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MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ALCALDIA
ORDENANZA
1\1"
1849
LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA, el re8urso reconsideracion de fecra ''de diC'errbre de' afo en curSQ artb.1lo 40° y 157' ae ,a Ley
Aprobola siguiente ORDENANZA QUE APRUEBA ANEXIÓN AL ÁREA URBANA, ASIGNACIÓN DE ZONIFICACIÓN Y REAJUSTE DE LA ZONJFICACION DE LOS USOS DEL SUELO DEL DISTRITO DE CARABAYLLO
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1849 ANEXO 3 REGLAMENTO DE PARAMETROS URBANISTICOS Y EDIFICATORIOS
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1849 Capítulo I: NORMAS ESPECIFICAS 1.- Delimitación de Zonas La Zonificación de una manzana queda definida gráficamente por una línea que corresponde a los frentes de los lotes que la componen y otras líneas en el interior de la manzana que corresponden a los fondos de los lotes, determinando la Zonificación que será aplicable a dichos lotes. En un lote acumulado se debe entender que los sublotes que originaron la acumulación, mantendrán, cada uno, las características de Zonificación que originalmente tenían. a) Límite de zonificación que divide una manzana Este límite es la línea previa que demarca la diferencia de los usos de suelo, teniendo como limite el lindero posterior de los lotes cuyos frentes están calificados por una determinada Zonificación. Esto es aplicable también a los casos en los cuales dos líneas divisorias atraviesan una manzana determinando lotes únicos (no acumulados) con usos diferentes. En el caso de predios que tengan más de dos frentes, y en donde confluyan zonificaciones diferentes (comercial y residencial), se deberá respetar el uso que corresponda a cada Zonificación en forma proporcional a sus lotes normativos establecidos o compatibles para el caso de Zonificación Comercial. b) Lotes con frentes a dos calles paralelas Cuando un lote tiene frentes a dos calles paralelas y está dividido por una línea límite de zonificación, cada zonificación afectara al terreno en áreas proporcionales en función a los lotes normativos para cada frente del lote, debiendo respetar cada una de ellas las normas y parámetros (alturas, retiros, área libre, etc.) correspondientes respectivamente. Si existieran lotes en zonificaciones diferentes, una comercial y otra residencial, se deberá respetar proporcionalmente el uso que corresponde a cada una de ellas. c) Lotes en esquina En un lote en esquina que tiene uno de los frentes zonificación de uso comercial y el otro frente con zonificación de uso residencial: No se podrá abrir puertas de acceso para el uso comercial por el frente de uso residencial. Quedan exceptuadas las salidas con fines de seguridad y evacuación Por el frente de uso residencial, no se autorizaran espacios para estacionamientos, accesos a playas de estacionamiento, ni zonas de carga y descarga, ni combustible. Capítulo II: PARÁMETROS URBANÍSTICOS Y EDIFICATORIOS 1.
Zonas Residenciales Para el ÁREA 1: ZONA DE REAJUSTE que contiene las áreas de Reajuste de Zonificación del Distrito de Carabayllo se aplicara el cuadro de Parámetros Urbanísticos vigente en las Ordenanzas N° 1015-MML y 1105-MML.
Para el ÁREA 2: ZONA DE ANEXIÓN AL ÁREA URBANA que contiene las áreas de anexión de Suelo Urbano se aplicarán los Parámetros Urbanísticos descritos en el cuadro N° 1:
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1849 CUADRO N° 01 RESUMEN DE ZONIFICACIÓN RESIDENCIAL PARA EL ÁREA 2: ZONA DE ANEXIÓN AL ÁREA URBANA ZONA
USOS
Unifamiliar
RESIDENCI AL DE DENSIDAD MEDIA (RDM)
RESIDENCI AL DE DENSIDAD ALTA (RDA) (1) (2) (3) (4) (5) (6)
Unifamiliar /Bifamiliar
DENSIDAD (Vivienda/Ha)
LOTE MÍNIMO NORMATIVO (m2)
FRENTE MINIMO (ml)
FRONTAL
ALTURA DE EDIFICACION MAXIMA (PISOS)
AREA LIBRE (4)
6
(3)
5 3
3
30%
1 cada 3 viviendas
3
30%
1 cada 3 viviendas
1.5 (a+r)
40%
1.5 (a+r)
50%
1 cada 3 viviendas
1.5 (a+r)
60%
1 cada 3 viviendas
(1) (2)
100
120
6
(3)
5 3
(1) (2)
Multifamili ar
10 160
600
Conjunto Residenci al
280
1800
30
Multifamili ar
450
1250
25
(3)
5 3
(1) (2) (3 )
5
(1) (2) (3 )
5
ESTACIONA MIENTO MÍNIMO (5) (6)
(1) (2)
90
100
RETIRO MÍNIMO (ml)
1 cada 3 viviendas
Conjunto (1) (2) (3 ) 5 1 cada 3 Residenci 500 2500 30 1.5 (a+r) 60% viviendas al En vías Metropolitanas En vías colectoras, arteriales e interdistritales En vías Locales El área de retiro podrá ser computado como área libre. El 50% del área total destinada a área Libre deberá ser áreas verdes. No se permitirá el uso de grass block o similar. No se permitirán estacionamientos en retiros frontales y/o frente a vías públicas Se permitirá el uso de sótano de estacionamientos hasta una altura de -3.00 acompañado previamente con un estudio de suelos especificando el nivel de la napa freática. No se compatibilizará pisos de estacionamiento para la altura de edificación.
Para el ÁREA 5: ZONA DE GENERACIÓN DE ESPACIO PÚBLICO CON ALTA DENSIDAD se aplicarán los Parámetros Urbanísticos descritos en el cuadro N° 2: CUADRO N° 02 RESUMEN DE ZONIFICACIÓN RESIDENCIAL PARA EL ÁREA 5: ZONA DE GENERACIÓN DE ESPACIO PÚBLICO CON ALTA DENSIDAD
ZONA
USOS COMPATI BLES
LOTE NORMA TIVO (m2)
FRENTE MINIMO (ml)
Multifami liar
Comercio Zonal
2700
Conjunto Residen cial
Comercio Zonal
5400
USOS
RESIDENCI AL DE DENSIDAD ALTA (RDA)
RETIRO MINIMO (ml) FRON TAL
POSTE RIOR
LATE RAL
30
5
5
5
45
5
5
5
ALTURA DE EDIFICACION (PISOS)
No se limita la altura. Será la resultante de aplicar la densidad máxima
(Vivienda /Ha)
AREA LIBRE (1)
550
50%
1 cada 3 viviendas
600
50%
1 cada 3 viviendas
DENSIDAD
ESTACIONA MIENTO
(1) El 50% del área total destinada a área Libre deberá ser áreas verdes. No se permitirá el uso de grass block o similar.
En todos los casos los estacionamientos serán resueltos dentro del lote.
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1849 1.1.- Construcción en Techos y Azoteas El presente numeral regula el Uso del Techo, Azotea y sus Aires en Edificaciones de Uso Residencial. El nivel de techo del último piso permitido y sus aires podrán ser de dominio común solo para los usos Multifamiliares y Conjuntos Residenciales. Este podrá ser utilizado para uso recreativo, área verde, terraza, BBQ, lavadero, piscina, pérgolas livianas, sala de recreación, gimnasio, servicios higiénicos o depósitos como complemento de los usos anteriormente indicados. El acceso a estas áreas será a través de la escalera común y/o ascensor si lo tuviera. No se permitirá la comunicación directa entre las áreas de dominio privado con las áreas de dominio común. El área techada no excederá el 40% del área total de la misma, sin considerar el área destinada a la escalera común, tanque elevado, ascensores u otras instalaciones de uso común, debiendo tener un retiro mínimo de 3.00 ml del alineamiento de la fachada del último piso de la edificación y una altura no mayor a 3.00 ml desde el nivel de piso acabado de la azotea. Las azoteas deben estar bordeadas por un parapeto opaco, con una altura de mínima de 1.60 ml en las colindancias que generen registro visual a propiedad de terceros y de 1.10 ml al resto. Los materiales del parapeto frontal deberán responder a la arquitectura y no podrán sobrepasar el 1.10 ml de altura. Las áreas de esparcimiento y recreación, no podrán afectar la privacidad y tranquilidad de los residentes, debiendo considerarse para ello, un tratamiento acústico en el piso de la azotea y paisajístico en las áreas libres. En los pozos de luz existentes, se deberá considerar un retiro de 3.00 ml del alineamiento del último piso hacia estos pozos, a fin de no afectar la iluminación de los pisos inferiores, y mantener el ángulo de ingreso de la luz hasta el primer piso sobre el o los frentes de dicho pozo, de igual manera se aplicara al frente opuesto que da servicio el pozo de iluminación y ventilación. 2.
Zonas Comerciales Para el Área 1 Zona de Reajuste que contiene las áreas de Reajuste de Zonificación del Distrito de Carabayllo se aplicara el siguiente cuadro de Parámetros Urbanísticos: CUADRO N° 03 RESUMEN DE ZONIFICACIÓN COMERCIAL PARA EL ÁREA 1: ZONA DE REAJUSTE ZONA
CZ
COMERCIO ZONAL
ALTURA DE EDIFICACIÓN
7 – 10 pisos (1)
COMERCIO VECINAL
COMPATIBLE RDA
TAMAÑO DEL LOTE
Existente o según Proyecto
5 pisos
CV
USO RESIDENCIAL
5 pisos
RDM
RDM
Existente o según Proyecto
AREA LIBRE
ESTACIONAMIENTOS MÍNIMO
No exigible para uso
1 cada 3 viviendas y 1
comercial. Los pisos
cada 50 m2 de área
destinados para vivienda
comercial
dejarán el área libre que
1 cada 3 viviendas y 1
requiere el uso
cada 50 m2 de área
residencial compatible (2)
comercial
(1)
Se permitirán hasta 10 pisos de altura en lotes ubicados frente a la intersección de avenidas colectoras o arteriales, previa presentación de Estudio de Suelos y 7 pisos de altura en lotes ubicados frente a Parque y/o Avenidas con anchos mayores a 20 metros. Cuando haga efectivo el derecho a los 10 pisos deberá dejar un área libre de 10% por cada piso. (2) El 50% del área total destinada a área Libre deberá ser áreas verdes. No se permitirá el uso de grass block o similar
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Para el Área 2: Zona de Anexión al Área urbana que contiene las áreas de Anexión de Suelo Urbano se aplicarán los Parámetros Urbanísticos descritos en el cuadro N° 4: CUADRO N° 04 RESUMEN DE ZONIFICACION COMERCIAL PARA EL ÁREA 2: ZONA DE ANEXIÓN AL ÁREA URBANA RETIRO MINIMO (ml)
ALTURA DE EDIFICACION MAXIMA (PISOS)
USO RESIDENCIAL COMPATIBLE (1)
LOTE NORMATIVO (m2)
COMERCIO METROPOLITA NO (CM)
1.5 (a+r)
RDA
1250
5
COMERCIO ZONAL (CZ)
1.5 (a+r)
RDA-RDM
600
5
COMERCIO VECINAL (CV)
1.5 (a+r)
RDM
Existente o según proyecto
5
ZONA
(1) (2) (3)
FRONTAL (2)
POSTERIOR
LATERAL
AREA LIBRE (3)
ESTACIONA MIENTO MÍNIMO
25%
Según proyecto
25%
Según cuadro resumen
25%
Para hacer uso de la compatibilidad deberá previamente habilitarse con los aportes y parámetros correspondientes al de la zona residencial correspondiente. En vías Metropolitanas, en vías colectoras, arteriales e interdistritales y en vías locales. El 50% del área total destinada a área Libre deberá ser áreas verdes. No se permitirá el uso de grass block o similar
Para el Área 5: Zona de Generación de Espacio Público con Alta Densidad se aplicarán los Parámetros Urbanísticos descritos en el cuadro N° 5:
CUADRO N° 05 RESUMEN DE ZONIFICACION COMERCIAL PARA EL ÁREA 5: ZONA DE GENERACIÓN DE ESPACIO PÚBLICO CON ALTA DENSIDAD
ZONA
COMERCIO ZONAL (CZ)
ALTURA DE EDIFICACION MAXIMA (PISOS)
USO RESIDENCIAL COMPATIBLE (1)
LOTE NORMATIVO (m2)
1.5 (a+r)
RDA
2700
RETIRO MINIMO (ml) FRONTAL
(2)
5
POSTERIOR
(2)
5
LATERAL
(2)
5
AREA LIBRE
ESTACIONA MIENTO
25%
Según cuadro resumen
(1) Para hacer uso de la compatibilidad deberá previamente habilitarse con los aportes y parámetros correspondientes al de la zona residencial correspondiente. (2) En vías Metropolitanas, colectoras, arteriales, distritales o locales.
3.- Estacionamientos La dotación de estacionamientos para edificaciones de uso residencial esta detallado en los Cuadros Resumen Nº 1 y Nº 2. Para el cálculo de la dotación de estacionamientos para cada predio se utilizarán los índices que se señalan en el cuadro N° 6 para cada actividad. El cálculo del número de estacionamientos requeridos no se considera el espacio disponible sobre la sección de la vía frente al lote, ni aquellos de las zonas de estacionamientos habilitados en la vía pública aprobados en la habilitación urbana o producto de la modificación de la vía.
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1849 Para el Área de Tratamiento Diferenciado 1.- El número de estacionamientos requeridos serán habilitados exclusivamente al interior del predio o en otro predio colindante o ubicado a una distancia máxima de 500 ml. que sea habilitado para este fin. Para el Área de Tratamiento Diferenciado 2.- El número de estacionamientos requeridos serán habilitados exclusivamente al interior del predio.
CUADRO N° 6 RESUMEN DE ESTACIONAMIENTOS PARA ACTIVIDADES COMERCIALES, ADMINISTRATIVAS Y DE SERVICIOS USO
UN (01) ESTACIONAMIENTO CADA: (1)
LOCALES COMERCIALES LOCAL COMERCIAL Y/O TIENDA
50 m2
SUPERMERCADOS, TIENDA POR DEPARTAMENTOS, AUTOSERVICIOS Y GRANDES ALMACENES
50 m2 DEL AREA DE VENTA
OFICINAS COMERCIALES Y/O ADMINISTRATIVAS OFICINAS EN COMERCIO METROPOLITANO
50 m2
OFICINAS EN COMERCIO ZONAL Y VECINAL
50 m2
SERVICIOS DE EDUCACION UNIVERSIDADES, INSTITUTOS SUPERIORES, ACADEMIAS Y/O SIMILARES
50 m2
COLEGIOS Y NIDOS
50 m2
SERVICIOS DE ESPARCIMIENTO, CULTURALES, DEPORTIVOS Y RELIGIOSOS CINES, TEATROS, LOCALES CULTURALES Y DE ESPECTACULOS, CENTRO DE CONVENCIONES
20 BUTACAS
CLUBES COLEGIOS PROFESIONALES Y SIMILARES
50 m2
GIMNASIOS
50 m2
LOCALES DE CULTO, IGLESIAS, ORGANIZACIONES CIVICAS
30 m2 DEL AREA DE CULTO
LOCALES DEPORTIVOS
50 m2
SALAS O GALERIAS DE EXPOSICION EN GENERAL
50 m2
SERVICIOS DE HOTELERIA Y RESTAURANTES APART HOTEL
75 %DEL NUMERO DE HABITACIONES
HOTEL 5 ESTRELLAS CON CASINO Y/O SALA DE JUEGOS
40% DEL NUEMRO DE HABITACIONES MAS 1 ESTACIONAMIENTO CADA 5 m2 DE AREA TECHADA DE LOS AMBIENTES VINCULADOS AL CASINO Y SALA DE JUEGOS
HOTEL 5 Y 4 ESTRELLAS
35% DEL NUMERO DE HABITACIONES
HOTELES Y HOSTALES DE 3 ESTRELLAS
30% DEL NUMERO DE HABITACIONES
RESTAURANTE 5 TENEDORES CON CASINO Y SALA DE JUEGOS
50 m2
RESTAURANTES, CEFETERIAS Y SIMILARES
30 m2
SALAS DE BAILE Y DISCOTECAS
10 m2
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SERVICIOS DE INTERMEDIACION FINANCIERA Y OTROS SERVICIOS FINANCIEROS BANCOS, FINANCIERAS, CAJAS MUNICIPALES, CAJAS RURALES Y DEMAS DEL SISTEMA FINANCIERO, DE SEGUROS Y AFP
50 m2
SERVICIOS DE SALUD
(1)
CENTROS MEDICOS Y LABORATORIOS
50 m2
CLINICAS, POLICLINICOS Y SIMILARES
50 m2
CONSULTORIOS INDIVIDUALES
20 m2
El área de estacionamientos se calculara sobre el área neta destinada a cada uso
4.- Beneficio de aprovechamiento edificatorio El incremento de cada 10% del área libre establecido en los cuadros normativos será compensado con el incremento del 10% en viviendas respecto de la densidad máxima establecida.