Story Transcript
Red Social de Riesgos Psicosociales y Discriminación Laboral Comunidad Virtual de los países de habla española
Cuaderno virtual de ENTREVISTAS " También utiliza las nuevas tecnologías y comienzan a ofrecerse servicios de información, orientación y apoyo terapéutico de forma on-line, entendemos que este tipo de recursos puede ser de mucha utilidad para afectados que residan fuera de la Comunidad de Madrid e incluso en el extranjero, ¿qué opina de este modo de intervención?” Realizada por Carlos Sanz – PRIDICAM
Sabino Delgado Psicólogo del Trabajo y las Organizaciones. Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (Especialidad en Ergonomía y Psicosociología aplicada). Psicoterapeuta y perito judicial especializado en riesgos psicosociales laborales. Miembro de la Asociación Española de Ergonomía. Dirige desde 2003 los Servicios Psicológicos de PRIDICAM. Ha publicado numerosos artículos científicos y capítulos sobre mobbing y otros riesgos laborales, tanto en España como en Latinoamérica (México, Colombia, Chile)
Marzo – 2012 Siguenos en:
PREGUNTA: Buenos días Sabino, resulta muy agradable e interesante el poder entrevistarle cuando sabemos su sensibilidad y trayectoria en la lucha contra los riesgos laborales. Trabaja con PRIDICAM desde hace casi una década y ha visto todo tipo de problemática laboral en este tiempo, ¿cree que la actual crisis está influyendo de algún modo?, ¿ha aumentado la demanda de información y ayuda o por el contrario ha disminuido?. RESPUESTA: Desde mi punto de vista, se está produciendo un proceso aparentemente contradictorio. Por una parte, la crisis aumenta los riesgos psicosociales en el ámbito laboral y, de hecho, se está produciendo un incremento de las consultas médicas y las urgencias hospitalarias por estrés, ansiedad y depresión. Los trabajadores activos tienen miedo a perder su empleo, y ven cómo con reestructuraciones y expedientes de regulación se están produciendo despidos, lo que les causa estrés y crisis de ansiedad. Pero al mismo tiempo este miedo a perder el empleo, está generando prácticas nocivas en las empresas con el aumento de las conductas de acoso laboral. La reacción del trabajador es la de aguantar al máximo la presión, el acoso, las peores condiciones de trabajo con el objetivo de mantener el empleo. Por ello en nuestra práctica cotidiana estamos notando una disminución de las demandas de información y ayuda. Los que acuden a nosotros llegan ya en una situación de haber soportado un proceso largo, agotamiento físico y mental y con antecedentes de urgencias hospitalarias y bajas médicas. En resumen: la crisis está produciendo un aumento de los riesgos psicosociales, pero los trabajadores están reaccionando aguantando hasta el límite posible por miedo a perder el empleo. Quiero recordar la obligación que tienen las empresas y Administración de realizar la evolución de riesgos psicosociales. La ley de prevención de riesgos laborales, de 1995, exige al empresario garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores en todos los aspectos relacionados con el trabajo. Eso incluye los riesgos psicosociales y, con ellos, la violencia laboral.
1
Sin embargo solo el 16% de las empresas españolas tiene algún protocolo para tratar la intimidación y el acoso; y apenas el 14% realiza evaluaciones de estos problemas, pese a que la ley obliga a ello. Se puede comprobar que queda todavía mucho trabajo que realizar en cuanto a la evaluación y tratamiento de los riesgos psicosociales en España. PREGUNTA: En su opinión, ¿ha surtido algún efecto la inclusión del acoso laboral en el código penal español? RESPUESTA:Con la modificación del Código Penal español ( BOE – Ley Orgánica 5/2010 ) se tipifica el acoso laboral como delito. No tengo suficientes datos prácticos de las sentencias emitidas y de los resultados conseguidos hasta ahora por esta vía. Pero mi opinión no es favorable porque al entablar esta vía se paralizan el resto de demandas o denuncias puestas por la vía laboral, social o administrativa. La vía penal debería ser el último recurso a emplear. Pienso que ya disponemos de suficientes instrumentos jurídicos en la legislación española: LPRL, Estatuto de los Trabajadores, Estatuto Básico del Empleado Público, Inspección de Trabajo. En España estamos mal acostumbrados a intentar resolver todo por la vía judicial, cuando lo más eficaz y menos costoso sería desarrollar una política real y práctica de prevención de los riesgos psicosociales en la Empresa y Administración. PREGUNTA: Siempre ha manifestado que la prioridad en la lucha contra los riesgos psicosociales debe hacerse desde el punto de vista preventivo, ¿qué relevancia otorga a los delegados de prevención y comités de seguridad y salud en este tema? RESPUESTA: Afortunadamente tenemos la Ley de Prevención de Riesgos Laborales ( LPRL publicada el 10/11/1995 ). La LPRL tiene por objeto promover la seguridad y la salud de los trabajadores mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo. La participación de empresarios y trabajadores, a través de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, en la planificación, programación, organización y control de la gestión relacionada con la mejora de las condiciones de trabajo y la protección de la seguridad y salud de los trabajadores en el trabajo es principio básico de la política de prevención de riesgos laborales,. Los trabajadores pueden participar en la información, consulta y formación relativas a su puesto de trabajo y con la obligación de poner en práctica en su trabajo las medidas preventivas propuestas. La representación de los trabajadores queda garantizada a través de los delegados de prevención ( elegidos al amparo de los Estatutos de los Trabajadores ). Ellos son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo. Todas las empresas tienen que tener algún delegado de prevención o de personal. En las empresas de 50 o más trabajadores se debe constituir el Comité de Seguridad y Salud que es el órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las 2
actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos. Recientemente ( BOE 1 de Junio del 2011 ) se ha publicado el Protocolo de actuación frente al acoso laboral en la Administración General del Estado. Aunque tiene deficiencias puede ser también un punto de apoyo para denunciar las situaciones de acoso ( tan amplias en este sector ) en los diferentes ámbitos de las Administración del Estado. También en Instituto Nacional de Seguridad e Higiene ( INSHT ) ha publicado un Diario de Incidentes sobre acoso laboral que puede ser una herramienta válida para registrar las diferentes formas y conductas cotidianas que se pueden sufrir. Los recursos y normativa están ahí. Lo que quisiera señalar y recomendar es que los trabajadores hagan uso de estos instrumentos legales. Que soliciten información a sus delegados de prevención, que presenten escritos ante el Comité de Seguridad y Salud denunciando situaciones de acoso laboral PREGUNTA: ¿Cuál es su opinión en relación a la Inspección de Trabajo? RESPUESTA: Los trabajadores y sus representantes podrán recurrir a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social si consideran que las medidas adoptadas y los medios utilizados por el empresario no son suficientes para garantizar la seguridad y la salud en el trabajo. La Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social tiene publicado el criterio Técnico 69/2009 sobre sus actuaciones en materia de acoso y violencia en el trabajo junto con una guía explicativa y de buenas prácticas para que los inspectores puedan actuar correctamente en la detección y valoración de comportamientos en esta materia. Es una herramienta más que recomiendo usar a los trabajadores. Me consta que está teniendo en general una correcta aplicación y ha resultado eficaz en muchos casos. Resaltaría la actuación valiente y profesional de Manuel Velazquez en el País Vasco que ha servido de orientación y guía para el resto de España, PREGUNTA: ¿y las Mutuas? RESPUESTA: Es un tema complejo y que actualmente ha generado un gran debate. Según la LPRL las Mutuas de Accidentes de Trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social (MATSS ) no podrán desarrollar directamente las funciones correspondientes a los servicios de prevención ajenos. Ello sin perjuicio de que puedan participar con cargo a su patrimonio histórico en las sociedades mercantiles de prevención constituidas a este único fin, en los términos y condiciones que se establezcan en las disposiciones de aplicación y desarrollo. Así, la Ley estableció que los empresarios, para asumir la prevención de los riesgos laborales, deben contratar a las entidades que prestan los denominados Servicios de Prevención Ajenos ( SPA ). Estas entidades deben ser sociedades mercantiles que destinen su patrimonio a la prestación de estos servicios, obteniendo sus recursos económicos exclusivamente de la prestación de los servicios de prevención ajenos, pues el estricto régimen jurídico al que están sometidas, impide que puedan obtener recursos de otras actividades. Las Mutuas de prevención de Accidentes de Trabajo y Seguridad Social ( 3
MATSS ) deben disgregar sus actividades y patrimonio de los Servicios prestados como Empresas de PRL que actúan como Servicios de Prevención Ajeno ( SPA ). Las últimas modificaciones se han realizado en el Real decreto 1622/2011 Actualmente el sector de los servicios de prevención está formado por 19 Sociedades de Prevención ligadas a las mutuas, las cuáles copan más del 60% de la cuota de mercado del sector, frente a 550 empresas de capital privado –SPA–, que se distribuyen un 40% restante. Si la misma Mutua es la que decide sobre los accidentes de trabajo, bajas médicas y prevención de riesgos laborales, mal asunto. No se puede ser juez y parte. PREGUNTA: Usted también tiene experiencia en relación a la elaboración de informes periciales que valoran el daño sufrido por las víctimas, ¿cree que existe sensibilidad por parte de los jueces y tribunales con este tipo de problemática socio-laboral? RESPUESTA: La psicología forense en España es una disciplina joven y de poca tradición. El interés por las victimas es reciente. Pero también es cierto que últimamente ha mejorado considerablemente la legislación disponible de apoyo a los afectados y la sensibilidad de los diferentes sectores profesionales implicados: médicos de atención primaria, abogados, psicólogos y jueces. Por mi experiencia puedo confirmar que en general en los tribunales se escucha al perito ( aunque sea de parte ) con respeto en cuanto a sus aportaciones y conclusiones. Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social cambia todo el tema procesal social y a los peritos les concede gran valor. Desde ahora la vía social es un camino para valorar el daño moral y será necesario un dictamen pericial. PREGUNTA: ¿Son de utilidad los informes periciales en este tipo de asuntos? RESPUESTA: Por supuesto que son útiles y necesarios en los casos de una demanda o denuncia donde se pide una indemnización sobre lesiones y daños psicológicos o morales. Los informes periciales son de utilidad para los trabajadores acosados y en general son bien recibidos por los jueces y tribunales. Un buen informe pericial es fundamental para “hacer fuerza”, negociar o intermediar entre Empresa, Administración y trabajador acosado. Poco a poco es una práctica que va calando en la práctica de abogados y tribunales y está teniendo un respaldo legislativo apropiado. Es un instrumento más y que bien utilizado puede convertirse en una herramienta más para las víctimas de acoso laboral u otro riesgo psicosocial, PREGUNTA: Usted cuenta con una larga experiencia tratando a víctimas de acoso laboral, ¿cuál es el daño que sufre el trabajador acosado?, ¿es recuperable?. RESPUESTA: La víctima de mobbing pasa por unas etapas antes de comenzar a desarrollar su sintomatología. La primera reacción es de alarma, la segunda de resistencia, y cuando ya se han agotado los recursos personales comienza la etapa de agotamiento, con la aparición y establecimiento de síntomas. 4
Las etapas de desarrollo del acoso y los daños a las personas aparecen suficientemente claros en la Guía de Apoyo para conocer qué es el mobbing publicada en esta red Las personas que llegan a nosotros por problemas de acoso laboral sufren por lo general un trastorno ansioso-depresivo, con un nivel medio-alto y con un sufrimiento de años. Y con todos los síntomas psicosomáticos relacionados a este trastorno laboral. Es importante el actuar y reaccionar cuanto antes, de ahí la importancia de la prevención. Me atrevería a decir que la mayoría de las victimas de acoso laboral pueden tener una recuperación. Salvo los casos de trastorno grave de la personalidad y de personas con adicción grave a drogas, alcohol, psicofármacos. PREGUNTA: Usted realiza terapia tanto de forma grupal con los afectados como de forma individual, ¿alguna de las dos se ha mostrado más efectiva? RESPUESTA: Cada terapia puede ser útil y efectiva, por separado o complementaria. En PRIDICAM aplicamos técnicas de dinámica de grupos y una estructura parecida a los Grupos de Encuentro, por eso se llaman Grupos de Ayuda Mutua ( GAM). Son grupos abiertos y con una duración de 4-5 meses con sesiones de dos horas y dos veces al mes. En primer lugar, las personas que acuden buscan clarificar y solucionar su problema de acoso. Por eso reciben una serie de información y orientación respecto a las vías a nivel legal que pueden emprender. Además unas estrategias para afrontar su problema. Pero lo más importante es que pueden expresar libremente su problema, dudas y sufrimiento ante otras personas que están pasando por lo mismo. Y muchas de ellas, ya lo han superando o están en proceso de hacerlo. Además ofrecemos también diferentes técnicas de respiración, relajación, meditación que les sirven como herramientas de apoyo. Y finalmente hemos aplicado algunas sesiones de atención plena (mindfulness ) que han tenido éxito y aceptación. A nivel general puedo señalar que la terapia de grupo ayuda a buscar soluciones y es un método rápido, eficaz y menos costoso. PREGUNTA: Los resultados publicados avalan la eficacia de la terapia de grupo en este tipo de casos, ¿cuál es la valoración por parte de los afectados? RESPUESTA: Junto con el Doctor David González Trijueque ( colega y amigo ) hemos realizado un estudio sencillo sobre las ventajas de la terapia de grupo en personas que sufren acoso laboral. Es un trabajo publicado en el Boletín de Psicología de la Universitat de Valencia: http://www.uv.es/seoane/boletin/previos/N98.htm La mayoría de las personas estén o no de baja médica mejoran sensiblemente después de asistir a estos grupos. La valoración que hemos recibido hasta ahora de los participantes es muy 5
positiva. PREGUNTA: En la terapia individual, usted adopta un posicionamiento ecléctico en el que utiliza desde técnicas de corte cognitivo-conductual o estrategias de autodefensa verbal hasta técnicas más heterodoxas como puede ser la meditación o la práctica de la atención plena, todo ellos desde un enfoque humanista de aceptación plena de la persona que solicita ayuda terapéutica ¿Qué resultados está obteniendo con los casos tratados? RESPUESTA: Como profesional de la psicología intento aplicar todo tipo de recursos que puedan servir para ayudar y recuperar a las personas afectadas. En ese sentido no me encasillo en una corriente concreta. Se pueden compaginar diferentes técnicas: de corte cognitivo-conductual, estrategias de afrontamiento de las secuelas del acoso a través de autodefensa verbal. Se están mostrando muy útiles y eficaces los ejercicios de respiración, relajación y meditación con enfoque integrador entre lo desarrollado en Occidente y Oriente. Remarcaría las aportaciones del Profesor Jon Kabat-Zinn, fundador de la Clínica de Reducción del Estrés del Centro Médico de la Universidad de Massachussets –MITcreador de la técnica de atención plena ( mindfulness ), persona a quien respeto y admiro y con quien me une una buena relación y amistad. También puedo señalar las propiedades terapéuticas de la mística española Teresa de Ávila cuya vida y obra son admirables. Incluso el canto gregoriano, la Biblia y el Tao han ayudado a personas a soportar y superar situaciones difíciles en su vida. Entiendo que a algunos profesionales de la psicología les pueda parecer estas técnicas y recursos poco ortodoxas, pero mi experiencia y práctica clínica y profesional me afianza en la idea de que cada persona requiere una terapia concreta. En este sentido se podría decir que existen tantas terapias como pacientes. PREGUNTA: También utiliza las nuevas tecnologías y comienzan a ofrecerse servicios de información, orientación y apoyo terapéutico de forma on-line, entendemos que este tipo de recursos puede ser de mucha utilidad para afectados que residan fuera de la Comunidad de Madrid e incluso en el extranjero, ¿qué opina de este modo de intervención? RESPUESTA: Es un recurso más que nos ofrecen las nuevas tecnologías y hay que aprovecharlo Desde luego como servicio de orientación e información pienso que puede ser muy útil. Elimina las barreras geográficas y las dificultades de desplazamiento cuando en su pueblo o ciudad sea difícil encontrar una Asociación o un profesional especializado en el tratamiento de estos riesgos psicosociales. También a nivel terapéutico es interesante realizar sesiones de terapia usando Internet. Desde PRIDICAM estamos poniendo en marcha un servicio de orientación e información y tratamiento terapéutico a través de mail, consulta telefónica, chat y videoconferencia. He aplicado en casos de terapia estos recursos, pero en la medida de lo posible procuro compaginar las sesiones presénciales con las de on-line. Evidentemente no “todo sirve” y la forma on-line tiene sus ventajas e 6
inconvenientes. Desde PRIDICAM estamos abiertos a experimentar y desarrollar esta nueva forma y ofrecer nuestros servicios ( dentro de nuestras posibilidades y recursos ) al resto de España y América Latina. PREGUNTA: Por otra parte, ¿cuál es su opinión acerca de la utilidad de la red social sobre riesgos psicosocales de la que es promotor? RESPUESTA: Pienso que es una excelente idea lanzada desde PRIDICAM y que está teniendo una buena acogida por parte de afectados y expertos en el tema tanto desde los diferentes puntos de España como desde América Latina. La red social se está convirtiendo en una plataforma útil tanto para los afectados como para los profesionales interesados en el tema a través del intercambio de experiencias , participación en los diferentes grupos y temas constituidos y como un lugar de consulta y documentación de temas relacionados con los riesgos psicosociales, a nivel jurídico y psicológico. PREGUNTA: Resulta evidente que en los últimos meses, la comunidad latinoamericana ha aumentado considerablemente y que allí se está comenzando a tener una mayor sensibilidad hacia todos estos temas. ¿Desde qué países le llegan mayor demanda de formación, información, etc.? RESPUESTA: Debemos aprovechar la ventaja de tener una lengua en común y en cierto modo también una cultura compartida para potenciar la red .Quizás en España se lleve un cierto avance en la discusión y tratamiento de este tipo de problemas (entre otras causas porque pertenecemos a la Unión Europea). Podemos y debemos unir y conjugar esfuerzos y recursos. Intercambiar experiencias de tratamiento y apoyo de afectados y aunar esfuerzos entre profesionales. Estamos recibiendo demandas de formación, información, contacto entre profesionales desde la mayoría de países de A. Latina, especialmente de México, Colombia, Argentina , Chile, Uruguay. PREGUNTA: Ha sido un placer haberle entrevistado, como bien sabrá se trata de una persona muy querida y valorada por los afectados, ¿desea añadir algo más?. RESPUESTA: Estoy muy agradecido por la oportunidad que me ha ofrecido la red para poder expresar mis opiniones y preocupaciones. Es una tarea de todos. ¡ Juntos podemos ¡ Visítanos: Red Social de Riesgos Psicosociales y Discriminación Laboral
7