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Objetivos de aprendizaje Poder preparar una modificación de estatutos Conocer lo requisitos y procedimiento del
aumento y reducción de capital social Conocer el concepto y función de las modificaciones estructurales Saber cuándo y cómo se disuelve una sociedad de capital Saber liquidar una sociedad de capital Conocer las especialidades de la sociedad limitada nueva empresa, de la sociedad unipersonal y de las sociedades laborales
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Contenidos 1. Clases, concepto y notas características de las sociedades 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8.
capitalistas Denominación, nacionalidad y domicilio El objeto social El capital social y la estructura financiera La fundación de las sociedades capitalistas: sociedad en formación e irregular Las obligaciones del socio La acción en la SA y la participación social en la SL Los órganos de la SA
1. 2.
Junta general Administradores
9. La aprobación de las cuentas anuales 10. Las modificaciones de estatutos 1. Aumento de capital social 2. Reducción de capital social 11. Las modificaciones estructurales 12. Separación y exclusión de socios 13. La extinción: disolución y liquidación 14. Sociedades especiales 06/08/2010
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10. Las modificaciones de estatutos Concepto Nueva redacción de artículos que consten en los estatutos, adición de alguno nuevo o supresión de los existentes
Competencia Junta general, salvo en aquellos supuestos en que la LSC admite delegación en los administradores
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10. Las modificaciones de estatutos Requisitos formales (arts. 286 y ss LSC): se establece un sistema de información que aspira a garantizar la obtención de una voluntad social consciente Se formule previamente texto íntegro propuesta y en SA un informe Convocatoria: punto del orden del día relativo a lo que se pretende modificar y se haga constar el derecho de información anterior Acuerdo:
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SA: quórum reforzado SL: mayoría reforzada No ha de coincidir necesariamente con el texto propuesto, pero ha de moverse en los extremos que figuren en la convocatoria
El acuerdo se hará constar en escritura pública y se inscribirá en el Registro mercantil, para posteriormente publicarse en el BORME Juan Bataller (dir.), Luis Gallego, Mario Pérez
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10. Las modificaciones de estatutos Requisitos materiales No puede contrariar las normas imperativas Debe respetarse, dentro de los límites
marcados, la situación jurídica del socio (arts. 291 y ss LSC)
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10.1. Aumento de capital social Concepto Modificación (incremento) de la cifra formal de capital social (lo que no implica necesariamente una modificación del patrimonio neto de la sociedad, aunque normalmente lo hará)
Función económica Aumentar los recursos financieros Necesidad de obtener nuevos bienes Voluntad de dar entrada a nuevos socios Voluntad de adecuar la cifra de capital social al superior valor real del patrimonio Reducir el pasivo social convirtiendo a los acreedores en accionistas 06/08/2010
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10.1. Aumento de capital social Modalidades Incremento del valor nominal de las acciones/participaciones antiguas Emisión de nuevas acciones/participaciones
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10.1. Aumento de capital social Contravalor del aumento
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Nuevas aportaciones no dinerarias
Compensación de créditos
Con cargo a reservas
Nuevas aportaciones dinerarias
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10.1. Aumento de capital social Procedimiento Se adoptará el acuerdo siguiendo los requisitos de modificación de estatutos El acuerdo ha de ejecutarse Suscripción de nuevas acciones/asignación de
nuevas participaciones surge entonces el derecho de suscripción/asunción preferente Asignación directa a los socios
Inscripción simultánea del acuerdo y de la
ejecución en el Registro mercantil
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10.2. Reducción de capital social Concepto Modificación (disminución) de la cifra formal de capital social (lo que no implica necesariamente una modificación del patrimonio neto de la sociedad)
Función económica 1. Reducción material: disminuye patrimonio al ser KS excesivo 2. Reducción formal: no disminuye patrimonio
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10.2. Reducción de capital social Modalidades 1. Disminución del valor nominal de las acciones
o participaciones 2. Amortización (una de cada dos se destruye) o agrupación de acciones o participaciones (se canjean tres viejas por una nueva)
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10.2. Reducción de capital social Reducción por pérdidas Formal Reducción para dotar la reserva legal Clases Reducción para la devolución de aportaciones Material Reducción, en SA, para la condonación de dividendos pasivos
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10.2. Reducción de capital social: Tutela de los acreedores SA
SL Los socios responden
solidariamente entre sí y con la sociedad del pago de las deudas sociales hasta el limite de lo percibido Puede excluirse la responsabilidad, si se dota una reserva Puede incluirse derecho de oposición de los acreedores en los estatutos 06/08/2010
Los acreedores con
créditos pendientes surgidos con anterioridad a la reducción pueden oponerse al aumento hasta que se les garantice su crédito Los acreedores tienen un mes desde el último anuncio para oponerse Si se oponen, la reducción no puede efectuarse hasta que la sociedad garantice el crédito o preste fianza una entidad de crédito
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10.2. Reducción de capital social Procedimiento
Acuerdo: cumplirá los requisitos de las modificaciones de estatutos
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Ejecución: según sea la modalidad elegida
Surge, en su caso, el derecho de oposición de los acreedores
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Inscripción simultánea del acuerdo y su ejecución en el RM
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11. Modificaciones estructurales Concepto conjunto heterogéneo de operaciones relativas a las sociedades mercantiles caracterizadas por alterar decisivamente el marco jurídico, organizativo y patrimonial derivado del negocio fundacional de la sociedad. Régimen jurídico Ley 3/2009, de 3 de abril de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles que se aplica a toda sociedad mercantil 06/08/2010
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11. Modificaciones estructurales Transformación La transformación es una modificación estructural de una sociedad que implica el cambio de su forma social sin afectar a su personalidad jurídica (art. 3 Ley modificaciones estructurales). No extingue la personalidad jurídica de la sociedad transformada, ni es causa de disolución. Pueden verse afectados los derechos de los socios y de los acreedores sociales, por lo que es preciso dictar normas de tutela de los mismos.
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11. Modificaciones estructurales Fusión La fusión es una operación de integración de los patrimonios y de los socios de dos o más sociedades en una única sociedad, y, por tanto, un medio de extinción de sociedades, que puede llevarse a cabo mediante dos vías distintas: Fusión por absorción Fusión por creación de una nueva sociedad
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11. Modificaciones estructurales Fusión por absorción Una sociedad, denominada absorbente, adquirirá por sucesión universal los patrimonios de las sociedades absorbidas, que se extinguirán, aumentando, en su caso, el capital social de la sociedad absorbente en la cuantía que proceda.
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11. Modificaciones estructurales Fusión por creación de una nueva sociedad Implicará la extinción de cada una de las sociedades que se fusionan y la transmisión en bloque de los respectivos patrimonios sociales a la nueva entidad, que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de aquéllas.
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11. Modificaciones estructurales Escisión Es una operación de división del patrimonio de una sociedad, que pasa a otra u otras sociedades, ya existentes o de nueva creación Cesión global de activo y pasivo La transmisión en bloque del íntegro patrimonio de la sociedad, a uno o varios terceros, a cambio de una contraprestación que no podrá consistir en que sus socios se integren en la sociedad (o sociedades) cesionaria (art. 81). La contraprestación podrá ser recibida por la sociedad o atribuirse directamente a los socios, lo que implicará en este último caso la extinción de la sociedad. El traslado internacional del domicilio Se regula como modificación estructural, pues aunque no se produce ni un cambio en la forma jurídica, ni una transmisión en bloque del patrimonio, ni se extingue la sociedad, esta operación societaria tiene importantes consecuencias, por lo que es necesario un régimen garantista de los intereses en juego. 06/08/2010
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12. Separación y exclusión de socios La relación jurídica que surge del contrato de sociedad puede resolverse con relación a un determinado socio cuando concurran determinados hechos o acuerdos sociales que le afectan, previstos en la ley o en los estatutos, sin que afecte a la subsistencia del contrato de sociedad, que únicamente se resuelve con relación a ese socio
Exclusión
Separación
Pérdida condición socio 06/08/2010
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12. Separación y exclusión de socios Separación Concepto: derecho del socio ante la adopción de determinados acuerdos sociales que le afectan a solicitar su salida de la sociedad bien comprándole las participaciones o entregándole a cambio de sus participaciones sociales su valor razonable. Causas
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Legales: art. 346 LSC Estatutarias: más allá de la LSC; requiere consentimiento unánime de los socios
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12. Separación y exclusión de socios Separación Ejercicio del derecho de separación: Los acuerdos que den lugar a separación serán publicados en el BORME o comunicados por escrito a los socios Durante un mes podrá ejercerse este derecho
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12. Separación y exclusión de socios Exclusión Concepto: Es un mecanismo de autoridad para solventar conflictos que surgen en el seno de la sociedad limitada ante el incumplimiento en forma culposa de determinadas obligaciones que derivan del contrato de sociedad Causas: Legales: art. 350 LSC Estatutarias: más allá de la LSC; requiere
consentimiento unánime de los socios
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12. Separación y exclusión de socios Exclusión Procedimiento de exclusión: Requerirá acuerdo de la junta general Si el socio posee más del 25 % KS también resolución judicial, salvo que el socio se conforme con la exclusión o sea un supuesto de condena al administrador a indemnizar a la sociedad.
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12. Separación y exclusión de socios Normas comunes Procedimientos a) La junta general al adoptar el acuerdo origen de la
separación autoriza a que la sociedad adquiera las participaciones con cargo a beneficios o a reservas de libre disposición para su posterior venta b) Se procederá a la valoración de las participaciones sociales; dentro de los dos meses siguientes se reembolsará su valor, se amortizarán las participaciones y se procederá a reducir el KS sin necesidad de acuerdo de la junta general
Si no hay un acuerdo sobre el valor de las acciones
o participaciones, el registrador mercantil designará un auditor para que determine el valor razonable
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13. La extinción La extinción de las sociedades de capital no es un acontecimiento instantáneo, sino el resultado de un complejo proceso en el que se pone de manifiesto el doble aspecto —obligacional e institucional— de estas sociedades: no sólo ha de resolverse el contrato social, sino también se ha de eliminar la persona jurídica nacida de aquel contrato.
Disolución
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Liquidación
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Cancelación RM
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13. Disolución Transcurso del término Pleno derecho
Concurso Modos disolución
Simple acuerdo de la JG Constatación existencia de causa
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Causas legales
Causas estatutarias 29
13. Disolución Pleno derecho No requiere acuerdo de la sociedad Transcurso término fijado en los estatutos Reducción KS por debajo mínimo legal consecuencia del cumplimiento de una ley Apertura de la fase de liquidación del concurso de acreedores Simple acuerdo junta general No requiere causa, basta el simple acuerdo El acuerdo ha de ser adoptado con los requisitos de las modificaciones de estatutos 06/08/2010
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13. Disolución Constatación de la existencia de causa 1. Ha de concurrir causa (art. 363 LSC) 2. Administradores deben convocar junta general Si la junta general lo acuerda disolución 2. Si la junta no se convoca, no se celebra o no lo acuerda administradores deben (e interesados pueden) solicitar disolución judicial 1.
El incumplimiento de estos deberes genera la responsabilidad civil de los administradores por las deudas de la sociedad
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13. Liquidación Concepto Proceso dirigido a hacer posible el reparto del patrimonio social entre accionistas previa satisfacción de los acreedores sociales Sociedad mantiene personalidad jurídica, pero con finalidad liquidatoria
Órganos Junta general Liquidadores Interventores en SA
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13. Liquidación Liquidadores Concepto Órgano de gestión y representación de la sociedad durante la liquidación Nombramiento SA: estatutos o, subsidiariamente junta general. Necesariamente impares SL: estatatutos, junta general o subsidiariamente los administradores Duración del cargo Indefinido hasta extinción 06/08/2010
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13. Liquidación Liquidadores Poder de representación Podrá realizar cualquier operación necesaria para la liquidación Salvo estatutos, cada liquidador ejerce individualmente el poder de representación Separación Por acuerdo junta general, salvo los nombrados judicialmente En SA, puede ser separados por decisión judicial si concurre justa causa Liquidadores nombrados judicialmente solo pueden ser separados por el juez 06/08/2010
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13. Liquidación Operaciones de la liquidación
Redacción del inventario y un balance de comienzo de la liquidación
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Liquidar el activo y el pasivo
Redactar el balance final
La JG aprueba el balance, donde se contiene la propuesta de reparto
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Reparto del haber liquido, tras el pago de todas las deudas
Cancelación de la inscripción registral
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14. Sociedades especiales Sociedad unipersonal Sociedad limitada nueva empresa Sociedad anónima europea
Sociedad cotizada Sociedad laboral Sociedad profesional
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Cuestiones a resolver ¿Qué consecuencias tiene la modificación del objeto
social de una sociedad? ¿Qué función económica tiene aumentar el capital social por compensación de créditos? ¿Cuándo y por qué necesita protección el acreedor social en las reducciones de capital social? ¿Qué es la segregación de la sociedad? ¿Por qué la separación y la exclusión generan una reducción de capital social? ¿Cuándo y de qué deudas responden los administradores en caso de incumplir los deberes de la disolución? ¿Qué mecanismos de garantía tienen los acreedores en la liquidación?
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Mapa conceptual
Haz un mapa conceptual sobre la disolución
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