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Quito – Ecuador NORMA TÉCNICA ECUATORIANA NTE INEN 2975-3 2015 - XX SERVICIOS EN LAS RESIDENCIAS PARA PERSONAS MAYORES. PARTE 3 – GUÍA PARA LA APLI

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Quito – Ecuador

NORMA TÉCNICA ECUATORIANA

NTE INEN 2975-3 2015 - XX

SERVICIOS EN LAS RESIDENCIAS PARA PERSONAS MAYORES. PARTE 3 – GUÍA PARA LA APLICACIÓN DE LA GESTIÓN INTEGRAL. ESPACIOS E INSTALACIONES

SERVICES IN RESIDENCES FOR GROWN-UPS. PART 3 – GUIDANCE FOR IMPLEMENTING THE COMPREHENSIVE MANAGEMENT. SPACES AND FACILITIES.

_________________________________________ Correspondencia: Esta norma es una adaptación de la norma IRAM 9200-3

DESCRIPTORES: Servicios, Residencia, Personas mayores, Gestión Integral, espacios, instalaciones. ICS: 03.080.30; 03.100.01; 11.180.01

25 Páginas

NTE INEN 2975-3

ÍNDICE

ÍNDICE ................................................................................................................................. ii INTRODUCCIÓN ................................................................................................................ iv 1.

OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN ............................................................... 1

2.

REFERENCIAS NORMATIVAS .......................................................................... 1

3.

TERMINOS Y DEFINICIONES .......................................................................... 1

4.

REQUISITOS ...................................................................................................... 2

4.1.

GENERALIDADES.............................................................................................. 2

4.2.

REQUISITOS DE LOS ESPACIOS .................................................................... 3

4.3.

REQUISITOS DE LAS INSTALACIONES ........................................................... 3

4.3.1.

Generalidades ..................................................................................................... 3

4.3.2.

Accesos a la residencia ....................................................................................... 3

4.3.3.

Locales y circulaciones ........................................................................................ 4

4.3.4.

Pasillos y puertas................................................................................................. 4

4.3.5.

Escaleras............................................................................................................. 4

4.3.6.

Ascensor ............................................................................................................. 5

4.3.7.

Agua .................................................................................................................... 6

4.3.8.

Instalación eléctrica ............................................................................................. 6

4.3.9.

Iluminación .......................................................................................................... 6

4.3.10.

Climatización y ventilación ................................................................................... 7

4.3.11.

Sistemas de comunicación .................................................................................. 7

4.3.12.

Señalización ........................................................................................................ 8

4.3.13.

Dormitorios .......................................................................................................... 8

4.3.14.

Guardarropa de los residentes............................................................................. 9

4.3.15.

Las características que deben cumplir los guardarropas son las siguientes: ........ 9

4.3.16.

Baño .................................................................................................................... 9

4.3.16.1.

Generalidades .................................................................................................. 9

4.3.16.2.

Requisitos ........................................................................................................ 9

ii

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4.3.16.3.

Baño accesible de los dormitorios .................................................................. 10

4.3.17.

Comedor............................................................................................................ 10

4.3.18.

Sala de estar ..................................................................................................... 10

4.3.19.

Sala de visitas o de espera ................................................................................ 11

4.3.20.

Salas de terapia ocupacional ............................................................................. 11

4.3.21.

Biblioteca ........................................................................................................... 11

4.3.22.

Piscina ............................................................................................................... 11

4.3.23.

Espacio abierto exterior ..................................................................................... 11

4.3.24.

Sala de rehabilitación ........................................................................................ 11

4.3.25.

Enfermería......................................................................................................... 12

4.3.26.

Depósito de cadáveres ...................................................................................... 12

4.3.27.

Administración ................................................................................................... 12

4.3.28.

Sala de usos múltiples ....................................................................................... 12

4.3.29.

Vestuarios y baños del personal ........................................................................ 12

4.3.30.

Cocina ............................................................................................................... 12

4.3.31.

Lavadero y ropería............................................................................................. 13

4.3.32.

Cuarto de almacenamiento ................................................................................. 13

5.

HIGIENE, MANTENIMIENTO Y SEGURIDAD ................................................... 14

5.1.1.

Instalaciones...................................................................................................... 14

5.1.2.

Plan de limpieza y desinfección ......................................................................... 14

5.1.3.

Personal de limpieza ......................................................................................... 14

5.1.4.

Supervisión ........................................................................................................ 14

Anexo A (Informativo) Espacios mínimos acorde a la cantidad de camas de la residencia .......................................................................................................................................... 16 Anexo B (Informativo) Descripción del mobiliario y equipamiento de cada espacio ......... 19 APÉNDICE Z BIBLIOGRAFÍA ........................................................................................... 25

iii

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INTRODUCCIÓN Un edificio destinado a residencia para personas mayores debe estar basado en una arquitectura facilitadora que contemple la seguridad, la funcionalidad, la accesibilidad, la habitabilidad y el confort. Con esta arquitectura facilitadora se asegura que el residente pueda realizar todas las actividades de la vida diaria dentro de un ámbito accesible y seguro en lo que respecta a la alimentación, el descanso, el aseo personal, la socialización, la recreación y las actividades autogestionadas o programadas.

iv

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Norma SERVICIOS EN LAS RESIDENCIAS PARA PERSONAS MAYORES. NTE INEN Técnica PARTE 3 –GUÍA DE APLICACIÓN DE LA GESTIÓN INTEGRAL. 2975-3:2015 Ecuatoriana ESPACIOS E INSTALACIONES.

1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN Esta norma provee una guía para las residencias para personas mayores con el fin de cumplir los requisitos de la INTE INEN 2975, respecto de los espacios e instalaciones dentro de la residencia. Esta norma se aplica a todas las residencias para personas mayores, cualquiera sea su titularidad dentro del ámbito público o privado. 2. REFERENCIAS NORMATIVAS Los siguientes documentos, en su totalidad o en parte, sor referidos y son indispensables para su aplicación. Para referencias fechadas, solamente aplica la edición citada. Para referencias sin fecha, aplica la última edición del documento de referencia (incluyendo cualquier enmienda) NTE INEN-ISO 11602-2 Protección contra incendios. Extintores portátiles y sobre ruedas. Inspección y mantenimiento. NTE INEN 2975 Servicios en las residencias para personas mayores. Parte 1 - Gestión integral. Requisitos. NTE INEN-ISO 21542 Edificación. Accesibilidad del entrorno construido. 3. TERMINOS Y DEFINICIONES Para los propósitos de esta norma, se aplican las definiciones dadas en la NTE INEN 2975 y las siguientes: 3.1 accesibilidad. Condición que cumple un ambiente, espacio, objeto, instrumento, sistema o medio para que sea utilizable por la mayor cantidad de personas, en forma segura, independiente y confortable. 3.2 barrera. Impedimento u obstáculo que difculta o impide realizar una actividad o función. 3.3 barrera arquitectónica. Impedimento físico que presenta el entorno construido frente a las personas con discapacidad o en circunstancias discapacitantes. 3.4 barrera en la comunicación. Impedimento que presentan las formas de emisión, transmisión y recepción de mensajes, (visuales, orales, auditivos, táctiles o gestuales) que presentan los sistemas de comunicación en relación a las personas con discapacidad o en circunstancias discapacitantes. 3.5 bordillo Contención en forma de faja o cinta que forma el borde de un escalón cuando la ecalera no está entre paredes.

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3.6 nariz. Arista anterior y superior de un peldaño. 3.7 huella Profundidad del escalón, desde la nariz de un peldaño, hasta la proyección de la nariz del siguiente. 3.8 tecla luminosa Luz incorporada en la llave para indicar su ubicación. 3.9 rellano Porción horizontal en que termina cada tramo de escalera. 3.10 Solado Revestimiento de un piso. 4. REQUISITOS 4.1. GENERALIDADES

Las residencias de mayores deben disponer de los espacios y las instalaciones necesarias para un funcionamiento adecuado y de acuerdo con la población dentro de ésta. Los medios de acceso deben estar asegurados durante todo el año y ante cualquier condición climática. Dentro de la residencia se debe contar, como mínimo, con los medios de circulación siguientes: a) accesos al edificio; b) pasillos; c) escaleras; d) rampas; e) ascensores; f) medios alternativos de elevación (plataforma elevadora para silla de ruedas, silla monta escalera). NOTA. Según la tipología edilicia, se evaluará la necesidad de escaleras, rampas y ascensores.

Dentro de la residencia se debe contar, como mínimo, con las instalaciones siguientes: a) provisión de agua; b) desagües, cloacales y pluviales (según lo indique la normativa jurisdiccional); se debe tener en cuenta la instalación de cámaras interceptoras de grasa y nafta; c) instalación de gas según lo indique la norma del ente regulador de gas, con detectores de pérdidas y alarmas; d) instalación eléctrica: 1) iluminación general; 2) iluminación de emergencia; 3) iluminación vigía; 4) instalación baja tensión; 5) instalación electromecánica; 6) grupos electrógenos. e) sistema contra incendio: 1) instalación contra incendio; 2) salidas de emergencia. f) climatización;

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g) h)

ventilación: ventilación específica (natural, mecánica o por conducto). sistemas de comunicación: 1) teléfono de línea externa; 2) teléfono público y semipúblico; 3) intercomunicadores; 4) altoparlantes o buscapersonas; 5) internet y acceso a correo electrónico; 6) timbres de llamada a tableros indicadores y beeper, con conmutación en habitaciones y baño. i) sistemas de alarmas. Se recomienda la implementación de un sistema de sensores de cuerpo caído, conectados a un tablero indicador; j) señalización: 1) de identificación del establecimiento; 2) de orientación; 3) de individualización de locales; 4) de seguridad; 5) de salidas y medios de escape. k) tratamiento de residuos: 1) patogénicos; 2) domiciliarios.

4.2. REQUISITOS DE LOS ESPACIOS Los espacios utilizados en la residencia deben ser adecuados a las actividades que se realizan en ellos, seguros, accesibles y confortables. Para poder brindar un servicio acorde se requieren, como mínimo, los espacios siguientes: a) b) c)

espacios administrativos y comunes; espacios de alojamiento; espacios técnicos y profesionales;

NOTA. Los espacios técnicos y profesionales pueden ser compartidos en forma alternativa y coordinada de- pendiendo de la funcionalidad del área que lo permita, excepto enfermería.

d)

espacios complementarios.

Se indican, en el anexo A, los requerimientos mínimos de espacios acorde a la cantidad de camas de la residencia.

4.3. REQUISITOS DE LAS INSTALACIONES 4.3.1. Generalidades Las instalaciones de la residencia deben estar de acuerdo con los espacios según lo establecido en el capítulo 5. Toda residencia debe cumplir la legislación vigente y aplicable. En el caso que existan, las instalaciones de la residencia descriptas en este capítulo deben cumplir una serie de requisitos específicos que se detallan a continuación, de acuerdo con la tabla A.1 y A.2. Dentro de la residencia no se deben tener alfombras sueltas.

4.3.2. Accesos a la residencia Los accesos a la residencia, así como al propio edificio de ésta, deben cumplir con los requisitos de la NTE INEN-ISO 21542 y los siguientes:

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a) las residencias deben estar ubicadas en zonas salubres; b) los accesos a la residencia deben ser transitables y permitir el paso de vehículos a sus proximidades ante cualquier contingencia climática; c) contar con el permiso oficial correspondiente para un espacio reservado de detención vehicular para el exclusivo descenso y ascenso de los residentes con paso necesario; d) los accesos exteriores tanto peatonales como vehiculares deben tener protección climática; e) no deben existir barreras arquitectónicas.

4.3.3. Locales y circulaciones Los locales y las circulaciones deben tener la altura de los techos de acuerdo con la legislación vigente y aplicable de la localidad en la que se encuentra la residencia. Los locales y las circulaciones a los que tengan acceso los residentes deben permitir el radio de giro no inferior a 0,75 m para la movilidad de las sillas de ruedas. Las dependencias del centro deben estar comunicadas con conexiones internas cubiertas. En el caso de residencias con varios pabellones, deben existir pasillos de comunicación con, al menos, protección contra la lluvia.

4.3.4. Pasillos y puertas Con el fin de garantizar la aptitud de los pasillos para su utilización por todos los residentes y teniendo en especial consideración las necesidades de los posibles residentes con discapacidades, deben respetarse los requisitos siguientes: a) ancho de los pasillos mínimos de 1,20 m con zonas de ensanchamiento cada 20 m en caso de circulaciones largas que permita la inscripción de un círculo de 1,50 m de diámetro; b) ancho de pasillos en ocasión de sobrepaso de sillas de ruedas de 1,50 m; c) ayuda continua de pasamanos a 90 cm ± 5 cm del suelo en ambos lados del pasillo, con elementos indicadores de finalización de recorrido. Los pasamanos deben ser continuos, ergonómicos o de sección circular con un diámetro de 35 mm a 50 mm, separados de la pared de 40 mm a 50 mm; d) se debe disponer de protecciones inferiores de las paredes hasta 30 cm de suelo; e) puertas de 80 cm de ancho, como mínimo, de luz útil de paso; f) en las puertas de dos hojas, una de ellas debe tener, como mínimo, 80 cm de luz útil; g) todas las puertas deben ser de eje vertical o corredizo; h) los sistemas manuales de apertura y cierre de las puertas deben ser del tipo balancín modelo sanatorio, no admitiéndose pomos o cualquier otro modelo carente de forma de palanca. En los casos de las puertas corredizas se debe contar con un barral vertical de 40 cm, como mínimo, de largo, colocado en la pared del lado de la apertura de la hoja con su eje medio ubicado a 80 cm del piso, a ambos lados del local. Se recomienda colocar protecciones de 30 cm de altura, en las puertas y pasillos.

4.3.5. Escaleras Además de cumplir con las especificaciones de la legislación vigente, las escaleras de la residencia deben cumplir los requisitos siguientes: a) material antideslizante o adhesivos antideslizantes visibles junto al borde de los escalones, donde el primer y último escalón de cada tramo deben ser de otro color contrastante al resto de la escalera y al rellano al que se accede; b) evitar la escalera o el escalón aislado, ya que diferencias de cota mayor que 2 cm se deben salvar con rampa; c) peldaños de más de 26 cm a 33 cm de pedada (p) y entre 14 cm y 18 cm de alzada (a), que cumpla la relación 2 (a) + (p) = 61 cm a 63 cm; d) estar materializada la alzada de forma vertical y no debe haber narices sobresalientes;

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e) f)

cerramiento en arranque y final de la escalera; las escaleras sólo pueden ser de tramos rectos.

Se debe disponer de dos pasamanos a 75 cm y a 90 cm en cada tramo inclinado y que continuarán horizontalmente en los rellanos de 15 cm a 45 cm en los extremos de la escalera. En los casos donde la escalera no posee paredes en ambos lados, el lado que no posee pared debe tener un bordillo de altura menor que los 10 cm siguiendo la inclinación de la escalera. La cantidad de escalones entre rellano y rellano debe ser, como máximo, de 10 escalones. Al comenzar y finalizar la escalera debe existir un solado de advertencia de 0,60 cm de ancho.

4.3.6. Ascensor Si la residencia dispone de más de una planta, debe proveerse, como mínimo, de un ascensor camillero que cumpla con las normativas vigentes. Los ascensores deben permitir su manejo por usuarios de sillas de ruedas, personas ciegas o con disminución visual. Cumplir con los requisitos especificados en la legislación y el ascensor debe disponer de las características siguientes: a) en todos los casos la altura mínima de la cabina debe ser de 2,10 m; b) el revestimiento del piso debe ser antideslizante y de fácil limpieza; c) la botonera debe estar en una altura comprendida entre 0,80 m, 1,30 m y a 0,50 m de los ángulos de la cabina del ascensor. A la izquierda de los pulsadores debe existir una señalización suplementaria para ciegos y disminuidos visuales con los números de piso y demás comandos: 1. en símbolos braille en el tamaño normalizado; 2. en color contrastante y relieve de una altura mínima de 1 cm y 1,5 cm para las personas con disminuición visual y ciegas que no leen braille; 3. los comandos de emergencia se deben colocar en la parte inferior de la botonera. d) pasamanos colocado en los lados libres de puerta, a una altura de entre 80 cm y 90 cm del piso, separado de las paredes 4 cm como mínimo. La sección transversal puede ser circular o ergonómica y su dimensión debe ser de entre 4 cm y 5 cm; e) la plataforma frente a los ascensores accesibles debe disponer frente a la puerta de una superficie libre que inscriba un círculo de 1,50 m de diámetro; f) en el caso de los ascensores camilleros, se debe disponer, como mínimo, frente a la puerta del ascensor, una superficie en la que se inscriba un círculo de 2,30 m de diámetro cuando la puerta se encuentra en el lado menor de la cabina y un círculo de 1,50 m de diámetro cuando la puerta se encuentra en el lado mayor de la cabina; g) puertas con mecanismo automático de apertura o cierre lento, con células fotoeléctricas en puertas u otro sistema que evite accidentes. Las puertas de los ascensores accesibles deben tener un ancho y una altura de paso mínimos de 0,80 m por 2,00 m. Los ascensores camilleros, cuando la puerta de cabina este en el lado menor, su ancho de paso debe ser de 1 m y cuando éste en su lado mayor, de 1,80 m como mínimo. h)

i) j)

timbre de aviso de la apertura de puertas. Indicadores de posición luminosos y audibles: 1. indicador de posición: la cabina debe poseer un indicador de posición digital de números grandes y visibles desde cualquier lugar; 2. el mismo indicador debe poseer además, señalización de dirección de marcha y sistema visualizable que indique: puerta abierta o detención por falla o incorrecto uso del ascensor por invasion del sector puerta o exceso de carga nominal 3. se debe colocar en el interior de la cabina, un sistema audible que provea a personas con discapacidad visual de la información detallada en el párrafo anterior. accionamiento manual en caso de emergencia. Deben existir medios de escape en la cabina; contar con luz de emergencia y alarma de sonido;

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k) l)

teléfono de emergencia, ubicado entre 0,80 m y 1,10 m. conectado a una central de alarma; si existieran espejos en la cabina deben ser inastillables.

Se recomienda que la residencia tenga un ascensor monta carga.

4.3.7. Agua Para todo lo relativo al suministro de agua y sus condiciones, se deben observar los requisitos siguientes: a) debe suministrarse agua potable b) tanto si es suministrada por la red general como si es de un depósito, debe disponerse de reserva para un día y analizarse según los requerimientos de la norma NTE INEN 1108. c) debe disponerse de agua caliente en enfermería, sala de enfermería y de alimentación, baños, cocinas y lavandería; d) es preferible que todas las cañerías estén embebidas. En el caso de ser exteriores, las de agua caliente, deben llevar aislación térmica; e) las conducciones de desagüe de los lavados no deben entorpecer ni obstaculizar el acceso y aproximación de las personas que se desplazan en sillas de ruedas; f) si no existe red pública de desagüe y la evacuación se realiza en un pozo negro, se debe asegurar la no contaminación del agua y del suelo del lugar. Se recomienda implementar sistemas de ahorro de agua en grifería y cisternas, como por ejemplo, almacenamiento de agua de lluvia para su posterior utilización.

4.3.8. Instalación eléctrica La instalación eléctrica debe cumplir con los requisitos siguientes: a) estar compuesta por la iluminación general, de emergencia y de señalización, tanto en las zonas comunes y de servicios, como en las habitaciones y baños de los residentes; b) disponer de llave térmica y disyuntor de alta sensibilidad por cada circuito eléctrico; c) timbre de llamada para baños (doble línea a 30 cm y 90 cm de altura) y para la cama, que encienda una luz piloto sobre la puerta del lado externo y en el control central. En baños deben ser embutidos y en habitaciones pueden ser embutidos o con cable; d) d) las llaves de apagado y encendido deben sobresalir de las paredes y tener un color que resalte con el fondo de estas; en los lugares que los residentes no deban accionarlas debe ser de un color que se mimetice con la pared; e) e) la altura de las llaves de luz debe facilitar su uso por los usuarios de sillas de ruedas, estar entre 0,80 m y 1,20 m de nivel de piso; f) los tomacorrientes deben estar ubicados entre 0,40 m y 0,60 m de nivel de piso salvo en los baños que se ubican entre 0,80 m y 1,20 m y en cumplimiento de la normative del ente regulador; g) existir una tecla luminosa en las llaves de encendido de la luz; h) existir una alternativa en la provisión de energía eléctrica o asegurar el acceso a ésta en caso que se vea interrumpida.

4.3.9. Iluminación La iluminación debe ser uniforme, sin fuertes contrastes, y evitar la proyección de sombras, reflejos y deslumbramientos. En las habitaciones de los residentes la iluminación natural se debe obtener por medio de ventanas cuyo tamaño debe cubrir al menos una décima parte de la superficie de la habitación. En las habitaciones de los residentes debe existir luz de cabecera con sensor de movimiento.

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Se recomienda que todos los aparatos de iluminación estén fijos, desaconsejándose lámparas de pie o de sobremesa que puedan voltearse involuntariamente. Se debe instalar una luz vigía en la circulación al baño a una altura de entre 30 cm y 40 cm del piso. En los recorridos comunes de la residencia no se deben utilizar dispositivos de luz limitados por temporizador. 4.3.10. Climatización y ventilación Debe existir un acondicionamiento térmico durante todo el año que mantenga una temperatura de confort entre 20 °C y 24 °C. El sistema de climatización debe: a) ser fijo (no mediante aparatos móviles): aire acondicionado central con control de humedad, equipos individuales, ventiladores de techo, losa o piso radiante, por radiadores de agua caliente o vapor, estufa de tiro balanceado, entre otros; b) estar aprobado por la autoridad competente; c) si existen calderas deben estar en locales ventilados e independientes; d) disponer de protecciones contra quemaduras por contactos directos; e) albergar los radiadores y estufas de tiro balanceado en huecos en las paredes o con protecciones en toda su superficie, resaltarlos con colores para evitar accidentes y no invadir los espacios de circulación y ser colocados de manera tal que eviten contacto con personas, telas, papeles o cualquier otro elemento combustible. El sistema de ventilación de la residencia debe contemplar los aspectos siguientes: a) debe evitar el aire viciado, el exceso de calor o frío, la humedad y sequedad del ambiente, y los olores desagradables; b) la ventilación directa debe ser una veinteava parte de la superficie de la habitación; c) los locales sin ventilación externa deben disponer de ventilación natural, por conducto, forzada o no. En todos los casos la climatización y ventilación de la residencia deben estar de acuerdo con las características climáticas de la zona en la que se encuentre ubicada, buscando un equilibrio entre la temperatura y la humedad relativa del aire en las instalaciones y teniendo en cuenta las preferencias de los residentes.

4.3.11. Sistemas de comunicación Los sistemas de comunicación son un elemento imprescindible en cualquier residencia, sea cual sea su tamaño, situación y características generales. Su número y ubicación deben decidirse con relación a las características de la residencia. Se considera que, entre otros, pueden definirse como mínimo, los tipos de sistemas de comunicación siguientes: a) línea telefónica externa. Se debe contar con teléfonos inalámbricos para su utilización por los residentes en todos los locales de la residencia. Se debe garantizar el acceso telefónico y la privacidad a los residentes. En la zona de conserjería o visitas debe haber una cabina telefónica pública y accesible, (el teléfono debe estar al alcance de los usuarios de sillas de ruedas); b) red interna de comunicación. Para la comunicación interna en la residencia deben existir líneas internas con el centro de control durante las 24 h del día. La red interna de comunicación debe vincular las distintas áreas de la residencia; c) sistema de buscapersonas; d) correo electrónico o acceso a Internet; e) fax.

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Como mínimo, debe existir comunicación en los espacios siguientes: a) b) c) d)

consultorio; dormitorios (al menos, comunicación interna con el puesto de control las 24 h); salas de uso general; centro de control.

Se recomienda que exista un sistema de intercomunicadores manuales (tipo walkies- talkies) para realizar llamadas y comunicaciones a trabajadores de toda la residencia y teléfonos inalámbricos para los residentes.

4.3.12. Señalización Toda residencia debe disponer de señalización de orientación, emergencia y evacuación. (Con texto e imágenes de características pictográficas). Se recomienda colocar señalizaciones táctiles en los solados en zonas de riesgo y circulaciones especiales (salidas de emergencia, entre otras). Toda la señalización debe incluir texto, en relieve, en braille, con imágenes pictogramas, luz y sonido.

4.3.13. Dormitorios Estos espacios deben tener como lado mínimo 2,50 m, con una superficie mínima de 9 m2 libres de 3 guardarropas. El tamaño de la habitación no debe ser menor que 15 m por persona, tomándose como altura computable hasta 3 m. Considerando que en las residencias pueden encontrarse residentes autoválidos o asistidos, se recomienda realizar las distinciones adecuadas para los casos más desfavorables. Se sugiere que en el caso de residentes autoválidos el dormitorio sea individual, aunque es aceptable que ésta sea doble, con mobiliario independiente. En el caso de residentes asistidos, la cantidad máxima por dormitorio debe ser de cuatro, disponiendo para cada uno de ellos de una zona para dormir individualizada, separada e independiente al igual que los guardarropas personales. Las principales características que debe cumplir un dormitorio son las siguientes: a) 4 camas, como máximo, por dormitorio para residentes asistidos, 2 camas, como máximo, por dormitorio para residentes autoválidos; b) distribución tal que permita el uso de silla de ruedas y debe poder inscribirse el giro de la silla de ruedas en un diámetro no menor que 1,50 m; c) distancia mínima de los pies de la cama a la pared 0,80 m; d) ventilación y luz natural; e) persianas o cortinas que regulen la entrada de luz natural y protección para evitar accidentes por caídas. Preferiblemente con mecanismos eléctricos de apertura y cierre en persianas; f) equipado de luz cabecera sobre cada cama y un pulsador accesible desde ésta con indicador luminoso y timbre de emergencia conectado a la central, tomacorrientes y conexión de TV; g) el sistema de apertura y cierre de las puertas debe ser manual y de tipo doble balancín modelo sanatorio. No se admiten pomos o cualquier otro modelo carente de forma de palanca y debe permitir la apertura desde su interior y exterior en todo momento; h) baños, que deben cumplir los requisitos especificados en el apartado 6.15 de esta norma; i) los dormitorios deben estar suficientemente aislados o alejados de las zonas de ruido (como calderas y otros), para ofrecer garantía de descanso. Se deben utilizar pisos lavables y antideslizantes.

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4.3.14. Guardarropa de los residentes Los guardarropas se consideran un elemento de disponibilidad obligatoria, por lo que deben existir guardarropas en todos los dormitorios de los residentes. En el caso que los dormitorios sean compartidos se debe disponer de un guardarropa por cada residente. 4.3.15. Las características que deben cumplir los guardarropas son las siguientes: a) su medida mínima debe ser de 80 cm x 55 cm x 1,80 m; b) la barra para las perchas debe estar como máximo a 1,40 m del suelo y el estante interior del guardado a 40 cm del nivel del suelo; c) las puertas deben ser preferentemente corredizas y las guías inferiores no podrán sobresalir en más de 2 cm del nivel de piso. El mecanismo de apertura debe ser de fácil utilización y que minimice el riesgo de posibles lesiones. Se recomienda que los guardarropas estén equipados de llaves para asegurar la privacidad de los residentes. Debe disponerse igualmente de una llave maestra para poder abrir los guardarropas en caso necesario.

4.3.16. Baño 4.3.16.1.

Generalidades

Los baños deben ser accesibles y se debe disponer de baños para residentes autoválidos y para residentes asistidos usuarios de sillas de ruedas. Se debe disponer de baños accesibles para residentes asistidos usuarios de sillas de ruedas, en cantidad suficiente a los residentes con estas características. En la evaluación general de los baños debe darse una especial atención a la valoración global de los aspectos tangibles e intangibles tales como la limpieza, calidad de los materiales, antigüedad de instalaciones y otros. Las griferías, accesorios y aparatos sanitarios deben responder a los criterios ergonómicos. El bidel se puede sustituir por duchadores manuales. En aquellos casos donde no se haya colocado bidel junto con el inodoro, se debe instalar junto a este último un duchador manual de agua templada (se recomienda no utiizar duchadores retractiles de ocultamiento en el borde interior del inodoro). Se debe utilizar o crear espacios para ducha (no se recomienda el uso de bañeras). Se recomienda la instalación de extrac tores de aire, en baños sin ventanas de encendido simultaneo con la iluminación. Estos deben estar por lo menos colocados a 1 m de distancia del borde de la bañera o espacio para ducha. 4.3.16.2.

Requisitos

Los baños deben cumplir, como mínimo, con los requisitos siguientes: a) tener las dimensiones según la legislación vigente y aplicable; b) contar con griferías de fácil manejo, preferiblemente de cruceta o monocomando; c) contar con dispositivos en lavabos, bidet y espacios de duchas que eviten inundaciones por desborde o derrame; d) los lavabos deben ser preferiblemente sin pie o pedestal; e) las cañerías de desagüe de los lavabos no deben entorpecer ni obstaculizar el acceso y la aproximación de las personas que se desplazan en sillas de ruedas. Las cañerías de alimentación de

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agua caliente deben contar con aislación térmica o estar colocadas de manera tal que impidan su contacto con las extremidades de los usuarios; f) productos de apoyo para el lavabo, inodoro, bidét y espacio de ducha, con las agarraderas correspondientes; g) ventilación natural o por conducto al exterior con o sin extractor de aire; h) climatización fija, segura y adecuada; i) aparatos de iluminación estancos y de intensidad suficiente; j) sistema de llamado de urgencia centralizado con piloto de luz sobre la puerta de acceso. En el caso de los baños dentro de las habitaciones, el piloto de luz debe estar ubicado sobre la puerta de acceso a la habitación; k) puertas con apertura hacia el exterior o corredizas, de luz libre mínima de 80 cm, deben tener accionamiento de cierre y apertura interior y destrabe exterior; l) piso antideslizante en toda la superficie y de fácil limpieza. 4.3.16.3.

Baño accesible de los dormitorios

Los baños de los dormitorios deben ser accesibles. El baño de los dormitorios debe contar, como mínimo, con: a) b) c) d) e) f) g) h)

inodoro accesible; lavabo accesible, sin pie o pedestal; los espejos deben tener una inclinación de 5º a 10º desde su parte superior; ducha sin escalón, con desagüe propio (piso antideslizante con pendiente hacia el desagüe); griferías de tipo cruceta o monocomando, duchadores manuales y barrales de seguridad; asiento para ducha (rebatible o silla con apoya brazos); llamador de emergencia; puertas de apertura hacia el exterior o corredizas.

4.3.17. Comedor 2

El comedor debe disponer al menos de 2m por usuario y en cualquier caso debe tener unas 2 dimensiones mayores que los 16 m (para el cómputo de esta superficie se excluyen los pasillos y vestíbulos generales de circulación). Lado mínimo de 3 m y altura mínima de 2,60 m. Se recomienda en el caso de residencias grandes, disponer de varios comedores pequeños, (por ejemplo, en residencias de más de 100 camas, y la utilización de un comedor principal y de comedores pequeños distribuidos por plantas). Se recomienda en el caso de residencias grandes rotar turnos de comidas, en vez de aumentar la superficie del comedor (como máximo dos turnos). En el comedor se deben considerar los aspectos siguientes: a) los asientos deben ser individuales; b) la altura de las mesas y el formato deben ser adecuados para su uso por personas en silla de ruedas; c) debe haber pasillos de circulación entre mesas y entre espaldar y espaldar de las sillas de 90 cm de ancho como mínimo.

4.3.18. Sala de estar Debe estar prevista para su uso por personas en sillas de ruedas, por lo que el mobiliario debe ser acorde. 2

Para residencias de hasta 100 residentes la superficie mínima por residente debe ser de 1 m , con 2 25 m mínimo. En el caso de existir más de una sala, para el cómputo de esta superficie se debe tomar los metros cuadrados totales.

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4.3.19. Sala de visitas o de espera La sala de visitas o de espera debe estar situada en la planta baja de la residencia, con acceso directo desde el hall de entrada, y próximo a un baño accesible. 2 Sus dimensiones deben ser de 12 m , como mínimo.

4.3.20.

Salas de terapia ocupacional

Este tipo de salas están destinadas a la realizacion de trabajos manauales (pintura, marquetería, modelado, costura, usos polivalentes y otros). Pueden existir varias salas de diferentes tamaños en function del número y características de los residentes. Las salas de terapia ocupaciona deben disponer de las caracerísticas siguientes: a) luz natural; 2 b) 1,8m por residente; c) Equipada con un lavabo con grifería de fácil manejo y con accesibilidad para usuarios de silla se ruedas; d) Con mobiliario accessible con facilidad de guardado.

4.3.21.

Biblioteca

Este espacio, en caso de existir, debe tener las características siguientes: 2 a) 14 m , como mínimo, con accesibilidad para usuarios de sillas de ruedas, debe contar con mobiliario accesible; b) debe asegurarse que se trata de un espacio con buena iluminación, ventilación y sin ruidos. Para las residencias de menos de 50 plazas, puede sustituirse por una sala polivalente.

4.3.22. Piscina En el caso de que ésta exista, se debe respetar la legislación vigente con medidas de seguridad apropiadas, y se recomienda tener en cuenta las necesidades especiales que puedan tener los residentes para su uso.

4.3.23. Espacio abierto exterior El espacio abierto exterior debe ser como mínimo, de 1,50 m por residente y debe cumplir con los criterios de accesibilidad con sillas de ruedas a las diferentes zonas abiertas: patio, jardín, terraza, entre otras. Asimismo, debe contar con el mobiliario adecuado y adaptado a las características y necesidades de los residentes. Deben existir recorridos dirigidos, donde el comienzo coincida con su fin, con solados antideslizantes en seco y mojado, sin desniveles, deben contar con protección climática (tendidos de sombras, para vientos) y bebederos.

4.3.24. Sala de rehabilitación El tamaño de la sala de rehabilitación debe ser tal que permita la ubicación del equipamiento que los profesionales de esta área consideren. En todos los casos, debe ser suficientemente amplia como para prestar el servicio con calidad.

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2

Se considera adecuada una dimensión mínima de 25 m . La sala debe tener un lado mínimo de3 m. Esta sala puede ser usada para realizar actividades corporales.

4.3.25. Enfermería 2

Debe poseer un lado mínimo de 2,50 m; con una superficie mínima de 9 m , con puerta doble (0,30m más 0,90 m). Debe contar con baño accesible próximo y en el mismo nivel o planta.

4.3.26. Depósito de cadáveres El depósito de cadáveres debe reunir las siguientes condiciones: a) b) c) d) e) f) g) h)

ser una unidad independiente; uso exclusivo; debe disponer de comunicación interior con el resto de la residencia; es recomendable disponer de acceso exterior para personas ajenas y vehículos; es recomendable contar con una vía de salida al exterior distinta a la principal del centro; 2 dimensiones mínimas sugeridas: 6 m ; disponer de un túmulo por cada 100 camas; ventilación directa y debidamente refrigerado.

4.3.27. Administración El departamento de administración se debe ubicar en el mismo edificio de la residencia, y en la zona de dirección donde se encuentra el despacho del director o gerente. Asimismo, sus dimensiones 2 mínimas deben ser de 9 m .

4.3.28. Sala de usos múltiples Este espacio debe tener las características siguientes: a) b) c)

2

tener un mínimo de 21 m y su factor de ocupación debe ser de 1,5 m por persona; ser para uso del personal o residentes; disponer de ventilación directa o forzada, y buena iluminación.

4.3.29. Vestuarios y baños del personal El personal de la residencia debe disponer de vestuarios de uso exclusivo por el personal que cumplan la legislación y la normativa aplicable. Los baños destinados al uso del personal, deben cumplir con las leyes de Seguridad e Higiene en el trabajo, vigentes y aplicables.

4.3.30. Cocina Debe disponerse de distintas zonas, debidamente diferenciadas para evitar contaminaciones. En el ámbito de la cocina se deben diferenciar las zonas siguientes: a) b)

almacenes de víveres frescos y secos por separado; refrigeración y congelación;

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c) manipulación y tratamiento de alimentos; d) distribución de comidas; e) lavado de vajilla. Se debe contar con un espacio de guardado de vajilla cerrado que puede estar ubicado en la cocina, en el comedor o en el office de cocina, siempre que éste sea de fácil acceso a éstos. 2

La superficie mínima del área de manipulación y tratamiento de alimentos es de 12 m hasta 25 2 2 raciones, 20 m para 50 raciones y 25m para 100 raciones. El lado mínimo debe ser de 2,50m y de altura mínima de 2,60 m. La cocina debe cumplir, como mínimo, con los requisitos siguientes: a) estar azulejadas hasta el techo, con los encuentros con suelo y techos; b) poseer suelo antideslizante; c) tener espacio de residuos fuera del circuito de preparación, cocción y manipulación de alimentos y del área residencial; d) tener almacén y medios de conservación de acuerdo con la legislación; e) contar con mesada de superficie lisa, impermeable, lavable, sin juntas y de material resistente al uso; f) contar con pileta simple y profunda; g) poseer una ventilación forzada; h) contar con bajo mesada separado del piso, sin puertas y de material lavable; i) poseer aberturas protegidas con mosquiteros.

4.3.31. Lavadero y ropería Se trata de un servicio necesario en toda residencia, pero dicho servicio puede estar contratado y ser realizado por una empresa externa. En el caso de contar con esta instalación, las dimensiones y equipamiento se definen en función de las tareas que se desarrollen y el volumen de prendas que se manejen, derivadas del número de residentes de cada centro. En una residencia que asuma todo el proceso de lavado, el área de lavandería debe incluir las siguientes zonas: a) zona de ropa sucia: con espacio suficiente para carros de ropa y piletas de clasificación, lavado y remojo; b) zona de lavado: espacio para lavadoras, secadoras y carros de ropa. Número y tamaño en función de residentes; c) zona de planchado: mesas de planchado, clasificación y arreglo de ropa limpia. Se recomienda que el lavadero y ropería dispongan de un sistema de ventilación y de eliminación del vapor acumulado. NOTA. A título informativo, en residencia de válidos, el tratamiento de ropa suele ser de 2 kg por persona y día. En residencias de asistidos, de 3 kg por persona y día.

4.3.32. Cuarto de almacenamiento La residencia debe tener espacios suficientes para el almacenamiento de ciertas mercancías. Se distinguen, como mínimo, los siguientes: a) b) c) d) e) f)

almacenamiento general; almacenamiento de víveres secos; almacenamiento de víveres frescos; almacenamiento de ropería; almacenamiento de farmacia; almacenamiento de artículos de limpieza;

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g) h)

almacenamiento de cristalería y vajilla; almacenamiento para herramientas y elementos de servicio técnico. 5. HIGIENE, MANTENIMIENTO Y SEGURIDAD

5.1. Higiene 5.1.1. Instalaciones Para mantener las instalaciones higiénicas se deben satisfacer los requisitos siguientes: a) tener disponibilidad continua de agua potable, fría y caliente; b) contar con recipientes para residuos, en cantidad y tamaño necesarios para asegurar la comodidad y seguridad de los residentes; c) implementar métodos adecuados y sistemáticos para el control de plagas; d) verificar la ausencia de roedores dentro de las instalaciones; e) impedir la entrada de animales domésticos en la residencia sin autorización previa; f) los productos de limpieza y desinfección que se utilicen deben estar identificados y guardados en lugar adecuado fuera de las áreas de circulación de los residentes.

5.1.2. Plan de limpieza y desinfección Cada residencia debe asegurar su limpieza y desinfección, mediante un plan de limpieza y desinfección donde se debe especificar todo lo concerniente a la limpieza de la residencia. Se debe mantener la limpieza durante todo el horario de la residencia, según el plan aprobado y vigente. 5.1.3. Personal de limpieza El personal de la limpieza debe tener conocimiento pleno del plan de limpieza y desinfección. El personal de limpieza debe estar capacitado en técnicas de limpieza y desinfección, y deben estar disponibles los registros de dicha capacitación. 5.1.4. Supervisión La responsabilidad del cumplimiento y su verificación, por parte de todo el personal, de los requisitos establecidos por el plan de limpieza, se debe asignar al director de la residencia, quien podrá delegar esa tarea. 5.2. Mantenimiento Se debe establecer un plan de revisión, cambio y/o adecuación de la residencia y sus instalaciones en cuanto a sus condiciones para guardar la sanidad y seguridad del personal y sus residentes. Se deben realizar, como mínimo, las medidas de mantenimiento siguiente: a) controlar y aislar los materiales inflamables o peligrosos; b) realizar la revisión de la instalación eléctrica y de los equipos de la residencia; c) controlar y refaccionar el estado de las paredes de la residencia; d) mantener en forma adecuada toda la señalización de la residencia; e) prestar atención a los productos incompatibles para el almacenaje como ser alimentos con productos de limpieza, papeles, pañales, entre otros. 5.3. Seguridad Para mantener un ámbito seguro para todas las personas de la residencia, se debe cumplir con lo siguiente:

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a) tener una salida segura, cómoda y adecuadamente señalizada; b) poseer accesos adecuados que incluyan una rampa para discapacitados; c) tener extintores de incendio según la NTE INEN-ISO 11602-2, mantenidos en buen estado de funcionamiento; d) tener puertas que abran hacia ambos lados. Se debe indicar gráficamente en cada espacio donde se realice actividad, la capacidad máxima de personas permitida simultáneamente; Se deben realizar simulacros de evacuación, como mínimo 2 veces al año.

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Anexo A (Informativo) Espacios mínimos acorde a la cantidad de camas de la residencia A.1 Espacios mínimos acorde a la cantidad de camas de la residencia Residencia pequeña Cantidad de camas

Hasta 30 camas.

Espacios Admnistativos

Residencia Residencia mediana intermedia Entre 31 y 60 Entre 61 y 90 camas. camas. 1. Sala de espera 2 . Oficinas administrativas 3.Despacho director o gerente

Residencia grande Más de 91 camas.

NOTA. Los espacios 2 y3 se pueden compartir siempre que las tareas que realicen lo permitan.

1 Dormitorios. 2 Baños (para el aseo personal con o sin asistencia). 3 Comedor, sala de estar y de 3 Comedor. visitas 4 Salón usos múltiples (con instalaciones y depósitos adecuados acorde a las actividades a realizar).

Espacios de alojamiento 4 Expansiones exterioes con protección climática.

5 Sala de estar/ visitas 6 Expansiones exteriores con control climático y recorridos orientados.

6 Sala de estar.

7 Expansiones exteriores con controlclimático y recorridos orientados. NOTA. Los espacios 4 y 5 se pueden compartir siempre que las tareas que se realicen lo permitan.

Espacios técnicoprofesionales

5 Sala de visitas.

NOTA. Los espacios 5 y 6 se pueden compartir siempre que las tareas que se realicen lo permitan.

Residencia Residencia Residencia pequeña mediana intermedia 1Gabinete de atención para 1Gabinete de profesionales o sala de entrevista profesionales privada. 2 Enfermería.

Residencia grande atención

para

3 Nutrición. 4 Sala de rehabilitación (Kinesiología y fisioterapia) 5 Sala de terapia ocupacional. 6 Sala de reuniones del equipo interdisciplinario 7 Sala de entrevista privada.

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NOTA 1. Los espacios 1 y 3 se pueden compartir siempre que las tareas que se realicen lo permitan. NOTA 1. Los espacios 1 y 3 se pueden compartir Incluso se puede siempre que las tareas que se realicen lo compartir el espacio permitan. físico con el despacho del director si es que los horarios de reunión lo permiten. NOTA 2. Los espacios NOTA 2. Los espacios 4, 5 y 6 se pueden 5 y 6 se pueden compartir siempre que las tareas y los horarios compartir siempre que lo permitan. las tareas y los horarios lo permitan. NOTA 3. En el caso de ser necesario se puede compartir el espacio físico para realizar la entrevista privada con el despacho del director si es que los horarios de reunión lo permiten.

1 Cocina. 2 Unidades de frío. Espacios complementario

3 .Almacén (fresco y seco por separado) o economato. 4 .Lavadero y ropería. 5 Vestuarios y baños de personal con “lockers” individuales.

6 Depósito de elementos de limpieza. 7 Espacio cerrado para residuos patogénicos. 8 Espacio cerrado para elementos de 8 Taller o depósito de mantenimiento. mantenimiento. 9 Espacio para la fe religiosa 10. Habitación para médico de guardia si existiera guardia activa. 11. Depósito de Espacios cadáveres, con complementarios sala de despedida NOTA. Los espacios 2 y 3 se pueden ubicar dentro de la cocina siempre y cuando se respeten los circuitos y las buenas prácticas de manufacturas. NOTA. El espacio10 se puede compartir con la sala de estar si es que los horarios y movimiento de la sala lo permiten.

NOTA. El espacio 9 se puede compartir con la sala de estar si es que los horarios y movimiento de la sala lo permiten.

NOTA. El espacio10 se puede compartir con la sala de estar si es que los horarios y movimiento de la sala lo permiten.

NOTA. Los espacios técnico-profesionales pueden ser compartidos dependiendo de la funcionalidad del área lo permita y la cantidad de camas que posea la residencia.

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A.2 Tabla - Cantidad de habitaciones y baños anexos especiales Cantidad de habitaciones convencionales

Cantidad de habitaciones especiales

Hasta 30 camas

4 habitaciones con baño anexo de uso exclusivo

Entre 31 y 60 camas

6 habitaciones, cada una con baño anexo de uso exclusivo

Entre 61 y 90 camas

8 habitaciones, cada una con baño anexo de uso exclusivo

Más de 91 camas

10 habitaciones, cada una con baño anexo de uso exclusivo

Por cada 50 camas convencionales más, se debe agregar una habitación especial con su baño exclusivo

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Anexo B (Informativo) Descripción del mobiliario y equipamiento de cada espacio B.1 Mobiliario y equipamiento del espacio administrativo o común B.1.1 Sala de espera/recepción. Se sugiere que estén equipadas de mobiliario y equipamiento apto para su función, entre otros pueden estar compuestos por: a) b) c) d) e) f) g) h)

sillas o sillones con tapicería lavable; iluminación adecuada al tamaño de la sala, que permita la lectura y otras actividades; perchero amurado a la pared; revistero amurado a la pared; cuadros decorativos; paragüero; televisión o equipo de música, o ambos; dispensador de agua fría y caliente.

B.1.2 Oficina/s administrativas. Se sugiere que esté equipada de mobiliario y equipamiento apto para su función, entre otros pueden estar compuestos por: a) b) c) d) e) f)

mesas y sillas de oficina (según número de administrativos); computadora; impresora; archivadores y estanterías; armario ropero.

B.1.3 Despacho del director. Se sugiere que estén equipadas de mobiliario y equipamiento apto para su función, entre otros pueden estar compuestos por: a) b) c) d) e) f) g)

escritorio con silla; sillas o sillones; papelera; teléfono; computadora; lámpara de mesa escritorio; elementos de decoración.

B.2 Mobiliario y equipamiento del espacio de alojamiento B.2.1 Destinados a las actividades básicas de descanso y aseo personal con estancia permanente o transitoria. B.2.1.1 Dormitorios. Deben estar equipados con mobiliario y equipamiento de uso individual. En algunos casos, el residente puede llevar a la residencia su mobiliario y equipamiento propio. En cualquier caso, se enuncian orientativamente, los siguientes: a) b) c) d) e) f) g)

mesa; silla o sillón con apoyabrazos; motivos de decoración; cama/s de 0,90 m de ancho y con la línea inferior del colchón a no menos de 30 cm del piso; mesa/s de noche; armario de fácil limpieza; llamador.

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B.2.1.2 Baños y baño para salubridad especial (para personas con discapacidades). Se sugiere que esté equipado de mobiliario y equipamiento apto para su función, entre otros pueden estar com- puestos por: a) b) c) d) e)

espejo; toallero amurado a la pared; perchero amurado a la pared; silla auxiliar de ducha; estantería.

B.2.2 Destinados a actividades recreativas y sociales (de ocio, esparcimiento, y de rehabilitación) B.2.2.1 Comedor. Se sugiere que esté equipado de mobiliario y equipamiento apto para su función: a) vasos comunes o con sorbete según la necesidad del residente; b) vajillas; c) cubiertos que se recomienda tengan el mango blando de mayor dimensión que deben permitir el uso práctico y su lavado a alta temperatura; d) sillas con apoyabrazos; e) mesas que cumplan con los siguientes requisitos: preferentemente de superficie cuadrada con las medidas siguientes: 1. 2. 3.

Altura del plano horizontal de la mesa, entre 75 cm a 80 cm Luz libre entre sus apoyos (patas) 90 cm Ancho de mesa 110 cm

B.2.2.1.1 Todo este material debe ser conservado en buen estado de uso. B.2.2.1.2 Debe disponerse de mesas y sillas de comedor en número suficiente para todo el personal y los residentes. B.2.2.2 Sala de lectura, biblioteca y sala de estar. Se sugiere que esté equipada de mobiliario y equipamiento apto para su función, entre otros debería estar compuesto por: a) b) c) d) e) f) g) h)

libros, periódico, revistas, entre otros; mesa de lectura; sillas; estantes para libros; fichero bibliográfico; mesa y silla para bibliotecario; cortinas; motivos de decoración.

B.2.2.3 Salón de usos múltiples. Se sugiere que esté equipado del mobiliario y equipamiento más adecuado a las funciones para las que se utilice. Entre otros puede estar compuesto por: a) b) c) d) e) f) g) h)

sillones; mesa y sillas; proyector multimedia; motivos de decoración; cortinas para ventanas, que permitan el total oscurecimiento; equipo de música; pantalla grande para proyecciones; monitor de televisión y video.

B.2.2.4 Sala de reunión de profesionales (en caso de que exista). Se sugiere que estén equipadas de mobiliario y equipamiento apto para su función, entre otros puede estar compuesto por:

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a) b) c) d)

mesa de reuniones; sillones, sillas; pizarra, entre otros; estantes para libros.

B.3 Mobiliario y equipamiento del área de atención geriátrica Este espacio, en caso de existir, y relativo al tamaño de la residencia, puede contar con diversas partes: espacio de consultas, de tratamiento, de despachos, entre otros. NOTA. Con el objeto de que esta norma pueda servir al mayor número de residencias posible, no se mencionarán algunos aparatos e instalaciones que sólo están presentes en las residencias muy grandes o muy especializadas, y que, en todo caso, pueden depender de autorizaciones de organismos competentes (por ejemplo rayos X).

B.3.1 Consultorio y local de enfermería. Se sugiere que esté equipado de mobiliario y equipamiento apto para su función, entre otros puede estar compuesto por: a) b) c) d) e) f) g) h) i) j) k) l) m) n) o) p) q) r) s) t) u)

biombo (o algún elemento que sirva de separación de ambientes); camilla de reconocimiento; recipiente para residuos con tapa; papelera; estanterías con puertas para medicamentos; estanterías con puertas para elementos de trabajo; revestimientos; lavamanos con agua caliente y fría; mesada; sillas; mesa; armario con llave para guardar documentación; carro de curaciones con cubo sanitario con tapa; negatoscopio (aparato para visualizar radiografías); estetoscopio; esfigmomanómetro (aparato para medir la tensión arterial); oftalmoscopio; otoscopio; laringoscopio; balanza; frigorífico adecuado para conservación de medicamentos.

B.3.2 Elementos de trabajo. a) estufa de esterilización con termómetro, reloj y termostato; b) descartadores de agujas; c) cajas de curaciones con instrumental; d) termómetros clínicos; e) gasas y apósitos en paquetes; f) pipetas y máscaras descartables para nebulizaciones; g) indicadores de esterilización; h) papel sulfito o similar para paquetes a esterilizar; i) telas adhesivas; j) soluciones antisépticas; k) orinales; l) equipos de nebulización/aspiración; m) dispensadores individuales semanales de medicamentos; n) guantes estériles y manoplas descartables; o) esponjas individuales y jarras para higiene; p) ortesis; q) sillas de ruedas; r) andadores; s) bastones; t) trípodes;

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u) v)

guías de transferencia; baranda de contención para camas.

B.3.3 Sala de curación. Se sugiere que esté equipada de mobiliario y equipamiento apto para su función, entre otros puede estar compuesto por: a) b) c) d) e) f) g) h) i) j) k) l) m) n)

mesa o camilla de reconocimiento; mesa y sillas; taburete regulable en altura; cubo sanitario de pedal; vitrina - botiquín equipado; carro para elementos de curación; toma de agua lavamanos; bandejas de acero inoxidable; encimera con dos senos; lámpara de pie articulada con lupa; perchero; motivos de decoración; torno completo; autoclave de sobremesa para esterilización rápida de instrumental.

B.3.4 Sala de rehabilitación. A título orientativo, se recomienda que esta sala cuente con equipamiento, aunque el profesional es el que decida cuál es el equipamiento más adecuado para la residencia: a) ruedas de hombro de 1 m de diámetro de madera, regulación de altura, esfuerzo y empuñadura; b) aparatos de pronosupinación con resistencia graduable; c) juego de paralelas; d) espalderas ergonómicas; e) sillones con respaldo y reposabrazos a los que están incorporados unos pedales de bicicleta, de pedaleo completo, regulable en altura, longitud y esfuerzo; f) balones medicinales de 0,5 kg y de 1 kg; g) colchonetas de 1 m x 2 m; h) escaleras con rampa y 5 peldaños, la rampa debe tener 70 cm de ancho por 2,20 m de largo y un desnivel de 60 cm. Los escalones deben tener 25 cm de huella y 12 cm de alsada; i) juego de poleas; j) bicicleta fija. B.4 Mobiliario y equipamiento de los espacios complementarios B.4.2 Aseo de personal. Se sugiere que esté equipado de mobiliario y equipamiento apto para su función, entre otros puede estar compuesto por: a) b) c) d) e) f)

espejos; secador de manos eléctrico; cepillo de uñas; jaboneras; papeleras; portarrollos.

B.4.3 Lavadero y ropería. Se sugiere que esté equipado de mobiliario y equipamiento apto para su función, entre otros puede estar compuesto por: a) colchas, mantas y sábanas de fácil lavado que soporten altas temperaturas y productos de limpipieza. Se recomienda que exista material de reserva; b) mesa de apoyo o auxiliar.

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B.4.4 Local de comidas. Si en la gestión de la residencia se contempla, debe existir para el servicio de dormitorios un espacio de emplatado en caso de que no existan bandejas isotérmicas para conservar las características de las comidas. Entre otros puede estar compuesto por: a) b) c) d)

carros para la distribución de comidas; mesa auxiliar; estanterías; microondas.

B.4.5 Cocina. Este servicio debe estar equipado de los equipamientos necesarios para llevar la comida en las adecuadas condiciones de temperatura y calidad tanto al comedor, como a los dormitorios. B.4.6 Almacén de menaje. Se sugiere que esté equipado de mobiliario y equipamiento apto para su función, entre otros puede estar compuesto por: a) b) c) d)

mesa de despacho; sillas; armario estantería; motivos de decoración.

B.4.7 local de limpieza. Se sugiere que esté equipado de mobiliario y equipamiento apto para su función, entre otros puede estar compuesto por: a) b) c) d) e)

frigorífico bajo; pileta de acero inoxidable con dos grifos; mueble bajo tipo cocina; mueble alto con escurridor; microondas.

B.4.9 Lavadero. En el caso de contar con lavadero, se sugiere que esté equipado de mobiliario y equipamiento apto para su función, entre otros puede estar compuesto por: a) b) c) d) e) f) g) h) i) j) k) l) m)

contenedores de clasificación de ropa sucia; contenedores de clasificación de ropa contaminada; carros para transporte de ropa; lavadoras/secadoras; extractor de vapores; estantes con elementos de lavado; planchas manuales o de uso industrial; tablas y/o mesas de planchar; elementos auxiliares de estas funciones: cesto de ropa, mesas, estanterías, etc.; máquina de coser; costureros; estanterías; carros para transporte de ropa limpia.

B.4.10 Almacenes. La residencia debe contar con almacenes adaptados al tipo de materiales que van a guardarse en ellos, cumpliendo siempre la legislación vigente que le sea de aplicación. Se recomienda que estén equipados de mobiliario y equipamiento apto para su función. Según el producto a almacenar la dotación es diferente: 1 a) b) c)

Almacén general de víveres estanterías metálicas; balanza de suelo para pesos mayores; cámaras frigoríficas.

2 Almacén de repuestos de vajilla.

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a) b) 3

aparadores con espacio para cubiertos y cristalería; estanterías y armarios para vajilla. Almacén de productos de limpieza. estanterías.

B.4.11 Taller/depósito de mantenimiento. Se sugiere que esté equipado de mobiliario y equipamiento apto para su función, entre otros puede estar compuesto por: a) armario para herramientas; b) herramientas básicas para la ejecución electricidad, fontaneríay construcción, entre otros); c) mesa de taller; d) estanterías.

de trabajos

de reparación

(carpintería,

B.4.12 Vestuarios del personal. Se sugiere que esté equipados de mobiliario y equipamiento apto para su función, entre otros puede estar compuestos por: a) b) c) d)

armarios individuales; bancos; espejos; secador de manos y resto de accesorios de un cuarto de baño normal.

B.4.13 Peluquería de señoras y caballeros. En el caso de contar con peluquería, se sugiere que esté equipada de mobiliario y equipamiento apto para su función. B.5 Mobiliario y equipamiento de las expansiones exteriores B.5.1 Se recomienda que en caso de existir patio, jardín, terraza, entre otros, esta área exterior esté equipada de mobiliario y equipamiento apto para su uso como espacio de ocio por los residentes, primando los criterios de accesibilidad con sillas de ruedas. Entre otros debe disponer de: a) bancos; b) elementos materiales y artificiales para proteger de la climatología (árboles, pérgolas, sombrillas, entre otros); c) iluminación adecuada y equipada de las debidas protecciones para prevenir choques eléctricos. B.5.2 Se debe prestar especial atención a los elementos que puedan ocasionar accidentes o caídas a los residentes (alcorques para los árboles, bordillos, entre otros).

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APÉNDICE Z BIBLIOGRAFÍA IRAM 9200-3 Servicios en las residencias para personas mayores. Parte 3 –Guía de aplicación de la gestión integral. Espacios e instalaciones

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INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Documento: NTE INEN 2975-3

TÍTULO: SERVICIOS EN LAS RESIDENCIAS PARA PERSONAS Código: MAYORES. PARTE 3. GUÍA DE APLICACIÓN DE LA GESTIÓN 03.080.30; INTEGRAL. ESPACIOS E INSTALACIONES 03.100.01; 11.180.01 ORIGINAL: REVISIÓN: Fecha de iniciación del estudio: La Subsecretaría de la Calidad del Ministerio de Industrias y Productividad aprobó este proyecto de norma 10/04/2015 Oficialización con el Carácter de por Resolución No. publicado en el Registro Oficial No. Fecha de iniciación del estudio: Fechas de consulta pública: Comité Técnico de: Fecha de iniciación: Integrantes del Comité:

Fecha de aprobación:

NOMBRES:

INSTITUCIÓN REPRESENTADA:

Otros trámites: La Subsecretaría de la Calidad del Ministerio de Industrias y Productividad aprobó este proyecto de norma Oficializada como: No.

Por Resolución No.

Registro Oficial

Servicio Ecuatoriano de Normalización, INEN - Baquerizo Moreno E8-29 y Av. 6 de Diciembre Casilla 17-01-3999 - Telfs: (593 2)2 501885 al 2 501891 Dirección Ejecutiva: E-Mail: [email protected] Dirección de Normalización: E-Mail: [email protected] Dirección Zonal Guayas: E-Mail: [email protected] Dirección Zonal Azuay: E-Mail: [email protected] Dirección Zonal Chimborazo: E-Mail: [email protected]

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