IMPUESTO A LA RENTA DE TERCERA CATEGORÍA CIERRE DEL EJERCICIO 2013

SEMINARIO CIERRE DEL EJERCICIO 2013 Y ÚLTIMAS MODIFICACIONES EN EL SPOT IMPUESTO A LA RENTA DE TERCERA CATEGORÍA CIERRE DEL EJERCICIO 2013 En el pres

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SEMINARIO CIERRE DEL EJERCICIO 2013 Y ÚLTIMAS MODIFICACIONES EN EL SPOT

IMPUESTO A LA RENTA DE TERCERA CATEGORÍA CIERRE DEL EJERCICIO 2013 En el presente seminario se analizarán las principales modificaciones normativas producidas en el Impuesto a la Renta vigentes a partir del ejercicio 2013, con la finalidad que se conozca su impacto a nivel empresarial y se eviten contingencias tributarias.

Entre otros se abordará respecto a los temas siguientes:

I.

ASPECTOS GENERALES. 1. Registro de Transacciones: Prevalencia de las normas contables frente a la regulación tributaria 2. Reconocimiento de Ingresos por venta de bienes, ¿resulta imprescindible un comprobante de pago? 3. Costo Computable: Principales modificaciones vigentes a partir del ejercicio 2013 4. Devengo 5. Principio de Causalidad 5.1. Elementos concurrentes para considerar su cumplimiento 5.2. Cómo se debe acreditar la acreditación en forma fehaciente y documental 5.3. Imputación de los gastos - Regla general: Aplicación del criterio del Devengo - Regla Excepcional: Gastos de ejercicios anteriores

II.

GASTOS DEDUCIBLES 1. Gastos de personal 1.1. Vacaciones 1.2. Gastos por conceptos de movilidad 1.3. Gastos de viáticos incurridos en ⋅

Viajes al interior del país



Viajes al exterior

2. Remuneración al Directorio 3. Gastos de vehículos: Límite máximo vinculado al Costo de Adquisición y pautas para una adecuada planificación de vehículos a identificar. 4. Activos fijos 4.1. Reconocimiento inicial según NIC 16 4.2. Costos Posteriores. Análisis de las normas contables. 5. Depreciación de activos fijos. Cálculo considerando costos posteriores 6. Depreciación de bienes adquiridos mediante leasing 7. Desvalorización de existencias 8. Importancia de la Bancarización para la deducibilidad de los gastos 9. Cuentas de cobranza dudosa - provisión y castigo 10. Gastos de capacitación 11. Criterios recientes del Tribunal Fiscal y la Administración Tributaria

APLICACIÓN DEL SISTEMA DE DETRACCIONES A LOS BIENES Y SERVICIOS E INGRESO COMO RECAUDACIÓN Respecto a la aplicación del Sistema de Detracciones (SPOT), el contribuyente, bajo un panorama cada vez más incierto por las constantes modificaciones al SPOT (modificación de tasas e incorporación de bienes y servicios); en primer lugar, tiene que preguntarse ¿qué bienes y servicios son los afectos?; en segundo lugar, ¿cuál es la tasa a aplicar correctamente?; y en tercer lugar, ¿cuál es el plazo para efectuar el depósito en la condición de usuario o proveedor? La importancia de lo antes señalado, es porque sólo si se identifica correctamente los bienes o servicios afectos al SPOT y además la tasa a aplicar, el contribuyente habrá evitado -entre otras- las siguientes contingencias tributarias: Desconocimiento del crédito fiscal; de haberse sustentando el crédito fiscal sin haber efectuado el depósito de la detracción, se ha cometido la infracción por declarar cifras o datos falsos, toda vez que se ha utilizado indebidamente un crédito fiscal, y; si no se efectuó el depósito de la detracción (sea total o parcial) dentro del plazo regulado por norma, se incurre en una infracción. Con fecha 01 de setiembre de 2013, una vez más, se modifican las tasas a aplicar de diversos bienes y servicios afectos al SPOT con la emisión de la Resolución de Superintendencia N° 2652013/SUNAT (vigente a partir del 01.11.2013), con el fin de “reducir” el número de tasas aplicables a los bienes y servicios sujetos al sistema. Asimismo, con fecha 28.12.2013 se emitió la Resolución de Superintendencia N° 375-2013 (vigente a partir del 01.02.2014) mediante la cual se establecen supuestos de excepción y flexibilización de los ingresos como recaudación que contempla el SPOT, requisitos y procedimiento para solicitar el extorno. Bajo el escenario antes descrito, el objetivo del presente seminario es dar a conocer el ámbito de aplicación del sistema de detracciones, los efectos de la modificación de las tasas, las incidencias tributarias a nivel del sustento del crédito fiscal y reparo del mismo, infracciones tributarias (declarar un crédito indebido y depósito fuera de plazo, y otros) y la aplicación

correcta del régimen de gradualidad. Asimismo, daremos a conocer los supuestos de excepción de los ingresos como recaudación.

TEMARIO 1. Ámbito de aplicación del Sistema de Detracciones (SPOT). 1.1. Aplicación del sistema a los servicios 1.2. Aplicación del sistema al transporte de bienes vía terrestre 1.3. Aplicación del sistema al transporte público de pasajeros 1.4. Aplicación del sistema a los sujetos del Impuesto a la Venta de Arroz Pilado 1.5. Aplicación del sistema a los espectáculos públicos 2. Aplicación del sistema a los demás servicios gravados con el IGV a propósito de la Resolución de Superintendencia N° 063-2012/SUNAT. 3. Base de cálculo de la Detracción en el caso de la prestación de servicios. El artículo 14° de la ley del IGV. 4. Aplicación del sistema en el caso de los adelantos y pagos parciales. 5. Servicios sujetos al SPOT como condición de venta de bienes no sujetos al SPOT. 6. El principio de accesoriedad en la aplicación del sistema. 7. Contratos con prestaciones de servicios afectos y no afectos al sistema. 8. Aplicación del sistema en los contratos de construcción. 9. Aplicación del sistema en la venta espacios para la publicación de anuncios y los servicios de alquiler de espacio publicitario en las empresas de radio o televisión. 10. Exclusiones del SPOT establecidas por la Resolución de Superintendencia N° 0632012/SUNAT y la Resolución de Superintendencia N° 158-2012/SUNAT. 10.1. Las operaciones por las cuales el usuario entrega únicamente diseños, planos o cualquier bien intangible, mientras que el prestador se hace cargo de todo el proceso de elaboración, producción, fabricación o transformación de un bien. 10.2. El servicio de expendio de comidas y bebidas en establecimientos abiertos al público tales como restaurantes y bares. ¿El servicio privado de buffet se encuentra sujeto al SPOT? 10.3. ¿Los servicios de imprenta se encuentran excluidos del sistema? 10.4. ¿El servicio postal y el servicio de entrega rápida se encuentran excluido del sistema? 10.5. El servicio de hospedaje como supuesto excluido del sistema ¿qué se entiende por servicio de hospedaje no permanente? 11. Modificación de las tasas a aplicar de diversos bienes y servicios afectos al SPOT con la emisión de la Resolución de Superintendencia N° 265-2013/SUNAT (vigente a partir del 01.11.2013) 12. Infracciones tributarias por el no depósito de la detracción dentro del plazo 12.1. Declarar cifras o datos falsos – crédito determinado indebidamente; desconocimiento del crédito fiscal. ¿Se pierde definitivamente el crédito fiscal?

12.2. Cálculo y determinación de la multa 12.3. Aplicación del Régimen de Gradualidad al amparo de la RS 063-2007/SUNAT; ¿Cuándo corresponde la rebaja del 95%, 70%, 60% ó 40%? 13. El ingreso como recaudación de la cuenta de detracciones por la comisión de las causales señaladas en el numeral 9.3 del artículo 9° del Decreto Supremo N°155-2004-EF 13.1. ¿Qué es un ingreso como recaudación y qué hacer frente a ello? 13.2. Excepciones al ingreso como recaudación al amparo de la RS 375-2013/SUNAT (publicado el 28.12.2013) -

La condición de no habido del contribuyente como causal

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No comparecer o comparecer fuera de plazo ante la Administración Tributaria como causal

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Infracciones tipificadas en el numeral 1 del artículo 174°, numeral 1 del artículo 175°, numeral 1 del artículo 176°, numeral 1 del artículo 177° o numeral 1 del artículo 178° del Código Tributario cometidas antes de que el contribuyente haya estado obligado a aperturar su cuenta de detracciones

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Las declaraciones presentadas contengan información no consistente con las operaciones por las cuales se hubiera efectuado el depósito; no presentar la declaración jurada dentro del plazo (numeral 1 del artículo 176°); declarar cifras o datos falsos (numeral 1 del artículo 178°)

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Cuando respecto del periodo en que se haya incurrido en la causal, ya se hubiera efectuado un ingreso como recaudación por cualquier otra causal

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Tratándose de las causales señaladas en el inciso d) del numeral 9.3 del artículo 9° de la Ley ⋅

¿Qué sucede mientras la resolución de cierre de establecimiento que sanciona dicha infracción no se encuentre firme o consentida?



¿Qué sucede si el contribuyente que comete la infracción tipificada en el numeral 1 del artículo 175° (omitir llevar los libros de contabilidad) y numeral 1 del artículo 177° (no exhibir los libros) del Código Tributario, subsana la infracción dentro de un plazo otorgado por la SUNAT?



¿En qué casos por la infracción tipificada en el numeral 1 del artículo 178° del Código Tributario, declarar cifras o datos falsos, se aplica la excepción del ingreso como recaudación?

14. Infracciones relativas al SPOT. 14.1. Depósito fuera de plazo por parte del usuario 14.2. Depósito fuera de plazo por parte del proveedor 14.3. Reducción de la base de la multa 14.4. Aplicación del Régimen de Gradualidad 14.5. Aplicación del Régimen de Gradualidad modificado por la RS 375-2013/SUNAT (publicado el 28.12.2013) 14.6. Aplicación de casos prácticos

EXPOSITORES CPCC Ana Pacherres Recuay Contadora Pública Colegiada, con estudios de Postgrado en Tributación en la Universidad de Lima, miembro del IPIDET, Sub Directora y miembro del Staff Técnico y del Comité de Redacción de la Sección Tributaria y Contable del Informativo Caballero Bustamante. Expositor a de temas contables y tributarios a nivel nacional y en empresas privadas. Coautora del libro “Libros y Registros – Formatos adecuados al PCGE Estados Financieros” y de las obras editadas por el estudio Caballero Bustamante: “Teoría y Práctica impuesto a la Renta”, “Impuesto a la Renta - Enfoque empresarial”, Infracciones Y Sanciones del Código Tributario - Disposiciones Generales y Aplicación Práctica (tomo I y II), Sistema Especial de Actualización y Pago de Deudas Tributarias (SEAP). Colaboradora en la edición de Teoría y Práctica Impuesto a la Renta ejercicios: 1998, 1999, 2000 2001, 2002, 2003, Manual tributario, Manual de la Micro y Pequeña Empresa – MYPE, Contingencias Tributarias y Laborales- Análisis contable (Tomo II), Manual de Declaración Jurada Anual – Balance de Comprobación, entre otros manuales y estudios técnicos. Asesor Contable – Tributario de empresas. Expositora del ECB a nivel nacional de los Seminarios, Talleres y Jornadas organizados por el Instituto Caballero Bustamante.

Juan Carlos García Roca Asesor Tributario y Legal del Estudio Caballero Bustamante - Thomson Reuters Expositor principal y conferencista en los Seminarios programados por el Estudio Caballero Bustamante – Thomson Reuters a nivel nacional Miembro del Comité de Redacción del Informativo Caballero Bustamante Colaborador de la Revista RAE Revista de Análisis Especializado de Jurisprudencia Ex servidor público de la Intendencia Nacional de Servicios del Contribuyente - SUNAT

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