DICTAMEN DE COMISIONES Y PROPUESTA DE ACUERDO DEL AYUNTAMIENTO

DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIONES DEL AYUNTAMIENTO Exp. 298/10 Se autoriza la demarcación territorial de la Colonia Los Alamitos (Ejido Zapopan, Parc

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DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIONES DEL AYUNTAMIENTO Exp. 298/10 Se autoriza la demarcación territorial de la Colonia Los Alamitos (Ejido Zapopan, Parcela 117) Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 13 de diciembre de 2012.

DICTAMEN DE COMISIONES Y PROPUESTA DE ACUERDO DEL AYUNTAMIENTO

HONORABLE AYUNTAMIENTO: Los Regidores integrantes de las Comisiones Colegiadas y Permanentes de GOBERNACIÓN y de PARTICIPACIÓN CIUDADANA, nos permitimos presentar a la alta y distinguida consideración de este Ayuntamiento en Pleno el presente dictamen, el cual tiene por objeto el que se analice y, en su caso, se apruebe la demarcación territorial de la Colonia Los Alamitos (Ejido Zapopan, Parcela 117), para lo cual hacemos de su conocimiento los siguientes ANTECEDENTES

Y

CONSIDERACIONES:

1. Mediante oficio 11403/2010/DGART/2-781, de fecha 24 de agosto de 2010, el Director General de Obras Públicas y el Director de Gestión y Administración de Reservas Territoriales presentaron ante la Secretaría del Ayuntamiento, la solicitud de desincorporación de cuatro fracciones de las Colonias Vicente Guerrero, Alamitos, Jardines de Nuevo México y Hogares de Nuevo, con la finalidad de que la Colonia Alamitos, sea quien represente el predio Ejido Zapopan (Parcela 117), en los siguientes términos: “Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo, asimismo me refiero al Programa de Regularización que realiza la Dirección de Gestión y Administración de Reservas Territoriales de esta Dependencia a mi cargo, dentro de dicho programa se encuentra en proceso de regularización el asentamiento irregular denominado Ejido Zapopan (Parcela 117); al respecto le informo lo siguiente: Dicho asentamiento está conformado por una escritura que abarca 4 cuatro fracciones de las colonias: Vicente Guerrero, Alamitos, Jardines de Nuevo México y Hogares de Nuevo México se localiza en las confluencias de la carretera a Tesistán y la carretera a la Base Aérea, (se anexa plano). El expediente del asentamiento en mención actualmente se encuentra en la etapa de la elaboración del Convenio de Regularización y para llevar a cabo la firma del mismo se requiere la representación de una Asociación Vecinal. Se le solicita su apoyo a efecto de que presente ante el Pleno del Ayuntamiento la propuesta de que la colonia denominada Los Alamitos represente a una parte de los vecinos de las colonias Vicente Guerrero, Jardines de Nuevo México y Hogares de Nuevo México para la firma del Convenio. Esta solicitud tiene fundamento en reuniones de trabajo entre varias Direcciones de este - Página 1 de 7 -

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Ayuntamiento donde se determinó que en base a la encuesta realizada por la Dirección de Participación Ciudadana, la cual recabaría la opinión de los vecinos de las colonias Vicente Guerrero, Jardines de Nuevo México y Hogares de Nuevo México, a efecto de que la Asociación Vecinal los Alamitos, sea la que los represente en la firma del multicitado Convenio y en razón de lo anterior las fracciones de las colonias Vicente Guerrero, Jardines de Nuevo México y Hogares de Nuevo México se desincorporan de su territorio natural como colonia y pertenecerán a la colonia Los Alamitos (se anexa copia con la información correspondiente). Por lo anterior, solicito su apoyo a fin de que se realicen las gestiones pertinentes ante el H. Ayuntamiento para presentar la propuesta de que la Colonia Alamitos, sea quien represente el predio Ejido Zapopan (Parcela 117).” A la solicitud mencionada, en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 20 de septiembre del año 2010, le fue asignado el número de Expediente 298/10 y turnado para su estudio y dictaminación a las Comisiones Colegiadas y Permanentes de Gobernación y de Participación Ciudadana. Anexo a la solicitud señalada, se encontró el oficio número PC/1220/JSF/2010/1573, de fecha 12 de julio de 2010, suscrito por el Director de Participación Ciudadana, mediante el cual hizo llegar a la Dirección General de Obras Públicas, el resultado de la encuesta de opinión de los vecinos que se encuentran comprendidos dentro del territorio de la Parcela 117, con el objeto de que definan si están de acuerdo que el Ayuntamiento de Zapopan, Jalisco, los considere dentro del límite territorial de la colonia Los Alamitos y así estar en condiciones de solicitar el reconocimiento y registro de la asociación vecinal para llevar a cabo el procedimiento de regularización previsto en el Decreto 20,920 “Para la Regularización de Fraccionamientos o Asentamientos Humanos Irregulares en Predios de Propiedad Privada en el Estado de Jalisco”, arrojando la misma un resultado de 76 vecinos a favor y 11 en contra. 2. El Decreto 20,920 “Para la Regularización de Fraccionamientos o Asentamientos Humanos Irregulares en Predios de Propiedad Privada en el Estado de Jalisco”, establece en su artículo primero que dicho ordenamiento es de orden público e interés social de conformidad con el artículo 2 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y tiene por objeto: I. Establecer las bases generales para realizar, en el ámbito de la competencia del Estado y los Municipios, la regularización de asentamientos humanos en predios o fraccionamientos urbanos y rurales de propiedad privada, mediante su conversión en acciones urbanísticas por objetivo social; II. Determinar, conforme a las disposiciones de la Ley de Desarrollo Urbano, los criterios y lineamientos a seguir a efecto de garantizar la integración de las áreas de propiedad privada objeto de regularización, a los sistemas de infraestructura y equipamiento, como acciones de - Página 2 de 7 -

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mejoramiento urbano; III. Establecer la concurrencia y corresponsabilidad de las autoridades estatales y municipales, a efecto de evaluar y resolver los problemas de asentamientos irregulares en áreas de propiedad privada, en beneficio social y atención a las necesidades económicas o sociales de los posesionarios de predios y fincas; IV. Promover la participación responsable de los titulares y posesionarios de predios y fincas de propiedad privada en el proceso de regularización, como acción de mejoramiento urbano o acción urbanística de objetivo social; V. Otorgar a los titulares de lotes en los fraccionamientos o los predios de propiedad privada objeto de regularización, los beneficios que del mismo se desprenden, para lograr su integración a los sistemas de infraestructura y equipamiento urbanos y la seguridad jurídica en sus derechos; y VI. Establecer el procedimiento a efecto de simplificar la titulación de los lotes comprendidos en los fraccionamientos o predios cuya regularización se autorice de conformidad con las disposiciones del presente Decreto, a favor de los titulares quienes acrediten su posesión con ánimo de dueño en forma pacífica, continua, pública y de buena fe. Además de lo anterior, el artículo 5, del mencionado Decreto establece las bases conforme a las cuales, en relación con fraccionamientos o predios de propiedad privada: I. Se dictaminará la procedencia de regularizar la urbanización; II. Se identificarán las áreas de cesión para destinos, a fin de proveer los fines públicos necesarios para el desarrollo de cada comunidad o se establecerá la forma de sustituirlas conforme al artículo 19 de este Decreto; III. Se llevará a cabo un inventario de los espacios públicos, las obras de infraestructura y equipamiento urbano existentes; IV. Se evaluarán los espacios públicos, las obras de infraestructura y equipamiento urbanos existentes, para su reconocimiento y los efectos de su recepción municipal; V. Se evaluarán las deficiencias de espacios, obras de infraestructura y equipamiento urbanos a fin de complementarlos y realizarlos en forma progresiva; VI. En su caso, se establecerán los compromisos que asumirán los titulares de predios, lotes y fincas comprendidos en el fraccionamiento o predio objeto de regularización respecto a la integración de las áreas de cesión para destinos faltantes; la ejecución de obras de infraestructura y equipamiento, así como las modalidades y términos para su cumplimiento, conforme a las disposiciones aplicables a urbanizaciones progresivas, y VII. Se reconocerá o integrará la organización vecinal de los titulares y posesionarios de lotes y fincas, de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco. Asimismo, el Artículo 10, del citado ordenamiento señala que los solicitantes específicos - Página 3 de 7 -

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de la regularización de fraccionamientos, predios, lotes y fincas en las acciones objeto del presente Decreto, como requisitos necesarios deberán presentar ante la Comisión a través la Dependencia Municipal competente en materia de urbanización, los siguientes documentos: I. Escrito de solicitud de regularización firmado por el titular del predio; o por quien represente a los titulares de lotes que integren la asociación de vecinos, pudiendo en este caso ser únicamente el presidente, el secretario y el tesorero de la mesa directiva, o en su caso los representantes legales o con poder con firma ratificada ante notario público; II. Copia de los documentos que acrediten la posesión de los predios o lotes que se promuevan para su regularización, pudiendo ser uno o varios de los siguientes: a) La diligencia de jurisdicción voluntaria; b) El certificado del Registro Público de la Propiedad; c) La certificación notarial de hechos; o d) El propio estudio y censo que realicen conjuntamente la Comisión y la Procuraduría. III. En su caso, copia de los documentos correspondientes a los títulos, donde se identifiquen los fraccionamientos, predios o lotes objeto de la regularización y los derechos de los promoventes respecto a los mismos. 3. La Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, en su Título Séptimo “De la Organización y Participación Ciudadana y Vecinal”, artículo 120, establece que es de orden e interés público, el funcionamiento de personas jurídicas que organicen y representen a los vecinos de las colonias, barrios, zonas, centros de población y comunidades indígenas mediante los reglamentos que aprueben los Ayuntamientos con el fin de asegurar la participación ciudadana y vecinal en la vida y actividades del Municipio. Además de lo anterior, el cuerpo de leyes mencionado anteriormente, en su artículo 121, fracción tercera señala que corresponde al Ayuntamiento establecer los límites de la colonia, barrio, zona o centro de población que constituyan el ámbito territorial donde las formas de organización ciudadana y vecinal ejercen sus atribuciones, escuchando la opinión de los vecinos en los términos de la reglamentación de la materia. De la misma manera, el artículo 123, menciona que los Ayuntamientos deben promover la organización y participación de los vecinos, con la atribución, entre otras, de definir, precisar y revisar los límites de las colonias, barrios y zonas de los centros de población, para determinar el ámbito territorial que corresponda a las personas jurídicas con funciones de representación ciudadana y vecinal, asegurando se incluyan la totalidad de las áreas urbanizadas. Los Regidores integrantes de las Comisiones dictaminadoras estimamos procedente el - Página 4 de 7 -

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modificar los límites territoriales de las colonias Vicente Guerrero, Alamitos, Jardines de Nuevo México y Hogares de Nuevo México, para conformar los límites de la Colonia Los Alamitos (Ejido Zapopan, Parcela 117), ya que con esta acción, se sientan las bases para que los vecinos cuenten con una representación vecinal y de esta manera puedan continuar con los requisitos y procedimientos establecidos en el Decreto 20,920, “Para la Regularización de Fraccionamientos o Asentamientos Humanos Irregulares en Predios de Propiedad Privada en el Estado de Jalisco”, con el fin de que puedan obtener la regularización del asentamiento irregular denominado Ejido Zapopan, Parcela 117. 4. De conformidad con lo anteriormente expuesto y de acuerdo con lo establecido por los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 80 de la Constitución Política del Estado de Jalisco; 1°, 2°, 3°, 40 fracción II, así como los artículos correspondientes al Título Séptimo de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco; y los artículos 2º, 4º, 5º, 6º, 7º, 9º, 11° y demás relativos del Reglamento de Participación Ciudadana del Municipio de Zapopan, Jalisco; así como en los artículos 6, 7, 29, 44, 58 y 65 del Reglamento Interno del Ayuntamiento y la Administración Pública Municipal de Zapopan, Jalisco, nos permitimos proponer a la venia de este Ayuntamiento, los siguientes puntos concretos de ACUERDO: PRIMERO.- Con fundamento en los artículos del 120 al 123 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, se autoriza modificar los límites territoriales de las colonias Vicente Guerrero, Alamitos, Jardines de Nuevo México y Hogares de Nuevo México, para conformar los límites de la Colonia Los Alamitos (Ejido Zapopan, Parcela 117), localizado en la confluencia de la carretera a Tesistán y la Carretera a la Base Aérea, de conformidad con el plano anexo, mismo que forma parte del presente Acuerdo. SEGUNDO.- Se instruye a la Dirección General de Obras Públicas, a efecto de que elabore, registre en sus respectivos archivos y remita los planos cartográficos certificados de la colonia denominada “Los Alamitos (Ejido Zapopan, Parcela 117)”, a la Dirección General de Desarrollo Social y Humano, para que instruya a la Dirección de Participación Ciudadana la integración del expediente de la colonia mencionada. TERCERO.- Con testimonio del presente Acuerdo del Ayuntamiento, notifíquese a los titulares del resto de las dependencias municipales y a los Directores Generales de los Organismos Públicos Descentralizados, para su conocimiento y difusión. La Dirección General de Comunicación Social, coordinadamente con la Dirección General de Servicios Públicos, con el apoyo de la Dirección de Participación Ciudadana, promoverá por los medios que estimen más idóneos la divulgación de esta resolución que se aprueba. - Página 5 de 7 -

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CUARTO.- Comuníquese el presente Acuerdo del Ayuntamiento con una copia de los planos de la Colonia “Los Alamitos (Parcela 117)”, al Instituto Federal Electoral; al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco; a la Gerencia de la División de Distribución Jalisco de la Comisión Federal de Electricidad; al Instituto de Información Territorial del Estado de Jalisco; al Director del Registro Público de la Propiedad del Estado de Jalisco, a la Dirección de Catastro, al Servicio Postal Mexicano, al S.I.A.P.A., a la C.F.E., y empresas prestadoras del servicio de telefonía local, así como a las Delegaciones del Gobierno Federal en el Estado de Jalisco, Instituciones Bancarias con sucursales en el Estado de Jalisco, y al Gobierno del Estado de Jalisco, a través de la Secretaría General de Gobierno, y a la empresa que produce la Guía Roji, a efecto de que actualicen el polígono de la Colonia citada, en sus respectivos registros. QUINTO.- Se faculta a los ciudadanos PRESIDENTE MUNICIPAL y SECRETARIO AYUNTAMIENTO, a efecto de suscribir la documentación inherente al caso. ATENTAMENTE “SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN” “ZAPOPAN TIERRA DE AMISTAD TRABAJO Y RESPETO” “2011, AÑO DE LOS JUEGOS PANAMERICANOS EN JALISCO” LAS COMISIONES COLEGIADAS Y PERMANENTES DE GOBERNACIÓN VOTADO EN SESIÓN DE LA COMISIÓN DE FECHA 11 DE DICIEMBRE DE 2012

ALEJANDRINA ZAMBRANO MUÑOZ A FAVOR

SERGIO HERNÁNDEZ GONZÁLEZ

LAURA VALERIA GUZMÁN VÁZQUEZ

A FAVOR

ISIDORO GALLARDO FLORES

A FAVOR

ANDREA MARGARITA MÁRQUEZ VILLARREAL

A FAVOR

ENRIQUE TORRES IBARRA

A FAVOR

LAURA LORENA HARO RAMÍREZ

A FAVOR

A FAVOR

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DEL

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OSCAR EDUARDO SANTOS RIZO

ARMANDO MORQUECHO IBARRA

A FAVOR

A FAVOR

MARÍA DEL CARMEN MENDOZA FLORES

AUGUSTO VALENCIA LÓPEZ

A FAVOR

A FAVOR

HUGO RODRÍGUEZ DÍAZ

MARÍA ELIZABETH CRUZ MACÍAS

A FAVOR

A FAVOR

JOSÉ ANTONIO DE LA TORRE BRAVO A FAVOR

PARTICIPACIÓN CIUDADANA VOTADO EN SESIÓN DE LA COMISIÓN DE FECHA 11 DE DICIEMBRE DE 2012

MARÍA ELIZABETH CRUZ MACÍAS A FAVOR

ENRIQUE TORRES IBARRA

ISIDORO GALLARDO FLORES

A FAVOR

A FAVOR

OSCAR EDUARDO SANTOS RIZO

LAURA LORENA HARO RAMÍREZ

A FAVOR

A FAVOR

JUAN RAMÓN RAMÍREZ GLORIA A FAVOR

ESLF/HANR

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