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Re p u b l i co fEc u a d o r ≠ EDI CTOFGOVERNMENT± I no r d e rt op r o mo t ep u b l i ce d u c a t i o na n dp u b l i cs a f e t y ,e q u a lj u s t i c ef o ra l l , ab e t t e ri n f o r me dc i t i z e n r y ,t h er u l eo fl a w,wo r l dt r a d ea n dwo r l dp e a c e , t h i sl e g a ld o c u me n ti sh e r e b yma d ea v a i l a b l eo nan o n c o mme r c i a lb a s i s ,a si t i st h er i g h to fa l lh u ma n st ok n o wa n ds p e a kt h el a wst h a tg o v e r nt h e m.
NTE INEN 2186 (1998) (Spanish): Productos químicos industriales. Acetileno. Requisitos e inspección
INSTITUTO ECUATORIANO DE NORMALIZACIÓN Quito - Ecuador
NORMA TÉCNICA ECUATORIANA
NTE INEN 2 186:98
PRODUCTOS QUÍMICOS INDUSTRIALES. REQUISITOS E INSPECCIÓN. Primera Edición CHEMICAL INDUSTRIAL PRODUCTS. ACETILENE. SPECIFICATIONS AND INSPECTION.
First Edition
DESCRIPTORES: Productos químicos industriales, acetileno, requisitos. QU 03.02-404 CDU: 661.766 CIIU: 35.351.3511 ICS: 71.100.20
ACETILENO.
CDU: 661.766 ICS: 71.100.20
Norma Técnica Ecuatoriana Obligatoria
CIIU: 35.351.3511 QU 03.02-404
PRODUCTOS QUÍMICOS INDUSTRIALES. ACETILENO. REQUISITOS E INSPECCIÓN.
NTE INEN 2 186:98 1998-11
1. OBJETO 1.1 Esta norma establece los requisitos que debe cumplir y los ensayos a los cuales debe someterse el acetileno para uso en la industria y otros campos. 2. ALCANCE 2.1 Esta norma se aplica al acetileno destinado a usos generales y especiales, tales como soldadura oxiacetilénica (autógena), calentamiento, absorción atómica y otros. 3. DEFINlCIONES 3.1 Acetileno. Hidrocarburo insaturado, de fórmula química C2H2 (CH ≡ CH), pm 26,04 y punto de sublimación - 83,3°C a 101,3 kPa (1 atmósfera) de presión. Es un gas incoloro, asfixiante, ligeramente más liviano que el aire, extremadamente inflamable; que, a presión atmosférica en un rango de 2,5 a 83% v/v en aire, forma mezclas explosivas. El acetileno 100% puro es inodoro; pero, el obtenido a partir del carburo de calcio, tiene un olor característico parecido al ajo. La reacción química para su obtención es la siguiente: C2Ca + 2H2O → C2H2 + Ca (0H)2 3.1.1 También se puede obtener mediante procesos petroquímicos. Se caracteriza por ser soluble en alcohol, acetona y agua. Es materia prima en la síntesis de numerosos compuestos orgánicos. Se utiliza principalmente en la soldadura, absorción atómica, maduración de frutas y otras aplicaciones. 3.2 Cilindro para acetileno disuelto (acumulador). Recipiente relleno de un medio poroso especial (asbestos, cementos, carbón activado, diatomeas y otros), donde se almacena el acetileno disuelto en un solvente (acetona) con el fin de darle estabilidad química y física. Posee una válvula y un dispositivo de seguridad. 4. CLASIFICACIÓN 4.1 De acuerdo con su pureza el acetileno se clasifica en los siguientes grados: 4.1.1 Grado A, con un contenido mínimo de 95 % de C2H2. 4.1.2 Grado B, con un contenido mínimo de 98 % de C2H2. 4.1.3 Grado C, con un contenido mínimo de 98 % de C2H2. 4.1.4 Grado D, con un contenido mínimo de 98 % de C2H2. 4.1.5 Grado E, con un contenido mínimo de 99,5 % de C2H2. 4.1.6 Grado F, con un contenido mínimo de 99,5 % de C2H2. Ver nota 1.
_____________________________ NOTA 1. Dentro de la clasificación de la Asociación de Gases Comprimidos (CGA), no consta el grado G.
(Continúa) __________________________________________________________________________________ DESCRIPTORES: Productos químicos industriales, acetileno, requisitos. -1-
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4.1.7 Grado H, con un contenido mínimo de 99,6 % de C2H2. 4.2 De acuerdo con su uso el acetileno se clasifica en dos tipos: 4.2.1 Tipo I. Destinado a usos especiales, análisis químico instrumental, soldadura de aluminio y acero inoxidable. 4.2.2 Tipo II. Destinado a usos generales, soldadura autógena, calentamiento y otros. 5. DISPOSICIONES GENERALES 5.1 EL acetileno se debe expender envasado en acumuladores para acetileno disuelto. La presión del acumulador debe ser de aproximadamente 2 000 kPa (20 bares). 5.2 Los envases, equipos y accesorios que se utilicen para tomar una muestra de análisis, deben ser de naturaleza tal que garanticen que ésta no se contamine por corrosión, compuestos químicos u otras impurezas. 5.3 A la salida del acumulador, se debe instalar una válvula de control de presión, tipo CGA 510, recomendada por la Asociación de Gases Comprimidos (CGA). 5.4 Las líneas (tuberías), equipos, válvulas de seguridad y accesorios deben estar conectados y operados de acuerdo con las instrucciones de seguridad vigentes. 6. REQUISITOS 6.1 Requisitos específicos 6.1.1 Requisitos químicos del acetileno de acuerdo a su grado, tabla 1. TABLA 1. Requisitos químicos del Acetileno según su grado.
REQUISITOS
UNIDAD
A
B
Mín. Contenido de acetileno (pureza) expresado como C2H2 Contenido de fósforo, como fosfamina Contenido de ácido sulfhídrico Contenido de arsénico como arsenamina
Máx.
C
Mín.
Máx.
Mín.
Máx.
GRADO D Mín. Máx.
E
F
H
Mín.
Máx.
Mín.
Máx.
Mín.
Máx.
Método de Ensayo
% V/V
95
-
98
-
98
-
98
-
99,5
-
99,5
-
99,6
-
numeral 8.1
* mg/kg
-
-
-
-
-
500
-
50
-
500
-
50
-
25
mg/kg
-
-
-
-
-
500
-
50
-
500
-
50
-
25
numeral 8.2 numeral 8.3
mg/kg
-
-
-
-
-
500
-
50
-
500
-
50
-
25
numeral 8.4
* 1 mg/kg = 1 ppm
6.1.2 Requisitos químicos del acetileno según su tipo, tabla 2.
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TABLA 2. Requisitos químicos del acetileno según su tipo.
Requisitos
Tipo I
Unidad
Tipo II
Método
Mín.
Máx.
Mín.
Máx.
de Ensayo
Contenido de acetileno (pureza) expresado como C2H2
% V/V
99,5
-
99,5
-
numeral 8.1
Contenido de fósforo como fosfamina
mg/kg
-
2
-
50
numeral 8.2
Contenido de azufre, como ácido sulfhídrico
mg/kg
-
10
-
-
numeral 8.3
Contenido de arsénico como arsenamina
mg/kg
-
1
-
-
numeral 8.4
Contenido de ácido clorhídrico
mg/kg
-
10
-
-
numeral 8.5
3
-
300
-
300
numeral 8.6
Contenido de agua
mg/m
* 1 mg/kg = 1 ppm
6.2 Requisitos complementarios 6.2.1 Manipulación 6.2.1.1 Los números o marcas que se hallan impresos en los acumuladores deben mantenerse sin alteración. 6.2.1.2 Los acumuladores deben manejarse con cuidado, evitando caídas y golpes entre sí. 6.2.1.3 Los acumuladores deben transportarse únicamente en posición vertical. 6.2.1.4 Los acumuladores no deben utilizarse como rodillos, soportes o para otros fines, que no sean para contener el acetileno. 6.2.1.5 Los dispositivos de seguridad (tapones termofusibles) y las válvulas de los acumuladores deben manipularse sin necesidad.
no
6.2.1.6 Los acumuladores no deben lanzarse al trasladarlos de un lugar a otro. Se recomienda colocar una pieza de caucho en el piso como amortiguador. 6.2.1.7 Los acumuladores de acetileno deben mantenerse alejados de las fuentes de calor, por el peligro que representa el manejo de este producto. 6.2.1.8 De detectarse fugas de acetileno por la válvula del acumulador, debe ajustarse la misma. Si la fuga no es detectada, debe dejarse que el acumulador se vacíe por sí solo; luego, proceder a identificar el acumulador y a notificar al proveedor. 6.2.2 Almacenamiento 6.2.2.1 Los acumuladores deben almacenarse en un lugar seguro, ventilado y reservado para este fin; la distancia mínima a otros cilindros que contengan oxígeno u otros oxidantes, debe ser de 6 m.
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6.2.2.2 Los acumuladores deben almacenarse por separado según estén llenos o vacíos y debe identificarse cada grupo para evitar confusiones. 6.2.2.3 Los acumuladores deben almacenarse en posición vertical. 6.2.2.4 En lugares adyacentes al área de almacenamiento de los acumuladores de acetileno, se debe disponer de: a) Extintores tipo ABC. b) Interruptores eléctricos, tipo antideflagrante. c) Tomas de agua, con mangueras contraincendio. d) Rótulos que indiquen la prohibición de fumar. e) Áreas de almacenamiento debidamente identificadas con el logotipo de gas inflamable. 6.2.3 Uso 6.2.3.1 Las válvulas de los cilindros se deben abrir lentamente. 6.2.3.2 Cuando el cilindro no esté en uso, debe utilizarse la tapa protectora. Un golpe sobre una válvula sin proteger puede originar la salida del gas a presión elevada. 6.2.3.3 Debe asegurarse que la rosca del regulador corresponda a la salida de la válvula del acumulador. No se deben forzar las conexiones que no se acoplen, ni usar adaptadores. 6.2.3.4 Antes de efectuar la conexión a una válvula de salida del contenedor, se debe abrir ligeramente ésta durante un instante para que se desprendan las partículas de polvo o suciedad que se encuentren adheridas a la abertura. Nunca se debe dirigir la válvula y la abertura en dirección al operador o hacia otra persona. 6.2.3.5 Las conexiones deben mantenerse libres de suciedad, lubricantes, polvos u otras impurezas. 6.2.3.6 Antes de retirar el regulador de la válvula del acumulador, debe cerrarse la misma y liberar el gas del regulador. 6.2.3.7 No se deben utilizar reguladores que no sean para acetileno. 6.2.3.8 Jamás se deben abrir las válvulas de los acumuladores cerca de lugares en los que se estén realizando trabajos de soldadura, o cerca de chispas, llamas abiertas, u otra fuente posible de ignición. 6.2.3.9 No abrir la válvula del acumulador más de 1/4 de vuelta. 6.2.3.10 Cuando se produzcan fugas, debe ponerse el acumulador inmediatamente fuera de servicio y manipularlo en la forma siguiente: a) Cerrar la válvula y sacar el acumulador al exterior alejado de cualquier fuente de ignición. b) Identificar el acumulador y notificar al proveedor. 6.2.4 Seguridad. 6.2.4.1 Además de las medidas indicadas en el numeral 5, se deben tomar en consideración las siguientes:
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a) No calentar los acumuladores por ningún motivo. b) No intentar cargar acetileno en cilindros que no sean específicamente fabricados para el efecto. c) No mezclar ningún gas con acetileno al interior de un cilindro. d) Los contaminantes del acetileno son altamente peligrosos, por lo que se deben tomar las precauciones necesarias. Así, la fosfina tiene un límite máximo permitido en el ambiente (TLV-TWA) de 0,3 mg/m3 y la arsina, 0,05 mg/m3. Ver nota 2. 6.2.5 Comercialización 6.2.5.1 La comercialización de este producto debe cumplir con lo dispuesto en las regulaciones y resoluciones dictadas con sujeción a la Ley de Pesas y Medidas 7. INSPECCIÓN 7.1 Muestreo 7.1.1 Inspección del producto en planta. 7.1.1.1 Directamente de la línea de producción, el fabricante, deberá extraer muestras representativas del producto a analizarse, a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos determinados en el numeral 6. De no cumplirse, el producto no podrá ser envasado para su comercialización. 7.1.2 Inspección del producto en acumuladores. 7.1.2.1 Para fines de control y de inspección del producto en acumuladores, el muestreo se realizará de acuerdo con la tabla 3. TABLA 3. Plan de muestreo para el acetileno envasado en acumuladores. Tamaño del lote No de acumuladores 2 - 8 9 - 15 16 - 25 26 - 50 51 - 90
Tamaño de la muestra 2 3 5 8 13
7.1.3 Inspección de los acumuladores 7.1.3.1 Para este propósito, el fabricante debe sujetarse a lo establecido en la NTE INEN 2 049. 7.2 Aceptación o rechazo 7.2.1 En la muestra obtenida aleatoriamente, numeral 7.1.2.1, se debe determinar el cumplimiento de los requisitos del producto indicados en el numeral 6. 7.2.2 Si la muestra ensayada no cumple con uno o más de los requisitos establecidos en esta norma, se extraerá una segunda muestra y se repetirán los ensayos. ___________________________ NOTA 2. TlV-TWA, límite máximo permitido que corresponde al promedio ponderado para 8 h de exposición diaria.
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7.2.3 Si la segunda muestra ensayada no cumple con uno de los requisitos establecidos en esta norma, se deberá rechazar el lote correspondiente. 8. MÉTODOS DE ENSAYO 8.1 Determinación de la pureza 8.1.1 Método de Orsat 8.1.1.1 Resumen. Se absorbe el gas en un líquido específico, para este caso, acetona. La disminución de volumen, con relación a la muestra inicial, indica el volumen de acetileno presente, mientras las impurezas regresan a la bureta de control. 8.1.1.2 Equipo a) Aparato de Orsat (ver figura 1) que fundamentalmente consta de : - Botella de envase o nivelación (A). - Bureta de 100 cm3 (B). - Pipetas ó frascos de absorción de 200 cm3, (p```, p``, p`). - Tubo de conexión (T). - Termómetro adecuado - Camisa de agua, para protegerlo de cambios de temperatura que afectan el volumen. - Llaves de agua ( g, f, e, c). - Comunicación con la muestra (d). - Papel secante FIGURA 1. Aparato de Orsat
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8.1.1.3 Reactivos a) Acetona (p.a) b) Agua destilada. 8.1.1.4 Procedimiento a) Desalojar con acetona el aire de la bureta B. b) Con la ayuda de la botella de envase A, dejar en la bureta 100 cm3 de muestra. Anotar la temperatura. c) Dejar pasar la muestra al primer frasco o pipeta (p`), que contiene un volumen conocido de acetona. Agitar ligeramente el frasco o pipeta hasta que la acetona absorba todo el acetileno presente. Anotar la temperatura. d) Pasar varias veces la fracción de muestra de la bureta a la pipeta, hasta cuando el volumen de los gases absorbidos se mantenga mas o menos constante; esto sucede cuando dos lecturas de las mismas no difieran en 0,01 cm3 la una de la otra. Anotar la temperatura. e) De ser necesario, repetir el procedimiento desde el literal c), con las pipetas p``o p```. Normalmente es suficiente realizar el trabajo con una sola pipeta. f) Establecer la relación de temperatura del sistema entre cada una de las pipetas o frascos de absorción. Si la diferencia entre la primera y segunda lectura es 2° C, se debe repetir la prueba. 8.1.1.5 Interpretación de resultados. El contenido de acetileno como C2H2 en 100 cm3 de muestra, se calcula mediante la siguiente ecuación: A = 100 - B En donde : A = contenido de acetileno B = lectura del volumen de impurezas en la bureta corregida a la correspondiente temperatura, de acuerdo con la tabla 4. 8.1.2 Método alterno mediante cromatografía de gases 8.2 Determinación del contenido de fósforo 8.2.1 Método de los tubos indicadores 8.2.1.1 Resumen. Consiste en utilizar tubos indicadores, en los que la longitud de la decoloración suministra la medida del nivel de contaminación. 8.2.1.2 Equipo a) Tubo indicador (vidrio). Graduado en intervalos de medida, el cual contiene un reactivo químico que puede cambiar de color si ocurre una reacción química cuando un gas pasa a través de éste. En este caso el tubo indicador contiene un reactivo sensible al fósforo. b) Bomba de aspiración. Utilizada para impulsar una cantidad de gas a través del tubo detector. Debe suministrar un volumen de ± 5 % del establecido por el fabricante y presentar correcta hermeticidad.
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TABLA 4. Correcciones para la determinación de los contenidos de impurezas en el gas acetileno por medio del analizador. Lectura en el aparato de Orsat en % en volumen v/v 0,4 0,6 0,8 1,0 1,2 1,4 1,6 1,8 2,0 2,2 2,4 2,6 2,8 3,0 3,2 3,4 3,6 3,8 4,0 4,2 4,4 4,6 4,8 5,0
Porcentaje de impurezas con respecto a la temperatura 5°C 0,3 0,4 0,6 0,8 0,9 1,0 1,2 1,3 1,5 1,6 1,7 1,9 2,1 2,2 2,3 2,5 2,6 2,9 2,9 3,0 3,2 3,4 3,5 3,6
10°C 0,2 0,3 0,5 0,7 0,9 0,9 1,1 1,2 1,3 1,5 1,6 1,7 1,9 2,0 2,1 2,3 2,5 2,6 2,7 2,8 3,0 3,1 3,2 3,4
15°C 0,1 0,2 0,2 0,5 0,6 0,7 0,9 1,0 1,1 1,3 1,4 1,5 1,6 1,7 1,9 2,1 2,2 2,3 2,5 2,6 2,7 2,8 2,9 3,1
20°C 0,1 0,1 0,2 0,4 0,5 0,6 0,7 0,8 0,9 1,1 1,2 1,3 1,4 1,5 1,6 1,8 1,9 2,0 2,2 2,3 2,4 2,5 2,6 2,7
25°C 0,1 0,1 0,1 0,2 0,3 0,4 0,5 0,6 0,7 0,8 0,9 1,0 1,1 1,2 1,4 1,5 1,6 1,7 1,8 1,9 2,0 2,1 2,2 2,3
30°C 0,1 0,1 0,1 0,1 0,1 0,2 0,3 0,4 0,5 0,6 0,6 0,7 0,8 0,9 1,0 1,1 1,3 1,3 1,4 1,5 1,6 1,7 1,8 1,9
8.2.1.3 Procedimiento. a) Antes de cada análisis, verificar la hermeticidad de la bomba, para lo cual se debe insertar un tubo indicador, bien sellado y apretado en la cabeza de la bomba; posteriormente para retirar éste, apretar el fuelle, el cual debe permanecer comprimido. b) Observar la fecha de expiración. De estar vigente, romper los extremos del tubo. c) Insertar el tubo en la cabeza de la bomba y controlar que la flecha que aparece en el tubo apunte hacia la bomba. Tener cuidado de que las conexiones entre los tubos, bomba y punto de muestreo no presenten escapes. d) Introducir el tubo en la corriente de gas de análisis. El flujo debe ser de 5 dm3/min a 10 dm3/min. e) Efectuar el número adecuado de bombeos para el tubo indicador en particular. f) Leer la concentración en volumen o masa de impureza por volumen de gas. 8.2.2 Método alterno por cromatografía de gases. 8.3 Determinación del contenido de azufre 8.3.1 Método de los tubos indicadores de gases 8.3.1.1 Tomar en consideración lo indicado en el numeral 8.2.1. En este caso el tubo indicador un reactivo sensible al azufre o a la impureza que se analiza.
contiene
8.3.2 Método alterno. Cromatografía de gases.
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8.4 Determinación del contenido de arsénico. 8.4.1 Método de los tubos indicadores de gases. 8.4.1.1 Tomar en consideración lo indicado en el numeral 8.2.1. En este caso el tubo indicador contiene un reactivo sensible al arsénico o a la impureza que se analiza. 8.4.2 Método alterno. Cromatografía de gases. 8.5 Determinación del contenido de ácido clorhídrico 8.5.1 Método de los tubos indicadores de gases. 8.5.1.2 Tomar en consideración lo indicado en el numeral 8.2.1. En este caso el tubo indicador contiene un reactivo sensible al ácido clorhídrico o a la impureza que se analiza. 8.5.2 Método alterno por cromatografía de gases. 8.6 Determinación del contenido de otras impurezas 8.6.1 Se determina por la diferencia entre 100 y la suma de los porcentajes de los demás elementos incluidos en la tabla de requisitos. 8.6.2 Método alterno. Cromatografía de gases. 9. ENVASADO 9.1 Por su naturaleza el producto debe ser envasado en acumuladores de acero, que cumplan con las recomendaciones señaladas por la CGA, que permitan conservar la calidad del producto, así como su manejo hasta el destino final. 9.2 El acetileno se encuentra comúnmente disponible en acumuladores de 0,2 m3 a 24 m3. 10. MARCADO 10.1 Cada acumulador debe tener marcado en el domo o cerca del cuello, como mínimo la siguiente información: a) Norma de fabricación del acumulador. b) Número serial e identificación del fabricante. c) Fecha de fabricación o última fecha de revisión de conformidad con la NTE INEN 2 049. d) Tara del acumulador. 11. ETIQUETADO 11.1 Cada acumulador debe contener obligatoriamente y en un lugar perfectamente legible, la siguiente información: a) Nombre del producto b) Símbolo de identificación de inflamabilidad, de acuerdo a la norma ISO 7225.
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c) Logotipo de la empresa productora. d) Tipo y tara del acumulador e) Masa del producto (kg) f) Norma INEN de referencia. 11.2 El etiquetado no debe presentar leyendas de significado ambiguo ni descripción de características del producto que no puedan ser debidamente comprobadas.
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APÉNDICE Z Z.1 DOCUMENTOS NORMATIVOS A CONSULTAR Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2 049:1995 Cilindros para gases de alta presión. Revisión. Norma ISO 7225. Gas cylinders- Precautionary labels. Norma ISO 6712. Gas analysis. Sampling and transfer equipment for gases supplying an analytical unit. Handbook of Compressed Gases. Third Edition. Compressed Gas Association, Inc. Acetylene. Threshold Limit Values for Chemical Substances ACGIH and Physical Agents. Z.2 BASES DE ESTUDIO Norma Técnica Colombiana NTC ICONTEC 1997 (Primera revisión). Productos químicos para uso industrial. Instituto Colombiano de Normas Técnicas. Bogotá, 1984. AGA. Acetylene. Cylinder Charging. Theory and Practice. Compressed Gas Association, Inc. Lidingo. 1987.
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INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Documento: TÍTULO: PRODUCTOS QUÍMICOS INDUSTRIALES. Código: NTE INEN 2 186 ACETILENO. REQUISITOS E INSPECCIÓN QU 03.02-404 ORIGINAL: REVISIÓN: Fecha de iniciación del estudio: Fecha de aprobación anterior por Consejo Directivo 1997-08-19 Oficialización con el Carácter de por Acuerdo No. de publicado en el Registro Oficial No. de Fecha de iniciación del estudio: Fechas de consulta pública: de
a
Subcomité Técnico: PRODUCTOS QUÍMICOS INDUSTRIALES Fecha de iniciación: 1997-10-30 Integrantes del Subcomité Técnico:
Fecha de aprobación: 1998-03-12
NOMBRES:
INSTITUCIÓN REPRESENTADA:
Ing. Fernando Guzmán (Presidente) Ing. Jorge Medina Ing. Jacqueline Villacís
AGA S.A. INGENIERÍA QUÍMICA U.C. DIRECCIÓN NACIONAL DE HIDROCARBUROS PETROPRODUCCIÓN ASTINAVE I.E.S.S. PETROPRODUCCIÓN COSMOS CONSTRUCCIONES INEN
Ing. Ángel Guevara Subs. S.L. Kléver Ochoa Dr. Jorge Piedra Ing. Carlos Chávez Ing. Francisco Aráuz Ing. Fernando Hidalgo (Secretario Técnico)
Otros trámites: CARÁCTER: Se recomienda su aprobación como: OBLIGATORIA Aprobación por Consejo Directivo en sesión de 1998-10-08 como: Obligatoria
Oficializada como: OBLIGATORIA Por Acuerdo Ministerial No. 980133 de 1998-11-11 Registro Oficial No. 70 de 1998-11-19
Instituto E c u a toria no d e N orma liz a c ión, IN E N - B a q u e rizo Mor e no E 8-29 y A v. 6 d e Dic ie mb r e C a silla 17-01-3999 - T e lfs: (593 2)2 501885 a l 2 501891 - F ax: (593 2) 2 567815 Dir e c c ión G e n e r a l: E-Ma il:furr e st a @ in e n.g ov.e c Á r e a T é c nic a d e N orma liz a c ión: E-Ma il:norma liz a c ion @ in e n.g ov.e c Á r e a T é c nic a d e C e rtific a c ión: E-Ma il:c e rtific a c ion @ in e n.g ov.e c Á r e a T é c nic a d e V e rific a c ión: E-Ma il:v e rific a c ion @ in e n.g ov.e c Á r e a T é c nic a d e S e rvic ios T e c noló gic os: E-Ma il:in e n c a ti @ in e n.g ov.e c R e gion a l G u a y a s: E-Ma il:in e n g u a y a s @ in e n.g ov.e c R e gion a l A zu a y: E-Ma il:in e n c u e n c a @ in e n.g ov.e c R e gion a l C himb or a zo: E-Ma il:in e nrio b a mb a @ in e n.g ov.e c U RL:w w w.in e n.g ov.e c