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GOBERNACIÓN Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina Nit: 892.400.038-2
ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS (Articulo 2.1.1 del Decreto 734 de 2012) “SUMINISTRO E INSTALACION DE PUNTOS ECOLOGICOS PARA EL ADECUADO MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS EN LOS ESPACIOS PUBLICOS Y ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS OFICIALES DE LA ISLA DE SAN ANDRES”
DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD
1. JUSTIFICACION: La Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos de la Gobernación del Departamento Archipiélago, en cumplimiento de los principios y postulados contenidos en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, en concordancia con lo establecido en el Decreto 0734 del 2012, procede a realizar el estudio de conveniencia y oportunidad para que el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, adelante el proceso de contratación a través del cual se garantice, la adecuada disposición y separación de residuos sólidos en los espacios públicos del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. 1.1 NECESIDAD: Teniendo en cuenta el nuevo esquema de gestión de Residuos Sólidos que se viene planteando en el departamento archipiélago, a raíz de la puesta en funcionamiento de la RSU para el aprovechamiento energético a través de la incineración de residuos sólidos y la necesidad de empezar a crear conciencia ambiental frente a esta problemática que durante años ha afectado al Departamento, en el marco del Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos PGIRS, el Gobierno Departamental considera necesario proveer los espacios públicos con puntos ecológicos o sitios de disposición y separación de residuos; y preparar a nuestros niños y jóvenes utilizando como puntos piloto los establecimientos educativos a través de la dotación de puntos ecológicos, en aras de contribuir con este nuevo esquema ambiental de manejo de residuos sólidos. La información contenida en el presente documento constituye el soporte necesario y suficiente para la elaboración del proyecto de pliegos de condiciones con el cual se adelantará la selección del contratista.
1.2 MARCO CONSTITUCIONAL Y LEGAL: Derechos constitucionales colectivos y del ambiente: Que comprenden la regulación y la calidad de los bienes y servicios ofrecidos a la comunidad, protección del medio ambiente; planeación manejo y aprovechamiento de los recursos naturales; protección de los espacios públicos y su destinación para el uso común Constitución Política de Colombia. Artículo 2. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.
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Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares. Artículo 79: Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines. Artículo 82. Es deber del Estado velar por la protección de la integridad del espacio público y por su destinación al uso común, el cual prevalece sobre el interés particular. Las entidades públicas participarán en la plusvalía que genere su acción urbanística y regularán la utilización del suelo y del espacio aéreo urbano en defensa del interés común.
Decreto - Ley 1222 de 1986: ARTÍCULO 7º-Corresponde a los departamentos: c) Promover y ejecutar, en cumplimiento de los respectivos planes y programas nacionales y departamentales actividades económicas que interesen a su desarrollo y al bienestar de sus habitantes. ARTICULO 94.-Son atribuciones del gobernador: 10. Las demás que la Constitución y las leyes establezcan. (C.P., ARTICULO 194) Decreto 1713 de 2002: Por el cual se reglamenta la Ley 142 de 1994, la Ley 632 de 2000 y la Ley 689 de 2001, en relación con la prestación del servicio público de aseo, y el Decreto Ley 2811 de 1974 y la Ley 99 de 1993 en relación con la Gestión Integral de Residuos Sólidos".
DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR CON SUS ESPECIFICACIONES ESENCIALES Y LA IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR 1. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR Lo constituye el “SUMINISTRO E INSTALACION DE PUNTOS ECOLOGICOS PARA EL ADECUADO MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS EN LOS ESPACIOS PUBLICOS Y ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS OFICIALES DE LA ISLA DE SAN ANDRES”. 1.1 ALCANCES DEL OBJETO: Equipar al departamento de un total 140 puntos ecológicos puesto en obra en los diferentes espacios públicos seleccionados teniendo en cuenta las siguientes obligaciones y especificaciones técnicas como se describe a continuación: 1.1.1 OBLIGACIONES Y ESPECIFICACIONES TECNICAS: El Departamento requiere del suministro e instalación de puntos verdes de recolección de residuos sólidos, debidamente reciclados en puntos estratégicos distribuidos en la isla de la siguiente manera:
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REFERENCIA
CANTIDAD
COLEGIO CAJASAI
1
COLEGIO MODELO ADVENTISTA
1
FIRST BAPTIST SCHOOL INSTITUCION EDUCATIVA TECNICO DEPARTAMENTAL NATANIA
2
ESCUELA EL ESFUERZO
2
ESCUELA SAN ANTONIO
2
INSTITUCION EDUCATIVA BOLIVARIANO
2
ESCUELA ANTONIO NARIÑO
2
CONCENTRACION PREESCOLAR URBANA
2
INSTITUCION EDUCATIVA TECNICO INDUSTRIAL
2
ESCUELA SAN JOSE
2
INSTITUCION EDUCATIVA SAGRADA FAMILIA
2
PHILIP BEECKMAN LIVINGSTON SENIOR
2
ESCUELA RUBEN DARIO
2
INSTITUCION EDUCATIVA ANTONIA SANTOS EL RANCHO
2
ESCUELA BAUTISTA EMMANUEL
2
ESCUELA BAUTISTA CENTRAL LA ESPERANZA
2
ESCUELA MISION CRISTIANA
2
CENTRO EDUCATIVO EL CARMELO
2
CENTRO DE EDUCACION MEDIA DIVERSIFICADA CEMED
2
ESCUELA ACCION COMUNAL BARRACK
2
INSTITUCION EDUCATIVA BROOKS HILL BILINGUAL SCHOOL
2
CEDIR HOGAR LA ESMERALDA
2
2
AREAS VERDES PARQUE LA BARRACUDA
1
PARQUE MANAWAR
1
PARQUE SIMON BOLIVAR
1
CAÑON DE MORGAN
1
IGLESIAS SAGRADA FAMILIA (CATEDRAL PRINCIPAL)
1
SAN JUDAS TADEO
1
EL CARMELO
1
CRISTO SALVADOR
1
SANTA MARIA ESTRELLA DEL MAR SAN LUIS
1
SAN JOSE DE SOUND BAY SOUND BAY
1
SAN FRANCISCO DE ASIS LA LOMA
1
PRIMERA IGLESIA BAUTISTA
1
IGLESIA BAUTISTA CENTRAL
1
BAUTISTA EMMANUEL
1
CENTRO CRISTIANO DE AMOR Y FE
1
CLAYMOUNT BAPTIST CHURCH
1
LINVAL COVE BAPTIST CHURCH
1
TESTIGOS DE JEHOVA
1
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IGLESIA ADVENTISTA BARRACK
1
IGLESIA ADVENTISTA DEL SEPTIMO DIA
1
IGLESIA BAUTISTA SOUND BAY
1
CEMENTERIO HARMONY HALL HILL
1
SITIOS TURISTICOS MUSEO CASA DE LA CULTURA ISLEÑA
1
JARDÍN BOTÁNICO
1
PASEO PEATONAL SPRATT BAY
10
PASEO PEATONAL GINNIE BAY
4
PASEO PEATONAL FREETOWN
2
PASEO PEATONAL NEWBALL
8
WEST VIEW
1
LA PISCINITA
1
SENDERO BAHIA HOOKER
1
SENDERO BIG PAND
2
BIG PAND LAGUNE
2
JOHNNY CAY
3
EL ACUARIO Y HAYNES CAY
3
LA CUEVA DE MORGAN
1
HOYO SOPLADOR
1
PLAYAS DE SAN LUIS DECAMERON
1
PLAYAS DE IGLESIA SAN JOSE
1
PLAYAS BOHÍOS
1
PLAYA CHARQUITOS
1
PLAYA JUNGLE
1
ROCKY CAY
1
APOSTADERO
1
PLAYA LITTLE HILL
1
PLAYA SARIE BAY
1
ENTIDADES PUBLICAS GOBERNACION DEPARTAMENTAL
2
ASAMBLEA DEPARTAMENTAL
2
SEDE SECRETARIA DE TURISMO
1
CASA DE LA CULTURA CENTRO
1
CASA DE LA CULTURA LOMA
1
CORALINA
1
INFOTEP
1
TRASH BUSTERS
1
HOSPITAL AMOR DE PATRIA
1
CENTRO DE SALUD SAN LUIS
1
CAMARA DE COMERCIO
1
SENA
2
TELEISLAS
1
ESCENARIOS DEPORTIVOS
8
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TOTAL
140
Nota: Estos sitios podrán ser modificados a criterio y necesidades del Departamento.
Los puntos ecológicos estarán ubicados en los espacios públicos en toda la isla de San Andrés como se identifica en los puntos de referencia presentados en el listado anterior.
El contratista deberá entregar los productos cumpliendo con los estándares de calidad propios de este tipo de elementos. El contratante podrá rechazar los elementos que no cumplan con la calidad esperada y el contratista deberá reemplazarlos dentro de las 72 horas siguientes.
Corresponderá al Contratista favorecido proveer toda la instalación de los puntos ecológicos en el pavimento.
Para garantizar la seguridad de los operarios, trabajadores y peatones el contratista deberá proveer toda condición de seguridad y señalización.
Atender de manera inmediata las quejas y reclamos que se presenten durante y después de la ejecución del contrato, con respecto al mantenimiento efectuado.
Garantizar la entrega de todos los trabajos con los productos establecidos y en optimas condiciones las áreas atendidas.
El oferente que resulte adjudicatario del presente proceso, se obliga a cumplir todas las estipulaciones previstas en este Pliego de Condiciones y las relacionadas con la naturaleza de los Ítems a ejecutar para lo cual, empleará todos sus recursos humanos, técnicos, económicos, físicos y logísticos, necesarios para el normal y total desarrollo del objeto contractual. Para el efecto, el contratista deberá cumplir con las condiciones, especificaciones, cantidades y calidades técnicas requeridas por el contratante con relación a los respectivos materiales y obras requeridas y por cumplir en la oportunidad, cantidad y lugar indicado por la Unidad Administrativa Especial de Control de Servicios Públicos del Departamento la Instalación de los puntos ecológicos, estos deberán ser entregados debidamente instaladas en los lugares que correspondan. La Unidad Administrativa Especial de Control de Servicios Públicos del Departamento podrá adquirir los productos objeto de esta contratación de acuerdo con las necesidades y con sujeción a la disponibilidad presupuestal que ampara esta contratación. El proponente deberá ofertar todos los elementos relacionados en las especificaciones técnicas para el cual presenta oferta, la adjudicación será por completo, comprenderá instalación y suministro. Además de los sitios anteriores y los puntos se requiere del suministro de:
Contenedores tipo roller con tapa de capacidad no menor a 300 litros, material de polietileno lineal de alta densidad por rotomoldeo o fibra de vidrio con el fin de trasladar residuos sólidos provenientes de los cayos, playas vías peatonales entre otros. Suministrar bolsas plásticas biodegradables, para disposición de residuos sólidos de acuerdo a la clasificación propuesta colores negro y verde tamaño: 80 cm x 100cm., para la dotación de los puntos ecológicos y las campañas de sensibilización y educación a través del PGIRS que acompañará el proceso.
Lo anterior deberá cumplir con las siguientes especificaciones técnicas presentados en el anexo n°1 del presente pliego. a
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2. TIPO DE CONTRATO: Se trata de un Contrato de Obra Pública de conformidad con lo establecido en el numeral 1º del artículo 32 de la Ley 80 de 1993 que en su tenor literal dispone: (…) Artículo 32. De los contratos estatales. Son contratos estatales todos los actos jurídicos generadores de obligaciones que celebren las entidades a que se refiere el presente estatuto, previstos en el derecho privado o en disposiciones especiales, o derivados del ejercicio de la autonomía de la voluntad, así como los que, a título enunciativo, se definen a continuación:
1. Contrato de obra. Son contratos de obra los que celebren las entidades estatales para la construcción, mantenimiento, instalación y, en general, para la realización de cualquier otro trabajo material sobre bienes inmuebles, cualquiera que sea la modalidad de ejecución y pago. (…) Subrayado y negrillas fuera de texto.El contrato a celebrar se identifica como un contrato de obra pública.
3. PLAZO: El plazo de ejecución del contrato será de CUARENTA Y CINCO DIAS (45) días Calendarios contados a partir de la legalización del contrato y la suscripción del acta de inicio respectivo. 4. PRESUPUESTO OFICIAL: El presupuesto oficial es de TRESCIENTOS TREINTA Y TRES MILLONES CINCUENTA MIL NOVESCIENTOS PESOS ($ 333.050.900) M/CTE. Para asumir los gastos de los objetos contractuales, el Departamento dispone del Certificado de disponibilidad presupuestal N° 908 de 2013, expedidos por el Profesional especializado del grupo de presupuesto de la Secretaría de Hacienda.
5. ANTICIPO: La entidad cancelará al contratista seleccionado el valor del contrato de la siguiente manera: La forma de pago del contrato que resulte del presente proceso es de 30 % de anticipo y el saldo mediante actas parciales y final con amortización del anticipo, las cuales serán suscritas con el interventor solo cuando se demuestre más del 20 % de avance físico de la obra. El Departamento pagará el anticipo al contratista una vez legalizado el contrato que resulte, la suscripción del acta de inicio de la obra y la presentación de los certificados de entrega de documentos previos requeridos en los Pliegos de condiciones y apertura de cuenta en fiducia o encargo fiduciario o patrimonio autónomo irrevocable para el manejo de los recursos, separada a nombre del contratista y la entidad estatal - Gobernación del Departamento de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, proyecto u objeto. El anticipo debe ser invertido única y exclusivamente para la adquisición de materiales, equipos y mano de obra con destino a la ejecución de la obra. a
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El 70 % restante se pagará mediante actas parciales y finales según avance de la obra, a dichas actas (parciales y finales) se le retendrá el 5% para ser finalmente cancelado con el acta de liquidación una vez se certifique el paz y salvo con los parafiscales. Los intereses generados serán devueltos al Departamento, previa a la liquidación del contrato. El precio a que se alude en este numeral, al agotamiento de las diligencias administrativas legales y reglamentarias que regulan el proceso presupuestal están incluidos en el valor total del contrato. PARAGRAFO: El proponente debe tener en cuenta al momento de determinar el precio de su oferta, que por disposición del artículo 22 de la ley 47 de 1.993 y para cualquier efecto jurídico, el Departamento de San Andrés, Providencia y Santa Catalina está exento de pagar impuesto al valor agregado IVA. 6. ASPECTOS TÉCNICOS: Para mayor comprensión, se sugiere revisar las especificaciones técnicas (contenidas en el anexo 1), respectivos.
6.1 LOCALIZACIÓN: Las obras del presente proceso, se localizan en los diferentes espacios públicos tanto en la Zona Rural como en la zona urbana en el Municipio de San Andrés Islas y en los establecimientos educativos de la capital del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. 7. GESTIÓN AMBIENTAL Aplicará lo establecido por CORALINA referentes a las actividades de mitigación ambiental, entendidas como el cumplimiento de todas aquellas que se relacionan en las especificaciones técnicas y todas las actividades de los Pliegos de Condiciones. El Contratista favorecido deberá acatar las recomendaciones de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina CORALINA. Deberá de igual forma llevar un control interno que garantice el cumplimiento de las medidas ambientales aplicables y en ella se incluyen todas las relacionadas con la seguridad industrial.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN ESCOGIDA PARA LA ELECCIÓN DEL CONTRATISTA QUE EJECUTARÁ EL CONTRATO 1. FUNDAMENTO JURIDICO:
De conformidad con el artículo 2° de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011, las entidades seleccionarán a los contratistas a través de las siguientes modalidades: 1. Licitación pública. 2. Selección abreviada. 3. Concurso de méritos. 4. Contratación directa, y 5. Mínima cuantía. a
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Parágrafo. Para la selección de los contratistas se aplicarán los principios de economía, transparencia y responsabilidad contenidos en la Ley 80 de 1993 y los postulados que rigen la función administrativa. Igualmente, El numeral 3.3.1 del Decreto 734 de 2012, introduce nuevas e importantes aplicaciones a la mencionada ley y entre otros establece cuatro modalidades de selección para contratar con el Estado: - licitación pública; - selección abreviada; - concurso de méritos y - contratación directa. Por tanto, en el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina la contratación de Menor Cuantía, por medio de la Selección Abreviada solo procederá para contratos cuyo valor no exceda los 650 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes, equivalente a TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES CIENTO SETENTA Y CINCO MIL PESOS M/CTE ($383.175.000)
ANÁLISIS TÉCNICO Y ECONÓMICO QUE SOPORTA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, INDICANDO CON PRECISIÓN LAS VARIABLES CONSIDERADAS PARA CALCULAR EL PRESUPUESTO DE LA RESPECTIVA CONTRATACIÓN, ASÍ COMO SU MONTO Y EL DE LOS COSTOS PARA LA ENTIDAD ASOCIADOS A LA REALIZACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El presupuesto estimado para el cumplimiento del objeto se especifica en el Anexo 3 del presupuesto oficial, soportado igualmente en los análisis de precios de mercado de los insumos o materiales, transporte, equipos, herramientas y mano de obra no calificada. Además de los costos directos antes mencionados, el contratista deberá incluir todos los costos indirectos necesarios para la correcta ejecución del objeto a contratar, es así como deberá incluir, honorarios, transportes, oficina, equipos de control de calidad, personal calificado y no calificado (mensajero o secretaria u otro que estime conveniente pero que no desarrolle actividades propias en la obra), dotaciones, prestaciones sociales (correspondientes al patrono), Impuestos, Pólizas, publicaciones, papelería, oficinas, Control de calidad, Imprevistos, Utilidades, y todas las que considere sean necesarias.
OBJETO SUMINISTRO E INSTALACION DE PUNTOS ECOLOGICOS PARA EL ADECUADO MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS EN LOS ESPACIOS PUBLICOS Y ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS OFICIALES DE LA ISLA DE SAN ANDRES”
PRESUPUESTO OFICIAL
CDP
El presupuesto oficial del presente proceso es la suma de:
N°908 de 2013.
($ 333.050.900,00) M/CTE.
Dentro de los impuestos a cancelar por concepto de los contratos en el departamento se encuentra:
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TIPO DE CONTRIBUCIÓN POR IMPUESTOS
% de Contribución (valor base es el valor del contrato)
(RFTE.) CONTRATO CONSTRUCCION (+ $679.000) SOBRETASA DEPORTIVA
1.00 2.00
FODESEC - LEY 418/97 - Art.120 (Contrato por obras)
5.00
ESTAMPILLA PROCULTURA (Dec. 043/07 - Ordenanza 020/06)
2.00
Es de anotar que el Departamento de San Andrés isla se encuentra exenta del IVA, de conformidad con el Articulo 22 de la Ley 47 de 1993.
JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA QUE EJECUTARÁ EL PROYECTO Serán aquellos que disponga el Comité de contratación. Es importante llevar los criterios de selección de una forma que incentive a la participación, pero que de igual forma garantice la pluralidad de contratistas seleccionados, debido a que la experiencia en la zona, por la poca disponibilidad de equipo, nos ha demostrado que un mismo contratista sacrifica el tiempo y durante la ejecución, con el uso del mismo equipo y maquinaria en todas las obras a su cargo. 1 JUSTIFICACIÓN FACTORES DE SELECCION El procedimiento de selección del contratista está sometido a los principios de transparencia, selección objetiva e igualdad de derechos y oportunidades de los que se deriva la obligación de someter a todos los oferentes a las mismas condiciones. Cabe recordar que los pliegos de condiciones forman parte esencial del contrato; son la fuente de derechos y obligaciones de las partes y elemento fundamental para su interpretación e integración, pues contienen la voluntad de la administración a la que se someten los proponentes durante la licitación y el oferente favorecido durante el mismo lapso y, más allá, durante la vigencia del contrato. El numeral 2° del artículo 5° de la Ley 1150 de 2007 estipula que: "La oferta más favorable será aquella que, teniendo en cuenta los factores técnicos y económicos de escogencia y la ponderación precisa y detallada de los mismos, contenida en los pliegos de condiciones o sus equivalentes, resulte ser la más ventajosa para la entidad, sin que la favorabilidad la constituyan factores diferentes a los contenidos en dichos documentos. (...)" Pues bien, se reglamenta el ofrecimiento más favorable así: “En los procesos de selección por licitación, de selección abreviada para la contratación de menor cuantía, y para los demás que se realicen aplicando este último procedimiento, la oferta más ventajosa será la que resulte de aplicar alguna de las siguientes alternativas: a. La ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes o fórmulas señaladas en el pliego de condiciones". a
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En las experiencias adoptadas por la Entidad para contratos de obra Pública bajo la Modalidad de Selección Abreviada, la mejor alternativa a aplicar es la ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes y fórmulas, tal como se señala a continuación: Nombre Factor
PRECIO
Justificación de los factores de selección basados en la Experiencia El precio no debe ser superior al Oficial. Debe optarse por la modalidad selectiva o alzar que estime conveniente el Comité de Contratación, mientras se cumpla la condición anterior. Se realiza la anotación que en este tipo de obra y de acuerdo a la experiencia en San Andrés, no siempre la de menor precio resulta la más conveniente para la Administración.
OCCRE
Obedeciendo el mandato Constitucional establecido en el artículo 7 Se complementan los criterios de selección con el contenido de las normas especiales que rigen para el departamento sobre el control poblacional, v. gr. el Decreto-ley 2762 de 1991, la Ley 47 de 1993 y la Ley 915 de 2004
CALIDAD
Dada la condición de insularidad, las normatividades particulares que rigen a nuestro territorio, declaratoria de reserva de la biosfera este archipiélago y la experiencia en la isla con los contratistas foráneos y residentes, se concluye que las garantías de calidad, es decir la entrega de un excelente trabajo, con fines sociales en beneficio de una comunidad frágil en su economía y la oportunidad o entrega en el tiempo previsto, solo la otorgan la disponibilidad de equipos, insumos, personal y que no haya sido infractor ambiental.
De conformidad con lo expuesto, cabe concluir que los principios de transparencia, igualdad y selección objetiva, a que está sometida la selección del contratista, se desarrollan mediante la sujeción de la escogencia del contratista a la ley y al pliego de condiciones.
SOPORTE QUE PERMITA LA ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES DEL PROYECTO
1. DISTRIBUCIÓN DE RIESGOS 1.1 RIESGOS QUE ASUME EL CONTRATISTA A partir de la fecha de suscripción del Contrato y en todas las etapas del mismo, el Contratista asume los efectos derivados de todos y cada uno de los riesgos asociados a este Contrato, al igual que respecto a los que logre determinar, salvo los casos en que expresamente se ha determinado lo contrario. El Contratista deberá ejecutar el objeto del Contrato por su cuenta y riesgo, y asumir los gastos por todo concepto, incluyendo estudios, garantías, impuestos, trámites, seguros, multas y todos los demás gastos necesarios para la plena ejecución de las obligaciones que se derivan del objeto. Igualmente la inversión y financiación de las obligaciones a su cargo que se derivan de la propuesta a la presente convocatoria pública son por cuenta exclusiva del Contratista. Los riesgos y contingencias financieros, comerciales, cambiarios, operativos, ambientales, económicos, regulatorios, climatológicos, normativos y técnicos de las obligaciones a su a
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cargo que se derivan del objeto del contrato son de responsabilidad indelegable del Contratista adjudicatario de este proceso de selección. En consecuencia, las inversiones que realice el Contratista para el cumplimiento del contrato, incluyendo entre otras actividades, la construcción de la infraestructura, la operación, los gastos tributarios, y los costos sociales y técnicos, son de responsabilidad exclusiva de este y por tanto, no podrán ser invocados como factores de supuestos desequilibrios contractuales. En este sentido, el Contratista asume los efectos derivados de los riesgos que se listan a continuación de manera general, además de aquellos que se desprendan de la matriz de riesgos, otras cláusulas o estipulaciones del Contrato, sus anexos y sus Apéndices o que se deriven de la naturaleza del Contrato. Por lo tanto, no procederán reclamaciones del Contratista basadas en el suceso de alguno de los riesgos asumidos por el Contratista y -consecuentemente- no hará reconocimiento alguno, ni se entenderá que ofrece garantía alguna al Contratista, que permita eliminar o mitigar los efectos causados por la ocurrencia de alguno de estos riesgos, salvo que dicho reconocimiento o garantía se encuentren expresamente pactados en el Contrato.
1.2 RIESGOS QUE ASUME EL DEPARTAMENTO A partir de la fecha de suscripción del Contrato, EL Departamento asume, única y exclusivamente, los efectos derivados de los riesgos que se listan a continuación, además de aquellos que de manera expresa y clara se desprendan de otras cláusulas o estipulaciones del Contrato y sus apéndices y/o Matriz de Riesgos.
En el evento que se requiera realizar una expropiación judicial.
En todo caso, cuando de la ocurrencia de tales riesgos, se desprenda una obligación de pagar una suma de dinero al Contratista, se entenderá que tal suma de dinero será cancelada en los términos establecidos en la Ley y las cláusulas aplicables. 1.3 MATRIZ DE RIESGOS De acuerdo con lo estipulado en la Ley, la Gobernación determinará y enumerará los riesgos previsibles involucrados en la contratación. Los mencionados riesgos se incluyen en la siguiente tabla: DISTRIBUCIÓN DE RIESGOS ESTIMACION probabilidad Magnitud de ocurrencia Menor Fortuito
TIPO DE RIESGO Imposición de nuevos tributos Imposición de nuevos trámites o permisos Incremento en los costos de insumos (incluye los descritos en los costos directos) hasta el 10 % Incremento en los costos de insumos (incluye los descritos en los costos directos) superiores al 10 % hasta el 20 % Incremento en los costos de insumos (incluye los descritos en los costos directos) superiores al 20 %
ASIGNACION Contratista
Departamento
100%
0%
Insignificante
Improbable
100%
0%
Menor
Moderado
100%
0%
Menor
Ocasional
50%
50%
Grave
Improbable
0%
100%
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Incremento en las cantidades de obra por causas imputables al contratista Incremento en las cantidades de obra por necesidad de cumplimiento del objeto del contrato, previa autorización del departamento Daño, pérdida o hurto de materiales en la obra Mal funcionamiento de los equipos o herramientas y la no consecución de los mismos en la isla Atrasos por lluvias o condiciones climáticas propias del sector Escasez de personal directo o indirecto en las islas para acometer las obras, o el retiro de la obra de los mismos Daños al medio ambiente que genere el contratista en la ejecución de los trabajos Eventuales hechos lesivos, dolosos o culposos, efectuados por la omisión o acción directa del contratista o sus dependientes que pongan en riesgo a las personas o bienes cercanos a los trabajos Riesgo de orden público que interrumpan las actividades o impidan la ejecución del contrato Daño o deterioro de las obras que ponga en riesgo la calidad de las mismas que aún no estén recibidas a satisfacción por el Departamento Daño o deterioro de las obras que ponga en riesgo la calidad de las mismas que estén recibidas a satisfacción por el Departamento Riesgos por los estudios y diseños efectuados por la Gobernación Eventuales retrasos por el transporte de insumos, materiales, herramientas y equipo al Departamento Archipiélago de San Andrés Providencia y Santa Catalina Nota: Criterios de magnitud:
Menor
Fortuito
100%
0%
Menor
Fortuito
0%
100%
Menor
Fortuito
100%
0%
Grave
Moderado
100%
0%
Menor
Moderado
100%
0%
Menor
Ocasional
100%
0%
Menor
ocasional
100%
0%
Menor
ocasional
100%
0%
Menor
Fortuito
50%
50%
Menor
Fortuito
100%
0%
Menor
Fortuito
0%
100%
menor
Fortuito
0%
100%
Menor
Moderado
100%
Insignificante: Desde el 0% al 3% del valor del Costo Directo Menor: Más del 3% al 10% del valor del Costo Directo Grave: Más del 10% al 30% del valor del contrato a
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Crítica: Más del 30 % del valor del contrato Criterios de probabilidad:
Improbable: Fortuito: Ocasional: Moderado: Frecuente:
Muy difícil que ocurra Muy bajas probabilidades de que ocurra Ha ocurrido algunas veces Ha ocurrido varias veces. alta probabilidad de que ocurra
Además de lo anterior, y atendiendo lo establecido en la Ley, dentro de la audiencia de aclaración de pliego de condiciones, los oferentes y la Gobernación revisarán la asignación de riesgos con el fin de establecer su distribución definitiva.
ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE LOS MECANISMOS DE COBERTURA QUE GARANTIZAN LAS OBLIGACIONES SURGIDAS CON OCASIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y DEL CONTRATO A CELEBRAR Las garantías deberán ser expedidas con estricta sujeción a los requerimientos previstos en el mismo decreto 0734 de 2012 y lo dispuesto en el Pliego. 1. TOMADOR/AFIANZADO Si el proponente es una persona jurídica, la garantía deberá tomarse con el nombre o razón social que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva, y no sólo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera. Cuando la propuesta se presente en consorcio o unión temporal, la garantía deberá tomarse a nombre de todos y cada uno sus integrantes o a nombre del proponente plural, quien deberá relacionar claramente los integrantes, su identificación y porcentaje de participación, quienes para todos los efectos serán los otorgantes de la misma. 2. GARANTÍA PARA AMPARAR EL PROCESO DE CONTRATACIÓN: El Proponente debe presentar de manera simultánea con la PROPUESTA, SO PENA DE RECHAZO, una Garantía de Seriedad de la Oferta que cumpla con los siguientes parámetros: El proponente deberá constituir a favor del Departamento una garantía de seriedad, a saber: (i) una póliza de seguros, (ii) la constitución de una fiducia mercantil en garantía, (iii) una garantía bancaria a primer requerimiento, (iv) el endoso en garantía de títulos valores, o (v) el depósito de dinero en garantía. La PROPUESTA deberá incluir la Garantía de Seriedad de la Oferta, que deberá amparar los perjuicios que se deriven del incumplimiento del ofrecimiento, y asegure la firma, legalización, perfeccionamiento y cumplimiento de los requisitos establecidos para el inicio de ejecución del Contrato por parte del Adjudicatario, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4.1. del artículo 4° del Decreto 4828 del 24 de diciembre de 2008. La Garantía de Seriedad de la Oferta se extenderá para cubrir los eventos así:
La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el termino previsto en los pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue o a
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cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prorrogas no excedan un término de tres (3) meses. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato. El retiro de la oferta después de vencido el termino fijado para la presentación de las propuestas. La falta de pago de los derechos de publicación en el Diario Único de Contratación previstos como requisitos de legalización del contrato.
2.1 REQUISITOS METODOLÓGICOS La garantía se expedirá con el cumplimiento de los siguientes requisitos metodológicos: La garantía de seriedad de la Oferta deberá ser incluida en la PROPUESTA, Cualquier error o imprecisión en el texto de la póliza, será susceptible de aclaración. La garantía de seriedad de las PROPUESTAS u ofertas no aceptadas será devuelta. 3. GARANTÍA PARA AMPARAR EL CONTRATO: 3.1 GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO De conformidad con lo establecido en el Decreto 0734 DE 2012, Numeral 5.1.11 y sus decretos modificatorios 931 de 2009 y 2493 de 2009, el contratista se obliga a constituir, una garantía única de cumplimiento, la cual podrá consistir en: (i) una póliza de seguros (ii) la constitución de una fiducia mercantil en garantía, (iii) una garantía bancaria a primer requerimiento (iv) ) el depósito de dinero en garantía. Las garantías deberán ser otorgadas con sujeción a lo dispuesto para cada una de ellas como lo indica el decreto 0734 DE 2012, Numeral 5.1.11 y amparar: La garantía que cubre el cumplimiento del contrato, pago de multas, cláusula penal pecuniaria y demás sanciones deberá ser equivalente hasta por lo menos el 10% del valor total del contrato, con una vigencia igual al plazo del contrato y cuatro (4) meses más. El buen manejo y correcta inversión del anticipo: Concedido al CONTRATISTA, por el equivalente al cien por ciento (100%) del monto que EL CONTRATISTA reciba en dinero o en especie, para la ejecución del contrato y su vigencia se extenderá por todo el término de ejecución del contrato hasta la liquidación del contrato. Cumplimiento: El cumplimiento general del contrato y el pago de las multas y la cláusula penal pecuniaria que se le impongan, por una cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, con una vigencia se extenderá por todo el término de ejecución del contrato hasta la liquidación del contrato. Pago de Salarios, Prestaciones Sociales o Indemnizaciones: El pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales del personal que EL CONTRATISTA haya de utilizar para la ejecución del contrato, por el equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más. Estabilidad: La estabilidad y calidad de las obras ejecutadas, por el equivalente al cincuenta por ciento (50%) del valor final de las obras, con vigencia de cinco (5) años contados a partir de la fecha de suscripción del Acta de Recibo Definitivo de las obras.
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Responsabilidad Civil Extracontractual: El Contratista deberá presentar una póliza de seguro que proteja a la entidad de eventuales reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que pueda surgir de las actuaciones, hechos u omisiones del contratista, así como, de los subcontratistas de actividades, salvo que se acredite que el subcontratista cuenta con un seguro de responsabilidad civil extracontractual propio para el mismo objeto. Tomador o Afianzado: Contratista Beneficiarios: Terceros afectados y/o el Departamento Archipiélago de San Andrés. Cuantía: TREINTA POR CIENTO (30%) del valor total del contrato, sin que en ningún caso, pueda ser inferior a 200 salarios mínimo mensuales legales vigentes. Vigencia: se extenderá durante todo el plazo de ejecución del contrato hasta la liquidación
INTERVENTORIA Dada la naturaleza del contrato y las disposiciones y responsabilidades en la correcta evolución del proyecto, no es necesario contratar la Interventoría, técnica, administrativa, ambiental y financiera del contrato.
ACUERDO INTERNACIONAL O TRATADO DE LIBRE COMERCIO (TLC) El presente proceso contractual NO se encuentra cobijado bajo las obligaciones que en
materia de Acuerdos Internacionales y Tratados de Libre Comercio (TLC) vinculen al Estado colombiano acorde a lo establecido en el articulo 8.1.17 del decreto 0734 de 2012.
(Original firmado) ALBRON CORPUS ROBINSON Director UAECSP
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ANEXO N°1
1. SUMINISTRO E INSTALACION DE 140 PUNTOS ECOLOGICOS
Punto ecológico dúo como se especifica a continuación: Material canecas: Acero inoxidable tipo 304 calibre 18 punzonada. Cada caneca contará con una tapa cerrada de orificio central. Capacidad de cada caneca del dúo: 75 Litros Material estructura: Tubo redondo de 1.5” calibre 18 en acero inoxidable tipo 304. Material panel de señalización: Lámina de acero inoxidable tipo 304 calibre 20 Marcación del panel: Impresión digital indicando la guía al usuario para realizar una adecuada separación en la fuente, el texto “Punto Ecológico”, acompañado del logo del Gobierno Departamental y el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos PGIRS. Marcación de Canecas: cada caneca deberá llevar la impresión digital indicando la guía al usuario para realizar una adecuada separación en la fuente, con el logo estándar del reciclaje y el color respectivo correspondiente a la identificación establecida según el tipo de residuos como se ilustra: Para la instalación de los puntos ecológicos se deberá tener en cuenta lo establecido en el Manual de Diseño y Construcción de los Componentes del Espacio Público de San Andrés Islas adoptado mediante Decreto 0358 de 2007. Ver Anexo N°5 del pliego de condiciones.
Modelo tapa cerrada de orificio central
PUNTO ECOLOGICO a
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Logo PGIRS
Logo Gobierno Departamental 2012- 2015
Clasificación del tipo de residuo
CANECAS
RESIDUOS NO APROVECHABLES
RESIDUOS APROVECHABLES
Color Tipo de Residuos
Vidrio, lata, losa porcelanas, baldosas)
(cerámicas,
Plásticos, cartón, madera, tela, orgánicos secos, papel residuos sanitarios, tetrapack, PVC, Telas, material desechable.
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2. CONTENEDORES TIPO ROLLER Suministrar 12 Contenedores tipo roller con tapa de capacidad no menor a 300 litros, material de polietileno lineal de alta densidad por rotomoldeo, debidamente contramarcado con el logo del Gobierno Departamental y el PGIRS con el fin de trasladar residuos sólidos provenientes de los cayos, playas vías peatonales entre otros.
Color
Gris
Capacidad
No menor a 300 litros
Tipo cantidad
Roller con tapa 12
3. BOLSAS PLASTICAS Suministrar un total de 7000 unidades de bolsas plásticas biodegradables, para disposición de residuos sólidos de acuerdo a la clasificación propuesta colores negro y verde tamaño: 80 cm x 100cm., para la dotación de los puntos ecológicos y las campañas de sensibilización y educación a través del PGIRS que acompañará el proceso. COLOR
CANTIDAD
TAMAÑO
3500
80 cm x 100cm
3500
80 cm x 100cm
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