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CONDICIONES TECNICAS QUE REGIRAN LA ADJUDICACION POR PROCEDIMIENTO ABIERTO MEDIANTE CONCURSO DE LOS SERVICIOS NECESARIOS PARA GESTION DE LA LUDOTECA EN EL CENTRO SOCIO-CULTURAL ABUSU-LA PEÑA
1.OBJETO El objeto del presente contrato es la realización de los servicios necesarios para la gestión de Ludoteca del Centro Socio-Cultural Abusu-La Peña de la Casa de Cultura de Arrigorriaga.
OBJETIVOS GENERALES A GARANTIZAR La entidad adjudicataria deberá garantizar, los siguientes aspectos generales, con el objeto de favorecer la consecución de su principio rector y por lo tanto para la mejora de la calidad de vida de las personas a las que se dirige el proyecto Los objetivos son los siguientes: • • • • • • • •
Fomentar el desarrollo integral de las personas. Aprender a relacionarse con el entorno humano. Desarrollar valores y actitudes no discriminatorias. Motivar la participación activa, la iniciativa. Relacionarse en euskera. Desarrollar la identidad y autonomía personal. Sentimiento de identidad hacia nuestro pueblo y cultura. Disfrutar con el juego en compañía de otros menores.
2.-OBJETO DEL CONTRATO. Organización y ejecución del servicio de Ludoteka dirigido a los jóvenes y niños/as del barrio de Abusu-La Peña.
El proyecto que se presente deberá hacer referencia a los siguientes aspectos ,como aparece en el punto 7 de este pliego: •
La metodología a aplicar por el grupo
• •
El programa de actividades a desarrollar. El presupuesto previsto para la realización de la actividad.
Las actividades a llevar a cabo se dirigen al colectivo, siguiente: •
Actividades para niños en edades años(excepcionalmente hasta 14 años)
comprendidas
entre
5
y
12
.-El importe de la adjudicación es de 20.200 (IVA incluido) La forma de pago será a 60 días a la presentación de la factura, dividiendo el importe total por cada una de los meses de trabajo. .-Para la ejecución de las actividades señaladas el idioma a utilizar será Euskera, prioritariamente. .-En el presupuesto está incorporado el material de oficina y de talleres complementarios a la ludoteka, así como el fondo lúdico, del cual anualmente se entregará una relación al principio del curso que recoja todo el material nuevo incorporado. Es por cuenta del Ayuntamiento los locales y el mobiliario
a) b)
c) d) e) f) g) h)
En el precio máximo del contrato se contemplan los siguientes gastos: Todos los gastos relativos al capítulo de personal (retribución, mensual y extraordinaria, seguros sociales, formación, dietas, gestión laboral, etc.). 10 horas de asesoría por parte de la entidad contratada a través de lo/as coordinadoras generales distintos de los/as monitores de la ludoteca. Esta coordinación se realizará in situ en los locales municipales cuando así se les requiera o en las dependencias de la propia entidad. Seguro de responsabilidad civil que cubra tanto al personal contratado como a las actividades desarrolladas dentro del programa de gestión. Gastos derivados de materiales didácticos y de oficina. Gastos de gestión-beneficio industrial. IVA , si es de aplicación. Cumplimiento de los Planes de Prevención de Riesgos Laborales y evacuación de espacios. Publicación anual con buzoneo en el barrio , formato triptico o similar, 3000 ejemplares., a coordinar con la persona responsable directa del equipamiento.
Quedan excluidos del precio máximo del contrato los gastos de suministros electricidad, agua, teléfono, conexión a Internet y reprografía básica; gastos de limpieza; gastos de mantenimiento (mantenimiento de equipamientos informáticos, del mobiliario, ...); impuestos municipales , gastos de infraestructura y equipamientos de toda índole.
Asimismo, con carácter extraordinario, se podrán aprobar presupuestos adicionales para acciones y actividades no contempladas en la programación anual del equipamiento que sean acordadas entre la entidad adjudicataria y el departamento municipal correspondiente
3.- RESPONSABLE MUNICIPAL El Ayuntamiento de Arrigorriaga a fin de comprobar la correcta prestación del servicio y el cumplimiento íntegro del contenido de este pliego en cada edificio y/o local, designará a un/a funcionario-a/personal laboral como responsable, el/la cual se encargará de supervisar la correcta prestación del servicio., y cuyo nombre se comunicará a la entidad adjudicataria. La labor realizada por la entidad adjudicataria se fiscalizará por el/la responsable municipal, estando facultado para emitir actas, certificaciones y requerimientos pertinentes al Servicio de Contratación, al objeto de adoptar las medidas correctivas y en su caso sancionadoras correspondientes. Al efecto se realizarán reuniones trimestrales de seguimiento y control. Asimismo, el/la responsable municipal, tras la presentación de cada factura por el entidad adjudicataria, deberá de informar sobre la correcta o incorrecta prestación del servicio, debiendo dar traslado de este informe tanto al área de contabilidad como al de contratación municipal. Con independencia de lo anterior, las personas responsables de los centros objeto del presente contrato deberán elevar al órgano de contratación las quejas derivadas del incumplimiento de las condiciones que se recogen en este Pliego.
4.- PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LUDOTEKA- obligaciones de la entidad adjudicataria.
4.1.-Cumplir las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el Trabajo, quedando el Ayuntamiento exonerado de responsabilidad por este incumplimiento. En este sentido la entidad adjudicataria deberá poner a disposición del Ayuntamiento el primer mes de contrato los siguientes
documentos: contratos en la primera memoria del año (inmediatamente formalizados) y TC1 Y TC2 ,así como relación de bajas (en la memoria final), 4.2.-Responder de toda indemnización civil de daños por accidentes que ocasione el personal de la entidad adjudicataria, sin perjuicio de los derechos que asistan a la entidad adjudicataria frente a los autores de los hechos o las compañías aseguradoras de los riesgos. Asimismo, la entidad adjudicataria será responsable, civil y administrativamente, ante el Ayuntamiento por las faltas que cometan sus trabajadores y empleado/as y quedará obligado al resarcimiento de los daños que se causen a terceros con motivo de la defectuosa prestación de los servicios, o por dolo o culpa, ya sean de bienes, personas e instalaciones particulares o municipales, sin perjuicio de las sanciones contractuales que puedan imponérseles. 4.3.-Serán de cargo de la entidad adjudicataria todos los impuestos, derechos y tasas, tributos estatales y provinciales que gravan las actividades y medios materiales sobre los que recae la prestación de los servicios objeto del contrato. 4.4.-No podrá la entidad adjudicataria subarrendar, ceder o traspasar los derechos y obligaciones dimanantes del contrato sin autorización del Ayuntamiento . Así mismo los contratos del personal serán directos entre arrendatario y personal, sin intervención de entidad intermediadora. 4.5.- La entidad adjudicataria permitirá y facilitará las inspecciones que de los servicios, se disponga por el Responsable del Ayuntamiento . 4.6.- La entidad adjudicataria deberá presentar a la responsable de cultura la programación trimestral y el calendario anual, así como la relación de monitores/as (dirección, teléfono, nombre y apellidos). 4.7.-La entidad adjudicataria deberá asignar el empleado/a o representante con quien deben llevarse a cabo las correspondientes relaciones del Ayuntamiento en calidad de encargado/a de los servicios. Dicho encargado/a deberá informar trimestralmente a la Casa de Cultura un informe detallado de todo lo referente a los servicios, tanto en cuanto a la práctica pedagógica y de contenidos como a las mejoras o sugerencias respecto a infraestructuras e instalaciones. Además de la entrega de estos informes el encargado/a deberá acudir a las instalaciones para realizar las reuniones de trabajo necesarias, a las que será convocado por la Técnica de Cultura y Deportes del Ayuntamiento . 4.8.-Realización de la memoria anual que ha de contener entre otros los siguientes aspectos: • a.-Desarrollo del programa de actividades • b.-Grado de relación entre monitorado -participantes . • c.-Grado de relación entre los usuario/as de los servicios y su responsable • d.-Análisis de las infraestructuras actuales. • e.-Fondo documental ,fotográfico y audiovisual de las actividades • f.-Sugerencias y propuestas para mejorar la Ludoteka y dicho servicio de cara al futuro. • g.-Relación de juegos y juguetes nuevos, y relación de los que se han dado de baja
4.9.- La entidad adjudicataria deberá pagar todos los gastos derivados de la licitación, incluidos los correspondientes a la publicación de los anuncios de la convocatoria. 4.10.- La entidad adjudicataria deberá realizar la contratación del monitorado de forma estudiada y consensuada con la dirección de la Casa de Cultura, siempre cumpliendo con un conocimiento fluido del euskera. A tal fin se establece una prueba/entrevista a realizar si fuera el caso por la técnico que el Ayuntamiento designe, para acreditar el nivel fluido de euskera de cara a la realización del trabajo asignado, posterior a la adjudicación. 4.11.- La entidad adjudicataria deberá hacer efectiva la fianza definitiva en el plazo que se establezca. 4.12.- La entidad adjudicataria indicará a sus monitores/as una conducta de respeto y consideración con los usuarios y usuarias del servicio. 4.13.-Realización de las reuniones necesarias con los padres-madres de los asistentes, mínimo una a lo largo del curso. 4.14.- La entidad adjudicataria deberá tener perfectamente informado al personal a su cargo de los derechos y deberes que les asisten por el contrato a realizar, así como determinar protocolos de relación y del correcto uso de las instalaciones y servicios a su cargo tanto con el personal del Ayuntamiento como con los propios usuarios 4.15.- La entidad adjudicataria se compromete a suministrar al Ayuntamiento las bases de datos creadas en el transcurso de este contrato .Así mismo estas bases de datos estarán el día respecto al correcto cumplimiento con la Ley de Ley Orgánica 15/1999 de 13 de febrero de Protección de Datos de Carácter Personal. 4.16.- La entidad adjudicataria se compromete a tener formado a su personal en materia de salud laboral y evacuación ante situaciones de emergencia .Así mismo colaborarán y se pondrán a disposición del Ayuntamiento para el correcto cumplimiento de las acciones puntuales que conlleve este ejercicio. 4.17.- La entidad adjudicataria transmitirá a sus empleados/as de este servicio la importancia de la custodia de menores y su desarrollo durante el tiempo que ellos permanecen en su custodia. Se establecerá con el centro un protocolo de funcionamiento .
5.- OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO institucional
– coordinación y dependencia
.1.-La Casa de Cultura deberá entregar con un mes de antelación la programación a desarrollar para que el equipo de trabajo tenga en cuenta estas directrices de cara a su programación. La persona de contacto es la responsable del Centro Socio-Cultural de Abusu y todas las incidencias le serán transmitidas inmediatamente a esta persona. 2.-La Casa de Cultura aportará todos los medios técnicos para un correcto desarrollo del programa de la Ludoteka.
3.- Se informará sobre cambios en horarios o cualquier aspecto que pueda repercutir tanto en la metodología de trabajo de la entidad adjudicataria en la Ludoteka como en la gestión diaria del mismo. 4.- El servicio dependerá institucionalmente de la Concejalía de Cultura, del Ayuntamiento de Arrigorriaga 6.- PLANIFICACION DEL SERVICIO: HORARIOS
El servicio Ludoteka se llevará a cabo en los períodos comprendidos de enero a julio y de octubre a diciembre (ambos inclusive), siendo su horario general de lunes a viernes de 17:30 A 19:30 horas ,siempre susceptible de cambio en función del servicio acordado con el Centro Socio-Cultural.. En julio el horario será de mañana la primera quincena o en su caso en función de la programación general del centro. En los periodos de vacaciones de Semana Santa, Navidad y Julio, el servicio se ofertará en horario de mañana. La ubicación será la Ludoteca sita en el Centro Socio -Cultural de Abusu-La Peña Así mismo en periodos vacacionales escolares o tradicionales , el horario habitual podrá verse alterado informando previamente el Ayuntamiento, a usuarios y usuarias y entidad adjudicataria
7.- PROGRAMA DE TRABAJO
.-Se entregará una memoria de la propuesta presentada donde se incluyan tanto los apartados de tipo económico ( se presentará relación anual de facturación mes a mes con el iva incluido) , como el proyecto de trabajo planteado por el ente licitador en base a los contenidos que se han expresado en este pliego de condiciones técnicas . La aspectos: • • • • • • • •
memoria explicativa , destacándose obligatoriamente en la misma los siguientes Fomentar el desarrollo integral de las personas Aprender a relacionarse con el entorno humano. Desarrollar valores y actitudes no discriminatorias Motivar la participación activa, la iniciativa. Relacionarse en euskera Desarrollar la identidad y autonomía personal. Sentimiento de identidad hacia nuestro pueblo y cultura Disfrutar con el juego en compañía de otros menores
.- Para la ejecución de las actividades señaladas el idioma a utilizar será Euskera, prioritariamente con los colectivos infanto-juveniles y para el resto de usuarios adultos promover al máximo el uso del Euskara. .- De igual manera para la ejecución de las actividades se exigirá un uso paritario del lenguaje y un cuidado en la selección de imágenes donde la mujer ha de estar presente , atendiendo a criterios de discriminación positiva.
.-En el presupuesto está incorporado el material de oficina y de talleres complementarios a la ludoteka, así como el fondo lúdico ,del cual anualmente se entregará una relación al principio del curso que recoja todo el material nuevo incorporado. Es por cuenta del Ayuntamiento los locales y el mobiliario básico.
8.- EXIGENCIAS TÉCNICO PROFESIONALES DEL PERSONAL ADSCRITO AL SERVICIO La parte adjudicataria deberá proporcionar dos monitores/as, uno de ellos de lunes a viernes, y otro, dos días a la semana a determinar, con el fin de atender los días de apertura en los horarios previstos. En el periodo de horarios especiales de verano u otros , se proporcionarán todos los días dos monitores/as. Así mismo lo/as monitores deberán acreditar el conocimiento del euskera, como se ha mencionado anteriormente . Estas personas serán contratadas directamente por la entidad adjudicataria sin intervención de entidad de contratación indirecta.
Entre sus funciones directas destacaríamos las que siguen: o Coordinación del proyecto de la Ludoteca. o Participación y dinamización, dependiendo del caso de las actividades infantojuveniles que en coordinación con el centro se lleven a cabo o Participación y apoyo en la coordinación y seguimiento de los servicios específicos de infancia y juventud. o Comunicación directa y coordinada con la persona responsable del centro .
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Respecto a a su formación se tendrá en cuenta : • • • • • • •
Estudios relacionados con el ámbito de la educación y/o lo social: Monitor/a de Tiempo libre Diplomado/a universitario/a en ciencias sociales Otros aspectos: .-Recorrido en el mundo asociativo y experiencia en este ámbito. .-Dominio del euskera a nivel hablado y escrito. .-Uso de herramientas informáticas (Word, Access, Excel, PowerPoint, Internet, correo electrónico, ....).
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.-La formación no reglada en materia de juventud, ocio y tiempo libre, asociacionismo, dinamización y promoción ... .-El recorrido y la experiencia en asociaciones vinculadas con la educación no formal. .-Habilidades sociales como la capacidad de planificar, organizar actividades, trabajar en cooperación con otros agentes, dinamizar y coordinar programas .-Capacidad de coordinación y trabajo en equipo. .-El conocimiento del ámbito de intervención.
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Arrigorriaga, a 19 de septiembre de 2011 LA TECNICA DE CULTURA Y DEPORTES