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ESTUDIOS PREVIOS De conformidad con los principios generales de la contratación y de acuerdo a lo prescrito por la ley 80 de 1993, la ley 1150 de 2007 y el artículo 20 del decreto reglamentario 1510 de 2013, procede la Gobernación del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina a elaborar los correspondientes estudios previos que soportan el presente proceso de contratación. CONSTRUCCIÓN DE UN CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL, EN LA ISLA DE SAN ANDRES PARA 160 NIÑOS EN EL ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA. ELEMENTOS DEL ESTUDIO. DESCRIPCION DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON EL PROCESO DE CONTRATACION. El Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, es un Ente Territorial con autonomía administrativa, que desempeña las funciones dadas por la constitución y las leyes, especialmente las señaladas en el artículo 7 del decreto 1222 de 1986, con la misión de contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes, a través del cumplimiento de los fines esenciales del estado, por tanto, la GOBERNACION DEL ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, acorde con las disposiciones constitucionales, legales vigentes y con el objeto de satisfacer necesidades de interés general, considera necesario y oportuno contratar la CONSTRUCCION DE UN CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL PARA 160 NIÑOS EN LA ISLA DE SAN ANDRES SECTOR DE SAN LUIS BAY EN EL ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA.(Construcción CDI en el sector de San Luis) La Constitución Política de Colombia reconoce en su artículo 44 algunos derechos fundamentales de los niños, entre ellos el derecho a la integridad física y la alimentación equilibrada y señala además que es obligación de la familia, la sociedad y el Estado el asistir y proteger a los niños y las niñas para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos. Mediante la Ley 1098 del 8 de noviembre de 2006, por medio de la cual se expidió el Código de Infancia y Adolescencia, y al tenor del artículo 10 de esta norma, se establece la corresponsabilidad, definida como la concurrencia de actores y acciones conducentes a garantizar el ejercicio de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes, la familia, la sociedad y el Estado, es corresponsables en su atención, cuidado y protección. Que la Ley 1450 de 2011 que expidió el Plan Nacional de Desarrollo “Prosperidad para Todos”, contempla una estrategia nacional para atención integral a la primera infancia: “DE CERO A SIEMPRE”, la cual está dirigida a promover y garantizar el desarrollo infantil temprano de este grupo poblacional, mediante su atención integral. Que en el año 2009 la República, los Gobiernos de Colombia (32 Departamentos y el Distrito Capital), y la Compañía Colombiana de Tabaco S.A., Philip Morris Colombia S.A., suscribieron un Acuerdo de Inversión y Cooperación, y que varias de estas partidas no tenían un ejecutor establecido, se propuso que la Federación Nacional de Departamentos realizara esta ejecución.
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Que el Decreto 4875 de 2011 creó la Comisión Intersectorial para la Atención Integral de la Primera Infancia, designando al ICBF para atender toda la operación de Atención Integral para la Primera Infancia bajo los lineamientos de la estrategia de CERO A SIEMPRE. En consecuencia, FONADE suscribió un convenio de Gestión Integral para aunar esfuerzos y adelantar las actividades necesarias para la construcción de los Centros de Atención Infantil, CDI, cuya acta de inicio fue suscrita el pasado 31 de diciembre del 2012. El Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo-FONADE y el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, celebraron el pasado 28 de junio de 2013, el Contrato Interadministrativo No. 2131630 de Apoyo Financiero de Proyectos, cuyo objeto es: Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y Financieros, para desarrollar la ejecución del proyecto de construcción de centros de Desarrollo Infantil en los Municipios seleccionados por el ente territorial, en el marco del Proyecto FND-ICBF, acorde con la atención integral a la Primera Infancia-Estrategia de Cero a Siempre, en cuya clausula segunda estableció, a cargo del Departamento, entre otras obligaciones, numeral segundo: “6. Formular los estudios previos para adelantar los procesos de selección y contratación de las obras, realizar el pliego de condiciones, la minuta modelo de contrato conforme a lo establecido en la ley 80 de 1993, ley 1150 de 2007, decretos reglamentarios y normatividad aplicable al asunto (…)”, aplicados a la construcción de un (1) CDI para 160 niños, en la Isla de San Andrés, según lineamientos establecidos por el ICBF, que se anexan a esta solicitud. Los CDI son instituciones dirigidas a atender y promover un desarrollo integral a través de la educación inicial, con el apoyo de profesionales idóneos en temas relacionados con los diferentes componentes de la atención integral y cuidado bajo las cuales se potencia el desarrollo en la primera infancia, diferencial para los niños y niñas según su edad. Se conciben como modalidad complementaria a las acciones de las familias y la comunidad, dirigidas a potenciar el desarrollo integral de los niños y niñas. Este proyecto se ejecutarán para brindar apoyo en el desarrollo integral de la primera infancia, desarrollar una infraestructura adecuada que genere espacios de socialización para niños y niñas de cero a cinco años de edad, con el fin de promover su desarrollo integral en cuanto a nutrición, salud, socialización y aprestamiento pedagógico, promover la creación de ambientes adecuados para el cuidado de los menores, mejorar la calificación de las actividades pedagógicas, entre otras. Teniendo en cuenta lo anterior, resulta imperativo que el Departamento, adelante los procesos de selección pertinentes para contratar las obras correspondientes a la construcción de un Centro de Desarrollo Infantil en el Departamento de San Andres, de conformidad con lo estipulado en el Contrato Interadministrativo Derivado No. 2131630 suscrito con FONADE. ANALISIS DEL SECTOR: De conformidad con lo establecido en el art. 15 del Decreto 1510 de 2013, la entidad ha realizado un análisis del sector para la presente contratación teniendo en cuenta el objeto del contrato y las condiciones y especificaciones técnicas que generan la necesidad de contratar la ejecución de la obra de “CONSTRUCCIÓN DE UN CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL PARA 160 NIÑOS EN LA ISLA DE SAN ANDRES SECTOR SAN LUIS BAY EN EL ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA (Construcción CDI en el Sector de San Luis. Los Centros de Desarrollo Infantil, se conciben como instituciones dirigidas a atender y promover un desarrollo integral a través de la educación inicial, con la participación de profesionales idóneos en temas relacionados con los diferentes componentes de la atención integral, responsables de gestionar las condiciones materiales que hacen efectivos todos los derechos de los niños y niñas en primera infancia, así
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como de generar oportunidades de expresión y comunicación con pares y adultos y diversidad de experiencias que permiten a los niños y las niñas construir y comprender el mundo. En este sentido, se hace necesario que el Estado y la sociedad garanticen y dispongan las condiciones de calidad requeridas para atender las particularidades del desarrollo en cada momento del ciclo vital y que se avance hacia una oferta de servicios dirigida a dar respuesta particular a las características, condiciones e intereses de los niños y niñas en primera infancia y los de sus familias. El CDI es una de las modalidades de atención definidas en el marco de la Política Pública de Primera Infancia. El CDI se convierte entonces en la primera comunidad educativa en la que los niños y niñas aprenden a vivir juntos, a conocer, querer y respetar a los demás, donde interiorizan normas básicas de convivencia y de reconocimiento propio, de los demás, de la particularidad y la diversidad y de todo lo que sucede en el entorno. Es un espacio con vida propia, con ambientes diseñados y organizados para desarrollar acciones de forma planeada e intencionada. Bajo este marco de acción los CDI planean y desarrollan acciones dirigidas a materializar todos los derechos, realizaciones y atenciones que se han definido como inherentes a la concepción de desarrollo integral. En este escenario le apuestan a ofrecer un servicio de educación inicial de calidad, basada en los diferentes lineamientos técnicos que definió el país para este propósito. De otra parte, la naturaleza interdisciplinaria de los equipos humanos que van a desarrollar y acompañar el proceso con las familias y con los niños y niñas, facilita avanzar hacia una comprensión holística de la gestión del CDI. Esta modalidad se lleva a cabo en espacios físicos e infraestructuras adecuadas y pertinentes para la atención integral de los niños y niñas en primera infancia del país, las cuales deben contar con todas las condiciones de seguridad, salubridad y dotación; que sean acogedoras y amigables y que faciliten el acceso de los niños, niñas y sus familias y/o cuidadores. En este sentido, el Centro de Desarrollo Infantil es un espacio especialmente diseñado y organizado para adelantar acciones en los diferentes componentes de la atención integral y que favorecen el potenciamiento del desarrollo infantil a través de escenarios intencionados y de múltiples y variadas experiencias e interacciones de calidad. Los ambientes de los CDI deben construirse para favorecer el desarrollo, bienestar y seguridad del niño y la niña y para incentivar ambientes abiertos para explorar el mundo físico y social. Tanto a nivel de mobiliario como de espacios, estos requieren estar adaptados a las características y condiciones de los niños y niñas, es decir, propiciar experiencias enriquecedoras que promuevan su desarrollo y que les permita explorar el mundo con confianza en sí mismo y en los adultos significativos que lo rodean. Por ejemplo, son importantes espacios delimitados que les brinden seguridad a los niños y las niñas, pero a la vez amplios que les permitan autonomía para desenvolverse en ellos. Derivado de lo anterior, el CDI es un escenario donde la atención, el cuidado, la protección y la educación característicos de estos primeros años de vida, están vinculados al trabajo pedagógico. En esta medida para garantizar efectivamente el derecho de cada niño y cada niña al desarrollo integral y a una educación inicial de calidad, el CDI ha de contar con la infraestructura, recursos y materiales adecuados teniendo en cuenta sus particularidades, las de sus familias y las de su contexto. Este componente contempla aquellos estándares que garantizan que los ambientes educativos de los CDI cuenten con condiciones físicas y psicológicas protectoras a través de la generación de interacciones
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apropiadas entre el talento humano del CDI y los niños y las niñas, y con la identificación y mitigación de riesgos que pongan en peligro la vida de los niños y niñas. ANÁLISIS DEL MERCADO: Factores Técnico: Haciendo un recorrido a través del desarrollo del sector anotamos que en Colombia en general existen empresas de ingenieros y arquitectos constituidas y estudiados para prestar el servicio de construcción o de ejecución de obras de ingeniería civil y arquitectónicas, al igual que en el extranjero, por lo que existe en el mercado quien lo provea. Dichas empresas ocupan el cuarto lugar importante en el sector económico nacional, debido a las contrataciones anuales y permanentes que realizan las entidades estatales y privadas del objeto a contratar, los cuales presentan resultados de cumplimiento y desempeño satisfactorios del sector tal y como lo ha constado la entidad en anteriores contrataciones, se comprueba una participación importante en el PIB nacional y en el PIB industrial y está catalogado dicho sector como uno de los que generan empleos directos en el país. Los proyectos de la infraestructura vial revisten una enorme importancia para el desarrollo económico. Las vías terrestres interconectan los puntos de producción y consumo y el estado de las mismas determina en un alto porcentaje el nivel de costos de transporte, los cuales a su vez influyen sobre los flujos de comercio nacional e internacional de un país. Por esta razón, la construcción, adecuación y mantenimiento de establecimientos educativos son temas que requieren de especial atención por parte de los gobiernos. El Departamento de San Andrés isla, a través de la Secretaría de Educación propende por la Construcción y Adecuación de Infraestructuras para la Atención Integral a la Primera Infancia; para esta labor se apoya en la Secretaría de Infraestructura y Obras Públicas, en razón de llevar a cabo su misión y de implementar diferentes estrategias para el control seguimiento y evaluación de las obras teniendo en cuenta los lineamientos y estándares establecidos por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y las normas técnicas de construcción. En este sentido se tiene la necesidad de celebrar contrato de obra para lo cual realiza el presente análisis de precios. En este sentido se procede a realizar un estudio de precios del mercado con el que se debe contar para poder determinar el precio base para satisfacer la necesidad de la administración, en cumplimiento de los principios de transparencia, economía y responsabilidad que rigen la contratación pública y la función administrativa, para ello se solicitan diferentes cotizaciones a empresas del sector de la construcción. De acuerdo con el objeto a contratar, el servicio de construcción o de ejecución de obras de ingeniería civil y arquitectónica requerido deberá cumplir con las especificaciones técnicas de calidad de obras y tiempos y cronogramas de ejecución conforme se detalle en el estudio previo y el pliego de condiciones. Económicos: El factor que influye en el poder de compra son las variables de precios de los materiales, insumos y servicios, sobre el cual se calculan los gastos de las cantidades de obras a ejecutar mediante análisis de precios unitarios incluidos materiales de construcción, salarios, prestaciones dotaciones, retenciones, entre otras, por lo que los cambios en los ciclos de producción, las fluctuaciones del valor de las materias primas y costos de producción, la inflación, devaluación y otros índices económicos son de mediana ocurrencia para el objeto de contratación, lo que genera variaciones de los costos de ejecución de las obras, que no afectan directamente a la entidad sino al contratista cuando se escoge el sistema de pago a precios unitarios. 4
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Al tratarse de un servicio de construcción o de ejecución de obras de ingeniería civil y arquitectónicas, contenido en los documentos del proceso de contratación en razón a la cuantía, el comportamiento del mercado de la zona y de la región es de oferta, no depende de precios internacionales y/o de bienes y servicios que no puedan adquirirse en el país, la importación y/o exportación son opcionales del contratista dependiendo al volumen de utilidades que pretenda obtener de la ejecución del contrato y las tasas de cambio serán asumidas por el contratista, sin que afecten el valor estimado a contratar, al contratarse mediante el sistema de precios unitarios. El departamento toma como referencia los precios unitarios del mercado. Análisis de la Demanda: El Departamento año tras año requiere de la ejecución de obras de desarrollo, constituyéndose en la principal acción de materialización de los planes de desarrollo, razón por la cual adelanta el proceso de contratación respectivo. En tal sentido, dicha invitación ha estado dirigida a empresas e ingenieros y arquitectos constituidas y estudiados para prestar el servicio de construcción o de ejecución de obras de ingeniería civil y arquitectónicas, las cuales se encargan de proveer los servicios requeridos por la entidad para el cumplimiento de los fines de la contratación, bajo una justa remuneración que es pactada en el porcentaje del AIU. Por tal motivo, el departamento considera viable continuar con la forma y tipo de contratos celebrados con anterioridad. Históricamente, el departamento requiere de forma constante servicios de construcción o de ejecución de obras de ingeniería civil y arquitectónica que son convocados debido a la ausencia de personal de planta y materiales para cumplir dicha labor. Se observa que por regla general que las especificaciones técnicas son descritas de acuerdo a las necesidades de la entidad, del tipo o clase de obra a ejecutar y el costo es estimado tomando como referencia los precios unitarios del mercado. Análisis de la Oferta: La invitación estará dirigida a empresas e ingenieros y arquitectos constituidas y estudiados para prestar el servicio de construcción o de ejecución de obras de ingeniería civil y arquitectónicas, las cuales se encargan de proveer los servicios requeridos por la entidad para el cumplimiento de los fines de la contratación, las cuales conforman un amplio sector a nivel nacional. En el presente caso en razón al objeto a contratar, la dinámica del mercado en lo que corresponde a la cadena de producción o distribución o suministro del bien o servicio, el fututo contratista asumirá un papel que puede ser constructor y a su vez proveedor de las materias primas requeridas para la ejecución de la obra. Perspectiva internacional: Mejorar la infraestructura de los países en desarrollo es un aspecto que se considera cada vez más importante para reducir la pobreza, aumentar el crecimiento y lograr los Objetivos de Desarrollo del Milenio — ODM—, definidos en el año 2000 por la Organización de las Naciones Unidas. Según informe del Banco Mundial, Las estimaciones realizadas a finales de los noventa sobre el impacto de las obras de infraestructura en la reducción de la pobreza mostraron que este tipo de inversión reduce la pobreza en 2,1% en los países de bajos ingresos y en 1,4% en los de ingresos medios. Los servicios de infraestructura son mencionados en los Objetivos de Desarrollo del Milenio, ya que además de ser objetivos en sí mismos, estos servicios tienen un efecto importante sobre otros objetivos de desarrollo, tales como la salud, la educación y la equidad de género. El mejoramiento de la prestación del servicio educativo
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aumentará la calidad de la educación y garantizará la asistencia escolar de las niñas y niños; convirtiendo a la infraestructura en un tema prioritario, propiciando un mejor ambiente de estudio para la comunidad en general. En resumen, se puede observar que nuestros países están aumentando su inversión, que los sectores públicos están realizando un gran esfuerzo y que el privado participa activamente en algunos sectores de infraestructura. No obstante, para 2014 la perspectiva de inversión en obras civiles, es positiva. La administración departamental, ha focalizado a la infraestructura como prioridad para el desarrollo económico y social y de esta manera continua invirtiendo en la ejecución de grandes proyectos que generan avances significativos para el desarrollo de la Región. Histórico de compras o adquisiciones de otras Entidades Estatales y otros consumidores del bien o servicio. El Departamento a través de la Secretaria de Educación ha emprendido obras de infraestructura, ha liderado y adjudicado procesos contractuales a fin de responder a la necesidad de ofrecer espacios de Atención Integral a la ´Primera Infancia. Asimismo, se materializa el Plan de Desarrollo, Para Tejer un Mundo Más Humano y Seguro EN EL Programa Niños y Niñas crecen más Felices el cual busca garantizar el pleno desarrollo de niños y niñas y su buen desempeño en las escuelas y la activación de sus potencialidades y talentos. En la historia de la Entidad se han desarrollado procesos contractuales para realizar el control y seguimiento a las obras que se ejecutarán con recursos del Departamento, a través de los cuales se busca dar solución a las necesidades sentidas de cada una de las poblaciones objetivo del proyecto. Estas actividades se deben realizar a través de interventorías que se encarguen de revisar, hacer seguimiento y control de ejecución del proyecto, siendo la modalidad de Concurso de Méritos la utilizada durante los últimos años: Nombre del proyecto: Construcción y Adecuación de Infraestructura para la Atención a la Primera Infancia en San Andrés Isla. Tipo de Infraestructura: Especifica para Centros de Desarrollo Infantil acorde a lo estipulado por ICBF.
Construcción y Adecuación de infraestructura para la primera infancia en San Andrés Isla (San Francisco Javier) San Luis / Tom Hooker Interventoria Técnica, Financiera, Administrativa y ambiental para la rehabilitación construcción y Adecuación de infraestructura para la primera infancia en San Andrés Isla (San Francisco Javier) San Luis / Tom Hooker Construcción Muro de cerramiento CDI Loma Linval y Adecuación CDI Maria Auxiliadora (Schooner Bigth)
OBJETO A CONTRATAR: LA GOBERNACIÓN DEL ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, en desarrollo del Convenio Interadministrativo No. 2131630 de Apoyo Financiero de Proyectos suscrito con
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FONADE está interesado en contratar las OBRAS PARA LA CONSTRUCCION DE UN CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL PARA 160 NIÑOS EN LA ISLA DE SAN ANDRES SECTOR DE SAN LUIS BAY EN EL ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA.(Construcción CDI en el sector de San Luis) ALTERNATIVAS Y FORMA DE SOLVENTAR LA NECESIDAD Para solventar esta necesidad, se requiere la celebración de un procesos de contratación mediante Licitación Pública en los términos y condiciones legales, especialmente las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, 1474 y 1450 de 2011, así como el Decreto 1510 de 2013, en el cual se contrate la ejecución de la “CONSTRUCCION DE UN CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL PARA 160 NIÑOS EN LA ISLA DE SAN ANDRES SECTOR DE SAN LUIS BAY EN EL ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA”. (Construcción CDI en el sector de San Luis), con una persona jurídica o natural, con experiencia e idoneidad para este tipo de labores constructivas en procura de cumplir con el objetivo planteado. CLASIFICACION UNSPSC. La clasificación de los bienes y servicios, objeto del Proceso de Contratación, son los siguientes de acuerdo al Decreto 1510 de 2013. CLASIFICACIÓN UNSPSC 95121909 Alcance y Características técnicas: Contratar las Obras de construcción de un Centro de Desarrollo Infantil con todos los trámites de licencias y permisos de servicios públicos para el correcto funcionamiento del centro para 160 niños en la Isla de San Andrés, Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. El proyecto se desarrollará en una etapa contando con: El ajuste a diseños prototipo e Implantación del mismo en el predio La Gobernación del Archipiélago ha adelantado la revisión de los diseños prototipo, realizado el ajuste de diseño prototipo, definido su construcción en Sistema AZEMBLA y elaborado la implantación a fin de contratar la ejecución de la obra del Centro de Desarrollo Infantil para 160 cupos, que contempla las siguientes áreas: La implantación realizada por la Gobernación ha contemplado en el desarrollo lo siguiente:
Realizado el levantamiento topográfico del predio y entregado planimetría y altimetría de este. Realizado estudio de suelos, con el número de apiques y sondeos requeridos según la norma NSR 2010, incluyendo apiques y sondeos adicionales que considere el geotecnista. Verificado y validado el anteproyecto arquitectónico existente, con el Vo.Bo. de la ICBF y la Interventoría. Realizado el ajuste y complementación de los estudios Hidrosanitarios, con el Vo.Bo. de la
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Interventoría. Realizado el ajuste y complementación de los estudios eléctricos en baja tensión, incluye iluminación y evaluación de riesgo y diseño de protección contra descargas atmosféricas, con el Vo.Bo. de la Interventoría. Realizado el ajuste y complementación del proyecto Estructural, con el Vo.Bo. de la Interventoría. Realizado el presupuesto detallado incluyendo memorias de cantidades de obra, especificaciones técnicas de materiales, análisis de precios unitarios, entre otras que se consideren necesarias.Realizado la programación de obra detallada por Hitos e Ítems. Realizado los demás estudios técnicos requeridos, ajustados y complementados, realizado el trámite de obtención de licencia de construcción, licencia ambiental (si aplica), y las demás licencias que aplique, así mismo adelantado los permisos, y conceptos de viabilidad de servicios públicos ante las autoridades correspondientes. Ajustado la propuesta de implantación de acuerdo con los diseños de prototipo entregados por FONADE y en el predio que el Departamento definió para llevara a cabo la construcción del CDI. Realizado los respectivos ajustes a los estudios, resultado de la verificación y validación de los estudios existentes. Tramitado las aprobaciones y licencias correspondientes, de tal manera que la obra se inicie de manera inmediata a la adjudicación.
Es importante anotar que la aprobación se ha de estar avalada no solo por la Interventoría del proyecto, sino también por ICBF. Alcance y entregables por parte de la Gobernación al Contratista: IMPLANTACIÓN DE PROYECTO TIPO: Para efectos de esta contratación, la denominada implantación del proyecto de un CDI en la Isla de San Andrés, contempla la localización exacta de los módulos dentro del predio que indica el Departamento, basado en los diseños tipo que suministró FONADE a la Gobernación y obedeciendo a las recomendaciones de la cartilla de implantación. El ajuste al diseño en el sistema alternativo definido por la Gobernación en Sistema AZEMBLA deberá enmarcarse en el cumplimiento de la Normas Técnicas de Ingeniería Civil, Hidráulico, Eléctrico, Electromecánico, Redes de Voz y Datos y Arquitectura, que apliquen al caso y serán certificados por los especialistas en cumplimiento de las mismas. SOPORTE DE LA DOCUMENTACIÓN EXISTENTE: El DEPARTAMENTO como primera actividad de la Implantación, revisó, verificó y validó la información existente entregada por FONADE del proyecto que se pretende construir; de ese análisis presentó un documento de conclusiones y recomendaciones para revisión de la interventoría, el cual autoriza continuar con las actividades de obra. PROGRAMA DE NECESIDADES: Será suministrado por el DEPARTAMENTO y es el documento que contiene las necesidades a satisfacer, espacios detallados, áreas, población a ser atendida; exigencias de uso y requisitos de operación y funcionamiento; características constructivas especiales si las hay; condiciones básicas presupuestales o
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cualquier otra demanda en particular, por lo tanto es la base para establecer el programa técnico, arquitectónico o de ingeniería con el cual se elaboró la implantación del proyecto de ejecución. (Aprobado por el Departamento e Interventoría mediante acta de seguimiento o comité operativo) El contratista, a su vez, deberá revisar, verificar y validar la información existente entregada por el DEPARTAMENTO e informar a la Interventoría. El CONTRATISTA a través de uno o varios profesionales (Arquitectos, Ingeniero Civil) según se requiera, realizará una visita al lugar indicado por el Departamento para la construcción del proyecto, en esa visita analizará, verificará y recibirá de la Gobernación como mínimo lo siguiente: Aspectos legales: • • • •
Estudio de títulos: debe contener como mínimo la Escritura Pública, Certificado de Tradición y Libertad, Boletín Catastral. Dichos documentos deben estar a título del ICBF. Uso del suelo o Demarcación urbana: Contiene las normas urbanísticas, uso del suelo, afectaciones viales, ambientales o de uso que afecten el lote en el cual se desarrollará el proyecto. Normatividad ambiental: Contiene todas las normas que puedan afectar el desarrollo del proyecto tales como manejo de escombros, contaminación de ruido, emisiones, áreas de conservación o protección etc. Servicios públicos: Antes de iniciar el proceso de construcción se debe contar con la factibilidad por escrito de prestación de servicios públicos tales como: suministro de agua potable, alcantarillado, recolección de basuras, suministro de energía eléctrica, gas, teléfono, internet etc.
Aspectos Físicos: • • •
Localización: Analiza la ubicación del lugar con respecto a la ciudad y al sector, accesibilidad, servicios complementarios, redes de servicios áreas o subterráneas etc. Morfología: Analiza el lugar con respecto a su geomorfología, topografía, orientación, área disponible para la implantación del proyecto, vegetación, clima, asolación, vientos, vías, servicios públicos. Aspectos Socio-económicos: Análisis de la población objetivo, su composición, actividades económicas etc.
LEVANTAMIENTO TOPOGRÁFICO DEL LOTE Se entregará levantamiento topográfico detallado del predio en donde se desarrollarán las obras de construcción de las edificaciones proyectadas según se indica a continuación: • • • •
Materialización en terreno por lo menos ocho puntos de referencia o mojones para la localización de los ejes planteados, estos amarrados a las placas del IGAC (Instituto Geográfico Agustín Codazzi). Levantamiento altimétrico: para tal fin se determinó una cuadricula de nivelación debidamente georeferenciada y dibujada en planos. Se calcularon curvas de nivel cada 50 cm y puntos de nivel cada cinco (5) metros. Secciones Transversales: Se suministrarán por lo menos tres (3) secciones transversales según el criterio de los supervisores o INTERVENTORIA y por donde lo indique este último. Levantamiento de redes: Se realizó el levantamiento de todas las redes hidráulicas tanto de agua potable como de aguas servidas que afecten el predio, tuberías, cajas, pozos, válvulas, cañuelas, 9
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aliviaderos, sumideros, etc., del levantamiento de dichas redes se indicará en los planos: diámetros, pendientes, cotas claves, cotas del terreno, profundidades, sentidos de flujo, flujo transportado (ALL, AN, Combinado) materiales, estado actual de las redes, puntos de posible conexión del proyecto y cualquier otra indicación solicitada por los supervisores o el INTERVENTOR. Se presentará el levantamiento de todas las redes eléctricas que afecten el proyecto, tanto en aéreas como subterráneas, postes, tuberías, cajas, líneas de alta y media tensión, subestaciones, etc. Del levantamiento de dichas redes se indicará en los planos: diámetros, tipo de luminarias, tipo de material, cotas de las cajas, cotas del terreno, profundidades, tipo de cableado, materiales, puntos de posible conexión del proyecto, estado actual de las redes y cualquier otra indicación solicitada por los supervisores o el INTERVENTOR. En el plano topográfico, se indicaron la posición y vistas de cada una de las fotos que se tomen. El plano topográfico contará con el Cuadro de áreas, respectivo. Se presentarán cada una de las áreas dentro del predio discriminando las áreas duras, en concreto, asfalto o cualquier otro tipo existente. En el informe de topografía se hace un diagnóstico de estructuras, materiales y estado de los diferentes elementos que hacen parte del predio. En la memoria topográfica se anexan las carteras topográficas de campo, cálculos de coordenadas y poligonal y los certificados del IGAC, a los cuales se amarra el proyecto. Se anexa al informe copia del plano donde se determine el límite del polígono del proyecto. Cálculo de áreas verdes y su localización y levantamiento de los árboles existentes
ESTUDIO DE SUELOS La GOBERNACIÓN suministra el estudio de suelos para el proyecto, de acuerdo a la normatividad vigente (NSR10), ha investigado y definido las propiedades geomecánicas y deformabilidad del suelo de fundación, evaluado el estado de interacción suelo-estructura y entregado las recomendaciones para su cimentación. El Ejecutor ha realizado sondeos, pruebas de campo y laboratorio, análisis geotécnico y recomendaciones. Con base en lo anterior, se deberán recomendar las características físicas tales como la altura, inclinación de los cortes, etc., y las obras necesarias para garantizar la estabilidad de las construcciones proyectadas al CONTRATISTA de OBRA. IMPLANTACIÓN ARQUITECTÓNICA DE LOS MÓDULOS CON EL RESPECTIVO DISEÑO URBANÍSTICO. Contempla la implantación del proyecto arquitectónico para el desarrollo de las obras solicitadas por el Departamento. Para ello el contratista utilizará los diseños que le entregue la GOBERNACIÓN, el cual se ha enmarcado en el cumplimiento de las normas técnicas de Ingeniería civil, hidráulica, eléctrica y arquitectura, que aplican al caso. Anteproyecto: Corresponde a la idea general de la implantación del proyecto y su estudio se ha realizado con base en las necesidades y fines de la entidad contratante, las normas oficiales vigentes y el monto de la inversión total de la obra. Proyecto Básico: Será suministrado con base en el anteproyecto aprobado por la interventoría designada por FONADE, el Supervisor de FONADE y el Profesional asignado por el Departamento para ello y debe contener toda la información necesaria para que se pueda ejecutar correctamente desde el punto de vista arquitectónico, en armonía con sus exigencias técnicas. 10
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Proyecto de Ejecución: Será suministrado con base en el proyecto básico aprobado por el Departamento y la Interventoría, este contiene toda la información necesaria para que la construcción pueda ser ejecutada correctamente desde el punto de vista arquitectónico, en armonía con sus exigencias técnicas. Se presentan allí los Altos Niveles de Calidad Medioambiental (ANCM) esto se refleja en, un menor consumo de agua, reciclaje del agua lluvia o que permita su infiltración al suelo, menos consumo de energía, niveles confortables de habitabilidad (Calor, frio) propicie y destine áreas adecuadas para el reciclaje de basuras, altos niveles de ventilación e iluminación natural. Dicho proyecto debe entregar como mínimo lo siguiente: •
Planos de localización, plantas, cortes, elevaciones, cubiertas, imágenes en 3D cuadro de áreas e índices de ocupación y construcción etc., a escalas adecuadas.
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Planos detallados de carpintería, obras metálicas, escaleras, baños, prefabricados, cortes de fachadas, enchapados, pisos, etc., sin incluir la elaboración de planos de taller, pero sí su oportuna revisión, aprobación y coordinación.
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Coordinación de planos técnicos entre sí, y de éstos con los arquitectónicos, para lograr una total correspondencia de todos los estudios.
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Tramite ante las autoridades municipales para obtener la aprobación del proyecto arquitectónico (de requerirse). Será obligación de la entidad contratante el suministro oportuno de los documentos necesarios, permisos, licencias y el paso de los derechos e impuestos que se liquiden.
Nota. Se deberá anexar copia de la matricula profesional vigente del Arquitecto responsable. Los resultados de la consultoría contratada por FONADE, serán propiedad del Instituto colombiano de bienestar familiar – ICBF, y podrán ser utilizados total o parcialmente como prototipos en otros proyectos. PROYECTO ESTRUCTURAL El proyecto para la intervención estructural de la implantación se basa en la complementación los proyectos estructurales de los proyectos tipo que le entregue FONADE a la GOBERNACION y estará basado principalmente en el rediseño del sistema de cimentación y en lo que contempla la NSR-10, obedeciendo al ajuste y cálculos requeridos dentro del predio objeto de la construcción, con especial énfasis en los TÍTULOS: A. Requisitos generales de diseño y construcción sismo resistente B. Cargas C. Concreto estructural F. Estructuras metálicas K. Requisitos complementarios Y todos aquellos que apliquen según el material y sistema a utilizar en la estructura. 11
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DISEÑO ESTRUCTURAL El diseño estructural debe ser realizado por un ingeniero civil facultado para este fin, de acuerdo con la Ley 400 de 1997. La estructura de la edificación debe diseñarse para que tenga resistencia y rigidez adecuadas ante las cargas mínimas de diseño prescritas por el Reglamento y debe, además, verificarse que dispone de rigidez adecuada para limitar la deformabilidad ante las cargas de servicio, de tal manera que no se vea afectado el funcionamiento de la edificación. Esta memoria debe ir firmada por un Ingeniero Civil debidamente matriculado, que cumpla las condiciones establecidas en los Artículos 26 y 27 de la Ley 400 de 1997. ESTUDIOS HIDROSANITARIOS La Gobernación entrega al contratista tramite de la disponibilidad de servicio de agua potable, alcantarillado y manejo de aguas lluvias ante la empresa prestadora del servicio, con base en las mismas y en la complementación de los diseños tipo, se desarrolló el diseño Hidrosanitario principalmente en lo referente a acometidas y disposición de aguas servidas y residuos sólidos, el cual contempla los estudios para las instalaciones de: Plantas generales de localización de redes (de suministro, redes contra incendio y recolección incluyendo sanitarias y aguas lluvia, una planta por cada sistema), indicando diámetros, longitudes, pendientes, equipos y accesorios, especificación de materiales, etc., incorporando las acometidas requeridas. Las aguas lluvias deben disponerse de acuerdo a como lo defina la empresa prestadora del servicio o la oficina de planeación correspondiente y/o las necesidades del lugar tales como sistemas de almacenamiento (cisternas) y reutilización de aguas lluvias. La disposición final de las aguas negras, deberá cumplir con lo establecido en el Decreto No.1594 de 1984, del Ministerio de Salud sobre vertimientos líquidos y usos del agua y las disposiciones de la empresa prestadora del servicio y de la corporación Ambiental Regional. En caso de que no se disponga de sistemas de recolección de aguas servidas se deberán diseñar los sistemas de saneamiento básico que se requieran. Plantas generales de redes e instalaciones existentes. Isométrico de redes donde se aprecie claramente los recorridos, dimensiones y accesorios, indicándose claramente los tramos a intervenir. Memorias de verificación, estudio y cálculo de diseño, incluyendo las tablas y parámetros utilizados, indicando la metodología utilizada, los criterios, normas y metodología seguida. Cuadro resumen de cantidades de obra y cálculo de las mismas. Se entrega el proyecto aprobado por la empresa prestadora del servicio antes del inicio de las obras. Nota. Se deberá anexar copia de la matricula profesional vigente del Ingeniero Hidrosanitario responsable. ESTUDIOS ELÉCTRICOS La Gobernación entrega al contratista trámite de la disponibilidad del servicio de energía eléctrica ante la empresa prestadora del servicio, los diseños deberán enmarcarse dentro de los diseños tipo y en el cumplimiento de la Norma RETIE y RETILAP principalmente en lo referente a acometidas generales y 12
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parciales y como mínimo deben contener lo siguiente:
Evaluación de riesgo para determinar la necesidad del sistema de protección contra descargas atmosféricas. Planta general de localización de redes, indicando diámetros, longitudes, equipos y accesorios, especificación de materiales, etc., incluyendo la acometida requerida. Detalles de instalación de tableros y aparatos que se requieran paras los proyectos. Cálculos de fotometría de acuerdo a lo vigente en RETILAP Diagramas y tablas de cableados, especificando calibre de conductores, códigos y demás información necesaria para la ejecución del proyecto. Memorias y cálculos eléctricos, indicando la metodología utilizada, los criterios, normas y metodología seguida. Diagrama unifilar. Cuadro resumen de cantidades de obra y cálculo de las mismas. Entregar el proyecto aprobado por la empresa prestadora del servicio. Si producto de la evaluación de riesgo de descargas atmosféricas realizada, la edificación requiere de un sistema de protección contra descargas atmosféricas la Gobernación deberá realizar el respectivo diseño de acuerdo a lo establecido y vigente en RETIE y la NTC4552. Nota. Se deberá anexar copia de la matricula profesional vigente del Ingeniero Eléctrico responsable y Declaración de cumplimiento del diseño con la Norma RETIE y RETILAP. RED VOZ Y DATOS La Gobernación entrega al contratista el diseño de la red de cableado estructurado de acuerdo, con categoría 6 o 6A mínima de desempeño cumpliendo con las normas nacionales e internacionales, para lo cual debe entregar como mínimo:
Documento de alcance del diseño Especificaciones técnicas (materiales, equipos, accesorios). Especificaciones técnicas constructivas de cada subsistema (Backbone. Horizontal área de trabajo, administración, sistema de tierra para telco) Pruebas a realizar, incluye criterios de aceptación. Planos de diseño Diagrama del cableado de las redes: (ducterias o canalizaciones) Diagrama topológico de la red (conexión equipos activos entre sí) Diagrama de Layout (de administración de los rack o centros de cableado) Cantidades de obra, listado de equipos y presupuesto estimado
Nota. Se deberá anexar copia de la matricula profesional vigente del Especialista en redes de voz y datos responsable y certificado vigente expedido por el fabricante de la solución como Ingeniero Diseñador y Especificador. Para el desarrollo la GOBERNACIÓN ha tenido en cuenta los siguientes criterios de diseño de acuerdo con el uso final de la edificación a intervenir:
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a- Topología estrella. b- Diseñar los subsistemas: horizontal, vertical o backbone, área de trabajo, cuarto de cableado, sistema de puesta a tierra para telecomunicaciones, administración de la infraestructura de telecomunicaciones (criterios de identificación y documentación de la red) y rutas y espacios. c- Se debe calcular un puesto de trabajo (WA) cada 10M2. d- Cada puesto de trabajo mínimo dos salidas RJ45 d- La distancia horizontal máxima es de 90 metros independiente del cable utilizado. e- Evitar la influencia de la interferencia electromagnética al seleccionar las rutas de cableado. f- Debe haber mínimo un cuarto de telecomunicaciones por edificio y mínimo uno por piso y por área que no exceda los 1000M2. g- Seleccionar el tipo de cable intra y entre edificios y elementos de cableado con desempeño mínimo indicado en los estándares internacionales aplicables. h- El diseño debe garantizar una implementación de un sistema mono marca i- El diseño debe especificar el requerimiento de entrega de la certificación ETL actualizada posterior a Junio 20 de 2002 acompañado de sus respectivas gráficas, donde se describa cada una de las pruebas realizadas sobre un canal de categoría 6 conformado por los siguientes elementos: 1 Patch cord de área de trabajo, 1 salida ó conector de telecomunicaciones (faceplate), 1 punto de consolidación, 1 cable horizontal de 90mts, dos interconexiones conectadas por un cordón de parcheo y un cordón de equipo en el cuarto de telecomunicaciones. (Especificado por TIA/EIA como conexión crítica de cableado). El canal completo debe tener en la prueba una longitud de 100 Mts. j- De acuerdo con cada requerimiento particular el diseñador deberá contemplar el diseño de redes inalámbricas como complemento a la Red LAN. h- Normatividad mínima aplicable:
TIA/EIA 568C Commercial Building Telecommunications Cabling Standar, que permite la planeación e instalación de un sistema de Cableado Estructurado que soporta independientemente del proveedor y sin conocimiento previo, los servicios y dispositivos de telecomunicaciones que serán instalados durante la vida útil del edificio. EIA/TIA-569A Commercial Building Standard for Telecomunications Pathways and spaces, que estandariza prácticas de diseño y construcción dentro y entre edificios, que son hechas en soporte de medios y/o equipos de telecomunicaciones tales como canaleta y guías, facilidades de entrada al edificio, armarios y/o closet de comunicaciones y cuarto de equipos. EIA/TIA-606A Administration Standard for the Telecommunications infrastructure of Commercial Building, que da las guías para marcar y administrar los componentes de un Sistema de Cableado Estructurado. EIA/TIA-607A Commercial Building Grounding and Bonding Requeriments for Telecomunications, que describe los métodos estándares para distribuir las señales de tierra a través de un edificio. ANSI/EIA/TIA-570- Residential and Light Commercial Telecomunications Wiring Standard, que estandariza y regula los parámetros para los Sistemas de Cableado Estructurado residencial. TIA/EIA TSB-67 - Transmission Perfomance Specifications for Field Testing of Unshielded Twister-pair Cabling System, que estandariza los procedimientos de pruebas para las redes de telecomunicaciones. TIA/EIA TSB-72- Centralized Optical Fiber Cabling Guidelines, que da las guías para las prácticas de cableado de fibra óptica. ISO/IEC 11801- Europeas EN 50288 EN 50173 y Americanos TIA/EIA 568B - La frecuencia característica del cable UTP categoría 6 debe ser de mínimo 250 MHz.
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TSB-75 Additional Horizontal Cabling Practices For Open Offices, que describe y estandariza el concepto de punto de consolidación e incluye las características de infraestructura para el cableado en oficinas que implementan las divisiones modulares y en general el concepto de oficina abierta. EIA/TIA 455-30 Standard Test Procedures for Fiber Optic, Fiber Cables, Transducers, Connecting and Terminating devices. ANSI/EIA/TIA-492 AAAA detail Specification for 62.5μm/125μm, Cladding diameter Class la Multimode Grade Index. ANSI/ICEA 583-596 Standard for Fiber Optic Premises Distribution. IEEE-802.3 CSMA/CD Access Method, que describe varias implementaciones de las redes ethernet de 10 mbps, incluyendo los medios físicos 10 BASE-T (UTP) y 10 BASE-F (Fibra Óptica). IEEE-802.5 Token Ring Access Method, que describe la implementación de redes Token Ring. Demás aplicables de acuerdo al proyecto.
RED ELÉCTRICA REGULADA Unido al Sistema de Cableado Estructurado, la Gobernación dimensionó y diseñó la Red Eléctrica Regulada, incluyendo los sistemas ininterrumpidos de potencia (UPS), esta red se lleva por un sistema de rutas (canaletas, tubería, bandejas portacable, etc) paralelo y en la mayoría de casos se encuentra integrado, casi nunca se llevan por separado (red eléctrica regulada y red de voz y datos integrada), lo que implica la necesidad de tenerlo en cuenta en el desempeño y la construcción de dichas rutas y espacios. REDES DE GAS Con base en el levantamiento topográfico del predio, el diseño arquitectónico y los requerimientos de uso, se elaboraron, validaron y/o complementaron los diseños de gas necesarios para la construcción del proyecto. LA GOBERNACION entrega el levantamiento de todas las redes que afecten el proyecto, de acuerdo a: • El tipo de servicio de gas que existe en el lugar del proyecto (por acometida o por tanques). • Los respectivos diseños arquitectónicos. • Todos los diseños y planos deberán ajustarse a las Normas y reglamentos de la Empresa Prestadora del servicio de Gas, a los diseños arquitectónicos y de implantación, al uso y características propias de la obra. Los estudios y diseños deben incluir: Planos de construcción del proyecto (Red de distribución interna y conexión externa), memorias de cálculo, cuantificación del presupuesto y de las especificaciones técnicas de acuerdo con lo descrito en este numeral. CANTIDADES DE OBRA: Se calcularon todas las cantidades de obra del proyecto de acuerdo con la implantación arquitectónica y de los proyectos técnicos que se requieran, para ello la GOBERNACIÓN presenta al contratista un resumen de cantidades de obra por capítulos y la memoria de cálculo de las mismas con planos y detalles constructivos que las respalden. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Con base en las especificaciones técnicas del prototipo, la implantación, los estudios y diseños técnicos y arquitectónicos, la GOBERNACION entrega al CONTRATISTA documento de especificaciones técnicas
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constructivas; éste documento deberá recoger la totalidad de especificaciones resultantes de los distintos estudios y diseños, perfectamente coordinadas y coherentes entre sí, con el formulario de presupuesto, con los planos y con las memorias de estudios y diseños, obedeciendo a una misma redacción y presentación. Las Especificaciones Técnicas para cada ítem deberán contener:
Número consecutivo del ítem, igual al consecutivo del presupuesto. Nombre del ítem idéntico al nombre del ítem en el presupuesto. Actividades preliminares a considerar para la ejecución del ítem. Alcance: Debe incluir exactamente los componentes de materiales, equipos y mano de obra incluidos en el respectivo APU. Descripción de la actividad. Procedimiento básico de ejecución. Especificación de materiales. Normas Técnicas que debe cumplir, materiales, equipos, mano de obra, etc. Aspectos generales y relevantes a considerar por parte del Constructor e Interventor. En cada una de las especificaciones la unidad y forma de medida y pago deben ser idénticas al presupuesto, indicando el alcance de dicho pago. Otros (Imágenes, esquemas, etc.).
PRESUPUESTO DE OBRA Con base en los estudios, diseños técnicos y arquitectónicos de los proyectos tipo y el resultado de los diseños y estudios técnicos del proyecto de implantación, la GOBERNACION ha consolidado, medido, cuantificado y presupuestado todos los elementos para la realización del proyecto. La definición de los valores unitarios de las actividades que conforman el presupuesto, se realizará mediante la metodología de análisis de precios unitarios. El presupuesto general detallado se presenta sobre la base del formato que entregue FONADE para tal fin, se anexa la información completa correspondiente: el listado de insumos, los análisis de precios unitarios, el presupuesto resumido por capítulos, la discriminación de los costos indirectos establecidos y la discriminación del valor por m2 para cada uno de los espacios del proyecto. Para la elaboración del presupuesto se tuvieron en cuenta los siguientes aspectos:
Los precios Unitarios del presupuesto deberán ser correspondientes a la Lista de Precios de referencia FONADE para la región en que se va ejecutar el proyecto, para el caso, debido al cambio de sistema constructivo definido por la GOBERNACION, la misma, proporcionará el respectivo APU y presentado para aprobación de la Interventoría, ante lo que FONADE ha tenido en cuenta lo siguiente: La concordancia de los ítems de pago con las especificaciones generales y particulares del proyecto y las referencias en planos. La unidad de medida deberá estar de acuerdo a la especificación correspondiente. Los precios de los materiales deben corresponder a valores actualizados. Es necesario relacionar las cantidades requeridas para ejecutar cada Ítem, incluyendo desperdicios y los materiales auxiliares y o adicionales transitorios (formaletas, cimbras, etc.). Los precios de los materiales deben corresponder a valores en el sitio de colocación incluyendo todos los fletes.
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Estimar los costos unitarios de los ítems de obra, definiendo las características de los materiales y procesos constructivos necesarios. La GOBERNACION debe evitar en lo posible que la unidad de medida sea Global, en caso de ser necesaria la inclusión de una actividad a precio global, en la especificación técnica deberá incluirse la descripción detallada de la misma, y las consideraciones por las cuales se hace necesario contemplarla de esta manera. PROGRAMACIÓN DE OBRA Consiste en la elaboración del cronograma de ejecución de la obra, producto del proyecto de implantación, que se presentara por capítulos, a partir del presupuesto de obra y en ella se ven reflejadas todas las preactividades y recursos necesarios para que la obra se desarrolle en el plazo establecido por la entidad contratante. El CONTRATISTA se debe ajustar en ejecución a la programación de obra que presente la GOBERNACION que se ha basado en:
La disponibilidad de recursos en el lugar de la obra El presupuesto de obra y su correspondiente flujo de caja En el caso que la programación determine la imposibilidad de ejecutar el proyecto en el tiempo previsto por la entidad, deberá recomendar el plazo indicado y soportarlo técnicamente. El reflejo en la programación las preactividades necesarias para cumplir con el plazo previsto y los recursos necesarios para ello. Presentación de la misma en Microsoft Project o similar, indicando la metodología a aplicar para el control de la programación. La definición de HITOS en la programación que serán objeto de control de la interventoría para el seguimiento de la obra.
Nota. Se deberá anexar copia de la matricula profesional vigente del Profesional de costos, presupuesto y programación responsable. EQUIPOS Y PRUEBAS DE LABORATORIO La GOBERNACION ha contado con los equipos necesarios para efectuar el alcance requerido en el componente 1 de Implantación de Estudios y Diseños e igualmente realizado las pruebas de laboratorio requeridas para ello, de acuerdo a las normas técnicas vigentes y los que considere necesarios la interventoría o FONADE. FORMA DE ENTREGA DE LOS PRODUCTOS Y CONTENIDO MÍNIMO DE LOS MISMOS La GOBERNACION ha entregado al Interventor en medio físico y magnético un original y dos copias de todos los informes, estudios, memorias, planos y demás información correspondiente a la etapa de ajuste a diseños e implantación. De cada uno de los estudios y diseños mencionados, se entregará al CONTRATISTA un informe, con sus anexos si los hay, indicando los parámetros utilizados, el análisis de los resultados obtenidos y las conclusiones.
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La información presentada ha de ceñirse a los parámetros técnicos de presentación de informes, planos, dibujos y demás contenidos en la Norma Técnica Colombiana NTC. A continuación se listan los elementos mínimos básicos que debe contener el informe que se entrega al CONTRATISTA: • Portada que indique el diseño contenido, al inicio del mismo. • Introducción donde se establezca el alcance del diseño, sus objetivos básicos y los trabajos desarrollados. • Tabla detallada de contenido o índice. • Descripción del trabajo de campo u oficina realizado. • Descripción de los criterios básicos de implantación. • Normas y códigos a los cuales se ciñen los diseños. • Descripción de la metodología de diseño e implantación empleada. • Descripción y análisis de las condiciones existentes. • Para los diseños incluir los Análisis, cálculos detallados y memorias de cálculo. • Para las especificaciones técnicas incluir el documento, el cual debe estar de acuerdo con lo dispuesto en este numeral. • Para el presupuesto de obra, incluir el documento, el cual debe estar de acuerdo con lo dispuesto en este numeral. • Protocolos de Procedimientos. • Memoria de cantidades de obra, las cuales deben coincidir con las indicadas en el presupuesto. • Conclusiones y recomendaciones. • Anexos. • Esquemas. • Bibliografía. • Las tablas incluidas deben tener una presentación unificada en cuanto a encabezados y deben estar incluidas en la tabla de contenido Nota. Se deberá anexar copia de la matricula profesional vigente de los Profesionales responsables del producto a entregar al CONTRATISTA. A continuación se describe el contenido de los planos que debe presentar la GOBERNACION en calidad de Ejecutor: ENTREGA DEL PROYECTO ARQUITECTÓNICO Planos y detalles constructivos: Deberá entregar el juego de planos correspondiente a los módulos, su implantación arquitectónica y de urbanismo, la cual deberá contener, cuadro de áreas detallado incluyendo mojones. Todas las plantas, cortes y fachadas necesarias y suficientes para una debida comprensión y construcción del proyecto. Deberá entregar como mínimo los siguientes productos adicionales: • Detalles constructivos necesarios para la ejecución de las obras, a escalas indicadas que definan dimensiones, localización, especificaciones de materiales y demás información requerida para la construcción de las obras.
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• Elaboración de tres perspectivas desde tres diferentes ángulos del proyecto en las cuales se puedan detallar aspectos importantes del diseño. Estas perspectivas deben ser elaboradas en método de tres dimensiones digital (3D studio, Acad, archicad, etc.) o renders. ENTREGA DE LA INFORMACIÓN ESTRUCTURAL Planos y detalles constructivos: Deberá entregar el juego de planos correspondiente al diseño estructural, el cual deberá contener, todas las plantas, cortes necesarios y suficientes para una debida comprensión y construcción del proyecto. Adicionalmente deberá entregar: • Planos estructurales constructivos, los cuales deben contemplar las plantas de formaletas con localización y dimensiones de todos los elementos, los despieces y colocación de refuerzos, traslapos, longitudes de desarrollo, cortes y detalles especiales que se requieran para una fácil interpretación y ejecución. Dentro de los planos, se deberá indicar las especificaciones de los materiales de construcción, los procedimientos constructivos y toda la información que se considere relevante para la construcción y supervisión técnica estructural, grado de capacidad de disipación de energía bajo el cual se diseñó el material estructural del sistema de resistencia sísmica, las cargas vivas y de acabados supuestas en los cálculos y el grupo de uso al cual pertenece. • Cuadro resumen de cantidades de obra. • Listas de hierros y figuración para elementos de concreto y despiece de elementos. • Especificación de materiales, detalles y procedimientos constructivos. • Carta de responsabilidad del Diseñador de las estructuras. • La información correspondiente al Diseño Estructural debe estar firmada por el Ingeniero encargado y debe incluir número de matrícula profesional ENTREGA DE LA INFORMACIÓN HIDROSANITARIA Planos y detalles constructivos: deberá entregar el juego de planos correspondiente al diseño hidrosanitario, el cual deberá contener, todas los planos de redes, isométricos y de detalles necesarios y suficientes para una debida comprensión y construcción del proyecto. Adicionalmente deberá entregar: • Planta y perfiles generales de tuberías de suministro, indicando longitudes de tramos, diámetros, especificación de materiales y demás información necesaria para la perfecta ejecución del proyecto. •Plantas y perfiles generales de tuberías de desagües de aguas negras, lluvias y drenajes, indicando longitudes de tramos, diámetros, especificación de materiales, cotas claves, pendientes, cajas y pozos de inspección, cotas de tapas y demás información necesaria para la completa información del proyecto. • Plantas generales para la localización de tuberías de suministro, indicando diámetros, longitudes, accesorios, especificación de materiales, etcétera. •Planta general para la localización de tuberías de desagües, reventilación, recirculación, limpieza y sistema de conducción indicando longitudes, accesorios, diámetros, especificación de materiales, cotas claves, 19
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pendientes y demás información necesaria para la perfecta ejecución del proyecto. • Planta general de localización de redes, indicando diámetros, longitudes, equipos y accesorios, especificación de materiales, etc. •Plantas generales de redes e instalaciones existentes. • Isométrico de redes, donde se aprecie claramente los recorridos, dimensiones y accesorios, indicándose claramente los tramos a intervenir. •Cuadros de cantidades de obra de los elementos nuevos o modificados. •Indicar las especificaciones de materiales, equipos requeridos y procedimientos constructivos. Nota: La información contenida en los planos suministrados debe permitir la construcción del proyecto. ENTREGA DE LA INFORMACIÓN ELÉCTRICA Planos y detalles constructivos: Deberá entregar el juego de planos correspondiente al diseño eléctrico y de teléfonos, el cual deberá contener, todas los planos de redes, de diagrama unifilar y de detalles necesarios y suficientes para una debida comprensión y construcción del proyecto. Adicionalmente deberá entregar como mínimo: • Plantas generales con indicación de las redes públicas y los puntos de acometidas, eléctricas y telefónicas. • Plantas de ducterías y cajas para todos los sistemas, indicando trayectorias, diámetros de ductos, calibre y número de conductores, luminarias, tomas, interruptores, etc. • Plantas y perfiles generales de tuberías, indicando longitudes de tramos, diámetros, materiales, cotas, cajas de empalmes, cámaras subterráneas, cotas de tapas y demás información necesaria para ejecución del proyecto. • Planos de localización de equipos eléctricos, tableros de distribución, gabinetes para sistemas de cableado, cajas de paso y empalme, sistemas de puesta a tierra, subestación, si se requiere, y demás elementos. • Diagramas unifilares y tablas de cableados, especificando calibres de conductores, códigos y demás información necesaria para la ejecución del proyecto. Igualmente se deberá indicar los aspectos importantes que deben ser tenidos en cuenta para la supervisión de los trabajos. • Detalles de instalación de equipos, tableros y aparatos. • Esquemas de acometidas a los tableros. • Plantas generales de redes e instalaciones existentes. Nota: La información contenida en los planos suministrados debe permitir la construcción del proyecto. 20
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ENTREGA DE DISEÑO DE GAS Planos y detalles constructivos: Deberá entregar el juego de planos correspondiente a diseño de redes de gas (internas y externas) los cuales deberán contener, todos los planos necesarios y suficientes para una debida comprensión y construcción del proyecto. El diseño deberá incluir el tipo de acometida requerida para el proyecto de acuerdo al contexto (suministro por pipeta o acometida). ENTREGA DE OTROS DISEÑOS Planos y detalles constructivos: deberá entregar el juego de planos correspondiente a otros diseños (Diseño geométrico de vías, Diseños de estructura de andenes y pavimentos, mobiliario urbano, etc.) los cuales deberán contener, todos los planos necesarios y suficientes para una debida comprensión y construcción del proyecto. El diseño Paisajístico debe incluir planos con la vegetación, arborización y flora propuesta. Debe especificar las especies escogidas. ENTREGA DEL PRESUPUESTO DE OBRA Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PRESUPUESTO Deberá presentarse utilizando el siguiente formato: Formulario resumen de cantidades de obra, coordinado en descripción y alcance con especificaciones técnicas. Memorias de la determinación de las cantidades de obra, de acuerdo a los diferentes capítulos y etapas. El Presupuesto de Obra deberá estar conformado por los siguientes elementos: a. No. de Ítem: Es la numeración consecutiva y ordenada que identifica cada una de las actividades que se requieren ejecutar para la construcción de la obra. El orden de numeración de capítulos y actividades se debe realizar conforme la cronología de ejecución de las actividades. b. Descripción: Es el nombre o una descripción corta de la actividad. Este nombre o descripción deberá corresponder a una especificación técnica detallada, la cual deberá identificarse con la misma numeración (No. de Ítem). c. Unidad: Es la unidad de pago de la actividad, deberá usarse el sistema métrico internacional. Las unidades más comunes son: d. Cantidad: Es la cantidad de unidades que se prevé ejecutar de la respectiva actividad. Se deberá utilizar, en lo posible, números enteros (sin decimales), de lo contrario, de ser necesario, redondear a máximo dos cifras decimales. Deberá corresponder a la medición o al cálculo realizado con base en los planos de construcción y/o memorias de diseño, y tendrá el soporte correspondiente en las memorias de cálculo de cantidades. ENTREGA DE LICENCIAS DE CONSTRUCCION Y/O PERMISOS
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La Gobernación se encargará de realizar los trámites necesarios para la obtención de la licencia de construcción ante la Secretaria de Planeación de la Isla, los permisos ante las entidades de servicios públicos, licencias ambientales ante Corporaciones del medio ambiente, permisos de escombrera municipal y los otros que apliquen. NOTA: La GOBERNACION deberá garantizar, que por lo menos una vez al mes, se realizará una visita a la obra por parte del / los diseñador /es, con el propósito de hacer la verificación del proyecto. Etapa 2: Ejecución de la obra Esta Etapa de ejecución de la obra corresponde a dar cabal cumplimiento para lograr el objeto de este contrato y por tanto deberá contemplar lo siguiente: Suscribir el Acta de Inicio para la construcción del CDI. Plazo de ejecución: cinco (5.0) meses RECIBO DEL PREDIO PARA EL DESARROLLO DE LA OBRA El contratista conjuntamente con la interventoría procederá a recibir el predio en el que va a ejecutar las obras. De este procedimiento se deberá dejar constancia mediante acta escrita como mínimo de lo siguiente: Ficha técnica del estado de las construcciones existentes. Registro fotográfico. Dejar marcadores físicos, mediante los cuales se puedan determinar las construcciones existentes especialmente con respecto a: los niveles y condiciones de alineamiento y verticalidad de las mismas. DEMOLICIONES Para su ejecución se deberán realizar las siguientes actividades conjuntamente entre, el Contratista, la Interventoría y FONADE: PROGRAMACION DE OBRA El Contratista deberá presentar la programación detallada de obra en Project o similar, en la cual se tengan en cuenta el sitio en que se va a desarrollar la obra, las condiciones naturales, geológicas, climáticas, en las preactividades a ejecutar deberá contemplar, el suministro de insumo y transporte de los mismos, para ejecutar cada una de las actividades contractuales. CONEXIÓN DE SERVICIOS PUBLICOS El contratista deberá tramitar y realizar las conexiones provisionales de obra, de los servicios Públicos que requiera para la ejecución de la misma.
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El contratista deberá tramitar la conexión de servicios públicos y la entrega de las obras que se requieran, ante la empresa prestadora de los servicios públicos. INSTALACIONES ELECTRICAS Tramitar la certificación RETIE y RETIELAB de las obras ejecutadas ante, la empresa prestadora del servicio de energía eléctrica en la región y entregar las conexiones definitivas debidamente energizadas. EJECUCION DE LA OBRA 1. Ejecutar las obras correspondientes de acuerdo con la programación y dentro del plazo del contrato. 2. Ejecutar las obras de acuerdo con las normas vigentes aplicables. 3. Implementar los frentes de trabajo necesarios para la ejecución de las obras dentro del plazo contractual. 4. Entregar el CDI apto para su uso, es decir, con la totalidad de conexiones a servicios públicos listas y funcionando. El Contratista deberá coordinar con el Municipio dicho trámite, ya que de acuerdo con las obligaciones del convenio. El municipio deberá financiar y realizar oportunamente los pagos de las aprobaciones y las obras de conexión de servicios públicos (Acueducto, Alcantarillado y Energía Eléctrica). ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN FINAL Durante la ejecución de los trabajos descritos, el contratista deberá producir informes de avance del programa de trabajo, semanales y mensuales o cuando así lo requiera la Interventoría del contrato y FONADE. Se divide en dos etapas: 1. Entrega de la obra: Entrega física de los trabajos, a la Interventoría y posteriormente o simultáneamente a FONADE y al Municipio, con actas según formatos entregados por FONADE. 2. Informe final: Deberá entregar 1 original y 2 copias del documento FINAL, que deberá contener lo siguiente: - Descripción de las actividades ejecutadas. - Planos record de: - Proyecto Arquitectónico. - Proyecto Estructural - Proyecto eléctrico. - Proyecto hidrosanitario. - Cantidades de obra ejecutadas. - Recomendaciones para el manejo paisajístico. - Registros fotográficos del antes, durante y después... - Resultados de los ensayos de materiales y demás pruebas realizadas.
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- Certificaciones de calidad de materiales utilizados. - Informe de seguridad industrial, manejo ambiental y gestión social. - Paz y Salvos de pagos a proveedores. - Recomendaciones generales. - Manual de mantenimiento. Plazo de entrega del informe final a la interventoría: Un mes y 15 días calendario.
NOTA: El informe final debe incluir las actividades ejecutadas, trámites ante las diferentes entidades que tengan que intervenir en la toma de decisión en la implantación del proyecto, especificaciones técnicas y constructivas, cantidades de obra y presupuesto, planos y detalles, conclusiones, recomendaciones y memorias. ACTAS DE INICIO Terminada y recibida a satisfacción por la Interventoría y FONADE la Etapa de Implantación de Estudios y Diseños y tramitadas las licencias y permisos correspondientes, el Contratista, deberá suscribir Acta de Inicio de la Obra. LUGAR DE EJECUCION La ubicación del Centro de Desarrollo Infantil será en: MUNICIPIO:
ISLA DE SAN ANDRES, sector San Luis Bay.
AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS REQUERIDOS PARA LA EJECUCION DEL OBJETO CONTRACTUAL. Será responsabilidad de la Administración Departamental realizar todos los trámites de obtención de las licencias y permisos requeridos para iniciar la construcción del proyecto. Aprobación de Estudios Técnicos La Administración Departamental deberá tramitar la aprobación de los proyectos Hidrosanitarios y Eléctricos ante las empresas prestadoras del servicio. Licencia de tala y/o ambiental: Deberán ser tramitadas por la Administración Departamental y además cumplir con los requerimientos de la autoridad ambiental para ello. NOTA: Aquellos permisos que sean necesarios para la ejecución de los trabajos, adicionales a los anteriormente nombrados, será responsabilidad del constructor realizar el trámite correspondiente sin que esto cause mayores costos. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Y DE LA GOBERNACION DEL ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA.
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OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
1. Cumplir con el objeto del contrato, atendiendo eficaz y oportunamente las actividades a su cargo. 2. Cumplir cabalmente con el cronograma diseñado para el cumplimiento del objeto del presente contrato. 3. Atender las recomendaciones y requerimientos que haga EL DEPARTAMENTO DEL ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA a través de los supervisores del contrato. 4. Disponer de los equipos y el personal necesario para el desarrollo del contrato atendiendo oportunamente los requerimientos de acuerdo a las especificaciones requeridas en el pliego de condiciones. 5. Presentar al interventor del contrato, un informe mensual sobre las actividades realizadas durante la ejecución del mismo e informes semanales de avance de obra a los supervisores. 6. Contar con la Tarjeta de Residencia que expide la Oficina de Control de Circulación y Residencia OCCRE o en su defecto lo que reglamenta el decreto 2762. OBLIGACIONES DE LA GOBERNACION DEL DEPARTAMENTO DEL ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA LA GOBERNACIÓN DEL DEPARTAMENTO DEL ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA se obliga especialmente a: 1. Prestar toda la colaboración que el CONTRATISTA solicite. 2. Suministrar fielmente toda la información y documentación que se requiera para la buena labor del CONTRATISTA. 3. Pagar oportunamente los honorarios derivados de la interventoría en la forma y dentro del plazo establecido en la cláusula tercera del presente contrato. MODALIDAD DE SELECCIÓN, JUSTIFICACION Y FUNDAMENTOS JURIDICOS. Los estudios previos se elaboran de acuerdo con los postulados establecidos en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, el artículo 20 del decreto reglamentario 1510 de 2013, El decreto 791 de 2014 que reglamenta el artículo 18 del decreto 1510 de 2014, Ley 1474 de 2011 Estatuto Anticorrupción, Ley 1530 de 2012 Regalías, Decreto 019 de 2011, el Decreto 842 de 2003 que reglamenta el ejercicio de la Ingeniería, Arquitectura y profesiones afines. Código Civil, Código de Comercio, y demás normas pertinentes y complementarias acorde con la naturaleza y ejecución del contrato a celebrar. El artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, reglamenta el principio de transparencia y señala las distintas causales de selección de contratistas por parte de las entidades estatales que se encuentran sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. Por su parte, el numeral 1 del citado artículo 2 y el artículo 38 del decreto 1510 de 2013, regulan la contratación por (Licitación Pública).
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Particularmente, teniendo en cuenta el objeto a contratar y de acuerdo con lo establecido en el numeral 1 del artículo 2 de la ley 1150 de 2007 y el artículo 38 del decreto 1510 de 2013, la modalidad de escogencia del contratista, será la (Licitación pública). JUSTIFICACION DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN La Gobernación del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina teniendo en cuenta las características y cuantía del presente proceso, requiere para su ejecución que el proponente cumpla con unas condiciones de experiencia que garanticen a la entidad que podrá llevar a cabo la ejecución del proyecto. Considerando lo establecido en el numeral 1 del artículo 2 de la ley 1150 de 2007 y el artículo 38 del decreto 1510 de 2013, la modalidad de escogencia del contratista, será la (Licitación pública). Que el artículo 5 de la ley 1150 de 2007 plantea que la selección en la cual la escogencia se haga al ofrecimiento más favorable a la entidad y a los fines que ella busca, sin tener en consideración factores de afecto o de interés y, en general, cualquier clase de motivación subjetiva. En consecuencia, los factores de escogencia y calificación que establezcan las entidades en los pliegos de condiciones o sus equivalentes, tendrán en cuenta los siguientes criterios: Las ofertas que cumplan con los requisitos habilitantes de verificación jurídica, técnica y financiera, pasaran a la etapa de ponderación, conforme a los siguientes criterios: Para efectos de la ponderación y la conformación del orden de elegibilidad se consideran propuestas hábiles aquellas que cumplan con la totalidad de los requisitos habilitantes de verificación de orden jurídico, financiero y técnico, exigidos en el presente pliego de condiciones, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y artículo 10 del Decreto 1510 del 2013. El ofrecimiento más favorable para el Departamento de San Andrés a que se refiere el artículo 5 de la ley 1150 de 2007 se determinará de la siguiente manera, atendiendo lo señalado en el artículo 26 del decreto 1510 del 2013. Con fundamento en las disposiciones jurídicas antes transcritas, se elaboran los estudios previos, que en resumen se plasman en el presente documento como tal, y que corresponden a la justificación, necesidad, conveniencia, y oportunidad dentro de los deberes del Estado de contratar la CONSTRUCCIÓN DE UN CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL, PARA 160 NIÑOS, EN LA ISLA DE SAN ANDRES, DEPARTAMENTO DEL ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y JUSTIFICACION DEL MISMO. El Departamento del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, de conformidad con lo estipulado en el Contrato Interadministrativo Derivado No. 2131630 suscrito con FONADE, ha estimado el valor del contrato en la suma de TRES MIL OCHOCIENTOS DOS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS ($3.802’294.976,oo) M/CTE, incluido el valor del AIU y demás impuestos y tributos a que haya lugar para la celebración, legalización, ejecución y liquidación del contrato, el sistema de pago será por PRECIO GLOBAL FIJO SIN FÓRMULA DE AJUSTE. En consecuencia, el precio previsto, incluye todos los gastos, directos e indirectos, derivados de la celebración, ejecución y liquidación del contrato. Por tanto, en el valor pactado se entienden incluidos, entre otros, los 26
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gastos de administración, salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal, incrementos salariales y prestacionales; desplazamientos, transporte, alojamiento y alimentación del equipo de trabajo mínimo del CONTRATISTA; desplazamiento, transporte y almacenamiento de materiales, herramientas y toda clase de equipos necesarios; honorarios y asesorías en actividades relacionadas con la ejecución del contrato; computadores, licencias de utilización de software; la totalidad de tributos originados por la celebración, ejecución y liquidación del contrato; las deducciones a que haya lugar; la remuneración para el CONTRATISTA, imprevistos y en general, todos los costos en los que deba incurrir el CONTRATISTA para el cabal cumplimiento de todas las etapas del contrato. El Departamento y FONADE no reconocerán, por consiguiente, ningún reajuste realizado por el CONTRATISTA en relación con los costos, gastos o actividades adicionales que aquel requería para la ejecución de ambas etapas y que fueron previsibles al momento de la presentación de la oferta. Certificados de disponibilidad presupuestal NOTA: El Departamento del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina cuenta con las Disponibilidades Presupuestales Números: 1043 de fecha 1° de abril de 2014, por valor de SEISCIENTOS MILLONES PESOS ($600.000.000,oo) M/CTE, con rubro presupuestal 0401-3-2234515-20, Disponibilidad No.1044 de fecha 1° de abril de 2014 por valor de DOS MIL ONCE MILLONES OCHOCIENTOS QUINCE MIL SETECIENTOS VEINTE PESOS, ($2.011.815.720,oo) M/CTE, con rubro presupuestal No.0401-32234515-507, Disponibilidad No.1640 de fecha 17 de junio de 2014 por valor de QUINIENTOS NOVENTA MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS ($590.479.256,oo) M/CTE, con rubro presupuestal No.03-3-152-79, Disponibilidad No.2400 de fecha 18 de septiembre de 2014 por valor de SEISCIENTOS MILLONES DE PESOS ($600’000.000,oo) M/CTE, con rubro presupuestal No.0401-3-2234515-607, expedidas por el Profesional Especializado del Grupo de Presupuesto, Disponibilidad. PLAZO DE EJECUCION El plazo máximo previsto para la ejecución del contrato es de CINCO (5) MESES, contados a partir de la suscripción del acta de inicio así: Ejecución de obra Plazo total
CINCO (5) MESES CINCO (5) MESES
El plazo estimado para la ejecución del proyecto es de 5 meses. 1.
Ejecución de obra: Corresponde a cinco (5) meses de ejecución física de la obra (construcción de dos CDI de 160 niños).
FORMA DE PAGO DEL CONTRATO El Valor del Contrato será cancelado de la siguiente manera:
ANTICIPO
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Correspondiente al 50% del valor del contrato, una vez cumplidos los requisitos de legalización del contrato y suscripción del Acta de Inicio. El contratista deberá constituir una fiducia ó un patrimonio autónomo irrevocable para el manejo de los recursos que reciba a título de anticipo, con el fin de garantizar que dichos recursos se apliquen exclusivamente a la ejecución del contrato correspondiente. El costo de la comisión fiduciaria será cubierto directamente por el contratista, en concordancia con el art. 91 de la ley 1474 de 2011. La información financiera y contable de la fiducia podrá ser consultada por los Organismos de Vigilancia y Control Fiscal. El contratista deberá constituir o abrir una cuenta independiente para el manejo del anticipo. PAGOS PARCIALES. Se realizarán pagos parciales hasta el 90% del valor del contrato, conforme el avance de las obras avaladas por la interventoría, previa amortización del porcentaje del total del anticipo entregado al contratista. PAGO FINAL del 10% del valor del contrato, una vez culminado el objeto contractual a satisfacción de la interventoría, para lo cual será requerido informe final, acompañado de certificado de cumplido a satisfacción expedido por el interventor del contrato, donde conste el recibo a satisfacción de la obra, la acreditación de los pagos que en materia de salarios y seguridad social integral deberá efectuar el contratista al personal que emplee en la ejecución del contrato y demás a que haya lugar y cumplimiento de los requisitos para la liquidación del contrato, la modificación de la garantía de estabilidad de la obra y demás a que haya lugar, este porcentaje se desembolsara únicamente cuando se encuentre elaborada y suscrita el acta de liquidación respectiva. PARAGRAFO. Previo a cada pago, el contratista deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. CONSTITUCIÓN DE FIDUCIA/PATRIMONIO AUTÓNOMO El contratista deberá constituir una fiducia o un patrimonio autónomo irrevocable para el manejo de los recursos que reciba a título de anticipo, con el fin de garantizar que dichos recursos se apliquen exclusivamente a la ejecución del contrato correspondiente. El costo de la comisión fiduciaria será cubierto directamente por el contratista. CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE CAPACIDAD JURÍDICA: La capacidad jurídica se verificara de conformidad con el numera 2 del artículo 10 del decreto 1510 del 2013, Se estudiaran y analizaran los requisitos esenciales de orden legal, verificando que el Proponente cumpla con la capacidad jurídica requerida para la realización del objeto de esta licitación pública. Se efectuará con base en la documentación solicitada en el Pliego de Condiciones y presentada por el oferente. Si los documentos solicitados de contenido jurídico no reúnen los requisitos indicados en el presente Pliego de Condiciones en las disposiciones legales vigentes, y los correspondientes a la capacidad jurídica del
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proponente, la propuesta será evaluada como “NO CUMPLE” y por tanto será calificada como NO HABIL y no seguirá en el siguiente proceso de evaluación. CAPACIDAD FINANCIERA: La capacidad financiera se verificara de conformidad con el numera 3 del artículo 10 del decreto 1510 del 2013, con los documentos aportados por el oferente en la forma requerida en el pliego de condiciones, para lo cual deberá cumplir con el índice de liquidez, índice de endeudamiento, índice de operatividad, y relación patrimonial solicitados. Estos aspectos no dan lugar a puntaje, pero el incumplimiento de cualquiera de los índices financieros exigidos implica que la propuesta sea calificada como “NO HABIL”, por lo tanto generara su rechazo e impedimento para continuar en el proceso de evaluación. La capacidad financiera del oferente se determinara de acuerdo con el análisis que la SECRETARÍA DE PLANECION de la Gobernación del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina realice sobre los documentos exigidos en la propuesta. EXPERIENCIA :
Se considera que el factor habilitante la Experiencia del Oferente, para la cual en el presente proceso se considera oportuno, objetivo ecuánime y razonable solicitar Experiencia en CONSTRUCCIÓN DE EDIFICACIONES PÚBLICAS Y/O AMPLIACIÓN DE EDIFICACIONES EDUCACIONALES. La experiencia deberá ser acreditada con los contratos celebrados por el interesado para cada uno de los bienes, obras y servicios que ofrecerá a las Entidades Estatales, identificados con el Clasificador de Bienes y Servicios en el tercer nivel y su valor expresado en SMMLV, con la ejecución de MAXIMO DOS (02) CONTRATOS terminados y ejecutados en los últimos diez (10) años, contados a partir de la fecha establecida para presentar oferta. Los contratos acreditados en el RUP deberán sumar, en su conjunto, un valor igual o superior al valor del POE, expresado en SMMLV. Uno de los contratos acreditados, debe acreditar la construcción de 1.400 m2 de construcción y/o ampliación de edificaciones educacionales. En otro de los contratos deberá ser acreditada la ejecución de construcción y/o ampliación de edificaciones públicas y educacionales.
La obra objeto del contrato está codificada en el clasificador de bienes y servicios UNSPSC, hasta el (tercer) nivel, como se indica en la Tabla 1: Tabla 1 – Codificación de la obra en el sistema UNSPSC: 1. 2. 3. 4. 5.
Grupo (G) :Terrenos, Edificios, Estructuras y Vías Segmento (72) Servicios de Edificación, Construcción de Instalaciones y Mantenimiento Familia (12) Servicios de construcción de edificaciones no residenciales Clase (14) Servicios de construcción de edificios públicos especializados Segmento (95) Estructuras y Edificios permanentes 29
6. 7.
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Familia (12) Estructuras y Edificios permanentes Clase (19) Edificios y Estructuras Educacionales y de Administración
En caso de consorcios o uniones temporales, cada uno de sus integrantes deberá estar clasificado conforme a los códigos del UNSPSC v14_0801 y deberá acreditar la clasificación de bienes, obras y servicios en al menos uno de los códigos anteriormente mencionados. Si la propuesta es presentada por una persona natural o jurídica extranjera, no inscrito en el RUP, deberá presentar con la oferta, certificaciones de contratos ejecutados cuyo objeto corresponda a cada código establecidos en este numeral. El registro único de proponentes debe ser allegado en original, sin que presente enmendaduras, repisados o tachones en sus indicadores o información. En todo caso la administración podrá hacer la verificación en la Cámara de Comercio o de solicitar los soportes que considere pertinentes. No se aceptará experiencia diferente a la solicitada.
Para la evaluación de este aspecto se considerarán las certificaciones en las cuales se incluya la actividad de CONSTRUCCIÓN y/o AMPLIACIÓN y/o MEJORAMIENTO DE EDIFICACIONES EDUCACIONALES en los últimos cinco (5) años contados al cierre del proceso; este plazo se evaluará a partir de la fecha de terminación de los contratos. Solo se aceptarán certificados de obra que se hayan celebrado con entidades oficiales y que acrediten haber facturado el 100% del presupuesto oficial expresado en SMMLV, tomado desde la fecha de inicio de los contratos. La evaluación de la experiencia del proponente se determinará mediante certificado de obra en contratos terminados, que hayan sido celebrados por el proponente, ya sea individualmente o en Consorcio o Unión Temporal; para la aprobación de la experiencia acreditada se deberá cumplir dentro de las certificaciones con la siguiente experiencia: 1) Uno de los contratos debe contemplar la actividad de CONSTRUCCIÓN y/o AMPLIACIÓN y/o MEJORAMIENTO DE EDIFICACIONES EDUCACIONALES y además que acrediten haber facturado el 100% el presupuesto oficial expresados en SMMLV. 2) En uno de los contratos haber realizado la construcción de 1.400 m2 de área intervenida de uso educativo. 3) Cada uno de los contratos acreditados, deberán estar identificados en al menos un (1) código del clasificador de Bienes, obras y servicios en el tercer nivel, descritos en el numeral 3.2.7. del presente Pre-pliego de Condiciones y cumplir en sumatoria con al menos dos (2) de los códigos descritos. Adicionalmente, se deberá adjuntar un (1) certificado, que corresponda a un contrato cuyo objeto sea y efectivamente lo haya ejecutado la construcción de edificaciones educacionales. De lo contrario la propuesta será rechazada. Este certificado deberá corresponder a una obra 30
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ejecutada dentro de los últimos cinco (5) años, este plazo se evaluará a partir de la fecha de terminación de los contratos y su valor no podrá ser inferior al 100% del presupuesto oficial expresado en SMMLV, tomado desde la fecha de inicio de los contratos. Nota: para acreditar la experiencia específica en edificaciones educacionales solo se aceptará la experiencia relacionada con la construcción, ampliación o mejoramiento de escuelas, colegios o universidades. ANALISIS DE LAS CONDICIONES ECONOMICAS DEL CONTRATO
IMPUESTOS El oferente deberá considerar en su oferta todos los costos correspondientes a impuestos, tasas, contribuciones o gravámenes que se causen con ocasión de la suscripción, legalización, ejecución y liquidación del contrato, tales como: Impuesto Transacciones Financieras (4x1.000) Impuesto de Industria y Comercio – ICA Contribución Ley 1106 (Impuesto de Guerra) Retención en la fuente – Contrato Obra Adicionalmente tendrá en cuenta, los costos de las pólizas incluidas en el numeral GARANTIAS del presente documento. PERSONAL:
PERSONAL REQUERIDO 1. Un (1) DIRECTOR DE OBRA. INGENIERO CIVIL Y/O ARQUITECTO. Experiencia general de 10 años contados a partir de la expedición de la matricula profesional y Con una experiencia específica como Director de OBRA, mediante la presentación de Dos (2) certificados en el que conste que actuó como Director de OBRA, durante los últimos Diez (10) años. 2. Un (1) RESIDENTE DE OBRA. INGENIERO CIVIL Y/O ARQUITECTO. Experiencia general de 5 años contados a partir de la expedición de la matricula profesional y Con una experiencia específica como Residente de OBRA, mediante la presentación de Dos (2) certificados en el que conste que actuó como Residente de OBRA, durante los últimos cinco (5) años. 3. Un (1) AUXILIAR DE INGENIERIA. INGENIERO CIVIL Y/O TECNÓLOGO O SIMILAR. Experiencia general de 3 años contados a partir de la expedición de la matricula profesional y Con una experiencia específica como Auxiliar de ingeniería y/o Tecnólogo en obras civiles y/o similar, mediante la presentación de Dos (2) certificados en el que conste que actuó como
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Auxiliar de ingeniería y/o Tecnólogo en obras civiles y/o similar, durante los últimos cinco (5) años. DIRECTOR Y RESIDENTE DE LA OBRA El contratista deberá mantener como personal directivo de la obra dos Residentes permanentes y un Director responsable de la ejecución total de la obra, cuyos curriculums se presentarán a la Interventoría para su aprobación antes de la iniciación de los trabajos. Contará con 10 días calendarios después de la adjudicación para anexar todos los documentos del personal mínimo requerido. El mismo contratista podrá ser un Residente permanente de la obra y Director siempre y cuando sea Ingeniero Civil o Arquitecto o Constructor en Arquitectura e Ingeniería. El contratista podrá actuar como Director de la misma o Residente de tiempo completo en uno de los frentes de trabajo. Deberá garantizar dos (2) frentes de trabajo permanentemente. A su vez el Director podrá ser el mismo residente de tiempo completo en un frente de trabajo de la obra. En el caso de Consorcio, Uniones Temporales o Personas Jurídicas, entiéndase como proponente a los participantes del Consorcio, de la Unión Temporal o el representante legal para cualquiera de los caso. El valor de este requerimiento debe estar incluido en el análisis de costos indirectos. Cada uno deberá anexar la vigencia de la matricula expedida por el COPNIA. Si el proponente no acredita el personal requerido su propuesta no será habilitada. FACTORES DE EVALUACIÓN Las ofertas que cumplan con los requisitos habilitantes de verificación jurídica, técnica y financiera, pasaran a la etapa de ponderación, conforme a los siguientes criterios: Para efectos de la ponderación y la conformación del orden de elegibilidad se consideran propuestas hábiles aquellas que cumplan con la totalidad de los requisitos habilitantes de verificación de orden jurídico, financiero y técnico, exigidos en el presente pliego de condiciones, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y el art 26 del Decreto 1510 de 2013. El ofrecimiento más favorable para El DEPARTAMENTO DEL ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA a que se refiere el artículo 5 de la ley 1150 de 2007 se determinará de la siguiente manera: CALIFICACIÓN Y PONDERACIÓN DE LAS PROPUESTAS El comité Técnico efectuará dentro de su respectivo informe la evaluación de la oferta y la respectiva ponderación, presentándosela al Comité de Contratación. Se efectuarán las ponderaciones de acuerdo a la fórmula de precios. Se asignará el primer
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orden de elegibilidad al proponente que obtenga el más alto puntaje, ponderando los factores de evaluación hasta en tres cifras decimales. CALIFICACIÓN DE PROPUESTAS (1.000 PUNTOS) FACTOR A PONDERAR POR OBJETO 1. CALIDAD 2. APOYO INDUSTRIA NACIONAL 3.OCCRE 4. MULTAS Y SANCIONES 5. PROPUESTA ECONÓMICA 1.
PUNTAJE 250 100 50 100 500
Calidad ( 250 puntos)
Se otorgarán Doscientos (250) puntos al factor de calidad distribuidos de la siguiente forma:
Disponibilidad de equipo Cincuenta (50) puntos: Se otorgará Cincuenta (50) puntos al oferente que presente certificado debidamente firmado y bajo la gravedad de juramento, de que posee la disponibilidad del equipo necesario para la ejecución del proyecto.
Disponibilidad de insumos representativos Cien (100) puntos: Se otorgará Cien (100) puntos al oferente que presente certificado de proveedor de concreto y de muros en el sistema RBS (certificado, es decir que cumplirá con la especificaciones técnicas), que se encuentra en disposición de suministrar la totalidad del mismo, en el caso que le sea adjudicado el contrato.
Disponibilidad de personal Cien (100) puntos: Se otorgará cien (100) puntos al oferente que presente certificado debidamente firmado por cada uno del personal mínimo requerido a continuación detallando claramente la disponibilidad de tiempo allí requerida así: o Director de obra (Arquitecto, Ingeniero Civil o Constructor en Arquitectura e Ingeniería) con experiencia como Contratista y/o Director, en la ejecución de por lo menos dos (2) contratos de obras que incluyan CONSTRUCCION, REHABILITACION, MEJORAMIENTO Y/O MANTENIMIENTO DE EDIFICACIONES EN EL SISTEMA RBS que sumados sean iguales o superiores al 50 % del Presupuesto Oficial. Con una dedicación del 30 % o Residente de obra (Arquitecto, Ingeniero Civil o Arquitecto o Constructor en Arquitectura e Ingeniería) con experiencia como Contratista y/o Director y/o
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residente, en la ejecución de por lo menos un (1) contratos de CONSTRUCCION, REHABILITACION, MEJORAMIENTO Y/O MANTENIMIENTO DE EDIFICACIONES EN GENERAL. Con una dedicación del 100 % o Maestro de obra, para ello deberá adjuntar el carnet de la Gobernación o documento del Sena o institución similar que lo acredite como tal. Con una dedicación del 100 % 2. Apoyo a la industria nacional (100 puntos) Con el fin de establecer el apoyo a los que los proponentes NACIONALES Y EXTRANJEROS otorguen a la Industrial nacional en virtud de lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 816 de 2003, deberán efectuar ofrecimiento suscrito por el representante legal del proponente, en el cual se indique la procedencia, nacional o extranjera del personal que será puesto al servicio en la ejecución del contrato. Para el proceso en mención, debe efectuarse el ofrecimiento de manera clara y expresa mediante certificación juramentada para obtener puntaje por este factor; en el cual se constate que el personal a vincular es de procedencia nacional Se otorgarán CIEN (100) puntos al oferente quien entregue certificación firmada por el proponente o su representante legal, en la cual conste que su personal es de procedencia nacional. Se otorgarán CINCUENTA (50) puntos al oferente quien entregue certificación firmada por el proponente o su representante legal, en la cual conste que al menos 1 persona sea de procedencia extranjera.
Se otorgarán Cero (0) puntos al oferente quien no presente certificación. 3.Tarjeta de circulación y residencia OCCRE (50 puntos)
En cumplimiento de las disposiciones especiales que rigen en el Departamento Archipiélago (Decreto – Ley 2762 de 1991, Ley 915 de 2004) y con el fin de propender por una participación real y efectiva de los raizales y residentes del Departamento Archipiélago, la entidad otorgará 50 puntos al oferente que acredite la tarjeta de residencia y circulación OCCRE. En caso de que el proponente sea un Consorcio o Unión Temporal o persona Jurídica, deberá acreditar la tarjeta de residencia y circulación OCCRE de por lo menos uno de los asociados. Nota. Es entendido que el proponente conoce las NORMAS DE CONTROL DE CIRCULACION Y RESIDENCIA contenidas en el DECRETO 2762 de 1991, y demás que lo modifiquen o reformen y por lo tanto se compromete a utilizar el 100% de la mano de Obra no calificada en residentes legalmente en las Islas y a agotar los trámites legales pertinentes 34
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para la importación de personal foráneo calificado a las Islas, a falta de profesional residente en ella necesario para la ejecución del presente contrato. 4. Multas y Sanciones Cumplimiento de contratos anteriores (máximo 100 puntos) Se asignará máximo cien (100) puntos al proponente que por la efectiva prestación del servicio en contratos anteriores, no haya obtenido multas o sanciones. En el caso de consorcios o uniones temporales, se asignará el puntaje por multas o sanciones que registre uno o cualquiera de sus integrantes. La información sobre multas o sanciones dentro de los últimos DIEZ (10) años anteriores a la fecha de cierre del proceso de selección será obtenida del Registro Único de Proponentes (RUP) de la Cámara de Comercio para proponentes nacionales, en caso de proponentes extranjeros dicha información se deberá relacionar en el formulario “INFORMACIÓN DE MULTAS O SANCIONES“, anexo al pliego; en cualquier caso todos los Proponentes deberán relacionar en este formulario dicha información; también se tendrá en cuenta cualquier otra información de la que tenga conocimiento la administración, o que sea suministrada por los oferentes, relacionada con actos administrativos debidamente ejecutoriados. No. de multas o sanciones
Puntaje
0 1 o más
100 0
La información sobre multas o sanciones será obtenida del Registro Único de Proponentes para proponentes nacionales, en el caso de proponentes extranjeros dicha información se deberá relacionar en el formato “INFORMACIÓN DE MULTAS Y SANCIONES“, anexo al pliego; también se tendrá en cuenta cualquier otra información de la que tenga conocimiento la administración o que sea suministrada por los proponentes, relacionada con actos administrativos debidamente ejecutoriados respecto de algún participante en el proceso. La omisión en el reporte de las multas dará lugar al rechazo de la propuesta, atendiendo las causales de rechazo. 5. EVALUACIÓN PROPUESTA ECONÓMICA. (500) PUNTOS. A partir del costo directo de las propuestas e ítems base se asignará un puntaje máximo de quinientos (500) puntos, de acuerdo con el siguiente procedimiento:
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Se tendrán en cuenta la totalidad de las ofertas recibidas para aplicar el procedimiento de ponderación del precio. Sin embargo, no serán tenidas en cuenta aquellas propuestas que se encuentren en cualquiera de los siguientes casos: a)
Cuando el valor total corregido exceda el del presupuesto oficial.
b) Si después de efectuada alguna corrección aritmética, la diferencia entre el valor original y el valor corregido de la propuesta supera el cero punto cinco por ciento (0.5%) del valor original. c) Cuando se omitan valores, o se omitan, modifiquen, adicionen, supriman, alteren ítems o cantidades del formato de resumen económico. d) Por no considerar las modificaciones al pliego de condiciones que mediante adendas haya hecho el Departamento. e) Cuando el porcentaje de AU presentado por el proponente supere el porcentaje establecido en el presupuesto oficial. Se otorgarán quinientos (500) puntos al factor “valor de la propuesta” de acuerdo con el siguiente procedimiento: A). ÚNICO PROPONENTE. En el evento que solo un proponente se encuentre habilitado por haber cumplido los requisitos de verificación Jurídico, Técnico y Financiero, el Departamento verificará que el precio total de su oferta no exceda el del presupuesto oficial establecido en el presente pliego de condiciones; de lo contrario, la propuesta se considerará RECHAZADA, es decir, no se tendrá en cuenta para la adjudicación del contrato. B). VARIOS PROPONENTES. Para el (los) proponente(s) que haya (n) cumplido con los requisitos de verificación de cumplimiento, el Departamento procederá a la verificación de su propuesta económica, en la audiencia de adjudicación, de tal forma que el precio de su oferta no sea superior al cien por ciento (100%) del Presupuesto Oficial, en caso que no se cumpla con esta condición la propuesta será rechazada. Cumplido lo anterior se procederá a calificar el precio de la propuesta, conforme se indica en el artículo 26 y siguientes del Decreto 1510 del 2013. APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL COLOMBIANA. (Puntaje máximo 100 puntos) De conformidad con lo consagrado en el artículo 2 de la Ley 816 de 2003 Y EL ARTICULO 151 DEL decreto 1510 del 2013, se asignará el respectivo puntaje a los Proponentes que acrediten, mediante certificación suscrita por el representante legal, que su propuesta oferta bienes y servicios de origen nacional. De igual manera, conforme con lo establecido en el Parágrafo del artículo 51 del Decreto-Ley 19 de 2012, se otorgará tratamiento de bien o de servicio de origen nacional a aquellos bienes o servicios originarios de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos
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países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes o servicios nacionales. El puntaje se asignará de acuerdo con el siguiente procedimiento: 1) Cuando la propuesta válida oferte bienes o servicios nacionales, en lo referente al objeto de este proceso de selección, se le asignarán 100 puntos. 2) Cuando la propuesta válida oferte bienes o servicios extranjeros, se asignarán 50 puntos, si incorpora componente colombiano de bienes y servicios profesionales, técnicos y operativos en un porcentaje del 50% del total requerido. Por porcentajes inferiores a los señalados en los numerales anteriores se asignará cero (0) puntos por este criterio. REGLAS DE DESEMPATE DE OFERTAS. Si se presenta un empate entre ofertas, la entidad, lo resolverá con base en las reglas (artículo 33 decreto 1510 de 2013). ANALISIS DE RIESGOS Y FORMA DE MITIGARLO La secretaría de Educación de la Gobernación del departamento del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, de acuerdo con las disposiciones del artículo 4 de la Ley 1150 de 2007 establece que la Entidad Estatal debe “incluir la estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles involucrados en la contratación” en los pliegos de condiciones o su equivalente. El Decreto Ley 4170 de 2011 establece dentro del objetivo de Colombia Compra Eficiente optimizar los recursos públicos en el sistema de compras y contratación pública para lo cual es indispensable el manejo del riesgo en el sistema y no solamente el riesgo del equilibrio económico del contrato. Así lo entendió el Gobierno Nacional al asignar en las funciones de la Subdirección de Negocios de Colombia Compra Eficiente la de “diseñar y proponer políticas y herramientas para la adecuada identificación de riesgos de la contratación pública y su cobertura”2, sin limitar esta función al riesgo derivado del equilibrio económico de los contratos, riesgo que se limita a la ejecución del mismo. Con fundamento en las disposiciones jurídicas antes transcritas, con base en la Metodología para identificar y clasificar los riesgos elaborado por Colombia Compra Eficiente, La secretaría de Educación de la Gobernación del departamento del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, procede a tipificar, estimar y asignar los riesgos de la presente contratación. TIPIFICACIÓN, ESTIMACION Y ASIGANCION DE RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDEN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONOMICO DEL CONVENIO En la ejecución del contrato de obras pueden llegar a presentarse causas previsibles que afectan la carga económica o financiera de las partes que, en virtud del artículo 4 de la ley 1150 de 2007, deben ser reconocidas y asumidas con el objeto de salvaguardar la adecuada marcha de la gestión contractual y la finalidad de las partes en la contratación.
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Para los efectos previstos en el artículo 4° de la Ley 1150 de 2007, se entienden como riesgos involucrados en la contratación todas aquellas circunstancias que de presentarse durante el desarrollo y ejecución del contrato, tienen la potencialidad de alterar el equilibrio económico del contrato, pero que dada su previsibilidad se regulan en el marco de las condiciones inicialmente pactadas en los contratos y se excluyen así del concepto de imprevisibilidad de que trata el artículo 27 de la Ley 80 de 1993. El riesgo será previsible en la medida en que el mismo sea identificable y cuantificable en condiciones normales. El Decreto 1510 de 2013 se refiere al Riesgo previsible puesto que es un concepto que se deriva de las normas ya citadas contenidas en la Ley 1150 de 2007 y en el Decreto 4170 de 2011. En este proceso, la entidad tipifica en los presentes estudios previos, los riesgos que puedan presentarse en el desarrollo del contrato, con el fin de estimar cualitativa y cuantitativamente la probabilidad e impacto, y señalar el sujeto contractual que soportará, total o parcialmente, la ocurrencia de la circunstancia prevista en caso de presentarse, a fin de preservar las condiciones iniciales del contrato. Los interesados en presentar ofertas deberán pronunciarse sobre lo anterior en las observaciones al pliego o en la audiencia convocada para el efecto, en el cual se levantará un acta que evidencie en detalle la discusión acontecida. La tipificación, estimación y asignación de los riesgos así previstos, constara en el pliego definitivo. La presentación de las ofertas implica la aceptación, por parte del proponente, de la distribución de riesgos previsibles efectuada por la entidad en el respectivo pliego (Artículo 17 Del Decreto 1510 de 2013). Por lo tanto, no procederán reclamaciones del futuro contratista basadas en el acaecimiento de algunos de los riesgos asumidos, y consecuentemente, el Departamento de Bolívar, no hará reconocimiento alguno, ni se entenderá que ofrece garantía alguna al Contratista, que permita eliminar o mitigar los efectos causados por la ocurrencia de algunos de los riesgos previstos. REVISIÓN DE RIESGOS La entidad adjuntará, La Tabla de asignación de riesgos previsibles, inicialmente teniendo en cuenta los riesgos, tipificación y asignación que se detalla, la cual se consolidará o modificara acorde con el resultado de la audiencia de asignación, tipificación y determinación de los riesgos definitivos y que harán parte del contrato, en el evento que no presarse objeciones en la audiencia, se adoptará el presente y se elabora el cuadro determinando su valorización con los siguientes riesgos: ORDEN
RIESGOS
TIPIFICACIÓN
1
Alza en los precios de los insumos
Ocurre cuando existe variación inesperada más allá de lo esperado, en los precios de los insumos requeridos para la ejecución de las obras. Ocurre cuando se generan
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ASIGNACIÓN
EL CONTRATISTA
VALOR 0 PORCENTAJES 100% - Por asumir el alea normal del negocio y el deber de tener conocimiento de las posibles variaciones de precios esperadas. 50% cada parte, por
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ORDEN
2
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6
RIESGOS Por realización de huelgas, paros, motines y asonadas.
Actos de Terrorismo
TIPIFICACIÓN
Paros, mítines o Asonadas por causas políticas o situaciones ajenas e la ejecución de las obras o por la EL CONTRATISTA Y realización de huelgas LA ENTIDAD nacionales o regionales ajenas a la ejecución y/o prestación del servicio donde se ejecuta el objeto contractual. Ocurre cuando por la situación del orden público, se ejecutan actos terroristas con respecto a obras o actividades ejecutadas por el Contratista.
El contratista asume el nesgo de permanencia en la ejecución del proyecto, por el mismo tiempo que dure la ejecución de las obras, así Riesgos por esta se prorrogue por más permanencia en tiempo del establecido en el el lugar de la contrato principal, obligándose obra. en este caso a suscribir el respectivo contrato de adición de plazo
Hurto
Daño ocasionado por la delincuencia común Riesgos del
ASIGNACIÓN
Ocurre en los eventos de que trata el Capítulo I del Título VII de la Ley 599 de 2000 (Código penal) Ocurre en los eventos de que trata la Ley 599 de 2000 (Código Penal), por cualquier daño en bienes muebles o inmuebles, y que aún no han sido recibidos definitivamente en el acta de Recibo Final por parte de la entidad. El contratista asume el riesgo
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LA ENTIDAD
EL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA
VALOR 0 PORCENTAJES ser por causas no previstas y en las cuales no tengan inherencia o sea por causas imputables al servicio prestado por la Entidad territorial municipal o departamental. 100% - Cuando la acción estuviera encaminada a dañar las instalaciones públicas por grupos políticos alzados en armas. 100% - Lo que genera por la permanencia adicional en la ejecución de las obras, cuando sea por causas imputables al contratista. 100% - Por ser la parte afectada responsable por la custodia de todos los bienes hasta su recibo final. 100% - Por ser la parte afectada responsable por la custodia de todos los bienes hasta su recibo final. 100%
-
Asume
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ORDEN
RIESGOS personal.
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Retraso en los pagos por parte de la Entidad.
Variación en las utilidades previstas o pérdida.
Riesgos Tributarios.
Decisión del Gobierno Nacional que impida la
TIPIFICACIÓN de la seguridad del personal (del contratista, subcontratistas, empleados administrativos o personal visitante a la obra) en caso de conflictos internos, conflictos de Colombia con otros Estados, y situaciones de orden públicos generados por cualquier organización al margen de la ley dentro de la jurisdicción donde se llevan a cabo las obras. Ocurre cuando la entidad sin justa causa y a pesar del cumplimiento del lleno de los requisitos para el pago de las obras ejecutadas y recibidas, incurre en mora en los mismos. Los efectos, favorables o desfavorables, derivados de las variaciones en la obtención de utilidades o sufrimiento de pérdidas Los efectos favorables o desfavorables, de las variaciones en la legislación Tributaria, la creación de nuevos impuestos, la supresión o modificación ce los existentes, y en general cualquier evento que modifique las condiciones tributarias existentes al momento de la presentación de la propuesta, es asumido por cuenta y riesgo del oferente adjudicatario. Los efectos favorables o desfavorables derivados de una decisión de Gobierno Nacional, que impida la
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ASIGNACIÓN EL CONTRATISTA
LA ENTIDAD 100% -
EL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA
LA ENTIDAD
VALOR 0 PORCENTAJES cualquier riesgo de seguridad del Personal.
Intereses acorde con la ley
100%
100%
100%
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ORDEN
RIESGOS ejecución del contrato
Riegos en la obtención, de permisos, licencias y autorizaciones. 12
Condiciones climáticas
TIPIFICACIÓN
ASIGNACIÓN
VALOR 0 PORCENTAJES
ejecución del contrato Los efectos desfavorables derivados de demoras en la tramitación y obtención de las licencias, permisos y autorizaciones que se exijan con respecto a cada proyecto de acuerdo a los requerimientos de la Corporación Autónoma Regional respectiva, en materia ambiental; aprobación de las instalaciones eléctricas del proyecto ante la empresa prestadora del servicio eléctrico; expedición de la licencia de construcción ante la oficina de planeación municipal o quien haga sus veces por la ocupación y utilización del espacio público cuando se utilice el espacio aéreo o el subsuelo de inmuebles o áreas pertenecientes al espacio público; permiso y autorización para rotura y reconstrucción de vía ante las entidades correspondientes; Legalización y definición de la propiedad de los lotes y servidumbres a que haya lugar; para estos eventos, el Departamento del Magdalena autorizará la suspensión del contrato de obras, siempre y cuando las demo as no sean imputables al contratista de obras Las condiciones climáticas normales no son por si solas hechos ajenos al conocimiento del contratista, y
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EL CONTRATISTA
100%
El proponente es un experto en la ejecución de este tipo de obras, y
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ORDEN
RIESGOS
por lo tanto no constituyen necesariamente hechos imprevistos constitutivos de fuerza mayor o caso fortuito, el retraso de la obra o los efectos económicos desfavorables generados por factores climáticos causados por las la falta de análisis y previsión de estas situaciones, podrían generar retrasos en la ejecución de la obra y efectos desfavorables para las Partes
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TIPIFICACIÓN
Fuerza Mayor o Caso Fortuito
Errónea revisión de los estudios, planos o diseños o en la modificación de los mismos.
Daños o perjuicios causados por un tercero.
Los efectos desfavorables. por la ocurrencia de hecho de fuerza mayor o caso fortuito, surgidos después de la entrega de las obras Ocurre en aquellos casos en que el contratista por el cumplimiento de sus obligaciones •/ en la de revisión no adecuada de los estudios y diseños como obligación señaladas en los Pliegos de Condiciones, cause un sobre costo en la ejecución de las obras, sin la autorización o visto bueno del Departamento del Magdalena Los efectos, favorables o desfavorables, derivados de todos y cualesquiera daños, perjuicios o pérdida de bienes de su propiedad causados por terceros, sin perjuicio de su facultad de exigir a terceros la reparación o indemnización de los daños y perjuicios directos y/o subsecuentes
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ASIGNACIÓN CONTRATISTA
LA ENTIDAD
EL CONTRATISTA
VALOR 0 PORCENTAJES como tal debe conocer las condiciones climáticas, sociales, técnicas, hidrológicas, etc., propias de la región y de la época en la cual se desarrollará la obra, corresponde al futuro contratista asumir en su totalidad la ocurrencia del riesgo 100% - Sin perjuicios del amparo de estabilidad de la obra en los eventos correspondientes al cubrimiento del riesgo.
100% Los causados por el CONTRATISTA, serán asumidos por él.
100% EL CONTRATISTA
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ORDEN
RIESGOS
TIPIFICACIÓN
ASIGNACIÓN
VALOR 0 PORCENTAJES
cuando a ello haya lugar Las partes aceptan de manera expresa la distribución de riesgos aquí señalados, y por lo tanto, cualquier costo, sobrecosto, indemnización o reconocimiento a cualquier título que pudiera llegar a generarse por la ocurrencia de los mismos, está plenamente compensado a través de la participación en los beneficios derivados en la ejecución del contrato, bajo las condiciones y términos que le son aplicables. La Audiencia de revisión de asignación de riesgos para establecer su distribución definitiva se realizará en la fecha señalada en el cronograma de esta Licitación. (Ley 1150 de 2007, Artículo 4). En la audiencia, se pondrá a consideración de los interesados en participar, los riesgos que la entidad propone, que deben asumir el contratista y la entidad, según el caso y se realizará su distribución definitiva. Por lo tanto, no procederán reclamaciones del futuro contratista basadas en el acaecimiento de algunos de los riesgos asumidos por el Contratista, y consecuentemente, Gobernación del Departamento del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, no hará reconocimiento alguno, ni se entenderá que ofrece garantía alguna al Contratista, que permita eliminar o mitigar los efectos causados por la ocurrencia de algunos de los riesgos previstos. ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES Los riegos previsibles no considerados por EL DEPARTAMENTO DEL ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA y que hayan sido aceptados como producto de las observaciones, serán incluidos en el pliego de condiciones definitivo. DEFINICIONES Para los efectos del presente proceso de selección, se entenderán las siguientes categorías de riesgo: Riesgo Previsible: Son los posibles hechos o circunstancias que por la naturaleza del contrato y de la actividad a ejecutar, es factible su ocurrencia y que puedan alterar el equilibrio financiero del mismo. Riesgo Imprevisible: Son aquellos hechos o circunstancias donde no es factible su previsión, es decir el acontecimiento de su ocurrencia, tales como desastres naturales, actos terroristas, guerra o eventos que alteren el orden público. Tipificación del Riesgo: Es la enunciación que se hace de aquellos hechos previsibles constitutivos de riesgo que, en criterio de la Secretaría de Infraestructura Física, pueden presentarse durante y con ocasión de la ejecución del contrato. Asignación del Riesgo: Es el señalamiento que hace la Secretaría de Infraestructura Física, de la parte contractual que deberá soportar total o parcialmente la ocurrencia de la circunstancia tipificada, asumiendo su costo.
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Estimación del riesgo: consiste en valorar la probabilidad de ocurrencia y el nivel de impacto de los riesgos que ha sido tipificados. Riesgos Imprevisibles Se consideran riesgos no previsibles, por la incertidumbre de su ocurrencia, los de fuerza mayor, caso fortuito o hechos de terceros, tales como desastres naturales, actos terroristas, guerras, asonadas o eventos que alteren el orden público. GARANTIAS El artículo 7 de la ley 1150 de 2007, reglamentado por el artículo 110 y siguientes del decreto 1510 de 2013, contiene el régimen de garantías exigibles en la contratación de las entidades estatales. Teniendo en cuenta la naturaleza del contrato, el objeto del contrato, las obligaciones que se derivan del mismo, el valor y forma de pago, la entidad considera que se debe exigir los siguientes amparos, a través de cualquiera de las garantías establecidas en las normas vigentes. GARANTÍA DE SERIEDAD: El oferente deberá anexar a su oferta, a favor del Departameento, una garantía que ampare la seriedad de su oferta, por un valor equivalente, como mínimo, al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial estimado y su término será desde el día de presentación de la oferta hasta el término previsto para la suscripción del contrato y sus prórrogas, sin que estas últimas excedan el término de tres (3) meses. Cumplimiento: en cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, con vigencia igual al mismo y Cuatro (4) meses más. Responsabilidad civil extracontractual: Deberá garantizar el cumplimiento de las responsabilidades ante terceros que se presente en la ejecución del contrato y después de esta, por una suma equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato con una vigencia por el término de duración del contrato. Estabilidad y Calidad de la obra: En cuantía equivalente al Veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, con vigencia igual a cinco (5) años a partir del recibo a satisfacción de la obra. Salarios, y prestaciones sociales: Deberá garantizar el cumplimiento y pago de las prestaciones sociales, por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato con una vigencia por él término de duración del contrato y tres años (3) años. Buen manejo y correcta inversión del anticipo: Deberá garantizar el equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo, y su vigencia será por el plazo del contrato y cuatro (4) meses más. La garantía será expedida conforme a lo establecido en la ley 80 de 1993 y la ley 1150 de 2007, y el decreto 1510 de 2013, la cual deberá ser previamente aprobada por LA GOBERNACIÓN DEL ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, si las encuentra ajustadas a lo especificado. En caso contrario, las devolverá al Contratista, según sea el caso, para que dentro del plazo que el Departamento le señale, haga las modificaciones y aclaraciones necesarias. El Contratista deberá reponer el monto de la garantía cada vez que, en razón de las multas (apremios) o sanciones impuestas, el mismo se disminuyere o agotare. Si el Contratista se negare a constituir o a reponer la garantía exigida, el Departamento podrá dar por terminado el contrato en el estado en que se encuentre, sin que haya lugar a reconocer o pagar indemnización alguna. INTERVENTORIA O SUPERVISION
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La entidad ejercerá el control y la vigilancia de la ejecución de los trabajos a través de un interventor externo de conformidad con lo establecido en los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011, con el fin de proteger la moralidad administrativa, de prevenir la ocurrencia de actos de corrupción y de tutelar la transparencia de la actividad contractual, se establece que el contrato que se derive del presente proceso de selección, será vigilado a través de un interventor Externo, Por lo anterior, y atendiendo al objeto del contrato, la Gobernación del Departamento Archipiélago de San Andres, establece que el perfil del interventor del presente proceso de selección, debe ser una persona externa, que cumpla con las calidades y conocimientos propios de la labor a desarrollar. Lo anterior en coherencia con inciso segundo del numeral 1 del artículo 32 establece que “En los contratos de obra que hayan sido celebrados como resultado de un proceso de licitación, la interventoría deberá ser contratada con una persona independiente de la entidad contratante y del contratista, quien responderá por los hechos y omisiones que le fueren imputables en los términos previstos en el artículo 53 del presente estatuto”. Teniendo en cuenta que en el contrato interadministrativo No 213167430 celebrado entre la Gobernación del Archipiélago y FONADE, conforme con el numeral 6 de la cláusula tercera, constituyen obligaciones de FONADE “6. Ejercer la Interventoría y/o Supervisión sobre el proyecto. Para ello previamente realizará la coordinación de dicha labor e informará el nombre de la persona o equipo de personas que realizará(n) la Interventoría y/o Supervisión del proyecto a EL DEPARTAMENTO”. Para el efecto se cuenta con una interventoría externa contratada por FONADE, (teniendo en cuenta que conforme con estatuto anticorrupción no se puede tener de manera conjunta sobre un mismo aspecto interventoría y supervisión) y para lo cual el contratista deberá cumplir a cabalidad con el manual operativo diseñado por FONADE. Igualmente, será responsable de recibir los bienes, aceptar los servicios y autorizar los pagos, y responderá por los hechos y omisiones que les fueren imputables en los términos previstos en el artículo 84 de la Ley 1474 y de las demás normas legales y reglamentarias que regulan el ejercicio de la supervisión interventoría de los contratos. El interventor, debe ejercer un control integral sobre el proyecto, para lo cual, podrá en cualquier momento, exigir al contratista la información que considere necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de la celebración del mismo. El contratista deberá acatar las órdenes que le imparta por escrito, y con copia a la Entidad, el interventor. No obstante, si el contratista no estuviese de acuerdo con las mismas debe manifestarlo por escrito al interventor, con copia a la Entidad, antes de proceder a ejecutar las órdenes. En caso contrario, responderá solidariamente con el interventor si del cumplimiento de dichas órdenes se derivaran perjuicios para la Entidad. Si el contratista rehúsa o descuida cumplir cualquier orden escrita del interventor, éste le notificará por escrito sobre el incumplimiento de dicha orden, señalando específicamente las omisiones o 45
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infracciones y exigiendo su cumplimiento. Si esta notificación no surte ningún efecto dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles, el Interventor comunicará dicha situación a la Entidad para que este tome las medidas que considere necesarias. El Interventor o quien haga sus veces, deberá documentar las causas o motivos del incumplimiento de indicadores que llegaren a presentarse, como es el caso de atención de emergencias, derrumbes, hundimientos de bancas, interrupción del tránsito, entre otros, incumpliendo así el desarrollo normal de las actividades programadas. El interventor debe verificar que los equipos, maquinaria y herramientas que el contratista suministre para la realización de las labores de mantenimiento rutinario, estén en perfecto estado de operación, sean adecuados y que sean suficientes para las características y la magnitud del trabajo por ejecutar. CONSTANCIA DEL CUMPLIMIENTO DEL DEBER DE ANALISIS DE LAS ENTIDADES ESTATALES (ARTÍCULO 15 DECRETO 1510 DE 2013). Se deja constancia que la entidad cumplió con el deber de análisis para conocer el sector relativo al objeto del Proceso de Contratación desde la perspectiva legal, comercial, financiera, organizacional, técnica y de análisis de riesgo.
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