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NEGOCIACIONES COMERCIALES
RESTRICTED
MULTILATERALES
MTN.GNS/W/132/Add.l 30 de octubre de 1991
RONDA URUGUAY
Distribución especial Original:
inglés
Grupo de Negociación»* sobre Servicios
COMUNICACIÓN DE TAILANDIA Oferta preliminar y condicional de Tailandia en materia de compromisos iniciales sobre el comercio de servicios Addendum
La comunicación siguiente se distribuye a los miembros dei Grupo de Negociaciones sobre Servicios a petición de la Delegación Permanente de Tailandia.
1. Tailandia asigna particular importancia r. la pronta y satisfactoria conclusión de las negociaciones de la Ronda Uruguay. También reconoce que para que en la Ronda se asuman compromisos de vasto alcance y mutuamente ventajosos, los participantes deberán emprender una liberalización inicial dei comercio de servicios. Sin embargo, en el caso de los países en /desarrollo el alcance de esa liberalización debe ser proporcional a la capacidad y disposición que tengan sus respectivos sectores de servicios para asumir los compromisos en la fase actual. 2. En consecuencia, Tailandia apoya el proceso de presentación de compromisos iniciales como primer paso hacia una liberalización progresiva dei comercio y hacia el logro de resultados significativos en las negociaciones. Con este espíritu, Tailandia está dispuesta a asumir los compromisos iniciales que figuran en la oferta preliminar y condicional que se adjunta. Esta oferta se presenta como base para las futuras negociaciones que se celebrarán de conformidad con la Declaración de Punta dei Este y el acuerdo concertado durante el balance a mitad de periodo. 3. Tailandia se reserva el derecho a retirar y modificar en todo o en parte esta oferta preliminar, en cualquier momento durante la negociación dei futuro acuerdo sobre el comercio de servicios. Además, la oferta está condicionada a que el texto definitivo dei Acuerde Marco resulte satisfactorio, incluidos los correspondientes anexos sectoriales, y a que haya un intercambio significativo de compromisos entre las partes en dicho Acuerdo.
Inglés solamente
SECRETARIA DEL GATT UR-91-0144
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4. La indicación de sectores y subsectores, asi como todos los términos empleados en la oferta de Tailandia, han de interpretarse con arreglo a las leyes y reglamentos de este país. Nota explicativa 1. El suministro de servicios en todos los modos de prestación se efectuará de conformidad con las leyes y reglamentos pertinentes de Tailandia, incluidas las disposiciones derivadas de esas leyes y reglamentos que les den efecto en el plano nacional y subnacicnal. Cuando corresponda, el suministro de servicios se regirá también por los acuerdos bilaterales y multilaterales en los que Tailandia sea parte. Además, nada de lo que contiene esta oferta debe interpretarse en el sentido de que afecte a medida alguna relacionada con el comercio de mercancías y con los derechos de propiedad intelectual. 2. En esta oferta la presencia comercial en los sectores y subsectores de servicios se rige por las disposiciones de la Ley de Empresas Extranjeras (conocida también como Anuncio dei Consejo Ejecutivo Nacional N Q 281). Con arreglo a esta Ley, "extranjero" es toda persona física o jurídica que no sea de nacionalidad tailandesa, y abarca las siguientes entidades: 1)
Las personas jurídicas la mitad, como mínimo, de cuyo capital sea propiedad de extranjeros.
2)
Las personas jurídicas en las que la mitad, como mínimo, de los accionistas, socios o miembros sean extranjeros, con independencia dei monto dei capital que hayan invertido.
3)
Una sociedad limitada o una sociedad anónima legalmente constituida en la que el socio director o el gerente sea extranjero.
3. El movimiento de consumidores y de personal se rig'-, por las disposiciones de la legislación de Tailandia en materia de inmigración, la Ley de Empleo de Extranjeros, las leyes de protección al consumidor y otras leyes y reglamentos pertinentes. Los extranjeros que deseen trabajar o realizar actividades económicas en Tailandia tendrán que obtener los correspondientes permisos de trabajo, además de cumplir los requisitos de inmigración prescritos. Los permisos de trabajo se otorgan de conformidad con la Ley de Empleo de Extranjeros y con las reglamentaciones dei Departamento de Trabajo, así como con otras leyes y reglamentos pertinentes. En virtud dei Real Decreto de 1979, hay 39 clases de actividad y profesiones en los que los extranjeros no están autorizados a trabajar. 4. Conforme a la legislación sobre la propiedad de la tierra, en Tailandia los extranjeros no pueden ser propietarios de tierras ni adquirirlas. Pueden empero, arrendar tierras y ser propietarios de edificios. También se permite que los extranjeros sean propietarios de una parte de las unidades de condominio con sujeción a las condiciones fijadas en la Ley de Condominio y las enmiendas a la misma.
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5. La lista de leyes que figuran en esta oferta no debe de ningún modo interpretarse como una referencia taxativa a todas las leyes y reglamentos que rigen cada uno de los sectores de servicios. Con respecto a los compromisos que se asuman en el marco de las condiciones de acceso a los mercados y trato nacional, seguirán aplicándose los requisitos legales y discrecionales, reservas, reglas de conducta y prescripciones en materia de competencia profesional vigentes. 6. En lo concerniente a cada uno de los sectores o subsectores enumerados con respecto a los que se presenta una oferta, Tailandia se reserva el derecho a introducir medidas nuevas o más restrictivas si las circunstancias lo requieren. Ello obedece al hecho de que determinados sectores o subsectores aún no han alcanzado su pleno desarrollo y, por consiguiente, a medida que se vayan desarrollando puede resultar necesario modificar y enmendar las leyes y reglamentos que los rigen, o establecer una nueva legislación. Esas disposiciones tendrán en cuenta los ajustes estructurales que se requieran para hacer frente a una expansión económica dinámica y a rápidos adelantos tecnológicos. 7. Por la presente comunicación Tailandia también formula una reserva en el sentido de que las ventajas derivadas dei trato nacional y de la cláusula n.m.f., establecidas en los acuerdos horizontales vigentes así como en los tratados de amistad y cooperación económica celebrados por Tailandia, no se extenderán a otras partes de este Acuerdo, salvo que se indique lo contrario en la oferta. Explicación de los términos empleados 1.
No consolidado
Significa que Tailandia no ofrece consolidar las leyes y reglamentos vigentes que afecten a las condiciones de acceso a los mercados o de trato nacional, con prescindida dei resultado de las negociaciones.
2.
No aplicable
Significa que Tailandia no reconoce la existencia dei modo de prestación de que se trate por lo que se refiere a su aplicabilidad al acceso a los mercados o al trato nacional.
3.
Sin limitaciones
Significa que no se aplica ninguna condición ni reserva con respecto al acceso a los mercados o al trato nacional que no se haya mencionado en la nota explicativa.
» 00 - (C
Sector/sub-sector
Limitations and conditions on market access
Condition; and qualifi.ition» on national treatment
(1)
Not applicable
Not applicable
(2)
No limitations
No limitations
(3)
Alien Business Law (the announcement of the National Executive Council No. 281) requires that:
No limitations
Mode of delivery (1) (2) (3) (4)
Cross border Movement of consumers Commercial presence Movement of personnel
BUSIHESS SERVICES 1.
Attorneyship
(a) (b)
(c)
(4)
oound
a legal entity be registered in Thailand; alien equity participation must not exceed 49 per cent of the registered capital; the number of alien shareholders must be less than half of the total number of shareholders of the legal entity. Unbound
Sector/sub-sector
(1) (2) (3) (4)
Accountancy
Limitations and conditions on market access
Conditions and qualifications on national treatment
(1)
Not applicable
Not applicable
(2)
No limitations
No limitations
(3)
Alien Business Law '.he announcement of the Nat; '-.nal Executive Council No. 281) requires that:
No limitations
Mode of delivery Cross border Movement of consumers Commercial presence Movement of personnel
(a)
a legal antity be registered in Thailand; (b) alien equity participation must not exceed 49 per cent of the registered capital; (c) the number of alien shareholders must be less than half of the total number of shareholders of the legal entity. (4)
Unbound
Unbound
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