FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS. Dirección Nacional Simit. ESTUDIOS y DOCUMENTOS PREVIOS

FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS Dirección Nacional Simit ESTUDIOS y DOCUMENTOS PREVIOS Adquisición e implementación de un software de peticione

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FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS DIRECCIÓN NACIONAL SIMIT ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS MODALIDAD DE SELECCIÓN: CONTRATACIÓN DIRECTA
FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS DIRECCIÓN NACIONAL SIMIT ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS MODALIDAD DE SELECCIÓN: CONTRATACIÓN DIRECTA. __________

ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS
NIT 829.001.846-6 CODIGO PRESTADOR 68-081-00707 ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE TRANSPORTE FLUVIAL EN BOTES FUE

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FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS

Dirección Nacional Simit

ESTUDIOS y DOCUMENTOS PREVIOS

Adquisición e implementación de un software de peticiones, quejas, reclamos y solicitudes –PQRS-, para el Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito –Simit.

SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA

Bogotá D.C., octubre de 2014

1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD La Federación Colombiana de Municipios, persona jurídica de carácter privado sin ánimo de lucro, creada mediante el concurso y consenso de los entes territoriales como ejercicio del derecho constitucional de asociación, le ha sido asignada una función de carácter público, por disposición de los artículos 10 y 11 de la Ley 769 de 2002, y cuyo fundamento constitucional se esgrime en el artículo 209 de la carta política. Si bien es cierto que la Federación Colombiana de Municipios se rige por las normas del derecho privado, en lo concerniente a la función pública asignada por disposición legal, se encuentra sometida a las normas propias del derecho público en cuanto a los regímenes de actos unilaterales, la contratación, los controles y la responsabilidad, los cuales son propios de las entidades estatales, siendo aplicable entonces para la presente contratación, los procedimientos contemplados en la Ley 80 de 1993, modificada por la ley 1150 de 2007, por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en los contratos estatales y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con recursos públicos. El rol propio de la función pública que cumple la Federación Colombiana de Municipios a través de la Dirección Nacional Simit, y la gestión fiscal que debe realizar por administrar y manejar recursos públicos con sujeción a los principios de legalidad, eficiencia, economía, eficacia, equidad, imparcialidad, moralidad, transparencia y publicidad, lleva a que se encuentre sometida a la constante vigilancia por parte de la Contraloría General de la República y los demás entes de control. En desarrollo de dicha función pública, cuyo fundamento constitucional se esgrime en el artículo 209 de la Carta Política, el Sistema Integrado de Información sobre las Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito - Simit, se encuentra sometido a las normas propias del derecho público en cuanto a los regímenes de los actos unilaterales, la contratación, los controles y la responsabilidad, los cuales son propios de las Entidades estatales, siendo aplicable entonces para la presente contratación, los procedimientos contemplados en la Ley 80 de 1993, modificada por la Ley 1150 de 2007, y el Decreto 1510 de 2013, por el cual se reglamenta el sistema de compras y contratación pública. Adicionalmente, la Corte Constitucional en sentencias C-385 y C-477 de 2003, al resolver la exequibilidad de los artículos 10 y 11 de la Ley 769 de 2002 sobre los cuales se produjo la cosa juzgada absoluta, señaló: “El funcionamiento del sistema integrado de información sobre multas y sanciones por infracciones de tránsito a que se ha hecho alusión, requiere de una actividad de carácter administrativo y de una infraestructura para

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el efecto, que garanticen que el mecanismo ideado por el legislador tenga un adecuado y permanente funcionamiento, susceptible de perfeccionamiento con el tiempo, para que se fortalezca, cada vez más el ingreso de los municipios por ese concepto.” Es así como, para mantener en funcionamiento el sistema con una infraestructura y logística de calidad en el territorio nacional, la Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional Simit, debe y está autorizada para desarrollar actividades de carácter tecnológico, administrativo, gerencial y operativo que implican costos, gastos e inversiones permanentes. Estas erogaciones deben ser cubiertas con el recaudo del 10% de los pagos que realicen los infractores. Dado esto, y con el ánimo de cumplir con los lineamientos definidos por el gobierno nacional en el decreto 2693 del 21 de diciembre de 2012, donde se indica que las entidades deben aumentar los canales de comunicación con los ciudadanos y además brindar herramientas tecnológicas para mantener el contacto con los ciudadanos. Además, siguiendo las tendencias mundiales de gobierno electrónico la Federación Colombiana de Municipios considera necesario permanecer en constante actualización y búsqueda de nuevos canales de comunicación que incrementen la interacción con los ciudadanos interesados en la información que se almacena en la base de datos de Simit, manteniéndose así a la vanguardia en las nuevas Tecnologías de la Información. En el marco del plan estratégico y del plan de acción para la vigencia 2014, de la Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional Simit, se definieron iniciativas orientadas al mejoramiento de la atención de los usuarios del Simit. Es por esto que en aras de consolidar un modelo de gestión de función y recurso público eficiente, equitativo y transparente que hace parte de la perspectiva de innovación del plan estratégico de la Federación Colombiana de Municipios Dirección Nacional Simit, definido para los años 2011 al 2020, alineado con el objetivo estratégico de implementar nuevos productos y servicios que mejoren la capacidad del sistema, se requiere dotar de una herramienta que centralice y agilice el control de peticiones, quejas y reclamos que se atienden en la Federación Colombiana de Municipios - Dirección Nacional Simit , ya que hoy en día es una actividad a la cual se hace seguimiento manualmente. La adquisición de este sistema permitirá canalizar las peticiones, quejas y reclamos, que se reciben de los diferentes actores del sistema en general (ciudadanos, organismos de tránsito, policía nacional, empresas privadas, empresas públicas, etc), facilitando el cumplimiento de la misión y la eficiencia de los procesos de la institución, en virtud de los principios de eficiencia y transparencia, y de los derechos de participación e información. .

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Así las cosas la necesidad va encaminada a la contratación de una solución de software que facilite la atención oportuna y eficaz de las peticiones, quejas y reclamos - PQRS que presentan los usuarios o actores del sistema. En igual sentido que provea el soporte operativo para la generación de soluciones y de respuestas oportunas y de calidad, a los usuarios, y que permita el control y mejoramiento continúo de los procesos de la entidad. En razón a la necesidad expuesta, es importante tener en cuenta las siguientes definiciones: Queja: Expresión que permite manifestar la inconformidad que se tiene contra una persona o entidad, por actos relacionados con el cumplimiento de su misión y objetivos, o de las funciones de los servidores públicos. Reclamo: Protesta presentada con el fin de exigir un Derecho que ha sido amenazado por fallas en el servicio prestado. Sugerencia: Es la propuesta de cambio, respecto de actividades internas o externas que desarrolle la Entidad, formulada por los funcionarios o particulares que vayan en beneficio general. Solicitud de Información: Facultad que tienen los Ciudadanos de solicitar y obtener acceso a la información sobre las actualizaciones derivadas del cumplimiento de su misión y objetivos. Derecho de Petición: Derecho fundamental que tiene toda persona nacional o extranjera, adulta o menor de edad, de presentar peticiones respetuosas verbal o por escrito a las autoridades por motivo de interés general y/o particular y a obtener pronta resolución, (Art. 23 Constitución Política de Colombia). La Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional Simit, enfocará la resolución de esta necesidad, utilizando las ventajas, mejoras, facilidades de manejo y popularidad del internet, a partir del análisis de cubrimiento de la necesidad, bajo los siguientes mecanismos: Manejo manual de las peticiones, quejas y reclamos. Este mecanismo es el utilizado actualmente, sin embargo genera bastante carga operativa para el control de los tiempos en las respuestas por parte de cada grupo de trabajo de la Dirección, lo que lleva a que no sea viable, y por el contrario se quiera mejorar, por el gran número de peticiones, quejas y reclamos que se reciben a diario, por los diferentes actores involucrados con el Simit.

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Recibir las peticiones, quejas y reclamos mediante correo electrónico. Esta opción es una de las que se tiene en este momento, sin embargo, no permite al ciudadano poder hacer seguimiento a la evolución de su petición, queja o reclamo, así como tampoco asiste al funcionario con alertas automatizadas que le indiquen el tiempo que lleva en trámite dicha petición, queja o reclamo. Automatizar un sistema de peticiones, quejas, reclamos y soluciones mediante múltiples canales. Es esta opción la que se requiere implementar, dado que cubre las necesidades de gestión de este tipo de procesos. Se requiere un sistema que facilite el seguimiento a las peticiones, quejas y reclamos, por parte de la Dirección Nacional Simit, así como por el propio usuario que interpuso la PQRS; además es importante para la entidad que pueda contar con un sistema de PQRS, donde el usuario además de tener a su disposición diferentes canales donde puede presentar sus peticiones, quejas o reclamos también podrá hacerle seguimiento a través de internet, donde consultando el nuevo aplicativo podrá conocer el estado actual de su petición, queja o reclamo. En igual sentido con la implementación del software de PQRS, la Federación Colombiana de Municipios - Dirección Nacional Simit, prestará un mejor servicio a los usuarios del sistema, mediante la automatización de procesos, que facilitarán el seguimiento a las PQRS que se reciban en la entidad, lo que se verá reflejado en una mejora de nuestra imagen institucional al ofrecer sistemas avanzados por diferentes vías, que claramente reducen los costos, al disminuir las comunicaciones impresas debido a que el sistema recibirá y radicará la petición queja o reclamo a través de internet automáticamente en el sistema de gestión documental, sin necesidad de imprimir la información y hacer radicación manual y el tiempo de trabajo de los funcionarios dedicados a realizar el seguimiento al cumplimiento de las PQRS dado que generará alertas a los funcionarios que le permitan administrar mejor las peticiones quejas y reclamos asignados para su trámite y apoyará la política de cero papel. Para los usuarios del sistema Simit, la implementación del software de PQRS, reflejará una mejora en la percepción de la entidad, al poder tener un mejor canal de comunicación con la entidad y poder acceder a información a la mano sobre el estatus de las PQRS que ha enviado, facilitando así el seguimiento a los PQRS que envía a la entidad, que claramente se verá reflejado en una mejora en la satisfacción del usuario frente a la atención prestada a su PQRS. Finalmente la implementación de un software de PQRS, permitirá, medir de forma más eficiente los tiempos de respuesta y continuar garantizando que las peticiones interpuestas por los usuarios y actores del sistema, cumplan con los tiempos establecidos en la Constitución y en la Ley.

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La implementación se efectuará a través de la adquisición de un software de peticiones quejas y reclamos, cuyas condiciones técnicas se describirán en el anexo 1 (Anexo técnico). 1. OBJETO Y CONDICIONES DEL BIEN O SERVICIO 2.1 Objeto: Adquisición e implementación de un software de peticiones, quejas, reclamos y solicitudes –PQRS-, para el Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito –Simit. 2.2. Identificación del Contrato a Celebrar: El contrato a celebrar resultado del presente proceso de selección será un contrato de compraventa. 2.3 Especificaciones (condiciones mínimas) CLASIFICADOR UNSPSC. El objeto a contratar se enmarca dentro del siguiente código de clasificador de Bienes y servicios: 81111508 -Sistemas Basados en Ingeniería, Investigación y Tecnología – Sistemas de manejo de información MIS. 2.4 Condiciones Técnicas del bien o servicio: Bastara que el oferente presente la oferta, para entender que acepta la totalidad de las condiciones técnicas exigidas por la Federación Colombiana de Municipios y que se somete a ellas. Ver anexo técnico (Anexo 1). 3. ANTECEDENTES DE CONTRATACIONES 3.1 Análisis histórico de los contratos con objeto similar que ha celebrado la entidad. La Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional Simit, ha ejecutado tres contratos similares, que se relacionan a continuación: CONVENIO INTERADMINISTRATIVO DE LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS – DIRECCIÓN NACIONAL SIMIT CON LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS IBEROAMERICANOS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA No 19 de 2009 

Modalidad de selección del contratista Convenio interadministrativo

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Objeto del contrato Llevar a cabo el diseño, implementación y puesta en funcionamiento de un sistema de información de gestión documental junto con la elaboración y aprobación de las tablas de retención documental, para la Federación Colombiana de Municipios.



Valor del contrato El valor del contrato fue de SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL PESOS ($746.286.000), de los cuales DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA MIL PESOS ($238.960.000) fueron aportados por LA FEDERACIÓN y QUINIENTOS SIETE MILLONES TRESCIENTOS VEINTISÉIS MIL PESOS ($507.326.000) fueron aportados por la OEI.

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES No. 030 de 2012 CELEBRADO ENTRE LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS – DIRECCIÓN NACIONAL SIMIT- Y ACAPPELLA S.A.S. 

Modalidad de selección del contratista. Contratación directa.



Objeto del contrato Realizar el análisis y desarrollo de nuevas funcionalidades de software de gestión documental, 10 flujos documentales en el sistema de gestión documental de la Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional Simit y la indexación en el sistema de un millón (1’000.000) de folios por tipo documental.



Valor de los contratos y forma de pago: El valor del contrato suscrito fue la suma de CIENTO TRES MILLONES DE PESOS ($103.000.000) M.L.



Condiciones de pago: En dos cuotas el 50% a los quince días de radicación de la factura y el 50% restante al finalizar el contrato, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Federación Colombiana de Municipios.



Apropiación presupuestal: Con cargo a los recursos provenientes del presupuesto de la FCMDirección Nacional Simit, para la vigencia fiscal del año 2012 de conformidad con el certificado de disponibilidad presupuestal número 1220120175 del 21 de diciembre de 2012.  Garantías: Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de perfeccionamiento del contrato, EL CONTRATISTA debe constituir por su

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cuenta y a nombre de la FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS, garantía de cumplimiento, expedida por una compañía de seguros, legalmente constituida y autorizada para tal efecto en Colombia, que ampare los siguientes riesgos 1) Cumplimiento del contrato: Para garantizar el cumplimiento general del contrato y el pago de multas, pena pecuniaria y demás sanciones que se impongan la cual será equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, por el plazo del contrato y cuatro (4) meses más. 2) Calidad del servicio: La cual será equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y dos (2) años más. 3) Pago de salarios y prestaciones sociales: Por una suma equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato y con una vigencia igual a la del contrato y tres (3) años más, contados a partir de la expedición de la garantía. CONTRATO No. 07 DE 2014 – SOPORTE TÉCNICO Y ACTUALIZACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DOCUMENTAL ENTRE LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS Y ACAPPELLA S.A.S. 

Modalidad de selección del contratista. Contratación directa.



Objeto del contrato Prestar el soporte técnico y actualización del Sistema de Gestión Documental de la Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional Simit



Valor de los contratos y forma de pago: El valor del contrato suscrito fue la suma de SESENTA Y SEIS MILLONES CIENTO VEINTE MIL PESOS ($66.120.000) M.L.



Condiciones de pago: En tres cuotas de veintidós millones cuarenta mil pesos ($ 22.040.000,00) M.L., la primera al finalizar el mes de abril, la segunda al finalizar el mes de agosto de 2014 y la tercera restante al finalizar el contrato, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Federación Colombiana de Municipios.



Apropiación presupuestal: Con cargo a los recursos provenientes del presupuesto de la FCMDirección Nacional Simit, para la vigencia fiscal del año 2012 de

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conformidad con el certificado de disponibilidad presupuestal número 1220140021 del 3 de enero de 2014. 

Garantías: Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de la firma del contrato, EL CONTRATISTA debe constituir por su cuenta y a nombre de la FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS, de acuerdo con el artículo 7 de la Ley 80 de 1993 y artículo 116 Decreto 1510 de 2013, garantía de cumplimiento, expedida por una compañía de seguros, legalmente establecida en Colombia, que ampare los siguientes riesgos: a). Calidad del soporte y actualización: Equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, por un término igual al plazo del mismo y cinco (5) meses más. b). Cumplimiento del contrato: Equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, por un término igual al plazo del mismo y seis (6) meses más.

3.2 Comportamiento de los contratistas, imposición de sanciones. Ninguna sanción impuesta al contratista por parte de la Federación Colombiana de Municipios. 3.3 Análisis histórico de los contratos con objeto similar que han celebrado otras entidades. Se realizó búsqueda de procesos de contratación con objetos similares en la página http://www.colombiacompra.gov.co/, donde no fue posible encontrar procesos similares, que efectuaran este tipo de servicio con características técnicas específicas. Se encontraron procesos para la implementación de sistemas PQRS, pero con un alcance mucho mayor como el de la Superintendencia de Salud que se relaciona a continuación: Superintendencia Nacional de Salud

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    

 

Tipo de Proceso Licitación pública Estado del Proceso Celebrado Régimen de Contratación Estatuto General de Contratación Objeto a Contratar Servicios Públicos y Servicios Relacionados con el sector Público. Detalle y Cantidad del Objeto a Contratar Peticiones, quejas y reclamos (PQR) de los usuarios del Sistema de Seguridad Social en Salud a través líneas telefónicas, vía web, chat, escritas y/o impresas. Cuantía a Contratar El valor del contrato fue de $6.709.048.027 Tipo de Contrato Prestación de Servicios Dentro del análisis realizado se puede evidenciar que la Federación Colombiana de Municipios ha implementado un Sistema de Gestión Documental que le permite administrar toda la correspondencia recibida,

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incluidos los PQR, pero que el sistema de atención de PQR estará enfocado a mejorar la experiencia y la comunicación con los ciudadanos, además asistiendo a los funcionarios de la Federación Colombiana de Municipios en el trámite de los PQRS asignados. Así mismo se puede concluir que otras entidades del estado han adquirido sistemas con el mismo objetivo pero cuyo alcance es mayor. Por esta razón no es comparable el valor de los contratos suscritos por otras entidades con el valor que la Federación Colombiana de Municipios establezca para suscribir el contrato. Por otra parte es importante resaltar que los contratos suscritos por otras entidades se han realizado con empresas colombianas, por lo que se considera que dentro del territorio nacional es posible encontrar oferentes que cumplan las condiciones exigidas. 4. NORMATIVA APLICABLE 4.1. La normativa aplicable a la Federación Colombiana de Municipios: Constitución Política de Colombia, Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011, Decreto – Ley 019 de 2012, Decreto 1510 de 2013. 4.2. Normas aplicables al objeto del Proceso de Contratación. Constitución Política de Colombia, Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011, Decreto – Ley 019 de 2012, Decreto 1510 de 2013 4.3. La normativa aplicable al sector que pertenecen los contratistas: Código Civil, Código de Comercio. 5. MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y SU JUSTIFICACIÓN El Artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 adicionado por el Artículo 94 de la Ley 1474 de 2011, señala que la escogencia de la oferta más favorable para la Entidad, se efectuará con arreglo a las modalidades de selección de; licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos, mínima cuantía y contratación directa. En el numeral 1 del citado Artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, se establece que por regla general la escogencia del contratista, se efectuará a través de licitación pública, con las excepciones que señalan en los numerales 2, 3 y 4, es decir, selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa. En el literal “b” del numeral 2 del Artículo 2 de la ley 1150 de 2007, se señala: b) La contratación de menor cuantía. Se entenderá por menor cuantía los valores que a

continuación se relacionan, determinados en función de los presupuestos anuales de las Entidades públicas expresados en salarios mínimos legales mensuales.

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Para las Entidades que tengan un presupuesto anual superior o igual a 1.200.000 salarios mínimos legales mensuales, la menor cuantía será hasta 1.000 salarios mínimos legales mensuales. Las que tengan un presupuesto anual superior o igual a 850.000 salarios mínimos legales mensuales e inferiores a 1.200.000 salarios mínimos legales mensuales, la menor cuantía será hasta 850 salarios mínimos legales mensuales. Las que tengan un presupuesto anual superior o igual a 400.000 salarios mínimos legales mensuales e inferior a 850.000 salarios mínimos legales mensuales, la menor cuantía será hasta 650 salarios mínimos legales mensuales. Las que tengan un presupuesto anual superior o igual a 120.000 salarios mínimos legales mensuales e inferior a 400.000 salarios mínimos legales mensuales, la menor cuantía será hasta 450 salarios mínimos legales mensuales. Las que tengan un presupuesto anual inferior a 120.000 salarios mínimos legales mensuales, la menor cuantía será hasta 280 salarios mínimos legales mensuales;

Para el caso concreto de la Federación Colombiana de Municipios –SIMIT, en relación con su presupuesto, la menor cuantía es hasta 450 salarios mínimos legales mensuales vigentes, es decir la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS ($277,200,000), y teniendo en cuenta que el valor del presupuesto estimado para ejecutar el objeto del presente proceso asciende a la suma de SETENTA MILLONES DE PESOS ($70.000.000,00) M.L, incluido IVA, el proceso de selección se adelantará bajo la modalidad de selección abreviada de menor cuantía. 6. EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. JUSTIFICACIÓN. ANÁLISIS DE LAS CONDICIONES Y PRECIOS DEL MERCADO. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL. 6.1 Análisis del Mercado 6.1.1 Análisis económico del mercado: La encuesta de expectativas de abril del 2014 del Banco de la República indica que: “la TRM promedio esperada por los encuestados se ubica en $1.948,2 en junio, $1.956,9 en septiembre, $1.966,6 en diciembre de 2014 y $1.978,9 en marzo de 2015; valores que representan devaluaciones anuales de 1,0%, 2,2%, 2,1% y 0,7%, respectivamente.”

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FUENTE: BANCO DE LA REPÚBLICA La encuesta de expectativas de abril del 2014 del Banco de la República indica que: “En abril de 2014 el 97,53% de encuestados confía en que en diciembre de 2014 la inflación anual de precios al consumidor se ubique dentro del rango meta (2% a 4%, con punto medio de 3%), establecido por la Junta Directiva del Banco de la República (JDBR).” La meta de inflación del Banco de la República es del 3%, en el reporte del emisor de la encuesta de expectativas de abril de 2014, los encuestados esperan que al finalizar el año 2014, la inflación se ubique en el rango de la meta del 2% al 4% y como punto medio el 3%.

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FUENTE: BANCO DE LA REPÚBLICA En el reporte del emisor de la encuesta de expectativas de abril de 2014, se muestra que se espera que la DTF tenga una tendencia al alza a lo largo del siguiente año: “en promedio, los agentes prevén que la DTF en junio, octubre y diciembre de 2014, y marzo de 2015 se ubique en 4,00%, 4,09%, 4,19% y 4,21% respectivamente; los valores esperados para marzo se encuentran entre 3,96% y 4,47%.”

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FUENTE: BANCO DE LA REPÚBLICA Según la encuesta de expectativas del Banco de la República del mes de abril y publicada en junio del presente año, se ubica en el 3,67%: “Por sectores económicos, académicos y consultores ubican su expectativa sobre el incremento salarial de 2014 en 3,5%. Le siguen industria y minería con 3,6%; sindicatos y el sistema financiero con 3,7%; cadenas de almacenes con 3,8%; y transporte y comunicaciones con 4,0%” (Gráfica No. 4 de la encuesta), se muestra en la siguiente gráfica:

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FUENTE: BANCO DE LA REPÚBLICA El salario mínimo para el año 2014 es de $616.000 que representa un aumento frente al año inmediatamente anterior de 4,5%. Se recomienda asignar los riesgos del alza de la tasa representativa del mercado, las tasas de interés y la variación de salarios expuestos, a cuenta y riesgo del contratista. Información Financiera Utilizada Se analizó el macro sector de Servicios, en Actividades de Informática, con la actividad económica de Consultoría en programas de informática y suministro de programas de informática, se considera que dentro de ésta identificación se encuentran las entidades que ofrecen el sistema de peticiones, quejas y reclamos, ya que se confirmó con las entidades de las que se recibieron cotizaciones e informaron que pertenecían a la actividad económica relacionada. Se tomó como información valida y suficiente los indicadores financieros ingresando a la plataforma del SIREM de la Superintendencia de Sociedades, para el último año se tomó la información que le fue reportada a dicha entidad con corte a 31 de diciembre de 2013 por 26.278 entidades supervisadas y se consolidó por la actividad económica analizada. Al analizar la información del activo, pasivo y patrimonio de la actividad económica de Consultoría en programas de informática y suministro de programas de informática; se observa lo siguiente:

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Cifras Expresadas en Millones de Pesos

ACTIVO 2013

1.538.935

2012

1.534.664

2011

500.000

1.211.534 700.000

900.000

1.100.000

1.300.000

1.500.000

1.700.000

ACTIVIDADES DE INFORMÁTICA

PASIVO 2013

895.854

2012

919.875

2011

200.000

672.683

400.000

600.000

800.000

1.000.000 ACTIVIDADES DE INFORMÁTICA

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PATRIMONIO 2013

643.081

2012

614.789

2011

200.000

538.851

300.000

400.000

500.000

600.000

700.000

ACTIVIDADES DE INFORMÁTICA

Indicadores de liquidez, solvencia y endeudamiento frente a la información del sector es: 2

No. de Veces

Indice de Liquidez

1,8

1,68

1,77

1,6

1,58

1,56

1,51

1,4

1,2

1

0,8 2008

1,05

2009

2010

2011

2012

2013

AÑOS ACTIVIDADES DE INFORMÁTICA

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No. de Veces

Indice de Solvencia

2,4

2,06 2

1,97

1,8 1,72

1,67

1,51

1,6

1,2 2008

2009

2010

2011

2012

2013

AÑOS ACTIVIDADES DE INFORMÁTICA

Nivel de Endeudamiento

70,00%

65,00%

60,00%

55,00%

50,00%

45,00% ACTIVIDADES DE INFORMÁTICA

2008

2009

2010

2011

2012

2013

50,87%

48,43%

66,20%

55,52%

59,90%

58,21%

Según la base de datos empresarial de Byington (http://www.byington.net/estandares/index.php?accion=tablas&tipo=actividad&c odigo=7220) que muestra la información por sector y para la actividad económica 7220- Consultoría en programas de informática y suministro de programas de informática, así:

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En Conclusión al evaluar el sector que se dedican a la consultoría enfocada en desarrollos de programas de informática, para los periodos objeto del análisis se observa una razón de endeudamiento que no supera el 66% y los últimos años no supera el 60%, es decir que por cada peso invertido en activos el 66% es financiado por acreedores (Entidades financieras, proveedores, empleados, etc…), un indicador de solvencia superior al 1.5 y por, un indicador de liquidez superior al 1 que indica que por cada peso que se debe en el corto plazo la entidad posee un peso en sus activos de corto plazo. Razón Sector

ACTIVIDADES DE INFORMÁTICA

Actividad

Consultores en programas de informática y suministro de programas de informática

AÑOS

2008 2009 2010 2011 2012 2013

%

Indice de Liquidez = Activo corriente / Pasivo Corriente

Solvencia

Nivel de Endeudam iento =(Pasivo Total / Activo total) X 100

1,58 1,68 1,05 1,56 1,77 1,51

1,97 2,06 1,51 1,8 1,67 1,72

50,87% 48,43% 66,20% 55,52% 59,90% 58,21%

6.1.2 Justificación del presupuesto. Análisis de las condiciones del mercado. La Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional Simit, ha encontrado que en el sector se ofrecen este tipo de servicios, por personas jurídicas que cuentan con la organización y la preparación necesaria, que les permite desarrollar satisfactoriamente la solución a la necesidad plasmada en este documento, de

acuerdo a las condiciones técnicas establecidas por la Federación Colombiana de Municipios. En el mercado actual los software de sistemas PQRS - peticiones, quejas, reclamos y solicitudes, son desarrollados de conformidad con las especificaciones de cada entidad, por lo cual fue necesario entablar comunicación con los posibles oferentes y enviar los requisitos específicos mínimos del software, para efectos de establecer el valor que tendría la ejecución de este proyecto, por lo cual se consultó vía correo electrónico y en la sección “contáctenos” de las páginas oficiales de los posibles oferentes resultantes de la búsqueda en internet con las siguientes empresas:

EMPRESA IBISCOM MERCURIO PLATCOM

DIRECCIÓN Calle 125 No 20 - 70. Oficina 401. Bogotá Carrera 48 No 25 A Sur – 70 Envigado Antioquia Calle 118 No. 19-52 Of 204

TELÉFONO. 2148274.

EMAIL [email protected]

(574) 444 71 juanandres.ochoa@merc 11 urio.com.co 6582958

No contesto

6.1.3 Análisis Internacional del mercado Se realizó análisis del mercado internacional encontrando que a nivel mundial se ofrecen Softwares de Atención al Usuario en donde se enfocan en atender a los ciudadanos, generando transparencia y eficacia en la Comunicación. El término PQR sólo es utilizado en Colombia por lo que la consulta se enfocó en encontrar semejanzas a la funcionalidad que se oferta a nivel nacional, dentro de las empresas que pueden interesarse en el proceso están: Empresa: Software: País:

Aleph Software GPN& España

Empresa: Software: País:

Lanka GobierControl Venezuela

6.1.4. Justificación del presupuesto. Análisis de las condiciones del mercado. La Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional Simit, ha encontrado que en el sector se ofrecen este tipo de servicios, por personas jurídicas que cuentan con la organización que les permite implementar satisfactoriamente la solución a la necesidad plasmada en este documento, de acuerdo a las condiciones técnicas establecidas por la Federación Colombiana de Municipios. En el mercado actual los software de sistemas PQRS - peticiones, quejas, reclamos y solicitudes, son parametrizados de conformidad con las especificaciones de cada entidad, por lo cual fue necesario entablar comunicación con los posibles oferentes y enviar los requisitos específicos mínimos del software, para efectos de establecer el valor que tendría la ejecución de este proyecto, por lo cual se consultó vía correo electrónico y en la sección “contáctenos” de las páginas oficiales de los posibles oferentes resultantes de la búsqueda en internet con las siguientes empresas:

EMPRESA IBISCOM MERCURIO PLATCOM

DIRECCIÓN Calle 125 No 20 - 70. Oficina 401. Bogotá Carrera 48 No 25 A Sur – 70 Envigado Antioquia Calle 118 No. 19-52 Of 204

TELÉFONO.

EMAIL

2148274.

[email protected]

(574) 444 71 juanandres.ochoa@merc 11 urio.com.co 6582958

No contesto

6.1.5. Precios del Mercado La siguiente, es la lista de precios por compañía convocada al estudio de mercado para el dimensionamiento presupuestal de los proveedores del proyecto en mención (I.V.A. Incluido):

Servicios

Licencia IPQS

Unidades 1 usuario Administrador 25 usuarios Profesionales 1 usuario Nomina 1 usuario Web

Servicio de mantenimiento primer año (12 meses) Total licencias más servicio de mantenimiento Servicios de implementación Soporte por instalación TOTAL IVA INCLUIDO

Servicios Licencia IPQS

IBISCOM Valor

$ 53.509.500

$ 25.020.078

Unidades Usuarios ilimitados

1

$ 80.449.578

1

$ 53.400.000 $ 12.000.000 $ 145.549.578 MERCURIO Valor $0

Servicios de implementación Soporte por instalación TOTAL IVA INCLUIDO

1

$ 70.000.000 $0 $ 70.000.000

6.1.6 Análisis del Precio del Mercado Una vez recibidos y tabulados los precios globales por cada uno de los componentes de la implementación del sistema de PQRS para el Simit, se procede a tomar como marco de referencia el menor valor, así: EMPRESA MERCURIO IBISCOM

$ $

VALOR DE LA PROPUESTA 70.000.000,00 145.849.578,00

De lo anterior, y debido a la naturaleza jurídica de este proceso y su carácter uniforme, se define como la más económica y que cumple con las condiciones técnicas específicas del anexo técnico (Ver anexo 1), como propuesta referente: EMPRESA MERCURIO

VALOR DE LA PROPUESTA $ 70.000.000,00

6.1.7 Dinámica del Proceso de Producción, Distribución y Entrega En la dinámica del proceso de producción, distribución y entrega, la empresa de software se encarga de la implementación y capacitación sobre el sistema de PQR’S. 6.2 Disponibilidad Presupuestal De acuerdo con lo anterior, se concluye para efectos presupuestales que la Federación Colombiana de Municipios - Dirección Nacional Simit, cuenta con disponibilidad presupuestal para atender el gasto que demande el contrato que se derive del presente proceso de contratación, con cargo al presupuesto de funcionamiento para la vigencia fiscal de 2014, por valor de SETENTA MILLONES DE PESOS ($70.000.000,00) M.L, IVA INCLUIDO, expedido por la Directora

Administrativa y Financiera. Lo anterior según el certificado de disponibilidad presupuestal Nº 1220140151 expedido el 11 de julio del 2014. El presente proceso está previsto en el plan anual de adquisiciones de la vigencia 2014 con el número 81111508 El detalle del cálculo del valor estimado del presente proceso de selección que se realizará bajo la modalidad de selección abreviada de menor cuantía, incluye los posibles costos asociados a la ejecución del contrato, y se encuentra contenido en el numeral 6.1.5 Precios del Mercado. 7. JUSTIFICACIÓN Y CRITERIOS DE SELECCIÓN 7.1. Análisis de la Oferta: Las empresas que podrían ofertar la implementación del sistema PQR se encuentran referenciadas por el Sirem en el sector de Actividades de Informática, dentro del cual se encontraron 402 posibles oferentes. 7.2. Análisis técnico del mercado. 

Cambios tecnológicos

La comunicación es un proceso vital para el desarrollo individual y de la sociedad. Actualmente se han multiplicado en gran número las posibilidades de comunicación a distancia, y uno de los medios más populares y con más difusión en el mundo es vía internet, que ofrece múltiples canales para interponer, una petición, queja, reclamo o solicitud. 

Amplitud de la oferta de bienes tecnológicos

La opción de interponer una petición, queja o reclamo en Simit, de cualquier actor del sistema, a través del envío de diferentes canales, va encaminada a permitirle al usuario realizar las PQRS a través de internet entre otros medios. 

Especificaciones de calidad y tiempos de entrega

La implementación del sistema de peticiones, quejas y reclamos debe ser un aplicativo web con trazabilidad tanto para los funcionarios de la Federación Colombiana de Municipios –Dirección Nacional Simit, como para el actor que radica

la petición, queja, reclamo o sugerencia; además en un término no mayor a seis semanas. 7.3. CRITERIOS DE SELECCIÓN 7.3.1 Criterios de selección referidos a condiciones y calidades de los proponentes. De conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del Artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, y el Artículo 10 del Decreto 1510 de 2013, la capacidad jurídica, las condiciones de experiencia y especificaciones técnicas mínimas de los proponentes serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección y no otorgarán puntaje así: 7.3.1.1 Capacidad jurídica. A fin de verificar la capacidad jurídica de los proponentes, para llevar a cabo las actividades que se deriven de los ofrecimientos hechos a la Entidad, así como la capacidad del representante legal para celebrar contratos, se deberán allegar los siguientes documentos: Certificado de existencia y representación legal 1. Certificado de Registro Único de Proponentes, expedido por la respectiva Cámara de Comercio dentro de los sesenta (60) días calendario anteriores a la fecha de presentación de la propuesta. El registro debe encontrarse en firme, para el momento del cierre del proceso de selección. En caso de que en el Registro Único de Proponentes no pueda verificarse el objeto social, salvo para el caso de las Sociedades por Acciones Simplificadas –SAS-, deberá aportarse el Certificado de la Cámara de Comercio sobre existencia, reformas y representación legal, con fecha de expedición no superior a 30 días calendario anteriores a la fecha de cierre del proceso, en el cual conste que dentro de su objeto social se contemplan las actividades o servicios que son materia del presente proceso, y que su duración no podrá ser inferior al plazo del contrato y tres años más. Igual duración debe acreditar cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal.

Cuando el monto de la propuesta fuere superior al límite autorizado al Representante Legal, el oferente deberá anexar la correspondiente autorización impartida por la Junta de Socios, o el estamento de la sociedad que tenga esa función, y que lo faculte específicamente para presentar la propuesta en este proceso de selección y celebrar el contrato respectivo, en caso de resultar seleccionado. Si la propuesta se presenta a nombre de una Sucursal, se deberá anexar los certificados tanto de la Sucursal como de la Casa Principal. El proponente extranjero deberá acreditar que tiene legalmente constituida una sucursal en el territorio nacional y que está autorizada por la Superintendencia financiera para prestar el servicio. Las personas jurídicas integrantes de un consorcio o unión temporal deberán acreditar individualmente los requisitos de que trata este numeral. Las personas jurídicas extranjeras deberán acreditar mediante documento idóneo expedido por la Cámara de Comercio o la entidad quien haga sus veces en el país respectivo validado en Colombia, su existencia, el nombre o razón social, facultades del representante legal, objeto social y vigencia. El proponente extranjero deberá acreditar que tiene legalmente constituida una sucursal en el territorio nacional o un apoderado domiciliado en Colombia, con facultad para presentar ofertas y para suscribir el contrato en el evento de resultar favorecido en la adjudicación del contrato, así como para representarlo judicial y extrajudicialmente. Los proponentes extranjeros que no tengan sucursal en el paía deben acreditar un apoderado autorizado para representarlos judicial y extrajudicialmente. Los documentos para acreditar las condiciones del proponente deberán cumplir con las condiciones y exigencias del país de origen. Si la oferta es presentada por una unión temporal o un consorcio, se deberá anexar el documento suscrito por sus integrantes (formatos adjuntos según aplique), en el cual se demuestre el estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 7o. de la Ley 80 de 1993, donde, entre otros, se debe: a. Indicar en forma expresa si su participación es a título de unión temporal o consorcio

b. Designar la persona, que para todos los efectos, representará la unión temporal o el consorcio. c. Señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre los miembros de la Unión temporal o el consorcio y sus respectivas responsabilidades, conforme a lo señalado en el parágrafo 1º del artículo 7º de la Ley 80 de 1993. d. Señalar en forma clara y precisa, en el caso de la unión temporal, los términos y extensión de la participación en la propuesta y en su ejecución y las obligaciones y responsabilidades de cada uno en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional Simit, en caso de resultar favorecidos con la adjudicación. e. La duración del consorcio o unión temporal, no deberá ser inferior a la duración del contrato y un (1) año más. f. Debe tenerse en cuenta que quienes se presenten como consorcios o uniones temporales no podrán participar de manera individual. De la misma forma los proponentes deberán adjuntar los siguientes documentos: 1. 2. 3.

4.

5.

Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal. Copia del Registro Único Tributario del RUT expedido por la DIAN, actualizado con las nuevas actividades económicas. Certificación expedida por el revisor fiscal en los casos que aplique de acuerdo con los requerimientos de ley, o por el representante legal, que durante los últimos seis (6) meses anteriores a la fecha del cierre del proceso de selección, han pagado los aportes al sistema de seguridad social integral. Formato Único de Hoja de Vida de la Función Pública para personas jurídicas. La entidad consultará en los sistemas de información de las entidades encargadas, los antecedentes judiciales, disciplinarios y fiscales del representante legal y de la persona jurídica que representa.

Nota: Cada uno de los proponentes de manera individual, y cada uno de los miembros de un Consorcio o Unión Temporal deberán presentar individualmente los documentos anteriormente relacionados.

6. Original de la Garantía de Seriedad de la Propuesta con sus condiciones generales. Para cubrir la sanción derivada del incumplimiento de la oferta, en los eventos previstos en el artículo 115 del Decreto 1510 de 2013, el proponente debe constituir y entregar junto con la propuesta, una garantía de seriedad de la oferta, acorde con los mecanismos contenidos en el artículo 111 del Decreto 1510 de 2013. Para evaluar la suficiencia de la garantía se aplicarán las reglas establecidas en el artículo 118 del referido Decreto 1510 de 2013, así: En el caso de que el oferente opte por una póliza de seguros, debe allegar garantía de seriedad, la cual debe constituirse de la siguiente manera: Beneficiario: Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional Simit, NIT. 800.082.665-0. Afianzado: El oferente Vigencia: Sesenta (60) días calendario contados a partir de la fecha de cierre del proceso. Cuantía: El equivalente al 10% del valor de la oferta. A la propuesta deberá anexarse el original de la póliza debidamente firmada por el proponente, la póliza debe estar referida expresamente al presente proceso de selección abreviada de menor cuantía. Si la oferta se presenta bajo la modalidad de consorcios y uniones temporales, la garantía de seriedad de la propuesta deberá ser otorgada por todos los integrantes del proponente plural. En caso de prorrogarse el plazo del proceso, el proponente deberá mantener vigentes todos los plazos y condiciones originales de su propuesta y ampliar la validez de la garantía de seriedad por el término adicional que señale la Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional Simit. En caso de presentarse garantía bancaria, esta deberá tener la siguiente leyenda: “La presente garantía será pagada por el garante dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha del acto administrativo que declare el incumplimiento del oferente”.

La suficiencia de esta garantía será verificada por la entidad contratante al momento de la evaluación de las propuestas. 7.3.1.2 Experiencia 7.3.1.2.2 Experiencia específica: Con el fin de garantizar que el oferente cuenta con experiencia específica relevante y suficiente para cumplir con el objeto del contrato, deberá presentar las siguientes certificaciones: Experiencia en implementación de sistemas PQR. 1. Tres (3) certificaciones 2. De contratos ya ejecutados cuyo objeto haya sido la implementación de sistemas PQR. 3. Contratos celebrados y ejecutados en los últimos tres (3) años, anteriores al cierre del proceso de selección. 4. El valor de los contratos certificados, deberá ser igual o superior al presupuesto total del proceso.

Las anteriores certificaciones deberán ser expedidas por la entidad contratante, y deberán contener como mínimo los siguientes datos:     

Nombre del contratante objeto del contrato. Fecha de suscripción o iniciación del contrato. Fecha de terminación. Valor del contrato Plazo

Nota: Los oferentes que puedan acreditar dicha experiencia con el RUP en los términos solicitados anteriormente, bastará con que alleguen el RUP, en caso contrario, deberán aportar las certificaciones. Reglas sobre la experiencia específica: La experiencia específica de los consorcios o uniones temporales, será la sumatoria de las experiencias de los integrantes que la tengan, de manera proporcional a su participación en el mismo.

Cuando los proponentes participantes en el presente proceso de selección, hayan hecho parte de algún consorcio o unión temporal que haya ejecutado el contrato, la certificación para acreditar la experiencia obtenida en dicho contrato, debe discriminar claramente el porcentaje de participación en el mismo; de no hacerlo, se dividirá el valor contratado por el número de integrantes del respectivo consorcio o unión temporal que ejecutó el contrato. En cuanto a personas jurídicas extranjeras no inscritas en el RUP por no tener domicilio o sucursal en el país: La sumatoria de la experiencia probable como acreditada se contará a partir de la fecha de constitución de la empresa (esta información será tomada del documento que acredite la existencia y representación legal de la empresa, o del documento que permita corroborar tal información, expedido por el organismo y/o autoridad competente del país de origen de la misma). Para el proponente persona jurídica, la experiencia se contará a partir de la fecha de su constitución. Consideraciones en relación con las certificaciones que acreditan la experiencia el proponente: En relación con las certificaciones que acreditan la experiencia, el proponente debe tener en cuenta los siguientes aspectos: 1. En el evento que la(s) certificación(es) aportada(s) incluyan dentro del objeto varias actividades, no relacionadas con el objeto a contratar, deberá discriminarse el valor de ejecución de la actividad solicitada como requisito de experiencia específica para el presente proceso de selección, y estás deberán cumplir con los requisitos solicitados en el presente documento. 2. No se tendrán en cuenta auto certificaciones, ni copias de minutas de contratos. 3. Las copias de contratos, actas de liquidación, referencias comerciales, etc., se aceptarán como documentos aclaratorios de las certificaciones de experiencia presentadas y no como documentos presentados para acreditar la información exigida en las mismas. 4. Todos los documentos otorgados en el exterior para acreditar lo dispuesto en este numeral, deberán presentarse legalizados en la forma prevista en el artículo 251 del Código General del Proceso y el Artículo 480 del Código de Comercio. Si se tratare

de documentos expedidos por autoridades de países miembros del Convenio de La Haya de 1961, se requerirá únicamente de la Apostille. 5. Para efectos de la acreditación de la experiencia no se tendrán en cuenta subcontratos, los contratos válidos para acreditar la experiencia serán aquellos suscritos entre el ente y/o persona contratante y el oferente (contratista de primer orden), cualquier otra derivación de estos se entenderá para efectos del proceso como subcontrato. 6. Para las certificaciones presentadas en moneda extranjera se calculará el valor a la Tasa Representativa del Mercado (TMR) vigente a la fecha de suscripción del contrato que se certifica. 7. El Comité evaluador designado se reserva el derecho de verificar la información que suministre el proponente. En el caso de requerirse aclaraciones sobre los datos contenidos en las certificaciones, la FEDERACIÓN podrá solicitarlas al proponente por escrito, quien contará con el término establecido en el cronograma del proceso para suministrarlas. 7.3.1.3 Capacidad financiera. La Federación Colombiana de Municipios - Dirección Nacional Simit, realizará la verificación del cumplimiento de la capacidad financiera exigida para el presente proceso y que se describe a continuación, la cual se verificará en el Registro Único de Proponentes RUP expedido por la Cámara de Comercio respectiva. Solamente en el evento en que el proponente tenga vigente su RUP, pero no tenga registrada la información financiera solicitada para calcular los indicadores financieros indicados a continuación, con corte a diciembre 31 de 2013, será posible evaluarlos con base en sus estados financieros que deberá anexar así:    

Balance General comparativo a 31 de diciembre de 2013 - 2012, clasificado en corriente y no corriente, del proponente o de cada uno de los miembros del Consorcio o de la Unión Temporal. Estado de resultados comparativos a 31 de diciembre de 2013 – 2012, del proponente o de cada uno de los miembros del Consorcio o la Unión Temporal. Notas a los estados financieros comparativo a 31 de diciembre de 2013 – 2012. Los Estados Financieros deben venir firmados y certificados de conformidad con las normas legales vigentes.





Certificados de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios del contador y del Revisor Fiscal (este último en los casos de Ley), expedidos por la Junta Central de Contadores con fecha no mayor a tres (3) meses contados a partir del cierre del presente proceso. En caso que en las notas estados financieros, no tengan identificado los siguientes conceptos: intereses, impuestos, amortizaciones y depreciaciones, para el cálculo del EBITDA, deberá anexar una certificación con la relación discriminada por cada concepto firmada por Contador ó Revisor Fiscal (este último en los casos de Ley).

Los estados financieros deberán ser dictaminados por el Revisor Fiscal, en aquellos casos en que lo establezca la Ley. 7.3.1.3.1 Indicadores Financieros -

ÍNDICE DE LIQUIDEZ: Se evaluará con la siguiente razón y deberá ser igual o mayor a 1, así: IL= Activo Corriente ------------------------Pasivo corriente Donde: IL= índice de liquidez AC= Activo Corriente PC= Pasivo Corriente IL= mayor o igual a 1.0 En el caso de Uniones Temporales o Consorcios, este indicador será el resultado de la suma de los activos corrientes de cada integrante multiplicado por su porcentaje de participación dividido entre la suma de los pasivos corrientes de cada integrante, multiplicado por su porcentaje de participación. IL = (AC 1 * % de participación) + (AC 2 * % de participación)… ________________________________________________ (PC 1 * % de participación) + (PC 2 * % de participación)… IL= mayor o igual a 1.0

-

INDICADOR DE ENDEUDAMIENTO

ET= PASIVO TOTAL/ACTIVO TOTAL X 100 = hasta el 67% Donde: ET= Endeudamiento Total En el caso de Uniones Temporales o Consorcios, este indicador será el resultado de la suma de los pasivos de cada integrante multiplicado por su porcentaje de participación dividido entre la suma de los activos totales de cada integrante, multiplicado por su porcentaje de participación. Endeudamiento = (PT 1 * % de participación*100) + (PT 2 * % de participación* 100) _________________________________________________________ (AT 1 * % de participación) + (AT 2 * % de participación)… -

Endeudamiento = hasta el 67% -

PATRIMONIO

Para los efectos aquí previstos se entiende por patrimonio neto la diferencia entre activos y pasivos, entendiendo los primeros, como bienes y derechos ciertos en capacidad de generar beneficios económicos futuros, y los segundos, como las obligaciones reales frente a terceros de conformidad con las normas de contabilidad generalmente aceptadas. El oferente deberá acreditar una capacidad patrimonial mínima que compruebe su posibilidad real de asumir el costo que le representa la ejecución del contrato. Patrimonio = (Activo total –Pasivo total) igual o mayor al presupuesto oficial asignado al proceso. Para el caso de las uniones temporales o consorcios, el indicador será el resultado de la sumatoria del patrimonio de cada integrante multiplicado por su porcentaje de participación. -

Capital de trabajo

Capital de trabajo= Activo Corriente - Pasivo Corriente = mayor o igual al 60% del valor del presupuesto oficial.

Para el caso de las uniones temporales o consorcios, el indicador será el resultado de la sumatoria del capital de trabajo de cada integrante multiplicado por su porcentaje de participación. 7.3.1.3.2 Registro Único Tributario El proponente debe allegar fotocopia del registro único tributario RUT, en el que indique a qué régimen pertenece. En caso de consorcios y/o uniones temporales, cada uno de sus integrantes debe presentar este documento. 7.3.1.4 Capacidad de organización. Conforme a lo establecido en el Artículo 10 del Decreto 1510 de 2013, los indicadores que miden el rendimiento de las inversiones y la eficiencia en el uso de activos del interesado son la rentabilidad del patrimonio y la rentabilidad del activo: La capacidad de organización del proponente nacional o extranjero con domicilio o sucursal en Colombia deberá ser: Rentabilidad del Patrimonio: RENTABILIDAD DEL PATRIMONIO = UTILIDAD OPERACIONAL / PATRIMONIO = igual o superior a 0.28 Rentabilidad del Activo: RENTABILIDAD DEL ACTIVO = UTILIDAD OPERACIONAL / ACTIVO TOTAL =igual o superior a 0.12 Las propuestas presentadas bajo la modalidad de consorcio o unión temporal, deberán anexar la documentación solicitada para todos y cada uno de sus miembros. El proponente extranjero debe adjuntar certificación del revisor fiscal o contador público, según corresponda, donde conste que el cálculo de los indicadores se realizó con la información fiel de los estados financieros a 31 de diciembre de 2013, detallando el cálculo y su resultado. Para la verificación de esta documentación se tendrá en cuenta los requisitos de validez de los documentos otorgados en el exterior.

7.3.1.4.1 Otros requisitos habilitantes del proponente. No se contemplan otros requisitos habilitantes del proponente. 7.3.2. Criterios de Selección Referidos a la Oferta. 7.3.2.1. Valor El presupuesto oficial estimado para la adjudicación del contrato asciende a la suma de SETENTA MILLONES PESOS ($70.000.000,00) M.L., valor que incluye el I.V.A. 7.3.2.2. Forma de pago. El valor que resulte de la adjudicación del contrato, incluye IVA, y será cancelado por la Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional Simit al finalizar el plazo del contrato, previa certificación del supervisor de recibido a satisfacción. Igualmente como requisito para realizar el pago al contratista, éste deberá acreditar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. El valor del contrato quedará sujeto a las correspondientes apropiaciones presupuéstales de la vigencia fiscal del año 2014. El valor antes mencionado deberá cubrir todos impuestos y demás gastos directos e indirectos, inherentes al cumplimiento satisfactorio del contrato. Las enmendaduras de precios que aparezcan en la propuesta, deberán confirmarse con nota al margen y la firma del proponente. Que la presente contratación se encuentra plasmada en el plan de contratación de bienes y servicios de la entidad, bajo el código estandarizado 81111508

Cualquier diferencia entre las cantidades que aparezcan enunciadas tanto en letras como en números se resolverá atendiendo el tenor de lo expresado en letras. 7.3.2.3. Plazo de ejecución del contrato El plazo del contrato será de seis (6) semanas, el cual será contado a partir del cumplimiento de los requisitos de ejecución y de la suscripción del acta de inicio entre supervisor y contratista,

El tiempo del contrato se establece teniendo en cuenta las actividades descritas en las cotizaciones y además en los cronogramas propuestos en las cotizaciones, llegando a concluir que la implementación se puede ejecutar en el tiempo del plazo del contrato. 7.3.2.4. Obligaciones de Las Partes A. Obligaciones del contratista: 1. Efectuar la entrega del software contratado, cumpliendo con los requerimientos exigidos por la entidad. 2. Efectuar la instalación, implementación y puesta en servicio de la solución tecnológica requerida para ejecutar el objeto del contrato. 3. Presentar para aprobación del supervisor designado, un cronograma de actividades a desarrollar dentro del tiempo asignado a la implementación del servicio. 4. Integrar el sistema PQRS con el actual sistema de correspondencia de la Federación, de acuerdo a lo establecido en el anexo técnico. 5. Ejecutar un set de pruebas que permita monitorear el comportamiento de la plataforma tecnológica a implementar. 6. Realizar el respectivo afinamiento a la solución y mejoramiento del performance. 7. Prestar los servicios de control y soporte técnico de la plataforma, que garantice el buen funcionamiento de la misma. 8. Mantener disponible los recursos humanos y técnicos así como el soporte técnico requerido para la prestación del servicio. 9. Realizar la capacitación en la herramienta a 50 funcionarios que sean designados por la Federación, como mínimo se requerirán 20 horas de capacitación 10. Mantener la confidencialidad de la información suministrada para el objeto del contrato. 11. Cumplir con el objeto del presente contrato por sus propios medios, con plena autonomía técnica y administrativa. 12. Acreditar mediante certificación expedida por el Revisor Fiscal o el Representante Legal, el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral (Salud, Pensión y Riesgos Profesionales) de sus empleados, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. 13. No ceder ni subcontratar el presente contrato, sin la autorización expresa y escrita de la Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional SIMIT.

14. Las demás obligaciones a su cargo que se deriven de la naturaleza de este contrato y de las exigencias legales. 15. Entregar toda la información documental suministrada por LA FEDERACIÓN para la ejecución del presente contrato. 16. No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley con el fin de obligarle a hacer u omitir algún acto o hecho, informando inmediatamente a la Federación Colombiana de Municipios y demás autoridades competentes cuando se presenten tales peticiones o amenazas. Realizar las pruebas de funcionamiento específicas entregando soportes de las mismas, las cuales serán acompañadas por el supervisor designado por la Federación. 17. Mantener vigentes las licencias de uso sobre la herramienta, para usuarios ilimitados, sin costo alguno y por tiempo indefinido. 18. La entidad es responsable de contratar y vincular al personal necesario, para el cumplimiento del objeto y las obligaciones del presente contrato. B. Obligaciones del contratante 1. Pagar al CONTRATISTA el valor convenido en las fechas y forma establecidas. 2. Entregar oportunamente al CONTRATISTA los elementos, documentos, datos e informes necesarios para el eficiente y eficaz cumplimiento del objeto contractual. 3. Ejecutar en general las obligaciones que surjan de la naturaleza de este contrato. 4. Velar por el cumplimiento de todas las cláusulas contractuales. 5. Exigir al contratista la ejecución idónea y oportuna del objeto del contrato. 6. Adelantar las gestiones necesarias para el reconocimiento y pago de las sanciones pecuniarias y garantías a que hubiere lugar: 8. AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS Dada la naturaleza del objeto contractual del presente proceso de selección, consistente en adquirir e implementación un software de peticiones, quejas, reclamos y solicitudes –PQRS-, para el Simit, y en atención a que no se observa una situación adversa que genere un impacto directo en el medio ambiente, no es necesario solicitar estudios, licencias, autorizaciones o permisos en materia ambiental.

9. CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE En lo que respecta a la determinación de la oferta más favorable para la Entidad, el Artículo 26 del Decreto 1510 de 2013 señala: Artículo 26. Ofrecimiento más favorable. La Entidad Estatal debe determinar la oferta más favorable teniendo en cuenta las normas aplicables a cada modalidad de selección del contratista. En la licitación y la selección abreviada de menor cuantía, la Entidad Estatal debe determinar la oferta más favorable teniendo en cuenta: (a) la ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes o fórmulas; o (b) la ponderación de los elementos de calidad y precio que representen la mejor relación de costo-beneficio, Si la Entidad Estatal decide determinar la oferta de acuerdo con el literal (b) anterior debe señalar en los pliegos de condiciones: 1. Las condiciones técnicas y económicas mínimas de la oferta. 2. Las condiciones técnicas adicionales que representan ventajas de calidad o de funcionamiento, tales como el uso de tecnología o materiales que generen mayor eficiencia, rendimiento o duración del bien, obra o servicio. 3. Las condiciones económicas adicionales que representen ventajas en términos de economía, eficiencia y eficacia, que puedan ser valoradas en dinero, como por ejemplo la forma de pago, descuentos por adjudicación de varios lotes, descuentos por variaciones en programas de entregas, mayor garantía del bien o servicio respecto de la mínima requerida, impacto económico sobre las condiciones existentes de la Entidad Estatal relacionadas con el objeto a contratar, mayor asunción de los Riesgos, servicios o bienes adicionales y que representen un mayor grado de satisfacción para la Entidad, entre otras. 4. El valor en dinero que la Entidad Estatal asigna a cada ofrecimiento técnico o económico adicional, para permitir la ponderación de las ofertas presentadas. La Entidad Estatal debe calcular la relación costo-beneficio de cada oferta restando del precio total ofrecido los valores monetarios asignados a cada una de las condiciones técnicas y económicas adicionales ofrecidas. La mejor relación costo-beneficio para la Entidad Estatal es la de la oferta que una vez aplicada la metodología anterior tenga el resultado más bajo. La Entidad Estatal debe adjudicar al oferente que presentó la oferta con la mejor relación costo-beneficio y suscribir el contrato por el precio total ofrecido”.

Para el presente proceso de selección, y de conformidad con lo dispuesto en la norma transcrita, la oferta más favorable para la Federación Colombiana de Municipios – Dirección Nacional Simit, será determinada por la ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes o fórmulas así:

FACTORES DE EVALUACIÓN Calidad del servicio y desempeño del oferente Evaluación económica Apoyo a la industria nacional TOTAL

PUNTAJE ASIGNADO 300 puntos 600 puntos 100 puntos 1.000 puntos

9.1 Calidad del servicio y el desempeño del oferente. Puntaje asignado: 300 puntos. Las condiciones para evaluar por este aspecto serán los siguientes: Dentro del proceso de selección, es necesario calificar algunas condiciones técnicas adicionales que permitirían a la entidad tener un mejor sistema de peticiones, quejas y reclamos, así poder apoyar la toma de decisiones. Por lo anterior, se asignará puntaje de acuerdo a la tabla siguiente, así: CONDICIONES TÉCNICAS ADICIONALES

PUNTAJE

La herramienta ofrece ver la trazabilidad de un caso en particular en forma gráfica.

150

Ofrece soporte el segundo año de uso sin costo

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Para acreditar estas condiciones técnicas adicionales el oferente deberá diligenciar en su totalidad el Formato tres (3) “condiciones técnicas adicionales”. 9.2 Calificación económica. Puntaje asignado 600 puntos. La Federación Colombiana de Municipios –Dirección Nacional SIMIT-, otorgará a la oferta económica un puntaje máximo de 600 puntos, y será evaluada bajo los siguientes criterios: En cada una de las propuestas presentadas, deberá incluirse la propuesta económica con los servicios a contratar y su correspondiente valor expresados en pesos, en moneda legal colombiana. Para lo anterior el oferente diligenciará en su totalidad el Formato dos (2) “propuesta económica”. El oferente deberá ajustar al peso los precios ofertados, en caso contrario, la Federación Colombiana de Municipios, aproximará los precios.

El oferente debe incluir en el valor total de la propuesta el IVA, de lo contrario, la Federación Colombiana de Municipios lo considerará incluido en el valor total de la misma y así lo aceptará el oferente. Si existiere discrepancia entre cifras y textos, se dará prelación a los textos. Si hay diferencias entre la información suministrada en los anexos y los documentos de la propuesta, salvo la carta de presentación, prevalecerá lo señalado en los documentos de la propuesta. En caso de presentarse errores aritméticos en la determinación de la propuesta económica que superen el 1% del valor de la propuesta, ésta será rechazada. A la propuesta de menor valor presentada se le asignarán 600 puntos. A los proponentes restantes se les asignará puntaje de la siguiente manera: (Valor del más bajo/Valor a calificar) x 600 = X puntos. La propuesta económica se calificará con base en el valor que contenga el Formato dos (2) de los pliegos. 9.3 Factor de Apoyo a la Industria Nacional (100 puntos). En virtud de lo dispuesto en el Artículo 21 de la Ley 80 de 1993 y demás normas concordantes, se asigna dentro de los criterios de calificación un puntaje máximo de cien (100) puntos así: Factor de apoyo a la industria nacional 100% recurso humano nacional. 100 puntos 99% al 51% recurso humano 70 puntos nacional. 50% recurso humano nacional. 50 puntos Menos del 50% del recurso humano 0 puntos nacional. 10. ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DEL RIESGO De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 17 del Decreto 1510 de 2013, en el presente proceso de selección la entidad ha

evaluado el riesgo que representa para el cumplimiento de sus metas y objetivos, basándose en las reglas contenidas en el Manual para la identificación y cobertura del riesgo en los procesos de contratación versión 1, expedido por Colombia Compra Eficiente así. Contexto de la Federación Colombiana de Municipios A fin de identificar los riesgos del proceso de contratación, dentro del entorno de la entidad, se identifican conforme lo señala la guía, los siguientes aspectos y sus posibles aspectos adversos: - El objeto del proceso de contratación “Adquisición e implementación de un software de peticiones, quejas, reclamos y solicitudes –PQRS-, para el Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito –Simit..” No se evidencia ningún evento adverso social, económico, ni político, al contrario con este se satisface una necesidad de la entidad que es el mejoramiento de la función pública asignada, a fin de seguir brindándole al usuario más canales para presentar sus peticiones, quejas o reclamos, en el Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito – Simit. -

Los partícipes del proceso de contratación

De conformidad con lo establecido en el manual de contratación de la entidad, el presente proceso es liderado por la Jefatura de Administración del Sistema Simit. Los encargados de adelantar el proceso de contratación, bajo los lineamientos del Estatuto General de Contratación Estatal, es la Jefatura de Asuntos Jurídicos con el apoyo de un asesor externo experto en Contratación Pública. La entidad cuenta con el equipo que permite adelantar el proceso de selección, para dar cumplimiento a los planes de acción y estratégicos de la Federación Colombiana de Municipios - Dirección Nacional Simit. -

La ciudadanía que se beneficia del proceso de contratación

Teniendo en cuenta que el objeto de la contratación estatal es satisfacer el interés general, la adjudicación del proceso que pretende adelantarse llevará a que la necesidad de la entidad sea satisfecha a fin de mejorar la función pública asignada por el legislador a través de los artículos 10 y 11 de la Ley 769 de 2002, y de manera

directa e indirecta serán beneficiados los usuarios del Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito - Simit, es por ello que no se identifica evento adverso en este aspecto. -

La capacidad de la entidad estatal entendida como la disponibilidad de recursos y conocimientos para el proceso de contratación

En lo que al recurso humano respecta, el proceso tiene asignado como responsable un equipo de funcionarios idóneos; en cuanto al recurso económico está garantizado con recursos propios de la Dirección Nacional Simit. -

La suficiencia del presupuesto oficial del proceso de contratación.

Se cuenta con el certificado de disponibilidad presupuestal para la vigencia 2014, por tanto no se evidencia un evento adverso. -

Las condiciones geográficas y de acceso del lugar en el cual se debe cumplir el objeto del Proceso de Contratación

No se observa evento adverso toda vez que el contrato se ejecutará en las instalaciones de la Federación Colombiana de Municipios, en la ciudad de Bogotá donde las condiciones geográficas son favorables. -

El entorno socio ambiental

Partiendo del objeto del proceso, no se evidencia evento adverso en materia socio ambiental, toda vez que lo contratado no causa perjuicio a la comunidad y no impacta el entorno externo e interno de manera negativa. -

Las condiciones políticas

No se evidencia un evento adverso, teniendo en cuenta que existe una ley de contratación estatal dotada de un Decreto reglamentario que fija las pautas para llevar a cabo los procesos en dicha materia. No obstante, puede presentarse una directriz expedida por el gobierno nacional que reglamente aspectos nuevos de la normatividad o no existentes en ella.

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Los factores ambientales

En este aspecto no se observa un evento adverso, ya que para iniciar el proceso de selección y la posterior ejecución del objeto del contrato, no se requieren licencias o ningún tipo de permiso en materia ambiental. -

El sector del objeto del Proceso de Contratación y su mercado

Como se observa en el análisis del sector, las empresas que se dedican a este tipo de actividad en Colombia, pertenecen a diferentes actividades dentro del macro sector servicios de programación de aplicaciones. -

La normativa aplicable al objeto del proceso de contratación

Como se indicó anteriormente existe una normatividad en materia de contratación, cuyo aspecto adverso puede ser su inaplicabilidad como resultado de la derogatoria o inexequibilidad, sumado a ello el mismo evento adverso evidenciado en el entorno político - Experiencia propia y de otras entidades estatales en procesos de contratación del mismo tipo La Federación Colombia de Municipios - Dirección Nacional Simit, cuenta con más de 10 años de experiencia en la ejecución de proyectos y tiene los criterios necesarios para el dimensionamiento y estructuración de una adecuada solución, lo que implica que los posibles efectos adversos por mal dimensionamiento o caracterización de requerimientos se mitigan. Identificación y Clasificación de los Riesgos Ya establecido el contexto de la entidad, se procede a identificar e incluir en la matriz propuesta en la Guía, los riesgos del proceso de contratación, atendiendo a cada una de sus etapas: Etapa de planeación: La modalidad de contratación es adecuada para el bien, servicios u obra necesitada? Rta: Del análisis efectuado para la modalidad de contratación, se tiene que conforme el la cuantía, la modalidad adecuada es la selección abreviada de menor cuantía.

El valor del contrato corresponde a los precios del mercado? Rta: Para tener un adecuado valor del contrato se definieron, inicialmente, las características técnicas y funcionalidades con las que debe contar la implementación del sistema de peticiones, quejas y reclamos, y basada en estas se solicitó cotización con algunos posibles oferentes disponibles en el sector, obteniendo los precios del mercado. La descripción del bien o servicio requerido es claro? Rta: Si es claro teniendo en cuenta que describe la necesidad de la entidad detallando cada una de las actividades y entregables que el contratista debe desarrollar para ejecutar el objeto. El proceso de contratación cuenta con las condiciones que garanticen la transparencia, equidad y competencia entre los proponentes. Rta: Se realizó un estudio de mercado y análisis del sector que permitieron que a partir de la necesidad que tiene la entidad, se determinaran los factores de ponderación que da el mercado. Dentro del estudio se le solicitó a distintos posibles oferentes cotizaciones del producto que satisfaga la necesidad, debido a que estos oferentes poseen una solución de software que puede hacerlo. Todo esto bajo los mismos requerimientos, buscando garantizar la transparencia, equidad y competencia de los mismos. ¿El estudio de mercado permite identificar los aspectos de oferta y demanda del mercado respectivo? Rta: Efectivamente el estudio de mercado en correlación con el análisis del sector, evidencia los aspectos de oferta y demanda del mercado respectivo, toda vez que existen un número plural de empresas que prestan el servicio. El diseño del proceso de contratación permite satisfacer la necesidad de la entidad estatal de cumplir su misión y es coherente con sus objetivos y metas. Rta: El proceso de contratación permite satisfacer la necesidad de la entidad, ampliar los canales de comunicación con los ciudadanos, con la ejecución de este proceso contractual se habilitará un nuevo método de interacción a nivel nacional, donde los ciudadanos podrán colocar sus peticiones, quejas y reclamos, a través de un aplicativo web. Es coherente con la misión de la entidad y se encuentra

orientado a los objetivos y metas estratégicos, además coadyuva a dar cumplimiento a las normativas gubernamentales. Conforme los pasos señalados en la guía, se procede al diligenciamiento de la matriz del riesgo planteada por Colombia Compra Eficiente versión 1, que hace parte integrante del proceso de contratación. (Anexo 2). Por lo anterior, la tipificación, estimación y distribución de los riesgos del contrato que se suscriba, se sujetarán a los criterios definidos en este numeral, sin perjuicio del alcance de las obligaciones a cargo de cada una de las partes de acuerdo con las estipulaciones legales pertinentes, la naturaleza del contrato y el contenido de los estudios previos, considerando que está a cargo del contratista la ejecución del contrato, y a cargo de la entidad el pago del valor pactado. 11. GARANTÍAS Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de la firma del contrato, EL CONTRATISTA debe constituir por su cuenta y a nombre de la FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS, de acuerdo con el artículo 7 de la Ley 80 de 1993 y artículo 116 decreto 1510 de 2013, garantía de cumplimiento, expedida por una compañía de seguros, legalmente establecida en Colombia, que ampare los siguientes riesgos: a).Cumplimiento del contrato: Equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, por un término igual al plazo del mismo y seis (6) meses más. b). Calidad del servicio: Equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, por un término igual al plazo del mismo y seis (6) meses más.

12. VERIFICACIÓN EXISTENCIA DE UN ACUERDO INTERNACIONAL O TRATADO DE LIBRE COMERCIO En virtud de lo establecido en el manual explicativo de los capítulos de contratación pública de los acuerdos comerciales negociados por Colombia para Entidades contratantes, del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y el Departamento Nacional de Planeación, se procede a determinar si la contratación se encuentra cubierta por un acuerdo internacional o tratado de libre comercio, así: Actualmente el estado Colombiano tiene vigente los siguientes acuerdos internacionales o tratados de libre comercio con compromisos en materia de

contratación pública con los siguientes países: Chile, México, los países del triángulo Norte (Salvador, Guatemala, Honduras), Suiza y Liechtenstein como miembros de la Asociación Europea de libre Comercio – AELC (EFTA)- y los Estados Unidos. De acuerdo con la lista de Entidades incluidas en los capítulos de contratación pública que se relacionan en el manual explicativo de los capítulos de contratación pública de los acuerdos comerciales negociados por Colombia para Entidades contratantes relacionadas en el 1.2.1, se observa que la Federación Colombiana de Municipios no se encuentra incluida de manera expresa, por lo que se concluye que no estaría cubierta por los tratados de libre comercio relacionados anteriormente. 13. CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL De acuerdo con lo anterior, se concluye para efectos presupuestales que la Federación Colombiana de Municipios - Dirección Nacional Simit, cuenta con disponibilidad presupuestal para atender el gasto que demande el contrato que se derive del presente proceso de contratación, con cargo al presupuesto de funcionamiento para la vigencia fiscal de 2014, por valor de SETENTA MILLONES DE PESOS ($70.000.000,00) M.L, IVA INCLUIDO, expedido por la Directora Administrativa y Financiera. Lo anterior según el certificado de disponibilidad presupuestal Nº 1220140151 expedido el 11 de julio del 2014. 14. SUPERVISIÓN De conformidad con lo establecido en los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011, con el fin de proteger la moralidad administrativa, de prevenir la ocurrencia de actos de corrupción y de tutelar la transparencia de la actividad contractual, se establece que el contrato que se derive del presente proceso de selección, será vigilado a través de un supervisor. La supervisión consistirá en el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable, y jurídico sobre el cumplimiento del objeto del contrato. Por lo anterior, y atendiendo al objeto del contrato, la Federación Colombiana de Municipios, establece que el perfil del supervisor del presente proceso de selección, deben ser dos funcionarios de planta, ingenieros de sistemas que cumplan con las calidades y conocimientos propios de la labor a desarrollar.

Por esta razón, se designará al Coordinador de Operaciones TIC de la Federación Colombiana Municipios y un profesional en Sistemas de Información de la Dirección Nacional Simit. Igualmente serán los responsables de recibir los bienes, aceptar los servicios y autorizar los pagos, y responderán por los hechos y omisiones que les fueren imputables en los términos previstos en el artículo 84 de la Ley 1474 y de las demás normas legales y reglamentarias que regulan el ejercicio de la supervisión de los contratos. Atentamente, Firmado en original GISELLE CASTRO VÁSQUEZ Jefe Administración del Sistema Simit Federación Colombiana de Municipios Proyectó: Ing. Luis Enrique Parada - Profesional de Sistemas de Información Revisó: Ing. David Prada - Coordinador Plataforma Simit

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