MUNICIPIO DE PUEBLO RICO. Secretaria de Despacho con Funciones de Gobierno CONTRATACIÓN DE MÍNIMA CUANTÍA ESTUDIOS PREVIOS

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Municipio de Pueblo Rico ALCALDÍA MUNICIPAL NIT. 891.480.031-1 Secretaria de Gobierno

“Trabajando Unidos por el Progreso” Código: 135-02-12

“Bangsia del Tatamá”

Versión: 03

MUNICIPIO DE PUEBLO RICO ALCALDÍA MUNICIPAL Secretaria de Despacho con Funciones de Gobierno

CONTRATACIÓN DE MÍNIMA CUANTÍA

ESTUDIOS PREVIOS

CONTRATO DE

SUMINISTRAR A TITULO DE VENTA LA ALIMENTACIÓN Y REFRIGERIO PARA LAS ACTIVIDADES DE LOS PROGRAMAS QUE SE DESARROLLAN EN EL CORREGIMIENTO DE SANTA CECILIA POR PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL Y LAS QUE SE PROGRAMEN CON LA GOBERNACION Y ENTIDADES DEL ORDEN NACIONAL Y DEPARTAMENTAL

C . A . M . Cra 4 Nº 6-17 Telefax 3663254 - 3663258 - 3663244

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En cumplimiento de lo establecido en los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, ley 1150 de 2007 y numeral 1 artículo 3.5.2 del decreto 734 de 2012, la Secretaria de Despacho con Funciones de Gobierno de la Alcaldía de Pueblo Rico Risaralda procede a estructurar los estudios previos para contratar el “SUMINISTRAR A TITULO DE VENTA LA ALIMENTACIÓN Y REFRIGERIO

PARA LAS ACTIVIDADES DE LOS PROGRAMAS QUE SE DESARROLLAN EN EL CORREGIMIENTO DE SANTA CECILIA POR PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL Y LAS QUE SE PROGRAMEN CON LA GOBERNACION Y ENTIDADES DEL ORDEN NACIONAL Y DEPARTAMENTAL” Se procede entonces a continuación a realizar el estudio previo de la presente contratación, dentro del proyecto denominado , registrado bajo el código BPIN 1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD ESTATAL PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN. La Constitución Política prevé en el artículo 2 como fines del Estado: “Servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.” De igual manera, en virtud del artículo 311 se menciona que “al Municipio, como entidad fundamental de la división político administrativa del Estado, le corresponde prestar los servicios públicos que determine la ley, construir las obras que demande el progreso local, ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes, y cumplir las demás funciones que le asignen la Constitución y las leyes.” Con el fin de garantizar el normal funcionamiento y ejecución de las diferentes actividades de los Proyectos y programas, los cuales contemplan la realización de actividades de acompañamiento a grupos de Seguridad Pública, actividades de descentralización de la administración, Cabildos Abiertos, campañas educativas, atención de emergencia ocasionadas en la zona urbana del corregimiento de Santa Cecilia, se requiere contratar el SUMINISTRO de alimentos como refrigerios, C . A . M . Cra 4 Nº 6-17 Telefax 3663254 - 3663258 - 3663244

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desayuno, almuerzo y comida, para los funcionarios de la Administración, la Gobernación, fuerza pública y entidades del Orden Nacional. Por tal razón se hace necesaria la adquisición de dichos elementos, de acuerdo a las cantidades y especificaciones relacionadas en el punto 3 de este estudio previo. La adquisición de estos bienes se debe satisfacer mediante la contratación con persona natural o jurídica con experiencia en la ejecución de dicha actividad. En ese orden, la Administración Municipal tiene la necesidad de adelantar el proceso contractual para el “SUMINISTRAR A TITULO DE VENTA LA ALIMENTACIÓN Y REFRIGERIO PARA LAS ACTIVIDADES DE LOS PROGRAMAS QUE SE DESARROLLAN EN EL CORREGIMIENTO DE SANTA CECILIA POR PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL Y LAS QUE SE PROGRAMEN CON LA GOBERNACION Y ENTIDADES DEL ORDEN NACIONAL Y DEPARTAMENTAL” 2. JUSTIFICACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO DESDE EL PLAN DE DESARROLLO 2012-2015 “TRABAJANDO UNIDOS POR EL PROGRESO”. La Administración Municipal de Pueblo Rico, formuló el Plan de Desarrollo para el periodo comprendido entre el 2012-2015 y estableció EL EJE ESTRUCTURANTE – dentro del cual se enmarca el Programa , y Subprograma , el cual busca impulsar e incentivar a nuestro jóvenes la inclusión en los proceso educativos como una estrategia para fomentar la educación, en este orden de ideas la Secretaria de Despacho con Funciones de Gobierno requiere el suministro de equipos y muebles descritos anteriormente. Para satisfacer la necesidad descrita en el presente estudio, se cuenta con el proyecto , registrado el banco de programas y Proyectos de Inversión Municipal bajo el código No , en el cual se encuentra el componente – , Actividad – , Insumo – cuya finalidad es promover mediante la modalidad de contratación, las metas previstas en el Plan de Desarrollo. Igualmente para la satisfacción de esta necesidad, se cuenta con los recursos económicos dispuestos en el Presupuesto General de Ingresos y Gastos del Municipio vigencia 2013, imputables al rubro presupuestal No 373. B1.3.2.2.16 GASTOS DE ALIMENTACION FUNCIONARIOS – de fecha: 2013/05/31. C . A . M . Cra 4 Nº 6-17 Telefax 3663254 - 3663258 - 3663244

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3. DESCRIPCIÓN DEL ESPECIFICACIONES.

OBJETO

A

CONTRATAR

CON

SUS

DESCRIPCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO Consiste en la Adquisición de “SUMINISTRAR A TITULO DE VENTA LA ALIMENTACIÓN Y REFRIGERIO PARA LAS ACTIVIDADES DE LOS PROGRAMAS QUE SE DESARROLLAN EN EL CORREGIMIENTO DE SANTA CECILIA POR PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL Y LAS QUE SE PROGRAMEN CON LA GOBERNACION Y ENTIDADES DEL ORDEN NACIONAL Y DEPARTAMENTAL” de conformidad con las siguientes especificaciones y los precios de Referencia: ITEM 1

DESCRIPCIÓN

CANT

VR UNIT

VR TOTAL

DESAYUNOS (HUEVO AL GUSTO, AREPA, QUESO Y CHOCOLATE) REFRIGERIOS (Un (1) Pandequeso, Una (1) Empanada y Jugo de Frutas)

220

3800

836,000

230

2800

644,000

3

ALMUERZOS (PECHUGA ASADA O PEZCADO, ENSALADA VARIADA Y BEBIDA (JUGO DE FRUTAS O GASEOSA)

250

9500

2,375,000

4

COMIDA (BISTEK A LA CRIOLLA O CHULETA A LA MILANESA O CHULETA EN SALSA O PESCADO , ENSALADA VARIADA Y BEBIDA (JUGO DE FRUTAS O GASEOSA)

250

9500

2,375,000

TOTAL

6,230,000

2

IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR La entidad estima que el contrato a celebrar es un contrato de Compraventa el cual se adelantará de acuerdo con lo establecido en Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, y Sección II - Subsección V del Artículo 3.5.1 del Decreto 734 de 2012. En el presente caso se trata de celebrar un contrato de mínima cuantía, y se debe hacer con sujeción a la norma antes trascrita, estos es, a través de invitación publica C . A . M . Cra 4 Nº 6-17 Telefax 3663254 - 3663258 - 3663244

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en pagina Web de la Entidad de conformidad con las disposiciones contenidas en el 734 de 2012. Como en el presente caso se trata de celebrar un contrato de compraventa, se debe hacer con sujeción a la norma antes trascrita, estos es, a través de la consecución de una sola oferta, tomando como única consideración los precios del mercado, y suscribiendo un contrato de suministro a titulo de compraventa. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTAS En desarrollo del contrato que se llegare a celebrar y en cumplimiento del objeto, el contratista seleccionado se compromete para con el municipio a desarrollar las siguientes actividades: a) Mantener comunicación con la entidad a través del Supervisor del contrato, a fin de recibir las orientaciones y evaluar el cumplimiento del objeto del mismo. b) Garantizar el suministro de los elementos antes mencionados de excelente calidad. c) Garantizar la entrega de los suministros en buenas condiciones y en el lugar pactado por la entidad contratante. d) Pagar por su cuenta todos los derechos, impuestos y los gastos legales en que incurra para el cumplimiento del objeto del contrato. e) Desarrollar el objeto del contrato de acuerdo con la propuesta presentada, y para las especificaciones técnicas requeridas por la entidad. f) Atender todas las recomendaciones que oportunamente indique el supervisor del contrato. g) Dar cumplimiento a las leyes, ordenanzas, acuerdos y reglamentos aplicables que existan sobre el particular. h) Suministrar la información que solicite el supervisor para ejercer el adecuado seguimiento del contrato. i) Las demás propias del objeto del contrato que sean necesarias para dar cumplimiento al mismo. 4. VALOR Y PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO. El presupuesto oficial estimado para la ejecución del contrato requerido es de SEIS MILLONES DOSCIENTOS TREINTA MIL PESOS CON CERO CENTAVOS C . A . M . Cra 4 Nº 6-17 Telefax 3663254 - 3663258 - 3663244

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M/CTE ($6230000), de conformidad con los precios de mercado y cotizaciones realizadas por la Secretaria de Despacho con Funciones de Gobierno. 5. IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL. Para la celebración del contrato de obra aquí planteado, la Alcaldía Municipal de Pueblo Rico cuenta con la siguiente partida del presupuesto de la vigencia fiscal del año 2013, de acuerdo con certificado de disponibilidad presupuestal N° 373 y rubro presupuestal Nro 373 B1.3.2.2.16 GASTOS DE ALIMENTACION FUNCIONARIOS expedido en la Fecha: 2013/05/31. 6. PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN. El plazo de la presente contratación se establece en Ciento Cincuenta (150) Dias calendario a partir de la firma del acta de inicio, sin exceder el 31 de diciembre de 2013. LUGAR DE EJECUCIÓN: El Presente contrató se ejecutará en el Municipio de Pueblo Rico Risaralda. 7. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN. El soporte jurídico esta contemplado de conformidad con la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios, lo concerniente al Artículo 3.5.1 del Decreto 734 de 2012, en el que se refiere de manera especial las adquisiciones de bienes, servicios y obra cuyo valor no exceda el diez por ciento (10%) de la menor cuantía. El presente contrato, se realizan bajo la modalidad de Selección Abreviada de Minima Cuantía, que para el caso de la Alcaldía Municipal de Pueblo Rico en la vigencia 2013, esta establecida hasta DIEZ Y SEIS MILLONES QUINIENTOS SEIS MIL PESOS ($16.506.000) M/CTE (280 SMMLV Ley 1150 de 2007), y cuya normatividad debe ser aplicada a la luz del nuevo Estatuto General Anticorrupción y lo establecido en la Ley 1450 del 2011.

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JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITA IDENTIFICAR LA PROPUESTA MÁS FAVORABLE: El Proceso de Selección abreviada de mínima cuantía, se encuentra regulado por el artículo 2º. Numeral 5º. Adicional de la Ley 1150 de 2007 conforme al artículo 94 de la Ley 1474 de 2011 y la Ley 1450 de 2011 y el artículo del 3,5,1 del Decreto 734 de 2012 que en especial reglamenta lo relacionado a la contratación de minina cuantía. 8. ANÁLISIS DE LOS RIESGOS DE LA CONTRATACIÓN Y EXTENSIONES DE LOS RIESGOS QUE DEBEN SER AMPARADOS POR EL CONTRATISTA. De conformidad con lo previsto en el artículo 4° de la Ley 1150 de 2.007, el Municipio de Pueblo Rico determina como riesgos aquellos hechos o circunstancias que por naturaleza del contrato y de la actividad a ejecutar es factible su ocurrencia, y al presentarse, pueden afectar el normal desarrollo del objeto contractual y como consecuencia retrasar o suspender la ejecución del contrato, afectando así el equilibrio económico del contrato para uno o ambos extremos contractuales. CUBRIMIENTO DE LOS RIESGOS. EL CONTRATISTA deberá garantizar, el pago oportuno de su afiliación como de sus cuotas mensuales a Salud, Pensión y Riesgos Profesionales y que las personas natural que tenga a su cargo, están afiliados a una entidad prestadora de salud y pensión y A.R.L y mantener vigentes la afiliación durante el término de duración del contrato. CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS. Con fundamento en lo preceptuado en el Decreto 734 de 2012, el Municipio de Pueblo Rico, al presente contrato no se le exigirá constitución de garantía alguna dada la naturaleza del contrato. Corresponde al supervisor evaluar el cumplimiento del objeto y el recibido a satisfacción de los elementos requeridos en la contratación.

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9. INTERVENTORA Y/O SUPERVISIÓN. La supervisión de la futura contratación será ejercida por la Secretaria de Despacho con Funciones de Gobierno 10.

CONCLUSIÓN.

Conforme lo dispone la Ley 80 de 1.993 en el Numeral 12 del Artículo 25, resulta oportuno y conveniente en consideración a la solicitud que se ha expuesto con la presentación de este estudio queda evidenciada la necesidad que debe suplir el municipio de Pueblo Rico, por lo que resulta imprescindible adelantar el correspondiente proceso de Contrato de Suministro a titulo de compraventa para cumplir con los propósitos establecidos para la buena marcha y efectivo cumplimiento de los cometidos de la Administración Municipal Por lo anterior se declara que es NECESARIA, CONVENIENTE Y OPORTUNA la presente Contratación, la cual sirve de apoyo a la gestión de la entidad, siendo previamente ESTUDIADA Y JUSTIFICADA EN EL PRESENTE DOCUMENTO. Se firma a lós Treinta y Un (31) dia del mes de Mayo de Mil Trece (2013).

RUBEN DARIO RUIZ ACEVEDO Secretaria de Despacho con Funciones de Gobierno Proyecto: Rubén Reviso: Jurídica Externa

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