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˜ OFICINA ESPANOLA DE PATENTES Y MARCAS

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k kInt. Cl. : A43B 7/22

11 N´ umero de publicaci´on: 6

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˜ ESPANA

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A43B 17/02

TRADUCCION DE PATENTE EUROPEA

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kN´umero de solicitud europea: 94103815.0 kFecha de presentaci´on : 11.03.94 kN´umero de publicaci´on de la solicitud: 0 615 704 kFecha de publicaci´on de la solicitud: 21.09.94

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54 T´ıtulo: Suela y calzado para la regulaci´ on de la supinaci´ on.

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73 Titular/es: Marathon Shoe Company

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72 Inventor/es: Pryce, Michael L.

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74 Agente: Carpintero L´ opez, Francisco

30 Prioridad: 18.03.93 US 32878

174 Currie Hall Parkway Kent, Ohio 44240, US

45 Fecha de la publicaci´ on de la menci´on BOPI:

01.08.97

45 Fecha de la publicaci´ on del folleto de patente:

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01.08.97

Aviso:

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En el plazo de nueve meses a contar desde la fecha de publicaci´on en el Bolet´ın europeo de patentes, de la menci´on de concesi´on de la patente europea, cualquier persona podr´a oponerse ante la Oficina Europea de Patentes a la patente concedida. La oposici´on deber´a formularse por escrito y estar motivada; s´olo se considerar´a como formulada una vez que se haya realizado el pago de la tasa de oposici´ on (art◦ 99.1 del Convenio sobre concesi´on de Patentes Europeas). Venta de fasc´ ıculos: Oficina Espa˜ nola de Patentes y Marcas. C/Panam´ a, 1 – 28036 Madrid

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DESCRIPCION Antecedentes y plan general de la invenci´ on Se refiere esta invenci´on a la correcci´on del trastorno en las personas conocido con el nombre de pies varos, m´as com´ unmente conocido como pies planos flexibles. El pie act´ ua como un absorbedor de choques y como una palanca r´ıgida para caminar con los pies hacia fuera. En condici´ on normal, cuando el pie incide sobre el suelo, queda en pronaci´ on al tocar el suelo el tal´on. Cuando el tal´ on incide sobre el suelo, el pie vibra al absorber el choque. Se transfiere entonces el soporte del peso del tal´ on a lo largo del borde lateral del pie hasta que llega a la quinta articulaci´ on de las falanges metatarsianas o parte redondeada de la planta. Despu´es, el soporte del peso se transfiere a trav´es de la misma hasta el dedo grueso. Como quiera que la parte delantera del pie de una persona que adolezca de pies planos flexibles no queda compensada (el primer metatarso queda separado del suelo), dicha parte anterior del pie no puede descender al suelo sin someter al pie una excesiva pronaci´on.Dicho en otras palabras, la persona tendr´ a que balancear el pie hacia dentro para conseguir que el dedo grueso descienda hasta el suelo, y al hacerlo, el pie nunca consigue la posici´on r´ıgida lograda por un pie supinado o un pie normal. En el pie supinado o normal, el primer metatarso est´ a siempre sobre el suelo y la acci´on tiene lugar en la articulaci´ on mediotarsiana. La articulaci´ on del medio tarso gira ligeramente y a continuaci´ on queda bloqueada permitiendo que la persona avance con el pie hacia el exterior y apoy´ andose sobre el dedo grueso. Una persona que tenga el pie en pronaci´ on no puede hacer esto puesto que no puede aplicar el primer metatarso en tierra a menos de que haga girar el tobillo hacia dentro. Esta invenci´on permite que una persona que tenga los pies planos flexibles ande con los pies orientados hacia el exterior, apoyados sobre los dedos gruesos sin girar los tobillos hacia dentro. El concepto de la correcci´on de las dolencias humanas de los pies se expone en la t´ecnica ya patentada y se muestra en diversos dispositivos. As´ı por ejemplo, la Patente de EE. UU. No. 2.616.190, Darby, titulada “Calzado corrector del ´angulo de marcha”, concedida el 4 de noviembre de 1952. Esta patente presenta un dispositivo para la correcci´on de los trastornos humanos de pie y de pierna, originados por un apoyo incorrecto del peso sobre los pies. Darby intenta conseguirlo elevando el lado medio del zapato con una suela delantera exterior elevada. Darby no act´ ua para la persona que tiene el pie plano flexible, ya que con un pie plano flexible, el tal´on permanece en una posici´ on pr´ acticamente normal. La anatom´ıa anormal tiene lugar en la articulaci´on entre el astr´agalo y el navicular (articulaci´on astr´ agalonavicular) y en la articulaci´ on entre el calc´aneo y el cuboide (articulaci´ on calc´ aneo-cuboide), que son las dos articulaciones que constituyen la articulaci´on mediotarsiana. La diferencia entre el tipo de problema que corrige Darby y el que co2

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rrige la presente invenci´on est´a en que solamente la parte delantera del pie se encuentra en un estado incorrecto de pie varo en el caso del pie plano flexible. Por tanto, el dise˜ no de Darby no corrige el pie plano flexible, ya que intenta corregir el tal´ on del pie que no precisa ninguna correcci´on. Patente de EE. UU. No. 4.578.882, de Talarico, titulada “Calzado compensado para la parte anterior del pie”, concedida el 1◦ de abril de 1986. Esta patente presenta una suela en forma de cu˜ na en a´ngulo con declive ascendente desde el lado de la parte anterior del pie hasta la parte media, reduciendo una excesiva pronaci´ on y permitiendo que el pie act´ ue como fulcro y palanca efectivos para el avance en marcha o carrera con un m´ınimo movimiento y distorsi´ on del pie natural. Si no se mantiene la parte media del pie en supinaci´ on, el pie trata de girar hacia fuera en esta parte. Talarico inicia su cu˜ na en la base del quinto metatarsiano y la dispone en a´ngulo hacia el primer metatarsiano en forma distal. Esto deja la parte media del pie sin ninguna sustentaci´ on. En un paciente de pies normales, que puede supinar la parte media del pie, no hay problema. En el paciente con pies planos flexibles, ´este no puede someter su pie en la parte media a una apropiada supinaci´ on, cediendo todo el arco del pie y descendiendo la parte delantera hasta la superficie. Si, como se expone en el modelo de Talarico, se compensa la parte delantera del pie con una cu˜ na, y no hay sustentaci´ on para la parte media del pie, se producir´a un movimiento parad´ojico en el cual la parte anterior del pie se mantiene invertida por la cu˜ na, y la parte media del pie puede volverse de dentro a fuera. Esto es exactamente lo que ocasiona el dolor en el pie plano flexible y es lo que este dispositivo est´ a evitando. Ninguna de las t´ecnicas anteriores se refiere a la combinaci´ on de una cu˜ na elevada para las partes delantera y media del pie, manteniendo el tal´ on en su posici´ on plana sobre el suelo. Estos beneficios, juntamente con otros objetos y ventajas de la invenci´on se har´ an m´ as evidentes a los expertos en este ramo al leer las siguientes disposiciones y descripciones generales, sobre la base de los dibujos que se acompa˜ nan. Resumen de la invenci´ on Se describe aqu´ı una plantilla correctora del pie, que en la presente memoria quiere decir significar un calzado dotado de tal suela, un inserto o pieza suplementaria o una plantilla para quienes padecen de un varus no compensado en la parte delantera del pie, m´ as com´ unmente conocido como pie plano flexible. La plantilla correctora ha sido dise˜ nada despu´es de una investigaci´ on de la configuraci´ on del pie, sobre la base de que todo pie situado en supinaci´ on presenta la misma forma, independientemente de las dimensiones. Hay dos zonas que suministran sustentaci´ on al pie deficiente. La porci´on media del pie empieza en la base del tal´on y asciende inmediatamente para sustentar la parte media del pie, que es cr´ıtica en la regulaci´ on del pie pronado. El soporte para la parte media del pie seg´ un la presente invenci´on comprende una caracter´ıstica que lo distingue de la de Talarico, puesto que la de Talarico no tiene tal soporte para la parte media del pie.

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La porci´ on correspondiente a la parte anterior del pie en la presente invenci´on queda situada sobre la parte superior de la suela normal del zapato, o como una plantilla sustitutiva y se extiende desde el frente de los dos dedos interiores en cierta distancia hacia atr´ as, pero sin llegar al tal´ on. La porci´ on correspondiente a la parte anterior del pie da una elevaci´ on a principalmente los dos primeros metatarsianos y contin´ ua hacia delante para sustentar los dedos. Como el contorno de la plantilla va del centro hacia el lado, la elevaci´on disminuye gradualmente de manera que el tercero, el cuarto y el quinto metatarsianos quedan en su posici´ on natural plana. La plantilla correctora del pie regula la supinaci´on de la parte media del pie al detener la pronaci´ on de la parte media. Tanto el primero como el segundo metatarsianos en su totalidad y los dos dedos interiores quedan levantados en una posici´ on que compensa el varus de la parte anterior del pie, y esta plantilla correctora mantiene tambi´en la alineaci´on, la posici´on, el movimiento y la funci´ on normales de todo el pie durante el uso de la misma, al tiempo que mantiene el tal´on en su posici´ on normal. Por el contrario, la invenci´on de Darby prev´e una elevaci´on parcial del tal´ on, que no se encuentra en la presente invenci´on. La plantilla de la invenci´on aparece definida en la reivindicaci´on 1. En la reivindicaci´ on 2 se define otra forma preferida de ejecuci´ on. Breve descripci´ on de los dibujos La figura 1 es una vista en planta superior de la plantilla correctora consistente en una porci´ on correspondiente a la parte delantera del pie y una porci´ on correspondiente a su parte media. La figura 2 es una vista lateral en alzado de la plantilla correctora que ilustra la relaci´on entre la porci´ on correspondiente a la parte media del pie y la porci´ on correspondiente a su parte delantera. La figura 3 es una vista frontal de la porci´ on correspondiente a la parte delantera del pie de la plantilla correctora, que proporciona una elevaci´on para los dos dedos interiores. La figura 4 es una vista en perspectiva elevada de las porciones de la plantilla correctora correspondientes a la parte media y a la parte delantera del pie. Descripci´ on detallada de la invenci´ on Con referencia a la figura 1, diremos que se ha representado la combinaci´ on de las porciones de la plantilla correctora 3 correspondientes a la parte delantera del pie 1 y a su parte media 2.

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Esta invenci´on est´a concebida para operar como plantilla correctora 3 para aquellos que padecen de un varus no compensado en la parte delantera del pie, lo que m´ as com´ unmente se conoce como pie plano flexible. La plantilla correctora 3 ha sido dise˜ nada despu´es de una investigaci´on sobre la configuraci´ on del pie plano flexible, sobre la base de que todo pie puesto en supinaci´on presenta la misma forma, independientemente de sus dimensiones. La raz´on por la que se da esta “misma forma” en todos los pies planos flexibles es importante, porque permite una sola soluci´ on para corregir todos los problemas de los pies planos flexibles. Si se levanta el primer metatarsiano de modo que la parte media del pie quede en supinaci´ on cuando la persona va a echar el pie hacia fuera y a desviar as´ı su dedo grueso, se habr´ a corregido el varus no compensado en la parte delantera del pie plano flexible. Hay dos zonas que proporcionan soporte al pie plano flexible. La porci´ on correspondiente a la parte media del pie empieza el borde anterior del tal´ on y sube inmediatamente para sustentar la parte media del pie, lo cual es cr´ıtico en la regulaci´ on del pie pronado. La porci´ on 2 correspondiente a la parte media del pie est´ a adem´as sustentada por la porci´ on correspondiente a la parte delantera del pie situada por debajo. La porci´ on 1 correspondiente a la parte anterior del pie queda situada sobre la superficie superior de la suela normal 4 del zapato y se extiende desde el frente de los dos dedos interiores en cierta distancia hacia atr´ as, pero sin incluir el tal´ on. La porci´ on 1 correspondiente a la parte delantera del pie da una elevaci´ on principalmente a los dos primeros metatarsianos y contin´ ua hacia delante para sustentar los dos dedos interiores. Como el contorno de la plantilla va de la parte media a la lateral, la elevaci´ on disminuye, de manera que el tercero, el cuarto y el quinto metatarsianos quedan en la posici´ on natural plana. La plantilla correctora regula la supinaci´ on de la parte media del pie pero sin permitir que entre en pronaci´ on de dicha parte media. El primero y el segundo metatarsianos en su totalidad y los dos dedos interiores se levantan a una posici´on que compensa el varus de la parte delantera del pie y esta plantilla correctora 3 mantiene adem´ as la alineaci´on, la posici´ on, el movimiento y la funci´ on normales de todo el pie durante su uso, al tiempo que mantiene el tal´ on en su posici´on normal.

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REIVINDICACIONES 1. Una plantilla (3) correctora del pie, en combinaci´ on con un calzado que tiene una longitud y una anchura predeterminadas, y una porci´ on correspondiente a la parte delantera del pie, una porci´ on correspondiente a su parte media y una porci´ on correspondiente al tal´ on, que se caracteriza por: una porci´ on (1) correspondiente a la parte delantera del pie, elevada, de un grueso uniforme, que se extiende aproximadamente en la mitad de la anchura del calzado de modo que queda situada bajo los dos dedos medios, extendi´endose la porci´ on correspondiente a la parte delantera del pie desde el frente del calzado en una distancia inferior a la longitud del mismo, de modo que termina frente a la porci´ on correspondiente al tal´ on

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del calzado, siendo sustancialmente de la misma anchura en toda su longitud que la citada porci´ on situada bajo los dos dedos medios del usuario; y una porci´ on (2) correspondiente a la parte media del pie, que tiene sustancialmente una forma el´ıptica para sustentar el metatarso del usuario, quedando dicha porci´ on correspondiente a la parte media del pie de la citada plantilla unida a la cara superior de dicha porci´ on elevada correspondiente a la parte delantera del pie, de la mencionada plantilla, y que se extiende desde el frente de la referida porci´ on del citado calzado correspondiente a la parte media del pie en una distancia inferior a la longitud del calzado, de modo que termina frente a la porci´on correspondiente al tal´ on. 2. Una plantilla correctora del pie seg´ un la reivindicaci´on 1, que es desmontable.

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NOTA INFORMATIVA: Conforme a la reserva del art. 167.2 del Convenio de Patentes Europeas (CPE) y a la Disposici´ on Transitoria del RD 2424/1986, de 10 de octubre, relativo a la aplicaci´ on del Convenio de Patente Europea, las patentes europeas que designen a Espa˜ na y solicitadas antes del 7-10-1992, no producir´ an ning´ un efecto en Espa˜ na en la medida en que confieran protecci´ on a productos qu´ımicos y farmac´euticos como tales.

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Esta informaci´ on no prejuzga que la patente est´e o no inclu´ıda en la mencionada reserva.

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