DOCUMENTO DE ESTUDIOS PREVIOS PARA PROCESOS DE MÍNIMA CUANTÍA (Art del Decreto 1082 de 2015)

DOCUMENTO DE ESTUDIOS PREVIOS PARA PROCESOS DE MÍNIMA CUANTÍA (Art. 2.2.1.2.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015) Sabaneta, Marzo de 2016 MÍNIMA CUANTÍA

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DOCUMENTO DE ESTUDIOS PREVIOS PARA PROCESOS DE MÍNIMA CUANTÍA (Art. 2.2.1.2.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015)

Sabaneta, Marzo de 2016

MÍNIMA CUANTÍA

DEPENDENCIA:

SECRETARÍA DE OBRAS PUBLICAS E INFRAESTRUCTURA

OBJETO:

ALQUILER DE MAQUINARIA PESADA PARA EL MANTENIMIENTO Y MEJORAMIENTO DE LA MALLA VIAL URBANA Y RURAL DEL MUNICIPIO DE SABANETA ANTIOQUIA.

1. DESCRIPCIÓN DE CONTRATACIÓN

LA

NECESIDAD

QUE

SE

PRETENDE

SATISFACER

CON

LA

El Municipio de Sabaneta con fundamento en los fines esenciales del estado, consignados en el artículo 2 de la Constitución Política de Colombia y respetando los principios de la función pública: igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, establecidos en el artículo 209 de la misma, emprende su accionar como municipalidad para la consecución de tales fines, sin desestimar el rigor que emana de los principios ya enunciados, que son norma imperativa y sustancial. Además se debe atender a los preceptos jurídicos contenidos en el artículo 25 numeral 7 y 12 de la ley 80 de 1993, en concordancia con lo previsto en el artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015. La siguiente descripción de la necesidad de la Administración Municipal de Sabaneta, pretende enmarcar este proceso de contratación, para materializar la eficiencia y transparencia en la contratación a través de una debida planeación, en aras de salvaguardar este último principio, que rige y da orden a la contratación estatal. Considerando que es misión de las entidades públicas velar por el cuidado, mantenimiento y mejoramiento de la malla vial vehicular urbana y rural, adicional a esto particularmente el Municipio de Sabaneta cuenta con una dificultad importante en la movilidad, donde se destacan como principales problemas lo poca sesión que tienen algunas vías veredales, la división o separación de importante calles que deben ser habilitadas y actualmente están separadas por zonas verdes o andenes, sumándole la sobrepoblación con la que cuenta actualmente el Municipio. Por esta razón la Administración Municipal en cabeza de la Secretaria de OOPP, tiene la necesidad de contratar una Retroexcavadora, Un compresor y 2 volquetas; maquinaria con la cual realizará actividades pertinentes a la ampliación y apertura de vías, con el apoyo operativo del personal inscrito a la secretaria y cuyo objeto es “ALQUILER DE MAQUINARIA PESADA PARA EL MANTENIMIENTO Y MEJORAMIENTO DE LA MALLA VIAL URBANA Y RURAL DEL MUNICIPIO DE SABANETA ANTIOQUIA.”

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2. EL OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS REQUERIDOS PARA SU EJECUCIÓN. 2.1.

AUTORIZACIONES,

Objeto

“ALQUILER DE MAQUINARIA PESADA PARA EL MANTENIMIENTO Y MEJORAMIENTO DE LA MALLA VIAL URBANA Y RURAL DEL MUNICIPIO DE SABANETA ANTIOQUIA.” El objeto del presente Proceso de Contratación está codificada en el Clasificador de Bienes y Servicios de Naciones Unidas (UNSPSC), como se indica en la Tabla 1: Tabla 1 - Codificación en el sistema UNSPSC Clasificación UNSPSC Descripción 72141701 ALQUILER DE MAQUINARIA PARA LA CONSTRUCCION

2.2.

Alcance del objeto a contratar y condiciones técnicas exigidas

El oferente deberá cumplir con las especificaciones mínimas del servicio requerido por el Municipio de Sabaneta, tal y como se relacionan en el formulario de cantidades y precios unitarios en anexo independiente publicado en el SECOP. Especificaciones técnicas del bien o servicio a contratar: Para la verificación de la calidad, toda la maquinaria y sus operarios deberán contar con su respectiva documentación legal y con el respectivo cumplimiento de las normas que las regulen: -

SOAT TECNICOMECANICA SEGURIDAD SOCIAL Y DOCUMENTOS LEGALES DE LOS OPERARIOS LLANTAS EN BUEN ESTADO Cualquier accidente y problema generado para la maquinaria pesada deberá ser asumido por el proponente

2.3.

Plazo:

El plazo de ejecución del contrato a celebrarse será de 3 meses calendario desde la suscripción del acta de inicio, previo el cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del mismo o hasta agotar presupuesto.

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2.4.

Lugar de ejecución o entrega:

Los trabajos se ejecutaran en las vías de los diferentes barrios y veredas del Municipio de sabaneta. 2.5.

Identificación del contrato que se pretende celebrar:

El contrato que se derive del presente proceso de selección, será de arrendamiento.

2.6. Obligación del contratista. a) Cumplir a cabalidad con el objeto del contrato, suministrando la maquinaria y equipo acordado en óptimas condiciones de funcionamiento y con el cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas dentro del formulario de cantidades y las que apliquen al futuro contrato. b)Suministrar en excelente estado todos los equipos, maquinaria, herramientas, materiales y demás elementos necesarios. d) Ejecutar los trabajos con todas las medidas de seguridad necesarias y hacerse responsable por los riesgos y perjuicios que se causen a terceros en razón o con ocasión de la ejecución y cumplimiento del contrato. e) Suministrar y emplear por su cuenta y riesgo el personal y elementos necesarios para el cumplimiento del objeto contractual. f) Dar cumplimiento a sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA, e ICBF) de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente. g) Las demás que se generen de la relación contractual, así como las exigidas por la Ley.

3. LA MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y SU JUSTIFICACIÓN, INCLUYENDO LOS FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN SU ELECCIÓN: Con fundamento en el artículo 30 de la Ley 80 de 1993, concordado con el numeral 1º del artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, es deber de la entidad justificar de manera previa a la apertura del proceso de selección de que se trate, los fundamentos jurídicos que soportan la modalidad de selección que se propone adelantar. La ley 1150 de 2007, en su artículo 2º, numeral 2º, literal b, señala que las entidades que tengan un presupuesto anual superior o igual a 120.000 salarios mínimos legales mensuales e inferior a 400.000 salarios mínimos legales mensuales como es el caso del Municipio de Sabaneta, la menor cuantía será hasta 450 salarios mínimos legales mensuales, equivalentes a $310.254.300 para el año 2016. Ahora, cuando la cuantía del objeto a contratar es igual o inferior al 10% de la menor cuantía de la Entidad, como ocurre en el presente caso, que para la vigencia 2016 corresponde a $31.025.430, para la selección del contratista debe emplearse la modalidad de MÍNIMA CUANTÍA independientemente del objeto y/o de los bienes y/o servicios requeridos.

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El marco legal del presente proceso y del Contrato que se derive de su adjudicación, está conformado por la Constitución Política, las leyes de la República de Colombia, en especial por la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011, Decreto 019 de 2012, Decreto 1082 de 2015, los términos de la Invitación y demás normas concordantes. Dichas normas, así como las demás que resulten pertinentes, de acuerdo con la ley colombiana, se presumen conocidas por todos los Proponentes. En general, las normas legales aplicables durante el proceso y durante la ejecución del contrato serán las estipuladas en el pliego de condiciones, en el manual de contratación internos del Municipio de Sabaneta y las propias vigentes en Colombia sobre la materia. 4. EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, INCLUYENDO LAS VARIABLES UTILIZADAS PARA CALCULAR EL PRESUPUESTO DE LA CONTRATACIÓN Y LOS RUBROS QUE LO COMPONEN. 4.1.

Presupuesto oficial

El valor estimado del contrato es de $30.952.320 (TREINTA MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS VEINTE PESOS M/L) incluido IVA

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ALQUILER DE MAQUINARIA ITEM

DESCRIPCION

1

ALQUILER RETROEXCAVADORA;INCLUYE OPERARIOS, COMBUSTIBLE, TRANSPORTE Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTO FUNCIONAMIENTO

2

3

UNIDAD CANTIDAD

ALQUILER DE VOLQUETA SENCILLA, INCLUYE CONDUCTOR, COMBUSTIBLE, PAGO DE 3 VIAJES EN BOTADERO OFICIAL POR DIA Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTO FUNCIONAMIENTO ALQUILER DE COMPRESOR DEMOLEDOR, INCLUYE OPERARIO, COMBUSTIBLE, TRANSPORTE Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTO FUNCIONAMIENTO

VR. UNITARIO

VR.TOTAL

HORA

180

$

90.000 $ 16.200.000

HORA

142

$

60.000 $ 8.520.000

HORA

40

$

40.000 $ 1.600.000

TOTAL COSTO DIRECTO IVA UTILIDAD SOBRE IVA

$ 26.320.000 $ 4.211.200 $ 421.120

COSTO TOTAL

$ 30.952.320

Este presupuesto está amparado con certificado de disponibilidad presupuestal No. 748 de fecha 02 de Marzo de 2016 (Rubro: 060143500), del presupuesto de la vigencia fiscal 2016 expedido por la Secretaría de Hacienda del Municipio. Para calcular el presupuesto oficial, la Secretaria de Obras Públicas e Infraestructura del Municipio de Sabaneta, tuvo en cuenta las siguientes variables: 

Precios del alquiler de maquinaria soportados en cotizaciones realizadas por diferentes proveedores.

En documento anexo se presentan:

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Presupuesto oficial detallado por ítems

Los proponentes son responsables de informarse e incluir en su propuesta toda tasa, retribución, impuesto o gravamen que corresponda y/o del cual sea responsable y, el Municipio de Sabaneta no aceptará reclamación alguna por estos conceptos. Entre los impuestos que estarán a cargo del proponente, a manera de enunciado, y sin perjuicio del deber que tienen los proponentes de informarse al respecto, se tienen los siguientes:   

Gravamen a los movimientos financieros Industria y Comercio (ICA) IVA

Todos, los costos relacionados con la preparación de la propuesta los asume el proponente. 5. LA JUSTIFICACIÓN DE LOS CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE: 5.1.

REQUISITO DE ORDEN LEGAL Y TÉCNICO

Los proponentes deben cumplir con los siguientes requisitos de orden jurídico: a) Presentar la propuesta debidamente suscrita por el proponente (persona natural), el representante legal (persona jurídica), persona designada para representarlo (consorcio o unión temporal), o apoderado, según el caso, dentro del plazo y en el sitio fijado. b) El representante legal debe encontrarse debidamente facultado para representar legalmente a la sociedad y para celebrar todos los actos y contratos que se relacionen con el objeto de la misma. c) En el evento de participación conjunta, el consorcio o unión temporal debe estar conformado de acuerdo con lo establecido por el artículo 7 de la ley 80 de 1993, lo cual se debe acreditar con el respectivo documento de conformación. d) No deben estar incursos en las causales de inhabilidad, incompatibilidad o prohibiciones para contratar, establecidas en la Constitución Política o en la ley. e) Las personas jurídicas deben estar constituidas legalmente, registradas en la Cámara de Comercio y su objeto social debe comprender el de la presente Invitación. En el caso de consorcios o uniones temporales, sus miembros deberán acreditar que dentro de su objeto social se encuentra comprendida la actividad que se comprometen a desarrollar en el acuerdo de conformación correspondiente. f) No ser responsable fiscal ni tener antecedentes disciplinarios que lo inhabiliten para contratar. Para Página 6 de 11

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el efecto la entidad verificará si el proponente o cualquiera de los integrantes del consorcio o unión temporal se encuentran señalados en el último boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República y en el Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad "SIRI" de la Procuraduría General de la Nación. g) Acreditar, con la certificación respectiva, estar al día en el pago a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales y aportes a cajas de compensación familiar, ICBF y SENA, cuando a ello hubiere lugar (Ley 789 de 2002, Artículo 50 y demás normas complementarias o modificatorias). En el caso en que la sociedad no tenga más de 6 meses de constituida, deberá acreditar el pago a partir de la fecha de constitución. 5.1.1. Documento consorcial o de unión temporal Si la oferta es presentada por un consorcio o una unión temporal, se debe anexar el original del documento suscrito por sus integrantes, en el cual se demuestre el estricto cumplimiento de lo establecido en el artículo 7 de la ley 80 de 1993, esto es: a) Indicar en forma expresa si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal. b) Designar la persona, que para todos los efectos representará al consorcio o a la unión temporal. c) Señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre los miembros del consorcio o la unión temporal y sus respectivas responsabilidades. d) En el caso de la Unión Temporal, señalar en forma clara y precisa, los términos y extensión de la participación en la propuesta y en su ejecución y las obligaciones y responsabilidades de cada uno en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la Entidad. e) Debidamente suscrito en forma autógrafa por cada uno de sus integrantes y el representante del mismo. Para el caso de consorcios, todos los integrantes deberán tener una participación mínima del cincuenta por ciento (50%), de lo contrario, la propuesta será rechazada. Para las uniones temporales, uno de los integrantes deberá tener una participación mínima del cincuenta por ciento (50%), y ninguno de ellos podrá tener una participación inferior al cinco por ciento (5%), de lo contrario, la propuesta será rechazada. La forma asociativa deberá constituirse para el presente proceso de selección y así lo señalará expresamente, indicando las reglas básicas que lo regirán, independiente que las personas naturales o jurídicas que lo conformen, sean las mismas que hayan constituido consorcios o uniones temporales para otros procesos. Dichas formas asociativas no podrán ser disueltas ni liquidadas durante la vigencia o prórrogas del contrato que se suscriba, su liquidación y un año más. Página 7 de 11

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Los asociados deberán señalar las reglas básicas que regularán las relaciones entre ellos, con el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley al respecto y deberán estar conformados antes de la fecha de cierre de la convocatoria, mediante documento suscrito con la firma autorizada de cada una de las partes, que avale el acuerdo, según el modelo suministrado en este pliego de condiciones, en el cual se establezca el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes y se indique la persona que para todos los efectos los representará. Los proponentes indicarán si su participación es a título de consorcio o unión temporal, y en el último caso señalarán los términos y la extensión de su participación en la presentación de la propuesta y en la ejecución del contrato, esto es, indicando cuáles de las obligaciones contractuales habrán de ejecutar cada integrante, e indicando el porcentaje de participación en el mismo con máximo dos cifras porcentuales(el cual debe coincidir con la relación entre la sumatoria del valor total de las obligaciones contractuales que le corresponde ejecutar a cada integrante y el valor total de la propuesta del oferente) los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la Entidad Contratante so pena del rechazo de la oferta. Los miembros del consorcio o de la unión temporal y demás formas asociativas legalmente constituidas, deberán designar la persona que, para todos los efectos, representará al consorcio o unión temporal y señalarán las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad, de conformidad con lo señalado en el parágrafo 1º del artículo 7º de la Ley 80 de 1.993. Las personas naturales y/o jurídicas integrantes de un consorcio o unión temporal, deben acreditar individualmente la información Tributaria, identificación y Régimen de Impuesto a las Ventas al que pertenecen, así como el Certificado de Existencia y Representación Legal. 5.1.2. CAPACIDAD TÉCNICA
 5.1.2.1.

Experiencia del proponente

Para el presente proceso, el proponente deberá acreditar Tres (3) contratos terminado y celebrados por el proponente con entidades oficiales o privadas durante los últimos 5 años contados a partir de la fecha de cierre de la presente convocatoria, ya sea individualmente o en consorcio o en unión temporal, cuyo objeto sea similar al de la presente invitación y que mínimo la suma de los valores de los certificados aportados sea mayor o igual al 300% del valor del presupuesto oficial expresado en salarios mínimos legales.

Si la propuesta es presentada en Consorcio o Unión Temporal u otra forma asociativa, la experiencia de la forma asociativa será la suma de la experiencia aportada por cada uno de sus integrantes sin considerar su porcentaje de participación. Sin perjuicio de lo anterior, Cada uno de los integrantes deberá aportar por lo menos un contrato de experiencia.

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Cuando el proponente individual o integrante de un consorcio o unión temporal sea una filial o subordinada de una sociedad controlante, se tendrá en cuenta la experiencia propia y no la de la controlante, ni viceversa. Si los contratos fueron ejecutados bajo la modalidad de consorcio o unión temporal, el monto que debe informar el proponente será el correspondiente al porcentaje de participación que hubiere tenido en los mismos. La experiencia del proponente deberá acreditarse mediante certificaciones expedidas por el respectivo contratante que contenga, como mínimo, la siguiente información: nombre del Contratante, nombre del Contratista, número y objeto del contrato, valor, plazo de ejecución, descripción y alcance del proyecto y porcentaje de participación si el contrato fue ejecutado en Consorcio o Unión Temporal. No se tendrán en cuenta para la evaluación aquellas certificaciones que no contengan la información que permita verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en este numeral. En el evento en que dos o más proponentes aporten una misma información y ésta presente inconsistencias, se solicitará la aclaración respectiva a cada uno de ellos y sólo se tendrá en cuenta aquella que esté demostrada. 5.2.

CRITERIO DE CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS

FACTORES DE EVALUACIÓN La Entidad Estatal debe revisar las ofertas económicas y verificar que la de menor precio cumple con las condiciones de la invitación. Si ésta no cumple con las condiciones de la invitación, la Entidad Estatal debe verificar el cumplimento de los requisitos de la invitación de la oferta con el segundo mejor precio, y así sucesivamente. De no lograr la habilitación de ningún proponente, se declarará desierto el proceso. NOTA: Cuando de conformidad con la información a su alcance la entidad estime que el valor de una oferta resulta artificialmente bajo, requerirá al oferente para que explique las razones que sustenten el valor por él ofertado. Analizadas las explicaciones, el ordenador del gasto o su delegado, decidirá el rechazo o la continuidad de la oferta en el proceso. Procederá la recomendación de continuidad de la oferta en el proceso de selección, cuando el valor de la misma responde a circunstancias objetivas del proponente y su oferta, que no ponen en riesgo el proceso, ni el cumplimiento de las obligaciones contractuales en caso que se adjudique el contrato al mencionado proponente.

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El Municipio efectuará la verificación aritmética de las operaciones, en caso de presentarse error, el valor corregido se tomará como valor propuesto. 5.2.1. FACTORES DE DESEMPATE De acuerdo con lo establecido en el numeral 7º del artículo 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015, en caso de empate a menor precio, la entidad aceptará la oferta que haya sido presentada primero en el tiempo. 6. EL SOPORTE QUE PERMITA LA TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO. Teniendo en cuenta la naturaleza del objeto a contratar, la cuantía y las condiciones establecidas dentro del proceso, el Municipio de Sabaneta considera que no se evidencian riesgos previsibles derivados de la ejecución del contrato. 7. EL ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE GARANTÍAS DESTINADAS A AMPARAR LOS PERJUICIOS DE LA NATURALEZA CONTRACTUAL O EXTRACONTRACTUAL. Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones surgidas con ocasión del proceso de selección y del contrato, EL CONTRATISTA se obliga a constituir a su costa y a favor del MUNICIPIO DE SABANETA, una garantía que avalará el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato, la cual consistirá en una póliza expedida por una compañía de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia, constituida a partir de la fecha de suscripción del contrato y que contenga los siguientes amparos: 

Garantía de Cumplimiento

El contratista debe presentar una garantía de cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato, a favor de la Entidad Contratante. La garantía de cumplimiento debe tener los siguientes amparos:

Amparo Cumplimiento del Contrato Calidad y correcto funcionamiento de los bienes y equipos suministrados Pago de salarios prestaciones sociales

Suficiencia Será del veinte por ciento (20%), del valor del contrato, incluyendo las adiciones Será del diez por ciento (10%) del valor final del contrato, incluyendo las adiciones Será del quince por ciento (15%), del valor del Página 10 de 11

Vigencia Plazo del contrato y 6 meses más.

Plazo del contrato y un (1) año más. Plazo del contrato y tres (3) años más.

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legales e indemnizaciones contrato, incluyendo las laborales adiciones. Será de 200 SMLMV, teniendo en cuenta que el Responsabilidad civil Igual al periodo de ejecución valor estimado del contrato extracontractual del contrato es inferior a mil quinientos (1500) SMLMV (Original Firmado)

Proyectó: JULIAN ALBERTO GRAJALES Secretario de Obras Públicas e Infraestructura.

Revisó: HECTOR YEPES

Firma:

Firma:

Jefe Oficina Jurídica

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Aprobó: JULIÁN ALBERTO GRAJALES ÁLVAREZ Secretario de Obras Públicas e Infraestructura Firma:

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