D I C T A M E N. La Comisión se dedicó al examen de la Proposición con Punto de Acuerdo descrita, al tenor de los siguientes: A N T E C E D E N T E S

DE LA COMISIÓN DE ATENCIÓN A GRUPOS VULNERABLES, EL QUE CONTIENE PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA A INVOLUC

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DE LA COMISIÓN DE ATENCIÓN A GRUPOS VULNERABLES, EL QUE CONTIENE PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA A INVOLUCRARSE EN EL ABATIMIENTO DE LAS PÁGINAS ELECTRÓNICAS QUE IRRESPONSABLEMENTE PROMUEVEN Y HACEN APOLOGÍA DE TRASTORNOS DE TIPO ALIMENTARIO, PARTICULARMENTE LA ANOREXIA Y BULIMIA NERVIOSAS.

DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE ATENCIÓN A GRUPOS VULNERABLES A LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA EXHORTA RESPETUOSAMENTE A LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA A INVOLUCRARSE EN EL ABATIMIENTO DE LAS PÁGINAS ELECTRÓNICAS QUE IRRESPONSABLEMENTE PROMUEVEN LOS TRASTORNOS DE TIPO ALIMENTARIO, PARTICULARMENTE LA ANOREXIA Y BULIMIA NERVIOSAS. HONORABLE ASAMBLEA: A la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio y Dictamen la Proposición con Punto de Acuerdo por la que el Senado de la República exhorta respetuosamente a la Secretaría de Seguridad Pública a involucrarse en el abatimiento de las páginas electrónicas que irresponsablemente promueven los trastornos de tipo alimentario, particularmente la anorexia y bulimia nerviosas. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 85 y 94 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; el artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como el Acuerdo Parlamentario aprobado por el Pleno de esta H. Cámara de Senadores de fecha 3 de octubre de 2006, relativo a la integración de las Comisiones, se procedió al análisis de la Proposición, por lo cual se presenta a la consideración de esta Asamblea, el siguiente: DICTAMEN La Comisión se dedicó al examen de la Proposición con Punto de Acuerdo descrita, al tenor de los siguientes: ANTECEDENTES 1.- En la sesión de fecha 15 de abril de 2008, los Senadores Guillermo Tamborrel Suárez y Ernesto Saro Boardman presentaron ante el Pleno de la H. Cámara de Senadores la Proposición con Punto de Acuerdo por la que el Senado de la República exhorta respetuosamente a la Secretaría de Seguridad Pública a involucrarse en el abatimiento de las páginas electrónicas que irresponsablemente promueven los trastornos de tipo alimentario, particularmente la anorexia y bulimia nerviosas. 2. Con esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva turnó la Proposición a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables. 3. La Comisión instruyó a su Secretario Técnico para realizar el proyecto de dictamen, mismo que fue distribuido con fecha 7 de noviembre de 2008. 4. Con fecha 10 de noviembre de 2008, los integrantes de la Comisión aprobaron el presente Dictamen. CONTENIDO DE LA PROPOSICIÓN La Proposición con Punto de Acuerdo tiene como finalidad que la Secretaría de Seguridad Pública se involucre, a través de las instancias pertinentes, en el abatimiento de las páginas electrónicas que promueven los trastornos de tipo alimentario, particularmente la anorexia y bulimia nerviosas, desde una perspectiva totalmente irresponsable y dañina para nuestra sociedad. Asimismo, pretende hacer un llamado a los proveedores de servicios de Internet a que retiren de sus servidores las páginas electrónicas que de manera irresponsable promueven los trastornos alimentarios, realizando las acciones pertinentes que eviten la propagación de esta deleznable difusión. CONSIDERACIONES 1.- Los proponentes establecen que desde fines del siglo XX, en una sociedad que sobredimensiona la estética corporal, la anorexia y la bulimia han adquirido una expansión alarmante considerándose una verdadera "epidemia social", afecciones que se han constituido en los trastornos alimentarios más frecuentes y temibles de esta última década, con un común denominador claro y preciso: la búsqueda desenfrenada de la delgadez como medio para alcanzar el éxito y la aceptación social.

Señalan que la presión social, e incluso familiar, produce estrés y ansiedad, lo cual provoca un intenso miedo a subir de peso y de manera paralela genera gran inseguridad, particularmente entre las jovencitas. Desgraciadamente -argumentan- estos trastornos alimenticios están siendo fomentados y promovidos a través de diversos medios de comunicación como la Internet, por lo que es necesario establecer medidas que regulen la información que atenta contra la salud pública. Los Senadores mencionan que la anorexia es un trastorno mental que consiste en una pérdida voluntaria de peso por un deseo patológico de adelgazar y un intenso temor al la obesidad, y que es diagnosticado cuando una persona tiene un Índice de Masa Corporal (IMC) menor a 15.5%. Además, informan que las personas que viven con anorexia generalmente sufren depresión por baja autoestima y el riesgo de suicidio entre ellas, el cual es 20% mayor que el resto de la población, padeciéndola principalmente adolescentes de entre 14 y 18 años, segmento que agrupa al 90% de los casos, mientras que el 10% restante lo constituyen niños, niñas y mujeres maduras. Por su parte, nos dicen, la bulimia nerviosa es un trastorno mental que se caracteriza por episodios de voracidad, comer grandes cantidades de comida en un corto espacio de tiempo ("atracones"), a los que casi siempre siguen conductas que tienden a evitar el aumento de peso como lo es practicar el ayuno, ejercicio físico obsesivo, utilización de laxantes o diuréticos y/o vómitos provocados. Asimismo, señalan que este trastorno se presenta alrededor de los 20 años de edad, especialmente tras haber padecido anorexia; estudios han indicado que su frecuencia en la población femenina varía del 3 al 10%, por lo que se presume que es más común que la anorexia y su tasa de mortalidad es superior, encontrándose entre las principales causas, complicaciones médicas derivadas de "atracones", vómitos, uso de laxantes y suicidios. 2.- Los Legisladores hacen notar que en México el 65% de la población, principalmente mujeres, empieza desde los 12 años a realizar alguna dieta para guardar la línea, lo que provoca disposición a la anorexia y a la bulimia nerviosas, además que de acuerdo a investigaciones de la Universidad Nacional Autónoma de México sobre trastornos alimentarios, más de la mitad de las mujeres de entre 9 y 25 años comienzan a hacer dieta a partir de los 12 años por razones estéticas, situación por la cual se estima que 200 mil mujeres mexicanas padecen alguno de estos trastornos. En relación a lo anterior, mencionan que el 10% de las personas que padecen algún desorden alimentario son hombres, sin embargo, se cree que estas estimaciones pueden ser bajas. Aunado a ello hacen un urgente llamado al señalar que en la actualidad existen sitios de Internet a favor de la anorexia y bulimia, que tienen como finalidad estrechar las redes sociales de sus usuarios, generalmente mujeres y niñas de entre 12 y 25 años, dando consejos sobre cómo "volverse anoréxica y / o bulímica" (engañando al estómago, a sus padres y profesores) dedicados a la promoción de dietas "milagrosas" que si bien es cierto permiten la reducción acelerada de peso provocan desequilibrios en el cuerpo y en su funcionamiento orgánico. Asimismo promueven medicamentos y remedios que aceleran la pérdida de peso dañando en ocasiones de manera irreversible la salud de quienes los consumen, en este caso de niñas y adolescentes inocentes. Estos sitios, aducen, están dirigidos a un público joven, que a nivel mundial ha incrementado exponencialmente su popularidad en los últimos años y cuentan en la actualidad con más de 42 millones de usuarios activos. Los Senadores, señalan que en México existen 22.7 millones de usuarios de Internet, independientemente de si tienen computadora o no, informa la Asociación Mexicana de Internet (AMIPCI), de los cuales 1.6 millones tienen entre 6 y 12 años de edad, además de que 19.08 millones son usuarios que tienen entre 13 y 65 años de edad, ubicados en zonas urbanas, mientras que 1.8 millones en el mismo rango de edad navegan en zonas no urbanas. 3.- Los Proponentes concluyen que los trastornos de tipo alimentario son un problema de salud mundial que en los últimos años a aumentado considerablemente gracias a la presión social y mediática que existe en torno a la figura, ya que la moda y la publicidad incitan frecuentemente a adelgazar sin importar mantener una buena salud; aunado a esto se encuentra el terrible bombardeo de información orientada a estimular el deseo por un "cuerpo perfecto" a través de portales de Internet que llegan a millones de personas, especialmente a niñas, niños y adolescentes que por su condición son susceptibles de adoptar estas conductas deleznables que pueden convertirse en una amenaza contra la vida misma. Apuntan, que es imprescindible que se sumen esfuerzos y se tomen las medidas necesarias para luchar contra estos trastornos que cada vez son más comunes entre la niñez y juventud, con la única finalidad de promover y garantizar el derecho de todos a una vida sana, de allí la enorme responsabilidad de gobierno y sociedad de luchar con todos los medios a su alcance en aras de evitar que nuestra niñez continúe siendo víctima de estas terribles y silenciosas enfermedades.

Los Senadores dejan en claro que esta responsabilidad implica la construcción de una nueva cultura en la que la participación de la sociedad es indispensable, particularmente de los proveedores de servicios de Internet, razón por la cual invitan a los proveedores nacionales a eliminar de sus servidores las páginas que promueven la anorexia y la bulimia que tanto dañan a nuestra niñez y juventud. 4.- Esta Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, ve con agrado que los temas referentes a la prevención y protección de las niñas, niños y adolescentes adquieran mayor relevancia día a día y más aún tratándose de una situación tan delicada e imperante como coadyuvar a la Protección del Derecho a la Salud del mencionado sector poblacional. La presente Dictaminadora estima viable, totalmente justificada y motivada, la preocupación que externan los Proponentes y ve con agrado su propuesta, sin embargo es necesario hacer algunas precisiones que enriquezcan y adecuen la Proposición con Punto de Acuerdo materia del presente Dictamen, tanto al problema que significan hoy los trastornos alimentarios de la anorexia y bulimia nerviosas como a las facultades que le son concedidas a la Cámara de Senadores. Primero, es importante señalar que el nombre correcto de estos dos trastornos alimenticios son el de "Anorexia Nerviosa" y "Bulimia Nerviosa" según la definición de el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM-IV-TR, 2003), documento especialista en la materia, que define a la "anorexia nerviosa" como un trastorno mental que consiste en una pérdida voluntaria de peso por un deseo patológico de adelgazar y un intenso temor al la obesidad. Asimismo, define a la "bulimia nerviosa" como un trastorno mental que se caracteriza por episodios de voracidad, comer en grandes cantidades de comida en un corto espacio de tiempo ("atracones"), a los que casi siempre siguen conductas que tienden a evitar el aumento de peso como: ayuno; ejercicio físico obsesivo; uso de laxantes o diuréticos y vómitos provocados. En Europa, estas enfermedades ya se encuentran dentro de las tres más frecuentes en adolescentes y se calcula que una de cada 100 niñas adolescentes de entre 14 y 18 años, son presas de la anorexia. Debido a la urgente necesidad de combatir esta epidemia social, varios países europeos han adoptado ya, medidas de control y prevención. Madrid, fue la primera capital europea en prohibir en septiembre de 2006 que las modelos con una masa corporal (peso en kilos dividido por la altura al cuadrado) menor de 18 desfilasen. En Italia, el manifiesto "antianorexia" adoptado en febrero de 2007 subrayó "un modelo de belleza sano, solar, generoso y mediterráneo", pero sólo recogió la prohibición de que desfilaran menores de 16 años. De la misma forma, el Consejo Británico de la Moda (BFC) se ha limitado a exigir a las modelos un certificado médico que garantice que están en buena salud. Por último, el pasado 15 de abril, la Asamblea Nacional Francesa aprobó una proposición de ley de la Unión por un Movimiento Popular, que reprime la incitación a la anorexia, fijando penas que pueden llegar a los dos años de cárcel y 30 mil euros de multa. En esta propuesta se incluye penalizar todo tipo de publicidad, sea cual sea el modo, a favor de productos, objetos o métodos para adelgazar de manera excesiva que comprometan directamente la salud. 5.- Desgraciadamente la prevalencia de estas enfermedades en culturas latinoamericanas no se conoce bien, ya que la información es escasa, sin embargo, está afectando de manera silenciosa a muchas niñas y adolescentes mexicanas, y aunque su origen multicausal se ha constatado en otros contextos socioculturales al detectar la presencia de trastornos alimentarios sobretodo en clases media, alta y población urbana, es necesario revisar el estado actual de estos trastornos en nuestro país con el objeto de proponer investigaciones, generar políticas públicas y estrategias preventivas encaminadas a informar, educar, orientar, apoyar y alejar a la población de estas prácticas dañinas. Asimismo, es importante agregar que otro factor notable y trascendental que influye de gran manera en la errónea concepción que se tiene de que un cuerpo sano y estético es igual a un cuerpo delgado y que mientras más delgado esté más saludable va a ser o mejor apariencia va a tener, es la publicidad, definida como comunicación persuasiva a través de códigos y mensajes que entienden al sujeto como un organismo que los asimila y transforma según su percepción . Por ello la publicidad, que podría parecer inofensiva, suele ser un bombardeo de imágenes e ideas que influyen de tal manera en la sociedad que establecen estereotipos que para mala fortuna suelen ser los menos apropiados para el desarrollo de nuestra niñez y juventud . Ejemplos claros como mujeres con cuerpos supuestamente perfectos, con físicos extremadamente delgados en la mayoría de las ocasiones, totalmente alejados de la constitución física de la mujer mexicana promedio, son aspectos que involuntariamente, aunados a una falta de autoestima, presión social y hasta en ocasiones carencia de una educación, influyen a que nuestras niñas, niños y adolescentes realicen practicas que dañan severamente su salud, como la anorexia y bulimia nerviosas, con el pretexto de ser socialmente aceptadas.

6.- Como último aspecto, esta Dictaminadora señala que de acuerdo a las facultades otorgadas tanto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en sus artículos 73, 76 y 77, como por la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, al Senado de la República, éste no tiene atribuciones para exhortar a personas, morales o privadas, que no pertenezcan a la Administración Pública. Lo anterior, en base a la máxima de derecho que establece "que las autoridades solo pueden hacer lo que la ley les permite", por lo que no es posible, como los Senadores proponen, exhortar a los proveedores de Internet a que realicen cualquier acción por más viable que sea, como el presente caso. Aunado al argumento anterior, los integrantes de esta Comisión, estiman que la vía indicada para incidir de forma positiva en las preocupaciones que los proponentes externan es mediante las autoridades facultadas y competentes en las respectivas materias; de salud, de telecomunicaciones y de proveedores de servicios de Internet, así como a los reguladores del consumo en productos y servicios. Es así, que la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables estima pertinente, al tratarse el Punto de Acuerdo materia del presente dictamen de un tema que afecta directamente la salud de las niñas, niños y adolescentes, exhortar a la Secretaría de Salud con miras a que a través de sus facultades tome las medidas pertinentes que refuercen los programas destinados a la prevención y tratamiento de la anorexia y bulimia nerviosa, y que además se coordine con las instancias competentes a fin de impulsar la no existencia de sitios electrónicos que promuevan los citados trastornos alimentarios. Asimismo, es importante que la Secretaría de Salud refuerce los programas encaminados a la prevención y atención de los trastornos de tipo alimentario, por ejemplo en los casos relacionados al apartado anterior, coadyuvando a que nuestras niñas, niños y adolescentes vean en la publicidad solo un medio de promoción de algún producto y se alejen de todo tipo de influencia que ésta les pueda transmitir y los orille a dañar su salud. Sin embargo, encontramos que existen autoridades que pueden coadyuvar en la lucha, prevención y atención de trastornos de tipo alimentario, más en aquellos aspectos que como en la especie, plantean los promoventes de la proposición, en las cuales se da cuenta de publicidad engañosa que hace creer que un cuerpo extremadamente delgado es estar a la moda, realizan apologías de conductas probadamente nocivas para la salud e incluso sostienen expresiones discriminatorias hacía personas obesas. Derivado de ello, es que esta Comisión estima viable la urgencia de que la Secretaría de Salud redoble esfuerzos y encabece acciones en la lucha contra los trastornos alimentarios, involucrando otras instancias susceptibles de colaborar en uso pleno de sus atribuciones y facultades legales. En conclusión, esta Dictaminadora coincide con las razones y argumentos vertidos en la Proposición con Punto de Acuerdo en el sentido de que es imprescindible que se sumen esfuerzos y se tomen las medidas necesarias para luchar contra estos trastornos que cada vez son más comunes entre la niñez y juventud, con la única finalidad de promover y garantizar el derecho de ellos a una vida sana, aclarando ante todo, que la aprobación del presente punto de acuerdo no riñe con la campaña que realiza la Secretaría de Salud en contra de la obesidad, sino por el contrario establece la necesidad de que la alimentación de las y los mexicanos guarde un equilibrio, pues los extremos nunca son buenos. Por lo anteriormente fundado y motivado, esta Dictaminadora considera que es de aprobarse la Proposición con Punto de Acuerdo por el que el Senado de la República exhorta respetuosamente a la Secretaría de Seguridad Pública a involucrarse en el abatimiento de las páginas electrónicas que irresponsablemente promueven los trastornos de tipo alimentario, particularmente la anorexia y bulimia nerviosas, sufriendo las modificaciones planteadas en los apartados 4, 5 y 6 de las Consideraciones del presente Dictamen quedando como sigue: PUNTO DE ACUERDO PRIMERO.- El Senado de la República exhorta respetuosamente a la Secretaría de Seguridad Pública a través de la Policía Cibernética a involucrarse en el abatimiento de las páginas electrónicas que irresponsablemente promueven y hacen apología de trastornos de tipo alimentario, particularmente la anorexia y bulimia nerviosas, valiéndose para ello también de expresiones discriminatorias en contra de personas obesas. SEGUNDO.- El Senado de la República exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a encabezar y reforzar los programas encaminados a la prevención y atención de los trastornos de tipo alimentario, particularmente la anorexia y bulimia nerviosas. TERCERO.- El Senado de la República exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud para que en coordinación con instancias como la Procuraduría Federal del Consumidor, Secretaría de Seguridad Pública a través de la Policía Cibernética, e incluso la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a través de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, investigue la existencia de sitios electrónicos que promueven y hacen apologías de trastornos

alimenticios, publicidad engañosa de conductas nocivas para la salud, que emplean expresiones discriminatorias y derivado de ello, realice las acciones pertinentes a fin de proteger a la niñez y juventud de esos padecimientos. Dado en el Recinto Legislativo de Xicoténcatl, a 11 de noviembre de 2008. NOMBRE DEL SENADOR: Guillermo Tamborrel Suárez PRESIDENTE Lázaro Mazón Alonso INTEGRANTE Alfredo Rodríguez y Pacheco INTEGRANTE Carrillo Durán, María Victoria, "Chasqui", Universidad de Extremadura, España, septiembre 2003, p. 31. Ídem.

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