MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE UNIDADES MÓVILES QUE FUNCIONAN COMO JUNTAS DE INSCRIPCIÓN PERMANENTE

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE UNIDADES MÓVILES QUE FUNCIONAN COMO JUNTAS DE INSCRIPCIÓN PERMANENTE APROBADO: 25 DE SEPTIEMBRE DE 2015 TABLA DE CONTEN
Author:  Luz Rivas Herrera

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE UNIDADES MÓVILES QUE FUNCIONAN COMO JUNTAS DE INSCRIPCIÓN PERMANENTE

APROBADO: 25 DE SEPTIEMBRE DE 2015

TABLA DE CONTENIDO Página Introducción ......................................................................................................... 1 Sección 1 – Solicitud de Servicios Electorales..................................................... 2 A. Plan de Trabajo y Solicitudes ........................................................................ 2 B. Facilidades Requeridas para Prestar Servicios ................................................ 3 Sección 2 – Población a la que se Brindan Servicios .......................................... 3 Sección 3 – Servicios a Otros Sectores o Áreas................................................... 4 Sección 4 – Coordinación de Servicios por la Oficina del Tercer Vicepresidente .................................................... 4 A. Servicios Electorales..................................................................................... 4 B. Mantenimiento al Vehículo (Unidad Móvil) ..................................................... 5 Sección 5 – Procedimiento para Salir a Prestar Servicios .................................. 5 A. Salida de la JIP Base .................................................................................... 5 B. Regreso a la JIP Base................................................................................... 6 Sección 6 – Procedimiento para Iniciar el Servicio, Instalar el Equipo y Replicar las Transacciones Electorales e Imágenes ........................................................................................ 6 A. Pasos a seguir para Iniciar el Servicio e Instalar el Equipo .............................. 6 B. Replicación de Transacciones e Imágenes desde la JIP Base ........................... 7 Sección 7 – Responsabilidad de los Oficiales de Inscripción de la Unidad Móvil ............................................................................. 8 Sección 8 – Horario de Servicios, Dietas y Millaje y Tiempo Compensatorio ..................................................................... 9 A. Horario de Servicio ...................................................................................... 9 B. Dietas y Millaje .......................................................................................... 10 C. Tiempo Compensatorio .............................................................................. 10

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Sección 9 – Áreas Geográficas a Cubrir por las Unidades Móviles y JIP Base .......................................................... 11 A. B. C. D. E.

Norte ........................................................................................................ 11 Oeste ....................................................................................................... 11 Sur ........................................................................................................... 11 Noreste ..................................................................................................... 12 Sureste ..................................................................................................... 12

Sección 10 – Oficiales de Inscripción, Itinerantes o Suplentes ....................... 12 Sección 11 – Equipos y Materiales ..................................................................... 13 A. Equipos ..................................................................................................... 13 B. Materiales ................................................................................................. 14 Sección 12 – Manejo, Ubicación, Estacionamiento y Seguridad de Vehículos (Unidades Móviles) ............................... 15 1. Manejo...................................................................................................... 15 2. Ubicación y Estacionamiento ....................................................................... 15 3. Seguridad del Vehículo ............................................................................... 15 Sección 13 – Supervisión y Auditoría ................................................................ 16 Anejos ................................................................................................................... 18

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INTRODUCCIÓN La Comisión Estatal de Elecciones (en adelante Comisión), para diversificar y extender el servicio a las personas que requieren realizar una transacción electoral y con el fin de aumentar y actualizar el Registro Electoral, ha establecido las Juntas de Inscripción Permanente (JIP) en sus diversas modalidades. Entre éstas se encuentran las que brindan servicios en un precinto; las que funcionan bajo el concepto municipal; las que funcionan bajo el concepto Isla y las que funcionan bajo el concepto de Unidad Móvil. Estas últimas brindan servicios a determinados sectores de la población que por diversas razones se les hace difícil acudir a los locales donde están establecidas las demás JIP. La Comisión cuenta con varias Unidades Móviles, que han sido preparadas para transportar los equipos y los materiales necesarios para brindar los servicios electorales. Para ello se han utilizado fondos estatales y federales. Estos últimos provenientes de la Help American Vote Act (HAVA). Cada Unidad Móvil consiste en un vehículo tipo “Van” con tablilla de gobierno. Para lograr el mejor funcionamiento de los oficiales de las Unidades Móviles es necesario establecer los procedimientos que regirán las mismas a fin de optimar sus servicios y evitar inconvenientes innecesarios en la prestación de los mismos. Con este propósito se establece el Manual de Procedimientos de las Unidades Móviles que Funcionan como Juntas de Inscripción Permanente.

Los procedimientos aquí

establecidos serán complementarios a los establecidos en el Manual de Procedimientos de las JIP y la Ley Electoral.

SECCIÓN 1 - SOLICITUD DE SERVICIOS ELECTORALES A.

Plan de Trabajo y Solicitudes 1. Los servicios electorales que proveerán las unidades móviles se llevarán a cabo por iniciativa de la Comisión (Oficina del Tercer Vicepresidente) a solicitud de la parte interesada y de acuerdo al Plan de Trabajo establecido. Se establecerán las prioridades de servicio según están enumeradas en la Sección 2 de este Manual. 2. Cuando se soliciten los servicios de la unidad móvil, la institución o persona que lo solicita deberá cumplimentar una Solicitud que se le proveerá (Anejo 1). La radicación de dicha Solicitud no garantiza la prestación de los servicios por la Oficina del Tercer Vicepresidente. Una vez radicada la Solicitud, de aceptarse, se incluirá en el Calendario de Trabajo de la Unidad Móvil (Anejo 2), se circulará una copia a los miembros de la Comisión y se le informará al solicitante, por escrito, el día que se le proveerá el servicio y las facilidades requeridas. 3. Se coordinará con el Supervisor Auditor de la zona para que inspeccione el lugar y las facilidades que se utilizarán para prestar el servicio. 4. Una institución o persona que solicite los servicios de la Unidad Móvil deberá entregar la Solicitud con al menos siete (7) días laborables de anticipación a la fecha que solicita el servicio. Se reitera que la radicación de dicha Solicitud no garantiza la prestación de los servicios por la Oficina del Tercer Vicepresidente.

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5. Cuando la solicitud provenga de las Oficinas de los Comisionados o Comisionados Locales, la Oficina del Tercer Vicepresidente se asegurará que haya un balance justo en la utilización de la Unidad Móvil. 6. Se prohíbe el uso de las Unidades Móviles en actividades político-partidistas de partidos políticos, candidatos o candidatos independientes. B.

Facilidades Requeridas para Prestar Servicios 1. Para prestar los servicios se requerirá que el área sea bajo techo, segura, preferiblemente espacio cerrado que cuente con aire acondicionado, facilidades telefónicas, sillas y mesas o escritorios. 2. En áreas abiertas se puede efectuar el servicio en carpas que protejan de la lluvia y el viento. Así mismo debe localizarse un lugar donde se pueda tomar energía eléctrica (toma independiente) y servicio telefónico (hasta donde sea posible).

SECCIÓN 2 - POBLACIÓN A LA QUE SE BRINDAN SERVICIOS Las Unidades Móviles prestarán servicios prioritarios a distintos sectores de la población, sin que se entienda como una limitación, a saber: A. Personas de edad avanzada recluidos en Asilos, Égidas o Centros de Envejecientes. B. Personas de edad avanzada que reciben servicios diurnos en centros de envejecientes. C. Personas con impedimentos con problemas de movilidad D. Estudiantes de Escuelas Públicas y Privadas

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E. Estudiantes Universitarios F. Comunidades aisladas G. Hogares de adaptación social del Departamento de Salud H. Hogares CREA y centros similares que presenten servicios de rehabilitación a personas afectadas por la adicción a drogas y alcohol. I. Jóvenes recluidos en instituciones juveniles J. Personas recluidas en instituciones penales K. Centros y programas de atención a deambulantes SECCIÓN 3 – SERVICIOS A OTROS SECTORES O ÁREAS La JIP Unidad Móvil además, brindará servicios en las siguientes situaciones o lugares: A. En los lugares que se determine cuando haya Cierre del Registro Electoral. B. Centros comerciales. C. Actividades masivas de carácter educativo, social, cívico o cultural. D. Áreas donde se determine unos altos porcentajes de electores inactivos o personas no inscritas. SECCIÓN 4 – COORDINACIÓN DE SERVICIOS POR LA OFICINA DEL TERCER VICEPRESIDENTE A.

Servicios Electorales La Oficina del Tercer Vicepresidente estará encargada de planificar y coordinar los servicios de las unidades móviles. Para ello preparará un Plan de Trabajo y Calendario que se le circulará a las Oficinas de los Comisionados y a las JIP Unidad Móvil.

Se mantendrá una comunicación con los Oficiales de

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Inscripción y Supervisores Auditores de tal forma que tengan la información necesaria sobre el lugar, dirección, persona responsable y teléfonos de la institución en que se prestarán los servicios. B.

Mantenimiento al Vehículo (Unidad Móvil) Los Oficiales de Inscripción asignados a cada vehículo serán responsables de conducir el vehículo y darle el mantenimiento adecuado que se le brinda a un vehículo de motor. La Oficina del Tercer Vicepresidente, en coordinación con la Unidad de Servicios Generales, designará un empleado de la Unidad de Transporte para proveerle un mantenimiento preventivo y periódico al vehículo que incluirá entre otros: limpieza, cambio de aceite, cambio de neumáticos, renovación de marbete y licencia, cambios de frenos, cambio de batería y llevar el vehículo a que se le realicen los arreglos mecánicos o de carrocería que sean necesarios.

SECCIÓN 5 – PROCEDIMIENTO PARA SALIR A PRESTAR SERVICIOS Para el mejor funcionamiento de los oficiales de la Unidad Móvil se deberá seguir el siguiente procedimiento en la salida y regreso: A.

Salida de la JIP Base 1. Los oficiales de inscripción llegarán a su JIP base como de costumbre, a las 8:00 a.m. y registrarán su asistencia. 2. Recogerán las llaves de la Unidad Móvil, los equipos y los materiales siguiendo la Lista de Cotejo (Anejo 3) y se trasladarán en el vehículo de uno

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de los oficiales a recoger la misma. Para esto se pueden poner de acuerdo y pueden rotarse en esa función. 3. Inspeccionarán la Unidad Móvil. 4. Colocarán los equipos y los materiales en la Unidad Móvil asegurándose que no se le haya quedado nada en el vehículo. 5. Dejarán el vehículo estacionado en el lugar donde estaba la Unidad Móvil, salvo que se haya autorizado a llevar también un vehículo privado. B.

Regreso a la JIP Base 1. Llevarán la Unidad Móvil al estacionamiento designado. 2. Se trasladarán en el vehículo del oficial de inscripción a la JIP base a dejar los equipos y materiales, las llaves de la unidad y conectar la portátil para transmitir (replicar) la información electoral e imágenes de los electores a los que se les brindó el servicio. 3. Se incorporarán a los trabajos de su JIP, luego de transmitir la información recopilada de los electores, de haber realizado los procedimientos descritos en este Manual y generar los informes correspondientes.

SECCIÓN 6 – PROCEDIMIENTO PARA INICIAR EL SERVICIO, INSTALAR EL EQUIPO Y REPLICAR LAS TRANSACCIONES ELECTORALES E IMÁGENES A.

Pasos a seguir para Iniciar el Servicio e Instalar el Equipo 1. Una vez lleguen al lugar donde se llevará a cabo la inscripción, trasladarán los equipos y materiales al lugar provisto para brindar el servicio electoral.

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2. Conectarán los equipos (de data y cable de UPS) a la toma de corriente y organizarán los demás equipos y materiales. 2. Prepararán la estación y procederán con el acceso al Sistema. 3. Se iniciará el servicio a los electores conforme a los procedimientos establecidos en el Manual de Procedimientos de las JIP y este Manual. 4. Procederán a desconectar el equipo y trasladarlo, junto a los demás materiales, a la Unidad Móvil al finalizar el servicio y regresarán a la JIP Base. Una vez concluidos los trabajos de inscripción, los oficiales obtendrán el Informe de Electores Procesados. El mismo se transmitirá a la Unidad de Control de Calidad una vez llegue a la JIP Base. B.

Replicación de Transacciones e Imágenes desde la JIP Base 1. Conectarán el equipo de la estación (cable UPS) a la toma de Corriente. 2. Desenrollarán el cable color azul o amarillo y lo conectarán al HUB en cualquier puerto disponible. 3. Pondrán en funcionamiento la estación y procederán con el acceso al Sistema. Verificarán que la computadora (PC) tenga el semáforo en color verde, (de estar amarillo o rojo notifican a OSIPE y esperan a que haya línea). Esto significa que la PC está lista para que replique. Transcurrido un tiempo razonable, el oficial de inscripción seleccionará dos (2) transacciones realizadas y se comunicarán con el área de Control de OSIPE para verificar que la información o data, así como las imágenes, hayan replicado. 4. Las llaves del vehículo se dejarán en la JIP Base.

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SECCIÓN 7 – RESPONSABILIDAD DE LOS OFICIALES DE INSCRIPCIÓN DE LA UNIDAD MÓVIL Los oficiales de inscripción asignados a la Unidad Móvil, además de mantenerse trabajando como oficiales de inscripción de la JIP a que pertenecen, tendrán, entre otras, las siguientes responsabilidades como parte de la JIP Unidad Móvil: A. Conducir en forma alternada, la Unidad Móvil. B. Viajar juntos en la Unidad Móvil a menos que hayan solicitado permiso para llevar un automóvil privado además de la Unidad Móvil, conforme a la sección 8 de este Manual. C. Velar por la seguridad del vehículo mientras el mismo se esté utilizando como Unidad Móvil. D. Estacionar el vehículo en el cuartel más cercano que se le haya asignado, asegurándose que quede cerrado. E. Mantener informado al Supervisor Auditor y a la Oficina del Tercer Vicepresidente de cualquier situación que afecte o pueda afectar los servicios de la Unidad Móvil. F. Llevar a cabo los procedimientos electorales según se establece en el Manual de Procedimientos de las JIP y este Manual. Deben prestar especial atención a los informes periódicos y mensuales que se le requieren a una JIP regular. G. Brindar el mantenimiento mínimo al vehículo (gasolina, aceites, agua,

coolant, líquido de frenos, batería, nivel de aire de neumáticos, entre otros).

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H. Una vez estacionen el vehículo, dejar la llave en la JIP que le sirve de base (en el caso de San Juan en Oficina de Servicios Generales o Seguridad, según establecido en este Manual). I. Velar por la seguridad de los equipos y materiales de la Unidad Móvil mientras estén prestando servicios. Deberán tener especial cuidado en el traslado de los equipos al lugar donde se prestará el servicio.

Evitar

movimientos bruscos, golpes o caídas del equipo ya que le pueden causar daños. J. Asegurar el equipo cuando lo lleven en el interior del vehículo. K. Portar en todo momento la identificación de la Comisión. L. Informar de cualquier accidente físico que sufra en el desempeño de su trabajo y de cualquier accidente que sufra la Unidad Móvil. SECCIÓN 8 – HORARIO DE SERVICIOS, DIETAS Y MILLAJE Y TIEMPO COMPENSATORIO A.

Horario de Servicio 1. El horario de servicio será de 9:00 a.m. a 3:00 p.m. o aquel horario que sea acordado para proyectos especiales. 2. El horario de trabajo de los oficiales será el mismo que tengan en la JIP (8:00 a.m. a 4:30 p.m.) Los oficiales de inscripción tendrán su hora de almuerzo en forma escalonada para que no se interrumpa el servicio electoral.

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B.

Dietas y Millaje 1. Los oficiales de inscripción asignados a las Unidades Móviles, previa autorización para ello, podrán reclamar dieta por los trabajos que realicen fuera de la JIP. 2. Los tres (3) oficiales de inscripción viajarán en el vehículo oficial.

En

situaciones donde la Comisión no provea transportación, los oficiales podrán utilizar su vehículo privado, previo autorización del Tercer Vicepresidente en cuyo caso tendrán derecho a cobrar millaje. En ausencia de las anteriores circunstancias, aquel oficial que desee utilizar su vehículo privado no tendrá derecho a cobrar millaje. C.

Tiempo Compensatorio 1. Los oficiales de inscripción asignados a la Unidad Móvil planificarán sus trabajos de tal forma que eviten acumular tiempo compensatorio.

No

obstante, por necesidades del servicio, y previa autorización de la Oficina del Tercer Vicepresidente, podrán acumular tiempo compensatorio. 2. El Supervisor Auditor recomendará y el Tercer Vicepresidente determinará, la forma y manera en que se agotará el tiempo compensatorio, de conformidad con las normas de Recursos Humanos y las directrices de la Comisión.

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SECCIÓN 9 – ÁREAS GEOGRÁFICAS A CUBRIR POR LAS UNIDADES MÓVILES Y JIP BASE Cada Unidad Móvil será asignada a un área geográfica en particular.

No

obstante, por necesidades del servicio, podrán enviarse para auxiliar en otras áreas que no sean las asignadas. Las mismas estarán adscritas a una JIP que le servirá de base. Existirán cinco (5) áreas a saber: A.

Norte (21 Municipios) / JIP Base – Bayamón 011 Cubrirá los municipios de: Bayamón, Toa Alta, Toa Baja, Dorado, Vega Alta, Vega Baja, Morovis, Manatí, Ciales, Florida, Barceloneta, Arecibo, Hatillo, Camuy, Quebradillas, Lares, Utuado, Barranquitas, Corozal, Naranjito y Comerío.

B.

Oeste (15 Municipios) / JIP Base – Mayagüez 042-A Cubrirá los municipios de: Isabela, San Sebastián, Las Marías, Aguadilla, Moca, Aguada, Rincón, Añasco, Mayagüez, San Germán, Hormigueros, Cabo Rojo, Lajas, Sabana Grande y Maricao.

C.

Sur (14 Municipios) / JIP Base – Ponce 060 Cubrirá los municipios de: Guánica, Yauco, Adjuntas, Jayuya, Guayanilla, Peñuelas, Ponce, Villalba, Juana Díaz, Orocovis, Santa Isabel, Coamo, Aibonito y Salinas.

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D.

Noreste (13 Municipios) / JIP Base – JIP Isla Móvil en Anexo Hato Rey Cubrirá los municipios de: San Juan, Guaynabo, Cataño, Vieques, Culebra, Ceiba, Fajardo, Luquillo, Río Grande, Loíza, Canóvanas, Carolina y Trujillo Alto.

E.

Sureste (15 Municipios) / JIP Base – San Juan 005 Cubrirá los municipios de: Cidra, Cayey, Guayama, Arroyo, Aguas Buenas, Caguas, Gurabo, Juncos, Las Piedras, San Lorenzo, Patillas, Maunabo, Yabucoa, Humacao y Naguabo.

SECCIÓN 10 – OFICIALES DE INSCRIPCIÓN, ITINERANTES O SUPLENTES A. Cada Comisionado Electoral designará un oficial de inscripción de cada una de las oficinas bajo Concepto Municipal de San Juan 005, San Juan 005-A, Bayamón, Mayagüez y Ponce, y las que surjan además del que integra la que existe actualmente en San Juan (Móvil de San Juan). Éstos integrarán la JIP Unidad Móvil de cada área: San Juan (Área Sureste), Bayamón (Área Norte), Mayagüez (Área Oeste), Ponce (Área Sur) y San Juan (Área Noreste). B. Los oficiales de inscripción Itinerantes se utilizarán para sustituir aquellos oficiales asignados a la Unidad Móvil que estén ausentes. C. En aquellos casos en que la sustitución se realice por cualquier otro funcionario, la Comisión no vendrá obligada a garantizar clave y token para el desempeño de su función. A tal efecto, sus funciones se limitarán a la tercera estación según establecido en el Manual de Procedimientos de las JIP.

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SECCIÓN 11 – EQUIPOS Y MATERIALES Cada Unidad Móvil estará equipada con los siguientes equipos y materiales: A.

Equipos 1.

Una computadora portátil (laptop)

2.

Una Data Card

3.

Una impresora

4.

Una cámara digital

5.

Una tabla digitalizadora (pad de firma)

6.

Cable eléctrico de enchufes múltiples (multiplog)

7.

Extensión eléctrica

8.

Conexión y extensión de cable telefónico

9.

Dos (2) mesas plegadizas

10. Seis (6) sillas plegadizas 11. Carro de acarreo (hand truck) 12. Equipo necesario del vehículo 13. Un lector óptico 14. Una llave de licencia 15. Dos porta ficha (token) 16. Un convertidor de señal de video 17. Un trípode para la cámara

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B.

Materiales 1.

Libro de Actas de las Juntas de Inscripción Permanente

2.

Registro de Tarjeta de Identificación Electoral Entregadas (Libro)

3.

Registro para las Declaraciones Juradas de las JIP (Libro)

4.

Papel para impresora

5.

Material para las Tarjetas de Identificación Electoral (PVC)

6.

Tinta de impresora

7.

Cinta para Data Card

8.

Cinta Dura Gard

9.

Equipo de limpieza Data Card (cleaning kit)

10. Bolígrafos 11. Libretas 12. Sobres manilas tamaño legal 13. Grapadora 14. Presillas 15. Cinta adhesiva (transparente y de papel) 16. Manual de Procedimientos de las JIP 17. Manual de Procedimientos de la Unidad Móvil 18. Paño amarillo para cámara 19. Hoja de Afiliación a Partidos Políticos 20. Formularios varios para generar los informes (disponible en CD) 21. Tres maletines

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22. Licencia del vehículo 23. Tarjeta de gasolina del vehículo 24. Desglose de Sectores Alfa Isla en papel SECCIÓN 12 – MANEJO, UBICACIÓN, ESTACIONAMIENTO Y SEGURIDAD DE VEHÍCULOS (UNIDADES MÓVILES) A. Manejo – Para poder conducir el vehículo los oficiales de inscripción asignados a la Unidad Móvil tienen que poseer licencia de transporte. B. Ubicación y Estacionamiento – Mientras no estén en uso, las Unidades Móviles ubicadas en Bayamón, Mayagüez y Ponce permanecerán en el Cuartel de Policía Estatal o Municipal más cercano (a la JIP que le sirve de base) que pueda proveer seguridad y estacionamiento a la misma. Los oficiales de inscripción asignados a la Unidad recogerán la misma en dicho lugar y a su regreso la estacionarán en el mismo lugar. Las llaves del vehículo se llevarán a la JIP de donde proceden los oficiales. En el caso de San Juan, la Unidad Móvil estará localizada y se estacionará en el Edificio Administrativo y la llave del vehículo se dejará en la Oficina de Servicios Generales de la Comisión, excepto cuando dicha unidad se utilice fuera de horas laborables, en cuyo caso las llaves se dejarán en la Oficina de Seguridad. C. Seguridad del Vehículo – Los oficiales de inscripción asignados a la Unidad Móvil velarán por la seguridad del vehículo mientras permanezca en su poder. La misma debe estacionarse lo más cerca posible del lugar donde estarán brindando servicios. En casos en que los oficiales observen problemas de seguridad para el vehículo o sus personas, deberán comunicarse de inmediato con el Cuartel de Policía más

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cercano, la Oficina de Seguridad de la Comisión y la Oficina del Tercer Vicepresidente. SECCIÓN 13 – SUPERVISIÓN Y AUDITORÍA A. El Supervisor Auditor de la zona donde están ubicados los oficiales de inscripción de la Unidad Móvil será el responsable de la Supervisión y Auditoría de la JIP Unidad Móvil. B. La Oficina del Tercer Vicepresidente le proveerá el calendario de actividades de las Unidades Móviles a los Supervisores Auditores de cada zona. C. A solicitud de la Oficina del Tercer Vicepresidente, el Supervisor Auditor visitará el local donde se prestarán los servicios de la Unidad Móvil, para inspeccionar el mismo (utilizando el formulario provisto) y velar por que se cumpla con los requisitos establecidos (Anejo 4). Informará por escrito el resultado de su visita a la Oficina del Tercer Vicepresidente. D. Cuando la JIP Unidad Móvil se encuentre prestando servicios en un Precinto o Municipio que no está contenido en el área del Supervisor Auditor de la Oficina JIP que le sirve de base, se le informará al Supervisor Auditor de dicho precinto para que ayude en la supervisión del servicio que se presta. Tanto el Supervisor Auditor de la JIP base como la Oficina del Tercer Vicepresidente se comunicarán con el Supervisor Auditor designado que deberá ayudar en la actividad.

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APROBADO: En San Juan, Puerto Rico a

2

de septiembre de 2015. /

VELEZ

ILLER AN ONIO ACHA Comisionado Electoral PPD

JORGE L. DAVILA TORRES Comisionado Electoral PNP

'

JUAN ALMAU RA Comisionado Electoral PIP

CERTIFICO: Que este Manual de Procedimientos de Unidades Móviles que Funcionan como Juntas de Inscripción Permanente fue aprobado por la Comisión el 25 de septiembre de 2015. Para que asI conste, firmo y sello el presente en San Juan, Puerto Rico a 2- 5 de septiembre de 2015.

WALTER VELEZ MARTINEZ Secretario

I

Manual de Procedimientos Unidades Móviles

Anejo 1 PARA USO DE LA CEE Pautada para servicio el: COMISIÓN ESTATAL DE ELECCIONES ESTADO LIBRE ASOCIADO

Hora : JIP asignada:

OFICINA TERCER VICEPRESIDENTE SOLICITUD PARA SERVICIO ELECTORAL JIP UNIDAD MÓVIL (INSTITUCIONES O INDIVIDUOS)

Si el servicio lo solicita para una INSTITUCIÓN, favor de cumplimentar la siguiente parte: Institución: Persona que dirige: Cargo que ocupa: Cantidad (aproximada) de personas que recibirán el servicio: Persona con la cual se coordinarán los servicios: Cargo que ocupa: Teléfono:

Celular:

Trabajo:

Dirección electrónica (e-mail) Si el servicio se solicita para una PERSONA INDIVIDUAL, favor de cumplimentar la siguiente parte: Persona a la cual se le prestará servicio: Número Electoral:

Fecha de Nacimiento:

Nombre de Padre:

Nombre de Madre:

Ha votado anteriormente: Sí

/

/

No:

Persona, familiar o tutor que solicita el servicio: Teléfono:

Celular:

Trabajo:

Dirección electrónica (e-mail): Razón para solicitar el servicio: Información general para ser cumplimentada para servicio en INSTITUCIÓN y PERSONA INDIVIDUAL:

Dirección Residencial: Dirección Postal: Días de la semana convenientes o preferidos para prestar el servicio: Lunes

Martes

Miércoles

Jueves

Viernes

Horario conveniente para prestar servicios: Nombre

Firma Fecha:

Cargo /

/

ENVIAR VIA FACSIMIL AL TELÉFONO (787) – 777 - 8687

COMISIÓN ESTATAL DE ELECCIONES ESTADO LIBRE ASOCIADO OFICINA TERCER VICEPRESIDENTE CALENDARIO DE TRABAJO DE LA JIP UNIDAD MÓVIL SEMANA DEL: FECHA

INSTITUCIÓN

AL MATRÍCULA

DE

DE 20 DIRECCIÓN

TELÉFONO

.

ENCARGADO

OBSERVACIONES

LUNES

MARTES

MIÉRCOLES

JUEVES

VIERNES

SÁBADO

DOMINGO

Anejo 2

Anejo 3

LISTA DE COTEJO DE EQUIPOS 1. Una computadora portátil (laptop) 2. Una data card 3. Una impresora 4. Una cámara digital 5. Una tabla digitalizadora (pad de firma) 6. Un lector óptico 7. Una llave de licencia 8. Dos (2) porta ficha (token) 9. Un trípode para la cámara 10. Cable eléctrico de enchufes múltiples (multiplog) 11. Extensión eléctrica 12. Conexión y extensión de cable telefónico 13. HUB (para conectar USB) 14. Set cables de equipos 15. Carro de acarreo (hand truck) 16. Dos (2) mesas plegadizas 17. Seis (6) sillas plegadizas 18. Paño de Foto

Anejo 4

Lista de cotejo para inspeccionar los locales 1. Ubicarse en un salón, cuarto o espacio cerrado del primer piso, preferiblemente con aire acondicionado. 2. Accesibilidad a personas con impedimentos. 3. Receptáculos de energía eléctrica, que sean varios uso exclusivo para computadora portátil (laptops) 4. Escritorios o mesas 5. Sillas plegadizas para los electores

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