MUNICIPIO DE PUEBLO RICO. Secretaria de Despacho con Funciones de Gobierno CONTRATACIÓN DE MÍNIMA CUANTÍA ESTUDIOS PREVIOS

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Manual de funciones del despacho del alcalde Riemith alejandra duran Patricia Skarlem Torrez Balderrama Pamela Humerez Baptista Maria Del Carmen River

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Municipio de Pueblo Rico ALCALDÍA MUNICIPAL NIT. 891.480.031-1 Secretaria de Gobierno

“Trabajando Unidos por el Progreso” Código: 135-02-12

“Bangsia del Tatamá”

Versión: 03

MUNICIPIO DE PUEBLO RICO ALCALDÍA MUNICIPAL Secretaria de Despacho con Funciones de Gobierno

CONTRATACIÓN DE MÍNIMA CUANTÍA

ESTUDIOS PREVIOS

CONTRATO DE

SUMINISTRO A TITULO DE VENTA KIT DE AYUDA HUMANITARIA (VIVERES Y ABARROTES) Y (KIT DE ASEO) PARA LA ATENCIÓN DE LAS FAMILIAS VICTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO INTERNO EN EL MUNICIPIO DE PUEBLO RICO, RISARALDA.

C . A . M . Cra 4 Nº 6-17 Telefax 3663254 - 3663258 - 3663244

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En cumplimiento de lo establecido en los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, ley 1150 de 2007 y numeral 1 artículo 3.5.2 del decreto 734 de 2012, la Secretaria de Despacho con Funciones de Gobierno de la Alcaldía de Pueblo Rico Risaralda procede a estructurar los estudios previos para contratar el SUMINISTRO

A TITULO DE VENTA KIT DE AYUDA HUMANITARIA (VIVERES Y ABARROTES) Y (KIT DE ASEO) PARA LA ATENCIÓN DE LAS FAMILIAS VICTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO INTERNO EN EL MUNICIPIO DE PUEBLO RICO, RISARALDA. Se procede entonces a continuación a realizar el estudio previo de la presente contratación, dentro del proyecto denominado APOYO Y ATENCIÓN INTEGRAL A LA POBLACIÓN VULNERABLE DEL MUNCIPIO DE PUEBLO RICO RISARALDA, registrado bajo el código BPIN 20126657215 1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD ESTATAL PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN. La Constitución Política prevé en el artículo 2 como fines del Estado: “Servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.” De igual manera, en virtud del artículo 311 se menciona que “al Municipio, como entidad fundamental de la división político administrativa del Estado, le corresponde prestar los servicios públicos que determine la ley, construir las obras que demande el progreso local, ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes, y cumplir las demás funciones que le asignen la Constitución y las leyes.” Teniendo en cuenta que la alimentación es fundamental para el adecuado desarrollo personal, y el cual tiene un carácter de bien público y el acceso al mismo no puede estar condicionado a la dinámica del devenir económico, es por lo que desde la Administración Municipal, se tiene como objetivo brindar herramientas que permitan el mejoramiento de las condiciones de seguridad alimentaria y nutricional del Municipio de Pueblo Rico, contemplando la atención integral, población víctima del C . A . M . Cra 4 Nº 6-17 Telefax 3663254 - 3663258 - 3663244

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conflicto armado interno que migra al Municipio, padecen dificultades en su entorno familiar y en la satisfacción de sus necesidades básicas como la alimentación. La Administración Municipal necesariamente debe gestionar y ejecutar proyectos sociales indispensables para brindar a la población victima por el conflicto armado, la atención y el apoyo suficiente para suplir sus necesidades básicas, por tal motivo este Municipio debe implementar una serie de programas destinados a la atención específica de esta población, según el marco de la ley 387 de 1997 que complementa la política pública de prevención, protección y atención integral para las victimas del conflicto armado, la ley 1190 de 2008 que estableció competencias y responsabilidades a los Alcaldes y Gobernadores frente a la atención de la población desplazada y dicta otras disposiciones, también como lo ordenó la Honorable Corte Constitucional en su Sentencia T-025 de 2004 y en sus autos de seguimiento posteriores, pero especialmente la ley 1448 de 2011 ley de victimas y restitución de tierras, particularmente en su Titilo III ayuda humanitaria, atención y asistencia, capítulo III, de la atención a las víctimas del desplazamiento forzado en su artículo 62 que reza “etapas de la atención humanitaria: Se establecen tres fases o etapas para la atención humanitaria de las víctimas de desplazamiento forzado: 1. Atención inmediata; 2. atención humanitaria de emergencia; 3. y atención humanitaria de transición”. Pero en cuanto a las competencias que impone la ley 1448 de 2011 a las entidades territoriales específicamente en su artículo 63 donde reza, “atención inmediata: es la ayuda humanitaria entregada a aquellas personas que manifiestan haber sido desplazadas y que se encuentran en situación de vulnerabilidad acentuada y requieren de albergue temporal y asistencia alimentaria. Esta ayuda será proporcionada por la entidad territorial de nivel municipal receptora de la población en situación de desplazamiento. Se atenderá de manera inmediata desde el momento en que se presenta la declaración (…) (Subrayado fuera del texto). Con el fin de satisfacer sus necesidades y buscar el goce efectivo de sus derechos a una subsistencia mínima como expresión del derecho fundamental al mínimo vital que tiene la población victima que ha sufrido delitos de lesa humanidad por el conflicto armado, es necesario que en el Municipio de Pueblo Rico a través de la Secretaria de Gobierno realice la contratación de suministro de víveres y abarrotes C . A . M . Cra 4 Nº 6-17 Telefax 3663254 - 3663258 - 3663244

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teniendo en cuenta la etapa de atención de entrega de urgencia con el objetivo de garantizar la atención humanitaria inmediata y para dar cumplimiento a la normatividad vigente en el marco de las responsabilidades que tiene el Municipio; Por lo anterior se hace necesario que el Municipio de Pueblo Rico, contrate el suministro de Kit de Alimentos y Aseo Consideramos que para evitar este desequilibrio económico y la mala calidad se debe verificar las propuestas que sean igual o menor a EL PRESUPUESTO OFICIAL y que en ninguno de los casos se encuentren por debajo del 98% del presupuesto oficial, de encontrarse alguna propuesta que no cumpla con estas consideraciones, será descalificada En ese orden, la Administración Municipal tiene la necesidad de adelantar el proceso contractual para el “SUMINISTRO A TITULO DE VENTA KIT DE AYUDA HUMANITARIA (VIVERES Y ABARROTES) Y (KIT DE ASEO) PARA LA ATENCIÓN DE LAS FAMILIAS VICTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO INTERNO EN EL MUNICIPIO DE PUEBLO RICO, RISARALDA.” 2. JUSTIFICACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO DESDE EL PLAN DE DESARROLLO 2012-2015 “TRABAJANDO UNIDOS POR EL PROGRESO”. La Administración Municipal de Pueblo Rico, formuló el Plan de Desarrollo para el periodo comprendido entre el 2012-2015 y estableció EL EJE ESTRUCTURANTE – MAS PROGRESO PARA EL DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL dentro del cual se enmarca el Programa ATENCIÓN A LA POBLACIÓN PRIORITARIA, y Subprograma INCLUSION SOCIAL, MUJER Y FAMILIA, el cual busca impulsar e incentivar a nuestro jóvenes la inclusión en los proceso educativos como una estrategia para fomentar la educación, en este orden de ideas la Secretaria de Despacho con Funciones de Gobierno requiere el suministro de equipos y muebles descritos anteriormente. Para satisfacer la necesidad descrita en el presente estudio, se cuenta con el proyecto APOYO Y ATENCIÓN INTEGRAL A LA POBLACIÓN VULNERABLE DEL MUNCIPIO DE PUEBLO RICO RISARALDA, registrado el banco de programas y Proyectos de Inversión Municipal bajo el código No 20126657215, en el cual se encuentra el componente – SUMINISTRO, Actividad – ADQUISICIÒN DE ALIMENTOS Y C . A . M . Cra 4 Nº 6-17 Telefax 3663254 - 3663258 - 3663244

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UTENCILIOS, Insumo – ALIMENTOS Y UTENCILIOS cuya finalidad es promover mediante la modalidad de contratación, las metas previstas en el Plan de Desarrollo. Igualmente para la satisfacción de esta necesidad, se cuenta con los recursos económicos dispuestos en el Presupuesto General de Ingresos y Gastos del Municipio vigencia 2013, imputables al rubro presupuestal No 184. B2.2.7.5.1.3 ATENCION Y APOYO POBLACION DESPLAZADA POR LA VIOLENCIA – de fecha: 2013/03/05. 3. DESCRIPCIÓN DEL ESPECIFICACIONES.

OBJETO

A

CONTRATAR

CON

SUS

DESCRIPCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO Consiste en la Adquisición de “SUMINISTRO A TITULO DE VENTA KIT DE AYUDA HUMANITARIA (VIVERES Y ABARROTES) Y (KIT DE ASEO) PARA LA ATENCIÓN DE LAS FAMILIAS VICTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO INTERNO EN EL MUNICIPIO DE PUEBLO RICO, RISARALDA.” de conformidad con las siguientes especificaciones y los precios de Referencia: KIT DE AYUDA HUMANITARIA (VIVERES, ABARROTES)

Nr DESCRIPCIÓN o 1 Arroz

CANT

UNIDAD

VR UNIT

125

ARROBA

4,500.00

4,312,500.00

,000.00 ,400.00 ,200.00

300,000.00 120,000.00 528,000.00 450,000.00

2 3 4 5

Frijol Alverja Atun (175gr) Papa

75 50 165 10

KILO KILO UNIDAD BULTOS

6

Aceite (3000lt)

15

GARRAFA

VR TOTAL

45,000.00 202,500.00 13,500.00 7

Leche en polvo (lb)

60

UNIDAD

8

Salchichon

60

UNIDAD

7,000.00

420,000.00 390,000.00

6,500.00 9

Platanos

100

KILO

650,000.00 6,500.00

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10 Huevos

150

PANAL

11 Harina de trigo

100

LIBRA

1,125,000.00 7,500.00 110,000.00 1,100.00

12 Arepa harina

70

LIBRA

13 Azucar

25

LB

14 Panela

25

PACAS

70,000.00

1,000.00

662,500.00

26,500.00

1,100,000.00 44,000.00

15 Sardinas (280gr)

100

UNIDAD

220,000.00 2,200.00

16 Arverja (580gr) 17 Sal

con

zanahoria

70

TARRO

1

ARROBA

3,000.00

210,000.00 7,500.00

7,500.00 18 Tomate

60

KILO

90,000.00 1,500.00

19 Cebolla

60

KILO

120,000.00 2,000.00 SUBTOTAL 11,088,000.00

Nr o 1 2 3 4 5 6 7 8

VEINTICINCO (25) KIT DE ASEO Y BATERIA DE COSINA VALOR DESCRIPCIÓN UNI CANT IT VALOR TOTAL Jabon en Barra Azul CUADR (300gr) O 5 1,200.00 6,000.00 Fab (3000 gr) UN 2 7,000.00 14,000.00 Limpido (3.8 lt) UN 1 9,300.00 9,300.00 Jabon axion (900 gr) UN 3 3,000.00 9,000.00 Papel higiénico (12rollos) PACA 3 11,400.00 34,200.00 Escoba UN 1 4,500.00 4,500.00 Trapero UN 1 6,000.00 6,000.00 Cepillo UN 1 3,500.00 3,500.00 C . A . M . Cra 4 Nº 6-17 Telefax 3663254 - 3663258 - 3663244

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Boslas para basura (24) Colgate (150gr) Pañales x 36 unidades Posillos plasticos Platos soperos plasticos Platos seco plasticos Cucharas plasticos Valdes grandes (20lt)

Paquete UN PACA UN UN UN UN UN

1 3,500.00 2 6,750.00 5 13,500.00 10 2,166.00 10 2,166.00 10 2,166.00 10 2,166.00 1 9,690.00 TOTAL $

TOTALES PRESUPUESTADOS Nro DETALLE 20 KIT DE ASEO Y BATERIA DE COSINA GL MEJAJE

3,500.00 13,500.00 67,500.00 21,660.00 21,660.00 21,660.00 21,660.00 9,690.00 267,330

TOTAL 5,346,600.00 11,088,000.00

$ GRAN TOTAL 16,434,600.00

IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR La entidad estima que el contrato a celebrar es un contrato de Compraventa el cual se adelantará de acuerdo con lo establecido en Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, y Sección II - Subsección V del Artículo 3.5.1 del Decreto 734 de 2012. En el presente caso se trata de celebrar un contrato de mínima cuantía, y se debe hacer con sujeción a la norma antes trascrita, estos es, a través de invitación publica en pagina Web de la Entidad de conformidad con las disposiciones contenidas en el 734 de 2012. Como en el presente caso se trata de celebrar un contrato de compraventa, se debe hacer con sujeción a la norma antes trascrita, estos es, a través de la consecución de una sola oferta, tomando como única consideración los precios del mercado, y suscribiendo un contrato de suministro a titulo de compraventa. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTAS C . A . M . Cra 4 Nº 6-17 Telefax 3663254 - 3663258 - 3663244

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En desarrollo del contrato que se llegare a celebrar y en cumplimiento del objeto, el contratista seleccionado se compromete para con el municipio a desarrollar las siguientes actividades: a) Mantener comunicación con la entidad a través del Supervisor del contrato, a fin de recibir las orientaciones y evaluar el cumplimiento del objeto del mismo. b) Garantizar el suministro de los elementos antes mencionados de excelente calidad. c) Garantizar la entrega de los suministros en buenas condiciones y en el lugar pactado por la entidad contratante. d) Pagar por su cuenta todos los derechos, impuestos y los gastos legales en que incurra para el cumplimiento del objeto del contrato. e) Desarrollar el objeto del contrato de acuerdo con la propuesta presentada, y para las especificaciones técnicas requeridas por la entidad. f) Atender todas las recomendaciones que oportunamente indique el supervisor del contrato. g) Dar cumplimiento a las leyes, ordenanzas, acuerdos y reglamentos aplicables que existan sobre el particular. h) Suministrar la información que solicite el supervisor para ejercer el adecuado seguimiento del contrato. i) Las demás propias del objeto del contrato que sean necesarias para dar cumplimiento al mismo. 4. VALOR Y PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO. El presupuesto oficial estimado para la ejecución del contrato requerido es de DIEZ Y SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M/CTE CON CERO CENTAVOS ($16500000), de conformidad con los precios de mercado y cotizaciones realizadas por la Secretaria de Despacho con Funciones de Gobierno. 5. IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL. Para la celebración del contrato de obra aquí planteado, la Alcaldía Municipal de Pueblo Rico cuenta con la siguiente partida del presupuesto de la vigencia fiscal del año 2013, de acuerdo con certificado de disponibilidad presupuestal N° 184 y rubro presupuestal Nro 184 B2.2.7.5.1.3 ATENCION Y APOYO POBLACION DESPLAZADA POR LA VIOLENCIA expedido en la Fecha: 2013/03/05. C . A . M . Cra 4 Nº 6-17 Telefax 3663254 - 3663258 - 3663244

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6. PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN. El plazo de la presente contratación se establece en Ciento Ochenta (180) DIAS calendario a partir de la firma del acta de inicio, sin exceder el 31 de diciembre de 2013. LUGAR DE EJECUCIÓN: El Presente contrató se ejecutará en el Municipio de Pueblo Rico Risaralda. 7. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN. El soporte jurídico esta contemplado de conformidad con la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios, lo concerniente al Artículo 3.5.1 del Decreto 734 de 2012, en el que se refiere de manera especial las adquisiciones de bienes, servicios y obra cuyo valor no exceda el diez por ciento (10%) de la menor cuantía. El presente contrato, se realizan bajo la modalidad de Selección Abreviada de Minima Cuantía, que para el caso de la Alcaldía Municipal de Pueblo Rico en la vigencia 2013, esta establecida hasta QUINCE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS PESOS ($15.687.600) M/CTE (280 SMMLV Ley 1150 de 2007), y cuya normatividad debe ser aplicada a la luz del nuevo Estatuto General Anticorrupción y lo establecido en la Ley 1450 del 2011. JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITA IDENTIFICAR LA PROPUESTA MÁS FAVORABLE: El Proceso de Selección abreviada de mínima cuantía, se encuentra regulado por el artículo 2º. Numeral 5º. Adicional de la Ley 1150 de 2007 conforme al articulo 94 de la Ley 1474 de 2011 y la Ley 1450 de 2011 y el artículo del 3,5,1 del Decreto 734 de 2012 que en especial reglamenta lo relacionado a la contratación de minina cuantía.

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8. ANÁLISIS DE LOS RIESGOS DE LA CONTRATACIÓN Y EXTENSIONES DE LOS RIESGOS QUE DEBEN SER AMPARADOS POR EL CONTRATISTA. De conformidad con lo previsto en el artículo 4° de la Ley 1150 de 2.007, el Municipio de Pueblo Rico determina como riesgos aquellos hechos o circunstancias que por naturaleza del contrato y de la actividad a ejecutar es factible su ocurrencia, y al presentarse, pueden afectar el normal desarrollo del objeto contractual y como consecuencia retrasar o suspender la ejecución del contrato, afectando así el equilibrio económico del contrato para uno o ambos extremos contractuales. CUBRIMIENTO DE LOS RIESGOS. EL CONTRATISTA deberá garantizar, el pago oportuno de su afiliación como de sus cuotas mensuales a Salud, Pensión y Riesgos Profesionales y que las personas natural que tenga a su cargo, están afiliados a una entidad prestadora de salud y pensión y A.R.P y mantener vigentes la afiliación durante el término de duración del contrato. CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS. Con fundamento en lo preceptuado en el Decreto 734 de 2012, el Municipio de Pueblo Rico, al presente contrato no se le exigirá constitución de garantía alguna dada la naturaleza del contrato. Corresponde al supervisor evaluar el cumplimiento del objeto y el recibido a satisfacción de los elementos requeridos en la contratación. 9. INTERVENTORA Y/O SUPERVISIÓN. La supervisión de la futura contratación será ejercida por la Secretaria de Despacho con Funciones de Gobierno 10.

CONCLUSIÓN.

Conforme lo dispone la Ley 80 de 1.993 en el Numeral 12 del Artículo 25, resulta oportuno y conveniente en consideración a la solicitud que se ha expuesto con la C . A . M . Cra 4 Nº 6-17 Telefax 3663254 - 3663258 - 3663244

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presentación de este estudio queda evidenciada la necesidad que debe suplir el municipio de Pueblo Rico, por lo que resulta imprescindible adelantar el correspondiente proceso de Contrato de Suministro a titulo de compraventa para cumplir con los propósitos establecidos para la buena marcha y efectivo cumplimiento de los cometidos de la Administración Municipal Por lo anterior se declara que es NECESARIA, CONVENIENTE Y OPORTUNA la presente Contratación, la cual sirve de apoyo a la gestión de la entidad, siendo previamente ESTUDIADA Y JUSTIFICADA EN EL PRESENTE DOCUMENTO. Se firma a lós Cinco (5) diás del mes de Marzo de Dos Mil Trece (2013).

Original Firmado RUBEN DARIO RUIZ ACEVEDO Secretaria de Despacho con Funciones de Gobierno

Proyecto: Rubén Reviso: Jurídica Externa

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