14) PROYECTO DE LEY

“2014- Año de Homenaje al Almirante Guillermo Brown, en el Bicentenario del Combate Naval de Montevideo”     Senado de la Nación Secretaria Parlamen

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“2014- Año de Homenaje al Almirante Guillermo Brown, en el Bicentenario del Combate Naval de Montevideo”

   

Senado de la Nación Secretaria Parlamentaria Dirección General de Publicaciones

VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL ORIGINAL IMPRESO (S-2812/14) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados,… Artículo 1º.- Transfiérase a título gratuito a la Universidad Nacional de Jujuy, el Instituto Interdisciplinario Tilcara, actualmente dependiente de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires. Artículo 2º.- Transfiérase a título gratuito a la Universidad Nacional de Jujuy el dominio de los terrenos que constituyen las ruinas del Pucará de Tilcara y las tierras bajas circundantes, donadas por la provincia de Jujuy a la Universidad de Buenos Aires por escritura pública número ochenta de fecha 28 de Julio de 1968. Artículo 3º.- Transfiérase a la Universidad Nacional de Jujuy todo el personal que se encuentre prestando servicios en el Instituto Interdisciplinario Tilcara al momento de la sanción de la presente, de acuerdo a las siguientes pautas: a) Identidad o equivalencia en la función, jerarquía y situación de revista en que se encontrare a la fecha de la transferencia; b) Reconocimiento de la antigüedad en la carrera y en el cargo; c) Reconocimiento de la estabilidad en el cargo; d) Reconocimiento de los títulos y antecedentes profesionales. Artículo 4º.- La transferencia se realizará dentro del plazo de un año a contar desde la sanción de la presente. Artículo 5º.- Los gastos que demande el funcionamiento del Instituto Interdisciplinario Tilcara serán solventados con la partida que anualmente se asigne en el presupuesto general de gastos y cálculo de recursos de la administración nacional. Artículo 6º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Liliana B. Fellner. –

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FUNDAMENTOS Señor Presidente: La Quebrada de Humahuaca contiene una riqueza desde el punto de vista patrimonial –cultural y natural- excepcional. En este marco, Tilcara se destaca como la capital arqueológica de la provincia de Jujuy. Dentro de Tilcara, el Pucará, uno de los cuatro pueblos fortificados que los primitivos habitantes edificaron, es una de las mayores atracciones del lugar. En efecto, el Pucará de Tilcara fue la población prehispánica más antigua de la región de Humahuaca. Ubicado en la parte central de la Quebrada, donde ocupa un montículo de unos sesenta metros de altura sobre el Río Grande, a 2.540 metros sobre el nivel del mar, sus ruinas cubren la totalidad de una superficie de alrededor de 15 hectáreas.1 El Pucará de Tilcara se integra con una gran cantidad de recintos construidos con piedra, de planta rectangular y ángulos rectos, entre los cuales existen senderos de circulación. En la parte céntrica se distingue el sector incaico, con una arquitectura diferencial. Fue el poblado cabecera de los Tilcara, el grupo sociopolítico que ocupaba el sector central de la Quebrada de Humahuaca a la llegada de los Incas y Españoles. Presenta evidencia de ocupación humana desde alrededor del 900 d.c...2 En el año 2000, el sitio fue declarado como Monumento Histórico Nacional por decreto 1.012, siendo por ende destinatario de la máxima protección que otorga nuestra legislación en materia de patrimonio cultural. En el mismo año la provincia de Jujuy declaró como paisaje protegido a la Quebrada de Humahuaca, en virtud de la ley 5.206. Finalmente, en el año 2002 la UNESCO declaró a la Quebrada de Humahuaca como Patrimonio Cultural de la Humanidad, en la categoría “paisaje cultural”. Como se desprende de este breve repaso, Tilcara y particularmente el Pucará, son sitios de gran relevancia en materia de patrimonio arqueológico. El descubrimiento del yacimiento se produjo en el año 1908 con la expedición del Dr. Juan B. Ambrosetti, director del Instituto Etnográfico de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires. Ante la riqueza arqueológica del lugar, Ambrosetti y su discípulo, el Dr. Debenedetti, se propusieron la restauración del sitio, proyecto que                                                              1 2

Ceballos, Rodolfo; “En Jujuy Comienza la Patria” página 92. Quebrada de Humahuaca, Patrimonio Cultural de la Humanidad. Paisaje Cultural. UNESCO 2002.

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quedó trunco con la muerte del primero, determinando que el segundo deba volver a Buenos Aires, lo que imposibilitaba continuar con las tareas de restauración. 3 Ante la inesperada muerte del Dr. Debenedetti, se hizo cargo de la cátedra de Arqueología Americana de la Facultad de Filosofía y Letras de la UBA el Dr. Casanova, quien pensó que la mejor forma de rendir homenaje a su maestro era continuar con su ambicioso proyecto de restauración, para lo cual solicitó al gobierno de la provincia que donara los terrenos del Pucará de Tilcara.4 En el año 1948 la legislatura de la provincia de Jujuy sancionó la ley 1.903 mediante la cual se autorizó al Poder Ejecutivo a donar a la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires los terrenos que constituyen el Pucará de Tilcara y las tierras bajas circundantes, con destino a la reconstrucción del mismo y habilitación de un museo. Ello se concretó en el año 1968 mediante escritura pública número 80 suscripta entre el Sr. Gobernador de la provincia y el rector de la Universidad de Buenos Aires. En el año 1950 se realizaron reconstrucciones en cuatro sectores del antiguo poblado, mediante el empleo de técnicas y materiales que no se correspondían con los originales, arribándose a la conclusión de que la misma fue errónea5. En 1972, por resolución 839 del Consejo Académico, se creó el Instituto Interdisciplinario Tilcara, con el fin de favorecer y promover las investigaciones regionales en distintas disciplinas, contribuyendo al respeto y revalorización de la diversidad cultural y natural. Sin ánimo de incurrir en un análisis exhaustivo de las causas que dieron origen a la transferencia de este sitio a la UBA, se puede señalar un argumento fáctico de peso: Tilcara es un sitio que cuenta con una gran riqueza arqueológica; en el año 1948, la arqueología era una disciplina que no contaba en Argentina con el desarrollo con el que la conocemos en nuestros días. Del mismo modo, existían pocas Universidades Nacionales, y la de Buenos Aires tenía un rol destacado en el apoyo de la investigación científica. En este sentido, se observa con claridad cuál fue el factor que determinó el traspaso de la administración del sitio a la UBA; igualmente prístino resulta que esta situación se ha diluido con el paso del tiempo, ante el advenimiento de nuevas universidades con carreras afines a la temática. Tal el caso de la UNJu en el año 1973.                                                              3

Ceballos, Rodolfo, op. Cit. Página 93. Ceballos, Rodolfo, op. Cit. Página 95. 5 Quebrada de Humahuaca, Patrimonio Cultural de la Humanidad. Paisaje Cultural. UNESCO 2002. 4

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En efecto, en el año 1973 se creó la Universidad Nacional de Jujuy, mediante la ley 20.579. Dos años más tarde, la ley 21.036 introdujo una modificación de suma importancia al artículo 3º de dicha ley, cuyo contenido es el siguiente: “Todos los institutos dependientes de otras universidades o de organismos oficiales que realizan tareas docentes y de investigación a nivel terciario dentro de la provincia, con excepción de los destinados a la formación de profesores dependientes del Ministerio de Cultura y Educación de la Nación, pasarán a integrar la Universidad Nacional de Jujuy, la que a tal efecto queda facultada para celebrar los convenios pertinentes, previa autorización del citado ministerio y ad referéndum del Poder Ejecutivo Nacional”. Resulta ilustrativo transcribir los fundamentos del proyecto presentado por la Diputada María Cristina Guzmán, que dio origen a la ley 21.036: “ante la clara necesidad de establecer sin ningún género de dudas la jurisdicción territorial de cada una de las universidades existentes, y ante la necesidad nacional de adscribir a cada universidad del interior de los institutos y organismos del estado nacional existentes en su jurisdicción, el proyecto determina que los organismos dependientes de la Universidad Nacional de Tucumán o de cualquier otro organismo nacional que se encuentre localizado en la provincia para integrar la Universidad Nacional de Jujuy. Es ésta una medida indispensable de ordenamiento y eficiencia, aparte de representar en alguna manera una reclinación federalista, ya que en el ámbito de cada provincia la universidad nacional, adaptada a su ambiente, podrá contribuir substancialmente al desarrollo de su cultura y de su economía”. Como se observa, con el paso del tiempo las circunstancias fácticas que dieron origen a la transferencia del Pucará de Tilcara se fueron diluyendo, fundamentalmente por el advenimiento de una casa de altos estudios en la provincia de Jujuy. En ese entendimiento y con el ánimo de lograr eficacia en la gestión del sitio y de respetar las particularidades inherentes a la región, se propició la transferencia al ámbito de la UNJu de este y otros institutos universitarios que existían en la provincia pero dependían de otras casas de altos estudios. En el caso puntual del Instituto Interdisciplinario Tilcara se observa que dicho traspaso no se ha concretado. Por otra parte, es dable afirmar que la gestión del bien desde su transferencia a la Facultad de Filosofía y letras de la Universidad de Buenos Aires no ha sido del todo exitosa.

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Esta circunstancia, lejos de ser una apreciación personal, es un dato objetivo que surge de la postulación del Pucará de Tilcara (efectuada por la propia Facultad de Filosofía y Letras) para incluirlo en la lista “watch” del año 2012. Vale aclarar que esta lista, es elaborada por la World Monuments Fund cada dos años, y tiene como objetivo llamar la atención sobre los sitios culturales que, alrededor del mundo, se encuentran en peligro por negligencia, vandalismo, conflicto o desastres. Si bien la postulación del sitio por su propio administrador es un dato en sí mismo, resultan por demás interesantes las afirmaciones vertidas por la responsable del Instituto en la postulación. A modo de ejemplo puede señalarse el siguiente pasaje que dice: “El Pucará de Tilcara carece de un plan de manejo. Los actuales responsables tenemos en claro la necesidad de su elaboración e implementación, pero sabemos también que no estamos en condiciones de hacerlo, ni poseer los conocimientos específicos para ello.” Y agrega: “Esperamos que WMF, a partir de la inclusión en la lista Watch 2012, nos ayude a obtener apoyo técnico-científico en conservación y ayuda económica que nos permita resolver esta carencia a muy corto plazo”. Si bien existen diversos argumentos que entiendo tornan procedente el presente proyecto, se pueden sintetizar tres cuestiones de singular relevancia: a) el mandato legal (ley 21036) que con carácter general instó a la transferencia de todos los institutos dependientes de otras universidades o de organismos oficiales que realizan tareas docentes y de investigación en la Provincia de Jujuy a la UNJu; b) la administración que se ha efectuado a lo largo de estos años por parte de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires, cuyos inconvenientes quedaron plasmados en la postulación para su inclusión en la lista Watch 2012; c) por último, la declaración de la Quebrada de Humahuaca como Patrimonio Mundial, el 2 de julio de 2003, que derivó en la creación de la Unidad de Gestión de la Quebrada de Humahuaca organismo encargado de la administración del sitio, y en este sentido de delinear las políticas y acciones necesarias para garantizar su manejo eficiente atendiendo a la preservación de los valores que lo constituyen como lugar excepcional. En virtud de lo expuesto es que se propone de manera específica, a través del presente proyecto, la transferencia a la Universidad Nacional de Jujuy, del Instituto Interdisciplinario Tilcara, actualmente dependiente de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires, como así también de los terrenos que constituyen las ruinas del Pucará de Tilcara y las tierras bajas circundantes.

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Adicionalmente, se contempla una partida presupuestaria para que el instituto pueda desplegar en forma adecuada y eficiente todas las misiones y funciones que le son propias. Señor Presidente, por los argumentos expuestos es que solicito a mis pares me acompañen con su voto en la sanción del presente proyecto de ley. Liliana B. Fellner. –

 

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