ESTUDIOS PREVIOS MARZO DE 2013

ESTUDIOS PREVIOS Reconstrucción y Mejoramiento hidráulico de canales para mitigar inundaciones por temporada invernal en el sector sur en la ciudad d

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ESTUDIOS PREVIOS

Reconstrucción y Mejoramiento hidráulico de canales para mitigar inundaciones por temporada invernal en el sector sur en la ciudad de Santiago de Cali en el Departamento del Valle del Cauca y, Reconstrucción y Mejoramiento del sistema de alcantarillado para prevención de deslizamientos en la zona de ladera (comuna 1 y 20) de la ciudad de Santiago de Cali en el Departamento de Valle del Cauca.

MARZO DE 2013

RECONSTRUCCIÓN Y MEJORAMIENTO HIDRÁULICO DE CANALES PARA MITIGAR INUNDACIONES POR TEMPORADA INVERNAL EN EL SECTOR SUR EN LA CIUDAD DE SANTIAGO DE CALI DEL DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA Y, RECONSTRUCCIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO PARA PREVENCIÓN DE DESLIZAMIENTOS EN LA ZONA DE LADERA (COMUNA 1 Y 20) DE LA CIUDAD DE SANTIAGO DE CALI EN EL DEPARTAMENTO DE VALLE DEL CAUCA.

CONTENIDO 1. IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN. a. b. c. d. e.

Justificación de la necesidad Objetivo de la contratación Histórico de consumos en la entidad, en los casos que aplique Análisis de conveniencia y oportunidad de la contratación Diseños

2. ANÁLISIS DE LAS ALTERNATIVAS DE SATISFACCIÓN DE LA NECESIDAD Y SELECCIÓN DE LA ALTERNATIVA MÁS FAVORABLE. 3. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR, ESPECIFICACIONES E IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO. a. b. c. d. e. f. g. h. i. j. k.

Objeto Alcance del Objeto Valor. Cantidades de obra Rubro presupuestal Forma de Pago Informes Obligaciones de las partes Plazo de ejecución del contrato Interventoría Supervisión

4. DEFINICIONES TÉCNICAS a. Bien o Servicio b. Perfil del contratista c. Equipo de trabajo d. Ficha Técnica 5. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN E IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO QUE SE PRETENDE CELEBRAR. 6. ANÁLISIS QUE SOPORTA EL VALOR ECONÓMICO ESTIMADO DEL CONTRATO.

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7. JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITAN IDENTIFICAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE 7.1 Condiciones Mínimas Habilitantes (capacidad jurídica, financiera y técnica) a. Capacidad Jurídica. b. Capacidad Financiera. c.Capacidad Técnica. 7.2 Criterios de Selección del CONTRATISTA a. Experiencia específica b. Apoyo a la industria nacional c. Propuesta económica d. Puntaje total y determinación del orden de elegibilidad e. Criterios de desempate 8. SOPORTE QUE PERMITA LA TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO. 9. ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE GARANTÍAS DESTINADAS A AMPARAR LOS PERJUICIOS DE NATURALEZA CONTRACTUAL O EXTRACONTRACTUAL, DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO DEL OFRECIMIENTO O DEL CONTRATO SEGÚN EL CASO, ASÍ COMO LA PERTINENCIA DE LA DIVISIÓN DE AQUELLAS, DE ACUERDO CON LA REGLAMENTACIÓN SOBRE EL PARTICULAR. a. Garantía de seriedad de la propuesta. b. Garantía unica de Cumplimiento de las Obligaciones del Contrato. c. Garantía de Responsabilidad Civil Extracontractual.

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1. IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN. a. Justificación de la necesidad Mediante el Decreto 4819 del 29 de diciembre de 2010, se creó el Fondo Adaptación, en adelante, EL FONDO, cuyo objeto es la recuperación, construcción y reconstrucción de las zonas afectadas por el Fenómeno de "La Niña", con personería jurídica, autonomía presupuestal y financiera, adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Según el Decreto 4819 de 2010, este Fondo tiene como finalidad la identificación, estructuración y gestión de proyectos, ejecución de procesos contractuales, disposición y transferencia de recursos para la recuperación, construcción y reconstrucción de la infraestructura de transporte, de telecomunicaciones, de ambiente, de agricultura, de servicios públicos, de vivienda, de educación, de salud, de acueductos y alcantarillados, humedales, zonas inundables estratégicas, rehabilitación económica de sectores agrícolas, ganaderos y pecuarios afectados por la ola invernal y demás acciones que se requieran con ocasión del Fenómeno de "La Niña", así como para impedir definitivamente la prolongación de sus efectos, tendientes a la mitigación y prevención de riesgos y a la protección en lo sucesivo, de la población de las amenazas económicas, sociales y ambientales que están sucediendo. De acuerdo con la información relacionada en el visor ‖Temporada invernal 2010 – 2011‖ de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres – UNGRD, y con los reportes realizados por los municipios y departamentos a través de los Comités Locales para la Prevención y Atención de Emergencias y Desastres –CLOPAD y los Comités Regionales Para la Prevención y Atención de Emergencias y Desastres –CREPAD-, respectivamente, la fuerte ola invernal ocasionada por el Fenómeno de la Niña 2010-2011 generó, entre otros, daños en la infraestructura de los sistemas de acueducto y alcantarillado, lo cual a su vez causó la interrupción parcial o total de la prestación de dichos servicios, lo que provocó riesgos sanitarios y de salubridad pública para las poblaciones afectadas. En consecuencia, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio (el Ministerio), postuló ante el FONDO el proyecto ―REHABILITACIÓN, RECONSTRUCCIÓN, PREVENCIÓN Y/O MITIGACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA DEL SECTOR DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO AFECTADA POR EL FENÓMENO DE "LA NIÑA‖ EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL‖ (EL PROYECTO) por valor estimado de TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS MILLONES DE PESOS ($376.400’000.000,oo), para restablecer las condiciones de prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado en 193 municipios en 24 departamentos del país. El Proyecto fue seleccionado por el Consejo Directivo del FONDO en su sesión del 2 de febrero de 2012.

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Posteriormente, debido a que el Fondo le solicitó al Ministerio ajustar el proyecto nacional teniendo en cuenta que el proyecto del Sur del Atlántico requería recursos adicionales, el Ministerio realizó una nueva revisión y validación de las afectaciones y por consiguiente, el pasado 21 de agosto de 2012 mediante radicado No 002385, el Ministerio presentó al FONDO el listado definitivo de las afectaciones a través de la ―Matriz de consolidación de necesidades proyecto- Rehabilitación, reconstrucción, prevención y/o mitigación de la infraestructura del sector de agua potable y saneamiento básico afectada por el fenómeno de La Niña en todo el territorio nacional‖. Dichas afectaciones, están incluidos en la matriz de Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades - EDAN o en el visor ‖Temporada invernal 2010 – 2011‖ , de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres – UNGRD y se presento su correspondiente informe técnico con registro fotográfico y carta de certificación de afectación. En este mismo sentido las afectaciones que se encuentran incluidas únicamente en el Visor, están adicionalmente respaldas a través de las actas de CLOPAD, CREPAD. Dentro del listado definitivo de las afectaciones, enviado por el Ministerio, están incluidos los proyectos “RECONSTRUCCIÓN Y MEJORAMIENTO HIDRÁULICO DE CANALES PARA MITIGAR INUNDACIONES POR TEMPORADA INVERNAL EN EL SECTOR SUR EN LA CIUDAD DE SANTIAGO DE CALI EN EL DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA Y,RECONSTRUCCIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO PARA PREVENCIÓN DE DESLIZAMIENTOS EN LA ZONA DE LADERA (COMUNA 1 Y 20) DE LA CIUDAD DE SANTIAGO DE CALI EN EL DEPARTAMENTO DE VALLE DEL CAUCA‖, el cual fue entregado al Fondo de Adaptación con su respectivo Concepto de Conformidad Técnica en cumplimiento de los requisitos establecidos en la resolución 379 de 2012 de dicha entidad (Ver Anexo 2 – Concepto de Conformidad Técnica Minvivienda). Los proyectos de Cali, fueron radicados por el Ministerio con sus respectivos estudios y diseños, indicando entre otros los principales antecedentes y problemática que se describe a continuación: Proyecto 1 - “Reconstrucción y Mejoramiento hidráulico de canales para mitigar inundaciones por temporada invernal en el sector sur en la ciudad de Santiago de Cali en el Departamento del Valle del Cauca”  Con la frecuencia recurrente de lluvias cada vez más intensas incrementadas durante el Fenómeno de La Niña registrado en el periodo comprendido entre los meses de Junio del 2010 y Junio del 2011, y por consiguiente, mayores crecientes en cada uno de los canales del sistema de drenaje pluvial, se registran niveles que superan las alturas de revestimiento existentes. Esta situación ocasiona saturación de los suelos que soportan las losas de los taludes, que terminan generando presiones y esfuerzos que superan la capacidad resistente de dichas losas, las cuales debido al método constructivo y su concepción estructural al momento de su construcción, consistente en losas de concreto no reforzadas y sin la instalación de drenes, terminan por fisurarse, agrietarse y finalmente fallan.

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Por lo anterior, teniendo en cuenta la magnitud y frecuencia de afectaciones y con el fin de adelantar la reconstrucción y lograr el mejoramiento hidráulico para mitigar inundaciones a consecuencia del Fenómeno de la Niña y temporada invernal en el sector sur de la Ciudadse han identificado como objetivos prioritarios de intervención los Canales de la Carrera 50, Carrera 39 y Canal Periquillo. Acorde con la información geomorfológica existente los canales objeto del presente proyecto: Canal de la Carrera 50, Canal Carrera 39 y Canal Periquillo de una u otra forma hacen parte de antiguos cauces del río Cañaveralejo, correspondiendo al Canal de la Carrera 50 el cauce principal. Estos canales han sido revestidos en concreto desde hace aproximadamente 40 años. De conformidad con estudios y modelaciones recientes realizados por el Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente de la ciudad de Cali - DAGMA, para el Canal de la Carrera 50 (Río Cañaveralejo) en junio del 2011 a través del Ingeniero Consultor Gustavo A. Barrientos, y el estudio realizado por el Departamento de Recolección de EMCALI para el Canal de la Carrera 39 y Canal Periquillo, se confirma la insuficiencia de los canales en algunos tramos que generan represamientos debido a extrechez en el canal de algunas estructuras como puentes y box culvert, adicional al deterioro de las losas de revestimiento. En las zonas donde ha ocurrido colapso del revestimiento de los canales su vulnerabilidad aumenta exponencialmente. Por tal razón es necesario acometer la reconstrucción y optimización hidráulica y estructural de estos sectores de los canales. Las modelaciones realizadas para las condiciones hidroclimáticas y de cuencas tributarias actualizadas, nos indican que en términos generales la altura de revestimiento de los canales es superado para frecuencias de 1:5 años, 1:10 años y mayores; la sección transversal completa de los canales, es decir, hasta los niveles de rasantes de vía tiene capacidad para el tránsito de los caudales correspondientes a dichas frecuencias. Para estas frecuencias mayores a 30 años el problema identificado es que los puentes o cruces vehiculares se convierten en estructuras de control que ocasionan represamiento y desbordamiento de los canales, en especial en el canal de la Carrera 50. Dada la anterior situación, se ha determinado adelantar la reconstrucción y optimización hidráulica de las secciones de los canales de la Carrera 50, Carrera 39 y Canal Periquillo. Proyecto 2 - “Reconstrucción y Mejoramiento del sistema de alcantarillado para prevención de deslizamientos en la zona de ladera (comuna 1 y 20) de la ciudad de Santiago de Cali en el Departamento de Valle del Cauca”  Se tiene que en general las comunas 1 y 20 son sectores de alta pendiente y con una alta densidad de población en la ciudad de Cali, presentan deficiencia en la canalización referente al control de fugas de los sistemas de acueducto y alcantarillado, estructuras que, con los intensos eventos de lluvias de alta frecuencia, registrados durante el periodo del

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Fenómeno de la Niña comprendido entre los meses de Junio del 2010 a Junio del 2011, se constituyen en los principales factores que aumentan la vulnerabilidad del fenómeno de deslizamientos como es la saturación de suelos y que motivan la formulación del presente proyecto. Acorde con el estudio de ―Amenazas por Movimientos en Masa‖ adelantado por el Departamento Administrativo de Planeación Municipal, incluido en el POT del año 2000, las Comunas 1 y 20 de la ciudad de Cali se encuentran ubicadas en una zona clasificada en su mayor parte como de amenaza alta por movimientos en masa, los cuales se agudizaron por el fenómeno de La Niña 2010 – 2011. Específicamente para la Comuna 20 se desarrolló un estudio por parte de la Escuela de Ingeniería Civil y Geomática de la Facultad de Ingeniería – Universidad del Valle, liderado por el profesor Diego Duque Arango, para la determinación de áreas de riesgos por movimientos en masa, en el cual se concluye que el 36.40% de la Comuna se encuentra clasificada como de alto riesgo. Sumado a lo anterior, la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca - CVC, presenta una certificación en la cual se da constancia que la zona de intervención para este proyecto, se encuentra en zona de alto riesgo mitigable. La Gerencia de Acueducto y Alcantarillado de EMCALI EICE ESP, tiene dentro de sus programas estratégicos y operacionales, que los sistemas de acueducto y alcantarillado controlen cualquier filtración que pueda aumentar la vulnerabilidad de los movimientos en masa de dichas comunas y es así como anualmente se adelantan obras de optimización de las redes que contribuyen al control y prevención de deslizamientos; siendo critica la situación generada durante el periodo del Fenómeno de la Niña 2010-2011. Con la reconstrucción del sistema de alcantarillado para las comunas 1 y 20 se previenen los deslizamientos en zonas de ladera con altas pendientes, causada principalmente por la deficiencia en la canalización referente al control de fugas de los sistemas de acueducto y alcantarillado y, por los intensos eventos de lluvias de alta frecuencia, registrados durante el periodo del Fenómeno de la Niña, lo que aumenta la vulnerabilidad del fenómeno de deslizamientos como es la saturación de suelos. b. Objetivo de la contratación Con fundamento en las razones expuestas en el literal anterior, se establece que, para cumplir los fines objeto de la asociación del Fondo con la infraestructura de acueducto y alcantarillado, se requiere contratar a una firma constructora para la Reconstrucción y Mejoramiento hidráulico de canales para mitigar inundaciones por temporada invernal en el sector sur en la ciudad de Santiago de Cali en el Departamento del Valle del Cauca, y la Reconstrucción y Mejoramiento del sistema de alcantarillado para prevención de deslizamientos en la zona de ladera (comuna 1 y 20) de la ciudad de Santiago de Cali en el Departamento de Valle del Cauca, afectados por el fenómeno de La Niña 2010 – 2011.

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c. Histórico de consumos en la entidad, en los casos que aplique EL FONDO durante el primer semestre del 2012 adelantó el proceso para la contratación de la construcción y/o reconstrucción de la infraestructura de los servicios de acueducto, alcantarillado para 8 municipios en el Sur en el Departamento del Atlántico afectados por el Fenómeno de la Niña 2010-2011 En virtud de lo anterior EL FONDO contrató durante el mes de agosto de 2012, dos (2) grupos a través de la Convocatoria Abierta No. FONDO-CA-011-2012, por valor de total de $56.814.304.568 incluido IVA. d. Análisis de conveniencia y oportunidad de la contratación La Corte Constitucional, mediante Sentencia C – 251 de 2011, concluyó la constitucionalidad del Decreto 4819 de 2010, a través del cual se creó el FONDO, con el argumento de que las funciones de la Entidad se limitan con exclusividad a la recuperación, construcción y reconstrucción de las zonas y municipios afectados por el fenómeno de La Niña 2010-2011; que no existe posibilidad jurídica de que la Entidad realice actividades diversas a esa atención y; que tales acciones en ejercicio de su régimen especial de contratación debe emprenderse desde el año 2011 y no puede superar el año 2014, lapso después del cual se debe acudir a la institucionalidad ordinaria. Con el fin de satisfacer la necesidad relacionada con la deficiente infraestructura de los canales del sector sur y atender la reconstrucción y mejoramiento del sistema de alcantarillado en las Comunas 1 y 20 de la Ciudad de Cali, con base en los resultados de la visita técnica de validación del proyecto, realizada por el Fondo Adaptación, ésta entidad debe iniciar un proceso de contratación de obra al considerar que es la manera más rápida y eficiente de satisfacer la necesidad expuesta y cumplir con el objetivo de la contratación. e. Diseños Los estudios, diseños, especificaciones técnicas y planos de construcción que se presentan en el Anexo 1 – Especificaciones técnicas aplicables, fueron realizados por Las EMPRESAS MUNICIPLAES DE CALI EICE ESP- EMCALI EICE ESP, en el marco de la normatividad vigente, radicados en el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, quien se encargó de emitir su respectivo concepto de conformidad técnica y posteriormente entregados al Fondo Adaptación teniendo en cuenta que su alcance corresponde a los requisitos establecidos por el mismo para obras de rehabilitación y/o reconstrucción de infraestructura del sector de agua potable y saneamiento básico. De conformidad con la visita realizada al proyecto, y la información allegada respecto a los diseños, el FONDO ADAPTACION realizó la respectiva validación de las afectaciones presentadas en el marco de las emergencias por ola invernal 2010-2011. Ver Anexo 3 – Informe de validación y concepto de Riesgos.

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Así mismo, con base en los resultados de la visita técnica de validación y la totalidad de documentos entregados al FONDO por parte de por parte de EMCALI EICE ESP, el FONDO ADAPTACIÓN en el mes de marzo de 2013 y en el marco de los requisitos establecidos para la evaluación de los proyectos del sector de agua y saneamiento básico, emitió el concepto de aprobación del proyecto, como requisito previo para los procesos de contratación y ejecución de las obras. Ver Anexo 4 Ficha de Evaluación y concepto de aprobación proyecto. 2. ANÁLISIS DE LAS ALTERNATIVAS DE SATISFACCIÓN DE LA NECESIDAD Y SELECCIÓN DE LA ALTERNATIVA MÁS FAVORABLE. De acuerdo con el artículo 1 del Decreto 4808 de 2011, que modificó el artículo 4 del Decreto 2962 de 2011, los principales procedimientos de selección de contratistas del FONDO son la convocatoria abierta y la convocatoria cerrada, a través de los cuales se reciben ofertas de cualquier proponente o de proponentes previamente determinados, respectivamente y; como en el presente caso no se han preseleccionado proponentes, entonces la opción idónea para atender la necesidad es la convocatoria abierta. 3. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR, ESPECIFICACIONES E IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR a.

Objeto

El contrato cuya celebración se solicita con este estudio previo, tendrá por objeto ―La Reconstrucción y Mejoramiento hidráulico de canales para mitigar inundaciones por temporada invernal en el sector sur en la ciudad de Santiago de Cali en el Departamento del Valle del Cauca, y la Reconstrucción y Mejoramiento del sistema de alcantarillado para prevención de deslizamientos en la zona de ladera (comuna 1 y 20) de la ciudad de Santiago de Cali en el Departamento de Valle del Cauca‖. b.

Alcance del Objeto

La construcción del proyecto comprende, sin limitarse a ellas, para el cumplimiento del objeto contratado, las siguientes actividades: i.

Etapa de preconstrucción

Gestión del riesgo para la rehabilitación y/o reconstrucción de infraestructura del sector De acuerdo con el resultado de los estudios y diseños aprobados por el FONDO ADAPTACIÓN y con base en el documento de Gestión del Riesgo elaborado por las EMPRESAS MUNICIPALES DE CALIA EICE ESP, y que hace parte integral del proyecto, previo a la iniciación de las obras y como parte de sus actividades y obligaciones en la etapa preliminar del proyecto (etapa de preconstrucción), el Contratista debe realizar: la verificación, ajuste y/o actualización del alcance del

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informe de Gestión del Riesgo del proyecto, en lo referente a las Alternativas de intervención con la solución técnica y económica más favorable, lo cual debe ser consistente con la problemática identificada, el tipo de amenaza, grado de vulnerabilidad y el alcance diseñado y desarrollado según los estudios y diseños presentados. La verificación, ajuste y/o actualización del informe de Gestión del Riesgo del proyecto, debe ser avalada por la interventoría del proyecto y será ésta quien autorice el inicio de la ejecución de las obras correspondientes. En todo caso estas actividades preliminares no generarán costo adicional alguno, que por parte del Fondo se debe reconocer al Contratista de obra. Lo anterior con el fin de iniciar la ejecución de las obras objeto de la presente convocatoria (etapa de construcción), de manera efectiva y consistente con el objeto del FONDO en lo referente a la rehabilitación, reconstrucción y/o implementación de obras de mitigación y prevención de infraestructura afectada por el fenómeno de La Niña 2010-2011. Si como resultado de la verificación, ajuste y/o actualización del informe de Gestión del Riesgo del proyecto y con el concepto y aprobación del informe por parte de la interventoría, se requiere de un mayor alcance o especificación técnica de las obras proyectadas en los diseños iniciales, no se podrá dar inicio a la ejecución de las obras hasta que por parte de la interventoría se realice el respectivo análisis y balance de mayores y menores cantidades de obra con la aprobación de los respectivos APU’s que se modifiquen, adicionen o apliquen. Surtido el concepto de la interventoría, este informe será sometido a consideración de la supervisión que delegue el FONDO ADAPTACIÓN, para su revisión, concepto y/o aprobación, en lo referente al ajuste contractual que se requiera según el caso por modificación del alcance y/o especificaciones técnicas de las obras. En todo caso, de requerirse recursos adicionales para cumplir con el objeto contractual, será la entidad territorial y/o la entidad responsable de los estudios y diseños de garantizar la ejecución de dichas obras adicionales y por parte del FONDO se ejecutará la etapa funcional que se pueda implementar con los recursos disponibles. ii.

Etapa de Construcción:

Una vez se surta la etapa de preconstrucción y previa autorización de la interventoría, el contratista de obra procederá con la ejecución de las obras para la Reconstrucción y Mejoramiento hidráulico de canales para mitigar inundaciones por temporada invernal en el sector sur en la ciudad de Santiago de Cali en el Departamento del Valle del Cauca, y la Reconstrucción y Mejoramiento del sistema de alcantarillado para prevención de deslizamientos en la zona de ladera (comuna 1 y 20) de la ciudad de Santiago de Cali en el Departamento de Valle del Cauca, afectados por el fenómeno de La Niña 2010 – 2011. Las actividades y cantidades de obra a desarrollar en el proyecto, se relacionan en el FORMATO 8 CANTIDADES DE OBRA Y PROPUESTA ECONÓMICA.

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c.

Valor.

El valor estimado del contrato y por tanto el presupuesto oficial de la convocatoria abierta, a precios 2013, asciende a la suma de QUINCE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS M/cte. ($15.367.896.553), incluidos IVA, AIU los demás impuestos, tasas, contribuciones y costos directos e indirectos; tal y como se discrimina en la siguiente tabla: MUNICIPIO

NOMBRE DEL PROYECTO

VALOR

CALI

Proyecto No. 1 RECONSTRUCCION Y MEJORAMIENTO HIDRAULICO DE CANALES PARA MITIGAR INUNDACIONES POR TEMPORADA INVERNAL EN EL SECTOR SUR EN LA CIUDAD DE SANTIAGO DE CALI

CALI

Proyecto No. 2 RECONSTRUCCION Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO PARA PREVENCIÓN DE DESLIZAMIENTOS EN LA ZONA DE LADERA (COMUNA 1 Y 20) DE LA CIUDAD DE SANTIAGO DE CALI EN EL DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA

$4.424.176.356

Valor Total

$15.367.896.553

$10.943.720.197

Teniendo en cuenta que la forma de pago es a precios unitarios, el precio total y definitivo del contrato, sin superar el presupuesto oficial, corresponderá al producto del número de unidades o cantidades de obra ejecutadas, multiplicadas por el precio correspondiente que haya ofrecido el CONTRATISTA. El valor del contrato no está sujeto a ajustes por cambio de vigencias. Para constituir las garantías y determinar el monto del anticipo, el valor inicial del contrato corresponderá al producto del número de unidades o cantidades de obra estimadas en el presupuesto oficial, que hace parte de los presentes estudios previos, multiplicado por el precio correspondiente que haya ofrecido el CONTRATISTA. Las actividades y cantidades de obra a desarrollar en cada uno de los dos (2) proyectos indicados en la tabla anterior, se relacionan en el FORMATO 8 - CANTIDADES DE OBRA Y PROPUESTA ECONÓMICA. El valor de las obras adicionales se pagará al precio ofrecido por el CONTRATISTA y sin ajustes, sujeto al límite del presupuesto. El valor de estas obras complementarias está sujeto al límite del presupuesto elaborado y a la aprobación del precio por parte del FONDO y la interventoría. Será causal de rechazo de las propuestas, cuando el valor total corregido de la oferta económica exceda el presupuesto oficial establecido. Se entiende por valor total corregido el resultante de la verificación que efectúe el FONDO a la propuesta económica de los proponentes.

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En la propuesta económica (FORMATO 8 - CANTIDADES DE OBRA Y PROPUESTA ECONÓMICA) el proponente deberá indicar el porcentaje (%) total de A.I.U. para la CONSTRUCCIÓN de las obras. En todo caso el valor de la Propuesta Económica, no podrá superar el presupuesto oficial de la presente convocatoria y en caso de que esto ocurra, se considerará como causal de rechazo de la propuesta. El valor propuesto para cada uno de los precios unitarios para la CONSTRUCCIÓN de las obras, no debe ser mayor al 110%, ni menor al 90%del respectivo Precio Unitario Oficial indicados en el ANEXO 5 – CANTIDADES DE OBRA Y PRESUPUESTO OFICIAL. . En caso de que esto ocurra, se considerará como causal de rechazo de la propuesta. El valor del AIU deberá ser expresado únicamente en porcentaje (%) y no en pesos y deberá ser consignado y discriminarlo en la propuesta económica (administración (A), imprevistos (I) y utilidad (U)). La no discriminación del AIU, en la propuesta económica, será causal de RECHAZO de la misma, de acuerdo a las causales de rechazo establecidas en los Términos y Condiciones Contractuales. Previo al inicio de las obras, y durante el primer mes previsto para la etapa de preconstrucción, el CONTRATISTA deberá presentar los análisis de precios unitarios, los que serán avalados y aprobados por la Interventoría, con el apoyo y/o supervisión del FONDO. d.

Cantidades de obra

Las cantidades por ejecutar se podrán aumentar, disminuir o suprimir durante la ejecución de las obras, previa revisión y aprobación por la Interventoría y el supervisor del proyecto designado por el FONDO. El constructor está obligado a ejecutar las mayores cantidades de obra que resulten a los mismos precios de la propuesta. Todas aquellas modificaciones que llegasen a alterar el presupuesto, deberán ser aprobadas por el servidor público competente del FONDO, previa solicitud y soportes de la Interventoría. En caso de presentarse alguna actividad adicional, los precios de los insumos son los que aparecen en la propuesta, de acuerdo con los Análisis de precios unitarios - APU. Para el pago final del contrato se realizará el balance de las cantidades de obra finales ejecutadas, con el fin de realizar el respectivo pago y liquidación del contrato. En caso de presentarse mayores y menores cantidades de obra, estas podrán compensarse mediante acta suscrita entre el interventor y el CONTRATISTA, siempre que sea posible hacerlo. Si no es posible suscribir acta de compensación de cantidades de obra porque el valor de las variaciones netas en las cantidades de obra generan un mayor valor del contrato, el interventor no podrá autorizarlas sin el visto bueno del servidor público del FONDO que corresponda, quien dará su visto bueno previa verificación de que exista disponibilidad de recursos para cubrir el posible pago de las mayores cantidades de obra.

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En caso de presentarse alguna actividad adicional, para el cálculo del precio unitario de ésta, se tendrá en cuenta el menor valor respectivo de los insumos (tarifas de los equipos, precios de insumos-materiales básicos y tarifas de personal) consignados entre la lista de precios de insumos y en los análisis de precios unitarios presentados por el CONTRATISTA. Las obras adicionales o complementarias, es decir, los ítems o actividades no previstas en el contrato requerirán de una modificación o adición al contrato, previo el lleno de los requisitos definidos en el Manual de Contratación del FONDO para tales casos. e.

Rubro presupuestal

Los recursos con los que el FONDO debe realizar los pagos al contratista, se encuentran amparados con el certificado de disponibilidad de recursos expedido por FADAP. f.

Forma de Pago

El FONDO pagará el valor de las obras por el sistema de precios unitarios fijos, sin fórmula de reajuste; por lo tanto, el valor final del contrato corresponderá a la suma de los productos que se obtengan al multiplicar las cantidades de obra ejecutadas y/o entregadas a satisfacción del FONDO por los valores o precios unitarios fijos pactados para cada ítem. Los precios unitarios comprenden todos los costos directos e indirectos derivados de la ejecución de la respectiva actividad y/o suministro que hacen parte del objeto del contrato e incluyen, entre otros gastos, los costos de administración, salarios y prestaciones sociales del personal, incrementos salariales y prestacionales, costos de desplazamiento, transporte, alojamiento y alimentación del equipo de trabajo del CONTRATISTA, honorarios, asesorías especializadas en actividades objeto del contrato, computadores, licencias de utilización del software, impuestos a cargo del CONTRATISTA, transporte y bodegaje de equipos y materiales, las deducciones a que haya lugar y, en general, todo costo en que incurra el CONTRATISTA para la ejecución de cada una de las actividades o suministros objeto del contrato, así como la utilidad y los imprevistos. El FONDO pagará mensualmente al CONTRATISTA el valor de las obras ejecutadas, de acuerdo con el importe de las respectivas actas de obra, suscritas por el contratista y refrendadas por el interventor del contrato, y, si a ello hubiere lugar, autorizadas por el funcionario correspondiente del FONDO. Para efectos de los pagos respectivos, EL CONTRATISTA deberá radicar ante el FONDO, dentro de los cinco (5) días siguientes al mes de ejecución de las obras, la Factura correspondiente, acompañada de: 1. La correspondiente acta de obra. 2. La certificación del pago de los aportes correspondientes a los sistemas de salud y pensiones y, si a ello hubiere lugar, a las cajas de compensación Familiar, ICBF y SENA. EL FONDO pagará dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la radicación de la respectiva Factura. Cuando la Factura no se presente con el lleno de los correspondientes requisitos o no se acompañe de los documentos necesarios para el pago, el término para éste empezará a contarse desde la fecha en que una u otros se presenten en debida forma o se aporte el último de los

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documentos requeridos. Las demoras que se presenten por esta causa serán responsabilidad del CONTRATISTA; por lo tanto, no causarán intereses, ni compensación de ninguna naturaleza. En caso de mora imputable al FONDO, este reconocerá al CONTRATISTA intereses moratorios a la tasa del interés legal civil vigente en esa fecha, la cual se liquidará sobre el valor histórico actualizado, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 8.1.1., del Decreto 734 de 2012 o en la norma que lo modifique o reemplace. Los pagos se efectuarán mediante consignación al CONTRATISTA, en la cuenta bancaria que este indique y cuya titularidad acredite. Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la firma del acta de iniciación del contrato, El FONDO concederá al CONTRATISTA, a título de préstamo para la ejecución de las obras objeto del contrato, un anticipo amortizable, por el equivalente al diez por ciento (10%) del valor estimado del contrato, el cual solo podrá invertirse en los gastos propios de este mismo, pagadero a la fiducia o patrimonio autónomo que aquel constituya para el manejo de dichos recursos. Para el manejo de los recursos que reciba por concepto de anticipo y con el fin de garantizar que este se empleará exclusivamente en la ejecución del contrato, EL CONTRATISTA deberá constituir, en los términos de la Ley 1474 de 2011, una fiducia o un patrimonio autónomo irrevocable, designando al FONDO como beneficiario. La fiducia que se constituya para efectos del manejo del anticipo deberá establecer, expresamente, que los desembolsos, cheques, órdenes o autorizaciones de pago que se giren con cargo a aquella necesiten la firma del CONTRATISTA o su designado y la del Interventor. Por consiguiente, ningún cheque, retiro, pago con tarjeta o cualquier otro medio de pago o gravamen que afecte el anticipo, podrá efectuarse sin la autorización expresa y escrita del interventor, quien, de acuerdo con sus obligaciones, velará porque los desembolsos que afecten el anticipo correspondan a gastos del contrato y se efectúen de acuerdo con la programación de las inversiones que se pacte o apruebe para su ejecución. Los rendimientos financieros que generen los recursos anticipados al CONTRATISTA serán propiedad del FONDO; por lo tanto, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la completa amortización del anticipo, EL CONTRATISTA deberá consignar los rendimientos financieros correspondientes en la cuenta que, para el efecto, le indique EL FONDO. Si EL CONTRATISTA no restituye al FONDO los rendimientos financieros en el término antes señalado, deberá reconocer a esta Entidad intereses corrientes y moratorios, liquidados a la máxima tasa permitida vigente a la fecha de la mora. En todo caso, antes de constituir la fiducia, EL CONTRATISTA someterá a revisión del FONDO la minuta del respectivo contrato. El costo de la comisión fiduciaria será cubierto directamente por el CONTRATISTA.

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EL FONDO deducirá, de cada uno de los pagos que deba efectuarle al CONTRATISTA, una parte del importe de la respectiva cuenta o acta de obra, para amortizar el anticipo concedido para la ejecución de las obras objeto del contrato; la cuota de amortización se determinará multiplicando el valor de la respectiva acta por la relación que exista entre el saldo del anticipo y el saldo del valor del contrato; no obstante, el CONTRATISTA podrá amortizar un porcentaje mayor al señalado anteriormente; en todo caso, EL CONTRATISTA deberá terminar de amortizar el anticipo, un (1) mes antes del vencimiento del plazo del contrato. La iniciación de las obras no está supeditada, en ningún caso, a la entrega del anticipo, como tampoco lo está el cumplimiento de cualquiera de las demás obligaciones contractuales. g.

Informes

El CONTRATISTA debe presentar, además de los informes puntuales o especiales que le solicite el interventor, los siguientes informes: a) Informes de Obra: deben contener, debidamente aprobados por la Interventoría: avance de cada una de las actividades programadas con cantidades de obra ejecutadas, registros fotográficos y resultados de los ensayos de materiales y demás pruebas, fotocopia de la bitácora o libro de obra, resumen de las actividades realizadas en el periodo ejecutado, informe del personal con el cumplimiento, informe de seguridad industrial, informe de manejo ambiental, informe de Gestión del Riesgo y actualización del programa de ejecución de obra. Así mismo el interventor deberá adjuntar un resumen ejecutivo que dé cuenta de las actividades ejecutadas; b) Informe Final: Resumen de actividades y desarrollo de la obra, incluyendo toda la documentación técnica, a saber: libro de obra, planos record de obra verificados por la Interventoría, manual de mantenimiento con las respectivas garantías de calidad y correcto funcionamiento, certificación del cumplimiento del artículo 50 de la ley 789 de 2002, póliza de estabilidad de la obra, paz y salvo por todo concepto con los proveedores y subcontratistas, registro fotográfico definitivo, y los demás que requiera la Interventoría h.

Obligaciones de las partes

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA El proponente adjudicatario de la presente convocatoria abierta, se obliga a:

 Hacer entrega, previo al inicio de las obras y durante el primer mes previsto para la etapa de preconstrucción, presentar los análisis de precios unitarios, los que serán avalados y aprobados por la Interventoría, con el apoyo y/o supervisión del FONDO.  El Contratista entiende, acepta y se obliga a utilizar los sistemas de información, las prácticas de seguridad, calidad, oportunidad e integridad de información, y las guías de interoperabilidad,

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continuidad, documentales y las métricas que señale el Fondo Adaptación, con base en los instructivos de operación que se le impartan. Durante el primer mes de ejecución del contrato, el Contratista, revisará, verificará, validará y ajustará con aprobación de la interventoría, el informe de Gestión del Riesgo del proyecto o proyectos, y será el responsable porque la alternativa seleccionada y su implementación, aseguren la efectividad de la intervención del Fondo en el territorio nacional: de igual manera, se dé cumplimiento a la legislación existente en materia de prevención y atención de desastres o gestión del riesgo. En el informe ajustado por el contratista de obra, deben estar incluidos la valoración de los daños y pérdidas evitadas a través de las intervenciones del Fondo Adaptación. Disponer en los diferentes sitios de las obras, según relación de alcances indicada en el OBJETO, como mínimo, frentes de trabajo simultáneos por cada proyecto objeto de la convocatoria. Para tal efecto el proponente debe suscribir una carta donde se comprometa a poner a disposición estos frentes de trabajo. Entregar el cronograma de ejecución e inversión por cada frente de trabajo que el adjudicatario deberá presentar máximo diez (10) días hábiles después del perfeccionamiento del contrato. Acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de ley 789 de 2002 y la ley 828 de 2003, el cumplimiento del pago mensual de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales, Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar –ICBF y Cajas de Compensación Familiar, mediante certificación expedida por el representante legal o revisor fiscal según el caso. Suministrar toda la información requerida en los Términos y Condiciones Contractuales. Tramitar ante las entidades correspondientes, permisos, licencias, autorizaciones y demás documentación que se requiera para la iniciación y ejecución de las obras objeto de esta convocatoria. Suministrar todos los insumos en las fechas indicadas en el cronograma de suministros. Ejecutar la obra tanto en calidad, cantidad, como en tiempo, con todos los equipos, maquinaria, herramientas, materiales y demás elementos necesarios para la ejecución de las obras. Realizar el transporte de los materiales y equipos y entregarlos oportunamente en el sitio de la obra, para el cumplimiento del plazo establecido. Realizar, por su cuenta y riesgo, todos los ensayos de laboratorio y demás pruebas que se soliciten para verificar la calidad de los materiales y demás elementos que se instalen en la obra. Realizar, por su cuenta y riesgo, el suministro de los servicios públicos provisionales para la ejecución del proyecto. Cumplir a cabalidad con el cronograma de actividades. Suministrar y mantener durante la ejecución de la obra y hasta la entrega de la misma, el personal profesional ofrecido. Si EL CONTRATISTA requiere cambiar el profesional o personal propuestos, deberá hacerlo con otro de un perfil igual o superior al que se retiró. La aceptación del nuevo profesional estará sujeta a la aprobación del FONDO, previo visto bueno del Interventor. Será por cuenta del CONTRATISTA el pago de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones de todo el personal que ocupe en la ejecución de la obra, igualmente la elaboración de los subcontratos necesarios, quedando claro que no existe ningún tipo de vínculo laboral del personal del CONTRATISTA con el FONDO.

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 Vincular mano de obra de la región en un mínimo del ochenta por ciento (80%) del total de personal requerido para la ejecución del proyecto.

 Presentar al Interventor informes mensuales de avance de obra y los que el FONDO solicite.            

  

Dichos informes mensuales de avance de obra deberán presentar la ponderación por valor de cada frente de trabajo (dedicación, recursos) Presentar informes mensuales de avance de Gestión del riesgo en relación con el área donde se ejecutan las obras, con referencia especial a fenómenos de remoción en masa y/o inundaciones. Realizar y presentar mensualmente el registro fotográfico, procurando mostrar desde un mismo punto el progreso o avance. Elaborar y presentar conjuntamente con el Interventor, actas parciales, final de obra y liquidación. Obrar con lealtad y buena fe, en las distintas etapas contractuales, sin dilaciones, ni entrabamientos que pueden presentarse durante la ejecución del contrato. Responder por el pago de los impuestos que cause la legalización y ejecución del contrato. Responder por el pago de los servicios públicos producto del consumo por la ejecución del objeto del contrato derivado del presente proceso, así como las adecuaciones de las redes, requeridas para la obtención del servicio. Ejecutar las obras de acuerdo con el programa general aprobado por la Interventoría. Retirar los materiales sobrantes y entregar las áreas intervenidas en perfecto estado y limpieza con periodicidad máxima de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la colocación de estos materiales. Invertir en forma inequívoca el anticipo en el objeto contractual con sujeción al plan de inversiones. Responder por todo daño que se cause a bienes, al personal que se utilice y a terceros en la ejecución del contrato. Mantener tanto el personal de vigilancia con las medidas de seguridad, en las áreas de intervención, en donde se realice la intervención. Garantizar las normas de seguridad industrial para la ejecución del contrato en los siguientes aspectos: 1) Elementos de seguridad industrial para obreros y todo el personal que interviene en cada una de las actividades; 2) Manipulación de equipos, herramientas, combustibles y todos los elementos que se utilicen para cumplir el objeto; 3) Todo el contenido de seguridad industrial debe acogerse a las normas vigentes; 4) Todo el personal deberá estar debidamente identificado con escarapela y uniformes. Responder por la buena calidad de los materiales y elementos utilizados para el cumplimiento del objeto del contrato. Mantener a todo el personal que labore en la obra debidamente identificado con carné y chaleco o prenda de vestir, para su inmediato reconocimiento. Practicar las medidas ambientales, sanitarias, forestales, ecológicas e industriales necesarias para no poner en peligro las personas, ni las cosas, ni el medio ambiente, respondiendo por los perjuicios que se causen. Esta obligación es extensiva a los subcontratistas y proveedores del CONTRATISTA.

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 Efectuar las reparaciones que sean necesarias a las áreas intervenidas, como consecuencia de    



los defectos de estabilidad y de las áreas contiguas que presenten deterioro, durante un período de un (1) año contado a partir de la entrega de las obras. Mantener la información técnica del proyecto en absoluta reserva de conformidad con el acuerdo de confidencialidad suscrito entre las partes. Coordinar la correcta ejecución de los contratos de suministros e instalación de la dotación estructural y el sistema de seguridad. Presentar en un plazo no mayor a los diez (10) días calendario siguientes a la aprobación de la garantía el flujo de inversión mensual en obra y el programa de inversión del anticipo. El CONTRATISTA, en el momento en que sea firmado el contrato, se pondrá en contacto con la Interventoría y el FONDO con el objeto de presentar, en un plazo máximo de diez (10) días, el programa detallado de obra a realizar por capítulos, a partir de los planos, documentos técnicos, las condiciones del sitio, utilizando una aplicación Software tipo Project o similar en un diagrama de barras, discriminado en semanas. Presentar dentro de los diez (10) días calendario, siguientes a la firma del contrato los siguientes programas: 1) aseguramiento de calidad; 2) seguridad industrial; 3) salud ocupacional; 4) Medidas de manejo ambiental. El programa de trabajo acordado será obligatorio para el CONTRATISTA quien no podrá modificarlo unilateralmente. La modificación del programa de trabajo deberá fundarse en causas plenamente justificadas y requerirá la aprobación escrita previa del Interventor y la verificación por parte del FONDO. En caso que el CONTRATISTA no cumpla con el programa de trabajo, el Interventor le podrá exigir por escrito el aumento del número de turnos, la jornada de trabajo y/o el equipo, y, en general, las acciones necesarias para el cumplimiento del programa de trabajo, sin que por la realización de tales acciones se genere costo adicional alguno para el FONDO. La renuencia del CONTRATISTA a adoptar las medidas exigidas se considera como incumplimiento de conformidad con lo establecido en el contrato. Tales requerimientos del Interventor no incrementarán el valor del contrato y estas condiciones se entienden aceptadas por el PROPONENTE con la entrega de la propuesta.

 Toda actividad de obra ejecutada que resulte, según el análisis de calidad, defectuosa o que no

cumpla las normas de calidad requeridas para el proyecto, ya sea por causas de los insumos o de la mano de obra, deberá ser demolida y remplazada por el CONTRATISTA bajo su costo, en el término de tiempo indicado por el Interventor o el FONDO.  Llevar una memoria diaria y/o bitácora, debidamente foliada, de todos los acontecimientos, sucesos y decisiones tomadas en la ejecución de los trabajos; registrar la visita de funcionarios que tengan que ver con el proyecto y demás acontecimientos que permitan la comprensión general de la obra y desarrollo de las actividades, de acuerdo con el cronograma de ejecución e inversión aprobado, la cual debe firmarse por los residentes de obra e interventoría y debidamente avalada periódicamente por los directores de obra e interventoría. Tienen acceso

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adicional a esta bitácora, los representantes del FONDO, bien sean funcionarios o contratistas delegados para ejercer la gerencia del proyecto. Instalar una (1) valla informativa en cada una de las obras que conforman el objeto de la presente convocatoria, acorde con las indicaciones del Fondo. Elaborar los planos record de todos los diseños, planos y demás, los cuales deberán ser entregados al FONDO con el visto bueno de la Interventoría, en el proceso de liquidación de la obra, en medio impreso y magnético bajo los mismos parámetros de los planos diseños entregados. Realizar durante todo el proceso de construcción el manual de operación y mantenimiento, en el cual deberá especificar los materiales de obra de permanente uso (vías de acceso, pisos, muros, cubiertas, aparatos y demás, así como de los equipos instalados) cómo funcionan, cómo se debe realizar su mantenimiento, y anexar el original de las garantías de todos los equipos. Este manual contendrá en una escala reducida pero legible, planos arquitectónicos, estructurales, hidrosanitarios y de equipos especiales. Todo lo anterior con la aprobación de la Interventoría. Mantener un sitio para el depósito de escombros que resulten de la construcción, autorizado por la entidad ambiental del lugar. Mantener indemne al FONDO de cualquier reclamación proveniente de terceros que tenga como causa sus actuaciones en desarrollo y ejecución del contrato. Contar en el sitio de la obra, y durante todo el tiempo de ejecución de la misma, con una oficina permanente, ubicada en la jurisdicción de las obras. Plan de calidad: El proponente adjudicatario de la Convocatoria, y para efectos de ejecutar la obra, deberá contar previamente con un plan de calidad, el cual tendrá que ser aprobado por la interventoría de la obra, y contar con el visto bueno del supervisor que delegue el FONDO, para el fin. Certificación de calidad de los materiales: El proponente adjudicatario de la Convocatoria, y para efectos de ejecutar la obra, deberá acreditar ante la firma interventora del contrato, la certificación de calidad de los materiales utilizados para la ejecución de la obra, y el plan metrológico de los equipos a utilizar. Aportar, como personal mínimo para la ejecución del contrato con dedicación del 100%, el siguiente personal: # Mínimo

Cargo

Formación Académica

1

Director de Obra

Ingeniero civil o sanitario.

2

Ingeniero Residente de Ingeniero civil o sanitario. obra.

2

Profesional experto en Un Profesional experto en Mitigación de riesgos, profesional con Mitigación de Riesgos título en ingeniería civil, o geólogo, o ingeniería geológica, o ingeniería de vías, con especialización en geotecnia o áreas afines al objeto de la presente convocatoria. Un profesional experto en Mitigación de riesgos, profesional con título en ingeniería civil, Ambiental, Sanitaria o ingeniería de vías, con especialización en Recursos hidráulicos, Hidrología o Hidráulica o áreas afines al objeto de la presente convocatoria

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OBLIGACIONES DEL FONFO ADAPTACIÓN En virtud del contrato que resulte de la presente Convocatoria Abierta, el FONDO se obliga a:  Vigilar el desarrollo y ejecución del contrato y exigir al CONTRATISTA el cumplimiento del mismo, a través del interventor del contrato y del supervisor del proyecto.  Formular sugerencias por escrito sobre observaciones que estime convenientes en el desarrollo del contrato, siempre enmarcadas dentro del término del mismo.  Pagar los trabajos contratados en la forma establecida en los presentes Términos y Condiciones Generales de Contratación. i.

Plazo de ejecución del contrato

El plazo de ejecución del contrato será de DIECINUEVE (19) MESES, contados a partir de la suscripción del acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y de ejecución. Dicho plazo está dividido en dos etapas que tendrán los siguientes plazos. Etapa de Pre - construcción: Plazo estimado de un (1) mes Etapa de Construcción: Plazo estimado de Dieciocho (18) meses. Si dentro del plazo no es posible ejecutar la totalidad de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, el contrato se prorrogará sin que haya lugar a adición del valor inicialmente pactado, en el entendido de que el valor del contrato remunera el ciento por ciento (100%) de las actividades aquí establecidas. Lo anterior sin perjuicio de las sanciones contractuales que haya lugar a imponer al CONTRATISTA. La Firma del acta de inicio, deberá hacerse siempre y en todo caso, dentro de los cinco (5) días siguientes a la legalización del contrato de obras que formalice la presente CONVOCATORIA, la cual deberá hacerse, esto es la legalización, a más tardar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su perfeccionamiento. j.

Interventoría

El FONDO mantendrá durante todo el tiempo que dure la ejecución del contrato hasta su liquidación respectiva, una interventoría definida por el FONDO ADAPTACIÓN para que verifique que la ejecución del contrato se ajuste a las especificaciones y normas del contrato, sin que esta interventoría releve al Contratista de su responsabilidad.

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k.

Supervisión

El FONDO realizará la supervisión a través de la dependencia designada en el contrato para ello, quien ejercerá el control y seguimiento de la ejecución del contrato; además velará por los intereses de la entidad y tendrá las funciones que por la índole y naturaleza del contrato le sean propias, entre otras:  Verificar que el contrato se encuentre legalizado, perfeccionado y listo para su ejecución;  Suscribir acta de inicio del contrato;  Verificar el cumplimiento de los términos de ejecución del contrato y las fechas de cumplimiento contractual;  Verificar el pleno cumplimiento por parte del CONTRATISTA del objeto y las obligaciones contenidas en el contrato;  Hacer seguimiento a los informes que deba rendir el contratista;  Impartir los cumplidos a satisfacción o cumplimiento de las reciprocidades del contrato;  Informar por escrito todos los actos y hechos constitutivos de incumplimiento por parte del CONTRATISTA, y en general, dar parte a ella de todas las actuaciones del mismo constitutivas de sanción o multa;  Entregar por escrito sus observaciones, recomendaciones o sugerencias, enmarcadas dentro de los términos del contrato, y siempre que sean pertinentes con relación a la correcta ejecución del mismo;  Solicitar las modificaciones al contrato cuando las condiciones del servicio lo requieran;  Certificar respecto al cumplimiento del CONTRATISTA, documento que se constituye en requisito previo para cada uno de los pagos que debe realizar el FONDO;  Sugerir al FONDO, en caso de ser necesario, la suspensión temporal del contrato;  Remitir al supervisor del proyecto designado por el FONDO el Acta de Inicio, tan pronto se suscriba esta;  Remitir mensualmente al supervisor del proyecto designado por el FONDO los informes presentados por el contratista junto con los anexos;  Liquidar el contrato suscribiendo con el ordenador del gasto las actas correspondientes.

4. DEFINICIONES TÉCNICAS a.

Bien o Servicio

Construcción de obra pública, de acuerdo con las especificaciones técnicas indicadas en el Anexo 1 – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS APLICABLES.

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b.

Perfil del contratista

Podrán participar como proponentes, bajo alguna de las siguientes modalidades, siempre y cuando cumplan las condiciones exigidas: Individualmente, como: (a) personas naturales nacionales o extranjeras, (b) personas jurídicas nacionales o extranjeras, que se encuentren debidamente constituidas, previamente a la fecha de cierre del proceso y; conjuntamente, en cualquiera de las formas de asociación previstas en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993, que acrediten la experiencia habilitante y específica requerida en los estudios previos. Las personas extranjeras, naturales o jurídicas, podrán presentar su oferta en forma directa o mediante apoderado que los represente en el proceso precontractual. En caso de resultar adjudicataria del proceso una persona extranjera, deberá cumplir a lo señalado en el Título VIII del Libro II del Código de Comercio Colombiano. c.

Equipo de trabajo

Para efectos de adelantar las obras objeto de la presente convocatoria, se ha contemplado un equipo mínimo de personal, el cual tendrá una dedicación del 100% durante el desarrollo de las mismas, de acuerdo con la siguiente relación: # Mínimo

Cargo

Formación Académica

1 2

Director de Obra Ingeniero civil o sanitario. Ingenieros Residentes Ingeniero civil o sanitario. de obra.

2

Profesionales expertos Un (1) Profesional experto en Mitigación de riesgos, profesional en Mitigación de con título en ingeniería civil, o geólogo, o ingeniería geológica, o Riesgos ingeniería de vías, con especialización en geotecnia o áreas afines al objeto de la presente convocatoria. Un 91) profesional experto en Mitigación de riesgos, profesional con título en ingeniería civil, Ambiental, Sanitaria o ingeniería de vías, con especialización en Recursos hidráulicos, Hidrología o Hidráulica o áreas afines al objeto de la presente convocatoria

El proponente favorecido deberá suministrar y mantener en la obra y en cada frente de trabajo el equipo puesto a punto y en operación necesario y suficiente, adecuado en capacidad, condiciones técnico-mecánicas características y tecnología, para cumplir con los programas, plazos y especificaciones técnicas y ambientales de la obra; asumiendo por lo tanto, los costos inherentes a la puesta en operación del equipo considerado en el análisis de los precios unitarios de la propuesta. d.

Ficha Técnica

El contrato se ejecutará de conformidad con las especificaciones de los presentes estudios previos, sus formatos y anexos.

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i.

Localización del Proyecto

Los dos (2) Proyectos objeto de la presente convocatoria, están localizados en el área urbana de la ciudad de Santiago de Cali – Valle del Cauca y corresponden a los siguientes sectores: Proyecto 1 Sector Sur en la ciudad, canal Carrera 50 entre calles 8C y 23, canal Carrera 39 entre Calles 11 y 13 y canal Periquillo - Calle 36 entre Carreras 40 y 42 A; Proyecto 2 – Zona de ladera (Comunas 1 y 20) de la ciudad con el mejoramiento del sistema de alcantarillado, en: Comuna 1: Sector Malvinas: calles 14/12 oeste entre avenidas 4a/4bis oeste, sector Aguacatal etapa 3: avenidas 6 oeste / 8 oeste entre calles 20 oeste y 24a oeste, y sector Aguacatal etapa 4: avenidas 5 oeste / 8 oeste entre calles 16 oeste y 20 oeste; en Comuna 20: barrio La Sultana: calle 23 oeste entre carreras 46a y 49b bis, barrio Lleras Camargo: carrera 51 oeste entre calles 13a y 13b, barrio El Cortijo: carrera 52 oeste entre calles 6a y 6b (se excluye los sectores ubicados en amenaza muy alta), barrio Siloe: carrera 50 entre calles 4 y 6a oeste,. barrio Siloe: calle 8 oeste entre carreras 43 y 44ª, barrio Siloe: calle 5 oeste entre carreras 40bis y 40d, barrio Lleras camargo: calle 11 oeste entre carreras 45 y 49a; calle 12 oeste entre carreras 46 y 48; carrera 46b entre calles 11 oeste y 12 oeste Los planos de localización general de cada proyecto se pueden ver el Anexo 1 de la presente convocatoria. ii.

Glosario

Para los fines de la convocatoria, a menos que expresamente se estipule de otra manera, los términos que se definen a continuación tendrán el significado que a ellas se les asigna. Las palabras técnicas o científicas que no se encuentren definidas expresamente en los estudios previos o en los términos y condiciones para contratar, tendrán los significados que les correspondan según la técnica o ciencia respectiva y las demás palabras se entenderán en su sentido natural y obvio, según el uso general de las mismas: -

-

-

-

Acta de vecindad: Es el documento y anexo fotográfico de registro detallado del estado actual, funcional y de mejoras existentes (infraestructura, viviendas, bodegas, sistemas de riego, pozos, etc.) de los predios que potencialmente pueden ser afectados por la construcción y operación del proyecto. Actualización de estudios y diseños: Son todas y cada una de las actividades que el adjudicatario en conjunto con la interventoría requiera realizar a los estudios y diseños existentes para que cumplan con las especificaciones, normatividad vigente y se adapte a las características actuales del proyecto objeto de la presente convocatoria. Adenda(s): Documentos que se expedirán con el fin de explicar, aclarar, agregar o modificar los Términos y Condiciones Contractuales, sus Anexos o Apéndices con posterioridad a la apertura del presente proceso, e integran con los Términos y Condiciones Contractuales un todo, por ende, tienen igual validez y el mismo carácter vinculante. Adjudicación: Decisión emanada del FONDO por medio de un acto administrativo, que determina el adjudicatario del presente proceso. Adjudicatario(a): Proponente a quien se le adjudica el proceso, por haber presentado una

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iii.

propuesta que cumple con lo requerido en los Términos y Condiciones Contractuales y se considera en relación con las demás, la propuesta más conveniente en el proceso de selección. Anexos: Es el conjunto de formatos y documentos que se adjuntan a los Términos y Condiciones Contractuales y que hacen parte integral del mismo. Alcance del contrato: Son todas las actividades y obras necesarias para cumplir con el objeto del contrato. Las actividades contenidas en el alcance del contrato son obligaciones del adjudicatario. CONTRATISTA: Adjudicatario que suscribe el Contrato derivado del presente proceso. Especificaciones: Procesos y procedimientos técnicos generales o particulares, según el caso a los que se debe ceñir el CONTRATISTA durante la ejecución de las obras, para obtener los resultados objeto del contrato. Proponente: Es la persona jurídica o natural o Estructura Plural, que presenta una Propuesta para participar en el proceso de selección que se rige a través de los TCC. Propuesta Admisible: Es aquella Propuesta presentada por un Proponente que además de cumplir con los requisitos legales, técnicos y financieros señalados en estos TCC, cumple con los criterios de evaluación señalados en los mismos. Propuesta rechazada: Es aquella Propuesta presentada por un Proponente que incurra en alguna de las causales de rechazo establecidas en los TCC. Propuesta: Se entiende por tal aquella oferta con carácter irrevocable, presentada conforme a los requisitos establecidos en los TCC; debidamente suscrita por quien goza de la representación del proponente y acompañada de una garantía de seriedad de la misma. SMLMV: Se entenderá como salarios mínimos legales mensuales vigentes. Documentos

Son documentos integrantes de la convocatoria abierta, los presentados en el Anexo 1, dentro de los cuales se encuentran los siguientes:  Planos de diseño de las obras a ejecutar.  Estudios y diseños de las obras, elaborados por las EMPRESAS MUNICIPALES DE CALI EICE ESP, que incluye:  Diagnóstico de de cada uno de los proyectos  Memorias de cálculo Hidráulico y estructural de cada proyecto  Estudios de suelos de cada proyecto  Información topográfica de cada proyecto  Especificaciones técnicas de construcción de cada proyecto  Plan de manejo Ambiental de cada proyecto  Otros anexos soporte de diseño de cada proyecto  Informe de Gestión de Riesgos.

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iv. Aspectos Técnicos Los trabajos objeto del presente proceso deberán ejecutarse de conformidad con la normatividad técnica vigente para obras de construcción de este tipo de proyectos y con las especificaciones generales y especificaciones técnicas específicas incluidas en los presentes Términos y Condiciones Contractuales, así como las normas aplicables que se mencionan a continuación: -

Fondo de Normas Técnicas ICONTEC American Society for Testing and Materials ASTM American Concrete Institute ACI Portland Cement Association PCA Reglamento Técnico del sector de Agua Potable y Saneamiento – RAS 2000

En caso de discrepancias entre las especificaciones, el CONTRATISTA informará sobre ello al Interventor, quien decidirá conjuntamente con el FONDO, sobre la prelación entre estos documentos. v.

Visita de los Sitios

No se programa visita obligatoria a los sitios de intervención de la presente convocatoria, no obstante, el proponente por su cuenta y con el fin de estructurar su propuesta, según lo considere necesario, inspeccionará y examinará el sitio y los alrededores de la obra y se informará, sobre la forma y características del sitio (Recursos ambientales y especies animales nativas), las cantidades, localización y naturaleza de la obra y la de los materiales necesarios para su ejecución, transporte, mano de obra, y, de manera especial las fuentes de materiales para su explotación junto con los volúmenes de explotación, vías internas de explotación y vías de acceso a las mismas, zonas de botaderos, las vías de acceso al sitio y las instalaciones que se puedan requerir, las condiciones ambientales y sociales del área de influencia, las cuales debe considerar para el desarrollo y manejo ambiental del proyecto, en especial cuando se establezca presencia de minorías étnicas, caso en el cual debe asegurarse de cumplir con la normatividad especial que rige para la explotación de recursos naturales en jurisdicción de los territorios legalmente constituidos a su favor, o evitar cualquier intervención que obvie el procedimiento de Consulta Previa establecido en el Decreto 1320 de 1998, y, en general, sobre todas las circunstancias que puedan afectar o influir en el cálculo del valor de su propuesta. Es responsabilidad del proponente familiarizarse con los detalles y condiciones bajo los cuales serán ejecutados los trabajos, así como de los riesgos previsibles de la obra, pues su desconocimiento o falta de información no se considerará como excusa válida para posteriores reclamaciones. vi. Autocontrol de Calidad El CONTRATISTA desarrollará la obra a partir de una cuidadosa planeación de la misma aplicando buenas prácticas de ingeniería para lograr obras en armonía con el entorno natural en el que se

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desarrollan. El proponente preverá y asumirá en sus costos que, para la ejecución de la obra, debe disponer de un equipo de laboratorio completo para realizar los ensayos y las mediciones requeridas para asegurar la calidad de los trabajos. vii. Señalización en la Zona de las Obras y Vallas de Información El proponente deberá mantener la señalización de obra y las vallas informativas y demás dispositivos de seguridad y de comunicación para garantizar el normal y buen desarrollo de las obras. viii. Personal para la obra El valor de la oferta deberá incluir los costos inherentes a la obligación de mantener durante la ejecución de las obras y hasta la entrega total de las mismas a satisfacción del FONDO, todo el personal idóneo y calificado de directivos, profesionales, técnicos, administrativos y obreros – mano de obra no calificada - que se requieran. Por lo tanto, el proponente tendrá en cuenta lo siguiente:  Cumplir con el personal profesional mínimo solicitado en los estudios previos, sus anexos y apéndices y en los términos y condiciones contractuales.  Cumplir con el personal necesario para cada frente de trabajo  El personal necesario para ejecutar el contrato debe ser mano de obra directa.

5. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN E IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO QUE SE PRETENDE CELEBRAR La contratación tiene como fundamento jurídico lo consagrado en el artículo 7 del Decreto 4819 de 2010 y el Decreto 2962 de 2011, modificado por el Decreto 4808 de 2011. Artículo 7 Decreto 4819 de 2010, el cual establece: “Régimen Contractual. Los contratos que celebre el Fondo para el cumplimiento de su objeto, cualquiera sea su índole o cuantía, se regirán por el derecho privado y estarán sujetos a las disposiciones contenidas en los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, dando aplicación a los artículos 14 a 18 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007. El Consejo Directivo, podrá determinar las cuantías y casos en los cuales sea necesario adelantar procesos de selección que garanticen la participación pública. Parágrafo. El Gobierno Nacional reglamentará todas las condiciones para la contratación del Fondo que permitan mayor eficiencia en la recuperación, construcción y reconstrucción por el fenómeno de "La Niña", garantizando el cumplimiento de los principios constitucionales y legales citados en el presente artículo.”

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El artículo 4 del Decreto 2962 de 2011, modificado por el artículo 1 del Decreto 4808 de 2011, establece los procedimientos de selección del FONDO y consagra entre ellos la convocatoria abierta como uno de los principales: “PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN. EL FONDO adelantará la contratación necesaria para el cumplimiento eficiente y eficaz de su objeto, con observancia de los principios consagrados en el artículo 10 del presente decreto y haciendo uso de los siguientes procedimientos de selección: (…) 3. Convocatoria Abierta. Procedimiento en que se reciben ofertas de cualquier proponente que cumpla con las condiciones de la respectiva necesidad que se pretende satisfacer y se selecciona entre ellas con base en factores objetivos definidos previamente por EL FONDO ADAPTACIÓN. Los principales procedimientos de selección que se utilizarán por parte de EL FONDO serán la Convocatoria Abierta y la Convocatoria Cerrada.” 6. ANÁLISIS QUE SOPORTA EL VALOR ECONÓMICO ESTIMADO DEL CONTRATO El análisis técnico y económico que soporta el valor estimado del contrato, se basó en la totalidad de documentos entregados al FONDO por parte de las EMPRESAS MUNICIPALES DE CALIA EICE ESP- EMCALI con lo cual se realizó la evaluación y aprobación del proyecto desde el punto de vista Técnico, Económico, Financiero, Ambiental y de Gestión del Riesgo y Social. La evaluación económica realizada a cada uno de proyectos evidenció que los precios unitarios presentados con vigencia 2013 y que soportan el valor oficial del proyecto objeto de la presente convocatoria, están acordes con el mercado y con las características propias de la región. Las actividades, cantidades de obra y precios unitarios de cada uno de los dos (2) proyectos, se relacionan en el ANEXO 5 – CANTIDADES DE OBRA Y PRESUPUESTO OFICIAL y se resumen a continuación: MUNICIPIO

NOMBRE DEL PROYECTO

VALOR

CALI

Proyecto No. 1 RECONSTRUCCION Y MEJORAMIENTO HIDRAULICO DE CANALES PARA MITIGAR INUNDACIONES POR TEMPORADA INVERNAL EN EL SECTOR SUR EN LA CIUDAD DE SANTIAGO DE CALI

$10.943.720.197

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MUNICIPIO

NOMBRE DEL PROYECTO

VALOR

CALI

Proyecto No. 2 RECONSTRUCCION Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO PARA PREVENCIÓN DE DESLIZAMIENTOS EN LA ZONA DE LADERA (COMUNA 1 Y 20) DE LA CIUDAD DE SANTIAGO DE CALI EN EL DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA

$4.424.176.356

Valor Total

$15.367.896.553

Por lo anterior, el valor económico de la presente convocatoria es de QUINCE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS M/cte. ($15.367.896.553), incluidos todos los impuestos, tasas y contribuciones que ocasione la celebración, ejecución y liquidación del contrato que se derive. 7. JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITAN IDENTIFICAR LA OFERTA MAS FAVORABLE 7.1 Condiciones Mínimas Habilitantes (capacidad jurídica, financiera y técnica) El FONDO verificará los requisitos habilitantes, que constituyen el mínimo de exigencias jurídicas, financieras y técnicas que, de acuerdo con la naturaleza del contrato a suscribir, se consideran indispensables para participar en el proceso de selección; de tal forma que las cualidades de los interesados atiendan de manera adecuada los requerimientos del contrato. El resultado de la verificación indicará si cada propuesta está HABILITADA o NO ESTÁ HABILITADA. FACTOR DE VERIFICACIÓN Capacidad Jurídica Capacidad Financiera Capacidad Técnica

a.

Proponente Director de obra

MÉTODO DE EVALUACIÓN Verificación de Cumplimiento Verificación de Cumplimiento

RESULTADO DE LA VERIFICACIÓN Habilitado/No habilitado

Verificación de Cumplimiento

Habilitado/No habilitado

Habilitado/No habilitado

Capacidad Jurídica

La capacidad jurídica comprende el cumplimiento de los siguientes requisitos:  Manifestación expresa, clara e irrevocable de presentar oferta o propuesta.

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 Firma, o aval, de la propuesta por un ingeniero inscrito en el Registro Profesional de ingeniería civil y con tarjeta de matrícula profesional en esa rama de la ingeniería.  Estar al día, de conformidad con las disposiciones del artículo 50 de la Ley 789 de 2002, con las obligaciones para con los sistemas de salud, pensiones y con el pago de los aportes a las Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF.  Garantizar la seriedad de la propuesta.  No encontrarse reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República, de acuerdo con las disposiciones del artículo 60 de la Ley 610 de 2000  No presentar antecedentes disciplinarios vigentes que impidan participar en la convocatoria y celebrar el contrato correspondiente.  No tener antecedentes judiciales que impidan participar en el convocatoria y celebrar el contrato correspondiente.  Estar inscrito en el RUT, siempre que se trate de proponentes sujetos de obligaciones administradas y controladas por la DIAN. i.

Modo de acreditar la capacidad jurídica

Con el fin de acreditar la capacidad jurídica requerida para participar en esta convocatoria, los proponentes deben integrar el Sobre N° 1 de su propuesta con los siguientes documentos:  Carta de presentación de la propuesta Firmada por el proponente, su representante legal o su apoderado, indicando en ella su manifestación expresa de participar en la convocatoria, así como su conocimiento y conformidad con las reglas para participar en el proceso y con las condiciones del respectivo contrato, según modelo que se adjunta a estos términos, Formato 1. Además, la carta debe contener el nombre o razón social, la dirección, el número telefónico, el FAX y la dirección electrónica del proponente. La presentación de esta carta no implica el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos en estas reglas, ni supone el ofrecimiento de unos y otros. La firma de la carta de presentación de la propuesta permitirá presumir la aprobación y conocimiento de estos Términos y Condiciones Contractuales, de sus anexos y de la demás información relacionada con el proceso de contratación. Cuando el proponente, su representante o apoderado no tengan la condición de ingeniero civil y siempre que el proponente sea extranjero la carta de presentación de la propuesta debe avalarla, de conformidad con las disposiciones de la Ley 842 de 2003, un ingeniero civil inscrito o matriculado en el Registro Profesional de Ingenieros Civiles.  Fotocopia del documento de identidad La propuesta debe integrarse con una fotocopia de la cédula de ciudadanía o del documento de identidad del proponente, de su representante o de su apoderado.

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 Certificado de existencia y representación legal de las personas jurídicas Si el proponente es una persona jurídica nacional, extranjera con sucursal en Colombia, o está integrado por una o varias de éstas, debe acreditar su existencia y representación legal, o la de sus integrantes, mediante la presentación del certificado expedido, dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha del cierre de este proceso de contratación, por la Cámara de Comercio del lugar de su domicilio. Asimismo, las personas jurídicas extranjeras que no desarrollen actividades permanentes en Colombia deben acreditar su existencia y representación legal mediante la presentación del certificado correspondiente expedido, dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha del cierre de este proceso de contratación, por la autoridad o entidad competente del país de su domicilio. En todo caso, las personas jurídicas deben acreditar, mediante el citado certificado, que su objeto social tiene relación directa con el de la presente convocatoria o que lo incluye entre sus actividades principales y, asimismo, que la duración de la sociedad comprende el plazo del contrato objeto de esta convocatoria y cinco (5) años más. Si el proponente es una entidad sin ánimo de lucro, debe presentar el correspondiente certificado expedido por la Cámara de Comercio, con no más de treinta (30) días calendario de antelación a la fecha del cierre del presente proceso de contratación. De igual manera debe anexar el reconocimiento de la personería jurídica expedido por DANSOCIAL y/o entidad competente. Las personas jurídicas cuyos representantes legales tengan limitaciones para comprometerla o contratar a su nombre, deben presentar, además, copia del acta de la junta de socios o de la junta directiva o, en su defecto, certificado de la secretaría de la junta, según el caso, en el que conste que el representante legal está Facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato en el evento en que se le adjudique.  Fotocopia de la tarjeta de matrícula profesional de ingeniero Civil De conformidad con las disposiciones del inciso 1, artículo 20, de La Ley 842 de 2003, la propuesta debe contener fotocopia de la tarjeta de matrícula profesional o del certificado de inscripción en el Registro Profesional de Ingenieros Civiles del proponente, de su representante o de su apoderado o del ingeniero civil que avale la propuesta.  Documento de conformación del consorcio o de la unión Temporal Cuando la propuesta se presente en consorcio o en unión temporal, ninguno de sus integrantes podrá tener una participación, en la propuesta y en la ejecución del contrato, menor al treinta y tres con tres porciento (33,3%) y cada uno de ellos debe presentar los documentos que, según el caso, correspondan a su naturaleza de persona natural o jurídica

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Los consorcios y las uniones temporales deben presentar el documento de constitución de la correspondiente forma asociativa, de acuerdo con el modelo suministrado en estos Términos, Formato 6, en el cual conste, por lo menos, la siguiente información: 1. Nombre y domicilio de los constituyentes de la forma asociativa. 2. La modalidad de asociación, o sea si la participación de los proponentes es a título de consorcio o unión temporal y, en este último caso, deben indicar los términos, porcentaje y extensión de la participación de cada uno de los integrantes en la propuesta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán modificar sin el consentimiento previo del FONDO. En el evento en que los constituyentes de la forma asociativa no indiquen claramente si se trata de un consorcio o de una unión temporal, el FONDO entenderá que, para todos los efectos, se trata de un consorcio. 3. El objeto del consorcio, unión temporal o, en general, de la forma asociativa, el cual debe coincidir con el de la presente Convocatoria. 4. La designación de un representante del consorcio o de la unión temporal, con la indicación de las Facultades que los integrantes de la asociación le confieren y la designación de un suplente que lo remplace en los casos de ausencia temporal o definitiva. 5. Las reglas básicas que regulan las relaciones entre los integrantes del consorcio o de la unión temporal. 6. La duración del consorcio o de la unión temporal, la cual no podrá ser inferior al plazo de ejecución y liquidación del contrato que se derive de este proceso de contratación y un (1) año más. 7. Quién librará la(s) factura(s) por la ejecución de la obra objeto del contrato derivado de este proceso de contratación. Si la(s) factura(s) las va a extender uno de los integrantes del consorcio o de la unión temporal, en representación de éstos, es necesario que se informe el número del NIT correspondiente. Si cada uno de los integrantes, separadamente, extenderá las facturas correspondientes, deben informar el número del NIT de cada uno y el porcentaje de su participación en el valor del contrato. En caso de que sea el consorcio o la unión temporal quien vaya a extender la(s) Factura(s), deben informar el NIT de la asociación y señalar el porcentaje o valor del contrato que corresponda a cada uno de los integrantes, el nombre o razón social y el NIT de cada uno de ellos. El documento en el que se exprese la voluntad de presentar la oferta en consorcio o unión temporal debe acompañarse de los documentos que acrediten que quienes lo suscriben tienen la representación y capacidad necesarias para constituir la forma asociativa. (Certificados de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio, actas de junta directiva y poderes). Una vez constituido el consorcio o la unión temporal, sus integrantes no podrán ceder o transferir su participación en el contrato de asociación, ni modificar los términos de su participación en aquél,

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salvo en el evento en que el FONDO lo autorice previamente y por escrito en los casos en que legalmente está permitido. Los aspectos relacionados con la participación de consorcios y de uniones temporales en este proceso y con la ejecución del contrato derivado de esta convocatoria por cualquiera de dichas modalidades de asociación, no regulados en estas reglas, se regirán por las disposiciones pertinentes del Estatuto de Contratación Administrativa.  Poderes Los proponentes pueden presentar ofertas por sí mismos o por intermedio de apoderado, evento en el cual deben adjuntar a la oferta el poder correspondiente, otorgado en legal forma, en el cual consten de manera clara y expresa las Facultades específicas conferidas al apoderado para actuar y obligar a su(s) representado(s). El apoderado podrá ser una persona natural o jurídica, pero, en todo caso, debe tener domicilio permanente, para efectos de este proceso, en la República de Colombia. Las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia y las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia deben constituir un apoderado domiciliado en este país y acreditar esta circunstancia adjuntando a su propuesta el poder correspondiente. El apoderado debe estar debidamente Facultado para presentar la oferta y comprometer a su(s) representado(s) en las diferentes instancias de la convocatoria, ejecutar los actos y suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, incluido el respectivo contrato, suministrar la información que le sea solicitada y para representarlas judicial o extrajudicialmente.  Certificación de cumplimiento de obligaciones con los sistemas generales de seguridad social integral y aportes parafiscales De conformidad con las disposiciones del artículo 50 de la Ley 789 de 2002, los proponentes deben estar al día con las obligaciones de los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y con el pago de los aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y, cuando corresponda, al Servicio Nacional de Aprendizaje, condiciones estas que acreditarán: 1. Las personas jurídicas nacionales y las extranjeras con sucursal en Colombia, mediante la presentación de la constancia de los pagos al sistema de seguridad social integral y parafiscales, expedida por su revisor fiscal — si, de acuerdo con la ley, están obligadas a tenerlo— o por su representante legal, mediante la cual uno u otro certifiquen que, dentro de los seis (6) meses anteriores al cierre de la presente convocatoria, aquellas personas han cumplido con el pago de sus aportes y el de sus empleados, si los tuvieren, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y a las cajas de compensación Familiar, SENA e ICBF. Cuando la certificación la expida el revisor fiscal, también debe adjuntarse a la

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propuesta la certificación vigente de los antecedentes disciplinarios de este, expedida por la Junta Central de Contadores. Las personas jurídicas, nacionales o extranjeras con sucursal en Colombia, que no tengan más de seis (6) meses de constituidas deben acreditar el cumplimiento de las obligaciones de que trata este numeral desde la fecha de su constitución. En el evento en que estas mismas personas se encuentren en curso de un acuerdo de pago, respecto de cualquiera de las obligaciones a las que se refiere este numeral, deberán manifestarlo, hacer constar el cumplimiento de dicho acuerdo y acreditar ambas circunstancias aportando copia del respectivo acuerdo y del comprobante soporte del pago del mes anterior al del cierre de esta convocatoria. Las personas jurídicas extranjeras que no desarrollen actividades permanentes en Colombia no están sujetas al requisito de que trata este numeral. 2. Las personas naturales, mediante la presentación de su propia declaración escrita, la cual se entenderá hecha bajo la gravedad del juramento, de que se encuentran al día en el pago de sus aportes, y el de sus empleados, si a ello hubiere lugar, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y, cuando corresponda, al Servicio Nacional de Aprendizaje. 3. Los consorcios y las uniones temporales, mediante la presentación de la certificación de cada uno de sus integrantes, según la naturaleza jurídica de estos.  Garantía de seriedad de la propuesta Los proponentes deben garantizar la seriedad de sus ofrecimientos mediante cualquiera de los mecanismos de cobertura del riesgo establecidos en el Decreto 734 de 2011. Para este efecto, constituirán a su costa y adjuntarán a la propuesta la correspondiente garantía de seriedad que cubra los perjuicios ocasionados por: i) el retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de ésta, ii) la no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad, cuando se requiera, iii) la no suscripción del contrato derivado de este proceso y iv) la falta de constitución de la garantía de cumplimiento del contrato. La garantía debe constituirse por el proponente o, tratándose de ofertas plurales, por todos y cada uno de sus integrantes, a favor del FONDO ADAPTACIÓN NIT 900.450.205-8, por valor equivalente, como mínimo, al diez por ciento 10% del presupuesto oficial establecido por el FONDO ADAPTACIÓN para este proceso de contratación, estar vigente por noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha del cierre de este mismo proceso y, en caso de prorrogarse el término para la adjudicación del contrato correspondiente, mantenerse vigente por el término adicional que indique el FONDO ADAPTACIÓN.

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Los aspectos relacionados con la garantía de seriedad de la oferta que no se encuentren regulados en estas reglas, se regirán por las disposiciones pertinentes del Decreto 734 de 2012 o de las normas que lo modifiquen o sustituyan.  Certificado de antecedentes fiscales de la Contraloría General de la República y Certificado de antecedentes de la Procuraduría General de la Nación Con el fin de verificar si los proponentes o, en el caso de los consorcios y uniones temporales, sus integrantes, tienen antecedentes fiscales o disciplinarios que los inhabiliten para participar en esta convocatoria o celebrar el contrato correspondiente, el FONDO consultará el Boletín de Responsables Fiscales y el –SIRI-, en cumplimiento de las disposiciones del inciso 3, artículo 60, de la Ley 610 de 2000 y de la Ley 90 de 1995, e imprimirá la certificación o constancia correspondiente.  Registro Único Tributario (RUT) De conformidad con las disposiciones del Decreto 2788 de 2004, los proponentes, o sus integrantes, que, de acuerdo con las normas vigentes, sean sujetos de obligaciones administradas y controladas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN deben estar inscritos en el Registro Único Tributario y acreditarlo mediante la presentación del respectivo certificado.  Inscripción Registro de Proveedores (RPFA) Estar inscrito antes de presentar la oferta, en el Registro de Proveedores del Fondo Adaptación (RPFA), el cual obliga a realizar el proceso de nominación, evaluación, calificación, registro y seguimiento ante el consorcio 5INKO que fue elegido mediante convocatoria para administrar y operar el registro de proveedores y contratistas del FONDO. Dicho proceso se debe realizar en el siguiente link: www.fondoadaptacion.gov.co (pestaña Contrataciones – Teléfonos en Medellín (57-4) 5132983 / 5132402). 1. La propuesta debe adjuntar la constancia de inscripción emitida por el Consorcio 5INKO en donde conste que el oferente está inscrito en el RPFA. 2. Los oferentes deben tener en cuenta que el trámite de INSCRIPCIÓN en el registro de proveedores tarda entre 5 y 7 días, por lo tanto es el primer trámite que debe iniciar al empezar a elaborar su oferta. 3. El oferente autoriza al Consorcio 5INKO para que realice la verificación de la información aportada y para que adelante auditorías de campo, en caso que el FONDO las solicite para confirmar información puntual. 4. La información aportada por los oferentes ganadores de las convocatorias será actualizada trimestralmente a solicitud del FONDO, o anualmente por procedimiento establecido al Consorcio.

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5. El sistema de puntaje asignado al proveedor, consultor o constructor será actualizado cada vez que se ejecute un contrato o cuando se modifique alguna de las variables de la fórmula, con base en el informe presentado por los Gerentes de Proyecto, Interventores y si existen informes de la Auditoría Técnica Integral Preventiva (ATIP). 6. Todos los actos desarrollados por el FONDO están sujetos a los mecanismos de control ejercidos por los entes de control del estado y por las auditorias internas del FONDO (ACIP y ATIP). 7. El Contratista entiende, acepta y se obliga a utilizar los sistemas de información en las versiones que éste defina, las prácticas de seguridad, calidad, oportunidad e integridad de información, y las guías de interoperabilidad, continuidad, documentales y las métricas que señale el FONDO, con base en los instructivos de operación que se le impartan. 8. El manual y guía del registro de proveedores están disponibles al público en el siguiente enlace: www.fondoadaptacion.gov.co/registroproveedores. El Fondo verificará el cumplimiento de la capacidad jurídica de los proponentes mediante la revisión y estudio de los documentos aportados por estos para acreditarla y les asignará calificación de HABILITADO o NO HABILITADO, según que cumplan o no las condiciones y requisitos jurídicos descritos anteriormente. b.

Capacidad Financiera

En este proceso de contratación podrán participar las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, en forma individual o conjunta que cumplan los índices financieros que se establecen a continuación: i.

Capital de Trabajo: CT = AC – PC

Donde: CT = Capital de trabajo del proponente AC = Activo corriente del proponente PC = Pasivo corriente del proponente CT ≥ 25% del Presupuesto Oficial El capital de trabajo de los consorcios y de las uniones temporales se calculará de la siguiente manera: Para que la propuesta sea considerada hábil, el capital de trabajo ponderado de acuerdo a su participación en la propuesta debe ser igual o superior al 25% del Presupuesto oficial, el cual se calculará de la siguiente manera:

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CT =  CTi * Pi Donde,  CTi = Sumatoria de capital de trabajo de los miembros de la Estructura Plural CT = Capital de trabajo de la Estructura Plural CTi = Capital de trabajo de cada uno de los miembros de la Estructura Plural. Pi = Porcentaje de Participación de cada oferente dentro de la Estructura Plural (no menor al 33,3%) Condición: Los proponentes cuyo Capital de Trabajo sea mayor o igual al 25% del presupuesto oficial, obtendrán la calificación HABILITADO. Cuando el Capital de Trabajo de los proponentes sea inferior al 25% del presupuesto oficial, obtendrán calificación NO HABILITADO. ii.

Nivel de endeudamiento: NE = PT / AT

Donde: NE = Nivel de Endeudamiento del proponente PT = Pasivo Total del proponente AT = Activo Total del proponente NE ≤ 70% Condición: Los proponentes con Nivel de Endeudamiento menor o igual al 70%; obtendrán calificación HABILITADO. Los proponentes cuyo Nivel de endeudamiento sea mayor al 70%; obtendrán calificación NO HABILITADO. El Nivel de Endeudamiento de los consorcios y de las uniones temporales se calculará así: NE = PT/AT Donde: NE = Nivel de Endeudamiento de los integrantes del consorcio o unión temporal. PT = Pasivo Total Integrante 1 + Pasivo Total Integrante 2 + … AT = Activo Total del Integrante 1 + Activo Total Integrante 2 + …

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El endeudamiento de los participantes que se presenten bajo la modalidad de Unión Temporal o Consorcio será calculado de forma independiente para cada uno de los integrantes. Para que la Propuesta sea considerada hábil el endeudamiento de cada integrante debe encontrarse en el rango de los siguientes indicadores financieros mínimos aceptables. Condición: Si NE ≤ 70%; la propuesta obtendrá calificación HABILITADO. Si NE > 70%; la propuesta obtendrá calificación NO HABILITADO. iii.

Relación de patrimonio

Representa la relación del presupuesto oficial con el patrimonio del proponente, brindando garantía de respaldo para la ejecución del mismo. Relación de Patrimonio = Valor del presupuesto oficial /Patrimonio. Donde: Patrimonio = Activo total – Pasivo total La Relación de Patrimonio debe ser menor a tres. Tratándose de consorcios o uniones temporales, este índice se calculará con base en la sumatoria de los patrimonios de todos los integrantes de la modalidad de asociación correspondiente. iv.

Modo de acreditar la Capacidad Financiera

La información financiera se verificará con los documentos aportados por el proponente al momento de realizar su inscripción en el Registro de Proveedores del Fondo Adaptación (RPFA). El Fondo verificará el cumplimiento de la capacidad financiera de los proponentes mediante la consulta, revisión y estudio de los documentos aportados por aquellos para inscribirse en el RPFA y les asignará calificación de HABILITADO o NO HABILITADO, según que cumplan o no las condiciones y requisitos establecidos anteriormente. Cuando el Fondo Adaptación requiera confirmar información adicional de los Proponentes, podrá solicitar los documentos que considere necesarios para el esclarecimiento de la información, tales como estados financieros del ejercicio acreditado, estados financieros de años anteriores, anexos específicos o cualquier otro soporte. Así mismo, podrá requerir las aclaraciones que considere necesarias, sin que las aclaraciones o documentos que los Proponentes alleguen a solicitud del Fondo Adaptación, puedan modificar, adicionar o complementar la Propuesta.

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c.

Capacidad Técnica

La revisión de la información de la capacidad técnica habilitante del proponente no otorgará puntaje alguno, solamente determinará si la propuesta está HABILITADA o NO ESTÁ HABILITADA mediante la verificación de los siguientes requisitos: En el presente proceso de contratación pueden participar las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, en forma individual o conjunta que se encuentren inscritas en el Registro de Proveedores del FONDO, con experiencia general en la construcción de obras civiles durante los quince (15) años anteriores a la fecha de cierre de la presente convocatoria y experiencia específica, según el detalle que se establece en el acápite correspondiente, durante los quince (15) años anteriores a la fecha de cierre de la presente convocatoria. Asimismo, constituye requisito habilitante de orden técnico la presentación y ofrecimiento de un director de obra. i. Modo de acreditar la Capacidad Técnica El proponente debe diligenciar y presentar con la propuesta los siguientes formularios, con sus respectivos documentos soporte cuando así corresponda: • Formato 3 "Experiencia General Habilitante del Proponente‖ • Formato 4 "Experiencia Específica Habilitante del Proponente‖ Para efectos de acreditar la experiencia, el proponente debe tener en cuenta los siguientes aspectos:  Experiencia General, Específica Habilitante del Proponente y del personal del Proponente El Fondo constatará la información reportada en el Formato 3 "Experiencia General Habilitante del Proponente‖ y Formato 4 "Experiencia Específica Habilitante del Proponente‖‖ con los documentos aportados por los contratistas o por sus integrantes para inscribirse en el RPFA; por lo tanto, es responsabilidad de los participantes asegurarse de que su inscripción en el citado Registro incluya la información y datos necesarios para demostrar la experiencia que pretende hacer valer, tales como, el objeto de los contratos, las fechas de su celebración, inicio y vencimiento o terminación del plazo correspondiente, el nombre del contratista, el valor ejecutado del contrato, el porcentaje de participación del contratista en la ejecución del correspondiente contrato, etc. En caso de no estar los contratos debidamente inscritos en el RPFA, la experiencia general y específica, deberán acreditarse por certificación expedida de la entidad contratante, en la que conste la ejecución y terminación del contrato, así como la precisa participación del proponente. No se

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aceptarán experiencias y/o certificaciones donde la participación del interesado haya sido como subcontratista. Para certificar la experiencia NO se aceptarán contratos; sin embargo, el FONDO se reserva el derecho de solicitarlos demás documentos adicionales en caso de considerarlo necesario. Las certificaciones que acrediten la experiencia general y específica de los proponentes por trabajos realizados fuera de la República de Colombia deberán estar consularizados y/o apostillados, de conformidad con los requisitos nacionales de validación para documentos expedidos en el exterior. La acreditación de los valores de los contratos ejecutados a través de las certificaciones como experiencia general y experiencia específica se actualizará en SMMLV al año de terminación de los contratos. En caso que dicha experiencia se haya obtenido dentro de una figura de asociación (Consorcio, Unión Temporal u otra) sólo se validará al proponente la cuantía del contrato ejecutado, según su porcentaje de participación. Cuando la propuesta se presente en consorcio o unión temporal, se obtendrá de la sumatoria de experiencia de todos los integrantes para cada requisito. En todo caso, para efecto de verificación solamente se tendrán en cuenta el número de proyectos definidos en el presente documento. Cuando un proponente suministre información referida a su participación en un consorcio o unión temporal, el FONDO considerará para efecto de la verificación de las condiciones de experiencia, el porcentaje de participación establecido en el documento de constitución respectivo o certificación allegada con la propuesta. El proponente deberá acreditar un personal mínimo para garantizar la ejecución del contrato. 1. Experiencia general habilitante del Proponente El proponente debe acreditar su experiencia general habilitante mediante certificaciones escritas expedidas por sus contratantes, en las cuales conste la terminación de máximo tres (3) contratos de construcción de obras civiles, celebrados con personas de derecho público y/o mixtas y/o empresa prestadora u operadora de servicios de Acueducto y/o Alcantarillado, ejecutados en los quince (15) años anteriores a la fecha de cierre de la presente convocatoria y cuyos valores, sumados, asciendan, por lo menos, al cincuenta por ciento (50%) del presupuesto oficial de la presente la convocatoria. Tratándose de consorcios o uniones temporales la experiencia general puede acreditarla uno solo de sus integrantes o, también, pueden acreditarla mediante la suma de máximo tres (3) contratos de construcción de obras civiles, celebrados con personas de derecho público, y/o mixtas y/o empresa prestadora u operadora de servicios de Acueducto y/o Alcantarillado, ejecutados en los quince (15) años anteriores a la fecha de cierre de la presente convocatoria y cuyos valores, sumados,

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asciendan, por lo menos, al cincuenta por ciento (50%) del presupuesto oficial de la presente la convocatoria. No se aceptarán certificaciones donde la participación del interesado haya sido como subcontratista. . A los proponentes que cumplan y acrediten la experiencia General, se les asignará calificación HABILITADO, mientras que aquellos que no acrediten este requisito se les calificará NO HABILITADO. 2. Experiencia específica habilitante del Proponente Para la acreditación de la experiencia específica, se precisa que las certificaciones aportadas indiquen de manera clara el tipo de infraestructura construida. De no aparecer explícita la clase de obra ejecutada, dicha certificación solo servirá para acreditar experiencia general. No se aceptarán certificaciones donde la participación del interesado haya sido como subcontratista. El proponente debe acreditar su experiencia específica en la ejecución de las actividades que se señalan a continuación, mediante certificaciones escritas expedidas por sus contratantes, de máximo (4) contratos celebrados con personas de derecho público y/o mixtas y/o empresa prestadora u operadora de servicios de Acueducto y/o Alcantarillado dentro de los quince (15) años anteriores a la fecha de cierre de la presente convocatoria. Para la acreditación de la experiencia específica se podrán incluir los mismos contratos relacionados para acreditar la experiencia habilitante. La acreditación de la experiencia específica deberá hacerse como se relaciona a continuación:  Máximo dos (2) contratos de construcción, y/o rehabilitación de canales revestidos en concreto reforzado, celebrados con personas de derecho público y/o mixtas y/o empresa prestadora u operadora de servicios de Acueducto y/o Alcantarillado y cuyos valores, sumados, asciendan, por lo menos, al Treinta por ciento (30%) del presupuesto oficial de la presente la convocatoria.  Máximo dos (2) contratos de construcción, instalación y/o reposición de redes de alcantarillado en 5.000 ml en tubería de diámetros iguales o mayores a 8‖, celebrados con personas de derecho público y/o mixtas y/o empresa prestadora u operadora de servicios de Acueducto y/o Alcantarillado y cuyos valores, sumados, asciendan, por lo menos, al veinte por ciento (20%) del presupuesto oficial de la presente la convocatoria. Para el caso de proponentes plurales, cada participante de la forma asociativa deberá aportar al menos un contrato para certificar la experiencia específica.

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A los proponentes que cumplan y acrediten la experiencia específica, se les asignará calificación HABILITADO, mientras que aquellos que no acrediten este requisito se les calificará NO HABILITADO. Esta experiencia se debe relacionar en los Formatos 3 y 4. 3. Director de obra: Un (1) Director de Obra: Profesional encargado de coordinar las actividades técnicas y administrativas del equipo de trabajo de tal forma que exista una integración de las obras en las diferentes áreas, con título en ingeniería civil o sanitaria. Debe tener una experiencia general mínima de diez (10) años contados a partir de la fecha de expedición de la matricula profesional, y experiencia especifica en la dirección de obras hidráulicas y/o de saneamiento. Este profesional deberá certificar experiencia específica como director de obra en dos (2) proyectos así:  Un (1) contrato de construcción, y/o rehabilitación de canales revestidos en concreto reforzado, en longitudes acumuladas mayores o iguales a 500 metros lineales sobre el eje de la estructura, celebrado con personas de derecho público y/o mixtas y/o empresa prestadora u operadora de servicios de Acueducto y/o Alcantarillado.  Un (1) contrato de construcción, instalación y/o reposición de redes de alcantarillado en longitudes acumuladas mayores o iguales a 2.500 metros lineales en tubería de diámetros iguales o mayores a 8‖, celebrado con personas de derecho público y/o mixtas, y/o empresa prestadora u operadora de servicios de Acueducto y/o Alcantarillado. A los proponentes que cumplan y acrediten la experiencia específica del Director de Proyecto se les asignará calificación HABILITADO, mientras que aquellos que no acrediten este requisito se les calificará NO HABILITADOS. Esta experiencia se debe relacionar en los Formatos 5 y 5 A.  Personal adicional no habilitante Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la celebración del contrato, el INTERVENTOR presentará, para la aprobación del supervisor del FONDO y como requisito indispensable para la suscripción de la correspondiente Acta de Inicio, las hojas de vida y certificaciones académicas y laborales del Director de Proyecto, Residente de obra y del profesional experto en Mitigación de Riesgos, de tal forma que comprueben las condiciones establecidas en este numeral. En este sentido, el contratista deberá allegar copia del acta y/o diploma de grado, matrícula profesional y COPNIA; así mismo deberá anexar copia de los contratos o los respectivos certificados

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con la siguiente información: Actividades desarrolladas con alguno de los anteriores cargos, nombre del contratante, fecha de inicio y fecha de terminación. Si se ejecutó en Unión Temporal o Consorcio identificar los integrantes y su porcentaje de participación, valor final del contrato, fecha de iniciación y terminación del contrato, firma de la persona competente. El personal propuesto debe ser el mismo vinculado por el contratista durante la ejecución de la obra, en caso de que se requiera modificar alguno de los profesionales, previamente debe contarse con la aprobación del FA y la interventoría, y los profesionales deberán cumplir con el mismo perfil solicitado en estos Términos y Condiciones Generales de Contratación, para efecto de lo cual deberán adjuntar las hojas de vida junto con los soportes respectivos. Para la ejecución del contrato, el proponente deberá aportar como mínimo el siguiente personal: 1. Ingenieros Residentes: El Proponente debe aportar, como personal mínimo para la ejecución del contrato: Un (1) Residente de Obra, profesional con título en ingeniería civil o sanitaria, con experiencia general mínima de cinco (5) años contados a partir de la fecha de expedición de la matricula profesional, y experiencia específica como residente de obras hidráulicas en concreto. Este profesional deberá certificar experiencia como residente de obra en un (1) proyecto así:  Un (1) contrato de construcción, y/o rehabilitación de canales revestidos en concreto reforzado, en longitudes acumuladas mayores o iguales a 300 metros lineales sobre el eje de la estructura, celebrado con personas de derecho público y/o mixtas y/o empresa prestadora u operadora de servicios de Acueducto y/o Alcantarillado. Un (1) Residente de Obra, profesional con título en ingeniería civil o sanitaria, con experiencia general mínima de cinco (5) años contados a partir de la fecha de expedición de la matricula profesional, y experiencia específica como residente de obras de alcantarillado. Este profesional deberá certificar experiencia como residente de obra en un (1) proyecto así:  Un (1) contrato de construcción, instalación y/o reposición de redes de alcantarillado en longitudes acumuladas mayores o iguales a 2.000 ml en tubería de diámetros iguales o mayores a 8‖, celebrado con personas de derecho público y/o mixtas y/o empresa prestadora u operadora de servicios de Acueducto y/o Alcantarillado. 2. Profesionales expertos en Mitigación de Riesgos: El Proponente debe aportar, como personal mínimo para la ejecución de los proyectos de la presenta convocatoria, el siguiente personal:

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Un (1) profesional experto en Mitigación de riesgos, profesional con título en ingeniería civil, o geólogo, o ingeniería geológica, o ingeniería de vías, con especialización en geotecnia o áreas afines al objeto de la presente convocatoria. Debe tener una experiencia general mínima de seis (6) años contados a partir de la fecha de expedición de la matricula profesional, y experiencia específica en proyectos de Mitigación o prevención de Riesgos. Este profesional deberá certificar experiencia específica como asesor, especialista, director, residente u otro cargo en la obra con capacidad de determinación en obras de mitigación y/o prevención relacionadas con gestión del riesgo, así:  Dos (2) proyectos de construcción de obras civiles de mitigación y/o prevención de riesgos; o proyectos que hayan incluido obras civiles de mitigación y/o prevención de riesgos. Un (1) profesional experto en Mitigacion de riesgos, profesional con título en ingeniería civil, Ambiental, Sanitaria o ingeniería de vías, con especialización en Recursos hidráulicos, HidrololgiaHidrología o HidraulicaHidráulica o áreas afines al objeto de la presente convocatoria. Debe tener una experiencia general mínima de seis (6) años contados a partir de la fecha de expedición de la matricula profesional, y experiencia específica en proyectos de Mitigación o prevención de Riesgos. Este profesional deberá certificar experiencia específica como asesor, especialista, director, residente u otro cargo en la obra con capacidad de determinación en obras de mitigación y/o prevención relacionadas con gestión del riesgo, así:  Dos (2) proyectos de construcción de obras civiles de mitigación y/o prevención de riesgos; o proyectos que hayan incluido obras civiles de mitigación y/o prevención de riesgos.

7.2

Criterios de Selección del CONTRATISTA

A los proponentes que resulten habilitados, se les evaluarán y calificarán las condiciones técnicas (Experiencia específica Adicional a la Habilitante, apoyo a la industria nacional y la propuesta económica (Precio), así:

FACTOR DE SELECCIÓN

MÉTODO DE EVALUACIÓN

PUNTAJE DE LA CALIFICACIÓN

Experiencia Específica Adicional a la Habilitante

Calificación cuantitativa

600

Apoyo a la Industria Nacional

Calificación cuantitativa

100

Propuesta Económica

Calificación cuantitativa

300

TOTAL

1.000

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La suma de los Factores Técnicos (FT) y los Factores Económicos (FE) dará como resultado un valor máximo de 1.000 puntos calculados de la siguiente manera: P= FT+ FE Factores Técnicos – 700 puntos: distribuidos de la siguiente manera: a. Experiencia específica del proponente – 600 puntos La calificación de la experiencia específica se realizará como se relaciona a continuación. Experiencia específica adicional a la Habilitante en contratos del proponente Para obtener la calificación por experiencia específica adicional a la habilitante, los proponentes deben acreditar en los contratos relacionados lo siguiente:  En máximo dos (2) contratos haber construido y/o rehabilitado canales revestidos en concreto reforzado, en longitudes acumuladas mayores o iguales a 1000 metros lineales sobre el eje del canal. (100 a 400 PUNTOS).  En máximo dos contratos haber realizado la construcción, instalación y/o reposición de redes de alcantarillado en 5.000 ml en tubería de diámetros iguales o mayores a 8‖ - de (50 a 200 PUNTOS). La calificación de la experiencia específica del proponente se realizará como se relaciona a continuación:

Requisito Habilitante

En máximo dos (2) contratos haber construido y/o rehabilitado canales revestidos en concreto reforzado, en longitudes acumuladas mayores o iguales a 1000 metros lineales sobre el eje del canal

Longitud ejecutada en experiencia específica adicional a la habilitante (metros lineales) Mayor a 1.000 Mayor a 2.000 Mayor a 3.000 Mayor a 4.000

Menor o igual a 2.000 Menor o igual a 3.000 Menor o igual a 4.000

Puntaje Máximo 100 200 300 400

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Requisito Habilitante

En máximo dos contratos haber realizado la construcción, instalación y/o reposición de redes de alcantarillado en 5.000 ml en tubería de diámetros iguales o mayores a 8

Longitud ejecutada en experiencia específica adicional a la habilitante (metros lineales)

Puntaje Máximo

Mayor a 5000

Menor o igual a 7000

50

Mayor a 7000

Menor o igual a 9000

100

Mayor a 9000

Menor o igual a 11000

150

Mayor a 11000

200

La acreditación las cantidades de obra presentadas como experiencia Específica, se extractará según las certificaciones aportadas. En caso que dicha experiencia se haya obtenido dentro de una figura de asociación (Consorcio, Unión Temporal u otra) se validará al proponente el total de la cuantía de las cantidades de obra del contrato ejecutado, siempre y cuando este tenga una participación mayor o igual al 25% del contrato relacionado, de lo contrario, solo se le validará al proponente la cuantía de cantidad de obra ejecutada según su porcentaje de participación. b.

Apoyo a la industria nacional – 100 puntos

Con el fin de establecer el apoyo que los proponente NACIONALES o EXTRANJEROS otorguen a la industria nacional en virtud de lo dispuesto en el artículo 2 de la ley 816 de 2003, deberán anexar a la propuesta un COMPROMISO de apoyar al industria nacional, en relación con la procedencia, nacional o extranjera, del personal que será puesto al servicio en la ejecución del contrato. La omisión de la información requerida en este numeral, no será subsanable por ser Factor de ponderación, en todo caso, la no presentación de la información requerida no restringe la participación del proponente, ni es causal de rechazo de la propuesta. El documento contentivo del ofrecimiento del requisito de Apoyo a la Industria Nacional deberá ser anexado por el proponente con la propuesta, diligenciando un formato ―Compromiso de Apoyo a la Industria Nacional‖, y no será admitido con posterioridad a la fecha y hora del cierre para la entrega de propuestas, por ser Factor de ponderación de las propuestas. De no presentar el formato destinado al proceso específico que contenga el ofrecimiento aquí establecido y en las condiciones previstas en estos Términos y Condiciones Generales de Contratación, no se otorgará puntaje por este Factor.

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Este Factor se evaluará con base en la Ley 816 de 2003 con el fin de garantizar el Apoyo a la Industria Nacional con fundamento en la documentación aportada de acuerdo con el presente Pliego de Condiciones, así: 

Cuando el proponente oferte servicios con el 100% de personal nacional, enlo correspondiente al objeto de la presente Convocatoria, se le asignarán 100 PUNTOS.



Cuando el proponente oferte servicios con personal nacional en proporción mayor al noventa y cinco por ciento (95%) e inferior al ciento por ciento 100%, en lo correspondiente al objeto de la presente Convocatoria, se le asignará 50 PUNTOS.



Cuando el proponente oferte servicios con personal nacional en proporción inferior al 95% del total, en lo correspondiente al objeto de la presente Convocatoria, se le asignará 0 PUNTOS.

En el caso de consorcios o uniones temporales, el puntaje se asignará de acuerdo con el componente nacional o extranjero ofrecido de manera conjunta entre los integrantes del consorcio o unión temporal, conforme a lo indicado en este numeral. c.

Propuesta económica – 300 puntos

Se debe diligenciar el Formato 8 - “Cantidades de obra y propuesta económica”, correspondiente al valor total ofrecido, y cada una de las casillas de este formato, el cual debe ser incluido en el Sobre No. 2. El valor de la propuesta debe estar expresado en pesos colombianos e incluir el A.I.U. y se presentará en el Sobre No. 2, separado de la información jurídica y técnica que se entregará en el Sobre No. 1, y debe ser presentado por escrito y en medio magnético. En este documento, el cual será parte integral del contrato que se llegase a celebrar, se discriminarán los precios unitarios en riguroso y estricto orden; diligenciando todas y cada una de las casillas, sin dejar ninguna casilla en blanco de las que contengan cantidad. Los precios unitarios que se presenten serán los que EL PROPONENTE pueda ofrecer en rigurosa y estricta sujeción a las especificaciones de obra. No podrá ofrecer precios unitarios de especificaciones técnicas distintas a las que allí se describen o que en los planos se presentan. El valor de los precios unitarios deberá estar ajustado al peso sin centavos. El oferente debe ajustar al peso los precios ofertados, así: cuando la fracción decimal del peso sea igual o superior a cinco lo aproximará por exceso al peso y cuando la fracción decimal del peso sea inferior a cinco lo aproximará por defecto al peso. El valor de la propuesta económica la debe determinar EL PROPONENTE teniendo en cuenta, entre otros conceptos, los siguientes:

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• Cantidad • Valor Unitario por ítem • Valor total por ítem • Total Costo Directo • Valor Administración • Valor Imprevistos • Valor Utilidad • Total A.I.U. • Valor IVA sobre Utilidad • Total costos indirectos • Valor Total de la propuesta Los proponentes deberán tener en cuenta que el valor total de la propuesta económica no debe superar el ciento por ciento (100%) del presupuesto oficial estimado objeto de la presente convocatoria. El presupuesto oficial incluye tanto los costos directos, como indirectos, los costos de los suministros y/o bienes, los costos financieros, los costos de los suministros, el IVA sobre el suministro, el AIU, el IVA sobre la utilidad y demás costos del contrato. EL PROPONENTE deberá realizar su ejercicio de cálculo del A.I.U. considerando los costos de personal profesional, técnico y de administración; servicios generales y de vigilancia; los costos para el sistema de seguridad industrial, manejo ambiental y aseguramiento de calidad; servicios públicos; ensayos de control de calidad; papelería, registro fotográfico, videos e informes; elaboración planos record; transporte y almacenamiento, gastos de legalización, impuestos y pólizas; vallas, comisiones fiduciarias, y los demás costos, gastos, impuestos y contribuciones que sean necesarios para el cabal cumplimento del objeto contractual. Así mismo deberá estimar el porcentaje correspondiente a los Imprevistos y la Utilidad. El desglose del A.I.U. debe presentarse en el Formato 9 - “Análisis Detallado del AIU”, el cual debe incluirse en el Sobre No. 2‖. Lo enunciado en la descripción de las actividades del Anexo 1 ―Especificaciones Técnicas Aplicables‖ hace parte integral de las especificaciones técnicas de construcción, de manera que la propuesta económica hará implícito el conocimiento de dichos documentos, los cuales estarán a disposición de los interesados en el Cuarto de Datos Virtual del presente proceso de contratación, en la página web del FONDO, www.fondoadaptacion.gov.co.  Evaluación económica de la propuesta Realizada la evaluación técnica, se procederá a la apertura de los Sobres No. 2 contentivos de las propuestas económicas objeto de la convocatoria, de acuerdo con su puntaje en la evaluación técnica. Se efectuará la corrección aritmética del o de los oferentes que hayan sido HABILITADOS

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en todos los criterios de evaluación, si el costo de la corrección excede el presupuesto oficial la propuesta será rechazada. Se verificará que el precio de su oferta cumpla los requisitos que a continuación se detallan:  Que el Formato - 8 ―Cantidades de Obra y Propuesta Económica‖ esté totalmente diligenciado; en caso contrario, la propuesta será rechazada y no se tendrá en cuenta para ningún efecto. Para los proponentes NO HABILITADOS en los criterios habilitantes, NO SE EVALUARÁ NI SE TENDRAN EN CUENTA LAS OFERTAS.  Que el Formato de desglose del A.I.U. del Formato – 9 ―Análisis Detallado del AIU‖, esté completamente diligenciado; en caso contrario, la propuesta será rechazada y no se tendrá en cuenta para ningún efecto. Para los proponentes NO HABILITADOS en los criterios habilitantes, NO SE EVALUARÁ NI SE TENDRAN EN CUENTA LAS OFERTAS. En caso que El oferente no haya realizado las aproximaciones al peso de los precios ofertados en el Formato - 8 ―Cantidades de Obra y Propuesta Económica‖, el Fondo aproximará los precios así: cuando la fracción decimal del peso sea igual o superior a cinco lo aproximará por exceso al peso y cuando la fracción decimal del peso sea inferior a cinco lo aproximará por defecto al peso. En todo caso los valores de los precios propuestos y corregidos no podrán exceder el presupuesto oficial, sino cumple lo anterior, la propuesta no será considerada para ningún efecto en la evaluación económica. Con los valores corregidos aritméticamente se sigue el siguiente procedimiento: 1. Determinación del Método para la Ponderación de la Propuesta Económica Se seleccionará el método de ponderación de la propuesta económica de acuerdo con los métodos que se nombran a continuación: NÚMERO

MÉTODO

1

MEDIA ARITMETICA

2

MEDIA GEOMETRICA CON PRESUPUESTO OFICIAL

3

MENOR VALOR

Para la determinación del método se tomarán hasta las centésimas de la Tasa de cambio Representativa del Mercado (TRM) correspondiente al día siguiente de la apertura del sobre No 2 – propuesta económica de la convocatoria. Se determinará el método de acuerdo a los rangos establecidos en el cuadro que se presenta a continuación. Esta TRM se tomará del sitio web del

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Banco de la República estadisticas/see_ts_cam.htm#trm.

de

Colombia,

http://www.banrep.gov.co/series-

RANGO (INCLUSIVE)

NÚMERO

MÉTODO

DE 0.00 A 0.33

1

MEDIA ARITMETICA

DE 0.34 A 0.66

2

MEDIA GEOMETRICA CON PRESUPUESTO OFICIAL

DE 0.67 A 0.99

3

MENOR VALOR

1.1. Media Aritmética Consiste en la determinación del promedio aritmético de las propuestas que no han sido rechazadas y se encuentran válidas, para esto se aplicará la siguiente fórmula: __

n

X  i 1

xi n

Donde, __

X

xi n

=

Media aritmética.

= =

Valor total corregido de la propuesta i Número total de las propuestas válidas presentadas.

 Ponderación de las propuestas por el método de la media aritmética. Obtenida la media aritmética se procederá a ponderar las propuestas de acuerdo con la siguiente formula.    X  Vi     Para valores menores o iguales a X 300  1     X   Puntaje i   300  1  2   X  Vi   Para valores mayores a X  X       

Donde, __

X

Vi i

= = =

Media aritmética. Valor total corregido de cada una de las propuestas i. Número de propuesta.

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En el caso de propuestas económicas con valores mayores a la media aritmética se tomara el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética y el valor de la propuesta, como se observa en la fórmula de ponderación. 1.2 Media Geométrica con Presupuesto Oficial Para el cálculo de la media geométrica con presupuesto oficial se tendrá en cuenta el número de propuestas válidas y se incluirá el presupuesto oficial del proceso o módulo de acuerdo al siguiente cuadro: Número de propuestas (n) [número]

Número de veces en las que se incluye el presupuesto oficial(nv)[veces]

1–3

1

4–6

2

7–9

3

10 – 12

4

13 – 15

5

Y así sucesivamente por cada tres propuestas válidas se incluirá una vez el presupuesto oficial del proceso. Seguidamente se determinará la media geométrica con la inclusión del presupuesto oficial de acuerdo a lo establecido en el cuadro anterior mediante la siguiente fórmula: G PO 

( nv  n )

PO  PO  ...  PO nv  P1  P2  ...  Pn

Donde, G PO

=

Media geométrica con presupuesto oficial.

nv

=

Número de veces que se incluye el presupuesto oficial (PO).

n

=

Número de propuestas económicas válidas.

PO

=

Presupuesto oficial del proceso.

Pi

=

Valor de la propuesta económica corregida del proponente i.

Establecida la media geométrica se procederá a determinar el puntaje para cada proponente mediante el siguiente procedimiento:

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 Ponderación de las propuestas por el método de la media geométrica con presupuesto oficial. Obtenida la media geométrica con presupuesto oficial se procederá a ponderar las propuestas de acuerdo con la siguiente formula.    G  Vi     Para valores menores o iguales a GPO 300  1   PO     GPO   Puntaje i     G  Vi    1  2   PO   Para valores mayores a GPO 300    G   PO    

Donde, G PO

Vi i

= = =

Media geométrica con presupuesto oficial. Valor total corregido de cada una de las propuestas i. Número de propuesta.

En el caso de propuestas económicas con valores mayores a la media geométrica con presupuesto oficial se tomara el valor absoluto de la diferencia entre la media geométrica con presupuesto oficial y el valor de la propuesta, como se observa en la fórmula de ponderación. 1.3 Menor Valor Para la aplicación de este método se procederá a determinar el menor valor de las propuestas válidas y se procederá a la ponderación.  Ponderación de las propuestas por el método del menor valor Obtenido el menor valor se procederá a ponderar las propuestas de acuerdo con la siguiente formula.   V  Vi Puntaje i  300  1  2.0   MIN   VMIN 

   

Donde,

VMIN Vi i

=

Menor valor de las propuestas válidas.

= =

Valor total corregido de cada una de las propuestas i. Número de propuesta.

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En este caso se tomara el valor absoluto de la diferencia entre el menor valor y el valor de la propuesta, como se observa en la fórmula de ponderación.  Aproximación Numérica para el Puntaje por Valor de la Propuesta En todos los casos anteriores se tendrá en cuenta hasta el séptimo (7°) decimal del valor obtenido como puntaje. d.

Puntaje total y determinación del orden de elegibilidad

El puntaje total obtenido por cada proponente será la suma de los puntajes obtenidos en las evaluaciones técnica, y económica, luego de lo cual se ordenarán en orden descendente desde la propuesta o propuestas que obtuvieran el mayor puntaje hasta la de menor puntaje, quedando así definido el orden de elegibilidad. Nota: EL PROPONENTE deberá realizar su ejercicio de cálculo del A.I.U. considerando los costos de personal profesional, técnico y de administración; servicios generales y de vigilancia; los costos para el sistema de seguridad industrial, manejo ambiental y aseguramiento de calidad; servicios públicos; ensayos de control de calidad; papelería, registro fotográfico, videos e informes; elaboración planos record; transporte y almacenamiento, gastos de legalización, impuestos y pólizas; vallas, comisiones fiduciarias, y los demás costos, gastos, impuestos y contribuciones que sean necesarios para el cabal cumplimento del objeto contractual. Así mismo deberá estimar el porcentaje correspondiente a los Imprevistos y la Utilidad. El desglose del A.I.U. debe presentarse en un Formato 9 - “Análisis Detallado del AIU”. El valor propuesto de AIU no debe ser mayor de 30%. En caso contrario el Fondo Adaptación pedirá las explicaciones necesarias y podrá aceptarlas o rechazarlas.

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e.

Criterios de desempate

En el evento en que dos o más propuestas obtengan el mismo puntaje, el orden de elegibilidad se definirá con base en los siguientes criterios: Primero: Se preferirá la propuesta nacional, de conformidad con estos estudios previos bien sea que el proponente ostente esta condición o que siendo extranjero haya acreditado reciprocidad. (Ley 816 de 2003). NOTA: En caso de propuestas presentadas en Unión Temporal o Consorcio, en los que existe participación de extranjeros, se preferirá aquella propuesta con mayor participación nacional. Para que un Consorcio o Unión Temporal se considere nacional, todos sus integrantes deben tener la calidad de Nacionales, o los extranjeros que participen en estas figuras asociativas, acrediten reciprocidad. Segundo: Si se presenta empate o éste persiste y entre los empatados se encuentren Mipymes, se preferirá a la Mipyme nacional, sea proponente singular, o consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, conformada únicamente por Mipymes nacionales. NOTA: Si entre los empatados se encuentran consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura en los que tenga participación al menos una Mipyme, éste se preferirá. Tercero: Si persiste el empate entre dos o más proponentes, se preferirá aquel cuya propuesta económica corregida sea la más baja. Cuarto: Si persiste el empate se dará aplicación a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 361 de 1997, conforme al cual se preferirá al proponente que haya acreditado la vinculación de personal con limitaciones, a que sean preferidos en igualdad de condiciones en los procesos de licitación, adjudicación y celebración de contratos, sean estos públicos o privados si estos tienen en sus nóminas por lo menos un mínimo del 10% de sus empleados en las condiciones de discapacidad enunciadas en la presente ley debidamente certificadas por la oficina de trabajo de la respectiva zona y contratados por lo menos con anterioridad a un año; igualmente deberán mantenerse por un lapso igual al de la contratación. NOTA: En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, se preferirá aquel que acredite que cualquiera de los integrantes acredite lo anteriormente descrito. La certificación para acreditar la existencia de personal discapacitado deberá ser expedida dentro de los treinta 30 días anteriores a la fecha del cierre del proceso y apertura del sobre No 1 de la propuesta técnica detallada PTD. Quinto: De persistir el empate, se procederá a realizar sorteo.

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8. SOPORTE QUE PERMITA LA TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO. RIESGO (Descripción)

TIPIFICACIÓN

ASIGNACIÓN

CALIFICACIÓN (Impacto/Probabilidad)

CUANTIFICACIÓN

Riesgo Regulatorio

Cambios en la regulación impositiva. Consiste en la modificación del régimen impositivo luego de celebrado el contrato

FONDO

Medio/Baja

1.5%

Orden Público

Eventuales perturbaciones o demoras en trabajo de campo por acciones o atentados por parte de grupos insurgentes o por la población.

FONDO

Bajo/Alta

1.6%

Riesgo por la variación en estimación de las actividades para el cumplimiento del contrato (pe: mayor o menor costo para ensayos de laboratorio o viáticos, entre otros).

Constructor

Medio/Media

1.6%

Variaciones en la estimación de las horas hombre

Constructor

Medio/Media

1.6%

Constructor

Medio/Baja

1.5%

Constructor Fondo/ Constructor (Variaciones mayores o menores al 25 % del plazo estimado a cargo del Fondo, otras variaciones a cargo del Constructor)

Alto/Baja

1.6%

Medio/Medio

2.0%

Riesgos de Operación Mayor número de hombres mes

Económico

Financiero

Derivado de los efectos provenientes de las variaciones de las tasas de interés, de cambio, riesgo país, devaluación real, ajustes por inflación y otras variables del mercado, frente a las estimaciones iniciales del consultor, que puedan afectar las utilidades esperadas o generar pérdidas. Liquidez en la caja del Proyecto

Plazo

Mayor o menor plazo en la ejecución del contrato de obra

Contractual

Errores involuntarios que hayan quedado en los Términos y Condiciones de la Contratación, descripción y alcance

FONDO

Bajo

1%

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RIESGO (Descripción)

Contractual

Técnico/ Económico

Técnico

Técnico

Económico

Económico/ Contractual

Económico/ Contractual

TIPIFICACIÓN del proyecto y/o estudios previos, operaciones aritméticas, etc Errores cometidos por los CONTRATISTAS en la elaboración de las propuestas y/o en los documentos requeridos en la Convocatoria Abierta; o errores cometidos en documentos elaborados por el CONTRATISTA durante la ejecución del contrato Escasez de cualquier tipo de material para la ejecución de la obra. (El CONTRATISTA en la visita a la obra debe estudiar esta situación y tener planes de contingencia. En condiciones normales de mercado, riesgo que asume el CONTRATISTA.) Demoras generadas cuando el FONDO y/o Constructor dependen de decisiones de otras entidades oficiales para la ejecución del contrato. Riesgo que asume el FONDO Daños ambientales por inadecuadas practicas del proceso constructivo Fluctuación de precios en los materiales cuyos precios están regulados por el Gobierno. Ejecución de mayores cantidades de obra no autorizadas, por procedimientos constructivos inadecuados imputables al PROPONENTE Y/O CONTRATISTA, o por deficiente programación (o cronología) de ejecución de las obras. Ejecución de ítems no previstos no autorizados previamente, por procedimientos constructivos inadecuados imputables al PROPONENTE Y/O CONTRATISTA, o por deficiente programación (o cronología) de ejecución de las obras.

ASIGNACIÓN

CALIFICACIÓN (Impacto/Probabilidad)

Constructor

Bajo

Constructor

Bajo/ Medio

2%

FONDO

Medio/Medio

2%

Constructor.

Medio/Medio

2%

FONDO Solo exorbitante. (Fluctuación mayor al 20%, del precio)

Bajo

1%

Constructor

Medio/Medio

2%

Constructor

Medio/Medio

2%

CUANTIFICACIÓN

1%

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 Tipificación del riesgo: Es la definición que se hace de aquellos hechos previsibles constitutivos de riesgo que se puedan presentar en la ejecución del contrato. En otras palabras consiste en señalar los hechos de la humanidad o de la naturaleza que en un futuro pueden ocasionar daño para la estructura económica del contrato.  Asignación del riesgo: Una vez descrito y valorado el riesgo, se debe proceder a señalar a la parte contractual que debe afrontar, superar y financiar los efectos de la ocurrencia del riesgo. Es decir, es la distribución que se hace del riesgo y la manera en que se debe asumir el costo, por parte del contratista y la entidad contratante.  Calificación del Riesgo: Es un análisis que se realiza del riesgo frente a la probabilidad de que ocurra o no y el impacto que este puede generar Cuantificación del Riesgo: La cuantificación es la valoración que se hace por la asunción misma de los riegos por las partes.

9. ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE GARANTÍAS DESTINADAS A AMPARAR LOS PERJUICIOS DE NATURALEZA CONTRACTUAL O EXTRACONTRACTUAL, DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO DEL OFRECIMIENTO O DEL CONTRATO SEGÚN EL CASO, ASÍ COMO LA PERTINENCIA DE LA DIVISIÓN DE AQUELLAS, DE ACUERDO CON LA REGLAMENTACIÓN SOBRE EL PARTICULAR. Las garantías y amparos que deberán constituir los oferentes en la etapa precontractual, y el CONTRATISTA en la contractual se señalan a continuación. a.

Garantía de seriedad de la propuesta

El proponente deberá constituir a favor del FONDO una de las garantías permitidas por el Decreto 734 de 2012. Al respecto, se anota que el FONDO ha considerado que el amparo de la seriedad de los ofrecimientos debe ser otorgado por un monto equivalente al diez por ciento (10%) del presupuesto oficial del presente proceso de selección, valor superior al mínimo establecido por el mencionado decreto pero que, a juicio de la entidad, refleja las exigentes condiciones y características del proyecto que se propone adjudicar con la presente convocatoria. Su vigencia debe ser para un término de 120 días calendario a partir de la fecha de cierre de la Convocatoria. b.

Garantía única de Cumplimiento de las Obligaciones del Contrato

Dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato, el CONTRATISTA se compromete a constituir a favor del FONDO y a satisfacción del mismo, incluyendo como beneficiario al FONDO, de conformidad con lo establecido en artículo 7 de la Ley 1150 de 2007 y demás normas legales que rigen la materia, una Garantía Única, cuyo objeto es garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que surjan del contrato, en las cuantías y términos que se determinan a continuación:

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Riesgo Buen Manejo y correcta inversión de Anticipo Cumplimiento. Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales. Calidad y Estabilidad de la Obra Calidad de los Estudios y Diseños c.

Monto Cien por ciento (100%) de los recursos desembolsados Treinta por ciento (30%) del valor total del contrato Diez por ciento (10%) del valor total del contrato

Vigencia El plazo del contrato y seis (6) meses más. El plazo del contrato y seis (6) meses más. El plazo del contrato y tres (3) años más

Treinta por ciento (30%) del valor total del contrato.

Cinco (5) años contados a partir del acta de recibo de las obras. El plazo del contrato y tres (3) años más

Diez por ciento (10%) del valor total del contrato.

Garantía de Responsabilidad Civil Extracontractual

De igual manera, el CONTRATISTA deberá constituir póliza de responsabilidad civil extracontractual, por el treinta (30%) por ciento del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del mismo, que ampare a la ENTIDAD por de las eventuales reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que pueda surgir de las actuaciones, hechos u omisiones de su contratista.

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LISTADO DE ANEXOS ANEXO 1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS APLICABLES En el Cuarto Virtual de Datos dispuesto por el FONDO para la presente Convocatoria Abierta en la página web de la entidad www.fondoadaptacion.gov.co, los interesados en presentar ofertas pueden consultar los siguientes documentos:  Planos de diseño de las obras a ejecutar.  Estudios y diseños de las obras, elaborados por la EMPRESA DE SERVICIOS DE CALI EICE ESP- EMCALI, que incluye:  Diagnóstico de de cada uno de los proyectos  Memorias de cálculo Hidráulico y estructural de cada proyecto  Estudios de suelos de cada proyecto  Información topográfica de cada proyecto  Especificaciones técnicas de construcción de cada proyecto  Plan de manejo Ambiental de cada proyecto  Otros anexos soporte de diseño de cada proyecto  Informe de Gestión de Riesgos. ANEXO 2 – CONCEPTO DE CONFORMIDAD TECNICA MINVIVIENDA ANEXO 3 – INFORME DE VALIDACIÓN POR PARTE DEL FONDO Y CONCEPTO DE RIESGOS ANEXO 4 – CONCEPTO DE CONFORMIDAD TECNICA FONDO POR PARTE DEL FONDO ANEXO 5 – CANTIDADES DE OBRA Y PRESUPUESTO OFICIAL

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LISTADO DE FORMATOS FORMATO 1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA FORMATO 2 CERTIFICADO DE PAGO APORTES PARAFISCALES Y SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL FORMATO 3 EXPERIENCIA GENERAL HABILITANTE DEL PROPONENTE FORMATO 4 EXPERIENCIA ESPECÍFICA HABILITANTE DEL PROPONENTE FORMATO 4A EXPERIENCIA ESPECÍFICA ADICIONAL A LA HABILITANTE DEL PROPONENTE FORMATO 5 RELACIÓN PERSONAL MÍNIMO DEL PROPONENTE FORMATO 5 A EXPERIENCIA ESPECÍFICA PERSONAL MÍNIMO DEL PROPONENTE FORMATO 6 MODELO DEL ACUERDO DE CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL FORMATO 7 COMPROMISO DE APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL FORMATO 8 – INCLUIR EN SOBRE No. 2 CANTIDADES DE OBRA Y PROPUESTA ECONÓMICA (Ver archivo en excel ―CANTIDADES DE OBRA‖) FORMATO 9 – INCLUIR EN SOBRE No. 2 ANÁLISIS DETALLADO DEL A.I.U.

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