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Trámites para el inicio de una actividad en Mina Clavero Para iniciar una actividad económica, el interesado deberá presentarse en el área de Comercio e Industria y solicitar el Alta comercial. En todos los trámites de esta área se deberá abonar el Derecho de Oficina correspondiente, el cual depende del rubro y de si el titular es oriundo de Mina Clavero. También debe abonarse un adelanto de la Tasa Comercial, el cual se va descontando del importe a abonar mensualmente, en un período que como máximo asciende a los diez meses. Para inscribir establecimientos comerciales, industriales o de servicios se deberá completar la Solicitud de Inscripción, y previo a iniciar las actividades, obtener la Habilitación Municipal. Para ello se completarán los formularios que entregue la municipalidad, adjuntando la siguiente documentación, en original y copia: 1- Personas Físicas:
Factibilidad de Ubicación otorgada por el organismo municipal competente.
Fotocopia de la primera, segunda hoja y de aquella donde figure el último cambio de
domicilio del DNI.
Fotocopia de la constancia de inscripción ante la AFIP y DGI.
Certificado de antecedentes expedido por autoridad policial.
A los fines de acreditar el uso del inmueble, donde se solicita la habilitación, fotocopia de la
escritura traslativa de dominio, contrato de locación, contrato de comodato o contrato de mutuo, con su correspondiente sellado de ley o cualquier otro título que legitime la ocupación. Para todos los casos con las firmas certificadas por escribano, juez de paz, autoridad policial o bancaria.
Inspección del inmueble donde se solicita la habilitación comercial, industrial o de servicios
por Bomberos de la localidad, salvo en aquellos casos en que se solicite la de los Bomberos de la Provincia de Córdoba.
Certificado de Antecedentes de Faltas y Libre Deuda expedido por el Tribunal
Administrativo de Faltas Municipal. 2- Personas Jurídicas:
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Factibilidad de Ubicación otorgada por el organismo municipal competente.
Fotocopia del Estatuto o Contrato Social, y de la constancia de inscripción en los
respectivos órganos de control.
Fotocopia del Acta de Directorio o instrumento emanado del órgano máximo de la
Sociedad, actualizada, donde se fija domicilio de la Administración o dirección de la misma, excepto que constare en el Estatuto o Contrato Social.
Fotocopia del acta de designación de autoridades, actualizada, excepto que constare en el
Contrato Social o Estatuto.
Fotocopia de la primera, segunda hoja y de aquella donde figure el ultimo cambio de
domicilio del DNI de la persona con facultades para Solicitar la habilitación.
Certificado de antecedentes expedido por autoridad policial.
A los fines de acreditar el uso del inmueble, donde se solicita la habilitación, fotocopia de la
escritura traslativa de dominio, contrato de locación, contrato de comodato o contrato de mutuo, con su correspondiente sellado de ley o cualquier otro titulo que legitime la ocupación. Para todos los casos con las firmas certificadas por escribano, juez de paz, autoridad policial o bancaria.
Fotocopia de la constancia de inscripción ante la AFIP y DGI.
Inspección del inmueble donde se solicita la habilitación comercial, industrial o
de servicios por Bomberos de la localidad, salvo en aquellos casos en que se solicite la de los Bomberos de la Provincia de Córdoba.
Certificado de Antecedentes de Faltas y Libre Deuda expedido por el Tribunal
administrativo de Faltas Municipal. 3- Sociedades no constituidas regularmente:
Factibilidad de Ubicación otorgada por el organismo municipal competente.
Fotocopia de la primera y segunda hoja y de aquella donde figura el último cambio de
domicilio del DNI, de cada socio.
Fotocopia de la inscripción ante la AFIP y DGI. 2
Certificado de antecedentes, de cada uno de los socios, expedido por autoridad policial.
A los fines de acreditar el uso del inmueble, donde se solicita la habilitación, fotocopia de la
escritura traslativa de dominio, contrato de locación, contrato de comodato o contrato de mutuo, con su correspondiente sellado de ley o cualquier otro titulo que legitime la ocupación. Para todos los casos con las firmas certificadas por escribano, juez de paz, autoridad policial o bancaria.
Inspección del inmueble donde se solicita la habilitación comercial, industrial o de servicios
por Bomberos de la localidad, salvo en aquellos casos en que se solicite la de los Bomberos de la Provincia de Córdoba.
Certificado de Antecedentes de Faltas y Libre Deuda expedido por el Tribunal
administrativo de Faltas Municipal. Una vez que el titular presenta la documentación legal, el trámite de inscripción continúa internamente. Se deriva a las áreas intervinientes, según sea el rubro, y se envía a los inspectores. La Ordenanza 901 establece los requisitos a cumplir por cada rubro. En caso de que no se reúnan los requisitos exigidos, se intimará al interesado para que los cumpla en el plazo que el Departamento Ejecutivo fije por vía reglamentaria. Si el plazo vence y no se completaron las exigencias, se denegará la habilitación. Las habilitaciones de establecimientos comerciales, industriales o de servicios, que funcionen en locales cuya propiedad pertenezca a otro contribuyente, caducan automáticamente al vencimiento del pertinente contrato, sin necesidad de notificación al Contribuyente; a excepción de aquellos titulares que presenten un nuevo contrato o prorroga expedida por el propietario con firma certificada por escribano, juez de paz, autoridad policial o bancaria, o en su defecto soliciten el traslado del establecimiento a una nueva locación actualizando la documentación detallada en los artículos anteriores y solicitando las correspondientes inspecciones municipales. En el caso que el titular del comercio sea propietario del inmueble, comodatario o mutuante deberá cada 3 años, ratificar la titularidad y/o actualizar la documentación requerida para iniciar, o cuando se modifique su situación ante la AFIP.
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Cuando se desee ampliar o modificar la naturaleza del establecimiento comercial, industrial o de servicio habilitado, sus titulares deberán solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal la habilitación del nuevo rubro; entendiéndose en el caso de la ampliación que el o los nuevos rubros solicitados deberán ser compatibles con la actividad principal habilitada. Las fábricas de alimentos, entendidas como aquellos establecimientos que elaboran alimentos, deberán solicitar el Permiso de Instalación y la Inscripción en Bromatología Municipal. La solicitud de inscripción debe acompañarse de un plano por duplicado relativo a la fábrica, con el detalle de las diversas secciones y dependencias, instalaciones de maquinarias e ingeniería sanitaria, los que podrán ser inspeccionados y aprobados previamente, cada vez que sea necesario por las divisiones técnicas correspondientes de la municipalidad. A su vez, deberá especificarse la nómina de los productos a elaborar, así como los métodos que se emplearán. Bromatología Municipal, después de otorgar el permiso de funcionamiento, podrá requerir de los propietarios todos los informes que considere necesario, así como supervisar modificaciones que deseen introducirse en el local e instalaciones. Las fábricas con producción de humos deberán tramitar la Evaluación de Impacto Ambiental, y luego la misma deberá ser aprobada por la Agencia Córdoba Ambiente. Las fábricas de alimentos deberán presentar el correspondiente manual de BPM (Buenas Prácticas de Manufactura), así como los datos del Director Técnico de la planta. Una vez presentada toda la documentación, se entrega un Certificado Provisorio con el que el comercio simple podrá comenzar a funcionar, salvo si manipula alimentos. Se envía el expediente a Inspecciones donde se realizan las inspecciones que sean necesarias en el local para la instalación y funcionamiento de la actividad a desarrollar. Si el inmueble sobre el que se solicita habilitación y el contribuyente cumplen con todos los requisitos necesarios, el Departamento Ejecutivo procederá a otorgar la Habilitación Comercial, la cual deberá renovarse cada tres años. En ese momento se comunica al contribuyente que se presente a retirar dicha Habilitación y a abonar. El área de Obras Privadas solicitará Final de Obra. Bromatología interviene cuando en el local se manipulan alimentos. Realiza una inspección, luego de la cual elabora un Acta dejando
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constancia del cumplimiento de todos los requisitos. También solicita Libreta Sanitaria al personal, para lo cual exige que se realice un curso de Manipulación de Alimentos. El área de Seguridad Civil y Bomberos controlan los requisitos mínimos de seguridad del local, tales como plan de evacuación, salida de emergencia, luces de emergencia, entre otros. Finalmente, una vez obtenidas todas las aprobaciones, se emite la Resolución de Habilitación del local. Tabla 62: Datos útiles de la Municipalidad de Mina Clavero Mina Clavero
Dirección
Teléfono / Interno
Municipalidad
Av. Mitre 1191
03544 – 470473
Comercio
Av. Mitre 1191
03544 – 470473. Int. 322
Obras Públicas
Av. Mitre 1191
03544 – 470473. Int. 501
Bromatología - Comercio
Av. Mitre 1191
03544 – 470473. Int. 322
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