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UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR VICERRECTORADO ACADÉMICO DECANATO DE ESTUDIOS TECNOLÓGICOS COORDINACIÓN DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA
UNIDAD DE LIQUIDACION, GARANTÍAS, CONTABILIDAD Y UNIDAD DE COBRANZA ADMINISTRATIVA, DE LA DIVISIÓN DE RECAUDACIÓN DE LA ADUANA PRINCIPAL AEREA DE MAIQUETIA Informe de Pasantía presentado ante la Ilustre Universidad Simón Bolívar, como requisito para optar al Título de Técnico Superior Universitario en Administración Aduanera
Autor:
Br. Leydis Carolina Bayona Acevedo
Carnet: 08- 2155 84.402.595 C.I.:
Tutor Académico: Prof. Dani villalobos
Camurí Grande, Septiembre de 2011
UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR VICERRECTORADO ACADÉMICO DECANATO DE ESTUDIOS TECNOLÓGICOS COORDINACIÓN DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA
ACEPTACIÓN DEL TUTOR ACADÉMICO
En mi carácter de Tutor del Informe de Pasantía presentado por la Bachiller: LEYDIS C. BAYONA ACEVEDO, carnet N° 08-2155 para optar al Título de TÉCNICO SUPERIOR UNIVERSITARIO EN ADMINISTRACIÓN ADUANERA; considero que dicho informe reúne los requisitos y méritos suficientes para ser sometido a la presentación pública y evaluación por parte del jurado examinador que designe.
En Camurí Grande, Septiembre de 2011.
_________________________________ Prof. Dani villalobos Tutor Académico
UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR VICERRECTORADO ACADÉMICO DECANATO DE ESTUDIOS TECNOLÓGICOS COORDINACIÓN DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA
APROBACIÓN DEL JURADO Informe de Pasantía presentado ante la Universidad Simón Bolívar, como requisito para la aprobación de la asignatura PD- 3610 Cursos en Cooperación con la Empresa.
Obtuvo la calificación de 20 (veinte) puntos por el Jurado conformado por:
i
DEDICATORIA
Deseo dedicar este logro en primer lugar a mi Padre Celestial por darme la vida, por haberme rodeado de una maravillosas familia, por ser mi guía, por brindarme fortaleza, amor, sabiduría, protección y por nunca abandonarme.
A la Sr. Leonor Acevedo D. por su apoyo y confianza incondicional, por ser mi Madre, mi amiga, mi heroína, mi todo
A mi padre Ramón D. Bayona, A mi tía Alba Bayona por ser como mi segunda madre, a mi abuela Tilcia, a mi hermano David y todos mis familiares que han contribuido a mi crecimiento personal y espiritual.
ii
RECONOCIMIENTO
Agradezco primeramente, a mi Padre Celestial por darme la vida, por rodearme de una maravillosas familia, por no permitirme desmayar a pesar de los obstáculos, por darme la fortaleza y ganas de salir adelante con esmero, por brindarme protección, salud y bendición a mí y a mis seres queridos, ¡Gracias Mi Dios!…. Porque sin ti no lo hubiera podido conseguir.
A mi Madre Leonor Acevedo, Gracias por tu amor, por tu positivismo, por tu dedicación y por sembrar en mí la semilla de la superación. Te Amo.
A todos mis familiares, a mí tío Diosemiro, esposa e hijos por disponer de un espacio en su hogar para mi, a la familia Quintana por incluirme como un miembro más de su familia, A Bladi, teresa, carla, yeisy, Mayri y todos mis hermanos y siervos Nuevo apostólicos gracias por sus oraciones
A los profesores y amigos que contribuyeron en mi formación académica y profesional, que me prestaron su apoyo, y colaboración cuando lo necesite.
A todos los funcionarios que conforman la División de Recaudación en especial a la Srt. Marianela Ugueto, Sr. Sonia Hernández, Sr. Sergio Martinez, Odalys Natera, y Miguel Peraza así como también, a los funcionarios Cristian González y Yohny Tovar .por hacer amena y cómoda mi estadía en la Aduana desde el primer día. Por confiar en mis conocimientos y prestarme su disposición para enseñarme.
GRACIAS A TODOS…. ÍNDICE GENERAL
ÍNDICE DE CUADROS, GRÁFICOS O TABLAS iii
v
ÍNDICE DE FIGURAS
vi
RESUMEN
vii
INTRODUCCIÓN
2
OBJETIVOS
3
-
Objetivo General
3
-
Objetivos Específicos
3
CAPÍTULO I ASPECTOS RELATIVOS A LA INSTITUCIÓN
4
1.1 Razón Social de la Institución
4
1.2 Actividad a la que se dedica la Institución
4
1.3 Reseña Histórica de la Institución
4
1.4 Naturaleza Jurídica de la Institución
7
1.5 Misión, Visión, Objetivos Estratégicos y Valores Corporativos de la Institución 7 1.5.1 Misión de la Institución
8
1.5.2 Visión de la Institución
8
1.5.3 Objetivos Estratégicos de la Institución
8
1.5.4 Valores Corporativos de la Institución
8
1.6 Funciones de la Institución
9
1.7 Estructura Organizativa de la Institución
10
1.8 División de Recaudación Aduana Principal Aérea de Maiquetía
11
1.9 Funciones de la División de Recaudación
11
1.9.1 Estrategias de Gestión y Proyecciones
12
1.9.1. Estructura Organizativa de la División de Recaudación
14
1.10.1 Funciones de la Unidad de Liquidación
14
1.10.2 Funciones de la Unidad de Contabilidad Fiscal
15
1.10.3 Funciones de la Unidad de Cobranza Administrativa
15
1.10.4 Funciones de la Unidad de Garantías
16
1.13 Procesos de Liquidación
16
iv
CAPÍTULO II ACTIVIDADES DESARROLLADAS POR LOS PASANTES EN LA UNIDAD DE LIQUIDACION, CONTABILIDAD, GARANTÍAS Y UNIDAD DE COBROS ADMINISTRATIVOS DE LA DIVISIÓN DE RECAUDACIÓN DE LA ADUANA PRINCIPAL AEREA DE MAIQUETIA -
Cronograma de Actividades Propuestas
23
-
Descripción de Actividades
23
-
Actividades desarrolladas en la Unidad de Liquidación
26
-
Actividades desarrolladas en la Unidad de Contabilidad
29
-
Actividades desarrolladas en la Unidad de Cobranza Administrativa
31
-
Actividades desarrolladas en la Unidad de Garantías
33
CAPÍTULO III 36
CASO PRÁCTICO
CONCLUSIONES
44
RECOMENDACIONES
45
FUENTES DE INFORMACIÓN
46
ANEXOS
48
GLOSARIO DE TÉRMINOS
71
ÍNDICE DE CUADROS, GRÁFICOS Ó TABLAS
CUADRO 1. Actividades Propuestas por Semana en la División de Recaudación v
23
ÍNDICE DE FIGURAS
vi
FIGURA 1. Estructura Organizativa de la Institución
10
FIGURA 2. Estructura Organizativa de la División de Recaudación
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UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR VICERRECTORADO ACADÉMICO DECANATO DE ESTUDIOS TECNOLÓGICOS COORDINACIÓN DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA COORDINACIÓN DE COMERCIO EXTERIOR vii
UNIDAD DE LIQUIDACION, GARANTÍAS, CONTABILIDAD Y UNIDAD DE COBRO ADMINISTRATIVO DE LA DIVISIÓN DE RECAUDACIÓN DE LA ADUANA PRINCIPAL AEREA DE MAIQUETIA Autor:
Br. Leydis Carolina Bayona Acevedo
Tutor Académico: Fecha:
Prof. Dani villalobos Camuri Grande, octubre de 2011
RESUMEN Las pasantías contribuyen significativamente en el desarrollo, tanto profesional como personal del estudiante y su aprobación representa un requisito fundamental para optar al Título de Técnico Superior Universitario en Administración Aduanera. Durante la ejecución de las pasantías, realizadas en la Aduana Principal Aerea de Maiquetia (SENIAT), específicamente en las Unidades de liquidación, contabilidad, Garantías y Unidad de Cobros Administrativos se desarrollaron diferentes actividades, logrando demostrar los conocimientos técnicos adquiridos durante el período de formación en la Universidad Simón Bolívar, mediante la realización de los procedimientos administrativos emitidos en cada una de la Unidades antes mencionadas en temas relacionados con la aplicación de garantías, liquidación de planillas por multas e intereses moratorios de los contribuyentes, elaboración de oficio de solvencia fiscal etc. así como en la gestión del cobro administrativo de los derechos pendientes líquidos y exigibles, Por otra parte, el Servicio de Aduanas es la puerta de entrada y salida que permite la interacción con el mundo por ello, la necesidad de implementar controles que contribuyan a la facilitación del comercio internacional, mejorando de esta manera la eficiencia de las operaciones aduaneras y la reducción de obstaculización para el desaduanamientoo de las mercancías que se realiza a través de dicha Oficina Aduanera. Palabras
Clave:
Recaudación,
Liquidación,
viii
Derechos
Pendientes,
Garantía.
INTRODUCCIÒN
En el acelerado dinamismo de la sociedad actual en la que la circulación los flujos bien sean, intercambio de personas, tecnología, información, y cultural; supone una comprensión del tiempo y espacio acelerado las distancias se acortan, las relaciones son más inmediatas debido, debido al avance en tecnología, transporte y comunicación. Por tanto al ser las aduanas el punto de entrada y salida de lo anteriormente mencionado, corresponde al estado la implementación de medidas para la efectiva entrada al país proponiendo la facilitación y dinamización de comercio internacional sin el menos cabo de la recaudación nacional. Por consiguiente a continuación se presentara en el presente trabajo al órgano recaudador en la Republica Bolivariana de Venezuela, el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), la cual se encarga de recaudar los tributos nacionales y facilitar el comercio internacional mediante un sistema tributario integrado, eficiente y moderno, con capacidad para enfrentar exitosamente el contrabando y la evasión fiscal A lo largo del presente informe se dará a conocer la estructura organizativa y funcionamiento tanto de La Aduana Principal Aérea de Maiquetía adscrita a la Intendencia Nacional de Aduanas, es una de las Gerencias que conforman el Nivel Operativo del (SENIAT) así como también, de la División de Recaudación, posteriormente, se describirán de forma detallada cada una de las actividades desarrolladas por la pasante en las respectivas unidades de la división.
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OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL
Desarrollar minuciosamente la estructura organizativa de la Aduana Principal Aérea de Maiquetía (SENIAT),el funcionamiento de la División de Recaudación y la actividades realizadas en cada una de las Unidades que la conforman durante el periodo de pasantías, y explanar un caso practico.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS •
Conocer la estructura organizativa de la Aduana Principal Aérea de Maiquetía (SENIAT), específicamente la División de Recaudación e identificar las funciones de cada una de las Unidades que conforman dicha División.
•
Aprender el proceso que se realiza en la Unidad de Liquidación, Contabilidad, Garantías y Unidad de Cobranza Administrativa de la División de Recaudación, desde que se presentan las diferentes solicitudes para la aplicación de garantías, liquidación de multas contempladas en la Ley Orgánica de Aduanas hasta la realización del cobro administrativo de los derechos pendientes líquidos y exigibles, a los contribuyentes o responsables.
•
Describir las actividades realizadas durante el periodo de pasantías en la División de Recaudación
•
Demostrar el tratamiento prestado a las mercancías ingresadas al Depósito fiscal Courier en la Aduana Principal Aérea de Maiquetía.
3
CAPITULO I
ASPECTOS RELATIVOS A LA INSTITUCIÓN
1.1
Razón Social De La Institución Gerencia de la Aduana Principal Aérea de Maiquetía adscrita a la Intendencia
Nacional de Aduanas del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
Dirección: Avenida Soublette, Sector Cabo Blanco, Edificio SENIAT- Aduana Principal Aérea de Maiquetía, Estado Vargas
1.2 Actividad A La Que Se Dedica La Institución Es un órgano de ejecución de la administración aduanera y tributaria nacional que goza de autonomía técnica, funcional y financiera. Su objeto principal es recaudar los tributos nacionales y facilitar el comercio internacional de la República Bolivariana de Venezuela mediante un sistema tributario integrado, eficiente y moderno, con capacidad para enfrentar exitosamente el contrabando y la evasión fiscal. En el mismo sentido con la actividad aduanera marítima, así como establecer la logística que regula el intercambio de mercancía de otros países con Venezuela.
1.3
Reseña Histórica De La Institución ¾ El 21 de mayo de 1993 En esta fecha se da el primer paso para la organización de las aduanas en Venezuela,
por tal motivo, se crea Aduanas de Venezuela Servicio Autónomo (AVSA), Organismo sin
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personalidad jurídica, mediante Decreto Presidencial 2.937 de esa misma fecha, según Gaceta Oficial N° 35.216 del 21 de mayo 1993. Sustituye en ese momento a la Dirección General Sectorial de Aduanas del Ministerio de Hacienda. ¾ 23 de marzo de 1994
Se crea el Servicio Nacional de Administración Tributaria (SENAT), Servicio autónomo sin personalidad jurídica, según Gaceta Oficial N° 35.427 del 23 de marzo de 1994. Esta dependencia sustituye a la Dirección General Sectorial de Rentas del Ministerio de Hacienda. ¾ 10 de agosto de 1994
Se fusionan Aduanas de Venezuela, Servicio Autónomo (AVSA) y el Servicio Nacional de Administración Tributaria (SENAT) para dar paso a la creación del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), según Decreto Presidencial N° 310 de fecha 10 de agosto de 1994, publicado en la Gaceta N° 35.525 de fecha 16 de agosto de 1994. ¾ El 1° de julio de 1994
Entró en vigencia la Reforma Tributaria instrumentada por el Ejecutivo Nacional con fundamento en la Ley Habilitante de fecha 14 de abril de 1994, publicada en Gaceta Oficial N° 35.442 de fecha 18 de abril de 1994. El proceso de fusión fue concebido como un proyecto de modernización orientado hacia un gran servicio de información con el objeto de incrementar la recaudación, actualizar la estructura tributaria Nacional y fomentar la cultura tributaria, para promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones de los contribuyentes.
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Este nuevo Servicio responde a la fusión y reestructuración que, en conformidad con el Artículo 226 del Código Orgánico Tributario, se proponía el Ministerio de Hacienda a objeto de cumplir con la administración eficiente de los ingresos tributarios nacionales, no sólo de los tributos internos, sino también de los tributos aduaneros que hasta ese momento estaban siendo administrados por Aduanas de Venezuela, Servicio Autónomo (AVSA).
Para crear la normativa del Servicio; es decir, establecimiento de la organización, atribuciones y funciones, el Ministerio de Hacienda publica la Resolución N° 32 de fecha 24 de marzo de 1995, que establece el Reglamento Interno del SENIAT. Esta Resolución es publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 4.881 de fecha 29 de marzo de 1995. ¾ 12 de febrero de 2000
La Resolución N° 32 de fecha 24 de marzo de 1995, fue reformada parcialmente en el año 2000, según publicación en Gaceta Oficial N° 36.892 de fecha 12 de febrero de 2000, en la cual se modificó el nombre de la institución a Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, incluyendo la palabra Aduanera y conservando las mismas siglas SENIAT; se crearon las Intendencias Nacionales de Aduanas y Tributos Internos, estableciendo sus atribuciones, entre otros.
¾ 8 de noviembre de 2001 Finalmente en el año 2001, se decretó la Ley del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, la cual fue publicada en Gaceta Oficial N° 37.320 de fecha 8 de noviembre de 2001, con el objeto de regular y desarrollar la organización y funcionamiento de la institución, estableciéndolo de igual forma como un servicio autónomo sin personalidad jurídica, con autonomía funcional, técnica y financiera, adscrito al Ministerio de Finanzas, actualmente Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas.
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1.4
Naturaleza Jurídica de la Institución
En concordancia con la Ley del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, publicada en la Gaceta Oficial N° 37.320 de fecha 8 de noviembre de 2001, el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) es un servicio autónomo sin personalidad jurídica, con autonomía funcional, técnica y financiera, adscrito al Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas. Constituye un órgano de ejecución de la administración tributaria nacional, al cual le corresponde la aplicación de la legislación aduanera y tributaria nacional, así como el ejercicio, gestión y desarrollo de las competencias relativas a la ejecución integrada de las políticas aduanera y tributaria fijadas por el Ejecutivo Nacional.
1.5 Misión, Visión, Objetivos Estratégicos, Valores y Principios Corporativos de la Institución
1.5.1
Misión de la Institución
El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), es un órgano de ejecución de la administración tributaria nacional que goza de autonomía técnica, funcional y financiera. Su objeto principal es recaudar los tributos nacionales y facilitar el comercio internacional de la República Bolivariana de Venezuela, mediante un sistema tributario integrado, eficiente y moderno con capacidad para enfrentar exitosamente el contrabando y la evasión fiscal. Le corresponde asumir el rol fundamental en el logro del objetivo estratégico de la sostenibilidad fiscal, de manera que los gastos ordinarios del Estado sean cubiertos por la recaudación tributaria de origen no petrolero, obtenida del pago voluntario de los contribuyentes.
1.5.2
Visión de la Institución
El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), como institución pública dirigida a servir eficientemente a los ciudadanos, 7
centra su actividad en el cumplimiento de su misión y ejerce su acción en plena correspondencia con la construcción del nuevo modelo productivo, rumbo a la creación del futuro sistema económico de la República Bolivariana de Venezuela. Su aporte fundamental en la consecución de la sostenibilidad fiscal, la contribución al intercambio comercial de la nación, su exitosa lucha contra el contrabando, la piratería y la evasión fiscal, el profesionalismo y la sensibilidad social de sus funcionarios, la alta calidad en la atención y respeto a los contribuyentes, la excelencia de sus sistemas y su información, el desarrollo de una gestión transparente y abierta a la contraloría social; proyectan al SENIAT como una institución de alto prestigio y credibilidad nacional e internacional y lo erigen como modelo para el proceso de transformación revolucionaria del Estado.
1.5.3 Principios ¾ Transparencia ¾ Eficiencia ¾ Eficacia ¾ Rendición de Cuentas
1.5.4
Valores Institucionales
¾ Solidaridad ¾ Honestidad ¾ Corresponsabilidad Social ¾ Respeto ¾ Lealtad ¾ Equidad ¾ Justicia ¾ Igualdad ¾ Bien Común ¾ El ser social colectivo 8
1.6
Funciones de la Institución ¾ Administrar el sistema de los tributos de la competencia del Poder Público Nacional, en concordancia con la política definida por el Ejecutivo Nacional. ¾ Administrar el sistema aduanero, en concordancia con la política definida por el Ejecutivo Nacional. ¾ Elaborar propuestas para la definición de las políticas tributarias y aduaneras, evaluar su incidencia en el comercio exterior y proponer las directrices para su ejecución. ¾ Recaudar los tributos de la competencia del Poder Público Nacional y sus respectivos accesorios, así como cualquier otro tributo cuya recaudación le sea asignada por Ley o convenio especial. ¾ Ejercer funciones de control, inspección y fiscalización del cumplimiento de las obligaciones tributarias, de conformidad con el ordenamiento jurídico tributario. ¾ Diseñar, administrar, supervisar y controlar los regímenes ordinarios y especiales de la tributación nacional. ¾ Determinar y verificar el cumplimiento de las obligaciones aduaneras y tributarias, y sus accesorios. ¾ Definir y ejecutar las políticas administrativas tendentes a reducir los márgenes de evasión fiscal y, en especial prevenir, investigar y sancionar administrativamente los ilícitos aduaneros y tributarios. ¾ Tramitar y autorizar los reintegros y devoluciones establecidos en la normativa aduanera y tributaria. ¾ Tramitar, autorizar o instrumentar los incentivos y beneficios fiscales establecidos en la normativa aduanera y tributaria. ¾ Sistematizar, divulgar y mantener actualizada la información sobre la legislación, jurisprudencia y doctrina, así como las estadísticas relacionadas con las materias de su competencia. 9
¾ Asegurar la correcta interpretación y aplicación de las normas y procedimientos relativos a las funciones aduaneras y tributarias del Poder Público Nacional. ¾ Llevar los registros, promover, coordinar y controlar la inscripción de sujetos pasivos de la relación jurídica tributaria y aduanera.
1.7
Estructura Organizativa de la Institución FIGURA 1 Organigrama SENIAT Aduana P. Aérea de Maiquetía
Estructura Organizativa Aduana Principal Aérea de Maiquetía
Asistencia a la Gerencia
GERENCIA
Unidad de Planificación y Control de Unidad de Informática
División de Administración
División Asignada Fuente: SENIAT Año: 2011
Área de Apoyo Jurídico
Área de Control de Área de Control Almacenamiento de Bienes Adjudicados de Almacenamiento
Área de Asistencia al Contribuyente
Área de Resguardo Aduanero
Área de Resguardo Aduanero
División de División de Recaudacióin Recaudació
División de Tramitaciones
Aduana Subalterna
Aduana Subalterna del de Higuerote Terminal de Pasajeros Del Aeropuerto Internacional
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División de Operaciones
1.8.
DIVISION DE RECAUDACION ADUANA PRINCIPAL AEREA DE MAIQUETIA
La División de Recaudación como una unidad organizativa que en el sector publico integra la administración financiera, es el responsable de administrar el sistema de recaudación tributaria y aduanera, contabilizar y velar por la debida recaudación de los tributos nacionales de su competencia.
1.9. Funciones:
Según la Resolución Nº 32 (Gaceta oficial Nº 4.881, extraordinaria de fecha 29 de marzo de 1995.) Sobre la organización, atribuciones y funciones del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria- SENIAT, en el Artículo 126 – la división de recaudación tiene las siguientes funciones: ¾ Expedir en término legal la planilla de liquidación de gravámenes con el objeto que se cumpla su cancelación en los términos que determine la ley. ¾ Mantener un sistema actualizado de registro y control de las planillas Autoliquidadas y liquidadas, emitidas por concepto de impuestos, tasas, multas y demás gravámenes aduaneros, y la recaudación de las mismas, con ocasión de las operaciones aduaneras efectuadas; ¾ Mantener un sistema actualizado de información sobre los derechos pendientes para cada ejercicio fiscal e informar de los mismos al área de apoyo jurídico para ejercer el cobro correspondiente interrumpir las prescripciones, según los procedimientos previstos en la ley orgánica de aduanas, sus reglamentos y demás leyes especiales;
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¾ Llevar un registro de emisión y cobro de las planillas liquidadas por concepto de habilitaciones así como por concepto de reparos formulados por las autoridades competentes; ¾ Recibir, controlar, llevar el registro por separado y ejercer el cobro de fianzas permanentes, eventuales, depósitos previos y cualquier otro tipo de garantías; ¾ Recibir y controlar, las resoluciones administrativas en las cuales se autorizan reintegros por vía de compensación. ¾ Verificar el registro y control de la constitución de garantías, que amparen los regímenes aduaneros autorizados; ¾ Informar al gerente de la aduana principal respectivo en
forma periódica, el
resultado de la gestión y monto de las liquidaciones y recaudaciones realizadas durante el periodo fiscal; ¾ Firmar los actos y documentos relativos las funciones de su competencia; ¾ Elaborar, ejecutar, supervisar y controlar el plan operativo de su área, de acuerdo a los lineamientos y procedimientos establecidos por la oficina de planificación. ¾ Las demás que se le atribuyan.
1.10. Estrategias de Gestión y Proyecciones
¾ Operativo especial de nacionalización de admisiones temporales para que ingrese a la recaudación el monto total por concepto de impuesto de importación, impuesto al valor agregado (IVA) e intereses moratorios. ¾ Formación de comité de cobranzas, enmarcado dentro del plan especial de cobranzas, para realizar el cobro de las declaraciones únicas de aduanas actuales (duas) con el fin de incrementar la recaudación diaria. ¾ Actualización de los derechos pendientes para realizar gestiones de cobro de años anteriores y así aportar a la recaudación mensual. 12
¾ Gestión de canjes de las garantías (depósitos previos) correspondiente a los envíos urgentes actuales para elevar la recaudación mensual. ¾ Evaluar los aspectos que afectaron a las principales empresas importadoras que realizaban operaciones aduaneras por esta aduana y efectuar todas las gestiones pertinentes para ofrecerles un excelente servicio. ¾ Incentivar
a los auxiliares de la administración para el pago oportuno de las
declaraciones únicas de aduanas (duas). ¾ Revisar los derechos pendientes de los importadores y auxiliares de la administración antes de otorgar respuesta a cualquier solicitud realizada por ellos. ¾ Promover plan especial de cobranzas de derechos pendientes que refleja el sistema ASY-REPORTS e I-SENIAT. ¾ Instalación del sistema contable, que nos permitirá significados avances en materia de actuación de la contabilidad fiscal, la creación de reportes específicos que nos permitan conocer a una fecha determinada los saldos que presentan las diferentes cuentas que conforman los estados financieros.
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1.11. Estructura Organizativa de la División de Recaudación
Figura N° 2 ORGANIGRAMA DE DIVISIÓN DE RECAUDACIÓN
DIVISIÓN DE RECAUDACIÓN Jefe de División
Coordinación de Liquidación (ISENIAT)
Coordinación De Garantías
Coordinación De Contabilidad Fiscal
Coordinación De Cobranzas Administrativas
FUENTE: SENIAT AÑO: 2011
1.12. FUNCIONES DE CADA UNA DE LAS UNIDADES DE LA DIVISIÓN DE RECAUDACIÓN
1.12.1 UNIDAD DE LIQUIDACIÓN
Coordinador: Marianela de Jesús Ugueto.
Funciones:
La función de esta unidad se basa específicamente en procesar y emitir las planillas de liquidación remitidas de las diferentes divisiones que conforman la aduana principal 14
aérea de Maiquetía, así como la elaboración de salida de pases manual, cuando las almacenadoras no la pueden procesar a través del sistema Sidunea y mantener la recaudación de la aduana principal aérea de Maiquetía de acuerdo a las proyecciones y metas asignadas por estudios socioeconómicos del nivel normativo. Controlar y supervisar la emisión de las planillas de liquidación y los pases de salida manual correspondientes a la unidad.
1.12.2 UNIDAD DE CONTABILIDAD FISCAL:
Coordinador: Odalys Natera
Funciones:
Encargada de clasificar y ordenar los soportes de los derechos recaudados, que son las planillas recibidas de las diferentes entidades financieras, efectuar los asientos en el libro diario y elaborar los estados financieros, efectuar los asientos en el libro diario y elaborar estados financieros , efectuar las conciliación de la cuenta de habilitación del banco Banesco e Industrial de Venezuela que mantiene esta aduana, procesar las solicitudes de solvencia fiscal requerida por los auxiliares de la administración aduanera, elaborar los libros diarios auxiliares de los bancos Banesco e industrial de Venezuela.
1.12.3 UNIDAD DE COBRANZAS ADMINISTRATIVAS:
Coordinador: Gustavo Chacon
Funciones:
Tiene como función principal llevar un control de los derechos pendientes de la aduana, mediante el pago de los mismos. Aplicar acciones de cobro de los derechos 15
pendientes, a través de notificación y depuraron de los mismos, siendo cada una de ellas un elementos de gran importancia para el cumplimiento de los procedimientos y normas establecidas en la normativa legal vigente, y de esta forma prestar un mejor servicio a los auxiliares de la administración aduanera.
1.12.4 UNIDAD DE GARANTIA:
Coordinador: Yoselis Antequera
Funciones:
Encargada de registrar y aplicar las garantías presentadas a la aduana principal, las cuales pueden ser por deposito previo y fianzas ( eventuales y permanentes), procesar las distintas solicitudes de finiquitos de las garantías correspondientes a las liberaciones y/o ejecuciones y llevar un control de los depósitos previos y fianzas constituidas.
1.13 UNIDAD DE LIQUIDACIÒN
Proceso De Liquidación •
La solicitudes de liquidaciones de documentos son recibidos y registrados en el libro de entrada de liquidación, asentando el agente aduanal motivo de la liquidación, correlativo y oficio, asignando un código interno para se procesado por la unidad.
•
Se procede calcular y emitir las planillas de liquidación de gravámenes.
Las Operaciones Que Generan Planillas De Liquidación
1. Discrepancia entre lo declarado y el resultado del acto de reconocimiento: de acuerdo con lo establecido en el articulo 81 del reglamento de la ley orgánica 16
de aduanas, se emitirá una planilla de liquidación por el total de los gravámenes causados, sin perjuicio de las sanciones legales correspondientes si fuere el caso, en un plazo no mayor a tres días hables. En este caso es el interesado quien presente el documento objetado ante el servicio de liquidación.-
2. Errores materiales y de cálculo en la autoliquidación: conforme al articulo 60 de la Ley Orgánica de Aduanas, las planillas emitidas por las oficinas aduaneras solo podrán ser devueltas por errores materiales o de calculo, sin embargo, cuando las planillas de autoliquidación forma C-80 presentan errores que imposibilitan su cancelación ante la banca deben ser sustituidas por planillas de liquidación forma C-81, en este caso el funcionario encargado del departamento de liquidación solicita el documento respectivo al departamento de archivo de la aduana y procede a ordenara la liquidación de la planilla, de acuerdo a los pasos del procesos de liquidación, actualmente este proceso se esta realizando a través de la declaración informativa de aduanas (DIA).
3. Ausencia en la presentación de certificado de origen: cuando en el documento de reconocimiento se presenta documentación que ampare mercancía proveniente de países con los cuales Venezuela posee tratados de beneficio común (Pacto Andino y ALADI) y no posean el certificado del país de origen, el interesado solicitara la liquidación de la planilla afianzable, correspondiente a los derechos diferenciales y tendrá u lapso de noventa (90) días para presentar dicho certificado, de acuerdo a lo establecido en el acuerdo de Cartagena. En el caso de aplicación de antidumping, tendrá sesenta días para la presentación de certificado de acuerdo al articulo Nº 5 de la resolución 3607 publicada en gaceta oficial Nº 36.007 del 25 de Julio de 1997, de no hacerlo se procederá a ejecutar la garantía prestada por el interesado.
4. Ajuste de valor: los documentos con ajuste de valor originados del acto de reconocimiento son pasados al departamento de valoración donde se efectúa los 17
cálculos respectivos y este emite dicho documento a la coordinación de liquidación. El coordinador de liquidación ordena la emisión de la (s) planilla (s) correspondientes siguiendo los pasos en el proceso de liquidación que se desarrollará posteriormente.
5. Almacenaje: el almacenaje esta establecido en el articulo Nº 29 del reglamento de la L.O.A. el área de almacenamiento y bienes adjudicados solicita ante la unida de liquidación la emisión de la respectiva planilla a los efectos del cobro de los montos acusados, de acuerdo con los porcentajes previstos en la normativa legal antes indicada. El coordinador ordena la emisión de las planillas correspondientes siguiendo los pasos en el proceso de liquidación.
6. Manifiesto de licores: el consignatario presenta el documento que ampara la importación de licores ante la unidad de liquidación a los fines que se le sean emitidas la s respectivas planillas de a cuerdo a las disposiciones legales que rigen la materia (Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas y arancel de aduanas). el coordinador ordena la emisión de la(s) planilla(s).
7. Admisiones temporales: el Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas sobre los regimenes de Liberación, Suspensión y otro Regimenes Aduaneros Especiales en la Sección I del Capitulo II y en la Sección II del Capitulo III, establece la Admisión Temporal de mercancías y la Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo, en estos casos la Unidad de Liquidación recibe de la Unidad de Regimenes Especiales el documento con la conformidad en la presentación de los permisos requeridos, autorizando la liquidación afianzable de la(s) planilla(s) por concepto de impuesto de importación y a la planilla pagable de la tasa por Servicio de Aduana, si la misma no ha sido autoliquidada. Una vez emitida la planilla respectiva, el documento se relaciona y regresa a la Unida de Regímenes Especiales.
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8. Nacionalización: los artículos Nº 37 y 49 del Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas sobre los regimenes de Liberación, Suspensión y otro Regimenes Aduaneros Especiales prevé la nacionalización de las mercancías admitidas temporalmente, en estos casos previos el incumplimiento de las formalidades de ley, la unida de regimenes especiales remite el documento respectivo a la unida de liquidación para que se emitan las planillas pagables correspondientes a impuesto de importación, IVA e intereses moratorios finalmente el documento es relacionado y enviado al departamento de archivo.
9. Reintegro por vía de la compensación: los reintegros por vía de compensación son otorgados conforme a lo previsto en el C.O.T. el área de apoyo jurídico remite a la unida de liquidación la documentación a la que se emitirá planilla de liquidación con cargo a la providencia administrativa que otorga el reintegro por vía de compensación al contribuyente beneficiado con esta decisión. Si el monto del reintegro es menor al monto causado en la importación presentada, se liquida la planilla pagable por la diferencia restante. Si el monto el monto del reintegro es mayor o igual al monto causado en la importación presentada, se emite planilla pagable en (0,00). Los saldos pendientes del reintegro son registrados y archivados tanto en el departamento de liquidación como en el área de apoyo jurídico. El expediente es finalmente registrado y remitido nuevamente al área de apoyo jurídico.
10. Reparos de la Contraloría General De La Republica: se emite planilla complementaria a la importación afectada por reparo efectuado por la contraloría general de la republica, producto de las revisiones periódicas por dicho ente contralor, según lo indica el respectivo oficio motivado. En este caso se solicita el respectivo expediente a la división de tramitación aérea del archivo de la aduana.
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Procedimiento Para La Conciliación De Tasa Y Elaboración De Pases De Salida Manual
Registro y verificación del 50% de la tasa por servicios de aduana: 1. recepción diaria del 50% de la tasa por servicio de aduana, con sus respectivos soportes físicos: A. Copia de carbón del depósito, en caso de ser fotocopia el mismo debe de estar certificado por el banco. B. Pases de salida (original) C. Forma Nº 86 D. Forma Nº 87 E. Pase de salida manual en caso de que el pago de os gravámenes , no se haya podido verificar por el almacén F. Planilla de pago de interés moratorio, en caso de que los gravámenes sean cancelados después de la fecha de vencimiento establecida 2. conformación de los datos de la relación del 50 % de la tasa por servicio de aduanas. con los soportes físicos, de resultar conformes sella y firma el acuse de recibido de lo contrario se les devuelve al almacén 3. una vez cotejada la relación del 50% de la tasa por servicio de aduanas la misma será clasificada por almacén 4. ingresar en la pagina Web: http// 10.156.80.101/asy-reports/, con la finalidad de consultar lista de tasa servicio SENIAT, para verificar la información suministrada por los almacenes. Con la información arrojada por esta pagina es preparada una relación contentiva de los campo: aduana, año registro, fecha de pago, numero de registro monto tasa, almacén, banco y numero de depósitos. 5. emisión de reporte diario del 50% de la tasa por servicio de aduanas
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6. conciliación de todos los depósitos por servicio de aduanas remitidos a esta unidad con el registro arrojado por la pagina Web: http// 10.156.80.101/asyreports/, 7. revisar y chequear las relaciones diarias que entregan los almacenes con sus respectivos soportes 8. solicitar al almacén cualquier recaudo que halla Faltado en la relación 9. posteriormente a estos documentos serán enviados al departamento de archivo. 10. con el ASY-REPORTS s obtiene el total de la tasa generado por el SIDUNEA de forma diaria 11. reportar incidencias diarias a la jefatura de la división 12. realizar la entrega de los documentos que tengan mora ala unidad de liquidación.
Autorización Pases De Salida Manual
autorizaciones de pases de salida por contingencia los cuales son relacionados y verificados por el personal de la unidad, para la presente fecha ya no se dejan soportes par evitar la duplicidad de papeles ya que, se cuenta con la clave de acceso a Sidunea para verificar el oficio que contiene la información de la operación que ha sido facultada.
En los casos en que el pase de salida no lo genere el almacén vía Sidunea sino que sale declaración no pagada se procede a verificar el pago de los tributos por sistema venezolano de información tributaria sivit, par lo cual se solicita los siguientes documentos: declaración no pagada, acta de recepción de la carga, certificación del pago de impuesto, copia de la forma Nº 86 y 87, copia del deposito de la tasa por servicio de aduana y copia de la DUA.
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Con los documentos antes citados se procede a emitir el acta de recepción del respectivo almacén se podrá realizar el pase de forma manual esta autorización se a través de una hoja de calculo excel, diseñado internamente para obtener la relación de pases elaborados por la unidad.
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CAPÍTULO II
ACTIVIDADES REALIZADAS POR LA PASANTE EN LA DIVISIÓN DE RECAUDACIÓN DE LA ADUANA PRINCIPAL AÉREA DE MAIQUETÍA
Para la realización de las pasantías en la División de Recaudación de la Aduana Principal Aérea de Maiquetía (SENIAT), los Coordinadores de las Unidades de Liquidación, Contabilidad Fiscal, Cobranza Administrativa y Garantía, elaboraron un cronograma de las actividades que realizarían durante un lapso de doce (12) semanas, las cuales se consideran acorde para el cumplimiento de las tareas asignadas, de la siguiente manera :
Cuadro 1. Actividades Propuestas por Semana en la División de Recaudación
FECHA
SEMANA
COORDINACION
DIVISION
Del 25/04/2011 al
1
Liquidación
29/04/2011
Recaudación
ACTIVIDAD - Base legal. - Inductivo de los sistemas iSENIAT, SIDUNEA, SIVIT, ASY-REPORTE. Recibir los documentos a objeto de liquidación. - Recibir las tasas – SENIAT
por
servicio.
Liquidar
Del 23
los
02/05/2011 al 06/05/2011
2
Liquidación
Recaudación
impuestos de importación, tasa e IVA así como las multas aplicables según sea el caso (Art. 120 de LOA). Liquidar los intereses moratorios. - Cancelar las tasas. Atención y orientación al auxiliar de la administración. - Liquidar las multas que viene del área de apoyo jurídico (Art. 121 de la LOA). - Liquidación de los intereses de mora la Admisión Temporal.
Del 09/05/2011 al 13/05/2011
3
Liquidación
Recaudación
- Llevar el control de las planillas anuladas. - Realizar los actos de anulación. - Entrada y salida de documentos que se controla a través de correlativo interno y registrado por libros. - Llevar el control de las planillas liquidadas. - Registro de las planillas en el cuadro diario. - Elaboración de pase de salida.
Del 16/05/2011
4
Contabilidad Fiscal 24
Recaudación
Archivar de manera cronológica
al 20/05/2011
Del 23/05/2011 al 27/05/2011
cada uno de los depósitos que han sido debidamente conciliados.
5
Contabilidad Fiscal
Recaudación
Del 30/05/2011 al 03/06/2011
6
Del 06/06/2011 al 10/06/2011
7
Cobranza Administrativa
Recaudación
Del 13/06/2011 al 17/06/2011
8
Cobranza Administrativa
Recaudación
Del 20/06/2011 al 24/06/2011
Contabilidad Fiscal
9
Cobranza Administrativa
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Recaudación
Recaudación
- Conciliación de las cuentas bancarias de habilitación de la Aduana Principal Aérea de Maiquetía del Banco Banesco e Industrial. - Recepciones y Archivo de Planillas de la Forma 86. - Registro de los Asientos Contables - Autorizaciones de Habilitaciones. - Realización de solvencia a los auxiliares aduanales. - Seguimiento de derechos pendientes de los auxiliares aduanales: Importadores, consolidadores, líneas aéreas, etc. - Verificación de planillas de derechos pendientes en el Sistema Venezolano de Información Tributaria (SIVIT). Registros de derechos pendientes con respecto a: multas, impuestos e intereses moratorios. - Realización de
Oficios de Intimación para la obligación con el deudor del pago de los mismos en cinco (5) días hábiles. - Elaboración y análisis de oficios por liberación o ejecución de fianzas Del y depósitos previos 27/06/2011 10 por concepto de al traslados. 01/07/2011 Garantías Recaudación - Inventario en el archivo de la División de Recaudación. - Elaboración y análisis de oficios para liberación o ejecución de fianzas y depósitos previos Del por concepto de 04/07/2011 11 Garantías Recaudación tránsito. al Consulta de 08/07/2011 planillas de pago por el Sistema Venezolano de Información Tributaria (SIVIT). - Elaboración y análisis de oficios por concepto de Del envíos urgentes. 11/07/2011 12 Garantías Recaudación - Elaboración y al análisis de oficios 15/07/2011 por concepto de Admisiones Temporales. Fuente: Programa de actividades propuestas para el pasante en la División de Recaudación de la Aduana Principal Aérea de Maiquetía (SENIAT)/ 2011.
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SEMANA 1 – 3
ACTIVIDADES DESARROLLADAS EN LA UNIDAD DE LIQUIDACIÒN
Proceso de Liquidación:
El acto de de liquidación de planillas esta establecido en el articulo Nº 59 de la Ley Orgánica De Aduanas concatenado con el articulo Nº 176 de su reglamento. En la unidad de liquidación son emitidas planillas por diferentes conceptos, y pueden ser de tres tipos: pagables, afianzables y exonerables. Planillas pagables: son las que deben ser canceladas dentro de los 5 días hábiles partir de su notificación. Planillas afianzables: aquellas emitidas en casos de admisiones temporales y los demás regimenes especiales aduaneros y cuando a si lo solicite el interesado con la intención de introducir algún recurso en contra de la decisión que produjo la emisión de dicha planilla. Planillas exonerables: se emiten a los fines de dejar constancia del sacrificio fiscal al otorgar una dispensa en el pago de derechos aduaneros y para los respectivos registros contables.
SEMANA 1
ACTIVIDAD ASIGNADA: Calculo y liquidación Causados Por Intereses Moratorios
Intereses Moratorios: Se causan al término de los cinco (5) días hábiles con que cuenta el interesado para efectuar el pago ente la oficina receptora de fondos nacionales, 27
contados a partir de la fecha del último reconocimiento efectuado, conforme a lo previsto en el articulo 59 de C.O.T.
Dentro de las obligaciones de la pasante durante el período de pasantía fue calcular los intereses de mora de los contribuyentes siguiendo el proceso descrito a continuación: Proceso: ¾ Calculo del monto de los intereses de mora en cuadro de Excel. ¾ Luego se procede a Liquidar y emitir planillas por concepto de intereses moratorios por la página Web del SENIAT llamada I-SENIAT. ¾ Una vez, emitida la planilla se procede a revisar y cotejar la solicitud. ¾ Conforme, se emite dos copias una copia va con el documento para archivo y la segunda copia va para contabilidad fiscal, después de ser asentada en el libro de liquidaciones diarias, el número de la planilla, agente aduanal, RIF, código interno, consignatario, monto, motivo de la liquidación. ¾ Remitir el documento original a la división de origen en caso de ser requerida.
SEMANA 2
ACTIVIDAD ASIGNADA: Liquidación de Planilla de Multa Por Varios Artículos
Multa Por Varios Artículos : Son aquellas establecidas en el artículo 121 de la ley orgánica de aduanas, las mismas son aplicadas a los auxiliares de la Admón. Aduanera, la figura de autoridad competente para la aplicación de estas multas es el Gerente de la Aduana correspondiente, según articulo 130 de la LOA.
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Durante la segunda semana la pasante recibió inducción acerca del cálculo, y realización de liquidación y emisión de planillas; actividad que llevo acabo durante toda la semana.
Proceso: ¾ Liquidar y emitir planillas por concepto de multa establecida en el literal 1) del artículo 121 de la Ley Orgánica de Aduanas por I-SENIAT. ¾ Una vez, emitida la planilla se procede a revisar y cotejar la solicitud. ¾ Conforme, se emite dos copias una copia va con el documento para archivo y la segunda copia va para la unidad de Cobranza Administrativa junto con el expediente completa, después de ser asentada en el libro de liquidaciones diarias, el número de la planilla, agente aduanal, RIF, código interno, consignatario, monto, motivo de la liquidación.
SEMANA 3
ACTIVIDADES ASIGNADAS: Anulación de Planillas, Actas de Anulación y Actualización de la Base de Datos.
Anulación de Planillas: proceso que se realiza en caso de haberse cometido algún error en la liquidación de la planilla, debe tomarse en cuenta que atendiendo al error cometido se realizara la anulación de dos formas: ¾ Error cometido en las casillas denominadas (Datos Del Importador, Datos Del Agente O Datos De La Operación), en este caso se anula através de I-SENIAT la planilla errónea y se emite una sustituta; cambiando un digito al numero de expediente.
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¾ Error cometido en la casilla (liquidación de derechos de importación), de igual manera se debe anular através de I-SENIAT la planilla errónea, pero no se emite una nueva planilla, sino que se realiza una complementaria de la planilla anulada. En ambos casos se debe imprimir un modelo de la planilla anulada y de la que sustituye a esta. ¾ Realizar actas de anulación de planillas. ¾ Registro en un cuadro diario de Excel de las planillas liquidadas. ¾ Registro en un cuadro mensual de Excel de las planillas liquidadas.
SEMANA 4- 5 UNIDAD DE CONTABILIDAD FISCAL
En la semana número cuarto la pasante fue rotada a la unidad de Contabilidad fiscal en la cual realizo la actividad descrita a continuación.
ACTIVIDAD ASIGNADA: Realización De Oficio de Solvencia a los Auxiliares De La Administración Aduanera ¾ Recibir la solicitud de solvencia aduanera hecha por los auxiliares de la administración aduanera la cual es indispensable para la realizar la actualización de las empresas para seguir ejerciendo como auxiliares de la administración. ¾ Registrar la llegada del documento y enviarlo a la unidad de cobranza administrativo para verificar la solvencia fiscal del contribuyente. ¾ Recibir el acta de verificación de solvencia emitida por la unidad de cobranza administrativa. ¾ Redacción del oficio en la que consta que el contribuyente no tiene derechos pendientes ante la oficina aduanera; a su vez es enviado a la división de jurídico y a la gerencia.
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¾ Entregar las solvencias firmadas y selladas por jurídico y a la gerencia a los interesados.
SEMANA 6
Durante las semanas seis y siete la pasante permaneció en la Unidad de Contabilidad Fiscal realizando actividades demandadas mencionadas a continuación.
ACTIVIDAD ASIGNADA: Registro, Recepción y Archivo de Planillas (Forma 86)
¾ Archivar de manera cronológica cada uno de los depósitos que han sido debidamente conciliados. ¾ Recepciones y Archivo de Planillas de la Forma 86. ¾ Registro de los Asientos Contables. ¾ El pasante presencio el proceso de las Autorizaciones de Habilitaciones.
Semana 7 - 9 UNIDAD DE COBRANZA ADMINISTRATIVA
Entre semana ocho y nueve la pasante fue rotada a la Unidad de Cobranza Administrativa, que es la unidad en cargada de informar al contribuyente
ACTIVIDAD REALIZADA: Realización del Procedimiento De Cobro Administrativo
1. cobro administrativo, sobre deudas liquidas y exigibles se hará siguiendo el procedimiento previsto en el COT y en el presente manual. 2. el cobro administrativo comprende la fase persuasiva y la de intimación de derechos pendientes. 3. este procedimiento se iniciara cuando: 31
a. las deudas que se pretenden cobrar estén liquidas y exigibles b. interpuesto un recurso contencioso no se hubieren suspendido los efectos del acto c. no se encuentre dentro de los supuestos para declarar la deuda incobrable 4. el procedimiento de cobro administrativo se suspende cuando: a. se halla interpuesto un recurso jerárquico contra el acto Activo mediante el cual fueron determinadas las obligaciones a ser cobradas mientras no se decida el recurso. b. Interpuesto un recurso contencioso tributario se hubiera acordado la suspensión de los efectos del acto, mientras no se decida el recurso. 5. la gestiones de cobros persuasivos deben iniciarse con las notificación del acta de cobro en forma personal en el domicilio fiscal del contribuyente o responsable, o a persona adulta que habite o trabaje en dicho domicilio, además de las siguientes acciones sin orden de prelación: a. llamadas telefónicas b. correo electrónico (en formato PDF) c. mensajería de texto telefonía celular d. fax e. telegramas f. publicaciones en la pagina Web de SENIAT g. publicaciones en presa 6. el acta de cobro deberá contener las siguientes formalidades: a. identificación del organismo (SENIAT), lugar y fecha del acto. b. Identificación del contribuyente o responsable destinatario del acto. c. Requerimiento expreso del pago de las obligaciones. d. Monto de los tributos, multas e intereses, e identificación de los actos que los contiene. 7. Firma autógrafa, electrónica u otro mecanismo de autenticación del funcionario actuante. agotada la gestión de cobro persuasivo se dará inicio al procedimiento de intimación al pago de derechos pendientes. 32
8. en aquellos casos donde el contribuyente y el responsable no puedan ser localizados se obviara la fase del cobro persuasivo y se dará inicio a la intimación de derechos pendientes, mediante notificación por prensa, siempre y cuando el monto de las deudas revista interés fiscal. 9. la intimación del pago deberá contener todas las deudas del mismo sujeto pasivo aunque provengan de diferentes actos administrativos. 10. para iniciar el cobro administrativo el funcionario responsable deberá tomar en consideración para este caso, entre otros elementos, los siguientes: a. interés fiscal: que el monto a cobrar sea suficiente para cubrir costos en casos de las solicitud de medidas cautelares o juicio ejecutivo. b. Tipo de contribuyente: verificar en el sistema o en el expediente del contribuyente o responsable el historial de pago de las obligaciones tributarias. c. Antigüedad de la deuda: identificar las deudas más antiguas a los efectos de interrumpir la prescripción. d. Riesgo a insolventarse: a titulo enunciativo, las siguiente circunstancias podrían evidenciar un riego de insolvencia: •
Personas (naturales o jurídicas) con patrimonios que no avalan el volumen o cuantía de las operaciones que realizan.
•
Personas deudoras de obligaciones tributarias que hayan solicitado ante un juez competente, las declaratorias de atraso o quiebra.
11. en caso de haberse logrado el pago luego de las gestiones persuasivas efectuadas, se deberá: a. en el caso de multas, aplicar el ajuste de la unidad tributaria vigente para el momento del pago, de conformidad con lo previsto el COT. b. Liquidar y exigir los intereses moratorios sobre los montos de la obligación principal objeto del cobro administrativo. 12. la gestión de cobro de derechos pendientes admite la concesión de prorrogas, fraccionamiento y plazo para el cumplimiento de las obligaciones.
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13. finalizadas la gestión de cobro administrativo debe elaborarse el informe conclusivo donde se relacionara las acciones ejecutadas y su resultado, dicho documento representa el cierre al expediente al cobro administrativo. 14. la carpeta de cobro administrativo debe contener como mínimo la siguiente documentación, según el caso: a. acto administrativo firme. b. Planilla de liquidación respectiva. c. Informe conclusivo. d. Acta de intimación debidamente notificada. e. Impresión del estatus del Sivit o i-Seniat, en la cual se evidencia el derecho pendiente de pago. f. Documento de garantía.
SEMANA 10- 12 UNIDAD DE GARANTIA Durante las tres últimas semanas a la pasante le fueron asignadas las siguientes actividades
ACTIVIDAD ASIGNADA: Registro y Sistematización de garantías presentada por fianzas.
Consistió en registrar en un sistema informático de fianzas presentadas por las garantías en la Aduana Aérea principal de Maiquetía, sistema en el cual, se coloca el nombre de la agencia aduanal, el consignatario, el Nº de fianza y el Nº de RIF, aseguradora, tiempo de duración de la fianza ( fecha de… y fecha hasta…) y el tipo de operación para la cual se crea la fianza como es: ATPA, AT, Exoneración, prorroga convenio, mensajería internacional transito, traslado, In Bond, Dutty free, consolidador de carga, certificado de origen, etc.
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ACTIVIDAD ASIGNADA: Elaboración de Oficios por Garantías
La elaboración de dichos oficios Consiste en el análisis del informe técnico de las operaciones aduaneras para su liberación y ejecución convenio internacional, impuesto al valor agregado, transito, traslado, admisión temporal para el perfeccionamiento pasivos. Los cuales se realizan con el fin de enviarlos a la división correspondiente, Operaciones, tramitaciones o Archivo.
ACTIVIDAD ASIGNADA: Control de Archivo:
Consistió en ordenar y hacer los inventarios de los depósitos previos en garantías y fianzas tanto en cuadro de Excel y posteriormente depositarlos en el archivador
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CAPITULO III
CASOS PRÁCTICO
PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DE DECLARACIONES CANAL ROJO EN EL DEPOSITO FISCAL COURIER D E LA ADUANA PRINCIPAL AÉREA DE MAIQUETÍA
El Servicio de Mensajería Internacional “Courier” operadora de mensajería comprende el transporte expreso de correspondencia, documentos y encomiendas. Consignados a una empresa de mensajería internacional “Courier” para ser entregados a terceras personas bajo la modalidad puerta a puerta, por vía aérea, terrestre, marítima o “mensajería a bordo” mediante el sistema de carga agrupada para ser aduanada o desaduanada rápidamente y con prioridad debido a la naturaleza aduanera contenidas en los tratados y convenios ratificados de conformidad con los usos internacionales, por la disposición de la ley orgánica de aduanas y sus reglamentos; y en otros instrumentos jurídicos que le sean aplicables, y por la resolución N° 3502 de fecha 9 de Julio de 1997, el cual regula los Servicios de Mensajerías Internacional “Courier”.
Se entiende por carga Courier la operación mediante el cual una Empresa Operadora de Mensajería Internacional Courier (EOMIC), traslado carga agrupada, bajo su propio nombre y responsabilidad destinadas a terceras personas, por cualquier medio de transporte, propio, contratados o mediante mensajero a bordo siendo este ultimo viajeros, porteadores u hombre a bordo, es decir personas naturales que actúan como porteadores de correspondencias, documentos y encomiendas por cuenta de una EOMIC.
Las empresas especializadas legalmente constituidas para la admisión clasificación, transporte, distribución y entrega de correspondencia, documentos y encomiendas en el país y los agentes domiciliados en el extranjero, deberán estar inscritas en el registro de empresas operadoras de mensajería internacional Courier que al efecto llevara el Ministerio 36
Para El Poder Popular para la Economía y Finanza por Órgano del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria SENIAT, mediante la consignación de los recaudos siguientes: • Copia del acta constitutiva de la empresa de la empresa y sus ultimas modificaciones, si fuere el caso. • Estados financieros del último año de ejercicio, firmado por un contador público colegiado debidamente visado por el colegio respectivo. • Copia de la última declaración del impuestos sobre la renta • Constancia de inscripción en el registro de información fiscal (R:I:F.) o el número de identificación tributaria (N.I.T.) según sea el caso. • Habilitación postal otorgada por el instituto portal telegráfico (I.P.O.S.T.E.L.) • Constancia de domicilio de la empresa • Dirigir comunicación al Ministerio de Hacienda, por Órgano del Servicio Nacional Integrado SENIAT suscrita por el representante legal, donde conste la estructura organizativa, funcional y el personal calificado para ejercer la actividad como empresa de mensajería internacional Courier, la cual será verificada a través de la visita fiscal correspondencia.
Cabe destacar que los envíos sin fines comerciales, cuyo valor F.O.B. en bolívares no exceda al equivalente de cien dólares de los estados unidos de América (us $ 100,00) no requerirán la presentación de la declaración Courier y estarán libres del pago de los gravámenes aduaneros y otros tributos, denominado “Anexo A”.
A diferencia de los Anexos A los envíos de encomienda comprendidos de un valor F.O.B. entre cien con cero un dólar de los estados unidos de América (us $ 100,01) hasta dos mil dólares de los estados unidos de América (us $ 2.000,00) por guía Courier denominado “Anexo B” . En caso de exceder esta cantidad se regirá por el procedimiento ordinario de importación, debiendo en ambos casos satisfacer la obligación tributaria correspondiente a su vez dichos envíos de encomiendas por este régimen quedan sujetos: 37
A. Al pago de los gravámenes aduaneros aplicables B. Al pago de los tributos internos aplicables C. A la percepción de estímulos a la exportación aplicable.
Motivado a la automatización del servicio aduanero venezolano, fue publicado en la Gaceta Oficial Nº 5772 Extraordinario de fecha 19 de mayo de 2005, la Providencia Administrativa Nº SNAT/2005/02912 de fecha 29 de marzo de 2005, por el cual se dictó el Manual Técnico: Procedimientos con el Sistema Aduanero Automatizado, donde están insertas las normas y procedimientos de obligatorio cumplimiento , para los procesos aduaneros automatizados, en este sentido, respecto a los procedimientos de importación de Envíos “Courier”, contempla los siguientes:
Apertura en el Sistema Automatizado de la Cuenta de Crédito Garantizado por la EOMIC
Responsable: Representante legal de la Empresa Operadora de Mensajería Internacional “Courier”
Paso 1 Empresa Operadora de Mensajería Internacional “Courier” constituye la garantía en los términos y condiciones establecidos en Gaceta Oficial N# 36.244 la cual indica “Empresa Operadora de Mensajería Internacional “Courier” deben constituir garantía amplia, permanente y suficiente a favor del fisco nacional por órgano de la gerencia de la aduana respectiva, para cubrir las obligaciones en las que pueda incurrir el monto de la garantía señalada será el equivalente a veinte mil (20.000) unidades tributarias (U.T.)”
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Paso 2 Presenta la garantía en la División de Recaudación junto con la documentación que acredita a la empresa como inscrita en el Registro de Empresa Operadoras de Mensajería Internacional Courier. (Ver Anexo 17.)
Paso 3 El Funcionario de la División de Recaudación verifica que la garantía cumpla los requisitos y condiciones establecidas por las normas vigentes; realiza la confirmación con la empresa o entidad aseguradora
Paso 4 Ingresa al módulo MODACC, Modulo Apertura cuenta de crédito, Menú principal, funciones-6, manejo de cuenta, el sistema despliega cuadro para la apertura de cuenta de crédito respaldada por la garantía. Paso 5 Ingresar en el sistema “NUEVO”; el sistema presenta el formulario para el ingreso de los siguientes datos: Paso 6. Número de cuenta: campo de diez caracteres alfanuméricos que puede utilizar asignando un código con las siglas de la empresa operadora de Mensajería Courier, seguido de un número correlativo. Rango de validez de la cuenta concordante con la validez de la garantía; tipo: debe ser el código uno para crédito. Monto máximo autorizado de conformidad con la suma asegurada Paso 7 El funcionario elabora oficio en la cual la oficina aduanera acepta la fianza (Ver Anexo 16)
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Transmisión y Registro del Manifiesto de Carga en el Sistema Aduanero Automatizado
Las EOMIC presentan ante el Módulo de Carga de la Unidad de Confrontación de la División de Operaciones un juego de los Manifiestos de Carga correspondientes a la mercancía transportada por estas empresas. Otro juego de estos mismos Manifiestos se presentan ante el Confrontador de la Sección de Courier para su Registro y Control, Seguidamente, el empleado de la EOMIC señala a los funcionarios reconocedores de turno, el número asignado al Manifiesto de Carga, quienes proceden a relocalizar la carga dentro del depósito fiscal Courier. Procede entonces la EOMIC, a transmitir la declaración vía electrónica, al cabo de lo cual, el sistema automatizado le señala el canal de reconocimiento asignado y el funcionario que lo realizará. En este momento, el sistema automáticamente verifica el monto de la fianza que de estar inconforme, vencida o que no la cubra, la declaración no se valida. A continuación, el empleado de la EOMIC, dentro de las cuatro horas reglamentarias presenta la Declaración Única de Aduanas (DUA) conjuntamente con las facturas comerciales, y los documentos de transporte ante el Confrontador que procede a registrar la hora y fecha de la declaración. El funcionario reconocedor con los documentos asignados, se dirige con el interesado a las celdillas de la EOMIC respectiva y procede a realizar el reconocimiento conforme a lo estipulado en los Artículos 51 y 52 de la Ley Orgánica de Aduanas y 160, 161, 162, 164, 165 y 166 del Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas, en concordancia con los Artículos 63 y subsiguientes del Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Aduanas relativo al Sistema Aduanero Sistematizado. De encontrar conforme la declaración Manifiesto de Carga Courier (Anexo “B”), el funcionario reconocedor procede a validar en el terminal de computación dentro del Recinto Fiscal Courier en señal de conformidad. En caso contrario, levanta un Acta (Anexo F), donde señala las discrepancias encontradas, procediéndose a retener preventivamente el bulto o los bultos objetados. 40
Se traslada el bulto o los bultos objetados a la zona de almacenamiento de la Aduana, dentro de las mismas instalaciones del Depósito Fiscal, llamada celdilla de retenciones dejando debida constancia en el Acta de Reconocimiento Acta-Inventario Mercancía reconocida Anexo “F”.
Procedimiento para el Reconocimiento de Importación de Encomiendas por parte del Funcionario Reconocedor
Responsable: Funcionario Reconocedor Paso 1. Acción: El funcionario reconocedor utiliza el Módulo MODCBR: MENU PRINCIPAL Funciones/4 Reconocimiento/2 Ruta de la Declaración/1 Declaraciones Seleccionadas El funcionario se informa de las declaraciones asignadas por el sistema para el reconocimiento. Paso 2. Acción: El sistema despliega en la pantalla las declaraciones seleccionadas para reconocimiento en los canales amarillo y rojo (documental y físico-documental) indicando en la lista de declaraciones seleccionadas el código de la aduana, la sección correspondiente de reconocedores, número de registro, color del canal, funcionario reconocedor, número de artículos de cada DUA, código del agente de aduanas o declarante, referencia del
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declarante, RIF
del consignatario, total de los impuestos a cancelar y jefe de los
reconocedores. Paso 3. Acción: Se vuelve al Menú Principal Funciones 4 Reconocimiento 3 Acta de Inspección Ingresa en el Cuadro “consultar declaración para Inspección” el No. de registro de la DUA (REF. ADUANA) El sistema despliega el Acta de Inspección para su actuación (Anexo F)
Procedimiento para las Declaraciones Canal Rojo
Paso 5. Una vez recibida la documentación del funcionario confrontador, el funcionario reconocedor de aduanas se dirige a la celdilla donde está localizada la mercancía en donde el EOMIC ha previamente ubicado la encomienda.
Paso 6. El reconocedor procede a examinar la documentación de soporte de la DUA y respecto a las mercancías propiamente, cumple el siguiente proceso: Si la mercancía se encuentra en contenedores o en unidades de carga precintable, verifica los sellos o precintos dejando la anotación de los números en el acta de reconocimiento. De contar con ella, verifica la Lista de Empaque y la confronta con el cargamento. Señala los bultos que deban abrirse.
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A su criterio o a solicitud del declarante y de existir en el almacén el equipo, efectúa el pesaje de los bultos señalados. De existir catálogos o información técnica, confronta los datos con la mercancía y la DUA. En caso de ser indispensable para el reconocimiento, toma la muestra necesaria. Verifica certificación de análisis de laboratorio en caso de ser indispensable para el reconocimiento. Realiza inventario de la mercancía contenida en los bultos en proceso de reconocimiento. Aplica las normas contenidas en el Arancel de Aduanas. Verifica la valoración (ver Anexos 1-7)
Paso 7. Por medio del Módulo MODCBR y el procedimiento antes descrito, elabora en el sistema el acta de reconocimiento (Anexo F); consigna la información aludida en apartados anteriores, así como los aspectos legales, técnicos que a su criterio respaldan su actuación.
Paso 8. De haber resultado conforme el reconocimiento, redirige el canal a verde y valida la DUA.
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CONCLUSIONES
El período de pasantías mas que un requisito obligatorio y fundamental para obtener el título de Técnico Superior Universitario en Administración Aduanera, le ha permitido al estudiante ampliar y afianzar los conocimientos aprendidos en las aulas de clase, de igual manera, conlleva a la adquisición de experiencia laboral, lo cual, representa un factor fundamental en la formación de excelentes profesionales.
Durante el periodo de las pasantías, la pasante demostró los conocimientos adquiridos en la universidad Se llevaron acabo, los procesos de recaudación desde el calculo de la infracción y/o de derechos pendientes de los auxiliares de la Administración con la oficina aduanera, pasando por la notificación de los mismos, hasta llegar a la intimación o hasta una suspensión en el ejercicio aduanero.
Del mismo modo, se pudo conocer la estructura organizativa de la Aduana Principal Aérea de Maiquetía (SENIAT) y explicar detalladamente el tratamiento prestado a las mercancías ingresadas al deposito fiscal Courier, los beneficios de las mercancías ingresadas por esta modalidad al país y para los consignatarios.
Por otra parte, la interacción con el personal que labora en la aduana, con los contribuyentes y auxiliares de la Administración aduanera, sé ha logrado obtener una visión amplia acerca de las actitudes que se debe tomar como Administración o como Administrado.
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RECOMENDACIONES
A la Institución: ¾ Permitir a los pasantes la rotación hacía las distintas Divisiones que conforman la Aduana Principal Aérea de Maiquetía, con la finalidad de conocer el funcionamiento en otras áreas. ¾ Brindar la posibilidad a los pasantes de trabajar en el SENIAT bien sea por prueba o por algún otro medio de selección. ¾ Permitirle a los pasantes conocer mas de cerca la División de Operaciones y las actividades que en esta se realizan.
A la Universidad: •
Incorporar materias electivas profesionales acordes con la realidad del entorno aduanero.
•
Incorporar a los estudiantes de Administración Aduanera en las actividades extracurriculares que contribuyan en su formación profesional.
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FUENTES DE INFORMACIÓN
Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (2009). Manual de Normas y Procedimientos Aduaneros de Cobro Administrativo. Versión 2010, Venezuela.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (2000). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.453 (Extraordinario), Marzo 24, 2000.
Código Orgánico Tributario (2009). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.305, Octubre 17, 2001.
Ley Orgánica de Aduanas (2008). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.875, Febrero 21, 2008.
Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas (1991). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 4.273 (Extraordinario), Mayo 29, 1991.
Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Aduanas Relativo al Sistema Aduanero Automatizado (2004). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.967, Julio 25, 2004.
Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas sobre los Regímenes de Liberación, Suspensión y otros Regímenes Aduaneros Especiales (1996). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.129 (Extraordinario), Diciembre 30, 1996.
Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (1981). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 2.818, Julio 01, 1981.
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Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). Portal del SENIAT [en línea]. Venezuela, [fecha de consulta: 15 de Junio 2010]. Disponible en: http://www.seniat.gov.ve.
Directrices para la elaboración de Informes de pasantía Universidad Simón Bolívar
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ANEXOS
Anexo N° 1 Factura Comercial Anexo N° 2 Declaración Única de Aduanas DUA N° C 75502 Caso Practico( Anexo B Courier) Anexo N° 3 Notas De Valor Anexo N° 4 Planilla De Pago Al SENIAT (Forma 00087) Anexo N° 5 Declaración Única de Aduanas DUA N° C 75515 Caso Practico (Anexo A Courier) Anexo N° 6 Guía Aérea (Courier) Anexo N° 7 Manifiesto De Carga General Anexo N°8 Planilla De Determinación y Liquidación De Tributos Aduaneros (Forma 00086) Anexo N° 9. Reporte de Planilla de Pago cancelada, verificada en el Sistema SIVIT. Anexo N° 10. Consulta del Registro de Información Fiscal (RIF) en el Sistema SIVIT. Anexo N° 11 Acta De Cobro Anexo N° 12. Resolución de Multa Anexo N° 13 Remisión De Expediente y Solicitud De Gestiones de Cobro Anexo N° 14 Permiso De Importación Anexo N° 15 Acta De Reconocimiento
Anexo N° 16 Oficio de Aceptación de Fianza Courier Anexo N° 17 Contrato de Fianza
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ANEXO N°1 FACTURA COMERCIAL
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ANEXO N° 2 DECLARACIÓN ÚNICA DE ADUANAS DUA N° C 75502 CASO PRACTICO (ANEXO B COURIER)
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ANEXO N° 3 NOTAS DE VALOR
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ANEXO N° 4 PLANILLA DE PAGO AL SENIAT (FORMA 00087)
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ANEXO N° 5 DECLARACIÓN ÚNICA DE ADUANAS DUA N° C 75515 CASO PRACTICO (ANEXO A COURIER)
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ANEXO N° 6 GUÍA AÉREA (COURIER)
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ANEXO N° 7 MANIFIESTO DE CARGA GENERAL
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ANEXO N° 8 PLANILLA DE DETERMINACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE TRIBUTOS ADUANEROS (FORMA 00086)
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ANEXO N° 9. REPORTE DE PLANILLA DE PAGO CANCELADA, VERIFICADA EN EL SISTEMA SIVIT.
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ANEXO N° 10. CONSULTA DEL REGISTRO DE INFORMACIÓN FISCAL (RIF) EN EL SISTEMA SIVIT.
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ANEXO N`11 ACTA DE COBRO
SNAT/INA/GAP/AMAI/DR/UCA/2011
Maiquetía,
ACTA DE COBRO La División de Recaudación de la Gerencia de Aduana Principal Aérea de Maiquetía, del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121, numeral 1, del Código Orgánico Tributario; 4, numerales 7 y 14, de la Ley del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria y 102, numeral 8, de la Resolución N° 32, sobre La Organización, Atribuciones y Funciones del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT), publicada en la Gaceta Oficial número 4.881 Extraordinario, de fecha 29 de marzo de 1995, procede formalmente a emplazar al contribuyente:
CONSIGNATARIO :
RIF:
DOMICILIO FISCAL:
PERSONA CONTACTO: TELEFONO: E-MAIL:
Al pago de las siguientes obligaciones tributarias vencidas a favor de la República Bolivariana de Venezuela por concepto de MULTA, DE IMPUESTO DE IMPORTACION, TASA POR SERVICIO DE ADUANAS E IVA determinadas por LA LEY ORGANICA DE ADUANAS, contenidas en las declaraciones únicas de aduanas que a continuación se detallan:
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NUMERO DUA
DE
CONSIGNATARIO
RIF
FECHA
DE
VALIDACION
MONTO (Bs)
TOTAL Bs.
Estas obligaciones deberán ser pagadas de manera INMEDIATA, en una Oficina Receptora de Fondos Nacionales y posteriormente acreditar el pago o demostrar haber pagado ante la División de Recaudación de esta Gerencia ubicada en _LA ADUANA PRINCIPAL AEREA DE MAIQUETIA. La presente notificación hace aplicable la disposición contenida en el artículo 61 del Código Orgánico Tributario vigente. Se hacen tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, los cuales deberán ser firmados por cada una de las partes intervinientes como constancia de haber sido efectuada la notificación, quedando en poder del contribuyente uno (1) de los mismos y dos (2) para control de la Administración Tributaria.
Atentamente,
Ing. BENITO RAUL PEREDA CORDERO GERENTE DE LA ADUANA PRINCIPAL AÉREA DE MAIQUETÍA ( E ) Providencia Administrativa N° SNAT/2010/0053 de 29/09/2010 Gaceta Oficial Nº 39.520 de fecha 29/09/2010
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ANEXO N° 12. RESOLUCIÓN DE MULTA
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ANEXO N° 13 REMISION DE EXPEDIENTE Y SOLICITUD DE GESTIONES DE COBRO
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ANEXO N° 14 PERMISO DE IMPORTACION.
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ANEXO N° 15 ACTA DE RECONOCIMIENTO
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ANEXO N° 16 OFICIO DE ACEPTACIÓN DE FIANZA COURIER
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ANEXO N° 17 CONTRATO DE FIANZA
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GLOSARIO DE TÉRMINOS
ACTIVIDAD ADUANERA: Son todos aquellos actos necesarios para que la operación aduanera se pueda realizar. Entre las actividades aduaneras podemos destacar: la confrontación, el reconocimiento, la liquidación, el desaduanamiento, etcétera.
ADMISIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO: Régimen mediante el cual se introduce al territorio aduanero Nacional insumos, materias primas, partes o piezas de origen extranjero, con suspensión de los impuestos aplicables a la importación, para ser reexpedidas después de haber sufrido transformación, combinación, mezcla, reparación o ensamblaje.
ADMISIÓN TEMPORAL: Régimen mediante el cual se introducen mercancías al territorio aduanero Nacional, con suspensión del pago de los impuestos de importación y otros recargos o impuestos adicionales que fueren aplicables, con una finalidad determinada, a condición de que sean reexpedidas luego de su utilización, sin haber experimentado modificación alguna.
ADUANA PRINCIPAL: Oficina aduanera que tiene jurisdicción en una circunscripción determinada y centraliza las funciones fiscales y administrativas de las aduanas subalternas adscritas a ella
AGENTE DE ADUANAS: Persona (natural o jurídica) autorizada por el Ministerio de Finanzas, para actuar ante los órganos competentes en nombre y por cuenta de aquél que contrata sus servicios, en el trámite de una operación o actividad aduanera. Según la legislación venezolana es un auxiliar de la Administración Aduanera.
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ALMACENAJE: Derecho que se causa por guardar las mercancías en un almacén o depósito.
AUTOLIQUIDACIÓN: Proceso mediante el cual el consignatario efectúa la determinación de los gravámenes y demás derechos causados, con ocasión a la introducción o extracción de las mercancías.
AUXILIARES DE LA ADMINISTRACIÓN ADUANERA: Son aquellas personas tanto naturales como jurídicas, a quienes la Administración Aduanera autoriza mediante acto administrativo para actuar ante los órganos competentes, en nombre y por cuenta de aquél que contrata sus servicios, en el trámite de una operación o actividad aduanera.
BULTOS postales: Servicio que comprende las operaciones de importación, exportación y tránsito de mercancías por correo ya sea por vía marítima, aérea o terrestre, entre los países miembros de la Unión Postal Universal.
CARGA CONSOLIDADA: Carga agrupada y transportada bajo nombre y responsabilidad de un consolidador de carga.
CARGA COURIER: operación mediante la cual una empresa operadora de Mensajería Internacional “Courier” traslada carga agrupada, bajo su propio nombre y responsabilidad destinadas a terceras personas, por cualquier medio de transporte, propio, contratados o mediante Mensajero a Bordo.
CAUSACIÓN: Momento en el cual las mercancías llegan a la zona primaria de cualquier Aduana Nacional habitada para la respectiva operación y son objeto de aplicación del Régimen Aduanero vigente.
CLASIFICACIÓN ARANCELARIA: Método lógico y sistemático que de acuerdo a normas y principios establecidos en la nomenclatura del Arancel de Aduanas, permiten 72
identificar a través de un código numérico y su correspondiente descripción, todas las mercancías susceptibles de comercio, a fin de determinar el correspondiente tributo y las respectivas formalidades y requisitos a que están sometidas en el curso de alguna operación aduanera, en atención a su origen.
COMISO: Sanción administrativa prevista en la legislación venezolana, referida a la pérdida de las mercancías y pago de los impuestos, tasas y demás contribuciones causados.
CONOCIMIENTO DE EMBARQUE: Contrato de transporte de carga marítimo o fluvial. Documento que expiden las empresas de transporte, como constancia de haber recibido del embarcador o del despachador las mercancías que allí se determinan, para transportarlas de un puerto a otro en las condiciones que allí se establecen. En Venezuela constituye un título de propiedad de las mercancías.
CONSIGNATARIO ACEPTANTE: Persona natural o jurídica que acepta la consignación de las mercancías, convirtiéndose de acuerdo a la legislación venezolana, en el sujeto pasivo de la obligación tributaria y propietario de las mismas.
CONSIGNATARIO: Persona natural o jurídica a cuyo nombre es despachada las mercancías.
CONSOLIDADOR DE CARGA: Operador distinto del porteador, que transporta carga en forma agrupada, bajo su nombre y responsabilidad, destinada a uno o más consignatarios finales.
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CONTRIBUYENTE: Aquel sujeto pasivo respecto del cual se verifica el hecho imponible. Dicha condición puede recaer en las personas naturales, personas jurídicas, demás entes colectivos a los cuales otras ramas jurídicas atribuyen calidad de sujeto de derecho y entidades o colectividades que constituyan una unidad económica, dispongan de patrimonio y autonomía funcional. Correspondencia: Comunicación de carácter documental o personal, cuya circulación está regulada por Tratados, Convenios Internacionales y por la Ley de Correos
DECLARACIÓN COURIER: Documento simplificado mediante el cual se manifiesta ante la aduana la voluntad de realizar la operación aduanera.
DECLARACIÓN DE ADUANAS: Acto por el cual el consignatario o exportador, manifiesta a la aduana su voluntad de realizar una operación aduanera.
DEPÓSITO COURIER: Lugares habilitados como depósito fiscal por el Ministerio de Finanzas, por órgano del SENIAT, a los efectos de que las Empresas Operadoras de Mensajería Internacional “Courier” puedan derivar sus encomiendas y los demás envíos.
DEPÓSITO PREVIO: Garantía prevista en la Ley Orgánica de Aduanas, mediante la cual el consignatario efectúa un depósito en una institución bancaria donde este registrada una cuenta del SENIAT, por el monto de las obligaciones correspondientes a la mercancía objeto de operación aduanera a satisfacción de la Administración.
DERECHO PENDIENTE: Obligación tributaria líquida y exigible.
DEUDA EXIGIBLE: Obligación tributaria cuyo pago puede ser exigido por la Administración Aduanera y Tributaria, en un momento determinado.
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DEUDA LÍQUIDA: Obligación tributaria dineraria, cuantificada por la Administración Aduanera y Tributaria a través de un acto administrativo o por el contribuyente mediante una declaración.
DOCUMENTOS: Aquellos impresos en papel o los registrados en cualquier soporte, tales como medios magnéticos, discos compactos, microfichas, películas y cualquier otro soporte que se logre con los avances tecnológicos, que no tengan valor comercial
EMPRESAS OPERADORAS DE MENSAJERÍA INTERNACIONAL "COURIER" (EOMIC): Personas jurídicas legalmente establecidas o representadas en el país, responsables de la organización y ejecución del servicio de mensajería internacional "Courier", las cuales actuarán como principal, no como agentes del expedidor, ni en representación de los porteadores que participen en las operaciones de mensajería internacional "Courier", y asumirán la responsabilidad del contrato . ENCOMIENDAS: Envíos de mercancías transportadas por Empresas Operadoras de Mensajería Internacional "Courier" (EOMIC).
EXPEDIENTE DE COBRO ADMINISTRATIVO: Es un conjunto de documentos inherentes a las acciones de cobro administrativo . EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO (ETPP): Régimen mediante el cual se permite exportar mercancías temporalmente a objeto de que sean sometidas en el extranjero a transformación, elaboración, reparación o ensamblaje, para luego ser reintroducidas causando los gravámenes correspondientes, según la ubicación arancelaria de los bienes o productos a ingresar, sobre el valor incorporado en el exterior, más el total de los gastos causados hasta el puerto de llegada.
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EXPORTACIÓN
TEMPORAL:
Régimen
aduanero
que
permite
exportar
temporalmente mercancías que se encuentren legalmente en libre circulación en el territorio aduanero Nacional y reintroducirlas sin pago de los impuestos de importación, cuando no hayan experimentado modificación alguna . EXPORTACIÓN: Despacho de mercancías nacionales o nacionalizadas hacia el extranjero, para su uso o consumo . FACTURA COMERCIAL: Documento expedido por el vendedor, en el cual se relacionan las mercancías a exportar o importar con los precios unitarios y totales y demás anotaciones requeridas por el comercio exterior. Documento que ampara las mercancías que se importen, con los datos y declaraciones necesarias para su reconocimiento.
FIANZA: Modalidad de garantía prevista en la Ley Orgánica de Aduanas. Documento emitido por empresas de seguros o compañías bancarias establecidas en el país, mediante documento autenticado y con carácter permanente o eventual, para asegurar a satisfacción de la autoridad aduanera, el pago de los gravámenes, tasas y demás tributos eventualmente exigibles . FLETE: Precio pagado por el transporte de mercancías terrestre, marítimo o aéreo. Precio que cobra el transportista al usuario por la prestación del servicio de transporte.
FUNCIONARIO RESPONSABLE DE LA COBRANZA ADMINISTRATIVA: Funcionario adscrito a la División de Recaudación, cuya actividad principal consiste en analizar la información y ejecutar las gestiones de cobro administrativo. GARANTÍA: Monto de las obligaciones correspondientes que el consignatario o representante legal presenta, a satisfacción de la Administración Tributaria, con el objeto de asegurar el pago de los gravámenes aplicados a la importación o exportación a que están sujetos las mercancías, así como el cumplimiento de otras obligaciones contraídas para con la República en virtud de sus operaciones aduaneras.
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GRAVÁMENES: Derechos aduaneros y cualquier otro recargo de efectos equivalentes, sean de carácter fiscal, monetario, cambiario o de otra naturaleza, que incidan sobre las importaciones, con excepción de las tasas y recargos análogos cuando correspondan al costo aproximado de los servicios prestados.
GRAVÁMENES: Derechos aduaneros y cualquier otro recargo de efectos equivalentes, sean de carácter fiscal, monetario, cambiario o de otra naturaleza, que incidan sobre las importaciones, con excepción de las tasas y recargos análogos cuando correspondan al costo aproximado de los servicios prestados.
GUÍA AÉREA: Contrato de transporte de carga aéreo. Documento que expiden las empresas de transporte aéreo, como constancia de haber recibido del embarcador o del despachador, determinadas mercancías para transportarlas de un aeropuerto a otro.
GUÍA COURIER: Documento de embarque que sirve como constancia del contrato entre el embarcador y la Empresa de Mensajería Internacional "Courier" por cada envío; la cual cumplirá con los requisitos para el transporte internacional, sin que requiera de un formato específico.. GUÍA DE ENCOMIENDA: Contrato de transporte de carga terrestre. Documento que expiden las empresas de transporte de encomienda (terrestre), como constancia de haber recibido del embarcador, determinadas mercancías para ser transportadas . GUÍA MASTER: Documento aéreo que cubre una expedición consolidada.
HABILITACIÓN: Lapso durante el cual se practican operaciones aduaneras fuera de las horas hábiles, en los días feriados o en sitios distintos a las zonas primarias.
HOUSE AIR WAYBILL: documento que acredita cada envío individual en una mercancía consolidada.
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ILÍCITO ADUANERO: Hecho contrario a las disposiciones legales aduaneras. En Venezuela los ilícitos aduaneros son el contrabando y la infracción aduanera . IMPORTACIÓN: Es el acto o acción de introducir al territorio Nacional, por las vías habitadas (marítimas, aéreas, terrestres o bultos postales), mercancías procedentes del exterior, previo cumplimiento de los registros y formalidades pautadas en la Ley Orgánica de Aduanas, sus reglamentos y demás disposiciones correspondientes, vinculadas a la materia aduanera.
IMPUESTO: Obligación pecuniaria que el Estado, en virtud de su poder de imperio, exige a los ciudadanos para la satisfacción de sus necesidades. A diferencia de las tasas, el impuesto no implica una contraprestación directa de servicios.
INCOTERMS: Reglas internacionales para la interpretación de los términos comerciales fijados por la Cámara de Comercio Internacional. La palabra INCOTERM viene de la contracción del inglés de: Internacional Comercial incoterms (Términos de Comercio Internacional). INFRACCIÓN ADUANERA: Hecho violatorio de la legislación aduanera calificado como tal; entre ellas se encuentra la declaración incorrecta del código arancelario, tarifa, valor, etcétera.
INTERÉS FISCAL: A los efectos de la Administración Tributaria es la cantidad que va a satisfacer a la República cuando éste ejerza las acciones de cobro administrativo o judicial, sin causar gastos onerosos e innecesarios en el proceso de cobranza.
INTERESES MORATORIOS: Importe que debe pagar el deudor de la obligación principal a favor de la República, como resarcimiento originario por la falta de pago de la obligación en el plazo legalmente establecido. Surgen de pleno derecho sin necesidad de requerimiento de la Administración Aduanera y Tributaria, y se causan a diario hasta la extinción total de la deuda. 78
LIQUIDACIÓN: Proceso mediante el cual la Administración Aduanera y Tributaria efectúa la determinación de los gravámenes y demás derechos causados, con ocasión a la introducción o extracción de las mercancías.
MANIFIESTO DE CARGA COURIER: Documento simplificado que contiene la individualización de cada una de las Guías Courier que transporta un vehículo o un mensajero a bordo, mediante el cual las encomiendas se presentan y se entregan a la aduana a fin de acceder al tratamiento de Mensajería Internacional "Courier".
MANIFIESTO DE IMPORTACIÓN: Conjunto de documentos que para cada importación debe presentarse a la oficina aduanera con el objeto que se formalice el trámite de nacionalización de la mercancía que se importa. MENSAJEROS A BORDO: Personas naturales (viajeros, porteadores u hombres a bordo) que actúan como portadores de correspondencias, documentos y encomiendas por cuenta de una empresa de Mensajería Internacional "Courier" . MENSAJEROS INTERNACIONALES “COURIER”: Representantes designados por las empresas de Mensajería Internacional "Courier" para todas las operaciones que se realicen.
MERCANCIA: Todo género vendible. Cualquier cosa mueble que se hace objeto de trato o venta. A los efectos del tráfico de perfeccionamiento, se entiende por mercancía todos aquellos insumos, materias primas, partes o piezas que sean
MERCANCÍAS EXTRANJERAS: Son aquellas que han sido producidas, cosechadas, capturadas, manufacturadas, o que han nacido en otro territorio aduanero, sin que hayan cumplidos los trámites necesarios para su nacionalización.
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MERCANCÍAS NACIONALES: Son aquellas que han sido producidas, fabricadas, cosechadas, capturadas, manufacturadas, creadas o que han nacido en el territorio aduanero Nacional, no exportadas definitivamente, o las que han debido regresar a dicho territorio.
MERCANCÍAS NACIONALIZADAS: Son aquellas cuya exportación o internación al país ha cumplido todos los trámites inherentes a su nacionalización; es decir, los relativos y necesarios para su aceptación, adjudicación, liquidación, pago y retiro. . MULTAS: Sanción pecuniaria por infracción de diversas disposiciones legales contenidas dentro del ordenamiento legal aduanero
NÚMERO DE REGISTRO EOMIC: Número correlativo de identificación y registro en el Ministerio del Poder Popular para las Finanzas por órgano del SENIAT, otorgado a las Empresas Operadoras de Mensajería Courier.
OBLIGACIÓN TRIBUTARIA: Obligación que surge entre el Estado, en las distintas expresiones del Poder Público y los sujetos pasivos en cuanto ocurra el presupuesto de hecho previsto en la Ley. Constituye un vínculo de carácter personal aunque su cumplimiento se asegure mediante garantía real o con privilegios especiales
OFICINA ADUANERA: Oficina pública encargada de determinar y aplicar el régimen jurídico al tráfico de mercancías.
OPERACIONES ADUANERAS: Actos jurídicos dirigidos a superar las restricciones impuestas por el Estado en ejercicio de su poder de policía, al libre tráfico internacional de bienes .
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RECAUDACIÓN: Actividad desarrollada por la Administración Tributaria consistente en la percepción de las cantidades debidas por los contribuyentes, como consecuencia de la aplicación de las diferentes figuras impositivas vigentes en el país.
RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO: Recurso de impugnación jurisdiccional contra los actos de la Administración Tributaria de efectos particulares que determinen tributos, apliquen sanciones o afecten en cualquier forma los derechos de los administrados. El Recurso Contencioso Tributario puede interponerse sin haber ejercido previamente el Recurso Jerárquico y habiéndolo ejercido, en los casos en que hubiere sido denegado tácitamente e incluso cuando hubiere sido resuelto denegándolo total o parcialmente.
RECONOCIMIENTO: Procedimiento selectivo o aleatorio, mediante el cual se verifica el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el régimen aduanero y demás disposiciones legales a las que se encuentra sometida la introducción o la extracción de las mercancías declaradas por los interesados, conforme a la documentación exigida por la Ley Orgánica de Aduanas y su Reglamento.
RECURSO DE REVISIÓN: Recurso que puede intentarse ante la Administración Tributaria contra los actos administrativos firmes, cuando hubieren aparecido pruebas esenciales para la resolución del asunto no disponibles para la época de la tramitación del expediente; cuando en la resolución hubieren influido en forma decisiva, documentos o testimonios declarados falsos, por sentencia judicial definitivamente firme; o cuando la resolución hubiere sido adoptada por cohecho, violencia, soborno u otra manifestación fraudulenta y ello hubiere quedado establecido en sentencia judicial definitivamente firme. RECURSO JERÁRQUICO: Recurso administrativo de impugnación contra los actos de la Administración Tributaria de efectos particulares que determinen tributos, apliquen sanciones o afecten en cualquier forma los derechos de los administrados; que puede ser interpuesto por quienes tengan interés legítimo, personal y directo.
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RÉGIMEN ADUANERO: Tratamiento aplicable a las mercancías sometidas al control de la aduana, de acuerdo con las leyes y reglamentos aduaneros, según la naturaleza y objetivos de la operación.
REGISTRO DE INFORMACIÓN FISCAL (R.I.F.): Registro destinado al control tributario de las personas naturales o jurídicas, las comunidades y las entidades o agrupaciones sin personalidad jurídica, susceptibles en razón de los bienes o actividades, de ser sujetos o responsables del Impuesto Sobre la Renta, así como los agentes de retención. RESPONSABLE: Sujeto pasivo que sin tener el carácter de contribuyente debe, por disposición expresa de la Ley, cumplir las obligaciones atribuidas a éste. RETENCIÓN DE MERCANCÍAS: Privilegio otorgado en la Ley Orgánica de Aduanas a la Administración Aduanera y Tributaria, por medio del cual se impide la salida de la zona primaria de la aduana, a aquellas mercancías que hayan llegado a nombre del consignatario deudor, por consecuencia de los derechos pendientes a cargo de éste. SERVICIO DE MENSAJERÍA INTERNACIONAL COURIER: Servicio que comprende el transporte expreso de correspondencia, documentos y encomiendas, consignados a una Empresa Operadora de Mensajería Internacional, para ser entregados a terceras personas, bajo modalidad "puerta a puerta" por vía aérea, terrestre, marítima o "mensajero a bordo", mediante el sistema de carga agrupada, para ser aduanada o desaduanada rápidamente y con prioridad, debido a la naturaleza y urgencia del envío. SERVICIOS DE BULTOS POSTALES: Servicio que comprende las operaciones de importación, exportación y tránsito de mercancías por correo, conforme a los acuerdos internacionales.
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SISTEMA ADUANERO AUTOMATIZADO (SIDUNEA): Herramienta informática que permite el registro, intercambio y procesamiento de datos, documentos y actos inherentes a la llegada, almacenamiento, introducción, permanencia y extracción de mercancías mediante procesos electrónicos, contando con información de las operaciones aduaneras de forma integral para su respectivo seguimiento y control.
TARIFA ADUANERA: Es la indicación de la alícuota del impuesto a la que están sujetas las mercancías de importación, referida en el Arancel de Aduanas.
TASA: Tributo cuyo hecho imponible consiste en la utilización de un bien del dominio público, la prestación de un servicio público o la realización por parte de la Administración de una actividad que se refiera, afecte o beneficie de forma especial, a determinado sujeto pasivo . TRANSPORTE PUERTA A PUERTA: Servicio que prestan las empresas de Mensajería Internacional "Courier ", por medio del cual se encargan de recoger, transportar internacionalmente, desaduanar, distribuir y entregar al destinatario final, envíos de correspondencias, documentos y encomiendas.
TRIBUTO: Prestación pecuniaria que el Estado u otro ente público exige en ejercicio de su poder de imperio a los contribuyentes, con el fin de obtener recursos para financiar el gasto público.
TRIBUTOS ESTADALES: Tributos que el poder Estadal exige a los contribuyentes en ejercicio de su poder de imperio, con el fin de obtener recursos para financiar el gasto público.
TRIBUTOS MUNICIPALES: Tributos que el Poder Municipal exige a los contribuyentes en ejercicio de su poder de imperio, con el fin de obtener recursos para financiar el gasto 83
VALIJA: A los efectos de la Resolución que regula los servicios de mensajería internacional Courier, se entiende por valija cualquier medio de embalaje (paletas, contenedores, atados, jaulas y otras formas de unitarización) a ser utilizado por las Empresas Operadoras de Mensajería Internacional “Courier”, para transportar correspondencia, documentos y encomiendas, las cuales deben estar marcadas visiblemente con el nombre comercial de la Empresa de que se trata, diferenciando con una etiqueta verde los envíos de correspondencias o documentos y con una etiqueta roja los envíos de encomiendas (mercancías).
ZONA ADUANERA O ZONA PRIMARIA: Área de la circunscripción aduanera integrada por las respectivas oficinas, patios, zonas de depósitos, almacenes, atracaderos, fondeaderos, pistas de aterrizaje, avanzadas, y en general todos los lugares donde los vehículos o medios de transporte realizan operaciones inmediatas y conexas con la carga y descarga y en donde las mercancías que no hayan sido objeto de desaduanamiento quedan depositadas.
ZONA DE ALMACENAMIENTO: Aérea integrada por patios, depósitos y demás lugares de almacenamiento de mercancías.
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