FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS DIRECCIÓN NACIONAL SIMIT ESTUDIOS, DOCUMENTOS PREVIOS Y ANÁLISIS DEL SECTOR PARA CONTRATACIÓN POR MÍNIMA CUANTÍA

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FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS DIRECCIÓN NACIONAL SIMIT

ESTUDIOS, DOCUMENTOS PREVIOS Y ANÁLISIS DEL SECTOR PARA CONTRATACIÓN POR MÍNIMA CUANTÍA

Contratación del suministro de elementos de aseo y cafetería para el desarrollo de las actividades administrativas y de funcionamiento de la Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional Simit

Bogotá D.C., 13 de mayo de 2014

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CONSTRUYENDO EL DESAROLLO Y EL BIENESTAR PARA LA PAZ DESDE LO LOCAL Cra. 7 No. 74-56 – Piso – PBX: 57 (1) 593 40 20 – Fax: 57 (1) 593 40 27 – [email protected] [email protected] – www.municipios.org.co – Bogotá D.C. Colombia - Suramérica

1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD La Federación Colombiana de Municipios es una persona jurídica sin ánimo de lucro, de naturaleza asociativa y de carácter gremial, que se rige por el derecho privado, organizada con base en la libertad de asociación prevista en el artículo 38 de la Constitución Política. A ella pertenecen por derecho propio todos los municipios, distritos y asociaciones de municipios del país y tiene como finalidad la defensa de sus intereses. Su personería jurídica es propia y diferente de la de sus asociados, con autonomía administrativa y patrimonio propio. Sus bienes no pertenecen en forma individual a ninguno de sus asociados y los mismos deben destinarse al apoyo de la labor que cumple a favor de sus asociados. Por disposición del artículo 10 de la Ley 769 de 2002, “Código Nacional de Tránsito”, le ha sido asignada una función pública consistente en implementar y mantener actualizado a nivel nacional, un Sistema Integrado de Información sobre las Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito – Simit, en el cual se consolidan los registros de infractores a nivel nacional para garantizar la no realización de trámites cuando el infractor no se encuentre a paz y salvo por dicho concepto. En el señalado artículo 10 de la Ley 769 de 2002, el legislador asignó a la Federación Colombiana de Municipios, por concepto de la administración del Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por infracción de Tránsito – Simit, un porcentaje equivalente al 10%, una vez se cancele por parte del infractor el valor adeudado, el cual en ningún caso podrá ser inferior a medio salario mínimo diario legal vigente. El rol propio de la función pública que cumple la Federación Colombiana de Municipios a través de la Dirección Nacional Simit, y la gestión fiscal que debe realizar por administrar y manejar recursos públicos con sujeción a los principios de legalidad, eficiencia, economía, eficacia, equidad, imparcialidad, moralidad, transparencia y publicidad, lleva a que se encuentre sometida a la constante

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vigilancia por parte de la Contraloría General de la República y los demás entes de control. En desarrollo de dicha función pública, cuyo fundamento constitucional se esgrime en el artículo 209 de la Carta Política, el Sistema Integrado de Información sobre las Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito - Simit, se encuentra sometido a las normas propias del derecho público en cuanto a los regímenes de los actos unilaterales, la contratación, los controles y la responsabilidad, los cuales son propios de las entidades estatales, siendo aplicable entonces para la presente contratación, los procedimientos contemplados en la Ley 80 de 1993, modificada por la Ley 1150 de 2007, y el Decreto 1510 de 2013, por el cual se reglamenta el sistema de compras y contratación pública. Adicionalmente, la Corte Constitucional en sentencias C-385 y C-477 de 2003, al resolver la exequibilidad de los artículos 10 y 11 de la Ley 769 de 2002 sobre los cuales se produjo la cosa juzgada absoluta, señaló: “El funcionamiento del sistema integrado de información sobre multas y sanciones por infracciones de tránsito a que se ha hecho alusión, requiere de una actividad de carácter administrativo y de una infraestructura para el efecto, que garanticen que el mecanismo ideado por el legislador tenga un adecuado y permanente funcionamiento, susceptible de perfeccionamiento con el tiempo, para que se fortalezca, cada vez más el ingreso de los municipios por ese concepto.” Es así como, para mantener en funcionamiento el sistema con una infraestructura y logística de calidad en el territorio nacional, la Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional Simit, debe y está autorizada para desarrollar actividades de carácter administrativo, gerencial y operativo que implican costos, gastos e inversiones permanentes. Estas erogaciones deben ser cubiertas con el recaudo del 10% de los pagos que realicen los infractores. Por lo tanto, la Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional Simit, requiere para su funcionamiento entre otras cosas, de la adquisición de bienes y

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servicios que faciliten el cumplimiento de la función atribuida por la ley. De esta manera, se hace necesario contratar el suministro de elementos de aseo y cafetería, los cuales permiten cumplir con el desarrollo eficaz y oportuno de actividades, proyectos y funciones, atendiendo al marco normativo contractual de la función pública. Adicionalmente, para la vigencia 2014, se estima para la Dirección Nacional Simit un incremento en el consumo de los elementos de aseo y cafetería, en atención al crecimiento en planta proyectado, el cual llevó a tomar la decisión de adquirir un inmueble, acorde con las necesidades de espacio para la adecuada organización y ubicación de puestos de trabajo, y que dobla el espacio con el que cuenta actualmente. Para lograr lo anterior, la Federación Colombiana de Municipios - Dirección Nacional Simit, inició un proceso de selección, bajo la modalidad de mínima cuantía para contratar el suministro de elementos de aseo y cafetería. Sin embargo, a pesar de haber definido condiciones claras y ajustadas al estudio de mercado previamente realizado por la entidad, el proceso fue declarado desierto toda vez que las propuestas recibidas dentro del término establecido en el cronograma, no cumplieron con la totalidad de los requisitos habilitantes contemplados para el presente proceso de selección. Así las cosas, y dado que los elementos objeto del presente proceso de selección son necesarios para el funcionamiento de la Federación Colombiana de Municipios - Dirección Nacional Simit, es indispensable iniciar nuevamente proceso de selección a fin de satisfacer la necesidad que aún persiste. Por tal motivo y conforme al análisis del sector y al estudio de mercado efectuado, encontramos que algunas empresas que contratan la adquisición de elementos, objeto del presente proceso de selección, contemplan las mismas condiciones exigidas por la entidad; sin embargo, al realizar una nueva validación del mercado y en aras de garantizar la selección objetiva, la entidad ha evaluado nuevamente

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los requisitos definidos y ha determinado que con las exigencias contenidas en este documento se satisface igualmente la necesidad de la entidad. Es así como en aras de garantizar la selección objetiva dentro del presente proceso de selección, así como la pluralidad de oferentes, se realizó un ajuste a la experiencia especifica requerida a pesar de que la entidad estableció condiciones razonables, basadas en el estudio de mercado y análisis del sector. 2. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO TÉCNICAS DE LOS BIENES.

A

CONTRATAR

Y

CONDICIONES

2.1. OBJETO Suministro de elementos de aseo y cafetería para el desarrollo de las actividades administrativas y de funcionamiento de la Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional Simit. 2.2. CONDICIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES La Federación Colombiana de Municipios, está interesada en contratar en igualdad de oportunidades y dando cumplimiento a las disposiciones legales, a los proponentes que presenten la mejor oferta en relación con el suministro de elementos de aseo y cafetería para el desarrollo de las actividades administrativas y de funcionamiento de la Dirección Nacional Simit en el periodo comprendido desde la fecha de suscripción del contrato hasta el 31 de diciembre de 2014. Las condiciones técnicas requeridas para el presente proceso de selección, son las siguientes:

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No.

1 2 3

Descripción

Cantidad

Alcohol Refrescador de aire (Ambientador) Bolsa de té (Aromática)

Presentación unidad de medida

8

Galón

20

Unidad

50

Caja x 20

4

Azúcar

100

Kilo

5

Azúcar

150

Paquete

6

Envases y accesorios para residuos (Basurera)

8

Unidad

7

Blanqueador

10

Galón

8

Café

120

Libra

9 10

11

Cepillo de baño (Churrusco sanitario) Productos para el Lava platos (Lava vajillas) Productos lavandería (Detergente)

Condiciones técnicas

Etílico antiséptico, Incoloro, en galón plástico General, x 400 c.c., liquido bactericida N/A

Nivel, según clasificador de bienes y servicios 51102710 47131812 50201713

Granulada en bolsa de poliuretano Blanca x 200 sobres, granulada En malla, cilíndrica de 28cms de alto, 27cms largo superior y 21 cms largo inferior, color negro En galón plástico sin fragancia Consumo Nacional, molido sin descafeinar, en bolsa

50161509 50161509 47121700 47131807 50201706 47131608

7

Unidad

Mango en plástico, sin base

17

Unidad

Crema lava vajillas x 1000grs

47131810

10

Unidad

En polvo x 1000grs, neutro sin blanqueador, de uso general

47131811

de

12

Escoba

7

Unidad

13

Esponja multiusos Utensilios de cocina desechables para uso doméstico (Colador filtro para greca) Suministro para aseo (Guante amarillo)

10

Unidad

Textura de las cerdas suave, mango en madera, con área de barrido mayor o igual a 30 cms, acople plástico roscado Multiusos en malla

10

Unidad

En tela de ½ lb

52151501

10

Unidad

Talla 8 pulgadas, látex natural

47131700

14

15

47131604 47131603

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No.

Descripción

21

Suministro para aseo (Guante negro) Jabones (Jabón de manos) Limpiador de propósito general ( desinfectante) Limpia vidrios o ventanas Agitadores desechables para uso doméstico (Mezcladores) Papel higiénico

22 23

16 17 18 19

20

Cantidad

Presentación unidad de medida

Condiciones técnicas

Nivel, según clasificador de bienes y servicios

10

Unidad

Talla 8 pulgadas, látex natural

47131700

17

Unidad

Espuma dermo

53131608

17

Galón

Concentrado para desinfección de pisos, en galón plástico

47131805

7

Galón

Sin aroma

47131824

10

Paquete

Bolsa x 1000 unidades, plástico

52151505

400

Unidad

14111704

Servilletas de papel

100

Unidad

Blanco, hoja sencilla x 32 mts De papel, hoja doble de 25cm de largo x 25cm de ancho, lisa, blanca, paquete x 100

Toalla de papel (Toallas de manos)

17

Unidad

En papel, rollo x 90mts

14111703

En fibra de algodón con dimensiones de las fibras iguales a 30cms, mango de madera con longitud de 80cms con soporte

47131618

24

Trapero Humedos

10

Unidad

25

Trapos (Paños de limpieza reutilizables)

10

Unidad

Reutilizables x 80 unidades

14111705

47131501

Los bienes objeto del contrato deberán ser suministrados a la entidad por el contratista, de acuerdo a las cantidades que solicite la Federación Colombiana de Municipios durante el plazo del contrato, a través del supervisor designado. El proponente deberá entregar los elementos de aseo y cafetería en las instalaciones de la Federación Colombiana de Municipios, ubicada en la Carrera 7 No. 74 -56/64, Piso 18 de la ciudad de Bogotá D.C.

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3. ANÁLISIS DEL SECTOR 3.1.

CONDICIONES LEGALES, COMERCIALES, FINANCIERAS, ORGANIZACIONES, TÉCNICAS Y DE RIESGO DEL SECTOR.

3.1.1. CONDICIONES LEGALES 

Normatividad aplicable a la entidad. Federación Colombiana de Municipios. Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 489 de 1998, Ley 1474 de 2011, Decreto – Ley 19 de 2012, Decreto 1510 de 2013. Código de Comercio y Código Civil.



Normatividad aplicable a la actividad del Contratista. Código de Comercio, Código Civil, Estatuto General del Consumidor.



Normatividad aplicable al contrato: Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 1510 de 2013, Código de Comercio y Código Civil.

3.1.2. CONDICIONES COMERCIALES, ORGANIZACIONALES Y TÉCNICAS La Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional Simit requiere el suministro de elementos de aseo y cafetería, el cual, de acuerdo con el análisis del sector efectuado a procesos contractuales con objetos similares, adelantados por otras entidades, según SECOP, viene siendo prestado por personas jurídicas que pertenecen al sector del comercio. Sin embargo, encontramos en el registro de la Cámara de Comercio de Bogotá, personas naturales que ejercen la actividad económica relacionada con el objeto del presente proceso de selección y que por desarrollar una actividad mercantil, están clasificados como comerciantes, tal es el caso de la señora Lilia Fanny Guevara Parrado (Ver certificado de Cámara y Comercio).

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En conclusión y de acuerdo con el análisis del sector, existen personas naturales y jurídicas que están facultadas para suministrar los elementos mencionados de acuerdo a las condiciones técnicas establecidas por la Federación Colombiana de Municipios. Conforme al estudio enunciado los elementos objeto de la necesidad a satisfacer, son ofrecidos tanto a nivel local como nacional, y pueden adquirirse a través de suministro o mediante compra directa en tiendas, hipermercados, supermercados y centrales de abastos. Prueba de ello, lo constituye el sondeo de mercado realizado a empresas como: Compañía Papelera Nacional S.A.S., ubicada en la carrera 69Bis N° 24 – 39 Sur, Panamericana Outsourcing S.A., localizada en la calle 64 N° 93 – 95 y Soluad S.A.S., ubicada en la carrera 55 N° 75 – 34 que suministran los elementos requeridos en el presente estudio y cuyo resultado se muestra en el Anexo N° 5. En el mercado se encontraron diferentes oferentes de los elementos que requiere la Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional Simit en las condiciones técnicas exigidas. Dichas empresas están constituidas bajo diferentes tipos societarios, por ejemplo, empresas de responsabilidad Ltda., outsourcing, sociedades anónimas y sociedades por acciones simplificadas. 3.1.3. CONDICIONES FINANCIERAS Para efectos del presente proceso de selección no se hace necesario la realización del análisis financiero del sector dado que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 85 de la Ley 1510 de 2013, no es exigible la capacidad financiera del proponente debido a que el pago para este tipo de procesos se realiza contra entrega. Por lo tanto los indicadores financieros que puedan llegar a establecerse dentro del análisis financiero del sector no tendrán injerencia para efectos del proceso de evaluación.

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3.1.4. ANÁLISIS DE RIESGO ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DEL RIESGO De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 17 del Decreto 1510 de 2013, en el presente proceso de contratación la entidad ha evaluado el riesgo que representa para el cumplimiento de sus metas y objetivos, basándose en las reglas contenidas en el manual para la identificación y cobertura del riesgo en los procesos de contratación versión 1, expedido por Colombia Compra Eficiente, así: Contexto de la Federación Colombiana de Municipios: A fin de identificar los riesgos del proceso de contratación, dentro del entorno de la entidad, se identifican conforme lo señala la guía, los siguientes aspectos y sus posibles aspectos adversos: 

OBJETO DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN

La Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional Simit, está interesada en contratar en igualdad de oportunidades y dando cumplimiento a las disposiciones legales, a los proponentes que presenten la mejor oferta en relación con el suministro de elementos de aseo y cafetería para el desarrollo de los procesos administrativos y de funcionamiento de la Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional Simit en el periodo comprendido desde la fecha de suscripción del contrato hasta el 31 de diciembre de 2014. No se evidencia ningún evento adverso social, económico, ni político, al contrario el objeto satisface una necesidad de la entidad para el cumplimiento de la obligación legal contenida en los artículos 10 y 11 de la Ley 769 de 2002.

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PARTÍCIPES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN

De conformidad con lo establecido en el manual de contratación de la entidad, el presente proceso es liderado por la Dirección Administrativa y Financiera de la Federación Colombiana de Municipios, teniendo como apoyos: La Jefatura Administrativa, la Jefatura Financiera, la Jefatura de Control Interno de Gestión y la Jefatura de Asuntos Jurídicos Públicos de la Dirección Nacional Simit; encargada de adelantar el proceso de contratación bajo los lineamientos del estatuto general de contratación estatal, con el apoyo adicional de un asesor externo experto en contratación pública. Lo anterior permite evidenciar que la Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional Simit, cuenta con el equipo interdisciplinario requerido para adelantar el proceso contractual. 

CIUDADANÍA BENEFICIARIA DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN

La Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional Simit, con el fin de garantizar su misión institucional, adelanta el proceso para la contratación del suministro de elementos de aseo y cafetería, a fin de satisfacer las necesidades directas de la entidad e indirectas de la comunidad en general, entendidos como: Ciudadanía, autoridades de tránsito nacionales y locales, entre otras; brindando condiciones óptimas para su respectiva atención, siendo por ello, que no se identifica evento adverso en este aspecto. 

CAPACIDAD DE LA ENTIDAD ESTATAL ENTENDIDA COMO LA DISPONIBILIDAD DE RECURSOS Y CONOCIMIENTOS PARA EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

Recurso humano: Para adelantar el proceso se tiene asignado como responsable un equipo interdisciplinario de colaboradores dentro de la entidad que cuenta con

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los conocimientos y la asesoría de un abogado externo en materia de contratación estatal. Recurso económico: Se encuentra respaldado con recursos propios de la entidad. Por lo anterior se concluye que existe la capacidad económica por parte de la entidad para adelantar el presente proceso de contratación, por lo que se identifica que no presenta evento adverso en el tema. 

SUFICIENCIA DEL PRESUPUESTO OFICIAL DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

Se cuenta con el certificado de disponibilidad presupuestal, por lo tanto no se evidencia un evento adverso. 

LAS CONDICIONES GEOGRÁFICAS Y DE ACCESO AL LUGAR EN EL CUAL SE DEBE CUMPLIR EL OBJETO DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

La entrega del suministro de elementos de aseo y cafetería, se llevará a cabo en las instalaciones de la Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional Simit, ubicada en la 7 N° 74-56/64 piso 18, de la ciudad de Bogotá. El edificio cuenta con fácil acceso, tanto para el ingreso a los pisos superiores, como para el tránsito de visitantes e insumos. En consecuencia se considera que no se observa evento adverso para el cumplimiento del objeto del contrato. 

ENTORNO SOCIO AMBIENTAL

Teniendo en cuenta que el objeto contractual es el suministro de elementos de aseo y cafetería, para la Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional Simit, no se presentan eventos adversos al respecto.

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LAS CONDICIONES POLÍTICAS

Teniendo en cuenta que el objeto contractual es el suministro de elementos de aseo y cafetería, para la Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional Simit, no se evidencia un evento adverso frente a las condiciones políticas actuales, teniendo en cuenta que la contratación estatal esta recientemente actualizada y se cuenta con las herramientas legales necesarias para llevar a cabo no sólo el proceso de la contratación sino también la ejecución misma del contrato, sin verse afectado por cambios de políticas gubernamentales, pese a estar en el periodo de campaña electoral, en razón a que en el artículo 33 de la Ley 966 de 2005 “Ley de Garantías”, está referida exclusivamente a la contratación directa, por ende los procesos de contratación en los cuales la entidad seleccione al contratista a través de cualquier otra modalidad de selección están permitidos. 

LOS FACTORES AMBIENTALES

Como se sustenta anteriormente, el objeto del contrato corresponde al suministro de elementos de aseo y cafetería y no se observa un evento adverso que genere un impacto directo en el medio ambiente, por lo cual no hay necesidad de iniciar para el proceso de selección y la posterior ejecución del objeto del contrato, estudio, licencias o permisos en materia ambiental. 

EL SECTOR DEL OBJETO DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN Y SU MERCADO.

Al evaluar las diferentes empresas seleccionadas que se dedican al suministro de elementos de aseo y cafetería encontramos que en el mercado existe una pluralidad significativa de posibles oferentes que puedan satisfacer las necesidades de la entidad, garantizando su cumplimiento, no solo en calidad, tiempo y oportunidad, sino también financieramente, por lo que se minimiza el riesgo de una pérdida por este ítem.

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LA NORMATIVA CONTRATACIÓN.

APLICABLE

AL

OBJETO

DEL

PROCESO

DE

Existe una normatividad en materia de contratación, cuyo aspecto contrario puede ser su inaplicabilidad como resultado de la derogatoria o inexequibilidad, sumado a ello el mismo evento adverso evidenciado en el entorno político. 

EXPERIENCIA PROPIA Y DE OTRAS ENTIDADES ESTATALES EN PROCESOS DE CONTRATACIÓN DEL MISMO TIPO.

La Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional Simit ha llevado a cabo sus procesos de contratación para el suministro de elementos de aseo y cafetería con un resultado satisfactorio. En cuanto a experiencias de entidades del sector para procesos similares, se evidencia, a través de la página de SECOP, que se han agotado de manera satisfactoria las etapas contractuales. IDENTIFICACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE LOS RIESGOS Etapa de Planeación:  ¿La modalidad de contratación es adecuada para el bien, servicios u obra necesitada? Del análisis efectuado en los estudios previos para la modalidad de contratación, se tiene que conforme la cuantía, la modalidad adecuada es la contratación de mínima cuantía, lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, adicionado por el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011, y el articulo 84 del Decreto 1510 de 2013.

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 ¿Los requisitos habilitantes son los apropiados para el proceso de contratación y es posible encontrar proponentes que los cumplan incluyendo los riesgos relacionados con la habilidad para determinar requisitos habilitantes consistentes con el proceso de contratación y con el sector económico en el que actúan los posibles oferentes? De conformidad con lo dispuesto en la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1510 de 2013, para el presente proceso se tuvieron en cuenta requisitos habilitantes atinentes a la capacidad jurídica, técnica y experiencia del proponente. El análisis del sector adelantado permitió identificar que de manera individual podría cumplir los requisitos habilitantes más de un posible oferente.  ¿El valor del contrato corresponde a los precios del mercado? El análisis de precios con los posibles oferentes, se encuentra con una adecuada correlación de variables, toda vez que la diferencia de precios por los hitos claves poseen similitudes y congruencia y su varianza no se considera lejana entre ellas.  ¿La descripción del bien o servicio requerido es claro? La descripción es clara y detallada, teniendo en cuenta que describe la necesidad de la entidad, con ítemes específicos y cantidades exactas, que el contratista deberá suministrar cumpliendo con el objeto contractual.  ¿El proceso de contratación cuenta con las condiciones que garanticen la transparencia, equidad y competencia entre los proponentes? Fueron fijados unos requisitos habilitantes y unas condiciones técnicas y de experiencia, con lo dispuesto en el estatuto general de contratación y su decreto reglamentario, y demás normas aplicables a la modalidad de contratación de mínima cuantía, a fin de garantizar la selección objetiva de posibles oferentes en

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igualdad de condiciones que satisfagan el objeto del contrato y que garantizan la transparencia, equidad y competencia entre los proponentes.  ¿El estudio de mercado permite identificar los aspectos de oferta y demanda del mercado respectivo? Efectivamente el estudio de mercado en correlación al análisis del sector, evidencia los aspectos de oferta y demanda respectivos toda vez que existe un número plural de posibles oferentes que puedan suplir el suministro de elementos de aseo y cafetería y un número de entidades públicas objeto de comparación que adquirieron dichos bienes.  ¿El diseño del proceso de contratación permite satisfacer la necesidad de la entidad estatal, cumplir su misión y es coherente con sus objetivos y metas? El proceso de contratación permite satisfacer las necesidades planteadas por la Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional Simit, consistente en contratar el suministro de elementos de aseo y cafetería para satisfacer la necesidad en cumplimiento de la función pública asignada por el legislador en los artículos 10 y 11 de la ley 769 de 2002. Conforme los pasos señalados en la guía, se procede al diligenciamiento de la matriz del riesgo planteada por Colombia Compra Eficiente versión 1, que hace parte integrante del proceso de selección. Ver anexo N° 3. Por lo anterior, la tipificación, estimación y distribución de los riesgos del contrato que se suscriba, se sujetarán a los criterios definidos en este numeral, sin perjuicio del alcance de las obligaciones a cargo de cada una de las partes de acuerdo con las estipulaciones legales pertinentes, la naturaleza del contrato y el contenido de los estudios previos, considerando que está a cargo del contratista la ejecución del contrato, y a cargo de la entidad el pago del valor pactado.

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3.1.5. REVISIÓN DE CONDICIONES CONTRATACIÓN SIMILARES.

DE

OTROS

PROCESOS

DE

Se realizó consulta de información de procesos similares en el SECOP de personas jurídicas con las cuales otras entidades públicas han contratado el suministro de elementos de aseo y cafetería. Ver anexo N° 2. 4. CRITERIOS DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Teniendo en cuenta que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011 en concordancia con los artículos 84 y 85 del Decreto 1510 de 2013, el presupuesto del presente proceso no excede del 10% de la menor cuantía de la entidad, los proponentes deberán acreditar las siguientes condiciones mínimas de capacidad jurídica, experiencia mínima y condiciones técnicas:

4.1. CRITERIOS DE SELECCIÓN CALIDADES DE LOS PROPONENTES.

REFERIDOS

A

CONDICIONES

Y

4.1.1. CAPACIDAD JURÍDICA A fin de verificar la capacidad jurídica de los proponentes, para llevar a cabo las actividades que se deriven de los ofrecimientos hechos a la entidad, se deberán allegar los siguientes documentos: 1. Las personas jurídicas deberán aportar el certificado existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de su domicilio, el cual debe haber sido expedido dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre del proceso, en el cual conste que dentro de su objeto social se contemplan las actividades o servicios que son materia del presente proceso, y que su duración no podrá ser inferior al plazo del contrato y tres años más.

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Igual duración debe acreditar cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal. La capacidad jurídica de las personas naturales se verificará con la cédula de ciudadanía, para los nacionales colombianos, y con la cédula de extranjería o el pasaporte para los extranjeros. La simple presentación de este documento sirve para acreditar la capacidad jurídica. 2. La entidad consultará en los sistemas de información de las entidades encargadas, los antecedentes judiciales, disciplinarios y fiscales del representante legal y de la persona jurídica que representa. Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, la consulta por parte de la entidad se efectuará sobre cada uno de los integrantes. (representante legal y persona jurídica). Cuando el monto de la propuesta fuere superior al límite autorizado al Representante Legal, el oferente deberá anexar la correspondiente autorización impartida por la Junta de Socios, o el estamento de la sociedad que tenga esa función, y que lo faculte específicamente para presentar la propuesta en este proceso de selección y celebrar el contrato respectivo, en caso de resultar seleccionado. Si la propuesta se presenta a nombre de una Sucursal, se deberá anexar los certificados tanto de la Sucursal como de la Casa Principal. Las personas jurídicas extranjeras deberán acreditar mediante documento idóneo expedido por la Cámara de Comercio o la entidad quien haga sus veces en el país respectivo validado en Colombia, su existencia, el nombre o razón social, facultades del representante legal, objeto social y vigencia.

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El proponente extranjero deberá acreditar que tiene legalmente constituida una sucursal en el territorio nacional o un apoderado domiciliado en Colombia, con facultad para presentar ofertas y para suscribir el contrato en el evento de resultar favorecido en la adjudicación del contrato, así como para representarlo judicial y extrajudicialmente. Los proponentes extranjeros que no tengan sucursal en el país deben acreditar un apoderado autorizado para representarlos judicial y extrajudicialmente. Los documentos para acreditar las condiciones del proponente deberán cumplir con las condiciones y exigencias del país de origen. Si la oferta es presentada por una unión temporal o un consorcio, se deberá anexar el documento suscrito por sus integrantes (formatos adjuntos según aplique), en el cual se demuestre el estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 7º de la Ley 80 de 1993, donde, entre otros, se debe: a. Indicar en forma expresa si su participación es a título de unión temporal o consorcio. b. Designar la persona, que para todos los efectos, representará la unión temporal o el consorcio. c. Señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre los miembros de la unión temporal o el consorcio y sus respectivas responsabilidades, conforme a lo señalado en el parágrafo 1º del artículo 7º de la Ley 80 de 1993. d. Señalar en forma clara y precisa, en el caso de la unión temporal, los términos y extensión de la participación en la propuesta y en su ejecución y las obligaciones y responsabilidades de cada uno en la ejecución del contrato.

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e. La duración del consorcio o unión temporal, no deberá ser inferior a la duración del contrato y un (1) año más. f. Debe tenerse en cuenta que quienes se presenten como consorcios o uniones temporales no podrán participar como persona jurídica individual, ni podrán ceder internamente su participación en caso de que sea aceptada su oferta. De la misma forma los proponentes deberán adjuntar los siguientes documentos: 1. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal. 2. Copia del Registro Único Tributario – RUT expedido por la DIAN, actualizado con las nuevas actividades económicas. 3. Si es persona jurídica, certificación expedida por el revisor fiscal en los casos que aplique de acuerdo con los requerimientos de ley, o por el representante legal, que durante los últimos seis (6) meses anteriores a la fecha del cierre del proceso de selección, han pagado los aportes al sistema de seguridad social integral. 4. Si es persona natural, constancia de pago de los aportes a la seguridad social integral del mes inmediatamente anterior al cierre del proceso. 5. Formato Único de Hoja de Vida de la Función Pública para personas jurídicas o naturales según sea el caso. Nota: Cada uno de los proponentes de manera individual, y cada uno de los miembros de un Consorcio o Unión Temporal deberán presentar individualmente los documentos anteriormente relacionados.

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6. Original de la Garantía de Seriedad de la Propuesta con sus condiciones generales. Para cubrir la sanción derivada del incumplimiento de la oferta, en los eventos previstos en el artículo 115 del Decreto 1510 de 2013, el proponente debe constituir y entregar junto con la propuesta, una garantía de seriedad de la oferta. De conformidad con lo establecido en el artículo 111 del Decreto 1510 de 2013, los oferentes podrán otorgar como mecanismos de cobertura una de las siguientes garantías: 1. Contrato de seguro contenido en una póliza 2. Patrimonio autónomo 3. Garantía bancaria Para evaluar la suficiencia de la garantía se aplicarán las reglas establecidas en el artículo 118 del referido Decreto 1510 de 2013, así: En el caso de que el oferente opte por una póliza de seguros, debe allegar garantía de seriedad de la propuesta, la cual debe constituirse de la siguiente manera: Beneficiario: Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional Simit, NIT. 800.082.665-0. Afianzado: El oferente Vigencia: Sesenta (60) días calendario contados a partir de la fecha de cierre del concurso de méritos. Cuantía: El equivalente al 10% del valor de la oferta.

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A la propuesta deberá anexarse el original de la correspondiente póliza debidamente firmada por el proponente y el recibo de pago, la póliza debe estar referida expresamente al presente proceso de mínima cuantía. Si la oferta se presenta bajo la modalidad de consorcios y uniones temporales, la garantía de seriedad de la propuesta deberá ser otorgada por todos los integrantes del proponente plural. En caso de prorrogarse el plazo del proceso, el proponente deberá mantener vigentes todos los plazos y condiciones originales de su propuesta y ampliar la validez de la garantía de seriedad por el término adicional que señale la Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional Simit. En caso de presentarse garantía bancaria, esta deberá tener la siguiente leyenda: “La presente garantía será pagada por el garante dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha del acto administrativo que declare el incumplimiento del oferente”. La suficiencia de esta garantía será verificada por la entidad contratante al momento de la evaluación de las propuestas. 4.1.2. EXPERIENCIA Con el fin de garantizar que el oferente cuenta con experiencia relevante y suficiente que le permita cumplir con el objeto del contrato que se pretende celebrar mediante el presente proceso de selección, deberá acreditar a través de certificaciones: - Experiencia específica en el suministro y/o venta de papelería y/o útiles de oficina. 1. Dos (2) certificaciones

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2. De contratos cuyo objeto haya sido suministro y/o venta de papelería y/o útiles de oficina. 3. Las certificaciones deben corresponder a contratos celebrados y ejecutados en los tres (3) años anteriores a la fecha del cierre del presente proceso de selección. 4. El valor de cada contrato certificado deberá ser igual o superior al presupuesto establecido para el presente proceso de selección. Las anteriores certificaciones deberán ser expedidas por la entidad contratante, y deberán contener como mínimo los siguientes datos:  Nombre o razón social de la entidad que certifica, dirección, teléfono, nombre y cargo de quien expide la certificación.  Objeto del contrato  Fecha de suscripción o iniciación del contrato  Plazo  Fecha de terminación  Valor del contrato Reglas sobre la experiencia La experiencia específica de los consorcios o uniones temporales, será la sumatoria de las experiencias de los integrantes que la tengan, de manera proporcional a su participación en el mismo. Cuando los proponentes participantes en el presente proceso de selección, hayan hecho parte de algún consorcio o unión temporal que haya ejecutado el contrato, la certificación para acreditar la experiencia obtenida en dicho contrato, debe discriminar claramente el porcentaje de participación en el mismo; de no hacerlo, se dividirá el valor contratado por el número de integrantes del respectivo consorcio o unión temporal que ejecutó el contrato.

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En cuanto a personas jurídicas extranjeras, la sumatoria de la experiencia especifica se contará a partir de la fecha de constitución de la empresa (esta información será tomada del documento que acredite la existencia y representación legal de la empresa o del documento que permita corroborar tal información, expedido por el organismo y/o autoridad competente del país de origen de la misma). Consideraciones en relación con las certificaciones que acreditan la experiencia del proponente. En relación con las certificaciones que acreditan la experiencia, el proponente debe tener en cuenta los siguientes aspectos: 1. No se tendrán en cuenta auto certificaciones, ni copias de minutas de contratos. 2. Las copias de contratos, actas de liquidación, referencias comerciales, etc., se aceptarán como documentos aclaratorios de las certificaciones de experiencia presentadas y no como documentos presentados para acreditar la información exigida en las mismas. 3. Todos los documentos otorgados en el exterior para acreditar lo dispuesto en este numeral, deberán presentarse legalizados en la forma prevista en los artículos 259 y 260 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 480 del Código de Comercio. Si se tratare de documentos expedidos por autoridades de países miembros del Convenio de La Haya de 1961, se requerirá únicamente de la Apostille. 4. Para efectos de la acreditación de la experiencia no se tendrán en cuenta subcontratos, los contratos válidos para acreditar la experiencia serán aquellos suscritos entre el ente y/o persona contratante y el oferente (contratista de primer orden), cualquier otra derivación de estos se entenderá para efectos del proceso como subcontrato.

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5. Para las certificaciones presentadas en moneda extranjera se calculará el valor a la Tasa Representativa del Mercado (TMR) vigente a la fecha de suscripción del contrato que se certifica. 6. El Comité evaluador designado se reserva el derecho de verificar la información que suministre el proponente. En el caso de requerirse aclaraciones sobre los datos contenidos en las certificaciones, la Federación podrá solicitarlas al proponente por escrito. 4.1.3. CAPACIDAD FINANCIERA De conformidad con lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 85 del Decreto 1510 de 2013, no es exigible la capacidad financiera del proponente, debido a que los pagos que se generen como consecuencia de la aceptación de la oferta se realizaran contra entrega y previo recibo a satisfacción por parte del supervisor designado. 4.2.

CRITERIOS DE SELECCIÓN REFERIDOS A LA OFERTA

4.2.1. PROPUESTA ECONÓMICA La propuesta económica deberá presentarse para la totalidad de los bienes descritos en el numeral 2.2 “Condiciones Técnicas de los Bienes”, indicando el precio de cada uno de acuerdo a la cantidad y unidad de medida requerida, conforme al Formato No. 1 Propuesta Económica. La propuesta económica deberá incluir IVA, así como los costos directos, gastos administrativos, transporte, gastos de envío, tasas y demás elementos que el oferente considere necesarios para cumplir a cabalidad con el objeto contratado.

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En caso de no incluir estos costos directos e indirectos, o no expresar que éstos se encuentran incluidos en el valor de la propuesta económica, se entenderán haciendo parte de dicho valor. Las propuestas presentadas no podrán superar el valor del presupuesto oficial total y de manera individual, el previsto para cada uno de los bienes que se pretende contratar. La entidad seleccionará, mediante comunicación de aceptación de la oferta, la propuesta con el menor precio, siempre y cuando cumpla con las condiciones exigidas. 4.2.2. PLAZO El plazo del contrato será hasta el 31 de diciembre de 2014 y/o hasta agotar el presupuesto, lo primero que ocurra, el cual será contado a partir de la suscripción del contrato. 4.2.3. CONDICIONES TÉCNICAS Las condiciones técnicas requeridas para el presente proceso de selección, son las siguientes:

No.

1 2 3 4

Descripción

Alcohol Refrescador de aire (Ambientador) Bolsa de té (Aromática) Azúcar

Cantidad

Presentación unidad de medida

Nivel, según clasificador de bienes y servicios

Condiciones técnicas

Etílico antiséptico, Incoloro, en galón plástico General, x 400 c.c., liquido bactericida

8

Galón

20

Unidad

50

Caja x 20

N/A

100

Kilo

Granulada poliuretano

51102710 47131812 50201713

en

bolsa

de

50161509

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No.

Descripción

5

Azúcar

6

7

Unidad

Nivel, según Condiciones técnicas clasificador de bienes y servicios Blanca x 200 sobres, granulada 50161509 En malla, cilíndrica de 28cms de alto, 27cms largo superior y 47121700 21 cms largo inferior, color negro En galón plástico sin fragancia 47131807 Consumo Nacional, molido sin 50201706 descafeinar, en bolsa 47131608 Mango en plástico, sin base

17

Unidad

Crema lava vajillas x 1000grs

47131810

10

Unidad

En polvo x 1000grs, neutro sin blanqueador, de uso general

47131811

Cantidad

Presentación unidad de medida

150

Paquete

Envases y accesorios para residuos (Basurera)

8

Unidad

7

Blanqueador

10

Galón

8

Café

120

Libra

9 10

11

Cepillo de baño (Churrusco sanitario) Productos para el Lava platos (Lava vajillas) Productos lavandería (Detergente)

de

12

Escoba

7

Unidad

13

Esponja multiusos Utensilios de cocina desechables para uso doméstico (Colador filtro para greca) Suministro para aseo (Guante amarillo) Suministro para aseo (Guante negro) Jabones (Jabón de manos) Limpiador de propósito general ( desinfectante)

10

Unidad

Textura de las cerdas suave, mango en madera, con área de barrido mayor o igual a 30 cms, acople plástico roscado Multiusos en malla

10

Unidad

En tela de ½ lb

52151501

10

Unidad

Talla 8 pulgadas, látex natural

47131700

10

Unidad

Talla 8 pulgadas, látex natural

47131700

17

Unidad

Espuma dermo

53131608

17

Galón

Concentrado para desinfección de pisos, en galón plástico

47131805

14

15 16 17 18

47131604 47131603

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No.

Descripción

21

Limpia vidrios o ventanas Agitadores desechables para uso doméstico (Mezcladores) Papel higiénico

22 23

19

20

Cantidad

Presentación unidad de medida

Condiciones técnicas

Nivel, según clasificador de bienes y servicios

7

Galón

Sin aroma

47131824

10

Paquete

Bolsa x 1000 unidades, plástico

52151505

400

Unidad

14111704

Servilletas de papel

100

Unidad

Blanco, hoja sencilla x 32 mts De papel, hoja doble de 25cm de largo x 25cm de ancho, lisa, blanca, paquete x 100

Toalla de papel (Toallas de manos)

17

Unidad

En papel, rollo x 90mts

14111703

En fibra de algodón con dimensiones de las fibras iguales a 30cms, mango de madera con longitud de 80cms con soporte

47131618

24

Trapero Humedos

10

Unidad

25

Trapos (Paños de limpieza reutilizables)

10

Unidad

Reutilizables, x 80 unidades

14111705

47131501

4.2.4. GARANTÍAS De conformidad con lo dispuesto en artículo 77 del Decreto 1510 de 2013, en concordancia con el artículo 7° de la Ley 1150 de 2007, no es obligatoria la exigencia de garantías. No se exigen en razón a que el pago se hará contra entrega y que la verificación de las condiciones técnicas exigidas por la entidad, se efectuará previo a su recibo, a través del supervisor designado.

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No obstante lo anterior, si los bienes recibidos posteriormente presentaran fallas o desperfectos, la entidad requerirá al contratista para su reemplazo, y en todo caso, el pago estará sujeto a que no existan obligaciones pendientes, circunstancia que será certificada por el supervisor del contrato. CLÁUSULA PENAL Adicionalmente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 1150 de 2007, para imputar al valor de los perjuicios que pudiese sufrir LA FEDERACIÓN en caso de declaratoria de caducidad o incumplimiento, total o parcial de las obligaciones a cargo de quien resulte favorecido con la aceptación de la oferta, se estipula como pena pecuniaria un porcentaje igual al diez por ciento (10%) del valor de la oferta. MULTAS En caso de mora o incumplimiento parcial por parte del CONTRATISTA, de cualquiera de las obligaciones contraídas en virtud del presente contrato, y con el fin de conminar a su cumplimiento, LA FEDERACIÓN podrá imponer mediante resolución motivada, multas sucesivas equivalentes al uno por ciento (1%) del valor del contrato, por cada día de atraso en el cumplimiento de las obligaciones pactadas. Las multas tendrán un tope máximo del diez (10%) por ciento del valor total del contrato. PARÁGRAFO PRIMERO: La cláusula penal pecuniaria y las multas que sean eventualmente impuestas, se harán efectivas directamente por LA FEDERACIÓN, pudiendo acudir para el efecto, entre otros, a los mecanismos de compensación de las sumas adeudadas, o a cualquier otro medio para obtener el pago. PARÁGRAFO SEGUNDO: La imposición de multas no limita ni anula las sanciones por incumplimiento, ni las indemnizaciones legales a que haya lugar. 4.2.5. CRITERIOS DE DESEMPATE En caso de empate a menor precio, la Federación Colombiana de MunicipiosDirección Nacional Simit, aceptará la oferta que haya sido presentada primero en el

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tiempo lo cual será verificado en la planilla de recibo de ofertas suministrada por la entidad. 5. PERMISOS, AUTORIZACIONES Y LICENCIAS REQUERIDAS Dada la naturaleza del objeto contractual del presente proceso de selección, consistente en el suministro de elementos de aseo y cafetería y en atención a que no se observa una situación adversa que genere un impacto directo en el medio ambiente, no es necesario solicitar estudios, licencias, autorizaciones o permisos en materia ambiental. 6. VALOR DEL CONTRATO, JUSTIFICACIÓN, ESTUDIO DE MERCADO, DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL. 6.1. VALOR DEL CONTRATO El presupuesto oficial estimado para la ejecución del contrato, asciende a la suma de cuatro millones doscientos dieciséis mil seiscientos cincuenta y cinco pesos m/l ($4.216.655), incluido IVA. Dicho valor contempla la totalidad de los costos directos e indirectos que han sido estimados conforme a las condiciones técnicas establecidas. Adicionalmente todos los impuestos y retenciones que surjan del presente contrato correrán por cuenta del contratista, la Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional Simit hará las retenciones del caso y cumplirá con las obligaciones fiscales que ordene la ley. 6.2.

JUSTIFICACIÓN DEL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO

Se realizó investigación de algunas empresas que suministran los elementos de aseo y cafetería a través de cotización directa llevada a cabo por un funcionario de la entidad, a título de persona natural interesada en conocer su valor, teniendo en

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cuenta además las condiciones técnicas exigidas, calidad, condiciones de entrega y precio. De las cotizaciones realizadas, se seleccionó el menor precio unitario por cada uno de los elementos de aseo y cafetería requeridos para el presente proceso de selección. Ver anexo No. 5. 6.3.

ESTUDIO DE MERCADO

El estudio de mercado realizado comprendió los siguientes aspectos: 1. Revisión del histórico de consumos de los elementos de aseo y cafetería. Ver anexo No. 4. 2. Revisión, al interior de la entidad de los procesos contractuales realizados en periodos anteriores para el suministro y/o adquisición de elementos de aseo y cafetería. Ver anexo No. 1. 3. Cotización en el mercado de los elementos de aseo y cafetería, objeto de la necesidad, teniendo en cuenta precio, calidad de cada uno y condiciones de entrega. Ver anexo No. 5. 4. Se consultó la página de contratos del SECOP frente a procesos contractuales relacionados con el suministro de elementos de aseo y cafetería. Como resultado se tomaron como referencia cinco (5) procesos de selección publicados durante el año 2013 con objeto similar al que se pretende adjudicar. Ver anexo No. 2. 6.4.

DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL

La contratación del suministro de elementos de aseo y cafetería está prevista en el plan de contratación de la vigencia 2014. Para tal efecto, se ha expedido el certificado de disponibilidad presupuestal Nº 1220140096 de fecha 08 de abril de 2014.

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6.5. IMPUESTOS Y RETENCIONES Los impuestos y retenciones que surjan del presente contrato corren por cuenta de EL CONTRATISTA, para cuyos efectos LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS hará las retenciones del caso y cumplirá las obligaciones fiscales que ordene la Ley.  Impuesto al valor agregado – IVA La compra o la venta de bienes que tengan tarifas diferenciales, los exentos y excluidos deben estar expresamente señalados en la norma. Es decir, si un bien no se incluye dentro de los bienes exentos, excluidos o gravados a tarifas diferenciales, se encuentra gravado a la tarifa general. Para efectos de determinar si un producto es gravado o no, se debe determinar si la legislación establece alguna exención. En el caso de los artículos descritos dentro del presente proceso de selección tales como blanqueador y alcohol, se evidencia de acuerdo con la normatividad que se encuentran excluidos del impuesto, a diferencia del café y el azúcar, los cuales se encuentran gravados a la tarifa del 5%.  Impuesto de industria y comercio-ICA El impuesto de Industria y Comercio es un gravamen de carácter municipal que grava toda actividad industrial, comercial o de servicios que se realiza en Bogotá en forma ocasional o permanente con o sin establecimientos. Son responsables del impuesto de industria y comercio la persona natural o jurídico o la sociedad de hecho, que realice el hecho generador de la obligación tributaria, consistente en el ejercicio de actividades industriales, comerciales o de servicios en la jurisdicción del Distrito Capital. A partir de la expedición de la Ley 1430 artículo 54 se establecieron adicionalmente como sujetos pasivos del Impuesto a quienes

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realicen el hecho gravado a través de consorcios, uniones temporales y patrimonios autónomos. Según la resolución No. SDH-000079 del 11 de marzo de 2013, de la Secretaria de Hacienda Distrital, el suministro de elementos de aseo y cafetería, se encuentra enmarcado en la actividad que se relaciona a continuación: 1. La actividad económica 4669 establecida para el Comercio al por mayor de otros productos n.c.p. está gravada con una tarifa del 11,04 por mil. 7.

FORMA DE PAGO

El valor que resulte de la aceptación de la oferta, se cancelará por la Federación Colombiana de Municipios-Dirección Nacional Simit, en pagos mensuales, cuyo valor dependerá de los elementos efectivamente recibidos, circunstancia que será certificada por el supervisor designado. La Federación concurrirá al pago, dentro de los treinta (30) días siguientes a la radicación de cada factura, siempre y cuando no existan obligaciones pendientes, lo cual será certificado por el supervisor del contrato. Como requisito para realizar todos y cada uno de los pagos derivados de la aceptación de la oferta, el contratista deberá acreditar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23, parágrafo 1 de la Ley 1150 de 2007. Los pagos estarán sujetos al cumplimiento de los trámites administrativos a que haya lugar. El supervisor designado deberá verificar y certificar en un informe escrito el cumplimiento de las obligaciones contractuales, el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y dará su visto bueno para tramitar cada uno de los pagos.

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8.

PUBLICIDAD DE LOS DOCUMENTOS DEL PROCESO

En la página web de la Federación Colombiana de Municipios www.fcm.org.co, y en el SECOP, serán publicados aquellos documentos que sean exigidos por la Ley 80 de 1993 y sus Decretos Reglamentarios, conforme la modalidad de selección. Igualmente se establece como dirección: Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional Simit, Carrera 7 No. 74-56/64 de la ciudad de Bogotá D.C., Jefatura de Asuntos Jurídicos Públicos - Piso 11- oficina 1102, y el Teléfono: 5934020 Extensiones 1121 y 1123. 9.

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 1. Efectuar en las instalaciones de la Federación, la entrega de los elementos de aseo y cafetería que le sean solicitados a través del supervisor designado, en un plazo máximo de tres (3) días hábiles contados a partir de la solicitud. 2. Efectuar la entrega de los elementos cumpliendo con los requerimientos y condiciones técnicas solicitadas por la Federación Colombiana de Municipios–Dirección Nacional Simit. 3. Entregar en un máximo de seis (6) horas hábiles posteriores al requerimiento efectuado por el supervisor del contrato, los elementos que con carácter urgente le solicite la Federación Colombiana de Municipios–Dirección Nacional Simit. 4. Reemplazar los elementos defectuosos o que no cumplan con las condiciones técnicas exigidas por la entidad, a más tardar dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de la comunicación efectuada por el supervisor del contrato.

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5. Sostener los precios unitarios de los elementos ofertados, durante el plazo de ejecución del presente contrato. 6. Cancelar todos los gastos, derechos, impuestos, tasas, contribuciones y similares que se causen por razón del perfeccionamiento del contrato y aquellos derivados de su ejecución, de conformidad con la legislación colombiana vigente. 7. Llevar el registro de los elementos suministrados a la Federación Colombiana de Municipios–Dirección Nacional Simit, asegurando que lo entregado no exceda el valor presupuestado, de lo contrario la entidad no se hará responsable. 8. Mantener vigentes las tarifas de la propuesta económica, durante el plazo contractual. 9. Cumplir con el objeto del presente contrato por sus propios medios, con plena autonomía técnica y administrativa. 10. Acreditar mediante certificación expedida por el Revisor Fiscal o el Representante Legal, el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral (Salud, Pensión y Riesgos Laborales), de sus empleados, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. 11. No ceder ni subcontratar el presente contrato, sin la autorización expresa y escrita de la Federación Colombiana de Municipios–Dirección Nacional Simit. 10. OBLIGACIONES DE LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS – DIRECCIÓN NACIONAL SIMIT.

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1. Recibir a través del supervisor designado, los elementos que sean solicitados al contratista, verificando el cumplimiento de las condiciones técnicas exigidas. 2. Pagar al CONTRATISTA el valor convenido en las fechas y forma establecidas. 3. Ejecutar en general las obligaciones que surjan de la naturaleza de este contrato. 4.

Velar por el cumplimiento de todas las cláusulas contractuales

5.

Exigir al contratista la ejecución idónea y oportuna del objeto del contrato

6.

Exigir la calidad en los servicios prestados objeto del contrato

11.

SUPERVISIÓN

De conformidad con lo establecido en los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011, con el fin de proteger la moralidad administrativa, de prevenir la ocurrencia de actos de corrupción y de tutelar la transparencia de la actividad contractual, se establece que el contrato que se derive del presente proceso de selección, será vigilado a través de un supervisor. La supervisión consistirá en el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable, y jurídico sobre el cumplimiento del objeto del contrato. Por lo anterior, y atendiendo al objeto del contrato, la Federación Colombiana de Municipios, establece que el perfil del supervisor del presente proceso de selección, debe ser un funcionario de planta, que cumpla con las calidades y conocimientos propios de la labor a desarrollar.

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Por esta razón, se designará al Jefe Administrativo de la Federación Colombiana Municipios o quien haga sus veces. Igualmente será responsable de recibir los bienes, aceptar los servicios y autorizar los pagos, y responderá por los hechos y omisiones que les fueren imputables en los términos previstos en el artículo 84 de la Ley 1474 y de las demás normas legales y reglamentarias que regulan el ejercicio de la supervisión de los contratos. Cordialmente, Firmado en original Ana María Castaño Vargas Jefe Administrativa Elaboró: Revisó:

ADM. Diana Galindo Vargas CP. Dinorah Patricia Abadía Murillo

– Profesional de Logística – Directora Administrativa y Financiera

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