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“2014- Año de Homenaje al Almirante Guillermo Brown, en el Bicentenario del Combate Naval de Montevideo”
Senado de la Nación Secretaria Parlamentaria Dirección General de Publicaciones
VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL ORIGINAL IMPRESO (S-0203/14) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados,… Artículo 1º. - Es objeto de la presente Ley establecer los mecanismos tendientes a: a) generar las condiciones propicias para la formación y la profesionalización del personal de enfermería del sistema de salud de la República Argentina; b) asegurar la adecuada inserción laboral del personal profesional de enfermería en el sistema de salud de la República Argentina; c) reducir la brecha geográfica en la distribución del personal profesional de enfermería en el territorio de la Nación argentina. Artículo 2º.–Créase el Plan Nacional de Desarrollo de la Enfermería de la República Argentina bajo la órbita del Ministerio de Salud de la Nación, destinado a incrementar la proporción del personal profesional de enfermería en relación con la cantidad de habitantes, la formación continua de ese personal y la mejor distribución del recurso humano en territorio nacional. Artículo. 3º. -El “Plan Nacional de Desarrollo de la Enfermería de la República Argentina” comprende el desarrollo, la coordinación de recursos y la implementación de las acciones interjurisdiccionales tendientes a: a) La profesionalización de los auxiliares de enfermería y la implementación de becas para la formación continua de todo el personal profesional de enfermería y la continuidad de la formación de aquellos afectados por contingencias que puedan poner en riesgo el desarrollo de la vocación, bajo el control y seguimiento de la Autoridad de Aplicación de la presente Ley, asegurándose la utilización eficiente de los recursos y el progreso de la carrera de los becados en condiciones de excelencia; b) El establecimiento de un complemento del esquema salarial que propicie el incremento de la proporción del personal profesional de
enfermería hasta alcanzar una relación de, al menos, cuarenta (40) enfermeros por cada diez mil (10.000) habitantes; c) La creación de un esquema de incentivo salarial que tienda a reducir la brecha geográfica en la distribución del recurso humano profesional de enfermería en el territorio de la Nación en función de las necesidades de cada jurisdicción; d) La capacitación, enfermería.
evaluación
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incentivación
docente
de
Artículo4º.-Para el cumplimiento de lo establecido en la presente Ley se destinará anualmente en el presupuesto nacional dedicado a Salud, el equivalente a 10% del producido por el Impuesto al Valor Agregado sobre medicamentos de venta libre o venta bajo receta que contengan paracetamol, diclofenac o ibuprofeno durante el año anterior. Los fondos se utilizarán exclusivamente para el cumplimiento de los objetivos establecidos en el artículo 1° de la presente Ley en partes iguales a cada uno de los objetivos. Artículo 5º. - Es Autoridad de Aplicación de la presente Ley el Ministerio de Salud de la Nación, que tendrá por función la administración general del Plan Nacional de Desarrollo de la Enfermería de la República Argentina y la coordinación de las acciones interjurisdiccionales tendientes a cumplir con lo previsto en el artículo 3º de la presente Ley Artículo 6º.-El Poder Ejecutivo, a través del órgano competente reglamentará la presente ley en un término de noventa (90) días. Artículo 7º.-Invítese a las provincias a adherir a la presente Ley. Artículo 8º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Sandra D. Giménez.FUNDAMENTOS Señor Presidente: Este proyecto es, una representación observada del expediente S1894/12 de mi autoría. Las observaciones realizadas fueron recogidas durante su tratamiento en la Comisión de Salud y en consultas realizadas a instituciones representativas del sector. Esta iniciativa tiene por objeto incrementar la relación entre la cantidad de enfermeros por habitantes y así acercarse a los 40 por cada 10.000
habitantes que es el límite inferior que la Organización Panamericana de la Salud establece para considerar “alta” la cobertura en materia de enfermería. A su vez el proyecto pretende reducir la desigual distribución geográfica del personal y para tales objetivos se crea un Plan Nacional de Desarrollo de la Enfermería. La Organización Mundial de la Salud a través de sus resoluciones constantes en temas de enfermería da cuenta de la importancia que tienen estos servicios como medio para lograr mejores resultados de salud de la población. En la última resolución, la WHA 59.27 la OMS solicita a los estados miembros que realicen una revisión periódica de la legislación y reglamentación, como a su vez que colaboren con el desarrollo del personal, eviten su reducción y favorezcan su perfeccionamiento. La misión de los servicios de enfermería es prestar atención de salud a los individuos, las familias y las comunidades en todas las etapas del ciclo vital y en los diferentes aspectos de prevención de enfermedades, promoción de la salud, recuperación y rehabilitación, con un enfoque inter e intra disciplinario a fin de contribuir a un mayor bienestar de la población en sus procesos de desarrollo. Las intervenciones de enfermería no sólo están basadas en principios científicos sino también humanísticos y éticos, fundamentados en el respeto a la vida y a la dignidad humana. Estos servicios son parte fundamental de los sistemas de salud para el desarrollo de la sociedad. Contribuyen eficazmente al logro de mejores condiciones de vida de los individuos, las familias y las comunidades mediante una formación y una práctica basada en principios de equidad, accesibilidad, cobertura y sostenibilidad de la atención a toda la población. Su reto es dar repuesta oportuna a los cambios permanentes que generan la transformación de los paradigmas en la formación, la práctica y la investigación. Por esta razón se proyecta hacia el mantenimiento de la excelencia técnica de las intervenciones que realizan las enfermeras, teniendo en cuenta los avances sociales, científicos, humanos y tecnológicos. En 2008 en los centros universitarios nacionales se encontraban cursando alrededor de 11.000 alumnos, sin embargo la tasa de deserción, según el Magister Rubén Gasco, miembro honorario de la Sociedad Argentina de Enfermería, si tan sólo se considera a la universidad pública, alcanza a 70% en el Primer Ciclo (título intermedio de enfermera/o). Es decir, que ingresan 6 mil estudiantes por año y egresan sólo 1.800, y de esos, un mínimo porcentaje continúa la Licenciatura.
Actualmente la República Argentina cuenta con 105 instituciones formadoras para todos los niveles de enfermería (Licenciados, auxiliares, etc.) y este personal a pesar de registrar un lento y sostenido crecimiento no llega a cubrir la demanda. El personal de enfermería, aproximadamente 80.000 trabajadores (incluye las enfermeras universitarias 1%, profesionales 30%, auxiliares 58% y empíricas 11%), es insuficiente. La relación médicos/enfermeros/as, es de 8,5 médicos por cada enfermera, y de 1,7 médicos por cada recurso de enfermería. A su vez la escasez de profesionales de enfermería agrava la ya inequitativa distribución de los recursos, que afecta en mayor medida al primer nivel de atención. Si bien en Argentina en los últimos años se ha dado un movimiento creciente hacia la calificación del personal de enfermería su cantidad aún resulta insuficiente para dar respuesta a la escasez. A esta situación de escasa cantidad de personal, se suma, como dijimos antes, la disparidad geográfica: En la Ciudad de Buenos Aires hay 25,54 enfermeros cada 10.000 habitantes, en Catamarca 40,38 cada 10,000, en Entre Ríos 56,40 mientras que en Córdoba y Santa Fe tan solo 12,08 y 13,72 respectivamente. Debemos trabajar para aumentar la cantidad de personal así como mejorar su distribución a lo largo y ancho del país. La República Argentina tiene una muy rica historia en lo referente a la enfermería y creo que deberíamos honrar. En el año 1883, una mujer llamada Cecilia Grierson, que tenía la tenacidad propia de los convencidos comenzó la carrera de medicina en la Universidad de Buenos Aires. Ese espacio estaba reservado de hecho, solo para los hombres y en seis años se graduó, no solo convirtiéndose en la primera médica de la Argentina, sino también de Sudamérica. Como muestra abrumadora de fuerza y voluntad, dos años antes de graduarse fundó la Escuela de Enfermeras del Círculo Médico Argentino y en 1892 la Sociedad Argentina de Primeros Auxilios. Decidida a ocupar los lugares que le correspondían como mujer y profesional, en 1894 se presentó en el concurso para cubrir el cargo de profesor sustituto de la Cátedra de Obstetricia para Parteras en la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires. Increíblemente el concurso fue declarado desierto, porque en aquellos tiempos las mujeres todavía no podían aspirar a la docencia universitaria. Luego de 78 años de su muerte, hoy dos calles, una de la Ciudad de Bueno Aires y otra de Los Cocos, Córdoba le rinden homenaje a esta mujer implacable, símbolo de lucha y dedicación por la salud. También la Escuela Nacional de Enfermería lleva su nombre y un retrato suyo se encuentra en el Salón Mujeres Argentinas de la Casa Rosada, junto
a otras figuras como Victoria Ocampo, Juana Azurduy, Alicia Moreau de Justo y Eva Perón. Nuestro país ha sabido reconocer en estos últimos 10 años la diferencia entre lo coyuntural y lo estructural. Hemos pasado de destinar el 2% del PBI a Educación a 6%. Hemos masificado la asignación por hijo, hemos cancelado la deuda con el FMI, hemos tenido un crecimiento sostenido en la recaudación fiscal, hemos hecho crecer el empleo en blanco. Ahora necesitamos demostrar que estamos a favor de fortalecer al sistema de salud de nuestra nación. La enfermería es un servicio que contribuye a preservar la vida y la salud de las personas desde las perspectivas, humana, ética, interpersonal y terapéutica. La realidad actual y la trayectoria de luchadores y luchadoras como la Dra. Cecilia Grierson nos demandan que prestemos atención a esta necesidad de nuestros compatriotas. En este contexto, el Plan Nacional de Desarrollo de la Enfermería constituye una herramienta de desarrollo que, a través de la coordinación de recursos públicos, busca incrementar la relación entre la cantidad de enfermeros por habitantes como a su vez luchar contra la desigual distribución geográfica. Finalmente, con el objetivo de alcanzar la relación óptima entre la cantidad de profesionales de la enfermería y la población, su adecuada y continua formación y su distribución eficiente en el territorio nacional, se propicia la asignación de 10 puntos porcentuales de la recaudación del impuesto al valor agregado sobre los tres medicamentos más consumidos y de menor valor tanto en el segmento de venta libre como bajo receta, el diclofenac, el ibuprofeno y el paracetamol como mecanismo para financiar el desarrollo del recurso humano de la salud. En la construcción de un país de iguales, como se viene haciendo desde el 2003 con el ex presidente de la Nación Argentina, Dr. Néstor Kirchner y luego con nuestra querida presidenta, Dra. Cristina Fernández de Kirchner, debemos redoblar la apuesta y reconocer e incentivar a aquellos argentinos que tienen la tarea tan importante de cuidar a personas que padecen problemas de salud y no pueden llevar a cabo por si solos los cuidados pertinentes para cubrir sus necesidades básicas. Por lo expuesto, solicito a mis pares me acompañen en la firma del presente Proyecto de Ley. Sandra D. Giménez.-