DICTAMEN DE COMISIONES Y PROPUESTA DE ACUERDO DEL AYUNTAMIENTO

DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIONES DEL AYUNTAMIENTO Expediente 04/12. Resuelve la petición del Director General de la Clínica de Radiología e Imagen C
Author:  Antonia Moya Prado

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DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIONES DEL AYUNTAMIENTO Expediente 04/12. Resuelve la petición del Director General de la Clínica de Radiología e Imagen Chávez Appendini, S.C., respecto a su solicitud de continuar prestando sus servicios en el OPD SSMZ. Votado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 13 de diciembre de 2012.

DICTAMEN DE COMISIONES Y PROPUESTA DE ACUERDO DEL AYUNTAMIENTO

HONORABLE AYUNTAMIENTO: Los suscritos Regidores integrantes de las Comisiones Colegiadas y Permanentes de HACIENDA, PATRIMONIO Y PRESUPUESTOS y de SALUD, nos permitimos someter a la alta y distinguida consideración de este Ayuntamiento en Pleno, el presente dictamen, el cual tiene por objeto resolver la petición del Director General de la Clínica de Radiología e Imagen Chávez Appendini, S.C., respecto de que se le permita seguir prestando los servicios de imagenología y Rayos X, tanto en el Hospital General de Zapopan, así como, en las unidades de emergencia del Organismo Público Descentralizado “Servicios de Salud del Municipio de Zapopan”, en razón de lo cual nos permitimos formular a Ustedes los siguientes ANTECEDENTES: 1. En Sesión Ordinaria del Ayuntamiento que tuvo verificativo el día 02 dos de abril de 2012, dos mil doce, se dio cuenta con el escrito formulado por el C. Dr. Roberto Chávez Pérez, en su carácter de Director General de la Clínica de Radiología e Imagen Chávez Appendini, S.C., según lo manifiesta, mediante el cual solicita se le permita seguir prestando los servicios de imagenología y Rayos X, tanto en el Hospital General de Zapopan, así como, en las unidades de emergencia del Organismo Público Descentralizado “Servicios de Salud del Municipio de Zapopan”. Asunto que fue turnado a las Comisiones Colegiadas y Permanentes señaladas en el proemio del presente documento, asignándole el expediente 04/12, para su estudio y dictaminación correspondiente. En razón de los antecedentes aquí vertidos, nos permitimos formular a Ustedes las siguientes CONSIDERACIONES: 1. Que de conformidad con los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 73 de la Constitución Política del Estado de Jalisco; 2 y 3 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, el Municipio libre es autónomo para su gobierno interior y para la administración de su hacienda y tiene personalidad jurídica y patrimonio propio, lo cual le permite tomar decisiones respecto de la administración de sus bienes, con las únicas limitaciones que la misma Ley establece.

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Asimismo, el artículo 8° de Nuestra Carta Magna, establece que los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República. A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario. 2. Que el artículo 60 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, establece que cada Municipio puede crear, mediante ordenamiento municipal, las dependencias y entidades que se consideren necesarias, mismas que integran la administración centralizada y paramunicipal, respectivamente, atendiendo a las posibilidades económicas y a las necesidades de cada municipio. 3. Que según el artículo 124 del Reglamento Interno del Ayuntamiento y la Administración Pública Municipal de Zapopan, Jalisco, arguye que los Organismos Públicos Descentralizados del Municipio son las entidades creadas por Ley del Congreso del Estado o acuerdo del Ayuntamiento en los términos de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, con personalidad jurídica y patrimonio propios y tienen como objeto la prestación de servicios públicos del Municipio, el desarrollo de actividades concretas o la prestación de un servicio social. De una manera enunciativa y no limitativa, se mencionan como organismos que a la fecha existen el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Zapopan, Jalisco (DIF Zapopan), el Consejo Municipal del Deporte y los Servicios de Salud del Municipio de Zapopan, a cargo de una Dirección General de la cual dependerá la Dirección Médica, la Dirección del Hospital General, la Dirección de Servicios Médicos de Urgencias, el Centro de Intervención en Crisis, la Dirección Administrativa, la Dirección Jurídica y la Contraloría. 4. Que atendiendo al caso en particular, el artículo 1° del Reglamento del Organismo Público Descentralizado de Servicios de Salud del Municipio de Zapopan, Jalisco, estipula que éste es reconocido como persona moral (hoy persona jurídica) del derecho público y se denota de personalidad jurídica y patrimonio propio. Asimismo y conforme al artículo 8° fracción I del citado ordenamiento, el OPD SSMZ, cuenta con una Junta de Gobierno, la cual se encuentra facultada en términos del numeral 12 fracciones V y XIII, para administrar el patrimonio de la Entidad, autorizando al Director General a efectuar las inversiones, contrataciones, adquisiciones y enajenaciones que se requieran, salvo lo concerniente al capítulo laboral, así como, acordar o realizar todos aquellos actos y operaciones que sean convenientes para el mejor administración y buen funcionamiento de la Institución.

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5. En concordancia y en tenor de la solicitud que nos ocupa, el artículo 1° del Reglamento de Adquisiciones del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud del Municipio de Zapopan, Jalisco, establece que en materia de adquisiciones, enajenaciones, arrendamiento y contrataciones de bienes y servicios el Organismo debe observar las bases y lineamientos establecidos por ese ordenamiento. 6. Por lo que una vez señalado lo anterior, de conformidad con los artículos 30, 59 y 71 del Reglamento Interno del Ayuntamiento y la Administración Pública Municipal de Zapopan, Jalisco, los Regidores integrantes de las Comisiones Colegiadas y Permanentes abajo suscritas, con las facultades conferidas en el Reglamento referencia, determinamos que el Ayuntamiento no es competente para adentrarse al fondo y resolución del asunto, ya que el Organismo Público Descentralizado de Servicios de Salud del Municipio de Zapopan, Jalisco, cuenta con personalidad y patrimonio propio, y como consecuencia de ello, en términos del artículo 8 y 12 fracciones V y XIII del Reglamento del Organismo Público Descentralizado de Servicios de Salud del Municipio de Zapopan, Jalisco, es su Junta de Gobierno la competente para resolver el asunto en cuestión, atendiendo a lo dispuesto en el Reglamento de Adquisiciones del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud del Municipio de Zapopan, Jalisco. De conformidad con lo establecido por los artículos 8° y 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 73 de la Constitución Local, artículos 1, 2, 3, de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, así como los artículos 1, 6, 15, 29, 30, 44, 59 y 71 del Reglamento Interno del Ayuntamiento y de la Administración Pública Municipal de Zapopan, Jalisco, las Comisiones Colegiadas y Permanentes que emitimos el presente dictamen nos permitimos proponer a la consideración de este Ayuntamiento en Pleno, los siguientes puntos concretos de ACUERDO: PRIMERO. Se resuelve en sentido improcedente de conformidad con el artículo 30 del Reglamento Interno del Ayuntamiento y la Administración Pública Municipal de Zapopan, Jalisco, determinando no ser competente el Ayuntamiento en Pleno para el estudio de fondo y resolución de la solicitud del C. Dr. Roberto Chávez Pérez, en su carácter de Director General de la Clínica de Radiología e Imagen Chávez Appendini, S.C., según lo manifiesta, mediante el cual solicita se le permita seguir prestando los servicios de imagenología y Rayos X, tanto en el Hospital General de Zapopan, así como, en las unidades de emergencia del Organismo Público Descentralizado “Servicios de Salud del Municipio de Zapopan”; en razón de que dicho Organismo cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propio, y como consecuencia de ello, en términos del artículo 8 y 12 fracciones V y XIII del Reglamento del Organismo Público Descentralizado de Servicios de Salud del Municipio de Zapopan, Jalisco, en su Junta de Gobierno la competente para resolver el asunto en cuestión, atendiendo a lo dispuesto en el Reglamento de - Página 3 de 5 -

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Adquisiciones del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud del Municipio de Zapopan, Jalisco. SEGUNDO.- Notifíquese este Acuerdo a la Dirección General del Organismo Público Descentralizado de Servicios de Salud del Municipio de Zapopan, Jalisco, por conducto de su titular, para su conocimiento. TERCERO.- Asimismo, notifíquese al C. Dr. Roberto Chávez Pérez, en su carácter de Director General de la Clínica de Radiología e Imagen Chávez Appendini, S.C., según lo manifiesta, para su conocimiento. Esto, en el domicilio ubicado en Pablo Neruda #3265, Planta Alta, local 1, colonia Providencia, en el Municipio de Guadalajara, Jalisco. CUARTO.- Se faculta a los ciudadanos PRESIDENTE MUNICIPAL y a la SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, a efecto de suscribir la documentación inherente al cumplimiento de este Acuerdo. ATENTAMENTE “SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN” “ZAPOPAN TIERRA DE AMISTAD TRABAJO Y RESPETO” “2012, AÑO DE LA EQUIDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES” LAS COMISIONES COLEGIADAS Y PERMANENTES DE HACIENDA, PATRIMONIO Y PRESUPUESTOS VOTADO EN SESIÓN DE LA COMISIÓN DE FECHA 11 DE DICIEMBRE

DE 2012

HÉCTOR ROBLES PEIRO A FAVOR

SERGIO HERNÁNDEZ GONZÁLEZ

LAURA VALERIA GUZMÁN VÁZQUEZ

A FAVOR

A FAVOR

ROBERTO CARLOS RIVERA MIRAMONTES

LAURA LORENA HARO RAMÍREZ

A FAVOR

A FAVOR

OSCAR EDUARDO SANTOS RIZO

MARÍA DEL CARMEN MENDOZA FLORES

A FAVOR

A FAVOR

GERARDO RODRÍGUEZ JIMÉNEZ

MARÍA ELIZABETH CRUZ MACÍAS

A FAVOR

A FAVOR

AUGUSTO VALENCIA LÓPEZ A FAVOR

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SALUD VOTADO EN SESIÓN DE LA COMISIÓN DE FECHA 11

DE DICIEMBRE DE 2012

ROBERTO CARLOS RIVERA MIRAMONTES A FAVOR

ALEJANDRINA ZAMBRANO MUÑOZ

ANDREA MARGARITA MÁRQUEZ VILLAREAL

A FAVOR

A FAVOR

EDUARDO SEBASTIÁN PULIDO CÁRDENAS

ARMANDO MORQUECHO IBARRA

A FAVOR

A FAVOR

HUGO RODRÍGUEZ DÍAZ A FAVOR

ESLF/CPLG

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