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Re p u b l i co fEc u a d o r ≠ EDI CTOFGOVERNMENT± I no r d e rt op r o mo t ep u b l i ce d u c a t i o na n dp u b l i cs a f e t y ,e q u a lj u s t i c ef o ra l l , ab e t t e ri n f o r me dc i t i z e n r y ,t h er u l eo fl a w,wo r l dt r a d ea n dwo r l dp e a c e , t h i sl e g a ld o c u me n ti sh e r e b yma d ea v a i l a b l eo nan o n c o mme r c i a lb a s i s ,a si t i st h er i g h to fa l lh u ma n st ok n o wa n ds p e a kt h el a wst h a tg o v e r nt h e m.
NTE INEN 1517 (1987) (Spanish): Postre de gelatina. Determinación de la humedad
CDU: 668.317
AL 05.02-301
Norma Técnica Ecuatoriana
POSTRE DE GELATINA. DETERMINACIÓN DE LA HUMEDAD
INEN 1 517 1986-10
Instituto Ecuatoriano de Normalización, INEN – Casilla 17-01-3999 – Baquerizo Moreno E8-29 y Almagro – Quito-Ecuador – Prohibida la reproducción
1.
OBJETO
1.1 Esta norma establece el método para determinar el contenido de humedad en el postre de gelatina. 2. TERMINOLOGIA
2.1 Contenido de humedad. Para efectos de esta norma, es la pérdida de masa expresada en porcentaje que se produce al calentar una porción de la muestra bajo condiciones pre-establecidas.
3. INSTRUMENTAL
3.1 Balanza analítica. Sensible al 0,1 mg . 3.2 Desecador. Provisto de la materia deshidratante adecuada. °
°
3.3 Estufa de vacío. Con regulador de temperatura, ajustada a 70 C ±1 C . 3.4 Frascos pesa-substancias. 4. PREPARACION DE LA MUESTRA
4.1 Mezclar la muestra completamente, antes de extraer la porción de ensayo. 5. PROCEDIMIENTO
5 .1 Efectuar la determinación por duplicado sobre la misma muestra preparada. °
°
5.2 Secar el frasco pesa-substancia en la estufa de vacío ajustada a 70 C ± 1 C y a una presión no 2 mayor de 5,88 kPa (0,06 kg/cm ) durante 30 minutos; enfriar en el desecador y pesar con aproximación al 0,1 mg, quitando previamente la tapa y colocando a un lado deI frasco. 5.3 En el pesa-substancias, pesar 2 a 5 ± 0,001 gramos de muestra y distribuir todo el material, mediante sacudidas suaves y lateralmente, deI modo más uniforme, sobre el fondo del frasco. 5.4 Quitar la tapa del pesa-substancia y colocar éste con su contenido en la estufa de vacío durante dos horas. 5.5 Tapar el frasco pesa-sustancia con su contenido y sacarlo de la estufa; enfriar en el desecador y pesar con aproximación al 0,1 mg .
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5.6 Repetir las operaciones de calentamiento, enfriamiento y pesaje cada hora, hasta que la diferencia entre los resultados de las 2 (dos) operaciones de pesajes sucesivos no exceda de 0,002 g . 6. CALCULOS
6.1 Expresar el resultado en porcentaje calculado mediante la siguiente formula:
% humedad =
(m1 − m2 ) x 100 (m1 − m )
Siendo: m = masa del frasco pesa-substancia vacío, en gramos m1 = masa del frasco pesa-substancia con la muestra, antes del secado, en gramos. m 2 = masa del frasco pesa-substancia con la muestra después del secado, en gramos. 7. ERRORES DE METODO 7.1 La diferencia entre los resultados de una determinación efectuada por duplicado no debe exceder de 0,05% en este caso contrario debe repetirse la determinación. 8. INFORME DE RESULTADOS
8.1 Informar como resultado final, la media aritmética de los dos resultados de la determinación, aproximada a centésimas. 8.2 En el informe de resultados, deben indicarse el método usado y el resultado obtenido. Debe mencionarse, además, cualquier condición no especificada en esta norma o considerada como opcional, así como cualquier circunstancia que puede haber influido sobre el resultado. 8.3 Deben incluirse todos los detalles necesarios para la completa identificación de la muestra.
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APENDICE Z
Z.1 NORMAS A CONSULTAR
Esta norma no requiere de otras para su aplicación.
Z.2 BASES DE ESTUDIO
Comisión del Códex Alimentarius CAC/Vol XIV-Ed.1. Códex Alimentarius Volumen XIV. Aditivos Alimentarios. Primera Edición, 1984. Norma Cubana NC 81-04 Confituras. Postre de Gelatina. Especificaciones de Calidad. Comité Estatal de Normalización. Habana - Cuba, 1981. Norma Peruana ITINTEC 209.086. Gelatinas. Definiciones, clasificación y requisitos generales. Instituto de Investigación Tecnológica Industrial y de Normas Técnicas. Lima - Perú, 1981. Norma Colombiana ICONTEC 1629. Gelatina para uso en la Industria Alimentaría. Instituto Colombiano de Normas Técnicas. Bogotá - Colombia, 1981. Análisis Moderno de los Alimentos. Hart F. L. y Fisher H. J. Editorial Acribia. Zaragoza, 1984
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INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Documento: TITULO: POSTRE DE GELATINA. DETERMINACIÓN DE LA Código: NTE INEN 1 517 HUMEDAD AL 05.02-301 ORIGINAL: REVISIÓN: Fecha de iniciación del estudio: Fecha de aprobación anterior por Consejo Directivo Oficialización con el Carácter de por Acuerdo No. de publicado en el Registro Oficial No. de Fecha de iniciación del estudio: Fechas de consulta pública: de
a
Con el fin de regular la producción y comercialización de los productos alimenticios, la Dirección General dispuso la elaboración de esta Norma, habiéndose iniciado el estudio en 1985-08-28. Subcomité Técnico: Fecha de iniciación: 1986-02-19 Fecha de aprobación: 1986-04-10 Integrantes del Subcomité Técnico: NOMBRES:
INSTITUCIÓN REPRESENTADA:
Dra. Consuelo Alvario
IZQUIETA PEREZ - GUAYAQUIL
Dra. Magdalena Baus
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Q. F. Mercy Arguello
SUMESA
Ing. Chanena de Leal
FLEISCHMANN ECUATORIANA
Ing. Jaime García
LEVAPAN DEL ECUADOR
B.Q.F. Azucena Torres
LEVAPAN DEL ECUADOR
Ing. Rudolf Blatter
INDUSTRIAS LACTEAS TONI
Ing. Azucena Portugal
INEN
B.Q.F. Flor E. Salazar
INEN
Ing. Jorge Bajaña
INEN
Otros trámites: 4 Esta norma sin ningún cambio en su contenido fue DESREGULARIZADA, pasando de OBLIGATORIA a VOLUNTARIA, según Resolución de Consejo Directivo de 1998-01-08 y oficializada mediante Acuerdo Ministerial No. 235 de 1998-05-04 publicado en el Registro Oficial No. 321 del 1998-05-20 El Consejo Directivo del INEN aprobó este proyecto de norma en sesión de 1986-10-30 Oficializada como: OBLIGATORIA Registro Oficial No. 598 de 1987-01-07
Por Acuerdo Ministerial No. 684 de 1986-12-02