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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES CUAUTITLAN ELABORACION DE LA NOMINA DE PERSONAL SINDICALIZADO EN UNA EMPRESA

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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES CUAUTITLAN

ELABORACION DE LA NOMINA DE PERSONAL SINDICALIZADO EN UNA EMPRESA DE MANUFACTURA

TRABAJO PROFESIONAL

QUE PARA OBTENER EL TITULO DE: LICENCIADO EN ADMINISTRACIÓN

PRESENTA: FERNANDO PEÑA RODRIGUEZ

ASESOR: M.A. JOSE FILEMON MONDRAGON DOMINGUEZ

CuautitlánIzcalli, Estado de México, 2015

Agradecimientos:

A dios Por permitirme llegar hasta este momento de mi vida.

A mis padres Por su apoyo y confianza incondicional no solo en esta etapa sino en mi vida entera y por enseñarme a esforzarme para logar mis objetivos.

A mi asesor Por su tiempo, por sus conocimientos, por su disponibilidad y por su paciencia para llevar a buen fin el presente trabajo.

INDICE INTRODUCCION ………………………………………………………………………… 1 CAPITULO 1 1.1. Aspectos generales de la empresa………………………………………………… 3 1.2. Productos…………………………………………………………………………. 4 1.3. Organigrama general……………………………………………………………. 7 1.4. Organigrama de Recursos Humanos……………………………………….…… 8 1.5. Presencia a nivel mundial…………………………………………………….….. 9 CAPITULO 2

LA NOMINA

2.1 Concepto…………………….……………………………………..……………… 11 2.2 Tipos de nomina…………………………………………………..……….……… 11 2.3 Prestaciones mínimas de ley……………………………………...………………. 12 2.4 Contrato Colectivo de Trabajo (aplicación en Dixon Ticonderoga de México S.A. de C.V.)……………………………………………………………….…………….….. 21 2.5 Prestaciones otorgadas al personal……………………………………….…...… 22 CAPITULO 3

SINDICATO

3.1 Concepto…………………………………………………………………..………. 25 3.2 Tipos de sindicatos……………………….………………………………..………. 25 3.3 Funciones sindicales en Dixon Ticonderoga de México S.A. de C.V. ….….….. 28 CAPITULO 4

DESEMPEÑO PROFESIONAL

4.1 Funciones y responsabilidades del puesto……………………………….….…... 30 4.2 Información contable………………………………………………….……..…... 42 4.3 Información a terceros…………………………………………………..…..…… 43 4.4 Finiquitos y liquidaciones…………………………………………………...…… 49 RECOMENDACIONES Recomendaciones…………………………………………………………………..….….. 54 BIBLIOGRAFIA …………………………………………………………….……..…….. 55

INTRODUCCIÓN.

Cuando hablamos del proceso de elaboración de nómina, hablamos de las actividades que se llevan a cabo en el departamento de Recursos Humanos para poder llevar a buen fin el compromiso que la empresa tiene con los trabajadores de remunerar su trabajo.

La elaboración de nómina pareciera ser una actividad sin relevancia ya que cuando un trabajador recibe su pago correctamente, es solo lo que debiera ser, pero detrás de ese pago hay todo un proceso que implica no solo el salario, sino también aspectos laborales y legales de suma importancia como IMSS, INFONAVIT, ISR, vacaciones, prestamos, etc.

El correcto pago de las remuneraciones a un trabajador no solo implica un correcto registro de las percepciones y deducciones de un periodo, sino que contribuye también a generar un buen clima laboral debido a la confianza que el trabajador tiene en la empresa, pues si una nomina es pagada en tiempo y forma este puede hacer frente a sus compromisos personales y familiares.

Al intervenir un sindicato en el procesos de elaboración de la nomina se vuelve mas dinámico ya que tiende a estar no solo atento a las cuestiones legales que intervienen en su elaboración, sino también, en los aspectos laborales y en ocasiones personales de los trabajadores. Lo que la convierte en un proceso clave para mantener y mejorar la productividad de las empresas.

En el presente trabajo abordaremos este proceso desde que un trabajador ingresa hasta que se retira de la compañía, viendo paso a paso los aspectos laborales y legales que intervienen en cada punto.

1

CAPITULO 1

2

1.1 GRUPO FILA DIXON SA DE CV.

Grupo Dixon tiene sus orígenes en Estados Unidos de América iniciando operaciones en el antiguo fuerte Ticonderoga en la ciudad de Nueva York en el año de 1795, fundada por Joseph Dixon y Louis Prang quienes introdujeron la educación artística en los sistemas escolares, fue precursora del uso del grafito a nivel industrial y en 1829 desarrolla el primer lápiz del continente, para 1872 cuenta con producción masiva de lápices y en 1915 diversifica su oferta con productor de arte y dibujo. Al mismo tiempo en 1920 se funda FILA (Fabbrica Italiana Lappis ed Affini) en Italia, quien incursiona exitosamente en el mercado Europeo con lápices de colores, posteriormente se desenvuelve también en los mercados de artículos de arte, escritura y cosméticos.

En 1953 Grupo Dixon inicia operaciones en México y para 1994 se consolida en el país con el lanzamiento al mercado de valores del 49% de su capital.

En 1996 la empresa reforma su consejo de administración e inicia una agresiva toma de mercados de bienes de consumo escolar y de oficina, adquiriendo en 1997 el 100% del capital de VINCI de México, en 1999 traslada a México los activos de Dixon Pennsylvania, durante el año 2000 se reubicaban a México las plantas Dixon EUA de Marcadores de Tinta (Pensilvania Deerlake) y los gises (Sandusky Ohio) mismas que ubica bajo un mismo techo en su planta ubicada en Tultitlán, Estado de México.

En el año 2005 se concluye la adquisición y privatización de su casa matriz por parte de Fila, iniciando así una nueva etapa. A finales del mismo año se anuncia el traslado a México del 100% de los activos de Dixon Canadá y Dixon Missouri, lanzando al mercado Norteamericano la línea de productos Fila y al mercado Europeo la línea de productos Dixon

En el 2008 Grupo Fila Dixon adquiere a la empresa Alemana Lyra dedicada principalmente a la fabricación y comercialización de productos de arte.

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En 2009 - 2010 Grupo Fila Dixon compra las marcas de la empresa Lapimex; Colores de Madera (Blanca Nieves), Lápices (Mercurio), gomas así como productos promociónales.

Hoy, 235 años más tarde, Grupo Fila Dixon sigue trabajando en conjunto aprovechando las oportunidades que se presentan en el mercado para comercializar productos de alta calidad y con precios competitivos.

Misión: Capitalizar exitosamente la experiencia al servicio de sus clientes, manufacturando y comercializando productos de consumo educacional, arte y escritura.

Visión: Empresa comprometida en pensamiento global y ejecución local, con tecnologías de vanguardia, con una constante búsqueda de reducción de costos, con calidad y confiabilidad, con excelencia en servicio al cliente, con crecimiento, con responsabilidad social, con el respeto humano y del medio ambiente, con el desarrollo de su gente y con el beneficio de sus accionistas.

1.2 PRODUCTOS. La distinta gama de productos que ofrece Dixon de México se encuentran divididos en familias, las más importantes son las siguientes:

1. Acuarelas: a. Acuarela Glitter Vinci lavable c/8 colores. b. Acuarela lavable Vinci Semi Húmeda c/8 colores. c. Acuarela Metalic Vinci Lavable c/8 colores. d. Acuarelas Vinci Paletas c/12 pastillas. 2. Boceteadores: a. Phano Azabache Boceteador Caja c/10 piezas. b. Phano Charon – Carbón p/Boceteador Caja c/10 piezas.

3. Bolígrafos: a. Bolígrafo con Grip punto mediano Blister c/5 piezas. 4

4. Borrador para pizarrón. a. Borrador Vinci para pizarrón. 5. Borradores de goma: a. Goma BS 30 Caja c/30 piezas. b. Goma BS 60 caja c/60 piezas. c. Goma capuchón Caja c/100 piezas. d. Gomas del cuerpo humano Caja con 9 piezas. e. Revalore Auto Erarse bolsa c/1 pieza. f.

Revalore Auto Erarse bolsa c/1 pieza c/repuesto.

6. Correctores líquidos. a. Corrector liquido Dixon Frasco de 20ml. b. Pluma correctora de 7 ml. c/gripe. 7. Crayón Industrial. a. Crayón industrial. b. Crayón maestro. c. Crayón metal Marc. 8. Crayones escolares. a. Crayón vividel extra grueso. b. Crayón vividel Normal. c. Maxi crayón vinci triangular colores intensos c/12 piezas. d. Mini crayón vinci colores intensos c/12 piezas. e. Mini crayón vinci colores intensos c/24 piezas. f. Mini crayón vinci colores intensos c/24 piezas. g. Mini crayón vinci colores intensos c/6 piezas. 9. Equipos geométricos: a. Equipo geométrico chico. b. Equipo geométrico grande. c. Equipo geométrico mediano. d. Equipo geométrico regular. e. Regla de 30 cm. 10. Gises:

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a. Gis vinci comprimido blanco. b. Gis vinci comprimido colores surtidos. c. Gis vinci moldeado blanco. d. Gis vinci moldeado colores surtidos. 11. Lápices de colores: a. Blanca nieves cortos (estuche c/12 y 24 piezas). b. Blanca nieves largos (estuche c/12 y 24 piezas). c. Colores Grove slim (estuche c/12, 24 y 36 piezas). d. Colores vinci vividel (estuche c/12, 24 y 36 piezas) e. Lápices de colores mapita (presentación en cortos y largos y estuches c/6, 12 y 24 piezas).

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1.3 ORGANIGRAMA GENERAL

Director General

VP Operaciones

Dir. Logística Gte. Plan. Ing. Gte.Lab.C.Cali dad Gte. Inv. Des.

Dir. Sistemas

Dir. Mkt

Dir. Ventas

Coord. Compras

Gte. Mkt

Gte Adm Vtas

Coord. Logística Jefe de AMP S. Cruz

Gte. Cobranza

Gte. Distrital F

Gte. Costos

Gte. Autoserv.

Contador General

Gte.Ctas.Clave

Cajero General

Gte. Mtto.

Jefe Crayones

Jefe Kroma

Jefe Puntillas

Gte. Dist. May.

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Gte. Costos

Gte Nal Vtas F

Gte. Distribución

Jefe Lápices

Gte Recursos Humanos

1.4 ORGANIGRAMA DE RECURSOS HUMANOS.

En este punto nos enfocaremos al área donde se encuentra ubicado en la empresa el puesto de analista de nomina, este se encuentra subordinado a la jefatura de administración de personal, dicha jefatura a su vez se encuentra subordinada a la gerencia de recursos humanos (imagen 1), y esta a su vez pertenece a la dirección de finanzas.

Gerente RH

Recepcionista

Jefe Administrativo de Personal

Analista de Nómina

Analista de Nómina

Coord. Compensaciones y Oblig. Patronales

Asistente RH

Jefe Rec. & Sel.

Asist. Rec & Sel

Jefe de Seguridad e Higiene Industrial

Enfermera

Médico Industrial

Enfermera

Servicios generales (personal sindicalizado)

6 trabajadores

Servicio de limpieza

15 afanadores

8

Enfermera

Servicios de seguridad privada 19 guardias

1.4 PRESENCIA A NIVEL MUNDIAL.

La oficina central de Dixon se encuentra ubicada en Italia, y cuenta con 10 filiales a nivel mundial en:

1. Estados Unidos de America. 2. Canadá. 3. Chile. 4. Argentina. 5. Reino Unido. 6. Francia. 7. China. 8. España 9. Alemania. 10. Mexico.

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CAPITULO 2

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2.1 Nomina (definición) Llamamos nomina al documento en el que se consignan los días trabajados y los sueldos percibidos por los trabajadores y se asientan los demás conceptos de percepción o deducción para cada uno de ellos, en un periodo determinado.

La nómina es el documento que se entrega a todos los trabajadores en el que aparece el detalle del salario que recibe, junto con las deducciones que se le practican de dicho salario, bien sea por descuentos obligatorios marcados por la legislación vigente, bien sea por otro tipo de descuentos como anticipos, o deducciones para seguridad social.

2.2 Tipos de Nomina. Regulares: Semanal Quincenal Mensual Confidencial Estas son las nominas en las que se consignan los pagos regulares. En la semanal se incluyen los empleados que desempeñan un trabajo material y en la quincenal los demás empleados (articulo 88 LFT). En la mensual se paga regularmente a altos ejecutivos cuando en su contrato se señala este plazo. Normalmente la nomina mensual se identifica como la confidencial, pero realmente, la idea de la nomina confidencial, se estableció para cubrir el sueldo de aquellas personas que, por su importancia en la empresa, deseaba mantenerse reservado el monto de sus percepciones. De tal suerte que en la nomina confidencial puede estar incluido un obrero calificado (o mas de uno) que cobra su sueldo por semana, o toda la nomina quincenal puede ser confidencial, o bien puede seguirse el sano criterio de que todas las nominas son confidenciales y desaparecer este concepto. Para cubrir prestaciones: Gratificaciones Participación de utilidades (PTU) Devoluciones de fondo de ahorro Pago de previsión social

Se acostumbra realizar estas nominas por separado dadas sus características y sus fechas de pago: la de gratificaciones o aguinaldos, normalmente incluye a todos los empleados aunque regularmente cobren por semana o por quincena, la de PTU incluye a todos los 11

trabajadores y ex - trabajadores, la de fondo de ahorro destaca la participación de la empresa y la de finiquitos solo a personal con estatus de baja. Especiales: Vacaciones Comisiones Cuando estos conceptos son por importes elevados, algunas empresas acostumbran tratarlos en una nomina especial para facilitar su manejo, para utilizar una forma de pago diferente a la regular o para cuidar de su confidencialidad. Al momento del retiro: Finiquitos Liquidaciones Estas nominas comprenden regularmente a un solo empleado. La de finiquitos se formula cuando existe una renuncia voluntaria e incluye solo los llamados “alcances”. La de liquidación incluye una indemnización por parte de la empresa. Eventuales: De ajustes La nomina de ajustes se utiliza para incorporar pagos fuera de nomina, para cancelar recibos improcedentes o para corregir datos acumulados de los conceptos de pago o deducción del empleado. 2.3 Prestaciones mínimas de ley. En una relación laboral se generan obligaciones y derechos para las partes. Las condiciones de trabajo son las especificaciones que regulan la relación laboral entre patrones y trabajadores. La Ley Federal del Trabajo indica cuáles son las condiciones mínimas que deben acatarse en una relación de trabajo, e indica que no se pueden establecer diferencias entre trabajadores por motivo de raza, nacionalidad, sexo, edad, credo religioso o doctrina política.

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Salario Es la retribución económica que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo. Comprende los pagos hechos por cuota diaria, como las gratificaciones, percepciones, habitación y cualquiera otra cantidad que sea entregada al trabajador, a cambio de su labor ordinaria. Debe interpretarse en un sentido amplio, ya que no sólo se trata de remuneraciones económicas sino también pueden ser pagos en especie, por ejemplo: alimentación, vivienda, entre otras. El salario se percibe en función del trabajo realizado: a mayor número de horas de trabajo, debe corresponder mayor salario. El salario se puede integrar por los siguientes conceptos: Cantidad de dinero percibida normalmente a la semana/quincena/mes, etc. Despensa Vales (de cualquier tipo) Bonos Prima vacacional Aguinaldo Comisiones Propinas Vivienda Alimentación Otras prestaciones adicionales Existen diferentes formas para tasar el salario: Salario fijado por unidad de tiempo: se paga por el tiempo que se dedica al trabajo, sin que importe la productividad; simplemente se toma en cuenta un periodo: por hora, diario, semanal, quincenal, mensual, etcétera. Salario por unidad de obra o "a destajo": no importa el tiempo de producción sino las unidades producidas. Salario por comisión: el porcentaje que se percibe sobre el producto de una venta o negocio. Salario a precio alzado: se calcula por obra terminada pero el trabajador debe poner sus materiales y herramientas. Salario de cualquier otra forma: algunos ejemplos son salario por actuaciones (actores o músicos), salarios por temporadas (deportistas), entre otros.

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De lo anterior es posible concluir que el salario puede ser fijo o variable, depende de la forma cómo se obtenga. Los trabajadores tienen derecho a disponer de su salario de manera libre, lo cual implica que el patrón no puede limitarle esta facultad bajo ninguna circunstancia. El salario es irrenunciable, cualquier pacto en contra de este principio se considera inválido. Asimismo, no es posible que se apliquen multas bajo ningún concepto. Es posible realizar deducciones en el salario del trabajador, algunos casos son: Pago de deudas contraídas con el patrón. El monto máximo permitido de este descuento es de 30%. Pago de renta. No puede exceder de 25% del salario. Pago de abonos para cubrir adeudos contraídos con el Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores. Pago de las pensiones alimenticias cuando ha sido decretada por una autoridad competente. Pago de cuotas sindicales. Por otro lado, existe el concepto de salario mínimo, el cual se refiere a la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios prestados. Este salario es fijado por zona geográfica y aplica para todos los trabajadores de dicha área sin importar la rama de actividad económica, profesión u oficio que desempeñe. Existen tres áreas geográficas las cuales son A, B y C. En cada una de ellas la Comisión Nacional de Salarios Mínimos se encarga de fijar el monto mínimo del salario. Jornada de trabajo. Es el tiempo en el que el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo. Puede ser diurna, nocturna, mixta o bien por horas. Jornada diurna (ocho horas, comprendidas de las 6:00 a las 20:00 horas). Jornada nocturna (siete horas, comprendidas de las 20:00 a las 6:00 horas). Jornada mixta (siete horas y media; comprende periodos de tiempo de las jornadas diurna y nocturna, siempre que el periodo nocturno sea menor de tres horas y media, pues si comprende tres y media o más se establece como jornada nocturna). Por horas (depende de lo que se haya pactado y su pago se obtiene de dividir ocho horas por el monto del salario mínimo general vigente)

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La duración máxima de la jornada semanal es de 48 horas la diurna, 42 la nocturna y 45 la mixta. Durante la jornada continua de trabajo se concederá al trabajador un descanso de media hora por lo menos. Cuando el trabajador no pueda salir del lugar donde presta sus servicios durante las horas de reposo o de comida, ese tiempo será registrado como tiempo efectivo de la jornada de trabajo. En el caso de madres trabajadoras, en los periodos de lactancia se les concede dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno para alimentar a sus hijos. La jornada de trabajo se establece en el momento de la contratación y podrá modificarse posteriormente. Es conveniente que dicha modificación conste en algún documento que firmen el trabajador y el patrón en el que acuerden la nueva jornada de trabajo, así como la fecha a partir de la cual se considerará el nuevo horario. Los trabajadores y el patrón podrán repartir las horas de trabajo con el objetivo de permitir a los primeros el reposo del sábado en la tarde o cualquier modalidad equivalente. La Ley Federal del Trabajo establece que las horas extraordinarias se pagarán en proporción al salario que corresponda por hora de jornada ordinaria y menciona que toda retribución que reciba el trabajador por su trabajo integra el salario. Por esto, el pago de horas extraordinarias también es un concepto que forma parte e integra la remuneración del trabajador. Se considera para el cálculo del pago de horas extraordinarias el salario diario base u ordinario que recibió el trabajador como parte de su trabajo. Para el cálculo y el pago de horas extra se debe considerar:

Horas de trabajo extras No más de tres horas extras diarias. No más de tres días a la semana. Concepto

Criterio

Máximo nueve extras por semana.

horas

Ejemplo

Hora de trabajo extra

Se paga 100% más (es decir, Si se gana $70.00 la hora, la hora extra se paga a (De las primeras nueve doble) $140.00 horas de trabajo extraordinario a la semana) Cuando las horas extras A partir de la hora diez se Si se gana $70.00 la hora. laboradas sobrepasen las paga al 200% más (es decir, Se trabajan 13 horas extras nueve horas a la semana al triple) en la misma semana. Esto son cuatro horas extras más de las establecidas por semana. Por lo tanto:

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Primeras nueve horas de trabajo extraordinario: 9 horas X $70.00 X 2 = $ 1260.00 4 horas de trabajo extraordinario restantes: 4 horas X $70.00 X 3 = $ 840 Pago total de horas extras laboradas: $ 1260.00 + $840.00 = $ 2100.00

Días de descanso. Se concede uno por cada seis de trabajo con goce de salario íntegro. Se debe procurar que el día de descanso semanal sea el domingo. Cuando el trabajador no preste sus servicios durante todos los días de trabajo de la semana, o cuando en el mismo día o en la misma semana preste servicios a varios patrones, tendrá derecho a que se le pague la parte proporcional del salario de los días de descanso. Los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios en sus días de descanso, y si lo hicieran, el patrón deberá pagar al trabajador además del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio. Días de descanso obligatorios. Los días de descanso obligatorio se encuentran señalados en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo: El 1o. de enero; El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero; El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;

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El 1o. de mayo; El 16 de septiembre; El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre; El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal; El 25 de diciembre, y El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral. Los días de descanso permiten que el trabajador pueda reparar el desgaste de las energías que ha sufrido después de seis días de servicios prestados y se eviten prácticas viciosas que afecten la integridad del trabajador. Los días de descanso obligatorios permiten que el trabajador cuente con tiempo disponible para conmemorar o tomar parte en determinados acontecimientos referidos a festividades cívicas, tradicionales o religiosas. Prima dominical. Se otorga un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo, cuando los trabajadores deban trabajar los días domingo. Vacaciones. La siguiente tabla resume los días a que se tiene derecho de vacaciones según el periodo trabajado: Antigüedad en la empresa

Días de vacaciones

1 año

6 días

2 años

8 días

3 años

10 días

4 años

12 días

5 años

12 días

6 años

12 días

7 años

12 días

8 años

12 días

9 años

14 días

10 a 13 años

14 días

14 o años

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más 16 días

Los trabajadores temporales tendrán derecho a un período anual de vacaciones, en proporción al número de días trabajados en el año. Los trabajadores deberán disfrutar en forma continua seis días de vacaciones como mínimo. Las vacaciones no podrán compensarse con una remuneración. Si la relación de trabajo termina antes de que se cumpla el año de servicios, el trabajador tendrá derecho a un pago proporcional al tiempo de servicios. Las vacaciones deberán concederse a los trabajadores dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios. Los patrones deben de entregar anualmente a sus trabajadores una constancia que contenga su antigüedad y de acuerdo con ella el período de vacaciones que les corresponda y la fecha en que deberán disfrutarlo. Prima vacacional Es una cantidad que recibe el trabajador cuando disfruta el derecho al descanso, es de 25% mínimo sobre el salario que corresponde por las vacaciones. Aguinaldo Es una prestación anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre y equivale a quince días de salario como mínimo, para los trabajadores que ya han cumplido un año de servicio. A los que han trabajado un periodo menor se les paga la parte proporcional al mismo. Prima de antigüedad Es un derecho que se adquiere por el transcurso del tiempo y corresponde a doce días de salario por cada año de servicios. Se paga a los trabajadores que se separen voluntariamente de su empleo, siempre que hayan cumplido quince años de servicios. Asimismo se debe cubrir la prima de antigüedad a los trabajadores que después de agotado el procedimiento ordinario comprueben que su despido fue injustificado. En caso de fallecimiento del trabajador, la prima de antigüedad deberá ser entregada a sus beneficiarios. Deben de tomarse en cuenta las siguientes consideraciones: Si el número de trabajadores que se retire dentro del término de un año no excede del 10% del total de los trabajadores de la empresa el pago se hará en el momento del retiro. Si el número de trabajadores que se retira es mayor del 10%, se pagará a los que se retiren primero y el año siguiente podrá pagarse a los trabajadores que excedan de dicho porcentaje. Si número de trabajadores retirados al mismo tiempo es mayor que el porcentaje mencionado, se cubrirá la prima a los que tengan mayor antigüedad y el año siguiente podrá pagarse a los trabajadores que excedan de dicho porcentaje.

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La capacitación. El trabajador tiene derecho a que su patrón le proporcione capacitación o adiestramiento en su trabajo que le permita elevar su nivel de vida y productividad. Los patrones podrán acordar con los trabajadores en que la capacitación, se proporcione a éstos dentro de la misma empresa o fuera de ella, por conducto de personal propio, instructores especialmente contratados, instituciones, escuelas u organismos especializados, o bien a través de los sistemas generales que se establezcan y que se registren en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Reparto de utilidades: Se trata de un derecho de la comunidad de trabajadores de una empresa a recibir una parte de los resultados del proceso económico de producción y distribución de bienes o servicios. Implica que los trabajadores tienen derecho a recibir parte de las utilidades de la empresa. El reparto de utilidades entre los trabajadores deberá efectuarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual, aun cuando esté en trámite objeción de los trabajadores. Para determinar el monto de las utilidades de cada empresa se tomará como base la renta gravable de conformidad con las disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ver módulo fiscal). Los trabajadores podrán presentar en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público las objeciones que juzguen convenientes. La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales: la primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios. La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios percibidos por el trabajo prestado durante el año. En este caso, se considera que el salario sólo está integrado por el efectivo que reciba el trabajador como cuota diaria. En los casos de salario por unidad de obra y en general, cuando la retribución sea variable, se tomará como salario diario el promedio de las percepciones obtenidas en el año. Seguridad social Los patrones deben cumplir con diversas obligaciones en materia de seguridad social, tales como la afiliación de sus colaboradores en el Instituto Mexicano del Seguro Social cuando corresponda. Limitaciones relativas a las prestaciones mínimas. El trabajador no puede renunciar a ninguna de sus prestaciones. 19

No se le puede retener salario a un trabajador salvo los descuentos permitidos tales como pensiones, pago de deudas, pago de renta, entre otros. Prestaciones adicionales que el patrón puede otorgar: Seguros de gastos médicos mayores y/o menores: ayudan a cubrir una emergencia de salud o un tratamiento médico quirúrgico realizado a causa de algún accidente o enfermedad. Vales de despensa y gasolina: son formatos parecidos a los billetes, que expresan una cantidad en dinero, pero que pueden ser utilizados por un usuario para canjearlos por alimentos o productos de uso común en el hogar, en el caso de los vales de despensa y los de gasolina por combustible para su vehículo. Fondos de ahorro: son una prestación que se otorga a los empleados que son beneficiados por el apoyo de la empresa gubernamental o privada; otorgando el patrón una parte proporcional a la que aporta el empleado de su salario para crear un ahorro. Bonos por productividad: son compensaciones económicas otorgadas por alcanzar metas establecidas dentro de un área de producción de un producto o simplemente por alcanzar las expectativas de los servicios ofrecidos. Días de descanso adicionales: son aquellos días que se dan por haber cubierto horas adicionales a las estipuladas en su contrato laboral y que son en común acuerdo entre el patrón y el empleado Estacionamiento: es el espacio dedicado a guardar o agrupar una cantidad determinada de vehículos para su resguardo. Becas de estudio: son apoyos económicos que son otorgadas regularmente a estudiantes con un buen nivel escolar o con bajos recursos, con el fin de facilitar y fomentar la continuidad de su preparación académica. Club social o deportivo: se concede el acceso a un espacio dedicado para realizar actividades de esparcimiento cultural, deportivo o de relajación y pueden ser realizados al aire libre o en recintos. Descuentos empresariales: son los precios y/o productos especiales que se dan a las empresas. Préstamos personales: es la cantidad que se le da al empleado a modo de préstamo y que se le descuenta de acuerdo a las necesidades a partir de acuerdos entre patrón y empleado. Exámenes médicos: es una revisión médica periódica donde se realizan estudios como lo pueden ser de sangre y de orina regularmente, con el fin de verificar la salud del trabajador. Para otorgar este tipo de prestaciones, muchas veces es necesario que los trabajadores se comprometan y den resultados, ya que en la medida que ellos crezcan la empresa lo hará. 20

2.4 Contrato Colectivo de Trabajo y su aplicación en Dixon Ticonderoga de México. Contrato colectivo de trabajo es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una o más empresas o establecimientos LFT ARTICULO 386 El patrón que emplee trabajadores miembros de un sindicato tendrá obligación de celebrar con éste, cuando lo solicite, un contrato colectivo. LFT ARTICULO 387 El contrato colectivo de trabajo deberá celebrarse por escrito, bajo pena de nulidad. Se hará por triplicado, entregándose un ejemplar a cada una de las partes y se depositará el otro tanto en la Junta de Conciliación y Arbitraje o en la Junta Federal o Local de Conciliación, la que después de anotar la fecha y hora de presentación del documento lo remitirá a la Junta Federal o Local de Conciliación y Arbitraje. El contrato surtirá efectos desde la fecha y hora de presentación del documento, salvo que las partes hubiesen convenido en una fecha distinta. El contrato colectivo contendrá: I. Los nombres y domicilios de los contratantes; II. Las empresas y establecimientos que abarque; III. Su duración o la expresión de ser por tiempo indeterminado o para obra Determinada. IV. Las jornadas de trabajo; V. Los días de descanso y vacaciones; VI. El monto de los salarios; VII. Las cláusulas relativas a la capacitación o adiestramiento de los trabajadores en la empresa o establecimientos que comprenda; VIII. Disposiciones sobre la capacitación o adiestramiento inicial que se deba impartir a quienes vayan a ingresar a laborar a la empresa o establecimiento; IX. Las bases sobre la integración y funcionamiento de las Comisiones que deban integrarse de acuerdo con esta Ley; y,

X. Las demás estipulaciones que convengan las partes.

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Aplicación del Contrato Colectivo de Trabajo en Dixon Ticonderoga: El contrato colectivo de trabajo regula todos los aspectos de la relación laboral: Salarios Jornada Descansos Vacaciones Permisos Capacitación Régimen de despidos Definición de categorías Días de descanso Etc. Así como determina las reglas para la relación entre el sindicatos y la empresa, (representantes sindicales, información, licencias y permisos para los dirigentes sindicales, etc.). 2.5 Prestaciones otorgadas al personal que labora en Dixon. De las prestaciones mínimas que establece la Ley Federal del Trabajo y que se otorgan en Dixon Ticonderoga de México se encuentran las siguientes: La jornada de trabajo es: para el 1er turno de 06:00 a 13:40 de lunes a sábado, para el 2do turno de 13:40 a 21:40 de lunes a viernes y de 13:40 a 18:10 el sábado y para el 3er turno de 21:40 a 06:00 de lunes a viernes. Vacaciones (conforme a la Ley Federal del Trabajo). Prima vacacional (90%). Aguinaldo. Tiempo extra (conforme a la Ley Federal del Trabajo). Capacitación. Reparto de utilidades (P.T.U.) Día de descanso (por cada seis días laborados corresponde un día de descanso preferentemente en domingo para 1er y 2do turno y sábado y domingo para 3er turno) Prima de antigüedad (conforme a la Ley Federal del Trabajo). Seguridad Social (IMSS) Vales de despensa (18% del salario mensual)

En cuanto a las prestaciones adicionales que en común acuerdo son el sindicato se otorgan al personal se encuentran: Premios de puntualidad y asistencia Bono de productividad Prestamos de compañía Fondo de ahorro (al personal con contrato de planta)

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Días de descanso adicionales: 5 de Mayo, 10 de Mayo, Onomástico, 5 de Diciembre, 12 de Diciembre y 31 de diciembre). Permisos con goce de sueldo para asistencia a análisis programados por el IMSS Permisos sin goce de sueldo para asistencia a citas programadas por el IMSS Permisos con goce de sueldo para ausentarse por un día (2 por año) Permisos sin goce de sueldo para ausentarse por un día (6 por año) Permisos con goce de sueldo por defunción de familiar (2 días) Permisos con goce de sueldo por matrimonio (3 días) Permisos con goce de sueldo a personal masculino por alumbramiento de esposa o cónyuge (3 días). Ayuda por defunción de familiar en ,línea directa (padres, hijos y esposos) $4500.00. Subsidio por incapacidad hasta por 40 días al año (40%)

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CAPITULO 3

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SINDICATO 3.1 Concepto Sindicato es la asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses. Los trabajadores y los patrones tienen el derecho de constituir sindicatos, sin necesidad de autorización previa. A nadie se puede obligar a formar parte de un sindicado o a no formar parte de él. Cualquier estipulación que establezca multa convencional en caso de separación del sindicato o que desvirtúe de algún modo la disposición contenida en el párrafo anterior, se tendrá por no puesta. Pueden formar parte de los sindicatos los trabajadores mayores de catorce años. No pueden ingresar en los sindicatos de los demás trabajadores, los trabajadores de confianza. Los estatutos de los sindicatos podrán determinar la condición y los derechos de sus miembros, que sean promovidos a un puesto de confianza. Los sindicatos tienen derecho a redactar sus estatutos y reglamentos, elegir libremente a sus representantes, organizar su administración y sus actividades y formular su programa de acción. 3.2 Tipos de sindicatos Los sindicatos de trabajadores pueden ser: Gremiales: los formados por trabajadores de una misma profesión, oficio o especialidad; De empresa, los formados por trabajadores que presten sus servicios en una misma empresa; Industriales, los formados por trabajadores que presten sus servicios en dos o más empresas de la misma rama industrial; Nacionales de industria, los formados por trabajadores que presten sus servicios en una o varias empresas de la misma rama industrial, instaladas en dos o más Entidades Federativas; y De oficios varios, los formados por trabajadores de diversas profesiones. Estos sindicatos sólo podrán constituirse cuando en el municipio de que se trate, el número de trabajadores de una misma profesión sea menor de veinte. Los sindicatos deberán constituirse con veinte trabajadores en servicio activo por lo menos. Para la determinación del número mínimo de trabajadores, se tomarán en consideración aquellos cuya relación de trabajo hubiese sido rescindida o dada por terminada dentro del período comprendido entre los treinta días anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de registro del sindicato y la en que se otorgue éste. Los sindicatos de patrones pueden ser: Los formados por patrones de una o varias ramas de actividades; y

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Nacionales: los formados por patrones de una o varias ramas de actividades de distintas Entidades Federativas. Los sindicatos de patrones deberán constituirse con tres patrones por lo menos. Registro de los sindicatos Los sindicatos deben registrarse en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en los casos de competencia federal y en las Juntas de Conciliación y Arbitraje en los de competencia local, a cuyo efecto remitirán por duplicado: Copia autorizada del acta de la asamblea constitutiva; Una lista con el número, nombres y domicilios de sus miembros y con el nombre y domicilio de los patrones, empresas o establecimientos en los que se prestan los servicios; Copia autorizada de los estatutos; y Copia autorizada del acta de la asamblea en que se hubiese elegido la directiva. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, una vez que haya registrado un sindicato, enviará copia de la resolución a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje. El registro del sindicato y de su directiva, otorgado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social o por las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje, produce efectos ante todas las autoridades. El registro del sindicato podrá cancelarse únicamente: I. En caso de disolución; y II. Por dejar de tener los requisitos legales. La Junta de Conciliación y Arbitraje resolverá acerca de la cancelación del registro. Los sindicatos no están sujetos a disolución, suspensión o cancelación de su registro, por vía administrativa.

Los estatutos de los sindicatos Los estatutos de los sindicatos contendrán: I. Denominación; II. Domicilio; III. Objeto; IV. Duración; V. Admisión de miembros; VI. Obligaciones y derechos de los asociados; VII. Motivos y procedimientos de expulsión y correcciones disciplinarias; VIII. Forma de convocar a asamblea;

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IX. Procedimiento para la elección de la directiva y número de sus miembros (no podrán formar parte de la directiva de los sindicatos los trabajadores menores de dieciséis años y los extranjeros ); X. Período de duración de la directiva; XI. Normas para la administración, adquisición y disposición de los bienes, patrimonio del sindicato; XII. Forma de pago y monto de las cuotas sindicales; XIII. Época de presentación de cuentas; XIV. Normas para la liquidación del patrimonio sindical; y XV. Las demás normas que apruebe la asamblea. La directiva de los sindicatos debe rendir a la asamblea cada seis meses, por lo menos, cuenta completa y detallada de la administración del patrimonio sindical. Esta obligación no es dispensable. Los sindicatos legalmente constituidos son personas morales y tienen capacidad para: I. Adquirir bienes muebles; II. Adquirir los bienes inmuebles destinados inmediata y directamente al objeto de su institución; y III. Defender ante todas las autoridades sus derechos y ejercitar las acciones correspondientes. Los sindicatos representan a sus miembros en la defensa de los derechos individuales que les correspondan, sin perjuicio del derecho de los trabajadores para obrar o intervenir directamente, cesando entonces, a petición del trabajador, la intervención del sindicato. La representación del sindicato se ejercerá por su secretario general o por la persona que designe su directiva, salvo disposición especial de los estatutos. Los miembros de la directiva que sean separados por el patrón o que se separen por causa imputable a éste, continuarán ejerciendo sus funciones salvo lo que dispongan los estatutos. Obligaciones, prohibiciones, disolución y agrupación de sindicatos Son obligaciones de los sindicatos: I. Proporcionar los informes que les soliciten las autoridades del trabajo, siempre que se refieran exclusivamente a su actuación como sindicatos; II. Comunicar a la autoridad ante la que estén registrados los cambios de su directiva y las modificaciones de los estatutos, acompañando por duplicado copia autorizada de las actas respectivas; y III. Informar a la misma autoridad cada tres meses, por lo menos, de las altas y bajas de sus miembros. Queda prohibido a los sindicatos: I. Intervenir en asuntos religiosos; y

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II. Ejercer la profesión de comerciantes con ánimo de lucro. Los sindicatos se disolverán: I. Por el voto de las dos terceras partes de los miembros que los integren; y II. Por transcurrir el término fijado en los estatutos. En caso de disolución del sindicato, el activo se aplicará en la forma que determinen sus estatutos. A falta de disposición expresa, pasará a la federación o confederación a que pertenezca y si no existen, al Instituto Mexicano del Seguro Social. Los sindicatos pueden formar federaciones y confederaciones. Los estatutos de las federaciones y confederaciones contendrán: I. Denominación y domicilio y los de sus miembros constituyentes; II. Condiciones de adhesión de nuevos miembros; y III. Forma en que sus miembros estarán representados en la directiva y en las asambleas. Las federaciones y confederaciones deben registrarse ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

3.3 Funciones sindicales en Dixon Ticonderoga de México S.A. de C.V. El personal sindicalizado está afiliado a CTM, mismo que esta representado en la empresa por un delegado y tres subdelegados que son trabajadores en servicio. Los representantes sindicales se encargan de: Tratar y resolver problemas que se presenten con motivo del trabajo. Elaborar formatos de permisos y solicitar la autorización de los respectivos jefes de departamento. Representar los intereses del sindicato al que pertenece Participar en las negociaciones del contrato colectivo de trabajo. Mantener comunicación constante con sus agremiados mediante la publicación de avisos y notificaciones en espacios destinados para tal efecto.

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CAPITULO 4

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4.1 Funciones y responsabilidades del puesto

Ingreso El ingreso de personal esta condicionado a las necesidades de producción de las áreas productivas de la planta y a la rotación. Reclutamiento y selección es el encargado de recibir las solicitudes de personal y atraer a las personas con el perfil adecuado. Inducción El curso de inducción esta coordinado por el departamento de Reclutamiento y selección, dependiendo de los requerimientos de personal de las áreas se nos comunica vía correo electrónico el día y la hora en que se llevara a cabo. Regularmente la participación de los ponentes se lleva a cabo en el siguiente orden: 1) 2) 3) 4) 5)

Reclutamiento y Selección Calidad Nomina Seguridad e Higiene Servicio Medico

En la parte en que nos corresponde intervenir se les comunica todo lo referente a sus derechos y obligaciones, así como, los días y forma de pago y los procedimientos a seguir para la solicitud de permisos, vacaciones, descansos, préstamos, etc.

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Alta en el sistema Los documentos que contienen la información personal del personal de nuevo ingreso es entregado por ellos mismos al área de Reclutamiento quien se encarga de validarlos e integrar su expediente. Una vez que se tiene el expediente se procede a ingresar los datos al sistema. La información de divide en: Básicos: Datos personales como Nombre, dirección, fecha de nacimiento, numero de seguridad social y RFC. Información General: Nombre de los padres, teléfono y estado civil. Ubicación: Departamento, puesto y centro de costos. Pago: Forma de pago y numero de cuenta bancaria. INFONAVIT: en caso de contar con crédito de vivienda se plasma en este modulo el numero de crédito y el monto de descuento.

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Una ves que se ingresaron los datos del personal de nuevo ingreso al sistema se procede a generar un archivo que contiene los datos para que se pueda elaborar la credencial que sirve como identificación del trabajador. Primeramente se hace un filtro con los nuevos empleados y se ejecuta el proceso “exporta a reloj”

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Una ves que se realizo la exportación hay que utilizar el programa Nomiplus que es el que generara el archivo, para lo cual solo hay que importar los datos en este y generar el archivo.

Con lo que solo resta enviar el archivo al área de Reclutamiento para que se imprima la credencial y se le entregue al empleado.

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Proceso de elaboración de la Nomina De acuerdo a lo estipulado en la Ley Federal del Trabajo y a lo acordado en el Contrato Colectivo de Trabajo el pago a los obreros se lleva a cabo los viernes de cada semana, es decir, que el trabajador recibirá en el año 52 veces su pago. Para efectos del pago la empresa maneja una semana de desfase, esto es, que la fecha de pago de un periodo de nómina es posterior a la fecha de término de dicho periodo, esto con el fin de dar un lapso suficiente para que se realicen las tareas necesarias para el pago de la nómina (registros de asistencias, cálculo de nómina, el depósito en el banco o la impresión de recibos, etc.), esto permite trabajar con información pasada y real sobre las incidencias. El proceso de elaboración de la Nomina es el siguiente: 1. El día lunes de cada semana un representante sindical se encarga de entregar los permisos, vacaciones e incidencias que tomaran parte del periodo semanal de que se trate, así mismo, se encarga de revisar con el analista de nomina las reclamaciones concernientes a los pagos del periodo anterior. Todos los permisos deben estar firmados por el trabajador, supervisor, jefe de área y por el Gerente de Recursos Humanos. Se recibe información también de los Jefes de área, servicio medico, vigilancia y caja general. 2. Una vez recopilada la información que se necesita se procede a cargar todas las incidencias en el sistema de asistencia electrónica T&A.NET, 34

3. Una ves que se ha alimentado el sistema de asistencias se procede a imprimir la tarjeta de asistencias del periodo del que se trate de todo el personal, una ves impreso se revisa de forma manual empleado por empleado las incidencias que hubiese tenido en dicho periodo y cada incidencia se carga en el sistema de nomina RAMSAL.

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4. una ves alimentado el sistema de nomina con las incidencias del periodo, se procede a realizar el procesos de calculo de nomina.

5. Una vez que el sistema ha realizado el proceso de cálculo aleatoriamente se revisan manualmente los siguientes conceptos: Calculo de descuento ISPT Calculo de cuotas IMSS Calculo de tiempo extra Esto con la finalidad de dar certeza al calculo que realizo el sistema sea correcto y se imprimen dos ejemplos por concepto para integrarlos al legajo que se entregara a revisión.

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6.- Se elabora un formato en el que detallamos las incidencias del periodo (ajustes de faltas, pago de subsidios, pago de prestaciones) 7.- Con las cantidades que arrojo el cálculo, se hace un comparativo con el periodo anterior, esto nos permite identificar posibles variaciones importantes en algunos conceptos. Es una herramienta muy útil ya que nos arroja posibles errores. 8.- Se integran todos los documentos antes descritos y se forma un legajo para posteriormente pasarla a revisión con el jefe administrativo de personal. 9.- Después de autorizarla el jefe de personal, el paso siguiente es una segunda revisión, esta vez con el Gerente de Recursos Humanos.

Premios de Puntualidad y Asistencia Son prestaciones que otorga la empresa mensualmente a los trabajadores, están establecidos en el Contrato Colectivo de Trabajo. Cada premio consiste en tres días de salario y se pagan en la segunda semana de cada mes. Los requisitos para hacerse acreedor a estos estímulos son: Premio de Puntualidad: cero retardos Premio de Asistencia: ninguna falta, ni más de tres retardos que no excedan quince minutos.

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Para revisar los premios se imprime un reporte mensual con las entradas y salidas de cada persona y manualmente se verifica que cumplan con los requisitos antes descritos.

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Bono de Productividad Este bono se paga en la tercera semana de cada mes y consiste en 4 días de salario, para tener derecho a esta prestación es necesario que el área donde se encuentre asignado el trabajador haya alcanzado por lo menos el 100% de la productividad mensual estándar requerida. Dicha prestación se paga siempre y cuando en la segunda semana de cada mes se haya obtenido por lo menos en Premio de Asistencia.

Reportes Tarjetas de reloj checador Las tarjetas del reloj checador son los registros que nos indican la hora de entrada y salida que cada trabajador realiza en los relojes electrónicos ubicados en los accesos a la planta, así como, las incidencias que supervisores, jefes de área y sindicato hicieron llegar al área de Recursos Humanos . El registro se lleva a acabo con huella digital que previamente se documento y se vinculo con número de empleado de cada trabajador. Las tarjetas se imprimen en el proceso de cálculo de la nomina, proceso en el que se revisan manual e individualmente cada registro para detectar:

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Faltas Permisos sindicales con goce Permisos sindicales sin goce Retardos Permisos Pagos de turno Vacaciones Incapacidades Una ves que se ha hecho el deposito de la nomina en el banco se procede a imprimir las mismas tarjetas checadoras ahora por duplicado para que cada trabajador firme y nos devuelva una y conserve la otra.

Recibos de Pago Estos se imprimen una vez que la nomina este debidamente revisada y autorizada siguiendo lo estipulado en la LFT y el CCT y se entregan cada viernes junto con las tarjetas emitidas por el reloj checador.

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Cierre del periodo Una vez que sabemos que no cambiaremos o moveremos ningún concepto de ningún empleado en la nómina se procede realizar el cierre del periodo para formar los acumulados de cada empleado, el cierre de cada periodo debe tener la siguiente información: Identificación de la compañía Número del empleado Nombre del empleado Número y nombre del concepto Tipo de acumulado ya sea de percepción o deducción Año al que pertenece el acumulado Mes al que pertenece el acumulado Importes

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4.2 Información contable Una vez que se ha hecho el cierre de la nómina procedemos a enviar la información que se generó con el fin de que sea auxiliar de la contabilidad de la empresa. Recordemos que la información contable debe cumplir con ciertas características como: Completa Confiable Significativa Oportuna Clara Por lo que la información que enviemos al departamento de contabilidad de la empresa sirva para tomar decisiones, valuar costos, presupuestos, etc.

Póliza Para informar de la información que se genero en el periodo lo hacemos a través de una póliza contable que elaboramos mediante un programa diseñado por el departamento de sistemas de la empresa, en donde se prorratean el costo de la mano de obra por cada departamento. Nuestro sistema de nomina tiene la interface con el sistema generador de póliza, por lo que después de cada cierre retomamos la información para enviarla a poliza.exe. Dicho sistema genera la póliza con un catálogo de cuentas previamente cargado.

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La póliza se genera en formato .TXT y se envía por correo electrónico al departamento de contabilidad junto con un resumen de la nómina detallado por departamento y un resumen de las aportaciones al fondo de ahorro.

4.3 Información a terceros Dispersión de nómina a través de una institución bancaria Por motivos de seguridad y conveniencia para la empresa y para los trabajadores esta dispuesto que el pago de los importes de la nómina se haga a través de una institución bancaria para que los empleados puedan disponer de los recursos en cualquier cajero automático del banco. Este es un servicio que previamente la empresa contrato con el banco mediante un contrato de prestación de servicios. Cada semana al haberse realizado la acumulación de la nómina se envía al banco un archivo que contiene los siguientes elementos: Numero de cliente de la empresa en el banco Fecha de aplicación de los fondos Nombre del archivo Importe global de la nomina Importe de cada empleado 43

Numero de nómina del empleado Nombre del empleado Numero secuencial único para el archivo que se envía Número de tarjeta de cada empleado

El archivo es generado por nuestro programa de nómina y se denomina “layout”, el archivo debe tener una extensión .TXT. Para enviar esta información al banco se usa su portal web al cual se ingresa con el número de cuenta y una contraseña, además de un sistema de identificación impuesto por el banco llamado “netkey”. La dispersión de la nomina se hace a través de BANAMEX y la plataforma que se utiliza se llama bancanet empresarial. Una vez enviada la información el sistema del banco emite un folio y un acuse de recibo, mismo que servirá para dar seguimiento posterior.

Pago de vales de despensa con un proveedor externo La empresa cuenta con la prestación a todos los trabajadores de vales de despensa mensuales destinados a la adquisición exclusiva de artículos de primera necesidad. Para otorgar dicha prestación previamente la empresa ha firmado un contrato de prestación de servicios. El pago de la prestación se hace a través de una tarjeta de alimentación electrónica personalizada con la cual el trabajador podrá disponer de dichos fondos en el comercio de su preferencia. 44

Dicha prestación se paga entre los días 12 y 15 de cada mes y se paga en base a los días trabajados en el mes anterior. Para ello se elabora un archivo en formato .XLS donde se detalla el número de plástico al cual se hará el fondeo, clave de trabajador de cada empleado y el importe correspondiente.

Timbrado de la Nomina A partir del 01 de enero de 2014 y derivado de la reforma fiscal, los patrones tienen la obligación de entregar recibos de pago con las mismas características que un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), por lo que los recibos de nomina que se expiden en la empresa deberán estar debidamente timbrados ante el Servicio de Administración Tributaria. Timbrar un recibo de nomina es informar al SAT con detalle los pagos que se hacen a cada uno de los trabajadores. Para hacerlo se necesitan los servicios de un Proveedor Autorizado de Certificaciones (PAC), quien dará validez al recibo de nomina generado. Este procesos se volvió obligatorio e indispensable para todos los patrones ya que para que una nomina sea deducible deberá estar debidamente timbrada. Con este proceso la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico quiere tener mayor control de los ingresos que reciben las personas físicas y los impuestos que se generan, así como, tener mayor control de los pagos que se hacen al IMSS e INFONAVIT. Los recibos de nomina que se emitan a partir de 2014 deberán contener las mismas características que un CFDI, por lo que los conceptos de los recibos deberán estar relacionados con los conceptos que publico el SAT, es decir, homologar los conceptos de percepciones y deducciones en la empresa con los contemplados por el SAT.

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Los recibos de nomina deben contener los siguientes elementos:

Versión Registro Patronal Número de Empleado CURP Tipo de Régimen Número de Seguridad Social Fecha de Pago Fecha Inicial del Pago Fecha Final de Pago Número de días pagados Departamento Clabe Banco Fecha de Inicio de Relación Laboral Antigüedad Puesto Tipo de Contrato Tipo de Jornada Periodicidad del Pago Salario Base Cotización Aportaciones Riesgo del Puesto Salario Diario Integrado Percepciones Deducciones Incapacidades Horas Extra Los recibos generados y timbrados se deben entregar a cada trabajador. Para poder emitir los recibos de nomina como CFDI el patrón deberá de contar con lo siguiente: Firma Electrónica Avanzada (FIEL) Certificado del Sello Digital Elegir un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) El SAT en su pagina de internet tiene un listado de los proveedores autorizados y se actualiza constantemente, actualmente son mas de 70 en el país.

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El proceso para cumplir con esta obligación en la empresa se realiza de la siguiente manera: Una vez que la nomina esta terminada, autorizada y sabemos que no habrá mas modificaciones se realiza un proceso en nuestro sistema de nomina, mismo que fue incluido y desarrollado por el proveedor.

Una vez concluido este proceso se generan archivos en formato .XLM, uno por cada trabajador.

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Estos se envían al PAC y este a su vez nos regresa dos archivos por cada uno que nosotros enviamos, uno es en formato.

Uno de esos archivos en es formato .PDF y es un documento que se puede imprimir y es idéntico a una factura.

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Y el otro es un archivo en formato .XLM

4.4 Finiquitos y liquidaciones El artículo 46 de la Ley Federal del Trabajo nos dice que el trabajador o el patrón podrán rescindir en cualquier tiempo la relación de trabajo existiendo dos maneras para ello: Que el trabajador decida hacerlo ò Que sea la empresa la que lo haga

Finiquitos: Si es el trabajador el que decide dar por terminada la relación laboral, la empresa está obligada únicamente a pagarle lo que se llama como alcances por renuncia, por lo que la empresa debe elaborar un finiquito que como su nombre lo dice es un remate de cuentas y es el documento que certifica que al momento del retiro del trabajador a su entera satisfacción no le queda pendiente adeudo alguno. Un finiquito contendrá todos los conceptos necesarios para pagar a un empleado todo lo que esté pendiente hasta ese momento como puedes ser:

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Días de sueldo Vacaciones Prima vacacional Gratificaciones Tiempo extra Primas dominicales Vales de despensa Etc. Pudiendo descontar también los adeudos que al momento de su retiro el empleado tuviese con la empresa o con terceros como: Prestamos Descuentos por conceptos FONACOT Descuentos por concepto INFONAVIT Etc.

Liquidaciones Hay ocasiones en que será necesario calcular una liquidación y esta será necesaria en los casos siguientes: Cuando el trabajador tiene una causa justificada para rescindir la relación laboral. Cuando el trabajador que se retira adquirió por su antigüedad derechos de liquidación ya sea por las condiciones que marca la Ley Federal del Trabajo o por condiciones establecidas en el contrato colectivo de trabajo. Cuando sea la empresa la que decida retirar a un trabajador sea o no con alguna causa justificada. Cuando las juntas de conciliación decidan que un trabajador fue despedido injustificadamente y el trabajador decida obtener una liquidación en lugar de una reinstalación. Cuando fallece el trabajador. Las liquidaciones pueden incluir conceptos que la empresa determine o en algunos casos incluirán los conceptos que la autoridad laboral en este caso las juntas de conciliación y arbitraje, regularmente las liquidaciones incluyen los conceptos del finiquito más los conceptos de indemnización como: 3 meses de sueldo 20 días por año Prima de antigüedad En ambos casos se incluirá el ISR exento y el ISR a descontar.

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Entrega de finiquitos en Dixon Ticonderoga de México S.A. DE C.V. El procedimiento por el cual se programan y pagan los finiquitos en la empresa es el siguiente: 1.- la persona que decidió separarse de la empresa tendrá que acudir al departamento de Reclutamiento y Selección y solicitar por escrito su separación. 2.- tendrá que llenar una encuesta de salida en la que plasmara su impresión de la empresa durante su estancia. 3.- hacer la devolución del uniforme, la credencial y el equipo de seguridad personal que se le proporciono, así como, los materiales y/o herramienta que estuviera bajo su custodia. Una vez hecho lo anterior se le cita al primer lunes hábil siguiente al día de su renuncia. 4.- Reclutamiento y Selección entrega los miércoles de cada semana una relación de las personas que están programadas para pago. 5.- se hace el cálculo del finiquito y se solicita su pago mediante una solicitud de cheque.

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RECOMENDACIONES

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Recomendaciones Elaborar un manual de procedimientos que permita tener una guía en las actividades del área y así nos permita analizar la forma en que se están haciendo para buscar eficientar los procesos buscando de esta manera mejorar la productividad. Capacitación constante del personal que atiende el área, esto es importante debido a los constantes y radicales cambios en la legislación. Implementar medidas que permitan mejorar la comunicación con los proveedores de información (supervisores, jefes de área, sindicato), evitando así retrasos en el proceso. Disminuir el tiempo de respuesta a las aclaraciones que solicita el personal mediante la delegación de autoridad para toma de decisiones en el jefe administrativo de personal. Facilitar el acceso de información de saldos como vacaciones y días de descanso sindicales al personal mediante la implementación de un quiosco que permita al personal acceder a esta información. Estandarizar los formatos de solicitud de pagos de tiempo extra y de roles de turno que llega de las diferentes áreas, con esto, se evitara el uso de tiempo en encontrar la información. Capacitación amplia y continua a supervisores de nuevo ingreso en cuanto a prestaciones contractuales, disminuyendo con esto malos entendidos y disgustos con el personal. Mejorar el sistema control de asistencia, esto permitirá disminuir las reclamaciones del personal. Actualizar con frecuencia los datos personales de los trabajadores (domicilio, teléfono, estado civil, hijos), lo que permitirá aplicar los beneficios contractuales de manera más eficiente y evitar retrasos en los pagos.

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BIBLIOGRAFIA Orozco Colín Luís Ángel, Estudio Integral de la Nomina, ISEF, 7ª edición, México, 2008, pág. 23 Méndez, Ricardo (2009). Derecho Laboral, un enfoque práctico. México: Mc Graw Hill. p. 53 México. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Méndez, Ricardo (2009). Derecho Laboral, un enfoque práctico. México: Mc Graw Hill. p. 53 Ley federal del trabajo art. 356 a 381 Mario de la cueva El nuevo derecho del trabajo ii ,novena edición, Editorial porrúa méxico, d.f.

CIBERGRAFIA http://www.actibva.com/magazine/guias-practicas/la-nomina-estructura-partes-y-elementosbasico Comisión Nacional de los Salarios Mínimos. (n.d) Tabla de salarios mínimos por zona. Recuperado el 25 de julio de 2012 de: http://www.conasami.gob.mx/ Conne Abella et.al.(n.d) Condiciones de trabajo. Recuperado el día 20 de julio de 2012 de http://www.slideshare.net/lligao/calculo-de-prestaciones-y-salarios http://ius.scjn.gob.mx/paginas/externas/detalle.aspx?id=383210 México. Ley Federal del Trabajo. (1970, 1 de abril) Recuperado el día 20 de julio de 2012 de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125.pdf http://ius.scjn.gob.mx/paginas/externas/detalle.aspx?id=383210 Comisión Nacional de los Salarios Mínimos. (n.d) Tabla de salarios mínimos por zona. http://www.conasami.gob.mx/ http://ius.scjn.gob.mx/paginas/externas/detalle.aspx?id=249226

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