. Por consiguiente, aseguro no haber vulnerado y que no vulneraré ningún principio o norma relacionada con la competencia libre, leal y justa; así como declaro que no estableceré, concertaré o coordinaré –directa o indirectamente, en forma explícita o en forma oculta‐ posturas, abstenciones o resultados con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de la normativa aplicable. 4. Al presentar esta oferta, cumpliré con toda la normativa general, sectorial y especial aplicable a su actividad económica, profesión, ciencia u oficio. 5. Al presentar esta oferta, considero todos los costos obligatorios que debo y deberé asumir en la ejecución contractual, especialmente aquellos relacionados con obligaciones sociales, laborales, de seguridad social, ambiental y tributaria vigentes. 25
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9. 10.
11.
12.
Me allano, en caso de que se comprobare una violación a los compromisos establecidos en los numerales que anteceden, a que la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR me descalifique como oferente, o proceda a la terminación unilateral del contrato, según sea el caso. Conozco las condiciones del suministro y he estudiado las especificaciones técnicas y demás Pliegos, inclusive sus alcances (detallar los alcances en caso de haberlos), como consta por escrito en el texto de esta carta, y me hallo satisfecho del conocimiento adquirido. Por consiguiente, renuncio a cualquier reclamo posterior, aduciendo desconocimiento de características y especificaciones del servicio a prestar. Conozco y acepto que la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR se reserva el derecho de adjudicar el contrato o de declarar desierto el procedimiento convocado si conviniere a los intereses nacionales e institucionales. En ningún caso, los participantes tendrán derecho a reparación o indemnización alguna en caso de declaratoria de procedimiento desierto o de cancelación de procedimiento Me someto a las exigencias y demás condiciones establecidas en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP, su Reglamento General, las resoluciones del INCOP y los Pliegos respectivos, en caso de ser adjudicatario. Me responsabilizo de la veracidad, exactitud de la información y de las declaraciones incluidas en los documentos de la Oferta, formularios y otros anexos, considerando que esta contratación se enmarca en el principio de la buena fe; sin perjuicio de lo cual autorizo a la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR a obtener aclaraciones e información adicional sobre las condiciones técnicas y económicas del Oferente. Bajo juramento me comprometo expresamente a no ofrecer ningún pago, préstamo o servicio, entretenimiento de lujo, viajes u obsequios a ningún funcionario o trabajador de la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR, y acepto que en caso de violar este compromiso, dé por terminado en forma inmediata el contrato observando el debido proceso, para lo cual se allana a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen. Bajo juramento, no estoy incurso en las inhabilidades generales y especiales e incapacidades para contratar establecidas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP, y 110 y 111 de su Reglamento General.
13. En caso de que se me adjudique el contrato, me obligo a: a) Firmar el contrato dentro del término establecido en los Pliegos. b) A entregar el servicio de conformidad con los Pliegos y documentos del contrato. (Si el oferente fuere extranjero, se añadirá un literal que dirá: Previamente a la firma del contrato, el oferente se compromete a domiciliarse en el país, conforme lo dispone el artículo 6 y la sección XIII de la Ley de Compañías; y, a obtener el RUP.) Atentamente, FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL O PROCURADOR COMÚN (según el caso) 26
Formulario No. 2 NOMBRE DEL OFERENTE: DATOS GENERALES DEL OFERENTE NOMBRE DEL OFERENTE: (determinar si es persona natural, jurídica, consorcio o asociación; en este último caso, se identificará a los miembros del consorcio o asociación. Se determinará al representante legal o procurador común, de ser el caso). DIRECCIÓN PARA CORRESPONDENCIA: Ciudad: Calle: Teléfono(s): Correo electrónico: CEDULA DE CIUDADANÍA (PASAPORTE) R.U.C: SERVICIOS QUE OFRECE: (LUGAR Y FECHA) FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL O PROCURADOR COMÚN (según el caso)
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Formulario No. 3 NOMBRE DEL OFERENTE: 3.1 IDENTIFICACION DEL SOCIO(S), ACCIONISTA(S) O PARTÍCIPE(S) MAYORITARIO(S) DE LA PERSONA JURÍDICA OFERENTE (en el caso de que ésta no cotice sus acciones y participaciones en bolsas de valores nacionales o extranjeras). NOMBRE DEL OFERENTE: OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: CÓDIGO DEL PROCESO: SIE030CCTR2013 Fecha: Ingeniero Ricardo Merino A. SUBGERENTE DE DESARROLLO ORGANIZACIONAL, ENC. GERENCIA DE COMERCIALIZACIÓN Presente De mi consideración: El que suscribe, en mi calidad de representante legal de la (compañía) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que: 1. Libre y voluntariamente presento la información que detallo más adelante, para fines única y exclusivamente relacionados con el presente proceso de contratación; 2. Garantizo la veracidad y exactitud de la información; y, autorizo a la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR, al Instituto Nacional de Contratación Pública INCOP, o a los Órganos de Control, a efectuar averiguaciones para comprobar tal información. 3. Acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la verdad, la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR: Observando el debido proceso, aplique la sanción indicada en el último inciso del artículo 19 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP; Descalifique a mi representada como oferente; o, Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, en cumplimiento del artículo 64 de la LOSNCP, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual. Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen. 4. Acepto que en caso de que el accionista, partícipe o socio mayoritario de mi representada esté domiciliado en un paraíso fiscal, la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR, descalifique a mi representada inmediatamente. 28
5.
Me comprometo a notificar a la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR la transferencia, cesión, enajenación, bajo cualquier modalidad de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de participación, que realice la persona jurídica a la que represento. En caso de no hacerlo, acepto que EP PETROECUADOR declare unilateralmente terminado el contrato respectivo.
Esta obligación será aplicable también a los partícipes de las asociaciones o consorcios, constituidos de conformidad con el artículo 26 de la LOSNCP. TIPO DE PERSONA JURÍDICA: Compañía Anónima Compañía de Responsabilidad Limitada Compañía Mixta Compañía en Nombre Colectivo Compañía en Comandita Simple Sociedad Civil Corporación Fundación Asociación o consorcio Otra NOMBRES COMPLETOS DEL SOCIO(S), ACCIONISTA(S), PARTÍCIPE(S) MAYORITARIO(S)
NÚMERO DE CÉDULA DE IDENTIDAD, RUC O IDENTIFICACIÓN SIMILAR EMITIDA POR PAÍS EXTRANJERO, DE SER EL CASO
PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN EN LA DOMICILIO ESTRUCTURA DE FISCAL PROPIEDAD DE LA PERSONA JURIDICA
NOTA: Si el socio (s), accionista (s) o partícipe (s) mayoritario (s) es una persona jurídica, de igual forma y utilizando el mismo formato, se deberá identificar los nombres completos del socio (s), accionista (s) o partícipe (s) mayoritario (s). Atentamente, FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL O PROCURADOR COMÚN (según el caso)
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3.2 DECLARACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA JURÍDICA OFERENTE CUYAS ACCIONES SE NEGOCIAN EN BOLSAS DE VALORES NACIONALES O EXTRANJERAS NOMBRE DEL OFERENTE: OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: CÓDIGO DEL PROCESO: SIE030CCTR2013 Fecha: Ingeniero Ricardo Merino A. SUBGERENTE DE DESARROLLO ORGANIZACIONAL, ENC. GERENCIA DE COMERCIALIZACIÓN Presente De mi consideración: El que suscribe, en mi calidad de representante legal de la (compañía) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que mi representada está registrada en la (BOLSA DE VALORES NACIONAL O EXTRANJERA), desde (FECHA DE REGISTRO) hasta la actualidad, y en tal virtud sus (acciones) se cotizan en la mencionada Bolsa de Valores: 1. Garantizo la veracidad y exactitud de la información proporcionada en esta declaración, y autorizo a la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR, al Instituto Nacional de Contratación Pública INCOP, o a cualquier órgano de control competente, a efectuar las investigaciones pertinentes para comprobar tal información. 2. Además, acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la verdad, EP PETROECUADOR: a. Observando el debido proceso, aplique la sanción indicada en el último inciso del artículo 19 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; b. Descalifique a mi representada como oferente; o, c. Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, en cumplimiento del artículo 64 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual. d. Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen. Atentamente, FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL O PROCURADOR COMÚN (según el caso)
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Formulario No. 4 NOMBRE DEL OFERENTE: DECLARACIÓN DE AGREGADO NACIONAL Ingeniero Ricardo Merino A. SUBGERENTE DE DESARROLLO ORGANIZACIONAL, ENC. GERENCIA DE COMERCIALIZACIÓN Presente De mi consideración: El que suscribe, (por mis propios derechos o en calidad de representante legal de la compañía) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que: 1. Libre y voluntariamente presento la información que detallo más adelante, para fines única y exclusivamente relacionados con el presente proceso de contratación; 2. Declaro que el servicio ofertado tiene un agregado nacional del ( ) % respecto a su costo. 3. Garantizo la veracidad y exactitud de la presente información; y, autorizo a la Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR, al INCOP, o a un Órgano de Control, a efectuar averiguaciones para comprobar tal información. 4. Autorizo a que esta información se transparente a través del Portal www.compraspublicas.gov.ec; y, doy mi consentimiento para que se realicen las verificaciones o veedurías que sean pertinentes. La falta de veracidad de la información presentada por el oferente será causa de descalificación de la oferta o de terminación unilateral del contrato, si ésta se detectare en forma posterior Atentamente, (FECHA Y LUGAR) FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL O PROCURADOR COMÚN (según el caso)
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FORMULARIO 4A CÁLCULO DEL PORCENTAJE DE VALOR AGREGADO NACIONAL RESPECTO AL COSTO DE PRODUCCIÓN (Desagregado por elemento de costo) ELEMENTOS DE COSTOS DEL SERVICIO
• • •
• • • • •
Valor de materia prima e insumos de origen nacional de aplicación directa al servicio. Valor de mano de obra utilizada en el país para la prestación del servicio. Valor de la tecnología de origen nacional aplicada en la prestación del servicio: Gastos de investigación, desarrollo y Propiedad Intelectual. (El valor proporcional utilizado para este cálculo será el resultante de aplicar el valor de amortización anual directamente en el período de fabricación del bien o prestación del servicio desarrollado, objeto de la oferta, de acuerdo a la Ley de Régimen Tributario Interno y su reglamento) Servicios, incluidos los profesionales, prestados por personas naturales y jurídicas nacionales para la prestación del servicio. Depreciación de equipos instalados en las plantas industriales en Ecuador empleados para la prestación del servicio, de acuerdo a los siguientes criterios: Para la prestación del servicio, la depreciación no podrá ser realizada en un tiempo menor de diez (10) años para herramientas, maquinarias, equipos e instalación. El valor de depreciación será el valor histórico en libros. En caso que no exista valor de depreciación, este concepto se lo realizará según avalúo de activos. El valor proporcional utilizado para este cálculo, será el resultante de aplicar el valor de depreciación anual obtenido de la maquinaria, equipos o instalaciones en el período realmente utilizado directamente en la fabricación del bien o prestación del servicio objeto de la oferta. TOTAL COMPONENTE NACIONAL
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VALOR AGREGADO NACIONAL (%)
(a/CT) x 100 (b/CT) x 100
(c/CT) x 100
(d/CT) x 100
(e/CT) x 100
Suma de %
METODOLOGÍA PARA DAR CUMPLIMIENTO AL FORMULARIO 4A DEFINICIONES Y CRITERIOS Para efectos de dar cumplimiento al Formulario 4‐A, se deberá tomar en cuenta las siguientes definiciones y criterios:
Valor Agregado Nacional. Es el resultado de la sumatoria de las contribuciones porcentuales en la formación del precio final de los diversos componentes de origen nacional, que se utilizan para prestar un servicio. Materia Prima, Insumos y Equipos de Origen Nacional. Todos aquellos bienes, partes, materiales producidos o fabricados en el país, incorporados en la prestación del servicio objeto de la oferta. Mano de Obra. Personal empleado, obreros y trabajadores utilizados para la prestación del servicio objeto de la oferta, según los datos declarados al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS. Tecnología de Origen Nacional. Los gastos documentadamente comprobables que en investigación, desarrollo y propiedad intelectual, que hayan sido realizados en el país, para la prestación del servicio objeto de la oferta, en el % que corresponda de acuerdo a la presente metodología.
Para la presentación de los componentes relacionados al cálculo del Valor de Agregado Nacional, debe observarse el procedimiento estipulado en el Formulario 4‐A.
No serán considerados como Valor de Agregado Nacional:
1. Las manipulaciones simples destinadas a asegurar la conservación de los bienes durante su transporte o almacenamiento, tales como la aeración, refrigeración, adición de sustancias, salazón, extracción de partes averiadas y operaciones similares. Salvo en aquellos casos, que con ocasión a la cogestión se demuestre que grupos de personas realicen este tipo de funciones dentro de la empresa. 2. Las operaciones de desempolvamiento, lavado o limpieza, entresaque, clasificación, selección, división en partes, cribado, tamizado, filtrado, dilución en agua, aplicación de aceite y recortado. 3. La formación de juegos de bienes. 4. La reunión o división de bultos. 5. La aplicación de marcas, etiquetas o signos distintivos similares a las marcas nacionales. 6. El servicio de post‐venta y garantía de bienes y servicios importados, costos de publicidad, promoción, comercialización y distribución. 7. Costos administrativos, márgenes de utilidad, tributos, gastos de nacionalización y otros costos que no intervengan directamente en el proceso productivo. 8. Cualquier otra actividad que no cumplan los parámetros determinantes del Valor de Agregado Nacional, establecidos en este instructivo.
Notas:
1) La sumatoria de los elementos del cuadro anterior no necesariamente deben ser el 100% ni tampoco superar dicho porcentaje. 2) Los valores de los parámetros a, b, c, d, e, de la columna de Valor Agregado Nacional, corresponden a los porcentajes de cada uno de ellos respecto al costo total (CT) del objeto ofertado. 3) El Valor (CT), corresponde al Costo Total de Producción de la prestación del servicio.
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Formulario No. 5 NOMBRE DEL OFERENTE: DETALLE DE LA EXPERIENCIA Se indicarán los siguientes datos: Nombre y Dirección del contratante: Identificación del proceso de contratación: Objeto y fecha del Contrato: Descripción de los bienes y servicios suministrados: Comentarios Principales: Valor del contrato: Fecha inicial y final del trabajo: Plazo Contractual: Hubo ampliación de Plazo..... (Causas) Hubo Terminación Anticipada..... (Causas) Actas de entrega – recepción definitiva: LUGAR Y FECHA FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL O PROCURADOR COMÚN
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