INSTRUCTIVO PARA MONOGRAFÍAS
INSTRUCCIONES PARA REALIZAR LAS MONOGRAFÍAS SOBRE LAS MATERIAS: HISTORIA DE LA MEDICINA, HISTORIA DE LA CIENCIA, ANTROPO
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Instructivo para la Aplicación de Sanciones Pecuniarias
Base Legal INSTRUCTIVO
PARA
LA
APLICACIÓN
DE
PECUNIARIAS.- Suplemento R.O. 553 de 11-10-2011.
SANCIONES
Objetivos 1.- UNIFICAR MONTOS DE CUANTÍAS PARA SANCIONAR OMISIONES: RENTA, IVA, RETENCIONES, ICE, Y ANEXOS. 2.- ESTRATIFICAR CONTRIBUYENTES DE ACUERDO AL ESQUEMA DE ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL. 3.- ESTABLECER CUANTÍAS DE SANCIÓN POR SEGMENTO, EN LUGAR DE POR CONTRIBUYENTE. 4.-
CONFERIR
GRADUALIDAD
Y
ONEROSIDAD
PARÁMETROS DE CUANTÍAS PREVISTOS EN LA LEY.
DENTRO
DE
Rangos para aplicación de multas CONTRAVENCIONES.- Art. 349 C.T..- … de 30 a 1.500 dólares de los Estados Unidos de América. FALTAS REGLAMENTARIAS Art. Innumerado a continuación de Art. 351.- de 30 a 1.000 dólares de los Estados Unidos de América. Una apropiada motivación requiere establecer las cuantías de las sanciones pecuniarias, considerando: a) El estrato del contribuyente; y b) El tipo de infracción y su categoría.
Principios Tributarios LEGALIDAD.- Las infracciones y penas para sanciones deben estar claramente definidas y ser previsibles; las sanciones deben estar previstas por la ley. PROPORCIONALIDAD.- Las sanciones por infracciones deben ser razonables y proporcionales a la gravedad de la infracción y a las circunstancias personales del autor. EQUIDAD.- Las sanciones deben observar la capacidad contributiva de quienes reciben la incidencia de la sanción. Igualdad entre iguales. SIMPLICIDAD.- El procedimiento debe cuidar que en su aplicación haya economía en tiempo y recursos
Estratificación de contribuyentes para la aplicación equitativa y proporcionalidad de cuantías CONTRIBUYENTES ESPECIALES. SOCIEDADES CON FINES DE LUCRO. PERSONAS NATURALES OBLIGADAS A LLEVAR CONTABILIDAD. PERSONAS NATURALES NO OBLIGADAS A LLEVAR CONTABILIDAD Y SOCIEDADES SIN FINES DE LUCRO.
Parámetros de graduación de sanción 1.
CUANDO EL CONTRIBUYENTE (DECLARACIONES EN CERO).
SE
LIQUIDA
1.
CUANDO LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DETECTA Y NOTIFICA OMISIÓN
1.
CUANDO LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DETECTA Y NOTIFICA OMISIÓN Y SANCIONA MEDIANTE SUMARIO.
Cuantías para sancionar omisidad en declaraciones y anexos (Impuesto a la Renta, IVA, Retenciones, ICE, y Anexos)
TIPO DE CONTRIBUYENTE
*Liquidación por parte del *Liquidación por parte del Omisiones detectadas y contribuyente por omisiones contribuyente por omisiones juzgadas por las notificadas antes a la no notificadas administración Resol.Sanc.
CONTRIBUYENTE ESPECIAL
US. 250
US. 375
US. 500
SOCIEDADES CON FINES DE LUCRO
US.125
US. 187.50
US. 250
PERSONA NATURAL OBLIGADA A LLEVAR CONTABILIDAD
US. 62.5
US. 93.75
US. 125
PERSONA NATURAL NO OBLIGADA A LLEVAR CONTABILIDAD, SOCIEDADES SIN FINES DE LUCRO
US. 31.25
US. 46.88
US. 62.5
Cuantías y categorías para infracciones no tipificadas con sanción específica CONTRAVENCIÓN
FALTA REGLAMENTARIA
TIPO DE CONTRIBUYENTE A
B
C
A
B
C
US. 125
US. 250
US. 500
US. 83.25
US. 166.5
US. 333
US. 62.5
US. 125
US. 250
US. 41.62
US. 83.25
US. 166.5
P. N. OB. A LLEVAR CONTABILIDAD
US. 46.25
US. 62.5
US. 125
US. 35.81
US. 41.62
US. 83.25
P. N. NO OB., Y SOC. SIN FINES LUCRO
US. 30
US. 46.25
US. 62.5
US. 30
US. 35.81
US. 41.62
CONTRIBUYENTE ESPECIAL
SOCIEDADES LUCRO
CON
FINES
DE
Cuantías por omisidad de declaración patrimonial.- (por rango de activos) TOTAL ACTIVOS
MULTA POR OMISIDAD EN PRESENTACIÓN
200.000 – 250.000
US. 500
250.001 – 300.000
US. 700
300.001 – 350.000
US. 900
350.001 – 400.000
US. 1100
400.001 – 450.000
US. 1300
450.001 – en adelante
US. 1500
Cuantías por presentación tardía de declaración patrimonial Mes o fracción de mes de vencimiento
Autoliquidación sin notificación (5.4.1)
Autoliquidación antes de resolución sancionatoria (5.4.2)
Multas juzgamiento administración tributaria (5.4.3)
1er. mes
USD. 30
USD. 40
USD. 50
2do. mes
USD. 40
USD. 70
USD. 100
3er. mes
USD. 50
USD. 100
USD. 200
4to. mes
USD. 75
USD. 150
USD. 300
5to. mes
USD. 100
USD. 200
USD. 400
6to. mes
USD. 125
USD. 250
USD. 500
7mo. mes
USD. 150
USD. 300
USD. 600
8vo. mes
USD. 175
USD. 350
USD. 700
9no. mes
USD. 200
USD. 400
USD. 800
10mo. mes en adelante
USD. 250
USD. 500
USD.1.000
Importante En la Disposición General Segunda del Instructivo, se menciona que cada infracción tendrá un proceso individual, y como tal, recibirá una sanción particular. El valor de la multa que se liquida el contribuyente se cancelará individualmente en cada formulario que corresponda a la obligación; sin embargo, si no lo ha hecho de esta manera, puede hacerlo en el formulario106 aclarando a que mes y año pertenece.
Todos declaran por internet Desde enero 2013 todas las declaraciones de impuestos administrados por el SRI se realizarán exclusivamente por Internet, cualquiera que sea el monto de sus obligaciones tributarias, aún cuando la declaración que se presente no tenga impuestos u otros conceptos a pagar. Obtén tu clave y declara a tiempo!!!